trabajo - shd.gov.co

5
N_Cnu) UA MA'UP DE EOGOTD. D C. Secretarla HACIENDA ¿15 4 2 4 AU . 2051 Resolución N° "Por la cual se conforman unos grupos internos de trabajo y se designan coordinadores" EL SECRETARIO DE HACIENDA DE BOGOTA, D.C., en uso de sus facultades legales y en especial las consagradas en el articulo 49 del Decreto 270 del 5 de abril de 2001, RESUELVE: ^R. ARTICULO PRIMERO: Conformar en la Secretaria de Hacienda de Bogotá D.C., Dirección Distrital de Impuestos, Subdirección de Impuestos a la Producción y al Consumo, Unidad de Determinación los grupos internos de trabajo de Apoyo Fiscal, de Fiscalización y de Liquidación. ARTICULO SEGUNDO: Serán funciones del grupo interno de trabajo de Apoyo Fiscal las siguientes: 1. Desarrollar mecanismos de manejo y control de la información histórica y estadistica que permitan tomar decisiones, orientar los programas por desarrollar, generar informes y resolver consultas de organismos que así lo requieran. 2. Elaborar los estudios y evaluaciones económicas y tributarias que requiera el área. 3. Proponer al Jefe de Unidad el plan anual, tendiente a controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de los impuestos administrados por la Subdirección de Impuestos a la Producción y al Consumo, con sujeción a las políticas trazadas por la Dirección Distrital de impuestos. 4. Asesorar al Jefe de Unidad en la formulación de políticas, planes y programas en los asuntos relacionados con el área de su competencia. 5. Elaborar, controlar y evaluar el Plan Anual de Fiscalización. 6. Proponer la realización de convenios de intercambio de información general contable y tributaria y la ejecución de actividades conjuntas con otras entidades con el fin de fortalecer la fiscalización.

Upload: others

Post on 21-Jul-2022

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: trabajo - shd.gov.co

N_Cnu) UA MA'UPDE EOGOTD. D C.

Secretarla

HACIENDA

¿15 4 2 4 AU . 2051Resolución N°

"Por la cual se conforman unos grupos internos de trabajo y se designan coordinadores"

EL SECRETARIO DE HACIENDA DE BOGOTA, D.C.,en uso de sus facultades legales y en especial las consagradas en

el articulo 49 del Decreto 270 del 5 de abril de 2001,

RESUELVE:^R.

ARTICULO PRIMERO: Conformar en la Secretaria de Hacienda de Bogotá D.C.,Dirección Distrital de Impuestos, Subdirección de Impuestos a la Producción y alConsumo, Unidad de Determinación los grupos internos de trabajo de Apoyo Fiscal, deFiscalización y de Liquidación.

ARTICULO SEGUNDO: Serán funciones del grupo interno de trabajo de Apoyo Fiscal lassiguientes:

1. Desarrollar mecanismos de manejo y control de la información histórica y estadisticaque permitan tomar decisiones, orientar los programas por desarrollar, generarinformes y resolver consultas de organismos que así lo requieran.

2. Elaborar los estudios y evaluaciones económicas y tributarias que requiera el área.

3. Proponer al Jefe de Unidad el plan anual, tendiente a controlar el cumplimiento de lasobligaciones tributarias derivadas de los impuestos administrados por la Subdirecciónde Impuestos a la Producción y al Consumo, con sujeción a las políticas trazadas porla Dirección Distrital de impuestos.

4. Asesorar al Jefe de Unidad en la formulación de políticas, planes y programas en losasuntos relacionados con el área de su competencia.

5. Elaborar, controlar y evaluar el Plan Anual de Fiscalización.

6. Proponer la realización de convenios de intercambio de información general contabley tributaria y la ejecución de actividades conjuntas con otras entidades con el fin defortalecer la fiscalización.

Page 2: trabajo - shd.gov.co

Continuación de la Resolución N°__ J 4 ^^^! . 2UU1

"Por la cual se conforman unos grupos internos de trabajo y se designan coordinadores"

7. Proponer y elaborar los programas específicos de investigación utilizando métodostécnicos de selección y auditoria adecuados para controlar o evitar la evasión.

8. Proponer y elaborar manuales sobre métodos técnicos de auditoria y supervisióndirecta.

Elaborar el proyecto del plan operativo de la Unidad de Determinación de laSubdirección de Impuestos a la Producción y al Consumo y de sus respectivosgrupos.

10. Elaborar estudios para medir la evasión global, por sectores, por actividad económicay por tino de contribuyentes, estableciendo programas específicos de investigación yutilizando métodos técnicos de selección y auditaje adecuados para combatir o evitarla misma.

11. Elaborar los formatos y procedimientos administrativos ajustados a los esquemasestn-7btecidos en las normas tnbutarias.

12. Proponer los mecanismos de control sobre la gestión de los funcionarios de laUnidad de Determinación de la Subdirección de Impuestos a la Producción y alConsumo.

13. Coordinar el desarrollo de los nrútodos de identificación de los contribuyentes para suincorporación a la base de declarantes sujetos de los impuestos administrados por laSubdirección de impuestos a la producción y al consumo.

14. Proponer al Jefe *de Unidad la realización de comités cuando se requiera.

15. Solicitar y entregar información a las Entidades públicas o privadas con fines decontrol fiscal:

16. Diseñar mecanismos para el cumplimiento voluntario de las obligaciones por parte delos contribuyentes y que propendan por la modificación de la actitud de aquellos quepresentaron conductas evasoras.

17. Rendir los informes periódicos de gestión y resultados sobre trámites y procesospropios del gnipo y los atinentes al desarrollo de los proyectos formulados que esténen ejecución.

18. Implementar los mecanismos de evaluación y control sobre los programas operativosdel grupo, mediante la aplicación de indicadores de gestión y estándares dedesempeño. -

ARTICULO TERCERO: Designar como coordinador del grupo de Apoyo Fiscal aFrancisco José Lozada Parada, ider-rtificaLio con cédula de ciudadanía No. 19.341.308,Profesional Especializado Código 335 Gr. lo 16.

I'roye'-I A.,t:, 7'a+nt,a reno MoraAxobó I'l ..n:, Liana Ochoa Ea+c..em ` '

Page 3: trabajo - shd.gov.co

Continuación de la Resolución N`

"Por la cual se conforman unos grupos internos de trabajo y se designan coordinadores"

ARTICULO CUARTO: Serán funciones del grupo interno de trabajo de Fiscalización lassiguient(_s:

Ejercer, conforme a los planes y programas, las facultades de fiscalización a loscontribuyentes por concepto de los impuestos de competencia de la Subdirección deImpuestos a la Producción y al Consumo de la Dirección Distrital de impuestos.

Llevar a cabo las acciones e investigaciones necesarias tendientes a verificar elcumplimiento de las obligaciones tributarias y proyectar las sanciones ydeterminación oficial de los impuestos que administra el área, conforme alprocedimiento legal correspondiente, cuando a ello hubiere lugar.

3. Evaluar las denuncias de terceros y establecer la pertinencia de la investigacióntributaria-

4. Verificar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de loscontribuyentes.

5. Proponer al Jefe de Unidad la realización de comités cuando el curso de unexpediente así lo requiera.

6. Participar en la elaboración del plan anual de fiscalización y controlar la ejecución, enlo de su competencia.

7. Proferir los correspondientes actos administrativos que se generen en desarrollo delas investigaciones tributarias, de conformidad con el procedimiento tributario vigente,ejerciendo control para que. se resuelvan dentro de los términos legales establecidos.

8. Proferirlos autos de archivo de las investigaciones tributarias.

9. Revisar las declaraciones y correcciones presentadas por los contribuyentes comoresultado de las investigaciones.

10. Remitir los expedientes al grupo de Liquidación , una voz concluidas las actuacionesde su competencia.

11. Con(; ^er lo relacionado con el trámite de las torno. uias de ingreso y salida decerveza y ciganillo del Distrito Capital; expedir y legaliz_Sr las tornaguías en el DistritoCapital en los términos del Decreto 3071 de 1997 y/o las normas que regulen lamateria.

12. Realizar las comprobaciones que se estimen neces^-r,as pera establecer el valor apagar o la correcta liquidación del valor del cob,-c por la utilización del espaciopúblico, haciendo uso de las atribuciones áa uiscal1:_ 'Lfórl f ñ:S -en la 1)ormaiividadvigente. _

P,OyedO A,,1, Pampa 14,no 1.braAp,Obb - Atlnana Rana Oc1+6^ EUlf ^f / n •^t.T

i71

Page 4: trabajo - shd.gov.co

Continuación de la Resolución N° ¿_ 5 4 2 pC 2001

"Por la cual se conforman unos grupos internos de trabajo y se designan coordinadores"

13. Rendir los informes periódicos de gestión y resultados sobre trámites y procesospropios del grupo y los atinentes al desarrollo de los proyectos formulados que esténen ejecución.

14. Implementar los mecanismos de evaluación y control sobre los programas operativosdel grupo, mediante la aplicación de indicadores de gestión y estándares dedesempeño.

ARTICULO QUINTO: Designar como coordinadora del grupo de Fiscalización a Janeth iCoy Sal- maría, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.810.087, ProfesionalEspecializado Código 335 Grado 18.

ARTICULO SEXTO: Serán funciones del grupo interno de trabajo de Liquidación lassiguientes:

1. Ejercer, conforme a los planes y programas, las facultades de liquidación oficial porconcepto de los impuestos de competencia de la Subdirección de Impuestos a laProducción y al Consumo de la Dirección Distrital de impuestos.

2. Proferir los correspondientes actos administrativos que se generen en desarrollo delas investigaciones tributarias, de conformidad con el procedimiento tributario vigente,ejerciendo control para que se resuelvan dentro de los términos legales establecidos.

3. Proferir las ampliaciones a los requerirnieritos especiales, las liquidaciones oficiales ydemás actos de determinación de las obligaciones tributarias, así como la aplicacióny liquidación de las sanciones.

4. Remitir a la dependencia cornpetente, según el caso, los actos de liquidación,determinación oficial y aplicación de sanciones.

5. Proponer al Jefe de la Unidad, la realización de comités cuando el curso de unexpediente y/o de una solicitud así lo requiera.

6. Proferir los autos de archivo dentro de la etapa de respuesta al requerimientoespecial o a su ampliación o que se generen en las demás actuaciones del procesode determinación oficial de los tributos o de ampliación de sanciones.

7. Participar en la elaboración del plan anual de fiscalización y controlar la ejecución, enlo de su competencia.

8. Rendir los informes periódicos de gestión y resultados sobre trámites y procesospropios del grupo y los atinentes al desarrollo de los proyectos formulados que esténen ejecución.

P,oyec1ó mina PaUnoa N,no 1.4CxaApob i AAnana Ma,ia Ucna_ GChevern T

Page 5: trabajo - shd.gov.co

Continuación de la Resolución N° 454 7 4 ACR. 2001

"Por la cual se conforman unos grupos internos de trabajo y se designan coordinadores"

9. Implementarlos mecanismos de evaluación y control sobre los programas operativosdel grupo, mediante la aplicación de indicadores de gestión y estándares dedesernpeño.

ARTICULO SÉPTIMO: Designar como coordinador del grupo de Liquidación a AlejandroYepes Chavarro, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.415.872, ProfesionalEspeciali ado Código 335 Grado 18.

ARTICULO OCTAVO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE, Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 7 A^? 2001ti

/sr e 1

ISRAEL FAINBOIM YARSecretario de Hacien a

Proyectó A,(I, t •.1I1.rn Nano ~Azobó M10,13 M.Iría Ochoa Etluve^nj j`-