agentes toxicos en el ambiente laboral.docx

Upload: carlos-morales

Post on 12-Oct-2015

34 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Repblica Bolivariana de VenezuelaInstituto Forestal LatinoamericanoFacultad de Ciencias Forestales y Ambientales del Estado MridaCentro de Formacin Integral CEINFORBarinas Estado Barinas

AGENTES TOXICOS EN EL AMBIENTE LABORAL

INGENIEROS:Barajas Loredana 18.191.292Castillo Yessica 18.290.586Diab Ana 19.881.346Garca Yency 18.772.103Gonzlez Rosa 19.620.559Guerrero Doris. 25.078.760Matheus Ivor. 16.980.313Monzn Johan. 19.430.941Morales Carlos 18.772.017Obregn Giovan 19.070.086 Ovalles Andrea. 19.783.720Prez Yenifer. 19.071.347

Barinas, Junio de 2014INTOXICACION Unaintoxicacinse produce por exposicin, ingestin, inyeccin o inhalacin de una sustancia txica siempre y cuando sea de composicin qumica ya que si el compuesto es natural se le llamara ingesta excesiva y esto por cualquier sustancia sea natural, qumico, procesada o creada. Las intoxicaciones accidentales o voluntarias debidas al consumo de medicamentos son las ms frecuentes. Otros txicos son: productos industriales, domsticos, de jardinera,drogas,monxido de carbonoy alcohol en un uso excesivo. La gravedad de la intoxicacin depende de la toxicidad del producto, del modo de introduccin, de ladosisingerida y de la edad de la vctima. Es fundamental detectar los signos de riesgo vital: comprobar el estado deconciencia, la respiracin y tambin el pulso.

Desde el punto de vista qumico existen varios elementos que se consideran esenciales pero que aun as pasando un cierto rango (alto) pueden ser txicos para nuestro organismo (Potasio, Hierro, Calcio). Tambin estn aquellos que en pocas dosis ya pueden ser txicos y hasta causar la muerte, en la mayora por cambios provocados en el organismo (Cianuro, Monxido de Carbono, Antimonio, entre otros).Las vas de toxicidad pueden ser varias, contacto con la piel, inhalacin, radioactividad, ingesta, entre otras, por eso en laboratorios cuando se usan este tipos de elementos usan una indumentaria apropiada (guardapolvo, botas, lentes, guantes, entre otros).

En muchos lugares de trabajo se utilizan sustancias que pueden ser peligrosas para la salud. Es necesario que los trabajadores que estn en contacto con ellas conozcan sus posibles efectos: para poder prevenir un riesgo, lo principal es conocerlo.

Este aporte tiende a aumentar el inters en las medidas de seguridad de los principales beneficiarios de las mismas: los trabajadores expuestos a riesgos qumicos.

SALUD Y SUSTANCIAS TXICASExmenes BasePrcticamente todo el mundo ha pasado un examen fsico antes de ser aceptado en un puesto, pero pocos comprenden su importancia en relacin con el programa general de seguridad e higiene. En este examen se establece el estado general de salud del candidato, informacin crucial para colocarlo en el puesto correcto y detectar cualquier deterioro causado por exposicin en el trabajo.

Sustancias TxicasLa exposicin a sustancias toxicas es el problema de salud por excelencia. Aqu la eleccin de trminos puede ser de importancia, a veces decimos materiales peligrosos para referirnos a sustancias txicas, pero eladjetivopeligroso es mucho ms general e incluir riesgos a la seguridad, como los que presentan los explosivos y los lquidos inflamables y combustibles.

IrritantesLos irritantes inflaman las superficies del cuerpo por su accin corrosiva. Cuando el irritante es algn polvo, la enfermedad pulmonar que origina se llama neumoconiosis, incluye una reaccin a polvos molestos como la fibrosis, una reaccin ms seria que produce tejido cicatricial fibroso que perjudica la capacidad pulmonar.

Venenos sistmicosMs insidioso que los irritantes son los venenos, que atacan rganos o sistemas. Probablemente el plomo es el veneno sistmico mejor conocido entre los que se encuentran en el trabajo. Otro veneno sistmico importante es el bisulfuro de carbono. Es muy utilizado en la industria como solvente, desinfectante e insecticida. Otros son el Metanol, y el Alcohol metlico.

DepresoresCiertas sustancias actan como depresores o narcticos del sistema nervioso central, y como tales, son tiles como anestsicos mdicos. A diferencia de los venenos sistmicos, la accin de depresores sobre el sistema nervioso central es temporal. Sin embargo, algunas sustancias, como el alcohol metlico, son tanto venenos sistmicos como depresores. Adems de afectar a la salud, los depresores tambin pueden tener un efecto adverso en la seguridad, porque interfieren con la concentracin de trabajadores que operan maquinaria. El depresor ms familiar es el alcohol etlico, algunas veces llamado etanol en la industria.

AsfixiantesLos asfixiantes evitan que el oxgeno llegue a las clulas del cuerpo, cualquier gas puede ser un asfixiante, si se encuentra en concentraciones suficientes para desplazar la proporcin esencial de oxgeno del aire.El bixido de carbono es uno de los asfixiantes simples ms importantes, aunque en cantidades normales es un constituyente inofensivo del aire. Tambin existen lo que son asfixiantes qumicos, que interfieren con al oxigenacin de la sangre en los pulmones o bien con la oxigenacin de los tejidos.

CarcingenosLos carcingenos son sustancias que se sabe o se sospecha que causan cncer. Desde la aparicin de la OSHA, se ha puesto mucha atencin a la carcinogenesis. Una de las causan ms atemorizantes respecto a estos agentes es que el cncer tiene un periodo de latencia largo, en el que pueden transcurrir entre 20 y 30 aos entre la exposicin y la aparicin de tumores cancerosos. Todos los aos se descubren nuevos carcingenos, y muchas de estos son sustancias de uso comn en el entorno industrial, como el benceno, el cloruro de vinilo y el PVC. Por lo que el uso de estos est debidamente regulado para que no afecte a los empleados.

Teratgenos.Los Teratgenos afectan el feto, por lo que su efecto toxico es indirecto. Por lo que las mujeres en estado de embarazo deben tener cuidado. Estos hacen dao despus de la concepcin pero antes del nacimiento. De lo cual se ha formulado una pregunta legal, es si una industria puede prohibir a mujeres en estado de procrear, trabajar en puestos en que puedan quedar expuestas a este tipo de sustancias, lo que podra considerarse como una discriminacin sexual o una falta de seguridad por parte de las industrias.

Vas de entradas.Las diversas vas de entrada de las sustancias txicas pueden ser de diversas formas o vas y tienen ms relacin mutua de lo que cree la mayor parte de los trabajadores. Pueden ser inhaladas, por contacto con la piel (cutnea) e ingeridas. Conociendo las vas de entrada de las sustancias toxicas es fcil ver lo vital de lahigiene, por lo que el almacenamiento de la comida y las instalaciones de duchas y lavados son esenciales para el control de la cantidad de txicos que pasan al organismo del trabajador.

Contaminantes del aire.Aunque el aire est formado esencialmente por gases, su contaminacin consiste en cualquiera de los tres estados de la materia: slidos, lquidos o gases. Los gases contaminan fcilmente el aire porque est constituido generalmente por gases, que se mezclan con ms facilidad. El gas txico ms familiar es el Monxido de carbono y en el entorno industrial el sulfuro de hidrgeno y el cloro. Incluso gases inofensivos como el nitrgeno y el dixido de carbono.

Los vapores, tambin son gases, pero son lquidos que liberan cantidades pequeas de gases al aire, como la gasolina y los solventes, que liberan fuertes vapores al aire. Los vahos se componen de diminutas gotas de lquidos, cuando los vapores se condensan generan vahos, que pueden producir salpicado y/o atomizado, el roco pesticida es un ejemplo. Los polvos son partculas slidas, que mayormente viajan por el aire relativamente inofensivo.

Dentro de los polvos peligrosos incluyen los de asbesto, plomo, carbn, radioactivos y el slice.Los humos son tambin partculas slidas, pero son ms finas que el polvo, se forman por resolidificacin de vapores de procesos muy calientes como la soldadura. Las reacciones qumicas pueden producir humos, pero los gases y vapores que se generan de las reacciones qumicas no pueden ser confundidas como humos. Los humos metlicos son los ms peligrosos, especialmente los de los metales pesados.

Las partculas son una clasificacin general que incluyen todo tipo de contaminacin del aire, tanto slidas como lquidas, pueden ser visibles, pero la mayora no.

Lmites de los umbralesLa expresin umbral limite o UL representa la concentracin mxima a la que un trabajador puede estar expuesto durante el da de labores sin daos significativos. Puesto que el umbral lmite vara segn la toxicidad del contaminante, y toda sustancia toxica tiene su propio UL.Existe un UL enlistado para las sustancias toxicas conocidas, que es una cifra establecida por una comisin de La Reunin Estadounidense de Higienistas Industriales Gubernamentales, ACGIH por sus siglas en ingles.

El que la comisin decida el UL de una sustancia no quiere decir que los patronos deben controlar los entornos de trabajo para cumplir con dicho nivel. Algunos UL estn basados endatoscientficos slidos y son un criterio muy firme para actuar. Otros se fundan endatosbastantes incompletos, y por lo tanto se necesita un juicio profesional para determinar las acciones que convienen emprender para controlar el entorno de trabajo. Los mismos UL pueden variar de un ao a otro, conforme se dispone de ms informacin.

Lmites de exposicin permisible.Los lmites de exposicin permisibles o LEP son promedios de tiempo ponderado de 8 horas.La tabla completa de LEP que corresponden a las designaciones Z.1, Z.2 y Z.3 de la OSHA.

MEDIDAS DE EXPOSICINPromedios ponderados por tiempoEl clculo de estos promedios reconoce que la concentracin de contaminantes en el aire cambia con el tiempo, y que a veces es permisible que la concentracin en un lugar de trabajo exceda el umbral limite si en otros momentos del da laboral la exposicin es bastante inferior, de forma que la exposicin promedio durante el turno sea menor al nivel especificado.

Nivel tope y LECDUn valor tope o mximo tope aceptable MTA, es un lmite de exposicin que no debe excederse nunca. Otra convencin pide especificar un LECD, limite de exposicin de corta duracin, que reconoce el peligro de exposiciones agudas pero permite excursiones breves por arriba de un nivel que sera peligroso durante un turno de ocho horas.

UnidadesSin importar el lmite con el que se mide la exposicin, el analista debe preocuparse de las unidades de medida. Por lo general, los gases se miden mejor segn el volumen y se expresan en p/m (partes por milln), los lquidos y algunos slidos se miden mejor segn el peso y se expresan en mg/m3 (miligramos de partculas por metros cbicos)

Niveles de accinLos niveles de accin o NA son una estrategia que prev el problema antes de que se excedan los UL o cualquier otra medida. Las grandes variaciones estadsticas y los instrumentos impiden evaluaciones exactas. La diferencia entre NA y LEP da un margen de error para que la exposicin del trabajador no supere al LEP, mediante la implantacin de controles antes que se alcancen esos niveles.

Proyecto de terminacin de normasEl mtodo general de coercin y cumplimento con las normas prescritas es en forma tabular para los contaminantes del aire y se aplica a una gran cantidad de sustancias presentes en el entorno de trabajo. La OSHA emplea un mtodo muy completo y aplica normas detalladas dedicadas al control de una sustancia peligrosa particular. Las normas de estas sustancias han sido formuladas como una serie y todas fueron puestas en vigor varios aos despus de la formulacin de la ley de la OSHA, se ha llamado a este esfuerzo proyecto de terminacin de obras que se ha pronosticado que al cabo toda sustancia toxica tendr su norma individual.

Deteccin de contaminantesLos gerentes de seguridad e higiene necesitan tener conocimientos de los procesos de su planta, de forma que sepan dnde buscar o al menos a quien preguntar cuando se presente un problema, el muestreo y la prueba del aire son la manera de determinar las concentraciones con precisin. Una de las maneras ms comunes de detectar de forma preliminar un problema es mediante el sentido del olfato, lo cual no es preciso porque algunas sustancias son inodoras.Otro procedimiento consiste en analizar los procesos de la planta para determinar posibles fugas a la atmsfera. Dicho anlisis puede ser bastante tcnico y requiere no solo saber de mquinas, vlvulas, sumideros, etc., sino tambin tener conocimiento de los materiales utilizados.

Estrategias de medicinUna vez que se ha determinado que hay un riesgo de contaminacin del aire se necesita un procedimiento para formar muestras, medir el grado de exposicin de empleados e instituir controles. Una vez ha sido liberado el producto qumico en el aire del lugar de trabajo, hay que hacer una determinacin escrita, si puede exponerse cualquier empleado a determinadas concentraciones de NA, medir los grados de exposiciones de NA de un mximo riesgo para los empleados, identificar y medir todos los empleados que pueden estar a mayor nivel de accin, medir la exposicin por lo menos cada dos meses, esta estrategia de la NIOSH explica que para los requisitos detallados debe consultarse cada norma de salud.

Instrumentos de medicinHoy da existen cuatro mtodos bsicos para medir la exposicin a contaminantes en el aire: Instrumentos de lectura directa. Muestreo con los detectores. Muestreo con anlisis subsiguiente de laboratorio. Dosmetros.

TXICOS, GRADO DE TOXICIDAD, EXPOSICIN, RIESGOSTxico:Cualquier sustancia capaz de producir dao en la salud o muerte en organismos vivos como resultado de interacciones fisicoqumicas.

La toxicidad: Es la capacidad de daar a organismos vivos definidos en referencia a: La cantidad administrada o absorbida; La va en la que el qumico ingresa al organismo; El tiempo de exposicin (nica dosis o repetidas); El tipo y la severidad del dao; El tiempo necesario para producir el dao; La naturaleza del organismo afectado; Otras condiciones.

Una clasificacin de toxicidad divide las sustancias en seis grupos:

1. Prcticamente no txico;

2. Ligeramente txica;

3. Moderadamente txica;

4. Muy txica;

5. Extremadamente txica;

6. Supertxica.

Efectos que pueden producir los txicosPueden provocar tanto efectos locales como generales. Los efectos locales son los que se producen en el lugar que el txico tiene contacto con el cuerpo y habitualmente son irritacin de los ojos, de la piel, etc. Los efectos generales se producen despus que el txico ingres al organismo y puede producir manifestaciones agudas o crnicas de diversas enfermedades. El dao puede producirse en el cerebro, hgado, riones, pulmones.

Lo importante es resaltar que tanto los efectos locales como generales pueden y deben ser evitados.

TOXICOLOGALa toxicologa puede ser definida como la ciencia de los venenos o de las sustancias txicas, sus efectos, antdotos y deteccin; o bien como seala la Organizacin Mundial de la Salud"disciplina que estudia los efectos nocivos de los agentes qumicos y de los agentes fsicos (agentes txicos) en los sistemas biolgicos y que establece adems, la magnitud del dao en funcin de la exposicin de los organismos vivos a dichos agentes. Se ocupa de la naturaleza y de los mecanismos de las lesiones y de la evaluacin de los diversos cambios biolgicos producidos por los agentes nocivos".El fenmeno de incremento en el uso de sustancias qumicas para muchos propsitos, y en lo que concierne, a la presencia de contaminantes qumicos y txicas en el aire, agua, alimentos y otras partes del ambiente, han motivado que esta rama del conocimiento pueda ser subdividida dentro de las siguientes reas:

TOXICOLOGA FORENSEEsta rea se especializa en el conocimiento de la toxicologa que apoya al rubro de la patologa y medicina forense para establecer las causas de muerte, para propsitos medico legales en incidentes en los cuales se sospecha que un crimen haya ocurrido.

TOXICOLOGA CLNICAEstudia los efectos esperados o inusuales de una droga teraputica que se aplica en pacientes; donde se observa la condicin de estos y el progreso que tienen estas sustancias en el tratamiento de padecimientos o enfermedades.

TOXICOLOGA OCUPACIONALEn la ltima mitad del siglo diecinueve y durante el siglo pasado, el conocimiento de los efectos de la actividad laboral en ciertas industrias incurrieron en la manifestacin de serias enfermedades y decesos ocasionados por la exposicin a qumicos peligrosos y agentes txicos bajo condiciones inseguras de trabajo; este es el campo de accin de la toxicologa ocupacional, cuya disciplina aborda el estudio de los efectos nocivos sobre la salud del trabajador producidos por los contaminantes del ambiente de laboral.

TOXICOLOGA AMBIENTALLa toxicologa ambiental es aquella que concierne con el efectos dainos de las sustancias qumicas o agentes txicos que estn presentes en el aire, agua, suelo, alimentos u otros factores ambientales y a los cuales estn expuestos el hombre, animales domsticos, peces, vida silvestre y otros elementos de la biota. Es decir se aboca al estudio de los efectos adversos de los agentes ambientales sobre los organismos vivos.

TIPOS DE TOXICIDADToxicidad es la propiedad de una molcula qumica o compuesto que es capaz de producir una lesin o efecto nocivo sobre los organismos vivos. Estos daos pueden ser causados por las circunstancias particulares de exposicin. Por lo tanto una subdivisin de la toxicidad puede ser hecha sobre la base de la duracin a la exposicin:Exposicin aguda:Se produce por una exposicin de corta duracin en el cual el agente qumico o fsico es absorbido rpidamente, ya sea en una o varias dosis, en un perodo no mayor de 24 horas; los efectos aparecen de manera inmediata.Exposicin subaguda:Se produce ante exposiciones frecuentes o repetidas durante varios das o semanas; los efectos aparecen en forma relativamente retardada.Exposicin crnica:Se produce con exposiciones repetidas a bajas dosis durante largo tiempo. Los efectos se manifiestan porque el agente txico se acumula en el organismo, es decir, la cantidad eliminada es menor que la absorbida; o bien, porque los efectos producidos por la exposiciones repetidas se suman. Adems la toxicidad tambin puede seccionarse sobre el contexto del sitio de accin en el que acta: Efectos locales:Refiere a la accin que toma lugar en el punto o rea de contacto. El sitio puede ser la piel, membrana, mucosa de los ojos, nariz, boca, o cualquier otra parte del sistema respiratorio o gastrointestinal. Una particularidad al respecto puntualiza que la absorcin de la sustancia txica no necesariamente ocurre en el organismo. Efectos sistmicos:Este trmino refiere a un sitio de accin que puede estar muy ajeno al lugar de contacto y se asume que la absorcin se ha llevado a cabo. Es decir, tras la absorcin y distribucin de la sustancia txica, a travs de la sangre, se aloja en un rgano blanco o bien es manifiesta su accin en todo el organismo

VIGILANCIA BIOLGICALa vigilancia biolgica es un procedimiento complejo de estudio e interpretacin de informacin, que asocia tanto lo contribuido por el monitoreo biolgico, como los elementos y efectos fisiopatolgicos determinados, y los admisibles descubrimientos relacionados en el rea clnica. Y que incluye adems invariablemente la observacin y la valoracin o clculo de la exposicin del individuo; y que incorpora los resultados de muestras y el examen mismo, as como la inferencia de la frecuentacin de sustancias en varios tejidos, rganos y fluidos del organismo, as como de las alteraciones biolgicas concomitantes.

AGENTES QUMICOS PELIGROSOSUn agente qumico es cualquier elemento o compuesto qumico, por s solo o mezclado, tal como se presenta en estado natural o es producido, utilizado o vertido (incluido el vertido como residuo) en una actividad laboral, se haya elaborado o no de modo intencional y se haya comercializado o no. Existen millones de productos qumicos, y muchos de ellos son peligrosos para nuestra salud. Podemos encontrarlos en forma de sustancias simples (Ej. gasolina, cloro, cido sulfrico, amianto, etc.) o mediante mezclas o disoluciones de dos o ms sustancias llamados, tambin, preparados.

Producto qumico peligroso es aquel que puede representar un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores o para el medio ambiente debido a sus propiedades fisicoqumicas, qumicas o toxicolgicas, y a la forma en que se utiliza o se halla presente en el lugar de trabajo (Real Decreto 374/2001). Como estos agentes en contacto con el organismo pueden ocasionar daos, tambin se les conoce con el nombre de productos txicos.

Un agente qumico es peligroso, no solo por sus propiedades, sino tambin: Por la forma en que se utiliza (polvo, aerosol, lquido..), o Por la forma en que se halla presente en el lugar de trabajo (utilizar agua a temperatura ambiente puede no ser un riesgo pero si se calienta a ms de 100 c, resulta peligroso el contacto con el lquido o con el vapor). La normativa utiliza el trmino de agente qumico para hacer referencia a la mera presencia, en el medio laboral, de productos, subproductos, preparados, residuos, sustancias qumicas.

TIPOS DE PELIGROS Y SU CLASIFICACINLos productos qumicos pueden provocar diferentes tipos de efectos: explosiones, incendios, enfermedades, contaminar la atmsfera, etc. Cada producto puede ser capaz de provocar uno o ms efectos. No obstante a efectos ilustrativos, podemos clasificar los productos qumicos segn su efecto en:

PELIGROCLASIFICACIN

Productos que originanaccidentesInflamablesMuy inflamablesComburentes u oxidantesExplosivosCorrosivos

Productos o sustancias que producendaos a la saludTxicosMuy txicosNocivosSensibilizantesIrritantesCancergenosMutgenosTxicos para la reproduccinDisruptores endocrinos

Productos o sustancias quedaan el medio ambienteEcotxicosContaminantes de las aguasContaminantes de suelosContaminantes atmosfricosPersistentesBioacumulativos

EFECTOS SOBRE LA SALUD Y EL MEDIO AMBIENTEEfectos sobre la salud humana: los efectos de los agentes qumicos sobre el organismo se suelen clasificar en efecto a corto y a largo plazo. Los efectos a corto plazo se denominan "toxicidad aguda": La inhalacin de cloro provoca irritacin respiratoria inmediata. Otros productos actan como venenos que se propagan por todo el cuerpo a travs de la sangre pe. el uso de disolventes en lugares mal ventilados, puede provocar nuseas, vmitos, dolores de cabeza, vrtigos, etc. Los efectos a largo plazo son ms lentos, requieren exposiciones repetidas y pueden tardar meses o aos en aparecer.

Es la llamada "toxicidad crnica". Entre estos efectos, los ms graves son el cncer, las alteraciones genticas, las reacciones alrgicas, la alteracin hormonal y la toxicidad del sistema nervioso (cerebro y nervios).

Los efectos agudos y crnicos de una determinada sustancia pueden ser muy diferentes y la proteccin respecto a un slo tipo de efectos no siempre implica control del riesgo de otros tipos de toxicidad. El efecto depende, tambin, de la variacin de la respuesta de cada individuo a los txicos, del gnero, de la edad (jvenes, personas mayores) o del estado de salud previo a la exposicin

EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE.Entre los peligros para el medio ambiente destacan, la toxicidad para los seres vivos, la capacidad de contaminar el agua, la atmsfera o el suelo. Son especialmente preocupantes las sustancias que son persistentes y bioacumulativas:

EcotxicasTxicas para los seres vivos, se dividen segn sean dainas para organismos acuticos o terrestres.

Contaminantes del aguaIncluye las sustancias que favorecen el crecimiento excesivo de algas o plantas dificultando la vida acutica (sustancias eutrofizantes), Ej. Nitratos; y sustancias con capacidad de disolverse o permanecer en el agua, Ej. plaguicidas.

Contaminantes atmosfricosSustancias que forman las nieblas de ciudades y zonas industriales, Ej. Contaminantes Orgnicos Voltiles (COV); sustancias que acidifican el agua de lluvia Ej. xidos de azufre o nitrgeno; sustancias que degradan la capa de ozono que protege la Tierra, Ej. halones; y sustancias que provocan el cambio climtico Ej. anhdrido carbnico.

PersistentesSon sustancias que permanecen en el medio natural, no se degradan fcilmente y por tanto permanecen en el agua o suelo durante decenas de aos, generando una amenaza para la salud.

BioacumulativasSe acumulan en los tejidos grasos de los organismos y, por tanto, en la grasa de las personas y de los animales que consumimos, pudiendo provocar graves daos a la salud.La difusin y almacenamiento de los agentes qumicos en el medio ambiente puede dar lugar a: Contaminacin localDel agua, los suelos, el aire, la flora y la fauna. Efectos globalesPrdida de la capa de ozono, efecto invernadero, prdida de la biodiversidad.

CONTROL DE SUSTANCIAS PELIGROSAS.

MSDS (Hojas de seguridad)Las Hojas de Seguridad, o MSDS, son importantes documentos que indican no slo la prevencin del riesgo en el trabajo con un producto qumico, sino que describen especficamente la forma de actuar durante una emergencia. Es un documento que indica las particularidades y propiedades de una determinada sustancia para su adecuado uso. El principal objetivo de esta hoja es proteger la integridad fsica del operador durante la manipulacin de la sustancia. Esta hoja o ficha contiene las instrucciones detalladas para su manejo y persigue reducir los riesgos laborales y medioambientales. Est pensada para indicar los procedimientos ordenadamente para trabajar con las sustancias de una manera segura. Las fichas contienen informacin fsica del producto como, por ejemplo, su punto de fusin, punto de ebullicin, etc.; tambin incluyen su toxicidad, efectos a la salud, primeros auxilios, reactividad, almacenaje, disposicin, proteccin necesaria y, en definitiva, todos aquellos cuidados necesarios para manejar los productos peligrosos con seguridad. El formato de estas fichas puede variar dependiendo de su fabricante o segn las legislaciones de los diferentes pases.

El propsito de lasMSDSes brindar informacin a los usuarios del producto, informacin como por ejemplo la siguiente:

1. Identificacin del fabricante y de la substancia qumica: La identificacin del producto, normalmente el nombre del producto, aparece en la MSDS. Para localizar la MSDS correcta use siempre la identificacin del producto, no un nombre corto que puede ser usado en el lugar de trabajo. Adicionalmente, tambin deber de estar indicada la fecha de elaboracin de la MSDS (o la ltima vez que fue revisada o actualizada). La hoja de datos deber ser actualizada cuando se cuente con nueva informacin. Se deber verificar que la misma que no exceda un perodo mayor a 3 aos a partir de su elaboracin o ltima actualizacin.

2. Composicin, informacin sobre ingredientes: Los componentes potencialmente peligrosos del producto son listados en esta seccin junto con la cantidad aproximada (porcentaje) de cada uno de ellos. Los lmites de exposicin, si estn disponibles, son reportados para cada uno de los componentes. Algunos fabricantes proporcionan sus propios lmites de exposicin para sus productos. En algunos pases, los lmites de exposicin regulados en una determinada jurisdiccin pueden ser diferentes a los reportados en las hojas. Los especialistas en higiene y seguridad usan los lmites de exposicin como estndares para muestreos en aire.

3. Identificacin de riesgos:La seccin de Identificacin de Riesgos describe las formas en que se puede estar expuesto al material y los efectos a la salud que esto puede ocasionar. Estos pueden incluir los efectos que han sido observados en animales de laboratorio, si son considerados relevantes para el humano. Esta seccin describe como se puede estar expuesto al material. Las substancias qumicas pueden causar dao, tanto en el punto de contacto, por absorcin dentro del cuerpo, o ambas. Es necesario que se cuente con informacin de los efectos tpicos ocasionados por exposiciones de corto tiempo (manifestaciones y sntomas) ya que esto puede alertar si se est expuesto accidentalmente al producto. La informacin de efectos a la salud en la seccin de Identificacin de Riesgos deber ser considerada como general dado que un material en particular no afectar a todas las personas de igual manera. Adicionalmente, la forma en la cual un material es usado o manejado influir, significativamente, en el grado de los riesgos para la salud. Si se cuenta con MSDS de diferentes proveedores, se podr observar que no todas contienen la misma informacin. La mayora proporciona informacin sobre los efectos la salud bajo condiciones normales, derrames o emergencias. Otros suministran informacin del peor caso, describiendo los efectos a la salud conocidos que pudieran ocurrir a cualquier dosis, por cualquier ruta de exposicin.

4. Primeros auxilios: La seccin de Primeros Auxilios describe las acciones que deben ser tomadas inmediatamente en caso de una exposicin accidental a un material. El objetivo de los primeros auxilios es minimizar los daos e incapacidades futuras. Es necesario conocer la informacin de los primeros auxilios antes de iniciar el uso y/o manejo de un material, ya que, en caso de una emergencia, no hay tiempo de buscar y leer la hoja correspondiente. Los procedimientos de primeros auxilios debern ser peridicamente revisados, especialmente por el personal capacitado de proporcionarlos.

5. Combate de incendios Esta seccin describe cualquier riesgo de fuego asociado con el material. La informacin puede ser usada para seleccionar el tipo apropiado de extintores y para planear la mejor respuesta para el combate de incendios. Mucha de la informacin est orientada al personal responsable del combate de incendios y emergencias. La informacin de esta seccin, combinada con las de las secciones de Manejo y Almacenamiento y Estabilidad y Reactividad pueden ser usadas para determinar dnde debe ser almacenado un material; por ejemplo, un lquido inflamable deber ser almacenado en reas especialmente diseadas y alejado de substancias qumicas incompatibles.

6. Liberaciones accidentales Informacin general para responder a liberaciones accidentales o para la limpieza de un derrame es proporcionada en esta seccin. Informacin especfica, tal como el tipo de material absorbente recomendado para el control de un derrame puede ser incluida. La informacin proporcionada es destinada, principalmente, a los responsables de la preservacin del ambiente y de la atencin de emergencias.

7. Manejo y almacenaje En esta seccin se presentan las precauciones generales a tomar en cuenta para el uso y manejo seguro de los materiales, incluido el equipo que pueda ser requerido. Todos los riesgos posibles (fuego, reactividad y salud) deben ser considerados durante el desarrollo de los procedimientos para el uso y manejo seguro de los materiales. Las recomendaciones de almacenaje presentadas suministran un buen punto de partida para decidir dnde y cmo deben ser almacenados los materiales. Es importante tambin referirse a las secciones de Combate de Incendios y de Estabilidad y Reactividad de las hojas.

8. Controles de exposicin, proteccin personal Esta seccin proporciona informacin para el desarrollo de prcticas y procedimientos para el uso y manejo seguro de los materiales. Debido a que la mayora de las Hojas consideran los usos ms comunes de los materiales, la informacin puede no ser del todo aplicable a una determinada rea de trabajo. Los especialistas en higiene y seguridad, pueden ayudar en la interpretacin de la informacin y asegurar su relevancia. Se proporciona una gua general sobre las necesidades y los criterios de seleccin del equipo de proteccin personal.

9. Propiedades fsicas y qumicas. Se debe revisar que la descripcin (estado fsico y apariencia) del material sea la misma que la del material que se est usando. De no ser as, se puede tener una HDS incorrecta o puede ocurrir que el material sea viejo o se haya descompuesto durante su manejo y almacenamiento. En cualquier caso, la informacin de la hoja puede no aplicar, por lo que se deber buscar ayuda adicional. El resto de la informacin de esta seccin se usa para ayudar a determinar las condiciones bajo las cuales el material puede ser peligroso. Los tcnicos usan esta informacin para desarrollar procedimientos especficos para una rea de trabajo determinada con el fin de controlar la exposicin, almacenamiento, manejo, limpieza de derrames, etc.

10. Estabilidad y reactividad Esta seccin describe las condiciones bajo las cuales el material es inestable o puede reaccionar peligrosamente. Los materiales inestables pueden descomponerse y causar fuego o explosiones, o inducir la formacin de nuevos productos que presentan diferentes riesgos. Las condiciones tales como el calor, la luz solar y el tiempo de almacenamiento pueden causar inestabilidad de los materiales. Algunas substancias son peligrosas porque se pueden "polimerizar" o sufrir reacciones en cadena. Estas reacciones pueden generar mucho calor y la suficiente presin como para estallar un contenedor, o bien pueden ser explosivas. Es necesario conocer la informacin de esta seccin para poder almacenar y manejar los materiales de manera segura y evitar mezclas de materiales incompatibles.

11. Informacin toxicolgica. Esta seccin contiene informacin sobre la toxicidad, ya sea por cada uno de los componentes o del compuesto en general. Esta informacin puede ser muy tcnica y difcil de interpretar. Si se tiene duda sobre la importancia de la informacin, se deber solicitar ayuda a un profesional en higiene y seguridad. Cuando se cuente con informacin de los efectos del material en animales, es importante tener en cuenta que los efectos no necesariamente son los mismos para los humanos.

12. Informacin ecolgica. Esta seccin, si se incluye, presenta datos tiles para la evaluacin del impacto ambiental en caso de fugas o derrames del material (por ejemplo, toxicidad a flora y fauna). Esta informacin se dirige, principalmente, a los profesionales responsables de la conservacin del ambiente y a las compaas encargadas de evaluar el uso, disposicin y control de los derrames de los materiales.

13. Consideraciones sobre la disposicin. Esta seccin se dirige, principalmente, a los profesionales responsables de la conservacin del ambiente. Normalmente, se incluye informacin general sobre la disposicin de los residuos. Dado lo general de la informacin, no incluye todos los pasos y precauciones necesarias para una disposicin adecuada de los residuos, ni la reglamentacin federal, estatal o municipal que debe ser observada. Las autoridades pertinentes deben ser contactadas para obtener mayor informacin. 14. Informacin sobre el transporte. Esta seccin est dirigida a los responsables del transporte de los materiales. Si es necesario tomar algunas precauciones especiales durante el transporte estas son incluidas. Si el producto es peligroso, segn los criterios de la Agencia Nacional correspondiente, se presenta el Nmero de Identificacin del Producto (PIN). 15. Informacin sobre reglamentacin. La informacin en esta seccin se orienta, principalmente, al personal responsable del cumplimiento regulatorio. Se pueden presentar referencias tiles relativas a la regulacin de Salud, Seguridad y Ambiente, as como informacin sobre la situacin regulatoria del producto.

ROMBO DE SEGURIDADEl diamante o rombo de materiales peligrosos establecido por la Asociacin Nacional de Proteccin contra el Fuego, utilizado para comunicar los riesgos de los materiales peligrosos. Es importante para ayudar a mantener el uso seguro de productos qumicos. Este se emplea para el almacenamiento, no en el transporte. El Rombo y sus colores se explican de la siguiente manera:

Azul: Salud4. Sustancias que, con una muy corta exposicin, pueden causar la muerte o un dao permanente, incluso en caso de atencin mdica inmediata. Por ejemplo, el cianuro de hidrgeno.3. Materiales que bajo corta exposicin pueden causar daos temporales o permanentes, aunque se preste atencin mdica, como el hidrxido de potasio.2. Materiales bajo cuya exposicin intensa o continua puede sufrirse incapacidad temporal o posibles daos permanentes a menos que se d tratamiento mdico rpido, como el cloroformo o la cafena.1. Materiales que causan irritacin, pero solo daos residuales menores an en ausencia de tratamiento mdico. Un ejemplo es la glicerina.0. Materiales bajo cuya exposicin en condiciones de incendio no existe otro peligro que el del material combustible ordinario, como el cloruro de sodio.

Rojo: Inflamabilidad4. Materiales que se vaporizan rpido o completamente a la temperatura a presin atmosfrica ambiental, o que se dispersan y se quemen fcilmente en el aire, como elpropano. Tienen unpunto de inflamabilidadpor debajo de 23C (73F).3. Lquidos y slidos que pueden encenderse en casi todas las condiciones de temperatura ambiental, como lagasolina. Tienen un punto de inflamabilidad entre 23C (73F) y 38C (100F).2. Materiales que deben calentarse moderadamente o exponerse a temperaturas altas antes de que ocurra la ignicin, como elpetrodisel. Su punto de inflamabilidad oscila entre 38C (100F) y 93C (200F).1. Materiales que deben precalentarse antes de que ocurra la ignicin, cuyo punto de inflamabilidad es superior a 93C (200F).0. Materiales que no se queman, como el agua. expuesto a una temperatura de 815 C (1.500F) por ms de 5 minutos.

Amarillo: Inestabilidad/Reactividad4.Fcilmente capaz de detonar o descomponerse explosivamente en condiciones de temperatura y presin normales, ejemplo nitroglicerina. 3.Capaz de detonar o descomponerse explosivamente pero requiere una fuente de ignicin, debe ser calentado bajo confinamiento antes de la ignicin, reacciona explosivamente con agua o detonar si recibe una descarga elctrica fuerte, como el flor.2.Experimenta cambio qumico violento en condiciones de temperatura y presin elevadas, reacciona violentamente con agua o puede formar mezclas explosivas con agua, ejemplos: fsforo, compuestos del potasio, compuestos del sodio. 1.Normalmente estable, pero puede llegar a ser inestable en condiciones de temperatura y presin elevadas, como el acetileno. 0.Normalmente estable, incluso bajo exposicin al fuego y no es reactivo con agua, por ejemplo el helio.

Blanco: Caractersticas especialesEl espacio blanco puede contener smbolos:1. W reacciona conaguade manera inusual o peligrosa, como elcianuro de sodioo elsodio.2. OX o OXY -oxidante, como elperclorato de potasio.3. COR -corrosivo:cidoobasefuerte, como elcido sulfricoo elhidrxido de potasio. Con las letras ACID se puede indicar cido y con ALK, base.4. BIO -Riesgo biolgico(): por ejemplo, unvirus.5. Smboloradiactivo() el producto es radioactivo, como elplutonio.6. CRYO -Criognico.7. XnNocivopresenta riesgos epidemiolgicos o de propagacin importante.

Este rombo es utilizado de manera universal.

MEDIDAS DE PROTECCIN Y PREVENCINEn aquellas empresas en las que existe riesgo de exposicin para los trabajadores y trabajadoras a sustancias toxicas, preparados y residuos txicos peligrosos, una vez identificado el factor de riesgo se deben adoptar las medidas necesarias para, en primer lugar evitar las exposicin a dicho factor de riesgo, y si esto no es posible, minimizar la exposicin adoptando todas aquellas medidas preventivas y de proteccin oportunas, con la finalidad de dar un ambiente de trabajo adecuado al trabajador, sin tener incidentes o accidentes en el rea de trabajo.

EQUIPOS DE PROTECCIN PERSONALLa utilizacin de Equipos de Proteccin personal (E.P.P) debe utilizarse nicamente cuando:Siempre que sea posible y tcnicamente viable adoptar medidas de prevencin y proteccin colectivas u organizativas, estas deben obligar sobre el uso de Equipos de Proteccin personal, En ocasiones puede ser necesario utilizar provisionalmente durante un periodo de tiempo hasta que puedan adoptarse las medidas de proteccin colectivas necesarias. En estos casos los Delegados/as de Prevencin deben exigir que esta situacin quede documentada en la Evaluacin de Riesgos y en la Planificacin Preventiva, as como el plazo en el que se pronostica la implantacin de las medidas de proteccin colectiva que sustituyan al uso de Equipos de Proteccin personal. Las medidas de prevencin y proteccin colectivas o las medidas organizativas aplicadas resulten insuficientes o no sean tcnicamente viables. Sea necesario recurrir provisionalmente a las medidas de proteccin por la imposibilidad de adoptar inmediatamente las medidas de proteccin colectiva. Sean necesarios para realizar operaciones puntuales, garantizndose en todo caso su nivel de proteccin.Situaciones de emergencia, rescate o autosalvemento.PRECAUCIONES Las operaciones con sustancias toxicas, como envasado, almacenamiento, etc. deben llevarse a cabo siguiendo unas instrucciones de trabajo precisas. Estas instrucciones pueden referirse tanto a un producto concreto como a una clase de productos que presentan riesgos similares de este modo, las instrucciones en cuestin deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

Zona de trabajo y actividad desarrollada. Identicacin de la sustancia peligrosa. Riesgos para el ser humano y el medio ambiente. Medidas de proteccin y pautas de comportamiento. Incompatibilidades de almacenamiento. Actuacin en caso de peligro. Primeros auxilios a aplicar en caso de accidente. Condiciones de disposicin y eliminacin de residuos.

Equipos de ProteccinProteccin ocular: Al elegir los protectores oculares y/o faciales, es conveniente tener en cuenta el folleto informativo el fabricante. La eleccin de un protector contra los riesgos de impacto se realizar en funcin de la energa del impacto y de su forma de incidencia (frontal, lateral, indirecto)Proteccin de manos: La eleccin de un protector requerir, en cualquier caso, un conocimiento amplio del puesto de trabajo y de su entorno. Al elegir el guante de proteccin, es conveniente tener en cuenta el folleto informativo del fabricante. Los guantes de proteccin deben ser de talla correcta.Proteccin respiratoria: Al elegir un equipo de proteccin de las vas respiratorias, es conveniente tener en cuenta el folleto informativo. Al elegir un equipo es necesario considerar dos factores:a. Aspecto tcnico: se debe elegir el equipo adecuado a los riesgos existentes, observados en el anlisis de riesgos.b. Aspecto ergonmico: entre los equipos que satisfacen el aspecto tcnico debe elegirse el que mejor se adapte a las caractersticas personales del usuario.

EVITAR O DISMINUIR EL RIESGOEl patrono o empleador tiene la obligacin de eliminar o reducir al mnimo del riesgo que entrae un agente toxico, peligroso para la salud y seguridad de los trabajadores y trabajadoras durante el trabajo. Para ello deber evitar el uso de dicho agente sustituyndolo por otro o modificando el proceso de trabajo, de tal manera que sus condiciones de uso, hagan que resulte menos peligroso o lo sea en el menor grado posible.Criterios a seguir para evitar o disminuir los riesgos derivados de la exposicin a sustancias toxicas. Disear y organizar adecuadamente los sistemas de trabajo. Seleccionar e instalar equipos de trabajo adecuados para el desarrollo de actividades con sustancias toxicas. Establecer procedimientos adecuados para el uso y mantenimiento de los equipos de trabajo, as como para la realizacin de cualquier actividad con sustancias toxicas, o con residuos peligrosos que los contengan, incluidas la manipulacin, el almacenamiento y el traslado de los mismos en el lugar de trabajo. Adoptar de medidas higinicas adecuadas (personales, orden y limpieza). Reducir las cantidades de sustancias toxicas, peligrosas presentes en el lugar de trabajo al mnimo necesario para el tipo de trabajo de que se trate. Reducir al mnimo del nmero de trabajadores y trabajadoras expuestos o que puedan estarlo. Reducir al mnimo de la duracin e intensidad de las exposiciones

MEDIDAS DE PREVENCIN Y PROTECCINSi la actividad no permite la eliminacin del riesgo por sustitucin, el empleador deber, entonces, reducir al mnimo dicho riesgo.Para ello sern de aplicacin aquellas medidas preventivas y/o de proteccin necesarias, de acuerdo con el resultado de la evaluacin de los riesgos. Dichas medidas deben incluir, al menos: Las medidas adoptadas sern adecuadas a la naturaleza y condiciones de la operacin, incluyendo el almacenamiento, la manipulacin y el transporte de las sustancias toxicas en el lugar de trabajo y, en su caso, la separacin de las sustancias toxicas incompatibles. Elaboracin y uso de procedimientos de trabajo, controles tcnicos, equipos y materiales que permitan, aislando al agente en la medida de lo posible, evitar o reducir al mnimo cualquier escape o difusin al ambiente o cualquier contacto directo con el trabajador/a que pueda suponer un peligro para la salud y seguridad de ste. Medidas de ventilacin u otras medidas de proteccin colectiva, aplicadas preferentemente en la fuente u origen del riesgo, y medidas adecuadas de organizacin del trabajo. Medidas de proteccin personal: cuando las medidas anteriores sean insuficientes y la exposicin o contacto con el agente no pueda evitarse por otros medios.

A continuacin se acotan algunas sustancias para las cuales existe evidencia de vigilancia biolgica.SUSTANCIATIPO DE INDICADOR BIOLOGICO

ArsnicoArsnico en orina, en sangre y cabello.

BencenoFenol en orina, benceno en sangre.

CadmioCadmio en orina, en sangre.

CromoCromo en orina

MercurioMercurio en orina, en sangre y en saliva.

PlomoPlomo en sangre, en orina.

DeldrinDieldrin en sangre

Paratinp-Nitrofenol en orina

BASAMENTOS LEGALES EN CUANTO A LA TOXICOLOGIA EN EL AMBIENTE DE TRABAJO

Constitucin Bolivariana de VenezuelaAprobada por el pueblo de Venezuela, mediante referendo constituyente, a los quince das del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, y proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas, a los veinte das del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. Ao 189 de la Independencia y 140 de la Federacin. El Artculo 83 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela seala que Todas las personas tienen derecho a la proteccin de la salud, y el Artculo 84 garantiza el derecho a la salud.

Ley Orgnica del TrabajoAprobada por el Presidente Rafael Caldera, en el Palacio de Miraflores, en Caracas, a los diecinueve das del mes de junio de mil novecientos noventa y siete. Ao 187 de la Independencia y 138 de la Federacin.

De las condiciones de trabajoDisposiciones GeneralesArtculo 185. El trabajo deber prestarse en condiciones que:a) Permitan a los trabajadores su desarrollo fsico y squico normal;b) Les dejen tiempo libre suficiente para el descanso y cultivo intelectual y para la recreacin y expansin lcita;c) Presten suficiente proteccin a la salud y a la vida contra enfermedades y accidentes.d) Mantengan el ambiente en condiciones satisfactorias.

Artculo 186. Los trabajadores y patronos podrn convenir libremente las condiciones en que deba prestarse el trabajo, sin que puedan establecerse entre trabajadores que ejecuten igual labor diferencias no previstas por la Ley, y en ningn caso sern inferiores a las fijadas por esta Ley o por la convencin colectiva.

Artculo 187. El aprovechamiento del tiempo libre para la cultura, para el deporte y para la recreacin estar bajo la proteccin del Estado. Las iniciativas de los patronos, de los trabajadores o de organizaciones pblicas o privadas sin fines de lucro para tales objetivos, gozarn de los privilegios y exoneraciones que se establezcan por leyes especiales o reglamentos.

Captulo VI. De la Higiene y Seguridad en el TrabajoArtculo 236. El patrono deber tomar las medidas que fueren necesarias para que el servicio se preste en condiciones de higiene y seguridad que respondan a los requerimientos de la salud del trabajador, en un medio ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades fsicas y mentales.

El Ejecutivo Nacional, en el Reglamento de esta Ley o en disposiciones especiales, determinar las condiciones que correspondan a las diversas formas de trabajo, especialmente en aquellas que por razones de insalubridad o peligrosidad puedan resultar nocivas, y cuidar de la prevencin de los infortunios del trabajo mediante las condiciones del medio ambiente y las con l relacionadas.El Inspector del Trabajo velar por el cumplimiento de esta norma y fijar el plazo perentorio para que se subsanen las deficiencias. En caso de incumplimiento, se aplicarn las sanciones previstas por la Ley.

Artculo 237. Ningn trabajador podr ser expuesto a la accin de agentes fsicos, condiciones ergonmicas, riesgos sicosociales, agentes qumicos, biolgicos o de cualquier otra ndole, sin ser advertido acerca de la naturaleza de los mismos, de los daos que pudieren causar a la salud, y aleccionado en los principios de su prevencin.

Ley del Seguro SocialFirmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas a los veinte das del mes de julio de mil novecientos noventa y uno y aprobada en el Palacio de Miraflores, en Caracas, a los treinta das del mes de septiembre de mil novecientos noventa y uno y . Ao 181 de la Independencia y 132 de la Federacin.

Cdigo CivilArtculo 1629. Los derechos y las obligaciones de los patronos y trabajadores, con ocasin al trabajo, se regirn por la legislacin especial del trabajo.

Cdigo PenalArtculo 175. Cualquiera que sin autoridad o derecho para ello, por medio de amenazas, violencias u otros apremios ilegtimos, forzare a una persona a ejecutar un acto que la ley no lo obliga o a tolerarlo o le impidiere ejecutar alguno que no le est prohibido por la misma, ser penado con prisin de quince das a treinta meses.

Artculo 192. Todo el que valindose de violencias ocasione o haga que contine una cesacin o suspensin del trabajo, con el objeto de imponer a los obreros, patrones o empresarios alguna disminucin o aumento de salarios o tambin convenios diferentes de los pactados, ser castigado con arresto de uno a diez meses.

Artculo 356. El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesin, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, rdenes o disposiciones disciplinarias, haya ocasionado algn incendio, explosin, inundacin, sumersin o naufragio, algn hundimiento o cualquier otro desastre de peligro comn, ser castigado con prisin de tres a quince meses. Si el delito resulta un peligro para la vida de las personas, la prisin ser de tres a treinta meses, y si resultare la muerte de alguna, la prisin ser de uno a diez aos.

Ley Orgnica del Sistema de Seguridad SocialFirmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los seis das del mes de diciembre de dos mil dos. Ao 197 de la Independencia y 143 de La Federacin.

Esta ley contempla la reforma de la Ley orgnica de prevencin, condiciones y medio ambiente de trabajo en su Artculo 146 y el Artculo 148 que deroga toda disposicin normativa que en materia de seguridad social contradiga o resulte incompatible con lo dispuesto en la presente Ley.Adems contempla un Rgimen Prestacional de empleo que tiene por objeto garantizar la atencin integral a la fuerza de trabajo ante las contingencias de la prdida de trabajo o desempleo.

En el captulo V, de dicha Ley, contempla un rgimen de Prestacional de seguridad y salud en el trabajo que tiene por objeto descrito en el artculo194; Artculo 194, Se crea el Rgimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo responsable, en concordancia con los principios del sistema pblico nacional de salud, de la promocin del trabajo seguro y saludable; del control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, de la prevencin de los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, de la promocin e incentivo del desarrollo de programas de recreacin, utilizacin del tiempo libre, descanso y turismo social, y el fomento de la construccin, dotacin, mantenimiento y proteccin de la infraestructura recreativa de las reas naturales destinadas a sus efectos y de la atencin integral de los trabajadores ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional y de sus descendientes cuando por causas relacionadas con el trabajo nacieren con patologas que generen necesidades especiales; mediante prestaciones dinerarias y no dinerarias, polticas, programas, servicios de intermediacin, asesora, informacin y orientacin laboral y la capacitacin para insercin y reinsercin al mercado de trabajo; desarrollados por este rgimen o por aquellos que establezca esta Ley y la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.Con la aprobacin de la reforma de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), publicada en Gaceta Oficial nmero 38.236, de fecha 26 de julio de 2005, se abre una nueva pgina en la larga historia de lucha de los trabajadores, que marcar el futuro de la salud y la seguridad laboral en Venezuela.

Esta Ley que promueve la implementacin del Rgimen de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el marco del nuevo Sistema Seguridad Social, abarca la promocin de la salud de los trabajadores, la prevencin de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atencin, rehabilitacin y reinsercin de los trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que correspondan por los daos que ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.

El Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Prevencin, Salud y Seguridad Laborales, asumen el compromiso de vigilar el cumplimiento de las condiciones de seguridad, salud y bienestar para promover un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de las facultades fsicas y mentales de los trabajadores y trabajadoras, mediante la promocin del trabajo seguro y saludable, y la prevencin de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

Incidiendo fundamentalmente en los aspectos de Organizacin y Gestin, articula la poltica Publica en materia de prevencin sobre la bases de principios y eficacia, coordinacin y participacin. Establece las obligaciones para garantizar el derecho a la proteccin de la salud en el trabajo. Se desarrolla en 136 Artculos, 11 disposiciones transitorias, tres derogatorias y dos finales recogidas nueve ttulos

Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo.Aprobada en el Palacio de Miraflores, en Caracas a los dieciocho das del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho. Ao 159 de la Independencia y 110 de la Federacin.Constituye un pilar de normas para el manejo de mquinas, equipos y herramientas y condiciones de higiene, as como la utilizacin de equipos y herramientas de proteccin personal y a la organizacin para la prevencin de accidentes. Se desarrolla en 864 Artculos, catorce ttulos. Reglamento Parcial de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.Este reglamento tiene por objeto regular y controlar en materia de seguridad e higiene Industrial y sobre enfermedad ocupacional y dar el marco macro sobre la creacin del Instituto Nacional de Prevencin, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). Este reglamento fue aprobado en Caracas, a los veintids das del mes de diciembre de dos mil seis. Ao 196 de la Independencia y 147 de la Federacin.Este reglamento est compuesto por cinco Ttulo, ochenta y seis artculos y tres disposiciones

Norma Tcnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008).En tal sentido, una vez realizada, por el INPSASEL al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, la propuesta de norma tcnica para la declaracin de enfermedad ocupacional, en uso de las atribuciones conferidas en el artculo 18, numeral 4, de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo publicada en Gaceta Oficial N 38.236, del 26 de julio de 2005, y siendo este instituto el llamado a facilitar los mecanismos suficientes para orientar y facilitar el cumplimiento de las disposiciones relativas a la Elaboracin, Implementacin y Evaluacin de un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, segn lo contemplado en el artculo 61 de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, publicada en Gaceta Oficial N 38.596 del 02 de Enero de 2007; dicta la presente Norma Tcnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo; la cual fue aprobada y publicada en Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela, de acuerdo a lo establecido en el artculo 8 del Reglamento Parcial de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo publicado en Gaceta Oficial N 38.596 del 02 de Enero de 2007

Norma Tcnica para la Declaracin de Enfermedad Ocupacional (NT-02-2008)En tal sentido, una vez realizado, por el INPSASEL al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, el proyecto de norma tcnica para la declaracin de enfermedad ocupacional (NT 02-2008), en uso de las atribuciones conferidas en el artculo 18, numeral 4, de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo publicada en Gaceta Oficial N 38.236, del 26 de julio de 2005, y siendo este instituto el llamado a facilitar los mecanismos suficientes para que los actores sociales sometidos a esta normativa, puedan cumplir cabalmente con sus deberes y obligaciones en cuanto a la atencin integral a las trabajadoras y los trabajadores ante la aparicin de una enfermedad de origen ocupacional, dicta la presente Norma Tcnica de Prevencin para la Declaracin de Enfermedad Ocupacional, con el fin de orientar y facilitar el cumplimiento de las disposiciones relativas a la declaracin de las enfermedades ocupacionales; la cual fue aprobada por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social y publicada en Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela, de acuerdo a lo establecido en el artculo 8 del Reglamento Parcial de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo publicado en Gaceta Oficial N 38.596 del 02 de Enero de 2007.

Ley Orgnica del Ambiente.Artculo 35. Los lineamientos para la educacin ambiental son: Vincular el ambiente con temas asociados a tica, paz, derechos humanos, participacin protagnica, la salud, el gnero, la pobreza, la sustentabilidad, la conservacin de la diversidad biolgica, el patrimonio cultural, la economa y desarrollo, el consumo responsable, la democracia y el bienestar social, la integracin de los pueblos, as como la problemtica ambiental mundial.Artculo 60. Para la conservacin de la calidad de la atmsfera se considerarn los siguientes aspectos: Vigilar que las emisiones a la atmsfera no sobrepasen los niveles permisibles establecidos en las normas tcnicas. Reducir y controlar las emisiones a la atmsfera producidas por la operacin de fuentes contaminantes, de manera que se asegure la calidad del aire y el bienestar de la poblacin y dems seres vivos, atendiendo a los parmetros establecidos en las normas que la regulan y en cumplimiento de los convenios internacionales suscritos y ratificados por la Repblica Bolivariana de Venezuela. Establecer en las normas tcnicas ambientales los niveles permisibles de concentracin de contaminantes primarios y secundarios, capaces de causar molestias, perjuicios o deterioro en el ambiente y en la salud humana, animal y vegetal. Establecer prohibiciones, restricciones y requerimientos relativos a los procesos tecnolgicos y la utilizacin de tecnologas, en lo que se refiere a la emisin de gases y partculas, entre otros, que afectan la capa de ozono o inducen el cambio climtico. Dictar las normas tcnicas ambientales para el establecimiento, operacin y mantenimiento de sistemas de seguimiento de calidad del aire y de las fuentes contaminantes.Llevar un inventario y registro actualizado de las fuentes contaminantes y la evaluacin de sus emisiones.

Ley Penal del AmbienteArtculo 5. Sanciones a personas naturales.Artculo 12. Aumento de penalidad.Artculo 24. Medidas judiciales precautelativas.Artculo 35. Descargas contaminantes.Artculo 40. Vertido de hidrocarburos.Artculo 44. Emisin de gases,Artculo 45. Emisiones radiactivas.

DecretosDecreto No. 1.847 de fecha 19-09-91, por el cual se dicta el Reglamento General de Plaguicidas. Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela No. 34.877 del 08 de Enero de 1991.

Decreto No. 2.210 de fecha 23-04-92, por el cual se dictan las Normas Tcnicas y Procedimientos para el Manejo de Material Radiactivo. Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela No. 4.418 Extraordinario del 27 de Abril de 1.992. Deroga al Decreto No. 1.800 de fecha 21-10-87, Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela No. 33.843 del 11 de Noviembre de 1.987 y la Resolucin Conjunta Nos. 1.158 y 47 de fecha 09-08- 88, emanada de los Ministerios de Sanidad y Asistencia Social y del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, respectivamente, Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela No. 34.027 del 11 de Agosto de 1988.

Decreto No. 2.217 de fecha 23-04-92, por el cual se dictan las Normas sobre el Control de la Contaminacin Generada por Ruido. Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela No. 4.418 Extraordinario del 27 de Abril de 1.992. Deroga el Reglamento No. 5 de la Ley Orgnica del Ambiente, relativo a Ruidos Molestos o Nocivos. Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela No. 2.519 Extraordinario del 07 de Diciembre de 1979.

Decreto 2.218 por el cual se dicta las Normas para la Clasificacin y Manejo de Desechos en Establecimientos de Salud. Gaceta Oficial N 4.418 Extraordinario de fecha 27 de abril 1992.

Ley No. 55. Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos. Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela No. 5.554 Extraordinario del 13 de Noviembre de 2001.

Decreto No. 2.635 de fecha 22-07-98, por el cual se dicta la Reforma Parcial del Decreto No. 2.289 de fecha 18-12-97, publicado en la Gaceta Oficial No. 5.212 Extraordinario de fecha 12-02-98, contentiva de las Normas para el Control de la Recuperacin de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos. Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela No.5.245 Extraordinario del 03 de Agosto de 1998.

Resolucin 40 del MARN de fecha 27 de Mayo de 2003 relativo a los Requisitos para el Registro y Autorizacin de Manejadores de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos. Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela No. 37.700 del 29 de Mayo de 2003.Normas Venezolanas COVENIN. Comisin Venezolana de Normas IndustrialesEsta comisin se encarga de investigar sobre condiciones de riesgos y prevencin de accidentes as como de certificar procesos, en la siguiente tabla se dan a conocer las normas que COVENIN establece:

NVC 96 Smbolo bsico para Radiaciones IonizantesNVC187 Seales de SeguridadNVC 218 Proteccin contra Radiaciones IonizantesNVC 474 Registro, clasificacin y estadsticas de lesiones de trabajoNVC 1056 Proteccin RespiratoriaNVC 1565 Ruido OcupacionalNVC 2026 Transporte Material RadiactivoNVC 2226 Elaboracin Planes Control de EmergenciaNVC 2238 Radiaciones No IonizantesNVC 2249 IluminanciaNVC 2250 VentilacinNVC 2251 Asbestos. Transporte, almacenamiento y usoNVC 2252 Polvos. ConcentracinNVC 2253 CAP e IBENVC 2254 Calor y Frio. Lmites PermisiblesNVC 2255 Vibracin OcupacionalNVC 2256 Proteccin Radiolgica. DefinicionesNVC 2257 Radiaciones Ionizantes. Zonas de TrabajoNVC 2258 Vigilancia RadiolgicaNVC 2259 Radiaciones Ionizantes. Limites AnualesNVC 2260 Programa de Higiene y Seguridad OcupacionalNVC 2266 Gua Evaluacin Programa Higiene y Seguridad OcupacionalNVC 2273 Principios ErgonmicosNVC 2274 Servicios de Salud OcupacionalNVC 2670 Gua Respuesta a Emergencia. Materiales Peligrosos.NVC 2733 Proyecto Provisional Edificio DiscapacitadosNVC 3153 Trabajos en Espacios ConfinadosNVC 3190 Blindajes para contenedores d fuentes radioactivas. Requisitos mnimos.NVC 3299 Programa de Proteccin RadiolgicaNVC 3375 Proteccin Radiolgica. Radiografa IndustrialNVC 3402 Materiales Peligrosos. Directrices atencin Incidentes y EmergenciasNVC 3478 Socorrismo en EmpresasNVC 3496 Proteccin Radiolgica. Medidas de seguridad contra Rad.Ionizantes y fuentes de radiacin. ProvisionalNVC3558 Riesgos BiolgicosNVC 3835 Gua Determinacin Carcter Profesional de EnfermedadesNVC 4001 Sistema de Gestin de Seguridad e Higiene OcupacionalNVC 4004 Sistema de Gestin de Seguridad e Higiene Ocupacional. Gua EvaluacinNVC 14001 Sistema de Gestin AmbientalNVC 14044 Gestin Ambiental. Anlisis Ciclo de VidaNVC 14050 Gestin Ambiental. Vocabulario