resolucion 23

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“RESOLUCION 23: 4X4” COMERCIO EXTERIOR CURSO: D-304 GRUPO: 1661 INTEGRANTES GRUPO # 4 LOPEZ CASTILLO JAVIER FORESTIERI MUÑOZ GIOVANNI SEGURA HERRERA DAVE ALMEIDA ORELLANA TATIANA ONOFRE SOLANGE RAMOS GENESIS

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RESOLUCION 23: 4X4COMERCIO EXTERIORCURSO: D-304GRUPO: 1661INTEGRANTES GRUPO # 4LOPEZ CASTILLO JAVIERFORESTIERI MUOZ GIOVANNISEGURA HERRERA DAVEALMEIDA ORELLANA TATIANAONOFRE SOLANGERAMOS GENESIS

CONTENIDOPORTADA 1Contenido2RESOLUCION 23: 4X43DISPOSICIONES DEL COMEX:3CRECIMIENTO EN EL MOVIMIENTO DE LA CATEGORA 4X43COMPRAS POR INTERNET4EXONERACIN DE ARANCEL MIGRANTES4INTERCONEXIN SENAE CANCILLERA4COBRO DE LA TASA5RECOMENDACIONES PARA EL ENVO DE PAQUETES.5PREGUNTAS FRECUENTES7QU PASA SI EXCEDO EL LMITE DE 4X4?7CUNTAS VECES AL AO PUEDO REALIZAR LAS COMPRAS?7CULES SON LOS ARTCULOS QUE ESTN PROHIBIDOS DE IMPORTAR?7QU PASA SI NO ADJUNTO LA FACTURA COMERCIAL?7CUNDO SE CONSOLIDAN MIS PAQUETES EN SENAE?7REGLAMENTO PARA LOS REGMENES DE EXCEPCIN: TRFICO POSTAL INTERNACIONAL Y MENSAJERA ACELERADA O COURIER8TTULO II8MBITO DE APLICACIN8TTULO III8DE LA PRESENTACIN DE LA DECLARACIN ADUANERA SIMPLIFICADA8TTULO IV9DISPOSICIONES RELATIVAS AL SERVICIO DE MENSAJERA ACELERADA O COURIER9TTULO VIII9DEL PROCEDIMIENTO9TTULO IX10CONSIDERACIONES ADICIONALES PARA EL TRATAMIENTO DEL RGIMEN DE EXCEPCIN DE TRFICO POSTAL EN LOS CENTROS DE ACOPIO DEL OPERADOR PBLICO POSTAL OFICIAL DEL ECUADOR10CONCLUSION12REFERENCIAS13RESOLUCION 23: 4X4El Gobierno Nacional pens en la creacin de la categora 4x4 en el ao 2008, con el fin de que los compatriotas que se encuentran en el exterior sean acogidos a la exoneracin de tributos al Comercio Exterior y puedan realizar envos a sus familiares, esto siguiendo la normativa de no excederse en los lmites establecidos por la categora B (cuando el envo no supere los 4kg y los $400).DISPOSICIONES DEL COMEX:El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) es una institucin pblica responsable del control eficiente de las exportaciones e importaciones y su facilitacin promoviendo un comercio justo a favor de quienes cumplen con la normativa aduanera y en beneficio de los productores locales. El SENAE, adems de trabajar con la normativa aduanera que estipula nuestro Cdigo Orgnico de la Produccin, Comercio e Inversiones (Copci), ejecuta en todo momento la Poltica Comercial definida por el organismo rector que define las reglas de negocios, que este caso es el COMEXEl 21 de julio de 2014, el COMEX emiti la resolucin 23 la cual establece que se fija un arancel de USD 42 para los paquetes que ingresen al pas a travs de la categora B o mejor conocida como 4x4, con un lmite de 5 envos o USD 1200 anuales (el primero que se cumpla). Medida adoptada desde hoy 9 de Octubre, para ecuatorianos residentes en el pas.

Luego de la emisin de la Resolucin 23, el 19 de septiembre de 2014 el COMEX emiti otra resolucin, la No. 33, en que los migrantes que constan en el registro consular quedarn exonerados del pago del arancel de USD 42 para los envos de paquetera dentro del sistema 4x4. Asimismo, estableci un lmite de 12 envos o 2.400 dlares al ao para los migrantes.CRECIMIENTO EN EL MOVIMIENTO DE LA CATEGORA 4X4Ha existido un crecimiento en el movimiento de esta categora, el cual podra haberse dado por la aparicin de nuevas empresas en el Ecuador que ofrecen el servicio de correos rpidos para personas naturales. Por ejemplo: En el 2013 se tuvo un 69% de incremento anual respecto a 2012 y de 463% en relacin al 2009; mientras que para el periodo enero agosto 2014 hay 95 millones de dlares FOB, alrededor de 6% ms que en el mismo periodo, enero agosto, del 2013 (89,5 millones).

FUENTE: SERVICIO NACIONAL DE ADUNAS

COMPRAS POR INTERNETCon esta medida no se busca suprimir las compras por internet, ya que tanto la empresa de Correos como las empresas de courier, cuentan con 6 categoras para el envo de sus paquetes. Es decir, que el ciudadano podr escoger entre traer su paquete a travs de la empresa de correos del pas donde se encuentre y esperar pacientemente en su casa, 2 o 3 semanas; o acercarse a una compaa de Courier y pagar por el servicio de envo rpido y que su paquete le llegue en menos tiempo.El Servicio Postal o mejor conocido como Trfico postal es un servicio pblico en la mayora de los pases del mundo, incluido el Ecuador. El mismo que es regulado por normas supranacionales emitidas por la UNIN POSTAL UNIVERSAL, UPU, quienes establecen las polticas para el correcto manejo de la correspondencia y los paquetes postales.Lo que busca la medida es disminuir el ingreso de paquetes a travs de una sola de las categoras: la del 4x4 que fue creada en el 2008 con el fin de facilitar los envos a nuestros migrantes.EXONERACIN DE ARANCEL MIGRANTESLos ecuatorianos que viven en el exterior y que deseen realizar envos a travs del sistema 4X4 debern registrarse, va internet, en el Consulado Virtual del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana: www.consuladovirtual.gob.ec ya que el sistema estar interconectado con el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), con el fin de aplicar esta exoneracin de manera eficiente y asegurar que los compatriotas residentes en el exterior reciban una atencin con calidad y calidez.HASTA CUNDO SE PUEDE REGISTRAR EL MIGRANTE?Si el migrante no est registrado y desea enviar paquetes exonerados del impuesto, deber registrarse en www.consuladovirtual.gob.ecSi antes de realizar un envo el registro del migrante ha sido validado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, el SENAE la informacin y se liberar del pago de los $42. Todo esto asumiendo que el bien est en los lmites del 4x4 (4 KG $400) pero si el paquete est fuera de la categora 4x4, o sea que el paquete cueste ms de $400 y pese ms de 4 kg, aunque la persona se identifique como migrante el paquete ira a otra categora, ya no a la categora B.

INTERCONEXIN SENAE CANCILLERALa interconexin por parte del SENAE se realizar mediante nuestro sistema INFORMTICO, ECUAPASS, el cual se conecta con la base de datos del Consulado Virtual y verifica si el nmero de identificacin presentado pertenece o no a un migrante validado previamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Una vez verificada la informacin el paquete no tendr impuestos. Por este motivo, Cancillera est tomando todas las previsiones para asegurarse que efectivamente las personas registradas en esa base de datos sean ecuatorianos que habitan en el exterior.

COBRO DE LA TASA

Ningn Courier, bajo ninguna circunstancia, puede obligar a cancelar, en origen, los $42 por efecto de arancel con el fin de cubrir el impuesto en destino. Por este motivo los representantes de empresas courier recibieron socializacin oportuna los das lunes 6 y el martes 7 de octubre, previo al inicio de la medida establecida con el fin de que puedan seguir brindando su servicio de manera adecuada.

RECOMENDACIONES PARA EL ENVO DE PAQUETES.- seis categoras-Ecuatorianos residentes en el pas y en el extranjero.- Es importante insistir, en que los usuarios pueden solicitar a su Courier que categorice correctamente sus envos (hay 6 categoras), as maximizarn sus beneficios y no pensar que solo pueden utilizar la categora B o 4x4, para recibir sus paquetes.- Cuando se sugiere que el ciudadano consulte con su Courier de confianza es porque ellos son el declarante, es decir quien hace la Declaracin Aduanera y por ende, es quien coloca su paquete en la categora que le corresponde. - Que los usuarios sepan que dentro de las categoras de importacin est la D, en la cual puede traer medicinas con receta mdica, y no debe cancelar IVA, adems no tiene restricciones de peso ni de valor. No todo debe ser importado a travs del 4x4.- Los libros tampoco graban IVA, esto es muy importante, debe solicitar a su Courier, que los ubique en la categora F. Si la persona compra equipos de computacin y sus partes, no necesita traerlo a Ecuador por la categora B O 4X4, ms bien le conviene traerlo por la categora F que pertenece a equipos de computacin donde grava el 12% de IVA y el 0.5% Fodinfa. Es decir que usted no pagara el arancel de los $42.

FUENTE: SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS DEL ECUADOR

PREGUNTAS FRECUENTESQU PASA SI EXCEDO EL LMITE DE 4X4?Si su compra supera los 4 kilos (incluido el empaque y/o re empaque) y/o US $400,00 (cuatrocientos dlares americanos) en valor declarado (FOB), el ServicioNacional de Aduana del Ecuador (SENAE), que es el ente regulador de la mercanca que ingresa a Ecuador, se encargar de aforar su compra y generar impuestos o solicitar algn permiso de acuerdo a la naturaleza de cada producto.CUNTAS VECES AL AO PUEDO REALIZAR LAS COMPRAS?No se ha establecido cupos para compras en el exterior excepto para televisores que se permite importar uno por ao y celulares que son un artculos de prohibida importacin, adems hay que tomar en cuenta que el concepto del servicio es que personas naturales lo usen sin fines comerciales.CULES SON LOS ARTCULOS QUE ESTN PROHIBIDOS DE IMPORTAR? Celulares Animales Joyas Armas de Fuego Cermicas Vidrio Combustible Explosivos Pornografa Drogas Repuestos usados Dinero, cheques, tarjetas de crdito o dbito Productos perecederos Ropa usada mayor a 4 kilosQU PASA SI NO ADJUNTO LA FACTURA COMERCIAL?Sin la factura comercial no se puede realizar la declaracin de la paquetera en aduana, y en caso de no realizarse la declaracinCUNDO SE CONSOLIDAN MIS PAQUETES EN SENAE?Para los paquetes que son importados para un mismo destinatario y arriban en un mismo vuelo, es decir misma gua madre se sumarn pesos y precios.Nota: Al momento de la consolidacin su mercanca puede superar los 4 kilos y/o los US $ 400,00 (Cuatrocientos dlares americanos). Si supera estos lmites, los paquetes cambian de categora, y estn sujetos al pago de aranceles o la solicitud de documentos previos.La consolidacin puede generarse incluso si sus compras fueron realizadas en diferentes das y por motivos de logstica fueron despachados desde Miami el mismo da.- Consignante: Conocido como remitente o embarcador; es la persona natural o jurdica que designa al destinatario, que entrega la mercanca y la informacin requerida y necesaria en origen a las empresas Courier y al Operador Pblico del Servicio Postal Oficial, para el transporte y despacho inmediato de las mercancas en el lugar de destino.- Consignatario: Persona natural o jurdica designada como destinatario, a cuyo nombre viene manifestadas las mercancas y que, en tal virtud, se constituye en sujeto pasivo de la obligacin tributaria aduanera.QU PASA SI MI PAQUETE TIENE UN PESO O UN VALOR DECLARADO QUE NO CONCUERDA CON MI FACTURA COMERCIAL?Es importante que el cliente realice la verificacin de la informacin que serdeclarada de sus paquetes antes de realizar el pago del envo desde Miami aEcuador, este pago implica la aceptacin de los valores a ser declarados y no sepuede hacer cambios posteriores, en el caso de que se generen valores porconcepto de impuestos, tasas o multas debern ser cancelados por el cliente.REGLAMENTO PARA LOS REGMENES DE EXCEPCIN: TRFICO POSTAL INTERNACIONAL Y MENSAJERA ACELERADA O COURIERTTULO IIMBITO DE APLICACINArtculo 2.- El rgimen de excepcin de Trfico Postal Internacional es brindado por el Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador; y el rgimen de Mensajera Acelerada o Courier en el Ecuador puede ser brindado por el Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador o por empresas privadas debidamente autorizadas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.El Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador est sujeto a las regulaciones que emita el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.TTULO IIIDE LA PRESENTACIN DE LA DECLARACIN ADUANERA SIMPLIFICADAArtculo 3.- Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador: El Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador, es el responsable de la presentacin de la Declaracin Aduanera Simplificada (DAS) de las mercancas amparadas al rgimen de excepcin de Trfico Postal Internacional o de Mensajera Acelerada o Courier, que transporta e ingresa al pas. Para el efecto, dicho Operador deber presentar, segn corresponda al tipo de carga, las DAS bajo el rgimen de excepcin de Trfico Postal Internacional y Mensajera Acelerada o Courier, cumpliendo los requisitos previstos en la presente resolucin para el respectivo rgimen.Artculo 4.- Empresa Courier: La empresa courier es la responsable de la presentacin de la DAS de las mercancas amparadas al rgimen de excepcin de Mensajera Acelerada o Courier, que transporta e ingresa al pas, nicamente bajo este rgimen, cumpliendo los requisitos previstos en la presente resolucin.TTULO IVDISPOSICIONES RELATIVAS AL SERVICIO DE MENSAJERA ACELERADA O COURIERArtculo 5.- Requerimientos legales y documentales: Para la autorizacin o renovacin de autorizacin, previo a la emisin del acto administrativo mediante resolucin, las empresas courier que operan bajo el rgimen de excepcin de Mensajera Acelerada o Courier, debern cumplir los siguientes requerimientos legales y documentales:1. Copia notariada del Certificado Definitivo de Registro de Operadores Postales emitido por la Agencia Nacional Postal.2. Pago de la tasa de postulacin o renovacin para empresa courier.3. Solicitud de autorizacin o renovacin para realizar operaciones bajo el rgimen de excepcin de Mensajera Acelerada o Courier, dirigida al Director General o su delegado, firmada por quien ejerza la representacin legal de la compaa. En la solicitud deber mencionar el nmero de liquidacin de la tasa de postulacin o renovacin para empresa courier, el domicilio a autorizar para funcionamiento de operaciones, el Registro nico de Contribuyente (RUC) de la compaa, el nombre comercial con los que prestar el servicio de mensajera acelerada o courier, los cuales deben estar registrados en el Servicio de Rentas Internas. En el RUC deber constar la actividad econmica para la que se est postulando y la direccin de la oficina a ser autorizada.4. Listado de los nmeros de placas del (los) vehculo(s) de transporte terrestre, con los que se retirar la mercanca de zona primaria hasta la bodega principal del courier, el (los) cual(es) deber(n) estar debidamente autorizado(s) por la empresa courier.5. Listado del ltimo aporte al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) en el que se pueda constatar los nombres y nmeros de cdula de los empleados que designa la empresa courier para actuar ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en caso de que sea aplicable;6. Copia notariada del permiso de funcionamiento otorgado por el Benemrito Cuerpo de Bomberos;7. Copia de documentos que puedan determinar la propiedad, posesin o tenencia legal de los bienes inmuebles con los que cuenta la empresa;8. Plano de implantacin general a escala de 1:100 a 1:600, con especificaciones de las reas en metros cuadrados; y9. Todos los dems que estn contemplados en Libro V del Cdigo Orgnico de la Produccin, Comercio e Inversiones y su reglamento.El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador verificar que el nombramiento del representante legal de la compaa conste inscrito en el Registro Mercantil; si se tratara de una empresa extranjera, adicional al nombramiento, deber demostrar que est domiciliada en el pas mediante una carta de existencia; si esta informacin no puede ser verificada en el sitio web de la Superintendencia de Compaas, ser requisito presentar una copia notariada de la misma.TTULO VIIIDEL PROCEDIMIENTOArtculo 27.- Mercancas de prohibida importacin: No se admitir la nacionalizacin de mercancas de prohibida importacin, ni aun a pretexto de no tener finalidad comercial. Se excepta de esta disposicin a la ropa y calzado usado, los cuales podrn ser nacionalizados siempre que estn desprovistos de finalidad comercial y que estn destinados para uso exclusivo del consignatario, en la categora B.La empresa courier entregar personalmente, la ropa y calzado segn se menciona en el inciso anterior, al consignatario o a una persona autorizada por escrito y debidamente identificada por ste; adems conservar las hojas de entrega en donde constar la firma del consignatario o en su defecto de quien recibe la mercanca al momento de la entrega en destino final, hasta que concluya el plazo para efectuar control posterior.En caso de evidenciarse durante el acto de aforo la existencia de mercancas sobrantes determinadas como de prohibida importacin, se impedir la nacionalizacin de dicha mercanca y se impondr una multa por falta reglamentaria conforme el art. 193 literal d) del Libro V del Cdigo Orgnico de la Produccin, Comercio e Inversiones, debiendo asignarse el nuevo destino aduanero por parte del declarante. Se proceder a la separacin y fraccionamiento y la mercanca que no adolezca de este inconveniente continuar su proceso normal de despacho.Si una o ms de las guas hijas en la categora B, comprendidas dentro de una DAS presentada por una empresa courier o el Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador, fuere observada en el acto de aforo de modo tal que impidiere su despacho, ello no afectar a las dems guas hijas de la DAS. En tal caso, se procede con la eliminacin de la gua hija observada y se contina con el trmite de lo restante.Artculo 28.- Documentos de lneas transportistas internacionales: Cuando al amparo de los regmenes de excepcin de Trfico Postal Internacional y Mensajera Acelerada o Courier se importe documentos de las lneas transportistas internacionales, dicho material deber tener como documento de soporte su gua hija, sin perjuicio de lo cual, el mismo estar sujeto al procedimiento y formalidades simplificadas establecidas para la categora A, excluyendo cualquier lmite de peso o valor.Los documentos de las lneas transportistas internacionales que sean importados bajo la modalidad detallada en el presente artculo, sern de uso exclusivo del consignatario y no sern susceptibles de transferencia de dominio alguna.Artculo 29.- Abandono expreso: El abandono expreso de la mercanca por parte del destinatario, deber ser presentado por escrito ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador a travs del representante de la empresa courier, siguiendo los procedimientos establecidos para el efecto. En caso de no presentarse este documento no se autorizar el abandono expreso, el mismo que podr ser total o parcial. Para este ltimo caso, se dispondr la separacin y fraccionamiento correspondiente y la parte a nacionalizar seguir su proceso normal de despacho.Artculo 30.- Clasificacin de mercancas: La clasificacin arancelaria de las mercancas bajo los regmenes de excepcin de Trfico Postal Internacional y Mensajera Acelerada o Courier ser en la subpartida especfica que le corresponda segn su categora dentro del Captulo 98 del Arancel Nacional de Importaciones; o dentro de los captulos del 1 al 97 en caso de categora C.TTULO IXCONSIDERACIONES ADICIONALES PARA EL TRATAMIENTO DEL RGIMEN DE EXCEPCIN DE TRFICO POSTAL EN LOS CENTROS DE ACOPIO DEL OPERADOR PBLICO POSTAL OFICIAL DEL ECUADORArtculo 40.- Constituye objeto del presente ttulo regular el procedimiento entre el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y el Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador, para el tratamiento del ingreso, control, aforo, liquidacin y distribucin de las mercancas amparadas al rgimen de excepcin de Trfico Postal Internacional consignada al Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador.Artculo 41.- El Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador debe realizar sus operaciones en los centros de acopio declarados por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador como zona primaria, para lo cual deber presentar una solicitud de declaracin como zona primaria en la que se adjunte la siguiente informacin:a) Descripcin del rea de oficina y almacenamiento en relacin al volumen de carga que tramitan los centros de acopio.b) Plano de las instalaciones indicando las bodegas en donde reposarn las mercancas y el lugar en donde se realizar el proceso de aforo, ingreso y despacho de las mismas.c) Lista y descripcin de las balanzas para el ingreso y salida, de acuerdo al tipo de carga.d) Detalle del sistema de circuito cerrado de televisin (CCTV), el cual deber cubrir por lo menos el rea de almacenaje y el rea de aforo.e) Lista y descripcin de mquinas de rayos X para el aforo no intrusivo de mercancas acorde al tipo de mercancas.f) Lista de placas de los vehculos de transporte terrestre autorizados por el Operador Pblico del Servicio Postal Oficial del Ecuador para el retiro de la mercanca acogida a este rgimen.

CONCLUSION

Existen seis categoras para importaciones Courier en Aduana: A-documentos, B compras va 4x4, C y E, compras con arancel, D compras con restricciones especficas y F, que incluye computadoras y sus partes, solo se paga el 12% de IVA y el impuesto del 0,5% de Fodinfa.- Los envos bajo el sistema 4x4 pagan una tasa de USD 42. Asimismo, se establece un cupo de hasta cinco envos o USD 1 200 anuales (el primero que se cumpla).-Los paquetesque sean enviados mediante el servicio de trfico postal internacional,correos pblicos o categora A no pagan la tasa ni tienen cupos.-No es buen negocio cancelar USD 42 por la compra de un solo producto, a menos que bordee los USD 400

REFERENCIASSENAE: informa sobre el sistema de paquetera 4x4, consultado el 3 de febrero del 2015; http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/press_room_view.jsp?idx=60

TODO COMERCIO EXTERIOR; EL SISTEMA 4X4 CONCENTRA EL NEGOCIO DE COURIERS; consultado 9 de febrero del 2015; http://comunidad.todocomercioexterior.com.ec/profiles/blogs/el-sistema-4x4-concentra-el-negocio-de-couriers?xg_source=activity

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR; Resolucin del comex 2014; consultado 10 febrero 2015; http://comunidad.todocomercioexterior.com.ec/profiles/blogs/el-sistema-4x4-concentra-el-negocio-de-couriers?xg_source=activity

CORREOS DEL ECUADOR; Preguntas frecuentes; consultado 10 de febrero 2015; http://comunidad.todocomercioexterior.com.ec/profiles/blogs/el-sistema-4x4-concentra-el-negocio-de-couriers?xg_source=activity

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