rex aduanal quinta enmienda del sa

64
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO El SA, fue aprobado por la OMA en el año 1983 Contiene: 21 secciones, 96 capítulos y aproximadamente 1200 partidas, 5000 grupos de 6 cifras denominadas sub partidas

Upload: image-value

Post on 31-May-2015

2.701 views

Category:

Business


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

El SA, fue aprobado por la OMA en el año 1983

Contiene:

21 secciones,

96 capítulos y

aproximadamente 1200 partidas,

5000 grupos de 6 cifras denominadas sub partidas

Page 2: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

Objetivos del SA:

Clasificar sistemáticamente todas las mercaderías susceptibles decomercio internacional.

Clasificar de manera uniforme y racional las mercaderías en losaranceles de todos los países que adopten esta Nomenclatura.

Adoptar un lenguaje común, internacionalmente aceptado

Facilitar la negociación de Acuerdos bilaterales o multilaterales

Permitir la recopilación de datos estadísticos sobre el comerciomundial.

Page 3: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

Utilización a nivel de Gobiernos:

Intercambio de datos comerciales.

Fijación de derechos y demás impuestos.

Control de sustancias reglamentadas.

Elaboración de Reglas de Origen.

Confección de estadísticas.

Control de precios y de cupos.

Investigación y análisis económico.

Page 4: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

En su elaboración y enmiendas se toman encuentrarecomendaciones de:

Protocolo de Montreal sobre control de sustancias queafectan la capa de ozono

Convenio sobre prohibición, desarrollo, producción yalmacenamiento de armas químicas.

Utilización de unidades de cantidad normalizadas parafacilitar la recolección, comparación y análisis deestadísticas.

Page 5: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

Desde la aprobación del SA, en el año 83 ha

sufrido 4 enmiendas y por implantar la V:

-1992 (I)

-1996 (II)

-2002 (III)

-2007 (IV) 354 series de modificaciones

(esencialmente tecnológicas)

Page 6: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

Razón de las enmiendas:

Evolución de las técnicas.

Incorporar precisiones de clasificación

para su aplicación uniforme.

Adaptación a las realidades comerciales.

Facilitación de la supervisión y control de

temas vinculados con aspectos sociales,

de medio ambiente y progreso tecnológico

Page 7: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

1 de enero del 2012, entra en vigencia la VEnmienda del SA.

Incluye 220 cambios relacionados con lossectores de: Agricultura, Química, Textil,Papel, Maquinaria.

Page 8: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

Los cambios en la V Enmienda se encuentran divididosde la siguiente manera:

98 se relacionan con el sector agrícola;

27 al sector químico;

9 para el sector papelero;

14 para el sector textil;

5 para el sector de metales comunes;

30 para el sector de maquinaria;

37 que se aplican a una variedad de otros sectores

Page 9: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

Esta V Enmienda fue aprobada en junio del

2009 y en junio del 2010 se aprobaron las

correcciones de ortografía de nombres

científicos e igualmente errores de

redacción y algunas inconsistencias técnicas

Page 10: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

Nuevas recomendaciones a ser tomadas en

cuenta:

FAO : Organización de las Naciones Unidas

para la Alimentación y la Agricultura (FAO,

siglas de Food and Agriculture Organization) es

una organización específica de la ONU,

Convenio de Rotterdam

Page 11: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

Características principales de la V Enmienda:

Sectores ambientales

Sectores sociales

Uso del HS como estándar para la clasificación y

codificación de mercancías de importancia

específica para la seguridad alimentaria.

Sistema de datos de alerta temprana de la FAO

para la agricultura y la alimentación.

Page 12: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL

SISTEMA ARMONIZADO

Continuación….

Eliminación de subpartidas por bajo

comercio (43 partidas eliminadas)

Creación de nuevas subpartidas mucho

más específicas para el comercio mundial

Agrupación en una sola subpartida por

disposiciones sanitarias las toallas

(pastillas)

y tampones, servilletas y forros de servilleta

para bebés y artículos similares, de

cualquier material (partida 96.19)

Page 13: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA

ARMONIZADO

CAPITULO 1

ANIMALES VIVOS

NOTA

1. Este capítulo comprende

todos los animales vivos, excepto:

a) los peces o pescados, los

crustáceos, moluscos y demás

invertebrados acuáticos de las

partidas 03.01, 03.06 ó 03.07;

b) los cultivos de

microorganismos y demás

productos de la partida. 30.02;

c) los animales de la partida

95.08.

CAPITULO 1

ANIMALES VIVOS

NOTA.

1. Este Capítulo comprende todos los

animales vivos, excepto:

a) los peces o pescados, los

crustáceos, moluscos y demás

invertebrados acuáticos, de las

partidas 03.01, 03.06, 03.07 ó 03.08;

NOTAS COMPLEMENTARIAS

CENTROAMERICANAS

B. En el inciso arancelario 0106.41.00

se clasifican las abejas, incluso en

colmenas, cajas u otros continentes

similares

IV ENMIENDA V ENMIENDA

Page 14: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA

ARMONIZADO

Principales Aspectos Incorporados por la V Enmienda

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

CABALLOS, ASNOS, MULOS Y BURDEGAÑOS, VIVOS. CABALLOS, ASNOS, MULOS Y BURDEGAÑOS, VIVOS.

- Reproductores de raza pura Caballos:0101.10.10 -- Caballos 0101.21.00 - - Reproductores de raza pura

0101.29.00 - - Los demás

0101.10.90 - - Otros (Se utilizaba para la clasificación de los Asnos.) 0101.30.00 - Asnos La partida 0101.10 se elimina, así permitirá clasificar con mayor exactitud los caballos y los asnos. Se crea la partida 0101.30.00 para la clasificación de los Asnos

0101.90.00 - Los demás 0101.29.00 - - Los demás Los demás caballos diferentes a los de pura raza se clasificaran en la 0101.29.00. Enmienda aprobada como consecuencia de la propuesta de la FAO para mejorar la supervisión de la seguridad alimentaria mundial.

La partida 0101.10 se elimina, así permitirá clasificar con mayor exactitud los caballos.

Page 15: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA

ARMONIZADO

Principales Aspectos Incorporados por la V Enmienda2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

GALLOS, GALLINAS, PATOS, GANSOS, PAVOS

(GALLIPAVOS) Y PINTADAS, DE LAS

ESPECIES DOMESTICAS, VIVOS

GALLOS, GALLINAS, PATOS, GANSOS,

PAVOS (GALLIPAVOS) Y PINTADAS, DE

LAS ESPECIES DOMESTICAS, VIVOS

0105.19.00 - - Los demás 0105.13.00 - - Patos

0105.14.00 - - Gansos

0105.15.00 - - Pintadas

Se elimina la partida 0105.19.00 y se

crean las 0105.13, 0105.14.00 y

0105.15.00, para poder clasificar los

patos, gansos y pintadas. Enmienda

adoptada como resultado de la propuesta

de la FAO para mejorar la supervisión de

la seguridad alimentaria mundia

ANIMALES VIVOS DE LA ESPECIE BOVINA Bovinos domésticos0102.10.00 - Reproductores de raza pura 0102.21.00 - - Reproductores de raza pura

0102.29.00 - - Los demás

Búfalos:

0102.10.00 - Reproductores de raza pura 0102.31.00 - - Reproductores de raza pura

0102.39.00 - - Los demás

Se elimina la partida 0102.10.00

antiguamente para clasificar los

reproductores de raza pura, y se crea la

partida 0102.2 para los bovinos y la

0102.31 para los Bufalos.

Page 16: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA

ARMONIZADO

Principales Aspectos Incorporados por la V Enmienda2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0106.12.00 - - Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del

orden Cetáceos); manatíes y dugones o dugongos

(mamíferos del orden Sirenios)

0106.12.00 - - Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos

del orden Cetáceos); manatíes y dugones o

dugongos (mamíferos del orden Sirenios);

otarios y focas, leones marinos y morsas

(mamíferos del suborden Pinnipedia)

0106.19.00 - - Los demás 0106.12.00 - - Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos

del orden Cetáceos); manatíes y dugones o

dugongos (mamíferos del orden Sirenios);

otarios y focas, leones marinos y morsas

(mamíferos del suborden Pinnipedia)

0106.19.00 - - Los demás 0106.13.00 - - Camellos y demás camélidos

(Camelidae)

0106.19.00 - - Los demás 0106.14.00 - - Conejos y liebres

0106.19.00 - - Los demás 0106.19.00 - - Los demás

0106.3 Aves

0106.31.00 Aves de rapiña

0106.32.00 Loros, guacamayos, cacatúas y

demás papagayos

0106.39.00 - - Las demás 0106.33.00 - - Avestruces; emúes (Dromaius

novaehollandiae)

0106.39.00 - - Las demás 0106.39.00 - - Las demás

0106.90.10 - - Abejas, incluso en colmenas, cajas u otros

continentes similares

0106.41.00 - - Abejas

0106.90.90 - - Otros 0106.49.00 - - Los demás

0106.90.90 - - Otros 0106.90.00 - Los demás

Ampliación del alcance de la subpartida

0106.12 incluir morsas, focas y lobos de

mar. Al mismo tiempo, creación de nuevas

subpartidas para ciertos animales, como

los camellos, conejos y liebres. Enmienda

adoptada como resultado de la propuesta

de la FA

Page 17: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA

ARMONIZADO

Principales Aspectos Incorporados por la V Enmienda2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0207.32.00 - de pato, ganso o pintada

- - Sin trocear, frescos o refrigerados

0207.41.00 De pato - -

sin trocear, frescos o refrigerados

0207.32.00 - de pato, ganso o pintada

- - Sin trocear, frescos o refrigerados

0207.51.00 De ganso - -

Sin trocear, frescos o refrigerados

0207.32.00 - de pato, ganso o pintada

- - Sin trocear, frescos o refrigerados

0207.60.10 De pintada - -

Sin trocear, frescos o refrigerados

0207.33.00 - de pato, ganso o pintada

- - Sin trocear, congelados

0207.42.00 De pato - -

Sin trocear, congelados

0207.33.00 - de pato, ganso o pintada

- - Sin trocear, congelados

0207.52.00 De ganso - -

Sin trocear, congelados

0207.33.00 - de pato, ganso o pintada

- - Sin trocear, congelados

0207.60.20 De pintada - -

Sin trocear, congelados

0207.34.00 - de pato, ganso o pintada

- - Hígados grasos, frescos o refrigerados

0207.43.00 De pato - -

Hígados grasos, frescos o refrigerados

0207.34.00 - de pato, ganso o pintada

- - Hígados grasos, frescos o refrigerados

0207.53.00 De ganso - -

Hígados grasos, frescos o refrigerados

0207.34.00 - de pato, ganso o pintada

- - Hígados grasos, frescos o refrigerados

0207.60.30 De pintada - -

Hígados grasos, frescos o refrigerados

Se eliminan las partidas 0207.32.00 a la

0207.36. Se crean las aprtidas 0207.4,

0207.5 y 0207.6 para clasificar por

separado los productos de patos, gansos y

pintadas. Enmienda adoptada como

resultado de la propuesta de la FAO para

mejorar la supervisió

Page 18: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0207.35.10 - de pato, ganso o pintada

-- Los demás, frescos o refrigerados

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.44.10 - - Los demás, frescos o refrigerados de pato

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.35.10 - de pato, ganso o pintada

-- Los demás, frescos o refrigerados

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.54.10 - - Los demás, frescos o refrigerados de

ganso

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.35.10 - de pato, ganso o pintada

-- Los demás, frescos o refrigerados

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.60.41 - - Los demás, frescos o refrigerados de

pintada

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.35.90 - de pato, ganso o pintada

-- Los demás, frescos o refrigerados

- - - Otros

0207.44.90 - - Los demás, frescos o refrigerados de pato

- - - Otros

0207.35.90 - de pato, ganso o pintada

-- Los demás, frescos o refrigerados

- - - Otros

0207.54.90 - - Los demás, frescos o refrigerados de

ganso -

- - Otros

0207.35.90 - de pato, ganso o pintada

-- Los demás, frescos o refrigerados

- - - Otros

0207.60.49 - - Los demás, frescos o refrigerados de

pintada

- - - Otros

0207.36.10 -- Los demás, congelados

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.45.10 - De pato -

- Los demás, congelados

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.36.10 -- Los demás, congelados

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.55.10 - De ganso

-- Los demás, congelados

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.36.10 -- Los demás, congelados

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.60.51 - De pintada

-- Los demás, congelados

- - - En pasta, deshuesados mecánicamente

0207.36.90 -- Los demás, congelados

- - - Otros

0207.45.90 - De pato -

- Los demás, congelados:

- - - Otros

0207.36.90 -- Los demás, congelados

- - - Otros

0207.55.90 - De ganso

- - Los demás, congelados:

- - - Otros

0207.36.90 -- Los demás, congelados

- - - Otros

0207.60.59 - De pintada

- - Los demás, congelados:

- - - Otros

Se eliminan las partidas 0207.32.00 a la

0207.36. Se crean las aprtidas 0207.4,

0207.5 y 0207.6 para clasificar por

separado los productos de patos, gansos y

pintadas. Enmienda adoptada como

resultado de la propuesta de la FAO para

mejorar la supervisió

Page 19: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0208.40.00 - De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del

orden Cetáceos); de manatíes y dugones o

dugongos (mamíferos del orden Sirenios)

0208.40.00 - De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos

del orden Cetáceos); de manatíes y dugones o

dugongos (mamíferos del orden Sirenios); de

otarios y focas, leones marinos y morsas

(mamíferos del suborden Pinnipedia)

0208.90.90 - Los demás

- - Otros

0208.40.00 - De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos

del orden Cetáceos); de manatíes y dugones o

dugongos (mamíferos del orden Sirenios); de

otarios y focas, leones marinos y morsas

(mamíferos del suborden Pinnipedia)

0208.90.90 - - Otros 0208.60.00 - De camellos y demás camélidos

0208.90.90 - - Otros 0208.90.90 - - Otros

Ampliación del alcance de la subpartida

0208.40 para incluir los productos de

focas, leones marinos y morsas. Creación

de nuevas subpartidas 0208.60 de

camélidos. Enmienda adoptada como

resultado de la propuesta de la FAO para

mejorar la supervisión de la seguridad

mundial

0209.00.10

TOCINO SIN PARTES MAGRAS Y GRASA DE

CERDO O DE AVE SIN FUNDIR NI EXTRAER DE

OTRO MODO, FRESCOS, REFRIGERADOS,

CONGELADOS, SALADOS O EN SALMUERA,

SECOS O AHUMADOS

- Tocino

0209.10.10 - De cerdo - -

Tocino

0209.00.20

TOCINO SIN PARTES MAGRAS Y GRASA DE

CERDO O DE AVE SIN FUNDIR NI EXTRAER DE

OTRO MODO, FRESCOS, REFRIGERADOS,

CONGELADOS, SALADOS O EN SALMUERA,

SECOS O AHUMADOS

- Grasa de cerdo

0209.10.20 - De cerdo - -

Grasa de cerdo

0209.00.30

TOCINO SIN PARTES MAGRAS Y GRASA DE

CERDO O DE AVE SIN FUNDIR NI EXTRAER DE

OTRO MODO, FRESCOS, REFRIGERADOS,

CONGELADOS, SALADOS O EN SALMUERA,

SECOS O AHUMADOS

- Grasa de ave

0209.90.00 - Los demás

Partida 02.09 ha sido subdividida para

proporcionar por separado productos de

cerdos. Enmienda adoptada como

resultado de la propuesta de la FAO para

mejorar la supervisión de la seguridad

alimentaria mundial

Page 20: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

- Los demás, incluidos la harina y polvo

comestibles, de carne o de despojos:

- Los demás, incluidos la harina y polvo

comestibles, de carne o de despojos

--De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos

del orden Cetáceos); de manatíes y dugones o

dugongos (mamíferos del orden Sirenios), de

otarios y focas, leones marinos y morsas

(mamíferos del suborden Pinnipedia):

0210.92.00 -- De ballenas, delfines y marsopas (mamiferos

del orden Catáceos) manaties y dugones o

dugongos (mamiferos del orden Sirenios)

0210.92.10 - - - De otarios y focas, leones marinos y

morsas (mamíferos del suborden Pinnipedia)

0210.92.00 - Los demás, incluidos la harina y polvo

comestibles, de carne o de despojos. --

De ballenas, delfines y marsopas (mamiferos del

orden Catáceos) manaties y dugones o dugongos

(mamiferos del orden Sirenios)

0210.92.90 - Los demás, incluidos la harina y polvo

comestibles, de carne o de despojos: --De

ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del

orden Cetáceos); de manatíes y dugones o

dugongos (mamíferos del orden Sirenios), de

otarios y focas, leones marinos y morsas

(mamíferos del suborden Pinnipedia): - - - De

otarios y focas, leones marinos y morsas

(mamíferos del suborden Pinnipedia)

Ampliación del alcance de la subpartida

0210.92 para incluir los productos de

focas, leones marinos y morsas. Enmienda

adoptada como resultado de la propuesta

de la FAO para mejorar la supervisión de

la seguridad alimentaria mundial.

0301.10.00 PECES O PESCADOS VIVOS

- Peces ornamentales

0301.11.00 PECES O PESCADOS VIVOS -

Peces ornamentales - -

De agua dulce

0301.10.00 PECES O PESCADOS VIVOS

- Peces ornamentales

0301.19.00 PECES O PESCADOS VIVOS -

Peces ornamentales - -

Los demás

Subdivisión de la subpartida 0301.10 para

poder clasificar por separado los peces de

agua dulce. Al mismo tiempo, ampliación

del alcance de la subpartida 0301.94 para

cubrir más especies de atún, tanto del

Atlantico como del Pacífico.

Page 21: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0301.94.00 - - Atunes comunes o de aleta azul (Thunnus

thynnus)

0301.94.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del

Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,

Thunnus orientalis)

0301.99.91 - - - - Atunes (del género Thunnus , excepto el

Thunnus thynnus y Thunnus maccoyii), listados o

bonitos de vientre rayado (Euthynnus (Katsuwonus)

pelamis), sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops

spp.) y caballas (macarelas) (Scomber scombrus,

Scomber aus

0301.94.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del

Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,

Thunnus orientalis)

0301.99.91 - - - - Atunes (del género Thunnus , excepto el

Thunnus thynnus y Thunnus maccoyii), listados o

bonitos de vientre rayado (Euthynnus (Katsuwonus)

pelamis), sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops

spp.) y caballas (macarelas) (Scomber scombrus,

Scomber aus

0301.99.91 - - - - Atunes (del género Thunnus, excepto el

Thunnus thynnus, Thunnus orientalis y Thunnus

0301.99.99 - - - - Los demás 0301.99.99 - - - - Los demás

Ampliación del alcance de la subpartida

0301.94 para cubrir más especies de

atún, tanto del Atlantico como del Pacífico.

- Salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas: - Salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas

0302.12.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,

Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,

Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,

Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus),

salmones del Atlántico (Salmo salar) y salmones

del Danubio

0302.13.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus

nerka, Oncorhynchus gorbuscha,

Oncorhynchus keta, Oncorhynchus

tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,

Oncorhynchus masou y Oncorhynchus

rhodurus)

- Salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas: - Salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas

0302.12.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,

Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,

Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,

Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus),

salmones del Atlántico (Salmo salar) y salmones

del Danubio

0302.14.00 - - Salmones del Atlántico (Salmo salar) y

salmones del Danubio (Hucho hucho)

Subdivisión de la subpartida 0302.12 para

proporcionar por separado los diferentes

grupos de salmón. Enmienda aprobada

como consecuencia de la propuesta de la

FAO para mejorar la supervisión de la

seguridad alimentaria mundial

Page 22: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

- Pescados planos (Pleuronéctidos,

Bótidos,Cynoglósidos, Soleidos, Escoftálmidos

yCitáridos), excepto los hígados, huevas y lechas

- Pescados planos (Pleuronéctidos,

Bótidos,Cynoglósidos, Soleidos,

Escoftálmidos yCitáridos), excepto los

hígados, huevas y lechas

0302.29.00 - - Los demás 0302.24.00 - - Rodaballos (Psetta maxima,

Scophthalmidae)

0302.29.00 - - Los demás 0302.29.00 - - Los demás

Creación de la subpartida 0302.24 para

clasificar el rodaballo. Enmienda aprobada

como consecuencia de la propuesta de la

FAO para mejorar la supervisión de la

seguridad alimentaria mundial

- Atunes (del géneroThunnus), listados o bonitosde

vientre rayado (Euthynnus (Katsuwonus) pelamis),

excepto hígados, huevas y lechas:

- Atunes (del géneroThunnus), listados o

bonitosde vientre rayado (Euthynnus

(Katsuwonus) pelamis), excepto hígados,

huevas y lechas:

0302.35.00 - - Atunes de aleta azul (comunes) (Thunnus

thynnus)

0302.35.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del

Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,

Thunnus orientalis)

0302.39.00 - - Los demás 0302.39.00 - - Los demás

Ampliación del alcance de la subpartida

0302.35 para cubrir más especie de atún.

Enmienda aprobada como consecuencia

de la propuesta de la FAO para mejorar la

supervisión de la seguridad alimentaria

mundial

- Arenques (Clupea harengus, Clupea

pallasii ), anchoas (Engraulis spp .), sardinas

(Sardina pilchardus, Sardinops spp .),

sardinelas (Sardinella spp .) y espadines

(Sprattus sprattus ), caballas (macarelas)

(Scomber scombrus, Scomber australasicus,

Scomber japonicus ), jureles (Trachurus

spp .), cobias (Rachycentron canadum ) y

peces espada (Xiphias gladius ), excepto los

hígados, huevas y lechas:

0302.40.00 - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii),

excepto los hígados, huevas y lechas

0302.41.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea

pallasii)

- Pescados de las familias Bregmacerotidae,

Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,

Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y

Muraenolepididae , excepto los hígados,

huevas y lechas:

0302.50.00 - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus), excepto los hígados, huevas y

lechas

0302.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,

Gadus macrocephalus)

Reestructuración de las subpartidas

0302.40 a 0302.70 para proporcionar por

separado un mayor número de especies a

clasificar. Enmienda adoptada como

resultado de la propuesta de la FAO para

mejorar la supervisión de la seguridad

alimentaria mundial

Page 23: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

- Los demás pescados, excepto hígados, huevas y

lechas

0302.61.00 - - Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops spp.),

sardinelas (Sardinella spp.) y espadines (Sprattus

sprattus)

0302.43.00 - - Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops

spp.), sardinelas (Sardinella spp.) y espadines

(Sprattus sprattus)

0302.62.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus) 0302.52.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus)

0302.63.00 - - Carboneros (Pollachius virens) 0302.53.00 - - Carboneros (Pollachius virens)

0302.64.00 - - Caballas (macarelas) (Scomber scombrus,

Scomber australasicus, Scomber japonicus)

0302.44.00 - - Caballas (macarelas) (Scomber scombrus,

Scomber australasicus, Scomber japonicus)

0302.65.00 - - Escualos 0302.81.00 - - Cazones y demás escualos

0302.66.00 - - Anguilas (Anguilla spp.) 0302.74.00 - - Anguilas (Anguilla spp.)

0302.67.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0302.47.00 - - Peces espada (Xiphias gladius)

0302.68.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra

(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia

negra) (Dissostichus spp.)

0302.83.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza

negra (merluza negra, bacalao de profundidad,

nototenia negra) (Dissostichus spp.)

0302.69.20 - - - Pargos (Lutjanus spp.) 0302.89.10 - - - Pargos (Lutjanus spp.)

0302.69.30 - - - Dorados (Coryphaena hippurus) 0302.89.20 - - - Dorados (Coryphaena hippurus)

0302.69.40 - - - Cabrillas (Epinephelus spp., Paralabrax spp.) 0302.89.30 - - - Cabrillas (Epinephelus spp., Paralabrax

spp.)

0302.69.50 - - - Corvinas (Sciaena spp.) 0302.89.40 - - - Corvinas (Sciaena spp.)

0302.69.60 - - - Marlines (Makaria spp., Tetrapturus spp.) 0302.89.50 - - - Marlines (Makaira spp., Tetrapturus spp.)

0302.69.70 - - - Tilapias (Tilapia spp.) 0302.71.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.)

Reestructuración de las subpartidas

0302.40 a 0302.70 para proporcionar por

separado un mayor número de especies a

clasificar. Enmienda adoptada como

resultado de la propuesta de la FAO para

mejorar la supervisión de la seguridad

alimentaria mundial

Page 24: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0302.69.70 - - - Tilapias (Tilapia spp.) 0302.89.60 - - - Las demás tilapias, excepto las que se

clasifican en el inciso arancelario 0302.71.00

0302.69.80 - - - Meros (Epinephelus guaza) 0302.89.70 - - - Meros (Epinephelus guaza)

0302.69.90 - - - Otros 0302.42.00 - - Anchoas (Engraulis spp.)

0302.69.90 - - - Otros 0302.45.00 - - Jureles (Trachurus spp.)

0302.69.90 - - - Otros 0302.46.00 - - Cobias (Rachycentron canadum)

0302.69.90 - - - Otros 0302.54.00 - - Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.)

0302.69.90 - - - Otros 0302.55.00 - - Abadejo de Alaska (Theraga

chalcogramma)

0302.69.90 - - - Otros 0302.56.00 - - Bacaladillas (Micromesistius poutassou,

Micromesistius australis)

0302.69.90 - - - Otros 0302.59.00 - - Los demás

0302.69.90 - - - Otros 0302.72.00 - - Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus

spp., Clarias spp., Ictalurus spp.)

0302.69.90 - - - Otros 0302.73.00 - - Carpas (Cyprinus carpio, Carassius

carassius, Ctenopharyngodon idellus,

Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp.,

Mylopharyngodon piceus)

0302.69.90 - - - Otros 0302.79.00 - - Los demás

0302.69.90 - - - Otros 0302.82.00 - - Rayas (Rajidae)

0302.69.90 - - - Otros 0302.84.00 - - Róbalos (Dicentrarchus spp.)

0302.69.90 - - - Otros 0302.85.00 - - Sargos (Espáridos) (Sparidae)

0302.69.90 - - - Otros 0302.89.90 - - - Otros

0302.70.00 - Hígados, huevas y lechas 0302.90.00 - Hígados, huevas y lechas

Reestructuración de las subpartidas

0302.40 a 0302.70 para proporcionar por

separado un mayor número de especies a

clasificar. Enmienda adoptada como

resultado de la propuesta de la FAO para

mejorar la supervisión de la seguridad

alimentaria mundial

Page 25: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0303.19.00 - - Los demás 0303.12.00 - - Los demás salmones del Pacífico

(Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,

Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus

kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus

rhodurus)

0303.21.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss,

Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita,

Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y

Oncorhynchus chrysogaster)

0303.14.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus

mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus

aguabonita, Oncorhynchus gilae,

Oncorhynchus apache y Oncorhynchus

chrysogaster)

0303.22.00 - - Salmones del Atlántico (Salmo salar) y

salmones del Danubio (Hucho hucho)

0303.13.00 - - Salmones del Atlántico (Salmo salar) y

salmones del Danubio (Hucho hucho)

0303.29.00 - - Los demás 0303.19.00 - - Los demás

0303.39.00 - - Los demás 0303.34.00 - - Rodaballos (Psetta maxima,

Scophthalmidae)

0303.39.00 - - Los demás 0303.39.00 - - Los demás

0303.45.00 - - Atunes de aleta azul (comunes) (Thunnus

thynnus)

0303.45.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del

Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,

Thunnus orientalis)

0303.49.00 - - Los demás 0303.45.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del

Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,

Thunnus orientalis)

0303.49.00 - - Los demás 0303.49.00 - - Los demás

0303.52.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0303.63.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,

Gadus macrocephalus)

0303.61.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0303.57.00 - - Peces espada (Xiphias gladius)

0303.62.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra

(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia

negra) (Dissostichus spp.)

0303.83.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza

negra (merluza negra, bacalao de profundidad,

nototenia negra) (Dissostichus spp.)

0303.71.00 - - Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops spp.),

sardinelas (Sardinella spp.) y espadines (Sprattus

sprattus)

0303.53.00 - - Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops

spp.), sardinelas (Sardinella spp.) y espadines

(Sprattus sprattus)

0303.72.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus) 0303.64.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus)

Reestructuración de las subpartidas

0303.1 a 0303.29 para proporcionar por

separado un mayor número de especies a

clasificar. Creación de nuevas subpartidas

0303.34 de rodaballo. Ampliación del

alcance de la subpartida 0303.45 para

cubrir más especies

Page 26: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0303.73.00 - - Carboneros (Pollachius virens) 0303.65.00 - - Carboneros (Pollachius virens)

0303.74.00 - - Caballas (macarelas) (Scomber scombrus,

Scomber australasicus, Scomber japonicus)

0303.54.00 - - Caballas (macarelas) (Scomber scombrus,

Scomber australasicus, Scomber japonicus)

0303.75.00 - - Escualos 0303.81.00 - - Cazones y demás escualos

0303.76.00 - - Anguilas (Anguilla spp.) 0303.26.00 - - Anguilas (Anguilla spp.)

0303.77.00 - - Róbalos (Dicentrarchus labrax, Dicentrarchus

punctatus)

0303.84.00 - - Róbalos (Dicentrarchus spp.)

0303.78.00 - - Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.) 0303.66.00 - - Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.)

0303.79.00 - - Los demás 0303.23.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.)

0303.79.00 - - Los demás 0303.24.00 - - Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus

spp., Clarias spp., Ictalurus spp.)

0303.79.00 - - Los demás 0303.25.00 - - Carpas (Cyprinus carpio, Carassius

carassius, Ctenopharyngodon idellus,

Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp.,

Mylopharyngodon piceus)

0303.79.00 - - Los demás 0303.29.00 - - Los demás

0303.79.00 - - Los demás 0303.55.00 - - Jureles (Trachurus spp.)

0303.79.00 - - Los demás 0303.56.00 - - Cobias (Rachycentron canadum)

0303.79.00 - - Los demás 0303.67.00 - - Abadejo de Alaska (Theraga

chalcogramma)

0303.79.00 - - Los demás 0303.68.00 - - Bacaladillas (Micromesistius poutassou,

Micromesistius australis)

0303.79.00 - - Los demás 0303.69.00 - - Los demás

0303.79.00 - - Los demás 0303.82.00 - - Rayas (Rajidae)

0303.79.00 - - Los demás 0303.89.00 - - Los demás

0303.79.00 - - Los demás 0303.90.00 - Hígados, huevas y lechas

Reestructuración de las subpartidas

0303.1 a 0303.29 para proporcionar por

separado un mayor número de especies a

clasificar. Creación de nuevas subpartidas

0303.34 de rodaballo. Ampliación del

alcance de la subpartida 0303.45 para

cubrir más especies

Page 27: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

FILETES Y DEMAS CARNE DE PESCA-DO

(INCLUSO PICADA), FRESCOS,

REFRIGERADOS O CONGELADOS

FILETES Y DEMAS CARNE DE PESCA-DO

(INCLUSO PICADA), FRESCOS,

REFRIGERADOS O CONGELADOS

- Frescos o refrigerados - Filetes de los demás pescados, frescos o

refrigerados:

0304.11.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0304.45.00 - - Peces espada (Xiphias gladius)

0304.11.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0304.54.00 -Los demás, frescos o refrigerados sin filetear.

- - Peces espada (Xiphias gladius)

0304.12.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra

(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia

0304.46.00 - Filetes de los demás pescados, frescos o

refrigerados: - -

Austromerluza antártica y austromerluza negra

(merluza negra, bacalao de profundidad,

nototenia negra) (Dissostichus spp.)

0304.12.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra

(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia

0304.55.00 -Los demás, frescos o refrigerados sin filetear.

- - Austromerluza antártica y austromerluza

negra (merluza negra, bacalao de profundidad,

nototenia negra) (Dissostichus spp.)

0304.19.00 - - Los demás 0304.31.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.)

0304.19.00 - - Los demás 0304.32.00 - - Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus

spp., Clarias spp., Ictalurus spp.)

0304.19.00 - - Los demás 0304.33.00 - - Percas del Nilo (Lates niloticus)

0304.19.00 - - Los demás 0304.39.00 - - Los demás

0304.19.00 - - Los demás 0304.41.00 - - Salmones del pacífico (Oncorhynchus nerka,

Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,

Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus

0304.19.00 - - Los demás 0304.42.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus

mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus

aguabonita, Oncorhynchus gilae,

Oncorhynchus apache y Oncorhynchus

chrysogaster)

Reestructuración de las subpartidas

0304.1 a 0304.29 para proporcionar por

separado un mayor número de especies a

clasificar. Creación de nuevas subpartidas

0304.93 a 0304.95 para ciertas especies

de peces. Enmienda adoptada como

resultado de la propuest

Page 28: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0304.19.00 - - Los demás 0304.43.00 - - Peces planos (Pleuronectidae, Bothidae,

Cynoglossidae, Soleidae, Scophthalmidae y

Citharidae)

0304.19.00 - - Los demás 0304.44.00 - - Pescados de las familias Bregmacerotidae,

Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,

Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y

Muraenolepididae

0304.19.00 - - Los demás 0304.49.00 - - Los demás

0304.19.00 - - Los demás 0304.51.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez

gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias

spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,

Carassius carassius, Ctenopharyngodon

idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus

spp., Mylopharyngodon piceus), angu

0304.19.00 - - Los demás 0304.52.00 - - Salmónidos

0304.19.00 - - Los demás 0304.53.00 - - Pescados de las familias Bregmacerotidae,

Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,

Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y

0304.19.00 - - Los demás 0304.59.00 - - Los demás

- Filetes congelados - Filetes congelados de los demás pescados:

0304.21.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0304.84.00 - - Peces espada (Xiphias gladius)

0304.22.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra

(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia

negra) (Dissostichus spp.)

0304.85.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza

negra (merluza negra, bacalao de profundidad,

nototenia negra) (Dissostichus spp.)

0304.29.10 - - - Pargos (Lutjanus spp.) 0304.89.10 - - - Pargos (Lutjanus spp.)

0304.29.20 - - - Dorados (Coryphaena hippurus) 0304.89.20 - - - Dorados (Coryphaena hippurus)

Reestructuración de las subpartidas

0304.1 a 0304.29 para proporcionar por

separado un mayor número de especies a

clasificar. Creación de nuevas subpartidas

0304.93 a 0304.95 para ciertas especies

de peces. Enmienda adoptada como

resultado de la propuest

Page 29: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0304.29.30 - - - Cabrillas (Epinephelus spp., Paralabrax spp.) 0304.89.30 - - - Cabrillas (Epinephelus spp., Paralabrax

spp.)

0304.29.40 - - - Corvinas (Sciaena spp.) 0304.89.40 - - - Corvinas (Sciaena spp.)

0304.29.50 - - - Marlines (Makaria spp., Tetrapturus spp.) 0304.89.50 - - - Marlines (Makaira spp., Tetrapturus spp.)

0304.29.60 - - - Tilapias (Tilapia spp.) 0304.61.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.)

0304.29.60 - - - Tilapias (Tilapia spp.) 0304.89.60 - - - Las demás tilapias, excepto las que se

clasifican en el inciso arancelario 0304.61.00

0304.29.70 - - - Meros (Epinephelus guaza) 0304.89.70 - - - Meros (Epinephelus guaza)

0304.29.90 - - - Otros 0304.62.00 - - Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus

spp., Clarias spp., Ictalurus spp.)

0304.29.90 - - - Otros 0304.63.00 - - Percas del Nilo (Lates niloticus)

0304.29.90 - - - Otros 0304.69.00 - - Los demás

0304.29.90 - - - Otros 0304.71.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,

Gadus macrocephalus)

0304.29.90 - - - Otros 0304.72.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus)

0304.29.90 - - - Otros 0304.73.00 - - Carboneros (Pollachius virens)

0304.29.90 - - - Otros 0304.74.00 - - Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.)

0304.29.90 - - - Otros 0304.75.00 - - Abadejo de Alaska (Theraga

chalcogramma)

0304.29.90 - - - Otros 0304.79.00 - - Los demás

0304.29.90 - - - Otros 0304.81.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus

nerka, Oncorhynchus gorbuscha,

Oncorhynchus keta, Oncorhynchus

tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,

Oncorhynchus masou y Oncorhynchus

rhodurus), salmones del Atlántico (Salmo

salar) y salmones del Danubio (Hucho huch

Reestructuración de las subpartidas

0304.1 a 0304.29 para proporcionar por

separado un mayor número de especies a

clasificar. Creación de nuevas subpartidas

0304.93 a 0304.95 para ciertas especies

de peces. Enmienda adoptada como

resultado de la propuest

Page 30: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0304.29.90 - - - Otros 0304.82.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus

mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus

aguabonita, Oncorhynchus gilae,

Oncorhynchus apache y Oncorhynchus

chrysogaster)

0304.29.90 - - - Otros 0304.83.00 - - Peces planos (Pleuronectidae, Bothidae,

Cynoglossidae, Soleidae, Scophthalmidae y

Citharidae)

0304.29.90 - - - Otros 0304.86.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea

pallasii)0304.29.90 - - - Otros 0304.87.00 - - Atunes (del género Thunnus), listados o

bonitos de vientre rayado (Euthynnus

(Katsuwonus) pelamis)

0304.29.90 - - - Otros 0304.89.90 - - - Otros

0304.99.00 - - Los demás 0304.93.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez

gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias

spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,

Carassius carassius, Ctenopharyngodon

idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus

spp., Mylopharyngodon piceus), angu

0304.99.00 - - Los demás 0304.94.00 - - Abadejo de Alaska (Theraga

chalcogramma)0304.99.00 - - Los demás 0304.95.00 - - Pescados de las familias Bregmacerotidae,

Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,

Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y

Muraenolepididae, excepto el abadejo de

Alaska (Theraga chalcogramma)

0304.99.00 - - Los demás 0304.99.00 - - Los demás

Reestructuración de las subpartidas

0304.1 a 0304.29 para proporcionar por

separado un mayor número de especies a

clasificar. Creación de nuevas subpartidas

0304.93 a 0304.95 para ciertas especies

de peces. Enmienda adoptada como

resultado de la propuest

Page 31: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

- Filetes de pescado, secos, salados o en

salmuera, sin ahumar

0305.30.00 - Filetes de pescado, secos, salados o en

salmuera, sin ahumar

0305.31.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez

gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias

spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,

Carassius carassius, Ctenopharyngodon

idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus

spp., Mylopharyngodon piceus), angu

0305.30.00 - Filetes de pescado, secos, salados o en

salmuera, sin ahumar

0305.32.00 - - Pescados de las familias Bregmacerotidae,

Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,

Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y

Muraenolepididae

0305.30.00 - Filetes de pescado, secos, salados o en

salmuera, sin ahumar

0305.39.00 - - Los demás

- Pescado ahumado, incluidos los filetes: - Pescado ahumado, incluidos los filetes,

excepto los despojos comestibles de pescado

0305.41.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,

Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,

0305.41.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus

nerka, Oncorhynchus gorbuscha,

Oncorhynchus keta, Oncorhynchus

tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,

Oncorhynchus masou y Oncorhynchus

rhodurus), salmones del Atlántico (Salmo

salar) y salmones del Danubio (Hucho huch

- Aletas, cabezas, colas, vejigas natatorias y

demás despojos, comestibles de pescado

0305.41.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,

Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,

0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.41.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,

Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,

0305.79.00 - - Los demás

0305.42.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.42.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea

pallasii)

0305.42.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

Subdivisión de la subpartida 0305.30

proporciona por separado clasificación

para productos de ciertas especies de

peces. Transferencia de despojos de

peces comestibles a la subpartida 0305.7.

Creación de nuevas subpartidas 0305.43

a 0305.44 para ciertas especies de peces.

Page 32: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0305.42.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.79.00 - - Los demás

0305.49.00 - - Los demás 0305.43.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus

mykiss,

0305.49.00 - - Los demás 0305.44.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez

gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias

spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,

Carassius carassius, Ctenopharyngodon

idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus

spp., Mylopharyngodon piceus), angu

0305.49.00 - - Los demás 0305.49.00 - - Los demás

0305.49.00 - - Los demás 0305.71.00 - - Aletas de tiburón

0305.49.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.49.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás

- Pescado seco, incluso salado, sin ahumar: - Pescado seco, escepto los despojos

comestibles, incluso salado, sin ahumar.

0305.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0305.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,

Gadus macrocephalus)

0305.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0305.79.00 - - Los demás

0305.59.00 - - Los demás 0305.59.00 - - Los demás

0305.59.00 - - Los demás 0305.71.00 - - Aletas de tiburón

Subdivisión de la subpartida 0305.30

proporciona por separado clasificación

para productos de ciertas especies de

peces. Transferencia de despojos de

peces comestibles a la subpartida 0305.7.

Creación de nuevas subpartidas 0305.43

a 0305.44 para ciertas especies de peces.

Page 33: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0305.59.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.59.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás

- Pescado salado sin secar ni ahumar y pescado

0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea

pallasii)

0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.79.00 - - Los demás

0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,

Gadus macrocephalus)

0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0305.79.00 - - Los demás

0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.)

0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.79.00 - - Los demás

0305.69.00 - - Los demás 0305.64.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez

gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias

spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,

Carassius carassius, Ctenopharyngodon

idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus

spp., Mylopharyngodon piceus), angu

0305.69.00 - - Los demás 0305.69.00 - - Los demás

0305.69.00 - - Los demás 0305.71.00 - - Aletas de tiburón

0305.69.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.69.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás

Subdivisión de la subpartida 0305.30

proporciona por separado clasificación

para productos de ciertas especies de

peces. Transferencia de despojos de

peces comestibles a la subpartida 0305.7.

Creación de nuevas subpartidas 0305.43

a 0305.44 para ciertas especies de peces.

Page 34: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0305.59.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.59.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás

- Pescado salado sin secar ni ahumar y pescado

0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea

pallasii)

0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.79.00 - - Los demás

0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,

Gadus macrocephalus)

0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus

macrocephalus)

0305.79.00 - - Los demás

0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.)

0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.79.00 - - Los demás

0305.69.00 - - Los demás 0305.64.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez

gato (Pangasius spp, Silurus spp, Clarias spp.,

Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,

Carassius carassius, Ctenopharyngodon

idellus, Hypophthalmichthys spp, Cirrhinus

spp., Mylopharyngodon piceus),

anguilas(Anguila spp), percas del Nilo (Lates

niloticus) y peces cabeza de serpiente

(Channa spp)

0305.69.00 - - Los demás 0305.69.00 - - Los demás

0305.69.00 - - Los demás 0305.71.00 - - Aletas de tiburón

0305.69.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de

pescado

0305.69.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás

Subdivisión de la subpartida 0305.30

proporciona por separado clasificación

para productos de ciertas especies de

peces. Transferencia de despojos de

peces comestibles a la subpartida 0305.7.

Creación de nuevas subpartidas 0305.43

a 0305.44 para ciertas especies de peces.

Page 35: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

CRUSTACEOS, INCLUSO PELADOS, VIVOS,

FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS,

SECOS, SALADOS O ENSALMUERA;

CRUSTACEOS SIN PELAR, COCIDOS EN AGUA

O VAPOR, INCLUSO REFRIGERADOS,

CONGELADOS, SECOS, ALADOS O EN

SALMUERA; HARINA, POLVO Y "PELLETS" DE

CRUSTACEOS

CRUSTACEOS, INCLUSO PELADOS,

VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS,

CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN

SALMUERA; CRUSTACEOS AHUMADOS,

INCLUSO PELADOS O COCIDOS, ANTES O

DURANTE EL AHUMADO; CRUSTACEOS

SIN PELAR, COCIDOS EN AGUA O VAPOR,

INCLUSO REFRIGERADOS, CONGELADOS,

SECOS, SALADOS O EN SALMUERA;

HARINA, POLVO Y “PELLETS” DE

CRUSTACEOS, APTOS PARA LA

ALIMENTACION HUMANA

- Congelados - Congelados

-- Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp.,Jasus

spp.):

-- Langostas (Palinurus spp., Panulirus

spp.,Jasus spp.):

--- Sin pelar: --- Sin pelar:

0306.11.11 - - - - Enteras 0306.11.11 - - - - Enteras, sin ahumar

0306.11.12 - - - - Cabezas 0306.11.12 - - - - Cabezas, sin ahumar

0306.11.13 - - - - Colas 0306.11.13 - - - - Colas, sin ahumar

0306.11.20 - - - Peladas 0306.11.29 - - - - Las demás

0306.12.00 - - Bogavantes (Homarus spp.) 0306.12.90 -- Bogavantes (Homarus spp)

--- Ahumados, incluso pelados o cocidos antes

o durante el ahumado - - -

Otros

-- Camarones, langostinos y demás

Decápodosnatantia:

- - Los demás camarones, langostinos y otros

Decápodos natantia :

--- Camarones: --- Camarones

0306.13.11 - - - - Cultivados 0306.17.11 - - - - Cultivados, sin ahumar

0306.13.19 - - - - Los demás 0306.17.19 - - - Otros

0306.13.19 - - - - Los demás 0306.17.99 - - - - Los demás

0306.13.90 - - - Otros 0306.16.10 --Camarones y langostinos de agua fria

(Pandalus spp., Crangon crangon)

- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

0306.13.90 - - - Otros 0306.16.90 - - - - Los demás

0306.14.00 - - Cangrejos (excepto macruros) 0306.14.90 - - Cangrejos (excepto macruros) - -

- Otros

Ampliación del alcance de la partida 03.06

para cubrir ahumados. Subdivisión de las

subpartidas 0306.13 y 0306.23 para

proporcionar por separado la clasificación

de ciertos tipos de camarones y

langostinos. Creación de nuevas

subpartidas 0306.15 y 0306.25

Page 36: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0306.19.00 - - Los demás, incluidos la harina, polvo y "pellets"

de crustáceos, aptos para la alimentación humana

0306.15.90 --Cigalas (Nephrops norvegicus)

- - - Otras

0306.19.00 - - Los demás, incluidos la harina, polvo y "pellets"

de crustáceos, aptos para la alimentación humana

0306.19.90 - - - Otros, incluidos la harina, polvo y “pellets”

de crustáceos, aptos para la alimentación

humana

-Sin congelar -Sin congelar

--Langostas (Palinurus spp., Panuiris spp.,

Jesus spp)

0306.21.00 - - Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp., Jasus

spp.)

0306.21.90 - - - Otras

0306.22.00 - - Bogavantes (Homarus spp.) 0306.22.90 --Bogavantes (Homarus spp)

- - - Otros

-- Camarones, langostinos y demás

Decápodosnatantia:

-Sin congelar

--Los demás Camarones, langostinos y demás

Decápodosnatantia natantia

0306.23.10 - - - Larvas para repoblación 0306.27.10 - - - Larvas para repoblación

0306.23.90 - - - Otros 0306.27.99 - - - - Los demás

0306.23.90 - - - Otros 0306.26.90 --Camarones y langostinos de agua fria

- - - Otros

0306.24.00 - - Cangrejos (excepto macruros) 0306.24.90 --Cangrejos (excepto macruros)

- - - Otros

0306.29.10 - - - Harina, polvo y "pellets" 0306.29.10 --Los demás, incluidos la harina, polvo y

"pellets" de crustáceos, aptos para la

alimentación humana.

- - - Harina, polvo y "pellets"

0306.29.90 - - - Otros 0306.25.90 --Cigalas (nephrops norvegicus)

- - - Otras

0306.29.90 - - - Otros 0306.29.99 --Los demás, incluidos la harina, polvo y

"pellets" de crustáceos, aptos para la

alimentación humana.

- - - - Los demás

Ampliación del alcance de la partida 03.06

para cubrir ahumados. Subdivisión de las

subpartidas 0306.13 y 0306.23 para

proporcionar por separado la clasificación

de ciertos tipos de camarones y

langostinos. Creación de nuevas

subpartidas 0306.15 y 0306.25

Page 37: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

MOLUSCOS, INCLUSO SEPARADOS DE SUS VALVAS, VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; INVERTEBRADOS ACUATICOS, EXCEPTO LOS CRUSTACEOS Y MOLUSCOS, VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; HARINA, POLVO Y “PELLETS” DE INVERTEBRADOS ACUÁTICOS EXCEPTO LOS CRUSTÁCEOS, APTOS PARA LA ALIMERNTACIÓN HUMANA.

MOLUSCOS, INCLUSO SEPARADOS DE SUS VALVAS, VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; MOLUSCOS AHUMADOS, INCLUSO PELADOS O COCIDOS, ANTES O DURANTE EL AHUMADO; HARINA, POLVO Y “PELLETS” DE MOLUSCOS, APTOS PARA LA ALIMENTACION HUMANA

0307.10.00 - Ostras0307.11.00

-Ostras - - Vivas, frescas o refrigeradas

0307.10.00 - Ostras 0307.19.90 - - - Otras0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados

0307.71.00

- Almejas, berberechos y arcas (familias Arcidae, Arcticidae, Cardiidae, Donacidae, Hiatellidae, Mactridae, Mesodesmatidae, Myidae, Semelidae, Solecurtidae, Solenidae, Tridacnidae y Veneridae): - - Vivos, frescos o refrigerados

0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados0307.81.00

- Abulones u orejas de mar (Haliotis spp.): - - Vivos, frescos o refrigerados

0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados

0307.91.00

- Los demás, incluso la harina, polvo y "pellets", aptos para la alimentación humana: - - Vivos, frescos o refrigerados

0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados

0308.11.00

- Pepinos de mar (Stichopus japonicus, Holothurioidea): - - Vivos, frescos o refrigerados

0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados

0308.21.00

- Erizos de mar (Strongylocentrotus spp., Paracentrotus lividus, Loxechinus albus, Echichinus esculentus): - - Vivos, frescos o refrigerados

0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados0308.30.10

-Medusas -- Vivas, frescas o refrigeradas

0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados 0308.90.10 - - Vivos, frescos o refrigerados

Subdivisión de las subpartidas 0307.10 y 0307.99 para clasificar por separado las

ostras vivas, frescas o refrigeradas y ciertas especies de moluscos. Al mismo tiempo, la ampliación del alcance de la partida 03.07 para cubrir ahumados.

Page 38: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

LECHE Y NATA (CREMA), SIN CONCENTRAR,

SIN ADICION DE AZUCAR NI OTRO

EDULCORANTE

LECHE Y NATA (CREMA), SIN

CONCENTRAR, SIN ADICION DE AZUCAR

NI OTRO EDULCORANTE

0401.30.00 - Con un contenido de materias grasas superior al

6% en peso

0401.40.00 - Con un contenido de materias grasas

superior al 6% pero inferior o igual al 10%, en

peso

0401.30.00 - Con un contenido de materias grasas superior al

6% en peso

0401.50.00 - Con un contenido de materias grasas

superior al 10%, en peso

Subpartida 0401.30 se ha subdividido

para clasificar por separado los productos

de la partida 04.01, con un contenido de

materias grasas, en peso, superior al 6%

pero sin exceder del 10%.

HUEVOS DE AVE CON CASCARON,

FRESCOS, CONSERVADOS O COCIDOS

HUEVOS DE AVE CON CASCARA

(CASCARON), FRESCOS, CONSERVADOS

O COCIDOS

- Huevos fertilizados para incubación:

0407.00.10 - Huevos fértiles para la reproducción 0407.11.00 - - De gallina de la especie Gallus domesticus

0407.00.10 - Huevos fértiles para la reproducción 0407.19.00 - - Los demás

- Los demás huevos frescos:

0407.00.20 - Huevos de avestruz 0407.29.10 - - - De avestruz

0407.00.90 - Otros 0407.21.00 - - De gallina de la especie Gallus domesticus

0407.00.90 - Otros 0407.29.90 - - - Otros

0407.00.90 - Otros 0407.90.90 - - Otros

Partida 04.07 ha sido subdividido para

crear nuevas subpartidas 0407.11 y

0407.19 de huevos fecundados de

incubación y las subpartidas 0407.21 y

0407.29 para otros huevos frescos.

Enmiendas adoptadas como resultado de

la propuesta de la FAO

0603.19.40 - - - Lirios 0603.15.00 - - Azucenas (lirios) (Lilium spp.)

0603.19.99 - - - - Los demás 0603.19.99 - - - - Los demás

Creación de la nueva subpartida 0603.15

de lirios (Lilium spp.)

Page 39: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

-Frescos

0604.10.00 - Musgos y líquenes 0604.20.10 - - Musgos y líquenes

-Los demás

0604.10.00 - Musgos y líquenes 0604.90.10 - - Musgos y líquenes

0604.91.10

--Frescos - -

- Arreglos

0604.20.20 - - Arreglos

0604.91.90 - - - Otros 0604.20.90 - - Otros

0604.99.10 - - - Arreglos 0604.90.20 - - Arreglos

0604.99.90 - - - Otros 0604.90.90 - - Otros

Eliminación de la subpartida 0604.10,

0604.91 y 0604.99 por el bajo volumen de

comercio

LAS DEMAS HORTALIZAS, FRESCAS O

REFRIGERADAS.

LAS DEMAS HORTALIZAS, FRESCAS O

REFRIGERADAS.

0709.90.10 - - Maíz dulce 0709.99.10 - - - Maíz dulce

0709.90.20 - - Chayotes 0709.99.20 - - - Chayotes

0709.90.30 - - Ayotes 0709.93.10 - - - Ayotes

0709.90.40 - - Okras 0709.99.30 - - - Okras

0709.90.50 - - Alcachofas (alcauciles) 0709.91.00 - - Alcachofas (alcauciles)

0709.90.90 - - Otras 0709.92.00 - - Aceitunas

0709.90.90 - - Otras 0709.93.20 - - - Zapallos

0709.90.90 - - Otras 0709.93.90 - - - Otros

0709.90.90 - - Otras 0709.99.90 - - - Otras

Subpartida 0709.90 ha sido subdividido

para crear nuevas subpartidas 0709.91 de

alcachofas, 0709.92 de aceitunas y

0709.93 de calabazas. Enmiendas

adoptadas como resultado de la propuesta

de la FAO para mejorar la supervisión de

la seguridad alimentaria mundial

- Frijoles (judías, porotos, alubias, fríjoles) (Vigna

spp., Phaseolus spp.):

- Frijoles (judías, porotos, alubias, fréjoles)

(Vigna spp., Phaseolus spp.):

0713.39.90 - - - Otros 0713.34.00 - - Bambara (Vigna subterranea o Voandzeia

subterranea)

0713.39.90 - - - Otros 0713.35.00 - - Salvaje o caupí (Vigna unguiculata)

0713.39.90 - - - Otros 0713.39.90 - - - Otros

0713.90.10 - - Gandules (Cajanus cajan) 0713.60.00 - Gandú o gandul (frijol de palo) (Cajanus

j )0713.90.90 - - Otras 0713.90.00 - Las demás

Creación de nuevas subpartidas 0713.34

para frijoles bambara (Vigna subterranea o

Voandzeia subterranea) y 0713.35 de

guisantes de vaca (Vigna unguiculata).

Creación de la nueva subpartida 0713.60

para pigeon peas (Cajanus cajan).

Page 40: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0714.90.10 - - Malanga (ñampí) (Colocasia esculenta) 0714.40.10 - - Ñampí (Colocasia esculenta)0714.90.20 - - Ñames (Dioscorea alata) 0714.30.20 - - Ñames (Dioscorea alata)0714.90.30 - - Tiquisque (yautía) (Xanthosoma saggitifolium) 0714.50.10 - - Tiquisque (yautía) (Xanthosoma

saggitifolium)0714.90.40 - - Yampí (Dioscorea trifida) 0714.30.10 - - Yampí (Dioscorea trifida)0714.90.90 - - Otros 0714.30.90 - - Otros0714.90.90 - - Otros 0714.40.90 - - Otras0714.90.90 - - Otros 0714.50.90 - - Otras0714.90.90 - - Otros 0714.90.00 - Los demás

Creación de nuevas subpartidas 0714.30, 0714.40 y 0714.50 de ñame (Dioscorea

spp.), taro (Colocasia spp.) y yautia (Xanthosoma spp.), respectivamente.

COCOS, NUECES DEL BRASIL Y NUECES DE MARAÑON (MEREY, CAJUIL, ANACARDO, "CAJU"), FRESCOS O SECOS, INCLUSO SIN CASCARA O MONDADOS.

COCOS, NUECES DEL BRASIL Y NUECES DE MARAÑON (MEREY, CAJUIL, ANACARDO, "CAJU"), FRESCOS O SECOS, INCLUSO SIN CASCARA O MONDADOS.

-Cocos --Rayados

-Cocos --Rayados

0801.19.00 - - Los demás 0801.12.00 - - Con la cáscara interna (endocarpio)0801.19.00 - - Los demás 0801.19.00 - - Los demás

Creación de nuevas subpartidas 0801.12 de Cocos. Enmienda adoptada como

resultado de la propuesta de la FAO para mejorar la supervisión de la seguridad

alimentaria mundial

0802.40.00 - Castañas (Castanea spp.) 0802.41.00 - - Con cáscara

0802.40.00 - Castañas (Castanea spp.) 0802.42.00 - - Sin cáscara

0802.50.00 - Pistachos 0802.51.00 - - Con cáscara

0802.50.00 - Pistachos 0802.52.00 - - Sin cáscara

0802.60.00 - Nueces de macadamia 0802.61.00 - - Con cáscara

0802.60.00 - Nueces de macadamia 0802.62.00 - - Sin cáscara

0802.90.00 - Los demás 0802.70.00 - Nueces de cola (Cola spp.)

0802.90.00 - Los demás 0802.80.00 - Nueces de areca

0802.90.00 - Los demás 0802.90.00 - Los demás

Las subpartidas 0802.40, 0802.50 y

0802.60 se han subdividido para clasificar

por separado las castañas (Castanea

spp.), pistachos y macadamia. Al mismo

tiempo, nuevas subpartidas se han creado

para 0802.70 y 0802.80 de nueces de kola

(Cola spp.) y nueces de areca

Page 41: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

- Bananas (Musa balbisiaca acuminata,

Musaparadisiaca o Musa fapientum):

0803.00.11 - - Frescas 0803.90.11 - - - Frescas

0803.00.12 - - Secas 0803.90.12 - - - Secas

0803.00.20 - Plátanos (Musa acuminata var. Plantain) 0803.10.00 - Plátanos

0803.00.90 - Otros 0803.90.90 - - Otros

Partida 08.03 se ha subdividido para

clasificar por separado los plátanos.

Enmienda aprobada como consecuencia

de la propuesta de la FAO para mejorar la

supervisión de la seguridad alimentaria

mundial

0809.20.00 - Cerezas 0809.21.00 - - Guindas (cerezas ácidas) (Prunus cerasus)

0809.20.00 - Cerezas 0809.29.00 - - Las demás

Subpartida 0809.20 ha sido subdividido

para clasificar por separado guindas

(Prunus cerasus).

0808.20.10 - - Peras 0808.30.00 - Peras

0808.20.20 - - Membrillos 0808.40.00 - Membrillos

Subpartida 0808.20 se ha subdividido

para crear nuevas subpartidas 0808.30 de

peras y 0808.40 de quinches.

0810.90.60 - - Grosellas, incluido el casis 0810.30.00 - Grosellas negras, blancas o rojas y grosellas

espinosas

0810.90.90 - - Otros 0810.70.00 - Caquis (persimonios)

0810.90.90 - - Otros 0810.90.90 - - Otros

Creación de nuevas subpartidas 0810.30

de grosellas negras, blancas o rojas y uva

espín y nueva subpartida 0810.70 de

caquis.

- Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta,

secos, triturados o pulverizados:

-Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta:

0904.20.10 - - Sin triturar ni pulverizar 0904.21.00 - - Secos, sin triturar ni pulverizar

0904.20.20 - - Triturados o pulverizados 0904.22.00 - - Triturados o pulverizados

Subpartida 0904.20 ha sido subdividida

para clasificar por separado frutos de los

géneros Capsicum o Pimenta de las

partidas 09.04, triturados o molidos.

0905.00.00 VAINILLA 0905.10.00 - Sin triturar ni pulverizar

0905.00.00 VAINILLA 0905.20.00 - Triturada o pulverizada

Partida 09.05 se ha subdividido para

clasificar por separado la vainilla triturada

o molida.

0907.00.00 CLAVO (FRUTOS, CLAVILLOS Y

PEDUNCULOS)

0907.10.00 - Sin triturar ni pulverizar

0907.00.00 CLAVO (FRUTOS, CLAVILLOS Y

PEDUNCULOS)

0907.20.00 - Triturado o pulverizado

Partida 09.07 se ha subdividido para

clasificar por separado clavo triturado o

molido.

Page 42: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

0908.10.00 - Nuez moscada 0908.11.00 - - Sin triturar ni pulverizar

0908.10.00 - Nuez moscada 0908.12.00 - - Triturada o pulverizada

0908.20.00 - Macis 0908.21.00 - - Sin triturar ni pulverizar

0908.20.00 - Macis 0908.22.00 - - Triturado o pulverizado

0908.30.10 - - Amomos 0908.31.10 - - Sin triturar ni pulverizar

- - - Amomos

0908.30.10 - - Amomos 0908.32.10 - - Triturado o pulverizado

- - - Amomos

0908.30.20 - - Cardamomos 0908.31.20 - - Sin triturar ni pulverizar

- - - Cardamomos

0908.30.20 - - Cardamomos 0908.32.20 - - Triturado o pulverizado

- - - Cardamomos

Las subpartidas 0908.10, 0908.20 y

0908.30 se han subdividido para clasificar

por separado la nuez moscada triturado o

molido, Maza o cardamomo.

0909.10.00 - Semillas de anís o de badiana0909.61.10

- - Sin triturar ni pulverizar

- - - Semillas de anís o de badiana

0909.10.00 - Semillas de anís o de badiana0909.62.10

- - Trituradas o pulverizadas

- - - Semillas de anís o de badiana

0909.20.00 - Semillas de cilantro (culantro) 0909.21.00 - - Sin triturar ni pulverizar

0909.20.00 - Semillas de cilantro (culantro) 0909.22.00 - - Trituradas o pulverizadas

0909.30.00 - Semillas de comino 0909.31.00 - - Sin triturar ni pulverizar

0909.30.00 - Semillas de comino 0909.32.00 - - Trituradas o pulverizadas

0909.40.00 - Semillas de alcaravea0909.61.20

- - Sin triturar ni pulverizar

- - - Semillas de alcaravea

0909.40.00 - Semillas de alcaravea0909.62.20

- - Trituradas o pulverizadas

- - - Semillas de alcaravea

0909.50.00 - Semillas de hinojo; bayas de enebro0909.61.30

- - Sin triturar ni pulverizar

- - - Semillas de hinojo; bayas de enebro

0909.50.00 - Semillas de hinojo; bayas de enebro0909.62.30

- - Trituradas o pulverizadas

- - - Semillas de hinojo; bayas de enebro

Eliminación de las subpartidas 0909.10,

0909.40 y 0909.50 por el bajo volumen de

comercio. Al mismo tiempo, se han creado

nuevas subpartidas para la clasificación

de especias triturados o molidos de la

partida 09.09.

Page 43: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

JENGIBRE, AZAFRAN, CURCUMA, TOMILLO,

HOJAS DE LAUREL, “CURRY Y DEMAS

ESPECIAS.

JENGIBRE, AZAFRAN, CURCUMA,

TOMILLO, HOJAS DE LAUREL, “CURRY Y

DEMAS ESPECIAS.

-Jenjibre

--Seco

-Jenjibre

--Sin triturar ni pulverizar

0910.10.11 - - - Sin triturar ni pulverizar 0910.11.10 - - - Seco

0910.10.12 - - - Triturado o pulverizado 0910.12.10 - - - Seco

--Triturado o pulverizado

0910.10.90 - - Otros 0910.11.90 - - - Otros

0910.10.90 - - Otros 0910.12.90 - - - Otros

Subpartida 0910.10 ha sido subdividido

para clasificar por separado el jengibre

triturado o molido. Enmienda adoptada

como resultado de la propuesta de la FAO

para mejorar la supervisión de la

seguridad alimentaria mundial.

1001.10.00 - Trigo duro 1001.11.00 - - Para siembra

1001.10.00 - Trigo duro 1001.19.00 - - Los demás

1001.90.00 - Los demás 1001.91.00 - - Para siembra

1001.90.00 - Los demás 1001.99.00 - - Los demás

Las subpartidas 1001.10 y 1001.90 se han

subdividido para clasificar por separado

las semillas de trigo duro, trigo y otras de

tranquilón.

1002.00.00 CENTENO 1002.10.00 - Para siembra

1002.00.00 CENTENO 1002.90.00 - Los demás

Partida 10.02 se ha subdividido para

clasificar por separado las semillas de

centeno.

1003.00.00 CEBADA 1003.10.00 - Para siembra

1003.00.00 CEBADA 1003.90.00 - Los demás

Partida 10.03 se ha subdividido para

clasificar por separado las semillas de

cebada.

1004.00.00 AVENA 1004.10.00 - Para siembra

1004.00.00 AVENA 1004.90.00 - Los demás

Partida 10.04 se ha subdividido para

clasificar por separado las semillas de

avena.

SORGO DE GRANO (GRANIFERO). SORGO DE GRANO (GRANIFERO).

1007.00.10 - Para siembra 1007.10.00 - Para siembra

1007.00.90 - Otros 1007.90.00 - Los demás

Partida 10.07 ha sido subdividido para

clasificar por separado las semilla de

sorgo de grano.

Page 44: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

-Mijo -Mijo

1008.20.10 - - Para siembra 1008.21.00 - - Para siembra

1008.20.90 - - Otros 1008.29.00 - - Los demás

1008.90.00 - Los demás cereales 1008.40.00 - Fonio (Digitaria spp.)

1008.90.00 - Los demás cereales 1008.50.00 - Quinua (quinoa) (Chenopodium quinoa)

1008.90.00 - Los demás cereales 1008.60.00 - Triticale

1008.90.00 - Los demás cereales 1008.90.00 - Los demás cereales

Subpartida 1008.20 ha sido subdividido

para clasificar por separado las semillas

de mijo. Al mismo tiempo, nuevas

subpartidas se han creado para algunas

especies, triticale final de quinua,

respectivamente.

1102.10.00 - Harina de centeno 1102.90.40 - - Harina de centeno Eliminación de la subpartida 1102.10 por

el bajo volumen de comercio

HABAS (FRIJOLES, POROTOS, FREJOLES) DE

SOJA (SOYA), INCLUSO QUEBRANTADAS.

HABAS (FRIJOLES, POROTOS, FREJOLES)

DE SOJA (SOYA), INCLUSO

QUEBRANTADAS.

1201.00.10 - Para siembra 1201.10.00 - Para siembra

1201.00.90 - Otras 1201.90.00 - Las demás

Partida 12.01 ha sido subdividida para

proporcionar por separado la clasificación

de las semillas de soja.

CACAHUATES (CACAHUETES, MANIES) SIN

TOSTAR NI COCER DE OTRO MODO, INCLUSO

SIN CASCARA O QUEBRANTADOS

CACAHUATES (CACAHUETES, MANIES)

SIN TOSTAR NI COCER DE OTRO MODO,

INCLUSO SIN CASCARA O

- Con cáscara:

1202.10.10 - - Para siembra 1202.30.00 - Para siembra

1202.10.90 - - Otros 1202.41.00 - - Con cáscara

- Sin cáscara, incluso quebrantados: -Los demás

1202.20.10 - - Para siembra 1202.30.00 - Para siembra

1202.20.90 - - Otros 1202.42.00 - - Sin cáscara, incluso quebrantados

Creación de la nueva subpartida 1202.30

semillas de cacahuetes para la siembra,

ya que la misma se siembra.

Page 45: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

LAS DEMAS SEMILLAS Y FRUTOS

OLEAGINOSOS, INCLUSO QUEBRANTADOS.

LAS DEMAS SEMILLAS Y FRUTOS

OLEAGINOSOS, INCLUSO

QUEBRANTADOS.

- Semilla de algodón: - Semilla de algodón:

1207.20.10 - - Para siembra 1207.21.00 - - Para siembra

1207.20.90 - - Otras 1207.29.00 - - Las demás

- Semilla de sésamo (ajonjolí): - Semilla de sésamo (ajonjolí):

1207.40.10 - - Con cáscara 1207.40.10 - - Con cáscara

1207.40.20 - - Sin cáscara 1207.40.20 - - Sin cáscara

1207.50.00 - Semilla de mostaza 1207.50.00 - Semillas de mostaza

--- Nuez y almendra de palma - Nueces y almendras de palma:

1207.99.11 - - - - Para siembra 1207.10.10 - - Para siembra

1207.99.19 - - - - Las demás 1207.10.90 - - Otras

1207.99.20 - - - Semilla de ricino 1207.30.00 - Semillas de ricino

1207.99.30 - - - Semilla de cártamo 1207.60.00 - Semillas de cártamo (Carthamus tinctorius)

1207.99.90 - - - Otros 1207.70.00 - Semillas de melón

1207.99.90 - - - Otros 1207.99.00 - - Los demás

Se han creado nuevas subpartidas para

proporcionar por separado la clasificación

de las nueces de Palma y granos, semillas

de aceite de ricino, cártamo y semillas de

melón. Al mismo tiempo, la subpartida

1207.20 ha sido subdividido para crear

por separado las semillas de algodon.

Enmiendas adoptadas como resultado de

la propuesta de la FAO para mejorar la

supervisión de la seguridad alimentaria

mundial

ALGARROBAS, ALGAS, REMOLACHA AZUCARERA Y CAÑA DE AZUCAR, FRESCAS, REFRIGERADAS, CONGELADAS O SECAS, INCLUSO PULVERIZADAS; HUESOS (CAROZOS) Y ALMENDRAS DE FRUTOS Y DEMAS PRODUCTOS VEGETALES (INCLUIDAS LAS RAICES DE ACHICORIA SIN TOSTAR DE LA VARIEDAD CICHORIUM

INTYBUS SATIVUM ) EMPLEADOS PRINCIPALMENTE EN LA ALIMENTACIÓN HUMANA, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE

ALGARROBAS, ALGAS, REMOLACHAS, AZUCARERA Y CAÑA DE AZUCAR, FRESCAS, REFRIGERADAS, CONGELADAS O SECAS, INCLUSO PULVERIZADAS; HUESOS (CAROZOS) Y ALMENDRAS DE FRUTOS Y DEMAS PRODUCTOS VEGETALES (INCLUIDAS LAS RAICES DE ACHICORIA SIN TOSTAR DE LA VARIEDAD CICHORIUM INTYBUS

SATIVUM ) EMPLEADOS PRINCIPALMENTE EN LA ALIMENTACION HUMANA, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE

1212.20.00 - Algas 1212.21.00 - - Aptas para la alimentación humana1212.20.00 - Algas 1212.29.00 - - Las demás1212.99.10 - - - Caña de azúcar 1212.93.00 - - Caña de azúcar1212.99.20 - - - Algarrobas y sus semillas

1212.92.10--Algarrobas - - - Semillas

1212.99.20 - - - Algarrobas y sus semillas 1212.92.90 - - - Otras1212.99.90 - - - Otros 1212.94.00 - - Raíces de achicoria1212.99.90 - - - Otros 1212.99.90 - - - Otros

Subpartida 1212.20 ha sido subdividido para clasificar por separado algas y otras algas, aptas para el consumo humano. Al

mismo tiempo, nuevas subpartidas 1212.92, 1212.93 y 1212.94 se han

creado para algarrobas, caña de azúcar y raíces de achicoria, resp

Page 46: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

1501.00.00 GRASA DE CERDO (INCLUIDA LA MANTECA

DE CERDO) Y GRASA DE AVE, EXCEPTO LAS

DE LAS PARTIDAS 02.09 ó 15.03

1501.10.00 - Manteca de cerdo

1501.00.00 GRASA DE CERDO (INCLUIDA LA MANTECA

DE CERDO) Y GRASA DE AVE, EXCEPTO LAS

DE LAS PARTIDAS 02.09 ó 15.03

1501.20.00 - Las demás grasas de cerdo

1501.00.00 GRASA DE CERDO (INCLUIDA LA MANTECA

DE CERDO) Y GRASA DE AVE, EXCEPTO LAS

DE LAS PARTIDAS 02.09 ó 15.03

1501.90.00 - Las demás

1502.00.00 GRASA DE ANIMALES DE LAS ESPECIES

BOVINA, OVINA O CAPRINA, EXCEPTO LAS DE

LA PARTIDA 15.03

1502.10.00 - Sebo

1502.00.00 GRASA DE ANIMALES DE LAS ESPECIES

BOVINA, OVINA O CAPRINA, EXCEPTO LAS DE

LA PARTIDA 15.03

1502.90.00 - Las demás

Partida 15.01 se ha subdividido para

proporcionar por separado la clasificación

de la manteca de cerdo y otras grasas de

cerdo, respectivamente. Enmienda

aprobada como consecuencia de la

propuesta de la FAO para mejorar la

supervisión de la seguridad alimentaria

mundial

1604.20.00 - Las demás preparaciones y conservas de

pescado

1604.17.00 - - Anguilas

1604.20.00 - Las demás preparaciones y conservas de

pescado

1604.20.00 - Las demás preparaciones y conservas de

pescado

1604.30.00 - Caviar y sus sucedáneos 1604.31.00 - - Caviar

1604.30.00 - Caviar y sus sucedáneos 1604.32.00 - - Sucedáneos del caviar

Nueva subpartida 1604.17 se ha creado

para clasificar por separado para las

anguilas preparadas o conservas.

Subpartida 1604.30 ha sido subdividida

para la clasificación del del caviar y

sucedáneos de caviar.

Page 47: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

CRUSTACEOS, MOLUSCOS Y DEMAS

INVERTEBRADOS ACUATICOS, PREPARADOS

O CONSERVADOS.

CRUSTACEOS, INCLUSO PELADOS,

VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS,

CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN

SALMUERA; CRUSTACEOS AHUMADOS,

INCLUSO PELADOS O COCIDOS, ANTES O

DURANTE EL AHUMADO; CRUSTACEOS

SIN PELAR, COCIDOS EN AGUA O VAPOOR,

INCLUSO REFRIGERADOS, CONGELADOSS,

SECOS, SALADOS O EN SALMUERA;

HARINA, POLVO Y “PELLETS” DE

CRUSTACEOS, APTOS PARA LA

ALIMENTACION HUMANA

1605.10.00 - Cangrejos, excepto macruros 0306.14.10 - Congelados

- - Cangrejos (excepto macruros):

- - - Ahumados, incluso pelados cocidos antes

o durante el ahumado

1605.10.00 - Cangrejos, excepto macruros 0306.24.10 - Sin congelar

- - Cangrejos (excepto macruros):

- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos

natantia

0306.16.10 -Congelados

--Camarones y langostinos de agua fria

- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos

natantia

0306.17.12 - - - - Cultivados, ahumados, incluso pelados o

cocidos antes o durante el ahumado

1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos

natantia

0306.17.13 - - - - Los demás, ahumados, incluso pelados o

cocidos antes o durante el ahumado

1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos

natantia

0306.17.91 ---Otros

- - - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos

natantia

0306.26.10 -Sin congelar

- -Camarones y langostinos de agua fria

- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos

natantia

0306.27.91 -Sin congelar

--Los demás camarones, langostinos y otros

decápodos natantia

---- Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

Ampliación del alcance de la partida 03.06

para cubrir ahumados. Subdivisión de las

subpartidas 0306.13 y 0306.23 para

proporcionar por separado la clasificación

de ciertos tipos de camarones y

langostinos. Creación de nuevas

subpartidas 0306.15 y 0306.25.

Transferencia de todos los productos

ahumados a las partidas 0306, 0307 y la

nueva partida 0308. La subpartida

1605.20 se ha subdividido para

proporcionar por separado la clasificación

de ciertos tipos de camarones y

langostinos envasados. La partida

1605.90 se subdivide para clasificar por

separado ciertos moluscos invertebrados

acuaticos.

Page 48: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos

natantia

1605.21.00 - - Presentados en envases no herméticos

1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos

natantia

1605.29.00 - - Los demás

1605.30.00 - Bogavantes 0306.12.10 -Congelados

--Bogavantes

- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.30.00 - Bogavantes 0306.22.10 -Sin congelar

--Bogavantes

- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.40.10 - - Langostas 0306.11.14 - - - - Enteras, cabezas y colas, ahumadas,

incluso cocidas antes o durante el ahumado

1605.40.10 - - Langostas 0306.11.21 - - - - Ahumadas, incluso cocidas antes o

durante el ahumado

1605.40.10 - - Langostas 0306.15.10 - - - Ahumadas, incluso peladas o cocidas

antes o durante el ahumado

1605.90.00 - Los demás 0307.19.10 - - - Ahumadas, incluso peladas o cocidas

antes o durante el ahumado

1605.90.00 - Los demás 0307.89.10 - - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.90.00 - Los demás 0307.99.10 - - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.90.00 - Los demás 0308.19.10 --Pepinos de mar

- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.90.00 - Los demás 0308.29.10 --Erizos de mar

- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

1605.90.00 - Los demás 0308.30.91 --Medusas

- - - Ahumadas, incluso peladas o cocidas

antes o durante el ahumado

1605.90.00 - Los demás 0308.90.91 - - - Ahumados, incluso pelados o cocidos

antes o durante el ahumado

Ampliación del alcance de la partida 03.06

para cubrir ahumados. Subdivisión de las

subpartidas 0306.13 y 0306.23 para

proporcionar por separado la clasificación

de ciertos tipos de camarones y

langostinos. Creación de nuevas

subpartidas 0306.15 y 0306.25.

Transferencia de todos los productos

ahumados a las partidas 0306, 0307 y la

nueva partida 0308. La subpartida

1605.20 se ha subdividido para

proporcionar por separado la clasificación

de ciertos tipos de camarones y

langostinos envasados.

Page 49: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

1605.90.00 - Los demás 1605.51.00 - - Ostras

1605.90.00 - Los demás 1605.52.00 - - Vieiras

1605.90.00 - Los demás 1605.53.00 - - Mejillones

1605.90.00 - Los demás 1605.54.00 - - Jibias (sepias) y calamares

1605.90.00 - Los demás 1605.55.00 - - Pulpos

1605.90.00 - Los demás 1605.56.00 - - Almejas, berberechos y arcas

1605.90.00 - Los demás 1605.57.00 - - Abulones u orejas de mar

1605.90.00 - Los demás 1605.58.00 - - Caracoles, excepto los de mar

1605.90.00 - Los demás 1605.59.00 - - Los demás

1605.90.00 - Los demás 1605.61.00 - - Pepinos de mar

1605.90.00 - Los demás 1605.62.00 - - Erizos de mar

1605.90.00 - Los demás 1605.63.00 - - Medusas

1605.90.00 - Los demás 1605.69.00 - - Los demás

La partida 1605.90 se subdivide para

clasificar por separado ciertos moluscos

invertebrados acuaticos.

1701.11.00 - - De caña 1701.13.00 - - Azúcar de caña mencionado en la Nota 2 de

subpartida de este Capítulo

1701.11.00 - - De caña 1701.14.00 - - Los demás azúcares de caña

Creación de la subpartida nueva 1701.13

para el azúcar de caña especificado en

subpartida nota 2 del capítulo 17, la cual

dice "La subpartida 1701.13 comprende

solamente el azúcar de caña, obtenida

sin centrifugación, con un contenido de

sacarosa en peso, en estado seco,

correspondiente a una lectura

polarimétrica superior o igual a 69º pero

inferior a 93º. El producto contiene

solamente microcristales anhidros

naturales, de forma irregular, invisibles a

simple vista, rodeados por residuos de

melaza y demás constituyentes del

azúcar de caña. "

Page 50: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

2003.20.00 - Trufas 2003.90.10 - - Trufas

2003.90.00 - Los demás 2003.90.90 - - Otros

Eliminación de la subpartida 2003.20 por

el bajo volumen de comercio

2008.92.00 - - Mezclas 2008.97.00 - - Mezclas

2008.99.00 - - Los demás 2008.93.00 - - Arándanos rojos (Vaccinium macrocarpon,

Vaccinium oxycoccos, Vaccinium vitis-idaea)

2008.99.00 - - Los demás 2008.99.00 - - Los demás

Creación de nuevas subpartidas 2008.93

para el arándano. Subpartida 2008.92

ahora será la 2008.97

2009.80.10 - - Jugo concentrado de pera, membrillo,

albaricoque (damasco, chabacano), cereza,

melocotón (durazno), ciruela o endrina, incluso

congelado

2009.89.10 - - - Jugo concentrado de pera, membrillo,

albaricoque (damasco, chabacano), cereza,

melocotón (durazno), ciruela o endrina, incluso

congelado

2009.80.20 - - Jugo de maracuyá (Passiflora spp.) 2009.89.20 - - - Jugo de maracuyá (Passiflora spp.)

2009.80.30 - - Jugo de guanábana (Annona muricata) 2009.89.30 - - - Jugo de guanábana (Annona muricata)

2009.80.40 - - Jugo concentrado de tamarindo 2009.89.40 - - - Jugo concentrado de tamarindo

2009.80.90 - - Otros 2009.81.00 - - De arándanos rojos (Vaccinium

macrocarpon, Vaccinium oxycoccos,

Vaccinium vitis-idaea)

2009.80.90 - - Otros 2009.89.90 - - - Otros

Creación de nuevas subpartidas 2009.81

de jugo de arándano

2403.10.10 - - Picadura de tabaco, para hacer cigarrillos 2403.19.10 - - - Picadura de tabaco, para hacer cigarrillos

2403.10.90 - - Otros 2403.11.00 - - Tabaco para pipa de agua mencionado en

la Nota 1 de subpartida de este Capítulo

2403.10.90 - - Otros 2403.19.90 - - - Otros

Creación de la subpartida nueva 2403.11

para el tabaco de pipa de agua

especificado en subpartida nota 1 del

capítulo 24.

CAPITULO 24 NOTA DE SUBPARTIDA

En la subpartida 2403.11, se considera tabaco para pipa de agua, el tabaco

destinado a ser fumado en una pipa de agua y que está constituido por una mezcla

de tabaco y glicerol, incluso con aceites y extractos aromáticos, melaza o azúcar, e

incluso aromatizado o saborizado con frutas. Sin embargo, los productos para pipa

de agua, que no contengan tabaco, se excluyen de esta subpartida.

Page 51: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

2710.11.10 - - - Eter de petróleo 2710.12.10 - - - Éter de petróleo2710.11.20 - - - Gasolina de aviación 2710.12.20 - - - Gasolina de aviación2710.11.30 - - - Las demás gasolinas 2710.12.30 - - - Las demás gasolinas2710.11.40 - - - Espíritu blanco (“White spirit”) 2710.12.40 - - - Espíritu blanco (“White spirit”)2710.11.51 - - - - Nafta 2710.12.51 - - - - Nafta2710.11.59 - - - - Los demás 2710.12.59 - - - - Los demás2710.11.90 - - - Otros 2710.12.90 - - - Otros

- Aceites de petróleo o de mineral bituminoso (excepto los aceites crudos) y preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base, que contengan biodiésel, excepto los desechos de aceites:

2710.11.90 - - - Otros 2710.20.10 - - Aceites ligeros (livianos) y sus preparaciones

2710.19.19 - - - - Los demás 2710.20.20 - - Aceites medios y sus preparaciones2710.19.19 - - - - Los demás 2710.20.30 - - Aceites pesados y sus preparaciones2710.19.29 - - - - Los demás 2710.20.90 - - Las demás preparaciones, no expresadas

ni comprendidas en otra parte2710.19.29 - - - - Los demás 2710.19.19 - - - - Los demás2710.19.99 - - - - Las demás 2710.19.29 - - - - Los demás2710.19.99 - - - - Las demás 2710.19.99 - - - - Las demás

Creación de nuevas subpartidas 2710.20 de biodiesel que contenga en peso 70% o

más de los aceites de petróleo o de minerales bituminosos. A los efectos de

las subpartidas de la partida 27.10, se ha definido el término "biodiesel" en la nota

número 5 de la subpartida del capítulo 27, la cual indica: "En las subpartidas de la

partida 27.10, el término biodiésel

designa a los ésteres monoalquílicos de

ácidos grasos de los tipos utilizados

como carburantes o combustibles,

derivados de grasas y aceites animales o

vegetales, incluso usados."

2528.10.00 - Boratos de sodio naturales y sus concentrados

(incluso calcinados)

2528.00.10 - Boratos de sodio naturales y sus

concentrados (incluso calcinados)

2528.90.00 - Los demás 2528.00.90 - Los demás

Debido al bajo volumen de comercio se

han eliminado las subpartidas 2528.10 y

2528.90

CAPITULO 27, NOTA DE SUBPARTIDA: En las subpartidas de la partida 27.10, el

término biodiesel designa a los ésteres monoalquílicos de ácidos grasos de los tipos

utilizados como carburantes o combustibles, derivados de grasas y aceites animales o

vegetales, incluso usados.

Page 52: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

SULFUROS; POLISULFUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA -Los demás sulfuros de sodio

SULFUROS; POLISULFUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA -Los demás sulfuros de sodio

2830.90.90 - - Otros 2852.90.00 - Los demás2835.39.00 - - Los demás 2852.90.00 - Los demás2842.10.00 - Silicatos dobles o complejos, incluidos los

aluminosilicatos, aunque no sean de constitución química definida

2852.90.00 - Los demás

2848.00.00 FOSFUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS FERROFOSFOROS

2852.90.00 - Los demás

2849.90.00 - Los demás 2852.90.00 - Los demás2850.00.00 HIDRUROS, NITRUROS, AZIDUROS (AZIDAS),

SILICIUROS Y BORUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS COMPUESTOS QUE CONSISTAN IGUALMENTE EN CARBUROS DE LA PARTIDA 28.49

2850.00.00 HIDRUROS, NITRUROS, AZIDUROS (AZIDAS), SILICIUROS Y BORUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS COMPUESTOS QUE CONSISTAN IGUALMENTE EN CARBUROS DE LA PARTIDA 28.49

2850.00.00 HIDRUROS, NITRUROS, AZIDUROS (AZIDAS), SILICIUROS Y BORUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS COMPUESTOS QUE CONSISTAN IGUALMENTE EN CARBUROS DE LA PARTIDA 28.49

2852.90.00 - Los demás

2852.00.00 COMPUESTOS INORGÁNICOS U ORGÁNICOS, DE MERCURIO, EXCEPTO LAS AMALGAMAS

2852.10.00 - De constitución química definida

Se trasladan los compuestops de mercurio de constitución química no definida a la

partida 2852.90.

CAPITULO 28 , NOTA DE SUBPARTIDA: En la subpartida 2852.10, se entiende

por de constitución química definida todos los compuestos orgánicos o

inorgánicos de mercurio que cumplan las condiciones de los apartados a) a e) de

la Nota 1 del Capítulo 28 o los apartados a) a h) de la Nota 1 del Capítulo 29.

Page 53: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

2903.41.00 - - Triclorofluorometano 2903.77.10 - - - Triclorofluorometano

2903.42.00 - - Diclorodifluorometano 2903.77.20 - - - Diclorodifluorometano

2903.43.00 - - Triclorotrifluoroetanos 2903.77.30 - - - Triclorotrifluoroetanos

2903.44.10 --- Diciorotetrafluoroetanos 2903.77.41 - - - - Diclorotetrafluoroetanos

2903.44.20 --- Cloropentafluoroetano 2903.77.42 - - - - Cloropentafluoroetano

2903.45.10 --- Clorotrifluorometano 2903.77.51 - - - - Clorotrifluorometano

2903.45.21 --- Pentaclorofluoroetano 2903.77.52 - - - - Pentaclorofluoroetano (Clorofluoroetano)

2903.45.22 --- Tetraclorodifluoroetano 2903.77.53 - - - - Tetraclorodifluoroetano (Clorofluoroetano)

2903.45.29 --- Los demás 2903.77.54 - - - - Los demás clorofluoroetanos

2903.45.31 --- Heptaclorofluoropropano 2903.77.55 - - - - Heptaclorofluoropropanos

(Clorofluoropropanos),

hexaclorodifluoropropanos

(Clorofluoropropanos)

2903.45.32 --- Hexaclorodifluoropropano 2903.77.55 - - - - Heptaclorofluoropropanos

(Clorofluoropropanos),

hexaclorodifluoropropanos

(Clorofluoropropanos)

2903.45.33 --- Pentaclorotrifluoropropano 2903.77.56 - - - - Pentaclorotrifluoropropanos

(Clorofluoropropanos),

tetraclorotetrafluoropropanos

(Clorofluoropropanos)

2903.45.34 --- Tetraclorotetrafluoropropano 2903.77.56 - - - - Pentaclorotrifluoropropanos

(Clorofluoropropanos),

tetraclorotetrafluoropropanos

(Clorofluoropropanos)

2903.45.35 --- Tricloropentafluoropropano 2903.77.57 - - - - Tricloropentafluoropropanos

(Clorofluoropropanos),

diclorohexafluoropropanos

(Clorofluoropropanos)

2903.45.36 --- Diclorohexafluoropropano 2903.77.57 - - - - Tricloropentafluoropropanos

(Clorofluoropropanos),

diclorohexafluoropropanos

(Clorofluoropropanos)

2903.45.37 --- Cloroheptafluoropropano 2903.77.58 - - - - Cloroheptafluoropropanos

(Clorofluoropropanos)

2903.45.39 --- Los demás 2903.77.59 - - - - Los demás clorofluoropropanos

2903.45.90 --- Otros. 2903.77.90 - - - Otros

Las subpartidas 2903.41 a 2903.45 se

han fusionado en la nueva subpartida

2903.77, para así cubrir ciertos derivados

halogenados de los hidrocarburos

acíclicos que contienen dos o más

halógenos diferentes, perhalogenados

unicamente con cluor y cloro.

Page 54: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

2903.46.10 --- Bromoclorodifluorometano 2903.76.10 - - - Bromoclorodifluorometano

2903.46.20 --- Bromotrifluorometano 2903.76.20 - - - Bromotrifluorometano

2903.46.30 --- Dibromotetrafluoroetanos 2903.76.30 - - - Dibromotetrafluoroetanos

2903.47.00 - - Los demás derivados perhalogenados 2903.78.00 - - Los demás derivados perhalogenados

Subpartida 2903.46 ahora será la

2903.76. La subpartida 2903.47 ahora

es la partida 2903.78

2903.49.11 ---- Clorodifluorometano 2903.71.00 - - Clorodifluorometano

2903.49.29 ---- Los demás 2903.72.00 - - Diclorotrifluoroetanos

2903.49.29 ---- Los demás 2903.73.00 - - Diclorofluoroetanos

2903.49.29 ---- Los demás 2903.74.00 - - Clorodifluoroetanos

2903.49.90 --- Otros 2903.75.00 - - Dicloropentafluoropropanos

. Se han creado nuevas subpartidas

2903.71 a 2903.75 para cubrir ciertas

sustancias y facilitar el seguimiento y

control de estas sustancias que agotan la

capa de ozono.

Page 55: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

2903.49.12 ---- Diclorofluorometano 2903.79.11 - - - - Diclorofluorometano

2903.49.19 ---- Los demás 2903.79.19 - - - - Los demás

2903.49.21 ---- 2,2-dicloro-1,1,1-trifluoroetano 2903.79.21 - - - - 2,2-dicloro-1,1,1-trifluoroetano

2903.49.22 ---- 2-cloro-1,1,1,2-tetrafluoroetano 2903.79.22 - - - - 2-cloro-1,1,1,2-tetrafluoroetano

2903.49.23 ---- 1,1-dicloro-1-fluoroetano 2903.79.23 - - - - 1,1-dicloro-1-fluoroetano

2903.49.24 ---- 1-cloro-1,1-difluoroetano 2903.79.24 - - - - 1-cloro-1,1-difluoroetano

2903.49.25 ---- Triclorofluoroetanos 2903.79.25 - - - - Triclorofluoroetanos

2903.49.29 ---- Los demás 2903.79.29 - - - - Los demás

2903.49.30 - - - Dibromocloropropano (DBCP) 2903.79.30 - - - Dibromocloropropano (DBCP)

2903.49.30 --- Dibromocloropropano (DBCP) 2903.79.30 - - - Dibromocloropropano (DBCP)

2903.49.40 --- IJ-dicloro^AS.S-pentafluoropropano 2903.79.40 - - - 1,1-dicloro-2,2,3,3,3-pentafluoropropano

2903.49.50 --- 1,3-dicloro-1,2,2,3,3-pentafluoropropano 2903.79.50 - - - 1,3-dicloro-1,2,2,3,3-pentafluoropropano

2903.49.60 --- Bromofluorometanos 2903.79.60 - - - Bromofluorometano

2903.51.00 - - 1,2,3,4,5,6-Hexaclorociclohexano (HCH (ISO)),

incluido el lindano (ISO, DCI)

2903.81.00 - - 1,2,3,4,5,6-Hexaclorociclohexano (HCH

(ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI)

2903.52.10 --- Aldrina (ISO) 2903.82.10 - - - Aldrina (ISO)

2903.52.20 --- Clordano (ISO) 2903.82.20 - - - Clordano (ISO)

2903.52.30 --- Heptacloro (ISO) 2903.82.30 - - - Heptacloro (ISO)

2903.59.10 --- Canfecloro (Toxafeno) 2903.89.10 - - - Canfecloro (Toxafeno)

2903.59.20 --- Mirex 2903.89.20 - - - Mirex

2903.59.90 --- Otros. 2903.89.90 - - - Otros

2903.61.00 - - Clorobenceno, o-diclorobenceno y p-

diclorobenceno

2903.91.00 - - Clorobenceno, o-diclorobenceno y p-

diclorobenceno

2903.62.10 --- Hexaclorobenceno (ISO) 2903.92.10 - - - Hexaclorobenceno (ISO)

2903.62.20 --- DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro-2,2-

b¡s (p-clorofenil)etano)

2903.92.20 - - - DDT (ISO) (clofenotano (DCl), 1,1,1-tricloro-

2,2-bis (p-clorofenil)etano)

2903.69.10 - - - Pentaclorobenceno 2903.99.10 - - - Pentaclorobenceno

2903.69.20 - - - Hexabromobifenilo (CAS 36355-01-8) 2903.99.20 - - - Hexabromobifenilo (CAS 36355-01-8)

2903.69.90 - - - Otros 2903.99.90 - - - Otros

Las subpartidas 2903.51 a 2903.69 se han

convertido en las partidas 2903.81 a

2903.99

Page 56: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

2908.99.20 --- 4,6-Dinitro-o-cresol y sus sales 2908.92.00 - - 4,6-Dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) y sus

sales

2908.99.90 - - - Otros 2908.99.90 - - - Otros

Creación de la nueva subpartida 2908.92

para 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) y

sus sales. Modificación introducida

consecuente en el Convenio de Rotterdam

sobre el procedimiento de consentimiento

fundamentado previo (CFP) a ciertos

plaguicidas y productos quimicos

peligrosos en el comercio internacional.

2912.30.00 - Aldehídos-alcoholes 2912.49.10 - - - Aldehídos-alcoholes

2912.49.00 - - Los demás 2912.49.90 - - - Otros

Eliminación de la subpartida 2912.30 por

el bajo volumen de comercio.

2914.21.00 - - Alcanfor 2914.29.10 - - - Alcanfor

2914.29.00 - - Las demás 2914.29.90 - - - Otras

Eliminación de la subpartida 2914.21 por

el bajo volumen de comercio.

2916.19.00 - - Los demás 2916.16.00 - - Binapacril (ISO) Creación de la nueva subpartida 2916.16

para binapacril (ISO). Modificación

introducida consecuente en el Convenio de

Rotterdam sobre el procedimiento de

consentimiento fundamentado previo

(CFP) a ciertos plaguicidas y productos

químicos peligrosos en el comercio

internacional.

2916.35.00 - - Esteres del ácido fenilacético 2916.39.10 --Los demás

- - - Esteres del ácido fenilacético

2916.39.00 - - Los demás 2916.39.90 - - - Otros

Eliminación de la subpartida 2916.35 por

el bajo volumen de comercio.

Page 57: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

2931.00.11 - - Sarín (Metilfosfonofluoridato de O-isopropilo)

(CAS 107-44-8)

2931.90.21 - - - Sarín (Metilfosfonofluoridato de O-

isopropilo) (CAS 107-44-8)

2931.00.12 - - Somán (Metilfosfonofluoridato de O-pinacolilo)

(CAS 96-64-0)

2931.90.22 - - - Somán (Metilfosfonofluoridato de O-

pinacolilo) (CAS 96-64-0)

2931.00.13 - - Cloro Sarín (Metilfosfonocloridato de O-iso-

propilo) (CAS 1445-76-7)

2931.90.23 - - - Cloro Sarín (Metilfosfonocloridato de O-iso-

propilo) (CAS 1445-76-7)

2931.00.14 - - Cloro Somán (Metilfosfonocloridato de O-

pinacolilo) (CAS 7040-57-5)

2931.90.24 - - - Cloro Somán (Metilfosfonocloridato de O-

pinacolilo) (CAS 7040-57-5)

2931.00.19 - - Los demás 2931.90.29 ---Los demás

0

2931.00.21 - - Tabún (N,N-dimetilfosforamidocianidato de O-

etilo) (CAS 77-81-6)

2931.90.31 - - - Tabún (N,N-dimetilfosforamidocianidato de

O-etilo) (CAS 77-81-6)

2931.00.29 -- Los demás 2931.90.39 - - - Los demás

2931.00.31 - - Lewisita 1 (2-clorovinildicloroarsina) (CAS 541-

25-3)

2931.90.41 - - - Lewisita 1 (2-clorovinildicloroarsina) (CAS

541-25-3)

2931.00.32 - - Lewisita 2 (bis(2-clorovinil)cloroarsina) (CAS

40334-69-8)

2931.90.42 - - - Lewisita 2 (bis(2-clorovinil)cloroarsina)

(CAS 40334-69-8)

2931.00.33 - - Lewisita 3 (Tris(2-clorovinil)arsina)(CAS 40334-

70-1)

2931.90.43 - - - Lewisita 3 (Tris(2-clorovinil)arsina) (CAS

40334-70-1)

2931.00.39 -- Los demás 2931.90.49 - - - Los demás

2931.00.41 - - DF (Metilfosfonildifluoruro) (CAS 676-99-3) 2931.90.51 - - - DF (Metilfosfonildifluoruro) (CAS 676-99-3)

2931.00.49 -- Los demás 2931.90.59 - - - Los demás

2931.00.51 - - QL (O-2diisopropilaminoetilmetilfosfonito de O-

etilo) (CAS 57856-11-8)

2931.90.61 - - - QL (O-2-diisopropilaminoetilmetilfosfonito

de O-etilo) (CAS 57856-11-8)

2931.00.59 -- Los demás 2931.90.69 - - - Los demás

2931.00.61 - - Dicloruro de metilfosfonilo (CAS 676-97-1) 2931.90.71 - - - Dicloruro de metilfosfonilo (CAS 676-97-1)

2931.00.62 - - Metilfosfonato de dimetilo (CAS 756-79-6) 2931.90.72 - - - Metilfosfonato de dimetilo (CAS 756-79-6)

2931.00.69 -- Los demás 2931.90.79 - - - Los demás

Reubicación de productos.

Page 58: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

2931.00.71 -- Tetrametilo de plomo 2931.10.10 - - Tetrametilplomo

2931.00.72 -- Tetraetilo de plomo 2931.10.20 - - Tetraetilplomo

2931.00.79 -- Los demás 2931.90.10 - - Alquilos de plomo, distintos de los

mencionados en los incisos arancelarios

2931.10.10 ó 2931.10.20

2931.00.91 -- Tributil estanato (CAS 688-73-3) 2931.20.10 - - Tributilestanato (CAS 688-73-3)

2931.00.99 - - Los demás 2931.20.90 - - Otros

2931.00.99 - - Los demás 2931.90.90 - - Otros

Partida 29.31 se ha subdividido para

proporcionar por separado la clasicicación

del tetraetilo de plomo y el plomo de

tetrametilo y compuestos de tributilestaño,

en nuevas subpartidas 2931.10 y 2931.20,

respectivamente. Modificación introducida

consentimiento fundamentado previo

(CFP) a ciertos plaguicidas y productos

químicos peligrosos en el comercio

internacional.

2932.21.00 - - Cumarina, metilcumarinas y etilcumarinas 2932.20.10 - - Cumarina, metilcumarinas y etilcumarinas

2932.29.00 - - Las demás lactonas 2932.20.90 - - Las demás lactonas

Las subpartidas 2932.21 y 2932.29 se han

fusionado en una nueva subpartida

2937.31.00 - - Epinefrina (adrenalina) 2937.90.11 - - - Epinefrina (adrenalina)

2937.39.00 - - Los demás 2937.90.19 - - - Los demás

Eliminación de las subpartidas 2937.

2937.39 y 2937.40 por el bajo volum

comercio.

2939.49.00 - - Las demás 2939.44.00 - - Norefedrina y sus sales Creación de la nueva subpartida 2939.44

para norephredine y sus sales

CAPITULO 30, NOTA 1b): Las preparaciones, tales como comprimidos,

gomas de mascar o parches (productos que se administran por vía

transdérmica), diseñados para ayudar a los fumadores que intentan dejar de

fumar (partidas 21.06 ó 38.24);

Page 59: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

2934.99.00 - - Los demás 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de

coral

2934.99.00 - - Los demás 3002.10.90 - - Otros

2937.90.00 - Los demás 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de

coral

2937.90.00 - Los demás 3002.10.90 - - Otros

3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de coral 3002.90.10 - - Saxitoxina (CAS 35523-89-8)

3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de coral 3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3)

3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de coral 3002.90.90 - - Otros

3002.10.90 - - Otros 3002.90.10 - - Saxitoxina (CAS 35523-89-8)

3002.10.90 - - Otros 3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3)

3002.10.90 - - Otros 3002.90.90 - - Otros

3002.20.00 - Vacunas para uso en medicina 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de

coral

3002.90.10 --- Saxitoxina (CAS 35523-89-8) 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de

coral

3002.90.10 --- Saxitoxina (CAS 35523-89-8) 3002.10.90 - - Otros

3002.90.10 --- Saxitoxina (CAS 35523-89-8) 3002.90.10 - - Saxitoxina (CAS 35523-89-8)

3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3) 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de

coral

3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3) 3002.10.90 - - Otros

3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3) 3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3)

3002.90.90 - - Otros 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de

coral

3002.90.90 - - Otros 3002.10.90 - - Otros

3002.90.90 - - Otros 3002.90.90 - - Otros

Ampliación del alcance de la subparti

3002.10 implica a la transferencia de c

productos de esta subpartida a la subp

3002.10

Page 60: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

3201.90.00 - Los demás 2852.90.00 - Los demás

3501.90.00 - Los demás 2852.90.00 - Los demás

3502.90.00 - Los demás 2852.90.00 - Los demás

3502.90.00 - Los demás 3502.90.00 - Los demás

3504.00.00 PEPTONAS Y SUS DERIVADOS; LAS DEMAS

MATERIAS PROTEINICAS Y SUS DERIVADOS,

NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN

OTRA PARTE; POLVO DE CUEROS Y PIELES,

INCLUSO TRATADO AL CROMO

2852.90.00 - Los demás

Compuestos no químicamente definidos

compuestos de mercurio han sido

transferidos a la nueva subpartida

2852.90.

3702.51.00 - - De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud

inferior o igual a 14 m

3702.52.10 - - - De longitud inferior o igual a 14 m

3702.52.00 - - De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud

superior a 14 m

3702.52.20 - - - De longitud superior a 14 m

Las subpartidas 3702.51 y 3702.52 se han

fusionado en la subpartida 3702.52 por el

bajo volumen de comercio.

PELICULAS FOTOGRAFICAS EN ROLLOS,

SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR,

EXCEPTO LAS DE PAPEL, CARTON O

TEXTILES; PELICULAS FOTOGRAFICAS

AUTORREVELABLES EN ROLLOS,

SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR

PELICULAS FOTOGRAFICAS EN ROLLOS,

SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR,

EXCEPTO LAS DE PAPEL, CARTON O

TEXTILES; PELICULAS FOTOGRAFICAS

AUTORREVELABLES EN ROLLOS,

SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR

3702.91.00 - - De anchura inferior o igual a 16 mm 3702.96.00 - - De anchura inferior o igual a 35 mm y

longitud inferior o igual a 30 m

3702.91.00 - - De anchura inferior o igual a 16 mm 3702.97.00 - - De anchura inferior o igual a 35 mm y

longitud superior a 30 m

3702.93.00 - - De anchura superior a 16 mm pero inferior o

igual a 35 mm y longitud inferior o igual a 30 m

3702.96.00 - - De anchura inferior o igual a 35 mm y

longitud inferior o igual a 30 m

3702.94.00 - - De anchura superior a 16 mm pero inferior o

igual a 35 mm y longitud superior a 30 m

3702.97.00 - - De anchura inferior o igual a 35 mm y

longitud superior a 30 m

3702.95.00 - - De anchura superior a 35 mm 3702.98.00 - - De anchura superior a 35 mm

Las subpartidas 3702.91, 3702.93 y

3702.94 han sido combinadas y

posteriormente se divide en dos nuevas

subpartidas 3702.96 y 3702.97 por el bajo

volumen de comercio

Page 61: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO

IV Enmienda

CAPITULO 38

NOTA

3. Se clasifican en la partida

38.24 y no en otra de la

Nomenclatura:

d) los productos para la

corrección de clisés de

mimeógrafo (“stencils”) y demás

correctores líquidos,

acondicionados en envases para

la venta al por menor

V Enmienda

CAPITULO 38

NOTA

3. Se clasifican en la partida 38.24 y

no en otra de la Nomenclatura:

d) los productos para la corrección

de clisés de mimeógrafo («stencils»),

los demás correctores líquidos y las

cintas correctoras (excepto las de la

partida 96.12), acondicionados en

envases para la venta al por menor;

7. En la partida 38.26, el término

biodiesel designa los ésteres

monoalquílicos de ácidos grasos de

los tipos utilizados como carburantes

o combustibles, derivados de grasas

y aceites animales o vegetales,

incluso usados.

Page 62: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que

actúan por combustión, y papeles matamoscas

3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,

que actúan por combustión, y papeles

matamoscas

3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que

actúan por combustión, y papeles matamoscas

3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,

toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro

3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que

actúan por combustión, y papeles matamoscas

3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-

dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión

3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que

actúan por combustión, y papeles matamoscas

3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de

mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,

monocrotofós, fosfamidón

3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que

actúan por combustión, y papeles matamoscas

3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión

3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que

actúan por combustión, y papeles matamoscas

3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro

(HCH)

3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que

actúan por combustión, y papeles matamoscas

3808.50.19 - - - Los demás

3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,

que actúan por combustión, y papeles

matamoscas

3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,

toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro

3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-

dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión

3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de

mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,

monocrotofós, fosfamidón

3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión

3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro

(HCH)

3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.19 - - - Los demás

3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una

proporción superior o igual al 30% en peso

3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,

que actúan por combustión, y papeles

matamoscas

3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una

proporción superior o igual al 30% en peso

3808.50.12 --Insecticidas - -

- Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,

toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro

3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una

proporción superior o igual al 30% en peso

3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-

dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión

El alcance de la subpartida 3808.50 se ha

ampliado para cubrir los productos

enumerados en el subtítulo de la nueva

nota 1 del capítulo 38. Modificaciones

consiguientes a la Convención de

Rotterdam. La subpartida 3808.50

comprende también las preparaciones en

polvo que contengan una mezcla de

benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de

thiram (ISO).

Page 63: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una

proporción superior o igual al 30% en peso

3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de

mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,

monocrotofós, fosfamidón

3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una

proporción superior o igual al 30% en peso

3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión

3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una

proporción superior o igual al 30% en peso

3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro

(HCH)

3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una

proporción superior o igual al 30% en peso

3808.50.19 - - - Los demás

3808.91.39 --- Los demás 3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,

que actúan por combustión, y papeles

matamoscas

3808.91.39 --- Los demás 3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,

toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro

3808.91.39 --- Los demás 3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-

dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión

3808.91.39 --- Los demás 3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de

mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,

monocrotofós, fosfamidón

3808.91.39 --- Los demás 3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión

3808.91.39 --- Los demás 3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro

(HCH)

3808.91.39 --- Los demás 3808.50.19 - - - Los demás

3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción

superior o igual al 30% en peso distintos de los

comprendidos en el inciso 3808.91.31

3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,

que actúan por combustión, y papeles

matamoscas

3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción

superior o igual al 30% en peso distintos de los

comprendidos en el inciso 3808.91.31

3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,

toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro

3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción

superior o igual al 30% en peso distintos de los

comprendidos en el inciso 3808.91.31

3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-

dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión

3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción

superior o igual al 30% en peso distintos de los

comprendidos en el inciso 3808.91.31

3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de

mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,

monocrotofós, fosfamidón

3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción

superior o igual al 30% en peso distintos de los

comprendidos en el inciso 3808.91.31

3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión

3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción

superior o igual al 30% en peso distintos de los

comprendidos en el inciso 3808.91.31

3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro

(HCH)

El alcance de la subpartida 3808.50 se ha

ampliado para cubrir los productos

enumerados en el subtítulo de la nueva

nota 1 del capítulo 38. Modificaciones

consiguientes a la Convención de

Rotterdam. La subpartida 3808.50

comprende también las preparaciones en

polvo que contengan una mezcla de

benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de

thiram (ISO).

Page 64: Rex Aduanal Quinta Enmienda del SA

V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO

3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción

superior o igual al 30% en peso distintos de los

comprendidos en el inciso 3808.91.31

3808.50.19 - - - Los demás

3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,

que actúan por combustión, y papeles

matamoscas

3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,

toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro

3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-

dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión

3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de

mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,

monocrotofós, fosfamidón

3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión

3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro

(HCH)

3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.19 - - - Los demás

3808.91.90 - - - Otros 3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,

que actúan por combustión, y papeles

matamoscas

3808.91.90 - - - Otros 3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,

toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro

3808.91.90 - - - Otros 3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-

dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión

3808.91.90 - - - Otros 3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de

mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,

monocrotofós, fosfamidón

3808.91.90 - - - Otros 3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión

3808.91.90 - - - Otros 3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro

(HCH)

3808.91.90 - - - Otros 3808.50.19 - - - Los demás

3808.92.10 - - - A base de arseniato de cobre cromado, de los

tipos utilizados como preservante para madera, en

envases de contenido neto superior o igual a 125

kg

3808.50.21 - - Fungicidas -

- - A base de arseniato de cobre cromado, de

los tipos utilizados como preservante para

madera, en envases de contenido neto

superior o igual a 125 kg

3808.92.10 - - - A base de arseniato de cobre cromado, de los

tipos utilizados como preservante para madera, en

envases de contenido neto superior o igual a 125

kg

3808.50.22 - - - Que contengan hexaclorobenceno,

pentaclorofenol, binapacril, óxidos de mercurio

El alcance de la subpartida 3808.50 se ha

ampliado para cubrir los productos

enumerados en el subtítulo de la nueva

nota 1 del capítulo 38. Modificaciones

consiguientes a la Convención de

Rotterdam. La subpartida 3808.50

comprende también las preparaciones en

polvo que contengan una mezcla de

benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de

thiram (ISO).