el hecho imputable a la administracion tributaria

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  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    faCULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS YPOLITICAS

    CAP: DERECHO

    TRABAJO ENCARGADO:

    El hecho im!"a#le a laa$mi%i&"'aci(% "'i#!"a'ia

    PRESENTADO POR:

      A&i)%a"!'a:Derecho tributario

    DOCENTE:

    SEMESTRE: *+iii, 2013

    1 DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    PRESENTACI-N

    El presente cabe señalar que ha sido un trabajo muy interesante; el cual nos permitió conocer más sobreEL

    HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

    El cual nos informa soben las cuales se le puede atribuir un hecho imputable a la administración tributaria de la

    misma.

    El presene trabajo es muy importante puesto que es parte de nuestra formación profesional en el paso por la casa de

    estudios de la UNIVE!I"#" #N"IN# NE!$% &EE! VE'#()UE!.

    2 DERECHO TRIBUTARIO

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    INTRODUCCION

    Este presente trabajo solo es una recopilación de datos tanto de libros como de pá*inas +eb y de

    las directi,as- del cual buscamos ,isualiar los criterios de esta materia que nos establecen este

    importante tema de lo cual puesto que e/iste coso en los que la administración tributaria suele

    cometer hechos imputables en el pa*o de las obli*aciones tributarias de un deudor tributario.

    3 DERECHO TRIBUTARIO

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    4 DERECHO TRIBUTARIO

    DEDICATORIA

    Dedico el presente trabajo a:Dios por brindarme un día más de

    vida.Mi madre por todo su apoyo.

    Docente Dr. uis !hay"a por suinmensa sabiduría #ue nos brinda.

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    $%D$!&'(&)&%*+!$,%...............................................................................................2

    $%*(-D!!$-%..............................................................................................3

    & /&!/- $M'*+& + + +DM$%$)*(+!$-% *($*+($+............................

    +)& &+:...............................................................................................

    +%$)$) :...................................................................................................

    $%)*(!$-%:...............................................................................................

    !-M&%*+($-:..............................................................................................

    $%5(+!!$-%&) 6 )+%!$-%&) *($*+($+)....................................................7

    1. 89& &) + $%5(+!!$,% *($*+($+....................................................7

    2. 8!-M- )& !+)$5$!+% +) $%5(+!!$-%&) *($*+($+)...................103. 8!-M- )& D&*&(M$%+ + $%5(+!!$,% *($*+($+...........................10

    4. 8!+&) )-% -) *$'-) D& $%5(+!!$-%&) *($*+($+)..................12

    ;. *$&%&% (&+*$%&% +) )+%!$-%&) *($*+($+)........................24

    +&%*&) D& (&*&%!$,% 6 '&(!&'!$,%: (&)'-%)+&)..........................2;

    +?ente de retenci@n..................................................................................2;

    +?ente de 'ercepci@n...............................................................................2;

    $$-(+5$+...............................................................................................2=

    & /&!/-

    $M'*+& + +; DERECHO TRIBUTARIO

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    +DM$%$)*(+!$-%

     *($*+($+

    = DERECHO TRIBUTARIO

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION

    TRIBUTARIA

    BASE LEGAL:

     Artículos 164° y 165° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Triutario!

    a"roado "or el #ecreto $u"re%o &° 1'5*+,

    ANÁLISIS :

    1, #e acuerdo con el artículo 164° del TUO del Código Triutario! toda acción u

    o%isión -ue i%"orte .iolación de nor%as triutarias! constituye in/racción

    sancionale,

    $i ien esto es así! cae "recisar -ue lo

    -ue se sanciona es el incu%"li%iento de

    los deeres i%"uestos a los

    contriuyentes! res"onsales o terceros!

    orientados a la deter%inación de la

    oligación triutaria o a la .eri/icación dela %is%a o de su cu%"li%iento correcto y

    o"ortuno,

    0, #e otro lado! con/or%e a lo

    estalecido en el "ri%er "rra/o del artículo 165° del TUO antes %encionado!

    las in/racciones triutarias se deter%inan en /or%a o2eti.a! lo cual signi/ica -ue

    "ara la con/iguración de las %is%as no se re-uiere %edir la intencionalidad en

    la conducta in/ractora,

    #ee tenerse en cuenta -ue! el ele%ento o2eti.o -ue deter%ina el ti"o

    in/ractor es ace"tado "or di.ersos tratadistas! "ara los cuales 3la conducta

    su2eta "osterior%ente a sanción es de a-ullas "ara cuya realiación no se

    exige la existencia de dolo o cul"a! "ues astar con -ue resulten in/ringidos

    a-uellos deeres -ue sore el ad%inistrado "esan con carcter general o

    es"ecial! "or el ordena%iento 2urídico ad%inistrati.o3,

    DERECHO TRIBUTARIO

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    ', $in "er2uicio de lo indicado en el "unto "recedente! es del caso %encionar 

    -ue an cuando no se ad%ite el ele%ento su2eti.o co%o deter%inante en la

    con/iguración de las in/racciones! la doctrina reconoce -ue tratndose de

    in/racciones "roducidas "or 7ec7o i%"utale a la Ad%inistración Triutaria noresultan de a"licación las sanciones corres"ondientes,

    4, *n e/ecto! entende%os -ue resulta raonale -ue no se sancione a-uella

    in/racción cuya co%isión se dee "rinci"al%ente a un acto de la Ad%inistración

    Triutaria -ue 7a i%"osiilitado el cu%"li%iento de la res"ecti.a oligación

    triutaria,

    *ste %is%o criterio es recogido "or di.ersos "ronuncia%ientos del Triunal+iscal, Así "or e2e%"lo! %ediante 8T+ &° 049: del ;9,;0,69 se le.antó una

    %ulta i%"uesta al contriuyente "or no ex7iir liros en raón de no 7aerse

    des.irtuado su a/ir%ación de -ue "recisa%ente al tie%"o de exigírsele esa

    "resentación! los liros se 7allaan en "oder de la Ad%inistración Triutaria, *n

    tr%inos si%ilares se 7a "ronunciado el Triunal +iscal %ediante la 8T+ &°

    5'': del ;5,;6,9;! 8T+ &° 10'01 del ;5,11,96! 8T+ &° 069': del 10;9'!

    8T+ &° 06''1 del ';,;',5! entre otras,

    5, #e lo ex"uesto en los "rra/os anteriores /luye -ue! no resulta sancionale la

    in/racción triutaria cuya co%isión se 7a deido a un 7ec7o i%"utale a la

     Ad%inistración Triutaria! de %anera tal -ue de 7aerse "roducido el "ago de

    una %ulta en este contexto! el %is%o se considerar co%o un "ago indeido,

    INSTRUCION1:

    &o sern sancionales las in/racciones triutarias cuya co%isión se 7uiera

    deido a un 7ec7o i%"utale a la Ad%inistración Triutaria, *n este sentido! de

    7aerse e/ectuado "ago alguno "or conce"to de %ulta! el %is%o se

    considerar co%o "ago indeido

    COMENTARIO2:

    1 DIRECTIVA N° 007-2000/SUNAT

    DERECHO TRIBUTARIO

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    *sta directi.a res"onde aun criterio raonale res"ecto a las in/racciones cuya

    co%isión se 7a deido a un acto de ad%inistración triutaria -ue 7aya

    i%"osiilitado el cu%"li%iento de la res"ecti.a oligación triutaria

    INRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS/

    1. ¿QUE ES LA INFRACCIÓN TRIBUTARIA

    ,

    &uestro Código Triutario conce"ta la in/racción triutaria co%o toda acción u

    o%isión -ue i%"orte .iolación de nor%as triutarias,

    *s el Código Triutario el -ue regula las in/racciones,

    #*=?TO T8?@UTA8?O

    *s la acción dolosa "re.ista en la ley -ue se "uede %ani/estar en las siguientes

    %odalidades

    a) =a #e/raudación +iscal (Triutaria),

    ) =a elaoración y co%ercio clandestino de

    "roductos gra.ados, Bara -ue exista delito!

    2 http:AAtributacionperuamatos.blo?spot.comA2007A0AnoBseranBsancionablesBlasBinCracciones.htmlEA2007A0AnoBseranBsancionablesBlasBinCracciones.html

    3 7tt"DDD,%onogra/ias,co%traa2os6;%anualauditoriatriutariaii%anualauditoriatriutariaii:,s7t%lEix0%4as-5-T

    7 DERECHO TRIBUTARIO

    http://www.monografias.com/trabajos60/manual-auditoria-tributaria-ii/manual-auditoria-tributaria-ii8.shtml#ixzz2m4asq5qThttp://www.monografias.com/trabajos60/manual-auditoria-tributaria-ii/manual-auditoria-tributaria-ii8.shtml#ixzz2m4asq5qThttp://www.monografias.com/trabajos60/manual-auditoria-tributaria-ii/manual-auditoria-tributaria-ii8.shtml#ixzz2m4asq5qThttp://www.monografias.com/trabajos60/manual-auditoria-tributaria-ii/manual-auditoria-tributaria-ii8.shtml#ixzz2m4asq5qT

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    dee .eri/icarse ade%s de la intención (dolo)! la existencia de los ele%entos -ue se

    seFalan a continuación y en el orden siguiente

    G*ngaFo dirigido a la Ad%inistración Triutaria,

    G Henerar error en la Ad%inistración Triutaria (de2ar de corar "or ello),

    G @ene/icio ilícito "ara el autor o tercero -ue se usca ene/iciar,

    2. ¿COMO SE CLASIFICAN LAS INFRACCIONES TRIBUTARIAS

    =as in/racciones triutarias! se clasi/ican en

    ?&+8ACC?I& $U$TA&C?A= ?&+8ACC?I& +O8JA=

    Constituye in/racción sustancial no "agar los triutos dentro de los tr%inos legales

    Constituye in/racción /or%al el incu%"li%iento de los deeres i%"uestos al

    contriuyente! res"onsale o tercero! tendientes a la deter%inación de la oligación

    triutaria o a la .eri/icación y /iscaliación del cu%"li%iento de ella,

    !. ¿COMO SE DETERMINA LA INFRACCIÓN TRIBUTARIA

    $egn el Código Triutario .igente! indica

    A"#$%&'( 1)*.- DETERMINACIÓN DE LA INFRACCIÓN+ TI,OS DE SANCIONES AGENTES FISCALIADORES

    =a in/racción ser deter%inada en /or%a o2eti.a y sancionada ad%inistrati.a%ente

    con "ena "ecuniarias! co%iso de ienes! interna%iento te%"oral de .e7ículos! cierre

    te%"oral de estaleci%iento u o/icina de "ro/esionales inde"endientes y sus"ensión

    de licencias! "er%isos! concesiones o autoriaciones .igentes otorgadas "or entidades

    del *stado "ara el dese%"eFo de acti.idades o ser.icios "licos, *n el control del

    cu%"li%iento de oligaciones triutarias ad%inistradas "or la $u"erintendencia

    &acional de Ad%inistración Triutaria $=K&AT! se "resu%e la .eracidad de los actos

    co%"roados "or los agentes /iscaliadores! de acuerdo a lo -ue se estaleca

    %ediante #ecreto $u"re%o,

    A"#$%&'( 1)7.- INTRANSMISIBILIDAD DE LAS SANCIONES

    Bor su naturalea "ersonal! no son trans%isiles a los 7erederos y legatarios las

    sanciones "or in/racciones triutarias,

    A"#$%&'( 1).- IRRETROACTMDAD DE LAS NORMAS SANCIONATORIAS

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    =as nor%as triutarias -ue su"ri%an o reducan sanciones "or in/racciones triutarias!

    no extinguirn ni reducirn las -ue se encuentren en tr%ite o en e2ecución,

    A"#$%&'( 170.- IM,ROCEDENCIA DE LA A,LICACIÓN DE INTERESES

    SANCIONES

    &o "rocede la a"licación de intereses ni sanciones si

    1, Co%o "roducto de la inter"retación e-ui.ocada de una nor%a! no se 7uiese

    "agado %onto alguno de la deuda triutaria relacionada con dic7a inter"retación 7asta

    la aclaración de la %is%a y sie%"re -ue la nor%a aclaratoria seFale ex"resa%ente

    -ue es de a"licación el "resente nu%eral,

     A tal e/ecto! la aclaración "odr realiarse %ediante =ey o nor%a de rango si%ilar!#ecreto $u"re%o re/rendado "or el Jinistro de *cono%ía y +inanas! 8esolución de

    $u"erintendencia o nor%a de rango si%ilar o 8esolución del Triunal +iscal a -ue se

    re/iere el Artículo 154, =os intereses -ue no "rocede a"licar son a-ullos de.engados

    desde el día siguiente del .enci%iento de la oligación triutaria 7asta los die (1;)

    días 7iles siguientes a la "ulicación de la aclaración en el #iario O/icial *l Beruano,

    8es"ecto a las sanciones no se a"licarn las corres"ondientes a in/racciones

    originadas "or la inter"retación e-ui.ocada de la nor%a 7asta el "lao antes indicado,

    0, =a Ad%inistración Triutaria 7aya tenido du"licidad de criterio en la a"licación de la

    nor%a y sólo res"ecto de los 7ec7os "roducidos! %ientras el criterio anterior estu.o

    .igente,

    &"3"&456%

    RTF 00)*!-2-2001 !1.0*.2001

    $e con/ir%a la a"elada! -ue declaró i%"rocedente la recla%ación contra una

    8esolución de Julta e%itida "or declarar ci/ras y datos /alsos! "or-ue la recurrente

    reconoció la co%isión de la in/racción y sta se deter%ina de %anera o2eti.a,

    &o es de a"licación al caso de autos lo estalecido en el nu%eral 0 del Articulo 19; del

    Código Triutario! "or-ue no se 7a con/igurado la du"licidad de criterioL no 7aindose

    ta%"oco con/igurado la inter"retación e-ui.ocada de la nor%a! "or-ue la in/racción se

    co%etió con "osterioridad a la /ec7a diL "ulicación de la 8T+ ;;161:! de

    oser.ancia oligatoria! -ue aclaró los Lr%inos en -ue la in/racción "or declarar ci/ras

    11 DERECHO TRIBUTARIO

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    y datos /alsos se co%etía y la recurrente canceló la %ulta y los intereses! cuando el

    artículo 19;! nu%eral 1! exige "recisa%ente -ue stos no 7ayan sido cancelados,

    *stalecen co%o instrucción -ue no son sancionales las in/racciones triutarias cuya

    co%isión se 7uiera deido a 7ec7o i%"utales a la Ad%inistración Triutaria

    #?8*CT?MA &N ;;90;;;$U&AT (Bulicada el 1,;9,0;;;)

    ?&$T8UCC?I&

    &o sern sancionales las in/racciones triutarias cuya co%isión se 7uie% deido a

    un 7ec7o i%"utale a la Ad%inistración Triutaria, *n este sentido! de 7aerse

    e/ectuado "ago alguno "or conce"ta de %ulta! el %is%o iP considerar co%o "ago

    indeido,

    8. ¿CUALES SON LOS TI,OS DE

    INFRACCIONES TRIBUTARIAS

    &uestro Código Triutario seFala

    co%o ti"os de in/racciones

    triutarias las originadas "or el

    incu%"li%iento de las oligaciones

    siguientes

    A"#. 172.- TI,OS DE

    INFRACCIONES TRIBUTARIAS

    =as in/racciones triutarias se

    originan "or el incu%"li%iento de

    las oligaciones siguientes

    1, #e inscriirse! actualiar o acreditar la inscri"ción,

    0, #e e%itir! otorgar y exigir co%"roantes de "ago yu otro docu%entos,  

    ', #e lle.ar liros yo registros o contar con in/or%es u otros docu%entos,

    4, #e "resentar declaraciones y co%unicaciones,

    5, #e "er%itir el control de la Ad%inistración Triutaria! in/or%ar y co%"arecer ante la

    %is%a,

    6, Otras oligaciones triutarias,

    12 DERECHO TRIBUTARIO

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    =as sanciones "or la co%isión de in/racciones estn "re.istas en el Código Triutario,

    A"#$%&'( 17!.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE

    INSCRIBIRSE+ ACTUALIAR O ACREDITAR LA INSCRI,CIÓN EN LOS

    REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN

    Constituyen in/racciones relacionadas con la oligación de inscriirse! actualiar o

    acreditar la inscri"ción en los registros de la Ad%inistración Triutaria

    1, &o inscriirse en los registros de la Ad%inistración Triutaria! sal.o a-ullos en -ue

    la inscri"ción constituye condición "ara el goce de un ene/icio,

    0, Bro"orcionar o co%unicar la in/or%ación! incluyendo la re-uerida "or la

     Ad%inistración Triutaria! relati.a a los antecedentes o datos "ara la inscri"ción!ca%io de do%icilio! o actualiación en los registros! no con/or%e con la realidad,

    ', Otener dos o %s n%eros de inscri"ción "ara un %is%o registro,

    4, Utiliar dos o %s n%eros de inscri"ción o "resentar certi/icado de inscri"ción yo

    identi/icación del contriuyente /alsos o adulterados en cual-uier actuación -ue se

    realice ante la Ad%inistración Triutaria o en los casos en -ue se exi2a 7acerlo,

    5, &o "ro"orcionar o co%unicar a la Ad%inistración Triutaria in/or%aciones relati.as a

    los antecedentes o datos "ara la inscri"ción! ca%io de do%icilio o actualiación en los

    registros o "ro"orcionarla sin oser.ar la /or%a! "laos y condiciones -ue estaleca

    la Ad%inistración Triutaria,

    6, &o consignar el n%ero de registro del contriuyente en las co%unicaciones!

    declaraciones in/or%ati.as u otros docu%entos si%ilares -ue se "resenten ante la

     Ad%inistración Triutaria,

    9, &o "ro"orcionar o co%unicar el n%ero de 8UC en los "rocedi%ientos! actos uo"eraciones cuando las nor%as triutarias así lo estalecan,

    A"#$%&'( 178.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE

    EMITIR+ OTORGAR E9IGIR COM,ROBANTES DE ,AGO /U OTROS

    DOCUMENTOS

    Constituyen in/racciones relacionadas con la oligación de e%itir! otorgar y exigir 

    co%"roantes de "ago

    13 DERECHO TRIBUTARIO

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    1, &o e%itir yo no otorgar co%"roantes de "ago o docu%entos co%"le%entarios a

    stos! distintos a la guía de re%isión,

    0, *%itir yu otorgar docu%entos -ue no renen los re-uisitos y características "ara

    ser considerados co%o co%"roantes de "ago o co%o docu%entos co%"le%entarios

    a stos! distintos a la guía de re%isión,

    ', *%itir yu otorgar co%"roantes de "ago o docu%entos co%"le%entarios a stos!

    distintos a la guía de re%isión! -ue no corres"ondan al rgi%en del deudor triutario o

    al ti"o de o"eración realiada de con/or%idad con las leyes! regla%entos o 8esolución

    de $u"erintendencia de la $U&AT,

    4, Trans"ortar ienes yo "asa2eros sin el corres"ondiente co%"roante de "ago! guía

    de re%isión! %ani/iesto de "asa2eros yu otro docu%ento "re.isto "or las nor%as "ara

    sustentar eQ traslado,

    5, Trans"ortar ienes yo "asa2eros con docu%entos -ue no renan los re-uisitos y

    características "ara ser considerados co%o co%"roantes de "ago o guías de

    re%isión! %ani/iesto de "asa2eros yu otro docu%ento -ue careca de .alide,

    6, &o otener el co%"rador los co%"roantes de "ago u otros docu%entos

    co%"le%entarios a stos! distintos a la guía de re%isión! "or las co%"ras e/ectuadas!

    segn las nor%as sore la %ateria,

    9, &o otener el usuario los co%"roantes de "ago u otros docu%entos

    co%"le%entarios a stos! distintos a la guía de re%isión! "or los ser.icios -ue le

    /ueran "restadas! segn las nor%as sore la %ateria,

    :, 8e%itir ienes sin el co%"roante de "ago! guía de re%isión yu otro docu%ento

    "re.isto "or las nor%as "ara sustentar Rre%isión!

    , 8e%itir ienes con docu%entas -ue no renan los re-uisito y características "ara

    ser considerados co%o co%"roantes de "ago! guías de re%isión yu otro docu%ento

    -ue careca de .alide,

    1;, 8e%itir ienes con co%"roantes de "ago! guía de re%isión u otros docu%entos

    co%"le%entarios -ue no corres"ondan al rgi%en del deudor triutario o al ti"o de

    o"eración realiada de con/or%idad con las nor%as sore la %ateria,

    14 DERECHO TRIBUTARIO

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    15/26

    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    11, Utiliar %-uinas registradoras u otras siste%as de e%isión de declarados o sin la

    autoriación de la Ad%inistración Triutaria "ara e%itir co%"roantes de "ago o

    docu%entos co%"le%entarios L stos,

    10, Utiliar %-uinas registradoras u otros siste%as de e%isión en estaleci%ientos

    distintos del declarado ante la $U&AT "an su utiliación,

    1', Usar %-uinas auto%ticas "ara la trans/erencia de ienes de "restación de

    ser.icios -ue no cu%"lan con las dis"osiciones estalecidas en el 8egla%ento de

    Co%"roantes de Bago! exce"to las re/eridas a la oligación de e%itir yu otorgar 

    dic7os docu%entos

    14, 8e%itir o "oseer ienes sin los "recintos ad7eridos a los "roductos o signos de

    control .isiles! segn lo estalecido en las nor%as triutarias,

    15, &o sustentar la "osesión de ienes! %ediante los co%"roantes de "ago a otro

    docu%ento "re.isto "or las nor%as sore la %ateria -ue "er%itan sustentar costo o

    gasto! -ue acrediten su ad-uisición,

    16, $ustentar la "osesión de ienes con docu%entos -ue no renen los re-uisitos y

    características "ara ser considerados co%"roantes de "ago segn las nor%as sore

    la %ateria yu otro docu%ento -ue careca de .alide,

    A"#$%&'( 17*.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE

    LLEVAR LIBROS /O REGISTROS O CONTAR CON INFORMES U OTROS

    DOCUMENTOS

    Constituyen in/racciones relacionadas con la oligación de lle.ar liros yo registros! o

    contar con in/or%es u otros docu%entos

    1, O%itir lle.ar los liros de contailidad! u otros liros yo registros exigidos "or las

    leyes! regla%entos o "or 8esolución de $u"erintendencia de la $U&AT u otros %edios

    de control exigidos "or las leyes y regla%entos,

    0, =le.ar los liros de contailidad! u otros liros yo registros exigidos "or las leyes!

    regla%entos o "or 8esolución de $u"erintendencia de la $U&AT! el registro

    al%acenale de in/or%ación sica u otros %edios de control exigidos "or las leyes y

    regla%entosL sin oser.ar la /or%a y condiciones estalecidas en las nor%as

    corres"ondientes,

    1; DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    16/26

    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    ', O%itir registrar ingresos! rentas! "atri%onio! ienes! .entas! re%uneraciones o actos

    gra.ados! o registrarlos "or %ontos in/eriores,

    4, Usar co%"roantes o docu%entos /alsos! si%ulados o adulterados! "ara res"aldar 

    las anotaciones en los liros de contailidad u otros liros o registros exigidos "or las

    leyes! regla%entos o "or 8esolución de $u"erintendencia de la $U&AT,

    5, =le.ar con atraso %ayor al "er%itido "or las nor%as .igentes! los liros de

    contailidad u otros liras o registros exigidos "or las leyes! regla%entos o "or 

    8esolución de $u"erintendencia de la $U&AT -ue se .inculen con la triutación,

    6, &o lle.ar en castellano o en %oneda nacional los liros de contailidad u otros liros

    o registros exigidos "or las leyes! regla%entos o "or 8esolución de $u"erintendencia

    de la $U&AT! exce"to "ara los contriuyentes autoriados a lle.ar contailidad en

    %oneda extran2era,

    9, &o contar con la docu%entación e in/or%ación -ue res"alde el clculo de "recios de

    trans/erencia! traducida en idio%a castellano! y -ue sea exigida "or las leyes!

    regla%entos o "or 8esolución de $u"erintendencia de la $U&AT,

    :, &o contar con el *studio Tcnico de "recios de trans/erencia exigido "or las leyes!

    regla%entos o "or 8esolución de $u"erintendencia de la $U&AT, &o conser.ar la

    docu%entación e in/or%ación -ue res"alde el clculo de "recios de trans/erencia,

    , &o conser.ar la docu%entación e in/or%ación -ue res"alde el clculo de "recios de

    trans/erencia,

    1;, &o conser.ar los liros y registros! lle.ados en siste%a %anual! %ecaniado o

    electrónico! docu%entación sustentatoria! in/or%es! anlisis y antecedentes de las

    o"eraciones o situaciones -ue constituyan 7ec7os susce"tiles de generar 

    oligaciones triutarias! o -ue estn relacionadas con stas! durante el "lao de"rescri"ción de los triutos,

    11, &o conser.ar los siste%as o "rogra%as electrónicos de contailidad! losso"ortes

    %agnticos! los %icroarc7i.os u otros %edios de al%acena%iento de in/or%ación

    utiliados en sus a"licaciones -ue incluyan datos .inculados con la %ateria i%"onile

    en el "lao de "rescri"ción de los triutos,

    10, &o co%unicar el lugar donde se lle.en los liros! registros! siste%as! "rogra%as!

    so"ortes "ortadores de %icro/or%as gra.adas! so"ortes %agnticos u otros %edios de

    1= DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    al%acena%iento de in/or%ación y de%s antecedentes electrónicos -ue sustenten la

    contailidad,

    A"#$%&'( 17).- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE

    ,RESENTAR DECLARACIONES COMUNICACIONES

    Constituyen in/racciones relacionadas con la oligación de "resentar declaraciones y

    co%unicaciones

    1, &o "resentar las declaraciones -ue contengan la deter%inación de la deuda

    triutaria dentro de los "laos estalecidas,

    0, &o "resentar otras declaraciones o co%unicaciones dentro de los "laos

    estalecidos,

    ', Bresentar las declaraciones -ue contengan la deter%inación de la deuda triutaria

    en /or%a inco%"leta,

    4, Bresentar otras declaraciones o co%unicaciones! en /or%a inco%"leta o no

    con/or%es con la realidad,

    5, Bresentar %s de una declaración recti/icatoria relati.a al %is%o triuto y "eriodo

    triutario,

    6, Bresentar %s de una declaración recti/icatoria de otras declaraciones o

    co%unicaciones re/eridas a un %is%o conce"to y "eríodo,

    9, Bresentar las declaraciones! incluyendo las declaraciones recti/icatorias! sin tener 

    en cuenta los lugares -ue estaleca la Ad%inistración Triutaria,

    :, Bresentar las declaraciones! incluyendo las declaraciones recti/icatorias! sin tener 

    en cuenta la /or%a u otras condiciones -ue estaleca la Ad%inistración Triutaria,

    A"#$%&'( 177.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE

    ,ERMITIR EL CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN+ INFORMAR COM,ARECER

    ANTE LA MISMA

    Constituyen in/racciones relacionadas con la oligación de "er%itir el control de la

     Ad%inistración! in/or%ar y co%"arecer ante la %is%a

    1, &o ex7iir los liros! registros! u otros docu%entos -ue sta solicite,

    1 DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    0, Ocultar o destruir ienes! liros y registros contales! docu%entación sustentatoria!

    in/or%es! anlisis y antecedentes de las o"eraciones -ue estn relacionadas con

    7ec7os susce"tiles de generar las oligaciones triutarias! antes del "lao de

    "rescri"ción de los triutos,

    ', &o %antener en condiciones de o"eración los so"ortes "ortadores de %icro/or%as

    graadas! los so"ortes %agnticos y otros %edios de al%acena%iento de in/or%ación

    utiliados en la a"licaciones -ue incluyen datos .inculados con la %ateria i%"onile!

    cuando se e/ecten registros %ediante %icroarc7i.os o siste%as electrónicos

    co%"uteriados o en otros %edios de al%acena%iento de in/or%ación,

    4, 8earir indeida%ente el local! estaleci%iento u o/icina de "ro/esionales

    inde"endientes sore los cuales se 7aya i%"uesto la sanción de cierre te%"oral deestaleci%iento u o/icina de "ro/esionales inde"endientes sin 7aerse .encido el

    tr%ino seFalado "ara la a"ertura yo sin la "resencia de un /uncionario de la

     Ad%inistración

    5, &o "ro"orcionar la in/or%ación o docu%entos -ue sean re-ueridos "or la

     Ad%inistración sore sus acti.idades o las de terceros con los -ue guarde relación o

    "ro"orcionarla sin oser.ar la /or%a! "laos y condiciones -ue estaleca la

     Ad%inistración Triutaria,

    6, Bro"orcionar a la Ad%inistración Triutaria in/or%ación no con/or%e con la realidad,

    9, &o co%"arecer ante Sa Ad%inistración Triutaria o co%"arecer /uera del "lao

    estalecido "ara ello,

    :, Autoriar estados/inancieros! declaraciones! docu%entos u otras in/or%aciones

    ex7iidas o "resentadas a la Ad%inistración Triutaria contenido in/or%ación no

    con/or%e a la realidad! o autoriar alances anuales sin 7aer cerrado los liros de

    contailidad,

    , Bresentar los estados /inancieros o declaraciones sin 7aer cerrado los liros

    contales,

    1;, &o ex7iir! ocultar o destruir sellos! carteles " letreros o/iciales! seFales y de%s

    %edios utiliados o distriuidos "or la Ad%inistración Triutaria,

    11, &o "er%itir o no /acilitar a la ad%inistración Triutaria! el uso de e-ui"o tcnico de

    recu"eración .isual de %icro/or%as y de e-ui"a%iento de co%"utación o de otros

    1 DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    %edios de al%acena%iento de in/or%ación "ara la realiación de tareas de auditoría

    triutaria! cuando se 7allaren a2o /iscaliación o .eri/icación,

    10, Miolar los "recintos de seguridad! cintas u otros %ecanis%os de seguridad

    e%"leados en las ins"ecciones! in%o.iliaciones o en la e2ecución de sanciones,

    1', &o e/ectuar las retenciones o "erce"ciones estalecidas "or =ey! sal.o -ue el

    agente de retención o "erce"ción 7uiera cu%"lido con e/ectuar el "ago del triuto

    -ue deió retener o "erciir dentro de los "laos estalecidos,

    14, Autoriar los liros de actas! así co%o los registros y liros contales u otros

    registros .inculados a asuntos triutarios sin seguir el "rocedi%iento estalecido "or la

    $U&AT,

    15, &o "ro"orcionar o co%unicar a la Ad%inistración Triutaria! en las condiciones -ue

    sta estaleca! las in/or%aciones relati.as a 7ec7os susce"tiles de generar 

    oligaciones triutarias -ue tenga en conoci%iento en el e2ercicio de la /unción notarial

    o "lica,

    16, ?%"edir -ue /uncionarios de la Ad%inistración Triutaria e/ecten ins"ecciones!

    to%as de in.entario de ienes! o controlen su e2ecución! la co%"roación /ísica y

    .aluaciónL yo no "er%itir -ue se "racti-uen ar-ueos de ca2a! .alores! docu%entos y

    control de ingresos! asi co%o no "er%itir yo no /acilitar la ins"ección o el control de los

    %edios de trans"orte,

    19, ?%"edir u ostaculiar la in%o.iliación o incautación no "er%itiendo el ingreso de

    los /uncionarios de la Ad%inistración Triutaria al local o al estaleci%iento o a la

    o/icina de "ro/esionales inde"endientes,

    1:, &o /acilitar el acceso a los contadores %anuales! electrónicos yo %ecnicos de las

    %-uinas traga%onedas! no "er%itir la instalación de so"ortes in/or%ticos -ue/aciliten el control de ingresos de %-uinas traga%onedasL o no "ro"orcionar la

    in/or%ación necesaria "ara .eri/icar el /unciona%iento de los %is%os,

    1, &o "er%itir la instalación de siste%as in/or%ticos! e-ui"os u otros %edios

    "ro"orcionados "or la $U&AT "ara el control triutario,

    0;, &o /acilitar el acceso a los siste%as in/or%ticos! e-ui"os u otros %edios

    "ro"orcionados "or la $U&AT "ara el control triutario,

    17 DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    01, &o i%"le%entar! las e%"resas -ue ex"lotan 2uegos de casino yo %-uinas

    traga%onedas! el $iste%a Uni/icado en Tie%"o 8eal o i%"le%entar un siste%a -ue no

    rene las características tcnicas estalecidas "or $U&AT,

    00, &o cu%"lir con las dis"osiciones sore acti.idades artísticas o .inculadas a

    es"ectculos "licos,

    0', &o "ro"orcionar la in/or%ación solicitada con ocasión de la e2ecución del e%argo

    en /or%a de retención a -ue se re/iere el nu%eral 4 del Artículo 11: del "resente

    Código Triutario,

    04, &o ex7iir en un lugar .isile de la unidad de ex"lotación donde los su2etos

    acogidos al &ue.o 8gi%en Único $i%"li/icado desarrollen sus acti.idades! los

    e%le%as yo signos distinti.os "ro"orcionados "or la $U&AT así co%o el

    co%"roante de in/or%ación registrada y las constancias de "ago,

    05, &o "resentar el estudio tcnico de "recios de trans/erencia,

    06, &o entregar los Certi/icados o Constancias de retención o "erce"ción de triutos

    así co%o el certi/icado de rentas y retenciones! segn corres"onda! de acuerdo a lo

    dis"uesto en las nor%as triutarias,

    A"#$%&'( 17.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON EL CUM,LIMIENTO DE LAS

    OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

    Constituyen in/racciones relacionadas con el cu%"li%iento de las oligaciones

    triutarias

    1, &o incluir en las declaraciones ingresos yo re%uneraciones yo retriuciones yo

    rentas yo "atri%onio yo actos gra.ados yo triutos retenidos o "erciidos! yo a"licar 

    tasas o "orcenta2es o coe/icientes distintos a los -ue les corres"onde en la

    deter%inación de los "agos a cuenta o antici"os! o declarar ci/ras o datos /alsos u

    o%itir circunstancias en las declaraciones! -ue in/luyan en la deter%inación de la

    oligación triutariaL yo -ue generen au%entos indeidos de saldos o "rdidas

    triutarias o crditos a /a.or del deudor triutario yo -ue generen la otención

    indeida de &otas de Crdito &egociales u otros .alores si%ilares,

    0, *%"lear ienes o "roductos -ue gocen de exoneraciones o ene/icios en

    acti.idades distintas de las -ue corres"onden,

    20 DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    ', *laorar o co%ercialiar clandestina%ente ienes gra.ados %ediante la sustracción

    a los controles /iscalesL la utiliación indeida de sellos! ti%res! "recintos y de%s

    %edios de controlL la destrucción o adulteración de los %is%osL la alteración de las

    características de los ienesL la ocultación! ca%io de destino o /alsa indicación de la

    "rocedencia de los %is%os,

    4, &o "agar dentro de los "laos estalecidos los triutos retenidos o "erciidos,

    5, &o "agar en la /or%a o condiciones estalecidas "or la Ad%inistración Triutaria o

    utiliar un %edio de "ago distinto de los seFalados en las nor%as triutarias! cuando

    se 7uiera exi%ido de la oligación de "resentar declaración 2urada,

    6, &o entregar a la Ad%inistración Triutaria el %onto retenido "or e%argo en /or%a

    de retención,

    9, Ber%itir -ue un tercero goce de las exoneraciones contenidas en el A"ndice del

    #ecreto =egislati.o &N '! sin dar cu%"li%iento n lo seFalado en el artículo 1; del

    citado #ecreta,

    :, Bresentar la declaración 2urada a -ue 7ace re/erencia el artículo 1; del #ecreto

    =egislati.o & ' con in/or%ación no con/or%o con la realidad,

    *. TIENEN REBAA LAS INFRACCIONES TRIBUTARIAS

    $egn el Código Triutario indica lo siguiente

    a) 8gi%en de Hradualidad

    A"#$%&'( 1)).- FACULTAD SANCIONATORIA

    =a Ad%inistración Triutaria tiene la /acultad discrecional de detenninL y sancionar 

    ad%inistrati.a%ente las in/racciones triutarias,

    *n .irtud de la citada /acultad discrecional! la Ad%inistración Triutaria ta%in "uede

    a"licar gradual%ente las sanciones! en la /or%a y condiciones -ue ella estaleca!

    %ediante 8esolución de $u"erintendintencia o nor%a de rango si%ilar,

    Bara e/ecto de graduar las sancionar! la Ad%inistración Triutaria se encuentra

    /acultada "ara /i2ar! %ediante 8esolución de $u"erintendencia o nor%a de rango

    si%ilar! los "ar%etros o criterios o2eti.os -ue corres"ondan! así co%o "ara

    deter%inar tra%os %enores al %onto de la sanción estalecida en las nor%as

    res"ecti.as,

    21 DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    1, 8egla%ento de 8gi%en de Hradualidad "ara las in/racciones

    relacionadas a la e%isión yo otorga%iento de Co%"roantes de Bago 8es,

    de $u", &N 1410;;4$U&AT 10,;6,0;;4)

    0, 8egla%ento del 8gi%en de Hradualidad relati.o a in/racciones no

    .inculadas a la e%isión yu otorga%iento de Co%"roantes de Bago 8es, de

    $u", &N 0540;;4$U&AT 0,;6,0;;4

    ) 8gi%en de ?ncenti.os

    A"#$%&'( 17.- R;GIMEN DE INCENTIVOS

    =a sanción de %ulta a"licale "or las in/racciones estalecidas en los nu%erales 1! 4 y

    5 del artículo 19:! se su2etar! al siguiente rgi%en de incenti.os! sie%"re -ue elcontriuyente cu%"la con cancelar la %is%a con la rea2a corres"ondiente

    a $er rea2ada en un no.enta "or ciento ;V sie%"re -ue el deudor triutario

    cu%"la con declarar la deuda triutaria o%itida con anterioridad a cual-uier 

    noti/icación o re-ueri%iento de la Ad%inistración relati.a al triuto o "eríodo a

    regulariar,

    $i la declaración se realia con "osterioridad a la noti/icación de un re-ueri%iento

    de la Ad%inistración! "ero antes del cu%"li%iento del "lao otorgado "or sta segn lo

    dis"uesto en el artículo 95a o en su de/ecto! de no 7aerse otorgado dic7o "lao!

    antes de -ue surta e/ectos la noti/icación de la Orden de Bago o 8esolución de

    #eter%inación! segn corres"onda! o la 8esolución de Julta! la sanción se reducir

    en un setenta "or ciento 9;V,

    c Una .e cul%inado el "lao otorgado "or la Ad%inistración Triutaria segn lo

    dis"uesto en el artículo 95$ o en su de/ecto! de no 7aerse otorgado dic7o "lao! una

    .e -ue surta e/ectos la noti/icación de la Orden de Bago o 8esolución de#eter%inación! de ser el caso! o la 8esolución de Julta! la sanción ser rea2ada en

    un cincuenta "or ciento 5;V sólo sí! con anterioridad al .enci%iento del "lao

    estalecido en el "ri%er "rra/o del Artículo 119 del "resente Código Triutario! el

    deudor triutario cancela la Orden de Bago! 8esolución de #eter%inación y

    8esolución de Julta noti/icadas! sie%"re -ue no inter"onga %edio i%"ugnatorio

    alguno,

     Al .enci%iento del "lao estalecido en el "ri%er "rra/o del artículo 119 del "resente

    Código o inter"uesto %edio i%"ugnatorio contra la Orden de Bago o 8esolución de

    22 DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    #eter%inación! de ser el caso! o 8esolución de Julta noti/icadas! no "rocede ninguna

    rea2aL sal.o -ue el %edio i%"ugnatorio est re/erido a la a"licación del rgi%en de

    incenti.os,

    Tratndose de triutos retenidos o "erciidas! el "resente rgi%en ser de a"licación

    sie%"re -ue se "resente la declaración del triuto o%itido y se cancelen stos o la

    Orden de Bago o 8esolución de #eter%inación! de ser el caso! y 8esolución de Julta!

    segn corres"onda,

    =a susanación "arcial! deter%inar -ue se a"li-ue la rea2a en /unción a lo declarado

    con ocasión de la susanación,

    *l rgi%en de incenti.os se "erder si el deudor triutario! luego de acogerse a l!

    inter"one cual-uier i%"ugnación! sal.o -ue el %edio i%"ugnatorio est re/erido a la

    a"licación del rgi%en de incenti.os,

    ). SANCIONES A,LICABLES ,OR INFRACCIONES TRIBUTARIAS

    A"#%&'( 10.- TI,OS DE SANCIONES

    =a Ad%inistración Triutaria a"licar! "or la co%isión de in/racciones! las sanciones

    consistentes en %ulta! co%iso! interna%iento te%"oral de .e7ículos! cierre te%"oral

    de estaleci%iento u o/icina de "ro/esionales inde"endientes y sus"ensión te%"oralde licencias! "er%isos! concesiones! o autoriaciones .igentes otorgadas "or 

    entidades del *stado "ara eli dese%"eFo de acti.idades o ser.icios "licos de

    acuerdo a las Talas -ue! co%o anexo! /or%an "arte del "resente Código,

    =as %ultas se "odrn deter%inar en /unción

    a) U?T =a Unidad ?%"ositi.a Triutaria .igente a la /ec7a en -ue se, co%etió la

    in/racción y cuando no sea "osile estalecerla! la -ue se encuentrara .igente

    a la /ec7a en -ue la Ad%inistración detecto la in/racción,) *l Triuto o%itido! no retenido o no "erciido! no "agado! el %onto au%entado

    indeida%ene y otros conce"tos -ue se to%an co%o re/erencia! no "odr ser 

    %enor a 5;V U?T "ara la Tala ?! 0;V U?T "ara la Tala ?? y 9V U?T "ara la

    Tala ??? res"ecti.a%ente,c) *l %onto no entregado,

    A"#$%&'( 11.-ACTUALIACIÓN DE LAS MULTAS

    1, ?nters a"licale

    23 DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

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    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    =as %ultas i%"agas sern actualiadas a"licando el inters %oratorio a -ue se re/iere

    el artículo '' ,

    0, O"ortunidad

    *l inters %oratorio se a"licar desde la /ec7a en -ue se co%etió la in/racción o!

    cuando no sea "osile estalecerla! desde la /ec7a en -ue la Ad%inistración detectó la

    in/racción,

    7. ¿COMO SE E9TINGUEN LAS SANCIONES TRIBUTARIAS

    A"#$%&'( 1).- E9TINCIÓN DE LAS SANCIONES

    =as sanciones "or in/racciones triutarias se extinguen con/or%e a lo estalecido en el

    artículo 09°,

    A"#$%&'( 27.- E9TINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

    =a oligación triutaria se extingue "or los siguientes %edios

    1) Bago

    0) Co%"ensación

    ') Condonación

    4) Consolidación

    5) 8esolución de la Ad%inistración Triutaria sore deudas de corana dudosa o de

    recu"eración onerosa

    =as deudas de corana dudosa son a-ullas -ue constan en las res"ecti.as

    8esoluciones u Ordenes de Bago y res"ecto de las cuales se 7an agotado todas las

    acciones conte%"ladas en el Brocedi%iento de Corana Coacti.a! sie%"re -ue sea"osile e2ercerlas,

    6) Otros -ue se estalecan %ediante "or leyes es"eciales,

    =as deudas de recu"eración onerosa son las siguientes

     A-ullas -ue constan en las res"ecti.as 8esoluciones u Ordenes de Bago y cuyos

    %ontos no 2usti/ican su corana,

    24 DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    25/26

    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

     A-ullas -ue 7an sido autoli-uidadas "or el deudor triutario y cuyo saldo no 2usti/i-ue

    la e%isión de la resolución u orden de "ago del acto res"ecti.o! sie%"re -ue no se

    trate de deudas -ue estn incluidas en un a"laa%iento yo /racciona%iento de

    carcter general o "articular,

    AGENTES DE RETENCI-N Y PERCEPCI-N:

    RESPONSABLES

    #een cu%"lir con la "restación triutaria! "or cuenta a2ena ("or %andato de la

    ley),

    AGENTE DE RETENCIÓN

    $u2eto -ue dee entregar cierta cantidad de dinero a deter%inadocontriuyente! "or ley est oligado a retener una "arlo de ese dinero y tiene eldeer de entregarlo a la Ad%inistración Triutaria,

    AGENTE DE ,ERCE,CIÓN

    *l contriuyente le entrega deter%inada su%a do dinero y "or %andato legal! l"ercie una cierta cantidad de dinero -uo lo entregar a la Ad%inistración

    Triutaria "ara destinarse al triuto -uo dee el contriuyente,

    2; DERECHO TRIBUTARIO

  • 8/16/2019 EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    26/26

    EL HECHO IMPUTABLE A LA ADMINISTACIONTRIBUTARIA .

    BIBLIOGRAIA

    ♣  Asesora%iento y Anlisis =aorales $,A,! 0;; ♣ 'edro