ilícitos tributarios

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Participante: Buitrago Wanda C.I:21.460.10 4 Sección: SAIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Ilícitos Tributarios.

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Participante: Buitrago WandaC.I:21.460.104Sección: SAIA C

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICERECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

Ilícitos Tributarios.

Ilícitos Tributarios

Toda acción u omisión que violen las normas tributarias.

Toda conducta típica, antijurídica que manifiesta la contradicción de una norma tributaria.

Es

Son susceptibles a ser sancionada.

Tipos de Ilícitos

Tributarios

Con Penas de Privativas de Libertad.

Materiales.

Relativos a Especies

Fiscales y Gravadas.

Formales.

Ilícitos Formales

Originan del incumplimiento de los deberes de los sujetos pasivos y afecta a la Administración Tributaria.

Se

Obligación de llevar libros , registros especiales y contables.

El deber de inscribirse ante la Administración Tributaria. Como lo es el Registro de Información Fiscal.

La obligación de emitir y exigir comprobantes .

Obligación de permitir el control de

la Administración Tributaria.

Pueden estar relacionados con el incumplimiento de estos deberes:

Ilícitos Relativos a Especies Fiscales y

Gravadas.

Se refieren a la venta de licores y de

tabaco.

Uno de estos ilícitos es la venta de especies sin la correspondiente autorización.

Artículo 108 del Código Orgánico Tributario.

Ilícitos Materiales

Son los relacionados con la omisión del pago del tributo debido a la obtención indebida de los reintegros. pagos a cuenta de obligaciones futuras

Constituyen estos

ilícitos:

1) El retraso u omisión en el pago de tributos o de sus porciones.

2)El retraso u omisión en el pago de anticipos.

3) El incumplimiento de la obligación de retener o percibir.

4)La obtención de devoluciones o reintegros indebidos.

Artículo 109 del Código Orgánico Tributario.

Ilícitos con Penas de Privativas de Libertad.

Implica la restricción de la libertad, debido a el incumplimiento de los deberes.

Conforman estos ilícitos, los siguientes:

1. La defraudación tributaria.

2. La falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción.

3. La divulgación o el uso personal o indebido de la información confidencial proporcionada por terceros independientes que afecte o pueda afectar su posición competitiva, por parte de los funcionarios o empleados públicos.

Artículo 115 del Código Orgánico Tributario.

Sanciones Aplicables a los Contribuyentes que Comentan Ilícitos:

Formales

Pueden ser sancionados con multas las cuales serán en unidades tributarias, podrán ser de 1 hasta 2000 U.T, de acuerdo al delito.

La clausura del negocio.

Relativos a Especies Fiscales y gravadas

Serán sancionados con multas. estarán comprendida entre 25 a 300 U.T

La suspensión de la actividad, hasta que consiga la autorización.

Materiales

La sanción será de multas de por ciento %. Este varia de acuerdo al ilícito cometido. Estará del 1% hasta 200%.

Ilícitos con Penas de Privativas de Libertad

La sanción será de prisión, la cual podrá ser desde 3 meses hasta 8 años.

Referencias

Código Orgánico Tributario.