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 Asistente en higiene y seguridad laboral Administración del sistema de  prevención del ri esgo UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL  FACULTAD REGIONAL CORDOBA SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA ÁREA TECNOLÓGICA DE EDUCACIÓN VIRTUAL Coordinador General de Educación Virtual: Magíster L eandro D. Torres  CURSO:  A SISTENTE EN HIGIENE Y SEGURIDAD L A BORAL  Módulo: Administración del Sistema de Prevención de Riesgos Tutor: Ing. Víctor Daniel Ré Especialista en Higiene y Seguridad en el Trabajo  

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  • Asistente en higiene y seguridad laboral Administracin del sistema de prevencin del riesgo

    UNIVERSIDAD TECNOLGICA NACIONAL

    FACULTAD REGIONAL CORDOBA

    SECRETARIA DE EXTENSIN UNIVERSITARIA

    REA TECNOLGICA DE EDUCACIN VIRTUAL Coordinador General de Educacin Virtual: Magster Leandro D. Torres

    CURSO: ASISTENTE EN HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL Mdulo: Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos Tutor: Ing. Vctor Daniel R Especialista en Higiene y Seguridad en el Trabajo

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    ANTECEDENTES DEL AUTOR Antecedentes personales: Apellido: R. Nombre: Vctor Daniel. Estudios cursados: Universitario: Universidad Tecnolgica Nacional- Fac. Reg. Crdoba. Titulo obtenido: Ingeniero Metalrgico. Postgrado: Escuela de Cuarto Nivel Acadmico- Universidad Tecnolgica Nacional- Fac. Reg. Crdoba. Titulo obtenido: Especialista en Higiene y Seguridad en el Trabajo. Titulo de Especializacin: Universidad Tecnolgica Nacional- Fac. Reg. Crdoba. Titulo Obtenido: Auditor Ambiental (ISO 14.001) Antecedentes laborales: - Empresa: SARTORIUS ARGENTINA S.A. (Actualmente) Actividad desarrollada: Gerente Comercial Zona Centro - Empresa: AGIP LUBRICANTES S.A. Actividad desarrollada: Gerente Comercial Zona Centro - Empresa: SERVICIOS INTEGRALES S.R.L. Actividad desarrollada: Jefe Operativo para la Provincia de Crdoba. - Empresa: PETROLERA DEL CONOSUR S.A. (Ex Sol Petrleo S.A.) Actividad desarrollada: Representante Comercial. - Empresa: ELF LUBRICANTES ARGENTINA S.A. Actividad desarrollada: Jefe de Zona para las provincias de Crdoba y Cuyo. - Empresa: TEXACO PETROLERA ARGENTINA S.A. Actividad desarrollada: Supervisor de rea, para la provincia de Crdoba, - Empresa: TALLERES METALURGICOS DAMOLI S.R.L. Actividad desarrollada: Jefe de control de calidad. Actualmente Consultor Externo en Higiene y Seguridad en el Trabajo en las siguientes Empresas:

    - Work Place S.A. - Soluciones Corporativas - Officenter Argentina S.A. Oficinas Comerciales

    Ing. Vctor R - 2 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    - Administrar S.A. - Administracin de Consorcios - Crdoba Business Towers - Edificio Inteligente - Molderil S.A. - Fabrica de moldes de papel - Oerlikon Balzers Revestimientos Metlicos LTDA. - Fndales S.R.L. - Fundicin de Aluminio - Cooperativa de Electricidad y otros Servicios Pblicos de

    Berrotaran - COSEME S.A. (Sanatorio Privado Aconcagua- Sanatorio Privado

    Santo Tomas) - Clnica de la Concepcin Privada S.R.L. - Conci Carpinella S.R.L. - Centro de Diagnsticos por Imgenes - MET Medicina Privada S.A.

    Antecedentes Docentes: Unidad acadmica: Universidad Tecnolgica Nacional- Fac. Reg. Crdoba. Ctedra: Mediciones y Ensayos Industriales. 3 ao de Ing. Mecnica. Cargo: Profesor Adjunto. Ctedra: Seguridad, Higiene e Ingeniera Ambiental. 2 ao de Ing. Mecnica. Cargo: Profesor Adjunto. Unidad acadmica: Universidad Tecnolgica Nacional- Fac. Reg. Crdoba.

    Escuela de Cuarto Nivel Acadmico- Carrera de Especializacin de Postgrado en Higiene y Seguridad en el Trabajo

    Modulo: Tareas Rurales 2 ao del Postgrado. Cargo: Profesor Titular Unidad acadmica: Universidad Catlica de Crdoba- Facultad de Ingeniera.

    Cargo: Ex- Secretario Tcnico- Cursos Dictados: Curso: Formacin de Monitores en Higiene y Seguridad en el Trabajo.

    Cargo: Profesor Titular- Curso dictado para el personal de la Empresa Provincial de Energa Elctrica de Crdoba (EPEC) Por la Direccin de Extensin Universitaria de la Universidad Tecnolgica.

    Curso: Higiene, Seguridad y Medioambiente

    Cargo: Profesor Titular Curso dictado para Empleados de la Red de Estaciones de Servicios de (REPSOL/YPF) Por la Direccin de Extensin Universitaria de la Universidad Tecnolgica

    Ing. Vctor R - 3 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    OBJETIVOS ESPECIALES DE ESTE MODULO Los objetivos especficos de este modulo Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos se basan en presentar, cual es la misin fundamental de la Higiene y Seguridad en el Trabajo, planteando como mejorar las Condiciones y Medioambiente Laboral, teniendo como marco aquellos factores que las condicionan. Para ello es de vital importancia conocer cuales son los deberes, derechos y obligaciones de cada una de las partes que se involucran dentro del marco legal regulatorio, tomando siempre como eje principal la Prevencin de los Riesgos relacionados con las distintas Actividades Laborales que se desarrollan en nuestro pas. Definiremos los Accidentes de trabajo, las causas que los provocan y las consecuencias posteriores a la ocurrencia de los mismos, como as tambin, que es una Enfermedad Profesional y los Agresores Higinicos que intervienen cuando estamos en presencia de alguna de ellas.

    Ing. Vctor R - 4 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Hemos definido que los objetivos especficos de este modulo Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos se basan en presentar, cual es la misin fundamental de la Higiene y Seguridad en el Trabajo, planteando como mejorar las Condiciones y Medioambiente Laboral, teniendo como marco aquellos factores que las condicionan. Sin dudas que antes de comenzar a presentar todo lo relacionado con lo que ocurre actualmente en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo, en nuestro pas, debemos hacer un poco de historia sobre como se fueron desarrollando las diversas actividades laborales y su avance en cuanto al Marco Legal existente en cada uno de esos momentos histricos para esa poca, en funcin del desarrollo industrial que ha mantenido la Argentina. En el ao 1886, se crearon Reglamentaciones primitivas vinculadas sobre el trabajo en minera con el advenimiento de esta importante industria en nuestra regin, ya los trabajadores de esa poca comenzaron a alzar sus voces de reclamo, para conseguir mejoras en las condiciones de trabajo a los cuales se vean sometidos. En el ao 1891, se promulga la Ley de Ferrocarriles N 2877, que considera aspectos vinculados con la Higiene y Seguridad. Sin dudas que con la instalacin de los ferrocarriles, trajo aparejado la generacin de muchos puestos de trabajos con sus correspondientes Riesgos, no conocidos para la poca, pero como algunos delos trabajadores que ya se vinculaban con esta actividad, haban trabajado en las minas, o sea ya conocan que se haban marcados lineamientos en materia de Higiene y seguridad, por lo tanto presentaron sus quejas a las compaas y como consecuencia de ello a los gobiernos.. La Ley N 9688 promulgada en el ao 1916 de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, promueve un marco legal relacionado con las condiciones de trabajo para cada una de las tareas que se desarrollaban en esos aos. Y as hasta llegar al ao 1972, que se promulga la Ley N 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, que con sus diversos Decretos Reglamentarios y Resoluciones modificatorias de esta Ley, como ser por ejemplo el Dec. 351/79 o el Dec. 1338/96, creados fundamentalmente para actualizar el marco Legal tanto en general como en particular, en funcin del crecimiento y avance de nuevas tecnologas enmarcadas en cada una de las diversas actividades que se desarrollan a lo largo y ancho de nuestro pas. Acompaando tambin los avances en este tema que se manifiestan en el mundo entero en funcin a cada una de las propuestas superadoras que propone la Organizacin Internacional del Trabajo. Es as entonces que por ejemplo Actividades especificas como la Construccin y el Agro, que tienen un numero muy importante de trabajadores relacionado a cada una de las empresas que la desarrollan, tienen un marco Legal reglamentario especial, con el fin de fijar las pautas necesarias en pos de la Prevencin de los Riesgos especficos de esas actividades, con el fin de

    Ing. Vctor R - 5 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos eliminarlos o reducirlos, siempre con la premisa fundamental de conservar la integridad psicofsica de los trabajadores relacionados.

    Ing. Vctor R - 6 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos MISIN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO La misin fundamental que tiene como objetivo la Higiene y Seguridad, es la de mejorar las condiciones y medioambiente de trabajo. El crecimiento y la diversidad de las Actividades Laborales existentes en nuestro pas, dan lugar a la presencia de Factores de Riesgos, que en algunos casos dependiendo del tipo de actividad, estos Riesgos se potencian, dando lugar a la ocurrencia de Accidentes y Enfermedades Profesionales. Es por ello entonces que todas las personas que se vinculan laboralmente, en las distintas Industrias ya sean Automotrices, Autopartistas, Qumicas, Alimenticias, Agroindustrias, o Actividades como la Construccin y el Agro, la Minera y la Pesca o como los empleados de las distintas Organizaciones Gubernamentales y el Estado, deben conocer y tener presente, que se encuentran expuestos a distintos tipos de Riesgos, que en menor o mayor medida, si estos no estn controlados, pueden potencialmente ser peligrosos para quienes trabajan en cada uno de los puestos de trabajo de las actividades mencionadas. Para que esto no ocurra, es que se debe trabajar para mejorar las condiciones y el medioambiente de trabajo. Cuando hablamos de Condiciones de Seguridad, tenemos que hablar de aquellas vinculadas a las distintas maquinas y equipos, herramientas manuales y motorizadas, que por el solo echo de estar en funcionamiento para realizar las distintas operaciones para las que estn destinadas, intrnsecamente llevan implcito un Riesgos. La falta de seguridad conlleva a la ocurrencia de accidentes en el trabajo, por lo tanto se debern analizar cada una de ellas y proponer las mejoras de Ingeniera que estn al alcance, con el fin de prevenir, reducir, aislar o eliminar los Riesgos de los diferentes puestos de trabajo Tambin debemos analizar las condiciones de Higiene en el Ambiente de trabajo, donde se desarrolla la actividad, no solo el del puesto de trabajo en particular, si no que tambin con el medioambiente que lo rodea, de forma tal que la exposicin a algn contaminante, que pueda afectar al trabajador, puede traer como consecuencia la presencia de una Enfermedad Profesional. Al igual que el anlisis que hacemos para cuando estamos presentes a la falta de seguridad, cuando la higiene no esta controlada, tendremos que actuar de la misma manera. No debemos de dejar de tener en cuenta a la proteccin personal de los trabajadores mediante el usos de equipos especiales, en funcin de cada uno de los puestos de trabajo y al Riesgos al cual se encuentran expuestos. Todas estas condiciones particulares y Riesgos presentes, sern estudiados y analizados en particular en los prximos mdulos que forman parte de este Curso.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO MEJORAR

    CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

    - PARA EVITAR ACCIDENTES DE TRABAJO Y

    ENFERMEDADES PROFESIONALES

    - PARA QUE LA ACTIVIDAD LABORAL SE DESARROLLE CON SEGURIDAD

    MISIN

    Ing. Vctor R - 8 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    C y M.A.T. (CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO)

    FACTORES QUE CONDICIONAN SU MEJORAMIENTO

    HUMANOS

    LEGALES

    $

    ECONOMICOS

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos FACTOR HUMANO Como sabemos y lo venimos planteando desde un comienzo, el echo de analizar y definir, con el fin de mejorar las condiciones y medioambiente de trabajo, tiene como objetivo prioritario la Prevencin de los Riesgos, para de esta forma evitar los accidentes y enfermedades profesionales Se trata de crear una nueva cultura de trabajo, por que un trabajo sin Riesgos nos involucra y compromete a todos: Al Estado, a las Empresas y Organizaciones, a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y en forma particular a cada uno de los Trabajadores quienes son los beneficiarios directos, que ven mejorar cada da, su Calidad de Vida Laboral. Cada uno de estos entes, como as tambin los trabajadores se caracterizan por tener un comn denominador, el ser humano, que es nico e irremplazable, no tiene reposicin, no es una maquina que quedo obsoleta y se puede reemplazar por una de mejor tecnologa, no es un proceso que se puede mejorar con soluciones de ingeniera, no es un edificio que al crecer la empresa se puede agrandar o pasar a uno nuevo adaptable a la nueva estructura de esa Organizacin que creci. Es por ello entonces que se debe tomar conciencia de la real dimensin de una estructura que tiene Riesgos, los cuales se deben controlar, para de esta forma evitar la situaciones incapacitantez que se pueden generar en los trabajadores, como as tambin en terceras personas vinculadas a la organizacin, que oportunamente se encuentren en ella. En este punto es de especial importancia el papel que deben jugar las distintas organizaciones sindicales, puesto que es de vital importancia que ellos desarrollen una actitud de control, debido a que son en primer lugar los defensores directos de sus afiliados, adems la Ley se los exige y promueve que en las negociaciones colectivas, de cada gremio en particular se tengan en cuenta todas las medidas eficazmente realizables, tendientes a mejorar las condiciones laborales de sus representados. Vale la pena remarcar que las Aseguradoras de Riesgos debern informara a la Superintendencia de Riesgos de las situaciones en la que los empleadores no cumplen con lo pautado en materia de Higiene y Seguridad. Como as tambin esta, a travs de las distintas delegaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, deben realizar el papel de polica, para que en situaciones que as lo consideren, puedan llegar a multar a quienes no cumplan con lo pautado y en algunos casos hasta pueden clausurar aquel establecimiento infractor.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    FACTOR HUMANO

    POR QUE PRESERVAR Y CONSERVAR LA SALUD DE QUIENES TRABAJAN EQUIVALE A PRESERVAR Y CONSERVAR SU BIENESTAR FISICO, MENTAL Y SOCIAL.

    POR QUE LAS SECUELAS QUE TESTIMONIAN UN ACCIDENTE

    DE TRABAJO O UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL SON A SU VEZ FSICAS Y PSQUICAS, Y NO SON PERTENENCIA EXCLUSIVA DEL ACCIDENTADO, SINO QUE TAMBIEN ES DEL NCLEO FAMILIAR QUE LO RODEA Y DE LA SOCIEDAD QUE LO COBIJA.

    POR QUE EL SER HUMANO ES UNICO E IRREEMPLAZBLE, NO

    TIENE REPOSICIN.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos FACTOR LEGAL Tal cual lo venimos mencionando, desde el inicio de este modulo, existe un Marco Legal, que se manifiesta desde los comienzos de las actividades laborales legalmente reconocidas. A travs de los aos y con el devenir de las nuevas Industrias, nuevas tecnologas y tambin con el surgimiento de las Organizaciones Sindicales, se fueron sucediendo una serie de Leyes y Reglamentaciones, a medida de lo que ocurra en los tiempos, donde las luchas sindicales jugaron un papel fundamental inclusive en lo vinculado a la Higiene y Seguridad, hasta la llegada en el ao 1972 de la Ley N 19587, Ley de Higiene y Seguridad del Trabajo. Esta Ley determina las condiciones de Higiene y Seguridad que debe cumplir cualquier actividad industrial a nivel nacional, como as tambin todos los establecimientos, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sea la naturaleza econmica de las actividades y el medio donde estas se ejecuten. Esta reglamentada por el decreto 351/79 y sus posteriores modificaciones, siendo las principales el 1338/96. A su vez, establece la obligacin de contar con Servicio de Higiene y Seguridad y Medicina Laboral, a travs de Profesionales competentes en Seguridad e Medicina Laboral. Estos dependiendo del tipo, magnitud y cantidad de empleados del establecimiento, podr contar con servicios internos o externos, los que son fijados en este caso por el mencionado Dec. Reglamentario N 1338/96 En lneas generales las condiciones de seguridad que se deben cumplimentar, y que el servicio de Seguridad, Higiene y Medicina Laboral, a travs de su asesoramiento, debe controlar con visitas peridicas y mediciones en planta, se encuentran relacionadas bsicamente con todo lo relacionado a cada una de las actividades laborales que se desarrollan en cada uno de los locales industriales o comerciales que desarrollen trabajos y en donde se vincule algn trabajador.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    FACTOR LEGAL

    EXISTEN LEYES QUE CONTROLAN LAS CONDICIONES DE TRABAJO LEY DE HIGIENE Y LEY DE RIESGOSSEGURIDAD EN EL DEL TRABAJO TRABAJO N 19.587 N 24.557

    LEGISLACIN LABORAL EN MATERIA DE

    HIGIENE Y SEGURIDAD

    Ing. Vctor R - 13 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos LEY DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO N 19587

    ESTABLECE

    COMPROMISOS

    DE LA EMPRESA DEL TRABAJADOR Es un conjunto de Principios Bsicos y Normas Fundamentales, las que tienen como finalidad: Eliminar o reducir las Condiciones Peligrosas y Riesgos que

    los determinan; en todos los establecimientos Fabriles y/o Comerciales, sin importar que persigan o no el lucro mediante su actividad.

    Proteger y preservar la integridad psico-fsica de todos los

    trabajadores. Prevenir, ejerciendo una efectiva Accin Educativa en beneficio

    de la salud de todos los Trabajadores y del Medioambiente. Mejorar el Medioambiente de Trabajo, en beneficio de todos los

    que se relacionan con l.

    Ing. Vctor R - 14 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos QUE NORMATIZA EL DECRETO 351/79 ? La conformidad de servicios de:

    a) HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

    b) MEDICINA DEL TRABAJO Como ya habamos comentado anteriormente , estos servicios, solo pueden ser prestados por profesionales habilitados para tal fin, los mismos son mencionados en le Dec. Reg. N 1138/96. que ser tema de estudio en el Modulo denominado Marco Legal Las Condiciones de Higiene en los ambientes de Trabajo:

    - Carga Trmica - Ventilacin - Contaminacin Ambiental - Iluminacin - Ruidos y Vibraciones - Radiaciones Peligrosas

    Las Condiciones de Seguridad de las mquinas y herramientas

    en los mbitos de Trabajo: - Riesgo Elctrico - Riesgo Mecnico - Proteccin Contra Incendio - Aparatos que desarrollan presin interna

    Establece la participacin activa de todos los servicios en el

    desarrollo de nuevos proyectos de Construccin, Ampliacin, Mejora, etc., que se realice en un establecimiento fabril y/o comercial, con el fin de prevenir las condiciones de higiene y seguridad de los mismos.

    Desarrollo de Cursos de Capacitacin para el personal, sobre

    todo lo relacionado con lo que estipula la ley. Ing. Vctor R - 15 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    PARA QUE SE CONTROLA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY ?

    PRODUCCIN ACCIDENTES

    Porque de esta manera se contribuye al mejoramiento de las CONDICIONES Y MEDIOAMBIENTE DE TRABAJO a travs de la promocin de acciones especificas en los diferentes niveles y con la participacin de todos los sectores, directa o indirectamente interesados en el tema.

    En beneficio del Trabajador que ve mejorar las

    CONDICIONES Y MEDIOAMBIENTE DE TRABAJO.

    En beneficio del Empresario que ve disminuir las tasas de accidentes y los costos indirectos.

    Ing. Vctor R - 16 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO N 24557 En 1995 se incorpora una nueva ley que modifica en parte a la 19.587, que es la 24.557, denominada de Riesgo del Trabajo, modificada por el decreto 1278/00, que tiene por objetivos: NORMATIVA APLICABLE: La prevencin de Riesgos y la Reparacin de los daos derivados del trabajo se regirn por esta L.R.T. y sus normas reglamentarias OBJETIVOS DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO ( L.R.T.)

    a) Reducir la siniestralidad laboral a travs de la prevencin de los riesgos derivados del trabajo.

    b) Reparar los daos derivados de accidentes del trabajo y de

    enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitacin del trabajador damnificado.

    c) Promover la recalificacin y recolocacin de los trabajadores

    damnificados.

    d) Promover la negociacin colectiva laboral para las mejoras de las medidas de prevencin y las prestaciones reparadoras.

    Ing. Vctor R - 17 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    OBJETIVO

    REDUCIR LA SINIESTRALIDAD A TRAVES DE LA PREVENCIN DE LOS RIESGOS DERIVADOS DEL

    TRABAJO

    OBLIGACIONES DE LAS PARTES

    Los Trabajadores y los Empleadores comprendidos en el mbito de la LRT, as como la ART estn obligados a adoptar medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo. Los contratos entre la ART y los Empleadores incorporarn un Plan de Mejoramiento de las condiciones de Higiene y Seguridad

    Ing. Vctor R - 18 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    AMBITO DE APLICACION El mbito de aplicacin es de esta Ley es el siguiente:

    a) Funcionarios y empleados del sector pblico nacional, provincial y municipal.

    b) Trabajadores en relacin de dependencia del sector privado.

    c) Personas obligadas a prestar un servicio de carga pblica.

    d) El Poder Ejecutivo podr incluir a los trabajadores domsticos,

    autnomos y bomberos voluntarios.

    Genera un seguro obligatorio o autoseguro, de riesgo de los trabajos que

    realicen.

    Los empleadores se podrn autoasegurar, siempre y cuando acrediten con la

    periodicidad que fija la reglamentacin:

    a) Solvencia econmico-financiera.

    b) Garanticen los servicios necesarios para otorgar las prestaciones de

    asistencia mdica y las dems previstas en el artculo 20 de esta Ley.

    Quienes no acrediten los puntos anteriores debern asegurarse

    obligatoriamente en una "Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) de su libre eleccin.

    OTROS ASPECTOS QUE TIENE EN CUENTA SON: Prevencin de los Riesgos del Trabajo. Los empleadores y trabajadores comprendidos en el mbito de la Ley de

    Riesgos del Trabajo, as como las ART estn obligados a adoptar las medidas

    previstas para prevenir eficazmente los Riesgos del Trabajo. Se deben asumir

    compromisos para cumplir con las normas de Higiene y Seguridad en el

    Trabajo (Ley 19587).

    Se estipula la necesidad de implementar un Plan de Mejoramiento de las

    condiciones de Higiene y Seguridad que debieron cumplirse en su totalidad al

    31 de diciembre de 1998.

    Actualmente las modificaciones resultantes formaron parte del Plan de

    Reduccin de Siniestralidad (PRS).

    Ing. Vctor R - 19 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos Las ART controlarn la ejecucin de estos planes, y est obligada a denunciar

    los incumplimientos a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo

    Contingencias y situaciones cubiertas. Accidente de Trabajo: todo acontecimiento sbito y violento, ocurrido por el

    hecho o en ocasin de trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del

    trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere

    interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al mismo. El

    trabajador deber declarar por escrito ante el empleador el cambio de

    domicilio, y este a la aseguradora dentro de las 72 hs, que el itinere se

    modifica.

    Enfermedades Profesionales Son aquellas enfermedades que se encuentran incluidas en el listado de enfermedades profesionales

    comprendidas en el Decreto 658/96. Dicho listado identifica el agente de

    riesgo, las manifestaciones clnicas y actividades de exposicin. Las

    enfermedades no incluidas en el listado, como sus consecuencias, podrn

    ser estudiadas (Decreto 1278/00), para determinar su ndole profesional o

    no (siendo una de las condiciones que para que sea enfermedad

    profesional no puede haber otra causa ms que la exposicin al agente de

    riesgo para poder declararla como tal).

    Exclusiones: Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales causadas por dolo del trabajador o por fuerza mayor al trabajo; Las

    incapacidades preexistentes a la iniciacin de la relacin laboral y

    acreditados en el examen preocupacional efectuado segn las pautas

    establecidas por la autoridad de aplicacin.

    Incapacidad Laboral Temporaria (ILT): Existe ILT cuando el dao sufrido por el trabajador le impida temporariamente la realizacin de sus tareas

    habituales. Cesa por: Alta mdica; Declaracin de Incapacidad Laboral

    Permanente; Transcurso de un ao desde la primera manifestacin

    invalidante; Muerte del damnificado

    Incapacidad Laboral Permanente (ILP)

    Ing. Vctor R - 20 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    Prestaciones dinerarias: Gozan de las franquicias y privilegios de los crditos por alimentos, son,

    adems, irrenunciables, no pueden ser cedidas ni enajenadas. Estn

    establecidas en la ley, son ajustables y pueden ser modificadas por el Poder

    Ejecutivo nacional.

    Modificaciones a la Ley: Prestaciones en especie que debe brindar la ART al trabajador que sufran

    alguna de las contingencias previstas son:

    Asistencia mdica y farmacutica; Prtesis y ortopedia; Rehabilitacin;

    Recalificacin profesional; Servicios funerarios. Y debern otorgarse a los

    damnificados hasta su curacin completa o mientras subsistan los sntomas

    inhabilitantes de acuerdo a como lo determina la reglamentacin.

    Determinacin y revisin de las incapacidades: Las Comisiones Mdicas sern las encargadas de determinar: La naturaleza

    del accidente enfermedad o laboral; El carcter y grado de incapacidad; El

    contenido y alcance de las prestaciones en especie; e interviene en las

    discrepancia que pudiera surgir.

    Ing. Vctor R - 21 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO

    Promover la Prevencin informando a la SRT acerca de Planes de Mejoramiento y Programas exigidos a las empresas

    Mantener un Registro de Siniestralidad por establecimiento Denunciar ante la SRT los incumplimientos de sus afiliados de

    las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo incluido el Plan de Reduccin de Siniestralidad

    Asesorar en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo Tendr acceso a la informacin necesaria para cumplir con las

    prestaciones de la Ley de Riesgos del Trabajo. No podrn fijar cuotas en violacin a las normas de la Ley de

    Riesgos del Trabajo, ni destinar recursos a objetos distintos a los previstos por la Ley.

    No podrn realizar exmenes psicofsicos a los trabajadores, con carcter previo a la celebracin de un Contrato de afiliacin.

    DE LOS EMPLEADORES

    Recibir informacin de la ART respecto al rgimen de alcuotas y de las prestaciones, as como Asesoramiento en materia de Higiene y Seguridad

    Cumplir con las normas de Higiene y Seguridad incluyendo el Plan de Reduccin de Siniestralidad

    Mantener un Registro de Siniestralidad por establecimiento

    Notificarn a los trabajadores acerca de la identidad de la ART a la que se encuentran afiliados.

    Denunciarn a la ART y a la SRT los accidentes y enfermedades profesionales que se produzcan en su establecimiento

    Ing. Vctor R - 22 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos DE LOS TRABAJADORES

    Recibir de su empleador la informacin y capacitacin en materia de prevencin de riesgos, debiendo participar en las acciones preventivas

    Cumplir con las normas de Higiene y Seguridad incluidas en el Plan de Mejoramiento, as como con las medidas de Recalificacin Profesional

    Informar al empleador los hechos que conozcan relacionados con los Riesgos del Trabajo

    Denunciar ante el empleador los Accidentes y Enfermedades Profesionales

    Se sometern a los exmenes mdicos y a los tratamientos de rehabilitacin

    FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT): Tendr las siguientes funciones:

    a) Controlar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo

    pudiendo dictar las disposiciones complementarias que resulten de

    delegaciones de la ley o de los Decretos reglamentarios;

    b) Supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las ART;

    c) Imponer las sanciones previstas en la ley;

    d) Requerir la informacin necesaria para el cumplimiento de sus

    competencias, pudiendo peticionar rdenes de allanamiento y el auxilio de la

    fuerza pblica; e) Dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio,

    gestionar el Fondo de Garanta, determinar su estructura organizativa y su

    rgimen interno de gestin de recursos humanos;

    f) Mantener el Registro Nacional de Incapacidades Laborales en el cual se

    registrarn los datos identifica torios del damnificado y su empresa, poca del

    infortunio, prestaciones abonadas, incapacidades reclamadas, y adems,

    deber elaborar ndices de siniestralidad;

    g) Supervisar y fiscalizar a las empresas auto aseguradas y el cumplimiento de

    las normas de higiene y seguridad del trabajo en ellas

    Ing. Vctor R - 23 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos Las prestaciones de la ley eximen a los empleadores de toda responsabilidad

    civil, frente a sus trabajadores y a los derechohabientes de stos, con la sola

    excepcin de la derivada del artculo 1072 del Cdigo Civil.

    En este caso, el damnificado o sus derechohabientes podrn reclamar la

    reparacin de los daos y perjuicios, de acuerdo a las normas del Cdigo Civil.

    Sin perjuicio de la accin civil del prrafo anterior el damnificado tendr

    derecho a las prestaciones de la ley a cargo de las ART o de los

    autoasegurados.

    Si alguna de las contingencias previstas en el artculo 6 de la ley hubieran

    sido causadas por un tercero, el damnificado o sus derechohabientes podrn

    reclamar del responsable la reparacin de los daos y perjuicios que pudieren

    corresponderle de acuerdo con las normas del Cdigo Civil, de las que se

    deducir el valor de las prestaciones que haya percibido o deba recibir de la

    ART o del empleador autoasegurado.

    En los supuestos de los apartados anteriores, la ART o el empleador

    autoasegurado, segn corresponda, estn obligados a otorgar al damnificado o

    a sus derechohabientes la totalidad de las prestaciones prescriptas en la ley,

    pero podrn repetir del responsable del dao causado el valor de las que

    hubieran abonado, otorgado o contratado

    RESPONSABILIDAD CIVIL DEL EMPLEADOR Las prestaciones de la ley eximen a los empleadores de toda responsabilidad

    civil, frente a sus trabajadores y a los derechohabientes de stos, con la sola

    excepcin de la derivada del artculo 1072 del Cdigo Civil.

    En este caso, el damnificado o sus derechohabientes podrn reclamar la

    reparacin de los daos y perjuicios, de acuerdo a las normas del Cdigo Civil.

    Sin perjuicio de la accin civil del prrafo anterior el damnificado tendr derecho

    a las prestaciones de la ley a cargo de las ART o de los autoasegurados.

    Si alguna de las contingencias previstas en el artculo 6 de la ley hubieran sido

    causadas por un tercero, el damnificado o sus derechohabientes podrn

    reclamar del responsable la reparacin de los daos y perjuicios que pudieren

    corresponderle de acuerdo con las normas del Cdigo Civil, de las que se

    Ing. Vctor R - 24 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos deducir el valor de las prestaciones que haya percibido o deba recibir de la

    ART o del empleador autoasegurado.

    En los supuestos de los apartados anteriores, la ART o el empleador

    autoasegurado, segn corresponda, estn obligados a otorgar al damnificado o

    a sus derechohabientes la totalidad de las prestaciones prescriptas en la ley,

    pero podrn repetir del responsable del dao causado el valor de las que

    hubieran abonado, otorgado o contratado

    Ing. Vctor R - 25 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos ACCIDENTES: CLASIFICACIN Y TRATAMIENTO.

    Para entender alguno de los temas tratados a continuacin es conveniente

    realizar las siguientes definiciones: SALUD: Es el estado de completo bienestar fsico, mental y social, no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades es el derecho humano

    fundamental y que el logro del grado mas alto posible de salud es un objeto

    social, para cuya realizacin exige la intervencin de muchos otros sectores

    sociales y econmicos, adems del de la salud.

    RIESGO: Es la probabilidad que ante un determinado peligro se produzca un cierto dao derivado del trabajo, pudiendo por ello cuantificarse.

    PELIGRO: Es todo aquello que puede producir un dao o deterioro de la salud del trabajador.

    DAO: Cualquier lesin que sufra el trabajador en el trabajo o a consecuencia del mismo.

    ACCIDENTE: Es todo hecho no previsto dentro de un proceso y del cual puede resultar una lesin, perdida de equipos, materiales o simplemente

    prdida de tiempo.

    INCIDENTE: Suceso del que no se producen daos o estos no son significativos, pero que ponen de manifiesto la evidencia de riesgos derivados

    del trabajo.

    SINIESTRO: Suceso del que se derivan daos significativos a las personas o bienes, o deterioro del proceso de produccin.

    Si bien el incidente no produce lesiones ni daos, s ocasiona prdidas de

    tiempo. Los incidentes son importantes por su frecuencia. En la siguiente figura

    se muestra que por cada accidente con lesin incapacitante ocurren 600

    incidentes:

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    EL concepto de accidente de trabajo ha ido variando a medida que se

    producen los cambios tecnolgicos.

    En 1959 Heinrich define accidente de trabajo como un evento no planeado ni

    controlado, en el cual la accin ,o reaccin de un objeto sustancia , persona o

    radiacin ,resulta en lesin o probabilidad de lesin.

    Blake separa el concepto de accidente del de lesin, para l Es una secuencia

    no planeada ni buscada ,que interfiere o interrumpe la actividad laboral.

    Johnson define accidente como Una transferencia indeseada de energa o

    una interferencia a una transferencia deseada ,debido a la falta de barreras o

    controles que producen lesiones ,perdidas de bienes o interfieren en procesos,

    precedidos de secuencias de errores de planeamiento y operacin los cuales

    o:

    no se adaptan a cambios en factores fsicos o humanos. producen condiciones y/ o actos inseguros, provenientes del riesgo de la

    actividad, que interrumpen o degradan la misma.

    La Ley lo define como todo acontecimiento sbito y violento, ocurrido por el

    hecho o en ocasin de trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador

    y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido

    o alterado dicho trayecto por causas ajenas al mismo.

    CAUSAS DE ACCIDENTES Heinrich plantea que el accidente y consecuentemente la lesin son causados por alguna cosa anterior al accidente en si. Donde se encuentra un hombre,

    todo accidente es causado, nunca acontece.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos Es causado porque el hombre no se encontraba debidamente preparado y

    comete diversos tipos de actos inseguros, o existen condiciones inseguras que

    comprometen a seguridad del trabajador.

    Por tanto los actos y condiciones inseguras, constituyen el factor principal de la

    causa de accidentes.

    Todas las personas tienen los rasgos negativos de su personalidad, que

    generan fallas en el comportamiento durante el trabajo, que pueden generar

    actos inseguros y condiciones inseguras, las cuales podarn llevar al accidente

    y lesiones,

    Considerndose que es impracticable modificar radicalmente la personalidad

    de todos los que trabajan, de tal forma de evitar las fallas humanas en el

    trabajo, se debe procurar eliminar las causas de accidentes, sin que haya

    preocupacin en modificar la personalidad de quien quiera que sea, por lo

    tanto, se debe buscar la eliminacin tanto de las condiciones inseguras, a

    pesar de cualquier otro trazo negativos de la personalidad de administradores

    o supervisores como tambin, se debe procurar que los operarios, a pesar de

    temerosos, desobedientes, temerarios, irracionales, no practiquen actos

    inseguros, lo que se puede conseguir a travs da creacin de los mismos, la

    conciencia de seguridad, de tal forma que la prctica da seguridad, en sus

    vidas, se transforme en un verdadero hbito.

    CARACTERSTICAS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO

    Inicio brusco. Inesperado o imprevisible. Violento. Sbito, rpido. La exposicin a la agresin es corta. La resistencia del individuo es poco importante.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos TIPOS DE RIESGOS LABORALES Los riesgos laborales los podemos agrupar de la siguiente manera:

    RIESGOS ESPECULATIVOS: Aquellos que impulsan a la accin de emprender, pudiendo derivar en prdidas o en ganancias.

    RIESGOS PUROS: Aquellos que caen en el mbito de la seguridad; ocasionando necesariamente prdidas, nunca ganancias y pueden ser:

    INHERENTES: Son intrnsecos del objeto; por lo tanto no se pueden eliminar.

    AGREGADOS: No tienen que ver con el fin o utilidad que persigue el objeto.

    Ing. Vctor R - 29 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    ACCIDENTE DE TRABAJO

    Acontecimiento sbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasin del trabajo, o en el trayecto entre

    el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere

    interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo

    POR QUE SE PRODUCEN LOS ACCIDENTES ?

    Por la aparicin de ciertas causas que se conjugan en el

    mismo tiempo y espacio

    CONDICION PELIGROSA ACTO INSEGURO FACTOR CONTRIBUYENTE

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    CONDICION PELIGROSA

    Aquella causa que es imputable a una falla, defecto, u omisin, relacionada con una mquina, equipo o con el lugar de trabajo; cuya presencia hace que ocurra un accidente de trabajo, estas comprenden aspectos Mecnicos, Fsicos, Qumicos, Biolgicos, del medio ambiente y personales. Las mismas son las siguientes:

    Protecciones y resguardos inadecuados o inexistentes. Falta de equipo de proteccin personal o inadecuados. Herramientas y equipos defectuosos o inadecuados. Sealizacin inadecuada, defectuosa o inexistente. Construccin insegura, hacinamiento. Orden y limpieza deficiente en el lugar de trabajo. Vestimenta de trabajo inadecuada o defectuosa. Otras condiciones peligrosas.

    ACTO INSEGURO

    Aquella causa en la cual el accidente se produce por un error humano consciente o no, es decir el aporte que por desconocimiento, distraccin, desafo o exceso de autoconfianza del trabajador origina el accidente. Aqu hay que hacer hincapi en la Falla en la conducta de los Individuos que al no cumplir con los Requisitos de Normas de Seguridad y/o prcticas seguras comnmente aceptadas, aumentan innecesariamente la probabilidad que el accidente ocurra. Estos los podemos resumir en los siguientes:

    Trabajos, operaciones, etc., sin autorizacin Forma defectuosa o insegura de cargar, apilar, mezclar,

    almacenar, levantar y llevar pesos. Operaciones a velocidades inadecuadas. Mal empleo del diseo de seguridad. Adoptar posiciones

    inseguras y defectuosas. Empleo inadecuado de herramientas, equipos,

    materiales, vehculos, etc. Ajustar, limpiar, arreglar, llenar mquinas en

    movimiento.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    Falta de atencin en el trabajo u ocasionar incomodidad a otros.

    Empleo de herramientas, equipos, materiales, vehculos inseguros y/o defectuosos.

    No uso, o uso inadecuado de equipos de proteccin personal.

    Otros actos inseguros.

    FACTOR CONTRIBUYENTE

    Se trata de un factor agravante, consciente o no, agradable o no, que confluye a que el accidente posea una mayor probabilidad de ocurrencia, en esto se involucra, que se debe poseer la capacitacin para la realizacin segura de tareas, adecuacin de estas a las caractersticas personales, y no asumir actitudes improcedentes. Estos los podramos resumir a lo siguiente:

    Incumplimiento de instrucciones de seguridad. Defectos fsicos y/o psquicos. Falta de experiencia, habilidad o entrenamiento. Exposicin innecesaria al peligro. Embriaguez. Otros factores.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    SEGURIDAD EN EL TRABAJO

    RIESGOS DE SEGURIDAD

    DISCIPLINA QUE SE OCUPA DE PREVENIR LOS ACCIDENTES DE

    TRABAJO

    ELCTRICOS MECNICOS APARATOS SOMETIDOS A PRESION MAQUINAS Y HERRAMIENTAS INCENDIO TRANSPORTE MANUAL DE CARGAS TRASPORTE MECANICO DE CARGAS CAIDAS DE ALTURA O DEL MISMO NIVEL

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos ENFERMEDADES PROFESIONALES Como ya habamos mencionados, las Enfermedades Profesionales en nuestro pas, son aquellas enfermedades que se encuentran incluidas en el listado de enfermedades profesionales comprendidas en el Decreto 658/96. Dicho listado identifica el agente de riesgo, las manifestaciones clnicas y actividades de exposicin. Las enfermedades no incluidas en el listado, como sus consecuencias, podrn ser estudiadas (Decreto 1278/00), para determinar su ndole profesional o no (siendo una de las condiciones que para que sea enfermedad profesional no puede haber otra causa ms que la exposicin al agente de riesgo para poder declararla como tal). Esto implica que en algunas situaciones, se podrn presentar cuestionamientos debido a que se podra tomara alguna enfermedad como causante del trabajo, situacin que deber ser resuelta por la Comisiones Medicas, creadas por la LRT, quienes se encargaran de definir, segn la naturaleza de la lesin y las condiciones laborales existentes en el puesto de trabajo del damnificado. A continuacin se presenta un cuadro que identifica los distintos tipos de enfermedades laborales, que luego sern tratadas en particular en otro modulo de este curso.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    ENFERMEDAD PROFESIONAL

    Aquellas que se encuentran incluidas en un listado que elabora y actualiza anualmente el Poder Ejecutivo y que dependen del: Tipo de

    Riesgo, Agente contaminante y Tarea que realiza el trabajador

    HIGIENE INDUSTRIAL

    DISCIPLINA QUE SE OCUPA DE PREVENIR LA APARICION DE

    ENFERMEDADES PROFESIONALES

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos

    AGRESORES HIGINICOS

    FISICOS Calor Ruido Vibraciones Iluminacin Radiaciones

    QUIMICOS Partculas Vapores Gases Aerosoles Humos Nieblas

    BIOLOGICOS Virus Bacterias Hongos

    DOSIS PELIGROSA

    Exposicin de los trabajadores a niveles de contaminantes que, durante un perodo prolongado pueden derivar en una

    enfermedad profesional

    DOSIS = CONCENTRACIN X TIEMPO

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos COSTO DE LOS ACCIDENTES Cada uno de los accidentes ocurridos, teniendo presente la naturaleza de la lesin, puede ser examinado bajo el punto de vista macroeconmico del problema de la seguridad en nuestro pas, y a travs de una percepcin microeconmica. El primer enfoque viene determinado por los esfuerzos invertidos por un pas en la prevencin y proteccin de accidentes y enfermedades profesionales. El segundo anlisis, es aquel que tiene en cuenta el costo de los accidentes de trabajo para la empresa y tiene tres consideraciones: humana, econmica y de orden interno. Llegamos pues a la conclusin de que deben merituarse las consecuencias econmicas de los accidentes de trabajo, ya que estos no slo traen aparejados los llamados costos directos (pago de salarios, indemnizaciones, gastos mdicos, gastos por fallecimiento, etc.), sino tambin los costos indirectos u ocultos (suspensin de la produccin por el accidente, prdidas de materiales o productos, reparacin de equipos o herramientas daados en el accidente, entrenamiento de un nuevo operario para que reemplace al accidentado, etc.) Debe destacarse que mientras que los costos directos son absorbidos por los seguros, no ocurre lo mismo con los costos indirectos, que son soportados por la empresa y que generalmente son mucho mayores que los costos directos.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos Para hacer una evaluacin de los costos de los accidentes de trabajo existen varios mtodos, de los cuales hemos seleccionado el mas sencillo, a los fines de entender los mismos.

    Mtodo de Heinrich. Es el primer mtodo de valoracin de costos de accidentes de trabajo que aparece y fue definido por el norteamericano H. W. Heinrich, quien establece una clasificacin de los costos directos e indirectos. La representacin grfica que hace Heinrich, sobre una de sus primeras conclusiones, consiste en el iceberg, que ilustra sobre el reparto de los costos de los accidentes. Los costos que se ven, los directos, son relativamente pequeos, los gastos que no se ven, los indirectos, son los ms importantes. Como ya dijimos el Mtodo de Heinrich clasifica los costos en directos e indirectos y los costos totales seran la suma de ambos: CT= CD + CI Siendo CT= Costo Total. CD= Costos directos. CI= Costos indirectos. Los costos directos estn compuestos por: indemnizaciones, salarios, gastos mdicos, primas de seguros, farmacia, etc. Los gastos indirectos los forman aquellos desembolsos que no representan un hecho concreto, por ejemplo, cargas sociales de la indemnizacin por salarios, tiempo perdido por los accidentes, dedicacin a prestar ayuda, comentario de lo ocurrido, investigacin del accidente, posibles daos a equipos y herramientas, tiempo que la maquinaria estar fuera de servicio por reparaciones, prdidas de materiales y productos terminados, etc. Heinrich ha deducido, que por lo general, los costos totales son iguales a cinco veces los costos directos. Tambin concluye que los costos de los accidentes son funcin del tamao de la empresa y la actividad que desarrolla. Debido a lo difcil que resulta defender una exactitud entre costos directos e indirectos, estos vocablos han sido sustituidos por otros ms claros, como costos asegurados y costos no asegurados. Ambos los podemos identificara en la figura que presentamos a continuacin y que asemejamos a la teora del Iceberg, siendo los asegurados, aquellos que podemos visualizar por arriba de la superficie y los no asegurados, todos aquellos que estn ocultos debajo de esta.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos INVESTIGACIN DE ACCIDENTES Los principales Objetivos dela Investigacin delos Accidentes son:

    Descubrir y corregir las causas (actos y/o condiciones inseguras) que produjeron los accidentes, a fin de evitar que vuelvan a suceder por los mismos motivos.

    Obtener estadsticas, ya que estas son indispensables para controlar el estado de seguridad de la empresa y planificar los estudios de los medios de prevencin

    El primer objetivo se logra:

    A. Investigando minuciosamente el accidente para descubrir sus causas. Se puede decir que la causa de un accidente es aquel factor que corregido a tiempo hubiera evitado el accidente.

    B. Responsabilizando los asuntos determinados en las personas.

    C. Corrigiendo, la persona o personas responsables, la causa del

    accidente.

    D. Informando los accidentes segn el sector donde ocurrieron y las causas que lo originaron, para localizar las reas que requieren mayor atencin, por presentar stas un elevado nmero de accidentes.

    E. Analizando las acciones correctivas ms convenientes y dnde

    han de ser aplicadas. El segundo objetivo de la investigacin es la obtencin de datos para realizar las estadsticas de accidentabilidad de la empresa.

    La investigacin est constituida por una estructura sistemtica que finaliza con una resea formal de los procedimientos y con un informe de los resultados. La investigacin de los accidentes es una tcnica preventiva universalmente empleada. Es la tcnica que aprovecha la experiencia que puede sacarse de los errores, con la finalidad de no volverlos a repetir. El tratamiento estadstico de los datos nos proporciona informacin sobre el dnde, cundo y cuntos accidentes se producen, pero no informa sobre el por qu ocurren, o sea sobre causa de los accidentes. La meta final de la investigacin de los accidentes es la determinacin digna de crdito de las causas reales del accidente, den gran utilidad para la prevencin de situaciones similares.

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  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos En resumen, podemos decir que las fases ms importantes para la investigacin de los accidentes son:

    Primera Fase: Constatacin de lesiones, agentes reales. Indicacin de los equipos, mquinas, herramientas, sustancias, etc., que produjeron tales lesiones, as como otros datos significativos.

    Segunda Fase: Descripcin del accidente. Relacin de antecedentes,

    circunstancias, condiciones que estaban presentes cuando se produjo el accidente.

    Tercera Fase: Anlisis de las causas. Seleccin de factores, que

    introducidos o modificados hubieran hecho no viable el accidente.

    Cuarta Fase: Medidas preventivas. Propuestas concretas a nivel tcnico o de organizacin.

    En la Fig. siguiente se muestra un Plan de Prevencin de Accidentes que surge de una investigacin seria y detallada de los mismos. Para realizar estas investigaciones, el encargado de la seguridad de la empresa cuenta con distintos tipos de tablas, listas de chequeo y formularios (naturaleza de la lesin, parte del cuerpo lesionada, clase de accidente, agente de accidente, etc.), que se deben completar cuando ocurre algn accidente y de los datos de all surgirn las acciones ms convenientes. Toda esta informacin se puede comparar con las Estadsticas que genera la SUPERINTENDENCIA DE RISGIOS DEL TRABAJO, en donde se vuelca lo informado por las empresas a las ART y esta luego a la SRT a lo largo de todo un ao calendario, por ejemplo, en estos momentos tenemos disponibles en su pagina web, todos los accidentes registrados y ocurridos para la totalidad de trabajadores legalmente registrados en la Republica Argentina. Separados por tipo de actividad, naturaleza de la lesin, cantidad de horas hombre perdidos, etc.

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    Ing. Vctor R - 44 -

  • Administracin del Sistema de Prevencin de Riesgos BIBLIOGRAFA

    Superior Gobierno de la Nacin, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Ley Nacional N 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Decreto Reglamentario N 351/79, Editorial La Caada, Crdoba 2000

    Superior Gobierno de la Nacin, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Ley de Riesgos del Trabajo Ley N 24.557, Decretos Reglamentarios y laudo 465/96 Editorial La Caada, Crdoba 2000

    Superintendencia de Riesgos de la nacin, Decretos, Resoluciones, Informes y Estadsticas

    Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de Espaa. Nota Tcnica Practica N 330: Sistema Simplificado de Evaluacin de Riesgos de Accidentes. Documento On Line, 2002

    Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de Espaa. Nota Tcnica Practica N 472: Aspectos Econmicos de la Prevencin de Riesgos Laborales. Documento On Line, 2002

    Instituto Argentino de Normalizacin (IRAM) IRAM 3800 Sistema de Gestin de Seguridad y Saludo Ocupacional: Requisitos: Buenos Aires, 1998

    Instituto Argentino de Normalizacin (IRAM) IRAM 3801 Sistema de Gestin de Seguridad y Saludo Ocupacional: Gua de aplicacin: Buenos Aires, 1998

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    REA TECNOLGICA DE EDUCACIN VIRTUALCoordinador General de Educacin Virtual:Magster Leandro D. TorresASISTENTE EN HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL

    Postgrado: Escuela de Cuarto Nivel Acadmico- Universidad TeOBJETIVOS ESPECIALES DE ESTE MODULOHIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJOMISIN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJOLEGALES

    FACTOR HUMANOFACTOR LEGALDE LA EMPRESA DEL TRABAJADOR

    QUE NORMATIZA EL DECRETO 351/79 ? PARA QUE SE CONTROLA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY ?

    LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO N 24557OBJETIVOS DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO ( L.R.T.)OBJETIVO

    DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONESDE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJODE LOS EMPLEADORESDE LOS TRABAJADORES

    EL concepto de accidente de trabajo ha ido variando a medidaEn 1959 Heinrich define accidente de trabajo como un eventoBlake separa el concepto de accidente del de lesin, para lJohnson define accidente como Una transferencia indeseada dno se adaptan a cambios en factores fsicos o humanos.producen condiciones y/ o actos inseguros, provenientes del CAUSAS DE ACCIDENTESCARACTERSTICAS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJOTIPOS DE RIESGOS LABORALESACCIDENTE DE TRABAJO POR QUE SE PRODUCEN LOS ACCIDENTES ?

    CONDICION PELIGROSAACTO INSEGUROFACTOR CONTRIBUYENTERIESGOS DE SEGURIDAD