acta entrega bienes - procuraduria general de colombia

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ACTA DE ENTREGA No. OO {fe 2013 ENTRE LA PROCURADURíA GENERAL DE LA NACiÓN Y LA INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTE CASD DE VILLAVICENCIO - META. Entre la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACiÓN, identificada con el NIT 899.999.)19-7. representada por el Doctor ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO, mayor de edad, ve~ino de esta ciudad. identificado con cédula de ciudadania No. 13.832.934 de Bucaramanga, en su condición de Procurador General de la NaCió,l. elegido en sesión plenaria del Honorable Senado de la República del dia 27 de noviembre 2012 y posesionado ante el Presidente de la República según consta en el Acta No. 1021 del 15 de enero 2013, quien en adelante se denominará el TRANSFERENTE, por una parte, y por la otra, la INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTE CASO, institución educativa de carácter oficial, legalmente reconocida como tal por medio la Resolución 0074 del 23 de enero de 2007 suscrita por el Secretario de Educación Municipal. identificada con el Nit. 800.107.306-1, representada para efectos de la presente acta por el señora LIBIA MARIA CASTRO ROMERO, identificada con la cédula de ciudadania No. 21.231.989 de Villavicencio, en su condición de Rectora de la Institución Educativa Municipal INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTÉ CASO, nombrada como rectora de la mencionada Institución Educativa el 19 de enero de 2009, por medio del Acta de Posesión No. 414 de la misma fecha, tal y como consta en la certificación suscrita por la Secretaria de Servicios Administrativos de la INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTE CASO, quien en adelante y para efectos del presente documento se denominará el ADQUIRENTE, he~s convenido celebrar el presente acuerdo, previas las siguientes consideraciones: 1. Que una vez agotado el trámite administrativo señalado en la Resolución No. 322 de 2009, -Por medio de la cuel se reglamentan los procedimientos de beje de bianes y enajeneción de bienes muebles e inmuebles d9 propiedad de la Procuradurla General de la Nación", ei Procurador Regional del Meta, profirió la Resolllción No. 01 del 21 de agosto de 2013. "Por medio de la cual se ordena la baja definitiva de unos bienes muebles de los inventarios de la Procuradurla Rfigipnal del Meta que presentan un estado de obsolescencia y son inservibles para la e,9tidad'V2.-<:lue la ProcLJ¡3dw;a General de la..Nación, publicó el pasado . 22/8e agosto de 2013, en su página w€b, la Resolución No. 01-del 21,<le agosto de 2013( proferida por el Procurador Regional del Meta, a(~o administrativo motivado contentivo del inventario de los bienes muebles que la enlidad dio de baja y ofreció entregar a tit.ulo gratuito a todas las entidades públicas de cualquier ardE" que dentro de los treinta (30) <l1as siguientes expresaran su interés en recibirlos. (.3. Que la Rectora de la INSTITUCION EDUCATIVA ANlONIO RICAU~Í'E ¡;(ASD, ubicada en la ciudad de Villavicencio (Meta) mediante escrito del 09 de septiembre ':116"de octubre de 2013, réalizt> ~u manifestación de interés en la adquisición de estos bienes por enajenación a titulo gratuito. dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de publicaciÓn del inventario, de conformidad con lo estat¡lécido en el inciso segundo del articulo décimo séptimo de la ResoluciÓn 322 de 2009. 4A:lue en la manifestación de inleres la Rectora de la INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTE CASO, ubicada en la ciudad de Villavicencio (Meta), senaló la necesidad de los bienes para el cumplimiento de sus funciones y adujo como razones que justifican la solicitud: "Que conozco el estado de los bienes ofrecido.~, - Que estos bienes se necesitan para el cumplimento de mis funciones, - Que las razones que justifican la solicitud son de fin educativos, - Que asumo los gastos de cafgue y transporte eJelos bienes desde su sitio de ubicación, el cual conozco y acepto ....SlQue en a;;eción a lo dispuesto por la Ley 1150 de 2007, el Decreto 734 de 2012 y las demás disposicione aplicables, el presente docUlnenlo consta de las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO: Por el presente documento el TRANSFERENTE se compromete a entregar a título gratuito al ADQUIRENTE, Al dominio pleno, de la totalidad de los bienes muebles ofrecidos por la Procuraduría Regional del Mela en la pagina Web de la Entidad entre el 22 de agosto de 2013 y el 23 de septiembre de 7.013, dados de baja por medio de la Resolución No. 01 del 21 de agosto de 2013. suscrita por el Procurador Regional del Meta, . incluidos en los siguientes grupos conl"~Jles: i\;iuebies y Enseres para Oficina, Códigq,/ ProcL',aduriaGeneraldr,la Nación Carrera 5 NO.15-B0PBX. 5878';!:;) wwwproculaduriagov co

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Page 1: ACTA ENTREGA BIENES - Procuraduria General de Colombia

ACTA DE ENTREGA No. O O {fe 2013 ENTRE LA PROCURADURíA GENERAL DELA NACiÓN Y LA INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTE CASD DEVILLAVICENCIO - META.

Entre la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACiÓN, identificada con el NIT 899.999.)19-7.representada por el Doctor ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO, mayor de edad, ve~ino deesta ciudad. identificado con cédula de ciudadania No. 13.832.934 de Bucaramanga, en sucondición de Procurador General de la NaCió,l. elegido en sesión plenaria del HonorableSenado de la República del dia 27 de noviembre 2012 y posesionado ante el Presidente de laRepública según consta en el Acta No. 1021 del 15 de enero 2013, quien en adelante sedenominará el TRANSFERENTE, por una parte, y por la otra, la INSTITUCiÓN EDUCATIVAANTONIO RICAURTE CASO, institución educativa de carácter oficial, legalmente reconocidacomo tal por medio la Resolución 0074 del 23 de enero de 2007 suscrita por el Secretario deEducación Municipal. identificada con el Nit. 800.107.306-1, representada para efectos de lapresente acta por el señora LIBIA MARIA CASTRO ROMERO, identificada con la cédula deciudadania No. 21.231.989 de Villavicencio, en su condición de Rectora de la InstituciónEducativa Municipal INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTÉ CASO, nombradacomo rectora de la mencionada Institución Educativa el 19 de enero de 2009, por medio delActa de Posesión No. 414 de la misma fecha, tal y como consta en la certificación suscrita porla Secretaria de Servicios Administrativos de la INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIORICAURTE CASO, quien en adelante y para efectos del presente documento se denominará elADQUIRENTE, he~s convenido celebrar el presente acuerdo, previas las siguientesconsideraciones: 1. Que una vez agotado el trámite administrativo señalado en la ResoluciónNo. 322 de 2009, -Por medio de la cuel se reglamentan los procedimientos de beje de bianes yenajeneción de bienes muebles e inmuebles d9 propiedad de la Procuradurla General de laNación", ei Procurador Regional del Meta, profirió la Resolllción No. 01 del 21 de agosto de2013. "Por medio de la cual se ordena la baja definitiva de unos bienes muebles de losinventarios de la Procuradurla Rfigipnal del Meta que presentan un estado de obsolescencia yson inservibles para la e,9tidad'V2.-<:lue la ProcLJ¡3dw;a General de la..Nación, publicó el pasado .22/8e agosto de 2013, en su página w€b, la Resolución No. 01-del 21,<le agosto de 2013(proferida por el Procurador Regional del Meta, a(~o administrativo motivado contentivo delinventario de los bienes muebles que la enlidad dio de baja y ofreció entregar a tit.ulo gratuito atodas las entidades públicas de cualquier ardE" que dentro de los treinta (30) <l1as siguientesexpresaran su interés en recibirlos. (.3. Que la Rectora de la INSTITUCION EDUCATIVAANlONIO RICAU~Í'E ¡;(ASD, ubicada en la ciudad de Villavicencio (Meta) mediante escrito del09 de septiembre ':116"de octubre de 2013, réalizt> ~u manifestación de interés en la adquisiciónde estos bienes por enajenación a titulo gratuito. dentro de los treinta (30) días calendariocontados a partir de la fecha de publicaciÓn del inventario, de conformidad con lo estat¡lécido enel inciso segundo del articulo décimo séptimo de la ResoluciÓn 322 de 2009. 4A:lue en lamanifestación de inleres la Rectora de la INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTECASO, ubicada en la ciudad de Villavicencio (Meta), senaló la necesidad de los bienes para elcumplimiento de sus funciones y adujo como razones que justifican la solicitud: "Que conozco elestado de los bienes ofrecido.~, - Que estos bienes se necesitan para el cumplimento de misfunciones, - Que las razones que justifican la solicitud son de fin educativos, - Que asumo losgastos de cafgue y transporte eJelos bienes desde su sitio de ubicación, el cual conozco yacepto ....• SlQue en a;;eción a lo dispuesto por la Ley 1150 de 2007, el Decreto 734 de 2012 ylas demás disposicione aplicables, el presente docUlnenlo consta de las siguientes cláusulas:PRIMERA. OBJETO: Por el presente documento el TRANSFERENTE se compromete aentregar a título gratuito al ADQUIRENTE, Al dominio pleno, de la totalidad de los bienesmuebles ofrecidos por la Procuraduría Regional del Mela en la pagina Web de la Entidad entreel 22 de agosto de 2013 y el 23 de septiembre de 7.013, dados de baja por medio de laResolución No. 01 del 21 de agosto de 2013. suscrita por el Procurador Regional del Meta, .incluidos en los siguientes grupos conl"~Jles: i\;iuebies y Enseres para Oficina, Códigq,/

ProcL',aduriaGeneral dr, la NaciónCarrera 5 NO.15-B0PBX. 5878';!:;) wwwproculaduriagov co

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ACTA DE ENTREGA No.LA NACiÓN Y LA INSVILLAVICENCIO - META.

de 2013 ENTRE LA PROCURADURíA GENERAL DEIÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTE CASO DE

831510006, Equipos y Maquinas para Oficina. Código 831510006, Equipos de ComunicaciónCódigo 831510007 y Equipos de Computación Código 831510007, en total ochenta (80) items.de conformid.ad cgp'el inventario que forma parte integral del presente documento. SEGUNDA.DESTINACION:lÍ.os muebles objeto del presente documento estaran destinados de maneraexclusiva y excluyente al uso de la INS'!JJUCIÓN EDUCATIVi\. ANTONIO RICAURTE CASDde la ciudad de Viilavicencio (Mela)v'fERCERA. VALOR:.rPara todos los efectos legales yfiscales el presente documento no tiene valorrGUARTA. OBLlGAelONES DEL ADQUIRENTE:El ADQUIRENTE se obliga para con el TRANSFERENTE a: 1)'Recibir e incorporar al inventariode la INSTITUCiÓN EDUCATIVA ANTONIO RICAURTE CASD de la ciudad de Viil¡¡vicencio(Meta). los bienes mencionados en la cláusula primera de este documento. 2)/Ái~nder losgastos que demande el cargue y transporte de los bienes adjudicados desde el sitio ~.ubicación hasta su sitio de destino. QUINTA. OBLIGACIONES DEL TRANSFERENTE:/ÉL .TRANSFERENTE se obliga a entregar al ADQUIRENTE los bienes descrilos en la clausulaprimera, en el estado que se encuentren, en el sitio de ubicación de los bienes señalados en elaviso de convocatoria, dentro de los 30 dj¡¡s calendario siguientes a la suscripción del presentedocumento. SEXTA. REGIMEN LEGAL'Úe conformidad con lo consagrado por el Decreto 1510de 2013, articulo 162. la Procuraduria General de la Nación se acogió a la aplicación transitoriadel Decreto 734 de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013, decisión adoptada medianteResolución No. 455 del 8 tle agosto de 2013. El presente acuerdo estara sujeto en lo pertinentea la Ley 80 de 1993. Ley 1150 de 2007, el Decreto 734 de 2012 y la Resolución No. 322 de2009. a las normas civiles y comerciales y demás que rijan la materia y a lo establecido en elpresente documento. SEPTIMA. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTOvCá presente aclase entiende perfeccionad¡l con la firma de las partes. OCTAVA. INHABILIDADES EINCOMPATIBILIDADES: £1 TRANSFERENTE y el ADQUIRENTE afirman bajo juramento queno se hallan incursos en ninguna de las casuales de inhabilidad. incompatibilidad oprOhibiciones previstas' en la Constitución y en la Ley 80/de 1.993, y demás disposicionesvigentes que sean aplicables a este acuerdo. NOVENA./SUPERVISION y CONTROL EN ELDESARROLLO DE LA ENTREGA DE LOS EjIENES:Jla supervisión y control general de laentrega será ejercida en la PGN por el funcionario Misael Antonio Suarez Garavito,Coordinador Administrativo Procuraduria Regional de Meta, quien para el ejercicio de susfunciones deberá dar cumplimiento a lo previsto en las Resoluciones No. 340 del 14 denoviembre de 200.1 y No. 382 de octubrl}'fle 2005 expedidas por el señor Procurador Generalde la Nación. DECIMA. DOMICILIO: .para los efectos legales del presente documento, laspartes acuerdan como domicilio la ciudad de Bogota, D.C. Para constancia se firma en la ciudadde 80gotá a los .

EL TRANSFERENTE () 5 DIC. 2013

A~AN:m.O ORDOÑEZ MALDO~A:Opfo~~'rador General de La Nación

LNo .231.989 de Villavicenc'ECTORA INSTITUCiÓN UCATIVA ANTONIO RICAURTE CASD

"oe •.~:COpla Il'l\lMlario de bienes Mueblt's en Ife' (Jj 101'0&EI¡¡l.x:1I0 Clallt1í,1 RoorIQue:t. Jutlel.a RI-.¡eI"OS tiR'¡II''SO. Alla M¡¡,ria ESCODar Sil .•.••- Jer~OllClna JllIioica (C}..Aro (""'la

Procuradurla General dio! la NaciónCarrera S NO.1S.80PBX. S8787S0 www.procuraduria.gov.co