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Título del documento: Venezuela y su transparencia. Documento para su presentación en el VIII Congreso Internacional en Gobierno, Administración y Políticas Públicas GIGAPP. (Madrid, España) del 25 al 28 de septiembre de 2017. Autor: Torcat Muñoz, Juan Carlos Institución de procedencia: ORPANAC Email:orpanac2012 @gmail.com Twitter: @orpanac Resumen/abstract: Venezuela se encuentra pasando por una de las crisis más profundas en su historia, a pesar de contar con todos los componentes posibles para ser un País próspero y exitoso, por casi 20 años el país ha estado gobernado por el Chavismo, por lo cual pudiésemos deducir que muchas de las fallas actuales que se traducen en violaciones de derechos humanos son consecuencia de la mala gestión de ese gobierno, Venezuela cuenta con una Constitución redactada en 1999, donde se garantiza la participación ciudadana y la transparencia, ahora bien, hay indicadores internacionales que dan luces de los orígenes de las violaciones de derechos humanos en Venezuela, como por ejemplo el último IPC de Transparencia Internacional que coloca a Venezuela entre los países más opacos y corruptos del planeta. Palabras clave: Corrupción, transparencia, participación, DDHH y Venezuela. Nota biográfica: - Director General: ONG Orpanac, Profesor Universitario: Cátedra de Ética Pública y Transparencia, Abogado: Desde 2008, Fiscal del Ministerio Público 1999 al

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Título del documento: Venezuela y su transparencia.

Documento para su presentación en el VIII Congreso Internacional en Gobierno, Administración y Políticas Públicas GIGAPP. (Madrid, España) del 25 al 28 de

septiembre de 2017.

Autor: Torcat Muñoz, Juan Carlos

Institución de procedencia: ORPANAC

Email:[email protected]

Twitter: @orpanac

Resumen/abstract: Venezuela se encuentra pasando por una de las crisis más profundas en su historia, a pesar de contar con todos los componentes posibles para ser un País próspero y exitoso, por casi 20 años el país ha estado gobernado por el Chavismo, por lo cual pudiésemos deducir que muchas de las fallas actuales que se traducen en violaciones de derechos humanos son consecuencia de la mala gestión de ese gobierno, Venezuela cuenta con una Constitución redactada en 1999, donde se garantiza la participación ciudadana y la transparencia, ahora bien, hay indicadores internacionales que dan luces de los orígenes de las violaciones de derechos humanos en Venezuela, como por ejemplo el último IPC de Transparencia Internacional que coloca a Venezuela entre los países más opacos y corruptos del planeta.

Palabras clave: Corrupción, transparencia, participación, DDHH y Venezuela.

Nota biográfica:

- Director General: ONG Orpanac, Profesor Universitario: Cátedra de Ética Pública y Transparencia, Abogado: Desde 2008, Fiscal del Ministerio Público 1999 al 2008, Especialización: Criminalística- (IUPOL), Diplomado: Ciencias Penales y Criminológicas (UCAB). 2006. Especialización: 2007- Ciencias Penales y Criminológicas- Universidad Católica Andrés Bello (UCAB).

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I. SITUACION GENERAL DE LA CORRUPCION EN VENEZUELA

Breve síntesis del marco normativo nacional e internacional

.

Llamamos corrupción a las transferencias ilegítimas entre lo público y lo privado. Estas transferencias pueden ser simplemente la apropiación de bienes públicos o uso indebido de servicios. Pueden ocurrir también como formas de obtención de contratos, licencias o concesiones que otorga el Estado. En algunos casos la transferencia puede ocurrir aparentemente entre lo privado y lo público, como el financiamiento ilegal de la actividad política. En todos los casos, la corrupción afecta tanto el sistema político como a la actividad económica privada, al pervertir las reglas de juego. La corrupción no se produce como actos aislados sino que es parte de una cultura o de unas costumbres que penetran la actividad cotidiana. En otras palabras, la corrupción es un fenómeno complejo que requiere el análisis cuidadoso dentro del contexto político y social en circunstancias históricas específicas.

En Venezuela existe la percepción de una alta corrupción. El Índice de Percepción de Corrupción registra valores negativos en el país desde 1995, sin mejora alguna en estos veintidós años. Según este índice Venezuela se ubica entre los países percibidos como más corruptos de todo el mundo. A pesar de la firma de convenciones internacionales, de algunos cambios en el marco legal, la aplicación de los considerandos fundamentales de transparencia está lejos de ser una realidad.

El estado venezolano ha firmado pactos, convenios, protocolos o tratados en diferentes ámbitos, los cuales co- ayudan al desarrollo, no sólo del país, sino también de las regiones, comunidades, continentes y el mundo. Tal es el caso del Pacto de San José de Costa Rica, firmado durante la conferencia especializada Interamericana de Derechos Humanos, la Convención Interamericana Contra la Corrupción firmada en Caracas en 1996 y desde el año 2001 Venezuela forma parte del Mecanismo de seguimiento de la implementación de la Convención Interamericana contra la corrupción (MESICIC), establecido en el marco de la OEA para apoyar en las disposiciones emanadas de la Convención Interamericana contra la Corrupción, mediante procesos de evaluaciones reciprocas en condiciones de igualdad, actualmente su representación la ejerce el Dr. Manuel Galindo Ballesteros en su cualidad de experto titular ante el Comité de expertos del mecanismo.

En ambas convenciones Venezuela se comprometió a cumplir una serie de principios, normas y ejecutar una serie de acciones, procedimientos para obtener unos resultados objetivos con respecto a Derechos Humanos y a la lucha contra la corrupción, como el derecho ciudadano de acceso a la información pública. Venezuela también

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firmó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción en el 2003, ratificado en el año 2009.

En líneas generales, podemos decir que en Venezuela ha habido preocupación por la corrupción en los últimos 60 años. Ha habido acciones legislativas, administrativas y judiciales de importancia. Entre las legislativas cabe mencionar la Ley Contra el Enriquecimiento Ilícito, la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Público, la Ley de Licitaciones, Ley Contra la Corrupción y Ley Orgánica de Contraloría Social. Entre las acciones judiciales se puede mencionar la condena de dos presidentes y varios ministros. Organismos públicos muy importantes como la Contraloría General, la Fiscalía General y el sistema judicial han tenido un papel en la lucha contra la corrupción. La Constitución vigente, aprobada en 1999, establece la rendición de cuentas de los funcionarios públicos de todos los niveles: Nacional, estadal y municipal; e incluye también al poder legislativo. Por otro lado, los estudios sobre la corrupción comenzaron bastante después, en parte debido a la percepción del fracaso de estos organismos en controlar la corrupción.

En tal sentido la ONG Transparencia Venezuela, consigno un informe ante la ONU en el marco de la 55° sesión del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el cual se hace énfasis que las violaciones de DDHH en Venezuela se originan por causa de la corrupción, y le solicita al Comité exhorte a Venezuela en lo siguiente:

a) El cumplimiento de la norma constitucional de elección de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, del Contralor General de la República, del Fiscal General de la Republica, del Defensor del Pueblo, que garantice su autonomía e independencia.b) Realizar los concursos para el ingreso a la función pública basado en capacidad y mérito, tal como establece la Constitución, y que la evaluación y ascensos se realicen de acuerdo a criterios de desempeño. Avanzando con urgencia en el nombramiento en cargos fijos del 80% de los jueces que hoy se encuentran en situación de provisionalidad.c) Aprobar e implementar normas anticorrupción: Ley de Acceso a la Información Pública, Ley prevención de conflictos de intereses; Ley de protección de denunciantes. Todas con base en principios de la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción y el presente Pacto. Y avanzar con urgencia en la eliminación de la normativa que limite o reduzca el libre acceso a la información pública.d) Reformar la Ley de Contrataciones Públicas eliminando las exclusiones y reduciendo las excepciones a los procesos licitatorios abiertos.e) Implementar las prácticas de transparencia presupuestal y planificación del gasto con base en metas e indicadores.f) Generar y publicar con carácter de urgencia información completa, verificable y clara, sobre el desarrollo de los DESC y en particular de las Misiones Sociales tendientes a eliminar los espacios de discrecionalidad y arbitrariedad que pueden llevar a la búsqueda de beneficios personales y/o políticos. Publicar de todos los contratos realizados en el marco de las Misiones.g) Publicación de informes, índices, estadísticas financieras de forma constante y actualizada desde la ONAPRE, Oficina del Tesoro, Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP) y BCV.

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h) Es importante recomendar al Estado venezolano la revisión y eliminación de las lagunas jurídicas (loophole) y contradicciones que permiten decisiones del Tribunal Supremo de Justicia contrarias al derecho de acceso a la información pública y la transparencia.i) Publicar el listado de beneficiarios de todas las Misiones y Programas sociales actualizados con información suficiente para realizar verificaciones y contraloría social.j) Mantener los intereses y organizaciones político/partidista fuera de las decisiones y ejecución de los programas y misiones.k) Cese de la persecución contra defensores y organizaciones de DDHH y de vigilancia ciudadana de la sociedad civil independientes, implementando la Declaración de la ONU sobre Defensores de Derechos Humanos

Antecedentes del problema de corrupción en Venezuela

La corrupción se convirtió en un problema político muy importante en la década de 1990. El ex presidente Carlos Andrés Pérez fue removido de su cargo por su responsabilidad en un caso de malversación de fondos al comienzo de la década. El argumento anti-corrupción fue clave en la elección de los presidentes Caldera (1993) y Chávez (1998). También en la enorme sacudida que ha recibido el sistema político venezolano. Esto nos indica que la lucha eficaz contra la corrupción requiere mucho más que voluntad política o acciones legislativas y judiciales.

Durante el gobierno de Chávez han continuado las denuncias de casos de corrupción en distintas instancias gubernamentales. Ejemplo de ello ha sido, las denuncias relativas al financiamiento de las campañas electorales con el erario público (El Universal,Sep 2010), y las ayudas económicas a otros países, generalmente de ideología afín al gobierno y a cambio de lealtad política en el ámbito internacional, Esta es la situación de los grandes casos de corrupción, ocurridos en nuestro país, como  la emergencia eléctrica que le costó al país por lo menos treinta mil millones de dólares, Plan Bolívar 2000 que combinaba tres elementos que eran emergencia social, grandes cantidades de dinero y militares, las importaciones simuladas, el fraude masivo de Francisco Illaramendi. Igualmente, los sobornos a funcionarios del Bandes y Banfoandes, investigados y sancionados en Estados Unidos, las cuentas o negocios ilícitos de funcionarios venezolanos en Andorra, Suiza, España, Panama, Portugal, entre otros países, las oscuras cuentas de Petróleo de Venezuela En la lista de casos a investigar destacan, entre otros, el fraude en su fondo de pensiones, el accidente de la refinería de Amuay en el estado Falcón, y presuntos sobornos que salpican a la brasileña Petrobras.

El último escándalo que golpea a la industria tiene como protagonistas a los empresarios venezolanos Roberto Rincón y Abraham Shiera, quienes enfrentan a la justicia de Estados Unidos por el pago de comisiones a cinco directivos de Pdvsa que asciende a Mil millones de dólares, las exportaciones con la moneda virtual Sucre (con sentencias condenatorias en Ecuador), El caso de la Productora y Distribuidora Venezolana de Alimentos (Pdval) apuntó directamente a Petróleos de Venezuela, que en ese momento tenía sobre sus hombros la responsabilidad de garantizar la "soberanía

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alimentaria". Pdval demostró que en Venezuela el negocio no es vender alimentos sino importarlos. Valiéndose de los dólares preferenciales, se compraba una gran cantidad de alimentos en el exterior que luego congestionaban los puertos nacionales y se terminaban pudriendo, entre 2009 y 2011 se aprobaron 7.583 millones de dólares para importar alimentos, pero solo arribó al país 14% de la comida supuestamente comprada, los casos de la Comisión de Administración de Divisas; cuyas siglas son: CADIVI, que según el actual canciller de la República Jorge Arreaza por esta vía se invirtieron en el país 717 mil 903 millones de dólares y según los Ex Ministros Jorge Giordani y Hector Navarro se malversaron más de 300 mil millones de dólares (Peñalosa, 2016), más recientemente podemos mencionar los casos ligados a la empresa transnacional Odebrecht la cual está ligada a hechos de corrupción en más de 12 países, donde se encuentran implicados Presidentes, Ministros y funcionarios públicos, solo Venezuela pago la suma de 30 mil millones de dólares en total para el desarrollo de 11 obras (Suárez, 2017).

La contraloría ha emprendido una lucha en contra de la corrupción de funcionarios públicos. En Diciembre de 2009 publicó una lista en la que inhabilitaba políticamente a al menos, 150 funcionarios públicos debido a acusaciones de corrupción (Noticiero Legal, 2009). Un año antes habían sido inhabilitados políticamente 272 funcionarios públicos. La oposición se quejó de la publicación de las listas, asegurando que eran una medida deliberada para evitar que la disidencia participara en las elecciones regionales del año 2008. La lista generó protestas y fue declarada por opositores como inconstitucional: “Pero el argumento central de los inhabilitados es que la Ley de Contraloría choca con la Constitución, que establece que los ciudadanos sólo podrán perder sus derechos políticos mediante sentencia de un tribunal, lo que no ha sucedido en estos casos” (Chirinos, 2008). Las acusaciones fueron desestimadas por el contralor quien aseguró que había inhabilitado a funcionarios corruptos independientemente de su color político demostrando que reconocía la existencia de la corrupción en Venezuela y que estaba dispuesto a tomar las medidas necesarias para hacer frente al problema.

Existen también irregularidades en el ámbito judicial que dificultan el acceso a la justicia y por tanto la lucha contra la corrupción. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su informe especial “Democracia y Derechos Humanos en Venezuela” del año 2009, aseguró haber recibido denuncias sobre “irregularidades en la designación de los jueces y fiscales, cuyos efectos continúan perjudicando las garantías de independencia judicial en Venezuela” (Comisión Interamericana de Derechos Humanos OEA, 2009). Así mismo, en la remoción de algunos jueces durante el período de evaluación del informe, quedó en evidencia que habían sido removidos de sus cargos por tomar decisiones que afectaban al gobierno.

Luego, el poder judicial no es completamente independiente y muchas veces las denuncias que se efectúan en contra del gobierno no prosperan; desestimando la capacidad de denuncia de los ciudadanos y facilitando la impunidad en los casos de corrupción. Así lo asegura el informe de la Comisión, citando a Provea, una

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organización no gubernamental que se dedica a la protección de Derechos Humanos en Venezuela:

“Un 96% de los casos estudiados, en los que se ejercitó acción contra las actuaciones de organismos del Estado, tales como el Presidente de la República, la Asamblea Nacional (AN), la Contraloría General de la República (CGR), el Consejo Nacional Electoral (CNE), el Fiscal General de la República o el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de manera directa, fueron declarados sin lugar, o no se produjo pronunciamiento sobre el fondo del asunto al declararse inadmisibilidad, incompetencia, improcedencia o causa improponible; lo que no contribuye a fortalecer el control ciudadano sobre el ejercicio del poder y aleja subjetivamente a las instituciones del pueblo” (Comisión Interamericana de Derechos Humanos OEA, 2009).

En el informe fueron también denunciadas continuas violaciones a derechos humanos fundamentales, una creciente impunidad y restricciones a la libertad de expresión e información. Todos estos factores allanan el camino para prácticas corruptas en el seno del Estado, en todos sus niveles de gobierno a la vez que se constituyen en obstáculos para la lucha anti-corrupción, tal como se evidencia en la sentencia 745 dictada por la Sala Constitucional del TSJ el pasado 15 de julio 2010, donde se declara la privacidad de los sueldos de los funcionarios públicos o donde por medio de la utilización de la falta de independencia de los poderes se justifica el no cumplimiento de la obligación por parte del estado de la difusión de información pública de sensible interés ciudadano tal como lo expresa la sentencia No. 745 de 15 de julio de 2010, la Sala Constitucional del TSJ, declaró sin lugar la acción de habeas data intentada por la Asociación Civil Espacio Público, negándole su derecho de acceso a la información administrativa sobre las remuneraciones pagadas a los funcionarios de la Contraloría General de la República, alegando que frente a ello privaba el derecho a la privacidad o “intimidad económica” de los mismos, la Magistrada entre otras cosas también alego lo siguiente:

“Al respecto, cabe señalar que aun cuando efectivamente se invocó un interés que se interrelaciona con la necesidad de proteger otro bien jurídico constitucional, este es, la participación ciudadana en la gestión pública; sometida la pretensión de amparo al test de constitucionalidad, constata la Sala que la parte accionante no acredita cómo la información solicitada sería de utilidad para la participación ciudadana en pro de la transparencia de la gestión pública. En otras palabras, no parece proporcional la magnitud de la información solicitada en pro de la transparencia de la gestión fiscal, ni siquiera las acciones concretas para las cuales se utilizaría la información solicitada. Razón por la cual, en criterio de la Sala, no existe un título legítimo para tolerar la invasión en el derecho constitucional a la intimidad del Contralor General de la Repúblico y el resto de los funcionarios adscrito al órgano contralor…” ( o la sentencia No. 935 de 4 de agosto de 2015 dictada en el caso Asociación Civil Transparencia Venezuela contra el Presidente del Banco Central de Venezuela,2 negándole a dicha

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Organización No Gubernamental el derecho que toda la población tiene a estar informada por el Banco Central de Venezuela, públicamente, sobre los indicadores económicos del país que legalmente dicha institución está obligada a producir y publicar, al respecto el Dr. Alan Brewer señalo lo siguiente:

“La sentencia que se comenta, al contrario, violó abiertamente el principio pro actione que deriva del principio de la progresividad en materia de derechos humanos (art.19 Constitución), que le imponía a la Sala en caso de duda decidir a favor de la admisibilidad de la acción, para garantizarle a la accionante su derecho de acceder a la justicia y a obtener la tutela efectiva de sus derechos (art. 26); y con ello, además, violó abiertamente dicho derecho de acceder a la justicia, y además, el derecho ciudadano a la transparencia de la Administrativa al negarle a la demandante la posibilidad de controlar las omisiones del banco central de Venezuela en el cumplimiento de su obligación legal de recopilar e informar públicamente sobre los indicadores económicos del país.Así, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en definitiva, decretó el secreto en materia económica, como política de Estado, liberando de hecho al Banco Central de Venezuela de su obligación legal de informar al país sobre los indicadores económicos, arrebatándole a los ciudadanos su derecho a la trasparencia gubernamental, su derecho de acceso a la justicia y su derecho a la información administrativa.” (Brewer Carias, 2016)

Ante toda esta situación, cabe preguntarse: ¿Cuál es la actitud del ciudadano ante el grave problema de corrupción que existe en Venezuela? En líneas generales, el venezolano tiene miedo de efectuar la denuncia o considera que denunciar un caso de corrupción será poco efectivo, su denuncia tiene pocas probabilidades de prosperar bien por el retardo procesal, la poca independencia de los jueces o por motivos políticos.

En conclusión, Venezuela ha mantenido un interés desde hace por lo menos 60 años en luchar en contra de la corrupción, haciendo visibles y condenando casos emblemáticos como el del ex presidente Carlos Andrés Pérez en la década de los 90. Pero el fenómeno de la corrupción se ha visto aumentando en un contexto de crisis social y política en el que se han presentado serias restricciones al sistema democrático; facilitando la discrecionalidad y la impunidad en la lucha anticorrupción. La corrupción es un fenómeno complejo que no depende solamente de la voluntad política de los gobiernos, sino también de condicionantes culturales que otorgan una permisología y tolerancia a las prácticas corruptas y que dificultan así mismo su eliminación.

II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

El índice de Percepción de la Corrupción del año 2016, un estudio mundial que realiza la ONG Transparencia Internacional (Transparency International, 2015); arroja un resultado alarmante: Venezuela se ubica entre los países más corruptos del mundo al ocupar la posición número 166 de una lista de 176 países ordenados de manera ascendente de acuerdo a su nivel de corrupción. En Latinoamérica, Venezuela figura como el país más corrupto de la región, superando a Haití.

El estudio rompe con la idea de la corrupción asociada a altos niveles de pobreza: si bien el 2do país latinoamericano con el índice de corrupción más alto de la

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lista es a la vez el más pobre: Haití, otros países de la lista como Guatemala, con altos niveles de pobreza; parecen tener menos corrupción que Venezuela y Argentina; países con ingresos per cápita superiores. La corrupción, más que raíces económicas, es un problema en el que se combinan la institucionalidad política; y la cultura democrática. Venezuela tiene grandes deficiencias en ambos aspectos.

“La puntuación baja de la mayoría de países Latinoamericanos refleja el hecho de que las instituciones débiles, las prácticas de gobernabilidad deficientes y la excesiva injerencia de los intereses privados continúan frustrando las iniciativas tendientes a promover un desarrollo equitativo y sostenible” (Transparency International, 2016).

Al respecto Transparencia Internacional, capitulo Venezuela informo lo siguiente:

“75% de los ministerios no publica cuál es el procedimiento que debe seguir el ciudadano para realizar consultas, reclamos o denuncias ante sus órganos. Únicamente 7 de las 32 carteras poseen formato especial para la presentación de denuncias. Además, en 82% de los ministerios no se encuentra disponible la información de contacto de los despachos de los funcionarios de alto nivel. 39% de los despachos no tiene disponible en su página web la dirección física de sus dependencias en el interior del país. Sobre el control de gestión y transparencia, la investigación reveló que 71% de los ministerios no publica el perfil del ministro que lo dirige, ni el período de gestión en el que se desempeña. Únicamente, el Ministerio para los Pueblos Indígenas ha publicado su Memoria y Cuenta correspondiente al año 2016 en su página web oficial, luego de que la presentara ante el TSJ. Los 32 despachos omiten la práctica internacional reiterada de publicar las calificaciones y salarios de los altos funcionarios, como establece la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Pública. Tampoco, se encuentra publicado el marco legal de acuerdo con su materia en el 54% de los ministerios.Además, se encontró que 1 de los 32 ministerios tiene publicado en su página web el Plan Estratégico Institucional y que el Ministerio de Turismo es el único que ha publicado un manual de procedimiento institucional.La información que de acuerdo con la ley deberían publicar los ministerios se refiere a la ubicación de sus dependencia, perfil del Ministro y período de gestión, organigrama, identidad de los funcionarios de alto nivel, lista de entes adscritos, información de contacto de los funcionarios de alto nivel, misión, visión, plan estratégico, plan operativo anual, ejecución del plan estratégico y operativo, Memoria y Cuenta, ejecución trimestral del presupuesto y presupuesto ciudadano, las leyes que regulan (Marco Legal General), interpretaciones de derecho o de procedimientos vinculantes, manuales de organización y de procedimientos, servicios que presta, requisitos de procedimientos y trámites, vínculos que permitan acceder a información sobre trámites, instrucción y/o procedimientos para realizar consultas, reclamos o denuncias, Oficina de Atención al Ciudadano, link de contrataciones, adjudicaciones, asignación del compromiso de Responsabilidad Social, llamado a concursos, sueldos, bonos/ otros beneficios, declaración Jurada de bienes, declaración de Intereses, reporte de actividades del ministro/ Viceministros y el listado de regalos/hospitalidades o donaciones”. (Transparencia.org.ve, 2016)

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Por otro lado, Freedom House elabora anualmente un índice de libertades civiles y derechos políticos para evaluar las democracias a nivel mundial (Freedom House, 2016). Un estudio comparó este índice en el año con los resultados de encuestas de percepción anticorrupción, llegando a la conclusión de que:

“Los individuos que viven en democracias más consolidadas tienen menos probabilidad de ser víctimas de la corrupción, mientras que la probabilidad es sorprendentemente más alta para el ciudadano promedio en países menos libres. Por ejemplo, cuando examinamos cuidadosamente cada uno de los indicadores del índice de Freedom House: derechos políticos y libertades civiles, las democracias más consolidadas como Uruguay, Chile, y Costa Rica obtienen puntajes permanentemente más altos en comparación a países menos libres como Haití y Venezuela” (Orcés, 2009).

En líneas generales, podemos mencionar algunos de los factores que contribuyen a la corrupción en Venezuela:

a. Cultura tolerante

La corrupción es un fenómeno arraigado en la cultura del venezolano. Un ejemplo de ello, entre otros muchos más, se puede citar el caso de un escándalo que se produce en el país el 30 de Septiembre del año 2010, en el cual un empresario y narcotraficante solicitado en extradición en Estados Unidos, dice haber apoyado campañas políticas a nivel nacional y estadal y haber obtenido concesiones y permisos especiales (como la de un puerto) gracias a pagos de varios miles de dólares a gobernadores y alcaldes (El Universal, 2010). Este escándalo no es inusual. Valijas de dinero, fotografías, despilfarros del sector gubernamental; se observan a diario en la escena política del país. Pero la corrupción no sólo ocurre en grandes esferas ni se manifiesta únicamente en el actuar de los políticos. La corrupción es una práctica cotidiana en la cultura del venezolano.

Más allá de los grandes escándalos nacionales de corrupción, los Venezolanos han desarrollado una tolerancia a la corrupción; incorporándola a su vida diaria. Los sobornos y pagos especiales son comunes para agilizar la realización de trámites en la administración pública.

El gobierno ha realizado en los últimos años esfuerzos para evitar la proliferación de gestores a los que los ciudadanos pagan grandes cantidades de dinero para que realicen sus trámites; a través de la automatización y digitalización de muchos procedimientos; además de la obligatoriedad de acudir a realizarlos personalmente. Pero la complejidad de muchos trámites públicos, la capacidad de las instituciones para atender una creciente demanda de manera eficiente y a tiempo, el desconocimiento de los ciudadanos sobre los procedimientos a seguir para obtener algún servicio o efectuar una denuncia y en especial, la tolerancia ciudadana a la corrupción; facilitan la proliferación de mecanismos corruptos.

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Por ende, el venezolano termina aceptando la existencia de “caminos verdes”, prefiriéndolos sobre los convencionales. Al normalizarse el fenómeno de la corrupción, de las altas esferas políticas a las calles, el ciudadano desarrolla un concepto difuso de la corrupción en el que no valora ni la transparencia ni la honestidad ni la legalidad sino por el contrario, valora altamente la capacidad de conseguir los fines propuestos de manera fácil y rápida, es decir, de manera corrupta. El venezolano condena por un lado los actos de corrupción de las esferas políticas; y por otro, los imita porque ve en ellos la única fórmula de éxito posible.

El sociólogo Carlos Castro señala lo siguiente:

“El Estado administra y controla los recursos públicos. Los individuos tienen poco vínculo o relación con el espacio público, y para poder acceder a esos bienes o recursos han aprendido o se han desarrollado redes particulares, familiares, políticas o partidistas que permiten ‘tomar lo necesario’, y esto ha sido una constante en la historia de Venezuela que ha promovido la corrupción”. (Universidad Monte Avila, 2016)

“Un país donde la corrupción es parte del día a día causa, según el sociólogo, que “los ciudadanos aprendan la lógica de priorizar sus necesidades ante los intereses de la nación. Políticamente genera una ausencia de un proyecto nacional de país y la convicción de que el Estado debe solucionar todos los problemas. Aquí llegamos a lógicas populistas y sistemas políticos de control social…” (Universidad Monte Avila, 2016)

En este contexto se encarna el mito venezolano denominado “viveza criolla”. “Vivo” no es aquel responsable, correcto, seguidor de la ley y el orden; sino aquel que desarrolla un ingenio particular para transitar por los caminos de la legalidad, obtener beneficios rápidos y no ser descubierto del todo. José Ignacio Cabrujas en una conferencia dictada en 1995 sobre la llamada “viveza criolla”, la describía de este modo:

“(…) si el Estado miente, yo también; si el poder en Venezuela es una cúpula de pendencieros, ¿qué ley me impide que yo entre en la carnicería y me lleve media res? ¿Es viveza? (…) Nuestra manera de identificarnos, de presentarnos frente al mundo y ante nosotros mismos fue siempre esa, y somos los astutos, los graciosos, los que no pudiendo acceder a lo sublime, nos vimos en la necesidad de asumirnos como parodia de lo sublime” (Cabrujas, 1995).

b. Poca transparencia en la rendición de cuentas por parte de las instituciones públicas

La Constitución venezolana, aprobada por referendo en el año 1999, pretende sentar las bases en materia legal para la reducción del fenómeno de la corrupción. En ella, se establece claramente la obligatoriedad de la rendición de cuentas de los funcionarios públicos; tanto a nivel nacional como Estadal y Municipal, además del poder legislativo; en especial en sus artículos 141, 143, 161 y 162. En su artículo 141

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define la rendición de cuentas como uno de los principios fundamentales de la administración pública:

“La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho” (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1999).

También está consagrado en la Constitución el derecho al acceso a la información sobre la actuación de la administración pública, en su artículo 143:

“Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados e informadas oportuna y verazmente por la Administración Pública, sobre el estado de las actuaciones en que estén directamente interesados e interesadas, y a conocer las resoluciones definitivas que se adopten sobre el particular (…)” (Constitución República Bolivariana de Venezuela, 1999).

Sin embargo, más allá de los preceptos constitucionales, existe poca capacidad institucional para efectuar la rendición de cuentas.

A su vez, los ciudadanos carecen de mecanismos para exigir la rendición de cuentas y para efectuar las denuncias de casos de corrupción. Este fenómeno, según El Barómetro Global sobre corrupción de 2016 de Transparencia Internacional, se repite a nivel mundial:

“Los ciudadanos comunes no se sienten empoderados para denunciar la corrupción. El público en general no utiliza canales formales para radicar denuncias sobre corrupción: tres cuartas partes de las personas que manifestaron haber pagado sobornos no presentaron una denuncia formal.

Cerca de la mitad de las víctimas de soborno entrevistadas no consideraron que los mecanismos de denuncia existentes fueran efectivos. Esta opinión fue compartida por los entrevistados, independientemente de factores como género, educación o edad” (Transparency International, 2009)

c. Impunidad y falta de acceso a la justicia

La impunidad imperante en el sistema judicial venezolano es uno de los factores que impiden que los ciudadanos denuncien los casos de corrupción, especialmente aquellos que implican a las fuerzas de seguridad del Estado. La impunidad produce como primer efecto en los ciudadanos el temor a denunciar.

“El homicidio y la impunidad aumentan progresivamente en el Distrito Capital desde 1998. Durante los últimos once años, explica una investigación del Observatorio

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Venezolano de la Violencia, la brecha entre el número de crímenes y los detenidos por esos casos se ha vuelto cada vez más pronunciada” (eo Universal, 2010).

El fenómeno de la impunidad y la falta de acceso a la justicia alejan al ciudadano común de su responsabilidad de actuar en casos de corrupción. El problema de la corrupción no sólo se convierte en un problema culturalmente arraigado en unos valores del venezolano desde donde un actuar corrupto es visto como “vivo” o “positivo”; sino que también provoca que el problema de la corrupción no sea percibido como “propio”, como una preocupación sobre la que es necesario actuar para provocar un cambio. Así, se produce una falta de conciencia política sobre el fenómeno de la corrupción y sobre el papel que los ciudadanos deben desempeñar contra el mismo.

d. Restricciones al acceso a la información:

El sistema político Venezolano refleja prácticas en las que son comunes la amenaza y sanciones contra libertades fundamentales, incluyendo de expresión y de acceso a la información, la radicalización de posturas políticas y la no tolerancia de posiciones política distintas, la criminalización de la protesta; entre otros, que crean un entorno que facilita el desarrollo de procesos de corrupción y que fomentan una cultura ciudadana favorable a dichos procesos. Por estos motivos se ha comprobado que los ciudadanos que viven en países con democracias más consolidadas y mayores libertades civiles, tienen menos probabilidades de ser víctimas de un caso de corrupción que los que viven en países donde las libertades se encuentran amenazadas o restringidas (Orcés, 2009).

El informe 2009: “Venezuela, Situación del derecho a La Libertad de Expresión e Información” de la organización no gubernamental venezolana Espacio Público, da cuenta de las dificultades para acceder a la información en un país donde priva la “la cultura del secreto” por parte de los funcionarios públicos:

“No existe duda acerca de la importancia del derecho de acceso a la información pública para el ejercicio responsable de la contraloría social, tan necesaria para garantizar la eficiencia y transparencia de la gestión pública (...) En Venezuela encontramos opacidad en los funcionarios públicos para rendir cuentas, en los organismos estatales priva la cultura del secreto y el erróneo uso de las excepciones para negar información que debería estar al alcance de los ciudadanos. Tal como lo señala la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Informe Democracia y Derechos Humanos en Venezuela: “la escasa información oficial disponible consiste en un obstáculo para el control ciudadano sobre los funcionarios públicos y las instituciones democráticas”” (Espacio Público, 2009:32)

Espacio Público conduce anualmente estudios para verificar los avances y retrocesos en el acceso a la información en Venezuela. Los estudios han consistido en

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solicitudes de información pública para ilustrar las dificultades del acceso a la información en Venezuela. En el año 2007 Espacio Público realizó 47 solicitudes de información y el 87% de ellas obtuvieron respuestas negativas o no obtuvieron respuesta alguna. El estudio demostró que así como los ciudadanos ignoran o prefieren no acceder a los mecanismos para denunciar casos de corrupción o solicitar información; así mismo los funcionarios consideran que no es correcto brindar la información solicitada demostrando un desconocimiento del marco legal que regula esta materia. En los años siguientes: 2008, 2009 y 2010 estos porcentajes se redujeron (87%, 71,34% y 67% respectivamente). Pero aún se comprueba que la mayoría de las solicitudes no son atendidas. En estos estudios han sido involucrados periodistas. En el 2009, un 93% de ellos afirmaba tener dificultades para acceder a la información pública, sobre cualquier tema.

“Existe bloqueo de la información desde instancias gubernamentales en temas importantes para la sociedad venezolana, por ejemplo, no se conocen estadísticas oficiales de homicidios en Venezuela, no se publican los informes epidemiológicos que son responsabilidad del Ministerio del Poder Popular para la Salud, se desconoce la existencia de estudios y análisis de situaciones que permitan superar los graves problemas que enfrenta el país…” (Espacio Público, 2009:35).

De acuerdo a la situación del problema de corrupción descrita arriba, podemos concluir que nos encontramos entonces ante una situación en la que la ciudadanía mantiene un esquema de valores – “la viveza criolla”- que favorece el desarrollo de la corrupción. Pero el flagelo también es facilitado por las dificultades en el acceso a la información y el miedo a efectuar las denuncias por la imperante impunidad y falta de acceso a la justicia que existe en el país. Adicionalmente, a pesar de estar consagrado en la Constitución, existen pocos mecanismos para que los funcionarios rindan cuentas. La “cultura del secreto” extendida en la administración pública dificulta la transparencia en la gestión gubernamental en todos sus niveles: Nacional, estadal y municipal. Estos factores co-ayudan a que el país sea percibido por sus ciudadanos negativamente, convirtiéndose según el Índice de Percepción de la Corrupción en el segundo país más corrupto de la región.

RECOMENDACIONES PARA LA SOLUCIÓN DEL PROBLEMA

Recomendaciones para la Sociedad civil:

Proponemos estas grandes líneas de acción referidas a: Educación Cívica Anticorrupción, Gestión Pública, Exigibilidad del Derecho al Acceso a la justicia en casos de corrupción, Exigibilidad del Derecho al acceso a la Información Pública y Cultura Anticorrupción.

A continuación se detallan las acciones para cada una de las líneas de acción:

Educación cívica anticorrupción

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Promover valores morales, cívicos y espirituales concernientes a una sociedad democrática, tolerante y moderna, con el fin de lograr las aspiraciones de una Venezuela donde se imponga la cultura de la transparencia y la honestidad.

Para lograr este objetivo, las líneas de acción serían las siguientes:

Promover los mecanismos de protección y principios de DDHH contenidos en nuestra Constitución y en tratados e instrumentos internacionales firmados y ratificados por la República, concernientes al tema de la lucha contra la corrupción.

Educar en valores al funcionario público, representantes de la sociedad civil organizada, partidos políticos, líderes comunitarios, estudiantes, entre otros, sobre la importancia de la honestidad, la responsabilidad y la transparencia en el trabajo que cada ciudadano realiza para alcanzar el bien común.

Implementar programas de capacitación sobre los mecanismos para el acceso a la información pública del Estado, con el objeto de facilitar su comprensión por parte de los funcionarios públicos y de los ciudadanos en general.

Desarrollar material divulgativo e informativo para prevenir la corrupción.

Gestión Pública

Contribuir al fortalecimiento institucional de la gestión pública local y estadal en materia de transparencia y rendición de cuentas de dineros públicos.

Para lograr este objetivo, las líneas de acción serían las siguientes:

Implementar evaluaciones a diversos entes públicos (gobernaciones, policías municipales, institutos autónomos, alcaldías) con fines de auditar y verificar el correcto uso de los fondos y de la información. Siempre con miras a dar recomendaciones y mejorar el servicio público auditado.

Realizar seguimiento a las evaluaciones realizadas en los diferentes entes públicos

Exigibilidad del derecho al acceso a la justicia en casos de corrupción

Fortalecer las estrategias de exigencia ciudadana del derecho al acceso a la justicia en denuncias por delitos tipificados en la ley contra la corrupción.

Para lograr este objetivo, las líneas de acción son las siguientes:

Acompañar integralmente y litigar administrativamente o judicialmente según se requiera, casos que involucren delitos tipificados en la ley contra la corrupción.

Realizar estudios sobre avances legales y jurisprudenciales, en materia de anticorrupción.

Diseñar e implementar un observatorio de la lucha contra la corrupción, comenzando por una metodología documental (prensa).

Incidir en el sistema de justicia nacional mediante la presentación de casos que involucren limitaciones o restricciones ilegítimas en la realización del derecho al acceso a la justicia en casos tipificados en la ley contra la corrupción.

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Exigibilidad del derecho al acceso a la justicia en casos de corrupción

Realizar acciones que generen peticiones de información pública al Estado, acompañar integralmente y litigar administrativamente o judicialmente según se requiera, casos que violen el derecho al acceso a la información pública.

Realizar estudios sobre avances legales y jurisprudenciales, en materia de violaciones al derecho al acceso a la información pública.

Diseñar e implementar un observatorio que mida el comportamiento del Estado en cuanto a este derecho.

Incidir en el sistema de justicia nacional mediante la presentación de casos que involucren limitaciones o restricciones ilegítimas en la realización del derecho al acceso a la información pública.

Cultura Anticorrupción

Incrementar la conciencia ciudadana y el papel que los ciudadanos deben desempeñar en la lucha anticorrupción.

Para lograr este objetivo, las líneas de acción son:

Promover e implementar campañas de sensibilización para favorecer la prevención de la corrupción y luchar contra la impunidad. Algunas actividades que se pueden realizar son: cine foros con personalidades del medio cultural y social, exposiciones fotográficas en las plazas públicas o ateneos culturales, Concurso anual denominado: “Tu idea cuenta”, programas de radio y televisión y volanteo de calle.

Realizar estudios de opinión, concerniente a la cultura juridica del venezolano en el tema de corrupción.

Recomendaciones para el Estado Venezolano:

Como mencionamos anteriormente, Venezuela como parte del Mecanismo de Seguimiento Implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción ha participado en las diversas rondas evaluativas realizadas por los países miembros de las cuales han emanado un conjunto de recomendaciones de diversos aspectos que se hacen recurrentes a través del tiempo y que dan muestras del poco compromiso de avance en la solución del teman de la corrupción y la vulneración al derecho al acceso a la información pública y las limitaciones a las ONG´s como forma de organización ciudadana de control social.

En el año 2004 el comité de expertos del mecanismo de seguimiento de la implementación de la convención interamericana contra la corrupción en su informe final considera “Que la República Bolivariana de Venezuela podría beneficiarse con la promulgación y sistematización en un solo cuerpo normativa de las disposiciones en torno al acceso a la información pública.” (OAS.org, 2004)

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En el año 2010 el comité en el numeral III de su informe de “ LAS OBSERVACIONES EN RELACION CON LOS AVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS EN LOS INFORMES ANTERIORES” en su aparte 4 “de los mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a prevenir la corrupción. “Analizar la legislación vigente, a fin de detectar la existencia de previsiones que pudieran estar influyendo adversamente en la efectividad de estos derechos, incluyendo las relacionadas con los requisitos sobre las fuentes de financiamiento de las organizaciones de la sociedad civil e introducir los ajustes que se estimen pertinentes que aseguren que, en el régimen jurídico vigente, no existan disposiciones que constituyan una limitación a esta participación en la prevención de la corrupción.” (OAS.org, 2004)

En relación con los mecanismos para el acceso a la información aportan la recomendación de instituir normas jurídicas y medidas que apoyen el acceso a la información pública. “Medidas sugeridas por el Comité pendientes de información sobre su implementación o que requieren atención adicional, en los términos previstos en el informe de la Segunda Ronda:68/ a) Fortalecer las garantías previstas para el ejercicio del derecho a la información pública, incluyendo la posibilidad de acceder a otro tipo de información, distinta a la ya prevista; y considerar la aplicación de disposiciones que aseguren que el acceso a la misma solo pueda ser denegado por las causales que explícitamente regule y determine la ley.”(OAS.org, 2004)

La implementación de políticas de estado como la de eliminación de páginas web de las dependencias regionales y municipales y su sustitución por páginas personales de promoción del gobernante regional de turno no contribuyen de ninguna manera al ejercicio de este derecho, sino que más bien vulneran el mismo por no ser fuente oficial de información y no contener los link oficiales asociados la información Pública.

Sin embargo, es necesario reconocer esfuerzos a través de los años, en los ámbitos regionales y locales, de implementación de mecanismos legislativos tendentes a la defensa del derecho al acceso a la información pública, que no han logrado ser replicados en una ley marco nacional por haber sido aprobada únicamente en primera discusión en el año 2016 por la Asamblea Nacional y por la conflictividad política no ha logrado la aprobación definitiva del proyecto de ley. Contando únicamente con Ley de acceso a la información pública en los estados: Zulia, Nueva Esparta, Miranda, Anzoátegui y solo 16 municipios que ha aprobado leyes de Acceso a la información Pública.

Nro

Municipio Estatus  Fecha

1Los Salias

(Miranda)APROBADA 2007

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2Baruta

(Miranda)APROBADA 2007

3Campo Elias

(Mérida)APROBADA 2008

4Maneiro

(Nueva Esparta)APROBADA 2009

5San Diego

(Carabobo)APROBADA 2011

6 Chacao APROBADA 2011

7El Hatillo

(Miranda)APROBADA 2011

8Alcaldía

Metropolitana (Caracas)

APROBADA 2011

9Maracaibo

(Zulia)APROBADA 2012

10Rangel

(Mérida)APROBADA 2014

11Mariño

(Nueva Esparta)APROBADA 2014

12Arismendi

(Nueva Esparta)APROBADA 2014

13 Piar (Bolívar) APROBADA 2015

14San Cristóbal

(Táchira)APROBADA 2015

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15Libertador

(Distrito Capital)APROBADA 2016

16 Piar (Bolívar) APROBADA 2015

Es por esto que se hace fundamental que la República adopte de forma definitiva una legislación nacional que ampare y regule el derecho al acceso a la información pública, y cuyo objeto sea asegurar el cumplimiento del ejercicio del derecho humano fundamental de acceder a la información pública y las garantías que tiene toda persona, consagradas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás tratados internacionales vigentes, ratificados por Venezuela en la materia y que permita al ciudadano común el ejercicio del mismo y que haga del Estado un gobierno transparente, donde no solo el ciudadano pueda ejercer el control social, sino transformar la conducta de antivalores hoy por hoy prevalece en la gestión pública. Empoderando y estimulando el conocimiento de la importancia del saber ¿ qué pasa con la cosa pública? Logrando hacer una política de estado y moral la rendición de cuentas y acceso a la información pública, libre de sesgo político.

Igualmente se hace necesario que el estado Venezolano se sume a la tendencia internacional del gobierno Abierto definido como:

“El Gobierno Abierto surge como un nuevo paradigma y modelo de relación entre los gobernantes, las administraciones y la sociedad: transparente, multidireccional, colaborativo y orientado a la participación de los ciudadanos tanto en el seguimiento como en la toma de decisiones públicas, a partir de cuya plataforma o espacio de acción es posible catalizar, articular y crear valor público desde y más allá de las fronteras de la burocracias estatales.” (Ramírez Alujas, Álvaro, 2011)

"Gobierno Abierto se trata de una nueva cultura de la comunicación, un nuevo modelo organizativo y la liberación del talento creativo dentro y fuera de los perímetros de la función pública. No hablamos solo de tecnología, sino de una tecnología social y relacional que impulsa y estimula una cultura de cambio en la concepción, gestión y prestación del servicio público." (Gutiérrez-Rubí, Antoni, 2011)

 “Un gobierno abierto, es un gobierno que abre sus puertas al mundo, co-innova con todos, especialmente con los ciudadanos; comparte recursos que anteriormente estaban celosamente guardados, y aprovecha el poder de la colaboración masiva, la transparencia en todas sus operaciones, y no se comporta como un departamento o jurisdicción aislada, sino como una estructura nueva, como una organización verdaderamente integrada y que trabaja en red.” (Don Tapscott, 2010)

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“Aquel que entabla una constante conversación con los ciudadanos con el fin de escuchar lo que ellos dicen y solicitan, que toma decisiones basadas en sus necesidades y teniendo en cuenta sus preferencias, que facilita la colaboración de los ciudadanos y funcionarios en el desarrollo de los servicios que presta, y que comunica todo lo que decide y hace de forma abierta y transparente” (Calderón y Lorenzo, 2010)

Para la transformación de la política de estado donde el derecho al acceso a la información, la transparencia en la gestión pública, se transforma de una simple herramienta ciudadana para el control social, en un mecanismo de trabajo colaborativo entre el estado y todos los factores sociales en la resolución de la diversidad de necesidades siendo estado como un solo e íntegro sistema de bienestar social.

Referencias Bibliográficas:

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- Cabrujas, José Ignacio “La viveza Criolla. Destreza, mínimo esfuerzo o sentido del

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organizado por la Fundación Sivensa en el Ateneo de Caracas Publicado con

autorización de Sivensa. Disponible en

http://www.analitica.com/bitblio/cabrujas/viveza.asp

-Chirinos, Carlos. “Venezuela: Protesta de Inhabilitados”. BBC Mundo.com. 12 de Julio

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http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_7503000/7503819.stm

- Comisión Interamericana de Derechos Humanos OEA. “Democracia y Derechos

Humanos en Venezuela”. Doc 54. 30 de Diciembre de 2009. Disponible en

http://www.cidh.org/countryrep/Venezuela2009sp/VE09.indice.sp.htm

- Constitución República Bolivariana de Venezuela, 1999. Artículos

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http://www.espaciopublico.org/index.php/biblioteca/cat_view/120-situacion-de-la-

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- Freedom House.org. Disponible en http://www.freedomhouse.org/template.cfm?

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- Noticiero Legal. El contralor anuncia una nueva lista de 150 inhabilitados políticos”.

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150-inhabilitados-

- Orcés, Diana. “Victimización por corrupción municipal” 2009 en Perspectivas desde el

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- El Universal. “Makled dice que dio dinero a campaña oficialista del referendo”. 30 de

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http://www.eluniversal.com/2010/09/30/pol_ava_makled-dice-que-

dio_30A4540451.shtml

- Universidad Monte Avila. “En Venezuela la corrupción es un mecanismo más”

disponible en /http://uma.edu.ve/periodico/2016/06/29/