to de evaluacion usac

Upload: yiga1407

Post on 07-Jul-2015

869 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

ACTA NMERO TRES GUIN DOS MIL CINCO (03-2005).

En la ciudad de

Guatemala a las nueve horas del da mircoles 09 de febrero del ao dos mil cinco, reunidos en Casa Ariana ubicada en la Avenida de la Reforma 10-30 de la zona 9, para celebrar sesin ORDINARIA, los siguientes miembros del mismo: El Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Doctor Luis Alfonso Leal Monterroso. Los Decanos de las Facultades: Licenciado Bonerge Amilcar Doctor Carlos Alberto

Meja Orellana, de la de Ciencias Jurdicas y Sociales;

Alvarado Dumas, de la de Ciencias Mdicas; Ingeniero Sydney Alexander Samuels Milson, de la de Ingeniera; Licenciado Gerardo Leonel Arroyo Cataln, del de la Ciencias Qumicas y Farmacia; Licenciado Eduardo Antonio Velsquez Carrera de la de Ciencias Econmicas; Doctor Eduardo Abril Glvez, de la de Odontologa; Licenciado Mario Alfredo Caldern Herrera, de la de Humanidades; Doctor Ariel Abderraman Ortiz Lpez, de la de Agronoma; Doctor Mario Estuardo Ronal Llerena Quan, de la de Medicina Veterinaria y Zootecnia; Arquitecto Carlos Enrique Valladares Cerezo, de la de Arquitectura. Los Representantes de los Colegios Profesionales: Doctor Ren Arturo Villegas Lara, del de Abogados y

Notarios de Guatemala; Doctor Erwin Ral Castaeda Pineda, del de Mdicos y Cirujanos de Guatemala; Doctor Rubn Dariel Velsquez Miranda, del de Licenciado Urias Amita Guzmn

Qumicos y Farmacuticos de Guatemala;

Garca, del de las Ciencias Econmicas de Guatemala, Doctor Guillermo Escobar Lpez, del Estomatolgico de Guatemala; Licenciado Jos Mara Galindo Soto, del de Humanidades de Guatemala; Ingeniero Agrnomo Mynor Ral Otzoy Rosales, del de Ingenieros Agrnomos de Guatemala; Licenciado Carlos Ren Sierra Romero, del de Mdicos Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala; Arquitecto Pedro Rolando Anlu Daz, del de Arquitectos de Guatemala. Los

Representantes de los Catedrticos de las Facultades: Licenciado Mario Ramiro Prez Guerra, de la de Ciencias Jurdicas y Sociales; Dr. Edgar Axel Oliva

ACTA No.03-2005

2

09 de febrero de 2005

Gonzlez, de las Ciencias Mdicas; Ingeniero Pedro Antonio Aguilar Polanco, de la de Ingeniera; Licenciado Oscar Federico Nave Herrera, de la de Ciencias Qumicas y Farmacia; Licenciado Gaspar Humberto Lpez Jimnez, de la de Ciencias Econmicas; Doctor Axel Popol Oliva, de la de Odontologa; Licenciada Mara Iliana Cardona Monroy de Chavac, de la de Humanidades; Ingeniero

Agrnomo Adalberto Bladimiro Rodrguez Garca, de la de Agronoma; Doctor Hugo Ren Prez Noriega, de la de Medicina Veterinaria y Zootecnia, Arquitecto Hctor Hugo Jimnez Martnez, de la de Arquitectura. Estudiantiles: Los Representantes

Seor Jos Daniel Escobedo Franco, de la de Ciencias Mdicas;

Seor Kenneth Issur Estrada Ruz, de la de Ingeniera; Seor Fernando Jos Castillo Cabrera, de la de Ciencias Qumicas y Farmacia; Seora Ingrid Odette Lee Villela, de la de Ciencias Econmicas; Seora Maritza Cristina Bosch de Estrada de la Humanidades; Wener Armando Ochoa Orozco, de la de Agronoma; Seor Jean Paul Rivera Bustamante, de la Medicina Veterinaria y Zootecnia; Seor William Bosbel Delgado Gonzlez, de la de Arquitectura. Tambin

estuvieron presentes: El Director General Financiero, Licenciado William Garca; la Licenciada Rosa Mara Ramrez Soto, Directora de Asuntos Jurdicos y el

Doctor Carlos Enrique Mazariegos Morales, Secretario General, que autoriza; se procede de la manera siguiente: AUDIENCIA A LA LICENCIADA PATRICIA VELIZ ESCOBAR.El Consejo Superior Universitario procede a conceder audiencia a la Licenciada Patrcia Vliz Escobar quien al hacerse presente expone en detalle la fundamentacin por la cual interpuso Recurso de Reposicin en contra de lo resuelto por este rgano de Direccin en los Puntos Noveno y Dcimo del Acta No. 24-2004 y cuyo caso se encuentra en agenda de la presente sesin. Considera que no se ha observado el debido proceso en las resoluciones, tanto a nivel de la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Mdicas como del Consejo Superior, toda vez, que se han emitido resoluciones contrarias que le afectan en lo personal y profesional al no nombrarla en la plaza que gan por concurso de oposicin en la Unidad de Apoyo del Estudiante UNADE- de la citada Facultad,

ACTA No.03-2005

3

09 de febrero de 2005

misma que con base al Dictamen del Jurado respectivo, la Junta Directiva la nombr como Profesora Titular, pero que despus de ser notificada dej sin efecto como consecuencia de un Recurso de Revisin que interpuso una de las participantes que obtuvo bajo punteo. En este aspecto estima que la impugnante, Licenciada Lorena Castillo, bas su alegato en inexactitudes en contra del Jurado de Concurso de Oposicin, que fue el mismo que calific las plazas de Fase IV y OPCA las cuales fueron adjudicadas y sancionadas por el Consejo Superior en cuanto a la Titularidad correspondiente. Sobre las vicisitudes que tuvo indica que present un Recurso ante Junta Directiva para que se le nombrara como

Profesora Interina en tanto se resolva el proceso de impugnacin, segn lo reglamentado. Concluida su intervencin se retira del saln de sesiones. AUDIENCIA AL INGENIERO RONALD NOE GLVEZ Y REPRESENTANTES DE LA ASOCIACIN DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS.El Consejo Superior Universitario procede a conceder audiencia al Ingeniero Ronald Noe Glvez, profesor del Departamento de Fsica de la Facultad de Ingeniera, as como a directivos de la Asociacin de Estudiantes de Ciencias Econmicas (Manuel Cordero Quezada) quienes, en su orden, expusieron sus argumentaciones referente al Reglamento de Evaluacin y Promocin del Estudiante de esta Universidad. El Ingeniero Ronald Glvez, al hacer uso de la palabra felicita a los miembros del Consejo Superior por tratar lo referente al Reglamento de Evaluacin ya que ello es congruente con los cambios que se deben dar en un mundo ms competitivo. Refiere que con los profesores del Departamento de Fsica al analizar el articulado del citado Reglamento, consideraron que debe de meditarse con mayor profundidad lo relativo a los Artculos 26 y 27, ya que lo estipulado puede conllevar un incremento de recursos y ocasionar problemas de control en las oficinas de Registro de las unidades acadmicas; considerando que es ms conveniente fijar cuotas y matrculas ms altas segn la oportunidad que se da para repetir una asignatura. Despus de responder preguntas por parte del Consejo Superior agradece la audiencia concedida. Por su parte el estudiante Pedro Miguel Reyes Villatoro, directivo de la Asociacin de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Econmicas, al hacer uso de la palabra se refiere a la falta de informacin y consensos hacia el sector estudiantil, situacin que ya expuso con antelacin en audiencias concedidas; considerando que el Reglamento de Evaluacin no tendr mayor repercusiones en la repitencia, sino en los estudiantes repitentes y que el mismo no toma en cuenta

ACTA No.03-2005

4

09 de febrero de 2005

los diversos factores que pueden influir en la repitencia al no contarse con estudios previos, adems de que no aborda lo relativo al desempeo de los docentes. Considera que la informacin sobre el tema no ha sido adecuada lo cual ha propiciado publicaciones y comentarios en los medios de comunicacin que han generado confusin al nivel del estudiantado, por lo que sugiere que la misma sea pertinente y efectiva. Al respecto el Decano de la Facultad de Ciencias Econmicas estima que dicha situacin puede obedecer a que no se han informado apropiadamente o bien abocado a las instancias correspondientes para plantear algunos problemas, como el caso del registro de calificaciones, o talvez porque su representante estudiantil ante el Consejo Superior no ha facilitado o transmitido la informacin sobre el particular. Ante ello el estudiante responde que la representante Ingrid Lee s les ha facilitado fotocopias de lo que se ha tratado en el Consejo Superior, lo cual es secundado por la referida estudiante quien manifiesta su extraeza y sentimiento por lo expresado por el seor Decano, estimando que ello obedece a que no esta debidamente enterado de lo que sucede en su Unidad Acadmica. AUDIENCIA AL INGENIERO ERIK LEONEL GARCA SANTANA. El Consejo Superior Universitario procede a conceder audiencia al Ingeniero Erik Leonel Garca Santana, quien al hacerse presente se refiere a su caso que se encuentra en agenda de la sesin del da de hoy. De los antecedentes del Recurso de Apelacin que interpuso ante la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Mdicas indica el proceso seguido en el Concurso de Oposicin en la plaza que particip, desde la convocatoria hasta el dictamen final del Jurado del Concurso, refiriendo haber obtenido el mayor punteo en el citado concurso y que le extraa que la Junta Directiva no haya procedido de conformidad, aduciendo problemas en el proceso del Concurso de Oposicin cuando el jurado inform lo contrario y que la plaza no fue objeto de Recurso de Revisin alguno, lo anterior le ha generado inestabilidad profesional, al continuar como profesor interino, por lo que solicita se resuelva su caso apegado a derecho. Concluida su intervencin se retira del saln de sesiones. AUDIENCIA AL SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARA PERMANENTE DEL CONSEJO SUPERIOR CENTROAMRICANO CSUCAEl Consejo Superior Universitario en atencin a la audiencia solicitada por el Ingeniero Agrnomo Efran Medina Guerra, Secretario General del CSUCAprocede a considerar la misma, quien al hacerse presente acompaado de dos

ACTA No.03-2005

5

09 de febrero de 2005

funcionarios de la Secretara Permanente, expone la difcil situacin econmica por la que atraviesa actualmente dicha Secretara. Para el efecto refiere la resea histrica y estado actual de la Secretara Permanente y el CSUCA-, desde su origen, sedes anteriores y traslado de la sede a Guatemala en julio de 2002, as como el plan de trabajo, elaboracin de manuales y reglamentos internos y participacin en diferentes foros a nivel internacional. Sobre la problemtica financiera hace referencia al acuerdo de Rectora de la Universidad de San Carlos de Guatemala por el cual se nombr una comisin evaluadora del impacto que ha tenido la Secretara Permanente del CSUCA- en Guatemala y su relacin con esta Universidad, mismo que ya que tiene conocimiento que ya fue entregado a las instancias correspondientes; indicando que a la fecha la Universidad de San Carlos no ha cumplido con el traslado de la primera cuota trimestral anticipada tal como qued establecido en el Punto PRIMERO del Acta No. 29-2004, lo cual ha repercutido negativamente en el accionar de la Secretara Permanente al no poder pagar los servicios bsicos, insumos necesarios y cumplir con los contratos laborales. En este punto menciona la comunicacin que ha tenido con el Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala y las respuestas del mismo a la gestin, por lo que solicita que el Consejo Superior autorice el traslado de las cuotas trimestrales de manera anticipada, as como el apoyo y participacin de las instancias universitarias para el cumplimiento de los fines y objetivos de la Secretara Permanente del CSUCA-, y la asignacin de un funcionario de enlace entre esa Secretara Permanente y la Universidad, por lo cual propone que sea de mutuo acuerdo entre las partes. Despus de responder a preguntas formuladas por algunos miembros del Consejo Superior y entregar por escrito el planteamiento as como documentacin generada en el CSUCA- se retiran del saln de sesiones. Concluida la audiencia el Ingeniero Sydney Samuels propone que el punto sea incluido en Acta de la presente sesin, por lo que despus de discusin en virtud de que la agenda ya haba sido aprobada, por votacin se incluye el citado punto. PRIMERO: Lectura y aprobacin de Agenda. Lectura y aprobacin de Actas Nos. 01-2005 y 02-2005.-

1.1

Lectura y aprobacin de agenda con la inclusin de los Puntos Siguientes: Punto Segundo, referente al Reglamento de Evaluacin y Promocin del estudiante de la Universidad de San Carlos de Guatemala, por lo cual se corre la numeracin. En AUTORIZACIONES FINANCIERAS, los Puntos

ACTA No.03-2005

6

09 de febrero de 2005

referentes a: ampliacin de dispensa para la contratacin de profesores a nivel de postgrado; la revisin al Punto sobre excesos de horarios en la Universidad; dispensa para la contratacin de profesores interinos en el Instituto de Estudios Intertnicos, Escuela de Ciencia Poltica, Facultad de Arquitectura y Escuela de Formacin de Profesores de Enseanza Media EFPEM-; solicitud de la Secretara Permanente del CSUCA- referente al desembolso anticipado del primer trimestre segn presupuesto aprobado por el Consejo Superior. 1.2 Aprobacin del Acta No. 01-2005 con la indicacin de que en el Punto Primero, Inciso 1.2 se especifique lo referente a la ampliacin del numeral dcimo del Punto Primero del Acta No. 29-2004. Lectura y Aprobacin del Acta No. 02-2005.SEGUNDO: REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIN Y PROMOCIN DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO Que le corresponde la Direccin y Administracin de la Universidad la elaboracin y aprobacin de los diferentes Reglamentos que sirven para el cumplimiento de la Ley Orgnica y de los Estatutos de esta casa de estudios y la orientacin pedaggica. CONSIDERANDO Que se hace necesario establecer directrices generales dentro de la Universidad de San Carlos de Guatemala que orienten la evaluacin, promocin y repitencia de los estudiantes, para lograr un alto nivel de calidad, eficiencia y eficacia del sistema educativo universitario. CONSIDERANDO

Que la evaluacin acadmica es un proceso sistemtico cuyo propsito es obtener informacin de los diferentes componentes curriculares para la toma de decisiones apropiadas y sustentadas en criterios vlidos y confiables, as como una adecuada evaluacin del proceso de formacin del estudiante que contribuye a elevar la calidad profesional universitaria. POR TANTO Con fundamento en las atribuciones que le confieren los artculos 2, 24, literales a), b), c), de la Ley Orgnica; artculo 11, literales m) y q) de los Estatutos, ambos de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

ACTA No.03-2005

7

09 de febrero de 2005

ACUERDA Aprobar el Reglamento General de Evaluacin y Promocin del Estudiante de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de la manera siguiente:

TTULO I FINES, PRINCIPIOS, OBJETIVOS Y DEFINICIONES CAPTULO I FINES Artculo 1. Fines de la evaluacin educativa: a. Orientar las metodologas y estrategias que se utilizan en el proceso enseanza-aprendizaje. b. Proporcionar al estudiante parte de la responsabilidad de los juicios que se emitan en funcin de sus ejecuciones en la asignatura a travs de la autoevaluacin y coevaluacin. c. Verificar el grado en que se logran los objetivos educativos y proporcionar los medios de retroalimentacin que permitan al docente y al estudiante mejorar el proceso enseanza-aprendizaje, generando conjuntamente informacin para la toma de decisiones. d. Tener elementos objetivos que permitan la promocin estudiantil al curso o unidad inmediata superior. CAPTULO II PRINCIPIOS Artculo 2. De la evaluacin. La evaluacin del proceso de enseanza aprendizaje es de carcter tcnico, integral, gradual, sistemtico, continuo, flexible, participativo, permanente y perfectible.

Artculo 3. De la integridad de la evaluacin.

Para efectos de la evaluacin

del rendimiento educativo, deber tomarse en cuenta las actividades y experiencias de aprendizaje que ha llevado a cabo el estudiante durante el desarrollo del programa de estudios.

Artculo 4.

Derecho de revisin. Los estudiantes tienen derecho a solicitar

por escrito y de manera justificada, la revisin de su evaluacin.

ACTA No.03-2005

8

09 de febrero de 2005

CAPTULO III OBJETIVOS Artculo 5. Objetivos. Son objetivos de este reglamento: a. Establecer directrices generales que regulen los procesos de evaluacin, promocin, repitencia y graduacin del proceso enseanza-aprendizaje. b. Contribuir a elevar la calidad del proceso enseanza aprendizaje y aumentar el rendimiento acadmico de los estudiantes. c. Regular las distintas formas y procedimientos de evaluacin y promocin acadmica en la Universidad de San Carlos de Guatemala.

CAPTULO IV DEFINICIONES Artculo 6. definiciones: a. Actividades curriculares. Acciones terico-prcticas establecidas en el currculum universitario mediante las cuales se fortalece, asegura y enriquece el desarrollo de competencias y el conocimiento que el estudiante debe adquirir para garantizar su calidad profesional, en trminos del compromiso que la unidad acadmica plantea en su filosofa, fines y objetivos. Para los efectos de este reglamento se utilizar las siguientes

b.

Actividades extracurriculares. Acciones terico-prcticas que se realizan en forma paralelo o fuera de la estructura del pensum de estudios y que contribuye al logro del perfil de egreso.

c.

Evaluacin. Proceso tcnico, integral, gradual, sistemtico, continuo, flexible, participativo, permanente y perfectible que permite, a travs de diversos procedimientos e instrumentos, establecer el grado de eficiencia con que el sistema educativo universitario logra los objetivos de aprendizaje con relacin a conocimientos, habilidades, destrezas,

competencias, actitudes y valores, permitiendo la interpretacin y valoracin de los resultados obtenidos para la emisin de juicios de valor.

d.

Exmenes como sinnimo de pruebas de aprendizaje. Instrumentos de evaluacin: escritos, orales, de ejecucin prctica u otros que la

ACTA No.03-2005

9

09 de febrero de 2005

tecnologa permita, cuyo fin primordial es evaluar de forma concreta y objetiva el logro de los objetivos del aprendizaje.

e.

Prcticas supervisadas.

Conjunto de actividades que contemple el

programa de estudios y que el estudiante realiza como prctica integral de su profesin, bajo la supervisin de un profesional docente de la unidad acadmica o externo, entre las que se incluye: experiencias docentes

con la comunidad, ejercicio profesional supervisado, ejercicio profesional supervisado multidisciplinario y otras que se creen en el futuro.

f.

Asignatura o curso. Trmino que se refiere a la organizacin temtica de contenidos acadmicos en unidades que integran el pensum.

g.

Estudiante. Persona que cumple con las prescripciones reglamentarias acordadas por la unidad acadmica respectiva para su inscripcin y que satisfagan sus obligaciones mnimas de trabajo, conforme a los reglamentos del caso.

h.

Estudiante aprobado.

Estudiante que, siendo

sujeto de evaluacin, en este

alcanza como mnimo la nota de promocin establecida reglamento para ser promovido.

i.

Estudiante reprobado. Estudiante que, siendo sujeto de evaluacin, no alcance la nota de promocin mnima establecida en este reglamento para aprobar la asignatura u otra actividad acadmica.

j.

Estudiante repitente. Estudiante que se asigna ms de una vez una misma asignatura o actividad acadmica, producto de aprobado. no haberla

k.

Promocin. Se refiere al ascenso del estudiante de un nivel o curso a otro superior en su proceso de formacin profesional, al haber aprobado la (s) asignatura (s) u otra (s) actividad (es) acadmica (s).

l.

Autoevaluacin. Juicio que el estudiante emite sobre s mismo respecto de lo aprendido o su ejecucin en la asignatura u otra actividad

ACTA No.03-2005

10

09 de febrero de 2005

acadmica, a travs de instrumentos definidos por el docente o la unidad acadmica respectiva.

m. Coevaluacin.

Juicio que los compaeros de asignatura o actividad

acadmica del estudiante emiten sobre l o ella respecto de su ejecucin en determinadas actividades, a travs de instrumentos definidos por el docente o la unidad acadmica respectiva.

n.

Zona. Punteo que se acumula en el desarrollo de la asignatura previo al examen final de sta.

Zona mnima. Punteo que, sumado al valor del examen

final

permite la aprobacin de la asignatura con la nota mnima de promocin establecida en este reglamento.

o

Requisito. Condicin que el estudiante debe completar para cumplir con un trmite establecido en la norma correspondiente.

TTULO II DE LA EVALUACIN Y PROMOCIN CAPTULO I DE LA EVALUACIN Artculo 7. Formas de evaluar. Son actividades para determinar en qu

medida el estudiante ha alcanzado los objetivos propuestos de la asignatura o actividad acadmica: a. Trabajos de investigacin b. Prcticas de laboratorio c. Trabajo de campo d. Exmenes e. Autoevaluacin f. Coevaluacin g. Otras actividades de evaluacin que se establezcan en el programa de estudio.

Artculo 8. Tipos de exmenes que se practican. a. Parciales b. Final

ACTA No.03-2005

11

09 de febrero de 2005

c. De recuperacin d. Extraordinarios e. De suficiencia f. Tcnico profesional g. De tesis h. Otros exmenes de graduacin. Artculo 9. Exmenes parciales. Son los que se efectan durante el perodo lectivo con el propsito de evaluar en forma sistemtica y continua el proceso de formacin acadmica del estudiante. Debe realizarse como mnimo dos por semestre o cuatro en el caso de que el curso sea anual. Estos forman parte de la zona de la asignatura. Artculo 10. Examen final. Es el que se practica al estudiante que alcanza la

zona mnima y que se efecta al concluir el programa de la asignatura correspondiente. Se practica con el fin de evaluar el logro de los objetivos

propuestos. Pueden cubrir todo o parte del contenido de la asignatura, a criterio del docente. Tendr valor complementario de la zona aprobada por la instancia correspondiente, para integrar la nota total de la asignatura.

Artculo 11. Exmenes de recuperacin. Contempla dos oportunidades y son los que se practican a estudiantes que tienen zona mnima y que no aprobaron la asignatura, teniendo las caractersticas del examen final. Para los exmenes de

recuperacin aplica la misma zona obtenida en el curso regular, zona que tendr vigencia nicamente hasta la segunda oportunidad de recuperacin. Los cursos de vacaciones no tienen examen de recuperacin y se rigen por un reglamento especfico.

Artculo 12. Examen extraordinario.

Es el que se practica fuera del calendario

establecido el cual es autorizado por el rgano de direccin respectivo, con base en las justificaciones presentadas y documentadas por parte del estudiante. Cada unidad acadmica normar este tipo de examen.

Artculo 13 Examen de suficiencia. Es el que se realiza a solicitud del estudiante cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado la formacin en ese campo y est en condiciones de demostrar los

ACTA No.03-2005

12

09 de febrero de 2005

conocimientos necesarios para aprobar una asignatura. Podrn someterse a este examen estudiantes que no se hayan asignado o cursado la materia que solicitan aprobar. Cada unidad acadmica normar este tipo de exmenes. La nota

mnima para aprobar este examen es de 80 puntos.

Artculo 14. Otros tipos de examen. Los exmenes tcnico profesionales, de tesis y otros exmenes de graduacin se rigen por reglamentos especficos de las unidades acadmicas correspondientes.

Artculo 15.

Formas de practicar los exmenes.

Segn la naturaleza del

programa y criterio del docente pueden ser: a. Escritos b. Prcticos c. Terico-prcticos d. Orales

Artculo 16. Perodo de exmenes. La unidad acadmica normar respecto de los momentos en que se llevar a cabo las actividades de evaluacin, conformidad con lo establecido en este reglamento. de

Artculo 17.

Instrumentos de evaluacin. Los instrumentos de evaluacin para

todos los exmenes establecidos en el artculo 8 de este reglamento, sern elaborados tcnicamente por los profesores de la asignatura o por los departamentos de evaluacin segn acuerdos de la unidad acadmica.

Artculo 18.

Conformacin de la zona.

La zona se integra con los punteos

obtenidos en la evaluacin de las actividades de enseanza - aprendizaje programadas. La zona tendr un valor mnimo de 70 puntos y un mximo de 85 puntos, segn lo aprobado por el rgano de direccin de cada unidad acadmica.

Artculo 19. Nota total.

Se integra con la suma de la zona y el punteo obtenido

en el examen final, o el de recuperacin, segn el caso.

CAPTULO II DE LA PROMOCION, GRADUACION Y DISTINCIONES

ACTA No.03-2005

13

09 de febrero de 2005

Artculo 20. La nota mnima de promocin para aprobar una asignatura o actividad acadmica que se imparta en cualquier unidad acadmica es de 61 puntos, en una escala de cero a cien. Aquellas asignaturas o actividades acadmicas, que a criterio de las unidades acadmicas, no se les asigna una calificacin numrica, sern calificadas con aprobado o reprobado nicamente y deber ser autorizado por el rgano de direccin respectivo.

Artculo 21. El Ejercicio Profesional Supervisado, ser de carcter obligatorio, se regir por un reglamento especfico de cada Unidad Acadmica y podr ser requisito de cierre de pensum o de graduacin, segn su duracin y complejidad.

Artculo 22. Cuando un estudiante ha completado todos los requisitos correspondientes para el cierre de pensum, estudios de cada unidad acadmica, podr, de acuerdo al plan de

graduarse mediante la aprobacin de lo

siguiente: a) Un examen tcnico profesional o ejercicio profesional supervisado, y, b). Un trabajo de graduacin. Ambos normados por la unidad acadmica.

Artculo 23. El estudiante de cualquier unidad acadmica que al completar todos los requisitos de cierre de pensum haya alcanzado un promedio general de 85 puntos, se le otorgar la distincin acadmica de CUM LAUDE; de 90 puntos, el MAGNA CUM LAUDE y de 95 puntos, el SUMMA CUM LAUDE. Para el efecto deber haber concluido las asignaturas del pensum en el tiempo establecido y graduarse no ms de dos aos despus del cierre de pensum.

TTULO III DE LA ASIGNACIN, REPITENCIA Y REQUISITOS CAPTULO I DE LA ASIGNACIN DE UN MISMO CURSO

Artculo 24. Asignacin: Se otorga al estudiante hasta tres oportunidades para asignarse y cursar una misma asignatura. Cada una de ellas con dos

oportunidades para exmenes de recuperacin. Ningn estudiante podr cursar ms de tres veces una misma asignatura, con excepcin de los casos contemplados en el Artculo 29.

ACTA No.03-2005

14

09 de febrero de 2005

Artculo 25. Escuela de vacaciones. Las escuelas de vacaciones o cualquier otra modalidad para que el estudiante regular pueda solventar o adelantar cursos que el pensum mayor de de estudios de la unidad acadmica tenga instituido, no podr ser tres oportunidades por curso asignado en el ciclo lectivo

correspondiente. La misma no se incluye dentro del Artculo 24.

Articulo 26. Sobre asignar y cursar una asignatura.

Se considera que un

estudiante se asign una asignatura cuando ste se ha inscrito oficialmente en ella y por lo tanto la puede cursar. El estudiante puede presentar su carta de retiro de una asignatura antes del segundo examen parcial programado para que no le cuente como cursada. En las asignaturas que no contemplen exmenes parciales, deber presentar su carta de retiro antes de la mitad del ciclo acadmico, cuya fecha definir desde el principio el rgano de direccin respectivo. El estudiante podr presentar carta de retiro para una misma asignatura una sola vez. CAPTULO II DE LA REPITENCIA Artculo 27. El estudiante que haya cursado tres veces una asignatura y las haya reprobado, podr inscribirse una sola vez en otra carrera de la misma Facultad, otra Facultad, Escuela No Facultativa o Centro Regional como estudiante de

primer ingreso y sta decidir las equivalencias que considere apropiadas, siempre y cuando no se trate del mismo curso del rea comn. Si el estudiante aprobara la asignatura que en la anterior Facultad, Escuela No Facultativa, o Centro Regional hubiera reprobado, no podr regresar a sta para que le hagan las equivalencias del caso.

Artculo 28. Si un estudiante cursa los dos ltimos aos o su equivalente en crditos de una carrera de licenciatura y reprueba una asignatura las tres veces permitidas, el rgano de direccin de la unidad acadmica podr considerar el caso para permitirle cursar la asignatura una vez ms. Para resolver, el rgano de direccin deber tomar en consideracin el historial acadmico del estudiante.

Artculo 29. En caso de problemas de fuerza mayor debidamente certificados por rgano competente y comprobado por las instancias universitarias respectivas, el estudiante podr solicitar al rgano de direccin respectivo que las asignaturas no le sean consideradas como cursadas.

ACTA No.03-2005

15

09 de febrero de 2005

Artculo 30. Al estudiante inscrito que no se asigne ningn curso o actividad acadmica, la oficina de control acadmico de la unidad correspondiente

notificar al Departamento de Registro y Estadstica para que de oficio le congele la matrcula estudiantil durante el ciclo lectivo que corresponda.

Artculo 31. El responsable de controlar e informar al rgano de direccin sobre el nmero de veces que un estudiante cursa una asignatura, es la oficina de control acadmico o la que haga sus veces en cada unidad acadmica.

CAPTULO III DE LOS REQUISITOS Artculo 32. Un estudiante podr asignarse y cursar una asignatura si ha

aprobado el requisito establecido para el efecto por la unidad acadmica respectiva. TITULO IV DE LA REVISIN Y CONDICIONES DE EXMENES

CAPTULO I DE LA REVISIN DE EVALUACIONES Y EXMENES Artculo 33. Para ejercer el derecho de revisin el estudiante deber solicitarlo por escrito al profesor, dentro de los tres das hbiles a partir de la fecha en que se publicaron los resultados, ste a su vez deber practicarlo dentro de los tres das hbiles siguientes.

Artculo 34. En caso que la revisin no satisfaga al estudiante, ste podr acudir al jefe del departamento o su equivalente a manifestar los motivos de su inconformidad. El jefe del departamento o su equivalente, solicitar al docente el examen y los criterios utilizados para calificar, dentro de los dos das hbiles a partir de la fecha de recepcin de la solicitud.

Artculo 35. El Jefe del departamento o su equivalente designar a por lo menos un docente para llevar a cabo la revisin, quien (es) deber (n) dar su dictamen en un mximo de dos das hbiles a partir de recibida la comunicacin.

ACTA No.03-2005

16

09 de febrero de 2005

Artculo 36. El Jefe del departamento o su equivalente notificar al estudiante el resultado de la revisin en un plazo no mayor de dos das hbiles posteriores a la fecha de resolucin. CAPTULO II DE LAS CONDICIONES PARA EL EXAMEN Artculo 37. El estudiante debe presentarse a sus exmenes debidamente identificados y solventes. El docente podr solicitar a cualquier estudiante y en el momento que lo considere apropiado, la debida identificacin. Se reconoce como documento de identificacin el carn universitario, la cdula de vecindad, la licencia de conducir o el pasaporte.

Artculo 38. El estudiante que se presente a un examen bajo efectos de alcohol o de alguna droga ilcita automticamente se le anular el examen,

independientemente del proceso disciplinario correspondiente.

Artculo 39. Al estudiante que se le sorprenda actuando de forma fraudulenta durante la realizacin de un examen o trabajos prcticos y que sea demostrado, se le anular dicho examen o trabajos prcticos, procedimiento disciplinario correspondiente. TTULO V CAPTULO NICO DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y DEROGATORIAS sin perjuicio de iniciarle el

Artculo 40.

Aplicacin del

Reglamento. El campo de aplicacin del presente

Reglamento es en todas las reas del conocimiento de los programas de grado y pregrado de las distintas unidades acadmicas.

Artculo 41. Administracin. Los rganos de direccin de las distintas unidades acadmicas sern los responsables de la aplicacin del presente Reglamento.

Artculo 42. Aspectos no previstos. Aquellos aspectos no considerados en el presente reglamento debern ser resueltos por el Consejo Superior Universitario.

ACTA No.03-2005

17

09 de febrero de 2005

Artculo 43.

Las

Unidades

Acadmicas

tendrn un plazo de 6 meses

contados a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento para adecuar las reglamentaciones o normativas especficas a ste, en aquellos aspectos que no contravengan el presente Reglamento.

Artculo 44. Vigencia. El presente Reglamento entrar en vigencia el 1 de julio de 2005 y deber ser publicado en el Diario Oficial.

Artculo 45. Derogatoria. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente reglamento.

VOTO RAZONADO:

Manifiesto mi desacuerdo con la aprobacin de obligatoriedad del EPS, (Arto. 21) bajo el concepto de la prctica que se realiza luego de cerrar el pensum de estudios y como un servicio profesional a la comunidad por las siguientes

razones: a) El concepto Prcticas Supervisadas es ms amplio, incluye al EPS y cumple con el principio de extensin. b) El Artculo 21 es imperativo, al adscribir obligatoriedad al EPS, y el Artculo 22 es disyuntivo, por lo que son contradictorios. c) El Artculo 21, ocasiona potenciales serios problemas a algunas unidades acadmicas en aspectos administrativos y acadmicos. d) El espritu del Artculo 21, que es lograr que las unidades acadmicas se proyecten a la sociedad a travs del EPS, debe diferenciarse en su Reglamento de Evaluacin y

Promocin de lo que norme los sistemas de egreso (Artculo 22) f. Gerardo Arroyo Decano, Facultad de Ciencias Qumicas y Farmacia.

VOTO RAZONADO:

Guatemala, 9 de febrero/2005. Dr. Carlos Mazariegos Secretario General USAC, Presente. Lo saludamos muy atentamente, deseando se encuentre bien y al frente de sus labores diarias. El motivo de la presente es para solicitarle en base al Artculo 18 del Reglamento Interior del CSU, se haga en base al acta correspondiente, el razonamiento del voto en contra de la aprobacin del reglamento general de evaluacin y promocin del estudiante de la Universidad de San Carlos de Guatemala, por los siguientes motivos: -En la elaboracin de dicho reglamento, no se tomo en cuenta la participacin real y opinin de todos los

ACTA No.03-2005

18

09 de febrero de 2005

sectores estudiantiles, sectores docentes, juntas directivas, direcciones de Escuela y otros sectores afectados por el reglamento en mencin, excluyndolos de esa forma, debido a que no se divulg adecuadamente por parte del Consejo Acadmico y el CSU, en donde el Consejo Acadmico no tiene representacin estudiantil directa. Dicho reglamento no posee como base, estudios

socioeconmicos, anlisis del impacto de la repitencia en la Universidad de San Carlos de Guatemala, estadsticas de cmo beneficiar dicho reglamento al estudiante, revisiones de las evaluaciones docentes, as como sus justificaciones slidas sustentadas tcnicamente provenientes de la divisin de desarrollo acadmico. -Que el presente reglamento no fue discutido y analizado por la

comisin de Reglamentos del CSU, para un informe de impacto en cada una de las facultades y escuelas no facultativas de la USAC y un anlisis serio y profundo que sera presentado al CSU previo a su aprobacin.- Que el reglamento lleva ambigedades, vacios y deja un alto porcentaje de la misma a criterio y discrecin de los rganos directivos de cada unidad acadmica, quedando en evidencia el poco tiempo de trabajo y preparacin seria y profunda de dicho reglamento por una comisin de poca representacin. -Que el reglamento de evaluacin y promocin docente no va de la mano del reglamento de evaluacin y promocin estudiantil, no ha sido aprobado y actualizado, su alta preparacin, su actualizacin y necesidades actuales de la USAC, como lo pretende ser el reglamento estudiantil quedando en desbalance la situacin acadmica de la USAC-. Que con el presente reglamento se veda el derecho a la educacin, contemplado en el Artculo 1 de la convencin relativa a la lucha contra la discriminacin en la esfera de la enseanza (Adoptada el 14 de diciembre de 1960 por la Conferencia General del la Organizacin de las Naciones Unidas para la educacin, la ciencia y la cultura. Entrada en vigor el 22 de mayo de 1962).- Que el CSU quiera implementar este tipo de reglamentos en lugar de ejecutar su capacidad de incidencia poltica ante el gobierno, para lograr cambios verdaderos en la educacin en donde corresponde. El CSU debe preocuparse por que la USAC juegue su papel de estudiar, investigar y proponer soluciones a problemas estructurales tanto en el pas como a nivel de la USAC, ya que hasta ahora solo se ha utilizado el nombre de Reforma Universitaria. Agradeciendo su atencin y colaboracin nos despedimos de usted, muy atentamente, f) Kenneth Estrada, Rep. Est. Fac. Ingeniera; Jean Paul Rivera B. Rep. Est. De Fac. Veterinaria y Zoot.; Wener Ochoa O. Rep. Est. FAUSAC.

ACTA No.03-2005

19

09 de febrero de 2005

CONSTANCIA La representante estudiantil de la Facultad de Ciencias Econmicas deja

constancia de su posicin con respecto al Reglamento General de Promocin y Evaluacin del estudiante de la Universidad de San Carlos de Guatemala. 1. Que no estoy en contra del mejoramiento acadmico y cientfico en la Universidad de San Carlos de Guatemala. 2. Que la Universidad de San Carlos como centro del saber, debe plantear polticas y lineamientos que mejoren el proceso educativo, con planteamientos con sustentacin acadmica y cientfica. 3. Que para la elaboracin y aprobacin del mismo se careci de elementos de juicio sustentados en investigacin y estadsticas de repitencia para cada unidad acadmica como universitaria, que pudieran interpretarse, para que se rediseen lineamientos o parmetros de correccin, as como las respectivas proyecciones. 4. Se carece de informacin sobre las condiciones socioeconmicas, de facultades donde el Estudiante primero es trabajador y luego estudia, sobre todo en las de orden social humanstica, tomando en consideracin los horarios de estudio con los correspondientes a inicio de clases. 5. Lamento que no se tomara en cuenta que si existen unidades acadmicas que tienen reglamentado revisiones a los planes de estudio cada cierto tiempo, como el caso de la facultad de Ciencias Econmicas en donde participan, estudiantes, docentes e investigadores y Junta Directiva, en donde se llegan a consensos segn lo requiere la educacin a travs de la enseanza aprendizaje, tomando todas las consideraciones tanto para la docencia como el estudiante para la formacin de los egresados que el pas requiere, as como evaluar la forma de rendimiento del estudiante de acuerdo a las circunstancias cclicas que atraviesa nuestra sociedad. 6. Este tipo de reglamento que en apariencia mejora la visin externa, no garantiza el mejoramiento de la calidad acadmica. 7. Entre algunos de los resultados lamentables que este reglamento podra crear en el futuro es empujar a los estudiantes penalizados a otros centros de estudios superiores privados, ayudando al incremento de un mercado de oferta de estudios con planes ms cortos, en detrimento de los estudiantes de esta casa de estudios. f) Ingrid Odette Lee Villela, Representante Estudiantil de Ciencias Econmicas ante el Consejo Superior Universitario.-

VOTO RAZONADO: Ciudad Guatemala, 10 de febrero de 2005. Seor Doctor Carlos Mazariegos, Secretario General, Universidad de San Carlos de Guatemala. Seor Secretario: Con un atento saludo me dirijo a usted, facultado en el Artculo 18 del Reglamento

ACTA No.03-2005

20

09 de febrero de 2005

Interno del Consejo Superior Universitario, solicitndole muy respetuosamente, se haga constar en el acto respectiva de la sesin celebrada el 9 de febrero de 2005, el VOTO RAZONADO, en contra del Artculo 21 del Reglamento General de Evaluacin y Promocin del Estudiante de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Las motivaciones son: 1. TEXTO DEL ARTCULO 21. El Ejercicio Profesional Supervisado, ser de carcter obligatorio y se definir y normar por un reglamento especfico de cada unidad acadmica. 2 NATURALEZA DEL ARTCULO 21: Es una prescripcin imperactiva, exponente del ms radical pensamiento de la petrificacin jurdica absoluta, que no admite ninguna excepcin, consagrndose en un deber para todas las Unidades Acadmicas, de modo que nuestros estudiantes son castigados con un requisito adicional: necesaria y obligatoriamente deben efectuar EPS. 3. INVIABILIDAD Y AFECTACIN: Con el precitado Artculo, se refleja un conocimiento inexacto de la realidad y situacin de nuestros estudiantes de Derecho. Precisamente, a quienes afecta ms fuertemente es a los estudiantes de la jornada nocturna, integrada por trabajadores-estudiantes que con el texto de la precitada disposicin

reglamentaria que confronta su realidad econmica y social se le condena a que su promocin y egreso de nuestra Facultad se postergue por un tiempo mayor al que actualmente le representa egresar.4. CONTRADICCIN ENTRE EL ARTCULO 21 Y LOS CONSIDERANDOS, FINES, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS DEL REGLAMENTO: Las motivaciones generales en el debate y discusin en el seno del Consejo Superior Universitario, fueron guiadas por el derrotero marcado por los considerndos, fines, principios y objetivos del Reglamento que preconizan, y garantizan la eficacia del sistema educativo universitario, sobre la base de la toma de decisiones apropiadas y sustentadas en criterios vlidos y confiables. Sin embargo, el Artculo 21 del Reglamento, contradice aquellos anhelos, porque para nuestros estudiantes de las Ciencias Jurdicas y Sociales, el EPS, representa un obstculo adicional y dificulta gravemente que su egreso y graduacin pueda ocurrir eficazmente, restringindoles as, el derecho a la

educacin. 5. FUNDAMENTACIN JURDICA: Artculos: 71, 72, 82 y 83 de la Constitucin Poltica de la Repblica; 3, 7, 9, 10 y 22 de la Ley del Organismo Judicial. Deferentemente f) Lic. Bonerge Amilcar Meja Orellana, Decano, Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales.

VOTO RAZONADO

ACTA No.03-2005

21

09 de febrero de 2005

Ciudad de Guatemala, 14 de febrero 2005 Doctor Carlos Mazariegos Secretario General Universidad de San Carlos de Guatemalal: Le adjunto para su transcripcin en el Acta correspondiente de la reunin de Consejo Superior Universitario del mircoles 9 de febrero del ao 2005. VOTO RAZONADO DEL LIC. EDUARDO ANTONIO VELSQUEZ CARRERA EN LA REUNIN DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DEL DA MIRCOLES 9 DE FEBRERO DE 2,005. Con relacin al REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIN Y PROMOCIN DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA, se hizo las observaciones siguientes: 1. Hace falta en el capitulo IV en trminos de las definiciones las de categoras como EJERCICIO

PROFESIONAL SUPERVISADO (EPS) y EXMEN TCNICO PROFESIONAL, por ejemplo. 2. En el artculo 21 debi considerar, de acuerdo a la definicin correspondiente en el texto en el captulo IV, la categora de LAS PRACTICAS SUPERVISADAS, las que deben tener carcter de obligatorio. Una de las prcticas supervisadas es precisamente el ejercicio profesional supervisado. 3. Un artculo aparte debi considerar la voluntad expresa de los honorables miembros del Consejo Superior Universitario de la necesidad de la existencia en cada unidad acadmica del Ejercicio Profesional Supervisado. La redaccin que fue aprobada en el artculo 21 puede generar confusin en relacin al objetivo planteado por el mximo rgano superior de direccin colegiado de la Universidad. 4. El

artculo 22 debe dejar totalmente claro que un estudiante que ha completado el cierre de pensum tiene varias alternativas de graduacin, que puede ser entre otras, la realizacin de un trabajo de tsis cuya evaluacin se realiza por medio de un exmen privado sobre la misma o bien la participacin del Ejercicio Profesional Supervisado (EPS) quienes debern aprobar el Seminario de EPS y la elaboracin de un informe final individual del EPS. Las unidades acadmicas pueden establecer otras opciones de graduacin distintas a las sealadas excluyentes para graduarse a las mencionadas. 5. pero

Los cambios generados en el

Reglamento pueden provocar en la Facultad De Ciencias Econmicas nuevas demandas presupuestarias, que dada la magnitud de la poblacin estudiantil y de profesores, la Facultad no pueda afrontar con el presente presupuesto. Lo mismo es cierto en trminos del manejo de las asignaciones de cursos en trminos administrativos y de la infraestructura del Departamento Electrnico de Datos en trminos de equipo distonible. De tal forma que con el presupuesto actual resulta totalmente imposible hacer tales modificaciones. 6. Debe cuidarse en muchos

ACTA No.03-2005

22

09 de febrero de 2005

artculos del Reglamento la parte de redaccin y la forma clara que debe tener este tipo de reglamentos. 7.Con relacin a la vigencia se propuso que fuese a partir del 1 de enero de 2,006 para los estudiantes de primer ingreso. Atentamente, ``ID Y ENSEAD A TODOS`` Lic. Eduardo Antonio Velsquez Carrera; M. Sc. Decano

TERCERO: 3.1

INFORMES: Del Decano de la Facultad de Ciencias Qumicas y Farmacia.-

El Licenciado Gerardo Leonel Arroyo Cataln al referirse a los lamentables hechos acontecidos el da martes y mircoles de la semana recin pasada, ocasionados por un grupo de estudiantes que protest airadamente enfrente al edificio de Rectora y cerro e impidi el libre ingreso por las puertas de acceso a la ciudad universitaria informa que dicha situacin gener malestar en otros sectores de la comunidad universitaria y atent contra el derecho de otras personas, por lo que propone que el asunto sea debidamente documentado. Al respecto el seor Rector informa haberse reunido con el pleno de la directiva de la Asociacin de Estudiantes de la Facultad de Agronoma y posteriormente con la de Ingeniera, en las que se abord el asunto y se les hizo ver los canales administrativos dentro de la Universidad para canalizar o plantear propuestas.

3.2

Del Decano de la Facultad de Ciencias Econmicas.-

El Licenciado Eduardo Antonio Velsquez Carrera informa sobre la prxima mesa redonda para tratar el asunto sobre el tratado de libre comercio TLC que esta organizando el IIES y la DIGI, en la cual se tomarn los trabajos que la Universidad ha publicado sobre el tema a travs de esas dos instancias. Lo

anterior en respuesta a planteamiento de varios miembros del Consejo Superior para que la Universidad fije su postura sobre el TLC. En tal sentido sugiere que sean esas dos unidades de investigacin las que propongan la postura oficial de esta casa de estudios en torno al asunto en mencin.

3.3

Del estudiante de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia.-

ACTA No.03-2005

23

09 de febrero de 2005

El Bachiller Jean Paul Rivera Bustamante informa que a la fecha este rgano de Direccin no ha conocido la propuesta del Reglamento de Vida Estudiantil, por lo que solicita que a nivel de la comisin especfica se agilice el dictamen. De igual manera solicita que la Comisin de Asuntos Laborales emita la opinin requerida por este Consejo Superior en relacin al caso de los trabajadores del Departamento de Registro y Estadstica en virtud del tiempo transcurrido. Al

respecto se encarga a la Secretara General que se requiera a las diferentes comisiones del Consejo Superior informacin sobre los expedientes que tengan pendientes para emitir opinin o dictamen.

3.4

Del

Representante

del

Colegio

Estomatolgico

de

Guatemala.-

El Doctor Guillermo Escobar Lpez informa que a nivel

de la comunidad

universitaria y poblacin en general se ha recibido con agrado la disposicin del Honorable Comit de Huelga de Todos Los Dolores en el sentido de abolir la talacha a partir de este ao, decisin que amerita ser felicitada. Al respecto el seor Rector solicita a los seores Decanos que consideren el brindar apoyo para la Huelga de Dolores, facilitando material e insumos que pudiesen requerir.

3.6

De la Secretara: 1. Oficio s/Ref., por el que el seor JESUS GONZLEZ H., Presidente de PROADQUISICION Y REGULACION DE LA TENENCIA Y POSESION DE TIERRA, ASOCIACION CIVIL, solicita al Auditor General que investigue y se verifique la denuncia que consiste en establecer si dentro de las leyes universitarias se puede contratar a personal profesional para ejercer cargos administrativos y que dichos funcionarios puedan ejercer trabajos diferentes 1/2 tiempo en dos entidades cobrando su salario completo, se trata en concreto del caso del Director del CUDEP. 2. Copia de Oficio s/Ref., de fecha 14 de enero de 2005, por el que los Padres de Familia y Estudiantes aspirantes a ingresar a la Facultad de Ciencias Mdicas, de la Carrera de Mdico y Cirujano, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, dirigen al Ingeniero Rolando Grajeda Tobar, Jefe del Departamento de Registro y Estadstica, para solicitarle que se les autorice la inscripcin en dicha Unidad Acadmica y a la mencionada Carrera a los estudiantes que hayan cumplido los requisitos de haber aprobado las Pruebas de Aptitud Acadmica del Departamento de Orientacin, Ubicacin y Nivelacin de Bienestar Estudiantil Universitario y Pruebas de Conocimientos Bsicos del Sistema de Ubicacin y Nivelacin de la USAC, independientemente del resultado de la Prueba de Habilidad de Lectura, exigida por dicha Facultad.

ACTA No.03-2005

24

09 de febrero de 2005

3. Copia de Oficio s/Ref., de fecha 18 de enero de 2005, por el que los Padres de Familia y Estudiantes aspirantes a ingresar a la Facultad de Ciencias Mdicas, de la Carrera de Mdico y Cirujano, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, dirigen a la Comisin de Acompaamiento del Sistema de Ubicacin y Nivelacin Estudiantil, SUN, para solicitarle que se les autorice la inscripcin en dicha Unidad Acadmica y a la mencionada Carrera a los estudiantes que hayan cumplido los requisitos de haber aprobado las Pruebas de Aptitud Acadmica del Departamento de Orientacin, Ubicacin y Nivelacin de Bienestar Estudiantil Universitario y Pruebas de Conocimientos Bsicos del Sistema de Ubicacin y Nivelacin de la USAC, independientemente del resultado de la Prueba de Habilidad de Lectura, exigida por dicha Facultad. 4. Oficio s/Ref., de fecha 18 de enero de 2005, por el que el Claustro de Profesores de la Facultad de Agronoma, informan de su anlisis sobre el Proyecto de Cobro del servicio de parqueos, el que representa una medida necesaria p/el ordenamiento vehicular en el campus universitario, as como la captacin provechosa y transparente de los recursos que este servicio pueda generar. 5. Copia de Ref. DIGA023-2005, de fecha 20 de enero de 2005, por el que el Licenciado Carlos Ren Sierra Romero, Director de la Direccin General de Administracin, informa al Ingeniero Jess Horacio Guerra, Jefe del Departamento de Servicios, sobre su nombramiento para representar a la DIGA y coordinar la Comisin encargada de velar por el cumplimiento de lo acordado por el Consejo Superior Universitario referente a la DISPOSICION DE BIENES DADOS DE BAJA, PROPIEDAD DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA.

6. Copia de Oficio s/Ref., de fecha 11/01/2005, por el que el Doctor Carlos Alvarado Cerezo, Presidente de la Junta Electoral Universitaria, JEU, informa al Consejo Directivo del CUNORI, sobre la aprobacin de la eleccin de Un Representante de los Profesores, ante dicho Consejo, resultando electo el Licenciado MINOR RODOLFO ALDANA PAIZ. 7. Copia de Oficio s/Ref., de fecha 11 de enero de 2005, por el que el Doctor Carlos Alvarado Cerezo, Presidente de la Junta Electoral Universitaria, JEU, informa al Consejo Directivo de la Escuela de Formacin de Profesores de Enseanza Media, EFPEM, sobre la aprobacin de la eleccin de Un Representante Estudiantil ante el Consejo Directivo de dicha Escuela, resultando electa la estudiante LIDIA LISET PICN MOTA.. 8. Copia de Oficio s/ref., de fecha 11 de enero de 2005, enviado por el Doctor Carlos Alvarado Cerezo, Presidente de la JEU, al Consejo Directivo del CUNSURORI, para informarle sobre la aprobacin de la eleccin de Un Representante .Estudiantil ante dicho Consejo, resultando electa la estudiante ERICKA ISAURA CAMPOS CARIAS. 9. Copia de Oficio s/Ref., de fecha 11 de enero de 2005, enviado por el Doctor Carlos Alvarado Cerezo, Presidente de la Junta Electoral Universitaria, JEU al Consejo Directivo del CUNORI, con respecto a la aprobacin de la eleccin de Representantes Estudiantiles ante dicho Consejo, resultando

ACTA No.03-2005

25

09 de febrero de 2005

electos los estudiantes LUIS ALBERTO CHINCHILLA SOLS y JOSE ERNESTO GALDMEZ SAMAYOA. 10. Circular DAJ No. 001-2005, de fecha 19 de enero de 2005, por la que la Direccin de Asuntos Jurdicos informa a todas las Unidades de la Universidad de San Carlos de Guatemala, sobre la situacin de los Procesos legales en varios juzgados seguidos en esa Direccin. 11. Memorando, Ref. CF.08.01.2005, de fecha 21 de enero de 2005, por el que la Junta Directiva del Claustro de la Facultad de Ciencias Qumicas y Farmacia, hace del conocimiento de los distintos sectores de esa unidad acadmica, del contenido del Acta No. 01-2005, de su sesin extraordinaria llevada a cabo el 19 de enero de 2005. 12. Oficio Ref. F. No.056.01.2005, de fecha 20 de enero de 2005, por el que el M.Sc. Gerardo Arroyo Cataln, Decano de la Facultad de Ciencias Qumicas y Farmacia, enva ejemplares del Calendario 2005, publicado por el Centro de Asesora en Alimentacin y Nutricin, CEAAN, de la Escuela de Nutricin , p/ser distribuidos entre los miembros del Consejo Superior Universitario. 13. Oficio Ref. ORD.GUA.446-2004/DESC. Del Procurador de los Derechos Humanos, que se refiere al expediente de denuncia presentada por el seor EDGAR ADOLFO PORRES MARROQUIN, estudiante de la carrera de Auditora en la Facultad de Ciencias Econmicas, relacionado con la violacin del derecho humano a la educacin, al no aparecerle registrada la calificacin del curso de Contabilidad III, que estudi en escuela de vacaciones de diciembre de dos mil uno en esa Facultad, por lo que de la investigacin del caso RESUELVE Declarar que no existen elementos suficiente para presumir violacin a los derechos humanos. 14. Ref. puirna-sg-04-2005, de fecha 18 de enero de 2005, por el que el Ingeniero Sal Guerra Gutirrez, Coordinador del Programa, Investigacin en Recursos Naturales y Ambiente, enva ejemplares del Nuevo Boletn Ecolgico, para que sean entregados a los Miembros del Consejo Superior Universitario.

15. Oficio s/Ref., de fecha 25 de enero de 2005, por el que NANCY LISETTE BERGANZA DE LA ROCA, CESAR AUGUSTO ANLEU CASTILLO, VICTOR EDUARDO DEL VALLE GARCA y ALDO MIGUEL REYES LOARCA, manifiestan que se sometern a la prueba de habilidad de lectura que se realizar en la Facultad de CCMM, pero bajo protesta. 16. Oficio Ref. JAPP-010-01-2005, de fecha 20 de enero de 2005, por el que el Licenciado Vctor Manuel Rosales Chavarra, Secretario de la Junta Administradora del Plan de Prestaciones, JAPP, enva los ESTADOS FINANCIERO AL 31 DE OCTUBRE DE 2004, para informacin del CSU. 17. Oficio Ref. JAPP-459-11-2004, de fecha 29 de noviembre de 2004, por el que el Licenciado Vctor Manuel Rosales Chavarra, Secretario de la Junta Administradora del Plan de Prestaciones, JAPP, enva el INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE, de la auditora externa a los Estados Financieros del 01/01 al 31/12/2003 del Plan de Prestaciones, presentado

ACTA No.03-2005

26

09 de febrero de 2005

por la Firma Herrera Pealba & Asociados, para conocimiento de este Alto Organismo. 18. Oficio Ref. JAPP-469-11-2004, de fecha 29 de noviembre de 2004, por el que el Licenciado Vctor Manuel Rosales Chavarra, Secretario de la Junta Administradora del Plan de Prestaciones, JAPP, enva los ESTADOS FINANCIEROS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2004, para informacin de este Alto Organismo. 19. Oficio Ref. Aux-RyE.01-2005, de fecha 27 de enero de 2005, por el que las Auxiliares de Registro II, del Departamento de Registro y Estadstica, solicitan se le fije un trrmino a la Comisin de Asuntos Laborales para que dictamine sobre su caso y que el mismo sea tratado con la legalidad debida, tomando en consideracin lo aprobado por el Consejo Superior Universitario, en el Punto DECIMO PRIMERO, del Acta No. 18-2004, de fecha 11 de agosto de 2004. 20. Oficio S.G. 020-2005, de fecha 24 de enero de 2005, por el que el Doctor Carlos Enrique Mazariegos Morales, Secretario General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, se dirige a la Licenciada Alma Lilian Rodrguez Tello, Secretaria de COGCADUSAC, con relacin a lo actuado hasta la fecha referente al Plan de Prestaciones, al reajuste salarial y a la regularizacin de los parqueos en el campus central atendiendo lo solicitado en su Oficio s/ref., de fecha 17 de enero de 2005. 21. Oficio Nota de Auditora No. 14, de fecha 11 de enero de 2005,por el que la Contralora General de Cuentas, solicita a la Junta Administradora del Plan de Prestaciones, realicen los trmites respectivos a fin de suspender inmediatamente el otorgamiento de prstamos en tanto se capitaliza el Plan y se obtienen mejores condiciones financieras 22. Oficio Nota de Auditora No. 16, de fecha 11 de enero de 2005, por el que la Contralora General de Cuentas solicita a la Junta Administradora del Plan de Prestaciones que como medida emergente se recomienda a la JAPP se establezca un techo mximo de jubilacin o pensin mensual de Q.10,000.00, para los jubilados actuales como para los futuros.

23. Oficio Nota de Auditora No. 17, de fecha 11 de enero de 2005, por el que la Contralora General de Cuentas recomienda a la Junta Administradora del Plan de Prestaciones realizar los trmites pertinentes para que por cinco aos no se pague a los Jubilados el Bono 14 ni el Diferido. 24. Oficio Nota de Auditora No. 15, de fecha 11 de enero de 2005, por el que la Contralora General de Cuentas recomienda a la Junta Administradora del Plan de Prestaciones, realizar los trmites para modificar el artculo 4o. del Reglamento. del Plan de Prestaciones de los Trabajadores de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido de reconocer la pensin por orfandad hasta los 18 aos de edad, tanto para los que gozan actualmente de este beneficio como para los nuevos pensionados. 25. Oficio Ref. DAP.002-2005, de fecha 12 de enero de 2005, por el que el Licenciado Carlos Augusto Pineda Ortiz, Jefe de la Divisin de Administracin de Personal, en atencin a la resolucin del Consejo

ACTA No.03-2005

27

09 de febrero de 2005

Superior Universitario, contenida en el Punto TERCERO, inciso 3.7 del Acta 26-2004, de su sesin celebrada el 27 de noviembre de 2004, enva aclaracin con relacin al Artculo 12, del Reglamento del Plan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que se refiere a ".la edad de 65 aos de edad..sern retirados obligatoriamente". 26. Copia de Oficio Ref. JD-CH-010/2005, de fecha 25 de enero de 2005, por el que el Doctor Carlos Augusto Cha Lpez, Secretario de la Facultad de Ciencias Mdicas, transcribe al Jefe de la Divisin de Administracin de Personal, el Punto SEXTO, incisos 6.1 y 6.2, del Acta No. 01-2005, de sesin ordinaria celebrada por Junta Directiva de esa Unidad Acadmica, con relacin al nombramiento de profesores que ganaron Concurso de Oposicin en el ao 2004. 27. Providencia No. 24-2005, de fecha 18 de enero de 2005, por la que el Licenciado Fradique Reyes Lee, de la Direccin de Asuntos Jurdicos, informa al Doctor Carlos Enrique Morales Mazariegos, que no fue posible notificar a los exmiembros del Consejo Directivo del Centro Universitario de San Marcos, CUSAM, sobre el contenido del Punto DECIMO SEGUNDO, del Acta No. 06-2004, de sesin extraordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario, el 21 de abril de 2004, que se refiere a la formulacin de cargos al ExDirector de dicho Centro Universitario, as como a otros miembros del mismo, quienes hubiesen tenido responsabilidad en la apertura de las Carreras Plan Fin de Semana, a partir de 1999. 28. Oficio Ref. DGEU-19-2005, de fecha 03 de febrero de 2005, por el que el Arquitecto ALEX GOMEZ, Director General de Extensin Universitaria ai, enva Agendas para el ao 2005, para ser distribuidas a los Miembros del Consejo Superior Universitario. CUARTO: CONSTANCIAS DE SECRETARA

La Secretara deja constancia de lo siguiente: 4.1 Que se encuentran presentes desde el inicio de la presente acta (9:00) Doctor Luis Alfonso Leal Monterroso; Licenciado Bonerge Amilcar Meja Orellana, Ingeniero Sydney Alexander Samuels

Milson, Licenciado Gerardo Leonel Arroyo Cataln, Licenciado Eduardo Antonio Velsquez Carrera, Caldern Herrera, Licenciado Mario Alfredo

Doctor Ariel Abderraman Ortiz Lpez, Doctor

Mario Estuardo Ronal Llerena Quan, Arquitecto Carlos Enrique Valladares Cerezo; Doctor Ren Arturo Villegas Lara, Doctor Rubn Dariel Velsquez Miranda, Licenciado Urias Amita Guzmn Garca, Licenciado Jos Mara Galindo Soto, Ingeniero Agrnomo Maynor Ral Otzoy Rosales, Licenciado Carlos Ren Sierra Romero, Arquitecto Pedro Rolando Anleu Daz, Doctor Edgar Axel Oliva

ACTA No.03-2005

28

09 de febrero de 2005

Gonzlez, Ingeniero Pedro Antonio Aguilar Polanco, Licenciado Oscar Federico Nave Herrera, Licenciado Gaspar Humberto Lpez Jimnez, Doctor Axel Popol Oliva, Licenciada Mara Iliana Monroy de Chavac, Doctor Hugo Ren Prez Noriega, Seor Kenneth Issur

Estrada Ruiz, Seor Fernando Jos Castillo Cabrera, Seora Ingrid Odette Lee Villela, Seor Ludwin Moiss Orozco Orozco, Seor Wener Armando Ochoa Orozco, Seor Jean Paul Rivera

Bustamante,

Licenciado William Garca;

Licenciada Rosa Mara

Ramrez Soto, y Doctor Carlos Enrique Mazariegos Morales.

4.2

Luego llegan: (09:40) Arquitecto Hctor Hugo Jimnez Martnez; (09:50) Doctor Eduardo Abril Glvez, Doctor Guillermo Escobar

Lpez, Seora Maritza Cristina Bosch de Estrada; (10:00) Doctor Carlos Alberto Alvarado Dumas, Ingeniero Agrnomo Adalberto Bladimiro Rodrguez Garca, Seor Jos Daniel Escobedo Franco; (10:20) Seor William Bosbel Delgado Gonzlez; (10:40) Doctor Erwin Ral Castaeda Pineda; (11:00) Licenciado Mario Ramiro Prez Guerra.-

4.3

El Representante Estudiantil de la Facultad de Arquitectura, Seor William Bosbel Delgado hace del conocimiento por escrito que a partir del 07 de febrero al 27 de agosto del 2005 se encontrar realizando su Ejercicio Profesional Supervisado, por lo que tratar de asistir a las reuniones de Consejo Superior Universitario, sin embargo en el lapso de esas fechas habrn algunas reuniones que por compromisos de su EPS no podr asistir, por lo que solicita se le considere con excusas en esas oportunidades, que no asistir.

4.4

Los Representantes Estudiantiles hacen la presente solicitud: Guatemala, 9-2-05. Dr. Carlos Mazariegos, Secretario Universidad

de San Carlos de Guatemala. Por este medio, con la finalidad que los cambios para el mejoramiento acadmico y cientfico de la Universidad debe ser integral, en especial el Reglamento de Evaluacin y Promocin del Estudiante, solicitamos: 1. Nombrar una comisin que analice, modifique y actualice: a) Reglamento de evaluacin y promocin docente. b) Reglamento de Concursos de

ACTA No.03-2005

29

09 de febrero de 2005

Oposicin. c) Reglamento para profesores fuera de carrera. d) Estatuto de la carrera docente parte acadmica. 2. Que la mencionada comisin se nombre en la siguiente sesin del presente mes. 3. Que la presente, se incluya en el acta del da hoy 9 de febrero. Sin otro particular, nos suscribimos de ustedes, Atentamente: f) Ingrid Odette Lee Villela, Representante de Econmicas; Wener Ochoa O. Representante Estudiantil FAUSAC; Fernando Jos Castillo Cabrera Rep. Est. CCQQ y FF; Maritza Cristina Bosch E. Rep. Estudiantil Humanidades; Jos Daniel Escobedo Franco Rep. Estudiantil Facultad CCMM; Kenneth Estrada Rep. Estudiantil Fac. de Ingeniera.-

4.5

Que el Consejo Superior Universitario conoci solicitud de audiencia y concedi la misma a los Padres de Familia y estudiantes aspirantes a ingresar a la Facultad de Ciencias Mdicas, quienes no se encuentran presentes. El mecanismo de audiencia fue informarle al esposo de la Seora Silvia Castillo telefnicamente el 08 de febrero de 2005.

4.6

Que por no haberse agotado la agenda, se convoca a prxima sesin extraordinaria para el da mircoles 16 de febrero del ao en curso, con la agenda ya aprobada el da de hoy.

4.7

Que esta sesin se realiza en virtud de tercera citacin y que se concluye a las dieciete horas del mismo da y en el mismo lugar de su inicio. DOY FE.

/bettina

ACTA No.03-2005

30

09 de febrero de 2005