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Guillermo Fats Equipo CYG

Prontuario Aragons

Del Reino y la Corona de

Guillermo Fats Equipo CYG

Prontuario Aragons

Del Reino y la Corona de

CORTES DEARAGONParlamento

Escudo de armas del rey Alfonso V de Aragn como caballero de la Orden del Toisn de Oro, 1445. (Cathdrale Saint-Bavon, Gante, Blgica)

Prontuario aragons

del Reino y la Corona de Aragn

Nota. Este prontuario no es una historia de Aragn ni de su Corona. Solo aspira a ex-plicar, en forma de lxico dispuesto alfab-ticamente, ciertos hechos principales para la comprensin de la antigua Corona de Aragn en tanto que conjunto poltico. En el prontuario figuran por eso todos los so-beranos y los territorios de la Corona, ms las principales particularidades institucio-nales y legales del Reino de Aragn (cortes, fueros, justiciazgo). Tambin ofrece trmi-nos que son a menudo objeto de discusin (Almogvares, Condes-reyes, Con-federacin catalanoaragonesa, Numerales ordinales de los reyes, Seal real, Titu-lacin de los reyes, etc.).

Las breves biografas de los monarcas es-tn basadas en las de la Historia de Aragn (ed. Heraldo de Aragn, Zaragoza, 1991). Los textos reproducidos literalmente llevan mencin de autor y fecha. Se incluyen apn-dices con los documentos fundacionales de la futura Corona, la lista de reyes hasta Car-los I y la de justicias. La seleccin de voces y la revisin final del texto, redactado por el Equipo CYG, son obra de Guillermo Fats, que agradece los valiosos comentarios de sus colegas G. Redondo y . Capalvo, sin parte en cualquier error que esta obra pu-diera contener. Mara Teresa Pelegrn hizo la seleccin de todas las ilustraciones y do-cument su procedencia.

PRESENTACIN

La historia y la cultura son los elementos que ms contribuyen a forjar la identidad de un pueblo, de una comunidad. Y cuando uno analiza, con objetividad, los hechos acontecidos a lo largo del ltimo milenio, entiende por qu en Aragn existe esa fuerte conciencia colectiva. Nuestra comunidad ha sido reconocida como nacionalidad histrica y siempre me ha agradado el trmino de comunidad histrica, porque esta es consecuencia de la firme voluntad de vivir en comunidad, frente a otras denominaciones que pueden adquirirse por la fuerza o por una decisin de carcter legal. En Aragn siempre hemos tenido conciencia de lo que somos y, sobre todo, de lo que queremos ser, no hemos requerido etiquetas especiales para justificar un trato distinto. Aragn, que tiene sus inicios en un condado, ha sido un territorio de derecho, don-de el pacto ha resultado el instrumento ms eficaz para solventar los conflictos. Eso ha propiciado abundante jurisprudencia y la aparicin de instituciones concretas, que resultaron modlicas, en su doble acepcin, porque su gestin fue ejemplar y porque sirvieron de inspiracin para otras naciones. Nuestro parlamentarismo, en las Cortes de Aragn, fue indito en aquel momento, como lo fueron figuras como el Justicia o la Diputacin del Reino, germen de la Diputacin General de Aragn y de otras anlogas en comunidades vecinas. Fruto de nuestro carcter conciliador y poco propicio a generar debates estriles, la his-toriografa reciente ha minusvalorado la aportacin de nuestra comunidad, heredera del reino, como elemento fundacional de nuestra actual nacin. Como ha sucedido en otras cuestiones polticas, Aragn ha permanecido durante aos entre las tendencias centralistas y las secesionistas, que han utilizado, a menudo, la historia como elemento legitimador de sus ambiciones, aunque haya sido a costa de distorsionarla. No est pues de ms arrojar algo de luz sobre la verdad, sobre la historia que hemos compartido con otros pueblos, bajo la monarqua aragonesa, porque sabiendo de dn-de venimos y lo que hemos hecho podemos definir mejor lo que queremos ser y evitar que los errores se repitan. Y en ese sentido debemos proclamar que las barras gual-dirrojas se conocen en herldica como las barras de Aragn y as consta en numerosos blasones, que nunca existi la corona catalanoaragonesa o que los derechos civiles de los aragoneses perduraron durante siglos. La edicin de este prontuario aragons no persigue ser la apoyatura para otras deman-das; es simplemente un ejercicio de divulgacin de nuestras instituciones, cultura, de-recho y seas de identidad, al servicio del mayor decoro y de la dignidad de Aragn.

Jos ngel Biel Presidente de las Cortes de Aragn

aAbadas 13Acapto 13Actos de Cortes 13Albarracn (integracin en Aragn) 13Albigenses 14Alcaiz, Concordia de 14Aldeas 14Alfonso (nombre dinstico) 14Alfonso I 16Alfonso II 17Alfonso III 18Alfonso IV 18Alfonso V 19Almogvares 19Ampurias 21Anagni, Tratado de 21Andregoto o Endregoto (condesa de Aragn) 21Anjou 21Aprehensin 21Aragn (nombre) 21Aragons (gentilicio) 22Arn 22rbol de Sobrarbe 23Archivo de la Corona de Aragn (ACA) 24Archivo Real 24Arzobispos 24Audiencia Real 24Aureolo 25Aznar Galndez 25

Voces

bBaile, bailo, bayle, baiulo 26Barras de Aragn 26Batalla de Alcoraz 26Batalla de Cutanda 26Batalla de pila 26Batalla de Muret 27Bayle, bailo o bayulo 27Blanca, reina de Navarra 27Blancas, Jernimo 27

cCalatayud, Concordia de 28Cancillera Real 28Carlos I 28Casa de Aragn 28Casa de Barcelona 28Casa de Pamplona 28Casa de Trastmara 29Casa del rey 29Caspe, Compromiso de 29Castelln de Amposta 30Cataln (gentilicio) 30Catalua 30Catalua (nombre) 30Cerdaa 31Ciudades y villas 31Collida 31Compaa Catalana 31Compromiso de Caspe 32Comunidad de aldeas 32Condados catalanes 32Conde de Barcelona 32Conde de Urgel 32Condes de Aragn 32Condes-reyes 33Confederacin catalanoaragonesa 33Conflent 34Consejo de Aragn 34Consejo real 35Contrafuero 35Corbeil, Tratado de 35Corona de Aragn 36Coronacin 36Corregimientos 38Cortes 38Cortes generales 39Costums 40Cronistas del reino 40Cruz de Alcoraz 41Cruz de igo Arista 42Cruzada de Barbastro 42Curia regia 42

dDecretos de Nueva Planta 44 Demografa y extensin 44Derecho matrimonial en Aragn 44Derechos del menor en Aragn 44Derecho de viudedad 44Diputacin del General o Diputacin del Reino 45Dragn de Aragn 45Ducados de Atenas y Neopatria 45Duque de Gerona 45

eEscudo de Aragn 46Excomunin 46Extensin 46

fFernando I 48Fernando II 48Firma 49Foralismo 49Frontera de Aragn con Castilla 49Frontera de Aragn con Catalua 49Fuero de Calatayud 50Fuero de Daroca 50Fuero de Jaca 50Fuero de Sobrarbe 51Fuero de Teruel 52Fueros 52Fueros de extremadura 55Furs 55

gGeneralidades 56Generalitat 56Germana de Foix 56

hHuesca 58

iInquisicin 60Inventario 61

jJaca 62Jaime I 62Jaime II 62Juan I 63Juan II 64Juana I y Carlos I 64Juramento de los reyes 65Justicia 66

lLanuza 68Lrida 68

mMaestro racional 70Manifestacin 70Marca Hispnica 70Mara de Castilla 70Martn I 71Merino 72Monasterios 72Moneda 72Montearagn 73Montpellier 73Monzn 73Muret 73

nNombres de los reyes 74Nueva Planta de Aragn 74Numerales ordinales de los reyes 75

oObispados 76Observancias 76Origen del Reino de Aragn 77Oriol 77

p

rRamiro I 86Ramiro II 86Ramn Berenguer IV, conde de Barcelona 87Real Audiencia 88Reino de Aragn 88Reino de Cerdea 89Reino de Crcega 89Reino de las Dos Sicilias 89Reino de Jerusaln 90Reino de Mallorca 90Reino de Murcia 90Reino de Npoles 91Reino de Sicilia 91Reino de Valencia 92Reino de Zaragoza 92Rey de Aragn 92Rincn de Ademuz 93Roda 93Roselln 93

sSan Jorge 94San Juan de la Pea 94

Pactismo 78Palls o Pallars 78Panteones reales 78Papado 78Pedro (nombre dinstico) 78Pedro I 79Pedro II 79Pedro III 80Pedro IV 80Perpin 81Petilla de Aragn 81Petronila 81Poblet 82Principado de Catalua 82Prncipe de Aragn 83Prncipe de Gerona 83Privilegio de la Unin 84Privilegio General 84Procesos forales del Justiciazgo 85Provenza 85

San Pedro de Siresa 94Sancha, reina de Aragn 94Sancho III de Pamplona 95Sancho Ramrez 95Santes Creus 95Seal Real 95Seera, senyera 96Seo de Zaragoza 96Sepulcros de los reyes de Aragn 96Sijena 97Sobrecullidas o sobrecollidas 97Sobrejunteras 97

tTarragona 98Teruel (ciudad) 98Ttulos de los reyes de Aragn 98Tortosa 99Tortura 99Trastmara 99

uUnin 100Unin de Aragn y Catalua 100Unin con Castilla 100Universidades (concejos) 100Universidades (estudios) 101Urgel (condado) 101Usatges 101

vValencia 102Vallespir 102Veredas 102Vidal Mayor 102Violante de Hungra, reina de Aragn 102Vsperas Sicilianas 102Viudedad 102

zZaragoza (cabeza del reino) 104Zurita 104

igo Arista 61Isabel la Catlica 61

13

independiente de Albarracn, favorecido por Ibn Mardanis, seor musulmn de Murcia y Valencia (Sarq al-Andalus), tuvo por quinta y ltima titular a su descendiente Teresa l-varez de Azagra, cuyo marido desde 1260, el noble castellano Juan Nez de Lara, se midi imprudentemente con Pedro III, quien ase-di y tom el lugar en 1284, en ausencia del seor, que haba partido en busca de auxilios. En 1300, Jaime II incorpor la poblacin al dominio directo de la corona y le reconoci el rango y los privilegios (G. Fats y J. Bermejo, El territorio de Aragn, 2007). En 1598, Felipe II (I de Aragn) sujet el territorio al fuero general de Aragn.

Abadas. V. Monasterios.

Acapto.

En Aragn es un territorio no recibido en he-rencia por el rey, sino adquirido (acaptado, captado) por l mismo, del que por eso puede disponer libremente.

Actos de Cortes.

Tras los Fueros (v.) y las Observancias (v.), son la base del Derecho aragons. Impresos por vez primera en 1554, son los acuerdos de Cortes que no son fueros, aunque se tramitan y aprueban del mismo modo. En 1601, Ger-nimo Martel los define como decisiones de Cortes sobre habilitaciones, salarios, limos-nas y lo que para los oficios de la Diputacin, y tocante al buen gobierno dello, se provee, que deben guardarse como los fueros, aunque no se impriman, pues todos son actos hechos por el Rey y la Corte.

Albarracn (integracin en Aragn).

El inteligente Muhammad ibn Mardanis, lla-mado rey Lobo (o Lope), contrat a me-nudo tropas cristianas para luchar contra los almohades desde su rico emirato de Murcia. Hacia 1169, recompens al navarro Pedro Ruiz de Azagra con el seoro de Albarracn. Los Azagra, seores de Albarracn, se decla-raban vasallos de Santa Mara (cuya efigie sigue siendo hoy el escudo de armas de la ciu-dad) y, dada la situacin geogrfica de su do-minio, no es raro que tuviesen intereses preci-samente en la cercana Ademuz. El 4 de junio de 1254, Jaime I adquiri con lvaro Prez de Azagra el compromiso de mantenerle ciertas prerrogativas que este tena concedidas por el soberano aragons, incluidos los percibos de ciertas rentas en varios lugares, entre los cuales figuran Ademuz, Castielfabib y Al-puente, ya entonces valencianas. El seoro

AGrabado xilogrfico, con tres

de los cuatro cuarteles del actual escudo de Aragn

y la cimera real. Actos de Cortes del Reyno de Aragon,

Zaragoza, 1584. (Cortes de Aragn. Fondo Documental

Histrico, L447)

14 15

Albigenses.

Propiamente son los habitantes de Alb (actual departamento del Tarn, Francia). Por la abun-dancia de ctaros (cristianos de intransigente ri-gorismo moral) en esa ciudad del Lenguadoc, se aplic el nombre a todos los herejes de la comar-ca (el Albigeois, integrado en el vizcondado de Alb) y, luego, a los de la regin de Toulouse. La comarca albigense, partida por el ro Tarn, depen-da de las senescalas de Toulouse (margen dere-cha) y Carcasona (margen izquierda). Durante la cruzada proclamada por Inocencio III, apoyada por Felipe II Augusto de Francia y capitaneada por Simn de Montfort, tuvo lugar la batalla de Muret, en la que muri Pedro II, defendiendo a sus vasallos, parientes y aliados. Las tierras de su seoro, desde Foix hasta Toulouse, pasaron desde entonces a la rbita de Pars.

Alcaiz, Concordia de.

Reunin parlamentaria en la que, el 15 de febre-ro de 1412, se convino, con diplomacia, habili-dad y conocimiento de la ley y las costumbres, el complejo procedimiento que, en junio, segui-ran en Caspe los nueve delegados que resolvie-ron el difcil problema dinstico planteado al morir Martn I en 1410 sin descendencia leg-tima ni sucesor evidente. El acuerdo, tomado por los aragoneses y los catalanes, reunidos por separado en ciudades diferentes, fue despus asumido por los valencianos, en aquel momen-to muy divididos. Las partes firmantes (inicial-mente, el Reino de Aragn y el Principado de Catalua) se comprometan a respetar lo acor-dado y declaraban que lo pactado no significaba merma de ningn derecho o fuero aragons o cataln ni poda ser tomado como interferencia de unos en los asuntos de los otros. El objetivo del plan era averiguar con prontitud y en justi-cia (dos condiciones bsicas) quin deba suce-der al rey difunto. Y para ello se propuso buscar a personas preparadas, probe conscienciae, bone fame et idoneis, y darles plenos pode-res para que hallasen respuesta, segn Dios y sus conciencias, a esta pregunta especfica y

redactada con sumo cuidado: A quin deben prestar fidelidad los parlamentos, sbditos y vasallos de la Real Corona de Aragn y deben tener en justicia por verdadero rey y seor, de forma clara y absoluta. No se aceptaba, pues, una respuesta cautelosa o mltiple. Para lo-grar ese propsito, los parlamentos transferan omnis potestas a esos nueve particulares (G. Fats, Alcaiz 1412: las inslitas reglas del juego, 2012), distribuidos en tres ternas, cada una de las cuales dispondra de tropa y squito iguales (30 cabalgaduras y 40 personas, con o sin armas). Cada terna no representaba a un Estado, pero el espritu fue que Aragn, Cata-lua y Valencia tuvieran cada cual su terceto. La decisin deba llegar in concordia (por con-senso) y, al menos, con seis votos de los nueve, y con al menos un votante favorable por terna. Eso daba derecho de veto a una terna si sus tres miembros se oponan. No sera un trgala. Tras or misa con homila y comulgar, los jueces ju-raran por el lignum Crucis y los Evangelios obrar sin amor, odio, favor ni miedo, ajenos a todo ruego, precio, obsequio, gracia o car-go ni expectativa de obtenerlos, ni intencin torcida de otra especie. Deban tener en cuenta, adems de la ley y la probidad, la conveniencia del reino y la Corona. Durante dos meses estu-diaran cuanto aportasen los pretendientes y los oiran a todos. Su libertad qued garantiza-da por la conversin de Caspe en jurisdiccin especial bajo mando civil y militar de los nueve. Su decisin sera inapelable. En cuanto a su co-metido, no se trataba de dictar una sentencia en sentido judicial, sino de hacer la publicacin del rey (publicatio regis), desvelar quin lo era y no tanto segn derecho como segn jus-ticia. (V. tambin: Calatayud, Concordia de; Caspe, Compromiso de.)

Aldeas. V. Comunidad de aldeas.

Alfonso (nombre dinstico).

Los nombres dinsticos caractersticos de la Casa de Aragn son Pedro y Alfonso. Los titulares de

Mapa de la zona de Albarracn.Juan Bautista Labaa,Episcopatus Teruelensis

et Albaracinensis, msterdam, ca. 1665.

(Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, M45)

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la Corona los usaron con preferencia. Alfonso (o Aldefonso; Ildefonso, en la forma culta) gan prestigio por Alfonso I, cuyas campa-as militares fueron rpidas, brillantes y pro-ductivas. El primer rey de Aragn y conde de Barcelona, a quien su padre, el conde Ramn Berenguer IV, llama siempre Ramn en la do-cumentacin barcelonesa, fue llamado Alfonso por su madre, la reina Petronila, y rein con este nombre. Petronila, para evitar equvocos o perjuicios, dej formalmente consignado en 1164 que se trataba de su hijo y sucesor en el reino, Alfonso, a quien su padre llamaba Ra-mn. El nombre marcaba a la persona y la reina y su hijo optaron por un nombre de re-sonancia regia.

Alfonso I.

Cuarto rey de Aragn, llamado el Batallador (1073?-1104-1134). Hermano de padre de Pedro I y sucesor suyo. Naci del segundo matrimonio de Sancho Ramrez (con Felicia de Roucy). Conquist las Cinco Villas cen-trales (Ejea y Tauste) y Tamarite de Litera, en

Alfonso II.

Sptimo rey de Aragn, llamado el Casto y el Trovador (1157-1162-1196), primer soberano de lo que luego se llam Corona de Aragn, rey de Aragn y conde de Barcelona desde 1162, marqus de Provenza (1166) y conde del Ro-selln (1172). En 1164 la reina Petronila (v.) hizo donacin del reino a favor suyo. Cit en Zaragoza lo que sin fundamento se ha tomado a veces por preludio de las Cortes (v.) arago-nesas, por documentarse la asistencia a esa re-unin de representantes urbanos (1164) junto

Juan Fernando Palomino, Vista septentrional de la ciudad de Alcaiz, Madrid, 1779. (Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, G131)

Territorios conquistados durante el reinado de Alfonso I.

M. Luz Rodrigo, Atlas de Historia de Aragn,

Zaragoza, 1999.

el este. Casado con Urraca de Castilla, de la que se separ por fuertes desavenencias, lle-g a titularse imperator totius Hispaniae. Tras conseguir en Toulouse la condicin de cruzada para la campaa, conquist Zarago-za (1118) con ayuda, entre otros, de su va-sallo Gastn de Bearne, experto en asedios por sus guerras en Tierra Santa, a quien la dio en seoro, y el Valle central del Ebro, con Tudela, Alfaro y Tarazona. Tras la batalla de Cutanda (1120) (v.) entr en Calatayud. Hizo dos incursiones armadas a Andaluca (1024 y 1025). Deseoso de combatir en Je-rusaln y posedo del espritu cruzado, quiso aduearse de una salida al mar, por Valencia o Tortosa, empeos en que fracas, no obstante su victoria en Cullera. En el asedio de Fraga fue derrotado, muriendo al poco en Poleino (1134). Leg el reino, cuyo territorio dupli-c, a las rdenes militares. Los aragoneses no aceptaron la decisin. Cuando cas con Urra-ca, esta era viuda de Raimundo de Borgoa y madre del futuro Alfonso VII de Len y Casti-lla. El matrimonio fue disuelto cannicamen-te por ser los esposos bisnietos de Sancho III de Pamplona.

a nobles y clrigos. Al poco de morir su madre la reina (15 de octubre de 1173), cas con San-cha (18 de enero de 1174), hija de Alfonso VII de Len y Castilla y de Riquilda de Polonia, su segunda esposa. De Sancha tuvo a Pedro (II) y a Constanza, que por sucesivas bodas sera reina de Hungra y emperatriz de Alemania. La reina fund el importante monasterio femeni-no de Sijena, para mujeres nobles. Con el rey castellano firm el Tratado de Cazola (Soria), en que Aragn adquira el derecho a conquistar

1104-11101118-112211281133-1134

Conquistas:

Lmites aproximados de los territorios dominadosOfensivas almorvidesLneas de expansin de la Reconquista aragonesa(1131) Fueros de repoblacin concedidos(1122) Milicias creadas por Alfonso I(1120) Batallas+

18 19

el Levante islmico hasta Biar, reconociendo a Castilla los derechos sobre Murcia. Conquis-t Valderrobres, Gandesa, Orta, Ulldecona y Teruel, a la que dio fuero. Muri en Perpin. (V. tambin: Alfonso, nombre dinstico.)

Alfonso III.

Undcimo rey de Aragn, llamado el Liberal (Valencia 1265-1285-1291 Barcelona). Hijo de Pedro III. Rey de Aragn y Sicilia. Se impuso a su to Jaime II de Mallorca, por ayudar a Felipe III de Francia a invadir Catalua. Se titul rey sin haber jurado fueros en La Seo, lo que provoc la reaccin de los aragoneses, encabezados por

grandes seores (dos hijos naturales de Jaime I y otro de Pedro III, entre ellos). Fue coronado en Zaragoza en 1286. Mientras conquistaba Me-norca a ibn Hasam (1287), Jaime de Mallorca volvi a amenazar militarmente a Catalua y a la vez estall una verdadera guerra civil en Aragn, con ataques iniciales a territorio valenciano y, luego, enfrentamientos directos con el monar-ca. Los unionistas aragoneses llegaron a ofrecer el reino a Carlos de Valois. Desbordado, hubo de aceptar el humillante Tratado de Tarascn (1291) con Francia, apoyada por el papa, que no tuvo efecto por la inmediata muerte del rey. Ratific y ampli los privilegios logrados de sus antecesores por sus sbditos aragoneses y, en el Privilegio de la Unin, se comprometi a no proceder contra los unionistas sin sentencia previa del justicia y del consejo nombrado por aquellos. El rey muri a los 27 aos y no lleg a casar. Se haba pactado en Jaca la fecha de 1291 para su boda con Leonor de Inglaterra, hija de Eduardo I y de Leonor de Castilla y nieta de Fer-nando III el Santo. Leonor acudi a Barcelona para los desposorios, pero Alfonso muri sbi-tamente, el 18 de junio de 1291.

Alfonso IV.

Decimotercer rey de Aragn, llamado el Be-nigno (Npoles 1299-1327-1336 Barcelona). Rey a la muerte de su padre por renuncia de su hermano Jaime, que entr en religin, se coron en 1328 (v. Coronacin). Reprimi las rebeliones sardas, alentadas por Gnova, y detuvo los ataques granadinos contra las plazas entonces aragonesas de Orihuela y Elche. Cas en 1314 con Teresa de Entenza y Antilln, he-redera del condado de Urgel y del vizcondado de Ager, que no lleg a ser reina y con quien tuvo siete hijos, incluido el futuro Pedro IV. Cedi a los hijos de su segunda esposa (1329), Leonor de Castilla, hermana de Alfonso XI, numerosas poblaciones y castillos, con des-contento de los valencianos, lo que le llev a revocar las concesiones en 1332 y a declarar le-galmente la condicin inseparable de Aragn, Catalua y Valencia. Sane la administracin

de Cerdea, corrompida por sus altos funcio-narios catalanes. Pedro, su heredero, entr en duradera discordia con su madrastra, que, ya viuda, regres a Castilla, donde fue muerta por orden del nuevo rey y sobrino suyo, Pedro I (1359). Sus dos hijos varones, Juan y Fernan-do, murieron asesinados por mandato, respec-tivamente, de Pedro I y de Pedro IV de Aragn.

Alfonso V.

Decimoctavo rey de Aragn, llamado el Mag-nnimo y el Sabio (1396-1416-1458). Recu-per Cerdea, pero fracas en Crcega ante los genoveses. Juana de Npoles, en guerra con Francia, lo adopt como hijo, aunque hizo lo propio luego con el duque de Anjou (v. Anjou) y, en 1433, otra vez con Alfonso. El duro con-flicto dur veintids aos y mantuvo a Alfonso lejos de sus estados hispanos. Saque Marsella y cay, con sus hermanos Juan y Enrique, pre-so del duque de Miln (batalla naval de Ponza, 1435). En 1429 hizo guerra a Castilla y en 1433 invadi Trpoli. Entr victorioso en Npoles en 1443. Heredero de los ttulos regios de Je-rusaln y Hungra y de los ducales de Atenas y Neopatria, intervino mucho en Oriente: recibi en vasallaje a Bosnia, socorri a Rodas, intent una cruzada, negoci con el Preste Juan y con los serbios y albaneses, tom Castelorizzo y sus flotas navegaron por el Nilo y las costas sirias. La brillantez exquisita de su corte italiana se nutri de los mejores literatos y artistas de su tiempo. Fue regente en la pennsula su esposa, la reina Mara de Castilla (v.) y, luego, esta con Juan (II), rey de Navarra y hermano de Alfonso. Al morir (1458) dio Npoles (v.) y Sicilia (v.) a Ferrante (Fernando), hijo natural, y sus estados ibricos a su hermano. Almogvares.

Almogvar, probablemente, viene de la pa-labra que en rabe significaba el que hace al-gara (expedicin rpida de saqueo en suelo enemigo) y no eran especficos de Aragn, ni de

su Corona, donde luego cobraran fama como mercenarios estables que vivan de la guerra. Antes de la unin de las Casas de Aragn y Bar-celona, ya luchaban para el rey aragons, pues Zurita seala que Alfonso I, en sus trabajos de asedio a Saraqusta, llam a una gente pltica [prctica] en la guerra y muy ejercitada en ella, que llamaban almogvares, en el Castellar para que estuviesen en frontera contra los moros de Zaragoza. Acabaron siendo tropas profesiona-les, mercenarios de infantera ligera y muy ague-rrida y tambin de caballera. En la conquista de Valencia por Jaime I aparece una cumpanya dalmugavers mandada por el aragons Gui-lln de Aguiln, practicando pillaje y matanzas

Alfonso II y Ramn de Caldes ordenando los documentos para el cartulario real .Liber Feudorum Maior, ss. XII-XIII. (Espaa. Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte. Archivo de la Corona de Aragn. Cancillera, registro n.1, fol. 1r.)

Semblanza de Alfonso III.Lucio Marineo Sculo, Pandit Aragoni[a]e veterum primordia regum hoc opus et forti pr[a]elia gesta manu, Zaragoza, 1509. (Universidad de Zaragoza. Biblioteca General. Fondo Antiguo, An-7-4.-13, fol. XXXIv.)

Lemnisco y sello de cera roja de Alfonso IV.

Confirmacin de los privilegios concedidos a la baila de Cantavieja, 1328.

(Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, D42)

Signo de Alfonso V por la gracia de Dios rey de Aragn,

Sicilia, Valencia, Mallorca, Cerdea y Crcega, conde de Barcelona,

duque de Atenas y Neopatria y tambin conde del

Roselln y la Cerdaa. Carta de emancipacin de Juan

Raimundo Folch, 1425. (Cortes de Aragn. Fondo

Documental Histrico, D162)

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por botn, como otros ms en diversas ocasio-nes, por lo que el rey foch molt yrat [airado]. Esta conducta brbara se repite bajo Pedro III, en tierras gerundenses. Su alto valor blico les vala, finalmente, el perdn regio. La historio-grafa regionalista ha visto disputas acerca de la condicin aragonesa o catalana de los almo-gvares en los siglos XIII y XIV, que son los de su fama. Hubo muchos aragoneses entre esos guerreros, cuyos caudillos principales (De Flor, italoalemn; De Lauria, itlico; Entenza, de viejo linaje aragons; Rocafort, ampurdans o morellano) eran de variado origen. El contin-gente cataln era numeroso y su lengua, la do-minante, pero el nombre de Compaa Catala-na, que termin por difundirse, fue creado por los bizantinos. Estos, familiarizados con la pre-sencia comercial de los catalanes en tierras del Imperio griego, los conocan mucho ms que a los aragoneses y llamaron al todo por la parte ms significativa para ellos. La Compaa, sin ms, o universitas exercitus Francorum (comunidad del ejrcito de francos, esto es, de guerreros occidentales) contaba con numero-sos naturales de Aragn, incluidos muchos jefes

(Arens, Ahons, los Sancho de Ors, Bergua, Palacn). Ramn Muntaner, el almogvar cronista, narra cmo los catalans e aragone-sos en la batalla cridaren Arag, Arag; o que sus embajadas al emperador bizantino esta-ban formadas por catalanes y aragoneses. Siem-pre se consideran gent del rey dArag. En 1351, Pedro IV se dirige a ellos como a nobi-libus, dilectis ac fidelibus [...] Aragonensibus et Cathalanis [...] in partibus Romanie [en tierras de Bizancio]. No faltaron grupos de bizanti-nos, alanos y aun turcos. La Compaa se ri-gi por los foros Aragoniae vel consuetudines Barchinonae, es decir, por los Fueros aragone-ses y los Usatges (v.) barceloneses. Su pri-mera participacin famosa en el exterior, como fuerza numerosa, estable y organizada fue en Si-cilia, donde defendieron los intereses de la rama siciliana de la Casa de Aragn (frente a la france-sa de Anjou y al papado, sus acres enemigos en Italia), mandados por Roger de Lauria (Lauria, ciudad de Basilicata), profesional de la guerra por tierra y mar. El emperador bizantino apoy a Aragn frente a Francia y el papado, hostiles al Imperio. Resuelto momentneamente el caso siciliano en la paz de Caltabellota o Cattavidotta (1302), los almogvares, ya sin cometido blico (y, por lo tanto, sin paga ni botn), eran un peli-gro. Segn Muntaner, su comandante Roger de Flor (Rutger von Blum, en su alemn paterno) buscaba una salida para la tropa que, sin expec-tativa de paga, botn ni tierras, causara dao a su seor, ya que sens menjar no poden viure. Al fin, el emperador Andrnico II de Bizancio contrat a su caudillo. La expedicin requiri 36 naves, cuyos ocupantes tots eren cathalans e aragonesos, la mayora con llurs mullers o llurs amigues e llurs infants. Pudo llegar el total a 8.000 personas. Otros siguieron en Sicilia, en el Pirineo, en Algeciras, en Mallorca y en Siena (Italia). Los de la Compaa, por tierra y mar atacaron a los turcos en Anatolia, aterrorizando a los pobladores. De Flor obtuvo del empera-dor, que actu por temor a su fiereza y agobiado por la presin turca, promesa de recompensas territoriales, jurisdiccionales y dinerarias. Asesi-nado De Flor, con un ciento de los suyos, por el heredero imperial, lo sustituy su segundo,

Berenguer de Entenza (suegro de De Lauria desde 1285), de ilustre linaje de ricoshombres aragoneses. Atac la capital imperial, Constan-tinopla y, al ser muertos y descuartizados sus he-raldos, las represalias fueron de tal envergadura que se las conoce como venganza catalana. Segn Muntaner, james tan gran venjana no fou feta. Ni los imperiales (que los llaman turba de ladrones) ni sus aliados genoveses pudieron detenerlos. En 1307, se sum a las tro-pas el infante Fernando de Aragn, hijo del rey de Mallorca. Las disputas entre jefes (Entenza fue asesinado) abrieron un periodo en que los mercenarios, fragmentados, sirvieron a seores locales. El nuevo, competente y desptico cau-dillo, Bernardo de Rocafort, fue a su vez traicio-nado. En 1311, los almogvares derrotaron a su antiguo contratante, el duque Gualterio de Ate-nas, y se aduearon de su ducado, desde donde tomaron el ducado de Neopatria, en el sur de Tesalia; y Morea, en el Peloponeso, donde Fer-nando alegaba derechos, que le costaron la vida. El anmalo estado almogvar de Atenas y Neo-patria, puesto bajo la lejana soberana del rey de Aragn, perdur ocho decenios, hasta 1390.

Ampurias.

El condado de Ampurias, independiente del de Barcelona, qued unido a la Corona de Aragn cuando el conde Ramn Folch de Cardona lo permut en 1325 por el condado de Ribagor-za, que perteneca al infante Pedro, hijo menor de Jaime II.

Anagni, Tratado de. V. Sicilia.

Andregoto o Endregoto (condesa de Aragn).

Heredera del conde de Aragn Galindo Az-nrez II. Al casar con el rey de Pamplona, Gar-ca Snchez, se unieron los linajes aragons y pamplons. Su hijo fue Sancho Garcs II, rey de Pamplona. De esta unin procede el linaje

de los reyes de Aragn, prncipes pamploneses en origen. Anulado el matrimonio en 943, vivi retirada hasta su muerte, en 972.

Anjou.

La Casa de Anjou, omnipresente en la Europa medieval, fue, en su rama itlica y en alianza con los papas, gran rival de la Casa de Aragn. La enemistad entre el papado y los Hohenstaufen llev a Clemente IV a excomulgarlos y a otor-gar los derechos sobre las Dos Sicilias (Sici-lia y Npoles) a Carlos de Anjou. Este venci a Manfredo I Hohenstaufen, muerto en combate en 1266. La dominacin francesa exasper a los sicilianos, que se alzaron en Palermo el 30 de marzo de 1282, pasando a cuchillo a la guarni-cin angevina. Ofrecieron la corona a Pedro III de Aragn, marido de Constanza de Sicilia, hija del difunto Manfredo. La Casa de Aragn rein as en Sicilia y la de Anjou, en Npoles, donde tambin lo hara Aragn desde 1443, siempre en pugna con Anjou. (V. tambin: Alfonso V.)

Aprehensin. V. Procesos forales.

Aragn (nombre).

Aragn es el nombre de dos ros: el Aragn y el Aragn Subordn, su afluente. En el siglo IX el ro Arga se llamaba tambin Aragus. La eti-mologa probable est en relacin con el agua, a la que parece remitir el elemento ara-. En un documento del ao 828, Aragn designa el conjunto poltico compuesto, bajo la autori-dad de un conde, por los valles de Ans, Hecho (Echo) y Canfranc. Del desarrollo de este con-dado pasar el nombre al reino, cuyo origen de facto se da en 1035. Tras la incorporacin de la Casa de Barcelona a la de Aragn, pactada en 1137 y llevada a cabo en 1150, Aragn ser el cabo principal de nuestra alteza y nombre y ttulo nuestro principal, en palabras de Jai-me I y de Pedro IV: los Aragn y los miembros de su familia se denominan de modo constante

... e cridaren: Arag!, Arag!....Crnica den Ramn Muntaner, Barcelona, 1886. (Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, L443)

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y nico Aragn (Alonso de Aragn, Juan de Aragn, Catalina de Aragn, etc.). Por tal mo-tivo, se llama Aragn al emblema de la familia, que pasar a ser el de muchos de sus territorios: las cuatro barras rojas sobre fondo de oro son el seal real de Aragn, de donde procede el trmino senyera o seera usado en Catalu-a, Valencia y otros lugares de la antigua Co-rona. La misma razn hizo que se denominase Corona de Aragn (v.) o Real Corona de Aragn al conjunto de los estados regidos por el rey de Aragn. Pedro IV us profusamente la efigie de un dragn para significar su nombre (dragn = dAragn).

Aragons (gentilicio).

Adems de sus significados habituales, hasta 1800, e incluso despus, la palabra aragone-ses siempre (subrayo: siempre) fue bivalente,

porque segn el contexto en que se aplicaba se refiri a uno de dos grupos de sbditos diferen-tes: o los naturales del Reino de Aragn, o los naturales de cualquiera de los reinos y princi-pados comprendidos en la Corona de Aragn [...]. Es decir, aragoneses quera decir arago-neses, catalanes, valencianos y mallorquines (G. Prez Sarrin, Confederacin?, 2006). El caso es similar al del uso polivalente de in-gleses, que a menudo ha incluido tambin a galeses y escoceses, como holandeses y suizos designan hoy a todos los neerlande-ses y helvticos, respectivamente. (V. tambin: Cataln, gentilicio.)

Arn.

Su vinculacin con Aragn es antigua. Cons-ta desde Alfonso I, incluso en documentacin particular que cita a este monarca reinando

Aragonia et Navarra, msterdam, 1647. (Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, M14)

en Aragn, Pamplona, Sobrarbe y Ribagorza y en Palls [Pallars] y en Arn (1108) o en Bal de Arn (1130). Se incorpora a Catalua en 1411, durante el interregno. No obstante, en 1613, un visitador real escribe a Felipe III que el Valle no ha querido admitir un gobernador cataln, pidiendo al rey que designase a uno aragons. (V. tambin: Frontera de Aragn con Catalua; Principado de Catalua.) rbol de Sobrarbe.

Uno de los cuatro emblemas del escudo del Reino de Aragn, en su versin ms tarda (1499). Ocupa el lugar de mayor dignidad (primer cuartel, cuadrante superior izquierdo para el espectador) aunque fue el ltimo en incorporarse. Es un rbol desarraigado, con siete raigones al aire, en sus colores naturales, sobre campo de oro y con una cruz latina roja asomando por la copa. La cruz sobre rbol es un tipo parlante, pues expresa fonticamen-te, por paronimia o semejanza de nombres, Sobrarbe (sobre la sierra de Arbe). Tiene significado poltico, pues implica la validacin de los supuestos fueros de ese reino, lo que proporciona un sustento histrico-legal a los postulados del pactismo [v.] como forma pol-

tica. Se incorpora al escudo de Aragn en un momento en el que la crisis poltica bajomedie-val, de la que surge el concepto de monarqua paccionada, empezaba ya a dar paso a la mo-derna monarqua autoritaria (A. Montaner, El seal del rey de Aragn, 1995). La leyenda es mltiple: el milagro de la cruz sobre el rbol en favor de los cristianos aragoneses se produjo en Ansa, segn el cronista Jernimo Blancas;

El valle de Arn.Juan Bautista Labaa,

Episcopatus Balbastrensis, Ribagora comit. et Sobrarbe,

cum adjacentibus, msterdam, ca. 1672. (Cortes

de Aragn. Fondo Documental Histrico, M61)

Escudo con el rbol de Sobrarbe.Armorial de Aragn, 1536.

(Archivo Histrico Provincial de Zaragoza.

Manuscritos, 7-1, fol. 14)

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para otros, Ansa fue tomada por el mtico hroe asturleons Bernardo del Carpio, en el siglo IX (Primera Crnica General de Alfonso X el Sa-bio). (V. tambin: Escudo de Aragn; Fueros de Sobrarbe.)

Archivo de la Corona de Aragn (ACA).

El ACA custodia documentacin de los terri-torios de la Corona de Aragn, organizada en nueve secciones diferentes, con setenta y ocho apartados clasificatorios. Adems del Archi-vo Real, guarda fondos notables del Consejo de Aragn (v.), remitidos desde Simancas en 1852; de la Real Audiencia (v.) y otros rganos institucionales de Catalua (siglo XIV-1900), in-cluida la Generalitat, a cuya serie corresponden documentos que comienzan en 933; comuni-dades religiosas y varias rdenes militares; pro-tocolos notariales de la provincia de Barcelona, reunidos tras la guerra de 1936; y colecciones de menos relieve, con manuscritos fechables a partir del siglo XI (griegos, rabes y hebreos). El fondo nmero 1 contiene el Archivo Real (Real Cancillera). El 2, el Consejo Supremo de Ara-gn (v.). La institucin dispone de un Patrona-to, creado en el ao 2006, pero inactivo. Teri-camente, se integran en l representantes de los cuatro territorios espaoles de la antigua Co-rona (Aragn, Catalua, Valencia y Baleares) bajo la presidencia de un ministro del Gobierno central. (V. tambin: Archivo Real.)

Archivo Real.

Nombre antiguo del ncleo principal y ms importante de documentos que forman el ac-tual Archivo de la Corona de Aragn (ACA), archivo de la red estatal ubicado en Barcelona y dependiente de la Administracin central del Estado. El tamao y complejidad de la Corona aconsejaron a Jaime II, en 1318, crear un dep-sito estable para los documentos reales, impres-cindibles para el buen gobierno de sus estados. El archivo de los reyes disfrut de una admi-

nistracin eficaz y tcnicamente solvente, con actividad abundante y expresin polglota. El primer archivero propiamente dicho fue nom-brado por el rey en 1346 y la reglamentacin detallada de sus quehaceres se redact en 1384. Sus fondos no fueron pensados ni ordenados en funcin de los estados de la Corona ni de sus instituciones, sino del inters del rey, monarca comn a todos los estados. El Archivo Real, con cientos de miles de documentos clasificados, a partir de los ms antiguos (siglo IX), es uno de los ms importantes del mundo en fondos me-dievales, por su abundancia, calidad e interna-cionalidad. Felipe V lo reorganiz en 1738, sin alterar lo esencial. Fue dotado de un detallado reglamento en 1754. Pas a llamarse Archivo de la Corona de Aragn. Desde el siglo XIX se le agregaron fondos diversos, procedentes de en-tidades en extincin. (V. tambin: Archivo de la Corona de Aragn; Cancillera Real.)

Arzobispos.

En los estados peninsulares del rey de Aragn, la cabeza de la iglesia fue el obispo de Narbo-na (v. Roda) y, tras la restauracin cannica de 1154, el arzobispo de Tarragona, primado histrico de tradicin romana, con jurisdiccin sobre las dicesis de Gerona, Barcelona, Urgel, Vich, Lrida, Tortosa, Zaragoza, Huesca, Ta-razona, Pamplona y Calahorra. Este arzobis-po fue nico hasta la creacin, en 1318, del de Zaragoza, pues Alfonso II logr del papa dicha dignidad metropolitana superior a la de los obispos ordinarios para la iglesia de Zaragoza, escenario de la coronacin donde el rey adqui-ra su nombre y ttulo principal.

Audiencia Real.

Se cre una para cada estado de la Corona. De-rivada probablemente de la Cancillera en el si-glo XIV, es el rgano supremo y universal de la administracin de justicia, que ejerce su funcin en nombre del rey y a costa del reino (J. Lalin-de, Audiencia Real, 1980). La preside el rey

o su lugarteniente. En el siglo XVI, por ausencia de mayores autoridades residentes, la dirigir el regente de la Cancillera (v.), asistido por cuatro consejeros expertos, que irn aumentando, con jurisdiccin civil y criminal, rgimen de incom-patibilidades y obligacin de residencia. Con la Nueva Planta (v.), en 1711, la presidir el capi-tn general y los ya nueve consejeros no tendrn que ser aragoneses.

Aureolo.

Primer conde conocido, esto es, jefe poltico y militar del territorio llamado Aragn. La monar-qua carolingia dispuso, en su frontera o marca hispnica con el islam, condados como Aragn, en el oeste, y Barcelona, en el este. Procedente del Prigord, Aureolo (Aureolus, Oriol), que muri en el ao 809, ejercera vigilancia militar sobre la frontera con Al ndalus, muy agitada por en-tonces, pues en Saraqusta, Bahlul ibn Marzuq se haba alzado en 798 contra el emir cordobs y tomado Wasqa (Huesca) a los Banu Salama. Ambas las recuper Amrus ibn Yusuf, oriundo de Wasqa. Aureolo fue sucedido por Aznar Ga-lndez I (v.). (V. tambin: Condes de Aragn.)

Aznar Galndez.

Conde de Aragn (v.) y, despus, de Urgel y Cer-daa, por nombramiento de Carlomagno. Con-trol las dos orillas de los ros Aragn y Aragn Subordn. Su hija, Matrona, cas con Garca el Malo, hijo de Galindo Belascotenes. Muri en 839. Una tradicin historiogrfica antigua lo pre-senta como primer conde de Aragn, con olvido de Aureolo (v.).

Planes o estados que manifiestan el nmero de pleytos, causas y

expedientes, tanto civiles como criminales..., Zaragoza, 1799. (Cortes de Aragn. Fondo

Documental Histrico, L326)

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B Baile, bailo, bayle, baiulo.De baiulus (encargado, en latn medieval). Puede ser de un seor o del rey. Este ltimo, aunque citado en los fueros antiguos como juez ordinario, es oficial meramente ejecutivo, a quien corresponde perseguir la falsificacin de moneda y a los sarracenos fugitivos, practi-car confiscaciones, recuperar tributos y multas debidas al rey, y tomar posesin para este del tesoro y dems bienes sin dueo conocido. Debe ser aragons y el Privilegio general [v.] prohbe que sea adquirido el oficio por judo. Desde 1678, el baile de Caspe, de los Hospita-larios de San Juan, puede concurrir a las Cortes con el brazo de los prelados (J. Lalinde, Bai-le, 1982). Para Gonzlez Antn (Organiza-cin poltico-administrativa de Aragn en el siglo XIII, 1992), el baile o enviado, tiene en principio las mismas competencias que los merinos (v.), incluida la judicial, aunque acaba especializndose como perceptor de los dere-chos reales y administrador del patrimonio del monarca. Los bailes deban dar cuenta de su gestin al baile general (o baile mayor), cuya existencia parece segura a partir de 1291. La confusin bailes-merinos es frecuente, acaso

porque una sola persona fue a menudo titular de ambos cargos. A mediados del siglo XIII se conocen ocho bailas. Tambin hay bailes loca-les, con jurisdiccin en lugares pequeos. Con el tiempo se cre una baila general para cada territorio hispano de la Corona.

Barras de Aragn. V. Seal real.

Batalla de Alcoraz.

Pedro I batall en Alcoraz, llano aledao a Huesca, contra Al Mustan II, rey de Saraqusta. Este acudi a socorrer la ciudad asediada, con mucha tropa y reforzado por los condes cas-tellanos Gonzalo Nez de Lara y Garca Or-dez de Njera (que pudo caer preso de Pe-dro). Las fuentes hablan de decenas de miles de combatientes por cada bando, lo que parece hi-perblico y explicable por la importancia de la apuesta, dirimida el 19 de noviembre de 1096. Pedro I entr pacficamente en la ciudad el 27 y ello marca la primera mayora de edad del rei-no, pues permiti al rey ganar definitivamente Barbastro (1100) y emprender con una reta-guardia slida la cruzada de Zaragoza (1101), que fue conquistada por su hermano, Alfonso I, en 1118. (V. tambin: Cruz de Alcoraz.)

Batalla de Cutanda.

El emir almorvide Al ibn Yusuf, tras la prdida de Saraqusta en diciembre de 1118, tard en poder contraatacar. Lo hizo a inicios de 1120, comenzando un gran acopio de fuerzas de todo Al ndalus. Alfonso I, que sitiaba Calatayud con ayuda del conde Guillermo de Poitiers, le sali al encuentro en Cutanda, para cortarle el paso a Zaragoza. La batalla (17 de junio de 1120) cer-cen las posibilidades de desquite almorvide y Alfonso pudo cobrarse Calatayud y Daroca y, posiblemente, Sigenza.

Batalla de pila. V. Privilegio General.

Confirmacin, por parte de Felipe III, de la declaracin del virrey de Aragn en relacin con las diferencias existentes entre el Baile General del reino y la comunidad de Calatayud, 1601. (Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, D131)

Batalla de Muret.

La muerte en Muret, a unos veinte kilmetros de Toulouse, de Pedro II y la completa derrota de sus tropas y las de sus vasallos del Lengua-doc abrieron la anexin de esta regin a la co-rona francesa, con el impulso del papado, que lograba, adems, un duro golpe a la hereja de los ctaros o albigenses. Esas tierras del sur hoy francs no eran del rey de Francia. Grandes seores meridionales, titulares de condados como Toulouse, Foix y Comenge (Commin-ges) eran vasallos, aliados y parientes del rey de Aragn. La cruzada desbordaba lo religioso: la monarqua francesa, enfrentada a la inglesa y vida de crecer por sus fronteras meridionales, era la aliada perfecta para Roma, pues el cataris-mo anid en tierras cuyo soberano era Pedro II. La voluntad teocrtica del papa Inocencio III y la conveniencia de Felipe (II) Augusto de Fran-cia encontraron en Simn de Montfort un gran jefe de guerra cuyas victorias cimentaran el po-dero de Francia con la anexin del Lenguadoc. Sin el desastre de Muret no se entienden bien las cesiones del rey de Aragn en el Tratado de Corbeil (v.), casi medio siglo despus.

Bayle, bailo o bayulo. V. Baile.

Blanca, reina de Navarra.

Primera esposa de Juan II de Aragn y Navarra. Hija y heredera de Carlos III de Navarra, cas con el malogrado Martn el Joven, rey de Sicilia e hijo de Martn I de Aragn, a quien habra heredado. Muerto su esposo, regres a Navarra voluntaria-mente. Cas con Juan, infante de Aragn, catorce aos ms joven que ella, de quien concibi a Carlos (1421), prncipe de Viana en 1425, al convertirse sus padres en reyes de Navarra. Fue una gober-nante capaz en las ausencias de su esposo. Fund la que se tiene por primera cofrada del Pilar, con el lema A ti me arrimo; de esta poca es la imagen que se venera en Zaragoza. Muri en 1441. Seis aos ms tarde, su viudo, Juan II, contrajo matri-monio con Juana Enrquez. (V. tambin: Juan II.)

Blancas, Jernimo.

Cronista y mistificador de los Fueros de Sobrar-be y de la figura del justicia. Dedic su obra Aragonensium rerum commentarii al Justicia de Aragn. [...] Blancas apost por participar en el debate que sobre el poder se estaba ventilan-do en el Aragn del ltimo tercio del siglo XVI, a favor del reino y para ello no dud en elabo-rar una literatura histrica con grandes dosis de invencin. [...] Su propsito fue colaborar en el conocimiento del Justicia, magistrado al que a su entender Zurita prest escasa atencin. Aduce una documentacin que sin ningn tipo de pu-dor evidentemente se inventa y da forma a la leyenda de los fueros de Sobrarbe, en los que se describe una monarqua condicionada o pactista de origen electivo, cuyo elemento central resida en el Justicia de Aragn [...]: Para que no sufran dao o detrimento alguno nuestras leyes o nues-tras libertades, haya presente un juez medio, al cual sea justo y lcito apelar del rey, si daase a alguno, y evitar las injusticias si alguna hiciese a la repblica. (E. Jarque, El Justicia de Aragn en los siglos XVI y XVII, 2008).

Grabado xilogrfico del escudo de Aragn con el seal real.

Aragonensium rerum commentarii, Zaragoza, 1588. (Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, L61)

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C Calatayud, Concordia de.Las Cortes de Aragn, reunidas en Calatayud en 1411, acordaron acelerar el remedio a la gra-ve situacin de trono vacante, por las muertes sucesivas del heredero, Martn el Joven, y del rey, Martn I. Presididas por el arzobispo de Zaragoza, Garca Fernndez de Heredia, estu-diaron la dificultad de resolver pronta y conjun-tamente con Catalua y Valencia, y acordaron suscitar la reunin de los parlamentos respec-tivos en lugares cercanos, para mejor coordi-narse. De este acuerdo naci en 1412 la notable Concordia de Alcaiz (v.).

Cancillera Real.

En el Archivo de la Corona de Aragn recibe este nombre el Archivo Real, que contiene fon-dos desde el siglo IX hasta 1727 y no solo los producidos o recibidos por la Cancillera de los reyes, sino otros que los monarcas, por diversas razones, acopiaron all, para documentar liti-gios o como fruto de sanciones y expropiacio-nes a algunos sbditos importantes, incluidos

los templarios a raz de su extincin. Cuando en el siglo XVIII se decidi ordenarlos por fechas, o por asuntos o procedencias, se produjeron dislocaciones que hoy es imposible remediar. La Cancillera estaba servida por funcionarios especializados, a menudo trilinges (en latn, aragons y lemosn/cataln). (V. tambin: Ar-chivo Real.)

Carlos I. V. Juana y Carlos I.

Casa de Aragn.

Es el linaje ininterrumpido de los reyes de Aragn, desde Ramiro I en adelante. Otras denominaciones (como Casa de Barcelona y Casa de Trastmara) son creaciones ajenas a la nomenclatura usada por los reyes de forma constante e invariable. Tanto el ttulo como el nombre que llevaron para s y para su casa fue el de Aragn. La familia abarca a todas las ra-mas del linaje [...]. As, Ramn Muntaner, que trata de los reyes de Aragn, Mallorca y Sicilia, los engloba en una sola expresin, como naci-dos todos de la alta Casa de Aragn: Tots los senyors qui sn eixits ne sn en lalta Casa dArag (A. Montaner, El seal del rey de Aragn, 1995). (V. tambin: Ramiro II; Ramn Berenguer IV.)

Casa de Barcelona. V. Casa de Aragn.

Casa de Pamplona.

Es el nombre que a veces se da al linaje real de Navarra hasta Sancho VI (1150-1194), que ya no se titul rey de los pamploneses (Pampi-lonensium rex), sino de Navarra (rex Na-varre). Los primeros reyes de Aragn son prncipes de este linaje. Por ello, extinguida la lnea mayor, tres reyes de Aragn fueron adems, por derecho de estirpe, reyes de Pam-plona (Sancho Ramrez y sus hijos Pedro I y Alfonso I).

Casa de Trastmara.

Se aplica por comodidad, pero con discutible propiedad, a un linaje regio de Castilla. En Ara-gn rein desde 1410 por ser uno de sus miem-bros (Fernando I), nieto de Pedro IV, como hijo de Leonor de Aragn. El ttulo condal de Trastmara lo tuvo, en el siglo XIV, a ttulo per-sonal, el que luego sera rey Enrique II, de don-de viene este uso en los autores de Historia. El ttulo desapareci y se cre de nuevo en 1445 para la familia lvarez Osorio. Es denomina-cin cmoda para la historiografa, pero no res-ponde a ningn uso coetneo de sus supuestos miembros. Fernando I es legtimo sucesor en el trono, a fuero de Aragn (que admite la trans-misin del derecho por va femenina: su madre era hija de Pedro IV).

Casa del rey.

Se entiende por tal el conjunto de personas y servicios adscritos a la persona del rey y que estn directamente a sus rdenes. En los aos de Pedro IV, incluye, en sentido general, la casa del infante heredero y ordena las funciones de los diferentes oficiales y de un complejo entramado de secciones y cargos, as como el pormenorizado ceremonial en el que todo est estudiado y programado para dar al rey y al aparato que le rodea y representa la dignidad y empaque que quiere transmitir a la pobla-cin; el detallado procedimiento con el que quiere rodear todas sus actuaciones incluye las relativas a sus propias honras fnebres, dando instrucciones muy precisas de cmo debe ser vestido su cadver y cmo debe procederse a su enterramiento (J. . Sesma, Pedro IV y la proyeccin de la imagen real en la Corona de Aragn, 2011).

Caspe, Compromiso de.

Ha quedado en la historia como leccin para todos los tiempos, pues, por encima de las difi-cultades, prevalecieron el dilogo, las cesiones

respectivas de los estados implicados, la fideli-dad a la unin dinstica, buscando el bien co-mn, superando las diferencias e intereses terri-toriales, las maquinaciones e intransigencias de algunos y, sobre todo, haciendo posible que el elegido en Caspe fuera aceptado y jurado como rey legtimo, pues, al fin y al cabo, descenda de los reyes de Aragn, como nieto de Pedro IV el Ceremonioso (1336- 1387) y sobrino a su vez de Juan I (1387-1396) y tambin de Martn I (1396-1410). El Compromiso de Caspe, con el precedente de la Concordia de Alcaiz [v.] del 15 de febrero de 1412, represent para el Rei-no de Aragn la ocasin de llevar la iniciativa y mantener el protagonismo durante el proceso electivo del interregno (1410-1412). Para la Corona en su conjunto supuso el cambio de dinasta, aunque el elegido finalmente era de la familia real; tambin sirvi para comprobar la solidez del sistema parlamentario adquirida en las asambleas comunes y en las particulares de los tres estados peninsulares concertados por la monarqua hereditaria compartida [...]. Y para Europa el hecho fue un acontecimien-to ejemplar porque, en principio al menos, se resolvi una situacin espinosa y de carcter

Litigio entre la Catedral de la Seo y la Baslica de Nuestra Seora del Pilar.In processibus decani sedis Caesaraugustae, super apprehensione, et inventario. por la Santa Iglesia de La Seo...,Zaragoza, 1670. (Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, L214)

Llamada marginal con la anotacin:

Aqu hicieron la nominacin de las VIIII personas que son,

en referencia a la eleccin de los nueve compromisarios.

Proceso de la eleccin del rey Don Fernando, infante de Castilla,

en rey de Aragn, 1411-1412. (Diputacin Provincial de

Zaragoza. Archivo-Biblioteca, ms. 9, fol. 473v.)

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sucesorio mediante el pacto, la concordia y el compromiso, cuando en otros tiempos y terri-torios lo mismo haba llevado a guerras civiles y sangrientas; aunque el proceso [...] no fue tan pacfico, ni antes ni despus de la procla-macin (E. Sarasa, El hecho histrico del Compromiso de Caspe, 2012). Cuando los catalanes estudiaron la propuesta aragonesa, su divisin era tal que se presentaron seis opciones distintas e irreconciliables: Catalu-a [...], simplemente, no existi como unidad y los catalanes aceptaron a Fernando [I], unos porque consideraron que sus intereses estaran mejor defendidos [...] y otros porque la elec-cin de Jaime [de Urgel] poda provocar una guerra civil [...] o dar lugar a la ruptura de la unidad de la Corona (J. L. Martn, Historia de la Corona de Aragn, 2002). El papa ara-gons Benedicto XIII trabaj con intensidad en pro de la solucin finalmente adoptada.

Castelln de Amposta.

La poderosa orden militar del Hospital de San Juan de Jerusaln (actualmente, de Malta) tuvo su centro principal en el castillo de Amposta

desde 1149. Su titular, el castelln, rega la orden en tierras del conde de Barcelona. Otro prior se encargaba de Aragn y Navarra. En 1177, el ara-gons Pedro Lpez de Luna rigi desde Ampos-ta la orden en Aragn y Catalua, separndose el priorato navarro. El crecimiento de los bienes sanjuanistas llev, a comienzos del siglo XIV, a separar la gestin de Aragn y Catalua. En Ara-gn sigui con centro en Amposta y gobern una treintena de encomiendas. El castelln de Amposta tena templo, palacio y convento en torno a la Zuda de Zaragoza y asista a Cortes del reino por el brazo eclesistico.

Cataln (gentilicio).

Segn pocas y contextos, ocurre como con el trmino aragons (v.), pues, aunque con menor frecuencia, no es raro que sirva para designar al todo por la parte. Sucede as en medios del Mediterrneo oriental (v. Almogvares) y del comercio naval, lo que incluye Italia. Tambin en usos ocasionales, por conveniencia expresiva.

Catalua. V. Principado de Catalua.

Catalua (nombre).

De etimologa discutida, su primera aparicin tiene sentido geogrfico. El trmino se usa en el Liber Maiolichinus de Gestis Pisanorum Illus-tribus (Libro mallorquino de las ilustres gestas de los pisanos), poema escrito en Pisa, en latn, entre 1115 y 1120. Narra una cruzada fallida contra Mallorca, en 1113, obra conjunta de Pisa, el obispo de Niza y Ramn Berenguer III de Barcelona. Este es denominado dux catala-nensis (V, 90), rector catalanicus (V, 303), llegado de Catalania (II, 18). Catalania no alude a una entidad poltica, pues el conde de Ampurias (Hugo II) aparece tambin como catalanicus heros (VI, 46). De este tiempo es la mencin, en el Liber Feudorum maior, de Cataluign y Catalan, pero son nombres individuales. A mitad del siglo XII, Catalonia

se refiere alguna vez a los dominios del conde de Barcelona. En el XIII ya designa a todas las tierras entre el Cinca, Salses y Tortosa.

Cerdaa. V. Reino de Mallorca.

Ciudades y villas.

Las poblaciones con ttulo de ciudad y muchas con el de villa son de realengo. As, se encuen-tran bajo autoridad directa del rey. Disponen por ello de fuero, general o particular, y de su propia jurisdiccin civil y criminal en sus alfo-ces (trminos). Las restantes poblaciones son de seoro, esto es, estn sujetas a un seor, laico o eclesistico, que tiene jurisdiccin sobre ellas y sus habitantes: ya completa (mero y mixto impe-rio), ya parcial (mixto imperio, solo para causas menores; o con otro tipo de limitacin, como en caso de seoro ejercido por eclesisticos y viu-das). A veces, las villas de seoro son mayores que algunas ciudades (as, Caspe, Villafeliche,

Belchite, Albalate del Arzobispo, Aranda, Fuen-tes, Maella, Cetina, La Almunia, La Fresneda, Alcorisa, Molinos, Mora, Pina y Malln estn to-das ms pobladas que Jaca a finales del siglo XV). En 1495 haba en Aragn 11 ciudades, 190 villas y 1.213 aldeas y lugares, con un total de 51.056 fuegos (familias). Las ciudades eran, ordena-das por nmero de fuegos: Zaragoza (3.983), Calatayud (1.027), Tarazona (736), Alcaiz (702), Huesca (616), Borja (469), Barbastro (455), Daroca (437), Teruel (392), Jaca (143) y Albarracn (99). Valencia en el ao 1489 tena 8.840, y Barcelona, en 1497, 5.749 (datos de G. Navarro, Ciudades y villas del reino de Aragn en el siglo XV. Proyeccin institucional e ideo-loga burguesa, 2010). Posteriormente se aa-dieron las ciudades de Fraga (1.709), Monzn (1.878) y Cariena (1.909).

Collida. V. Sobrecollida.

Compaa Catalana. V. Almogvares.

Privilegios reales en favor de la inclita, y Sagrada Religion de San Juan de Jerusaln, exstentes en el Archivo de su veneranda Castellana de Amposta en este ao de 1797. (Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, L175)

Didier Robert de Vaugondy, Partie septent.le de la Couronne

dAragon o se trouvent le Roy.me dAragon et la Principau.t

de Catalogne, Pars, 1749. (Cortes de Aragn. Fondo

Documental Histrico, M8)

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Compromiso de Caspe. V. Caspe.

Comunidad de aldeas.

Calatayud, Daroca y Teruel, con fueros de ex-tremadura (v.), dominaron territorios muy extensos y sus aldeas acabaron formando co-munidades, agrupaciones para defenderse de los abusos de la ciudad. Parecidamente acab organizndose Albarracn (v.). Las comunida-des se dividan entre cuatro y seis sesmas. Lograron en algunos casos quedar bajo la juris-diccin de oficiales reales especficos, distintos de los de la ciudad, y obtener algunos derechos particulares, incluido el de enviar sus propios diputados a las Cortes del reino desde comien-zos del siglo XIV (L. Gonzlez Antn, Organi-zacin poltico-administrativa de Aragn en el siglo XIII, 1992).

Condados catalanes.

Hacia el ao 1000 haba en el territorio ca-taln de la poca (Catalua Vieja) siete casas condales que se repartan la soberana: Barce-lona, Urgel, Cerdaa, Besal, Ampurias, Rose-lln y Pallars; sin que existiera ninguna relacin jurdica ni jerrquica entre ellas. [...] El ncleo de poder formado por Barcelona [que inclua Gerona y Ausona/Vic] acabra aglutinando a su alrededor los condados catalanes (S. Cla-ramunt, Catalua, 1076-1162, 1988). El pri-mer conde de Barcelona, conquistada al islam

por los carolingios (v. Marca Hispnica), fue Bera (801). El condado se hace independiente de hecho con Wifredo el Velloso, en 897. En 987, su nieto, Borrell II, neg obediencia a la nueva dinasta francesa (Capetos).

Conde de Barcelona.

Titular del condado de Barcelona, el principal de los condados catalanes (v.). El ttulo, desde Alfonso II, hijo de la reina Petronila (v.) y del conde Ramn Berenguer IV (v.), es exclusivo del rey de Aragn. Por tal causa es hoy ttulo privativo del jefe de la Casa real de Espaa, in-cluso si no es rey (fue el caso de Juan de Borbn y Battenberg).

Conde de Urgel. V. Urgel (condado).

Condes de Aragn.

El condado de Aragn, en torno al ro hom-nimo en su curso alto, cubra unos 600 km2. La lista documentada de los condes autnomos de Aragn incluye a ocho titulares. Comienza con Aureolo (v.), hacia el 802, y contina con un conde local, Aznar Galndez (809-816), vincula-do tambin a los carolingios. l inicia la dinasta que (pasando por su yerno y enemigo, Garca el Malo, y por el hijo de este, Galindo Garcs), con-cluye con la condesa Andregoto (v.). Muerta en 943, fue esposa y madre de reyes de Pamplona,

tras casar con el rey Garca Snchez I. Aunque con seguridad existi antes, el nombre de Ara-gn para designar una entidad poltica, como era el condado, y no simplemente geogrfica, consta ya escrito en 829. (No suelen incluirse en la lista los condes designados por el rey de Pam-plona, gobernantes en su nombre, de los que son conocidos Guntisclo Galndez hijo del ltimo conde autnomo, Fortn Gimnez y Gonzalo Snchez, hijo del rey Sancho II de Pamplona.)

Condes-reyes.

Documentalmente [esto es, en documentos oficiales] nadie podr presentar un testimonio de que los reyes de Aragn se hayan titulado reyes de Catalua, como los reyes de Pamplona nunca se han titulado reyes de Euzkadi. Cuando la documentacin barcelonesa habla de quien gobierna y no quiere citar su nombre, siempre utiliza la frmula lo rey dArag; jams se en-cuentra algo como lo rey comte o lo comte rey. (Antonio Ubieto, Creacin y desarrollo de la Corona de Aragn, 1987). La predilec-cin de los monarcas de la Casa de Aragn por su ttulo ms relevante es persistente. El inten-to de intitulacin nica de Pedro III fall por la presin de las cortes catalanas de 1283, que le obligaron a rectificar e incluir en sus documen-tos y sellos el ttulo de conde de Barcelona. El rey se pleg a las exigencias catalanas, pero no hizo caso alguno, puesto que continu otorgan-do documentos a ttulo solo de rex Aragonum, incluso et Sicilie, y manteniendo en sus sellos el nico ttulo de rey de Aragn (R. Conde, La bula de plomo de los reyes de Aragn y la cruz de Alcoraz, 2005).

Confederacin catalanoaragonesa.

Expresin moderna para denominar el efecto poltico de la unin de las Casas real de Aragn y condal de Barcelona pactada en 1137 y lle-vada a cabo en 1150 mediante el matrimonio de Petronila, reina aragonesa (regina arago-nensis), y de Ramn Berenguer IV, conde

barcelons (comes barchinonensis). La consagracin de esta frmula nace de la obra de Antonio Bofarull Broc (archivero, literato e investigador discutido). La confederacin catalano-aragonesa, realizada en el periodo ms notable del gobierno soberano del conde de Barcelona, Ramn Berenguer IV. Estudio crti-co, histrico y documental, premiada (1869) y editada (1872) en Barcelona. Es expresin muy discutida, por su anacronismo, pues, si bien el trmino existe en la Edad Media, no significa lo que en el lenguaje jurdico y polti-co del siglo XIX. La Corona de Aragn no fue un conjunto de comunidades polticas iguales y federadas, sino una monarqua compuesta, o composite monarchy, aglomerado de te-rritorios y grupos de sbditos, todos desigua-les entre s, con un nico elemento comn, el rey, que tenan instituciones, leyes y equilibrios polticos internos distintos (lo que no impide que fueran parecidos). Las monarquas com-puestas, como lo fue la de la Corona de Aragn primero y la de Espaa luego, se formaban por herencia dinstica o por conquista, de ningn otro modo, y con el rey como cabeza formaban cuerpos polticos que se estructuraban de arri-ba a abajo, no al revs. Confederacin se re-fiere a una unin democrticamente aceptada entre comunidades iguales y confederacin

Documento relacionado con la Comunidad de aldeas de Calatayud y la ciudad de Calatayud, suscrito por el infante Juan, hijo de Pedro IV, 1372. (Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, D55)

Primeros condes de Aragn.Jernimo Blancas,

Aragonensium rerum commentarii, Zaragoza, 1588. (Cortes de

Aragn. Fondo Documental Histrico, L61)

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catalanoaragonesa implica tres cosas: que fue libre, entre iguales, y bajo la hegemona catalana. Los hechos no fueron as. La unin fue pactada entre prncipes: el rey de Aragn Ramiro II el Monje y el conde de Barcelona, y se hizo bajo la preeminencia poltica del Rei-no de Aragn, cuyo sucesor Alfonso II, como rey de Aragn pas ya a ser tambin conde de Barcelona, manteniendo su Casa Real propia y los dems atributos de la monarqua. Desde entonces la Corona de Aragn comprendi el principado de Catalua; y por eso se llam as, y no Corona de Catalua (G. Prez Sarrin, Confederacin?, 2006).

Conflent.

Territorio del Roselln (v.) en la actual Fran-cia, que form parte del Reino de Mallorca (v.) y de la Corona de Aragn.

Consejo de Aragn.

Con la unin dinstica de las Coronas de Cas-tilla y Aragn, la monarqua crea el germen de un sistema que se conoce con el tecnicismo polisinodial, compuesto por varios consejos (snodos), residentes en la Corte, especializa-dos no tanto en materias (que tambin) como en territorios. Bajo Felipe II (1589), el rey dis-pondr de los consejos de Castilla, Aragn, In-dias (Amrica espaola con Filipinas), Portugal (con las posesiones portuguesas), Italia y Flan-des. Se aadieron tambin consejos especia-lizados transversales, como los de Estado y de Guerra y el trascendente del Santo Oficio (In-quisicin), por lo que el Consejo de Aragn no fue ya el nico en entender de asuntos de esta Corona. Bajo Carlos II, los consejos existentes son los de Estado, Guerra, Castilla, Aragn, Indias, Navarra, Flandes, Italia, de la Cmara, Hacienda, rdenes Militares, Inquisicin, y Cruzada. El Consejo de Aragn o Sacro Conse-jo Supremo de la Corona de Aragn se crea por Fernando II el 19 de noviembre de 1494 y dura hasta el 15 de julio de 1707 (v. Nueva Planta),

en que Felipe V lo suprime y reparte sus co-metidos entre los Consejos de Castilla, de Ita-lia, de la Cmara y de rdenes. Ser el rgano permanente asesor del rey en la gobernacin de la Corona aragonesa, adems de alto tribunal para Valencia, Baleares y Cerdea. Inicialmente el rey nombr a un vicecanciller y a seis regen-tes (dos por Aragn y lo mismo para Valencia y Catalua, naturales de sus territorios), todos letrados, a los que despus se aadiran tesore-ro y protonotario, cargos de mucho relieve, un regente sardo (1626), fiscales, secretarios y una nutrida burocracia centralizada. En tiempos de Carlos I, el Consejo entenda en lo concer-niente a asuntos de Estado y Guerra, Justicia y Gobierno, provisiones [nombramientos], mercedes, arzobispados y obispados, abadas, prebendas, beneficios eclesisticos y Orden de Montesa. El Consejo no consultaba con el rey los asuntos menores, pero se los notificaba a posteriori. Su origen es el Consejo creado por Pedro IV y constituido por el canciller, el vice-canciller y el regente de la Cancillera, lo que in-dica un principio comn con la Audiencia Real [v.], aunque esta es particular de cada estado y el consejo es general para la Corona, dedica-do preferentemente a la Administracin. En su evolucin y cambios durante el siglo XVII se va advirtiendo la profunda crisis de la monar-qua, en la que se mezclan contiendas polticas, como la del centralismo austraco y el autono-mismo catalano-aragons; territoriales, como la de los reinos de Len y Castilla, de una parte, y los de la Corona de Aragn, de otra; y socia-les, como la del estamento de la nobleza frente al grupo profesional de los juristas o togados, defensores los unos de las prerrogativas regias y los otros de los fueros del reino. Aparte de la provisin de oficios, su actuacin principal, el Consejo despleg cierta actividad poltica, como ocuparse de la austeridad en el gasto p-blico con motivo de los funerales de los reyes y la coronacin de los prncipes, la tramitacin de las ordenanzas municipales, la censura de li-bros, la proteccin de los franceses residentes en el reino o la concordia entre los poseedores de lugares de moriscos y sus acreedores (J. La-linde, Consejo de Aragn, 1982).

Consejo real.

No ha de confundirse con el Consejo de Ara-gn. A diferencia de la curia regia (v.) o cort, rgano de asistencia al soberano que desaparecer desbordado por las Cortes (v.), el Consejo real sobrevivir largamente y en Aragn coexistirn en el siglo XIV el Consejo real, con miembros de todos los territorios de la Corona (principalmente catalanes y arago-neses) y las asambleas de Cortes, tanto genera-les para aquellos territorios como particulares para el reino (generales para los aragone-ses) (E. Sarasa, El Privilegio General de Ara-gn, 1985). En la Edad Moderna, el Consejo real ser nico para ambas Coronas de Castilla y de Aragn. (V. tambin: Consejo de Aragn.)

Contrafuero.

Quebrantamiento de un fuero, infraccin de la ley. Puede alegarse para instar o decretar la nulidad de esa accin. El justicia de Aragn (v.) fue juez de contrafuero.

Corbeil, Tratado de.

La batalla de Muret en 1213 (v.) cambi la re-lacin de fuerzas en el sureste de Francia, cuyo centro principal era Toulouse, con su poderosa casa condal. Jaime I, nacido en Montpellier e hijo del rey muerto en aquella batalla, intrig sin xito con Toulouse e Inglaterra contra el rey de Francia, (san) Luis IX, nieto de Felipe (II) Au-gusto, el beneficiado en Muret. La derrota blica tena difcil remedio y el crecido podero de la Casa de Francia pes ms desde entonces que el de la Casa de Aragn. Tras Muret ocurrieron la muerte de Ramn Berenguer V de Provenza en 1245, la boda de su hija Beatriz con Carlos de Anjou, hermano de Luis IX, ms la muerte de Ra-mn VII de Tolosa, cuya hija era esposa de otro vstago de la casa real francesa. El 11 de mayo de 1258, los dos monarcas firmaron un acuerdo en Corbeil (hoy, Corbeil-Essones), cerca de Pars, que zanjaba la cuestin a favor de Francia. Una

hija de Jaime I casara con Felipe, heredero de Luis IX. Este, como heredero de Carlomagno, renunciaba a los vaporosos derechos sobre los condados barceloneses (Barcelona, Urgel, Be-sal, Roselln, Ampurias, Cerdaa, Conflent, Gerona y Ausona) y Jaime I ceda una amplia nmina de derechos sobre las poblaciones y co-marcas de Carcassona, Razs, Bziers, Minerve, Agde, Albi, Rodez, Cahors, Narbona, Puylau-rens, Quribus, Castelfizel, Sault, Fenouillet, Pierrepertuse, Millau, Gvaudan, Grzes, N-mes y Toulouse. Grosso modo, el lmite sur se fij en la sierra de Corbires. Jaime, ocupado en sus conquistas meridionales y deseoso de despe-jar el norte de amenazas, no hizo mucho ms que aceptar los hechos consumados. No obstante, los

Pleito seguido en el Consejo Supremo de Aragn.

Sumario en hecho del pleyto que se sigue en el Consejo Supremo de

Aragon en grado de suplicacin, Valencia, ca. 1636. (Cortes de

Aragn. Fondo Documental Histrico, L948)

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Aragn mantuvieron amplios intereses al otro lado del Pirineo, a travs del Reino de Mallorca (v.), primero separado y despus incorporado al tronco principal de la dinasta.

Corona de Aragn.

La Corona de Aragn abarc una notable va-riedad de territorios y culturas y una asombrosa multiplicidad de regmenes jurdicos. Los es-tados y gentes que la formaron fueron capaces de canalizar las tensiones internas en empresas comunes y de sujetar sus diferencias al imperio del derecho. Su complejo organismo, propicio, en apariencia, a fricciones y descoyuntamientos, gener, en cambio, poderosas fuerzas centrpe-tas y, durante siglos, los pueblos de la Corona fueron el llamativo pedestal sobre el que se asen-t una monarqua europea de fascinante perso-nalidad. La figura del monarca comn, rico (y aparentemente tenue) vnculo jurdico-poltico entre todos sus estados y sbditos, cobra, por eso, singular relieve. Los monarcas, herederos de la Casa Real de Aragn y de la Condal de Barcelona, tuvieron notables funciones de juris-diccin y jefatura militar. El acrecimiento de sus territorios, a menudo por derecho de conquista, los hizo legisladores y convirti el hecho suceso-rio en una cuestin central; en una y otra cuestin se configur una prolija y eficaz interaccin entre la Corte y las Cortes (Jess Lalinde, Rey, conde y seor. El nacionalismo de los reinos y tierras del rey de Aragn, 1988). Signos externos de la pri-maca jurdica de Aragn en la Corona fueron, entre otros, que las Cortes Generales conjuntas de Aragn, Catalua y Valencia se celebraban en suelo aragons (en Monzn, con reuniones separadas, que se unificaban para inaugurar y clausurar) y que la coronacin del monarca co-mn tena lugar en Zaragoza. La denominacin no nace madura, ni existe en el momento de la unin de Aragn y Barcelona, ni tiene significado invariable. Jaime I incorpora Mallorca ad Co-ronam Regni Aragonum. Alfonso III y Jaime II declaran la inalienabilidad de Mallorca y Torto-sa respecto de la Senyoria de Catalunya e dels Regnes de Arag, e de Valentia, ne del comtat

de Barcelona, sin usar un trmino omnicom-prensivo. Se habl tambin de la Corona del rey de Aragn. Jaime II usa Corona Arago-num, Corona Regni Aragonum y Corona Regnum Aragoniae, expresiones empleadas igualmente por Pedro IV, que tambin habla de una Respublica regnorum et terrarum, un mbito estatal de reinos y tierras varias. El uso actual ya est consolidado en la documentacin del Compromiso de Caspe.

Coronacin.

El rey de Aragn deba jurar en Cortes las le-yes de cada uno de sus tres estados principales (Aragn, Catalua y Valencia), as como su indivisibilidad (desde el siglo XIV), pero era co-ronado solamente en Aragn. La ceremonia te-na lugar con solemnidad extraordinaria y gran aparato de protocolo en la catedral o seo del Salvador de Zaragoza. La consagracin, co-ronacin, bendicin y ordenacin de reyes era uno de los otros sacramentos no instituidos por Jesucristo [...] en virtud de cuyo rito el rey se inscriba en el clero como partcipe del ministe-rio episcopal (A. Durn, El rito de la corona-cin del rey de Aragn, 1989). Pedro II fue el primer rey en coronarse solemnemente (esto es, en protagonizar una ceremonia de corona-cin propiamente dicha) y lo hizo en 1204, en Roma, por manos del papa Inocencio III, tras ser ungido con leo crismal en San Pancracio, desde donde el rey y el papa fueron a San Pedro del Vaticano: el aragons fue all armado caba-llero y deposit su corona y cetro en el altar. No obstante, su padre, Alfonso II, aparece repre-sentado con diadema o corona real, aunque no consta cmo la ci por primera vez. A partir de Pedro II, todas las coronaciones que hubo fueron en la Seo (v.) de Zaragoza. Su sucesor, Jaime I, no se coron formalmente, aun desen-dolo, por exigirle el papa Gregorio X el pago de 40.000 monedas de oro, en concepto de atra-sos, exigencia que irrit a un rey que tanto ha-ba servido a la Iglesia. Pedro III, tras ser ungido por el arzobispo de Tarragona, se coron por s mismo el 15 de noviembre de 1276, y coron

a su esposa Constanza: es la primera corona-cin en Aragn, pues la anterior fue en Roma. Alfonso III, el 14 de abril de 1286, proclam en la ceremonia no recibir la corona en nom-bre de la Iglesia, ni por ella ni contra ella, eximindose as del vasallaje a la Santa Sede, y organiz festejos pblicos que duraron medio mes. Jaime II se coron el 24 de septiembre de 1291. Alfonso IV, el 3 de abril de 1328, tras decir en Cortes que Aragn era cabeza de sus reinos y lo principal de su estado; y Pedro IV, en 1336: al advertir que el arzobispo se diriga hacia la corona, le dijo que no ossase tocarla ni aderearla, lo que turb mucho al prela-do, segn cont Blancas en el siglo XVI. Juan I, que no se coron por motivos de ahorro y de emergencia blica, estatuye que es deber de los reyes recibir la uncin en Zaragoza, cabeza del reino en la que todos los reyes deben reci-bir sus insignias. Martn I se coron el 13 de abril de 1399 y coron a su esposa Mara de Luna pocas fechas ms tarde. Fernando I se impuso la corona el 11 de enero de 1414, ao y medio tras su ascensin al trono, e invisti a su hijo Alfonso (V) como prncipe de Gerona (v.); tres das ms tarde coron a la reina Leo-nor. El rey deba hacer tres cosas en la misma ceremonia: jurar los fueros; ser ungido por la Iglesia a modo de sacerdote (tcnicamente, era objeto de un sacramental); y coronarse por

s mismo, significando que su poder vena de Dios (no de la Iglesia), tomando la espada, el cetro y el pomo rematado por la cruz, adems de ceirse la corona. Aunque Alfonso IV, estan-do en Barcelona, jur los Usatges catalanes antes de ser coronado en Aragn, advirti que lo haca sin reunir cortes, pues no entenda celebralla en ninguna parte sin tenella prime-ro a los de Aragn, como este Reyno fuesse el principal de su estado, y cabeza de todos los dems, segn entiende el cronista aragons J. Blancas. Nadie poda coronarse rey de Ara-gn sino en Aragn. El rey, tras devota vigilia, viste una tnica con el seal real y protagoniza una gran procesin de ida y vuelta, acompaa-do por los grandes vasallos y los representantes de todos sus reinos y estados, venidos a Zara-goza para la ocasin. Pedro IV cre un ceremo-nial que inclua a la reina y al sucesor, en el que despleg un completo rito de ensalzamiento de la dignidad real y de la persona y el linaje, que mostraba, frente al pueblo, la dimensin sacra de la monarqua y su posicin frente al exterior (la cristiandad y los otros reinos hispa-nos) y en el interior de la Corona (J. . Sesma, Pedro IV y la proyeccin de la imagen real en la Corona de Aragn, 2011). El rey declara: los Reyes dAragon sian estreytos [obligados] de prender el dito sancto sagrament de uncin en la ciudat de aragoa la qual es cabea del

Ttulo de cronista de la Corona de Aragn a favor de Lupercio Leonardo de Argensola, 1599.

(Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, D49)

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Cortes generales.

Usualmente se emplea esta expresin para de-signar a las conjuntas de todos los Estados hisp-nicos de la Corona de Aragn (el Reino de Ma-llorca, sin Cortes propias, tena presencia en las Cortes catalanas). Se celebraron en suelo arago-ns, con la reserva hecha por catalanes y valencia-nos de que de ello no poda derivarse merma de sus derechos. La sede ms repetida fue Monzn, lugar de Aragn bien situado. En ocasiones, se estim ms conveniente citar reuniones en tres puntos distintos, pero prximos, para facilitar la coordinacin. En las Cortes de Monzn de 1289, primera gran ocasin de Cortes generales para toda la Corona, junto a la renovacin del Consejo real [v.] y la confirmacin del Privilegio General [v.], se trazaron igualmente las directri-ces de la poltica internacional en una lnea de in-ters comn que prefiguraba un comportamien-to poltico distinto tanto por parte de la realeza como de los grupos de presin que se brindaban ahora a prestar su estrecha colaboracin para el xito de la Corona y la pacificacin interior. Se adoptaron, adems, diversos acuerdos sobre el

regno de Aragn el qual regno es ttol y nom-bre nuestro principal. Con este ceremonial se coronaron Juan I (1388), Martn (1397) y Fer-nando I (1414). Fernando el Catlico prepar y presupuest, en 1479, una coronacin solem-ne en Zaragoza segunt es acostumbrado, que no pudo celebrar.

Corregimientos.

Distritos implantados en Aragn en el siglo XVIII, segn el estilo de Castilla, en nmero de trece: Zaragoza, Albarracn, Alcaiz, Barbastro, Bena-barre, Borja, Calatayud, Cinco Villas, Daroca, Huesca, Jaca, Tarazona y Teruel. Son anteceden-te de los partidos judiciales.

Cortes.

En los territorios hispanos de la Corona de Aragn son las reuniones de los representantes estamentales con el rey o su lugarteniente para debatir problemas y encontrar acuerdos entre las partes, as como para emitir leyes (fueros). El Reino de Mallorca (v.) careci de ellas. Cuando, de forma extraordinaria, el rey citaba conjun-

tamente a los componentes de las Cortes de Aragn, Catalua y Valencia, siempre en sue-lo aragons, se habla de Cortes generales de la Corona (v.) Las Cortes del Reino de Aragn, a diferencia de las restantes hispnicas, no tenan tres brazos clero, aristocracia y universidades (ciudades y villas, ciertas comunidades agrupa-das de aldeas en las extremaduras meridiona-les), sino cuatro, pues el estamento nobiliario estaba dividido en dos brazos, el de ricos-hombres o alta aristocracia, y el de caballeros e infanzones, para la nobleza menor. La represen-tacin de las universidades inclua a una parte considerable de la poblacin no nobiliaria, pero dejaba fuera a los vasallos de seores laicos o re-ligiosos (incluidas las rdenes militares). Se han dado como antecedentes reuniones en tiempos de Sancho Ramrez (1090) y Zurita estima con exceso que son Cortes las reuniones de los nota-bles aragoneses, nobles y urbanos, a la muerte de Alfonso I (Borja, 1134). La primera reunin de nobles y eclesisticos con representantes de con-cejos tuvo lugar en Zaragoza, el 11 de noviembre de 1164, convocada por el rey nio Alfonso II, a la que asistieron delegados de Zaragoza, Daroca, Calatayud, Jaca y Huesca. No pueden ser equi-paradas a las Cortes, ni el antecedente de Daroca (1196), donde jur fueros Pedro II, juramento que luego sera caracterstica de estas asambleas. No suele hablarse de Cortes hasta el siglo XIII e incluso hay historiadores que no estiman llegada su consolidacin plena hasta el XIV, reservando para las anteriores el nombre tcnico de cu-ria. Las reuniones de curia y curia general con Jaime I tratan ya, con presencia de clero, nobles, caballeros e infanzones y universidades, de asuntos tan importantes como la conquista de Valencia (Monzn, 1236), la codificacin foral aragonesa (Huesca, 1247) o el establecimiento del justicia como juez de contrafuero (v.) (Ejea, 1265). El enfrentamiento con el rey de los nobles y otros estamentos distinguidos en tiempos de Pedro III (v. Privilegio General) dio lugar a la fase de madurez de las Cortes. A finales del siglo XV, en los bancos que estaban a lo largo de la mano derecha del rey se pona el brazo eclesistico y a la mano izquierda los nobles, y ms a la izquierda de estos los caballeros y escuderos. Por ltimo,

en los bancos traveseros que estaban cara a cara frente al rey se sentaban las universidades. En la primera fila a la parte derecha del rey se ponan los procuradores de Huesca, en medio los de Zaragoza, a la izquierda los de Tarazona y de-trs por orden estricto estaban todos los dems. Un claro componente simblico de reconoci-miento y prestigio externos para las identidades urbanas de Aragn (G. Navarro, Ciudades y villas del Reino de Aragn en el siglo XV, 2010). En Zaragoza, se reunan en el refectorio de Pre-dicadores, en la Seo del Salvador o, cerca de esta, en las Casas del Reino (Diputacin General). Tras las Cortes de 1592, aun sin cambios en las formas, se cerr un captulo histrico. Felipe III no convoc Cortes, aunque s reuniones de los brazos estamentales. En todo el siglo XVII se re-unieron solamente cuatro veces (1626, 1645, 1677 y 1684, cerradas estas en 1687). En ple-no auge del conde-duque de Olivares, frustra-do constructor del autoritarismo de Felipe III (IV de Castilla), [...] las presiones de la monar-qua y su naturaleza usaron procedimientos que rayan en la extorsin y el soborno, cuando no en la violencia mental y fsica: el rey o sus re-presentantes compraron votos, amenazaron a personas y a municipios de distintas universida-des, e incluso se actu contra ellos. El resultado: una gran presin fiscal a pesar de las reduccio-nes, ya que el reino debera pagar 144.000 libras durante quince aos, medida contraproducente si se tiene en cuenta la despoblacin por las vio-lentas salidas de moriscos y la correspondiente crisis econmica dentro de una coyuntura ge-neral desfavorable (G. Redondo, Cortes de Aragn, 1982). Las Cortes, reunidas por l-tima vez en Zaragoza, en 1702, presididas por la esposa de Felipe V, Mara Luisa de Saboya, dejaron de existir en 1711, si bien resucitaron de forma interesante y espontnea para enfren-tarse, a falta de mejor autoridad, a la invasin napolenica en 1808: el 9 de junio de ese ao, en defensa del reino y del rey, los cuatro brazos designaron una diputacin permanente (Junta Suprema) y un capitn general (desde Felipe V, el representante ordinario del rey a todos los efectos), Jos Rebolledo de Palafox. (V. tam-bin: Curia regia.)

Jernimo de Blancas, Modo de proceder en Cortes de

Aragn, Zaragoza, 1641. (Cortes de Aragn. Fondo

Documental Histrico, L35/1)

Coronacin de Pedro IV.Ceremonial de consagracin y coronacin de los reyes de Aragn, s. XIV. (Museo Fundacin Lzaro Galdiano, ms. R. 14.425, fol. 1r.)

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ordenamiento y organizacin de los territorios integrantes de la Corona (E. Sarasa, El Privile-gio General de Aragn, 1985).

Costums.

Nombre que se da, por simplificacin, al dere-cho histrico del reino de Mallorca (que com-prende todas las islas Baleares), equivalente al de Fueros, Usatges o Furs para Aragn, Barcelona o Catalua y Valencia, respectiva-mente. Desde 1230, Mallorca dispuso de una sucinta Carta de Franqueses o franquicias (Jaime I), ampliada en sucesivos privilegis,

a lo que se sumaron los Costums de Ibiza (siglo XIII) y de Menorca (XIV). Las Ordina-cions del Gran e General Consell de Mallorca, rgano de gobernacin de un reino que careca de Cortes (v. Reino de Mallorca). Haba cos-tums en ms localidades (Barcelona, Lrida, Tortosa) y convivan con otros ordenamientos.

Cronistas del reino.

No debe confundirse la funcin de cronista con los empleos oficiales de cronista del Reino o de la Corona. Las crnicas son un gnero ha-bitual en la Edad Media y se confeccionan por

Ubicacin de los distintos estamentos en las Cortes generales del Reino.Jernimo Martel, Forma de celebrar Cortes en Aragn, Zaragoza, 1641. (Cortes de Aragn. Fondo Documental Histrico, L35/2)

encargo de un poder, a menudo el del rey, pero tambin para servir los propsitos de un monas-terio, obispado, etc. El de cronista de Aragn es un cometido oficial que parece haberse tratado en distintos momentos de la segunda mitad del siglo XV y quiz en las Cortes de Aragn bajo Fernando II, en 1495, a instancias del arzobis-po Alonso de Aragn, mano derecha del rey, su padre biolgico. Gauberto Fabricio de Vagad redact una crnica del reino, editada oficial-mente en 1499, sin que se sepa que mediase nombramiento. El primero y mejor de todos fue Jernimo Zurita (v.), que actu entre 1548 y 1580. Estas crnicas oficiales estaban contro-ladas por la Diputacin (v.), institucin para la que se escriban y que cre el puesto de cronista en 1547. Catalua lo hara en 1564.

Cruz de Alcoraz.

Tercer cuartel del escudo de Aragn, com-puesto por la cruz de san Jorge en campo de plata (blanco), con una cabeza de moro (en herldica es sinnimo de cabeza de negro) en cada cantn, ceida por una cinta blanca o diadema, de amplia cola que cae tras el cuello. El emblema es tambin el de Cerdea, desde el siglo XV (pero con las cintas blancas tapan-do los ojos de las cabezas). Advirtase que, en herldica, se distingue entre cabezas y cabe-zas cortadas, que deben mostrar un tajo san-griento. No se documenta antes de Pedro III ni histricamente ha de tratarse de una cruz georgina, sino de la Cruz, sin ms, como el rey describe: Una creu per mig del scut, e a cascun

cart un cap de sarray (sarraceno). En los sellos mayores (flaones) de los reyes, apa-rece con frases bblicas de sentido espiritual y mstico hasta Alfonso III. El emblema regio pasar a ser tambin territorial posiblemen-te con el desarrollo de la Diputacin (v.). La tradicin dominante la atribuy ms tarde a Pedro I, para celebrar la toma de Huesca tras la batalla de Alcoraz (v.), en 1096. Otras leyendas menos divulgadas la adjudican a Alfonso I, por la derrota de cuatro reyes musulmanes en un solo da; a la victoria jaquesa del conde Aznar en 795; y a la cudruple de Ramn Berenguer IV en Fraga, Tortosa, Aitona y Miravet. Tampoco son atendibles.

Nombramiento de Lupercio Leonardo de Argensola, cronista

mayor del rey en la Corona de Aragn, para el cargo de cronista del

Reino de Aragn con un salario de 4.000 sueldos anua