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Profesoras: Mariana Vadell – Profesoras: Mariana Vadell – Mariaselva Echagüe Mariaselva Echagüe Programa Rumbo – 2014 Programa Rumbo – 2014 Clase 7 – Gobierno Clase 7 – Gobierno Nacional Nacional

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Profesoras: Mariana Vadell – Mariaselva EchagüeProfesoras: Mariana Vadell – Mariaselva Echagüe

Programa Rumbo – 2014Programa Rumbo – 2014

Clase 7 – Gobierno NacionalClase 7 – Gobierno Nacional

Formación ciudadana y laboral: Programa

Unidad didáctica Tiempo Modalidad

1. El ser humano como sujeto biopsicosocial

4 clases M 1 - Presencial

2. Los grupos 4 clases M 1 - Presencial

3. Los derechos humanos 8 semanas

M 1 y 2 - Presencial y Semipresencial

4. Calidad de vida y trabajo 4 semanas

M2 - Semipresencial

5. Trabajo decente 10 clases M2 y 3 – Semipresencial y presencial

6. Inserción laboral y continuidad educativa

5 clases M3 - Presencial

Unidad didáctica 2: Los grupos

Integración y funcionamientoEn nuestro sistema democrático se

establecen elecciones cada 5 años, tanto a nivel nacional (Poder Legislativo y Poder Ejecutivo), como departamental (Intendente y Junta Departamental).

Elegimos al Presidente, Vicepresidente, senadores y diputados; y en otra instancia al Intendente y a los Ediles. Pero no votamos directamente a los ministros ni a los miembros de la Suprema Corte, ni al resto de los integrantes del Poder Judicial.

Requisitos para los cargos:Presidente: Ciudadanía natural en ejercicio y 35 años

cumplidos de edad.Ministro: Ciudadanía natural o legal con 7 años de

ejercicio y 30 años cumplidos de edad. Además ser designado por el Presidente y tener el apoyo del Parlamento, para su permanencia en el cargo.

Senadores: Ciudadano natural en ejercicio o legal con 7 años de otorgada y 30 años cumplidos de edad.

Diputados: Ciudadano natural en ejercicio o legal con 5 años de otorgada y 25 años cumplidos de edad.

El Poder Ejecutivo será ejercido por el Presidente, actuando con el Ministro o Ministros respectivos o con el Consejo de Ministros.

PODER EJECUTIVO

PODER EJECUTIVODesarrolla la función administrativa o ejecutiva; está

integrado por el Presidente de la República y los Ministros de Estado.

El Presidente de la República será electo en forma directa por el cuerpo electoral, junto con el Vicepresidente en la fórmula presidencial, en las elecciones nacionales; este último integra el P. Legislativo y excepcionalmente suple al Presidente.

El Presidente dura 5 años en el cargo, no pudiendo ser reelecto, a menos que medie un período de gobierno.

Asume el 1° de marzo siguiente al año que fue electo.

El Presidente puede actuar como jefe de Estado cuando toma resoluciones por sí mismo. Ejemplo:

Representa al Estado dentro y fuera del mismo.

Designa a los Ministros.Puede observar el voto de censura a los

Ministros.Designa al Director de la Oficina de

Planeamiento y Presupuesto.Puede disolver las cámaras, cuando se trata

de censura parlamentaria.

CONSEJO DE MINISTROSEs la reunión de los Ministros presidida por el

Presidente de la República; puede ser convocado por éste cuando lo considere necesario o cuando lo solicite uno o varios Ministros.

Ministerios que existen actualmente: Defensa Nacional; Interior, Economía y Finanzas; Relaciones Exteriores; Ganadería, Agricultura y Pesca; Industria, Energía y Minería; Turismo y Deporte; Transporte y Obras Públicas; Educación y Cultura; Salud Pública; Trabajo y Seguridad Social; Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente; Desarrollo Social.

CONSEJO DE MINISTROSEs la reunión de los Ministros presidida por

el Presidente de la República; puede ser convocado por éste cuando lo considere necesario o cuando lo solicite uno o varios Ministros.

Ministerios que existen actualmente:Defensa Nacional Interior Economía y Finanzas Relaciones ExterioresGanadería, Agricultura y Pesca Industria, Energía y Minería Turismo y Deporte

Transporte y Obras Públicas Educación y Cultura Salud Pública Trabajo y Seguridad Social Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente Desarrollo Social

Ministerio de Economía y Finanzas

Ministerio de Defensa Nacional

Ministerio del Interior

Ministerio de Transporte y Obras

Públicas Min. De Relaciones Exteriores

Funciones del Poder EjecutivoConservación del orden y tranquilidad en lo interior. A

cargo del Ministerio del Interior (Policía).Seguridad exterior. Defensa del Estado de los demás

países. A través del Ministerio de Defensa (Fuerzas Armadas).

Mando superior de todas las Fuerzas Armadas. Ejercido por el Presidente con el Ministerio de Defensa Nacional

Vetar las leyes que le propone el P. Legislativo. El veto significa que el Poder Ejecutivo puede realizar observaciones a los proyectos de ley que se le envían.

Publicar, cumplir, ejecutar y reglamentar las leyes. Esto completa el proceso de elaboración de las leyes, iniciado en el Poder Legislativo, promulgándolas y publicándolas. Debe asegurarse por medios jurídicos válidos, el cumplimiento efectivo de las leyes, a través de la reglamentación necesaria.

Funciones del Poder EjecutivoProponer leyes de urgente consideración. Son aquellas

enviadas por el Poder Ejecutivo al Legislativo, que se distinguen de las leyes ordinarias por la urgencia de sus plazos y su tramitación especial.

Destituir los empleados públicos por omisión, ineptitud o delito. Con acuerdo de la Cámara de Senadores, o en caso de receso, con la Comisión Permanente.

Tomar Medidas Prontas de Seguridad. Medidas especiales para los casos graves e imprevistos de ataque exterior o de conmoción interna. Estas medidas autorizan el arresto o traslado de las personas a cualquier lugar del país, si es que no optan por salir de él. El arresto no puede ser en locales destinados a los delincuentes comunes. El Poder Ejecutivo debe dar cuenta de todo lo actuado a la Asamblea General, dentro de las 24 horas.

Funciones del P. EjecutivoRecaudar las rentas. Son las sumas de dinero que

cobra la Hacienda Pública a través de los organismos pertinentes. El P. Ejecutivo debe darles el destino que corresponda. La dependencia recaudadora se concentra en la Dirección General Impositiva (DGI). Existe una cuenta central (Tesoro Nacional) donde se vuelcan la mayoría de las recaudaciones.

Preparar y presentar a la Asamblea General los presupuestos y la rendición de cuentas de cada año. El presupuesto es el programa financiero de gastos y de recursos aprobados por la autoridad competente, para el período de 5 años.

PODER LEGISLATIVO

PODER LEGISLATIVOEstá integrado por 4 órganos:1. Asamblea General: reunión conjunta de senadores y diputados;

presidida por el Presidente de la Cámara de Senadores (Vicepresidente de la República).

2. Cámara de Senadores: 30 miembros electos directamente. La preside el Vicepresidente de la República, con voz y voto.

3. Cámara de Diputados o Representantes: 99 miembros, electos directamente por el sistema de la representación proporcional (sistema electoral que consiste en repartir los cargos de gobierno de acuerdo a las cantidades de votos obtenidos por cada partido) correspondiendo a cada departamento, por lo menos 2 representantes. La preside un diputado electo internamente, uno para cada año del ejercicio, como resultado de acuerdos políticos.

4. Comisión Permanente: se integra con 4 senadores y 7 representantes, la preside el senador de la mayoría. Se designan anualmente y es un órgano que asegura la permanencia del Poder Legislativo; ya que sesiona durante los recesos parlamentarios (15-12 al 1-3, salvo el año de las elecciones nacionales que es del 15-9 al 15-2).

Funciones del Poder Legislativo:

LEGISLATIVAS. Elaboración de la ley ordinaria. Etapas:Iniciativa: presentación de un proyecto de ley en

cualquiera de las 2 cámaras. Lo pueden hacer los legisladores, el P. Ejecutivo o el pueblo.

Discusión: estudio del proyecto de ley en forma general y particular en cada cámara.

Sanción: aprobación por las cámaras del proyecto de ley. Deja de ser proyecto para convertirse en ley en sentido material (no tiene fuerza obligatoria). Puede ocurrir que una de las cámaras no la apruebe en su integridad y el texto regresa a la cámara de donde provino.

Promulgación y publicación: aprobación de la ley por el P. Ejecutivo, le da fuerza obligatoria e indica su cúmplase. Luego se publica en el Diario Oficial. El P. Ejecutivo posee facultades para vetar parcial o totalmente una ley.

Funciones del Poder Legislativo:

DE CONTROL.

Pedido de informes: es un derecho de los legisladores solicitar a Ministros, integrantes de la Suprema Corte de Justicia, Tribunal de Cuentas, Corte Electoral y Tribunal de lo Contencioso Administrativo, la información que considere necesaria para cumplir con su labor.

Llamado a Sala o interpelación: es la facultad de los legisladores de hacer venir a Sala a los Ministros, para recibir informes o dar las explicaciones que crean convenientes. Para llevarlo a cabo, cada Cámara requiere la voluntad de 1/3 de sus miembros.

Comisiones Investigadoras: el Parlamento puede nombrar comisiones para: investigar o para averiguar sobre las diferentes temáticas a legislar.

Censura parlamentaria: es un mecanismo de control del P. Legislativo sobre el P. Ejecutivo. El objetivo es hacer caer al Ministro interpelado o al Consejo de Ministros, haciéndolos responsables por sus actos de administración o de gobierno.

Funciones del Poder Legislativo:

ADMINISTRATIVAS Y DE DESIGNACIÓN.

Aprobación de las cuentas que presenta el P. Ejecutivo.

Autorizar la Deuda Pública Nacional.Decretar la guerra y aprobar o no los tratados

de paz.Permitir o prohibir el ingreso de tropas

extranjeras en el territorio nacional.Negar o conceder la salida de tropas nacionales.

Funciones del Poder Legislativo:

ELECTORALES. Nombra a los integrantes de la Suprema Corte de Justicia, Tribunal de

lo Contencioso Administrativo, Tribunal de Cuentas y Corte Electoral. Designa todos los años la Fuerza Armada necesaria por ley.

JURISDICCIONALES.Amnistía (acto de alcance general que elimina el efecto de la sanción,

pero no extingue el delito) e indultos (es un perdón sobre la sanción penal que aplicó un juez a una persona o personas que cometieron un determinado delito). Ambos son mecanismos que permiten, que se modifiquen las decisiones del P. Judicial (sentencias), lo que constituye una excepción al principio de separación de poderes.

Juicio Político, procedimiento parlamentario que tiene como finalidad juzgar la responsabilidad político penal de los gobernantes (legisladores, Ministros, Presidente, Vicepresidente, S. C. de J., Corte Electoral, Tribual de Cuentas y de lo C. Adm., Intendentes e Junta Deptal), con la consecuencia de la destitución, ser separados de su cargo y sometidos a la justicia ordinaria, si corresponde. La causa del mismo es la violación a la Constitución u otros delitos graves.

PODER JUDICIAL

PODER JUDICIALTiene como función predominante la función Tiene como función predominante la función

jurisdiccionaljurisdiccional..

Jurisdicción – origen de la palabra: Iurisdictio deriva de ius dicere, pronunciar o decir lo que es derecho

El Poder Judicial tiene características propias: integración técnica e independencia.

Integración técnica: Los jueces deben reunir, entre otros requisitos, condiciones de idoneidad en materia jurídica a diferencia del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo que son esencialmente políticos.

Los Jueces deben ser abogados. Los Jueces de Paz del interior pueden ser abogados o escribanos

Características del Poder JudicialEs un poder independiente. Cada Juez actúa

según su criterio técnico, sin estar sometido a jerarquía. Lo que decida el Juez debe cumplirse, independientemente que el particular afectado por la sentencia judicial pueda reclamar ante otro Juez o Tribunal superior.

El otro Juez puede revocar la sentencia anterior, pero llegará una instancia en la que ya no se puede reclamar. Se llama “verdad definitiva” o “cosa juzgada”.

Funcionamiento del Poder JudicialDesde el punto de vista administrativo existe

subordinación jerárquica. La Suprema Corte de Justicia tiene la superintendencia directiva de todos sus órganos.

La función jurisdiccional se ejerce dividiendo la tarea por materias o especialización de los Juzgados. La división básica es entre Civil y Penal.

En Montevideo hay mayor especialización: Civil, Penal, Aduana, Familia, Trabajo, Contencioso Administrativo, Menores. En el interior varía con los departamentos.

En materia penal el criterio de distribución es geográfico

Organización del Poder JudicialSuprema Corte de Justicia.

Integración: Órgano pluripersonal. Cinco miembros (mayores de 40 años), abogados, electos por la Asamblea General por 2/3 del total. Duran 10 años en el cargo y no pueden ser reelectos salvo que medien 5 años.

Funciones: Juzgar a los infractores de la Constitución. Interpretar la Constitución Declarar la inconstitucionalidad de la ley Nombrar a todo el personal técnico y administrativo del P.

J. Ejercer la superintendencia directiva, correctiva, consultiva

y económica sobre todas las dependencias del Poder Judicial.

Entender en cuestiones relativas al Derecho Internacional.

Tribunales de Apelaciones – Órgano pluripersonal. 3 miembros.

Juzgado Letrado – Órgano unipersonal

Juzgado de Paz – Órgano unipersonal

Organización del Poder Judicial

GOBIERNOS DEPARTAMENTALES

Intendencia de Montevideo Junta Departamental de Montevideo

GOBIERNOS DEPARTAMENTALESLos Gobiernos y la Administración de los

Departamentos serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente.

Tienen a su cargo la vialidad urbana y vecinal, el tránsito, el alumbrado público, el mantenimiento de plazas y parques, la creación de impuestos, tasas, edificación, salud, instrucción, transporte público, el funcionamiento de ferias y mercados entre otras funciones en cada departamento.

La intendenciaEs un órgano unipersonal integrado por el

intendente electo directamente por el cuerpo electoral.

La elección de los intendentes y de los miembros de la Junta Departamental se realiza en forma directa el segundo domingo del mes de mayo del año siguiente al de las elecciones nacionales.

Las principales funciones de la Intendencia son ejecutivas y administrativas.

La Junta DepartamentalEs el órgano legislativo porque tiene a su

cargo la elaboración de los decretos y resoluciones del gobierno departamental.

Es un órgano pluripersonal y unicameral. Se integra por 31 ediles electos directamente en elecciones. Los cargos son honorarios.

Los Municipios

Los MunicipiosLos Municipios son el tercer nivel de gobierno y de

administración.Cada Municipio tendrá una población de al menos

2.000El proceso de descentralización política y

administrativa que permite profundizar la participación de la ciudadanía en la gestión de gobierno.

La nueva legislación agregó a los niveles de gobierno nacional y departamental un tercero, el municipal.

Los gobiernos municipales están integrados por cinco miembros, denominados concejales municipales. El concejal más votado del lema dentro del municipio es designado alcalde o alcaldesa y preside el gobierno municipal.

GlosarioMunicipioMunicipio – La circunscripción territorial en la que se

asienta el tercer nivel administrativo de gobierno del país. Abarcas las áreas urbanas, rurales o ambas y pueden tener subdivisiones territoriales.

Gobierno municipal Gobierno municipal - El órgano elegido por la ciudadanía que tiene competencia para ejercer las funciones ejecutivas y administrativas que corresponden al tercer nivel político-administrativo del gobierno.

Alcalde o Alcaldesa Alcalde o Alcaldesa – Presidirá el Gobierno Municipal y será el primero o la primera titular de la lista más votada dentro de la respectiva circunscripción territorial.

Concejal Municipal Concejal Municipal – Cada uno de los miembros del Gobierno Municipal con excepción del Alcalde o Alcaldesa.

GOBIERNO NACIONAL. Integración y funcionamiento de los tres poderes a nivel nacional

P. Ejecutivo P. Legislativo P. Judicial

Órganos Presidencia. Consejo de Ministros.

Asamblea General. C. Senadores.C. Diputados.C. Permanente.

Suprema Corte de Justicia. Tribunales de Apelaciones. Juzgados Letrados, de Paz y de Conciliación.

Forma de elección

Presidente: Directa.Ministros: electos por el Presidente.

Senadores y diputados: Directa.

S. C. de Justicia electos por As. Gral. Demás órganos por S. C. de J.

Integración Presidente y Ministros.

A. General: Reunión de ambas cámaras. C. Senadores: 30 + el Vice Pte.C. Diputados: 99.C. Permanente: 4 senadores y 7 diputados.

S. C. de J: 5 miembros.Tribunales de Apelaciones: 3 miembros c/u.Juzgado Letrado y de Paz: unipersonal.

Duración del cargo

5 años. 5 años. S. C. de J: 10 años. T. Ap. y J. Let: t buen comportamiento J. Paz: 4 años.

Función Administrativa. Ejecutar o hacer cumplir la ley.

Legislativa. Elaboración de la ley.

Jurisdiccional. Aplicar la ley y al caso concreto.