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O~E q'k ~ "', .., ~ .. <'o Que, como resultado del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública N° 022- ~ ~ 2014-GR CUSCO, se suscribió el Contrato N° 102-2014-GR CUSCOIGGR de fecha 14 de Ad~ionaIó' noviembre del 2014, para la Ejecución de la Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de n Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo 11de las I.E./. creadas en el año --- 2012 de los Distritos de Santo Tomás, Llusco y Quiñota de la Provincia de Chumbivilcas - Cusco - l. E. l. N° 56371 CCOLLPATOMAICO", con el contratista CONSORCIO EJECUTOR SUR PERU integrado por la empresa Odin Ingenieros S.R.L., y la empresa Coseho S.R.L., por el monto ~~~o~ . total de SI 1'725,350.17 (Un Millón Setecientos Veinticinco Mil Trescientos Cincuenta con 17/100 ~ . oles) incluido l. G. V. Y con el plazo de ejecución de obra de 150 días calendario por el sistema de f" contratación de Suma Alzada; coa¡: (") %. S€:g,,~~lVAl~ Que, durante el proceso constructivo de la Obra en mención, no se aprobaron Adicionales ~~ 01) de Obra, ni deductivos; sin embargo se ha otorgado al Contratista CONSORCIO EJECUTOR SUR PERU un Adelanto Directo por el monto de SI 345,070.00 (Trescientos Cuarenta y Cinco Mil Setenta con 001100 Soles) incluido I.G. v., en el mes de diciembre del 2014, así mismo el contratista tramitó cuatro solicitudes de ampliación de plazo, de las cuales una quedo consentida por no haberse notificado la Resolución dentro del plazo establecido, de acuerdo al siguiente detalle: GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ~~~~ RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL " N° 129 -2017-GR CUSCO/GGR Cusca, O 4 JUL 2017 EL GERENTE GENERAL REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO. VISTO: Las Cartas N° 001, 76, 80, 81, 82 Y 85-CESP12016 del Contratista CONSORCIO EJECUTOR SUR PERÚ, Informes N° 22 Y 055-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPI-OYM del Inspector de Obra, Informes N° 03,20,022, 033-2016-GR CUSCpIGGR-ORSLTPIICOXCIDES e Informe 006-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDESde la Analista de Obras por Contrata, Informe N° 059-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCICKGP e Informes N° 012 Y 018-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCICKGP de la Analista Legal de la Coordinación de Obras por Contrata, Informe N° 010-2016-GR.CUSCOIGGR-ORSLTPI-COXC-WHC del Analista Contable de la Coordinación de Obras por Contrata, Informe N° 156-2016-GR CUSCOIORAD- OCON de la Oficina de Contabilidad de la Oficina Regional de Administración, Cartas N° 103, 289 Y 334-2016-GR.CUSCOIGGR-ORSLTPI,Informe 162-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPI y Memorándum N° 1184-2017-GR-CUSCOIGGR-ORSLTPI de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, Memorándum N° 256 y 401-2017-GR CUSCOIORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusca; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1136-2014-GR CUSCOIPR de fecha 18 de julio del 2014, se aprueba el Expediente Técnico de la Obra "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo 11de las I.E./. creadas en el año 2012 de los Distritos de Santo Tomás, Llusco y Quiñota de la Provincia de Chumbivilcas - Cusco - I.E./. N° 56371 CCOLLPATOMAICO", con un presupuesto total de SI 1'985,970.47 (Un Millón Novecientos Ochenta y Cinco Mil Novecientos Setenta con 471100 Soles), por la modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta - Contrata; - MODIFICACIÓN DEL RESOLUCIÓN FECHA DíAS ESTADO PLAZO EJECUCIÓN PLAZO DE OBRA OBRA Amoliación de Plazo W 01 RER W 207-2015-GR CUSCO/GR 11/04/15 10 Improcedente Amoliación de Plazo W 01 RER W 260-2015-GR CUSCO/GR 13/05/15 60 Improcedente Amoliación de Plazo W 01 RER W 650-2015-GR CUSCO/GR 24/07/15 27 Consentida 177 Amoliación de Plazo W 01 R.ER W 850-2015-GR CUSCO/GR 02/09/15 3 Improcedente Que, en el en el Acta de Conciliación N° 214-2015-TRAHE suscrito por las partes, en fecha 26 de noviembre del 2015, se establecen los siguientes acuerdos: LA ENTIDAD SE COMPROMETE A: 1) Dejar sin efecto la Carta Notarial N° 54-2015-GRCUSCOIGGR, a través del cual comunica la Resolución de Contrato; 2) Recepcionar la Obra, según el procedimiento previsto en el artículo 210° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, antes o una vez firmada el Acta de Conciliación; 3) Realizar el pago del saldo de valorización una vez firmado el Acta de Conciliación; 4) Realizar la devolución de garantías de Adelanto Directo de acuerdo a los alcances del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 5) Emitir la Resolución que aprueba la Liquidación de Contrato de Obra de acuerdo a los alcances del

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O~E q'k~ "', ..,

~ .. <'o Que, como resultado del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública N° 022-~ ~ 2014-GR CUSCO, se suscribió el Contrato N° 102-2014-GR CUSCOIGGR de fecha 14 de

Ad~ionaIó' noviembre del 2014, para la Ejecución de la Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación den Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo 11de las I.E./. creadas en el año--- 2012 de los Distritos de Santo Tomás, Llusco y Quiñota de la Provincia de Chumbivilcas -

Cusco - l.E. l. N° 56371 CCOLLPATOMAICO", con el contratista CONSORCIO EJECUTOR SURPERU integrado por la empresa Odin Ingenieros S.R.L., y la empresa Coseho S.R.L., por el monto

~~~o~ . total de SI 1'725,350.17 (Un Millón Setecientos Veinticinco Mil Trescientos Cincuenta con 17/100~ . oles) incluido l.G. V. Y con el plazo de ejecución de obra de 150 días calendario por el sistema de

f" contratación de Suma Alzada;coa¡: (")% . S€:g,,~~lVAl~ Que, durante el proceso constructivo de la Obra en mención, no se aprobaron Adicionales

~~ 01) de Obra, ni deductivos; sin embargo se ha otorgado al Contratista CONSORCIO EJECUTOR SURPERU un Adelanto Directo por el monto de SI 345,070.00 (Trescientos Cuarenta y Cinco MilSetenta con 001100 Soles) incluido I.G.v., en el mes de diciembre del 2014, así mismo elcontratista tramitó cuatro solicitudes de ampliación de plazo, de las cuales una quedo consentidapor no haberse notificado la Resolución dentro del plazo establecido, de acuerdo al siguientedetalle:

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO~~~~

RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL"·N° 129 -2017-GR CUSCO/GGR

Cusca, O 4 JUL 2017EL GERENTE GENERAL REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.

VISTO: Las Cartas N° 001, 76, 80, 81, 82 Y 85-CESP12016del Contratista CONSORCIOEJECUTOR SUR PERÚ, Informes N° 22 Y 055-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPI-OYM delInspector de Obra, Informes N° 03,20,022, 033-2016-GR CUSCpIGGR-ORSLTPIICOXCIDES eInforme N° 006-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDESde la Analista de Obras porContrata, Informe N° 059-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCICKGP e Informes N° 012 Y018-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCICKGP de la Analista Legal de la Coordinación deObras por Contrata, Informe N° 010-2016-GR.CUSCOIGGR-ORSLTPI-COXC-WHC del AnalistaContable de la Coordinación de Obras por Contrata, Informe N° 156-2016-GR CUSCOIORAD-OCON de la Oficina de Contabilidad de la Oficina Regional de Administración, Cartas N° 103, 289 Y334-2016-GR.CUSCOIGGR-ORSLTPI,Informe N° 162-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPI yMemorándum N° 1184-2017-GR-CUSCOIGGR-ORSLTPI de la Oficina Regional de Supervisión,Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, Memorándum N° 256 y 401-2017-GRCUSCOIORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusca;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1136-2014-GR CUSCOIPR de fecha 18de julio del 2014, se aprueba el Expediente Técnico de la Obra "Instalación, Mejoramiento yAmpliación de Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo 11de las ·I.E./.creadas en el año 2012 de los Distritos de Santo Tomás, Llusco y Quiñota de la Provincia deChumbivilcas - Cusco - I.E./. N° 56371 CCOLLPATOMAICO", con un presupuesto total de SI1'985,970.47 (Un Millón Novecientos Ochenta y Cinco Mil Novecientos Setenta con 471100Soles),por la modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta - Contrata;

-MODIFICACIÓN DEL RESOLUCIÓN FECHA DíAS ESTADO

PLAZO EJECUCIÓNPLAZO DE OBRA OBRA

Amoliación de Plazo W 01 RER W 207-2015-GR CUSCO/GR 11/04/15 10 ImprocedenteAmoliación de Plazo W 01 RER W 260-2015-GR CUSCO/GR 13/05/15 60 ImprocedenteAmoliación de Plazo W 01 RER W 650-2015-GR CUSCO/GR 24/07/15 27 Consentida 177Amoliación de Plazo W 01 R.ER W 850-2015-GR CUSCO/GR 02/09/15 3 Improcedente

Que, en el en el Acta de Conciliación N° 214-2015-TRAHE suscrito por las partes, enfecha 26 de noviembre del 2015, se establecen los siguientes acuerdos: LA ENTIDAD SECOMPROMETE A: 1) Dejar sin efecto la Carta Notarial N° 54-2015-GRCUSCOIGGR, a travésdel cual comunica la Resolución de Contrato; 2) Recepcionar la Obra, según el procedimientoprevisto en el artículo 210° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, antes o unavez firmada el Acta de Conciliación; 3) Realizar el pago del saldo de valorización una vezfirmado el Acta de Conciliación; 4) Realizar la devolución de garantías de Adelanto Directo deacuerdo a los alcances del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 5) Emitir laResolución que aprueba la Liquidación de Contrato de Obra de acuerdo a los alcances del

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO~~;e~t

Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; EL CONTRATISTA SE COMPROMETE A:1) Aceptar los contenidos de la Carta N° 261-2015-GRCUSCOIGRR, a través del cual secomunica la improcedencia de paralización de obra; 2) Reconocer y aceptar la penalidad porInasistencia del Residente de Obra equivalente a 07 días, autorizando se afecte dicha penalidaden el saldo de valorización pendiente de pago más próxima, cuyo monto asciende a SI60,387.26 (Sesenta Mil Trescientos Ochenta y Siete con 261100 Soles); 3) Reconocer y Aceptarla Penalidad por Mora equivalente al 10% del monto de contrato por 22 días calendario,autorizando se afecte dicha penalidad, en el saldo de valorización pendiente de pago máspróxima, cuyo monto asciende a SI 172,535.02 (Ciento Setenta y Dos Mil Quinientos Treinta yCinco con 021100 Soles); 4) Asumir el pago de la Supervisión, equivalente a máximo de un (01)mes de trabajo, ya que esta trabajó durante el mes que se dio la paralización, cuyo montoasciende a SI 8,291.40 (Ocho Mil Doscientos Noventa y Uno con 401100 Soles), autorizando seefectué dicho pago en el saldo de valorización; 5) Desistirse de los procesos de arbitraje y todassus pretensiones en el plazo de 05 días calendario de firmada el Acta de Conciliación;

Que, tratándose de contratos de ejecución de obras, el contrato culmina, con la Liquidaciónde Obra, la misma que será elaborada y presentada a la Entidad por el Contratista, según losplazos y requisitos señalados en el Reglamento debiendo aquélla pronunciarse en un plazomáximo fijado también en el Reglamento bajo responsabilidad del funcionario correspondiente. Deno emitirse Resolución o acuerdo, debidamente fundamentado en el plazo antes señalado, laLiquidación presentada por el Contratista se tendrá por aprobada para todos los efectos legales. Elexpediente de contratación se cerrará con la culminación del contrato, así lo establece elartículo 42° de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo N° 1017,aplicable ultractivamente para el presente caso;

Que, el artículo 211° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado porDecreto Supremo N° 184-2008-EF establece que el contratista presentará la liquidacióndebidamente sustentada con la documentación y cálculos detallados, dentro de un plazo desesenta (60) días o el equivalente a un décimo (1110)del plazo vigente de ejecución de la obra, elque resulte mayor, contado desde el día siguiente de la recepción de la obra. Dentro del plazomáximo de sesenta (60) días de recibida, la Entidad deberá pronunciarse, ya sea observando laliquidación presentada por el contratista o, de considerarlo pertinente, elaborando otra, y notificaráal contratista para que éste se pronuncie dentro de los quince (15) días siguientes. Asimismo, en elcaso de obras contratadas bajo el sistema a Precios Unitarios la liquidación se practica con losprecios, gastos generales y utilidad ofertados, mientras que en las obras contratadas bajo elsistema a suma alzada la liquidación se practica con los precios, gastos generales y utilidad delvalor referencial, afectados por el factor de relación. El tanto que el artículo 212° establece queluego de haber quedado consentida la liquidación y efectuado el pago que corresponda,culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente respectivo; y el artículo 213°dispone que, con la liquidación el Contratista entregará a la Entidad los planos postconstrucción y la minuta de Declaratoria de Fábrica o la Memoria Descriptiva Valorizada,según sea el caso, obligación cuyo cumplimiento será condición para el pago del monto dela liquidación a favor del contratista;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 044-2015-GR CUSCOIPR de fecha 16 deenero de 2015, se conformó el Comité de Recepción de Obras ejecutadas por el GobiernoRegional del Cusca en las Modalidades de ejecución Presupuestaria Directa e Indirecta;llevándose a cabo el acto de recepción de la obra "Instalación, Mejoramiento y Ampliación deServicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo 11de las IEI. creadas en el año 2012 delos Distritos de Santo Tomás, Llusco y Quiñota de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca - IEI. N°56371 CCOLLPATOMAICO", en fecha 21 de enero del 2016, procediendo a realizar la verificación,inspección y recepción de la obra con la conformidad de dicho Comité designado para este efecto,determinando que la totalidad de las partidas ejecutadas cumplen con lo establecido en los planos,metrados y especificaciones técnicas de acuerdo al Expediente Técnico, comprobándose la buenacalidad de la ejecución de obra;

Que, con Carta W 001-CESP12016 de fecha 04 de marzo del 2016, signado conExpediente N° 5848 el Contratista CONSORCIO EJECUTOR SUR PERU, presenta a la Entidad elExpediente de Liquidación correspondiente a la Ejecución de la obra "Instalación, Mejoramiento yAmpliación de Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo 11de las IEI. creadas en elaño 2012 de los Distritos de Santo Tomás, Llusco y Quiñota de la Provincia de Chumbivilcas -Cusca - IEI. N° 56371 CCOLLPATOMAICO", que fue derivado et mspector de Obra, quien conInforme N° 22-2016-GR-CUSCO/GGR-ORSLTPI-OYM de fecha 28 de marzo del 2016, observa laLiquidación y señala que el costo de obra total es de SI 1'769;749.29 (Un Millón SetecientosSesenta y Nueve Mil Setecientos Cuarenta y Nueve con 29110(Í Soles) incluido I.G.V, Y comosaldo a favor de la Entidad la suma de SI 25,828.57 (Veinticinco Mil Ochocientos Veintiocho con

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO~~~~

571100 Soles) incluido I.G. V, por lo que a través de Carta N° 103-2016-GR.CUSCOIGGR-ORSLTPI de fecha 03 de mayo del 2016, se notificó al Contratista las observaciones y que el costofinal de la obra asciende a SI 1'769,749.29 (Un Millón Setecientos Sesenta y Nueve Mil SetecientosCuarenta y Nueve con 291100 Soles) incluido I.G. V, y un saldo a favor de La Entidad SI 31,356. 76(Treinta y Un Mil Trescientos Cincuenta y Seis con 761100 Soles) incluido I.G. V; el Contratistamediante Carta N° 076-CESP12016 de fecha 18 de mayo del 2016, levanta las observaciones a laliquidación del contrato de obra, indicando estar de acuerdo con el recálculo del monto autorizado,el monto de amortizaciones e intereses de la obra y observa el monto descontado por penalidadese indica que el monto total de la inversión de la obra sería de SI 1"769,749.29 (Un MillónSetecientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Cuarenta y Nueve con 291100 Soles) y un saldo afavor del Contratista de SI 9,034.10 (Nueve Mil Treinta y Cuatro con 101100 Soles); la Analista deObra por Contrata emite pronunciamiento a través de Informe W 03-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de fecha 27 de junio del 2016, manifestando que persisten lasobservaciones, y que falta documentación del expediente de liquidación del contrato, el mismo quefue derivado al Inspector de Obra quien por Informe W 055-2O"f6-GR-CUSCOIGGR-ORSLTPI-OYM de fecha 04 de julio del 2016, observa los montos presentados en el Informe de Evaluación,que se deberá verificar los montos calculados por la Inspección con los de Evaluación a fin dedefinir el saldo a pagar al contratista; mediante Carta N° 80lCCOLLPATOMAICOICESPI2016 defecha 08 de setiembre del 2016, el Contratista adjunta la documentación faltante, el que no pudoser derivado al Inspector de Obra debido a que concluyó su vínculo laboral con la Entidad el 31 dejulio del 2016, hecho que se corrobora con el Informe N° 10-2016-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI-MAM, por lo que el documento en mención se derivó a la Analista de Obras por Contrata, quiencon Informe N° 20-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de fecha 29 de octubre del 2016,señala que continua las observaciones, que han sido comunicadas al Contratista a través de CartaN° 289-2016-GR-CUSCOIGGR-ORSLTPI del 28 de octubre del 2016; el Contratista da respuestamediante Carta N° 082-CESP12016 de fecha 31 de octubre del 2016, haciendo su descargo a lasobservaciones realizadas por la Entidad; por Informe N° 022-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de fecha 08 de noviembre del 2016, la Analista de Obras por Contratainforma que el Contratista ha cumplido en levantar las observeciones;

Que, a través del Informe N° 059-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPI/COXCICKGP de fecha13 de diciembre del 2016, la Analista Legal de Obras por Contrata, observa el expedienteindicando que existe incongruencia en los montos señalados por el Inspector de Obra y Analista deObras por Contrata, no se cuenta con el consentimiento de liquidación de obra y solicita que sepronuncien referente al saldo de valorización N° 08; mediante Informe N° 033-2016-GRCUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de fecha 22 de diciembre del 2016 la Analista de Obras porContrata, afirma que existe diferencia en montos por sumatoria de las cifras en los subtotales quese fue arrastrando en cada valorización y la liquidación, situación que genera la diferencia dedecimales de SI 0.01 (Cero con 011100 Soles), así mismo se genera un error de decimales de SI

~ 0.03 (Cero con 031100 Soles) en el monto pagado por concepto de adelanto directo, hecho que/;'/.~,t{O+""l\genera un error de decimales al momento de comparar los cálculos con la conciliación contable,! , Oill ~~. uego de realizar las correcciones concluye que el monto total de la obra es de SI 1'769,749.29 (Un

. \;. ~ Millón Setecientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Cuarenta y Nueve con 291100 Soles) y como.~~;~~~~r,.,saldo a favor del Contratista la suma de SI 4,948.88 (Cuatro Mil NOvecientos Cuarenta y Ocho con

, ~~~:.':'"" / 881100 Soles) con un plazo de ejecución de 265 días; a través de Carta N° 334-2016-'-._~-' GR.CUSCO/GGR-ORSLTPI de fecha 26 de diciembre del 2016, se solicita al Contratista su

consentimiento a la Liquidación de Contrato de Obra, dando respuesta mediante Carta N° 085-CESPI2017 de fecha 09 de marzo del 2017, que da conformidad al monto de SI 1'769,749.29 (UnMillón Setecientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Cuarenta y Nueve con 291100 Soles) comocosto final del Contrato de Obra y como saldo a favor del Contratista el monto de SI 4,948.88(Cuatro Mil Novecientos Cuarenta y Ocho con 881100 Soles); la Analista de Obras por Contrata conInforme N° 006-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de fecha 13 de marzo del 2017,señala que ya se cuenta con consentimiento del contratista habiendo cumplido en levantar lasobservaciones realizadas, concluyendo que el monto final del Contrato asciende a SI 1'769,749.29(Un Millón Setecientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Cuarenta y Nueve con 291100 Soles)incluido I.G. V, así mismo indica que se ha verificado que el contratista ha amortizado 0.04céntimos de más, dado que la liquidación final del contrato debe corresponder en estricto con laConciliación contable, procediéndose a realizar el reajuste que determina que el saldo final a favordel Contratista asciende a SI 4,948.97 (Cuatro Mil Novecientos Cuarenta y Ocho con 971100Soles), que al ser un monto ínfimo y por el principio de celeridad no requiere nuevo consentimientopor parte del contratista, por tanto se da por Consentida la Liquidación del Contrato de Obra;

Que, con Informe N° 010-2016-GR.CUSCOIGGR-ORSLTPI-COXC-WHC de fecha 04 deabril del 2016, el Analista Contable de la Coordinación de Obras Dar Contrata, detalla los pagos

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO~~;e~

realizados al Contratista CONSORCIO EJECUTOR SUR PERU, por el monto de SI 1'725,350.16(Un Millón Setecientos Veinticinco Mil Trescientos Cincuenta con 161100 Soles), monto que escorroborado con el Informe N° 156-2016-GR CUSCOIORAD-OCON de fecha 13 de abril del 2016emitido por la Oficina de Contabilidad de la Oficina Regional de Administración;

Que, por Informe N° 03-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de fecha 27 dejuniodel 2016, Informe N° 20-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de 29 de octubre del 2016,Informe N° 022-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de 08 de noviembre del 2016,Informe N° 033-2016-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de 22 de diciembre del 2016,Informe N° 006-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCIDES de 13 de marzo del 2017, laAnalista de Obras por Contrata, afirma lo siguiente: i) El costo final de la obra asciende a SI1'769,749.29 (Un Millón Setecientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Cuarenta y Nueve con291100Soles) incluido I.G.V; ii) Se aplicó penalidades por un monto de S/241,213.67(DoscientosCuarenta y Un Mil Doscientos Trece con 671100 Soles) de los cuales ha sido pagado SI201,763.47(Doscientos Un Mil Setecientos Sesenta y Tres con 471100Soles), quedando pendientede cobro la suma de SI 39,450.20 (Treintay Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta con 201100Soles);iii) La ejecución de la obra se realizó en el plazo de 265 días calendario, se inició en fecha 12 defebrero del 2015 y como fecha de término el 03 de noviembre del 2015; iv) Se estableció UNSALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA por la suma de SI 4,948.97 (Cuatro Mil NovecientosCuarenta y Ocho con 971100Soles), producto de la Liquidación del Contrato de Obra;

Que, a través del Informe N° 012-2017-GR CUSCO/GGR-ORSLTPIICOXCICKGP de fecha05 de mayo del 2017 e Informe N° 018-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPIICOXCICKGP de fecha02 de junio del 2017, la Analista Legal de la Coordinación de Obras por Contrata de la OficinaRegional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, recomiendatramitar la aprobación de la liquidación del Contrato N° 102-2014-GR CUSCOIGGRcorrespondiente a la ejecución de la obra mencionada, mediante acto resolutivo toda vez que laLiquidación del Contrato de Obra se halla sustentada de manera técnica y cuenta con laconformidad del Contratista, de acuerdo al siguiente cuadro:

ITEM I CONCEPTO

AUTORIZADO

1.1. AUTORIZADO (CONTRATO Y RESOLUCIONES)

1.1.1. C()NI~AI() PI-<INCIPAL1.1 :.L. DI::::LJUCIIVO DI:::OH~AI.I.J. ¡.(CAJUS les Al CONIRAIO PRINCIPAL1.104. t-<I::::AJUSICS AL ADICIONAL LJI::.UI:H~Ai .r .». l.)I::LJUCCION ¡.¿I:::AJUSrl:::UUl:: NO CORf.?t:SPONt)I:::/ADI:::LANIÜ DIRI::CI1.1.6. l..)t:DUCCIUN Rt:AJUSH: QUt:NO CORRI:::SI-'ONLJt:/ADI:::LANIU MAIt:RI1.1./. VALUI-<IZ. INH::t.¿t::!::iESArRA:)U EN H, PAGU - CUNIRATO I-'RINCIPAL1.I.e. VALUt.¿IL. INII:::t-<CSI::SAIk'ASU I:::N I::::LPAGU- ALJICIUNAL DI::::UBRA

COSTO FINAL DE OBRA1.2. PAGADO

1.L.1. CONTRATO PRINCIPAL1.2.2. L)t:l..)UCIIVU 01:::UBk'A1.:2.3. t<I::AJUS1CS AL CUNIt.¿AIU1-'¡.¿INCIPALI .L.4. ~I::AJUS II::.SAL AL)ICIONAL DE OI:H.¿A1.2.5. DEDUCCION REAJUSTE QUE NO CORRESPONDE/ADELANTO DIRECT(1.2.6. DEDUCCION REAJUSTE QUE NO CORRESPONDE/ADELANTO MATERII.L../. VALU~IL.INII::::~I::.SI::.S AIRASUI::::N I::L PAGU- CUNIRAIUP~INCIPALI .z.e. VALU~Il. INII::~I::.SI::::SAIKASU I::::NI::L PAGU- AOICIUNAL LJI::::UI:WA

TOTAL PAGADO -TRAMITACtoN DE VALORlZACtoNES- SEGUN D.S. N°1.2.9. 011-79-VC(Art. 2°. El coeficiente de reajuste con aproximacion al

1.2.10. SALDO AL CONTRATO PRINCIPAL (1.1.1.-1.2.1)

1.2.11. Diferencia por exceso de Amortización

r-ecneru e e e r-090 01 ~onlraIlSIO- por 10 vcronz o cron 1'1-vo lr'a90-

1.2.12. Fraccionado)

TOTAL PAGADO SEGÚN TRAMlTACtoN DE VALORlZACtoNES

TOTAL PAGADO SEGÚN CONCllIACION FINANCIERA

SALDO A fAVOR DEl CONTRATlSTA

11. ADELANTOS2.1. CONCEDIDOS

z.: .1. EFECTIVOL. I .L. MATERIALE!:i

2.2. AMORTIZADOSL.L.I. EFECTIVOL.L..L. MATERIALES

SALDO A FAVOR DEL CONTRATIST A11 UIKU~

3.1. EFECTUADOS3.1.1. MULTAS POR ATRASO DEOBRA3.1.L.. RI::::II::NCIUN PUR fieL CUMPLIMII::::NIO3.1 .3. ~I::::SAI-<CIMII::N IU DI:: LJANUS y PI::I-<JUICIUS PUl-< LA DI::MUI-<A I::N LA3.1.4. 1-<1::1I-<ASU tN LA I::N IRI::GA 01:: U~~A PUR CAUSAS AGI::::NA::; AL

3.1.5. PAGO DE INSPECClON POR 1 MES3.1.6. PUl-< PI::::NALlDAD DE INASIS IENCIA INJU::; IIFICADA DE RESIDENCIA

3.2. EJECUTADOS3.L.I. MULIA!:i PURAI~ASUOcUBI-<A3.L.L. I-<I::II::NCIUN PUR HI::::LCUMPLlMIEN ru3.L.3. UII<US/ PUl-< PAGU DI:: INSPI::CIU~ I MI::!)

SUB TOTAL S/ I.G.V. S/ TOTAL S/ SALDOSS/

._,t~gr~~ :¿6:3,leY.UI 1.725.350.17

0-:0-0 0.00 0.0034,LIL:.3Y 6,15e.L.:3 40.370.62

0.00 0.00L,e:,U .IU t>ue.YY :';,336.6Y

0.00 0.00 0.00Stl6.:.¿tl 105.53 6Y ¡.el

0.00 0.00 0.00

.'~"" 268.943.78 •• 0 • .,

1.462.161.15 ';63,189.01 1.725.350.16 I0.00 0.00 0.00:3t>.I6t>.1 I 6A3/.e3 4L,L:U3.t>4 I0.00 0.00 0.00 1-2.248.55 404.74 2.653.29

j0.00 0.00 0.000.00 0.00 0.000.00 0.00 0.00

1.495.678.31 269.222.10 1.764.900.41

I0.03 0.01 0.04

33.517.13 6.033.08 39.550.21

I1.495.678.31 269.222.10 1.764.900.37

1.725.350.16

s/.44.399.131

1292.432.20 52.637.80 345.070.00LYL. '''L.LV "L.O"'.OV "q".v,~~~

0.00 0.00

292.432.24 52.637.80 345.070.04L'L. '''L.L· "L.O"'.OV "q".v, v.o:,:

0.00 0.00 0.00

S/.0.04

204.41B.37 36.795.31 241.213.67qO.L'O. LO.'" O.7V 'L.""".VL

0.00 0.00 0.000.00 0.00 0.000.00 0.00 0.00

/,U:L6.6l 1,L:64.7Y e,L:Y I.4U!:>I,175.64 Y,L:ll.6'2 60.3tl7.:.¿6

170.985.99 30.777.48 201.763.47

0.00"v. .qo LV Jo".q,

U.UU 0.00S/.39.450.20

33.432.38 6.017.83 39.450.20

"".q"L."O O.V .0" " .q"V.LV

S/. 4.948.97

3.3. PENDIENTES(Valorizacion N°07 -Pago Fraccionado)3.:';.1. SALDO DI:: PENALIDAD PI::NDIENII:::: ::;I:::GUN ORDEN DI::::::;ERVICIU NU

3.3.L:. PI::NALlOAD PI::NDII::N I t:: Dl:: ~l::II::::NCIUN

Que, mediante Informe N° 162-2017-GR CUSCOIGGR-ORSLTPI de fecha 08 de mayo del2017 y Memorándum N° 1184-2017-GR-CUSCOIGGR-ORSLTPI de 05 de junio del 2017, la

Page 5: RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL ·N°   · PDF fileconstrucción y la minuta de Declaratoria de Fábrica ola Memoria Descriptiva Valorizada, según sea el caso,

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO~ ~ íe«JÜ«4t

Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, opinaproseguir con la aprobación mediante acto resolutivo, toda vez que la liquidación del contrato deobra se ha sustentado de manera técnica y tiene la conformidad del Contratista CONSORCIOEJECUTOR SUR PERU, validando los informes emitidos por el Inspector de Obra, Analista deObras por Contrata y de la Analista Legal de la Coordinación de Obras por Contrata,correspondiendo su aprobación según los alcances del artículo 211° del Reglamento de la LeyContrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, determinándose queel costo total de obra asciende a SI 1'769, 749.29 (Un Míllón Setecientos Sesenta y Nueve MilSetecientos Cuarenta y Nueve con 291100Soles) incluido I.G.\/., Y estableciendo un saldo a favordel Contratista por el monto de SI 4,948.97 (Cuatro Mil Novecientos Cuarenta y Ocho con 971100Soles) incluido l.G.\/., cuya ejecución se realizó en el plazo de 265 días calendario;

Que, con Memorándum N° 401-2017-GR CUSCOIORAJ de 16 de junio del 2017, la OficinaRegional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco opina que corresponde aprobar laliquidación del contrato mencionado;

Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional deAdministración, Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos deInversión y la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional del Cusco;

En uso de las atribuciones conferidas por el inciso b) del artículo 41° de la Ley N° 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificado por Ley N° 27902, el artículo 42° y el literal f)del artículo 43° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Cuscoaprobado mediante Ordenanza Regional N° 046-2013-CRlGRC-CUSCO, la Resolución EjecutivaRegional N° 126-2016-GR-CUSCOIGR de 15 de febrero del 2016 y la Resolución EjecutivaRegional N° 012-2017-GR CUSCOIGR de 16 de enero del 2017;

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO.- APROBAR la Liquidación del Contrato N° 102-2014-GRI ~ CUSCOIGGR de ejecución de la Obra "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Servicios1''' ,,~< Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo 11de las I.E.I. creadas en el año 2012 de los

!i..:.3 /~ Distritos de Santo Tomás, Llusco y Quiñota de la Provincia de Chumbivilcas - Cusco -/ . ~_.,~ I.E.I. N° 56371 CCOLLPATOMAICO", a cargo del CONSORCIO EJECUTOR SUR PERU, por

OOficin.a~ÍQIl~O los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Gerencial. General Regional.

ARTíCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que el costo total de la obra "Instalación,Mejoramiento y Ampliación de Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo 11de las

r.: IEI. creadas en el año 2012 de los Distritos de Santo Tomás, Llusco y Quiñota de la Provincia de.~ O-+- Chumbivílcas - Cusco - lE t. N° 56371 CCOLLPATOMAICO", asciende a la suma de SI~ ~1769,749.29 (Un Millón Setecientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Cuarenta y Nueve con

ipl100 Soles) incluido I.G. v., cuya ejecución se realizó en el plazo de Doscientos Sesenta y~.~.l;~~~A~~inco(265) días calendario.

:.':V ARTíCULO TERCERO.- ESTABLECER a favor del contratista CONSORCIO EJECUTORSUR PERU, el saldo de liquidación del contrato por el monto de SI 4,948.97 (Cuatro MilNovecientos Cuarenta y Ocho con 971100 Soles) incluido I.G. V.

ARTíCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente Resolución Gerencial General Regional alcontratista CONSORCIO EJECUTOR SUR PERU, Oficina Regional de Supervisión, Liquidación yTransferencia de Proyectos de Inversión, Sub Gerencia de Obras, Oficina de Contabílídad de laOficina Regional de Administración ya los órganos técnicos adminístrativos del Gobierno Regionaldel Cusco para su conocimiento y fines de Ley

íQUESE.

~!lJ.E.~DU O LOAYZAGERENTE GENERAL REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO