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Control y Prevención en Riesgos del Trabajo Control y Prevención en Riesgos del Trabajo

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Page 1: Resolucion 2646 riesgo_psicosocial

Control y Prevención en Riesgos del TrabajoControl y Prevención en Riesgos del Trabajo

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AULA ABIERTA No. 2

Conversatorio Resolución 2646 de 2008

Riesgo Psicosocial

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PROPÓSITO

• Discutir y comprender los aspectos más importantes de la resolución 2646 de 2008 relacionada con los riesgos psicosociales.

• Establecer directrices para la asesoría y capacitación facilitada por el equipo de asesores.

• Identificar los retos que nos genera la norma para la mejor asesoría o capacitación en el tema.

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SOPORTE LEGAL

• Resolución 1016/89, art. 10

• Decreto 614/1984, art. 2 literal c

• Decreto 1832/1994, art. 1 numeral 42

• Decreto ley 1295/94

En las anteriores disposiciones legales se apoya el desarrollo de la presente norma.

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ESTRUCTURA DE LA NORMA

Capítulo 1: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones.

Capítulo 2: Identificación y evaluación de los factores de riesgo psicosocial en el trabajo y sus efectos

Capítulo 3: Intervención de los factores psicosociales en el trabajo y sus efectos

Capítulo 4: Determinación del origen de las patologías presuntamente causadas por estrés ocupacional

Capítulo 5: Disposiciones finales

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OBJETO DE LA NORMA

Art. 1: Establecer disposiciones y definir responsabilidades de los diferentes actores en cuanto a la IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN, PREVENCIÓN, INTERVENCIÓN Y MONITOREO PERMANENTE de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo así como el estudio y determinación de origen de patologías presuntamente causadas por estrés ocupacional.

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AMBITO DE LA NORMA

Importante tener claridad a quienes aplica la norma.

Hagamos una revisión del artículo 2.

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DEFINICIONES

El artículo 3 nos ingresa al campo de las definiciones de términos necesarios para comprender la problemática de riesgo psicosocial.

Hagamos énfasis en algunas definiciones:

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FACTORES DERIESGO PSICOSOCIAL

Condiciones psicosociales cuya identificación y evaluación muestra efectos negativos en la salud de los trabajadores o en el trabajo.

Ahora, es necesario enlazar esta definición con las que hacen relación a:

• Efectos en la salud• Efectos en el trabajo

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CARGA MENTAL

Demanda de actividad cognoscitiva que implica la tarea. Algunas de las variables relacionadas con la carga mental son la

minuciosidad, la concentración, la variedad de las tareas, el apremio de

tiempo, la complejidad, volumen y velocidad de la tarea.

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CARGA PSIQUICA O EMOCIONAL

Exigencias psicoafectivas de las tareas o de los procesos propios del rol que

desempeña el trabajador en su labor y/o de las condiciones en que debe realizarlo.

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ACOSO LABORAL

Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un

empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o

un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o

inducir la renuncia del mismo, conforme lo establece la Ley 1010 de 2006.

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EXPERTO

• Psicólogo con posgrado en salud ocupacional, con licencia vigente de prestación de servicios en psicología ocupacional.

• Cuando según certificación expedida por la respectiva Secretaría de Salud, en un departamento no exista disponibilidad de psicólogos con especialización en salud ocupacional y licencia vigente, se considera experto el psicólogo que tenga mínimo 100 horas de capacitación específica en factores psicosociales, mientras subsista dicha situación.

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SINERGÍA DE LOS FACTORES INTRALABORALES, EXTRALABORALES E INDIVIDUDALES

Artículo 4:

Cualquiera de las cargas de trabajo físicas, mentales o psíquicas, están potenciadas y/o

sinergizadas por las condiciones extralaborales y los factores individuales. Por lo tanto, siempre

deben ser objeto de valoración por parte del experto y ser incluidas como insumo necesario

para obtener una estimación de la carga de trabajo.

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Identificación y evaluación de los factores psicosociales

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CONCEPTOS AMPLIADOS

• Artículo 5°. Factores psicosociales. Comprenden los aspectos intralaborales, los ex tralaborales o externos a la organización y las condiciones individuales o características intrínsecas del trabajador, los cuales en una interrelación dinámica, mediante percepciones y experiencias, influyen en la salud y el desempeño de las personas.

• Artículo 6°. Factores psicosociales intralaborales que deben evaluar los empleadores. La evaluación de los factores psicosociales del trabajo comprende la identificación tanto de los factores de riesgo como de los factores protectores, con el fin de establecer acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad en la población trabajadora.

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IDENTIFICACIÓN DE FACTOES PSICOSOCIALES INTRALABORALES

Las empresas deben identificar como mínimo:

a) Gestión organizacionalb) Características de la organización del trabajoc) Del grupo social de trabajod) Condiciones de la tareae) Carga físicaf) Del medio ambiente del trabajog) Interfase persona- tareah) Jornada de trabajoi) Número de trabajadores por tipo de contratoj) Tipo de beneficios recibidos a través del programa de bienestar

de la empresak) Programas de capacitación y formación permanentes de los

trabajadores

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IDENTIFICACIÓN DE F. PSICOSOCIALES EXTRALABORALES

Las empresas deben identificar como mínimo:

a) Utilización del tiempo libre

b) Tiempo de desplazamiento y medio de transporte casa – trabajo – casa

c) Pertenencia a redes de apoyo social

d) Características de la vivienda

e) Acceso a servicios de salud

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IDENTIFICACIÓN DE FACTORES PSICOSOCIALES INDIVIDUALES

Las empresas deben identificar como mínimo:

a) Pérfil sociodemográfico

b) Características de personalidad y estilos de afrontamiento

c) Condiciones de salud

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EVALUACIÓN DE LOS EFECTOS DE LOS F DE R PSICOSOCIALES

a) Condiciones de salud, tomando en cuenta cada uno de los sistemas corporales: osteomuscular, cardiovascular, respiratorio, gastrointestinal, mental, sistema nervioso central y periférico, dermatológico, endocrino, genitourinario e inmunológico.

b) Ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.c) Estadísticas de morbilidad y mortalidad por accidente de trabajo,

enfermedad profesional y enfermedad común, discriminadas por diagnóstico, días de incapacidad médica, ocupación y género.

d) Ausentismo.e) Rotación de personal.f) Rendimiento laboral.

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ROL DE LAS ARP

Artículo 15. Actividades de las administradoras de riesgos profesionales en relación con los factores psicosociales intralaborales. Con base en la información disponible en las empresas y teniendo en cuenta los criterios para la intervención de factores psicosociales enumerados en el artículo 13 de la presente resolución, las administradoras de riesgos profesionales deben llevar a cabo la asesoría y asistencia técnica pertinente.

Las administradoras de riesgos profesionales deben realizar acciones de rehabilitación psicosocial, enmarcadas dentro de los programas de rehabilitación integral, de acuerdo con en el Manual de Rehabilitación Profesional que defina la Dirección General de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social.

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ROL DE LAS ARP

Artículo 16. Vigilancia epidemiológica de factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Los empleadores deben adelantar programas de vigilancia epidemiológica de factores de riesgo psicosocial, con el apoyo de expertos y la asesoría de la correspondiente administra dora de riesgos profesionales, cuando los trabajadores se encuentren expuestos a factores psicosociales nocivos evaluados como de alto riesgo o que están causando efectos negativos en la salud, en el bienestar o en el trabajo.

Para tal efecto, las administradoras de riesgos profesionales deben capacitar y prestar asistencia técnica para el diseño y la implementación de los programas de prevención y los sistemas de vigilancia epidemiológica de los factores de riesgo psicosocial prioritarios, por actividad económica o empresa, utilizando criterios de salud ocupacional.

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PROGRAMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL FR PSICOSOCIAL

Debe tener como mínimo:• Método• Objetivo• Procedimiento de vigilancia epidemiológica:

Evaluación, criterios para manejo de grupos prioriotarios, medidas de intervención, seguimiento

• Sistema de información• Evaluación del programa• Gestión administrativa

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CALIFICACIÓN DE EP POR ESTRÉS

Artículo 19. Protocolo para la determinación del origen de las patologías derivadas del estrés. Adóptase como de obligatoria referencia, el Protocolo para Determinación del Origen de las Patologías Derivadas del Estrés, el cual será revisado y actualizado por la Dirección General de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social, como mínimo cada cuatro (4) años.

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¿QUÉ RETOS NOS IMPONE ÉSTA LEY COMO

PROFESIONALES DE LA SALUD OCUPACIONAL O

COMO ASESORES DEL CPT?