bases integrales

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GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Licitación Pública Nº 03-2013-GOREMAD-CE “Ampliación y Mejoramiento del Servicio Educativo de la I.E.B.R. N° 52094 Almirante Miguel Grau Seminario C.P El Triunfo, distrito Las Piedras, provincia de Tambopata y Región Madre de Dios” 1 BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS 1 1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición: Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos. INTEGRADAS LICITACIÓN PÚBLICA Nº03-2013-GOREMAD-CE CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “Ampliación y Mejoramiento del Servicio Educativo de la I.E.B.R. N° 52094 Almirante Miguel Grau Seminario C.P el Triunfo-distrito de las Piedras – Provincia de Tambopata -Región Madre de Dios” OCTUBRE - 2013

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  • GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Licitacin Pblica N 03-2013-GOREMAD-CE

    Ampliacin y Mejoramiento del Servicio Educativo de la I.E.B.R. N 52094 Almirante Miguel Grau Seminario C.P El Triunfo, distrito Las Piedras, provincia de Tambopata y Regin Madre de Dios

    1

    BASES ESTNDAR DE LICITACIN PBLICA PARA LA CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE OBRAS1

    1 Estas Bases se utilizarn para la contratacin de la ejecucin de obras. Para tal efecto, se deber tener en cuenta la

    siguiente definicin:

    Obra: Construccin, reconstruccin, remodelacin, demolicin, renovacin y habilitacin de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren direccin tcnica, expediente tcnico, mano de obra, materiales y/o equipos.

    INTEGRADAS

    LICITACIN PBLICA N03-2013-GOREMAD-CE

    CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE LA OBRA:

    Ampliacin y Mejoramiento del Servicio Educativo de la I.E.B.R. N 52094 Almirante Miguel Grau Seminario C.P el Triunfo-distrito de las Piedras

    Provincia de Tambopata -Regin Madre de Dios

    OCTUBRE - 2013

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    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE

    SELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo Civil. - Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CALIFICACIN PREVIA En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 39 del Reglamento, cuando el valor referencial de la contratacin de la ejecucin de una obra sea igual o superior a veinticinco mil Unidades Impositivas Tributarias (25,000 UIT), en la seccin especfica de las Bases deber preverse el requisito de calificacin previa.

    1.3. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.4. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax. IMPORTANTE: Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las

    Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

    http://www.rnp.gob.pe/

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    1.5. FORMULACIN DE CONSULTAS A LAS BASES Las consultas a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de cinco (5) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 55 del Reglamento.

    1.6. ABSOLUCIN DE CONSULTAS A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 54 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de cinco (5) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas. IMPORTANTE: No se absolvern consultas a las Bases que se presenten extemporneamente o que

    sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.7. FORMULACIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES Las observaciones a las Bases sern presentadas dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haber finalizado el trmino para la absolucin de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artculo 57 del Reglamento.

    1.8. ABSOLUCIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES El Comit Especial notificar la absolucin de las observaciones a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de los cinco (5) das hbiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones. El Comit Especial debe incluir en el pliego de absolucin de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE: No se absolvern observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o

    que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.9. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o

    fueron acogidas parcialmente;

    2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal

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    acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

    1.10. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin. Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo

    para formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

    Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.11. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de

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    la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste

    debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

    1.12. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

    La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE: En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no

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    podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.11, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas. Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    1.13. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener

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    incidencia sobre el costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

    El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE: Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten

    a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.2

    1.14. EVALUACIN DE PROPUESTAS La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica. Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos 1.14.1. EVALUACIN TCNICA

    Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de sesenta (60) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

    1.14.2. EVALUACIN ECONMICA Si la propuesta econmica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.

    2 Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para

    acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi Donde:

    i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE: En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comit

    Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.15. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

    En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de

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    evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE. IMPORTANTE: De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a

    propuestas que superen el valor referencial, hasta el lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto igual o menor al valor referencial.

    1.16. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los ocho (8) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.17. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 122 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato. El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

    Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) das hbiles siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del Reglamento. El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Constancia de capacidad libre de contratacin. Garanta de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI). Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los

    documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta tcnica.

    Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de obra3

    Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    , en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    3.2. DE LAS GARANTAS

    3.2.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del

    3 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en

    concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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    contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

    3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTAS Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per. IMPORTANTE: Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o

    contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    3.4. EJECUCIN DE GARANTAS Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

    3.5. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA4 El plazo de ejecucin de obra se inicia a partir del da siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:

    1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, segn corresponda. 2. Que la Entidad entregue el expediente tcnico de obra completo al contratista. 3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutar la obra al contratista. 4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al

    contratista, cuando en la seccin especfica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligacin.

    5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la seccin especfica de las Bases, salvo que en dicha seccin no se haya previsto la entrega de este adelanto.

    6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales5

    4 En las obras bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico,

    estos requisitos debern ser considerados para el inicio de la ejecucin de la obra. 5 Ingenieros o arquitectos.

    sealados

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    en su propuesta tcnica. Estas condiciones debern ser cumplidas dentro de los quince (15) das calendarios siguientes a la suscripcin del contrato. En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las dems condiciones. Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climtica no permitiera el inicio de la ejecucin de la obra, la Entidad podr acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecucin. Dicha decisin deber ser sustentada en un informe tcnico que formar parte del expediente de contratacin de la obra. IMPORTANTE: De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a un supervisor

    cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de seleccin.

    3.6. RESIDENTE DE OBRA6

    Profesional7 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) aos de experiencia en la especialidad8

    3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR

    , designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola designacin, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato. La sustitucin del residente slo proceder previa autorizacin por escrito del funcionario de la Entidad que, segn sus normas de organizacin interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorizacin, y siempre que el profesional reemplazante rena calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto. El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerar aprobada la sustitucin.

    9

    Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) aos de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecucin de la obra y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente.

    DE OBRA

    6 De acuerdo con el artculo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un

    residente de obra. 7 Ingeniero o arquitecto, segn lo requerido en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, conforme a la

    naturaleza de la obra a ser ejecutada. 8 En el expediente tcnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionales

    para el profesional propuesto como residente de obra, segn la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser ejecutada.

    9 De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea

    igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de seleccin.

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    En caso que el supervisor sea una persona jurdica, esta deber designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

    3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad en la que deber ser firmado en cada una de sus pginas por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor. El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podr impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacin por cada da en que se impida el acceso. Slo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarn los hechos relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra, firmando al pie de cada anotacin que efecten. Tambin se anotarn en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, as como la respuesta de este ltimo. Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harn directamente a la Entidad, por medio de comunicacin escrita. El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad. IMPORTANTE: El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la

    fecha de inicio del plazo de ejecucin de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.

    3.9. ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artculo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases10

    3.10. VALORIZACIONES

    . En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la seccin especfica de las Bases, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.

    La valorizacin es la cuantificacin econmica del avance fsico en la ejecucin de la obra en un periodo determinado, tendr el carcter de pago a cuenta y deber ser realizada el

    10 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente

    tcnico, si la Entidad prev la entrega del adelanto directo para la elaboracin del expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entrega del adelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin.

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    ltimo da de cada periodo de valorizacin previsto en la seccin especfica de las Bases, por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorizacin conjunta con el contratista, este ltimo la realizar. En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al pago de intereses, de conformidad con el artculo 48 de la Ley y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto, se formular una valorizacin de intereses y el pago se efectuar en las valorizaciones siguientes. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizar a quien se indique en el contrato de consorcio.

    3.11. REAJUSTES Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones debern ser ajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la frmula o frmulas polinmicas previstas en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, los ndices Unificados de Precios de la Construccin que publica el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica INEI. Dado que los ndices Unificados de Precios de la Construccin son publicados con un mes de atraso, los reajustes debern calcularse teniendo en consideracin el coeficiente de reajuste K conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los ndices que se deben aplicar, se calcular el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarn con la valorizacin ms cercana posterior o en la liquidacin final sin reconocimiento de intereses. IMPORTANTE: Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas se sujetan a lo

    dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.

    3.12. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.13. LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA El procedimiento para la liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es el que se encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la liquidacin mientras existan controversias pendientes de resolver. Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el pago del saldo de la liquidacin, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo. Las controversias sobre pagos podrn ser sometidas a conciliacin y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) das hbiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la

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    seccin especfica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin.

    3.14. VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que la liquidacin quede consentida y se efecte el pago correspondiente.

    3.15. DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes. IMPORTANTE: Cuando se trate de obras bajo la modalidad de concurso oferta, a cada una de las

    prestaciones involucradas se le aplicarn, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogacin de mayores fondos pblicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarn las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecucin de obras.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre :

    RUC N : 20527143200

    Domicilio legal : JR. BILLINGHURST N480-EMBARCADERO TURISTICO

    Telfono/Fax: : 082-572321

    Correo electrnico: : [email protected]

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin de la ejecucin de la obra Ampliacin y Mejoramiento del Servicio Educativo de la I.E.B.R. N 52094 Almirante Miguel Grau Seminario C.P el Triunfo-distrito de las Piedras Provincia de Tambopata -Regin Madre de Dios

    1.3. VALOR REFERENCIAL11 El valor referencial asciende a. OCHO MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 61/100 NUEVOS SOLES (S/ 8087,675.61), INCLUYE IGV, incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecucin de la obra. El valor referencial ha sido

    MPORTANTE:

    De conformidad con el artculo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratacin por relacin de tems, tambin debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de cada tem.

    Las propuestas econmicas no pueden exceder los lmites del valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley.

    Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento. De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

    11 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

    consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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    Valor Referencial (VR)

    Lmite Inferior Lmite Superior

    Con IGV Sin IGV Con IGV Sin IGV

    8,087,675.61 7,278,908.05 6,168,566.14 8,896,443.17 7,539,358.62

    OCHO MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL SEICIENTOS SETENTA Y

    CINCO CON 61/100 NUEVOS SOLES

    (INCLUYE IGV)

    SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y

    OCHO MIL NOVECIENTOS OCHO CON 05/100 NUEVOS

    SOLES (LMITE, 90% DEL VALOR REFERENCIAL)

    (INCLUYE IGV)

    SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y

    OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA

    Y SEIS CON 14/100 NUEVOS SOLES

    (LMITE, 90% DEL VALOR REFERENCIAL

    (SIN IGV)

    OCHO MILLONES OCHOCIENTOS

    NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS

    CUARENTA Y TRES CON 17/100 NUEVOS SOLES

    (LMITE, 110% DEL VALOR REFERENCIAL)

    (INCLUYE IGV)

    SIETE MILLONES QUINIENTOS

    TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS

    CINCUENTA Y OCHO CON 62/100

    NUEVOS SOLES (LMITE, 110% DEL

    VALOR REFERENCIAL

    (SIN IGV)

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN El expediente de contratacin fue aprobado mediante Memorando N 258-2013-GOREMAD/ORA-OT, el 23/10/2013. Asimismo, el expediente tcnico de obra fue aprobado mediante Resolucin Gerencial General Regional N 084-2013-GOREMAD/GGR, DE FECHA 04/09/2013

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos ordinrios IMPORTANTE: La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de

    Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

    El presente proceso se rige por el sistema de A SUMA ALZADA12

    1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL

    , de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    NO SE APLICA.

    1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO La obra a ser ejecutada est definida en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente seccin, en el captulo III.

    1.9. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA

    12 De acuerdo al artculo 40 del Reglamento, la Entidad tambin puede establecer como sistema de contratacin, el esquema

    mixto.

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    El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria, es Cuatrocientos Veinte (420) das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin y en el expediente tcnico de obra. IMPORTANTE:

    Cuando en el expediente de contratacin se establezca que la obra debe ejecutarse

    bajo la modalidad de concurso oferta, en lugar del prrafo anterior, deber consignarse lo siguiente: El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario, el que comprende la elaboracin del expediente tcnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN CONSISTENTE EN LA ELABORACIN DEL EXPEDIENTE TCNICO, EL CUAL DEBER ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario, as como la ejecucin de la obra en s misma en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN CONSISTENTE EN LA EJECUCIN DE LA OBRA, EL CUAL DEBER ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario. Dichos plazos constituyen requerimientos tcnicos mnimos que deben coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

    Cuando en el expediente de contratacin se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad llave en mano, en lugar del prrafo anterior, deber considerarse lo siguiente, segn corresponda: El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin y en el expediente tcnico de obra. 13

    El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario, el que comprende la elaboracin del expediente tcnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN CONSISTENTE EN LA ELABORACIN DEL EXPEDIENTE TCNICO, EL CUAL DEBER ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario, as como la ejecucin de la obra en s misma y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN CONSISTENTE EN LA EJECUCIN DE LA OBRA Y MONTAJE DEL EQUIPAMIENTO, EL CUAL DEBER ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario. Dichos plazos constituyen requerimientos tcnicos mnimos que deben coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

    14

    1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES

    13 Este prrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la

    elaboracin del expediente tcnico. 14 Este prrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la

    elaboracin del expediente tcnico.

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    S/. 100.00 (Cien con 00/100 Nuevos Soles).15

    1.11. BASE LEGAL

    Ley N 29951, Ley de Presupuesto para el Sector Pblico para el Ao Fiscal 2013. Ley N 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico del ao

    fiscal 2013. Decreto Legislativo N 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y su

    modificatoria Ley N 29873, en adelante la Ley. Decreto Supremo N 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de

    Contrataciones del Estado y su modificatoria Decreto Supremo N 138-2012-EF, en adelante el Reglamento.

    Decreto Supremo N 021-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

    Directivas de OSCE Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Cdigo Civil. Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. Ley N 28015, Ley de Promocin y Formalizacin de la Pequea y Microempresa. Ley N 27143, Ley de Promocin Temporal del Desarrollo Productivo Nacional

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

    15 Salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

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    CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN 16

    Etapa Fecha, hora y lugar Convocatoria : 24/10/2013 Registro de participantes : Del: 25/10/2013

    Al: 02/12/2013 Formulacin de Consultas : Del: 25/10/2013

    Al: 31/10/2013 Absolucin de Consultas : 06/11/2013 Formulacin de Observaciones a las Bases

    : Del:07/11/2013 Al: 13/11/2013

    Absolucin de Observaciones a las Bases

    : 28/11/2013

    Integracin de las Bases : 29/11/2013 Presentacin de Propuestas : 06/12/2013 * El acto pblico se realizar en : Oficina de abastecimientos Jr. Cusco N 350 (Ex

    Colegio Sta. Rosa), Oficina de Abastecimientos Jr. Cusco N 350 (Ex Colegio Sta. Rosa), A 15.00 PM

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas

    : 06/12/2013

    Otorgamiento de la Buena Pro17 : 06/12/2013 * El acto pblico se realizar en : Oficina de abastecimientos Jr. Cusco N 350 (Ex

    Colegio Sta. Rosa), Oficina de Abastecimientos Jr. Cusco N 350 (Ex Colegio Sta. Rosa), A 19.00 horas

    IMPORTANTE:

    Debe tenerse presente que en una licitacin pblica, entre la convocatoria y la etapa

    de presentacin de propuestas debe existir como mnimo veintids (22) das hbiles, y entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas, debe existir como mnimo cinco (5) das hbiles.

    Si el monto del valor referencial es igual o superior a las veinticinco mil Unidades Impositivas Tributarias (25,000 UIT), la Entidad deber prever en el cronograma del proceso la ETAPA DE CALIFICACIN PREVIA. Asimismo, en esta seccin de las Bases, deber preverse las condiciones especiales, criterios y factores para la calificacin previa, teniendo en consideracin que la evaluacin de los participantes tiene como finalidad determinar su capacidad y/o solvencia tcnica y econmica, su experiencia en la actividad y en la ejecucin de obras similares y, de ser el caso, su equipamiento y/o infraestructura fsica y de soporte en relacin con la obra a ser ejecutada. nicamente aquellos participantes que hayan sido aprobados en esta

    16 La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la informacin consignada en el cronograma de la

    ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

    17 De acuerdo con el artculo 76 del Reglamento, el plazo para otorgar la Buena Pro no exceder de diez (10) das hbiles

    contados desde la fecha prevista en el cronograma del proceso de seleccin para el otorgamiento de la Buena Pro, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

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    etapa, podrn presentar propuestas en la oportunidad prevista en el cronograma.

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de los participantes es gratuito y se realizar en OFICINA DE PROCESOS DEL , sito en sito en Jr. Cusco N 350 Ex Colegio Santa Rosa, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 07:00 a 17:30 horas . En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

    IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.

    Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, las que incluyen el expediente tcnico de obra, salvo en la modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya su elaboracin, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Jr. Cusco N 350 (Ex Colegio Sta. Rosa), en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 07:00 am a 17:30 p.m. horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial LICITACIN PBLICA N 003-2013-GOREMAD/CEP, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico: [email protected] IMPORTANTE: Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de

    atencin no podr ser menor a ocho horas.

    2.4. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarn en acto pblico, en Oficina de Procesos, ubicada en Jr. Cusco N 350 (Ex Colegio Sta. Rosa), ex Colegio Santa Rosa, en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se realizar con la participacin de NOTARIO Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la LICITACIN PBLICA N 003-2013-GOREMAD/CEP, conforme al siguiente detalle:

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    SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    Seores [GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS]

    [CONSIGNAR DIRECCIN] Att.: Comit Especial

    LICITACIN PBLICA N 003-2013-GOREMAD/CE

    Ampliacin y Mejoramiento del Servicio Educativo de la I.E.B.R. N 52094

    Almirante Miguel Grau Seminario C.P el Triunfo-distrito de las Piedras Provincia de Tambopata -Regin Madre de Dios

    SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR]

    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    Seores [GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS]

    [CONSIGNAR DIRECCIN] Att.: Comit Especial

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    Almirante Miguel Grau Seminario C.P el Triunfo-distrito de las Piedras Provincia de Tambopata -Regin Madre de Dios

    SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA

    [NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR]

    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

    2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y DOS (2) copias18

    El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos

    .

    19

    a) Declaracin jurada de datos del postor.

    , la siguiente documentacin: Documentacin de presentacin obligatoria:

    18 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento, la propuesta tcnica se presentar en original y en el nmero de copias

    requerido en las Bases, el que no podr exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comit Especial. 19 La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su presentacin no tiene incidencia en el objeto de la

    convocatoria.

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    Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados (Anexo N 1).

    b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos

    contenidos en el Captulo III de la presente seccin20

    (Anexo N 2).

    c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N 3).

    En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

    d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los

    integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo N 4).

    La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus

    integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado

    para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N 5).

    f) Declaracin jurada del personal propuesto para la ejecucin de la obra (Anexo N 10).

    g) Requerimientos mnimos del personal profesional Propuesto, Se deber adjuntar copia simple del ttulo Profesional, Copia simple del DNI y una declaracin jurada de firmada y sellada por el profesional propuesto donde consigne que se encuentra con colegiatura hbil, as como: i) contratos con su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto, Declaracin Jurada de no tener vnculo laboral y/o contractual vigente, Declaracin Jurada de Compromiso de formar parte como profesional propuesto, en concordancia con lo solicitado en el captulo III de la seccin especfica, segn Anexo N 10.

    h) Cumplimiento de Equipo Mnimo, en concordancia con lo solicitado en el

    captulo III de la seccin especfica Anexo N 11.21

    El Equipo Mnimo debe ser acreditado con documentos que sustentan la 20 El Comit Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastar la presentacin de una declaracin jurada para

    acreditar el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos o, de lo contrario, si ser necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentacin de algn otro documento, en cuyo caso, deber precisar dicha informacin en el listado de documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases.

    21 En caso se determine que adicionalmente a la Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos

    Mnimos, a que se refiere el literal b) de la documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases, deba presentarse algn otro documento para acreditar los requerimientos tcnicos mnimos, a continuacin deber consignarse tal exigencia, teniendo en consideracin los requisitos establecidos por los reglamentos tcnicos, normas metrolgicas y/o sanitarias nacionales, reglamentos sectoriales y otros establecidos en el Captulo III de la seccin especfica de las Bases.

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    propiedad y/o la posesin y/o el compromiso de compraventa y/o el compromiso de alquiler de los equipos, y/o una Declaracin Jurada de disponibilidad de los equipos al momento de la ejecucin de las prestaciones objeto del presente proceso.

    IMPORTANTE:

    La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    Documentacin de presentacin facultativa: a) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de contratos y sus

    respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6, referido a la experiencia en obras en general del postor.

    b) Factor experiencia en obras similares: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 7, referido a la experiencia en obras similares del postor.

    c) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentar copia simple de: contratos con su respectiva conformidad, constancias, certificados o cualquier otro documento que de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto, que de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia profesional. Puede considerar y acondicionar el ANEXO 10. Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto se presentar copia simple de: TTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS.

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    d) Factor cumplimiento de ejecucin de obras: Copia simple de un mximo de

    diez (10) constancias de prestacin. IMPORTANTE: De conformidad con el artculo 47 del Reglamento, en los casos de la

    contratacin de la ejecucin de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano, las Bases tambin debern incluir factores que permitan evaluar la calidad de las soluciones tcnicas de diseo, de equipamiento o similares ofertadas por el postor.

    Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8). En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

    IMPORTANTE: En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta

    tcnica, la propuesta ser descalificada. 2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA22

    El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria: Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 9). El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:

    La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. La propuesta econmica de los postores que presenten la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

    22 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i Se aplicarn las siguientes ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.

    = 0.60 c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.

    = 0.40 Dnde: c1 + c2 = 1.00

    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Constancia de capacidad libre de contratacin. c) Garanta de fiel cumplimiento del contrato. DEBE PRESENTARSE CARTA FIANZA d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. e) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). f) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los

    documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    g) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato. h) Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su

    propuesta tcnica. i) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de

    Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    j) Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de obra23

    k) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso Copia de DNI del Representante Legal.

    , en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    l) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.

    23 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en

    concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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    m) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. n) Copia del RUC de la empresa. o) oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    IMPORTANTE: En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte

    por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio.

    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o

    contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    IMPORTANTE: La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en

    el presente numeral para la suscripcin del contrato.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista para la suscripcin del contrato dentro del plazo de siete (7) das hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentacin deber ser presentada en Oficina regional de Asesora Jurdica, Jirn Guillermo Billinghurst N 480 Puerto Maldonado

    2.9. ADELANTOS24

    2.9.1. ADELANTO DIRECTO

    La Entidad otorgar un adelanto directo por el 20%25

    El contratista debe solicitar formalmente el adelanto dentro de los ocho (8) das calendarios siguientes, a la suscripcin del contrato

    del monto del contrato original.

    26

    24 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deber consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva

    garanta, precisando el plazo en el cual el contratista solicitar los adelantos. Asimismo, deber consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarn dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artculos 186 y 187 del Reglamento.

    25 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente

    tcnico, si la Entidad prev la entrega del adelanto directo para la elaboracin del expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entrega del adelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin.

    26 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya

    la elaboracin del expediente tcnico, deber indicarse que el plazo se computa desde el da siguiente de la suscripcin del contrato. En el caso de obras que se ejecuten bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, para el adelanto directo que corresponda a la elaboracin del expediente tcnico deber indicarse que el plazo se computa desde el da siguiente de la suscripcin del contrato; en cambio, para el adelanto directo que corresponda a la ejecucin de la obra deber indicarse que el plazo se computa desde el da siguiente del inicio de la ejecucin de la obra.

    , adjuntando a su solicitud la

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    garanta por adelantos 27

    2.9.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS

    mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) das siguientes a la presentacin de la solicitud del contratista. Vencido el plazo para solicitar el adelanto no proceder la solicitud.

    La Entidad otorgar adelantos para materiales o insumos el que no debe exceder del 40% del monto del Contrato Original, conforme al calendario de adquisicin de materiales o insumos. Para dicho efecto, el contratista deber entregar la garanta por adelantos28

    2.10. VALORIZACIONES

    mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente.

    El periodo de valorizacin ser MENSUAL. IMPORTANTE: Cuando el periodo de valorizacin establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo

    del pago de la valorizacin se regir por lo dispuesto en el sexto prrafo del artculo 197 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prev un periodo de valorizacin distinto al mensual, deber establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorizacin, teniendo en consideracin lo dispuesto en el quinto prrafo del referido artculo, as como el plazo para el pago de las valorizaciones.

    De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deber contar con la valorizacin del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn corresponda; a la que deber adjuntarse el comprobante de pago respectivo.

    2.11. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE

    OBRA La Entidad o el contratista, segn corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin del contrato de obra, en el plazo de QUINCE (15) DAS CALENDARIO, computados desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.

    27 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y un plazo mnimo

    de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortizacin total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecucin de la obra sea menor a tres (3) meses, la garanta podr ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortizacin total del adelanto otorgado.

    28 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y mantenerse

    vigente hasta la utilizacin de los materiales o insumos a satisfaccin de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.

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    CAPTULO III REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

    Proyecto a ejecutar se encuentra compuesto por varios componentes, que tienen su origen en el Perfil de Inversin Pblica, El Expediente Tcnico y en la Evaluacin realizada en campo para determinar la compatibilidad del proyecto a ejecutar con el terreno habilitado por la Institucin Educativa.

    El Comit Especial verificar que las propuestas presentadas por los postores cumplan obligatoriamente con los Requerimientos Tcnicos Mnimos a efectos de poder admitir sus propuestas. En consecuencia, el incumplimiento de cualquiera de los Requerimientos Tcnicos Mnimos acarrear la descalificacin de la propuesta. NOMBRE DEL PROYECTO: AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.B.R. N 52094 ALMIRANTE MIGUEL GRAU SEMINARIO C.P EL TRIUNFO-DISTRITO DE LAS PIEDRAS PROVINCIA DE TAMBOPATA-REGION MADRE DE DIOS LOCALIZACION DE LA OBRA:

    La obra se encuentra localizada en: Localidad : El Triunfo Distrito : Las Piedras Provincia : Tambopata Departamento : Madre de Dios Regin : Madre de Dios

    OBJETIVO DEL PROYECTO: El presente proyecto tiene como objetivo la ejecucin del proyecto AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.B.R. N 52094 ALMIRANTE MIGUEL GRAU SEMINARIO C.P EL TRIUNFO-DISTRITO DE LAS PIEDRAS PROVINCIA DE TAMBOPATA-REGION MADRE DE DIOS, el proyecto va enfocado directamente a brindar un servicio educativo de calidad, que garantice la equidad y democratizacin de la educacin, el cual se ejecutara de acuerdo al Expediente Tcnico, considerando (Los Planos, Especificaciones Tcnicas, Memoria Descriptiva, Metrados y Presupuesto) y el Reglamento de Edificaciones. ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LA OBRA: Las especificaciones tcnicas son las que estn contenidas en el Expediente Tcnico de la Obra aprobado por Resolucin Gerencial General Regional N 084-2013-GOREMAD/GGR, de fecha 04/09/2013, estas especificaciones tcnicas sealan la naturaleza de los materiales a utilizar, procedimientos constructivos, aprobaciones, controles de calidad, modalidad de pago, aplicacin de toda normatividad vigente para ejecucin de obras entre otras, que servirn para cumplir con la correcta ejecucin de obra. TRIBUTOS LICENCIAS Y OTRAS OBLIGACIONES Sern de cargo del contratista todos los tributos, contribuciones, gravmenes, que le correspondan de acuerdo a ley. Toda responsabilidad de carcter laboral y por el pago de aportaciones sociales, es de exclusiva responsabilidad del contratista, adems la obtencin de la licencia de construccin, autorizaciones permisos y similares para la ejecucin de la obra.

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    COORDINACION ENTIDADES PBLICAS Y EMPRESAS DE SERVICIOS El contratista la firma del contrato, est obligado a efectuar las coordinaciones respectivas, con las entidades pblicas y empresas de servicio, mediante cartas y gestiones a fin de garantizar la correcta y oportuna ejecucin de los trabajos contratados, siempre que estos se encuentren supeditados a autorizaciones y aceptacin de dichas empresas para su realizacin. SUMINISTRO DE SERVICIOS: El suministro de energa elctrica, el abastecimiento de agua y el uso de desages, que sean necesarios para la obra ser de cuenta y responsabilidad del contratista DAOS A TERCEROS: Constituye obligacin del contratista el asumir los costos de la reparacin de los daos que ocasionen a las redes elctricas, agua, desage, telfono (de ser el caso) y dems terceros, la negativa del contratista de reparar el dao causado, ser causal de resolucin del contrato, sin perjuicio de que le , o las empresas de servicios ejecuten los trabajos, con cargo a las valorizaciones del contratista y/o garantas de fiel cumplimiento de ser el caso. INDEMNIZACIONES Es obligacin del contratista. Atender los juicios, reclamos, demandas a acciones imputables a l o su personal, directa e indirectamente, por actividades ilcitas, daos, prdidas, accidentes, lesiones o muertes, producidas dentro de la obra, y/o reas aledaas de su influencia, como consecuencia de la ejecucin de trabajos o negligencia. DIRECCIN PARA LAS COMUNICACIONES: El postor adjudicado, al momento de la suscripcin del contrato, deber presentar una direccin electrnica (correo electrnico) autorizando expresamente esta modalidad para que la entidad realice el procedimiento administrativo de notificaciones (Ampliaciones de plazo, Prestaciones adicionales de obra y liquidaciones de obra y otros), adems de una direccin procesal en la ciudad de Puerto Maldonado. PRESUPUESTO DE LA OBRA VALOR REFERENCIAL El Presupuesto de la obra tiene la siguiente Estructura de Presupuesto: con precios vigentes al mes de Agosto del 2013.

    Presupuesto de la Obra:

    COSTO DE EJECUCION DE OBRA POR CONTRATO

    INFRAESTRUCTURA S/. 5,902,688.67 MITIGACION DE IMPACTO AMBIENTAL S/. 5,980.43 COSTO DIRECTO DE OBRA S/. 5,908,669.10 GASTOS GENERALES 11.00% 649,859.82 UTILIDAD 5.00% 295,433.46 SUB TOTAL S/. 6,853,962.38 IMPUESTO I.G.V. 18.00% 1,233,713.23 COSTO DE EJECUCION DE OBRA S/. 8,087,675.61

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