tarea 2 garantias constitucionales

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACION PUBLICA DE LA F.S.T.S.E. LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRATICO. MODALIDAD MIXTA GARANTIAS CONSTITUCIONALES 3º CUATRIMESTRE

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Cuestionario garantías constitucionales 3er cuatrimestre

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACION

PUBLICA DE LA F.S.T.S.E.

LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRATICO.

MODALIDAD MIXTA

GARANTIAS CONSTITUCIONALES

3 CUATRIMESTRE

LIC. LINO JORGE GAMEZ CHAVEZGrupo: 202

Alumno: Martnez Ortiz JosTarea No. 2.Correo: [email protected] Garantas Constitucionales1.- Mencione el concepto de garanta individualLa palabra garanta proviene de garante; entre sus acepciones destacan efecto de afianzar lo estipulado y cosa que asegura o protege contra algn riesgo o necesidad.

Las nociones de afianzamiento, aseguramiento y proteccin son indisociables del concepto de garantas individuales. Puede decirse que las garantas individuales son derechos pblicos subjetivos consignados a favor de todo habitante de la Repblica que dan a sus titulares la potestad de exigirlos jurdicamente a travs de la verdadera garanta de los derechos pblicos fundamentales del hombre que la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos consigna, esto es, la accin constitucional de amparo.

2.- Mencione las fuentes jurdicas de las garantas individualesLas principales fuentes formales de las garantas individuales son la costumbre y la legislacin escrita.

En el sistema jurdico mexicano, donde el derecho es primordialmente escrito, la fuente primaria de las garantas es la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. Sin embargo, en Mxico, las Constituciones de las entidades federativas pueden complementar la regulacin de las garantas individuales mencionadas en la parte dogmtica de la Constitucin Federal, que de hecho autoriza a los Estados a colaborar en el desarrollo de los derechos garantizados por los artculos 3., 4. y 5. constitucionales, entre otros. Esta colaboracin no restringe las garantas sealadas por la Constitucin Federal, a cuyo tenor la defensa del catlogo de derechos corresponde exclusivamente a la Federacin. As como las leyes secundarias y los tratados internacionales.

3.- Cuales son los elementos de las garantas individualesRelacin jurdica de supra a subordinacin entre el gobernado (sujeto activo) y el Estado y sus autoridades (sujetos pasivos).Derecho pblico subjetivo que emana de dicha relacin en favor del gobernado (objeto).Obligacin correlativa a cargo del Estado y sus autoridades, consistente en respetar el consabido derecho y en observar o cumplir las condiciones de seguridad jurdica del mismo (objeto).Previsin y regulacin de la citada relacin por la Ley Fundamental (fuente).

4.- Principios Constitucionales de las garantas individualesLos principios constitucionales que rigen a las garantas individuales se ubican en los artculos 133 y 135 de la Constitucin Federal.El artculo 133 fundamenta el principio de supremaca constitucional, al establecer que la ley fundamental, las leyes emanadas de ella y los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano, constituirn la Ley Suprema de la Unin. Como las garantas individuales estn plasmadas en el texto constitucional, son tambin supremas, pues se encuentran por encima de la normativa secundaria.

Por otra parte, el artculo 135 dispone que la Constitucin Mexicana es rgida, en el sentido de que slo puede ser reformada o adicionada cuando el Congreso de la Unin, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que stas sean aprobadas por la mayora de las Legislaturas de los Estados.

La rigidez de las garantas individuales supone que slo se les podr alterar cuando se cubran los requisitos que especifica el artculo citado.

5.- Cuales son las caractersticas de las garantas individualesUnilateralesIrrenunciableSupremasInalienablesImprescriptiblesPermanenteGenerales

6.- Porque son UnilateralesPorque su observancia est a cargo del Estado, que es el sujeto pasivo de ellas. Los particulares son los sujetos activos de las garantas porque a ellos les toca hacerlas respetar cuando un acto de autoridad del Estado las vulnere.

7.- Que es IrrenunciableRadica en que nadie puede renunciar a las garantas individuales. Todo particular cuenta con ellas por el solo hecho de hallarse en el territorio nacional.

8.- Que es SupremaPor encontrarse establecidas en la Constitucin Federal, cuyo artculo 133 establece el principio de la supremaca constitucional.

9.- Que es InalienablePorque no pueden ser objeto de enajenacin.

10.- Que es ImprescriptiblePorque su vigencia no est sujeta al paso del tiempo.11.- Que es PermanenteSon permanentes mientras existan derechos para accionar.12.- Que es GeneralesSon generales por que protegen a todo ser humano sin ninguna distincin.13.- En que caso procede la suspensin de las garantas individuales.El artculo 29 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos seala:En los casos de invasin, perturbacin grave de la paz pblica, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.14.- Quien puede decretar la suspensin de las garantas individualesLas garantas individuales slo pueden suspenderse por el Congreso de la Unin, mediante la peticin del presidente de la Repblica, de acuerdo con el consejo de ministros.15.- Quienes intervienen en la suspensin de las garantas individuales El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos Titulares de las Secretaras de Estado Los Departamentos Administrativos La Procuradura General de la Repblica El Congreso de la Unin, y, en los recesos de ste, de la Comisin Permanente.

16.- En que consiste la parte Dogmtica de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.Por dogma (del latn dogma) se entiende, entre otras cosas, una proposicin que se asienta por firme y cierta y como principio innegable de una ciencia, es decir, que no admite discusin.Lo dogmtico es lo relativo a los dogmas, a las verdades que no requieren comprobacin alguna. En el caso de la Constitucin Federal, su primera parte es la dogmtica por contener una serie de verdades que se reputan vlidas de suyo: las garantas individuales, visibles en los artculos 1 al 29.17.- En que documento histrico se plasm por primera vez los derechos del hombre y ciudadano y en qu pas tiene su origen.Los Derechos del Hombre y del Ciudadano, fueron aprobados por la Asamblea Nacional Francesa el 26 de agosto de 1789.18.- Que dice el artculo 1 de la Constitucin de 1857.Art. 1. El pueblo Mexicano reconoce, los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. En consecuencia, declara: que todas las leyes y todas las autoridades del pas, deben respetar y sostener las garantas que otorga la presente Constitucin.

19.- Que establece la Constitucin Vigente del 5 de Febrero de 1917 en su artculo 1Artculo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en esta Constitucin y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, as como de las garantas para su proteccin, cuyo ejercicio no podr restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitucin establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretaran de conformidad con esta Constitucin y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la proteccin ms amplia.

Todas las autoridades, en el mbito de sus competencias, tienen la obligacin de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deber prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los trminos que establezca la ley.

Est prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzaran, por este solo hecho, su libertad y la proteccin de las leyes.

Queda prohibida toda discriminacin motivada por origen tnico o nacional, el gnero, la edad, las discapacidades, la condicin social, las condiciones de salud, la religin, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

20.- En cual constitucin se plasm por primera vez las garantas sociales.La Constitucin de la Repblica de Weimar expedida en 1919, se erige como la primera constitucin en el mundo que hace alusin a disposiciones relacionadas con los derechos sociales asistencias, concretamente a la seguridad social en salud; estas normas fueron impulsadas por la Socialdemocracia Alemana que proponia la proteccin a los citados derechos.