sandoval lópez, ricardo - derecho comercial tomo ii.pdf

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Ningunaparte de estapublicacin, incluidoel diseode lacubierta,puede ser reproducida, almacenada otransmitida enmanera algunanipor ningn medio, yasea elctrico, qumico, mecnico, ptico, degrabacin o de fotocopia, sin permiso previo del editor.GJ RICARDo SANDOVAL LOPEZDoctor en Derecho Privado, Universidad de Grenoble, Francia, 1974Doctor de Estado en Derecho Privado, Repblica de Francia, J979Profesor de Derecho Comercial,Facultad de Ciencias[uridicas ySociales, Universidad de ConcepcinProfesor de Derecho Comercial,Escuelade Derecho, Universidad Diego Portales, SantiagoProfesor CatedrticoVisitante, UniversidadCarlos IlJ, Madrid, EspaaDERECHO COMERCIALTITULOS DE CREDITO,CONTRATOS MERCANTILESYOPERACIONES BANCARIASPrimera edicin, 1983Segunda edicin, 1986Tercera edicin, 1990e RICARDO SANDOVALLOPEZe EDITORlALJURIDICA DE CHILEAv. Ricardo Lyon946, SantiagoInscripcinNV 90.868, 1994Se termin de imprimir esta cuarta edicinde2.000ejemplares en el mes de octubre de 1994IMPRESORES: AlfabetaIMPRESOEN CHILE/PRINTED IN CHILEISBN --------TOMO114aedicin actualizadaEDITORIALJURIDICA DE CHILE8Ricardo Sandoval Lpez Derecho Comercial 9que donde un actotermina empieza otro y as sucesivamen-te, iejindose una inmensa reddeintereses.al derechocomercial regular las diferen-tesformasquepuederevestirla circulacindelosbienesotrfico mercantil, creandolas figuras, estructuras o meca-nismos jurdicos quepermitan lograrlo, cautelando al mismotiempolosinteresesen juego. Bsicamente, dos son10sTs- mentas'urdicos uefacilitanlacirculacn:-t contrnt"l. e r' 1 I contrato eselprimer mecanismoque aparece enluempopara llevar a cabo la actividadmediadoraentreun patrimonioy otroy siguesiendoJ1l10de los ms utilizados e importantes en la actualidad.' loauncinbsicadel CQPtr"atS4tantocivil comocomercial.-4trealizaJj.jurdicamente la circulacin de losbienes. derechos.oservicias. Por esta razn, las normas reguladoras de laTeorlaGeneral del Contratosoncomunes 'a loscontratosciviles y comerciales; porejemplo, enlorelativoal acuerdodevoluntades." Contodo, lascodificacionesmercantiles, altratar engeneral de los contratos comerciales, contienenreglas especiales relativas a su forma, prueba, interpreta-cin, efectos, etc.El contrato como instrumento jurdico de la circulacines una de lasinstituciones mspermeables a las nuevas ideasy cambios delsistema econmico. La debilitacin del carc-ter individualista y liberal delderecho comercial se manifiestacon mayor intensidad a propsito delos contratos.El principiode lalibertadencuantoalaformasehavistoafectadoporel intervencionismoestatal, queobligaarealizarun buennmerodeoperaciones deacuerdoa fr-1JEANl1MPENS, LesContrats en Droit Compar, Facult Internationalede Droit Compar, Strasbourg, 1967, p. 5.2RODRIGO URA, Derecho Mercantil; 6' ed., Madrid, 1968, p. 449.mulas rgidas preestablecidas, contrariando deesta suerte larapidezde lastransaccionesmercantiles, perodestinadasaproteger elinters deterceros y del pblico en general. Porotra parte, elprincipio clsicodela autonoma dela volun-tadimperanteenlamateria, resultaasimismodisminuido.Larealidaddemuestra que no es frecuente enla actualidadqueel contrato seadiscutidoporlas partesenunplanodeigualdadyconabsoluta libertadde contratar ono. En lamayorade los contratos comerciales laigualdadesmera-mente terica, por ocupar una de las contratantes una posicin econmica prlvilegiadaqueleper-mite imponer su leya los clientes.deltrficomercantilimpideladiscusinminuciosadeloscon-tratos para adecuarlos al inters especfico que puedan tenerlaspartes conu-atantes, loquelesllevaaestablecercontra-tos tipos! decontenido rgido y predeterminado que se repiteenunaserieinterminablede contratosiguales, enlosquelavoluntadde laspartes juegaapenasunpapel visible. Enel comerciobancario, enel burstil, eneldeseguros, enelde transportes, por sealaralgunos, loscontratosseelabo-ran sobre bases uniformes, cuyo contenido est determinadode antemanoenclusulasquerara vez sufrenmodificacio-nesporexigenciasde losclientes, prcticamenteobligadosacontratarenesascondicionesunilaterales impuestas porel empresario.'El tulodecrdito,al incorporarensucontenidounaprestacin que puede exigirse al obligado a su vencimiento.constituye un vehculoprivilegiado decirculacin. Enefec-to, el ttulodecrdito encuanto a su conenido .representativo de.diner ,de mercader s o departicipaO'3 URA. op. cit., N 492.....LCaptulo1TEORIA GENERALDE LOS TITULOS DECREDITOSeccin 1Nocin de ttulo de crdito y elementos caractersticos2. Evolucin histrica. Los requerimientos queplanteabael desarrollode laactividadmercantil dieron&rigenalosttulosdecrdito, que R T ~ ~ E justamente cuando losme-canismos del derecho comn que se utilizaban para lacirculacin resultaron insuficientespara llenar las necesida-des de mayor rapidez, facilidad, certeza yseguridad. Lacirculacinde losbienesy derechosserealizabamediantela cesindecrditos, cuyas caractersticas esenciales son:a) El acreedor cedenteresponde slo de laexistencia ylegitimidad del crdito;b) Paraquelacesindel crditosurtaefectorespectodel deudorcedidoesnecesarionotificarlelatransferenciadelttulo;c) El crditoarrastralos posiblesdefectos,viciosy limi-tacionesquesehayanidoacumulandoen cada unade lastransferencias; enotras palabras, seacumulanlasexcepcio-nes, lo que conspira en contra de la rapidez} certeza, seguridadque exige la circulacin.Otranocin queseutilizcon finescirculatorios fueladelegacinEl delegante, deudor primitivo, es reemplazadopor el delegado, nuevodeudor, respecto del delegatario,quees el acreedor de ladeuda. Este mecanismopresenta- - -------------- --- --------------------_. ----_._------ ----------------- - -----Ji!r; . Ningunapartede esta publicacin, incluidoel diseode lacubierta,puede ser reproducida, almacenadaotransmitidaenmanera algunanipor ningn medio, yasea elctrico, qumico, mecnico, ptico, degrabacin o de fotocopia, sin permiso previo del editor..i-.~Primera edicin, 1983Segunda edicin, 1986Tercera edicin, 1990RICARDo SANDOVAL LOPEZDoctor enDerecho Privado, Universidad de Grenoble, Francia, 1974Doctor de Estado en Derecho Privado, Repblica de Francia, J979Profesor de Derecho Comercial,Facultad de CienciasJuddicas y Sociales, Universidad de ConcepeinProfesor de Derecho Comercial,Escuela de Derecho. Universidad Diego Portales, SantiagoProfesor CatedrticoVisitante, UniversidadCarlos Ill, Madrid, EspaaDERECHO COMERCIALTITULOS DE CREDITO,CONTRATOS MERCANTILESYOPERACIONES BANCARIASTOMO114aedicin actualizadae RICARDO SANDOVAL LOPEZe EDITORIALYURIDICA DE CHILEAv. Ricardo Lyon 946, SantiagoInscripcin Na 90.868, 1994Se termin de imprimir esta cuarta edicinde2.000ejemplares en el mes de octubre de 1994IMPRESORES: AlfabetaIMPRESO EN CHILE/PRINTED IN CHILEISBN 956-1()..1072-oEDITORIALJURIDICA DE CHILESEGUNDA PARTETITULOS DE CREDITO,CONTRATOS MERCANTILES YOPERACIONESBANCARIAS(T) Introduccin. La 1ctivida{Ll'!1er.c.tjlen suesencia, .!larticiuacin social sonaquellosque re-oo,C.m.= dadoo de7....LCaptulo1TEORIA GENERAL DE LOS TITULOS DECREDITOSeccin 1Nocinde ttulo de crdito y elementos caractersticos2. Evolucin histrica. Losrequerimientos queplanteabael desarrollode laactividadmercantil dieronerigenalosttulosdecrdito, que p ~ r ~ ~ ~ justamente cuando losme-canismos del derecho comn que se utilizaban para lacirculacin resultaron insuficientespara llenar las necesida-des de mayor rapidez, facilidad, certeza yseguridad. Lacirculacinde losbienesy derechosserealizabamediantela cesin decrditos, cuyas caractersticas esenciales son:a) Elacreedor cedenteresponde slodelaexistencia ylegitimidad del crdito;b) Paraquelacesindel crditosurtaefectorespectodel deudorcedidoesnecesarionotificarlelatransferenciadelttulo;c) El crditoarrastralos posiblesdefectos,viciosy limi-taciones quesehayanidoacumulandoencadaunade lastransferencias; enotraspalabras, seacumulanlasexcepcio-nes, lo queconspira en contra de la rapidez]certeza, seguridadque exige la circulacin.Otra nocinqueseutilizcon finescirculatoriosfue ladelegacinl delegante, deudor primitivo,es reemplazadopor el delegado, nuevo deudor, respecto del delegatario,quees el acreedor de ladeuda. Este mecanismopresenta)4 Ricardo Sandoval LpezrDerecho Comercial15iI- tdosvariantes, segnqueel acreedordelegataroacepteex-presamentelasustitucindel deudor, liberandoal deudorprimitivode suobligacin, casoen el cual estamosenpre-senciade ladelegacinperfectaonovacin; encambio, enladelegacinimperfecta, el acreedordelegatarionoliberaal deudor primitivo, quedando subsistentela obligacinori-ginaria entre ambos, constituyndose el deudor delegadoenunnuevodeudor juntoal anterior. En el fondo, noesotra cosa quela cesin dedeuda.Tantolacesinde crditocomoladelegacinnocum-plenhoy enformaidnealas exigencias de la circulacineconmica, industrial y bancaria.Frente a las dificultades del sistema tradicional de lacirculacin, fuenecesariocrear documentosquereunieranlas siguientes caractersticas:a' Cene:!:.1en la existenciadel crditoal tiempode laadquisicinde! instrumento jurdico. Aquienseletransfie-re el crditoinstrumentalizadodebe tener la evidenciadequeel crdito existe deacuerdo con el sistema normativo;bJlas negociacionesquesesucedenenlacu culacin delcrdito. Nuevas formasdeobtenerla oracio-n;:;:l simplificacin delas ya existentes para hacer gily fluidoelcambio;e) SeguridMl, enlaejecucinfinal del ttulo. Laperso-na que recibe el ttulo tiene la certidumbre dequeel crditodocumentadopermaneceinalterableluegode lassucesivastransferencias.Para superar los inconvenientes de la instrumentalzacintradicional del crdito fue necesario que se elaborarandogmticamente documentos que, .. ..ens.. econmico jurdico, fuera eJerCCl" los'hansido satisfechas con la creacin delos ttulos de crduo.Ella Teora GeneraldelosTtulosdeCrditofue, sineluda, laaplicaciny desarrollode unode ellos; laletradecambio, que motivestudios doctrinarios y elabora-cin de normas legales. La letra de cambio conjugabaadecuadamenteel aspecto-tericoconel aspectoprcticode sufuncionamientoenel trficocomercial ybancario.'Es enrealidadVivanteel creador delaTeoraGeneralde,los Ttulos de Crditocontenidaensu TratadodeDerechoComercial, editado por primera vez en 1896. El insignejusrnercantilistaitalianosiguilassiguientespautas: a) ex-trajo los caracteres esenciales de la letra de cambio, queerancomunes a todos los ttulos decrdito; b) separloselementos constitutivos delaletrade cambiocomottulodecrditode aquellosotroscaracteresqueledabanel ran-gode papel de comercio; c) distingui de los ttulos decrditoaquellos documentos quenocontabanconlos ca-racteres esenciales y que eran simplemente documentosprobatorios, yd) describisuformadecirculacinsegnlas diversas clases de ttulos de crdito: nominativos, a laorden o alportador." 3. Definicin y elementos del ttulo de crdito. La doctrina delos autores'define lpsde crdit;> sealando que sondocumentosque llevanmcorporadounderecholiteral, yautnomoquesepuede ejercer por el portador legtin;llcontra eldeudor ala fechade su vencimient. Deacuerdocon esta definicin, es necesaria la concurrencia de unaseriedeelementosqueconfiguranlaesenciadelanocindefinida.I En estesentido: GABRIEL RIOSECOENRlQUEZ enConferenciasobre Teo-rade los Ttulos de Crdito, Concepcin, 1979, indita. r-2Vtv..wn:, Trattato de Diriuo Commerciale, Miln, 5"ed., 1929, t. III,N 95l.3 UR.-I., oh. cit., N 726; GARRlGUES, oh. cit., p. 605; FELIPEDE]. TENA.Ttulos de crdito, Editorial Porra, 3' ed., Mxico,1956, p. 10.)'o"16 Ricardo Sandoval Lpez Derecho Comercial 17El-documentoesnecesarioparadarorigenalderecho, .parasu conservacin )' disposicin. "Sin l no es posiblehacer efectivo el derecho contra elobligado, ni transmitirloa un tercero, ni darlo en garanra.:" Por lo mismo. todaoperacinrelativa al derecho deber consignarseenel ttu-1.. para que produzca sus efectos.El derechoconsignadoen el ttulode crdito, llamadodocumental- "no vive por s solo, porque desde elmomento enqueseproducesuconsagracinen el instru-mento, ir ligado a l dondequiera queste vaya, corriendosumisma suerte,expuestoa lasmismas contingenciasy vici-situdes, atal puntoque, si el documentosedestruye osepierde, desaparece tambin el derecho enl incorporado, amenos que su propietariotome algunas medidas, las quetendremosocasindesealar msadelante. 6n;Onse(;uen-cii,\a posesin del documento.deci e.de mo.do soberan21a"Noesun juegoae palabras-41a escritoBolaffio- decirquelaposesindelttuloesttulodeposesin.:" La frmulaes verdadera enelsentidode quelaposesindel instrumentotitula, fundaylegitima la posesin del derecho. "Poseoel derecho porqueposeoel documento.." Setrata, pues, de'und.reClw'causa-doporlacm,.