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  • 7/24/2019 Prontuario Internacional

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    LMITES Y FRONTERAS

    DETERMINACION:El territorio se determina por medio de lmites y fronteras, laimportancia de la delimitacin es un factor de paz, un signo de independencia y unelemento de seguridad.

    LIMITE: es una lnea imaginaria que se traza hasta donde se extiende lasoberana de un Estado; una serie de puntos que se forman lneas rectas y curvashasta donde se extiende el territorio (superficie de estado.

    FRONTER!" es una zona que se extiende a cada lado de la lnea que constituyeel lmite, complemento del lmite es la demarcacin que se describe como el actofsico por el cual se hace efectivo el lmite que se ha convenido se#alar en elterritorio.

    CLASIFICACION DE LOS LMITES

    a. $%& ' )!*&!+E! )!*&!+E'" son determinados por accidentes geogr-ficos, es decirson obra de la naturaleza. %rogr-ficos" como su nombre lo indica significa las monta#as, los

    accidentes terrestres.Existen tres criterios para fiar el lmite cuando las mismas noconstituyen la divisin entre dos Estados"

    /. +! +0)E! !+ $0E 1E +! 2%)*!3!" en uno de sus ladosfia la lnea y entonces toda la monta#a o volc-npertenecen a un solo Estado. $or eemplo 4hina e 0ndia(502!+!6!.

    7. +! +0)E! 8E $!'! E) +! 49&E 2:' !+*!" poreemplo el lmite entre !rgentina y 4hile (+os !ndes.

    . +! +0)E! 02!

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    +acustre" se refiere a casos como

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    ESPACIO TERRESTRE

    El espacio terrestre abarca todo lo que es efectivamente superficie terrestreextendi@ndose a las islas, pennsulas, colonias y cualquier territorio ultramar queen una u otra forma este supeditado a la madre patria.

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    GRUPO 2

    Tema: Adquisicin de TerritorioPara iniciar con el presente tema, comenzaremos defniendo los trminossiguientes:

    Adquisicin. erritorio. !o"eran#a.

    Adquisicin:

    $e acuerdo a como lo descri"e el $iccionario de la Real Academia de la lenguaespa%ola, Adquisicin es la Accin de adquirir o pasar a tener una cosa.

    Territorio:

    $e igual manera, el $iccionario de la Real Academia de la &engua espa%ola ladefne como: '(tensin de tierra que pertenece a un estado, pro)incia u otrotipo de di)isin pol#tica.

    Soberana:

    'st* asociada al +ec+o de eercer la autoridad en un cierto territorio. 'staautoridad recae en el pue"lo, aunque la gente no realiza un eercicio directo dela misma sino que delega dic+o poder en sus representantes.

    'ntrando -a en materia, diremos que el erritorio se puede adquirir, o la!o"eran#a e(tender en aplicacin de los medios ur#dicos a continuacin sedescri"en:

    1. edios /ur#dicos Originarios.2. edios /ur#dicos $eri)ados.3. edios /ur#dicos Parciales.4. edios /ur#dicos 0istrico Pol#ticos.

    Medios Jurdicos Originarios:

    &a Ocupacin.

    &a Accesin.

    &a 1onquista. &a Prescripcin Adquisiti)a.

    Medios Jurdicos Deriados:

    &a 1esin.

    &a Adudicacin.

    &a !ucesin.

    Medios Jurdicos !arcia"es:

    &as !er)idum"res

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    Medios Jurdicos #istrico !o"ticos

    'l rredentismo

    Medios Jurdicos Originarios

    $a Ocu%acin:

    1omo medio ur#dico originario para la adquisicin de territorio, podemosdefnirla como el acto de apropiacin con la intensin de adquirir so"eran#aso"re un territorio que no se +alla en tal momento sometido a la so"eran#a deotro 'stado, aunque est po"lado3 +a-a sido ste a"andonado o nunca +a"erpertenecido a nadie. Para que este e(tremo se d, se requiere posesine4ecti)a - actuar como amo - se%or, por medio de actos de due%o o actos dedominio.

    $a Accesin:

    !e le denomina de esta manera al crecimiento del territorio en )irtud denue)as 4ormaciones3 -a sea por +ec+os del +om"re o por +ec+os de lanaturaleza. Por eemplo la construccin del canal de Panam* o la 4ormacin deislas.

    $a &onquista:

    'sto se da generalmente a tra)s de medios )iolentos como la guerra3 - laconquista puede ser otal o Parcial, total si se trata de todo un 'stado, - parcialsi se trata de una sola parte de un 'stado.

    $a !rescri%cin Adquisitia:

    !e refere a la adquisicin de un territorio por el eercicio continuo - pac#fco dela so"eran#a so"re l durante un lapso de tiempo necesario para crear lacon)iccin com5n de que el estado de cosas presente concuerda con el ordeninternacional. 's necesario, en tal caso, que no e(istan reclamos constantesde otro 'stados. Aunque la Prescripcin Adquisiti)a a ni)el internacional sepuede interrumpir -a sea: a6 por medio de las armas, "6 por medio de protestas4ormales, c6 por medio de reser)as constantes en los tratados nternacionalesmultilaterales.

    Medios Jurdicos Deriados

    $a &esin:

    !e le denomina de esta manera a la trans4erencia de un territorio por un'stado a otro 'stado.

    $a Ad'udicacin:

    'sta se da por sentencia de un tri"unal internacional o por medio de uncon)enio. Regularmente se da cuando +a- discrepancia so"re l#mites - sesomete a un ri"unal Ar"itral o a la 1orte nternacional de /usticia.

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    Sucesin:

    'n la actualidad esta pr*ctica +a desaparecido, por se da"a cuando se+ereda"a de otro 'stado.

    Medios Jurdicos !arcia"es$as Seridumbres:

    !e da, cuando el territorio que pertenece a un 'stados se su"ordina a losintereses de otro 'stado. 'sto podr#a darse de las maneras siguientes:

    a6 derec+o de paso3

    "6 detraccin de agua para riegos3

    c6 a"stenerse de +acer algo: construir 4ortifcaciones, estacionar tropas, etc.

    d6 construccin de canales3

    e6 uso de canales.

    Medios Jurdicos #istrico !o"ticos

    (" )rredentismo:

    !e le denomina de esta manera a una pol#tica de e(pansin en relacin con las4ronteras de un 'stado con el fn de incorporar a su territorio otros territoriosque se reclaman so

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    Grupo 3

    ESPACIO MARITIMO

    El espacio martimo es muy import6ante desde tiempo inmemorial, ya que es una rama del Derecho

    Internacional, es cual se encuentra bien estructurado con sus respectivos tratados de Derecho Internacional

    Martimo Pblico y privado, penal y mercantil.

    Nosotros tratemos el aspecto pblico, que es todo aquello relacionado con soberana! del Estado.

    El derecho del Mar es el m"s anti#uo en la costumbre y el m"s completo en la codi$icaci%n.

    Durante &' a(os de investi#aci%n y traba)o representan el aporte de la *N+ al Derecho Martimo Publico.

    PRIMERA CONFERENCIA SOBRE EL DERECHO DEL MAR:

    ulmino en -&/, con la aprobaci%n de 0 convenios1

    -2 onvenio sobre el mar territorial y la 3ona onti#ua

    42 onvenio sobre 5lta Mar

    2 onvenio sobre la Plata$orma ontinental02 onvenio sobre Pesca y onservaci%n de los 7ecursos 8ivos en 5lta Mar.

    9uatemala rati$ico 4 de esos 0 convenios1

    a2 onvenio sobre 5lta Mar :Decreto -00 del on#reso de la 7epublica2b2 onvenio sobre la Plata$orma ontinental :Decreto -0 del on#reso de la 7epublica2

    SEGUNDA CONFERENCIA SOBRE EL DERECHO DEL MAR:

    ;e reuni% en 9inebra, en Mar3o y abril de -6' pero no se lo#ro nada en concreto.

    TERCERA CONFERNENCIA SOBRE EL DERECHO DEL MAR:

    En -6< la *N+, emiti% la 7esoluci%n nmero 4,amaica, se $irm% de la onvenci%n denominada

    *N8EM57, onvenci%n de las Naciones +nidas sobre el Derecho del Mar. ?a cual $ue una de las

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    convenciones multilaterales, m"s comple)a de la historia de los tratados. En la cual $irmaron -- pases,

    9uatemala $irmo la convenci%n en -/4, y la rati$ico en -6.

    ZONAS MARITIMAS:

    ?a base de mediaci%n es muy importante y la re$erencia $undamental se llama ?nea de =ase!

    ?a cual establece dos posibles lneas de base1

    -2 ?a Normal1 toma como re$erencia la ba)amar a lo lar#o de la costa y si#ue en paralelo, respetando

    sus in$le@iones, sinuosidades y accidentes #eo#r"$icos.42 ?a 7ecta1 se utili3a cuando la costa tiene pro$undas aberturas y escotaduras o que haya una $ran)a de

    islas a lo lar#o de la costa.

    APLICACIN DEL CONCEPTO DE AGUAS INTERIORES:

    ;e incluye en el concepto de a#uas interiores! los ros, estrechos, puertos, la#os, radas, canales, #ol$os,

    bahas, etc. A )urdicamente se consideran como la tierra $irme sobre las cuales el Estado e)erce su dominiosin restricci%n al#una, ni limitaci%n.

    a2 LOS RIOS:el rB#imen soberano y la e@tensi%n de dicha soberana varan se#n que los ros seanfronterio! o !"#e!i$o!% En los ros $ronteri3os se tra3an los lmites y el Estado e)erce plenasoberana en la parte que le corresponde. ?os ros de cauce sucesivo son aquellos que desde su

    nacimiento hasta su desembocadura en el mar atraviesan varios EstadosC entre los m"s importantes

    podemos mencionar los si#uientes1 E& R'in( E& D)n"*io +en E"ro,)-. E& Con/o( EL Ni/er( E&Ni&o +en 0fri#)-. E& In1io +en A!i)-. E& A2)on)!( E& P)r)n3 +en A24ri#)-% Estos est"nsometidos a una especie de intern)#ion)&i)#i5n sobre la base de convenios multilaterales o

    bilaterales. Est" a car#o de comisiones internacionales1 &) &i*ert)1( &) n)$e/)#i5n( &) i/")&1)1 1etr)to( e& ,)/o 1e i2,"e!to! re2"ner)torio! 6 1e enri7"e#i2iento( y un aspecto muy importantees el aprovechamiento industrial para presas elBctricas, transporte de madera, transporte de personas,

    transporte de car#a, etc.

    b2 LOS ESTRECHOS: los estrechos son vas nave#ables que comunican dos mares libres con un marinterior. 9eneralmente los estrechos tienen poca anchura, tiene de particular que son obra de la

    naturale3a. Entre los m"s importantes los de Boerin/( Gi*r)&t)r( M)/)&&)ne!( Lo! D)ne!( Lo!T"r#o! y todos estos han sido ob)eto de ne#ociaciones bilaterales para determinar su rB#imen

    )urdico y la $orma en que se respetaran los principios de libertad de paso, neutralidad,

    internacionali3aci%n, entre otras.

    c2 LOS PUERTOS: e@iste un instrumento llamado CON8ENCION SOBRE EL REGIMENINTERNACIONAL DE LOS PUERTOS MARITIMOS +Gine*r)( 9 1i#ie2*re 1e 9;9-aplicable a la actividad de =arcos e@tran)eros en dichos lu#ares1 in#resos, e#resos, actividades,

    )urisdicci%n, etc.

    d2 LAS RADAS:al#unos las llaman tambiBn BAHIAS( son ensenadas o abri#os naturales donde lasnaves pueden estar ancladas prote#idas del viento y las olas. Pueden ser obra de la naturale3a y

    tambiBn obra del hombre. ?o importante desde el punto de vista del Derecho Internacional es que el

    Estado ribere(o e)erce sobre ellas soberana plena.

    e2 LOS CANALES:son vas nave#ables que comunican dos mares, ocBanos o continentes. ?a mayorason construidos por el hombre y la soberana y su modo de e)ercerla son el resultado de convenios

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    internacionales. 5l#unos canales como el ;ue3 y el canal de Panam" son muy $amosos. 5dem"s de

    los anteriores podemos mencionar el anal de iel que une el Mar ="ltico y el Mar del Norte.

    E& C)n)& 1e S"e

    ue construido en -/6 en territorio turco, con autori3aci%n de E#ipto. inanciado por rancia, In#laterra yE#ipto, aportando los in#leses la mayor parte. En -/// se celebr% el onvenio de onstantinopla en el cual se

    acord% la libertad de nave#aci%n en todo tiempo. Durante la 9uerra de los ;iete Das con Israel el anal

    quedo inutili3able y pr"cticamente cerrado, no se volvi% a abrir hasta -

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    f- B)'URISDICCION: El Estado no puede e)ercer su )urisdicci%n penal en un buque mercante o de Estado queatraviese su mar territorial, a menos que abordo se haya cometido al#n delito, que perturbe la pa3, que lo

    haya solicitado el capit"n o a#ente del pabell%n o que se estB cometiendo el paso ilcito de estupe$acientes.

    ZONA DE MAR CONTIGUO

    CONCEPTO:Es la 3ona que corre paralela al mar territorial, no puede ir mas all" de 40 millas medidas apartir de la lnea normal o recta que sirve para medir el mar territorial, su anchura especi$ica depende de la

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    anchura del mar territorial, si el mar territorial mide -4 millas martimas, el mar conti#o medir" -4 millas

    martimas, si el mar territorial mide menos de -4 millas martimas, el mar conti#o medir" el resto de millas

    martimas hasta completar el total de 40 millas.

    SOBERANIA:En el mar conti#o, la soberana e)ercida es llamada soberana $uncional, porque se hace en$unci%n de intereses aduaneros, $iscales, mi#ratorios y sanitarios, que tienen por ob)eto prevenir las

    in$racciones y sancionarlas cuando han sido cometidas.

    ZONA ECONOMICA E=CUSI8A

    CONCEPTO:?a Kona Econ%mica E@clusiva :KEE2 es el "rea situada m"s all" del mar territorial e incluye elmar conti#uo, se encuentra entre el mar territorial y el alta mar, ?a KEE tiene una anchura de 4'' millas

    martimas determinadas a partir de la lnea de base normal o recta que sirve de base para medir el mar

    territorial, los Estados adyacentes o con costas situadas $rente a $rente delimitaran lo que corresponda por los

    medios que pone a disposici%n el Derecho Internacional y si no lle#aren a un acuerdo, deber"n acudir al

    procedimiento de ;oluci%n de ontroversias que establece la *N8EM57 en la Parte F8.

    O*?eto 1e &) So*er)n

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    onstituye el suelo y subsuelo, y su contenido, del $ondo subyacente a las a#uas de alta mar, ni la totalidad de

    la soberana en la 3ona de los $ondos marinos.

    Prin#i,io >"r

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    El onse)o tiene sus propios %r#anos, a saber1 I2 +na omisi%n de Plani$icaci%n Econ%micaC y una omisi%n

    >urdica y GBcnica. ada omisi%n consta de -& miembros, propuestos por los Estados Parte, se

    desempe(aran por cinco a(os y podr"n ser reele#idos .

    ?a ;ecretaria1 presidida por el ;ecretario 9eneral quien es el m"s alto $uncionario administrativo de la

    5utoridadC es electo por la 5samblea para un periodo de cuatro a(os y podr" ser reele#ido. 5cta

    independientemente de cualquier Estado Miembro. 5cta como ;ecretario en todas las sesiones de la

    5samblea y del onse)o. Deber" presentar un in$orme anual de sus actividades. Est" al $rente del personal

    de la 5utoridad.

    c2 ?a Empresa. es el %r#ano de la 5utoridad que reali3a sus actividades directamente en la 3ona, llevando a

    cabo toda dili#encia que le encomiende ?a 5utoridad para supervisi%n de actividades y cumplimiento de

    disposiciones dictada por la 5utoridadC adem"s llevara a cabo actividades de transporte, tratamiento,

    comerciali3aci%n de minerales e@trados de la 3ona. Es un %r#ano tBcnico. Est" su)eta al control y directrices

    del onse)o.

    EL TRIBUNAL DEL MAR

    Para la soluci%n de las controversias sur#idas en relaci%n con lo dispuesto en la *N8EM57, esta crea un

    %r#ano internacional privativoC a#otados los medios pac$icos previstos en el Derecho Internacional y laarta de la *r#ani3aci%n de Naciones +nidas, las partes pueden acudir al Gribunal Intencional del Mar.

    El Gribunal tiene su sede en Hambur#oC lo inte#ran 4- ma#istrados electos por la 5samblea 9eneral de la

    *N+ convocada para dicho e$ecto, #aranti3ando la representaci%n de los principales sistemas )urdicos del

    mundo y una distribuci%n #eo#r"$ica equitativaC los ma#istrados deben ser personas conocidas por su

    competencia en cuestiones )urdica martimas y duran nueve a(os en sus car#os, pudiendo ser reele#idos,

    pero en nin#n caso podr" ele#irse a dos ma#istrados de un mismo EstadoC durante la duraci%n de su car#o

    #o3aran de inmunidades y privile#ios diplom"ticos. El qu%rum se constituye con -- miembros.

    El tribunal debe constituir una ;ala de ontroversias de los ondos Marinos!, inte#rada por -- ma#istrados

    desi#nados por tres a(os renovables una sola ve3. Esta ;ala de ontroversias de los ondos Marinos a su ve3

    constituir"n una sala ad hoc, inte#rada por tres de sus miembros, para conocer de cada controversia que le

    sea sometida.

    ?a *N8EM57 tambiBn establece la posibilidad que los Estados opten por el arbitra)e y a dicho e$ecto el

    ;ecretario 9eneral de la *N+ establecer" y mantendr" una lista de "rbitros, pudiendo, cada Estado,

    desi#nar cuatro "rbitros.

    OTRAS ZONAS5r#entina haba establecido la Kona del Mar Epicontinental!C 9uatemala constitucionalmente estableci%

    la Kona Econ%mica!C hile, Per y Ecuador establecieron El Mar Patrimonial!. *tras pretensiones no

    $ueron solucionadas1 Honduras, El ;alvador y Nicara#ua establecieron, en )ulio -/4, con el $in de $avorecer

    a los pescadores del 9ol$o de onseca, una Kona de Golerancia!C 9ran =reta(a estableci% unilateralmente

    durante la #uerra con 5r#entina, con una e@tensi%n de hasta 4'' millas alrededor de las Islas Malvinas, una

    Kona de E@clusi%n!, la que durante lo mas "l#ido de la #uerra e@tendi% hasta la desembocadura del 7io de

    la Planta $rente a +ru#uay, lo que )usti$ico diciendo que era para prote#er a los buques que transportaban

    heridos de #uerraC una 3ona parecida $ue declarada durante la #uerra con Ira y en el caso de =osnia

    Her3e#ovina. Esto ltimo la comunidad internacional lo ha aceptado sin protestar.

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    Grupo 7

    *(s%acio A+reo,

    !-)M(- AT(&(D(T(: !urge la regulacin del espacio areo desde queeste se con)ierte en un medio de transporte - en un arma, en la primera

    guerra mundial.1on)enio de Paris:

    8 's el primer instrumento ur#dico multilateral re4erente altema.

    8 !e dota de so"eran#a so"re el espacio areo de los'stados.

    8 !e crea una zona de 9paso inocente en el cual losci)iles pueden transitar dentro del espacio areo del'stado.

    8 &a e(cepcin del 9paso inocente no aplica a militares.

    (/tensin de" es%acio a+reo:

    '& 'RRORO $'& '!A$O '; '& '!PA1O A'R'O !' '

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    areo se comprend#a como patrimonio de los 'stados, de la misma manera quelo eran la tierra - el mar.

    &onenio sobre Aiacin cii" internaciona"0 &O()OD( )&AO:

    8 !e reafrma la !o"eran#a de los 'stados so"re el espacioAreo.

    8 'sta"lece los principios generales "ao los cuales sedesarrolla la a)iacin comercial.

    8 ;ace la Organiacin de "a Aiacin &ii")nternaciona" con sede en MOT-(A$ OA&)5.

    Se estab"ecen "ibertades %ara "a circu"acin deaeronaes ""amadas *"as cinco "ibertades de" aire, 6estas a su e se diiden en "ibertades t+cnicas 6 en

    "ibertades comercia"es.&i"ertades tcnicas:

    @. &a primera esta"lece que se puede so"re)olar el espacio areo decualquier 'stado pero no se permite desem"arcar o em"arcar pasaeros,correo o carga.

    2. &a segunda esta"lece la posi"ilidad de aterrizar con el 5nico o"eto deatender 4allas tcnicas o emergencias de la aerona)e pro+i"iendo deigual manera desem"arcar o em"arcar pasaeros - carga.

    &i"ertades 1omerciales:

    F. !e crea el uso de una matr#cula licencia6 que permite a las aerona)esdesem"arcar pasaeros - carga pro)enientes del estado que pro)ee lamatricula o sea, se monta la carga en Guatemala - la matr#cula es deGuatemala, la na)e )uela a (ico - puede dear all# la mercader#a quetiene la matr#cula de Guatemala6 la cual de"e ser portada por el pilotode la aerona)e.

    7. &a cuarta permite em"arcar pasaeros - carga con destino al 'stadocu-a matr#cula porta la na)e.

    B. !e esta"lece el derec+o de em"arcar pasaeros - carga desde un 'stadodi4erente al 'stado de la matr#cula de la aerona)e - con destino a otro

    tercer 'stado, di4erente al 'stado de la matr#cula de la aerona)e.

    T-ATADOS 7 !(-M)SOS (S!(&89)&OS D( O!(-A&)!A-A $A (;!$OTA&) &OM(-&)A$ D($ (S!A&)OA(-(O.

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    &os tratados son acuerdos entre estados negociados por ellos mismos so"re elintercam"io de rutas, ser)icios aduanales, capacidad, almacenamiento derepuestos, impuestos aceptados, etc.

    &os permisos espec#fcos e(isten aunque no +a-an tratados "ilaterales entre los'stados, se da cuando las aerol#neas internacionales solicitan permiso a otro

    'stado para 9operar en ruta, en cu-o caso si se autoriza dic+o permiso, el'stado que otorga el permiso solicita al otro la 9reciprocidad.

    $egis"acin acerca de "os es%acios a+reos enuatema"a:

    Guatemala cuenta con el $ecreto >F82??? &e- de A)iacin 1i)il - el AcuerdoGu"ernati)o FH782??? que es el reglamento de la &e-.

    A)iacin ilitar: &as aerona)es militares no pueden so"re)olar el espacio areode otros estados, para ello necesitan de un 9permiso especial concedido por elotro 'stado por cualquier moti)o que sea, de no poseer dic+o permiso la na)eser* castigada con el ataque armado al ser considerado un intruso.

    -(ST-)&&)O(S A $AS $)

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    zonas no pueden ser so"re)oladas "ao pena de ser atacadas en caso deincumplimiento.

    !-(=TAS &O--(S!OD)(T(S A$ T(MA

    1. >&u?" @ue e" %rimer antecedente istrico que dio origen a "aregu"acin de" es%acio a+reoB &a primera guerra mundial, al utilizarAlemania la a)iacin para fnes "licos.

    2. >Cu+ son "as onas de )dentiEcacin %ara "a De@ensa A+reaB !onzonas esta"lecidas por los 'stados que se encuentran "ao el control deradares de largo alcance, para la identifcacin de aerona)es quepretendan so"re)olar con fnes militares o comerciales sin un tratado opermiso respecti)o.

    Grupo B

    ESPACIO EXTRA-ATMOSFRICO O ESPACIO ESPACIAL:

    Este se usa para las comunicaciones, para el espionae, para la investigacin de recursos

    naturales, para ayudar a la meteorologa.

    Existen dos corrientes que establecen en donde comienza el espacio, que son lassiguientes.

    /. 4orriente pragm-tica. Esta corriente afirma que el espacio, principia donde losmedios m-s modernos de la ciencia aeron-utica actual pueden volar lasaeronaves comerciales m-s perfeccionadas y poderosas.

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    7. 4orriente cientficaGterica. Esta corriente afirma que el espacio, principia dondeya no existe oxgeno, donde existe alta temperatura y una ausencia de gravedad.

    El primer sat@lite fue colocado en rbita alrededor de la tierra el de octubre de /HIF, en

    ese a#o el cohete espacial Lunik IIalcanz la luna siendo el portador de una bandera

    sovi@tica indestructible. El espacio en la actualidad se encuentra miles de obetos

    enviados y colocados all por diferentes Estados, siendo los principales la !ntigua nin

    'ovi@tica y Estados nidos de !m@rica. El de diciembre de /HFJ, 4olombia Kenia,

    ganda, aire, El 4ongo, El ecuador e 0ndonesia, firmaron lo que se llam 1eclaracin de

    9ogot-, en la cual reclamaron plena soberana sobre una parte de la rbita estacionaria

    que se encontraba sobre su territorio; esta rbita se encuentra sobre el ecuador terrestre

    a una altura de aproximadamente J mil Lilmetros y estos son los sat@lites que giran al

    rededor de la tierra.

    +a declaracin de 9ogota es contraria al 1erecho 0nternacional $Mblico Espacial,

    especialmente lo dispuesto en *ratados de /HJF, ratificado por m-s de DN Estados a esta

    fecha.

    CMOENTENDERELPRINCIPIODELIBERTADDELESPACIOEXTRA-ATMOSFRICOYELRESPETODELASOBERANADELOSESTADOS

    Esta impone restricciones tales como"

    a El respeto a los intereses de otros Estados

    b $rohibicin contra la discriminacin

    c &esponsabilidad internacional

    d $rohibicin de usos militares

    LE!ISLACININTERNACIONAL:

    ! R"#$%u&i'n N$( )*+,(/HIH de la !samblea

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    9 R"#$%u&i'n N$()+,)(/HJ/ 'u obeto fue >la cooperacin internacional sobre los

    usos pacficos del espacio? y declar los grandes principios del 1erecho

    0nternacional.

    4 R"#$%u&i'n N$()* (/HJ 0nsta a todos los Estados a no emplazar en rbita

    obetos que lleven armas nucleares.1 R"#$%u&i'n N$( )./,(/HJ 'e promueve formular >el 1erecho Bigente? en el

    espacio espacial, extraGatmosf@rico o ultraterrestre.

    TRATADO DEL ESPACIO ULTRATERRESTRE"

    )ace de las disposiciones de las resoluciones )o. /DD, y /HJ7 , fue firmada el 7F de

    enero de /HJF, entro en vigencia el /N de 1iciembre del mismo a#o y actualmente cuenta

    con m-s de /NN ratificaciones incluyendo las de Estados nidos, &usia, &eino nido,Espa#a, etc.

    AL!UNAS NUE0AS RATIFICACIONES:

    / +a obligacin impuesta a los Estados de comunicar informacin sobre sus

    actividades en el espacio espacial,

    7 *oda actividad realizada en el espacio deber- llevar a cabo en forma que no

    produzca contaminacin no cambios en el medio ambiente. 8ueda prohibido establecer en los cuerpos celestes bases, instalaciones o

    fortificaciones militares.

    ACUERDO SOBRE SAL0AMENTO Y LA DE0OLUCION DE ASTRONAUTAS YLA RESTITUCION DE OB1ETOS LAN2ADOS AL ESPACIO

    ULTRATERRESTRE.

    'e firm el 77 de abril /HJD, est- vigente./ *odo estado que sepa del aterrizae por accidente o forzosa de una nave deber-

    notificarlo a la 'ecretaria

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    / *odo lanzamiento debe llevar debe llevar un &egistro de 0nscripcin especial y

    deber- notific-rsele al 'ecretario

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    SE!UNDACONFERENCIADELASNACIONESUNIDASSOBREACTI0IDADES

    ESPACIALES4UNISPACE II5

    =ue celebrada en Biena en /HD7. El resultado fue reafirmar la cooperacin entre las

    naciones no importando su grado de desarrollo. En el a#o 7NN se estableci en 9rasil y

    2@xico un 4entro &egional para la educacin en la ciencia y tecnologa para que sirvapara +atinoam@rica y el 4aribe.

    TERCERACONFERENCIADELASNACIONESUNIDASSOBREACTI0IDADES

    ESPACIALES4UNISPACE III5

    =ue celebrada en /HHH en Biena y sus resultados fueron"

    )( &ecomendacin de crear un fondo voluntario de las )aciones nidas >el =ondo de

    4umplimiento )0'$!4E 000?

    ,( 'e proclam del al /N de %ctubre como >+a 'emana 2undial del Espacio?.

    6( !lentar mecanismos para meorar el acceso a la utilizacin de la Estacin

    0nternacional Espacial por parte de los Estados.

    *( !poyar centros regionales para la educacin espacial y la tecnologa.

    MILITARI2ACINDEL ESPACIO EXTRATERRESTE:

    +os Estados m-s desarrollados despliegan actividades tendientes a militarizar o utilizar

    militarmente el espacio atmosf@rico.

    +a militarizacin del espacio comenz inmediatamente despu@s del lanzamiento por la

    nin 'ovi@tica del >'putniL?, hace cuatro d@cadas, cuando se colocaron en rbita

    sat@lites para acrecentar la eficiencia de las fuerzas combatientes en tierra.

    +os sat@lites en importantes blancos militares y en consecuencia, dio lugar al desarrollo

    de armas anti sat@lites para destruir artefactos en rbita.

    %tro aspecto alarmante, es el ritmo acelerado que se ha dado al desarrollo de un sistema

    defensivo de cohetes balsticos. Este tipo de armas avanzadas no solamente conduciran

    a alentar una carrera armamentista mucho m-s costosa ni tampoco dar- mayor impulso a

    la produccin de armas para atacar a los artefactos espaciales, sino que tendr- efectos

    adversos en cualquier negociacin para establecer un control de armamentos.

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    BENEFICIOS DE LA IN0ESTI!ACIN ESPACIAL:

    !lgunos de los beneficios de la investigacin ultraterrestres son"

    LA TELE0ISIN:

    8ue es utilizada para la observacin de los recursos terrestres desde el espacio. +as

    transmisiones directas de la televisin son"

    'illas de ruedas de tecnologa avanzada,

    'istema de respiracin para los bomberos, $rogramas de c-lculo avanzado para la ingeniera,

    4omputadoras personales de gran capacidad.

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    &=(ST)OA-)O:

    )( P787 9u "# u;i%i7&i$ "?;87-7;@$#8i&$ $ u%;87;"88"#;8"REs utilizado para las comunicaciones, para el espionae, para la investigacin

    de recursos naturales, para ayudar a la meteorologa.

    ,( Cu% "# %7 8"%7&i'n ="% "#>7&i$ "?;87-7;@$#8i&$ $ u%;87;"88"#;8" &$n "%="8"&$ in;"8n7&i$n7%R'u relacin con el derecho internacional se ve vinculada por la limitacin de

    sus fronteras, ya que es difcil establecer estas fronteras por lo tanto es de dominio

    internacional lo cual trae a la vida urdica legislacin internacional en esta materia

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    Grupo C

    4LOS OR!ANOS DEL ESTADO

    +os suetos del 1erecho 0nternacional $Mblico son principalmente los Estados. +a 4omunidad Ourdica0nternacional se compone de entidades colectivas llamadas estados; los estados se presentan como unidadesde accin y voluntad, el Estado no actMa personalmente si por medio de sus personeros, llamados >Prganos?.

    En cada 4onstitucin de cada estado se se#alan"

    a 8ue rganos pueden expresar y presentar a la 4omunidad 0nternacional el sentir y pensar oficial delestado.

    b 8uien lo puede comprometer.c 4u-l es el -mbito y extensin de las facultades de sus rganos.

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    7. El 2inistro de &elaciones Exteriores, o quien haga sus veces.

    LOS 1EFES DE ESTADO"

    Entendemos por Oefes de Estado"

    ! los $residentes, &eyes, Emperadores, $residentes Bitalicios, Oefes de

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    4omo deber fundamental debe crear condiciones que mantengan la paz, la concordia y la amistad entre lospueblos y el Estado que representa, para lo cual es esencial una comunicacin constante con los !gentes1iplom-ticos en el exterior.

    En el extranero y en su propio pas se le otorga al igual que al Oefe de estado todos los privilegios einmunidades acordados, segMn el artculo F del convenio sobre *ratados. *iene derecho a ocupar un esca#oen las )aciones nidas.

    $rincipales funciones del 2inisterio de &elaciones Exteriores"

    /. 0nstrumentar las relaciones urdicas entre los pueblos por medio del nombramiento de personas adhoc como diplom-ticos.

    7. Es el agente de la poltica exterior del estado.. Es el intermediario apropiado entre el Oefe de Estado y los !gentes 1iplom-ticos acreditados.. 1ebe velar por la proteccin de los intereses econmicos, polticos, comerciales, la buena imagen, el

    respeto, etc. de un Estado en el extranero.I. 1ebe responder en forma adecuada a los ataques que desde, y en el extranero se profieran contra

    su Estado.J. 1ebe manifestar en nombre del Estado el reconocimiento de este hacia diplom-ticos extraneros o

    personas que hayan rendido algMn servicio muy especial a su Estado.

    MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE !UATEMALA

    ESTRUCTURA OR!ANICA:'egMn el !cuerdo

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    3. Nivel de Control, a cargo de la Funcin de Control !nterno:./. nidad de !uditoria 0nterna.

    ././. 1epartamento de !uditoria del 'ervicio Exterior../.7. 1epartamento de !uditoria de la $lanta 4entral.

    ". Nivel de #$ecucin, a cargo de las Funciones Sustantivas:./. 1ireccin

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    &. 'isiones en el #(terior:J./. 2isiones 1iplom-ticas.J.7. &epresentaciones $ermanentes ante %rganismos 0nternacionales.J.. 2isiones consulares.

    MINISTRO DE REALCIONES EXTERIORES

    DESPACHO:El articulo I estipula" es 2inistro es la autoridad superior y en consecuencia el funcionario demayor erarqua del 2inisterio de &elaciones Exteriores, a quien le corresponde cumplir y desarrollar lasfunciones que establece la 4onstitucin poltica de la &epMblica de

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    /N. El asesoramiento de las representaciones oficiales de cualquier otro ramo de la administracinpMblica, en congresos, conferencias y reuniones internacionales.

    //. *odo lo relativo a la adquisicin, goce y p@rdida y recuperacin de la nacionalidad guatemalteca./7. $roteccin de los guatemaltecos y de sus intereses en el exterior, cuando proceda./. +a expedicin de pasaportes diplom-ticos y consulares y sus correspondientes visas./. +a tramitacin ante los gobiernos extraneros de las solicitudes de extradicin de delincuentes,

    cuando proceda conforme a las pr-cticas internacionales.

    /I. +a legalizacin de los documentos expedidos en el exterior para que surtan efectos en la repMblica yviceversa./J. +os asuntos relacionados con el asilo poltico y el otorgamiento o requerimiento, segMn el caso, de

    los respectivos salvoconductos./F. +a recopilacin y publicacin de los tratados vigentes./D. Estudio y tramite de la reclamacin diplom-tica./H. +a intervencin en los planes de inmigracin en que tenga inter@s el estado.7N. El fortalecimiento de las relaciones con los estados de la !m@rica 4entral, as como los planes

    tendientes a restablecer la unidad centroamericana.

    OR!ANOS DESCENTRALI2ADOS:

    Es evidente la imposibilidad de los Oefes de Estado o de sus 2inistros de &elaciones Exteriores de ocuparsedirectamente en el extranero de los asuntos que ata#en a sus propios estados. ! dicho efecto nombranciertas personas que tienen el car-cter de Prganos Externos o 1escentralizados. Estos rganos son dos"

    1. )os *iplom+ticos.7. )os Consulares.

    LOS OR!ANOS DIPLOMATICOS O A!ENTES DIPLOMATICOS:

    A!ENTE DIPLOMATICO: $or agente diplom-tico se entiende el Oefe de la 2isin o un miembro del personaldiplom-tico de la 2isin.!gente diplom-tico" es una persona que representa al Oefe de Estado, y siendo queen este se personaliza el Estado mismo, por extensin del !gente 1iplom-tico personaliza al Estado en elextranero.

    Jefe de la Misin:es la persona encargada por el Estado acreditante de actuar con car-cter de tal.

    Miembro del Personal Diplomtico: los miembros del personal de la misin que posean la calidad dediplom-ticos.

    na 2isin 1iplom-tica consta de varias personas, la mayora de las cuales tiene el car-cter de agentesdiplom-ticos" El Oefe de la 2isin y los miembros del personal administrativo, t@cnico y de servicio de la2isin.

    Diplomacia:es el instrumento mediante el cual se lleva a cabo la poltica exterior.

    Poltica exterior:es el conunto de decisiones tomadas por un gobierno en relacin con la posicin delEstado frente a otros Estados y su actitud dentro de las organizaciones y conferencias internacionales.

    NOMBRAMIENTO: *odo estado tiene derecho de nombrar agentes diplom-ticos ante aquellos Estados conquienes mantiene relaciones diplom-ticas, pero no tiene obligacin de hacerlo. *iene obligacin de recibir ensu propio territorio a los agentes diplom-ticos cuando sean enviados por otro estado, pero no tiene obligacinde recibir a determinada persona como efe de misin. !l nombrar a una persona como efe de misin elestado manda la informacin a otro estado para informarse si es grato, aceptable y bienvenido, a esto se

    conoce como >%btener el $lacet? que es la manifestacin expresa de aceptacin de una determinadapersona.

    4uando se nombra a un mismo agente diplom-tico para varios estados, se le denomina >4oncurrencia?.

    CLASIFICACION DE LOS 1EFES DE MISION:

    1e conformidad con la convencin de Biena artculo /, existen tres clases de efes de misin"

    1. )os #ma$adores, los Nuncios y todos a-uellos de rango e-uivalente como )os )egados/.2. )os #nviados #(traordinarios, los 'inistros 0lenipotenciarios o esidentes y los !nternuncios.

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    3. )os #ncargados de Negocios.

    +os que pertenecen a las dos primeras clases se acreditan ante el efe de estado, mientras que los de latercera clase solamente ante el 2inistro de &elaciones Exteriores.

    COLABORADORES DE LOS 1EFES DE MISION:

    4on el rango de diplom-ticos, los efes de misin tienen colaboradores directos, entre ellos"

    )os secretarios.

    )os conse$eros.

    )os agregados civiles, militares, culturales, comerciales, de relaciones plicas, etc.4.

    #l personal administrativo.

    !dem-s tiene colaboradores indirectos o de menor categora y son todos aquellos que se conocen comopersonal de servicio.

    LA MISION:+a misin propiamente dicha incluye"

    a +as credenciales que terminan generalmente con la muerte del efe de estado.b El pasaporte diplom-tico.c +os plenos poderes o plenipotencia para negociar u ocuparse ordinariamente de los asuntos que

    interesan o puedan interesar a su gobierno.d +as instrucciones pMblicas y secretas, mixtas, generales y especiales.e +a clave o cifra para comunicarse con confidencialidad y seguridad.f +os locales para la misin (oficinas y residencia.

    PRESENTACION:+legado al estado, debe avisar al 2inisterio de &elaciones Exteriores y presentar las 4opiasde Estilo que consisten en copia o fotocopia de las credenciales; solicitar en esta ocasin audiencia con el efede estado y en su oportunidad presentar a este las credenciales.

    FUNCIONES DEL 1EFE DE LA MISION:

    El artculo de la convencin menciona los siguientes"

    a &epresentar al estado acreditante.b $roteger en el estado receptor los intereses del estado acreditante y los de sus nacionales dentro de

    los lmites permitidos por el derecho internacional.c )egociar con el gobierno receptor.d Enterarse por todos los medios lcitos de las condiciones y evolucin de los acontecimientos en el

    estado receptor e informar al gobierno del estado acreditante.e =omentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones econmicas, culturales y cientficas

    entre el estado acreditante y el estado receptor.

    !dem-s de estas tambi@n la negociacin de *ratados y convenios, siguiendo las instrucciones de susrespectivos Estados; mantener las relaciones en un clima de respeto mutuo y cordial.

    LOCALES DE LA MISION: 'egMn el artculo / literal i son los edificios o las partes de los edificios sea cualfuere su propietario utilizado para las finalidades de la 2isin, incluyendo la residencia del efe de la misin,as como el terreno destinado al servicio de esos edificios o partes de ellos.

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    g )o utilizar los locales de la misin de manera incompatible con las funciones dela misin, poreemplo" el espionae.

    h )o eercer ninguna profesin o comercio en provecho propio, por eemplo" procurarse contratos.

    OBLI!ACIONES DEL ESTADO RECEPTOR:

    !dem-s de las ya mencionadas en relacin con los locales de la 2isin podemos indicar"

    a

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    A!ENTE CONSULAR:

    +os cnsules son altos funcionarios oficiales de un estado que actMan en territorio de otro estado, con previoconsentimiento de este, en lo que respecta al tr-fico comercial y a las transacciones privadas con su pas, ascomo a sus nacionales domiciliados, residentes o transeMntes, ciertos actos administrativos que surten efectoen su propio pas.

    +as funciones de los cnsules son apolticas y t@cnicas; benefician tanto al estado que representan comoaquel ante el cual actMan.

    1e conformidad con la convencin estos se clasifican en dos clases"

    1. )os de carrera o 'issi2. )os 5onorarios o ad 5onorem.

    En ambos casos la delegacin consular consta de"

    a %ficina consular.b 4ircunscripcin consular.c Oefe de oficina consular.d =uncionario consular.e Empleado consular.f $ersonal de servicio.

    g $ersonal privado consular.h +ocales consulares.i !rchivos consulares.

    A!ENTES CONSULARES DE CARRERA O MISSI:

    'on aquellos funcionarios consulares que son nacionales del estado acreditante. 'on los que ha hecho de lafuncin consular una profesin, le dedican su vida y no salen de este campo sino por causa de retiro,normalmente.

    CATE!ORIAS DE 1EFES DE OFICINA CONSULAR:

    +a convencin establece cuatro categoras de efes de oficina consular"

    /. 4nsules generales.

    7. 4nsules.. BiceGcnsules. !gentes consulares en general.

    NOMBRAMIENTO:+os efes de oficina consular son nombrados por el efe del estado, del estado acreditantepor medio de un documento que recibe el nombre de >$atente?, este documento es enviado al gobierno delestado receptor en va de consulta.

    +a >$atente? contiene el nombre completo, la clase, la categora, indicacin de la circunscripcin consular ymencin de la oficina consular en que desempe#ara sus funciones la persona propuesta.

    'i el estado receptor acepta a la persona propuesta, emite lo que se llama >El Exequ-tur? que no es m-s quela autorizacin de admisin al eercicio de funciones consulares. +a acreditacin definitiva se lleva a cabo anteel 2inisterio de &elaciones Exteriores del Estado receptor.

    FUNCIONES CONSULARES:

    a $roteger en el estado receptor los intereses del estado, dentro de los lmites permitidos por elderecho internacional.

    b =omentar el desarrollo de las relaciones comerciales, econmicas, culturales y cientficas entre elestado que enva y el estado receptor.

    c Extender pasaportes y documentos de viae a los nacionales del estado que enva.d !ctual en calidad de )otario, en funcionario de registro civil y en funciones similares.

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    e Belar por los intereses de los naciones del estado que enva, sean personas naturales o urdicas,menores y de otras personas que carezcan de capacidad, su representacin ante los tribunales y lasautoridades del estado receptor, siempre de acuerdo a sus leyes y reglamentos.

    PRI0ILE!IOS E INMUNIDADES:Estas son menos amplias que los de los agentes diplom-ticos, est-n entrelos que se acuerdan a los agentes diplom-ticos y los que se acuerden a las simples extraneros.se concedenpara facilitar el cumplimiento de la misin.

    1e conformidad con la convencin de Biena !rtculos 7J y 7D son los siguientes"

    /. IN0IOLABILIDAD: en los locales, archivos y documentos consulares donde quiera que seencuentren. !s mismo la valia consular, instrumentos de comunicacin, mensaes en clave,correspondencia oficial, etc.

    7. EXENCIONES FISCALES: los locales consulares y la residencia del efe de oficina consular est-nexentos de impuestos y grav-menes nacionales, regionales y municipales, excepto los pagos porservicios prestados.

    . INMUNIDADES:los funcionarios consulares y los empleados consulares no estar-n sometidos a laurisdiccin de las autoridades udiciales y administrativas del estado receptor por los actoseecutados en el eercicio de las funciones consulares.

    . OBLI!ACIONES:los funcionarios consulares, sus empleados y miembros de su familia tienen laobligacin de honrar los privilegios e inmunidades recibidos, no abusar de los mismos y mucho

    menos utilizarlos para llevar a cabo actos delictivos, eemplo" tr-fico de estupefacientes en valiasdiplom-ticas o consulares.

    I. FACILIDADES:el estado receptor tiene la obligacin de facilitar la adquisicin de locales consulares,residenciales consulares, permitir el uso de la bandera y escudos nacionales del estadorepresentado. =acilitar la entrada y salida de los funcionarios, empleados y familiares.

    TERMINO: +as funciones consulares de los miembros de las misiones terminan por"

    a $or notificacin expresa del estado que enva al estado receptor de que se ha puesto termino a susfunciones.

    b $or revocacin del exequ-tur.c $or notificacin por parte del estado receptor al estado acreditante de que un determinado miembro

    ha cesado de ser considerado como miembro de la misin.d $or fallecimiento del funcionario consular.

    e $or ubilacin, retiro o renuncia.

    A!ENTES CONSULARES AD HONOREM:

    'e les aplica todo lo dicho para los agentes consulares de carrera, con excepcin de los privilegios einmunidades, que no son aplicables a los miembros de su familia; asimismo la inmunidad de urisdiccin noest-n amplia como la de los funcionarios consulares de carrera, ya que si bien es cierto que estos est-nobligados a comparecer a los llamados del tribunal tambi@n es cierto que se debe guardar a los mismo elrespeto y consideracin debidas.

    LA CARRERA DIPLOMATICA:En