la caducidad

Upload: victor-delgado

Post on 15-Oct-2015

178 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

La caducidad

La caducidadLibro VIII del Cdigo Civil

Origen etimolgicoLocuciones latinas:

Caducus:dejar de ser, desaparecer

Cadere:acabar la vida, la de terminar, extinguirseOrigen histrico Ley Julia de Maritandis OrdinibusLex Caducaras Ley Papia

Actio PerpetuaeDerecho Romano Actio Temporalis

DefinicinEs aquella institucin jurdica mediante la cual se extingue la accin y el derecho de una persona ante la omisin de reclamarlos y con la finalidad de otorgar seguridad jurdica.

El CC de 1852 y 1936 no legisl la caducidad.

Efectos de la caducidadExtingue la accin y el derecho.

Qu es la accin? Realmente se extingue la accin?

La norma debe entenderse no referida propiamente a la accin sino a la pretensin.

Plazos de caducidadSegn el artculo 2004 de nuestro Cdigo Civil, se seala que:

Los plazos de caducidad los fija la ley, sin admitir pacto contrario

El plazo de caducidad, opera necesariamente ex tunc.

La continuidad de la caducidadEl artculo 2005 del Cdigo Civil seala:

La caducidad no admite interrupcin ni suspensin, salvo el caso previsto en el artculo 1994, inciso 8

El plazo es perentorio, nico e improrrogable.Siendo computables todos los das, sean hbiles o inhbiles.Declaracin de caducidadA solicitud de parte o de oficio?

Se puede impugnar esa declaracin?

En qu supuestos podra impugnarse?

Si el juez no advierte la caducidad del derecho al calificar la demanda, qu puede hacer la parte demandada?

Plazos de caducidadSon perentorios y fatales.Tienen un inicio y un vencimiento.Slo afecta a los derechos caducibles.

(Sin vicisitudes) CADUCIDAD

Nacimiento del Vencimiento derecho

Hay alguna diferencia con los plazos de la prescripcin extintiva?

9Cumplimiento del plazo de caducidadLa ausencia de inters del titular para exigir el cumplimiento de su derecho, se sanciona con la extincin del derecho y la pretensin.

Se entiende cumplido aunque el ltimo da sea inhbil.

Derechos CaduciblesSolo son caducibles los que emergen de una norma.Ejemplos:

El derecho de los promitentes de matrimonio a la indemnizacin. Segn el art. 240 del CC el plazo de caducidad es de 1 ao desde la ruptura de la promesa.

El derecho de demandar la anulacin del matrimonio, por quien lo contrajo por error sobre la identidad fsica del otro contrayente. El plazo segn el art. 277 inc. 5 es de 2 aos desde la celebracin del matrimonio.Derechos CaduciblesOtros ejemplos:

El derecho de los herederos para excluir de la herencia al indigno. Segn el art. 668 del CC el plazo es de 1 ao desde que el indigno entr en posesin de la herencia.

El derecho al reembolso de mejoras del poseedor que restituy el bien. Segn el art. 919 del CC el plazo de caducidad es de 2 meses desde que restituy el bien.Diferencias entre prescripcin extintiva y caducidadCasacin N 3190-2002:

La prescripcin y la caducidad son figuras de naturaleza distinta, estando la primera dirigida a extinguir la accin pero no el derecho; mientras que la segunda extinguir tanto la accin como el derecho.

Exp. N 924-98- Cusco:

Los plazos de caducidad los fija la ley y extinguen tanto el derecho como la accin, en cambio los plazos de prescripcin extinguen solamente la accin.

Diferencias entre prescripcin extintiva y caducidadSemejanzas entre prescripcin extintiva y caducidad