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    Sociedad Peruana de Derecho AmbientalLima, junio de 2012

    LA PEQUEA MINERAY

    LA MINERA ARTESANAL

    MANUAL PARA ENTENDER

    Y LOS DECRETOS LEGISLATIVOS VINCULADOSA LA MINERA ILEGAL

    Csar A. Ipenza Peralta

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    5SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL

    PRLOGO ................................................................................................................................................ 09

    INTRODUCCIN ....................................................................................................................................... 13

    SIGLAS Y ABREVIATURAS ........................................................................................................................ 15

    PRIMERA PARTE MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    CAPTULO 1LA MINERA FORMAL........................................................................................................ 19

    1.1. Qu benefcios le trae a un minero pasar a ser minero ormal? .............................................. 19

    1.2. Qu es un pequeo minero (PM) y qu es un minero artesanal (MA)? .................................. 21

    1.2.1. Pequeo minero (PM) ...................................................................................................... 21

    1.2.2. Minero artesanal (MA) ..................................................................................................... 21

    1.2.3. Requisitos adicionales para pequeos mineros y mineros artesanales en cuanto autilizacin de equipos y materiales ................................................................................. 22

    1.3. Cules son los requisitos para acreditar la condicin de pequeo minero (PM)? .................. 23

    1.4. Cules son los requisitos para acreditar la condicin de minero artesanal (MA)? .................. 25

    1.5. Cmo puede ormalizarse el minero que no tiene concesin y est operando en laconcesin de un tercero? ............................................................................................................ 27

    1.5.1. Qu es y cmo debe ormularse el acuerdo o contrato de explotacin con

    un concesionario? ............................................................................................................ 271.5.2. Puede un titular minero celebrar ms de un acuerdo o contrato de explotacin? ...... 28

    CONTENIDOS

    5CONTENIDO

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    6 MANUAL PARA ENTENDER LA PEQUEA MINERA Y LA MINERA ARTESANAL Y LOS DECRETOSLEGISLATIVOS VINCULADOS A LA MINERA ILEGAL

    1.5.3. Cules son los requisitos que deben cumplirse para ormalizar o hacer vlido estecontrato de explotacin? .................................................................................................. 28

    1.5.4. Cuando se frma un contrato de explotacin, quin se hace responsable del cumplimientode las normas ambientales durante el desarrollo de las actividades mineras artesanales? ..... 28

    1.5.5. En qu casos no se puede celebrar un contrato de explotacin de este tipo? ............ 29

    1.5.6. Cmo se puede dar por terminado un contrato ya ormalizado? .................................. 29

    1.5.7. Requisitos adicionales para lograr la ormalizacin mediante convenio o contrato ...... 29

    CAPTULO 2LA DIFERENCIA ENTRE MINERO ILEGAL Y MINERO INFORMAL ................................................ 31

    CAPTULO 3REQUISITOS PARA EL INICIO DE UNA OPERACIN MINERA FORMAL: EXPLORACIN,EXPLOTACIN Y CERTIFICACIN AMBIENTAL ....................................................................... 35

    3.1. Proceso para poder iniciar la exploracin o la explotacin ........................................................ 35

    3.2. Pautas para elaborar y lograr la aprobacin del EIA-sd y la DIA y la autorizacin parainiciar la actividad ........................................................................................................................ 37

    3.3. Trminos de reerencia bsicos para los Estudios de Impacto Ambiental semi-detallado (EIA-sd) ..... 39

    3.4. Contenido mnimo de la evaluacin preliminar: la Declaracin de Impacto Ambiental (DIA) ...... 46

    3.5. Petitorio minero, concesin minera, derechos superfciales y proceso de compraventa de tierras ..... 573.6. Participacin ciudadana ............................................................................................................... 58

    3.7. El proceso de ormalizacin del pequeo minero y del minero artesanal ................................. 59

    3.8. Sanciones por el incumplimiento de obligaciones ambientales para la pequea minera yla minera artesanal ..................................................................................................................... 60

    CAPTULO 4OTROS TEMAS DE INTERS: RECURSOS GENERADOS AL ESTADO Y USO DE SUSTANCIASPELIGROSAS ................................................................................................................... 65

    4.1. Recursos generados por la minera: origen, distribucin y utilizacin ...................................... 65

    4.2. Uso y manejo de mercurio .......................................................................................................... 67

    4.3. Uso y manejo de cianuro ............................................................................................................ 69

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    7SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL

    SEGUNDA PARTE

    DECRETOS LEGISLATIVOS SOBRE MINERA ILEGAL

    CAPTULO 5DESCRIPCIN Y COMENTARIOS SOBRE LOS DECRETOS LEGISLATIVOS RELACIONADOS CON LAMINERA ILEGAL .............................................................................................................. 75

    5.1. Decreto Legislativo N 1100. Regula la interdiccin de la minera ilegal en toda la Repblicay establece medidas complementarias ........................................................................................ 78

    5.1.1. Madre de Dios: Un caso excepcional de aplicacin de los decretos legislativos paralos mineros dentro de las zonas permitidas para minera. El Decreto SupremoN 006-2012-EM .............................................................................................................. 86

    5.2. Decreto Legislativo N 1101. Establece medidas para el ortalecimiento de la fscalizacinambiental como mecanismo de lucha contra la minera ilegal .................................................. 90

    5.3. Decreto Legislativo N 1102. Incorpora al Cdigo Penal los delitos de minera ilegal ............... 96

    5.4. Decreto Legislativo N 1103. Establece medidas de control y fscalizacin en la distribucin,transporte y comercializacin de insumos qumicos que puedan ser utilizados en la minerailegal ............................................................................................................................................. 100

    5.5. Decreto Legislativo N 1104. Modifca la legislacin sobre prdida del dominio ...................... 103

    5.6. Decreto Legislativo N 1105. Establece disposiciones para el proceso de ormalizacin de lasactividades de pequea minera y minera artesanal ................................................................. 110

    5.7. Decreto Legislativo N 1106. Lucha efcaz contra el lavado de activos y otros delitosrelacionados a la minera ilegal y al crimen organizado ............................................................ 123

    5.8. Decreto Legislativo N 1107. Establece medidas de control y fscalizacin en la distribucin,transporte y comercializacin de las maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en laminera ilegal as como del producto minero obtenido en dicha actividad .............................. 124

    BIBLIOGRAFA ................................................................................................................. 129

    7CONTENIDO

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    8 MANUAL PARA ENTENDER LA PEQUEA MINERA Y LA MINERA ARTESANAL Y LOS DECRETOSLEGISLATIVOS VINCULADOS A LA MINERA ILEGAL

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    9SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL

    En el marco de competencias delegadas por el Congreso, el Poder Ejecutivo promulg una serie dedecretos legislativos que regulan la interdiccin de la minera ilegal en el pas. En estos decretos seregulan los procedimientos para la interdiccin a nivel nacional; se establecen medidas para el orta-

    lecimiento de la fscalizacin ambiental; se establecen medidas de control y fscalizacin en la distribucin,transporte y comercializacin de insumos qumicos y maquinarias y equipos que puedan ser utilizados enla actividad minera; se modifca la legislacin sobre prdida de dominio y se dan lineamientos para la luchaefcaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados con la minera ilegal y el crimen organizado; seestablecen disposiciones para el proceso de ormalizacin; e incluso se tipifcan delitos con penas privativasde libertad de entre cuatro y doce aos para esta actividad.

    Es decir, se ha generado un nuevo marco legal para combatir a la minera ilegal en el pas y, en los casosposibles, promover su ormalizacin. Si bien el principal incentivo para tomar cartas en el asunto ha sidoel desastre ambiental y social ocasionado por esta actividad en Madre de Dios, la legislacin es aplicable

    en todo el pas. Parece acertado actuar con decisin para otras realidades que no alcanzan los niveles dra-mticos de Madre de Dios, pero que pueden llegar a ellos si no se toman medidas preventivas para renarsu expansin. Sin perjuicio de ello, lo cierto es que los impactos en la Amazona son dierenciados y, enmuchos sentidos, ms graves que en el resto del territorio, por lo que incluso se debe evaluar la posibilidadde desarrollar una legislacin especfca para esta regin del pas.

    Una difcultad que debi superar este proceso legislativo ue la de dierenciar entre minera inormal y mi-

    nera ilegal. Esta dierenciacin ue criticada en su momento, pero en retrospectiva resulta sensata la ideade separar la paja del trigo y no meter en el mismo costal a los mineros ilegales y a los mineros inormales,oreciendo alternativas a estos ltimos, aislando a los abiertamente ilegales y evitando adems que amboshagan causa comn en contra de las medidas dictadas. La gran interrogante es cul es el criterio de die-renciacin, ya que el solo hecho de tener voluntad de ormalizacin no puede convertir a un minero ilegalen inormal, ya que hay situaciones que sencillamente no pueden ormalizarse. En el caso de Madre de Dios,por ejemplo, ha sido positivo alcanzar un consenso, gremio minero incluido, en que la actividad debe ser

    erradicada de zonas como la Reserva Nacional Tambopata y su zona de amortiguamiento. Con esta precisin,no hay lugar a malentendidos y se rena la expansin de la minera en zonas particularmente ricas en bio-

    PRLOGO

    9PRLOGO

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    10 MANUAL PARA ENTENDER LA PEQUEA MINERA Y LA MINERA ARTESANAL Y LOS DECRETOSLEGISLATIVOS VINCULADOS A LA MINERA ILEGAL

    diversidad. Pero habr que hilar fno en el denominado corredor minero, donde no puede haber minerasi no se cuenta con la autorizacin de los titulares de la superfcie para realizar las operaciones mineras.Es decir, no podr ormalizarse una invasin o una actividad en un predio agrcola o orestal en el que eltitular no est de acuerdo con la realizacin de minera en el territorio de su propiedad. Por otro lado, elcumplimiento de la certifcacin ambiental seguir siendo un requisito indispensable.

    Los decretos legislativos suponen un avance importante, pero no pasan de ser un punto de partida. Ha-blando tan solo en trminos legales, hay que tener en cuenta que esos decretos legislativos estn siendocomplementados por decretos supremos, principalmente del sector Energa y Minas, que en algunos casosvan en contra del espritu de castigar actividades abiertamente ilegales y destructoras, generando ventanas

    de oportunidad para que contine el negocio de comercializacin de oro sin cumplir con el requisito decertifcacin ambiental. Este es, por ejemplo, el caso del Decreto Supremo N 012-2012-EM que otorga ala empresa pblica Activos Mineros SAC el encargo especial de comprar el oro proveniente de la mineraartesanal y pequea.

    Pero decimos que este es solo el punto de partida no solo porque todava estn por aparecer normas com-plementarias, sino porque el desao principal estar en la implementacin de estas normas, existentes o

    por venir. En realidad, si el Estado hubiera hecho cumplir las normas anteriores a los decretos legislativossealados, la actividad minera ilegal e inormal tendra actualmente una escala mucho menor. No existiran,por ejemplo, los campamentos mineros en la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata.El problema con este tipo de minera ha sido histricamente el hecho de que no ha cumplido y no se leha obligado a cumplir con la legislacin nacional en materia ambiental, laboral, tributaria, etc. De nadaservir tener un marco legal exigente y completo si no hay capacidades para implementarlo, supervisar sucumplimiento y sancionar a quienes no llevan a la prctica los requisitos establecidos por ley. Es en este

    punto donde estn los principales cuellos de botella. Los gobiernos regionales, que tienen competenciasen pequea minera y minera artesanal, han demostrado serias defciencias para promover la ormalizaciny ordenamiento de esta actividad. El gobierno central, por su parte, a la echa no ha demostrado muchoms que algunos operativos de destruccin de dragas y desalojos, adems de la muy positiva voluntad deavanzar con los decretos en cuestin. Si estos decretos no se implementan en el plazo ms corto posible,con estrategias claras y ortaleciendo la presencia del Estado y el imperio de la ley en el territorio, tendremosprocesos de ormalizacin eternos que sern lo mismo que nada.

    En ese contexto, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) ha venido desarrollando dierenteslneas de accin para hacerle rente al problema de la minera ilegal, especfcamente en la Amazonaperuana: la adecuacin del marco legal e institucional vinculado con la actividad; la sensibilizacin de lapoblacin; el ortalecimiento de capacidades de organizaciones pblicas y privadas; y, fnalmente, y no poreso menos importante, la salvaguarda del inters ciudadano, reerida a la proteccin y deensa a travs deacciones legales de los derechos de las personas aectadas por la expansin minera. Es esta ltima lnea laque nos llev a instalar en 2010 un Consultorio Jurdico Gratuito en Madre de Dios, que a partir del ao 2012

    viene siendo replicado en Loreto.

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    11SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL

    La publicacin de este Manual para entender la pequea minera y la minera artesanal y los decretos legis-lativos vinculados a la minera ilegal contribuye con esta estrategia integral orientada al ordenamiento dela actividad minera y est dirigida a los dierentes actores vinculados con la problemtica minera, ya seanmineros, autoridades, personas aectadas por la actividad y pblico en general interesado en esta problem-tica. Este manual presenta un anlisis detallado de los requisitos de la pequea minera y minera artesanalen el Per, la dierencia entre minera ilegal e inormal, los contenidos de los recientes decretos legislativosde la interdiccin y otros temas de inters.

    Se trata de un insumo muy til para orientar a los dierentes actores involucrados sobre el marco legal deesta actividad econmica en el pas y ser un reerente central en un proceso que, como dijimos, recin

    comienza.

    Juan Luis Dammert B.DirectorPrograma de Ciudadana y Asuntos SocioambientalesSociedad Peruana de Derecho Ambiental

    11PRLOGO

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    13SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL

    INTRODUCCIN

    En los ltimos aos, la evolucin hacia un aumento en los precios internacionales de los minerales, es-pecfcamente el del oro, ha sido considerable, El aumento del precio del oro se debe a un incrementode la demanda y a que la oerta es relativamente rgida, ya que este metal precioso se ha convertido en

    un valor seguro en momentos de incertidumbre como el actual, en el cual hay muchas turbulencias fnan-cieras. Adems, rente a un dlar que pierde valor permanentemente, la compra de oro es una orma de huirhacia la calidad. As, los bancos centrales de muchas economas de pases emergentes se estn deshaciendo

    de dlares estadounidenses y comprando otros activos, como el oro, con lo cual practican una estrategiadiversifcadora e inteligente en relacin a sus reservas. Aunque no hay una explicacin clara, se observa queel precio del oro sure cambios generalmente a la par que los experimenta el precio internacional del pe-trleo. Ello se debe a que los inversores consideran la posesin de este metal como una proteccin ante lastensiones inacionistas que generan los elevados precios del combustible. As, por ejemplo, durante el ao2007 el precio del oro creci un 31% (su mximo aumento anual desde 1979) y era cotizado a 876 dlares laonza; hoy en da (mayo del 2012), el precio por una onza de oro es de 1.561,60 dlares.

    Esta situacin ha presionado para que las llamadas minera artesanal y pequea minera crezcan comonunca antes en nuestra historia y para que dicha actividad trascienda su situacin como minera ormal y desubsistencia, de manera que en muchos casos se confgure como minera inormal o minera ilegal, locual tiene diversas aristas y ormas de abordar. Esto ha generado conusiones y difcultades para entenderel tema, sin embargo, para abordar tanto la pequea minera como la minera artesanal debemos entenderbajo qu marco legal se desenvuelven estas actividades y qu hace a uno u otro productor minero salir dela inormalidad o ingresar a la ilegalidad.

    El presente documento: Manual para entender la pequea minera y la minera artesanal y los decretoslegislativos vinculados a la minera ilegal pretende ser un instrumento orientador para los mineros quequieren desarrollar la actividad de manera legal y ormal. Por ello, se brinda indicaciones y procedimientospara llegar a ser un minero legal o un verdadero minero artesanal o pequeo minero. Por otro lado, se pre-tende ayudar a entender las peculiaridades de esta actividad tanto a actores que no la desarrollan como aautoridades en los distintos niveles de gobierno. En eecto, a partir de este manual se puede lograr una base

    con la cual exigir el cumplimiento de las normas e impulsar el desarrollo de la actividad minera respetandolos derechos de terceros y el patrimonio de la nacin, que es nuestro patrimonio natural el de todos los

    13INTRODUCCIN

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    peruanos, el cual no debe verse aectado por malas prcticas. Finalmente, consideramos que este manualcontribuye a garantizar el Estado de derecho en nuestro pas.

    No podemos dejar de reconocer los diversos esuerzos iniciados desde el ao 2010 por el Ministerio del Am-biente y la emisin del Decreto de Urgencia N 012-2010 que declaraba de inters nacional el ordenamientominero del departamento de Madre de Dios, y que ha sido la base legal para la posterior consolidacin yemisin de decretos legislativos relacionados a la minera ilegal a nivel nacional.

    Asimismo, si bien es cierto que hoy en da se han enocado gran parte de los esuerzos del gobierno enenrentar la ilegalidad de esta actividad en el departamento de Madre de Dios, no podemos negar que vein-

    tiuno de las veinticinco regiones del Per tienen presencia de minera ilegal e inormal, hecho que nos debellevar a replantear el accionar del Estado, en lo cual el tema normativo juega un rol y es una herramientams, dentro del proceso de enrentamiento de la ilegalidad. Los sectores con competencia directa en losdiversos temas relacionados a la minera ilegal e inormal deben empezar a asumir sus roles en los distintosniveles de gobierno, debiendo apostar por reorzar capacidades y acompaar a los gobiernos regionalespara que asuman sus unciones en el marco de sus competencias.

    Creemos que los diversos decretos legislativos recientes suman a este proceso, sin embargo, desde losespacios comprometidos con ello debemos impulsar su implementacin, ya que las normas por s solas nocumplen su objetivo: son una herramienta y hay que usarla y exigir a las autoridades su cumplimiento, locual solo se da a travs de su conocimiento.

    Este manual est dividido en dos grandes partes. La primera caracteriza la pequea minera y la mineraartesanal, as como explica los requisitos para desarrollar la actividad minera de manera legal y ormal; y lasegunda est destinada a explicar las implicancias de cada uno de los decretos legislativos emitidos en elmarco de la delegacin de acultades del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo para legislar en materia deminera ilegal entre el 22 de diciembre de 2011 y el 22 de abril de 2012.

    Finalmente quisiera agradecer a todos los proesionales de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental,especialmente a Pedro Solano, Juan Luis Dammert, Silvana Baldovino, Carmen Heck, Jimmy Carrillo, JaimeTranca, Claudia Godrey, Manuel Ruiz, Simy Benzaqun, Alan Daz, Vanessa Morales, Elizabeth Quispe y AlanSnchez; a Liz Viccelli y Michael Valqui del Centro para la Sostenibilidad Ambiental de la UPCH, a Loyola

    Escamilo de Pronaturaleza, a Patricia Quiones de SER, a Patricia Rojas de Cooperaccion y a Lizet Pebes deEnergiminas, por su ayuda, comentarios y aportes a este instrumento que pretende ser una contribucin alproceso de dilogo y al proceso de ormalizacin de la pequea minera y minera artesanal y a las institu-ciones que han hecho posible este documento como ACCA, ACA, PROETICA, Gordon and Betty Moore Foun-dation, Centro para la Sostenibilidad Ambiental de la Universidad Cayetano Heredia, as como a la Iniciativapara la Conservacin en la Amazona Andina (ICAA), fnanciada por USAID.

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    15SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL

    SIGLAS Y ABREVIATURAS USADAS

    ALA Autoridad Local del AguaANA Autoridad Nacional del AguaANP reas Naturales ProtegidasCIRA Certifcado de Inexistencia de Restos ArqueolgicosCOM Certifcado de Operacin MineraConabi Comisin Nacional de Bienes IncautadosDIA Declaracin de Impacto AmbientalDicscamec Direccin General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municin y ExplosivosDicapi Direccin General de Capitanas y GuardacostasDNI Documento Nacional de IdentidadDREMH Direccin Regional de Energa, Minas e HidrocarburosECA Estndares de Calidad AmbientalEFA Entidades de Fiscalizacin AmbientalEIAsd Estudio de Impacto Ambiental semi-detallado

    GORE Gobierno RegionalGPS Sistema de posicionamiento globalha HectreaIGAC Instrumento de Gestin Ambiental CorrectivoIngemmet Instituto Geolgico Minero y MetalrgicoLMP Lmites Mximos Permisiblesm2 Metro cuadrado

    m3 Metro cbicoMA Minero artesanal o minera artesanalMinam Ministerio del AmbienteMinem Ministerio de Energa y MinasMSDS Hoja de Datos de Seguridad de Materiales (en ingls: Material Saety Data Sheets)MTC Ministerio de Transportes y ComunicacionesOEFA Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental

    Osinergmin Organismo Supervisor de la Inversin en Energa y MineraOsinor Organismo de Supervisin de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre

    15SIGLAS Y ABREVIATURAS USADAS

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    16 MANUAL PARA ENTENDER LA PEQUEA MINERA Y LA MINERA ARTESANAL Y LOS DECRETOSLEGISLATIVOS VINCULADOS A LA MINERA ILEGAL

    Planea Planes Anuales de Evaluacin y Fiscalizacin AmbientalPCM Presidencia del Consejo de MinistrosPM Pequeo minero o pequea minera

    PPM Pequeo productor minero o pequea produccin mineraPMA Pequeo minero artesanal o pequea minera artesanalRenabi Registro Nacional de Bienes IncautadosRUC Registro nico de ContribuyentesSEIA Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto AmbientalSernanp Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas por el EstadoSinea Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental

    SNB Superintendencia Nacional de Bienes EstatalesSunarp Superintendencia Nacional de Registros PblicosSunat Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin TributariaSutran Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y MercancasTdR Trminos de reerenciaTm Tonelada mtricaTUO Texto nico ordenado

    UIT Unidad impositiva tributariaUTM Sistema universal de coordenadas (en ingls: Universal Transverse Mercator)ZA Zona de Amortiguamiento

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    17SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL

    PRIMERA PARTEMINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL:DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

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    18 PRIMERA PARTE

    Ser minero ormal o legal, en primer lugar, permite cumplir connuestro pas, ya que es una obligacin de todo ciudadano respetarlas normas. As, podemos considerar como minero ormal a quiencumple con la ley, es decir, a quien ha realizado todos los trmitespara serlo, lo cual le permite acceder a benefcios. Tales trmitesson los siguientes:

    Presentacindesolicituddelaconcesin

    Obtencindeunttulodeconcesionariominero

    Elaboracinyaprobacindeuninstrumentodegestinam-

    biental: Estudio de Impacto Ambiental semi-detallado (EIA-sd), Declaracin de Impacto Ambiental (DIA) o Instrumentode Gestin Ambiental Correctivo (IGAC), este ltimo an enproceso de aprobacin.

    Adicionalmente se debe ejecutar:

    Operacinenzonaspermitidasparaeldesarrollodelaminera

    Operacincumpliendolosrequisitoslegalesparaserconside-rado pequeo minero o minero artesanal

    De esta manera, un minero ormal es aquel que cumple con losrequisitos y las condiciones legales para serlo. Los requisitos son:tener una concesin minera, sea como minero artesanal (MA) ocomo pequeo minero (PM) (hasta 1.000 2.000 hectreas, res-

    pectivamente) y obtener una certifcacin ambiental (EIA-sd, DIAo IGAC), entre otros. Mientras que las condiciones son: no operaren zonas prohibidas o hacerlo en zonas permitidas para la mineray evitar la contaminacin de los ros con mercurio, entre otras.

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    19MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    LA MINERA FORMAL

    1.1.Qu benecios le trae a un minero pasar a ser minero ormal?

    Ser minero ormal brinda los siguientes benefcios al productor minero:

    Ser propietario de los derechos mineros garantiza que el titular pueda dejar en herencia a su amilia elpatrimonio y la inversin que ha logrado acumular.

    El derecho minero incrementa su valor en el mercado ya que los ttulos ormalizados pueden ser ne-

    gociados sin restricciones. Obtener seguridad jurdica, es decir, eliminar la posibilidad de permanentes conictos con otros mine-

    ros y con terceros.

    Incentivar su inversin, pues al perder el temor de ser desalojado, intervenido, interdictado o denun-ciado, el propietario de la concesin se preocupa por hacer mejoras e invertir en servicios y accionesde salubridad, lo que aumenta el valor del derecho.

    Incorporarse al sistema crediticio, porque la propiedad minera puede ser utilizada para cumplir el re-quisito de garanta hipotecaria o el de garanta genrica e incluso el de domicilio.

    CAPTULO

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    20 PRIMERA PARTE

    Tener derecho a recibir capacitacin tecnolgica, operativa y de administracin.

    Adquirir legalmente accesorios de voladura y explosivos (previa autorizacin de la Dicscamec (Direc-

    cin General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municin y Explosivos), as comoqumicos peligrosos, como mercurio y cianuro de sodio.

    Acceder a condiciones mnimas en el aspecto laboral, de salud y seguridad.

    Conservar el ambiente y la salud de las personas que trabajan en la concesin minera.

    Adems, al acreditarse como PM o MA, se obtiene benefcios como:

    No pagar regalas.

    Realizar un pago menor por concepto de derecho de vigencia.

    Pagar multas menores que el rgimen general.

    Adquirir compromisos ambientales adecuados establecidos en los instrumentos de gestin ambiental.

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    21MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    1.2.

    Qu es un pequeo minero (PM) y qu es un minero artesanal (MA)?

    Segn la Ley N 27651 (modifcada por el Decreto Legislativo N 1040 y los Decretos Legislativos N 1100 yN 1101), estos tipos de mineros son defnidos como:

    1.2.1. Pequeo minero (PM)

    Pequeo minero es la persona o personas que:

    a. En orma individual como persona natural o como conjunto de personas naturales o como personasjurdicas o cooperativas mineras o centrales de cooperativas mineras, se dedican habitualmente a laexplotacin y/o benefcio directo de minerales.

    b. Poseen cualquier ttulo de hasta 2.000 hectreas (ha) entre denuncios, petitorios y concesiones mineras.

    c. Poseen, por cualquier ttulo, una capacidad instalada de produccin y/o benefcio no mayor a 350toneladas mtricas (Tm) por da. En el caso de los productores de minerales no metlicos y materialesde construccin, el lmite mximo de capacidad instalada es de hasta 1.200 Tm diarias; fnalmente, enyacimientos metlicos tipo placer, el lmite mximo de capacidad instalada es de 3.000 metros cbicos(m3) diarios.

    d. Ver, adems, el punto 1.2.3.

    La condicin de pequeo productor minero (PPM) se acredita ante la Direccin General de Minera delMinisterio de Energa, Minas e Hidrocarburos (Minem) mediante la presentacin de una declaracin juradabienal, es decir, cada dos aos.

    1.2.2. Minero artesanal (MA)

    Minero artesanal es la persona o personas que:

    a. En orma individual como persona natural o como conjunto de personas naturales o como personasjurdicas o cooperativas mineras o centrales de cooperativas mineras, se dedican habitualmente a la ex-plotacin y/o benefcio directo de minerales; adems, realizan sus actividades con mtodos manuales

    y/o equipos bsicos.

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    22 PRIMERA PARTE

    b. Poseen cualquier ttulo de hasta 1.000 ha entre denuncios, petitorios y concesiones mineras o han sus-crito acuerdos o contratos con los titulares mineros, segn lo establece el Reglamento de la Ley Generalde Minera.

    c. Poseen, por cualquier ttulo, una capacidad instalada de produccin y/o benefcio no mayor a 25 Tmpor da. En el caso de los productores de minerales no metlicos y materiales de construccin, el lmitemximo de capacidad instalada es de hasta 100 Tm diarias; fnalmente, en yacimientos metlicos tipoplacer, el lmite mximo de capacidad instalada es de 200 m3 diarios.

    d. Ver, adems, el punto 1.2.3.

    La condicin de productor minero artesanal (PMA) se acredita ante la Direccin General de Minera del Mi-nem mediante la presentacin de una declaracin jurada bienal (es decir, cada dos aos).

    1.2.3. Requisitos adicionales para pequeos mineros y mineros artesanales en cuanto autilizacin de equipos y materiales

    Tanto los PM como para los MA, adicionalmente y en virtud al Decreto Legislativo N 1100 tienen que cumplirciertos requisitos, ya no solo relacionados con la extensin de la concesin o el material removido, sino aequipos, maquinaria, insumos, instalaciones, etc. que no pueden utilizar. Se trata de los siguientes:

    Dragas y otros arteactos similares en todos los cursos de agua: ros, lagos, lagunas, cochas, espejos deagua, humedales y aguajales. Son considerados como equipos similares: las unidades mviles o port-tiles que succionan materiales de los lechos de ros, lagos y cursos de agua con fnes de extraccin deoro u otros minerales; las dragas hidrulicas, dragas de succin, balsas gringo, balsas castillo, balsasdraga, tracas y carancheras; otros que cuentan con bomba de succin de cualquier dimensin y quetienen incorporada o no una zaranda o canaleta. Adems, cualquier otro arteacto que ocasione eectoo dao similar.

    Los bienes, maquinarias, equipos e insumos utilizados para el desarrollo de actividades mineras ile-gales, tales como cargadores rontales, retroexcavadoras, volquetes, compresoras y peroradoras neu-

    mticas, camiones cisterna que proveen combustible o agua y otros equipos que sin perjuicio de supotencia, tamao, volumen o capacidad de carga estn destinados al mismo fn.

    Instalacin y uso de chutes, quimbaletes, molinos y pozas de cianuracin para el procesamiento demineral; motobombas y otros equipos, sin perjuicio de su potencia, tamao, volumen o capacidad decarga y que se utilizan en el desarrollo de actividades mineras ilegales.

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    23MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    1.3.

    Cules son los requisitos para acreditar la condicin de pequeo

    minero (PM)?

    En virtud al Decreto Supremo N 005-2009-EM, para acreditarse como PM el solicitante debe presentar elormulario de Declaracin Jurada Bienal. Este ormulario debe contener lo siguiente (ver tambin el cuadro 1):

    a. En caso de que el solicitante sea una persona natural: nombre completo, nmero de DNI, nmero de

    RUC, domicilio y correo electrnico; de ser el caso, el nombre y nmero de DNI de su cnyuge.

    En caso de que el solicitante sea una persona jurdica: denominacin, nmero de RUC, copia de ins-cripcin en la Sunarp (Superintendencia Nacional de Registros Pblicos), domicilio, correo electrnicoy vigencia del poder de su representante legal; adems, nombre y nmero de DNI de este y datosregistrales reeridos al otorgamiento de acultades.

    b. Listado de todos los derechos mineros cuyas reas deben ser computadas para eecto de su califcacin,identifcndolos por su nombre, sustancia, cdigo nico y copia de la inscripcin registral correspon-diente.

    c. Declaracin de que el solicitante tiene la intencin de dedicarse habitualmente a la explotacin y/obenefcio directo de minerales y, en caso de tratarse de una persona jurdica, declarar que la mismase encuentra conormada por personas naturales, salvo en el caso de las cooperativas o centrales de

    cooperativas que cumplan lo establecido en el artculo 2 de la Ley de Formalizacin y Promocin de laPequea Produccin Minera (PPM) y de la Produccin Minera Artesanal (PMA).

    d. Copia del comprobante de depsito del derecho de tramitacin en la correspondiente cuenta bancaria.

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    24 PRIMERA PARTE

    CUADRO 1.

    Requisitos para acreditar la condicin de pequeo productor minero (PPM)

    Requisito Persona natural Persona jurdica

    Condicin de PPM Reconocimiento de condicin de PPM. Esta condicin se acredita ante la Direc-cin General de Minera del Minem mediante declaracin jurada bienal.

    Datos generales Nombre completo, n-mero de DNI, nmero deRUC, domicilio y correoelectrnico. De ser elcaso, nombre y nmerode DNI de su cnyuge.

    Denominacin, nmero de RUC, copia de inscrip-cin en la Sunarp, domicilio, correo electrnico yvigencia del poder de su representante legal.Adems, nombre del representante legal, nmerode DNI y datos registrales reeridos al otorgamien-to de acultades.

    Declaracin jurada Declaracin de que elsolicitante tiene la in-tencin de dedicarsehabitualmente a la ex-plotacin y/o benefciodirecto de minerales.

    Declaracin de que la persona jurdica se encuen-tra conormada por personas naturales, salvo enel caso de cooperativas o centrales de cooperati-vas que cumplan lo establecido en el artculo 2de la Ley de Formalizacin y Promocin de la PPMy la PMA.

    Derechos mineros Listado de derechos mineros con reas computadas para su califcacin; in-cluyendo: nombre, sustancia, cdigo nico y copia de la inscripcin registral.

    Depsito del dere-cho de tramitacin

    Copia del comprobante de depsito del derecho de tramitacin en la corres-pondiente cuenta bancaria.

    Elaboracin Csar A. Ipenza (SPDA).

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    25MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    1.4.

    Cules son los requisitos para acreditar la condicin de minero

    artesanal (MA)?

    En virtud al Decreto Supremo N 005-2009-EM, para acreditarse como minero artesanal, el solicitante debepresentar el ormulario de Declaracin Jurada Bienal. Este ormulario debe contener lo siguiente (ver tam-bin el cuadro 2):

    a. En caso de que el solicitante sea una persona natural: nombre completo, nmero de DNI, nmero deRUC, domicilio y correo electrnico; de ser el caso, el nombre y nmero de DNI de su cnyuge.

    En caso de que el solicitante sea una persona jurdica: denominacin, nmero de RUC, copia de ins-cripcin en la Sunarp, domicilio, correo electrnico y vigencia del poder de su representante legal;adems, nombre y nmero de DNI de este y datos registrales reeridos al otorgamiento de acultades.

    b. Listado de todos los derechos mineros cuyas reas deben ser computadas para eecto de su califcacin,identifcndolos por su nombre, sustancia, cdigo nico y copia de la inscripcin registral correspon-diente.

    c. En caso de que la solicitud haya sido sustentada en la celebracin de un contrato de explotacin, sedebe indicar los datos de inscripcin de dicho contrato e identifcar los derechos mineros de terceros,sealando su nombre, el cdigo nico de la concesin minera y el nombre, DNI o RUC y domicilio de

    su titular y sus datos de inscripcin.

    d. Tratndose de personas naturales, incluir la declaracin de que se dedican a la actividad minera arte-sanal como medio de sustento; en el caso de personas jurdicas, la declaracin de que las actividadesrealizadas son el medio de sustento para los socios que la integran. Asimismo, en ambos casos se debe-r declarar que las actividades mineras son realizadas mediante equipos bsicos y mtodos manuales.

    e. La califcacin de PMA procede solamente respecto de los derechos mineros, capacidad instalada y

    actividades mineras artesanales realizadas en el mbito de circunscripcin provincial o de circunscrip-ciones provinciales colindantes sobre las que se extienden sus actividades.

    . Copia del comprobante de depsito del derecho de tramitacin en la correspondiente cuenta bancaria.

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    26 PRIMERA PARTE

    CUADRO 2.

    Requisitos para acreditar la condicin de pequeo minero artesanal (PMA)

    Requisito Persona natural Persona jurdica

    Condicin de PPM La condicin de PMA se acreditar ante la Direccin General de Minera delMinem mediante declaracin jurada bienal.

    Datos generales Nombre completo, n-mero de DNI, nmero deRUC, domicilio y correoelectrnico.De ser el caso, nombrey nmero de DNI de sucnyuge.

    Denominacin, nmero de RUC, copia de inscrip-cin en la Sunarp, domicilio, correo electrnicoy vigencia del poder de su representante legal.Adems, nombre del representante legal, nmerode DNI y datos registrales reeridos al otorgamien-to de acultades.

    Declaracin jurada Declaracin de que elsolicitante tiene la in-tencin de dedicarsehabitualmente a la ex-plotacin y/o benefciodirecto de minerales.

    Declaracin de que la persona jurdica se encuen-tra conormada por personas naturales, salvo enel caso de cooperativas o centrales de cooperati-vas que cumplan lo establecido en el artculo 2de la Ley de Formalizacin y Promocin de PPMy PMA.

    Derechos mineros Listado de derechos mineros con reas computadas para su califcacin; in-cluyendo: nombre, sustancia, cdigo nico y copia de la inscripcin registral.

    Depsito del dere-cho de tramitacin

    Copia del comprobante de depsito del derecho de tramitacin en la corres-pondiente cuenta bancaria.

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    27MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    1.5.

    Cmo puede ormalizarse el minero que no tiene concesin y est

    operando en la concesin de un tercero?

    El minero que viene operando o realizando actividad minera en concesiones de terceros sin contar con lacalifcacin de PM o MA ni con la autorizacin de la Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburosdel gobierno regional (GORE) puede lograr ormalizarse a travs de la suscripcin de un contrato de explo-tacin con el titular de la concesin minera. Esto, adicionalmente, le permite disminuir la contaminacin

    ambiental, evitar la disposicin inapropiada de residuos o relaves contaminados, omentar el empleo ormal,eliminar el trabajo inantil, evitar prdida de mineral e incrementar el valor del mineral extrado.

    Este contrato de explotacin se puede realizar siempre que el titular de la concesin est de acuerdo y quelas actividades mineras a realizar sean artesanales.

    1.5.1. Qu es y cmo debe ormularse el acuerdo o contrato de explotacin con unconcesionario?

    Este acuerdo o contrato de explotacin es un documento que suscribe el titular de una concesin mineracon un minero o un conjunto de mineros que realizan actividades mineras artesanales, por medio del cualel concesionario autoriza a dicho(s) minero(s) artesanal(es) a extraer minerales de una parte o de toda elrea de su concesin a cambio de una contraprestacin.

    Los acuerdos que contiene el contrato de explotacin deben establecerse por comn acuerdo entre el o losmineros artesanales y el titular de la concesin minera, sealando mnimamente lo siguiente:

    Identifcacin del rea autorizada de explotacin, cuyos vrtices deben estar precisados mediante coor-denadas UTM.

    El plazo del acuerdo, es decir, la vigencia del contrato de explotacin durante la cual el titular de la

    concesin autoriza al o los mineros artesanales a trabajar en el rea asignada. Las condiciones de la contraprestacin brindada a avor del titular minero.

    Las condiciones acordadas para la autorizacin del rea.

    Las causales o situaciones que originaran el dar por terminado dicho contrato.

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    28 PRIMERA PARTE

    1.5.2. Puede un titular minero celebrar ms de un acuerdo o contrato de explotacin?

    S, el titular de una concesin minera puede celebrar uno o ms acuerdos o contratos de explotacin sobre

    dierentes partes de su derecho minero.

    1.5.3. Cules son los requisitos que deben cumplirse para ormalizar o hacer vlido estecontrato de explotacin?

    De conormidad con la Ley General de Minera, el contrato de explotacin debe inscribirse en los Registros

    Pblicos (Sunarp), a fn de que lo acordado entre el concesionario minero y el o los mineros artesanalestenga plenos eectos rente al Estado y a terceros. Para ello se deben dar los siguientes pasos:

    a. Acudir a un notario pblico y solicitarle que eleve el contrato a escritura pblica.

    b. Para preparar la escritura pblica el notario requerir contar con la minuta del contrato y el pago de losderechos registrales.

    c. Una vez que est lista la escritura pblica del contrato de explotacin, dirigirse a la ofcina de RegistrosPblicos en la que el titular minero celebr el contrato e inscribi su concesin minera y solicitar lainscripcin registral del contrato de explotacin.

    1.5.4. Cuando se rma un contrato de explotacin, quin se hace responsable del cumpli-miento de las normas ambientales durante el desarrollo de las actividades minerasartesanales?

    Antes de la vigencia del Decreto Legislativo N 1105, las partes que suscriban el acuerdo o contrato de ex-plotacin respondan solidariamente por el cumplimiento de las normas ambientales. Es decir, si se producaalgn dao al ambiente como consecuencia de las actividades mineras artesanales, tanto el o los minerosartesanales como el titular de la concesin eran responsables rente a la autoridad, solidariamente, por tales

    daos.

    Sin embargo, el Decreto Legislativo N 1105 establece en su artculo 6 que mediante la suscripcin delcontrato de cesin minera, conorme se encuentra establecido en la ley de la materia, el sujeto de orma-lizacin que lo suscriba se sustituye en todos los derechos y obligaciones que tiene el cedente. Adems,mediante la suscripcin del acuerdo o contrato de explotacin, el titular del derecho minero quedar libe-rado de la responsabilidad solidaria respecto de las obligaciones ambientales y de seguridad y salud en eltrabajo que asume el minero interesado en su ormalizacin.

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    29MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    Es decir, actualmente es el minero que realiza las labores o actividades mineras quien tiene la responsabili-dad y se excluye al titular de cualquier responsabilidad solidaria.

    1.5.5. En qu casos no se puede celebrar un contrato de explotacin de este tipo?

    Existen dos casos contemplados en el Reglamento de la Ley de Formalizacin y Promocin de la PM y MAen los cuales se prohbe la celebracin de un acuerdo o contrato de explotacin, los cuales se enuncian acontinuacin:

    a. En caso de invasiones a derechos mineros de terceros con petitorios pendientes de resolver.b. Cuando se trata de derechos mineros pertenecientes a un PMA. Es decir, un PMA titular de una conce-

    sin minera no puede celebrar un contrato de explotacin con otro PMA para autorizar la extraccin deminerales de su concesin o de parte de ella.

    1.5.6. Cmo se puede dar por terminado un contrato ya ormalizado?

    En el contrato suscrito por el titular de la concesin y el o los mineros artesanales se deben sealar las cau-sales o situaciones que originaran el hecho de darlo por terminado.

    Adicionalmente, si la autoridad comprueba la existencia de incumplimientos a las normas ambientales, talesincumplimientos se convierten tambin en causal de resolucin automtica del contrato, por mandato dela autoridad.

    1.5.7. Requisitos adicionales para lograr la ormalizacin mediante convenio o contrato

    El proceso para lograr la ormalizacin en este caso particular tiene algunos requisitos adicionales a los yasealados. Se trata de los siguientes, los cuales se muestran tambin en el grfco 1:

    a. Suscripcin del contrato entre el titular de la concesin y el minero o mineros que realizan la actividad.b. Califcacin como minero artesanal ante de Direccin General de Minera del Minem.

    c. Acreditacin ante la Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburos (DREMH) del GORE.

    d. Certifcacin ambiental, es decir, tener aprobado el EIA-sd, la DIA o el Instrumento de Gestin AmbientalCorrectivo (IGAC) cuando se cuente aprobado este ltimo instrumento ambiental aplicable para activi-dades en curso.

    e. Contar con el Certifcado de Operacin Minera (COM).

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    30 PRIMERA PARTE

    Certicado deOperacin Mine-ra (COM)

    Certicacinambiental

    GRFICO 1.

    Proceso de ormalizacin con contrato o acuerdo de explotacin

    Suscripcin delcontrato

    Calicacin comominero artesanalpor el Minem

    Acreditacinante la DREMH

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    31MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    LA DIFERENCIA ENTRE MINEROILEGAL Y MINERO INFORMAL

    CAPTULO

    N

    ormalmente, cuando hablamos de una persona que incumple con la ley, es cuando nos reerimos aalguien ilegal. Sin embargo, nuestra legislacin en estos momentos resulta sumamente contradic-toria, ms aun las ltimas normas relacionadas a minera. Por tanto, cabe la necesidad de presentar

    las dierencias entre minera ilegal y minera inormal a fn de entender los diversos contextos y defnicionesy, tenindolos en cuenta, proceder a realizar los trmites para desarrollar una actividad minera ormal, seaartesanal o pequea minera.

    El cuadro 3 presenta una comparacin entre las defniciones que brindan dierentes decretos legislativos ydecretos supremos recientes sobre la minera ilegal y la minera inormal.

    Si bien es cierto que mediante el Decreto Supremo N 006-2012-EM se pretendi dar una solucin a losconictos y protestas sociales en relacin a la minera ilegal e inormal, lo mismo que a raz de la emisin delos decretos legislativos que analizamos en la segunda parte de este manual. Sin embargo, hay que sealarque el Decreto Supremo N 006-2012-MEM, que aprueba medidas complementarias para la ormalizacinde la actividad minera en las zonas comprendidas en el anexo 1 del Decreto Legislativo N 1100, es exclusi-vamente para el Departamento de Madre de Dios, por tanto, presenta una situacin excepcional y no algo aaplicarse en todo el territorio nacional.

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    32 PRIMERA PARTE

    CUADRO 3.

    Semejanzas y dierencias entre las deniciones de minera ilegal yminera inormal en las normas recientes

    NormaDenicin

    Minera ilegal Minera inormal

    Decreto Legislativo N1100. Regula la inter-diccin de la minerailegal en toda la Rep-blica y establece medi-das complementarias.

    La interdiccin o prohibicin aplica paraaquella persona que realiza minera ile-gal, es decir, la persona que opera:

    Solo con petitorios mineros.

    Con concesin sin tener certifcacinambiental aprobada (EIA-sd, DIA o IGAC).

    Sin tener todas las autorizaciones soli-citadas.

    No se defne minera inormal, aun-que esta se puede considerar comominera ilegal.

    Decreto Legislativo N1102. Incorpora al c-digo penal los delitosde minera ilegal.

    Se confgura delito de minera ilegalcuando una persona realiza exploracin,explotacin, extraccin u otros actos si-milares con recursos minerales metlicosy no metlicos en los siguientes casos:

    Sin contar con autorizacin de la auto-

    ridad administrativa competente (GOREpara la pequea minera y minera ar-tesanal).

    Causando o pudiendo causar perjuicio,alteracin o dao al ambiente, la calidadambiental o la salud ambiental.

    No se defne minera inormal, aun-que esta se puede considerar comominera ilegal.

    Decreto Supremo N006-2012-EM. Apruebamedidas complemen-tarias para la ormali-zacin de la actividadminera en las zonascomprendidas en elanexo 1 del DecretoLegislativo N 1100.

    Comprende la actividad minera llevada acabo por personas naturales o jurdicaso grupos de personas organizadas paratal fn, actividad que se realiza sin cum-plir con las exigencias de las normas decarcter administrativo, tcnico, social yambiental que la rigen y que se ubica enzonas no autorizadas para su ejercicio.

    Comprende la actividad minera que,teniendo caractersticas de minerailegal, se realiza en zonas autoriza-das para la actividad minera.

    Quienes la realizan han iniciado unproceso de ormalizacin en los pla-zos y modalidades establecidos enlas normas sobre la materia.

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    33MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    Decreto Legislativo N1105. Establece dispo-siciones para el pro-ceso de ormalizacinde las actividades depequea minera y mi-

    nera artesanal.

    Actividad minera ejercida por persona,natural o jurdica o grupo de personasorganizadas a travs de una o ms de lassiguientes condiciones:

    Usando equipo y maquinaria que no co-

    rresponde a las caractersticas de la acti-vidad minera que desarrolla (PPM o PMA).

    Sin cumplir con las exigencias de lasnormas de carcter administrativo, tc-nico, social y medioambiental que rigendichas actividades.

    Que realiza esta actividad en zonas don-

    de est prohibido su ejercicio.Sin perjuicio de lo anterior, toda activi-dad minera ejercida en zonas en las queest prohibido el ejercicio de actividadminera se considera ilegal. Esta defni-cin sustituye la defnicin de minerailegal contenida en el artculo 3 del De-creto Legislativo N 1100.

    Actividad minera que es realizada atravs de una o ms de las siguien-tes condiciones:

    Usando equipo y maquinaria queno corresponde a las caractersticas

    de la actividad minera que desarro-lla (PPM o PMA).

    Sin cumplir con las exigencias de lasnormas de carcter administrativo,tcnico, social y medioambientalque rigen dichas actividades.

    Que se realiza en zonas no prohibi-

    das para la actividad minera y porpersona natural o jurdica o grupode personas organizadas para ejer-cerla que hayan iniciado un procesode ormalizacin conorme se esta-blece en este dispositivo.

    Decreto LegislativoN 1107. Establecemedidas de control yfscalizacin en la dis-tribucin, transportey comercializacin de

    maquinarias y equi-pos que puedan serutilizados en la mi-nera ilegal as comodel producto mineroobtenido en dicha ac-tividad.

    Actividad minera ejercida por personanatural o jurdica o grupo de personasorganizadas para ejercerla a travs deuna o ms de las siguientes condiciones:

    Usando equipo y maquinaria que nocorresponden a las caractersticas de la

    actividad minera que desarrolla.

    Sin cumplir con las exigencias de lasnormas de carcter administrativo, tc-nico, social y medioambiental que rigendichas actividades.

    Que la realizan en zonas en las que estprohibido su ejercicio.

    No se defne minera inormal.

    Elaboracin Csar A. Ipenza (SPDA).

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    34 PRIMERA PARTE

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    35MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    REQUISITOS PARA EL INICIO DE UNA OPERACIN

    MINERA FORMAL: EXPLORACIN, EXPLOTACIN YCERTIFICACIN AMBIENTAL

    CAPTULO

    3

    3.1.

    Proceso para poder iniciar la exploracin o la explotacin

    Antes que nada, es importante saber que el haber obtenido un ttulo de concesin no autoriza de por s arealizar actividades mineras de exploracin ni de explotacin. Previamente el concesionario deber realizarel siguiente proceso:

    a. Gestionar la aprobacin del Instituto Nacional de Cultura (INC) o del Ministerio de Cultura de las de-

    claraciones, autorizaciones o certifcados necesarios para el ejercicio de las actividades mineras. Comoconsecuencia este ministerio emite el Certifcado de Inexistencia de Restos Arqueolgicos (CIRA) comoorma de aprobacin (este requisito est exceptuado para los mineros de la zona permitida para mineraen el departamento de Madre de Dios en virtud al Decreto Supremo N 006-2012-EM).

    b. Tramitar la certifcacin ambiental que emite la autoridad ambiental competente con sujecin a la normasde participacin ciudadana. Para ello, los pequeos mineros y los mineros artesanales debern presentarla DIA, el EIA-sd o el IGAC (ver el cuadro 4) a la Direccin Regional competente. Al fnal de este captulose puede ver el grfco 4 que describe el proceso de tramitacin de la certifcacin ambiental.

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    36 PRIMERA PARTE

    c. Obtener el permiso para la utilizacin de tierras mediante acuerdo previo con el propietario del terrenosuperfcial o culminar el procedimiento de servidumbre administrativa, conorme a la reglamentacinsobre la materia.

    d. Obtener las dems licencias, permisos y autorizaciones que son requeridos en la legislacin vigente, deacuerdo con la naturaleza y localizacin de las actividades que se va a desarrollar.

    CUADRO 4.

    En qu casos se presenta cada instrumento de gestin ambiental?

    Instrumento degestin ambiental

    Casos en los que se presenta

    Condicin de PPM Cuando la ejecucin del proyecto no origina impactos ambientales de carcter

    signifcativo.

    Datos generales Cuando la ejecucin del proyecto puede originar impactos ambientales mode-rados, cuyos eectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediantela adopcin de medidas cilmente aplicables.

    Declaracin jurada Es un instrumento (an en diseo y en proceso de aprobacin) aplicable a

    nivel nacional para los procesos de ormalizacin de la pequea minera yminera artesanal, de acuerdo a lo establecido en el artculo 9 del DecretoLegislativo N 1105, El IGAC est defnido como el instrumento de gestin am-biental para actividades de pequea minera y minera artesanal en curso y enproceso de ormalizacin y tiene como objetivo adecuar dichas actividades alas obligaciones ambientales a las que estn orientadas, principalmente, a re-ducir los niveles de degradacin y contaminacin generada por sus emisiones,euentes o prcticas no sostenibles. Asimismo, establece obligaciones para eltitular para prevenir, controlar, mitigar y remediar los impactos ambientales,segn correspondan. Tambin contiene el cronograma de inversiones, plazosintermedios y fnales, indicadores y dems actividades, los cuales son sujetos ala fscalizacin y la sancin respectiva.

    Elaboracin Csar A. Ipenza (SPDA).

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    37MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    3.2.

    Pautas para elaborar y lograr la aprobacin del EIA-sd y la DIA y la au-

    torizacin para iniciar la actividad

    En el EIA-sd y la DIA se describen en orma detallada las condiciones ambientales y sociales que existenantes del inicio del proyecto, lo mismo que las operaciones que se podran hacer, los posibles impactosque pueden ser ocasionados por el proyecto y las medidas necesarias para prevenir, minimizar, rehabilitary controlar la contaminacin. De esta manera, en el EIA-sd se debe hacer una descripcin del proyecto, la

    cual debe incluir lo siguiente:

    a. Fotograas, mapas y planos del lugar donde se desea realizar el proyecto minero.

    b. Listado de las actividades que se desea hacer para el desarrollo de proyecto y que podran generarcontaminacin ambiental.

    c. Indicar todas las alternativas de acciones para evitar que la actividad minera genere contaminacinambiental.

    d. Elaborar un Plan de Contingencia, en caso de allar en lo anterior.

    e. Prever cmo va a quedar el rea despus de realizado el proyecto.

    La DREMH que tiene la uncin de aprobar los EIA-sd y DIA para la pequea minera y la minera artesanaly fscalizarlas debe estudiar las dierentes alternativas que da la empresa o el minero y elegir aquellas queson viables para ser desarrolladas en el rea del proyecto, lo cual depende muchas veces de la naturalezadel rea (si se usa para agricultura o ganadera o consiste de zonas desrticas). Este proceso se realiza conpermanente consulta o participacin de la ciudadana a travs de audiencias pblicas y talleres.

    Una vez que se sabe que el proyecto es viable ambientalmente y que ha sido puesto en conocimiento de lapoblacin mediante audiencias y talleres, el EIA-sd o la DIA es aprobado por la DREMH (ver el grfco 2). Sin

    embargo, en el caso de que el proyecto no resulte viable ambientalmente, el estudio no ser aprobado y porlo tanto el proyecto no se puede realizar.

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

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    38 PRIMERA PARTE

    Evaluacin deldocumento ambiental

    Certicacinambiental

    Clasicacin deldocumento ambiental

    Plazo de 30 das a partir dela admisin de la solicitudde clasicacin.Este proceso consta de:

    1. Evaluacin, autorizacino denegamiento

    2. Emisin de certicacinambiental para la DIA

    3.- Asignacin de categoraEIA-sd o EIAD, cuandocorresponda, y aprobacinde TdR

    Plazo total del proceso:

    DIA: 30 das

    EIA-sd: 90 das

    EIA-sd

    Plazo de 40 daspara evaluacin.Plazo de 30das parasubsanacin de

    observaciones.

    EIA-sd

    Plazo de 20das paraexpedicin dela resolucinrespectiva.

    GRFICO 2.

    Proceso de aprobacin de un EIA-sd y de un DIA

    Fuente: Reglamento SEIA.

    Teniendo el EIA-sd o la DIA aprobados, se solicita autorizacin para dar inicio a la etapa de explotacin. Paraesto se deben entregar los planos fnales de construccin del proyecto completo, en los cuales se incluyentodas las instalaciones (mina, botaderos de desmonte, relavera, etc.).

    Luego de acreditar todos los requisitos, la DREMH (en caso de la PM y MA) otorgar autorizacin para que seinicie la operacin de la planta y un COM para comprar los explosivos necesarios.

    Es importante sealar que el Estado garantiza el derecho de propiedad de cada terreno superfcial y quepara el caso de la minera no existe expropiacin de tierras. Por ello, debe existir un acuerdo sobre el uso de

    terrenos superfciales entre el titular minero y el dueo del terreno superfcial.

    3 3

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    39MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    3.3.

    Trminos de reerencia bsicos para los Estudios de Impacto Ambien-

    tal semi-detallado (EIA-sd)

    La presentacin de un EIA-sd o una DIA debe hacerse de conormidad con el Reglamento de la Ley N 27446,Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado mediante Decreto SupremoN 019-2009-Minam. En este reglamento se establecen los trminos de reerencia bsicos para los EIA-sd.De conormidad con el anexo III del mencionado reglamento, los trminos de reerencia bsicos para el EIA-

    sd deben incluir:

    I. Resumen ejecutivo.

    Debe ser un instrumento que permita a los interesados ormarse una idea clara, integral y exacta del pro-yecto de inversin que se va a ejecutar, lo mismo que de los impactos ambientales que generara y de la

    estrategia de manejo ambiental respectiva. La inormacin incluida debe ser comprensible por personas noexpertas en materias tcnicas. Asimismo, debe tener la tabla de contenido o el ndice completo del EIA-sd.

    II. Descripcin del proyecto.

    Considera la descripcin del proyecto de inversin en sus dierentes etapas: planifcacin, construccin,operacin, mantenimiento y abandono o cierre, teniendo en cuenta su tiempo de ejecucin. Tambin con-tiene los componentes, acciones, actividades u obras, segn lo indicado a continuacin:

    a. Los antecedentes generales del proyecto, indicando su nombre y la identifcacin legal y administrativadel proponente.

    b. El marco de reerencia legal y administrativo, especifcando los aspectos legales y administrativos decarcter ambiental que tienen relacin directa con el proyecto, especialmente aquellos reerentes a la

    proteccin del ambiente, la conservacin de los recursos naturales e histrico-culturales, el cumpli-miento de normas de calidad ambiental y la obtencin de permisos para uso de recursos naturales,entre otros.

    c. El objetivo y la justifcacin del proyecto.

    d. La localizacin geogrfca y poltica del proyecto en coordenadas UTM, rerendada con cartograa a

    escala apropiada.

    e La envergadura del proyecto estableciendo su rea de inuencia (directa e indirecta) en uncin de los

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    40 PRIMERA PARTE

    e. La envergadura del proyecto, estableciendo su rea de inuencia (directa e indirecta) en uncin de losimpactos ambientales potenciales que se generarn.

    . El tiempo de vida til del proyecto y el monto estimado de la inversin.g. La descripcin secuencial de las distintas etapas del proyecto precisando su respectivo cronograma.

    h. La descripcin de la etapa de levantamiento de inormacin sobre las caractersticas del terreno, inclu-yendo las acciones empleadas para la recoleccin de datos utilizados para el diseo de ingeniera delproyecto.

    i. La descripcin de la etapa de construccin, indicando las acciones y requerimientos de materiales, ma-quinarias, equipos, campamentos, personal y requerimientos logsticos que sean necesarios; as comotambin las vas de acceso para llegar al emplazamiento.

    j. La descripcin de la etapa de operacin y mantenimiento, detallando las dierentes ases del procesode produccin o transormacin; los recursos naturales, las materias primas y los insumos qumicos,entre otros que se utilizarn en los procesos de extraccin, produccin o transormacin; su origen,

    caractersticas y peligrosidad, as como las medidas de control para su transporte, almacenamiento ymanejo; la cantidad de produccin diaria, mensual y anual de productos terminados e intermedios;las caractersticas de euentes, emisiones y residuos slidos generados; la cantidad de personal, losrequerimientos logsticos y las vas de acceso, entre otros.

    k. La descripcin de la etapa de abandono o cierre, incluyendo las acciones generales que implementarel proponente del proyecto de inversin en dicha etapa.

    III. Lnea base.

    Este aspecto debe contener las caractersticas del rea o lugar donde se ejecutar el proyecto, precisando ladelimitacin de las reas de inuencia directa e indirecta, incluyendo los siguientes elementos, solo en lamedida en que sean aectados por el proyecto:

    a. La descripcin de la ubicacin, extensin y emplazamiento del proyecto, identifcando y defniendo surea de inuencia directa e indirecta, considerando el estudio de macro y microlocalizacin, as comola ubicacin con relacin a un rea natural protegida y/o a su zona de amortiguamiento, de ser el caso.La propuesta de identifcacin y evaluacin del rea de inuencia ser ratifcada o modifcada por laautoridad competente al dar la conormidad a los trminos de reerencia respectivos.

    b. La descripcin del medio sico, en cuanto a sus caractersticas y dinmica. Adems, se debe incluir, cuan-

    do sea necesario y de acuerdo a las condiciones y envergadura del proyecto, los siguientes aspectos:

    Meteorologa clima y zonas de vida

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

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    41MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    Meteorologa, clima y zonas de vida.

    Geologa y geomorologa.

    Hidrograa, hidrologa, hidrogeologa y balance hdrico. Suelo, capacidad de uso mayor de las tierras y uso actual de los suelos.

    Calidad del aire, suelo y agua.

    Otras actividades existentes en el rea del proyecto.

    Otros aspectos que la autoridad competente determine.

    c. La descripcin del medio biolgico, en cuanto a sus caractersticas y dinmica. Adems, se debe incluir,cuando sea necesario y de acuerdo a las condiciones y envergadura del proyecto, los siguientes aspectos:

    Diversidad biolgica y sus componentes.

    Flora y auna (terrestre y acutica), indicando su abundancia, distribucin y estado de conservacinsegn los listados nacionales de especies en peligro y grado de endemismo.

    Ecosistemas rgiles, los cuales comprenden, entre otros, desiertos, tierras semiridas, montaas,pantanos, boedales, bahas, islas pequeas, humedales, lagunas altoandinas, lomas costeras, bos-ques de neblina y bosques relictos.

    reas Naturales Protegidas (ANP) o zonas de amortiguamiento.

    Unidades paisajsticas en el rea del proyecto.

    Aspectos o actores que amenazan la conservacin de los hbitats o ecosistemas identifcados.

    Otros aspectos que la autoridad competente determine.

    d. La descripcin y caracterizacin de los aspectos social, econmico, cultural y antropolgico de la po-blacin ubicada en el rea de inuencia del proyecto. Adems, se debe incluir, cuando sea necesario yde acuerdo a las condiciones y envergadura del proyecto, los siguientes aspectos:

    ndices demogrfcos, sociales, econmicos, de ocupacin laboral y otros similares.

    Servicios, inraestructura bsica y actividades principales que aporten inormacin relevante sobrela calidad de vida y costumbres de las comunidades involucradas.

    Descripcin y anlisis del uso actual del territorio, teniendo en consideracin su aptitud y la tenen-cia de tierras.

    Otros aspectos que la autoridad competente determine.

    e. La presencia de restos arqueolgicos, histricos y culturales en el rea de inuencia del proyecto.

    . La identifcacin de los aspectos de vulnerabilidad y peligros de origen natural o antropognico aso-

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

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    42 PRIMERA PARTE

    p y p g g p gciados al rea de inuencia del proyecto.

    g. La elaboracin de la cartograa general (mapas de ubicacin y temticos, entre otros) y los diagramasrelevantes de la lnea base relacionada con el proyecto.

    IV. Plan de Participacin Ciudadana.

    El titular deber elaborar este plan tomando en consideracin las disposiciones establecidas en las normas

    sectoriales y el Ttulo IV del D. S. N 002-2009-Minam, segn corresponda. Se debe presentar en el acpitecorrespondiente del EIA-sd los resultados debidamente sustentados del desarrollo de este plan, en los cua-les se evidencien las estrategias, acciones y mecanismos de involucramiento y participacin de las autori-dades, poblacin y entidades representativas de la sociedad civil debidamente acreditadas en las dierentesetapas de elaboracin del EIA-sd.

    Adicionalmente y tambin de acuerdo a lo establecido en el D. S. N 002-2009-Minam, cuando la autoridadcompetente determine la procedencia de la realizacin de la audiencia pblica, el Plan de Participacin

    Ciudadana debe contener el inorme consolidado de las observaciones ormuladas por la ciudadana du-rante dicho proceso. El inorme solo incluir las opiniones sustentadas de las aclaraciones, rectifcacioneso ampliaciones de inormacin eectuadas por la poblacin y las entidades representativas de la sociedadcivil acreditadas, destacando la orma cmo se dio respuesta a ellas en el proceso de elaboracin del EIA-sd.

    V. Caracterizacin del impacto ambiental.

    Se debe tomar en consideracin la identifcacin y caracterizacin de los impactos ambientales, as comolos riesgos a la salud humana y los riesgos ambientales del proyecto en todas sus ases y durante todo superiodo de duracin.

    Para tal fn, se deber identifcar, evaluar, valorar y jerarquizar los impactos ambientales positivos y negativosque se generarn, as como los riesgos inducidos derivados de la planifcacin, construccin, operacin,

    mantenimiento y/o cierre del proyecto, utilizando para ello las metodologas de evaluacin aceptadas inter-nacionalmente, debiendo velar por lo siguiente:

    a. Analizar la situacin ambiental determinada en la lnea base, comparndola con las transormacionesesperadas en el ambiente producto de la implementacin del proyecto.

    b. Prevenir los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinrgicos y evaluar los riesgos inducidos que

    se podran generar y presentar sobre los componentes ambientales, sociales y culturales, as como lasalud de las personas.

    c. Utilizar variables representativas para identifcar los impactos ambientales, justifcando la escala, el

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    43MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    p p p jnivel de resolucin y el volumen de los datos, la replicabilidad de la inormacin mediante el uso demodelos matemticos para la determinacin de impactos negativos y positivos y la defnicin de um-

    brales de dichos impactos.

    d. Considerar los Estndares de Calidad Ambiental (ECA) y los Lmites Mximos Permisibles (LMP) vigentes.En ausencia de regulacin nacional sobre la materia, emplear los estndares de nivel internacional queel Ministerio del Ambiente (Minam) apruebe para tal fn.

    La identifcacin y valoracin de los impactos ambientales debe realizarse tomando en cuenta los aspectossiguientes:

    a. El medio sico, que incluye el clima y la estabilidad geomorolgica del suelo, las condiciones hidrol-gicas y edaolgicas, la generacin de niveles de ruido, la presencia y niveles de vibraciones de camposelectromagnticos y de radiacin y el deterioro de la calidad de aire, agua y suelo.

    b. El medio biolgico, que incluye la aectacin a los ecosistemas terrestres y acuticos, el hbitat, suestructura y unciones, aspectos de su resiliencia y continuidad, as como los niveles de conservacin

    de las especies de ora y auna silvestre u otra caracterstica de relevancia.

    c. El aspecto social, econmico y cultural, especialmente de variables que aporten inormacin relevantesobre la calidad de vida de las comunidades o poblaciones aectadas y sobre los sistemas de vida y cos-tumbres de los grupos humanos, poniendo especial nasis en las comunidades protegidas por leyesespeciales.

    d. La insercin en algn plan de ordenamiento territorial o en un rea bajo proteccin ofcial.

    e. La caracterizacin del rea de inuencia en relacin a la inraestructura existente, por ejemplo: inraestruc-tura vial, rrea, aeroportuaria y de equipamiento, reas de recreacin y espacios urbanos, entre otros.

    . Potencialidad de las tierras y uso actual de suelo.

    g. El paisaje y los aspectos tursticos, caracterizando las unidades de singularidad o de especial valor.

    h. Aquellos otros aspectos del medio sico, biolgico y/o social que tengan relacin directa con el pro-yecto o la actividad, los cuales sern determinados por la autoridad competente.

    Para establecer la valoracin de los impactos ambientales, se considerarn como criterios el carcter positi-vo o negativo, el grado de aectacin al ambiente, la importancia con relacin a los recursos naturales y lacalidad ambiental, el riesgo de ocurrencia de los probables impactos, su extensin respecto del territorio,su duracin con relacin al tiempo que tendr el impacto, as como la reversibilidad del ecosistema para

    regresar a sus condiciones naturales.

    VI. Estrategia de manejo ambiental.

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

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    44 PRIMERA PARTE

    Debe considerar los mecanismos y acciones para la implementacin de las actividades y compromisos a los

    que est obligado a cumplir el titular del proyecto durante el periodo de duracin de la actividad minera, deconormidad con la Ley N 27446, su reglamento y otras normas complementarias aplicables. La estrategiade manejo ambiental debe incluir como mnimo lo siguiente:

    a. Plan de Manejo Ambiental, que identifque y caracterice todas las medidas que el titular del proyectorealizar para prevenir, mitigar y/o corregir los impactos ambientales identifcados.

    b. Plan de Vigilancia Ambiental, que incluya los mecanismos de implementacin del sistema de vigilanciaambiental y la asignacin de responsabilidades especfcas para asegurar el cumplimiento de las medi-das contenidas en el Plan de Manejo ambiental, considerando la evaluacin de su efciencia y efcaciamediante indicadores de desempeo. Asimismo, este plan incluir el programa de monitoreo ambien-tal, el cual sealar las acciones de monitoreo para el cumplimiento de los lmites mximos permisiblesu otros establecidos en las normas nacionales vigentes o en las normas de nivel internacional.

    c. Plan de Contingencias, que considere las medidas para la gestin de riesgos y las respuestas a even-

    tuales accidentes que aecten la salud, ambiente e inraestructura; este plan se debe elaborar para lasetapas de construccin, operacin, mantenimiento y cierre o abandono, si este ltimo procediere.

    d. Plan de Abandono o Cierre, que contenga las acciones a realizar cuando se termine el proyecto, demanera que el mbito del proyecto y su rea de inuencia queden en condiciones similares a las quese tuvo antes de su inicio. Este plan se eectuar de acuerdo a las caractersticas del proyecto y lasdisposiciones que determine la autoridad competente.

    e. Cronograma y presupuesto para la implementacin de esta estrategia de manejo ambiental.

    . Cuadro resumen conteniendo los compromisos ambientales sealados en los planes establecidos en laestrategia de manejo ambiental, as como la identifcacin del responsable y los costos asociados.

    VII. Empresa consultora y nombres y rma de los proesionales y tcnicos que intervinieron enla elaboracin del EIA-sd.

    Este punto es un requisito ormal y debe detallarse en el siguiente orden: nombre de la empresa y sus datosen general, nombres y frmas de los tcnicos que realizaron el estudio, entre otros datos.

    VIII. Otras consideraciones que determine la autoridad competente.

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

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    45MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    En este punto el GORE puede solicitar algunos requisitos especfcos propios de la realidad local o del con-

    texto en el que se desarrolla la actividad en la regin.

    IX. Anexos. Estos deben permitir corroborar la inormacin generada para la realizacin de acti-vidades y tareas del equipo de proesionales, inormacin que est contenida en el EIA-sd.

    Los anexos tambin pueden contener otros antecedentes de inters que sean tiles para la comprensin del

    documento. Por ejemplo, el titular del proyecto debe presentar: la cartograa del lugar de emplazamientode la accin sealando el rea de inuencia, la escala y la simbologa adecuada para una correcta interpre-tacin; la copia de los resultados de los anlisis emitidos por el laboratorio; las hojas de clculos realizados;tambin otograas y videos, entre otros documentos.

    3.4.

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

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    46 PRIMERA PARTE

    Contenido mnimo de la evaluacin preliminar: la Declaracin de Im-

    pacto Ambiental (DIA)Tambin la presentacin de una DIA debe hacerse de conormidad con el anexo VI del Reglamento de la LeyN 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado mediante DecretoSupremo N 019-2009-Minam. En este reglamento se establece el contenido mnimo para la evaluacinpreliminar en una DIA, el cual debe consistir en lo siguiente:

    I. Datos generales del titular y de la entidad autorizada para la elaboracin de la evaluacinpreliminar

    a. Proponente (persona natural o jurdica)

    Nombre o razn social Nmero de RUC

    Domicilio legal Calle y nmero Distrito Provincia Departamento Telono Fax

    Correo electrnico

    b. Titular o representante legal

    Nombres completos Nmero de DNI Domicilio Telono

    Correo electrnico

    En caso de tratarse del representante legal, deber acreditarse mediante documentos legalizados.

    c. Entidad autorizada para la elaboracin de la evaluacin preliminar

    En el caso de persona natural

    Nombres y apellidos

    Nmero de RUC Nmero de registro en el Minam

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    47MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    Nmero de registro en el Minam Proesin

    Domicilio Telono Correo electrnico

    En el caso de persona jurdica

    Razn social Nmero de RUC

    Nmero de registro en el Minam Proesionales que la conorman (nombres y proesiones) Domicilio Telono Correo electrnico

    II. Descripcin del proyectoa. Datos generales

    Nombre del proyecto Tipo de proyecto a realizar: nuevo ( ) ampliacin ( ) Monto estimado de la inversin Ubicacin sica del proyecto

    Direccin Avenida, calle o jirn y nmero Zonifcacin (segn uso de suelo) distrital o provincial Parque o rea industrial (si corresponde) Distrito Provincia Departamento Superfcie total y cubierta (ha o m2), especifcando su destino o uso (construccin, produccin,

    administracin, logstica, mantenimiento, servicios generales, ampliacin, otros) Tiempo de vida til del proyecto Situacin legal del predio (compra, venta, concesin, otra)

    Anexos

    Copia de la(s) habilitacin(es) correspondiente(s) y de la documentacin que acredite la zonifca-

    cin y la inscripcin en Registros Pblicos.

    Croquis de ubicacin del predio a escala 1: 5.000

    ( )

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    48 PRIMERA PARTE

    Planos con diseo de la inraestructura a instalar y/o existente (en caso de solicitar ampliacin)

    Planos de edifcaciones existentes

    b. Caractersticas del proyecto

    Toda la inormacin declarada en este apartado reerido a las caractersticas (que se enumeran msadelante), cuando se trate de proyectos nuevos, deber dividirse en las siguientes etapas:

    1. Etapa de planicacin. Detallar las actividades previas que se desarrollarn antes de la etapa de

    construccin del proyecto, tales como: desbroce, desbosque, demolicin y movimiento de tierras,entre otras.

    2. Etapa de construccin. Detallar las construcciones a desarrollar y el plazo previsto para su ejecu-cin, lo mismo que las dierentes etapas del proceso constructivo, sealado mediante diagramas deujos (ver el grfco 3):

    Las entradas: requerimientos de maquinaria, equipos, agua, combustible, energa y personal,

    entre otros Las salidas: residuos slidos, euentes, emisiones, ruidos, vibraciones y radiaciones, entre otros.

    3. Etapa de operacin. Detallar los procesos, subprocesos y actividades necesarias para obtener elproducto y/o productos del proyecto.

    Detallar mediante un diagrama de ujo (ver el grfco 3) los requerimientos y los residuos durante

    la operacin: Requerimientos o entradas: recursos naturales, insumos, equipos, maquinarias, personal y ener-

    ga para cada proceso y subproceso y para cada producto y/o subproducto. Residuos o salidas: residuos slidos, euentes, emisiones, ruidos, vibraciones, radiaciones y

    otros que se generarn en cada uno de los procesos y subprocesos.

    4. Etapa de mantenimiento. Detallar las actividades necesarias durante la etapa de mantenimiento o

    mejoramiento del proyecto de inversin.

    5. Etapa de abandono o cierre. Detallar las actividades que se van a llevar a cabo en la etapa de cierre.

    Para esta etapa tambin se debe desarrollar un diagrama de ujos (ver el grfco 3) respecto a los re-querimientos de maquinaria, equipos energa y personal; lo mismo que los residuos slidos, euentes,emisiones, ruidos y vibraciones, entre otros, que se producirn.

    Sealar los programas para restituir el rea a sus condiciones originales (de ser pertinente).

    GRFICO 3

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

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    49MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    Las caractersticas a desarrollar para estas etapas se detallan a continuacin y, en resumen, son: in-raestructura de servicios, vas de acceso, materias primas e insumos, procesos, productos elaborados,servicios, personal, euentes, residuos slidos, manejo de sustancias peligrosas, emisiones atmosri-cas, generacin de ruido, vibraciones y radiaciones y otro tipo de residuos.

    1. Inraestructura de servicios. Sealar si el lote o terreno donde se va a desarrollar el proyecto cuenta con: Red de agua potable Sistema de alcantarillado Red elctrica Red de gas natural Sistema municipal de captacin de aguas de lluvia

    2. Vas de acceso.Sealar si existen vas de acceso principales o secundarias para llegar al emplazamien-to del proyecto; indicar si son asaltadas, afrmadas u otras, as como su estado de conservacin.

    3. Materias primas e insumos. Indicar los recursos naturales, materias primas e insumos qumicos quese utilizarn:

    Recursos naturales. Sealar si, dentro de sus procesos o subprocesos, el proyecto utilizar recur-

    sos naturales que se encuentran en el rea de inuencia del proyecto (ver el cuadro 5).

    Proceso /

    subproceso

    GRFICO 3.Modelo de diagrama de fujo

    Recursos

    Insumos

    Equipos

    Maquinarias

    Energa

    Personal

    Entradas Salidas

    Euentes

    Residuos slidos

    Emisiones

    Ruido, vibraciones

    Materias primas. Sealar si dentro de sus procesos o subprocesos el proyecto utilizar insumosqumicos como materia prima (ver el cuadro 6).

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

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    50 PRIMERA PARTE

    q p ( )

    CUADRO 5.Tipos de recursos naturales a utilizar

    Recurso natural Cantidad(por da, semana, mes o ao)

    Unidad de medida

    Materias primas. Sealar si dentro de sus procesos o subprocesos el proyecto utilizar insumosqumicos como materia prima (ver el cuadro 6).

    CUADRO 6.Insumos qumicos a utilizar como materias primas

    Productoqumico(nombrecomercial)

    Ingre-dientesactivos

    CAS # Cantidad mensual(en kilos, toneladas,litros, metros cbi-cos, etc.)

    Propiedades

    Infamable

    Corrosivo

    Reactivo

    Explosivo

    Txico

    Notas1. Adjuntar MSDS (Hoja de seguridad) de las sustancias qumicas a usar.2. Para declarar el insumo qumico se debe reerir a la Ley N 28256, su reglamento y modifcatorias.

    Sealar la orma como los productos qumicos van a ser transportados y almacenados, lo mismo que las medidas

    establecidas para su manipulacin.

    Insumos qumicos. Sealar si dentro de sus procesos o subprocesos el proyecto utilizar insu-mos qumicos para la obtencin de productos o subproductos (ver el cuadro 7).

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

    52/134

    51MINERA FORMAL PEQUEA Y ARTESANAL: DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOS

    q p p p

    CUADRO 7.Insumos qumicos a utilizar

    Productoqumico(nombrecomercial)

    Ingre-dientesactivos

    CAS # Cantidad mensual(en kilos, toneladas,litros, metros cbi-cos, etc.)

    Propiedades

    Infam

    able

    Corrosivo

    React

    ivo

    Explo

    sivo

    Txico

    Notas:1. Adjuntar MSDS de las sustancias qumicas a usar.

    2. La inormacin sobre insumos qumicos consignada se refere a la Ley N 28256, su reglamento y modifcatorias.Sealar, la orma como los productos qumicos van a ser transportados y almacenados y las medidas establecidas para

    su manipulacin.

    4. Procesos. Sealar los procesos y subprocesos que desarrollar el proyecto en cada etapa, indicandoen cada uno de ellos las materias primas, insumos qumicos, energa, agua, maquinaria, equipos,etc. que se requerirn (ver el cuadro 8).

    CUADRO 8.Etapas del proceso y los subprocesos

    Pro-ceso o

    subpro-ceso

    Materia prima Insumos qumicos Ener-ga

    (Kw/hora)

    Agua(m3/

    seg)

    Maqui-naria

    (tipo decom-bustin)

    Equipos(tipo de

    com-bustin)Can-tidad Unidadde me-dida

    Can-tidad Unidaddemedida

    Se debern adjuntar los diagramas de ujo de los procesos y subprocesos y sealar el periodo de produccin (diario,

    semanal, mensual y anual, en la siguiente orma: da/semana/mes/ao).

    5. Productos elaborados. Sealar los estimados de la produccin total anual y mensual de cada pro-ducto (litros, kilogramos, unidades, etc.).

  • 7/29/2019 MANUAL PARA ENTENDER A LA PEQUEA MINERIA

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    52 PRIMERA PARTE

    6. Servicios. Para el desarrollo del proyecto, indicar los servicios requeridos.Agua Consumo, caudal (m3/seg) diario, mensual, anual. Fuente: red de agua potable, superfcial (ro, canal de riego) y/o subsuelo.

    Electricidad Consumo mensual. Potencia requerida. Fuente. Red de distribucin. Fuente propia (generacin hdrica o trmica: diesel, gas). En el caso de utilizar combustibles, sealar la orma de almacenamiento y las medidas de seguridad.

    7. Personal. Sealar la cantidad de personal que trabajar en el proyecto en cada etapa.

    Etapa de construccin Etapa de operaciones Etapa de mantenimiento Total Personal permanente Personal temporal Turnos de trabajo

    Sealar si el personal vivir en campamentos o si se desplazar diariamente a su domicilio. Si es encampamento, indicar el tiempo de permanencia en el proyecto.

    8. Efuentes y/o residuos lquidos. Eectuar la dierenciacin entre aguas, residuos lquidos domsti-cos y residuos lquidos industriales.

    Sealar el caudal diari