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Concha 12, I . 48008 Bilbao Telf: 944 10 14 25 Fax: 944 10 14 38 [email protected] GIPUZKOA Alfonso VIII 3, 3. esk. 20005 Donostia Telf.: 943 45 69 II Fax: 943 46 28 66 [email protected] Garibai 14, 4. esk. 20500 Arrasate Telf.-fax: 943 79 92 43 [email protected] Artekale 10, 20570 Bergara Telf: 943 76 I3 65 [email protected] NAFARROA Emiliana Zubeldia 5, behea. (Arrotxapea) 31014 Iruñea Telf.: 948 22 41 24 [email protected] www.esk-sindikatua.org

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Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básicas de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofe-sional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básicas de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario mínimo interprofesional, IPREM, Renta Básica Subsidios, prestaciones de desempleo, pensiones mínimas, bases de cotización, tablas de retención IRPF, cotizaciones a la seguridad social, salario

DATOS DE INTERÉSm Subsidiosm Prestaciones de desempleom Pensiones mínimas m Bases de cotización m Tablas de retención IRPFm Cotizaciones a la Seguridad Social m Salario Mínimo Interprofesional m IPREMm Rentas Mínimas

ARABABeethoven 10 behe. 01012 GasteizTelf: 945 21 48 88 Fax: 945 21 50 [email protected]

BIZKAIAGral. Concha 12, I . 48008 BilbaoTelf: 944 10 14 25 Fax: 944 10 14 [email protected]

GIPUZKOAAlfonso VIII 3, 3. esk. 20005 DonostiaTelf.: 943 45 69 II Fax: 943 46 28 [email protected]

Garibai 14, 4. esk. 20500 ArrasateTelf.-fax: 943 79 92 [email protected]

Artekale 10, 20570 BergaraTelf: 943 76 I3 [email protected]

NAFARROAEmiliana Zubeldia 5, behea. (Arrotxapea)31014 IruñeaTelf.: 948 22 41 [email protected]

www.esk-sindikatua.org

Page 2: Gehigarria Taulak 2011 BEHIN BETIKOA

(1) Con responsabilidad familiar(2) Sin responsabilidad familiar

FOGASA

n SALARIOS: Hasta 150 días*n INDEMNIZACIÓN:

l Despidos y extinciones ................................................................................................................................... 30 días*l Despidos objetivos (individuales y E.R.E.s) ................................................................................... 20 días*

* Máximo día: triple del S.M.I. con prorrata.

MÁXIMO TOTAL

PENSIÓN S.O.V.I.(pensiones revalorizables)

Vejez, invalidez y viudedaz

Prestaciones S.O.V.I. concurrentes

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA

Jubilación e invalidez,un-a beneficiario-a

CUANTÍASMENSUALES

CUANTÍASANUALES

384,50

380,60

347,60

5.383,00

5.328,40

4.866,40

CUANTÍA DE OTRAS PRESTACIONES

Cumplir losrequisitos para la jubilación excepto la edad

COTIZACIÓNPARO

6 años o más

MAYORES DE 52 AÑOS

TIEMPOSUBSIDIO

Hasta la edad de jubilación

CUANTÍA

426 €

REQUISITOS

72 meses o más

MESESPARO

24

MAYORES DE 45 AÑOS (subsidio especial)

MESESSUBSIDIO

6 meses mas el subsidio

normal (por paro agotado)

CUANTÍA

1 fam. 426 €2 fam. 569,78 €

3 ó más familiares 708,23 €

TIEMPO COTIZADO

DESEMPLEO 2011

PRESTACIONES POR DESEMPLEO 2011

Mínimo desempleon Sin hijos/as, 497 €n Con hijas/os, 664,74 €Máximo desempleon Sin hijos/as, 1.087,20 €n 1 hijo/a, 1.242,52 € n 2 hijas/os o más, 1.397,87 €

Días paroDías cotizadosDe 360 a 539 .................................... 120De 540 a 719 .................................... 180De 720 a 1.079 ............................... 240De 900 a 1.259 ............................... 300De 1.080 a 1.259 ......................... 360De 1.260 a 1.439 ......................... 420De 1.440 a 1.619 ......................... 480De 1.620 a 1.799 ......................... 540De 1.800 a 1.979 ......................... 600

n Los seis primeros meses el 70% de la base reguladora, el resto al 60%

Responsabilidad familiarResponsabilidad familiarResponsabilidad familiarResponsabilidad familiarResponsabilidad familiar

MESESCOTIZADOS

34566

POR NO TENER DERECHO A PARO

MESESSUBSIDIO

345216

CUANTÍA

426 €426 €426 €426 €426 €

REQUISITOS

Menos de 45 añosMás de 45 añosMenos de 45 añosMás de 45 añosMás de 45 años

MESESPARO

44

6 ó más6 ó más12 ó más

POR PARO AGOTADO

SUBSIDIO

(1)(1)(1)(1)(2)

MESESSUBSIDIO

181824306

CUANTÍA

426 €426 €426 €426 €426 €

REQUISITOSTitular con 65 años

Titular menor de 65 años

Gran invalidez

Absoluta

Total: titular con 65 años

Total: titular con edadentre 60 y 64 años

Total derivad de enfermedadcomún menor de 60 años

Parcial del régimen de accidentesde trabajo: titular con 65 años

Titular con cargas familiares

Titular con 65 años o discapacidaden grado igual o superior al 65%

Titular con edad entre 60 y 64 años

Titular con menos de 60 años

Por beneficiario

Por beneficiario-a discapacitado-a menor de 18años con discapacidad igual o superior al 65%

En la ordandad absoluta, el mínimo se incrementará en 6.374,20 euros/año, distribuidos, en su caso, entre las personas beneficiarias

Por persona beneficiaria

Si no exite viudo/a ni huérfano/a pensionistas:

Una/un sola/o beneficiaria/o, con 65 años

Un/una solo/a beneficiario/a, menor de 65 años

Varios/as beneficiarios/as. El mínimo asignado a cada una/o se incre-mentará en el importe que resulte de prorrotear 3.802,40 euros/año entre el número de beneficiarios/as

10.388,00

9.735,60

15.582,00

10.388,00

10.388,00

9.735,60

5.236,00

10.388,00

JUBILACIÓN

INCAPACIDAD PERMANENTE

VIUDEDAD

ORFANDAD

EN FAVOR DE FAMILIARES

PENSIONES MÍNIMAS

CLASE DE PENSIÓNCon cónyugue

a cargo

euros/mes euros/año

Sin cónyuguea cargo:

unidad económica unipersonal

euros/mes euros/año

Con cónyuguea no cargo

euros/mes euros/año

742,00

695,40

1.113,00

742,00

742,00

695,40

374,00

742,00

601,40

562,50

902,10

601,40

601,40

562,50

374,00

601,40

695,40

601,40

562,50

455,30

183,70

361,40

8.419,60

7.875,00

12.629,40

8.419,60

8.419,60

7.875,00

5.236,00

8.419,60

9.735,60

8.419,60

7.875,00

6.374,20

2.571,80

5.059,60

570,40

531,50

855,60

570,40

570,40

531,5055% base mínima

cotiz. R. G.

570,40

7.985,60

7.441,00

11.978,40

7.985,60

7.985,60

7.441,0055% base mínima cotiz. R.

7.985,60

183,70

443,90

418,10

2.571,80

6.214,60

5.853,40

PENSIÓN MÁXIMA 2.497,91 €/mes 34.970,74 €/año

Page 3: Gehigarria Taulak 2011 BEHIN BETIKOA

REDUCCCIONES SOBRE RENDIMIENTOS DE LA TABLA GENERAL DE PERSONAS TRABAJADORAS DISCAPACITADAS EN LA C.A.P.V.

Importerendimiento anual

Hasta 20.630 €Más de 20.630 €Más de 22.790 €Más de 28.260 €Más de 40.490 €Más de 57.260 €Más de 86.190 €Más de 149.790 €

97654321

Minusvalía igualo superior al 33%e inferior al 65%

121211108653

n Minusvalía igual o superior al 33% e infe-rior al 65% en estado carencial de movi-lidad reducida.

n Minusvalía igual o superior al 65%.

* Según que la respectiva norma se refiera anteriormente al S.M.I. en cómputo anual o excluyendo exprésamente las pagas extras.

I.P.R.E.M. 2011(Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)

I.P.R.E.M. diarioI.P.R.E.M. mensualI.P.R.E.M. anual

17,75 €532,51 €

7.455,14 € ó 6.390,13 € *

SOBRE RENDIMIENTOS DE TRABAJOY PRESTACIONES POR DESEMPLEO

TABLA DE RETENCIONES DEL I.R.P.F. EN LA C.A.V.

Importerendimiento anual NÚMERO DE HIJOS/AS

Menos de 12.230 €Más de 12.230 €Más de 12.720 €Más de 13.250 €Más de 13.820 €Más de 14.450 €Más de 15.140 €Más de 15.900 €Más de 16.970 €Más de 18.260 €Más de 19.460 €Más de 20.630 €Más de 21.560 €Más de 22.790 €Más de 23.910 €Más de 25.830 €Más de 28.260 €Más de 31.200 €Más de 34.810 €Más de 37.820 €Más de 40.490 €Más de 43.350 €Más de 46.670 €Más de 50.540 €Más de 53.700 €Más de 57.260 €Más de 61.320 €Más de 66.010 €Más de 71.060 €Más de 75.470 €Más de 80.490 €Más de 86.190 €Más de 92.780 €

001234567891011121314151617181920212223242526272829303132

10001234568910111213141516171819202122232526272829303132

200000123567891011131415161719202122232425262728293031

3000000001345789101213141617182021222324252627293031

40000000000123468911121415171819212223242527282930

5000000000000012468101113151618192022232425272829

Más00000000000000000024791112141617192022232526

REDUCCCIONES SOBRE RENDIMIENTOS DE LA TABLA GENERAL DE PERSONAS TRABAJADORAS DISCAPACITADAS EN NAFARROA

Importerendimiento anual

Más de 10.000 €Más de 23.250 €Más de 41.250 €Más de 94.250 €

5322

Minusvalía igualo superior al 33%

151585

Minusvalía igualo superior al 65%.

SOBRE RENDIMIENTOS DE TRABAJOY PRESTACIONES POR DESEMPLEO

TABLA DE RETENCIONES DEL I.R.P.F. EN NAFARROA

Importerendimiento anual NÚMERO DE HIJAS/OS

Más de 10.000 €Más de 11.250 €Más de 12.750 €Más de 14.250 €Más de 16.750 €Más de 19.750 €Más de 23.250 €Más de 25.750 €Más de 28.250 €Más de 32.250 €Más de 35.750 €Más de 41.250 €Más de 48.000 €Más de 55.000 €Más de 62.000 €Más de 69.250 €Más de 75.250 €Más de 82.250 €

024681012

13,514,515,516,517,518,520,52325272829

1024681112131415

16,517,520,522,524,526,52829

200246

9,511,512,513,514,516,517,52022

23,5262729

30002489101213141618

20,523,525,52628

40000168

9,510,512,513,515,517,520,522,5242628

5000004689111315172022242527

Más000000468101213161921

23,525

26,5

Salario Mínimo Interprofesional 2011

Salario mínimo díaSalario mínimo mesSalario mínimo anual

21,38 €641,40 €

8.979,60 €

Page 4: Gehigarria Taulak 2011 BEHIN BETIKOA

RENTA DE GARANTÍA DE INGRESOS –R.G.I.– (antes R.B.)

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

NAFARROA

Si cobras el subsidio de desempleo, estás en paro, o si careces de ingresos puedes acceder a una Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social (R.B.I.P.S.):

Si eres pensionista y cobras por debajo de estas cuantías puedes acceder a una Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social (R.B.I.P.S.) hasta llegar a:

UNIDAD PERCEPTORA DE:1 miembro1 miembro1 miembro1 miembro1 miembro2 miembros2 miembros2 miembros

INGRESOS BRUTOS300 €400 €600 €800 €

1.024 €300 €600 €

1.020 €

Si tu salario (bruto mensual prorrateadas las pagas) es menor de las cuantías siguientes, tendrás derecho a la siguiente cuantía de Renta Complementa-ria de Ingresos de Trabajo (R.C.I.T.):

R.C.I.T.651 €561 €381 €201 €0,30 €830 €560 €2,74 €

RENTA BÁSICA NAFARROA

UNIDAD PERCEPTORA DE:1 miembro, hasta el 100% del S.M.I. mensual2 miembros, hasta el 120% del S.M.I. mensual3 miembros, hasta el 130% del S.M.I. mensual4 miembros, hasta el 140% del S.M.I. mensual5 miembros o más, hasta el 150% del S.M.I. mensual

CUANTÍA RENTA BÁSICA641,40 €769,68 €833,82 €897,96 €962,10 €

Si cobras el subsidio de desempleo, estás en paro, o si careces de ingresos:

UNIDAD PERCEPTORA DE:1 miembro2 miembros3 miembros o más

CUANTÍA R.B.I.P.S.658,50 €845,58 €935,38 €

UNIDAD PERCEPTORA DE:1 miembro2 miembros3 miembros o más

CUANTÍA R.B.I.P.S.748,30 €935,38 €

1.010,21 €

Contingencias comunes

Desempleo

– Contratos de duración determinada

Formación profesional

CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN

– Contingencias comunes

– Formación profesional

COTIZACIÓN DURANTE LA PERCEPCIÓN DE DESEMPLEO

El trabajador/a aporta el 65% de la cotización por contingencias comunes a su cargo (Base de cotización x 4,7% x 65%). (La base de cotización equivale al promedio de las bases de los 6 últimos meses de ocupación).

4,70

1,55

1,60

0,10

5,88 €/mes

0,15 €/mes

CONCEPTO A CARGO DEL TRABAJADOR/A

Contratos indefinidos; contratos temporalesformativos en prácticas, de relevo y deinterinidad; y contratos con trabajadores/asdiscapacitados/as

TIPOS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIALA CARGO DEL TRABAJADOR/A (% sobre base de cotización)

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

11.

Ingenieros/as y licenciados/as

Ing. Téc. Peritos y Ayu. Tit.

Jefas/es Adm. y de Taller

Ayudantes no titulados/as

Oficiales administrativas/os

Subalternos/as

Auxiliares administrativas/os

Oficiales/as de 1ª y 2ª

Oficial/a de 3ª y especialistas

Peones/as

Trab. menores de 18 años

1.045,20

867,00

754,20

748,20

748,20

748,20

748,20

€/día

24,94

24,94

24,94

24,94

3.230,10

3.230,10

3.230,10

3.230,10

3.230,10

3.230,10

3.230,10

€/día

107,67

107,67

107,67

107,67

6,30

5,22

4,54

4,51

4,51

4,51

4,51

4,51

4,51

4,51

4,51

BASES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

GRUPOS Y CATEGORÍASPROFESIONALES

BASESMÍNIMAS

€/mes

BASESMÁXIMAS

€/mes

En contratos atiempo parcial

BASES MÍNIMAS€/hora

(La base mínima mensual de cotización será en estos casos el resultado de multiplicar el número de horas trabajadas por la base horaria indicada).

Si tus ahorros no superan los 8.000 € y no superas los siguientes ingresos, cobrando una pensión, trabajando en precario, o estando en paro puedes solicitar una ayuda para poder pagar gastos de la vivienda, gastos médicos, etc.

UNIDAD PERCEPTORA DE:1 miembro2 miembros3 miembros o más

LÍMITE DE INGRESOS MENSUALES C.A.P.V.987,75 €

1.268,37 €1.403,07 €

AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL

UNIDAD PERCEPTORA Con 1 hijo/aCon dos o más hijas/os

CUANTÍA MÁXIMA MENSUAL 250 €320 €

Si cobras la Renta Básica, la Prestación de Complemento de Pensiones o la Prestación de Complemento de Rentas de Trabajo y estás pagando un alquiler tienes derecho a un complemento de vivienda de hasta las siguientes cuantías:

PRESTACIÓN COMPLEMENTARIA DE VIVIENDA

DE INTERÉS PARA LAS PERSONASCON DERECHO A PARO O SUBSIDIO

n Las cantidades percibidas en concepto de prestaciones por desempleo cotizan a la Seguridad Social y al I.R.P.F.. Las del subsidio, sólo al I.R.P.F.. En el subsidio para mayores de 52 años, se cotiza por la contingencia de jubilación.

n Para la concesión del subsidio se consideran responsabilidades familiares: cónyu-gues e hijas/os menores de 26 años, mayores incapacitadas/os o menores acogidas/os con renta inferior al 75% del S.M.I. (sin prorrata).