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PROCESO DE INTEGRACION ECONOMICA REGIONAL EL MERCADO COMUN CENTROAMERICANO Por el licenciado Luis Fernando CASTA~JEDA GALIIA~~E~. Antecedente hutdrico da1 jroceso integrncionirta ccntroa~~~ericano El programa de Integración Ecoiiómica Centroamericano, se inicia a principios de la década del 50, aunque ya en 1318, El Salvador y Hon- duras habían s~iscrito un convenio de libre intercambio de mercancías no fue, sino, hasta en Junio de 1951, cuando al participar en la ciiidad de h.léxico, al Cuarto Período de Sesiones de la Comisión Económica de América Latina (CEPAL) los Ministros de Economía de Centro América expresaron su interhs en desarrollar la producción agrícola e industrial y los sistemas de transportes de sus respectivos paises en forma que promueva la integración de sus economías, y la formación de merca- dos más amplios mediante el intercambio de sus productos, y se dispuso la creación del Comité de Cooperación Económica del Istmo Centro- americano, integrado por los cinco Ministros de Econornia del área, este Comité, y su Secretaria la CEPAL, ambos del Coriscjo Económico y Social de la Organizacijn de las Naciones Lrnidas, emitieron resoluciones de los estudios básicos que se hicieron de los primeros desarrollos institu- cionales que dieron coino resultado la creación de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA) con base en la Carta de San Sal- vador suscrita por los Gobiernos de Centro Amsrica el 14 de octubre de 1951, también emitieron resoluciones sobre los priineros Instrumentos Jurídicos: El Tratado hfnltilateral de Libre Comercio e Interación Eco- nómica Centroamericana, y el Tratado tripartita de Asociación Económica, ambos Tratados en Tegucigalpa el 10 de Juiiio de 1958 y G?:atemala el 6 de febrero de 1960 respectivamente. Las resoli!ciones dcl Comite establecieron sucesivamente lo; lineamien- tos y directrices de politica económica conducentes a obtener los objetivos de la integración regionel así como una programación de las labores téo nicas necesarias. Los estudios, de acuerdo a los mandatos del Comité ofrecieron las bases para la tomn de decisiones en diversos campos y entre otros se des- tacnn los realizados sohre actividades productivas siiceptibles de promw www.derecho.unam.mx

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PROCESO DE INTEGRACION ECONOMICA REGIONAL EL MERCADO COMUN CENTROAMERICANO

Por el licenciado Luis Fernando CASTA~JEDA G A L I I A ~ ~ E ~ .

Antecedente hutdrico da1 jroceso integrncionirta ccntroa~~~ericano

El programa de Integración Ecoiiómica Centroamericano, se inicia a principios de la década del 50, aunque ya en 1318, El Salvador y Hon- duras habían s~iscrito un convenio de libre intercambio de mercancías no fue, sino, hasta en Junio de 1951, cuando al participar en la ciiidad de h.léxico, al Cuarto Período de Sesiones de la Comisión Económica de América Latina (CEPAL) los Ministros de Economía de Centro América expresaron su interhs en desarrollar la producción agrícola e industrial y los sistemas de transportes de sus respectivos paises en forma que promueva la integración de sus economías, y la formación de merca- dos más amplios mediante el intercambio de sus productos, y se dispuso la creación del Comité de Cooperación Económica del Istmo Centro- americano, integrado por los cinco Ministros de Econornia del área, este Comité, y su Secretaria la CEPAL, ambos del Coriscjo Económico y Social de la Organizacijn de las Naciones Lrnidas, emitieron resoluciones de los estudios básicos que se hicieron de los primeros desarrollos institu- cionales que dieron coino resultado la creación de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA) con base en la Carta de San Sal- vador suscrita por los Gobiernos de Centro Amsrica el 14 de octubre de 1951, también emitieron resoluciones sobre los priineros Instrumentos Jurídicos: El Tratado hfnltilateral de Libre Comercio e Interación Eco- nómica Centroamericana, y el Tratado tripartita de Asociación Económica, ambos Tratados en Tegucigalpa el 10 de Juiiio de 1958 y G?:atemala el 6 de febrero de 1960 respectivamente.

Las resoli!ciones dcl Comite establecieron sucesivamente lo; lineamien- tos y directrices de politica económica conducentes a obtener los objetivos de la integración regionel así como una programación de las labores t éo nicas necesarias.

Los estudios, de acuerdo a los mandatos del Comité ofrecieron las bases para la tomn de decisiones en diversos campos y entre otros se des- tacnn los realizados sohre actividades productivas siiceptibles de promw

www.derecho.unam.mx

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verse en el ámbito regional (mbros industriales potenciales) : energía eléctrica y otros campos de infraestructura, financiamiento para desarrollo e integración económica, investigación tecnológica y capacitación técnica en los c-in!,os iiidiiitilal y adniiiiirtrutivo, i i i \~ r~ t i~nc i in dcl scrtor apo- pccii3rio y uiiificnción dc las ~Iusific~cionc~ aruncelurias y de las estadis- ticas de comercio internacional.

Los desarroll3s institucionales se concretaron en la creación de la Es- cuela Superior de Administración Pública de América Central (ESAPAC) hoy Instituto Centrcamericano de Administración Pública (ICAP) ; y el

Todos estos intentos por decirlo así, se sucedieron en la década que finalira en el año de 1960, y surgieron como resultado del convencimiento de los paises istmicos a través de las decisiones politicas de los respectivos gobiernos de que la integración económica podia ser el instrumento para lograr su desarrollo, superando así el estancamiento o regresión de sus economías producidas por el tipo de relaciones de su comercio interna- cional. En este sentido, agotadas todas las posibilidades de crecimiento económico a través de las exportaciones de bienes primarios, las nuevas exigencias del desarrollo se planteaban a través de la industrialización, pero las limitaciones de esta en el ámbito de los mercados nacionales, sólo se podía superar en un espacio económico más amplio que en este caso era el de Centroamérica tomada en su conjunto, la cual aparte de su unidad geográfica, tenía y tiene una historia común desde los tiempos financiamiento y promoción del crecimiento económico integrado sobre coloniales en que constituyó la Capitanía General de Guatemala, cuyas fronteras se extendían desde los actuales territorios de Chiapas y Soco- nusco, de la República de M6xic0, hasta el territorio de la moderna Costa Rica, aparte de haber constituído después de la independencia, una unidad política: La República de Centroamérica.

Fue así como la integración económica regional adquirió el rango de objetivo básico para coadyuvar al desarrollo de los países centroameri- canos. Los avances logrados en los primeros diez años y .la necesidad de consolidar los frutos obtenidos durante la etapa bilateralista condujeron a pesar en un aceleramiento y profundización del proceso, lo cual se per- sigue con la suscripción del Tratado General de Integración Económica Centroamericana.

El Tratado General de Integración Económica Centroamericana

El Tratado General de Integración Económica Centroamericana se sus- cribió en la ciudad de Managua, Nicaragua, el 13 de diciembre de 1960, y entró en vigencia el 4 de junio de 1961. (Costa Rica que no suscribió el Tratado, se adhirió a 61 posteriormente por medio de un Protocolo firmado el 23 de julio de 1962) iniciándose la etapa de afianzamiento

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rie los resultados obte~iidos en la d&ca<la de 1950 a 1963, se sientan las baes jurídicas dcl hlercado Común Centroamericano como instrumento principal del Iiroccso de integración económica regional, y digo instru- mento principal o básico porque alrededor del mismo opcrin un conjunto de instrumentos jurídicos complementarioj quc desarrollan sus principios y están diseñzdos para lograr sus objetivos.

.4) Objctiuos y l i t ~ c s del Tratado:

Se destaca en primcr lugar quc cl Tratado General, es un instrunento de marco cuyos prop6sitos fundamentales son los de unificar las cconomias de los países participantes e impulsar cn fornia conjunta el desarrollo de Centroam6rica a fin de mejorar las condicioncs de vida de sus habitantes niedlante un proceso acelerado de Integración Económica, para tales dectos el Tratado cont~mp!ú el establecimiento y se fijó un plazo máximo de cinco aiios, a partir de su vigencia el 4 de junio de 1961, períeccio- namiento que implicaba el de los dos elementos básicos en los que se hizo descansar cl funcionamiento de dirho Mercado Común, como son: 1) la Zona Centroamericana de Libre Comercio, y 2 ) el Arancel Centroame- ricano Uniforme aplicable a las relaciones con terceros países.

Sobre la base de cumplir los anteriores objetivos en el Tratado se esta- bleció asimismo, el roinr>romirn dc conitituir oportiinamente una Unión Aduanera entre los territorios de los países contratantes.

El Capítulo 11, rigimen de intercambio, regula todas las condiciones en que deberá operar el libre comercio dentro de la zona, para asegurar la circulación sin restricciones de las mercancías originarias de los países participantes.

En el Capitulo V del Tratado, se establece qiie l o Ii,stx!os Contratantes otorgardn el mismo trztamiento que a las cornpaíiías nacionales a las empresas de los otros Estados sigiiatarios que sc dediquen a la construc- ción de carreteras, puentes, presas, sistemas <Ic riego, electrificación, vi- viendas y otras obras que tiendan al desarrolh de la infraestmctura centroamericana.

Los capítulos VI, y VIII, se refieren al desarrollo e integración indus- trial, por medio del VI, se adoptan todas las disposiciones del Convenio sobre el Régimen e Industrias Centroamericanas de Integración, instm- niento suscrito con anterioridad a la iiriria del Tratado Gcneral (10 de junio de 1958) cuya vigencia no había podido lograr; dicho convenio contiene principios que implican una prograinaciún industrial de las acti- vidades manufactureras que sc cor~sideran bisicas o de especial interés para el desarrollo económico Centroamericano.

El Capítulo VI11 contiene el compromiso de suscribir en breve plazo un Prolocolo especial que contenga normas uniformes para la clasificaci6n

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208 LUIS FERNANDO CASTACEDA GALOAMEZ

industrial de empresas manufactureras, el monto y tipo de las exenciones fiscales, así como los plazos y otras condiciones en que tales beneficios pueden ser otorgados a tales empresas. En otras palabras, substituir a trav& de ese Protocolo las legislaciones nacionales de fomento industrial, por una ley uniforme que al mismo tiempo que contuviera una política común sobre los estímulos fiscales al desarrollo manufacturero. El compromiso en referencia fue cumplido al suscribirse el 31 de julio de 1962 en San José de Costa Rica el "Convenio Centroamericano de Incentivos fiscales al Desarrollo Industrial".

En el capítulo VII, del Tratado se acordó establecer el Banco Centro- americano de Integración Económica como instrumento de financiamiento.

B) Zona de libre comercio:

El Tratado establece como regla general el libre comercio para todo% los productos originarios de los respectivos territorios de sus Estados sig- natarios, significando esto que la importación o exportación entre los paises del Mercomún de los productos naturales y los productos manu- factureros en sus respectivos territorios. El libre comercio garantizado por el Tratado deberá también entenderse no sólo para las mercancías que ya se producían en los países miembros en el momento de su suscripción, sino tambi6n para todos aquellos productos que en el futuro llegaran a pro- ducirse en cualquiera de sus respectivos territorios, elemento este Último cuya importancia se destaca porque el mismo vino a constituir en la prác- tica uno de los más poderosos incentivos para impulsar el establecimiento y desarrollo de actividades productivas nuevas ruyos artículos por defini- ción, gozarían (sin mas condición que las de ser originarios de los respec- tivos países) de libre comercio irrestricto.

C. El Arancel Centroamen'cano Uniforme

El compromiso de adoptar un Arancel Centroamericano Uniforme que figura en el Tratado General, quedó señalado que deber:a cumplirse en los términos del Convenio Centroamericano sobre equiparación de gravá- menes a la importación, Instrumento que había sido firmado el 1" de septiembre de 1959 en San José de Costa Rica.

D) Mercado Común Centroamericano

El 13 de diciembre de 1960, como ya indiqué se firmó en Managua el Tratado General Centroamericano de Integración Económica, que fue el que creó el Mercado Común Centroamericano que deberia ser pcrfercio-

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nado en un plazo máximo de ciiico aíios a partir de la fecha de entrada en vigencia ~Iel Tratado, así también creó la Unión Aduanera entre sus territorios. Como Orgaiiisinos para la realización de los objetivos del T r a tado se ha creado: a ) Un Consejo Económico Centroamericano coinpues- to por los Ministros de Economía de cada una de las partes Contratantes, b ) Un Consejo Ejecutivo (iritegrado por un funcionario propietario y un suplente desipados por cada una de las Partes Coiitratantes, c) Una Secretaría Permanente con sede en la ciudad de Guatemala a cargo de un Secretario General nombrado para un período de tres años por el Consejo Económico Centroamericano, se acordó formar el Banco Ceniro- americano de Integración Económica que actúa como instrumento de una base de eqiiilibrio regional. El Tratado se creó con una vigencia de 20 años, a cuyo término podrá ser denunciado por cualquiera de las partes contrantes y la denuncia causará efectos cinco años después de su pre- ~entación.

El Tratado continuará en vigor para las otras partes, mientras conti- núen adheridos a él, por lo menos dos de ellas.

Instrumentos Juridicos de Desarrollo Regionnl

El Proceso Integracionista de Ceutroam6rica principió en el año de 1951, bajo los auspicios del Comité de Cooperación Económica del Istmo Centroamericano y su Secretaria de Comisión Econbmica para AmErica Latina (CEPAL) pero lo que le dio vida jurídica a dicho proceso fueron: "El Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica Centroamericano" suscrito en T e p c i ~ a l p a cl 10 de ji?nio de 1958, cl Tra- tado de Asociación Económica suscrito en Guatemala el 16 de febrero de 1x0, y el principal, el Tratado General de Integración Económica Cen- troamericano, que creó el Mercado Común Centroamericano suscrito en Managua el 13 de diciembre de 1960, que entró en vigor el 4 de junio de 1961, habiéndose creado mediante este Tratado: a ) Un Consejo Eco- nómico Centroamericano compuesto por los Ministros de Economía de cada una de las Partes Contratantes, b) Un Consejo Ejecutivo integrado por un funcionario propietario y un suplente designados por cada una de las Partes Contrataiites: c) Una Secretaría Peimanente con sede en la ciudad de Giiatemaln a cargo de un Secretario General nombrado para un período de trcs aiios por el Consejo Econtmico Centroamericano, tambi&n se acordó en este Tratado la creación de un Instrumento finan- ciero y de promoción del creciiliierito económico integrado sobre una base de eq~ilibrio regional, habiend3 surgido el Banco Centroamericano de Integración Econóniica.

Aparte de estos I~istrumentos jurídicos, esisien una serie de Acuerdos. Convenios, Protocolos, la Carta de la ODECA suscrita cn Panamá el 13

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de diciembre de 1962, y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano, que impulsan la Integración Económica Centroamericana.

CONCLUSIONES

A) La razón de la existencia de estos organismos regionales se encuen- tra en el hecho de que la contigüidad geográfica hace que a menudo sw intereses coincidan en mayor grado y que por tener muchas veces un ori- gen común o una concepción pública y jurídica similares, sea conveniente crear un cuadro más reducido, donde sus problemas tendrán una solución mucho más fácil, evitando al mismo tiempo complicaciones de orden político principalmente que podrían surgir si se admitiera la intewención en sus asuntos comunes, de potencias distintas tanto desde el punto de vista geográfico como político y jurídico.'

B) El Proceso Integracionista Centroamericano, esti regulado por un conjunto de Tratados, Convenios, Protocolos, Acuerdos, etc.

C ) Dentro de ese conjunto de Instrumentos se encuentra el Tratado General de Integración Eccnjmica Centroamericana.

D) Para estudiar toda la Integración Centroamericana se deben con- siderar los Acuerdos, Protocolos, Convenios, ,pero se centra el estudio en el Tratado General de Integración Económica Centroamericana, porque éste Tratado, vino a consolidar los frutos obtenidos y a acelerar y profun- dizar el proceso, y marca lineamientos futuros.

E ) Cierto es, que con anterioridad al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, entre otros Instrumentos está el Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica Centroameri- can3, pero como el Tratado General afianza lo ya establecido y se prm yecta hacia el futuro con nuevas técnicas y se considera como la piedra angular de toda la Integración, nos concretamos a él. Este Tratado Gene- ral crea un Mercado Común Centroamericano, que no había sido con- templado con anterioridad, crea una Unificación Arancelaria, crea un Instnimento de financiamiento, crea también Organismos encargados de la ejecución de sus fines.

F) Todas estas Instituciones pudieron haberse creado mediante la s u s cripción de varios Tratados, pero los países contratantes, pensaron en uno general, y allí quedaron plasmados los ideales de la Integración.

G ) Cuando se habla de Integración, parece que se hablara indistinta- mente del Tratado General y del Mercado Común Centroamericano, pero no es así. El Mercado Común Centroamericano, es el principal objetivo de la Integración, y el Tratado General, es el Instrumento jurídico que le da validez legal.

Modesto Sema V.4zpuez. El Derecha Internacional Público, p. 59.