reglamento de evaluación y promoción - …€¦ · establecer una evaluación diferenciada hasta...
TRANSCRIPT
Reglamento de Evaluación y Promoción Educación
Básica y Media
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE
TALCA
“Mi Liceo, un lugar de oportunidades”
Marzo 2018
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 2
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCION
DEESTUDIANTESDEEDUCACIÓN
BÁSICA Y EDUCACIÓN MEDIA
TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
ARTICULO 1º
Las disposiciones del presente reglamento sobre evaluación, calificación y promoción escolar de:
✓ Estudiantes de 7° y 8° Año de enseñanza básica, acogen en su totalidad las normas
establecidas por el Decreto de Evaluación N° 511 exento del Ministerio de Educación Pública,
del 8 de Mayo de 1997. Decreto Plan de Estudio es N° 1363/20111
✓ Estudiantes de primer y segundo Año de enseñanza Media, acogen en su totalidad las normas
establecidas por el Decreto de Evaluación N° 112 exento del Ministerio de Educación Pública
del 20 de abril de 1999. Decreto Plan de Estudio N° 1358/2011
✓ Estudiantes de tercer y cuarto Año de enseñanza Media, acogen en su totalidad las normas
establecidas por el Decreto de Evaluación N° 83 exento del Ministerio de Educación Pública
del Año 2001. Decreto Plan de Estudio N° 27/2001 y sus modificaciones N° 102/2002, N°
459/2002
ARTICULO 2 º
Las disposiciones del presente Manual se aplicarán a los niveles 7°, 8° de enseñanza básica y 1°, 2°,
3° y 4° de enseñanza Media.
ARTICULO 3º
Para los efectos de evaluación y promoción de los alumnos, se considera el Plan y Programas
de Estudio del Ministerio de Educación con las respectivas modificaciones realizadas.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 3
ARTICULO 4º
La programación, coordinación y desarrollo de las actividades pedagógicas y específicamente
de evaluación, serán de responsabilidad del Director del Establecimiento a través de la Unidad
Técnica Pedagógica quien tendrá a su cargo y bajo su responsabilidad supervisar el cabal
cumplimiento del presente reglamento.
ARTICULO 5º
El proceso de enseñanza aprendizaje iniciará con un diagnóstico en todas las asignaturas del
Plan de Estudio a cargo de cada profesor de asignatura. El profesor determina la forma de diagnosticar a sus
estudiantes de manera de obtener información certera de los aprendizajes que poseen, esto permitirá al
profesor adecuar sus planificaciones a partir del conocimiento de la realidad del grupo curso.
Además, para los estudiantes de cursos nuevos que ingresen al liceo se desarrolla un período de
inducción durante las dos primeras semanas de enero, en las asignaturas de: Lenguaje, Matemática,
Historia, Ciencias e Inglés.
ARTICULO 6º
Como parte inherente al proceso enseñanza aprendizaje el profesor deberá realizar en forma
permanente reforzamiento, con el fin de atender las dificultades individuales y/o grupales que
presenten los alumnos.
La evaluación de las actividades de reforzamiento educativo que se realizan fuera de las
horas curriculares tendrá un propósito básicamente formativo.
ARTICULO 7º
El Director del Establecimiento, previo informe del Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica cuya
elaboración consideró los antecedentes escritos proporcionados por el profesor Jefe, Profesor de
asignatura, Orientador (según corresponda) podrá mediante una resolución interna, eximir o
establecer una evaluación diferenciada hasta en una asignatura contemplada en el Plan de Estudios, a
los alumnos que acrediten tener dificultades de aprendizaje, problemas de salud u otro motivo
debidamente fundamentado.
Las solicitudes de exención o de evaluación diferenciada deben presentarse a la Dirección
del Establecimiento antes del 30 de abril de cada año escolar y una vez revisados los antecedentes, se
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 4
establecerá si procede la exención o sólo una evaluación diferenciada.
En ningún caso esta exención podrá referirse a las asignaturas de Lenguaje y Comunicación,
Inglés, Educación Matemática, Estudio y Compresión Sociedad y/o Estudio y Compresión de la
Naturaleza.
ARTICULO 8º
Para detectar alumnos con trastornos y/o problemas de aprendizaje se aplicará una
evaluación diagnóstica a los alumnos de todos los niveles y a los alumnos que se incorporan al
Establecimiento, a fin de prevenir repitencias. Posteriormente se hará seguimiento a los alumnos
evaluados y se les entregará apoyo Psicopedagógico si procede.
ARTICULO 9º
En el caso de la asignatura de Religión, los padres o apoderados deberán manifestar por escrito
y al momento de la matrícula su deseo que se imparta o no esta asignatura para sus pupilos. Una
vez manifestada la voluntad del padre o apoderado en torno a esta opción, esta no puede ser
retirada y la asistencia a esta clase tiene carácter de obligatoria. (D. S. 40/96 y D.S. 924/83 de
Educación).
En el caso de los alumnos que sus padres manifiesten por escrito que su hijo no opta por clases de
religión, deberá asumir las horas pedagógicas asistiendo en el horario de la clase de religión al aula y
realizando trabajo personal.
ARTICULO 10º
El término del año lectivo se fijará cada año respetando la Ley y las fechas entregadas por
el Ministerio de Educación mediante un calendario enviado por la Dirección Provincial de
Educación de Talca.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 5
TITULO II. DE LA EVALUACIÓN
ARTICULO 11º
La evaluación en la práctica pedagógica debe ser permanente, correctiva y a tiempo, con el
fin de obtener buenos aprendizajes, buenos resultados finales, los cuales se traducen en notas, y por
ende, un buen desempeño en cualquier tipo de prueba externa.
ARTICULO 12º
Las evaluaciones serán: diagnóstica, formativa y sumativa.
La evaluación diagnóstica detecta conocimientos previos, motiva nuevos aprendizajes y permite
desarrollar la planificación de aula, en función de ellos.
La evaluación formativa es permanente, monitorea el proceso y conduce a replanteamientos.
La evaluación sumativa permite conocer los niveles de logro en función de los objetivos
planteados.
ARTICULO 13º
Atendiendo a las diferencias individuales los procedimientos evaluativos serán variados
y adecuados a las experiencias de aprendizaje de los estudiantes. Es deseable aplicar diversas
modalidades para la constatación del logro de aprendizajes para ello se utilizarán instrumentos de
evaluación tales como: pruebas escritas, interrogaciones orales, presentaciones individuales o grupales,
investigación individual, entrevista, entre otros.
ARTICULO 14º
Cualquiera sea el procedimiento empleado, el profesor deberá dar a conocer a los estudiantes
las pautas, criterios y/o aspectos evaluativos que serán considerados.
ARTICULO 15º
Los alumnos serán evaluados en períodos semestrales.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 6
ARTICULO 16º
Durante el año lectivo los alumnos tendrán las siguientes calificaciones:
Parciales: Corresponderán a las calificaciones de coeficiente uno.
Semestrales: Corresponderán al promedio aritmético ponderado de las calificaciones
parciales asignadas durante el semestre.
Finales: Corresponderán al promedio aritmético de las calificaciones semestrales.
Promedio General: Corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones finales
obtenidas por el alumno.
ARTICULO 17º
Corresponderá aplicar la aproximación de centésima a décima en las calificaciones semestrales,
finales y promedio general. No corresponderá hacerlo en las calificaciones parciales.
ARTICULO 18º
Los alumnos serán calificados en todas las asignaturas del Plan de Estudio
correspondiente, utilizando una escala numérica de 1.0 a 7.0 hasta con un decimal, excepto Religión
que lo hará en conceptos en el promedio final. La nota mínima de promoción es 4.0 (cuatro, cero).
ARTICULO 19º
En ningún caso se utilizará la escala de evaluación para calificar aspectos conductuales y/o
de asistencia que no correspondan a la evaluación de aprendizaje.
EVALUACIÓN DE OBJETIVOS FUNDAMENTALES:
ARTICULO 20º
El logro de los Objetivos de Aprendizaje será evaluado en cada asignatura mediante
procedimientos e instrumentos diversos conforme alasexperiencias de aprendizaje de los alumnos.
Se aplicarán dos evaluaciones de nivel en los meses de junio (última semana) y noviembre (última
semana) en las asignaturas: Lenguaje y Comunicación, Matemática, Historia y Cs. Sociales, Ciencias
Integradas e Inglés. La ponderación de la prueba de nivel corresponde a un 25 % del promedio
semestral.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 7
Habrá eximición a todos los estudiantes que logren el promedio de nota de eximición que
será acordado en el Consejo de Profesores.
EVALUACIÓN DE LOS OBJETIVOS FUNDAMENTALESTRANSVERSALES:
ARTICULO 21º
El logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversales será evaluado a través de la aplicación de
diversos instrumentos (observación directa, cuestionarios, pruebas escritas) de evaluación,
autoevaluación o coevaluación en las asignaturas del Plan de Estudios. Dicha evaluación se referirá a
las áreas de: Crecimiento y Autoafirmación Personal, Desarrollo del pensamiento, Formación Ética,
La Persona y su entorno. Esta evaluación se expresará en conceptos, será preferentemente
cualitativa, y será entregada a los alumnos(as) al finalizar cada semestre, de acuerdo a Pauta de
evaluación que permitan recoger información objetiva del cumplimiento de los Objetivos Fundamentales
transversales u Objetivos de Aprendizaje Transversales.
ARTICULO 22º
Ningún profesor(a) está autorizado para consignar en el libro de clases las calificaciones
inferiores a 4.0 que superen el 30 % de las notas de curso sin antes consultar con el Jefe de UTP, los que
analizarán en conjunto la situación y resolverán técnicamente el problema. Cabe destacar, que en
este caso, el docente deberá entregar un análisis de los resultados del instrumento evaluativo con el
informe respectivo a la Unidad Técnica Pedagógica.
El procedimiento frente a los resultados negativos señalados anteriormente será realizar una
retroalimentación de los contenidos trabajados y evaluar posteriormente con un instrumento
diferente al aplicado.
ARTICULO 23º
Como una instancia más del proceso de Enseñanza Aprendizaje, los profesores deben realizar
en conjunto con sus alumnos un análisis de todas las pruebas.
Los instrumentos evaluativos deben ser acompañados por tabla de corrección. Al pie de cada
instrumento de evaluación el docente deberá consignar:
“Los resultados de cada prueba serán entregados en diez días del momento en que
aplicó el instrumento y sus resultados serán analizados en forma conjunta con los alumnos con la prueba
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 8
correspondiente”.
ARTICULO 24º
Todo alumno tiene derecho a conocer la revisión de la prueba, y revisarla junto al Profesor.
ARTICULO 25º
Las situaciones de ingreso, permanencia, asistencia y evaluación de alumnos afectados
por enfermedades infecto contagiosas crónica y/o terminales se regirán, en lo posible de acuerdo a lo
indicado por la circular Ex. Nº 31 de la Secretaría Ministerial de Educación, Región del Maule.
ARTICULO 26º
Los alumnos tendrán como mínimo el siguiente número de calificaciones durante el semestre:
✓ Las asignaturas que cuenten con dos (2) y tres (3) horas semanales deberán contar con un
mínimo de tres (3) calificaciones.
✓ En el área Artística y Religión el número de calificaciones mínimas es tres (3).
✓ Las asignaturas que cuenten con cuatro (4) horas semanales deberán contar con un mínimo
de cuatro (4) calificaciones. (incluyendo la Prueba de Nivel)
✓ Las asignaturas con cinco o más horas semanales deberán contar con un mínimo de cinco
(5) calificaciones. (incluyendo la Prueba de Nivel)
ARTICULO 27º
Todas las calificaciones deben estar consignadas en el Libro de Clases y registradas en el SINEDUC
en un plazo de 10 días hábiles de la aplicación del instrumento evaluativo.
Las calificaciones deberán coincidir con la calendarización realizada por UTP en conjunto con los
profesores.
ARTICULO 28º
Las pruebas de nivel serán calendarizadas por U.T.P. de común acuerdo con los profesores. El
procedimiento de prueba debe corresponder a un protocolo que señala, entre otras cosas, la
elaboración de compendios para cada una de las asignaturas evaluadas y etapa de reforzamiento,
considerando los contenidos deficitarios del semestre.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 9
ARTICULO 29º SISTEMA DE INFORMES DE AVANCE EN LOGRO O.F.T
Este se constituirá de comentarios orales o escritos del docente relativos a los avances
o resultados de la aplicación de un instrumento evaluativo y los informes de Evaluación que se
entregarán en los meses de Julio y Diciembre que darán cuenta a los alumnos y/o apoderados del logro de
losalumnos en los O.F.T.
ARTICULO 30º
El logro de los O.F.T. alcanzados por los alumnos serán registrados en un Informe del Desarrollo
Personal y Social elaborado por el Departamento de Orientación en conjunto con el Consejo de
Profesores que se entregará a los alumnos y/o apoderados al término de cada semestre.
ARTICULO 31º
Para que las evaluaciones sean un fiel reflejo del trabajo en el aula, se establecerá como
criterio las horas del Plan de Estudio de cada asignatura y los períodos de tiempo en que estas deben
ocurrir. De acuerdo a lo anterior, las evaluaciones parciales serán registradas por el profesor en el libro de
clases y en SINEDUC.
ARTICULO 32º
La inasistencia a pruebas debe ser justificada con certificado médico. Si el alumno no
presenta certificación médica el apoderado debe presentarse personalmente a justificar con el
docente encargado estableciendo un compromiso escrito de cumplimiento. Si no se cumple lo
anterior descrito, el alumno será evaluado con una escala de evaluación de 1 a 4 y el plazo para rendir
prueba no puede superar los 10 días hábiles.
El responsable directo es el profesor de asignatura.
ARTICULO 33º
La inasistencia a la Prueba de Nivel se regirá por el artículo 32 del presente Reglamento.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 10
TITULO III.- DE LA PROMOCION Y CERTIFICACIÓN
ARTICULO 34º
Para los efectos de la promoción escolar, las distintas formas de calificación deberán expresarse
en una escala numérica de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de
aprobaciónfinalel4.0.
La calificación 3,9 no podrá ser registrada en el promedio final de la asignatura correspondiente
por ser una nota límite para evaluar rendimientos en los casos de posibles repitencias. Si no se da el caso
anterior se registrará el promedio correspondiente.
En el caso de que un alumno obtenga promedio 3,9 y esté repitiendo el procedimiento a
ejecutar para determinar la nota promedio será la aplicación de un instrumento evaluativo adicional en
la asignatura evaluada.
En la situación de alumnos que obtengan como promedio final 3,9 en tres o más asignaturas
el alumno quedará en situación de repitencia.
ARTICULO 35º
La calificación obtenida por los alumnos en la asignatura de Religión no incidirá en su
promoción escolar, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo de Educación Nº 924 de 1983.
ARTICULO 36º
Los Objetivos Fundamentales Transversales y la asignatura de Consejo de Curso, Orientación y
Religión no incidirán en la promoción escolar de los alumnos.
ARTICULO 37º
Para la promoción de los alumnos de 7º y 8° de Enseñanza Básica y 1°, 2°, 3° y 4° Año de
Enseñanza Media, se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de las asignaturas del plan de
estudio del establecimiento educacional y la asistencia a clases.
1. LOGRO DE OBJETIVOS
A. Serán promovidos los alumnos de 7º y 8° de Enseñanza Básica y 1°, 2°, 3° y 4° Año de
Enseñanza Media que hubieren aprobado todas las asignaturas de su respectivo plan de
estudio.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 11
B. Serán promovidos los alumnos que no hubieren aprobado una asignatura, siempre
que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior. Para efecto del
cálculo se considerará la calificación de la asignatura no aprobada.
C. Igualmente, serán promovidos los alumnos que no hubieren aprobado dos
asignaturas, siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio de 5.0 o
superior. Para tal efecto del cálculo se considerará la calificación de las dos asignaturas no
aprobadas.
D. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las dos asignaturas no
aprobadas se encuentran los asignaturas de Lengua Castellana y Comunicación y/o
Matemática, los alumnos (as) de 3º y 4º año medio, ambas modalidades, serán promovidos
siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto del
cálculo de este promedio se considerará la calificación de las asignaturas no aprobadas.
2. ASISTENCIA
Para ser promovidos, los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases
establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones
debidamente justificadas, el Director del Establecimiento, consultado el Consejo de
Profesores, podrá autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de
asistencia.
ARTICULO 38º
El Director del Establecimiento, consultado el Consejo de Profesores, podrá resolver
situaciones especiales de Evaluación y Promoción dentro del año escolar, tales como: ingreso tardío
a clases, ausencias a clases por períodos prolongados; finalización anticipada del año escolar;
certámenes nacionales; becas u otras razones semejantes.
ARTICULO 39º
La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada
año escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento entregará a todos los alumnos un
certificado anual de estudio que indique las asignaturas, las calificaciones obtenidas y la situación final
correspondiente.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 12
El certificado anual de estudio no podrá ser retenido por ningún motivo.
ARTICULO 40º
En caso de Cierre Anticipado del año escolar se aplicará el “Protocolo Cierre Anticipado
de Año Escolar.
ARTICULO 41º
Las Actas de registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso,
las calificaciones finales en cada asignatura, el porcentaje anual de asistencia, la situación final de los
alumnos y la cédula nacional de identidad de cada uno de ellos. Estas actas deberán ser firmadas por
cada uno de los profesores de las distintas asignaturas del plan de estudio que aplica el Establecimiento
como respaldo de la información.
ARTICULO 42º
Todas las situaciones que se presenten tales como: problemas de salud, embarazo, traslados,
becarios de algún programa escolar o académico, talentos deportivos y/o artísticos, situaciones laborales,
entre otras, que no estén contempladas en el presente Reglamento, serán resueltas por la Dirección del
Establecimiento.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 13
ANEXOS:
I. PLAN DE ESTUDIO
A continuación, se presenta el Plan de Estudio de 7° y 8° Año de Educación Básica, 1°, 2°, 3° y 4°
Año de Educación Media de establecimientos reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación, que
se encuentran adscritos al régimen de jornada escolar completa diurna basados en la vigencia de planes y
programas de estudio.
Nivel Educación Básica
Decreto N°169. 14/03/2014. 7° a 8° Básico. Modifica al N° 1363. 18/07/2011.
ASIGNATURAS 7° y 8° Año Básico
Lengua y Literatura (11224) 6
Idioma Extranjero Inglés (11225) 3
Matemática (5) 6
Ciencias Naturales (6) 4
Historia, Geografía y Ciencias Sociales (2280) 4
Tecnología (517) 1
Educación Física y Salud (9845) 2
Música (288) 3
Orientación (22) 1
Religión (13) 2
Total de horas Plan de Estudio 32
Inglés Avanzado 1
Artes Escénicas I 2
El Arte y las Matemáticas Recreativas I 2
Orientación Consejo de Curso (144) 1
Total horas JEC 6
Total horas 38
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 14
Nivel Educación Media Ajuste Curricular 1° y 2° Medio HC y TP.
Decreto N°135. 18/07/2011.
ASIGNATURAS Primer Año
Enseñanza Media
Segundo Año
Enseñanza Media
Lenguaje y Comunicación (14) 6 6
Inglés (254) 4 4
Matemática (5) 7 7
Biología (3) 2 2
Física (7) 2 2
Química (8) 2 2
Historia, Geografía y Ciencias Sociales (2280) 4 4
Educación Tecnológica (17) 2 2
Artes Visuales o Artes Musicales (28 ó 29) 2 2
Educación Física (11) 2 2
Orientación (22) 1 1
Religión (13) 2 2
Total de horas Plan de Estudio 36 36
Taller de Educación Física 1 1
Artes Escénicas II 2 2
El Arte y las Matemáticas Recreativas II 1 1
Orientación y Formación Ciudadana 2 2
Total horas JEC 6 6
Total horas 42 42
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 15
Nivel Educación Media. 3° Medio HC-TP y 4° Medio HC
3° Medio HC.27 /01/2001 y 4° Medio. 24/05/2002.
ASIGNATURAS Tercer Año
Enseñanza Media
Cuarto Año
Enseñanza Media
Lenguaje Castellana y Comunicación (27) 3 3
Idioma Extranjero Inglés (19) 3 3
Matemática (5) 3 3
Historia y Ciencias Sociales (35) 4 4
Filosofía y Psicología (999) 3 3
Biología (3) 2 2
Química (8) 2 2
Artes Musicales (29) 2 2
Educación Física (11) 2 2
Religión (13) 2 2
Consejo de Curso (144) 1 1
Horas semanales Plan General 27 27
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 17
PLAN JEC CIENTÍFICO Tercer y Cuarto de Enseñanza Media
Taller de Ed. Física
2
Taller Artes Escénicas
2
T. Ingles Avanzado
2
Total Plan JEC CientíficoCientífico
6
3
PLAN JEC HIMANISTA Tercer y Cuarto de Enseñanza Media
Taller de Ed. Física
2
El Arte y las Matemáticas Recreativas
2
Física, Método Científico
2
Total Plan JEC CientíficoCientífico
6
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Plan Diferenciado
PLAN CIENTÍFICO Tercer Año Cu
Enseñanza Media Ense
arto Año
ñanza Media
Álgebra y Modelos Analíticos (2198) 3
Evolución, ecología y ambiente (2264) 3
Mecánica(2216) 3
Funciones y Procesos Infinitos (2687) 3
Termodinámica 3
Célula, Genoma y organismo (2266) 3
Total Plan Científico 9 9
Plan Diferenciado
PLAN HUMANISTA Tercer Año Cu
Enseñanza Media Ense
arto Año
ñanza Media
Lenguaje y Sociedad (2197) 3
La ciudad contemporánea (2214) 3
Inglés Social Comunicativo Humanístico(6639 ) 3
Ciencias Sociales y Realidad Nacional (2199) 3
Álgebra y Modelos Analíticos (2198) 3
Inglés Cultural – Literario
l- Literario
Total Plan Humanista 9 9
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 18
II. PROTOCOLO DE CIERRE ANTICIPADO DE AÑO ESCOLAR
OBJETIVOS Y FUNDAMENTACIÓN:
El presente protocolo ha sido diseñado en razón del artículo número 40° del reglamento de evaluación y
promoción escolar 2016. En éste se establecen en los requisitos y procedimientos para la “Cierre anticipado
del año escolar”, en el Liceo Bicentenario Oriente de Talca. El cierre del año escolar es una situación
excepcional que se aplicará dada la solicitud fundada del apoderado(a) de un estudiante del Liceo y se regirá
por los siguientes procedimientos bajo las causales que se explicitan:
PROCEDIMIENTOS:
1. En el caso que el apoderado/a de un estudiante solicite cierre anticipado del año escolar de su pupilo(a),
esta solicitud deberá presentarse por escrito formalmente a la Dirección del Establecimiento.
2. La petición formal mencionada en el párrafo anterior debe hacerse llegar con copia al profesor Jefe del
estudiante, de manera que esté informado de la petición de “Cierre anticipado del año escolar”.
3. Si por razones de enfermedades severas y prolongadas, embarazo adolescente u otras razones clínicas, el
estudiante no pueda continuar asistiendo al Colegio y proseguir con sus estudios, estas razones deberán
exponerse adjuntando la documentación pertinente y protocolo de exámenes y tratamiento(s), de acuerdo
a la especialidad y enfermedad del alumno(a). Las evaluaciones médicas no deben ser realizadas por
familiares directos del alumno(a).
4. Una vez recibida la solicitud de Cierre Anticipado del Año Escolar, el caso será revisado en conjunto por
Dirección y Unidad Técnico Pedagógica correspondiente quienes cautelarán que los certificados que se
adjunten a las peticiones correspondan a la fecha en que se solicita el cierre del año escolar. No se
considerarán certificados emitidos por profesionales no médicos.
5. Para solicitar el cierre del año escolar anticipado, los estudiantes deberán a lo menos haber rendido un
semestre del año respectivo, con el promedio semestral en todas las asignaturas y sin evaluaciones
pendientes, toda vez que regirá el Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2016.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
LICEO BICENTENARIO ORIENTE DE TALCA 18
6. La respuesta de esta medida de Cierre anticipado del año escolar -en primera instancia- podrá ser acogida
y resuelta favorablemente o no y será informada a los padres y/o apoderados a través de una Resolución
Interna emitida por La Dirección conjuntamente con la Unidad Técnico Pedagógica.
7. Los apoderados podrán apelar de la Resolución Interna a la Dirección en un plazo no mayor a cinco (5)
días hábiles.
AÑO 2018 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN