rex aduanal quinta enmienda del sa
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V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
El SA, fue aprobado por la OMA en el año 1983
Contiene:
21 secciones,
96 capítulos y
aproximadamente 1200 partidas,
5000 grupos de 6 cifras denominadas sub partidas
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
Objetivos del SA:
Clasificar sistemáticamente todas las mercaderías susceptibles decomercio internacional.
Clasificar de manera uniforme y racional las mercaderías en losaranceles de todos los países que adopten esta Nomenclatura.
Adoptar un lenguaje común, internacionalmente aceptado
Facilitar la negociación de Acuerdos bilaterales o multilaterales
Permitir la recopilación de datos estadísticos sobre el comerciomundial.
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
Utilización a nivel de Gobiernos:
Intercambio de datos comerciales.
Fijación de derechos y demás impuestos.
Control de sustancias reglamentadas.
Elaboración de Reglas de Origen.
Confección de estadísticas.
Control de precios y de cupos.
Investigación y análisis económico.
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
En su elaboración y enmiendas se toman encuentrarecomendaciones de:
Protocolo de Montreal sobre control de sustancias queafectan la capa de ozono
Convenio sobre prohibición, desarrollo, producción yalmacenamiento de armas químicas.
Utilización de unidades de cantidad normalizadas parafacilitar la recolección, comparación y análisis deestadísticas.
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
Desde la aprobación del SA, en el año 83 ha
sufrido 4 enmiendas y por implantar la V:
-1992 (I)
-1996 (II)
-2002 (III)
-2007 (IV) 354 series de modificaciones
(esencialmente tecnológicas)
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
Razón de las enmiendas:
Evolución de las técnicas.
Incorporar precisiones de clasificación
para su aplicación uniforme.
Adaptación a las realidades comerciales.
Facilitación de la supervisión y control de
temas vinculados con aspectos sociales,
de medio ambiente y progreso tecnológico
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
1 de enero del 2012, entra en vigencia la VEnmienda del SA.
Incluye 220 cambios relacionados con lossectores de: Agricultura, Química, Textil,Papel, Maquinaria.
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
Los cambios en la V Enmienda se encuentran divididosde la siguiente manera:
98 se relacionan con el sector agrícola;
27 al sector químico;
9 para el sector papelero;
14 para el sector textil;
5 para el sector de metales comunes;
30 para el sector de maquinaria;
37 que se aplican a una variedad de otros sectores
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
Esta V Enmienda fue aprobada en junio del
2009 y en junio del 2010 se aprobaron las
correcciones de ortografía de nombres
científicos e igualmente errores de
redacción y algunas inconsistencias técnicas
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
Nuevas recomendaciones a ser tomadas en
cuenta:
FAO : Organización de las Naciones Unidas
para la Alimentación y la Agricultura (FAO,
siglas de Food and Agriculture Organization) es
una organización específica de la ONU,
Convenio de Rotterdam
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
Características principales de la V Enmienda:
Sectores ambientales
Sectores sociales
Uso del HS como estándar para la clasificación y
codificación de mercancías de importancia
específica para la seguridad alimentaria.
Sistema de datos de alerta temprana de la FAO
para la agricultura y la alimentación.
V ENMIENDA DEL
SISTEMA ARMONIZADO
Continuación….
Eliminación de subpartidas por bajo
comercio (43 partidas eliminadas)
Creación de nuevas subpartidas mucho
más específicas para el comercio mundial
Agrupación en una sola subpartida por
disposiciones sanitarias las toallas
(pastillas)
y tampones, servilletas y forros de servilleta
para bebés y artículos similares, de
cualquier material (partida 96.19)
V ENMIENDA DEL SISTEMA
ARMONIZADO
CAPITULO 1
ANIMALES VIVOS
NOTA
1. Este capítulo comprende
todos los animales vivos, excepto:
a) los peces o pescados, los
crustáceos, moluscos y demás
invertebrados acuáticos de las
partidas 03.01, 03.06 ó 03.07;
b) los cultivos de
microorganismos y demás
productos de la partida. 30.02;
c) los animales de la partida
95.08.
CAPITULO 1
ANIMALES VIVOS
NOTA.
1. Este Capítulo comprende todos los
animales vivos, excepto:
a) los peces o pescados, los
crustáceos, moluscos y demás
invertebrados acuáticos, de las
partidas 03.01, 03.06, 03.07 ó 03.08;
NOTAS COMPLEMENTARIAS
CENTROAMERICANAS
B. En el inciso arancelario 0106.41.00
se clasifican las abejas, incluso en
colmenas, cajas u otros continentes
similares
IV ENMIENDA V ENMIENDA
V ENMIENDA DEL SISTEMA
ARMONIZADO
Principales Aspectos Incorporados por la V Enmienda
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
CABALLOS, ASNOS, MULOS Y BURDEGAÑOS, VIVOS. CABALLOS, ASNOS, MULOS Y BURDEGAÑOS, VIVOS.
- Reproductores de raza pura Caballos:0101.10.10 -- Caballos 0101.21.00 - - Reproductores de raza pura
0101.29.00 - - Los demás
0101.10.90 - - Otros (Se utilizaba para la clasificación de los Asnos.) 0101.30.00 - Asnos La partida 0101.10 se elimina, así permitirá clasificar con mayor exactitud los caballos y los asnos. Se crea la partida 0101.30.00 para la clasificación de los Asnos
0101.90.00 - Los demás 0101.29.00 - - Los demás Los demás caballos diferentes a los de pura raza se clasificaran en la 0101.29.00. Enmienda aprobada como consecuencia de la propuesta de la FAO para mejorar la supervisión de la seguridad alimentaria mundial.
La partida 0101.10 se elimina, así permitirá clasificar con mayor exactitud los caballos.
V ENMIENDA DEL SISTEMA
ARMONIZADO
Principales Aspectos Incorporados por la V Enmienda2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
GALLOS, GALLINAS, PATOS, GANSOS, PAVOS
(GALLIPAVOS) Y PINTADAS, DE LAS
ESPECIES DOMESTICAS, VIVOS
GALLOS, GALLINAS, PATOS, GANSOS,
PAVOS (GALLIPAVOS) Y PINTADAS, DE
LAS ESPECIES DOMESTICAS, VIVOS
0105.19.00 - - Los demás 0105.13.00 - - Patos
0105.14.00 - - Gansos
0105.15.00 - - Pintadas
Se elimina la partida 0105.19.00 y se
crean las 0105.13, 0105.14.00 y
0105.15.00, para poder clasificar los
patos, gansos y pintadas. Enmienda
adoptada como resultado de la propuesta
de la FAO para mejorar la supervisión de
la seguridad alimentaria mundia
ANIMALES VIVOS DE LA ESPECIE BOVINA Bovinos domésticos0102.10.00 - Reproductores de raza pura 0102.21.00 - - Reproductores de raza pura
0102.29.00 - - Los demás
Búfalos:
0102.10.00 - Reproductores de raza pura 0102.31.00 - - Reproductores de raza pura
0102.39.00 - - Los demás
Se elimina la partida 0102.10.00
antiguamente para clasificar los
reproductores de raza pura, y se crea la
partida 0102.2 para los bovinos y la
0102.31 para los Bufalos.
V ENMIENDA DEL SISTEMA
ARMONIZADO
Principales Aspectos Incorporados por la V Enmienda2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0106.12.00 - - Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del
orden Cetáceos); manatíes y dugones o dugongos
(mamíferos del orden Sirenios)
0106.12.00 - - Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos
del orden Cetáceos); manatíes y dugones o
dugongos (mamíferos del orden Sirenios);
otarios y focas, leones marinos y morsas
(mamíferos del suborden Pinnipedia)
0106.19.00 - - Los demás 0106.12.00 - - Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos
del orden Cetáceos); manatíes y dugones o
dugongos (mamíferos del orden Sirenios);
otarios y focas, leones marinos y morsas
(mamíferos del suborden Pinnipedia)
0106.19.00 - - Los demás 0106.13.00 - - Camellos y demás camélidos
(Camelidae)
0106.19.00 - - Los demás 0106.14.00 - - Conejos y liebres
0106.19.00 - - Los demás 0106.19.00 - - Los demás
0106.3 Aves
0106.31.00 Aves de rapiña
0106.32.00 Loros, guacamayos, cacatúas y
demás papagayos
0106.39.00 - - Las demás 0106.33.00 - - Avestruces; emúes (Dromaius
novaehollandiae)
0106.39.00 - - Las demás 0106.39.00 - - Las demás
0106.90.10 - - Abejas, incluso en colmenas, cajas u otros
continentes similares
0106.41.00 - - Abejas
0106.90.90 - - Otros 0106.49.00 - - Los demás
0106.90.90 - - Otros 0106.90.00 - Los demás
Ampliación del alcance de la subpartida
0106.12 incluir morsas, focas y lobos de
mar. Al mismo tiempo, creación de nuevas
subpartidas para ciertos animales, como
los camellos, conejos y liebres. Enmienda
adoptada como resultado de la propuesta
de la FA
V ENMIENDA DEL SISTEMA
ARMONIZADO
Principales Aspectos Incorporados por la V Enmienda2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0207.32.00 - de pato, ganso o pintada
- - Sin trocear, frescos o refrigerados
0207.41.00 De pato - -
sin trocear, frescos o refrigerados
0207.32.00 - de pato, ganso o pintada
- - Sin trocear, frescos o refrigerados
0207.51.00 De ganso - -
Sin trocear, frescos o refrigerados
0207.32.00 - de pato, ganso o pintada
- - Sin trocear, frescos o refrigerados
0207.60.10 De pintada - -
Sin trocear, frescos o refrigerados
0207.33.00 - de pato, ganso o pintada
- - Sin trocear, congelados
0207.42.00 De pato - -
Sin trocear, congelados
0207.33.00 - de pato, ganso o pintada
- - Sin trocear, congelados
0207.52.00 De ganso - -
Sin trocear, congelados
0207.33.00 - de pato, ganso o pintada
- - Sin trocear, congelados
0207.60.20 De pintada - -
Sin trocear, congelados
0207.34.00 - de pato, ganso o pintada
- - Hígados grasos, frescos o refrigerados
0207.43.00 De pato - -
Hígados grasos, frescos o refrigerados
0207.34.00 - de pato, ganso o pintada
- - Hígados grasos, frescos o refrigerados
0207.53.00 De ganso - -
Hígados grasos, frescos o refrigerados
0207.34.00 - de pato, ganso o pintada
- - Hígados grasos, frescos o refrigerados
0207.60.30 De pintada - -
Hígados grasos, frescos o refrigerados
Se eliminan las partidas 0207.32.00 a la
0207.36. Se crean las aprtidas 0207.4,
0207.5 y 0207.6 para clasificar por
separado los productos de patos, gansos y
pintadas. Enmienda adoptada como
resultado de la propuesta de la FAO para
mejorar la supervisió
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0207.35.10 - de pato, ganso o pintada
-- Los demás, frescos o refrigerados
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.44.10 - - Los demás, frescos o refrigerados de pato
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.35.10 - de pato, ganso o pintada
-- Los demás, frescos o refrigerados
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.54.10 - - Los demás, frescos o refrigerados de
ganso
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.35.10 - de pato, ganso o pintada
-- Los demás, frescos o refrigerados
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.60.41 - - Los demás, frescos o refrigerados de
pintada
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.35.90 - de pato, ganso o pintada
-- Los demás, frescos o refrigerados
- - - Otros
0207.44.90 - - Los demás, frescos o refrigerados de pato
- - - Otros
0207.35.90 - de pato, ganso o pintada
-- Los demás, frescos o refrigerados
- - - Otros
0207.54.90 - - Los demás, frescos o refrigerados de
ganso -
- - Otros
0207.35.90 - de pato, ganso o pintada
-- Los demás, frescos o refrigerados
- - - Otros
0207.60.49 - - Los demás, frescos o refrigerados de
pintada
- - - Otros
0207.36.10 -- Los demás, congelados
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.45.10 - De pato -
- Los demás, congelados
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.36.10 -- Los demás, congelados
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.55.10 - De ganso
-- Los demás, congelados
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.36.10 -- Los demás, congelados
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.60.51 - De pintada
-- Los demás, congelados
- - - En pasta, deshuesados mecánicamente
0207.36.90 -- Los demás, congelados
- - - Otros
0207.45.90 - De pato -
- Los demás, congelados:
- - - Otros
0207.36.90 -- Los demás, congelados
- - - Otros
0207.55.90 - De ganso
- - Los demás, congelados:
- - - Otros
0207.36.90 -- Los demás, congelados
- - - Otros
0207.60.59 - De pintada
- - Los demás, congelados:
- - - Otros
Se eliminan las partidas 0207.32.00 a la
0207.36. Se crean las aprtidas 0207.4,
0207.5 y 0207.6 para clasificar por
separado los productos de patos, gansos y
pintadas. Enmienda adoptada como
resultado de la propuesta de la FAO para
mejorar la supervisió
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0208.40.00 - De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del
orden Cetáceos); de manatíes y dugones o
dugongos (mamíferos del orden Sirenios)
0208.40.00 - De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos
del orden Cetáceos); de manatíes y dugones o
dugongos (mamíferos del orden Sirenios); de
otarios y focas, leones marinos y morsas
(mamíferos del suborden Pinnipedia)
0208.90.90 - Los demás
- - Otros
0208.40.00 - De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos
del orden Cetáceos); de manatíes y dugones o
dugongos (mamíferos del orden Sirenios); de
otarios y focas, leones marinos y morsas
(mamíferos del suborden Pinnipedia)
0208.90.90 - - Otros 0208.60.00 - De camellos y demás camélidos
0208.90.90 - - Otros 0208.90.90 - - Otros
Ampliación del alcance de la subpartida
0208.40 para incluir los productos de
focas, leones marinos y morsas. Creación
de nuevas subpartidas 0208.60 de
camélidos. Enmienda adoptada como
resultado de la propuesta de la FAO para
mejorar la supervisión de la seguridad
mundial
0209.00.10
TOCINO SIN PARTES MAGRAS Y GRASA DE
CERDO O DE AVE SIN FUNDIR NI EXTRAER DE
OTRO MODO, FRESCOS, REFRIGERADOS,
CONGELADOS, SALADOS O EN SALMUERA,
SECOS O AHUMADOS
- Tocino
0209.10.10 - De cerdo - -
Tocino
0209.00.20
TOCINO SIN PARTES MAGRAS Y GRASA DE
CERDO O DE AVE SIN FUNDIR NI EXTRAER DE
OTRO MODO, FRESCOS, REFRIGERADOS,
CONGELADOS, SALADOS O EN SALMUERA,
SECOS O AHUMADOS
- Grasa de cerdo
0209.10.20 - De cerdo - -
Grasa de cerdo
0209.00.30
TOCINO SIN PARTES MAGRAS Y GRASA DE
CERDO O DE AVE SIN FUNDIR NI EXTRAER DE
OTRO MODO, FRESCOS, REFRIGERADOS,
CONGELADOS, SALADOS O EN SALMUERA,
SECOS O AHUMADOS
- Grasa de ave
0209.90.00 - Los demás
Partida 02.09 ha sido subdividida para
proporcionar por separado productos de
cerdos. Enmienda adoptada como
resultado de la propuesta de la FAO para
mejorar la supervisión de la seguridad
alimentaria mundial
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
- Los demás, incluidos la harina y polvo
comestibles, de carne o de despojos:
- Los demás, incluidos la harina y polvo
comestibles, de carne o de despojos
--De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos
del orden Cetáceos); de manatíes y dugones o
dugongos (mamíferos del orden Sirenios), de
otarios y focas, leones marinos y morsas
(mamíferos del suborden Pinnipedia):
0210.92.00 -- De ballenas, delfines y marsopas (mamiferos
del orden Catáceos) manaties y dugones o
dugongos (mamiferos del orden Sirenios)
0210.92.10 - - - De otarios y focas, leones marinos y
morsas (mamíferos del suborden Pinnipedia)
0210.92.00 - Los demás, incluidos la harina y polvo
comestibles, de carne o de despojos. --
De ballenas, delfines y marsopas (mamiferos del
orden Catáceos) manaties y dugones o dugongos
(mamiferos del orden Sirenios)
0210.92.90 - Los demás, incluidos la harina y polvo
comestibles, de carne o de despojos: --De
ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del
orden Cetáceos); de manatíes y dugones o
dugongos (mamíferos del orden Sirenios), de
otarios y focas, leones marinos y morsas
(mamíferos del suborden Pinnipedia): - - - De
otarios y focas, leones marinos y morsas
(mamíferos del suborden Pinnipedia)
Ampliación del alcance de la subpartida
0210.92 para incluir los productos de
focas, leones marinos y morsas. Enmienda
adoptada como resultado de la propuesta
de la FAO para mejorar la supervisión de
la seguridad alimentaria mundial.
0301.10.00 PECES O PESCADOS VIVOS
- Peces ornamentales
0301.11.00 PECES O PESCADOS VIVOS -
Peces ornamentales - -
De agua dulce
0301.10.00 PECES O PESCADOS VIVOS
- Peces ornamentales
0301.19.00 PECES O PESCADOS VIVOS -
Peces ornamentales - -
Los demás
Subdivisión de la subpartida 0301.10 para
poder clasificar por separado los peces de
agua dulce. Al mismo tiempo, ampliación
del alcance de la subpartida 0301.94 para
cubrir más especies de atún, tanto del
Atlantico como del Pacífico.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0301.94.00 - - Atunes comunes o de aleta azul (Thunnus
thynnus)
0301.94.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del
Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,
Thunnus orientalis)
0301.99.91 - - - - Atunes (del género Thunnus , excepto el
Thunnus thynnus y Thunnus maccoyii), listados o
bonitos de vientre rayado (Euthynnus (Katsuwonus)
pelamis), sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops
spp.) y caballas (macarelas) (Scomber scombrus,
Scomber aus
0301.94.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del
Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,
Thunnus orientalis)
0301.99.91 - - - - Atunes (del género Thunnus , excepto el
Thunnus thynnus y Thunnus maccoyii), listados o
bonitos de vientre rayado (Euthynnus (Katsuwonus)
pelamis), sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops
spp.) y caballas (macarelas) (Scomber scombrus,
Scomber aus
0301.99.91 - - - - Atunes (del género Thunnus, excepto el
Thunnus thynnus, Thunnus orientalis y Thunnus
0301.99.99 - - - - Los demás 0301.99.99 - - - - Los demás
Ampliación del alcance de la subpartida
0301.94 para cubrir más especies de
atún, tanto del Atlantico como del Pacífico.
- Salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas: - Salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas
0302.12.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,
Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus),
salmones del Atlántico (Salmo salar) y salmones
del Danubio
0302.13.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus
nerka, Oncorhynchus gorbuscha,
Oncorhynchus keta, Oncorhynchus
tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus)
- Salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas: - Salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas
0302.12.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,
Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus),
salmones del Atlántico (Salmo salar) y salmones
del Danubio
0302.14.00 - - Salmones del Atlántico (Salmo salar) y
salmones del Danubio (Hucho hucho)
Subdivisión de la subpartida 0302.12 para
proporcionar por separado los diferentes
grupos de salmón. Enmienda aprobada
como consecuencia de la propuesta de la
FAO para mejorar la supervisión de la
seguridad alimentaria mundial
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
- Pescados planos (Pleuronéctidos,
Bótidos,Cynoglósidos, Soleidos, Escoftálmidos
yCitáridos), excepto los hígados, huevas y lechas
- Pescados planos (Pleuronéctidos,
Bótidos,Cynoglósidos, Soleidos,
Escoftálmidos yCitáridos), excepto los
hígados, huevas y lechas
0302.29.00 - - Los demás 0302.24.00 - - Rodaballos (Psetta maxima,
Scophthalmidae)
0302.29.00 - - Los demás 0302.29.00 - - Los demás
Creación de la subpartida 0302.24 para
clasificar el rodaballo. Enmienda aprobada
como consecuencia de la propuesta de la
FAO para mejorar la supervisión de la
seguridad alimentaria mundial
- Atunes (del géneroThunnus), listados o bonitosde
vientre rayado (Euthynnus (Katsuwonus) pelamis),
excepto hígados, huevas y lechas:
- Atunes (del géneroThunnus), listados o
bonitosde vientre rayado (Euthynnus
(Katsuwonus) pelamis), excepto hígados,
huevas y lechas:
0302.35.00 - - Atunes de aleta azul (comunes) (Thunnus
thynnus)
0302.35.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del
Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,
Thunnus orientalis)
0302.39.00 - - Los demás 0302.39.00 - - Los demás
Ampliación del alcance de la subpartida
0302.35 para cubrir más especie de atún.
Enmienda aprobada como consecuencia
de la propuesta de la FAO para mejorar la
supervisión de la seguridad alimentaria
mundial
- Arenques (Clupea harengus, Clupea
pallasii ), anchoas (Engraulis spp .), sardinas
(Sardina pilchardus, Sardinops spp .),
sardinelas (Sardinella spp .) y espadines
(Sprattus sprattus ), caballas (macarelas)
(Scomber scombrus, Scomber australasicus,
Scomber japonicus ), jureles (Trachurus
spp .), cobias (Rachycentron canadum ) y
peces espada (Xiphias gladius ), excepto los
hígados, huevas y lechas:
0302.40.00 - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii),
excepto los hígados, huevas y lechas
0302.41.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea
pallasii)
- Pescados de las familias Bregmacerotidae,
Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,
Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y
Muraenolepididae , excepto los hígados,
huevas y lechas:
0302.50.00 - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus), excepto los hígados, huevas y
lechas
0302.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,
Gadus macrocephalus)
Reestructuración de las subpartidas
0302.40 a 0302.70 para proporcionar por
separado un mayor número de especies a
clasificar. Enmienda adoptada como
resultado de la propuesta de la FAO para
mejorar la supervisión de la seguridad
alimentaria mundial
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
- Los demás pescados, excepto hígados, huevas y
lechas
0302.61.00 - - Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops spp.),
sardinelas (Sardinella spp.) y espadines (Sprattus
sprattus)
0302.43.00 - - Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops
spp.), sardinelas (Sardinella spp.) y espadines
(Sprattus sprattus)
0302.62.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus) 0302.52.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus)
0302.63.00 - - Carboneros (Pollachius virens) 0302.53.00 - - Carboneros (Pollachius virens)
0302.64.00 - - Caballas (macarelas) (Scomber scombrus,
Scomber australasicus, Scomber japonicus)
0302.44.00 - - Caballas (macarelas) (Scomber scombrus,
Scomber australasicus, Scomber japonicus)
0302.65.00 - - Escualos 0302.81.00 - - Cazones y demás escualos
0302.66.00 - - Anguilas (Anguilla spp.) 0302.74.00 - - Anguilas (Anguilla spp.)
0302.67.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0302.47.00 - - Peces espada (Xiphias gladius)
0302.68.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra
(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia
negra) (Dissostichus spp.)
0302.83.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza
negra (merluza negra, bacalao de profundidad,
nototenia negra) (Dissostichus spp.)
0302.69.20 - - - Pargos (Lutjanus spp.) 0302.89.10 - - - Pargos (Lutjanus spp.)
0302.69.30 - - - Dorados (Coryphaena hippurus) 0302.89.20 - - - Dorados (Coryphaena hippurus)
0302.69.40 - - - Cabrillas (Epinephelus spp., Paralabrax spp.) 0302.89.30 - - - Cabrillas (Epinephelus spp., Paralabrax
spp.)
0302.69.50 - - - Corvinas (Sciaena spp.) 0302.89.40 - - - Corvinas (Sciaena spp.)
0302.69.60 - - - Marlines (Makaria spp., Tetrapturus spp.) 0302.89.50 - - - Marlines (Makaira spp., Tetrapturus spp.)
0302.69.70 - - - Tilapias (Tilapia spp.) 0302.71.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.)
Reestructuración de las subpartidas
0302.40 a 0302.70 para proporcionar por
separado un mayor número de especies a
clasificar. Enmienda adoptada como
resultado de la propuesta de la FAO para
mejorar la supervisión de la seguridad
alimentaria mundial
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0302.69.70 - - - Tilapias (Tilapia spp.) 0302.89.60 - - - Las demás tilapias, excepto las que se
clasifican en el inciso arancelario 0302.71.00
0302.69.80 - - - Meros (Epinephelus guaza) 0302.89.70 - - - Meros (Epinephelus guaza)
0302.69.90 - - - Otros 0302.42.00 - - Anchoas (Engraulis spp.)
0302.69.90 - - - Otros 0302.45.00 - - Jureles (Trachurus spp.)
0302.69.90 - - - Otros 0302.46.00 - - Cobias (Rachycentron canadum)
0302.69.90 - - - Otros 0302.54.00 - - Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.)
0302.69.90 - - - Otros 0302.55.00 - - Abadejo de Alaska (Theraga
chalcogramma)
0302.69.90 - - - Otros 0302.56.00 - - Bacaladillas (Micromesistius poutassou,
Micromesistius australis)
0302.69.90 - - - Otros 0302.59.00 - - Los demás
0302.69.90 - - - Otros 0302.72.00 - - Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus
spp., Clarias spp., Ictalurus spp.)
0302.69.90 - - - Otros 0302.73.00 - - Carpas (Cyprinus carpio, Carassius
carassius, Ctenopharyngodon idellus,
Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp.,
Mylopharyngodon piceus)
0302.69.90 - - - Otros 0302.79.00 - - Los demás
0302.69.90 - - - Otros 0302.82.00 - - Rayas (Rajidae)
0302.69.90 - - - Otros 0302.84.00 - - Róbalos (Dicentrarchus spp.)
0302.69.90 - - - Otros 0302.85.00 - - Sargos (Espáridos) (Sparidae)
0302.69.90 - - - Otros 0302.89.90 - - - Otros
0302.70.00 - Hígados, huevas y lechas 0302.90.00 - Hígados, huevas y lechas
Reestructuración de las subpartidas
0302.40 a 0302.70 para proporcionar por
separado un mayor número de especies a
clasificar. Enmienda adoptada como
resultado de la propuesta de la FAO para
mejorar la supervisión de la seguridad
alimentaria mundial
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0303.19.00 - - Los demás 0303.12.00 - - Los demás salmones del Pacífico
(Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus
kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus)
0303.21.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss,
Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita,
Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y
Oncorhynchus chrysogaster)
0303.14.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus
mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus
aguabonita, Oncorhynchus gilae,
Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster)
0303.22.00 - - Salmones del Atlántico (Salmo salar) y
salmones del Danubio (Hucho hucho)
0303.13.00 - - Salmones del Atlántico (Salmo salar) y
salmones del Danubio (Hucho hucho)
0303.29.00 - - Los demás 0303.19.00 - - Los demás
0303.39.00 - - Los demás 0303.34.00 - - Rodaballos (Psetta maxima,
Scophthalmidae)
0303.39.00 - - Los demás 0303.39.00 - - Los demás
0303.45.00 - - Atunes de aleta azul (comunes) (Thunnus
thynnus)
0303.45.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del
Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,
Thunnus orientalis)
0303.49.00 - - Los demás 0303.45.00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del
Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus,
Thunnus orientalis)
0303.49.00 - - Los demás 0303.49.00 - - Los demás
0303.52.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0303.63.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,
Gadus macrocephalus)
0303.61.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0303.57.00 - - Peces espada (Xiphias gladius)
0303.62.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra
(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia
negra) (Dissostichus spp.)
0303.83.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza
negra (merluza negra, bacalao de profundidad,
nototenia negra) (Dissostichus spp.)
0303.71.00 - - Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops spp.),
sardinelas (Sardinella spp.) y espadines (Sprattus
sprattus)
0303.53.00 - - Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops
spp.), sardinelas (Sardinella spp.) y espadines
(Sprattus sprattus)
0303.72.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus) 0303.64.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus)
Reestructuración de las subpartidas
0303.1 a 0303.29 para proporcionar por
separado un mayor número de especies a
clasificar. Creación de nuevas subpartidas
0303.34 de rodaballo. Ampliación del
alcance de la subpartida 0303.45 para
cubrir más especies
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0303.73.00 - - Carboneros (Pollachius virens) 0303.65.00 - - Carboneros (Pollachius virens)
0303.74.00 - - Caballas (macarelas) (Scomber scombrus,
Scomber australasicus, Scomber japonicus)
0303.54.00 - - Caballas (macarelas) (Scomber scombrus,
Scomber australasicus, Scomber japonicus)
0303.75.00 - - Escualos 0303.81.00 - - Cazones y demás escualos
0303.76.00 - - Anguilas (Anguilla spp.) 0303.26.00 - - Anguilas (Anguilla spp.)
0303.77.00 - - Róbalos (Dicentrarchus labrax, Dicentrarchus
punctatus)
0303.84.00 - - Róbalos (Dicentrarchus spp.)
0303.78.00 - - Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.) 0303.66.00 - - Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.)
0303.79.00 - - Los demás 0303.23.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.)
0303.79.00 - - Los demás 0303.24.00 - - Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus
spp., Clarias spp., Ictalurus spp.)
0303.79.00 - - Los demás 0303.25.00 - - Carpas (Cyprinus carpio, Carassius
carassius, Ctenopharyngodon idellus,
Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp.,
Mylopharyngodon piceus)
0303.79.00 - - Los demás 0303.29.00 - - Los demás
0303.79.00 - - Los demás 0303.55.00 - - Jureles (Trachurus spp.)
0303.79.00 - - Los demás 0303.56.00 - - Cobias (Rachycentron canadum)
0303.79.00 - - Los demás 0303.67.00 - - Abadejo de Alaska (Theraga
chalcogramma)
0303.79.00 - - Los demás 0303.68.00 - - Bacaladillas (Micromesistius poutassou,
Micromesistius australis)
0303.79.00 - - Los demás 0303.69.00 - - Los demás
0303.79.00 - - Los demás 0303.82.00 - - Rayas (Rajidae)
0303.79.00 - - Los demás 0303.89.00 - - Los demás
0303.79.00 - - Los demás 0303.90.00 - Hígados, huevas y lechas
Reestructuración de las subpartidas
0303.1 a 0303.29 para proporcionar por
separado un mayor número de especies a
clasificar. Creación de nuevas subpartidas
0303.34 de rodaballo. Ampliación del
alcance de la subpartida 0303.45 para
cubrir más especies
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
FILETES Y DEMAS CARNE DE PESCA-DO
(INCLUSO PICADA), FRESCOS,
REFRIGERADOS O CONGELADOS
FILETES Y DEMAS CARNE DE PESCA-DO
(INCLUSO PICADA), FRESCOS,
REFRIGERADOS O CONGELADOS
- Frescos o refrigerados - Filetes de los demás pescados, frescos o
refrigerados:
0304.11.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0304.45.00 - - Peces espada (Xiphias gladius)
0304.11.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0304.54.00 -Los demás, frescos o refrigerados sin filetear.
- - Peces espada (Xiphias gladius)
0304.12.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra
(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia
0304.46.00 - Filetes de los demás pescados, frescos o
refrigerados: - -
Austromerluza antártica y austromerluza negra
(merluza negra, bacalao de profundidad,
nototenia negra) (Dissostichus spp.)
0304.12.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra
(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia
0304.55.00 -Los demás, frescos o refrigerados sin filetear.
- - Austromerluza antártica y austromerluza
negra (merluza negra, bacalao de profundidad,
nototenia negra) (Dissostichus spp.)
0304.19.00 - - Los demás 0304.31.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.)
0304.19.00 - - Los demás 0304.32.00 - - Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus
spp., Clarias spp., Ictalurus spp.)
0304.19.00 - - Los demás 0304.33.00 - - Percas del Nilo (Lates niloticus)
0304.19.00 - - Los demás 0304.39.00 - - Los demás
0304.19.00 - - Los demás 0304.41.00 - - Salmones del pacífico (Oncorhynchus nerka,
Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus
0304.19.00 - - Los demás 0304.42.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus
mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus
aguabonita, Oncorhynchus gilae,
Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster)
Reestructuración de las subpartidas
0304.1 a 0304.29 para proporcionar por
separado un mayor número de especies a
clasificar. Creación de nuevas subpartidas
0304.93 a 0304.95 para ciertas especies
de peces. Enmienda adoptada como
resultado de la propuest
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0304.19.00 - - Los demás 0304.43.00 - - Peces planos (Pleuronectidae, Bothidae,
Cynoglossidae, Soleidae, Scophthalmidae y
Citharidae)
0304.19.00 - - Los demás 0304.44.00 - - Pescados de las familias Bregmacerotidae,
Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,
Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y
Muraenolepididae
0304.19.00 - - Los demás 0304.49.00 - - Los demás
0304.19.00 - - Los demás 0304.51.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez
gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias
spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,
Carassius carassius, Ctenopharyngodon
idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus
spp., Mylopharyngodon piceus), angu
0304.19.00 - - Los demás 0304.52.00 - - Salmónidos
0304.19.00 - - Los demás 0304.53.00 - - Pescados de las familias Bregmacerotidae,
Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,
Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y
0304.19.00 - - Los demás 0304.59.00 - - Los demás
- Filetes congelados - Filetes congelados de los demás pescados:
0304.21.00 - - Peces espada (Xiphias gladius) 0304.84.00 - - Peces espada (Xiphias gladius)
0304.22.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza negra
(merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia
negra) (Dissostichus spp.)
0304.85.00 - - Austromerluza antártica y austromerluza
negra (merluza negra, bacalao de profundidad,
nototenia negra) (Dissostichus spp.)
0304.29.10 - - - Pargos (Lutjanus spp.) 0304.89.10 - - - Pargos (Lutjanus spp.)
0304.29.20 - - - Dorados (Coryphaena hippurus) 0304.89.20 - - - Dorados (Coryphaena hippurus)
Reestructuración de las subpartidas
0304.1 a 0304.29 para proporcionar por
separado un mayor número de especies a
clasificar. Creación de nuevas subpartidas
0304.93 a 0304.95 para ciertas especies
de peces. Enmienda adoptada como
resultado de la propuest
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0304.29.30 - - - Cabrillas (Epinephelus spp., Paralabrax spp.) 0304.89.30 - - - Cabrillas (Epinephelus spp., Paralabrax
spp.)
0304.29.40 - - - Corvinas (Sciaena spp.) 0304.89.40 - - - Corvinas (Sciaena spp.)
0304.29.50 - - - Marlines (Makaria spp., Tetrapturus spp.) 0304.89.50 - - - Marlines (Makaira spp., Tetrapturus spp.)
0304.29.60 - - - Tilapias (Tilapia spp.) 0304.61.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.)
0304.29.60 - - - Tilapias (Tilapia spp.) 0304.89.60 - - - Las demás tilapias, excepto las que se
clasifican en el inciso arancelario 0304.61.00
0304.29.70 - - - Meros (Epinephelus guaza) 0304.89.70 - - - Meros (Epinephelus guaza)
0304.29.90 - - - Otros 0304.62.00 - - Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus
spp., Clarias spp., Ictalurus spp.)
0304.29.90 - - - Otros 0304.63.00 - - Percas del Nilo (Lates niloticus)
0304.29.90 - - - Otros 0304.69.00 - - Los demás
0304.29.90 - - - Otros 0304.71.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,
Gadus macrocephalus)
0304.29.90 - - - Otros 0304.72.00 - - Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus)
0304.29.90 - - - Otros 0304.73.00 - - Carboneros (Pollachius virens)
0304.29.90 - - - Otros 0304.74.00 - - Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.)
0304.29.90 - - - Otros 0304.75.00 - - Abadejo de Alaska (Theraga
chalcogramma)
0304.29.90 - - - Otros 0304.79.00 - - Los demás
0304.29.90 - - - Otros 0304.81.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus
nerka, Oncorhynchus gorbuscha,
Oncorhynchus keta, Oncorhynchus
tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), salmones del Atlántico (Salmo
salar) y salmones del Danubio (Hucho huch
Reestructuración de las subpartidas
0304.1 a 0304.29 para proporcionar por
separado un mayor número de especies a
clasificar. Creación de nuevas subpartidas
0304.93 a 0304.95 para ciertas especies
de peces. Enmienda adoptada como
resultado de la propuest
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0304.29.90 - - - Otros 0304.82.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus
mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus
aguabonita, Oncorhynchus gilae,
Oncorhynchus apache y Oncorhynchus
chrysogaster)
0304.29.90 - - - Otros 0304.83.00 - - Peces planos (Pleuronectidae, Bothidae,
Cynoglossidae, Soleidae, Scophthalmidae y
Citharidae)
0304.29.90 - - - Otros 0304.86.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea
pallasii)0304.29.90 - - - Otros 0304.87.00 - - Atunes (del género Thunnus), listados o
bonitos de vientre rayado (Euthynnus
(Katsuwonus) pelamis)
0304.29.90 - - - Otros 0304.89.90 - - - Otros
0304.99.00 - - Los demás 0304.93.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez
gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias
spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,
Carassius carassius, Ctenopharyngodon
idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus
spp., Mylopharyngodon piceus), angu
0304.99.00 - - Los demás 0304.94.00 - - Abadejo de Alaska (Theraga
chalcogramma)0304.99.00 - - Los demás 0304.95.00 - - Pescados de las familias Bregmacerotidae,
Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,
Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y
Muraenolepididae, excepto el abadejo de
Alaska (Theraga chalcogramma)
0304.99.00 - - Los demás 0304.99.00 - - Los demás
Reestructuración de las subpartidas
0304.1 a 0304.29 para proporcionar por
separado un mayor número de especies a
clasificar. Creación de nuevas subpartidas
0304.93 a 0304.95 para ciertas especies
de peces. Enmienda adoptada como
resultado de la propuest
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
- Filetes de pescado, secos, salados o en
salmuera, sin ahumar
0305.30.00 - Filetes de pescado, secos, salados o en
salmuera, sin ahumar
0305.31.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez
gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias
spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,
Carassius carassius, Ctenopharyngodon
idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus
spp., Mylopharyngodon piceus), angu
0305.30.00 - Filetes de pescado, secos, salados o en
salmuera, sin ahumar
0305.32.00 - - Pescados de las familias Bregmacerotidae,
Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae,
Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y
Muraenolepididae
0305.30.00 - Filetes de pescado, secos, salados o en
salmuera, sin ahumar
0305.39.00 - - Los demás
- Pescado ahumado, incluidos los filetes: - Pescado ahumado, incluidos los filetes,
excepto los despojos comestibles de pescado
0305.41.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,
Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
0305.41.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus
nerka, Oncorhynchus gorbuscha,
Oncorhynchus keta, Oncorhynchus
tschawytscha, Oncorhynchus kisutch,
Oncorhynchus masou y Oncorhynchus
rhodurus), salmones del Atlántico (Salmo
salar) y salmones del Danubio (Hucho huch
- Aletas, cabezas, colas, vejigas natatorias y
demás despojos, comestibles de pescado
0305.41.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,
Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.41.00 - - Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka,
Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta,
0305.79.00 - - Los demás
0305.42.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.42.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea
pallasii)
0305.42.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
Subdivisión de la subpartida 0305.30
proporciona por separado clasificación
para productos de ciertas especies de
peces. Transferencia de despojos de
peces comestibles a la subpartida 0305.7.
Creación de nuevas subpartidas 0305.43
a 0305.44 para ciertas especies de peces.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0305.42.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.79.00 - - Los demás
0305.49.00 - - Los demás 0305.43.00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus
mykiss,
0305.49.00 - - Los demás 0305.44.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez
gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias
spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,
Carassius carassius, Ctenopharyngodon
idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus
spp., Mylopharyngodon piceus), angu
0305.49.00 - - Los demás 0305.49.00 - - Los demás
0305.49.00 - - Los demás 0305.71.00 - - Aletas de tiburón
0305.49.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.49.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás
- Pescado seco, incluso salado, sin ahumar: - Pescado seco, escepto los despojos
comestibles, incluso salado, sin ahumar.
0305.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0305.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,
Gadus macrocephalus)
0305.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.51.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0305.79.00 - - Los demás
0305.59.00 - - Los demás 0305.59.00 - - Los demás
0305.59.00 - - Los demás 0305.71.00 - - Aletas de tiburón
Subdivisión de la subpartida 0305.30
proporciona por separado clasificación
para productos de ciertas especies de
peces. Transferencia de despojos de
peces comestibles a la subpartida 0305.7.
Creación de nuevas subpartidas 0305.43
a 0305.44 para ciertas especies de peces.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0305.59.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.59.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás
- Pescado salado sin secar ni ahumar y pescado
0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea
pallasii)
0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.79.00 - - Los demás
0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,
Gadus macrocephalus)
0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0305.79.00 - - Los demás
0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.)
0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.79.00 - - Los demás
0305.69.00 - - Los demás 0305.64.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez
gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias
spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,
Carassius carassius, Ctenopharyngodon
idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus
spp., Mylopharyngodon piceus), angu
0305.69.00 - - Los demás 0305.69.00 - - Los demás
0305.69.00 - - Los demás 0305.71.00 - - Aletas de tiburón
0305.69.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.69.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás
Subdivisión de la subpartida 0305.30
proporciona por separado clasificación
para productos de ciertas especies de
peces. Transferencia de despojos de
peces comestibles a la subpartida 0305.7.
Creación de nuevas subpartidas 0305.43
a 0305.44 para ciertas especies de peces.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0305.59.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.59.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás
- Pescado salado sin secar ni ahumar y pescado
0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea
pallasii)
0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.61.00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0305.79.00 - - Los demás
0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac,
Gadus macrocephalus)
0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.62.00 - - Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus
macrocephalus)
0305.79.00 - - Los demás
0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.)
0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.63.00 - - Anchoas (Engraulis spp.) 0305.79.00 - - Los demás
0305.69.00 - - Los demás 0305.64.00 - - Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez
gato (Pangasius spp, Silurus spp, Clarias spp.,
Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio,
Carassius carassius, Ctenopharyngodon
idellus, Hypophthalmichthys spp, Cirrhinus
spp., Mylopharyngodon piceus),
anguilas(Anguila spp), percas del Nilo (Lates
niloticus) y peces cabeza de serpiente
(Channa spp)
0305.69.00 - - Los demás 0305.69.00 - - Los demás
0305.69.00 - - Los demás 0305.71.00 - - Aletas de tiburón
0305.69.00 - - Los demás 0305.72.00 - - Cabezas, colas y vejigas natatorias, de
pescado
0305.69.00 - - Los demás 0305.79.00 - - Los demás
Subdivisión de la subpartida 0305.30
proporciona por separado clasificación
para productos de ciertas especies de
peces. Transferencia de despojos de
peces comestibles a la subpartida 0305.7.
Creación de nuevas subpartidas 0305.43
a 0305.44 para ciertas especies de peces.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
CRUSTACEOS, INCLUSO PELADOS, VIVOS,
FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS,
SECOS, SALADOS O ENSALMUERA;
CRUSTACEOS SIN PELAR, COCIDOS EN AGUA
O VAPOR, INCLUSO REFRIGERADOS,
CONGELADOS, SECOS, ALADOS O EN
SALMUERA; HARINA, POLVO Y "PELLETS" DE
CRUSTACEOS
CRUSTACEOS, INCLUSO PELADOS,
VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS,
CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN
SALMUERA; CRUSTACEOS AHUMADOS,
INCLUSO PELADOS O COCIDOS, ANTES O
DURANTE EL AHUMADO; CRUSTACEOS
SIN PELAR, COCIDOS EN AGUA O VAPOR,
INCLUSO REFRIGERADOS, CONGELADOS,
SECOS, SALADOS O EN SALMUERA;
HARINA, POLVO Y “PELLETS” DE
CRUSTACEOS, APTOS PARA LA
ALIMENTACION HUMANA
- Congelados - Congelados
-- Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp.,Jasus
spp.):
-- Langostas (Palinurus spp., Panulirus
spp.,Jasus spp.):
--- Sin pelar: --- Sin pelar:
0306.11.11 - - - - Enteras 0306.11.11 - - - - Enteras, sin ahumar
0306.11.12 - - - - Cabezas 0306.11.12 - - - - Cabezas, sin ahumar
0306.11.13 - - - - Colas 0306.11.13 - - - - Colas, sin ahumar
0306.11.20 - - - Peladas 0306.11.29 - - - - Las demás
0306.12.00 - - Bogavantes (Homarus spp.) 0306.12.90 -- Bogavantes (Homarus spp)
--- Ahumados, incluso pelados o cocidos antes
o durante el ahumado - - -
Otros
-- Camarones, langostinos y demás
Decápodosnatantia:
- - Los demás camarones, langostinos y otros
Decápodos natantia :
--- Camarones: --- Camarones
0306.13.11 - - - - Cultivados 0306.17.11 - - - - Cultivados, sin ahumar
0306.13.19 - - - - Los demás 0306.17.19 - - - Otros
0306.13.19 - - - - Los demás 0306.17.99 - - - - Los demás
0306.13.90 - - - Otros 0306.16.10 --Camarones y langostinos de agua fria
(Pandalus spp., Crangon crangon)
- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
0306.13.90 - - - Otros 0306.16.90 - - - - Los demás
0306.14.00 - - Cangrejos (excepto macruros) 0306.14.90 - - Cangrejos (excepto macruros) - -
- Otros
Ampliación del alcance de la partida 03.06
para cubrir ahumados. Subdivisión de las
subpartidas 0306.13 y 0306.23 para
proporcionar por separado la clasificación
de ciertos tipos de camarones y
langostinos. Creación de nuevas
subpartidas 0306.15 y 0306.25
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0306.19.00 - - Los demás, incluidos la harina, polvo y "pellets"
de crustáceos, aptos para la alimentación humana
0306.15.90 --Cigalas (Nephrops norvegicus)
- - - Otras
0306.19.00 - - Los demás, incluidos la harina, polvo y "pellets"
de crustáceos, aptos para la alimentación humana
0306.19.90 - - - Otros, incluidos la harina, polvo y “pellets”
de crustáceos, aptos para la alimentación
humana
-Sin congelar -Sin congelar
--Langostas (Palinurus spp., Panuiris spp.,
Jesus spp)
0306.21.00 - - Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp., Jasus
spp.)
0306.21.90 - - - Otras
0306.22.00 - - Bogavantes (Homarus spp.) 0306.22.90 --Bogavantes (Homarus spp)
- - - Otros
-- Camarones, langostinos y demás
Decápodosnatantia:
-Sin congelar
--Los demás Camarones, langostinos y demás
Decápodosnatantia natantia
0306.23.10 - - - Larvas para repoblación 0306.27.10 - - - Larvas para repoblación
0306.23.90 - - - Otros 0306.27.99 - - - - Los demás
0306.23.90 - - - Otros 0306.26.90 --Camarones y langostinos de agua fria
- - - Otros
0306.24.00 - - Cangrejos (excepto macruros) 0306.24.90 --Cangrejos (excepto macruros)
- - - Otros
0306.29.10 - - - Harina, polvo y "pellets" 0306.29.10 --Los demás, incluidos la harina, polvo y
"pellets" de crustáceos, aptos para la
alimentación humana.
- - - Harina, polvo y "pellets"
0306.29.90 - - - Otros 0306.25.90 --Cigalas (nephrops norvegicus)
- - - Otras
0306.29.90 - - - Otros 0306.29.99 --Los demás, incluidos la harina, polvo y
"pellets" de crustáceos, aptos para la
alimentación humana.
- - - - Los demás
Ampliación del alcance de la partida 03.06
para cubrir ahumados. Subdivisión de las
subpartidas 0306.13 y 0306.23 para
proporcionar por separado la clasificación
de ciertos tipos de camarones y
langostinos. Creación de nuevas
subpartidas 0306.15 y 0306.25
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
MOLUSCOS, INCLUSO SEPARADOS DE SUS VALVAS, VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; INVERTEBRADOS ACUATICOS, EXCEPTO LOS CRUSTACEOS Y MOLUSCOS, VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; HARINA, POLVO Y “PELLETS” DE INVERTEBRADOS ACUÁTICOS EXCEPTO LOS CRUSTÁCEOS, APTOS PARA LA ALIMERNTACIÓN HUMANA.
MOLUSCOS, INCLUSO SEPARADOS DE SUS VALVAS, VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; MOLUSCOS AHUMADOS, INCLUSO PELADOS O COCIDOS, ANTES O DURANTE EL AHUMADO; HARINA, POLVO Y “PELLETS” DE MOLUSCOS, APTOS PARA LA ALIMENTACION HUMANA
0307.10.00 - Ostras0307.11.00
-Ostras - - Vivas, frescas o refrigeradas
0307.10.00 - Ostras 0307.19.90 - - - Otras0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados
0307.71.00
- Almejas, berberechos y arcas (familias Arcidae, Arcticidae, Cardiidae, Donacidae, Hiatellidae, Mactridae, Mesodesmatidae, Myidae, Semelidae, Solecurtidae, Solenidae, Tridacnidae y Veneridae): - - Vivos, frescos o refrigerados
0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados0307.81.00
- Abulones u orejas de mar (Haliotis spp.): - - Vivos, frescos o refrigerados
0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados
0307.91.00
- Los demás, incluso la harina, polvo y "pellets", aptos para la alimentación humana: - - Vivos, frescos o refrigerados
0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados
0308.11.00
- Pepinos de mar (Stichopus japonicus, Holothurioidea): - - Vivos, frescos o refrigerados
0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados
0308.21.00
- Erizos de mar (Strongylocentrotus spp., Paracentrotus lividus, Loxechinus albus, Echichinus esculentus): - - Vivos, frescos o refrigerados
0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados0308.30.10
-Medusas -- Vivas, frescas o refrigeradas
0307.91.00 - - Vivos, frescos o refrigerados 0308.90.10 - - Vivos, frescos o refrigerados
Subdivisión de las subpartidas 0307.10 y 0307.99 para clasificar por separado las
ostras vivas, frescas o refrigeradas y ciertas especies de moluscos. Al mismo tiempo, la ampliación del alcance de la partida 03.07 para cubrir ahumados.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
LECHE Y NATA (CREMA), SIN CONCENTRAR,
SIN ADICION DE AZUCAR NI OTRO
EDULCORANTE
LECHE Y NATA (CREMA), SIN
CONCENTRAR, SIN ADICION DE AZUCAR
NI OTRO EDULCORANTE
0401.30.00 - Con un contenido de materias grasas superior al
6% en peso
0401.40.00 - Con un contenido de materias grasas
superior al 6% pero inferior o igual al 10%, en
peso
0401.30.00 - Con un contenido de materias grasas superior al
6% en peso
0401.50.00 - Con un contenido de materias grasas
superior al 10%, en peso
Subpartida 0401.30 se ha subdividido
para clasificar por separado los productos
de la partida 04.01, con un contenido de
materias grasas, en peso, superior al 6%
pero sin exceder del 10%.
HUEVOS DE AVE CON CASCARON,
FRESCOS, CONSERVADOS O COCIDOS
HUEVOS DE AVE CON CASCARA
(CASCARON), FRESCOS, CONSERVADOS
O COCIDOS
- Huevos fertilizados para incubación:
0407.00.10 - Huevos fértiles para la reproducción 0407.11.00 - - De gallina de la especie Gallus domesticus
0407.00.10 - Huevos fértiles para la reproducción 0407.19.00 - - Los demás
- Los demás huevos frescos:
0407.00.20 - Huevos de avestruz 0407.29.10 - - - De avestruz
0407.00.90 - Otros 0407.21.00 - - De gallina de la especie Gallus domesticus
0407.00.90 - Otros 0407.29.90 - - - Otros
0407.00.90 - Otros 0407.90.90 - - Otros
Partida 04.07 ha sido subdividido para
crear nuevas subpartidas 0407.11 y
0407.19 de huevos fecundados de
incubación y las subpartidas 0407.21 y
0407.29 para otros huevos frescos.
Enmiendas adoptadas como resultado de
la propuesta de la FAO
0603.19.40 - - - Lirios 0603.15.00 - - Azucenas (lirios) (Lilium spp.)
0603.19.99 - - - - Los demás 0603.19.99 - - - - Los demás
Creación de la nueva subpartida 0603.15
de lirios (Lilium spp.)
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
-Frescos
0604.10.00 - Musgos y líquenes 0604.20.10 - - Musgos y líquenes
-Los demás
0604.10.00 - Musgos y líquenes 0604.90.10 - - Musgos y líquenes
0604.91.10
--Frescos - -
- Arreglos
0604.20.20 - - Arreglos
0604.91.90 - - - Otros 0604.20.90 - - Otros
0604.99.10 - - - Arreglos 0604.90.20 - - Arreglos
0604.99.90 - - - Otros 0604.90.90 - - Otros
Eliminación de la subpartida 0604.10,
0604.91 y 0604.99 por el bajo volumen de
comercio
LAS DEMAS HORTALIZAS, FRESCAS O
REFRIGERADAS.
LAS DEMAS HORTALIZAS, FRESCAS O
REFRIGERADAS.
0709.90.10 - - Maíz dulce 0709.99.10 - - - Maíz dulce
0709.90.20 - - Chayotes 0709.99.20 - - - Chayotes
0709.90.30 - - Ayotes 0709.93.10 - - - Ayotes
0709.90.40 - - Okras 0709.99.30 - - - Okras
0709.90.50 - - Alcachofas (alcauciles) 0709.91.00 - - Alcachofas (alcauciles)
0709.90.90 - - Otras 0709.92.00 - - Aceitunas
0709.90.90 - - Otras 0709.93.20 - - - Zapallos
0709.90.90 - - Otras 0709.93.90 - - - Otros
0709.90.90 - - Otras 0709.99.90 - - - Otras
Subpartida 0709.90 ha sido subdividido
para crear nuevas subpartidas 0709.91 de
alcachofas, 0709.92 de aceitunas y
0709.93 de calabazas. Enmiendas
adoptadas como resultado de la propuesta
de la FAO para mejorar la supervisión de
la seguridad alimentaria mundial
- Frijoles (judías, porotos, alubias, fríjoles) (Vigna
spp., Phaseolus spp.):
- Frijoles (judías, porotos, alubias, fréjoles)
(Vigna spp., Phaseolus spp.):
0713.39.90 - - - Otros 0713.34.00 - - Bambara (Vigna subterranea o Voandzeia
subterranea)
0713.39.90 - - - Otros 0713.35.00 - - Salvaje o caupí (Vigna unguiculata)
0713.39.90 - - - Otros 0713.39.90 - - - Otros
0713.90.10 - - Gandules (Cajanus cajan) 0713.60.00 - Gandú o gandul (frijol de palo) (Cajanus
j )0713.90.90 - - Otras 0713.90.00 - Las demás
Creación de nuevas subpartidas 0713.34
para frijoles bambara (Vigna subterranea o
Voandzeia subterranea) y 0713.35 de
guisantes de vaca (Vigna unguiculata).
Creación de la nueva subpartida 0713.60
para pigeon peas (Cajanus cajan).
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0714.90.10 - - Malanga (ñampí) (Colocasia esculenta) 0714.40.10 - - Ñampí (Colocasia esculenta)0714.90.20 - - Ñames (Dioscorea alata) 0714.30.20 - - Ñames (Dioscorea alata)0714.90.30 - - Tiquisque (yautía) (Xanthosoma saggitifolium) 0714.50.10 - - Tiquisque (yautía) (Xanthosoma
saggitifolium)0714.90.40 - - Yampí (Dioscorea trifida) 0714.30.10 - - Yampí (Dioscorea trifida)0714.90.90 - - Otros 0714.30.90 - - Otros0714.90.90 - - Otros 0714.40.90 - - Otras0714.90.90 - - Otros 0714.50.90 - - Otras0714.90.90 - - Otros 0714.90.00 - Los demás
Creación de nuevas subpartidas 0714.30, 0714.40 y 0714.50 de ñame (Dioscorea
spp.), taro (Colocasia spp.) y yautia (Xanthosoma spp.), respectivamente.
COCOS, NUECES DEL BRASIL Y NUECES DE MARAÑON (MEREY, CAJUIL, ANACARDO, "CAJU"), FRESCOS O SECOS, INCLUSO SIN CASCARA O MONDADOS.
COCOS, NUECES DEL BRASIL Y NUECES DE MARAÑON (MEREY, CAJUIL, ANACARDO, "CAJU"), FRESCOS O SECOS, INCLUSO SIN CASCARA O MONDADOS.
-Cocos --Rayados
-Cocos --Rayados
0801.19.00 - - Los demás 0801.12.00 - - Con la cáscara interna (endocarpio)0801.19.00 - - Los demás 0801.19.00 - - Los demás
Creación de nuevas subpartidas 0801.12 de Cocos. Enmienda adoptada como
resultado de la propuesta de la FAO para mejorar la supervisión de la seguridad
alimentaria mundial
0802.40.00 - Castañas (Castanea spp.) 0802.41.00 - - Con cáscara
0802.40.00 - Castañas (Castanea spp.) 0802.42.00 - - Sin cáscara
0802.50.00 - Pistachos 0802.51.00 - - Con cáscara
0802.50.00 - Pistachos 0802.52.00 - - Sin cáscara
0802.60.00 - Nueces de macadamia 0802.61.00 - - Con cáscara
0802.60.00 - Nueces de macadamia 0802.62.00 - - Sin cáscara
0802.90.00 - Los demás 0802.70.00 - Nueces de cola (Cola spp.)
0802.90.00 - Los demás 0802.80.00 - Nueces de areca
0802.90.00 - Los demás 0802.90.00 - Los demás
Las subpartidas 0802.40, 0802.50 y
0802.60 se han subdividido para clasificar
por separado las castañas (Castanea
spp.), pistachos y macadamia. Al mismo
tiempo, nuevas subpartidas se han creado
para 0802.70 y 0802.80 de nueces de kola
(Cola spp.) y nueces de areca
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
- Bananas (Musa balbisiaca acuminata,
Musaparadisiaca o Musa fapientum):
0803.00.11 - - Frescas 0803.90.11 - - - Frescas
0803.00.12 - - Secas 0803.90.12 - - - Secas
0803.00.20 - Plátanos (Musa acuminata var. Plantain) 0803.10.00 - Plátanos
0803.00.90 - Otros 0803.90.90 - - Otros
Partida 08.03 se ha subdividido para
clasificar por separado los plátanos.
Enmienda aprobada como consecuencia
de la propuesta de la FAO para mejorar la
supervisión de la seguridad alimentaria
mundial
0809.20.00 - Cerezas 0809.21.00 - - Guindas (cerezas ácidas) (Prunus cerasus)
0809.20.00 - Cerezas 0809.29.00 - - Las demás
Subpartida 0809.20 ha sido subdividido
para clasificar por separado guindas
(Prunus cerasus).
0808.20.10 - - Peras 0808.30.00 - Peras
0808.20.20 - - Membrillos 0808.40.00 - Membrillos
Subpartida 0808.20 se ha subdividido
para crear nuevas subpartidas 0808.30 de
peras y 0808.40 de quinches.
0810.90.60 - - Grosellas, incluido el casis 0810.30.00 - Grosellas negras, blancas o rojas y grosellas
espinosas
0810.90.90 - - Otros 0810.70.00 - Caquis (persimonios)
0810.90.90 - - Otros 0810.90.90 - - Otros
Creación de nuevas subpartidas 0810.30
de grosellas negras, blancas o rojas y uva
espín y nueva subpartida 0810.70 de
caquis.
- Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta,
secos, triturados o pulverizados:
-Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta:
0904.20.10 - - Sin triturar ni pulverizar 0904.21.00 - - Secos, sin triturar ni pulverizar
0904.20.20 - - Triturados o pulverizados 0904.22.00 - - Triturados o pulverizados
Subpartida 0904.20 ha sido subdividida
para clasificar por separado frutos de los
géneros Capsicum o Pimenta de las
partidas 09.04, triturados o molidos.
0905.00.00 VAINILLA 0905.10.00 - Sin triturar ni pulverizar
0905.00.00 VAINILLA 0905.20.00 - Triturada o pulverizada
Partida 09.05 se ha subdividido para
clasificar por separado la vainilla triturada
o molida.
0907.00.00 CLAVO (FRUTOS, CLAVILLOS Y
PEDUNCULOS)
0907.10.00 - Sin triturar ni pulverizar
0907.00.00 CLAVO (FRUTOS, CLAVILLOS Y
PEDUNCULOS)
0907.20.00 - Triturado o pulverizado
Partida 09.07 se ha subdividido para
clasificar por separado clavo triturado o
molido.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
0908.10.00 - Nuez moscada 0908.11.00 - - Sin triturar ni pulverizar
0908.10.00 - Nuez moscada 0908.12.00 - - Triturada o pulverizada
0908.20.00 - Macis 0908.21.00 - - Sin triturar ni pulverizar
0908.20.00 - Macis 0908.22.00 - - Triturado o pulverizado
0908.30.10 - - Amomos 0908.31.10 - - Sin triturar ni pulverizar
- - - Amomos
0908.30.10 - - Amomos 0908.32.10 - - Triturado o pulverizado
- - - Amomos
0908.30.20 - - Cardamomos 0908.31.20 - - Sin triturar ni pulverizar
- - - Cardamomos
0908.30.20 - - Cardamomos 0908.32.20 - - Triturado o pulverizado
- - - Cardamomos
Las subpartidas 0908.10, 0908.20 y
0908.30 se han subdividido para clasificar
por separado la nuez moscada triturado o
molido, Maza o cardamomo.
0909.10.00 - Semillas de anís o de badiana0909.61.10
- - Sin triturar ni pulverizar
- - - Semillas de anís o de badiana
0909.10.00 - Semillas de anís o de badiana0909.62.10
- - Trituradas o pulverizadas
- - - Semillas de anís o de badiana
0909.20.00 - Semillas de cilantro (culantro) 0909.21.00 - - Sin triturar ni pulverizar
0909.20.00 - Semillas de cilantro (culantro) 0909.22.00 - - Trituradas o pulverizadas
0909.30.00 - Semillas de comino 0909.31.00 - - Sin triturar ni pulverizar
0909.30.00 - Semillas de comino 0909.32.00 - - Trituradas o pulverizadas
0909.40.00 - Semillas de alcaravea0909.61.20
- - Sin triturar ni pulverizar
- - - Semillas de alcaravea
0909.40.00 - Semillas de alcaravea0909.62.20
- - Trituradas o pulverizadas
- - - Semillas de alcaravea
0909.50.00 - Semillas de hinojo; bayas de enebro0909.61.30
- - Sin triturar ni pulverizar
- - - Semillas de hinojo; bayas de enebro
0909.50.00 - Semillas de hinojo; bayas de enebro0909.62.30
- - Trituradas o pulverizadas
- - - Semillas de hinojo; bayas de enebro
Eliminación de las subpartidas 0909.10,
0909.40 y 0909.50 por el bajo volumen de
comercio. Al mismo tiempo, se han creado
nuevas subpartidas para la clasificación
de especias triturados o molidos de la
partida 09.09.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
JENGIBRE, AZAFRAN, CURCUMA, TOMILLO,
HOJAS DE LAUREL, “CURRY Y DEMAS
ESPECIAS.
JENGIBRE, AZAFRAN, CURCUMA,
TOMILLO, HOJAS DE LAUREL, “CURRY Y
DEMAS ESPECIAS.
-Jenjibre
--Seco
-Jenjibre
--Sin triturar ni pulverizar
0910.10.11 - - - Sin triturar ni pulverizar 0910.11.10 - - - Seco
0910.10.12 - - - Triturado o pulverizado 0910.12.10 - - - Seco
--Triturado o pulverizado
0910.10.90 - - Otros 0910.11.90 - - - Otros
0910.10.90 - - Otros 0910.12.90 - - - Otros
Subpartida 0910.10 ha sido subdividido
para clasificar por separado el jengibre
triturado o molido. Enmienda adoptada
como resultado de la propuesta de la FAO
para mejorar la supervisión de la
seguridad alimentaria mundial.
1001.10.00 - Trigo duro 1001.11.00 - - Para siembra
1001.10.00 - Trigo duro 1001.19.00 - - Los demás
1001.90.00 - Los demás 1001.91.00 - - Para siembra
1001.90.00 - Los demás 1001.99.00 - - Los demás
Las subpartidas 1001.10 y 1001.90 se han
subdividido para clasificar por separado
las semillas de trigo duro, trigo y otras de
tranquilón.
1002.00.00 CENTENO 1002.10.00 - Para siembra
1002.00.00 CENTENO 1002.90.00 - Los demás
Partida 10.02 se ha subdividido para
clasificar por separado las semillas de
centeno.
1003.00.00 CEBADA 1003.10.00 - Para siembra
1003.00.00 CEBADA 1003.90.00 - Los demás
Partida 10.03 se ha subdividido para
clasificar por separado las semillas de
cebada.
1004.00.00 AVENA 1004.10.00 - Para siembra
1004.00.00 AVENA 1004.90.00 - Los demás
Partida 10.04 se ha subdividido para
clasificar por separado las semillas de
avena.
SORGO DE GRANO (GRANIFERO). SORGO DE GRANO (GRANIFERO).
1007.00.10 - Para siembra 1007.10.00 - Para siembra
1007.00.90 - Otros 1007.90.00 - Los demás
Partida 10.07 ha sido subdividido para
clasificar por separado las semilla de
sorgo de grano.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
-Mijo -Mijo
1008.20.10 - - Para siembra 1008.21.00 - - Para siembra
1008.20.90 - - Otros 1008.29.00 - - Los demás
1008.90.00 - Los demás cereales 1008.40.00 - Fonio (Digitaria spp.)
1008.90.00 - Los demás cereales 1008.50.00 - Quinua (quinoa) (Chenopodium quinoa)
1008.90.00 - Los demás cereales 1008.60.00 - Triticale
1008.90.00 - Los demás cereales 1008.90.00 - Los demás cereales
Subpartida 1008.20 ha sido subdividido
para clasificar por separado las semillas
de mijo. Al mismo tiempo, nuevas
subpartidas se han creado para algunas
especies, triticale final de quinua,
respectivamente.
1102.10.00 - Harina de centeno 1102.90.40 - - Harina de centeno Eliminación de la subpartida 1102.10 por
el bajo volumen de comercio
HABAS (FRIJOLES, POROTOS, FREJOLES) DE
SOJA (SOYA), INCLUSO QUEBRANTADAS.
HABAS (FRIJOLES, POROTOS, FREJOLES)
DE SOJA (SOYA), INCLUSO
QUEBRANTADAS.
1201.00.10 - Para siembra 1201.10.00 - Para siembra
1201.00.90 - Otras 1201.90.00 - Las demás
Partida 12.01 ha sido subdividida para
proporcionar por separado la clasificación
de las semillas de soja.
CACAHUATES (CACAHUETES, MANIES) SIN
TOSTAR NI COCER DE OTRO MODO, INCLUSO
SIN CASCARA O QUEBRANTADOS
CACAHUATES (CACAHUETES, MANIES)
SIN TOSTAR NI COCER DE OTRO MODO,
INCLUSO SIN CASCARA O
- Con cáscara:
1202.10.10 - - Para siembra 1202.30.00 - Para siembra
1202.10.90 - - Otros 1202.41.00 - - Con cáscara
- Sin cáscara, incluso quebrantados: -Los demás
1202.20.10 - - Para siembra 1202.30.00 - Para siembra
1202.20.90 - - Otros 1202.42.00 - - Sin cáscara, incluso quebrantados
Creación de la nueva subpartida 1202.30
semillas de cacahuetes para la siembra,
ya que la misma se siembra.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
LAS DEMAS SEMILLAS Y FRUTOS
OLEAGINOSOS, INCLUSO QUEBRANTADOS.
LAS DEMAS SEMILLAS Y FRUTOS
OLEAGINOSOS, INCLUSO
QUEBRANTADOS.
- Semilla de algodón: - Semilla de algodón:
1207.20.10 - - Para siembra 1207.21.00 - - Para siembra
1207.20.90 - - Otras 1207.29.00 - - Las demás
- Semilla de sésamo (ajonjolí): - Semilla de sésamo (ajonjolí):
1207.40.10 - - Con cáscara 1207.40.10 - - Con cáscara
1207.40.20 - - Sin cáscara 1207.40.20 - - Sin cáscara
1207.50.00 - Semilla de mostaza 1207.50.00 - Semillas de mostaza
--- Nuez y almendra de palma - Nueces y almendras de palma:
1207.99.11 - - - - Para siembra 1207.10.10 - - Para siembra
1207.99.19 - - - - Las demás 1207.10.90 - - Otras
1207.99.20 - - - Semilla de ricino 1207.30.00 - Semillas de ricino
1207.99.30 - - - Semilla de cártamo 1207.60.00 - Semillas de cártamo (Carthamus tinctorius)
1207.99.90 - - - Otros 1207.70.00 - Semillas de melón
1207.99.90 - - - Otros 1207.99.00 - - Los demás
Se han creado nuevas subpartidas para
proporcionar por separado la clasificación
de las nueces de Palma y granos, semillas
de aceite de ricino, cártamo y semillas de
melón. Al mismo tiempo, la subpartida
1207.20 ha sido subdividido para crear
por separado las semillas de algodon.
Enmiendas adoptadas como resultado de
la propuesta de la FAO para mejorar la
supervisión de la seguridad alimentaria
mundial
ALGARROBAS, ALGAS, REMOLACHA AZUCARERA Y CAÑA DE AZUCAR, FRESCAS, REFRIGERADAS, CONGELADAS O SECAS, INCLUSO PULVERIZADAS; HUESOS (CAROZOS) Y ALMENDRAS DE FRUTOS Y DEMAS PRODUCTOS VEGETALES (INCLUIDAS LAS RAICES DE ACHICORIA SIN TOSTAR DE LA VARIEDAD CICHORIUM
INTYBUS SATIVUM ) EMPLEADOS PRINCIPALMENTE EN LA ALIMENTACIÓN HUMANA, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE
ALGARROBAS, ALGAS, REMOLACHAS, AZUCARERA Y CAÑA DE AZUCAR, FRESCAS, REFRIGERADAS, CONGELADAS O SECAS, INCLUSO PULVERIZADAS; HUESOS (CAROZOS) Y ALMENDRAS DE FRUTOS Y DEMAS PRODUCTOS VEGETALES (INCLUIDAS LAS RAICES DE ACHICORIA SIN TOSTAR DE LA VARIEDAD CICHORIUM INTYBUS
SATIVUM ) EMPLEADOS PRINCIPALMENTE EN LA ALIMENTACION HUMANA, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE
1212.20.00 - Algas 1212.21.00 - - Aptas para la alimentación humana1212.20.00 - Algas 1212.29.00 - - Las demás1212.99.10 - - - Caña de azúcar 1212.93.00 - - Caña de azúcar1212.99.20 - - - Algarrobas y sus semillas
1212.92.10--Algarrobas - - - Semillas
1212.99.20 - - - Algarrobas y sus semillas 1212.92.90 - - - Otras1212.99.90 - - - Otros 1212.94.00 - - Raíces de achicoria1212.99.90 - - - Otros 1212.99.90 - - - Otros
Subpartida 1212.20 ha sido subdividido para clasificar por separado algas y otras algas, aptas para el consumo humano. Al
mismo tiempo, nuevas subpartidas 1212.92, 1212.93 y 1212.94 se han
creado para algarrobas, caña de azúcar y raíces de achicoria, resp
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
1501.00.00 GRASA DE CERDO (INCLUIDA LA MANTECA
DE CERDO) Y GRASA DE AVE, EXCEPTO LAS
DE LAS PARTIDAS 02.09 ó 15.03
1501.10.00 - Manteca de cerdo
1501.00.00 GRASA DE CERDO (INCLUIDA LA MANTECA
DE CERDO) Y GRASA DE AVE, EXCEPTO LAS
DE LAS PARTIDAS 02.09 ó 15.03
1501.20.00 - Las demás grasas de cerdo
1501.00.00 GRASA DE CERDO (INCLUIDA LA MANTECA
DE CERDO) Y GRASA DE AVE, EXCEPTO LAS
DE LAS PARTIDAS 02.09 ó 15.03
1501.90.00 - Las demás
1502.00.00 GRASA DE ANIMALES DE LAS ESPECIES
BOVINA, OVINA O CAPRINA, EXCEPTO LAS DE
LA PARTIDA 15.03
1502.10.00 - Sebo
1502.00.00 GRASA DE ANIMALES DE LAS ESPECIES
BOVINA, OVINA O CAPRINA, EXCEPTO LAS DE
LA PARTIDA 15.03
1502.90.00 - Las demás
Partida 15.01 se ha subdividido para
proporcionar por separado la clasificación
de la manteca de cerdo y otras grasas de
cerdo, respectivamente. Enmienda
aprobada como consecuencia de la
propuesta de la FAO para mejorar la
supervisión de la seguridad alimentaria
mundial
1604.20.00 - Las demás preparaciones y conservas de
pescado
1604.17.00 - - Anguilas
1604.20.00 - Las demás preparaciones y conservas de
pescado
1604.20.00 - Las demás preparaciones y conservas de
pescado
1604.30.00 - Caviar y sus sucedáneos 1604.31.00 - - Caviar
1604.30.00 - Caviar y sus sucedáneos 1604.32.00 - - Sucedáneos del caviar
Nueva subpartida 1604.17 se ha creado
para clasificar por separado para las
anguilas preparadas o conservas.
Subpartida 1604.30 ha sido subdividida
para la clasificación del del caviar y
sucedáneos de caviar.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
CRUSTACEOS, MOLUSCOS Y DEMAS
INVERTEBRADOS ACUATICOS, PREPARADOS
O CONSERVADOS.
CRUSTACEOS, INCLUSO PELADOS,
VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS,
CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN
SALMUERA; CRUSTACEOS AHUMADOS,
INCLUSO PELADOS O COCIDOS, ANTES O
DURANTE EL AHUMADO; CRUSTACEOS
SIN PELAR, COCIDOS EN AGUA O VAPOOR,
INCLUSO REFRIGERADOS, CONGELADOSS,
SECOS, SALADOS O EN SALMUERA;
HARINA, POLVO Y “PELLETS” DE
CRUSTACEOS, APTOS PARA LA
ALIMENTACION HUMANA
1605.10.00 - Cangrejos, excepto macruros 0306.14.10 - Congelados
- - Cangrejos (excepto macruros):
- - - Ahumados, incluso pelados cocidos antes
o durante el ahumado
1605.10.00 - Cangrejos, excepto macruros 0306.24.10 - Sin congelar
- - Cangrejos (excepto macruros):
- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos
natantia
0306.16.10 -Congelados
--Camarones y langostinos de agua fria
- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos
natantia
0306.17.12 - - - - Cultivados, ahumados, incluso pelados o
cocidos antes o durante el ahumado
1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos
natantia
0306.17.13 - - - - Los demás, ahumados, incluso pelados o
cocidos antes o durante el ahumado
1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos
natantia
0306.17.91 ---Otros
- - - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos
natantia
0306.26.10 -Sin congelar
- -Camarones y langostinos de agua fria
- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos
natantia
0306.27.91 -Sin congelar
--Los demás camarones, langostinos y otros
decápodos natantia
---- Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
Ampliación del alcance de la partida 03.06
para cubrir ahumados. Subdivisión de las
subpartidas 0306.13 y 0306.23 para
proporcionar por separado la clasificación
de ciertos tipos de camarones y
langostinos. Creación de nuevas
subpartidas 0306.15 y 0306.25.
Transferencia de todos los productos
ahumados a las partidas 0306, 0307 y la
nueva partida 0308. La subpartida
1605.20 se ha subdividido para
proporcionar por separado la clasificación
de ciertos tipos de camarones y
langostinos envasados. La partida
1605.90 se subdivide para clasificar por
separado ciertos moluscos invertebrados
acuaticos.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos
natantia
1605.21.00 - - Presentados en envases no herméticos
1605.20.00 - Camarones, langostinos y demás Decápodos
natantia
1605.29.00 - - Los demás
1605.30.00 - Bogavantes 0306.12.10 -Congelados
--Bogavantes
- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.30.00 - Bogavantes 0306.22.10 -Sin congelar
--Bogavantes
- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.40.10 - - Langostas 0306.11.14 - - - - Enteras, cabezas y colas, ahumadas,
incluso cocidas antes o durante el ahumado
1605.40.10 - - Langostas 0306.11.21 - - - - Ahumadas, incluso cocidas antes o
durante el ahumado
1605.40.10 - - Langostas 0306.15.10 - - - Ahumadas, incluso peladas o cocidas
antes o durante el ahumado
1605.90.00 - Los demás 0307.19.10 - - - Ahumadas, incluso peladas o cocidas
antes o durante el ahumado
1605.90.00 - Los demás 0307.89.10 - - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.90.00 - Los demás 0307.99.10 - - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.90.00 - Los demás 0308.19.10 --Pepinos de mar
- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.90.00 - Los demás 0308.29.10 --Erizos de mar
- - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
1605.90.00 - Los demás 0308.30.91 --Medusas
- - - Ahumadas, incluso peladas o cocidas
antes o durante el ahumado
1605.90.00 - Los demás 0308.90.91 - - - Ahumados, incluso pelados o cocidos
antes o durante el ahumado
Ampliación del alcance de la partida 03.06
para cubrir ahumados. Subdivisión de las
subpartidas 0306.13 y 0306.23 para
proporcionar por separado la clasificación
de ciertos tipos de camarones y
langostinos. Creación de nuevas
subpartidas 0306.15 y 0306.25.
Transferencia de todos los productos
ahumados a las partidas 0306, 0307 y la
nueva partida 0308. La subpartida
1605.20 se ha subdividido para
proporcionar por separado la clasificación
de ciertos tipos de camarones y
langostinos envasados.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
1605.90.00 - Los demás 1605.51.00 - - Ostras
1605.90.00 - Los demás 1605.52.00 - - Vieiras
1605.90.00 - Los demás 1605.53.00 - - Mejillones
1605.90.00 - Los demás 1605.54.00 - - Jibias (sepias) y calamares
1605.90.00 - Los demás 1605.55.00 - - Pulpos
1605.90.00 - Los demás 1605.56.00 - - Almejas, berberechos y arcas
1605.90.00 - Los demás 1605.57.00 - - Abulones u orejas de mar
1605.90.00 - Los demás 1605.58.00 - - Caracoles, excepto los de mar
1605.90.00 - Los demás 1605.59.00 - - Los demás
1605.90.00 - Los demás 1605.61.00 - - Pepinos de mar
1605.90.00 - Los demás 1605.62.00 - - Erizos de mar
1605.90.00 - Los demás 1605.63.00 - - Medusas
1605.90.00 - Los demás 1605.69.00 - - Los demás
La partida 1605.90 se subdivide para
clasificar por separado ciertos moluscos
invertebrados acuaticos.
1701.11.00 - - De caña 1701.13.00 - - Azúcar de caña mencionado en la Nota 2 de
subpartida de este Capítulo
1701.11.00 - - De caña 1701.14.00 - - Los demás azúcares de caña
Creación de la subpartida nueva 1701.13
para el azúcar de caña especificado en
subpartida nota 2 del capítulo 17, la cual
dice "La subpartida 1701.13 comprende
solamente el azúcar de caña, obtenida
sin centrifugación, con un contenido de
sacarosa en peso, en estado seco,
correspondiente a una lectura
polarimétrica superior o igual a 69º pero
inferior a 93º. El producto contiene
solamente microcristales anhidros
naturales, de forma irregular, invisibles a
simple vista, rodeados por residuos de
melaza y demás constituyentes del
azúcar de caña. "
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
2003.20.00 - Trufas 2003.90.10 - - Trufas
2003.90.00 - Los demás 2003.90.90 - - Otros
Eliminación de la subpartida 2003.20 por
el bajo volumen de comercio
2008.92.00 - - Mezclas 2008.97.00 - - Mezclas
2008.99.00 - - Los demás 2008.93.00 - - Arándanos rojos (Vaccinium macrocarpon,
Vaccinium oxycoccos, Vaccinium vitis-idaea)
2008.99.00 - - Los demás 2008.99.00 - - Los demás
Creación de nuevas subpartidas 2008.93
para el arándano. Subpartida 2008.92
ahora será la 2008.97
2009.80.10 - - Jugo concentrado de pera, membrillo,
albaricoque (damasco, chabacano), cereza,
melocotón (durazno), ciruela o endrina, incluso
congelado
2009.89.10 - - - Jugo concentrado de pera, membrillo,
albaricoque (damasco, chabacano), cereza,
melocotón (durazno), ciruela o endrina, incluso
congelado
2009.80.20 - - Jugo de maracuyá (Passiflora spp.) 2009.89.20 - - - Jugo de maracuyá (Passiflora spp.)
2009.80.30 - - Jugo de guanábana (Annona muricata) 2009.89.30 - - - Jugo de guanábana (Annona muricata)
2009.80.40 - - Jugo concentrado de tamarindo 2009.89.40 - - - Jugo concentrado de tamarindo
2009.80.90 - - Otros 2009.81.00 - - De arándanos rojos (Vaccinium
macrocarpon, Vaccinium oxycoccos,
Vaccinium vitis-idaea)
2009.80.90 - - Otros 2009.89.90 - - - Otros
Creación de nuevas subpartidas 2009.81
de jugo de arándano
2403.10.10 - - Picadura de tabaco, para hacer cigarrillos 2403.19.10 - - - Picadura de tabaco, para hacer cigarrillos
2403.10.90 - - Otros 2403.11.00 - - Tabaco para pipa de agua mencionado en
la Nota 1 de subpartida de este Capítulo
2403.10.90 - - Otros 2403.19.90 - - - Otros
Creación de la subpartida nueva 2403.11
para el tabaco de pipa de agua
especificado en subpartida nota 1 del
capítulo 24.
CAPITULO 24 NOTA DE SUBPARTIDA
En la subpartida 2403.11, se considera tabaco para pipa de agua, el tabaco
destinado a ser fumado en una pipa de agua y que está constituido por una mezcla
de tabaco y glicerol, incluso con aceites y extractos aromáticos, melaza o azúcar, e
incluso aromatizado o saborizado con frutas. Sin embargo, los productos para pipa
de agua, que no contengan tabaco, se excluyen de esta subpartida.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
2710.11.10 - - - Eter de petróleo 2710.12.10 - - - Éter de petróleo2710.11.20 - - - Gasolina de aviación 2710.12.20 - - - Gasolina de aviación2710.11.30 - - - Las demás gasolinas 2710.12.30 - - - Las demás gasolinas2710.11.40 - - - Espíritu blanco (“White spirit”) 2710.12.40 - - - Espíritu blanco (“White spirit”)2710.11.51 - - - - Nafta 2710.12.51 - - - - Nafta2710.11.59 - - - - Los demás 2710.12.59 - - - - Los demás2710.11.90 - - - Otros 2710.12.90 - - - Otros
- Aceites de petróleo o de mineral bituminoso (excepto los aceites crudos) y preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base, que contengan biodiésel, excepto los desechos de aceites:
2710.11.90 - - - Otros 2710.20.10 - - Aceites ligeros (livianos) y sus preparaciones
2710.19.19 - - - - Los demás 2710.20.20 - - Aceites medios y sus preparaciones2710.19.19 - - - - Los demás 2710.20.30 - - Aceites pesados y sus preparaciones2710.19.29 - - - - Los demás 2710.20.90 - - Las demás preparaciones, no expresadas
ni comprendidas en otra parte2710.19.29 - - - - Los demás 2710.19.19 - - - - Los demás2710.19.99 - - - - Las demás 2710.19.29 - - - - Los demás2710.19.99 - - - - Las demás 2710.19.99 - - - - Las demás
Creación de nuevas subpartidas 2710.20 de biodiesel que contenga en peso 70% o
más de los aceites de petróleo o de minerales bituminosos. A los efectos de
las subpartidas de la partida 27.10, se ha definido el término "biodiesel" en la nota
número 5 de la subpartida del capítulo 27, la cual indica: "En las subpartidas de la
partida 27.10, el término biodiésel
designa a los ésteres monoalquílicos de
ácidos grasos de los tipos utilizados
como carburantes o combustibles,
derivados de grasas y aceites animales o
vegetales, incluso usados."
2528.10.00 - Boratos de sodio naturales y sus concentrados
(incluso calcinados)
2528.00.10 - Boratos de sodio naturales y sus
concentrados (incluso calcinados)
2528.90.00 - Los demás 2528.00.90 - Los demás
Debido al bajo volumen de comercio se
han eliminado las subpartidas 2528.10 y
2528.90
CAPITULO 27, NOTA DE SUBPARTIDA: En las subpartidas de la partida 27.10, el
término biodiesel designa a los ésteres monoalquílicos de ácidos grasos de los tipos
utilizados como carburantes o combustibles, derivados de grasas y aceites animales o
vegetales, incluso usados.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
SULFUROS; POLISULFUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA -Los demás sulfuros de sodio
SULFUROS; POLISULFUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA -Los demás sulfuros de sodio
2830.90.90 - - Otros 2852.90.00 - Los demás2835.39.00 - - Los demás 2852.90.00 - Los demás2842.10.00 - Silicatos dobles o complejos, incluidos los
aluminosilicatos, aunque no sean de constitución química definida
2852.90.00 - Los demás
2848.00.00 FOSFUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS FERROFOSFOROS
2852.90.00 - Los demás
2849.90.00 - Los demás 2852.90.00 - Los demás2850.00.00 HIDRUROS, NITRUROS, AZIDUROS (AZIDAS),
SILICIUROS Y BORUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS COMPUESTOS QUE CONSISTAN IGUALMENTE EN CARBUROS DE LA PARTIDA 28.49
2850.00.00 HIDRUROS, NITRUROS, AZIDUROS (AZIDAS), SILICIUROS Y BORUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS COMPUESTOS QUE CONSISTAN IGUALMENTE EN CARBUROS DE LA PARTIDA 28.49
2850.00.00 HIDRUROS, NITRUROS, AZIDUROS (AZIDAS), SILICIUROS Y BORUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS COMPUESTOS QUE CONSISTAN IGUALMENTE EN CARBUROS DE LA PARTIDA 28.49
2852.90.00 - Los demás
2852.00.00 COMPUESTOS INORGÁNICOS U ORGÁNICOS, DE MERCURIO, EXCEPTO LAS AMALGAMAS
2852.10.00 - De constitución química definida
Se trasladan los compuestops de mercurio de constitución química no definida a la
partida 2852.90.
CAPITULO 28 , NOTA DE SUBPARTIDA: En la subpartida 2852.10, se entiende
por de constitución química definida todos los compuestos orgánicos o
inorgánicos de mercurio que cumplan las condiciones de los apartados a) a e) de
la Nota 1 del Capítulo 28 o los apartados a) a h) de la Nota 1 del Capítulo 29.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
2903.41.00 - - Triclorofluorometano 2903.77.10 - - - Triclorofluorometano
2903.42.00 - - Diclorodifluorometano 2903.77.20 - - - Diclorodifluorometano
2903.43.00 - - Triclorotrifluoroetanos 2903.77.30 - - - Triclorotrifluoroetanos
2903.44.10 --- Diciorotetrafluoroetanos 2903.77.41 - - - - Diclorotetrafluoroetanos
2903.44.20 --- Cloropentafluoroetano 2903.77.42 - - - - Cloropentafluoroetano
2903.45.10 --- Clorotrifluorometano 2903.77.51 - - - - Clorotrifluorometano
2903.45.21 --- Pentaclorofluoroetano 2903.77.52 - - - - Pentaclorofluoroetano (Clorofluoroetano)
2903.45.22 --- Tetraclorodifluoroetano 2903.77.53 - - - - Tetraclorodifluoroetano (Clorofluoroetano)
2903.45.29 --- Los demás 2903.77.54 - - - - Los demás clorofluoroetanos
2903.45.31 --- Heptaclorofluoropropano 2903.77.55 - - - - Heptaclorofluoropropanos
(Clorofluoropropanos),
hexaclorodifluoropropanos
(Clorofluoropropanos)
2903.45.32 --- Hexaclorodifluoropropano 2903.77.55 - - - - Heptaclorofluoropropanos
(Clorofluoropropanos),
hexaclorodifluoropropanos
(Clorofluoropropanos)
2903.45.33 --- Pentaclorotrifluoropropano 2903.77.56 - - - - Pentaclorotrifluoropropanos
(Clorofluoropropanos),
tetraclorotetrafluoropropanos
(Clorofluoropropanos)
2903.45.34 --- Tetraclorotetrafluoropropano 2903.77.56 - - - - Pentaclorotrifluoropropanos
(Clorofluoropropanos),
tetraclorotetrafluoropropanos
(Clorofluoropropanos)
2903.45.35 --- Tricloropentafluoropropano 2903.77.57 - - - - Tricloropentafluoropropanos
(Clorofluoropropanos),
diclorohexafluoropropanos
(Clorofluoropropanos)
2903.45.36 --- Diclorohexafluoropropano 2903.77.57 - - - - Tricloropentafluoropropanos
(Clorofluoropropanos),
diclorohexafluoropropanos
(Clorofluoropropanos)
2903.45.37 --- Cloroheptafluoropropano 2903.77.58 - - - - Cloroheptafluoropropanos
(Clorofluoropropanos)
2903.45.39 --- Los demás 2903.77.59 - - - - Los demás clorofluoropropanos
2903.45.90 --- Otros. 2903.77.90 - - - Otros
Las subpartidas 2903.41 a 2903.45 se
han fusionado en la nueva subpartida
2903.77, para así cubrir ciertos derivados
halogenados de los hidrocarburos
acíclicos que contienen dos o más
halógenos diferentes, perhalogenados
unicamente con cluor y cloro.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
2903.46.10 --- Bromoclorodifluorometano 2903.76.10 - - - Bromoclorodifluorometano
2903.46.20 --- Bromotrifluorometano 2903.76.20 - - - Bromotrifluorometano
2903.46.30 --- Dibromotetrafluoroetanos 2903.76.30 - - - Dibromotetrafluoroetanos
2903.47.00 - - Los demás derivados perhalogenados 2903.78.00 - - Los demás derivados perhalogenados
Subpartida 2903.46 ahora será la
2903.76. La subpartida 2903.47 ahora
es la partida 2903.78
2903.49.11 ---- Clorodifluorometano 2903.71.00 - - Clorodifluorometano
2903.49.29 ---- Los demás 2903.72.00 - - Diclorotrifluoroetanos
2903.49.29 ---- Los demás 2903.73.00 - - Diclorofluoroetanos
2903.49.29 ---- Los demás 2903.74.00 - - Clorodifluoroetanos
2903.49.90 --- Otros 2903.75.00 - - Dicloropentafluoropropanos
. Se han creado nuevas subpartidas
2903.71 a 2903.75 para cubrir ciertas
sustancias y facilitar el seguimiento y
control de estas sustancias que agotan la
capa de ozono.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
2903.49.12 ---- Diclorofluorometano 2903.79.11 - - - - Diclorofluorometano
2903.49.19 ---- Los demás 2903.79.19 - - - - Los demás
2903.49.21 ---- 2,2-dicloro-1,1,1-trifluoroetano 2903.79.21 - - - - 2,2-dicloro-1,1,1-trifluoroetano
2903.49.22 ---- 2-cloro-1,1,1,2-tetrafluoroetano 2903.79.22 - - - - 2-cloro-1,1,1,2-tetrafluoroetano
2903.49.23 ---- 1,1-dicloro-1-fluoroetano 2903.79.23 - - - - 1,1-dicloro-1-fluoroetano
2903.49.24 ---- 1-cloro-1,1-difluoroetano 2903.79.24 - - - - 1-cloro-1,1-difluoroetano
2903.49.25 ---- Triclorofluoroetanos 2903.79.25 - - - - Triclorofluoroetanos
2903.49.29 ---- Los demás 2903.79.29 - - - - Los demás
2903.49.30 - - - Dibromocloropropano (DBCP) 2903.79.30 - - - Dibromocloropropano (DBCP)
2903.49.30 --- Dibromocloropropano (DBCP) 2903.79.30 - - - Dibromocloropropano (DBCP)
2903.49.40 --- IJ-dicloro^AS.S-pentafluoropropano 2903.79.40 - - - 1,1-dicloro-2,2,3,3,3-pentafluoropropano
2903.49.50 --- 1,3-dicloro-1,2,2,3,3-pentafluoropropano 2903.79.50 - - - 1,3-dicloro-1,2,2,3,3-pentafluoropropano
2903.49.60 --- Bromofluorometanos 2903.79.60 - - - Bromofluorometano
2903.51.00 - - 1,2,3,4,5,6-Hexaclorociclohexano (HCH (ISO)),
incluido el lindano (ISO, DCI)
2903.81.00 - - 1,2,3,4,5,6-Hexaclorociclohexano (HCH
(ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI)
2903.52.10 --- Aldrina (ISO) 2903.82.10 - - - Aldrina (ISO)
2903.52.20 --- Clordano (ISO) 2903.82.20 - - - Clordano (ISO)
2903.52.30 --- Heptacloro (ISO) 2903.82.30 - - - Heptacloro (ISO)
2903.59.10 --- Canfecloro (Toxafeno) 2903.89.10 - - - Canfecloro (Toxafeno)
2903.59.20 --- Mirex 2903.89.20 - - - Mirex
2903.59.90 --- Otros. 2903.89.90 - - - Otros
2903.61.00 - - Clorobenceno, o-diclorobenceno y p-
diclorobenceno
2903.91.00 - - Clorobenceno, o-diclorobenceno y p-
diclorobenceno
2903.62.10 --- Hexaclorobenceno (ISO) 2903.92.10 - - - Hexaclorobenceno (ISO)
2903.62.20 --- DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro-2,2-
b¡s (p-clorofenil)etano)
2903.92.20 - - - DDT (ISO) (clofenotano (DCl), 1,1,1-tricloro-
2,2-bis (p-clorofenil)etano)
2903.69.10 - - - Pentaclorobenceno 2903.99.10 - - - Pentaclorobenceno
2903.69.20 - - - Hexabromobifenilo (CAS 36355-01-8) 2903.99.20 - - - Hexabromobifenilo (CAS 36355-01-8)
2903.69.90 - - - Otros 2903.99.90 - - - Otros
Las subpartidas 2903.51 a 2903.69 se han
convertido en las partidas 2903.81 a
2903.99
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
2908.99.20 --- 4,6-Dinitro-o-cresol y sus sales 2908.92.00 - - 4,6-Dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) y sus
sales
2908.99.90 - - - Otros 2908.99.90 - - - Otros
Creación de la nueva subpartida 2908.92
para 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) y
sus sales. Modificación introducida
consecuente en el Convenio de Rotterdam
sobre el procedimiento de consentimiento
fundamentado previo (CFP) a ciertos
plaguicidas y productos quimicos
peligrosos en el comercio internacional.
2912.30.00 - Aldehídos-alcoholes 2912.49.10 - - - Aldehídos-alcoholes
2912.49.00 - - Los demás 2912.49.90 - - - Otros
Eliminación de la subpartida 2912.30 por
el bajo volumen de comercio.
2914.21.00 - - Alcanfor 2914.29.10 - - - Alcanfor
2914.29.00 - - Las demás 2914.29.90 - - - Otras
Eliminación de la subpartida 2914.21 por
el bajo volumen de comercio.
2916.19.00 - - Los demás 2916.16.00 - - Binapacril (ISO) Creación de la nueva subpartida 2916.16
para binapacril (ISO). Modificación
introducida consecuente en el Convenio de
Rotterdam sobre el procedimiento de
consentimiento fundamentado previo
(CFP) a ciertos plaguicidas y productos
químicos peligrosos en el comercio
internacional.
2916.35.00 - - Esteres del ácido fenilacético 2916.39.10 --Los demás
- - - Esteres del ácido fenilacético
2916.39.00 - - Los demás 2916.39.90 - - - Otros
Eliminación de la subpartida 2916.35 por
el bajo volumen de comercio.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
2931.00.11 - - Sarín (Metilfosfonofluoridato de O-isopropilo)
(CAS 107-44-8)
2931.90.21 - - - Sarín (Metilfosfonofluoridato de O-
isopropilo) (CAS 107-44-8)
2931.00.12 - - Somán (Metilfosfonofluoridato de O-pinacolilo)
(CAS 96-64-0)
2931.90.22 - - - Somán (Metilfosfonofluoridato de O-
pinacolilo) (CAS 96-64-0)
2931.00.13 - - Cloro Sarín (Metilfosfonocloridato de O-iso-
propilo) (CAS 1445-76-7)
2931.90.23 - - - Cloro Sarín (Metilfosfonocloridato de O-iso-
propilo) (CAS 1445-76-7)
2931.00.14 - - Cloro Somán (Metilfosfonocloridato de O-
pinacolilo) (CAS 7040-57-5)
2931.90.24 - - - Cloro Somán (Metilfosfonocloridato de O-
pinacolilo) (CAS 7040-57-5)
2931.00.19 - - Los demás 2931.90.29 ---Los demás
0
2931.00.21 - - Tabún (N,N-dimetilfosforamidocianidato de O-
etilo) (CAS 77-81-6)
2931.90.31 - - - Tabún (N,N-dimetilfosforamidocianidato de
O-etilo) (CAS 77-81-6)
2931.00.29 -- Los demás 2931.90.39 - - - Los demás
2931.00.31 - - Lewisita 1 (2-clorovinildicloroarsina) (CAS 541-
25-3)
2931.90.41 - - - Lewisita 1 (2-clorovinildicloroarsina) (CAS
541-25-3)
2931.00.32 - - Lewisita 2 (bis(2-clorovinil)cloroarsina) (CAS
40334-69-8)
2931.90.42 - - - Lewisita 2 (bis(2-clorovinil)cloroarsina)
(CAS 40334-69-8)
2931.00.33 - - Lewisita 3 (Tris(2-clorovinil)arsina)(CAS 40334-
70-1)
2931.90.43 - - - Lewisita 3 (Tris(2-clorovinil)arsina) (CAS
40334-70-1)
2931.00.39 -- Los demás 2931.90.49 - - - Los demás
2931.00.41 - - DF (Metilfosfonildifluoruro) (CAS 676-99-3) 2931.90.51 - - - DF (Metilfosfonildifluoruro) (CAS 676-99-3)
2931.00.49 -- Los demás 2931.90.59 - - - Los demás
2931.00.51 - - QL (O-2diisopropilaminoetilmetilfosfonito de O-
etilo) (CAS 57856-11-8)
2931.90.61 - - - QL (O-2-diisopropilaminoetilmetilfosfonito
de O-etilo) (CAS 57856-11-8)
2931.00.59 -- Los demás 2931.90.69 - - - Los demás
2931.00.61 - - Dicloruro de metilfosfonilo (CAS 676-97-1) 2931.90.71 - - - Dicloruro de metilfosfonilo (CAS 676-97-1)
2931.00.62 - - Metilfosfonato de dimetilo (CAS 756-79-6) 2931.90.72 - - - Metilfosfonato de dimetilo (CAS 756-79-6)
2931.00.69 -- Los demás 2931.90.79 - - - Los demás
Reubicación de productos.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
2931.00.71 -- Tetrametilo de plomo 2931.10.10 - - Tetrametilplomo
2931.00.72 -- Tetraetilo de plomo 2931.10.20 - - Tetraetilplomo
2931.00.79 -- Los demás 2931.90.10 - - Alquilos de plomo, distintos de los
mencionados en los incisos arancelarios
2931.10.10 ó 2931.10.20
2931.00.91 -- Tributil estanato (CAS 688-73-3) 2931.20.10 - - Tributilestanato (CAS 688-73-3)
2931.00.99 - - Los demás 2931.20.90 - - Otros
2931.00.99 - - Los demás 2931.90.90 - - Otros
Partida 29.31 se ha subdividido para
proporcionar por separado la clasicicación
del tetraetilo de plomo y el plomo de
tetrametilo y compuestos de tributilestaño,
en nuevas subpartidas 2931.10 y 2931.20,
respectivamente. Modificación introducida
consentimiento fundamentado previo
(CFP) a ciertos plaguicidas y productos
químicos peligrosos en el comercio
internacional.
2932.21.00 - - Cumarina, metilcumarinas y etilcumarinas 2932.20.10 - - Cumarina, metilcumarinas y etilcumarinas
2932.29.00 - - Las demás lactonas 2932.20.90 - - Las demás lactonas
Las subpartidas 2932.21 y 2932.29 se han
fusionado en una nueva subpartida
2937.31.00 - - Epinefrina (adrenalina) 2937.90.11 - - - Epinefrina (adrenalina)
2937.39.00 - - Los demás 2937.90.19 - - - Los demás
Eliminación de las subpartidas 2937.
2937.39 y 2937.40 por el bajo volum
comercio.
2939.49.00 - - Las demás 2939.44.00 - - Norefedrina y sus sales Creación de la nueva subpartida 2939.44
para norephredine y sus sales
CAPITULO 30, NOTA 1b): Las preparaciones, tales como comprimidos,
gomas de mascar o parches (productos que se administran por vía
transdérmica), diseñados para ayudar a los fumadores que intentan dejar de
fumar (partidas 21.06 ó 38.24);
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
2934.99.00 - - Los demás 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de
coral
2934.99.00 - - Los demás 3002.10.90 - - Otros
2937.90.00 - Los demás 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de
coral
2937.90.00 - Los demás 3002.10.90 - - Otros
3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de coral 3002.90.10 - - Saxitoxina (CAS 35523-89-8)
3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de coral 3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3)
3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de coral 3002.90.90 - - Otros
3002.10.90 - - Otros 3002.90.10 - - Saxitoxina (CAS 35523-89-8)
3002.10.90 - - Otros 3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3)
3002.10.90 - - Otros 3002.90.90 - - Otros
3002.20.00 - Vacunas para uso en medicina 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de
coral
3002.90.10 --- Saxitoxina (CAS 35523-89-8) 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de
coral
3002.90.10 --- Saxitoxina (CAS 35523-89-8) 3002.10.90 - - Otros
3002.90.10 --- Saxitoxina (CAS 35523-89-8) 3002.90.10 - - Saxitoxina (CAS 35523-89-8)
3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3) 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de
coral
3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3) 3002.10.90 - - Otros
3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3) 3002.90.20 - - Ricina (CAS 9009-86-3)
3002.90.90 - - Otros 3002.10.10 - - Antisueros ofídicos, excepto de cobra y de
coral
3002.90.90 - - Otros 3002.10.90 - - Otros
3002.90.90 - - Otros 3002.90.90 - - Otros
Ampliación del alcance de la subparti
3002.10 implica a la transferencia de c
productos de esta subpartida a la subp
3002.10
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
3201.90.00 - Los demás 2852.90.00 - Los demás
3501.90.00 - Los demás 2852.90.00 - Los demás
3502.90.00 - Los demás 2852.90.00 - Los demás
3502.90.00 - Los demás 3502.90.00 - Los demás
3504.00.00 PEPTONAS Y SUS DERIVADOS; LAS DEMAS
MATERIAS PROTEINICAS Y SUS DERIVADOS,
NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN
OTRA PARTE; POLVO DE CUEROS Y PIELES,
INCLUSO TRATADO AL CROMO
2852.90.00 - Los demás
Compuestos no químicamente definidos
compuestos de mercurio han sido
transferidos a la nueva subpartida
2852.90.
3702.51.00 - - De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud
inferior o igual a 14 m
3702.52.10 - - - De longitud inferior o igual a 14 m
3702.52.00 - - De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud
superior a 14 m
3702.52.20 - - - De longitud superior a 14 m
Las subpartidas 3702.51 y 3702.52 se han
fusionado en la subpartida 3702.52 por el
bajo volumen de comercio.
PELICULAS FOTOGRAFICAS EN ROLLOS,
SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR,
EXCEPTO LAS DE PAPEL, CARTON O
TEXTILES; PELICULAS FOTOGRAFICAS
AUTORREVELABLES EN ROLLOS,
SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR
PELICULAS FOTOGRAFICAS EN ROLLOS,
SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR,
EXCEPTO LAS DE PAPEL, CARTON O
TEXTILES; PELICULAS FOTOGRAFICAS
AUTORREVELABLES EN ROLLOS,
SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR
3702.91.00 - - De anchura inferior o igual a 16 mm 3702.96.00 - - De anchura inferior o igual a 35 mm y
longitud inferior o igual a 30 m
3702.91.00 - - De anchura inferior o igual a 16 mm 3702.97.00 - - De anchura inferior o igual a 35 mm y
longitud superior a 30 m
3702.93.00 - - De anchura superior a 16 mm pero inferior o
igual a 35 mm y longitud inferior o igual a 30 m
3702.96.00 - - De anchura inferior o igual a 35 mm y
longitud inferior o igual a 30 m
3702.94.00 - - De anchura superior a 16 mm pero inferior o
igual a 35 mm y longitud superior a 30 m
3702.97.00 - - De anchura inferior o igual a 35 mm y
longitud superior a 30 m
3702.95.00 - - De anchura superior a 35 mm 3702.98.00 - - De anchura superior a 35 mm
Las subpartidas 3702.91, 3702.93 y
3702.94 han sido combinadas y
posteriormente se divide en dos nuevas
subpartidas 3702.96 y 3702.97 por el bajo
volumen de comercio
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
IV Enmienda
CAPITULO 38
NOTA
3. Se clasifican en la partida
38.24 y no en otra de la
Nomenclatura:
d) los productos para la
corrección de clisés de
mimeógrafo (“stencils”) y demás
correctores líquidos,
acondicionados en envases para
la venta al por menor
V Enmienda
CAPITULO 38
NOTA
3. Se clasifican en la partida 38.24 y
no en otra de la Nomenclatura:
d) los productos para la corrección
de clisés de mimeógrafo («stencils»),
los demás correctores líquidos y las
cintas correctoras (excepto las de la
partida 96.12), acondicionados en
envases para la venta al por menor;
7. En la partida 38.26, el término
biodiesel designa los ésteres
monoalquílicos de ácidos grasos de
los tipos utilizados como carburantes
o combustibles, derivados de grasas
y aceites animales o vegetales,
incluso usados.
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que
actúan por combustión, y papeles matamoscas
3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,
que actúan por combustión, y papeles
matamoscas
3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que
actúan por combustión, y papeles matamoscas
3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,
toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro
3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que
actúan por combustión, y papeles matamoscas
3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-
dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión
3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que
actúan por combustión, y papeles matamoscas
3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de
mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,
monocrotofós, fosfamidón
3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que
actúan por combustión, y papeles matamoscas
3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión
3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que
actúan por combustión, y papeles matamoscas
3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro
(HCH)
3808.91.10 - - - En artículos tales como pastillas y velas, que
actúan por combustión, y papeles matamoscas
3808.50.19 - - - Los demás
3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,
que actúan por combustión, y papeles
matamoscas
3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,
toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro
3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-
dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión
3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de
mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,
monocrotofós, fosfamidón
3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión
3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro
(HCH)
3808.91.20 - - - Que contengan endrin 3808.50.19 - - - Los demás
3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una
proporción superior o igual al 30% en peso
3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,
que actúan por combustión, y papeles
matamoscas
3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una
proporción superior o igual al 30% en peso
3808.50.12 --Insecticidas - -
- Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,
toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro
3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una
proporción superior o igual al 30% en peso
3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-
dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión
El alcance de la subpartida 3808.50 se ha
ampliado para cubrir los productos
enumerados en el subtítulo de la nueva
nota 1 del capítulo 38. Modificaciones
consiguientes a la Convención de
Rotterdam. La subpartida 3808.50
comprende también las preparaciones en
polvo que contengan una mezcla de
benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de
thiram (ISO).
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una
proporción superior o igual al 30% en peso
3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de
mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,
monocrotofós, fosfamidón
3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una
proporción superior o igual al 30% en peso
3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión
3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una
proporción superior o igual al 30% en peso
3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro
(HCH)
3808.91.31 - - - - Que contengan cloropicrina en una
proporción superior o igual al 30% en peso
3808.50.19 - - - Los demás
3808.91.39 --- Los demás 3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,
que actúan por combustión, y papeles
matamoscas
3808.91.39 --- Los demás 3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,
toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro
3808.91.39 --- Los demás 3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-
dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión
3808.91.39 --- Los demás 3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de
mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,
monocrotofós, fosfamidón
3808.91.39 --- Los demás 3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión
3808.91.39 --- Los demás 3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro
(HCH)
3808.91.39 --- Los demás 3808.50.19 - - - Los demás
3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción
superior o igual al 30% en peso distintos de los
comprendidos en el inciso 3808.91.31
3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,
que actúan por combustión, y papeles
matamoscas
3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción
superior o igual al 30% en peso distintos de los
comprendidos en el inciso 3808.91.31
3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,
toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro
3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción
superior o igual al 30% en peso distintos de los
comprendidos en el inciso 3808.91.31
3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-
dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión
3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción
superior o igual al 30% en peso distintos de los
comprendidos en el inciso 3808.91.31
3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de
mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,
monocrotofós, fosfamidón
3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción
superior o igual al 30% en peso distintos de los
comprendidos en el inciso 3808.91.31
3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión
3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción
superior o igual al 30% en peso distintos de los
comprendidos en el inciso 3808.91.31
3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro
(HCH)
El alcance de la subpartida 3808.50 se ha
ampliado para cubrir los productos
enumerados en el subtítulo de la nueva
nota 1 del capítulo 38. Modificaciones
consiguientes a la Convención de
Rotterdam. La subpartida 3808.50
comprende también las preparaciones en
polvo que contengan una mezcla de
benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de
thiram (ISO).
V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO2007 DESCRIPCION 2012 DESCRIPCION COMENTARIO
3808.91.40 --- Que contengan cloropicrina en una proporción
superior o igual al 30% en peso distintos de los
comprendidos en el inciso 3808.91.31
3808.50.19 - - - Los demás
3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,
que actúan por combustión, y papeles
matamoscas
3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,
toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro
3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-
dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión
3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de
mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,
monocrotofós, fosfamidón
3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión
3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro
(HCH)
3808.91.50 --- Mirex o declordano 3808.50.19 - - - Los demás
3808.91.90 - - - Otros 3808.50.11 - - - En artículos tales como pastillas y velas,
que actúan por combustión, y papeles
matamoscas
3808.91.90 - - - Otros 3808.50.12 - - - Que contengan DDT, aldrin, dieldrin,
toxafeno, clordimeform, clordano, heptacloro
3808.91.90 - - - Otros 3808.50.13 - - - Que contengan binapacril, 1,2-
dibromoetano, dicloruro de etileno, paratión
3808.91.90 - - - Otros 3808.50.14 - - - Que contengan lindano, compuestos de
mercurio, fluoroacetamida, pentaclorofenol,
monocrotofós, fosfamidón
3808.91.90 - - - Otros 3808.50.15 - - - A base de metamidofos o metil paratión
3808.91.90 - - - Otros 3808.50.16 - - - Ciclohexano, 1, 2, 3, 4, 5, 6 hexacloro
(HCH)
3808.91.90 - - - Otros 3808.50.19 - - - Los demás
3808.92.10 - - - A base de arseniato de cobre cromado, de los
tipos utilizados como preservante para madera, en
envases de contenido neto superior o igual a 125
kg
3808.50.21 - - Fungicidas -
- - A base de arseniato de cobre cromado, de
los tipos utilizados como preservante para
madera, en envases de contenido neto
superior o igual a 125 kg
3808.92.10 - - - A base de arseniato de cobre cromado, de los
tipos utilizados como preservante para madera, en
envases de contenido neto superior o igual a 125
kg
3808.50.22 - - - Que contengan hexaclorobenceno,
pentaclorofenol, binapacril, óxidos de mercurio
El alcance de la subpartida 3808.50 se ha
ampliado para cubrir los productos
enumerados en el subtítulo de la nueva
nota 1 del capítulo 38. Modificaciones
consiguientes a la Convención de
Rotterdam. La subpartida 3808.50
comprende también las preparaciones en
polvo que contengan una mezcla de
benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de
thiram (ISO).