prontuario 2015

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1 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TELESECUNDARIA PRONTUARIO DE NORMAS ADMINISTRATIVAS PARA TRABAJADORES DE ESCUELAS TELESECUNDARIAS RECOPILACIÓN Y ENSAYO: MTRO. ORLANDO ÁNGELES GUERRERO

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Prontuario Administrativo, Normatividad procesual. Educación Telesecundaria. Hidalgo, México.

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    SECRETARA DE

    EDUCACIN PBLICA

    DIRECCIN DE EDUCACIN

    TELESECUNDARIA

    PRONTUARIO

    DE NORMAS ADMINISTRATIVAS

    PARA TRABAJADORES DE

    ESCUELAS TELESECUNDARIAS

    RECOPILACIN Y ENSAYO:

    MTRO. ORLANDO NGELES GUERRERO

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    PRONTUARIO

    NORMAS ADMINISTRATIVAS PARA TRABAJADORES

    DE ESCUELAS TELESECUNDARIAS

    PRESENTACIN

    La Direccin de Educacin Telesecundaria, a travs del rea de Atencin a Quejas y Denuncias, pone al alcance de todos los Trabajadores de Telesecundarias del Estado de

    Hidalgo, el presente PRONTUARIO DE NORMAS ADMINISTRATIVAS, con la finalidad de orientar al personal Directivo, Docente y de Apoyo a la Educacin, para el desarrollo de sus funciones, a fin de hacer valer sus derechos laborales en un ambiente de cordialidad y compaerismo, en el cual el trabajador pueda cumplir con cada una de sus obligaciones sin la necesidad de Autoritarismo de sus Superiores, sino con la entrega sustentada en los principios de responsabilidad y tica profesional, haciendo con ello que los trabajadores dejen en cada uno de sus centros de trabajo, la huella de su labor desarrollada, de su capacidad como profesionista y de su valor moral como ente social, entendiendo que los trabajadores de la educacin son los pilares del progreso de la sociedad, comprendida entre los diferentes niveles, desde la comunidad, el municipio, el estado y el pas. El presente PRONTUARIO DE NORMAS ADMINISTRATIVAS, contiene los derechos, las obligaciones y prohibiciones de los trabajadores, con el propsito nico de que las conozcan, las cumplan y las hagan valer, para el mejor desarrollo de sus funciones, establecidas en los Acuerdos, Reglamentos y Leyes Vigentes, as como tambin podemos encontrar , los Derechos y Obligaciones de los alumnos y lo ms importante: contiene recomendaciones de cmo podemos, abordar, atender, solucionar y dar seguimiento a lo que llamamos Malas conductas de los alumnos sin caer en la improvisacin, la cual conlleva a la violacin de los derechos de los estudiantes. Se incluye tambin en esta Antologa, algunos formatos Administrativos, con la finalidad de que los Directivos los tengan a la mano, para facilitar su aplicacin, destacando los ms utilizables, como son el Exhorto; la Nota de Extraamiento; la Nota mala; la hoja de descuento; el Acta circunstanciada de hechos; el Acta circunstanciada por inasistencias para personal no docente y el Acta Circunstanciada por inasistencias para personal docente. En espera de coadyuvar en el mejor desempeo de las funciones de cada trabajador, se recomienda echar un ojito al presente documento, esperando que sea de gran utilidad en el trabajo cotidiano.

    Muchas Gracias. Mtro. O. ngeles G.

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    TEMARIO

    N.P. PAG.

    I.-REGLAMENTO DE LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO

    01 Art. 25.- Obligaciones de los trabajadores.. 04 02 Art. 26.- Prohibiciones..... 05 03 Arts. 30, 31, 36, 37, 45, 49 y 52 relacionados con jornada laboral, puntualidad y Asistencia, vacaciones y licencias con goce y sin goce de sueldo 05 04 Arts. 55, 57 y 60 relacionados con cambios, permutas y abandono de empleo... 06 05 Arts. 71 al 79 relacionados con sanciones . 06 06 Art. 80.- Sanciones para la impuntualidad 07 07 Art. 81 Recurso Administrativo (Defensa) 07

    II.- LEY GENERAL DE EDUCACIN

    09 Seccin 1.- Infracciones y Sanciones 08

    III.- LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE

    10 Art. 76.- Abandono de empleo . 09

    IV.- RECOMENDACIONES GENERALES

    11 Recomendaciones Generales para el Director 10 12 Soluciones prcticas .. 10 13 Sanciones para impuntualidad y asistencia ( Resmen)... 11 14 Problemas ms frecuentes ... 12

    V.- ACUERDO NM. 98

    15 Derechos y obligaciones de los alumnos y sanciones,. 13

    VI.- ANEXOS

    16 Exhorto 16 17 Nota de Extraamiento 17 18 Acta Circunstanciada de hechos . 18 19 Instructivo para instrumentar acta Circunstanciada por inasistencias .. 19 20 Citatorios para instrumentar acta circunstanciada a personal no docente . 20 21 Acta Administrativa por inasistencia para personal no docente 23 22 Oficio para remitir el acta 28 23 Acta de notificacin . 29 24 Acta administrativa por inasistencias para personal docente 32 25 Oficio para remitir el acta .. 35 26 Conclusin 36

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    I REGLAMENTO DE LAS CONDICIONES GENERALES

    DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA S. E. P.

    Artculo 10.- El nombramiento legalmente aceptado obliga a la Secretara y al trabajador al cumplimiento recproco de las disposiciones contenidas en el Estatuto Jurdico y en el presente Reglamento, as como a las derivadas de la buena fe, la costumbre y el uso.

    Artculo 25.- Son obligaciones de los trabajadores:

    I. Rendir la protesta de ley.

    II. Asistir con puntualidad al desempeo de sus labores y cumplir con las disposiciones que

    se dicten para comprobarlo.

    III. En caso de enfermedad, dar el aviso correspondiente a la dependencia de su adscripcin y

    al servicio mdico, dentro de la hora siguiente a la reglamentaria de entrada a sus labores,

    precisando el lugar en que debe practicarse el examen mdico.

    IV. Desempear el empleo o cargo en el lugar a que sean adscritos.

    V. Desempear las funciones propias de su cargo con la intensidad y calidad que este

    requiera.

    VI. Obedecer las rdenes e instrucciones que reciban de sus superiores en asuntos propios

    del servicio; una vez cumplidas expresarn las objeciones que ameriten.

    VII. Comportarse con la discrecin debida en el desempeo de su cargo.

    VIII. Tratar con cortesa y diligencia al pblico.

    IX. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pblica y no dar motivo con

    actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su buena reputacin en

    perjuicio del servicio que se les tenga encomendado.

    X. Abstenerse de denigrar los actos del Gobierno o fomentar por cualquier medio la

    desobediencia a su autoridad.

    XI. En caso de renuncia, no dejar el servicio sino hasta que le haya sido aceptada y entregar

    los expedientes, documentos, fondos, valores o bienes cuya atencin, administracin o

    guarda estn a su cuidado, de acuerdo con las disposiciones aplicables.

    XII. Residir en el lugar de su adscripcin, salvo los casos de excepcin a juicio de la

    Secretara.

    XIII. Trasladarse al lugar de nueva adscripcin sealado por la Secretara, en un plazo no

    mayor de cinco das contados a partir de la fecha en que hubiere hecho entrega de los

    asuntos de su anterior cargo. Dicha entrega deber ser hecha, salvo plazo especial

    sealado expresamente por la Secretara, en un lapso mximo de diez das.

    XIV. Dar facilidades a los mdicos de la Secretara para la prctica de visitas y exmenes en los

    casos siguientes:

    a. Incapacidad fsica.

    b. Enfermedades.

    c. Influencia alcohlica o uso de drogas enervantes.

    d. A solicitud de la Secretara o del Sindicato en cualquier otro caso.

    XV. Procurar la armona entre las dependencias de la Secretara y entre stas y las dems

    autoridades en los asuntos oficiales.

    XVI. Comunicar oportunamente a sus superiores cualquier irregularidad que observen en el

    servicio.

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    Artculo 26.- Queda prohibido a los trabajadores, lo siguiente:

    I. Aprovechar los servicios del personal en asuntos particulares o ajenos a los oficiales de la Secretara.

    II. Proporcionar a los particulares, sin la debida autorizacin, documentos, datos o informes de los asuntos de la dependencia de su adscripcin.

    III. Llevar a cabo colectas para obsequiar a los jefes o compaeros, as como organizar rifas dentro de las horas laborables.

    IV. Hacer prstamos a con inters a sus compaeros de labores, salvo los casos en que se constituyan en Cajas de Ahorros autorizadas legalmente.

    V. Prestar dinero a rditos a personas cuyos sueldos tengan que pagar, cuando se trate de cajeros, pagadores o habilitados; as como retener sueldos por s o por encargo o comisin de otra persona, sin que medie orden de autoridad competente.

    VI. Habitar en alguna dependencia de la Secretara, salvo los casos de necesidades del servicio, a juicio de la misma, o con autorizacin de los funcionarios superiores de sta y mediante la remuneracin o renta a que haya lugar.

    VII. Y en general, ejecutar actos contrarios al desempeo de las funciones encomendadas por la Secretara.

    Artculo 30.- Cuando se aumenten las horas de la jornada mxima, excepcin hecha del aumento

    debido al retraso imputable al trabajador, el trabajo ser considerado como extraordinario y se

    retribuir con salario doble.

    Artculo 31.- En el caso de los conserjes, porteros veladores, guardianes y otros empleados que

    presten servicios anlogos (auxiliar administrativo e intendente) , no ser aplicable lo establecido

    en el artculo anterior, pues tales empleados tendrn obligacin de desempear su trabajo aun

    fuera de las horas ordinarias, sin que por tal motivo se considere que trabajan tiempo extra.

    Artculo 36.- Los horarios establecern el tiempo laborable, concediendo una tolerancia de diez

    minutos para llegar al trabajo.

    Artculo 37.- Se faculta a los jefes de las dependencias para disculpar dos retrasos en una quincena

    a un mismo empleado, quedando, no obstante, obligados a dar el aviso correspondiente al

    Departamento de Personal, en los das 15 y ltimo de cada mes, segn el caso, o mensualmente si

    se tratare de oficinas forneas.

    Artculo 45.- Las vacaciones de los trabajadores docentes, se regirn por los respectivos

    calendarios escolares, y las de los trabajadores no docentes que prestan servicios en las escuelas,

    por las disposiciones que dicten las dependencias de su adscripcin.

    Artculo 49.- Los trabajadores no podrn negarse a disfrutar de sus vacaciones en las fechas que les sean sealadas Artculo 52. Las licencias con goce de sueldo se concedern en los siguientes casos:

    I.- Por enfermedades no profesionales, a juicio de los mdicos de la Secretara: a) Si el trabajador tiene por lo menos 6 meses de servicios, hasta 15 das con sueldo ntegro; hasta 15 das ms con medio sueldo y hasta 1 mes sin goce de sueldo; b) a los que tengan de 1 a 5 aos de servicios hasta 30 das con goce de sueldo ntegro, hasta 30 das ms con medio sueldo y hasta 60 ms sin sueldo; c) a los que tengan de 5 a 10 aos de servicios hasta 45 das con sueldo ntegro, a 45 ms con medio y a 90 ms sin sueldo; d) a los que tengan de 10 aos de servicios en adelante, hasta 60 das con goce de sueldo ntegro a otros 60 con medio sueldo y a 180 das ms sin sueldo. Concluidos los anteriores trminos sin que el trabajador que se encuentre en el caso respectivo haya reanudado sus labores, la Secretara queda en libertad de

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    dejar sin efecto su nombramiento, sin responsabilidad para el estado. Los cmputos de los anteriores trminos se harn por servicios continuos o cuando, de existir una interrupcin en la prestacin de los servicios, sta no sea mayor de 6 meses.

    II.- Por enfermedades profesionales durante todo el tiempo -6 meses como mximo- que sea necesario para el restablecimiento del trabajador, y en la inteligencia de que su reingreso y la indemnizacin que le corresponda, en su caso, se ajustarn a lo dispuesto por le Ley Federal del Trabajo.

    III.- Por cualquier otro motivo hasta por 3 das en tres ocasiones distintas, separadas cuando menos por 1 mes, dentro de cada ao. Estas licencias podrn ser concedidas por los jefes de las respectivas Dependencias de la Secretara bajo su responsabilidad, dando el aviso correspondiente al departamento de personal de la misma secretara. Artculo 55.- Los cambios de los trabajadores slo se efectuarn: I.- Por necesidades del servicio. En este caso, si el trabajador manifiesta su oposicin

    en un plazo de cinco das contados desde la fecha en que se le d a conocer su cambio, deber demostrar ente la dependencia de su adscripcin la improcedencia de la medida, para que ella determine lo conducente. Salvo que el traslado se deba a incompetencia del trabajador o como sancin por faltas cometidas por el mismo,

    II.- Por permuta de empleos que reciban retribucin tengan equivalencia escalafonaria y condiciones similares de promocin, concertada de comn acuerdo entre los trabajadores, sin perjuicio de tercero y con anuencia de la Secretara.

    III.- Por razones de enfermedad, peligro de vida, seguridad personal, debidamente comprobadas a juicio de la Secretara a solicitud del interesado. Artculo 56.- Se considerar insubsistente la permuta cuando, en un lapso de 90 das despus de efectuada, se compruebe que se realiz por inmoralidad de alguno de los permutantes. Artculo 57.- Ningn trabajador podr hacer una permuta definitiva si le faltan menos de cinco aos para su jubilacin, ni temporal por un tiempo mayor al que le falte para adquirir derechos de jubilacin. Artculo 60.-El abandono del empleo a que se refiere la fraccin I del artculo 44 del Estatuto, se considerar consumado al cuarto das despus de que el trabajador haya faltado 3 das consecutivos sin aviso, ni causa justificada, o si en las mismas condiciones faltare un da despus de haber dejado de concurrir a sus labores sin aviso ni justificacin en 8 ocasiones, en los 30 das anteriores a la falta que motive el abandono. Artculo 71.- Las infracciones de los trabajadores a los preceptos de este Reglamento, darn

    lugar a :

    I.- Notas de Extraamiento y amonestaciones verbales y escritas. II.- Notas malas en la hoja de servicios. III.- Prdida de derechos para percibir sueldos (Descuentos). IV.- Suspensin de empleo, cargo o comisin. V.- Cese de los efectos de nombramiento.

    Artculo 72.- Los extraamientos por escrito se harn a los trabajadores directamente por el jefe de la dependencia a que pertenezcan, con copia al Departamento de Personal de la Comisin Nacional de Escalafn. Artculo 73.- La acumulacin de tres extraamientos se computar por una nota mala. Artculo 74.- Previa justificacin, las notas malas sern impuestas por el Departamento de Personal con notificacin al afectado y a solicitud, en su caso de la Dependencia donde preste sus servicios el trabajador. Artculo 75.- Las notas malas sern permanentes en el expediente del trabajador y podrn ser compensadas con notas buenas a que se haga acreedor por servicios extraordinarios, acciones meritorias o cualesquiera otros motivos que justifiquen tal recompensa. Artculo 76.- La falta de cumplimiento en la fraccin II del artculo 25 dar lugar a la aplicacin de lo dispuesto por la fraccin II del artculo 71 sin perjuicio de la prdida de derecho a percibir el salario correspondiente a los das de inasistencia que se considerarn injustificados.

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    Artculo 77.- La falta de cumplimiento a las obligaciones que sealan las fracciones V, VII, VIII, X, XV, y XVI del artculo 25 dar lugar a la aplicacin de las fracciones I y II del artculo 71 en su caso, a juicio del Jefe de la Dependencia en que preste sus servicios el trabajador. Artculo 78.- La falta de cumplimiento de las obligaciones marcadas por las fracciones VI, IX, XII y XIV del artculo 25, y la inobservancia de las prevenciones enumeradas en el artculo 26, dar lugar a la aplicacin de la fraccin I del artculo 71, sin perjuicio de que la gravedad de estas infracciones o la reincidencia, en su caso permitan a la Secretara solicitar del Tribunal de Arbitraje la terminacin de los efectos de los nombramientos respectivos. Artculo 79.- La falta de cumplimiento de los incisos XI y XIII del artculo 25 dar lugar a la aplicacin de la fraccin V del artculo 71 de este reglamento, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que pudiera incurrir el trabajador. Artculo 80.-La falta de puntualidad de inasistencia a las labores a que se refiere la fraccin II del artculo 25, estar sujeta a las siguientes normas:

    a) Todo empleado que se presente a sus labores despus de transcurridos los 10 minutos de tolerancia que concede este reglamento, pero sin que el retardo exceda de 20 minutos dar origen a la aplicacin de una nota mala por cada dos retardos en un mes.

    b) El empleado que se presente a sus labores despus de que hayan transcurrido los primeros 20 minutos siguientes a los 10 de tolerancia, pero sin exceder de 30, dar lugar a una nota mala por cada retardo.

    c) Transcurridos los 30 minutos de que habla en inciso anterior, despus de la hora fijada para la iniciacin de las labores, no se permitir a ningn empleado registrar su asistencia, por considerarse el caso como falta injustificada y el trabajador no tendr derecho a percibir el salario correspondiente.

    d) El empleado que acumule 5 notas malas por retardos en que incurra, computados en los trminos de los incisos anteriores dar lugar de un da de suspensin de sus labores y sueldo.

    e) El empleado que haya acumulado 7 suspensiones en el trmino de un ao motivadas por impuntualidad en la asistencia, dar lugar a que se solicite del tribunal de Arbitraje la terminacin de los efectos de su nombramiento, de acuerdo con el artculo 44, fraccin V, inciso i) del Estatuto.

    f) La falta del trabajador a sus labores, que no se justifique por medio de licencia legalmente concedida, lo priva del derecho de reclamar el salario correspondiente a la jornada o jornadas de trabajo no desempeado.

    g) Sin perjuicio de lo establecido en el inciso que antecede, cuando las faltas sean consecutivas se impondrn al empleado: por 2 faltas, el importe del salario correspondiente y amonestacin por escrito; por 3 faltas, el importe del salario que deje de devengar durante los das faltados y un da de suspensin; por 4 faltas el importe del salario correspondiente a los das que deje de concurrir y 2 de suspensin sin perjuicio de la facultad concedida a la Secretara por el artculo 44, fraccin V, inciso b) del Estatuto.

    h) Si las faltas no son consecutivas, se observarn las siguientes reglas: hasta por 4 faltas en dos meses, se amonestar al empleado por escrito sin derecho a cobrar el importe de los das no trabajados; hasta por 6 faltas en 2 meses, se le impondrn hasta 3 das de suspensin sin derecho a cobrar el importe del salario correspondiente a los das no laborados injustificadamente, ni en el de los relativos a la suspensin; por 13 a 18 en seis meses, 7 das de suspensin tambin sin derecho a cobrar el salarios de los das no laborados, ni los relativos a la suspensin y sin perjuicio de aplicar el inciso i), fraccin V del artculo 44 del Estatuto. Artculo 81.- Los trabajadores al Servicio de la Secretara tendrn derecho a recompensas por los servicios meritorios que presenten en el desempeo de sus funciones y que podrn consistir en:

    a) Notas buenas en su hojas de servicios, y b) felicitaciones por escrito

    Artculo 82.- Las infracciones no comprendidas en el presente captulo, darn lugar a lo que determine la Secretara teniendo en cuenta la gravedad y las consecuencias que concurran en cada caso.

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    Artculo 83.-Las sanciones que se impongan conforme a este captulo sern recurribles por escrito ante el funcionario que ordeno la sancin, en un plazo de 10 das hbiles, a partir de la fecha en que sean comunicadas, y la resolucin que se dicte no admitir recurso alguno dentro de la misma Secretara, quedado expedido el derecho del trabajador para hacer uso de los recursos legales que procedan. Artculo 84.- Siempre que este Reglamento seale algn plazo para perder un derecho o para merecer una sancin se considerar prorrogado en un lapso razonable cuando se tratare de trabajadores cuyo domicilio y lugar de trabajo se encuentren en sitos carentes de vas de comunicacin expeditas o lejanas de centros administrativos de la Secretara. Artculo 85.-La comisin nacional de Escalafn ser oportunamente notificada por el Departamento de Personal de las sanciones que se impongan y de las recompensas que se otorguen en definitiva a los trabajadores, con objeto de que se hagan las anotaciones respectivas en su hoja de servicios.

    II LEY GENERAL DE EDUCACIN

    (INFRACCIONES)

    Seccin 1.- De las infracciones y las sanciones Artculo 75.- Son infracciones de quienes prestan servicios educativos: I.- Incumplir cualquiera de las obligaciones previstas en el artculo 57; II.- Suspender el servicio educativo sin que medie motivo justificado, caso fortuito o fuerza mayor; III.- Suspender clases en das y horas no autorizados por el calendario escolar aplicable, sin que medie motivo justificado, caso fortuito o fuerza mayor; IV.- No utilizar los libros de texto que la Secretara autorice y determine para la educacin primaria y secundaria; V.- Incumplir los lineamientos generales para el uso de material educativo para la educacin preescolar, la primaria y la secundaria; Fraccin reformada DOF 10-12-2004 VI.- Dar a conocer antes de su aplicacin, los exmenes o cualesquiera otros instrumentos de admisin, acreditacin o evaluacin, a quienes habrn de presentarlos; VII.- Expedir certificados, constancias, diplomas o ttulos a quienes no cumplan los requisitos aplicables; VIII.- Realizar o permitir se realice publicidad dentro del plantel escolar que fomente el consumo, as como realizar o permitir la comercializacin de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo, distintos de alimentos; IX.- Efectuar actividades que pongan en riesgo la salud o la seguridad de los alumnos; X.- Ocultar a los padres o tutores las conductas de los alumnos que notoriamente deban ser de su conocimiento; XI.- Oponerse a las actividades de evaluacin, inspeccin y vigilancia, as como no proporcionar informacin veraz y oportuna;

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    XII.- Contravenir las disposiciones contempladas en el artculo 7o., en el artculo 21, en el tercer prrafo del artculo 42 por lo que corresponde a las autoridades educativas y en el segundo prrafo del artculo 56; Fraccin adicionada DOF 19-08-2010. Reformada DOF 11-09-2013 XIII.- Incumplir cualesquiera de los dems preceptos de esta Ley, as como las disposiciones expedidas con fundamento en ella. Fraccin recorrida DOF 19-08-2010 XIV.- Administrar a los educandos, sin previa prescripcin mdica y consentimiento informado de los padres o tutores, medicamentos que contengan sustancias psicotrpicas o estupefacientes; Fraccin adicionada DOF 17-04-2009. Recorrida DOF 19-08-2010 XV.- Promover en los educandos, por cualquier medio, el uso de medicamentos que contengan sustancias psicotrpicas o estupefacientes; Fraccin adicionada DOF 17-04-2009. Recorrida DOF 19-08-2010. Reformada DOF 11-09-2013 XVI.- Expulsar o negarse a prestar el servicio educativo a personas que presenten problemas de aprendizaje o condicionar su aceptacin o permanencia en el plantel a someterse a tratamientos mdicos especficos, o bien, presionar de cualquier manera a los padres o tutores para que acudan a mdicos o clnicas especficas para la atencin de problemas de aprendizaje de los educandos XVII.- Incumplir con las medidas correctivas derivadas de las visitas de inspeccin. Artculo 76.- Las infracciones enumeradas en el artculo anterior se sancionarn con: I.- Multa hasta por el equivalente a cinco mil veces el salario mnimo general diario vigente en el rea geogrfica y en la fecha en que se cometa la infraccin. Las multas impuestas podrn duplicarse en caso de reincidencia.

    III

    LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE Artculo 76. Con el propsito de asegurar la continuidad en el servicio educativo, el servidor pblico del sistema educativo nacional, el Personal Docente y el Personal con Funciones de Direccin o de Supervisin en la Educacin Bsica y Media Superior que incumpla con la asistencia a sus labores por ms de tres das consecutivos o discontinuos, en un periodo de treinta das naturales, sin causa justificada ser separado del servicio sin responsabilidad para la Autoridad Educativa o para el Organismo Descentralizado, y sin necesidad de que exista resolucin previa del Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje o sus equivalentes en las entidades federativas, aplicando para ello el procedimiento previsto en el artculo 75 de esta Ley. Lo anterior, sin perjuicio del derecho del interesado de impugnar la resolucin respectiva ante las instancias jurisdiccionales que correspondan.

  • 10

    IV

    RECOMENDACIONES GENERALES EL DIRECTOR DE LA ESCUELA

    1. Deber entregar a los docentes y personal a su cargo, el saln, llaves, mobiliario y dems accesorios y materiales didcticos mediante un vale de resguardo.

    2. Es el nico responsable de controlar y administrar la libreta de entradas y salidas 3. Debe ser responsable, respetuoso, puntual, discreto, tolerante, amable,

    accesible, tctico, lder, y de iniciativas en el trabajo. 4. Debe procurar tener su oficina presentable y ordenada, con los documentos en regla.

    SOLUCIONES PRCTICAS EN CASO DE IRREGULARIDADES LABORALES O DE CONDUCTA DE LOS TRABAJADORES

    1.- QUE HACER EN CASO DE QUE UN/A TRABAJADOR/A NO CUMPLA CON LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL ART. 25 DEL REG. DE LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO?

    RESPUESTA: Ver los Artculos 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 del mismo Reglamento y aplicar la sancin correspondiente. Las Sanciones, pueden ser.

    1. Exhorto verbal. 2. Exhorto por escrito 3. Llamado de atencin verbal 4. Llamado de atencin por escrito 5. Nota de extraamiento. 6. Nota Mala 7. Suspensin Temporal y Acta circunstanciada de hechos. 8. Descuentos 9. Acta circunstanciada por inasistencias( llamada anteriormente, Acta de Abandono de

    empleo) 10. Solicitar a la Supervisin Escolar, que al trabajador sea adscrito en otro centro de trabajo.

    (Esto es lo que antes llambamos Puesta a disposicin) NOTAS:

    1. Se recomienda que la aplicacin de los procedimientos administrativos, sea graduada, iniciando con los exhortos, sin embargo cuando la falta es grave, podemos aplicar directamente una medida correctiva. Ejemplo, si el trabajador olvid cumplir una X comisin, la cual no caus problema, le podemos hacer un exhorto para que sea ms responsable; pero en cambio, si el trabajador agrede verbal, fsicamente o ambas formas, a la autoridad, al compaero de trabajo o a los alumnos; podemos aplicarle los puntos 5, 7 y 9 de la lista anterior, consistentes en Nota de extraamiento, suspensin temporal y acta circunstanciada o directamente el punto nm. 10.

    2. Para solicitar nueva adscripcin o poner a disposicin a un trabajador, es necesario anexar los documentos de las sanciones que se le han aplicado anteriormente, sin embargo puede darse el caso que el trabajador no tena ninguna nota mala, entonces es indispensable el acta circunstanciada de hechos..

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    3. Cuando el Director de la Escuela, solicita al supervisor, que asigne nueva adscripcin de un trabajador, porque ha creado conflictos, debe considerar que mientras no se le reponga el recurso, tendr que cubrir las tareas de ste, con recursos propios del centro de trabajo.

    SANCIONES PARA IMPUNTUALIDAD PARA DOCENTES Y PERSONAL DE APOYO

    IMPUNTUALIDAD: ART. 37.- Se disculpa dos retrasos de 10 minutos en una quincena a un mismo trabajador; sin embargo, la Autoridad inmediata Superior tiene la obligacin de informarlo al Departamento de Personal. Art. 80.- La falta de puntualidad establecida en la fraccin II del art. 25, est sujeta a las siguientes normas.

    INCI SO

    RETARDOS O INCIDENCIAS SANCIONES

    a Trascurridos los 10 minutos de tolerancia, sin que exceda de 20 minutos...

    Una nota mala por cada dos retardos en un mes.

    b Retardos despus de 20 minutos, sin que exceda los 30 minutos

    Una nota mala por cada retardo

    c Transcurridos los 30 minutos, despus de la hora de entrada, no se permite a los trabajadores firmar el libro de entradas y salidas y se considera falta injustificada

    Un da de descuento por cada retardo despus de los 30 minutos.

    d Empleado que acumule 5 notas malas por retardos

    Un da de suspensin sin derecho a firmar entrada ni salida y un da de descuento.

    e Empleado que acumule 7 suspensiones por retardos, en el trmino de un ao

    Levantar acta administrativa para demandar la terminacin de los efectos de su nombramiento.

    RESUMEN DE LAS SANCIONES PARA INASISTENCIAS (PERSONAL DE APOYO) A.- INASISTENCIAS CONSECUTIVAS.

    INFRACCIN (IRREGULARIDAD)

    SANCIN

    1 Inasistencia Un da de descuento

    2 Inasistencias Dos das de descuento, ms una nota de extraamiento

    3 inasistencias Tres das de descuento, ms un da de suspensin sin derecho a percibir salario el da suspendido.

    4 inasistencias a.- Cuatro das de descuento, ms 2 das de suspensin sin derecho a recibir el salario correspondiente a los das de suspensin.

    b.- Acta Administrativa por inasistencias.

    B. INASISTENCIAS NO CONSECUTIVAS.

    INFRACCIN (IRREGULARIDAD)

    SANCIN

    2 Y 3 das de inasistencia Descuento por los das que no asisti

    4 faltas en dos meses Descuento de los das no trabajados, ms nota de extraamiento

    6 faltas en dos meses Descuento de los 6 das, ms 3 das de suspensin sin derecho a recibir el salario de los das de suspendidos.

    13 a 18 faltas en 6 meses Descuento de los das no trabajados, ms 7 das de suspensin, sin derecho a recibir el salario de los das suspendidos.

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    SANCIONES PARA INASISTENCIAS DE DOCENTES, DIRECTORES, SUPERVISORES Y JEFES DE SECTOR

    (Para sancionar las inasistencias de los docentes, ATP, Supervisores y Jefes de Sector, nos basamos en el Art. 76 de la Ley General del Servicio Profesional docente)

    INFRACCIN (IRREGULARIDAD) SANCIN

    1, 2 y 3 inasistencias consecutivas o no consecutivas Descuento por los das no trabajados.

    Trabajador que acumule ms de 3 inasistencias consecutivas o discontinuas en un periodo de 30 das naturales

    Ser separado del servicio, mediante acta administrativa circunstanciada

    NOTAS Y RECOMENDACIONES POR NORMA.

    1. Cuando se levanta acta administrativa por inasistencias a un trabajador, a partir de ese da ya no puede firmar entrada y salida en el libro respectivo. (Orientarle que se presente a la Direccin General de Asuntos Jurdicos, para aclarar su situacin laboral).

    2. Mientras la Direccin General de Asuntos Jurdicos no nos d respuesta si procede o no la baja del trabajador, debemos de seguirlo anotando en la plantilla, con la siguiente observacin Tiene acta administrativa por inasistencias, en trmite

    PROBLEMAS MS FRECUENTES

    1.- QUE HACER EN CASO DE QUE UN TRABAJADOR, LLEGUE TARDE MS DE DOS VECES? RESPUESTA: Ver el Artculo 80, Fracciones a, b, c, d, e, f, g, h y aplicar la sancin correspondiente: 2.- QUE HACER EN CASO DE QUE UN TRABAJADOR LLEGUE TARDE Y ALTERE EL HORARIO DE ENTRADA Y SALIDA EN EL LIBRO DE REGISTRO DE ASITENCIA? RESPUESTA: La autoridad inmediata Superior deber proceder en trminos del Artculo 80 y levantar acta circunstanciada de hechos. 3.-QU HACER EN CASO DE QUE UN/A TRABAJADOR/A ACOSE SEXUALMENTE A LAS ALUMNAS O ALUMNOS? RESPUESTA: a.- Los padres de familia, estn en su derecho de denunciar a la autoridad que ellos determinen. b.- La autoridad educativa inmediata superior, debe levantar acta circunstanciada de hechos y remitirla inmediatamente a la Direccin de Educacin Telesecundaria, quien a su vez turnar a la Direccin General de Asuntos Jurdicos. 4.-QUE HACER EN CASO DE QUE UN/A TRBAJADOR/A LLEGUE AL CENTRO DE TRABAJO, CON ALIENTO ALCOHOLICO O EN ESTADO DE EBRIEDAD? RESPUESTA: La autoridad inmediata Superior debe suspenderlo de sus funciones por escrito, levantar acta circunstanciada de hechos y remitirla a la Direccin de Educacin Telesecundaria, quien a su vez, turnar a la Contralora Interna de la SEPH

  • 13

    V ACUERDO NM. 98

    Alumnos

    Derechos y obligaciones ARTCULO 45.-Se consideran alumnos de una escuela de educacin secundaria a quienes, habiendo cumplido con todos los requisitos para ingresar al plantel, hayan quedado inscritos en alguno de los grupos de ste. ARTCULO 47.-Se pierde la condicin de alumno cuando se causa baja en el plantel al que asiste. ARTICULO 48.-La baja debe ser solicitada por el interesado o quienes ejerzan la patria potestad o tutela, en caso de minora de edad, y autorizada por las autoridades competentes.

    SANCIONES A LOS ALUMNOS

    ARTICULO 69.-Sern objeto de sancin las faltas a la disciplina escolar y los hechos individuales o colectivos que representen falta de respeto a los smbolos patrios, que lesionen la salud fsica o moral de las personas o que atenten contra la integridad de las instituciones educativas. ARTCULO 70.-Especficamente sern sancionadas las siguientes conductas: I.-Vejaciones o tratamientos lesivos a otros miembros de la comunidad escolar o a personas ajenas a ella que concurran al plantel: II.-Falta de respeto a los smbolos patrios o al personal escolar; III.-Actitudes que entorpecen las actividades docentes, como renuencia injustificada, individual o colectiva, a concurrir al plantel o a participar en el trabajo escolar; IV.-Actos que perjudiquen el buen nombre de la escuela; V.-Substraccin, destruccin o deterioro de los bienes pertenecientes al plante o a los miembros de la comunidad escolar; VI.-Alteracin, falsificacin o substraccin de documentos escolares, y VII.-Manifestaciones de incultura o de obscenidad, traducidas en rayado, grabado, pintura o escritura en cualquier parte del edificio o mobiliario escolar; ARTCULO 71.-Las sanciones aplicables a los alumnos, de acuerdo con la gravedad de la infraccin cometida, sern las siguientes: I.-Amonestacin y asesora en privado, por parte de los maestros o por el director del plantel. II.-Anotacin de demritos en el expediente del alumno con copia a quienes ejerzan la patria potestad o tutela, ordenada por el director; III.-Llamado a quienes ejerzan la patria potestad o tutela, por el maestro asesor de grupo, de acuerdo con el director de la escuela, para convenir conjuntamente con el alumno las medidas de inter-colaboracin disciplinaria que hayan de adoptarse; IV.-Separacin de una clase o actividad, o de todas, hasta por tres das lectivos, dispuesta por el director con aviso a quienes ejerzan la patria potestad o tutela, con obligacin del alumno de

  • 14

    permanecer en el plantel, sujeto al desempeo de la comisin que se le asigne y a la orientacin y vigilancia del personal que designe el director de la escuela, y V.-Separacin de la clase o actividad en que hubiese ocurrido la infraccin, o suspensin en todas las actividades escolares, hasta por diez das hbiles, determinada por el Consejo Tcnico Escolar, previo aviso a quienes ejerzan la patria potestad o tutela, con obligacin del alumno de sujetarse, en uno u otro caso, a las prcticas de estudio dirigido o comisiones inter-escolares que el propio Consejo Establezca, as como a las condiciones de evaluacin del aprovechamiento que sean procedentes para regularizar su situacin escolar inmediata. ARTICULO 72.-En la aplicacin de sanciones a los alumnos deber tenerse en cuenta que estn en razn directa de la necesidad que haya de salvaguardar el ambiente en armona y de trabajo del plantel. Por tanto, no debern ejercerse con violencia, no constituirn motivo de amenaza, no se les tendr como recurso nico para lograr la disciplina, ni influirn en las evaluaciones del aprovechamiento escolar. ARTCULO 73.-Las sanciones que se impongan al personal escolar por violaciones a las disposiciones vigentes relacionadas con el servicio de educacin secundaria, se regirn por las disposiciones legales que norman su situacin laboral.

    A CONTINUACIN SE AGREGAN LOS FORMATOS DE ALGUNOS INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS, POR SI LOS NECESITAS.

  • 15

    ANEXOS

  • 16

    1.- EXHORTO =============================================================== ESCUELA TELESECUNDARIA NM.____ C.C.T. 13DTVO______________________ ZONA ESCOLAR NM. _______________ OFICIO NM. ____ 2014-2015 ASUNTO: EXHORTO. _________, Municipio de _______, a ___ de ________ de 2015 C. PROFR. _______________ DOCENTE DEL _____ GRADO DE LA ESCUELA TELESECUNDARIA NM. ___ P R E S E N T E Con fundamento en el Art. 25. Fraccin V, del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretara de Educacin Pblica, que establece que es obligacin de todo trabajador, desempear las funciones propias de su cargo, con la intensidad y calidad que ste requiere, comunico a Ud. que se ha observado que ( Ejemplo: 1.- durante los das 5, 7, y 8 del presente mes, ha llegado tarde a sus labores, ocasionando que los alumnos a su cargo distraigan a los dems grupos;Ejemplo 2.- los das 2 y 10 del

    presente mes, falt a desempear su trabajo, sin previo aviso, dejando sin atencin a los alumnos del grupo a su cargo; Ejemplo 3.- a pesar

    de que se le comunic oportunamente, que el pasado __ del mes en curso, tena que entregar las calificaciones de su grupo, hasta la fecha

    no lo ha hecho, ocasionando retraso en la entrega de documentacin.)

    Por lo anterior, esta Direccin a mi cargo le hace un Exhorto, para que en lo sucesivo, d Ud. cumplimiento a sus funciones y obligaciones, en los trminos del reglamento vigente, para evitar la aplicacin de los procedimientos administrativos correspondientes. Agradeciendo de antemano su atencin, me despido respetuosamente.

    A T E N T A M E N T E.

    PROFR/A. ________________ DIRECTOR/A

    C.c.p. Profr/a. _______________, Supervisor/a de la Zona Escolar Nm. ___, para su conocimiento. C.c.p. Expediente.

  • 17

    2.- NOTA DE EXTRAAMIENTO

    DEPENDENCIA: ___________________ OFICIO NM. ______ ASUNTO: NOTA DE EXTRAAMIENTO

    _______________, Municipio de ___________, Hgo., a __ de ______ de 2015 C. PROFR/A. ______________________ CLAVE _________________________ CARGO ________________________ DE LA ESC. TELESECUNDARIA NM. ___ P R E S E N T E. Esta (Supervisin Escolar/ Direccin de la Escuela) a mi cargo, comunica a Ud. que con fundamento en el artculo 71, fraccin I, del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la SEP, en relacin con el Art. 25, fracciones ___ y ___ del mismo ordenamiento, se ha hecho acreedor/a a la presente NOTA DE EXTRAAMIENTO toda vez que ha desacatado las instrucciones oficiales, incurriendo en las siguientes irregularidades. 1.- 2.- Por lo anterior se le hace un Exhorto para que en lo sucesivo, desempee las funciones propias de su cargo con la intensidad y calidad que ste requiera. Apercibido/a de que en caso de reincidencia, se dar inicio a la aplicacin de los procedimientos Administrativos Correspondientes, de acuerdo a los reglamentos vigentes. Sin otro asunto en particular, que tratar, me despido respetuosamente.

    A T E N T A M E N T E.

    _______________________ PROFR. ________________ CARGO_________________

    C.c.p. Profr.___________________________, Director de Educacin Telesecundaria, para su conocimiento. C.c.p. La Comisin Mixta de Escalafn. C.c.p. Expediente Personal.

  • 18

    3.- ACTA CIRCUNSTANCIADA DE HECHOS

    (Esta Se instrumenta cuando el trabajador comete una irregularidad como incumplimiento, mala conducta, abuso de confianza, abuso de autoridad, actuaciones de mala fe, Etc. y la levanta la Autoridad inmediata Superior.)

    EN LA DIRECCIN DE LA ESCUELA TELESECUNDARIA NM.____, DE LA SECRETARIA DE EDUCACIN PBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO, UBICADA EN CALLE _________, NM. ____, COLONIA ________ DE _________ MUNICIPIO DE__________, HIDALGO, SIENDO LAS ___:00 HORAS, DEL DA ___DEL MES DE _______ DEL AO 2014 (DOS MIL CATORCE), ESTANDO PRESENTES EL C. PROFR. ____________, EN SU CARCTER DE DIRECTOR/A DE LA ESCUELA TELESECUNDARIA NM.

    _____, DE LA SECRETARIA DE EDUCACIN PBLICA DE HIDALGO, Y QUIEN SE IDENTIFICA CON CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFA, EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, CON NMERO DE FOLIO __________, AGREGANDO A LA PRESENTE ACTUACIN, COPIA DE LA MISMA PARA DEBIDA CONSTANCIA Y NMERO TELEFNICO PARA SU LOCALIZACIN ______________, C. PROFR. ___________, EN SU CARCTER DE ________DELA ESCUELA

    TELESECUNDARIA NM. ____ DE LA SECRETARIA DE EDUCACIN PBLICA DE HIDALGO Y QUIEN SE IDENTIFICA CON CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFA, EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, CON NMERO DE FOLIO _________ Y NMERO TELEFNICO PARA SU LOCALIZACIN ____________;ACTUANDO CON TESTIGOS DE ASISTENCIA,C. PROFR._______, EN SU

    CARCTER DE ________ DE LA ESCUELA TELESECUNDARIA NM. ______Y QUIEN SE IDENTIFICA CON CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFA, EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, CON NMERO DE FOLIO ___________;C. PROFR. ____________, EN SU CARCTER DE

    _______DE LA ESCUELA TELESECUNDARIA NM. ____ Y QUIEN SE IDENTIFICA CON CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFA, EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, CON NMERO DE FOLIO_____________; SE HACE CONSTAR QUE EL C. __________________, QUIEN

    DESEMPEA LA FUNCIN DE __________, (se mencionan todos los hechos considerando circunstancias de modo, tiempo y lugar, debiendo asentar los hechos cronolgicamente para que exista coherencia y certeza jurdica de lo que se narra). EN RAZON DE LO ANTERIOR SE DETERMINA REMITIR LA PRESENTE ACTA AS COMO LAS DOCUMENTALES CONSISTENTES EN: _________________(en caso de existir documentos que sirvan como pruebas de los hechos mencionar cada uno de ellos, describiendo lo medular del contenido, anexando las originales de los mismos a la presente acta) A LA DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JURDICOS DE LA SECRETARIA DE EDUCACIN PUBLICA DE HIDALGO, PARA QUE EN TERMINOS DE LEY PROCEDA CONFORME EN DERECHO CORRESPONDA Y SURTA LOS EFECTOS LEGALES Y/O ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR. - - - - - - - - - - - NO HABIENDO MS HECHOS QUE HACER CONSTAR SE CIERRA LA PRESENTE ACTA Y SE DA POR TERMINADA LA MISMA, SIENDO LAS ___:00 HRS HORAS DEL MISMO DA, MES Y AO EN QUE SE ACTA, FIRMANDO AL MARGEN Y AL CALCE LOS QUE EN ELLA INTERVINIERON Y AS QUISIERON HACERLO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PROFR. ____________________ PROFR. _______________________________ CARGO CARGO

    TESTIGOS DE ASISTENCIA

    C- PROFR- _______________________ C. PROFR.______________________________

    NOTAS: Documentos que se deben anexar. 1.-Copia fotosttica de las credenciales del IFE de los que firman el acta. 2.-Original y copia de las rdenes de adscripcin y toma de posesin. 3.-Original y copia de los documentos que prueben la irregularidad que se mencion en el cuerpo del acta

  • 19

    INSTRUCCIONES PARA INSTRUMENTAR EL ACTA ADMINISTRATIVA POR INASISTENCIAS. 1.- Primero se elaboran los siguientes citatorios

    a. Citatorio para el trabajador que se le va instrumentar el acta, con el cual se le avisa lugar, hora y fecha del da que se instrumentar.

    b. Citatorio para el Secretario General de la Delegacin Sindical. c. Citatorio para los 2 testigos de cargo d. Citatorio para los 2 testigos de asistencia.

    2.- Todos los citatorios entregarlos y recabar la firma de recibido. 3.- Si el trabajador se niega a recibir o firmar de recibido o no se encuentra en su domicilio, se levanta el acta de notificacin. Ver anexo. 4.- El acta la levanta la autoridad inmediata superior. 5.- El acta se levanta an cuando el trabajador no se presente. 6.- Los testigos de cargo y de asistencia deben ser trabajadores de la misma escuela; cuando no hay porque la escuela es de poco personal, se pueden incluir los integrantes del comit de padres de familia 7.- El trabajador tiene derecho de presentar uno o dos testigos de descargo. 8.- Los testigos de descargo pueden ser abogados, compaeros de trabajo o familiares del trabajador. 9.- EL acta se levanta en cuatro tantos. 10.- los documentos que se anexan al acta son los siguientes.

    a. Los 4 citatorios firmados de recibido b. Copia de las credenciales del IFE de los que firman el acta c. Original y copias de las rdenes de adscripcin y toma de posesin del trabajador a

    quien se le instrument el acta. d. Original y copias del libro de entradas y salidas de los das que el trabajador no

    asisti. ( las hojas del libro, deben tener con claridad el da, la fecha y ao; adems debe existir el nombre del trabajador con el especio en blanco donde se vea que falta la firma de asistencia)

    11.- Una vez que se tiene el acta junto con todos los documentos, enviarlas a la Direccin de Educacin Telesecundaria, en original y tres copias, mediante oficio de remisin (ver anexo) para su revisin. NOTA: Si falta un documento, el acta no procede.

  • 20

    4.- CITATORIOS PARA INSTRUMENTAR EL ACTA ADMINISTRATIVA POR

    INASISTENCIAS PARA PERSONAL NO DOCENTE (Para instrumentar el acta, e inicia elaborando y entregando los siguientes citatorios)

    a.- CITATORIOPARA LA PERSONA A QUIEN SE LE INSTRUMENTA EL ACTA) NMERO DE OFICIO ******** ASUNTO: CITATORIO Lugar y Fecha: C. ______________________ (Anotar domicilio Particular sin abreviaturas) PRESENTE.

    Con fundamento en lo establecido por los artculos 40 y 41 de la Ley de los Trabajadores al

    Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, as como de los Organismos Descentralizados del

    Estado de Hidalgo, hago de su conocimiento de que el da ____ (letra) del mes de ________ del

    ao 2014 Dos Mil Catorce, a las _________ (letra) horas, en las instalaciones que ocupa la

    Direccin de la Escuela _______________________, sito en ______________________

    (domicilio donde se va a instrumentar el acta, comenzando con calle, numero, colonia, localidad,

    municipio y Estado), se proceder a instrumentar acta administrativa a usted, con claves

    presupuestales nmeros: ______________________; filiacin nmero: __________________;

    adscrito(a) a ___________________________; acta que se instrumentar por los siguientes

    hechos: (se enumeran y se mencionan las causales en que ha incurrido el trabajador, y si se trata

    de repetidas faltas injustificadas a sus labores se transcriben todos los das que ha faltado, y si hay

    otras causales se debern hacer mencin)1.- ___________________; 2.-

    __________________________; 3.- ____________. Actualizndose en el presupuesto del

    artculo 40 fraccin V, Inciso b) del ordenamiento legal citado con anterioridad, que a la letra

    dice: Ningn trabajador podr ser cesado sino por justa causa. En consecuencia, el nombramiento

    o designacin de los trabajadores solo dejara de surtir efectos sin responsabilidad para los titulares

    de las dependencias por los siguientes casos: fraccin V.- Por resolucin del Tribunal Estatal de

    Conciliacin y Arbitraje, en los siguientes casos: Inciso b).-Cuando faltare por ms de tres das

    consecutivos a sus labores sin causa justificada.

    Lecomunico tambin, que en la instrumentacin del acta administrativa puede alegar y hacer valer

    lo a que a su derecho convenga, ofrecer las pruebas para su defensa, as como tambin tiene el

    derecho de proponer testigos de descargo, estar asistido(a) de un representante sindical, as

    mismo, deber presentar identificacin oficial con fotografa, hacindole saber que en el supuesto

    de inasistencia injustificada se proceder a instrumentar el acta administrativa sin su presencia.En

    espera de su puntual asistencia, quedo de usted.

    ATENTAMENTE

    ________________________________________

    C. PROFR(A).________________

    DIRECTOR(A)

  • 21

    B.- (CITATORIO PARA EL REPRESENTANTE SINDICAL)

    NMERO DE OFICIO *********** ASUNTO: CITATORIO Lugar y fecha: C. PROFR. ______________________ SECRETARIO GENERAL DE LA DELEGACION___________DE LA SECCION XV DEL S.N.T.E., DE LA ZONA ESCOLAR NUMERO_______. PRESENTE:

    Con fundamento en lo establecido por los artculos 40 y 41 de la Ley de los Trabajadores al

    Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, as como de los Organismos Descentralizados del

    Estado de Hidalgo, hago de su conocimiento que el da _______del mes de______ del ao en

    curso, a las ______ horas, en las instalaciones que ocupa la (direccion ,supervision, jefatura de

    sector, segn sea el caso) de la (escuela u oficina)___________________________________, con

    domicilio en (lugar donde se va a instrumentar el acta, comenzando con calle, numero, colonia,

    localidad, municipio y estado) _____________________________________, se proceder a

    instrumentar acta administrativa al(a) c. ____________________, clave (s) presupuestal

    (es)____________________, filiacin ___________________, adscrito(a) a

    _____________________, de este lugar, por los siguientes hechos: (se enumeran y se mencionan

    las causales en que ha incurrido el trabajador, y si se trata de repetidas faltas injustificadas a sus

    labores se transcriben todos los das que ha faltado, y si hay otras causales se debern hacer

    mencin)1.- ___________________; 2.- __________________________; 3.- ____________,

    debiendo ser asistido por un Representante Sindical, toda vez, que el motivo del acta encuadra en

    la fraccin ________ del artculo _______ del Reglamento de las Condiciones Generales de

    Trabajo del Personal de la Secretaria de Educacin Pblica y artculo _______fracc.

    _________________de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y

    Municipales, as como de los Organismos Descentralizados del Estado de Hidalgo.

    No omito mencionar, que deber presentar identificacin oficial con fotografa, as como,

    documento que acredite su personalidad como Representante Sindical.

    En espera de su puntual asistencia, quedo de usted.

    ATENTAMENTE

    ___________________________________

    C. PROFR(A). DIRECTOR(A)

  • 22

    c.- (CITATORIO PARA LOS TESTIGOS DE CARGO)

    NMERO DE OFICIO ******** ASUNTO: CITATORIO Lugar y Fecha: C. PROFESOR ______________________ (anotar el domicilio particular completo) PRESENTE.

    Con fundamento en lo establecido por los artculos 40 y 41 de la Ley de los Trabajadores al

    Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, as como de los Organismos Descentralizados del

    Estado de Hidalgo, hago de su conocimiento de que el da _______del mes de______ del ao en

    curso, a las ______ horas, en las instalaciones que ocupa la (direccion, supervision, jefatura de

    sector, segn sea el caso) (de la escuela u oficina)___________________________________, con

    domicilio en (lugar donde se va a instrumentar el acta, comenzando con calle, numero, colonia,

    localidad, municipio y estado) _____________________________________, se proceder a

    instrumentar acta administrativa al(a) c. ____________________, clave (s) presupuestal

    (es)____________________, filiacin ___________________, adscrito(a) a

    _____________________, toda vez, que usted tendr la calidad de testigo de cargo en la

    instrumentacin del acta administrativa al trabajador ya referido, por lo que le comunico que deber

    presentar identificacin oficial con fotografa.

    Enespera de su puntual asistencia, quedo de usted.

    ATENTAMENTE

    C. _______________________ PROFR(A)

    DIRECTOR(A)

  • 23

    ACTA ADMINISTRATIVA PARA PERSONAL NO DOCENTE

    Enla Direccin***********, de la ********* ubicada en ******, del Estado de Hidalgo, siendo

    las **** horas, del da ***** del mes de **** del ao ****** y ante la presencia del(a)C.

    Profr(a).******** en su carcter de ********, quien se identifica con credencial para votar con

    fotografa, expedida por el Instituto Federal Electoral, con nmero de folio *******, dejando

    copia de la misma para debida constancia, quien acta con los testigos de asistencia

    C.*********quien se identifica con credencial para votar con fotografa, expedida por el

    Instituto Federal Electoral, con nmero de folio ******* y, C. ***********, quien se identifica

    con credencial para votar con fotografa, expedida por el Instituto Federal Electoral, con

    nmero de folio *******; as mismo se encuentran presentes los testigos de cargo de

    nombres C. *******quien se identifica con credencial para votar con fotografa, expedida

    por el Instituto Federal Electoral, con nmero de folio *******; y, C.

    __________________________, quien se identifica con credencial para votar con

    fotografa, expedida por el Instituto Federal Electoral, con nmero de folio *******, dejando

    copia de las identificaciones para debida constancia y que firman al margen y al calce del

    presente documento para que surta los efectos conducentes; se hace del conocimiento

    que se encuentra presente la representacin sindical respectiva a cargo del(a) C.

    **********, quien acredita su representacin con **************, expedida por ****************

    y quien se identifica con credencial para votar con fotografa, expedida por el Instituto

    Federal Electoral, con nmero de folio *******; de igual forma se encuentra presente el(a)

    trabajador(a) (a quien se le instrumenta el acta administrativa, nombre completo sin

    abreviaturas) c.__________________,quien se identifica con credencial para votar con

    fotografa, expedida por el Instituto Federal Electoral, con nmero de folio *******, quien

    por sus generales expreso: llamarse como ha quedado escrito, originario(a) y vecino(a) de

    ____________________, con domicilio en _________________________, de ____ aos

    de edad, estado familiar ___________, religin _____________, sabe leer y escribir por

    haber cursado la __________________, dejando copia de la misma para debida

    constancia y proporcionando nmero telefnico para su localizacin **************;(en caso

    de no estar presente se elimina el texto sombreado y solamente se hace del conocimiento

    que el trabajador no se encuentra presente en este acto, a pesar de haber sido notificado

    previamente de la instrumentacin de la presente acta como se demuestra con el citatorio

    correspondiente)y continua; se procede a instrumentar la presente acta administrativa

  • 24

    al(a) C. _________________________, filiacin ___________________, claves

    presupuestales _________________________________, quien ostenta el cargo de

    _______________________, en el (la) ____________________________, ubicada en

    _________________________, para los efectos legales y administrativos a que haya

    lugar. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Acto seguido el(a)C. Director(a)____________________, hace del conocimiento que

    el(a)C. trabajador(a)__________________________, adscrito(a) a

    ________________________________________, con funciones de

    _________________________, con domicilio particular del trabajador el ubicado en

    __________________________________ y con horario de trabajo de _______ a

    _______ hrs. el motivo de la instrumentacin de la presente acta administrativa, siendo

    los siguientes hechos: (se enumeran y se mencionan las causales en que ha incurrido el

    trabajador, tal y como se describi en el citatorio previo; y si se trata de repetidas faltas

    injustificadas a sus labores, se transcriben todos los das hbiles y laborables que ha

    faltado, adems si existen ms hechos mencionarlos todos) 1.- ________________; 2.-

    _____________________________; 3.-

    _____________________________________________________________; entre otros.

    causando con ello perjuicios al servicio educativo, toda vez, que el trabajador tiene el

    (cargo o funcin) de _________________________. - - - - - - - - - -

    Acto continuo se hace del conocimiento del(a) trabajador(a) (a quien se le instrumenta el

    acta)C. ______________________,la existencia de las siguientes pruebas con las que

    se fundamenta y motiva la instrumentacin de la presente acta administrativa, para que

    manifieste lo que a su derecho convenga: (se enumeran y describen todas las pruebas

    que se tengan en ese momento, incluyendo los citatorios del trabajador, representante

    sindical, testigos de cargo, libreta y/o tarjetas de registro de asistencia de entradas y

    salidas, ordenes de adscripcin, toma de posesin, notas de extraamiento, notas malas,

    comisiones, observaciones, expediente personal del trabajador, entre otros.) 1.-

    ___________________________; 2.- _______________________; 3.-

    ____________________________; 4.- ________________________________; 5.-

    ___________________________; 6.- ______________________________________.; y

    7.- _________________________.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    A continuacin se le concede el uso de la voz al(a) trabajador(a) (a quien se le

    instrumenta el acta) c. ______________________,hacindole saber el derecho que le

  • 25

    asiste para hacer las manifestaciones y/o alegaciones que considere pertinentes,

    apercibindolo(a) de las penas que establece la ley para quien declara con falsedad ante

    autoridad diversa de la judicial y bajo protesta de conducirse con verdad en relacin alos

    hechos manifiesta: (declaracin total, sin omisiones tal y como lo dice, sin abreviaturas)

    ________________________________________________________________________

    en caso que el(a) trabajador(a) no llegara a presentarse, se hace mencin de la siguiente

    leyenda a pesar de haber sido notificado(a) el(a) trabajador(a)delainstrumentacin

    de la presente acta, como se desprende del citatorio correspondiente, se hace

    constar que no compareci.

    Acto continuo, se procede al desahogo de las siguientes pruebas: testimoniales de

    cargo, a quienes se les toma su declaracin por separado de los(as)CC.

    ________________________________ y

    _______________________________________________________.- - - - - - - - - - - - - - -

    Actoseguido, comparece el(a) testigo de cargo C. ___________________________,

    quien por sus generales dijo, llamarse como ha quedado escrito

    originario(a)de___________ y vecino(a) de _______________________, con domicilio el

    ubicado en ________________________________, de _____ aos de edad, estado

    familiar _________, con mximo grado estudios de _________________, con cargo de

    ___________________________., nmero telefnico para su localizacin

    ______________; apercibido(a) de las penas que establece la ley para quien declara con

    falsedad ante autoridad diversa de la judicial y bajo protesta de conducirse con verdad

    declara: se y me consta que el (la) Profr(a), ________, adscrito(a) a ________________,

    con un horario de trabajo de ________________, ha dejado de asistir a laborar a partir del

    da (se enumeran todos los das) (y escribir todo lo que tenga que manifestar, sin omitir

    nada y sin abreviaturas, abundando argumentos reales y ampliando su declaracin)

    ________________________________________, manifestando la razn de su dicho por

    ser ____________________; siendo todo lo que tiene que declarar y leda que fue su

    declaracin la ratifica en todas y cada una de sus partes, firmando al margen y al calce

    para debida constancia.- - Se procede al desahogo del segundo testigo de cargo C.

    ___________________________, quien por sus generales manifest, llamarse como ha

    quedado escrito originario(a)de ________ y vecino(a) de _________________, con

    domicilio en _____________________, de _______ aos de edad, estado familiar

    ________________, grado mximo de estudios _____________________, de ocupacin

  • 26

    ________________________, nmero telefnico para su localizacin

    _____________________________; apercibido(a) de las penas que impone la ley a

    quienes declaran con falsedad ante una autoridad diversa de la judicial y bajo protesta de

    decir verdad en relacin a los hechos, declara: se y me consta que el (la)Profr(a),

    ________, adscrito(a) a ________________, con un horario de trabajo de

    ________________, ha dejado de asistir a laborar a partir del da (se enumeran todos los

    das) (yescribir todo lo que tenga que manifestar, sin omitir nada y sin abreviaturas,

    abundando argumentos reales y ampliando su declaracin)

    ________________________________________ , manifestando la razn de su dicho por

    ser ____________________; siendo todo lo que tiene que declarar y ledo que fue su

    declaracin la ratifica en todas y cada una de sus partes, firmando al margen y al calce

    para debida constancia.- - En este momento se hace del conocimiento

    al(a)profr(a).(Persona a quien se le est instrumentando el acta, en caso de estar

    presente)_________________________(y si no se encuentra presente se omite lo

    sombreado) y al Representante Sindical, C. __________________________, el derecho

    que tienen de desahogar pruebas y aportar testigos de descargo. manifestando: el(a)

    profesor(a)(persona a quien se le est instrumentando el

    acta)_________________________, que exhibo (pruebas documentales, enumralas y

    describirlas) 1.- _________________; 2.- __________________________; 3.-

    _________________________; y en cuanto a testigos de descargo (se toman las

    declaraciones tal y como se hicieron las anteriores de los testigos de cargo, tomando sus

    generales, protestndolos de conducirse con verdad, escribir todo lo que tengan que decir

    tal y como lo dicen, sin abreviaturas y agregar al acta las copias fotostticas de las

    identificaciones) CC.______________________________________;(en caso de no

    aportar testigos de descargo solamente se escribe la leyenda no presento testigos

    de descargo, ni ofrece prueba alguna a su favor).- - - - - - - - - - - - - - - - -

    En uso de la voz y en relacin a los hechos, el representante sindical manifiesta:

    __________; (en caso que el representante no quiera expresar nada, se pone la

    leyenda que se reserva el derecho de hacer manifestacin alguna). - - - - - - - - - - - -

    DETERMINACION: En virtud de haber quedado plenamente acreditado que el(a)profr(a).

    (Persona a quien se le est instrumentando el acta)_________________________,

    incurri en la causal tutelada por el artculo 40 fraccin V, inciso b) de la ley de los

    trabajadores al servicio de los gobiernos estatal y municipales, as como de los

  • 27

    organismos descentralizados del estado de hidalgo, que a la letra dice: Ningn trabajador

    podr ser cesado sino por justa causa. En consecuencia, el nombramiento o designacin

    de los trabajadores solo dejara de surtir efectos sin responsabilidad para los titulares de

    las dependencias por los siguientes casos: fraccin V.-Por resolucin del Tribunal Estatal

    de Conciliacin y Arbitraje, en los siguientes casos: inciso b).-Cuando faltare por ms de

    tres das consecutivos a sus labores sin causa justificada. (En el supuesto de existir ms

    hechos que motiven la instrumentacin del acta administrativa, el fundamento legal se

    ampliara, por lo que deber consultar a la Direccin General de Asuntos Jurdicos tel:

    0177171 7 35 15 Ext: 2023, para fundar y motivar correctamente el acta); trnese la

    presente acta administrativa por triplicado a la Direccin General de Asuntos Jurdicos de

    la Secretaria de Educacin Pblica de Hidalgo, para que en trminos de ley surta los

    efectos legales y administrativos a que haya lugar. Con lo que se da por terminada la

    presente acta administrativa, siendo las _____ horas del mismo da en que se acta,

    firmando al margen y al calce los que en ella intervinieron y as quisieron hacerlo.- - - - - - -

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    ________________________ C. ****************** TRABAJADOR/A

    _____________________________ ___________________________ PROFR. PROFR.

    DIRECTOR DE LA ESCUELA SECRETARIO DE LA DELEGACIN SINDICAL

    _____________________________ ___________________________________ PROFR. PROFR. TESTIGO DE CARGO TESTIGO DE CARGO ______________________________ ________________________________ PROFR. PROFR. TESTIGO DE ASISTENCIA TESTIGO DE ASISTENCIA ______________________________ _____________________________ C. C. TESTIGO DE DESCARGO TESTIGO DE DESCARGO

  • 28

    d.- ( OFICIO PARA REMITIR EL ACTA)

    ASUNTO: Remito acta del Profr. _____________ OFICIO NM. _________ ************, Hgo., A ** de ******* del 2014. PROFR. HAZAEL OVIEDO TERN DIR. DE EDUCACIN TELESECUNDARIA P R E S E N T E.

    Por este medio adjunto al presente remito a usted en original y 3 copias, Acta Administrativa de

    fecha **** del mes de **** del ao 2014 Dos Mil Catorce, instrumentada al C. ************, con

    clave(s) presupuestal(s) nmero(s) ***********, filiacin ********* quien se encuentra adscrito a la

    Escuela ***********, Ubicada en *********** del Municipio de ******* del Estado de Hidalgo,

    perteneciente a la Zona Escolar *** del nivel de *******, as mismo, envo documentos que

    sustentan jurdicamente la elaboracin del acta para que en trminos de ley, se acte conforme a

    derecho.

    Sin otro particular, le envo un afectuoso saludo y quedo a sus rdenes para cualquier aclaracin e

    indicacin necesaria.

    Datos de localizacin: Nmero telefnico: _________ Correo: ___________

    Atentamente

    _______________________________ Profr. ************

    Director

    C.c.p. Lic. Fernando Ramrez Godnez, Director General de Asuntos Jurdicos de la SEPH, para su conocimiento. C.c.p. Expediente.

  • 29

    En caso de no encontrar al trabajador en su domicilio, se realizara la siguiente acta de

    notificacin de puo y letra del notificador.

    ACTA DE NOTIFICACIN

    EN LA CIUDAD DE ___________, HIDALGO, SIENDO LAS ___ HORAS, DEL DIA ___ DEL MES

    DE _________, DEL AO DOS MIL CATORCE, EL QUE SUSCRIBE NOTIFICADOR QUIEN

    ACTA CON TESTIGOS DE ASISTENCIA QUE AL FINAL SE MENCIONAN, ADSCRITOS A LA

    ______________, DE LA SECRETARIA DE EDUCACIN PUBLICA DE HIDALGO, UBICADA EN

    ______________, NOS CONSTITUIMOS EN EL DOMICILIO UBICADO EN _______, CON EL

    OBJETO DE REALIZAR LA NOTIFICACIN DEL (OFICIO Y/O CITATORIO) NUMERO______, DE

    FECHA _____, SUSCRITO POR EL(a) C. _____________, Y CERCIORADOS DE SER EL

    DOMICILIO CORRECTO, TODA VEZ, QUE ASI SE LEE EN EL NUMERO EXTERIOR, INDICADO

    ASI MISMO, POR LA NOMENCLATURA CONSTANDO EN (se describe el lugar)

    ______________, ANOTANDO LO ANTERIOR, SE PROCEDE A TOCAR (LA PUERTA Y/O

    TIMBRE), Y AL LLAMADO RESPONDIO UNA PERSONA DEL SEXO _______, DE

    NOMBRE_____________, LA CUAL DIJO SER _________, DEL(a) C._________________,

    QUIEN SE IDENTIFICO CON ________, CON NUMERO DE (FOLIO) _____________, EXPEDIDA

    POR ________, Y QUIEN RECIBIO LA NOTIFICACIN, FIRMANDO EL ACUSE DE RECIBO (en

    caso que se negara a firmar se asienta el hecho de que al momento de requerirle firmara el acuse

    de recibo se neg a firmar manifestando que .) HACIENDO CONSTAR LO ANTERIOR Y

    CON ELLO SE DA POR TERMINADA LA ESTA ACTUACIN, SIENDO LAS _____, HORAS DEL

    DIA___, DEL MES DE _____, DEL AO DOS MIL CATORCE, FIRMANDO AL CALCE Y AL

    MARGEN LOS QUE EN LA MISMA INTERVIENEN, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE

    HAYA LUGAR. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    PERSONA QUE ATENDI EL CITATORIO

    ____________________________

    C.

    EL NOTIFICADOR

    ____________________________

    C.

    TESTIGOS

    _____________________________

    C.

    ______________________________

    C.

  • 30

    En caso de que no se encuentre el trabajador(a) se realizara el siguiente citatorio de puo y

    letra del notificador.

    CITATORIO

    EN LA CIUDAD DE ___________, HIDALGO, SIENDO LAS ___ HORAS, DEL DIA ___ DEL MES

    DE _________, DEL AO DOS MIL CATORCE, LOS CC. __________________ Y

    __________________, ADSCRITOS A LA ______________, DE LA SECRETARIA DE

    EDUCACIN PUBLICA DE HIDALGO, UBICADA EN ______________, NOS CONSTITUIMOS EN

    EL DOMICILIO UBICADO EN _______, A EFECTO DE REALIZAR LA NOTIFICACIN DEL

    (OFICIO Y/O CITATORIO) NUMERO______, DE FECHA _____, SUSCRITO POR EL(a) C.

    _____________, Y CERCIORADOS DE SER EL DOMICILIO CORRECTO, TODA VEZ, QUE ASI

    SE LEE EN EL NUMERO EXTERIOR, INDICADO ASI MISMO, POR LA NOMENCLATURA DEL

    LUGAR, CONSTANDO EN (se describe el lugar) ______________, ANOTANDO LO ANTERIOR,

    AL NO ENCONTRARSE PRESENTE EL (LA) C. ______________________________, SE

    PROCEDE DEJAR CITATORIO EN PODER DE ___________________________________,

    PARA QUE A LAS ________ HORAS ______________ DEL DA _________________________

    DEL MES DE _____________ DEL AO DOS MIL CATORCE, SE SIRVA ESPERAR A LOS

    SUSCRITOS PARA EL EFECTO DE NOTIFICARLE

    _______________________________________________________________, CON LO QUE SE

    DA POR TERMINADA ESTA ACTUACIN, SIENDO LAS ________________, HORAS DEL

    DA______________________ DEL MES DE __________________ DEL AO DOS MIL

    CATORCE, FIRMANDO AL CALCE Y AL MARGEN LOS QUE EN ELLA INTERVINIERON.

    PERSONA QUE ATENDI EL CITATORIO

    ____________________________

    C.

    EL NOTIFICADOR

    ____________________________

    C.

    TESTIGOS

    _____________________________

    C.

    ______________________________

    C.

  • 31

    Una vez que se dej citatorio previo y en caso de que nuevamente no se encuentre el

    trabajador(a) se realizar la siguiente acta de notificacin de puo y letra del notificador,

    comenzando en la parte posterior a la firma del que suscribe el citatorio y tendr la siguiente

    leyenda:

    ACTA DE NOTIFICACIN

    EN LA CIUDAD DE ___________, HIDALGO, SIENDO LAS ___ HORAS, DEL DIA ___ DEL MES

    DE _________, DEL AO DOS MIL CATORCE, EL QUE SUSCRIBE Y TESTIGOS DE

    ASISTENCIA QUE AL FINAL SE MENCIONAN, ADSCRITOS A LA ______________, DE LA

    SECRETARIA DE EDUCACIN PUBLICA DE HIDALGO, UBICADA EN ______________, NOS

    CONSTITUIMOS EN EL DOMICILIO UBICADO EN _______, CON EL OBJETO DE REALIZAR LA

    NOTIFICACIN DEL (OFICIO Y/O CITATORIO) NUMERO______, DE FECHA _____, SUSCRITO

    POR EL(a) C. _____________, Y CERCIORADOS DE SER EL DOMICILIO CORRECTO, TODA

    VEZ, QUE ASI SE LEE EN EL NUMERO EXTERIOR, INDICADO ASI MISMO, POR LA

    NOMENCLATURA CONSTANDO EN (se describe el lugar) ______________, ANOTANDO LO

    ANTERIOR, SE PROCEDE A TOCAR (LA PUERTA Y/O TIMBRE), Y AL LLAMADO RESPONDIO

    UNA PERSONA DEL SEXO _______, DE NOMBRE_____________, LA CUAL DIJO SER

    _________, DEL(a) C._________________, QUIEN SE IDENTIFICO CON ________, CON

    NUMERO DE (FOLIO) _____________, EXPEDIDA POR ________, Y NOS DIJO QUE EL(a)

    C._______________, NO SE ENCUENTRA EN ESTE MOMENTO PORQUE: (se anota la razn

    que den del trabajador) _____________________, POR LO QUE AL NO HABERLO

    ENCONTRADO, SE PROCEDE A DEJAR LA PRESENTE NOTIFICACIN EN PODER DE

    ________________________________, PARA QUE EN TERMINOS DE LEY SURTA SUS

    EFECTOS LEGALES, REQUIRIENDO EN ESTE ACTO LA FIRMA DE LA PERSONA A QUIEN SE

    LE DEJA LA NOTIFICACIN MANIFESTANDO:QUE RECIBIO LA NOTIFICACION DEL

    CITATORIO. HACIENDO LAS SIGUIENTES OBSERVACIONES: (datos que se hagan saber)

    __________________, HACIENDO CONSTAR DE LOS HECHOS Y CON ELLO SE DA POR

    TERMINADA ESTA ACTUACIN, SIENDO LAS _____, HORAS DEL DIA___, DEL MES DE

    _____, DEL AO DOS MIL CATOCE, FIRMANDO AL CALCE Y AL MARGEN LOS QUE EN LA

    MISMA INTERVIENEN, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. - - - - - - - - - - - -

    PERSONA QUE ATENDI EL CITATORIO

    ____________________________

    C.

    EL NOTIFICADOR

    ____________________________

    C.

    TESTIGOS

    _____________________________

    C.

    ______________________________

    C.

  • 32

    5.- ACTA ADMINISTRATIVA POR INASISTENCIAS PARA DOCENTES

    En la Direccin, de la Escuela ***********, ubicada ************** del Municipio de ******** del Estado

    de Hidalgo, siendo las ****** horas, del da ******* del mes de ***** del ao 2014, y ante la

    presencia del C. Profr. *******,en su carcter de Director de la Escuela **********, quien se identifica

    con credencial para votar con fotografa, expedida por Instituto Federal Electoral, con nmero de

    folio ******, dejando copia de la misma para debida constancia, quien acta con testigos de cargo,

    C. Profra. *********** Quien se identifica con credencial para votar con fotografa, Expedida por el

    Instituto Federal Electoral con nmero de folio ******** y C. Profra. ********** quien se identifica con

    credencial para votar con fotografa expedida por el Instituto Federal Electoral. con nmero de folio

    *************; dejando copia de las identificaciones para debida constancia y que firman al margen y

    al calce del presente documento para que surta los efectos conducentes; se hace del conocimiento

    que se encuentra presente la representacin sindical a cargo del C. Profr. ********* quien acredita

    su representacin con acta de asamblea de fecha ********** y se identifica con credencial para votar

    con fotografa, expedida por el Instituto federal electoral con nmero de folio **********.- - - - - - - - - -

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - - en la presente actuacin se procede a instrumentar la presente acta al C.

    ******************, filiacin ************, clave presupuestal **************, quien se desempea como

    docente frente a grupo en la Escuela *************************, ubicada en ****************, del

    Municipio de *********** Hidalgo, con un horario de ****** a ******, para los efectos legales y

    administrativos a que haya lugar. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Acto contino el C. Director Profr. ****************, Hace del conocimiento a los presentes que el C.

    Profr. **************, se encuentra adscrito a la Escuela ************, con funciones de docente frente

    de agrupo, cuyos datos personales son: domicilio particular del trabajador el ubicado en

    ************** del Estado de Hidalgo. y con horario de trabajo de **** a ***** hrs en el centro

    educativo ya mencionado; as mismo hace saber que el motivo de la instrumentacin de la

    presente acta obedece al hecho de que el C. *****************, ha incumplido con la asistencia a sus

    labores docentes por ms de tres das consecutivos sin motivo ni causa justificada y sin dar aviso a

    sus superiores jerrquicos respecto a los das *************** del ao 2014 (dos mil catorce),

    causando con ello perjuicio al servicio educativo, toda vez, que el trabajador tiene la funcin de

    docente frente a grupo. y los educandos se ven afectados en sus actividades escolares,

    retrasndose en sus planes y programas de estudio, as como de las actividades que previamente

    han sido planeadas por el trabajador y que deber impartir en tiempos programados durante el

    periodo del ciclo escolar correspondiente; continuando con la instrumentacin de la presente acta

    se hace saber de la existencia de las siguientes pruebas documentales y testimoniales con las que

    se fundamenta y motiva la presente acta: libreta de registro de entradas y salidas del personal

  • 33

    docente y administrativo de la Escuela ************** donde se puede apreciar que el trabajador

    ********** no registro su asistencia ni su salida los das ***************** del mes de ****** del ao

    2014 (dos mil catorce); ordenes de adscripcin de fecha **********, suscritas por ***********, donde

    se refiere que el trabajador queda adscrito a *********; toma de posesin de fecha ******** suscrita a

    favor del C. Profr. ***************, donde se refiere que a partir de la fecha ************ ha tomado

    posesin de su empleo con las funciones de ************; expediente personal del trabajador;

    testimoniales a quienes se les toma su declaracin por separado de la C. ************** con cargo

    de ********* de la escuela ya referida, y C. ************ responsable de las listas de asistencia del

    centro de trabajo ya invocado con anterioridad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Dando continuidad con la presente actuacin la testigo de cargo C. Profra. ***************, quien por

    sus generales dijo, llamarse como ha quedado escrito originaria de *******************. y vecina de

    **************, con domicilio particular el ubicado en **********, de *** aos de edad, estado familiar

    *********, con mximo grado estudios de ***********, con cargo de ***********., con nmero telefnico

    para su localizacin el *******; apercibida de las penas que establece la ley para quien declara con

    falsedad ante autoridad diversa de la judicial y bajo protesta de conducirse con verdad en relacin

    a los hechos declara: que se y me consta que el C. Profr. *************** se encuentra adscrito a

    esta institucin pblica que es la escuela ************** y con un horario de trabajo de *** a **** hrs,

    ha incumplido con la asistencia a sus labores docentes por ms de tres das consecutivos, siendo

    los das **************** del mes de ****** del ao 2014 (dos mil catorce), manifestando la razn de

    su dicho por ser compaera de trabajo y por ********; siendo todo lo que tiene que declarar y leda

    que fue su declaracin la ratifica en todas y cada una de sus partes, firmando al margen y al calce

    para debida constancia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Acto continuo se procede al desahogo de la segunda testigo C. Profr. ****************, quien por sus

    generales manifest, llamarse como ha quedado escrito originaria y vecina de ******** Hidalgo, con

    domicilio particular el ubicado en ************, de *** aos de edad, estado familiar ************, grado

    mximo de estudios ****************, con cargo de *********, nmero telefnico para su localizacin

    ***********; apercibida de las penas que impone la ley a quienes declaran con falsedad ante una

    autoridad diversa de la judicial y bajo protesta de decir verdad en relacin a los hechos, declara:

    por el cargo y las funciones que desempeo en la escuela **************** se y me consta que el C.

    *************, se encuentra adscrito a esta institucin, teniendo un horario de trabajo de **** hrs a

    **** hrs, y que sin motivo ni causa que lo justifique ha incumplido con la asistencia a sus labores

    docentes los das ************* del mes de ******* del ao 2014 (dos mil catorce), manifestando la

    razn de mi dicho por ser la encargada de llevar el control de asistencia de entradas y salidas del

    personal adscrito a la Escuela **************; siendo todo lo que tiene que declarar y leda que fue

    su declaracin la ratifica en todas y cada una de sus partes, firmando al margen y al calce para

    debida constancia.- - - - - - -

  • 34

    Continuandocon la instrumentacin de la presente acta, el C. Profr. ************, en su calidad de

    representante sindical de *********************** manifiesta en relacin a los hechos que se reserva

    el uso de la voz, siendo todo lo que desea manifestar.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    No habiendo ms hechos que hacer constar se toma la determinacin que en virtud a los

    acontecimientos aqu narrados resultan que el trabajador ******************* ha incumplido con la

    asistencia a sus labores docentes los das ************* del mes de ********* del ao 2014 (dos mil

    catorce), causando perjuicio al servicio educativo, mxime que la Constitucin Poltica de los

    Estados Unidos Mexicanos ha preponderado el inters superior de la niez en su Artculo Tercero

    y la conducta irregular del C. Profr. *********** recae en lo dispuesto por los Artculos 69 fraccin III

    y 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, en este sentido trnese la presente acta

    por triplicado a la DireccinGeneral de Asuntos Jurdicos de la Secretaria de Educacin Pblica de

    Hidalgo, para que en trminos de ley y con las facultades legales que le confiere acte conforme

    en derecho proceda y surtan los efectos legales y administrativos a que haya lugar. Porlo que se

    cierra la presente acta y se da por terminada la misma, siendo las ****** hrs horas del mismo da en

    que se acta, firmando al margen y al calce los que en ella intervinieron y as quisieron hacerlo.- - -

    - - - - - - - - - - - - -

    _____________________________ PROFR.

    DIRECTOR DE LA ESCUELA

    _____________________________ ___________________________________ PROFR. PROFR. TESTIGO DE CARGO TESTIGO DE CARGO ______________________________ ________________________________ PROFR. PROFR. TESTIGO DE ASISTENCIA TESTIGO DE ASISTENCIA

  • 35

    (FORMATO DEL OFICIO PARA REMITIR ACTA ADMVA. PARA DOCENTES) Asunto: Remito Acta del Profr. *****. Oficio nmero *************** ************, Hgo., A ** de ******* del 2014. PROFR. HAZAEL OVIEDO TERN DIRECTOR DE EDUCACIN TELESECUNDARIA PACHUCA DE SOTO, HGO. PRESENTE:

    Por este medio adjunto al presente remito a Usted acta de fecha **** del mes de **** del ao 2014

    Dos Mil Catorce, instrumentada al C. ************, con clave(s) presupuestal(s) nmero(s) ***********,

    filiacin *********, quien se encontraba adscrito a la Escuela ***********, Ubicada en *********** del

    Municipio de ******* del Estado de Hidalgo, perteneciente a la Zona Escolar *** del nivel de *******,

    as mismo, envo documentos que sustentan jurdicamente la elaboracin del acta para que en

    trminos de lo dispuesto por la Ley General Del Servicio Profesional Docente, se acte conforme

    en derecho proceda.

    Sin otro particular, le envo un afectuoso saludo y quedo a sus rdenes para cualquier aclaracin e

    indicacin necesaria.

    Datos de localizacin: Nmero telefnico: _________Correo: ___________

    Atentamente

    _______________________________ Profr. ************

    Director C.c.p. Lic. Fernando Ramrez Godnez, Director de Asuntos Jurdicos de la SEPH para su conocimiento. Expediente

  • 36

    CONCLUSIN. Las normas, establecidas en los Acuerdos, Reglamentos y Leyes, coadyuvan a que los trabajadores, puedan establecer una armona de trabajo y dar cumplimiento a las obligaciones, pero tambin ayudan a las autoridades Educativas a determinar los procedimientos administrativos para cada irregularidad y poner en prctica un estado de derecho y equidad, sin embargo la responsabilidad, la entrega, la capacidad, la calidad, la empata, la disponibilidad, la discrecin, el respeto, la ecuanimidad y la tolerancia, son la mejores herramientas para llevar a cabo un trabajo coordinado, responsable, de calidad y aceptacin para la sociedad.

    RECOPILACIN Y ENSAYO MTRO ORLANDO ANGELES G.

    FEBRERO DE 2015