reglamento y manual de convivencia - shd.gov.co · establecerán a través de los manuales,...

39
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ aC SECIU 1ARIA rif "Reglamento y Manual de Convivencia" CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL - CAD El presente Reglamento y Manual de Convivencia tiene como objeto garantizar los derechos y deberes de todos servidores públicos, contratistas y visitantes del Edificio al Centro Administrativo Distrital - CAD, a la luz de las normas reguladoras del comportamiento y de la disciplina social. INTRODUCCIÓN 3 1. DEFINICIÓN 6 2. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO Y MANUAL DE CONVIVENCIA 6 2.1 OBJETIVO GENERAL 6 2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 6 3. MARCO LEGAL 7 4. DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS Y VISITANTES 9 4.1 DERECHOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS 9 4.2 DERECHOS DE LOS VISITANTES 9 5. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, CONTRATISTAS Y VISITANTES 10 5.1 DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS 10 5.2 DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS VISITANTES 10 6. PROHIBICIONES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS, CONTRATISTAS Y VISITANTES AL EDIFICIO CAD 12 7. ZONAS DE USO COMÚN 13 7.1 USO DEL COMEDOR 13 7.2 USO DE CUBIERTAS 14 7.3 USO DE ASCENSORES 15 7.3.1 Normas generales para el uso de ascensores de pasajeros 15 7.3.2 Normas generales para el uso del ascensor de carga 16 7.4 USO DE BODEGAS 17 8. ASPECTOS AMBIENTALES 18 8.1 MANEJO DEL CENTRO DE ACOPIO 19 8.1.1 Manejo de residuos convencionales 19 Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información Linea 195 50 9001 IcOn ee SC GP 114.1

Upload: vuongdang

Post on 16-Oct-2018

220 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ aC

SECIU 1ARIA rif

"Reglamento y Manual de Convivencia"

CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL - CAD

El presente Reglamento y Manual de Convivencia tiene como objeto garantizar los derechos y deberes de todos servidores públicos, contratistas y visitantes del Edificio al

Centro Administrativo Distrital - CAD, a la luz de las normas reguladoras del comportamiento y de la disciplina social.

INTRODUCCIÓN 3 1. DEFINICIÓN 6 2. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO Y MANUAL DE CONVIVENCIA 6

2.1 OBJETIVO GENERAL 6 2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 6

3. MARCO LEGAL 7 4. DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS Y VISITANTES 9

4.1 DERECHOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS 9 4.2 DERECHOS DE LOS VISITANTES 9

5. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, CONTRATISTAS Y VISITANTES 10

5.1 DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS 10 5.2 DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS VISITANTES 10

6. PROHIBICIONES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS, CONTRATISTAS Y VISITANTES AL EDIFICIO CAD 12 7. ZONAS DE USO COMÚN 13

7.1 USO DEL COMEDOR 13 7.2 USO DE CUBIERTAS 14 7.3 USO DE ASCENSORES 15

7.3.1 Normas generales para el uso de ascensores de pasajeros 15

7.3.2 Normas generales para el uso del ascensor de carga 16 7.4 USO DE BODEGAS 17

8. ASPECTOS AMBIENTALES 18 8.1 MANEJO DEL CENTRO DE ACOPIO 19

8.1.1 Manejo de residuos convencionales 19

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información Linea 195

50 9001

IcOn ee

SC GP 114.1

2

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIO DE HACIEN114

8.1.2 Manejo de residuos peligrosos 21

8.1.3 Manejo de residuos especiales 23

9. SEGURIDAD Y VIGILANCIA 25

9.1 CONTROL DE ACCESO A SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS AL EDIFICIO DEL CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL — CAD 25

9.2 CONTROL DE ACCESO A VISITANTES 27

9.3 CONTROL DE ACCESO Y MOVIMIENTO DE BIENES DEVOLUTIVOS Y DE CONSUMO DE LAS ENTIDADES Y DE TERCEROS 28 9.4 AUTORIZACIÓN DE RETIRO Y TRASLADO PERMANENTE DE EQUIPOS PORTÁTILES (42-F-11) 29 9.5 AUTORIZACIÓN DE RETIRO DEL EDIFICIO DEL CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL - CAD DE VEHÍCULOS OFICIALES EN DÍAS NO HÁBILES 30 9.6 ACTUALIZACIÓN DE FIRMAS PARA AUTORIZACIÓN DE SERVICIOS DE LAS ENTIDADES Y DEL EDIFICIO DEL CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL -CAD. 30

10. MANTENIMIENTO LOCATIVO, DE PLANTA Y EQUIPO 32 11. GLOSARIO 34

12. ADOPCIÓN 38

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información Línea 195

ISO 9001 11,9T,NAA

■:,,ontec

SC 6322-1 GP 114-1

3

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA OE HAC1ENOA

INTRODUCCIÓN

Mediante el Decreto Distrital 031 del 31 de enero de 2002 se creó el Comité para la Administración del Centro Administrativo Distrital-CA.D., integrado por funcionarios/as de las diferentes entidades que comparten las instalaciones del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, como lo son:

1. El Director Administrativo y Financiero de la Secretaría de Hacienda, quien lo presidirá.

2. El Subdirector Administrativo del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, quien obrará como Secretario del Comité.

3. El Jefe de la División Técnica Administrativa de la Secretaría de Obras Públicas.

4. El Subdirector de Gestión Corporativa del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

5. El Subdirector Administrativo del Departamento Administrativo de Catastro Distrital.

6. El Jefe de la Unidad de Gestión Corporativa del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

7. El Subdirector Administrativo y Financiero del Departamento Administrativo de Acción Comunal.

8. El Director Administrativo de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos.

9. El Director Administrativo del Centro Distrital de Sistematización y Servicios Técnicos.

El citado Decreto Distrital 031 del 31 de enero de 2002, fue derogado por el artículo 10 del Decreto Distrital 519 del 24 de Noviembre de 2011, "Por el cual se crea el Comité para la Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- y se dictan otras disposiciones", integrando el Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital - C.A.D por los/as siguientes funcionarios/as de la Administración:

1. El/la Director/a de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien lo presidirá.

2. El/la Subdirector/a Administrativo/a, Financiero/a y de Control Disciplinario del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, quien obrará como Secretario/a del Comité.

3. El/la Secretario/a General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www.haciendabogota gov. co Información' Linea 195

B G HU(9ANA

ISO 9001

4 .1119(110C

Se 6322-: SP 114-1

4

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE I-NCIEN.

4. El/la Subsecretario/a de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Planeación.

5. El/la Secretario/a General de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.

6. El/la Subdirector/a de Gestión Corporativa y Control Disciplinario del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

7. El/la Director/a Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.

8. El/la Secretario/a General del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.

9. El/la Director/a de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

10. El/la Director /a Administrativo/a y Financiero/a del Concejo de Bogotá.

Adicionalmente, establece en su artículo 4° que la gestión administrativa del Edificio público Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- estará a cargo del/la Subdirector/a Administrativo/a de la Secretaría Distrital de Hacienda, o quien haga sus veces, quien tendrá las siguientes funciones:

1. Cumplir y hacer cumplir dentro del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- las decisiones y las disposiciones que adopte y apruebe el Comité, las cuales se establecerán a través de los manuales, reglamentos, instructivos, formatos y circulares adoptadas por el Comité.

2. Impulsar los trámites que sean necesarios para legalizar y ejecutar los contratos o los convenios para el mantenimiento del Centro Administrativo Distrital C.A.D.

3. Atender las quejas y solicitudes que presenten los/as usuarios/as respecto del funcionamiento del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.

4. Presentar a consideración del Comité, por intermedio del//a Secretario/a del mismo, los planes, programas y estrategias que en su criterio deban adoptarse dentro del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- para que éste de cabal cumplimiento a las funciones que le corresponden.

5. Presentar al Comité un informe trimestral de labores.

6. Solicitar al/la Presidente/a o al/la Secretario/a del Comité, la realización de sesiones extraordinarias, cuando así lo estime conveniente.

A Su vez el Decreto Distrital 519 de 2011 "Por el cual se crea el Comité para la Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- y se dictan otras disposiciones",

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Ay. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www.haciendabogota.goy co Información Línea 195

ISO 9001 B G T HUqF1NA

.:.1coniec

SC 8322-1 GP 114.1

5

ALCALDiA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SE CLII BARIA DE HACIENDA

designa al Subdirector/a Administrativo/a de la Secretaría Distrital de Hacienda, o quien haga sus veces como encargado de la gestión administrativa del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.-, y le asigna las funciones que deberá realizar, a efecto de garantizar el buen uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica en el C.A.D.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Distrital 519 de 2011, el Comité para la Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D, tiene entre otras funciones la de adoptar el "Reglamento y manual de convivencia" para garantizar el uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica en el Centro Administrativo Distrital -C.A.D., consultando en lo que corresponda a las autoridades y Entidades competentes.

En relación con la convivencia, se tiene que es un valor muy importante para los seres humanos ya que esta es la acción de interrelacionarse con otras personas de forma solidaria, partiendo del hecho, que cada individuo es un ser social que tiene un espacio que merece ser respetado y valorado, el cual se ve reflejado en el bienestar de la sociedad.

Por lo anterior, cada uno de los servidores públicos, contratistas de las diferentes entidades que comparten las instalaciones del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD y los visitantes al mismo, deben observar puntual y estrictamente las normas de convivencia previstas en el presente manual, permitiendo con ello ejercer un control de los derechos individuales, sin vulnerar los derechos generales de las demás personas que disfrutan de las instalaciones del Edificio.

Las normas de convivencia aquí previstas, son una guía a cumplir y a seguir de comportamiento básico, que se deben conocer, entender y acatar, ya que contienen reglamentos en pro de los derechos y deberes de los servidores públicos, contratistas, visitantes y en general de toda la ciudadanía, que usa y/o disfruta de las instalaciones del Edificio, y que tienen como propósito principal, garantizar la convivencia armónica y pacífica en el Centro Administrativo Distrital - CAD, partiendo de comportamientos respetuosos hacia los demás, hacia los recursos físicos y hacia el ambiente en general.

La administración del Centro Administrativo Distrital-CAD, garantiza a los servidores públicos, contratista, visitantes y en general de toda la ciudadanía que hace uso de las instalaciones del Edificio, el derecho que tienen a utilizar y disfrutar todos los servicios locativos de la planta física, así como las facilidades con que cuenta el Centro Administrativo Distrital - CAD por ser un bien de uso público. En consecuencia los anteriores tienen el deber de informarse sobre las disposiciones del presente "Reglamento y manual de convivencia", comprometiéndose a cumplir y hacer cumplir las normas dentro del ámbito de sus responsabilidades, incorporándolas a las prácticas cotidianas, seguirlas de una manera constructiva y armónica, por el bienestar de todos.

El fiel cumplimiento de este manual, garantiza la armonía y el éxito de las labores que a diario se realizan en el Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www.haciendabogota gov co Información Línea 195

4,f

Cip BuáG T HU(9ANFI

ISO 9001

Icon cc

SC 6322 , 1

OOP ISO 9001

Icontec

GP 114.1 SG 6322.1

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - D18 Av. Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www.haciendabogotagov.co Información' Linea 195

HUqt-INA

6

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARie.DE HACIENDA

1. DEFINICIÓN

El Reglamento y Manual de Convivencia es el conjunto de normas que orientan la conducta de los servidores públicos, contratistas y visitantes del Centro Administrativo Distrital-CAD, con el fin de regular las relaciones interpersonales, convirtiéndose en la guía para la aplicación, acción y convivencia a seguir.

2. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO Y MANUAL DE CONVIVENCIA

2.1 OBJETIVO GENERAL

Definir los lineamientos generales y el conjunto de orientaciones, para establecer los deberes, derechos y normas que orientan las actitudes y acciones de los Servidores Públicos, contratistas y visitantes, para garantizar la convivencia armónica y pacífica en el Edificio Centro Administrativo Distrital — CAD.

2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

• Promover un ambiente adecuado para la convivencia, el orden y el bienestar de los servidores públicos, contratistas y visitantes del Edificio Centro Administrativo Distrital —CAD.

• Fomentar el desarrollo de valores sociales, cívicos, morales y ecológicos mediante el cumplimiento de las normas aquí previstas, por los servidores públicos, contratistas y visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• Crear una cultura de respeto y de buena convivencia entre los servidores públicos, contratistas y visitantes al Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• Dar a conocer las normas sobre el uso de las zonas comunes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• Dar a conocer los derechos y deberes de los funcionarios y visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• Propender por la seguridad, bienestar y sana convivencia de los funcionarios y de los visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD

7

ALCALDiA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

3. MARCO LEGAL

• Constitución Política de Colombia

• Decreto Distrital 519 de 2011 "Por el cual se crea el Comité para la Administración del Centro Administrativo C.A.D., y se dictan otras disposiciones"

• Decreto 4741 de 2005 "Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos peligrosos generados en el marco de la gestión ambiental".

• Decreto 356 de 1994 "Por el cual se expide el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada".

• Decreto 1713 de 2002 "Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, la Ley 632 de 2000 y la Ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo, y el Decreto Ley 2811 de 1974 y la Ley 99 de 1993 en relación con la Gestión Integral de Residuos Sólidos (Art. 14, 15, 17, 18, 125)."

• Decreto 1140 de 2003 "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con el tema de las unidades de almacenamiento, y se dictan otras disposiciones".

• Decreto 400 de 2004 "Por el cual se impulsa en las entidades Distritales, el aprovechamiento eficiente de residuos sólidos". (Art. 1, 2, 4, 5 6)

• Decreto 456 de 2008 "Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones". (Art. 3 al 9, Art. 10 Parágrafo 2, Art. 13)

• Resolución 001 de 2001 "Manual de Procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y control de los Bienes en los Entes Públicos del Distrito Capital"

• Acuerdo 18 de 2000 "Por el cual se implementa en Bogotá D.C.; un programa educativo para el manejo integral de los residuos sólidos domésticos y se dictan otras disposiciones". (Art. 5)

• Acuerdo 73 de 2003 "Por el cual se expide el Código de Policía de Bogotá". Capítulo 7. Art. 83 Los residuos sólidos y desechos. Separación y reciclaje.

• Acuerdo 114 de 2003 "Por el cual se impulsa en las entidades distritales, el aprovechamiento eficiente de residuos sólidos."

• Acuerdo 333 de 2008 "Por el cual se desarrolla la política de reducción de costos ambientales en las entidades del Distrito Capital y se crea la figura de gestor ambiental".

• Acuerdo 243 de 2009 "Por el cual se reglamenta la figura del Gestor Ambiental prevista en el Acuerdo 333 del 2008".

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov co Información Línea 195

1909001 B G T HUcliANA

Icontec

SC 6322•1

8

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETORIA DE INEENDA

• NTC-ISO 14001. Norma Técnica Colombiana, norma que está basada en la metodología conocida de planear, hacer, verificar y actuar donde se busca siempre el mejoramiento continuo, buscando que las organizaciones pueden enfocarse a dar cumplimiento a aspectos legales.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov co Información. Línea 195

1SO 9001 F1159,1,1

contec

SC 6322.1

9

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETAR...UE..1

4. DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS Y VISITANTES

4.1 DERECHOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS

• Usar y disfrutar de todas las áreas comunes y bienes comunales del Edificio, como lo son: (Ascensores, pasillos, escaleras, baños públicos, comedores, etc.).

• Usar los parqueaderos del Edificio, cumpliendo con el "Reglamento interno para el uso de los estacionamientos del Centro Administrativo Distrital — CAD".

• Usar y disfrutar de los servicios de aseo y cafetería que presta el Edificio en cumplimiento de los reglamentos internos, para las zonas comunes.

• Usar los servicios de seguridad y vigilancia que presta el Edificio, en cumplimiento de los reglamentos internos, para las zonas comunes.

• A desarrollar sus funciones habituales en un espacio, limpio, saludable y estético, con el cumplimiento de las más elementales normas de educación, ética y salubridad.

• A la libre locomoción dentro de las áreas permitidas y no restringidas por parte de la administración del Edificio.

• A recibir un trato digno por parte del personal que labora en el Edificio, así como de los demás servidores públicos, contratistas y personas que visiten el Edificio.

• A tener conocimiento de las rutas de evacuación y los puntos de encuentro establecidos en caso de presentarse alguna emergencia.

• A recibir información general.

4.2 DERECHOS DE LOS VISITANTES

• Usar y disfrutar todas las áreas comunes y bienes comunales del Edificio, como lo son: (Ascensores, pasillos, escaleras, baños públicos, comedores, etc.).

• A la libre locomoción dentro de las áreas permitidas y no restringidas por parte de la administración del Edificio.

• A recibir un trato digno por parte del personal que labora en el Edificio, así como de los demás funcionarios y personas que visiten el Edificio.

• A recibir información sobre las diferentes áreas locativas del Edificio.

• A conocer las rutas de evacuación y los puntos de encuentro establecidos en caso de presentarse de emergencia.

• A recibir información general.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov.co Información Linea 195

50 9001 BOUT .„. HU(9ANFI

Icontec

sc 6312.1

10

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE HACIENDA

5. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, CONTRATISTAS Y VISITANTES

5.1 DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS

• Respetar a los todos servidores públicos, contratistas, visitantes, y personal en general que labore y/o visite el Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• Informar a la administración del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD o al personal competente, cualquier anomalía que se detecte dentro del mismo.

• Transitar por las zonas comunes y de servicios del Edificio, sin obstruir el acceso de los servidores públicos, contratistas de las demás entidades y visitantes.

• Proteger los recursos y bienes del Edificio.

• Garantizar un ambiente sano, bajo las normas de higiene y salubridad.

• Cumplir con las normas de salida e ingreso de bienes, y demás procedimientos establecidos por la Administración del Edificio.

• Portar el carné que lo identifica como servidor público o contratista, en un lugar visible.

• Introducir la basura en las correspondientes bolsas de polietileno, que se encuentran en cada piso del Edificio.

• Depositar las cajas, bolsas, objetos de vidrio u otros residuos, en los lugares previstos para tales efectos por cada entidad y la administración del Edificio.

• Cumplir con las normas y los reglamentos internos del Edificio.

• Cumplir con las disposiciones previstas en el presente manual, procurando el orden, la moralidad y el respeto a las demás personas que visiten y laboren en el Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• Depositar los residuos, en las correspondientes bolsas de polietileno, dispuestas en cada piso, realizando una adecuada separación en la fuente, para lo cual deberá guiarse con los avisos ubicados cerca a las canecas.

5.2 DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS VISITANTES

• Respetar a los servidores públicos, contratistas y demás personas que labora y visitan el Edificio.

• Cumplir con las condiciones, obligaciones y restricciones que impone el Edificio

• Informar al personal competente, cualquier anomalía que se detecte en su visita al Edificio.

• Transitar por las zonas comunes y de servicios del Edificio, sin obstruir el acceso de los servidores públicos y contratistas de las demás entidades y visitantes.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota.gov . co Información: Linea 195

eip 1SO 9001

icon ec

SC 6322-1 GP 114-1

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECREIPAIA DE 110,10IDA

• Proteger los recursos físicos y bienes del Edificio.

• Solicitar en forma oportuna y respetuosa, la información que requiera

• Registrarse en la entrada del Edificio cada vez que realice el ingreso al mismo.

• Anunciarse con el personal encargado y con el funcionario al que visita.

• Depositar los residuos, en las correspondientes bolsas de polietileno, dispuestas en cada piso, realizando una adecuada separación en la fuente, para lo cual deberá guiarse con los avisos ubicados cerca a las canecas.

• Cumplir con la norma y los reglamentos internos del Edificio.

• Cumplir este manual, mantener el orden, la moralidad y el respeto a las demás personas que visiten y laboren en el Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - D113 Av Calle 17 N° 6513 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información Linea 195

BOGOTÁ91

SO 8001

,Ilcontec

SC 6322 1

12

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE HACIENDA

6. PROHIBICIONES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS, CONTRATISTAS Y VISITANTES AL EDIFICIO CAD

• Hacer inadecuado uso de las zonas comunes del Edificio.

• Instalar comedores, hornos microondas y demás elementos en los pasillos y halls del Edificio que impidan el tráfico adecuado y seguro de los servidores públicos, contratistas y visitantes en los pasillos y halls del Edificio.

• Utilizar los parqueaderos como lugar de juegos o reuniones.

• Fumar en las áreas comunes del Edificio, como son oficinas, pasillos, escaleras, baños, ascensores, mezanines, entradas peatonales, pasillos externos, parqueaderos y áreas que estén dentro del perímetro privado del mismo.

• Consumir bebidas alcohólicas, embriagantes o sustancias psicoactivas dentro de las instalaciones y áreas comunes del Edificio

• Permitir el ingreso al Edificio de vendedores de bienes y servicios, no autorizados por la administración del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• Agredir verbal o físicamente al personal que presta sus servicios al Edificio, así como a los servidores públicos, contratistas y visitantes.

• Acceder a zonas restringidas por parte de la administración del Edificio.

• Ingresar mascotas al Edificio.

• Introducir explosivos, inflamables o corrosivos o ejecutar cualquier acto que atente contra la solidez, salubridad y seguridad del Edificio.

• Instalar máquinas, aparatos que produzcan ruidos, vibraciones o sonidos estridentes que incomoden o que causen daños o interfieran los servicios de las demás entidades del Edificio.

• Ingresar al Edificio sin portar el correspondiente carné o sin ser registrado.

• Ingresar al Edificio sin autorización del funcionario al cual va a visitar.

• Destruir, rayar o causar cualquier tipo de perjuicio o daño a los bienes u objetos de las zonas comunes.

• Ingresar orquestas y grupos musicales así como realizar de eventos sociales, sin previa autorización de la administración del Edificio del Centro Administrativo Distrital -CAD.

• Instalar stand comercial y realizar actividades de venta y/o comercialización de bienes y servicios, no autorizados por la administración del Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD. Ocasionalmente, se autorizará la ubicación de un espacio adecuado y seguro para realizar las exposiciones de carácter institucional y que sea de beneficio general para los funcionarios del Edificio. Este espacio se debe solicitar formalmente y por escrito a la Subdirección Administrativa de la Secretaría de Hacienda para su respectiva aprobación.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov co Información Linea 195

tS0 9001

,: › Icon PC

SC 8322-1

13

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE HACIENDA

7. ZONAS DE USO COMÚN

Las zonas de uso común por su naturaleza o destinación permiten o facilitan la existencia, estabilidad, funcionamiento, conservación y seguridad de las instalaciones del Edificio, de igual manera son imprescindibles para el uso y disfrute de los bienes de dominio particular y público, cuyo propósito principal es el uso común de los servidores públicos, contratistas y visitantes al Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD.

Entre las zonas de uso común se encuentran los parqueaderos, el comedor, escaleras, pasillos, cubiertas, centro de acopio, ascensores, zonas de descargue, entre otras, en las cuales no se prohíbe o restringe el acceso y la libre locomoción.

7.1 USO DEL COMEDOR

Este lugar fue adecuado por la Secretaria Distrital de Hacienda en el año 2008, para que los servidores públicos y contratistas de las diferentes entidades que hacen uso de las instalaciones del Centro Administrativo Distrital — CAD, contaran con un espacio de cafetería y comedor. Está ubicado en el sótano del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

La Secretaria Distrital de Hacienda tiene dispuesta en el área de cafetería 8 hornos microondas, que pueden ser utilizados por los Servidores Públicos y/o contratistas en el horario establecido (lunes a viernes de 11:45 a 3:00 p.m.) para calentar sus almuerzos, con la ayuda de dos operarias asignadas del contrato de aseo y cafetería.

Estas mismas operarias son las encargadas de mantener el comedor en perfectas condiciones de aseo y salubridad.

El comedor está dotado de:

• 8 hornos Microondas • 97 sillas • 26 mesas

Las recomendaciones y/ o reglas generales, a tener en cuenta para facilitar el uso y disfrute del comedor ubicado en las instalaciones del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, son las siguientes:

• Utilizar las instalaciones del comedor en forma ordenada, haciendo la respectiva fila según orden de llegada.

• Calentar los alimentos máximo 3 minutos, sugerido por los técnicos en hornos microondas.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov co Información . Línea 195

iso 9001

11:1 lcontec

Se 6322 ' GP 114-1

14

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE HACIENDA

• Mantener un nivel de ruido tolerante por demás usuarios del comedor, sin que se llegue a causar molestias o incomodidad a las demás personas que disfrutan de este beneficio.

• Dejar el salón en el estado de organización y aseo en el que se encontró.

• Hacer uso de las canecas y bolsas disponibles para el manejo de residuos.

• No arrojar desperdicios o residuos de alimentos al sifón del lavaplatos y evitar que este se tape.

• No dañar, ni rayar las mesas, sillas, paredes y demás objetos que hacen parte del mobiliario del comedor.

• Responder directamente ante la administración del Edificio, por los daños ocasionados a los objetos ubicados en el comedor.

7.2 USO DE CUBIERTAS

Se llaman cubiertas al elemento constructivo que protege a los Edificios en la parte superior y por extensión, a la estructura sustentante de la misma, cuya función fundamental es ofrecer protección al Edificio contra los agentes climáticos y otros factores, así como para resguardo, privacidad, aislación acústica y térmica.

Por la condición y las necesidades del Edificio, este disponé de cubiertas en la torre A, torre B, intermedia del piso 3 y del costado oriental, en las cuales se encuentran ubicadas los tanques de almacenamiento de agua potable, cuartos de máquinas de los ascensores y aires acondicionados.

7.2.1. Generalidades

• Las cubiertas del Edificio no tienen ningún uso o servicio particular para los servidores públicos, contratistas y visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, por seguridad de la comunidad en general y por estar ubicada dentro de las áreas restringidas del Edificio.

• Sólo se permite el ingreso a estas áreas, al personal autorizado con el respectivo Vo. Bo., del Administrador del Edificio.

• En el caso de la instalación de equipos de comunicaciones, previo el cumplimiento de los requisitos legales y de conexión, se permitirá el ingreso siempre y cuando se cuente con la previa autorización de la Dirección de Sistemas e informática de la Secretaría Distrital de Hacienda, así como con los permisos y licencias de comunicaciones.

• Únicamente se permite el acceso para toma de fotografías y videos exclusivamente para asuntos institucionales, previa la autorización del Administrador del Edificio.

• Para acceder a las cubiertas del Edificio, es necesario solicitar autorización previa por escrito a la Subdirección Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, en su calidad de administrador del Edificio, indicando el objeto del acceso, justificación,

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000

)1 \

www.haciendabogota.gov.co Información. Línea 195

GO 9001 ~ Yd G T

HIRRNA

<1.» [cornee

SC 6322•1 GP 114.1

15

ALCALIXA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA Dé HACEN

personas autorizadas, día y hora programada. La autorización se debe realizar mínimo con 8 horas hábiles de antelación al acceso.

• Las personas autorizadas deberán tener afiliación vigente a una ARP y accederán con el acompañamiento de la Supervisión del servicio de Vigilancia y Seguridad privada del Edificio.

• Las personas que tengan acceso a las cubiertas no deben ingresar con tacones o zapatos puntudos.

7.3 USO DE ASCENSORES

Los ascensores permiten brindar mayores facilidades de acceso para los servidores públicos, contratistas y visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

El Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, cuenta con ocho (8) ascensores de pasajeros distribuidos de la siguiente manera cuatro (4) en el costado oriental y cuatro (4) en el costado occidental del Edificio; adicionalmente cuenta con un (1) ascensor exclusivamente de carga que se encuentra ubicado en el pasillo del costado oriental del Edificio.

Las disposiciones contenidas en este reglamento y manual, tiene por finalidad informar a los servidores públicos, contratistas y visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, sobre las normas de convivencia y las reglas sobre el uso y disfrute de los ascensores, para mitigar los accidentes que se puedan presentar con el mal uso de los mismos.

7.3.1 Normas generales para el uso de ascensores de pasajeros

• El ascensor de pasajeros es para el transporte de los servidores públicos, contratistas y visitantes al Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• El cupo máximo permitido de pasajeros por ascensor es de 20 personas.

• Los pasajeros deben permitir la salida de las personas que lo están ocupando, antes de ingresar al ascensor.

• Los pasajeros deben ubicarse lo más alejado posible de la puerta interior del ascensor, para facilitar el ingreso de las demás personas.

• Los pasajeros deben permitir el ingreso o salida de las demás personas, manteniendo las distancias establecidas, en el evento de encontrarse ubicado dentro del ascensor.

• El ascensor no debe retenerse para conversar o esperar a otras personas. Se debe liberar, y pedir de nuevo cuando sea preciso.

• La zona de botones del ascensor debe dejarse libre, para que el usuario pulse el botón requerido.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N ° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov.00 Información Linea 195

I .1 Hlic2ANR

cOnt?C

SC 6322

16 • ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ GC.

SECIIETAMACE HACIENDA

• El ascensor de pasajeros no permite el transporte de bultos o elementos que por su tamaño y/o características, puedan dañar el interior de la cabina, ni de equipos, elementos de obra, deshechos o basuras. Para tal fin, se debe utilizar el ascensor de carga, ubicado en el costado oriental del Edificio.

• Se debe procurar no utilizar el ascensor para subir o bajar entre uno y tres pisos, a menos que sea persona discapacitada, tercera edad, mujeres embarazadas o con niños.

• No debe utilizarse el ascensor en caso de emergencia, ni cuando el ascensor se encuentra en mantenimiento.

• Debe darse prioridad a personas discapacitadas, de la tercera edad, mujeres embarazadas o con niños.

• No debe arrojase basuras dentro del ascensor.

• En caso de quedar atrapado en el interior del ascensor, no se asuste, mantenga la calma y no intente salir por su cuenta. Pulse el botón de emergencia y espere la intervención del personal autorizado para ser atendido inmediatamente.

• Los niños menores de 12 años, podrán hacer uso del ascensor acompañados de una persona mayor de edad, a cargo de ellos.

• La Subdirección Administrativa de la Secretaria Distrital de Hacienda, es la única responsable del mantenimiento de los ascensores de pasajeros, en su condición de Administradora del Edificio.

• Por ningún motivo los servidores públicos, contratistas y visitantes al Edificio podrán manipular el mecanismo de funcionamiento de los ascensores. Cualquier anomalía deberá ser informada inmediatamente a la administración del Edificio.

7.3.2 Normas generales para el uso del ascensor de carga

• Sólo debe ser utilizado para tal propósito, no para el transporte de personas.

• Normalmente debe ser utilizado por el personal de mantenimiento, aseo y el personal del grupo de bienes e inventarios para el transporte de insumos de obra, herramientas, desechos de obra, mobiliario de oficina, equipos de cómputo, comunicaciones, sonido, útiles de oficina, residuos o similares y/o excepcionalmente cuando se programen eventos para el respectivo ingreso de alimentos por parte de los respectivos organizadores con previo Vo. Bo. del administrador del Edificio.

• No se pueden transportar elementos dentro del ascensor, sin la compañía de la persona responsable.

• No se debe forzar la entrada ni salida de elementos, ni dañar o rayar la cabina.

• No debe utilizarse el ascensor cuando se encuentre en mantenimiento o en caso de emergencia.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información Línea 195

BaG HIW/FINFI

. Icon ec

SC 6322-1

GP 119-1

17

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRE1MA HACENOA

• En caso de quedar atrapado en el interior del ascensor, no se asuste, mantenga la calma y no intente salir del ascensor por su cuenta. Pulse el botón de emergencia y espere la intervención del administrador del Edificio o de alguien autorizado para prestar auxilio.

• El ascensor no debe retenerse forzadamente para ingresar o retirar insumos de obra, herramientas, desechos de obra, equipos de oficina, residuos o similares. Se debe liberar, y pedir de nuevo cuando sea preciso.

• La Subdirección Administrativa de la Secretaria Distrital de Hacienda, es la única responsable del mantenimiento de los ascensores, en su condición de Administradora del Edificio.

7.4 USO DE BODEGAS

El presente capítulo busca establecer los criterios técnicos - normativos de carácter práctico, que permitan una eficiente administración y control de los bienes, materiales e insumos, a fin de lograr el control y un oportuno y sistemático abastecimiento a los centros de trabajo, para el cumplimiento de los planes operativos del Edificio.

Las bodegas del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD son utilizadas para el almacenamiento, custodia y salvaguarda de los bienes devolutivos y de consumo tanto nuevos como usados, por ende se dan las siguientes recomendaciones y/ o reglas generales que hay que tener en cuenta para facilitar el uso y disfrute de las bodegas dentro de las instalaciones del Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD:

• Se prohíbe cualquier otro uso que no sea el de destino de la bodega, es decir almacenar o conservar materiales y bienes de las Entidades.

• Cada entidad adecuará sus propios depósitos, para el almacenamiento de bienes muebles o insumos, requeridos para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

• Las entidades garantizaran la adecuada custodia y seguridad de los bienes muebles o insumos guardados en los depósitos del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• No está permitido usar los pasillos, escaleras y puntos fijos para ubicar elementos que deben ser custodiados en bodegas.

• No está permitido usar los parqueaderos como depósitos, para almacenar muebles, enseres o materiales de construcción.

• Las entidades que disfrutan de las instalaciones del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, deben garantizar el adecuado manejo de los residuos peligrosos custodiados en lós depósitos, dando cumplimiento a la normatividad vigente sobre el tema.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www hacienclabogota gov.co Información: Linea 195

150 9001

SC 6322

18

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE HACIENDA

8. ASPECTOS AMBIENTALES

Los aportes de cada uno de los servidores públicos y contratistas de todas las entidades que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, en el marco de la gestión ambiental deben ser enfocados en las siguientes reglas:

• Participar en los programas y políticas gestionadas por el equipo de gestión ambiental.

• Participar en las actividades convocadas para la semana ambiental.

• Separar los residuos orgánicos, no aprovechables y reciclables en los puntos ecológicos ubicados por cada una de las entidades.

• Acoger las mejores prácticas ambientales tanto al interior de las entidades como en las zonas comunes.

• Respetar las zonas naturales, o zonas verdes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD y todos sus elementos.

• Apagar los vehículos al ingresar a los parqueaderos tanto por su propia seguridad, como por seguridad del cuerpo de vigilancia y de sus caninos.

• Todas las entidades del Edificio deberán apagar totalmente la iluminación de los pisos a cargo y de las zonas comunes que estén controladas por cada una, a las 8:00 p.m. de lunes a viernes hábiles, los sábados, domingos y festivos no se deben encender, excepto las lámparas de iluminación donde los funcionarios requieran trabajar. Los baños, subestaciones cuartos eléctricos, de cableado, bodegas y demás sitios deberán permanecer apagados mientras no se estén utilizando.

• La vigilancia privada apagará la iluminación de las entidades que no acaten la medida de apagado a las 8:00 p.m.

• Las entidades deben instalar sistemas de control de apagado y encendido de lámparas para sitios de poco tráfico y circulación.

• Apagar los equipos de cómputo al finalizar la jornada laboral.

• Informar a los responsables de cada entidad, en caso de encontrar fallas o escapes en las llaves o fuentes de agua.

• Usar el agua proveniente de los grifos de forma adecuada y siempre tendiendo al ahorro.

• Usar los inodoros que se encuentran al servicio de las diferentes entidades, de manera adecuada, evitando depositar residuos que puedan obstruirlo, ya que un inodoro en estas condiciones, requiere mayor cantidad de agua para su limpieza. Los residuos deben ser depositados en la caneca que se encuentra al lado del mismo.

• Bajar la llave del inodoro con la mano ya que al accionarla con el pie puede sufrir fallas, lo que ocasiona escapes innecesarios de agua.

• Evitar el lavado de elementos tales como pocillos, platos, entre otros, en los lavamanos y evitar derramar agua en el piso y sobre la superficie de los lavamanos.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www.haciendabogota gov. co Información Línea 195

BO 9001 B G T HIR9ANF1

¡cantee

SC 6322-1

19

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SEC!. LAFIIA OE NACENDA

• Hacer uso adecuado los elementos que se encuentran en los diferentes baños, entre los cuales están el dispensador de papel higiénico, el dispensador de jabón para manos, el bactericida sanitario, el ambientador y el secador de manos. La manipulación de dichos elementos está a cargo del personal de aseo, por lo tanto debe abstenerse de abrirlos y reubicarlos, para evitar daños en el mismo.

• Cerrar la puerta al salir del baño y entregar la llave al vigilante que se encuentra a la entrada del piso. A su vez, los funcionarios deben evitar entrar a los baños de las otras entidades, a menos que exista una autorización por posibles contingencias que se puedan presentar.

8.1 MANEJO DEL CENTRO DE ACOPIO

El centro de acopio es el lugar donde se almacenan y clasifican los residuos de tipo convencional que generan las diferentes Entidades que integran el Centro Administrativo Distrital. En este lugar se acopian los residuos de tipo reciclable como lo son el papel, cartón, vidrio, metales, entre otros. Los residuos orgánicos y no aprovechables, se depositan directamente en los colectores de la empresa de aseo, que se encuentran fuera del centro de acopio.

En este lugar, también se almacenan lámparas de mercurio generadas por las diferentes entidades. El manejo de estas, se puede ver en el apartado Residuos Peligrosos.

8.1.1 Manejo de residuos convencionales

Se entiende por residuo convencional aquel objeto, material, sustancia o elemento sólido que por su naturaleza, uso, consumo y/o contacto con otros elementos, no es peligroso y cuyo origen proviene de las actividades convencionales realizadas por el ser humano, en este caso los servidores públicos, contratistas y visitantes que ocupan el Centro Administrativo Distrital.

Las entidades que ocupan el Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, deben seguir las siguientes pautas en lo referente al manejo del centro de acopio.

8.1.1.1 Condiciones generales

• En las instalaciones de las entidades que ocupan el Centro Administrativo Distrital -CAD, se instalarán recipientes debidamente demarcados para depositar los residuos, facilitar la comprensión del usuario y lograr una adecuada separación en la fuente.

• La disposición final de los residuos convencionales se hará según su tipo. Los residuos reciclables, serán entregados a la organización de recicladores con quien se suscriba el Acuerdo de Corresponsabilidad, en cumplimiento del Decreto Distrital 400 de 2004 y los residuos orgánicos o no aprovechables serán enviados al relleno sanitario.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov.co Información Línea 195

180 9001

,blcontec

SC 6722 GP 114-1

20

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETPRiA DE HACIENDA

• El Centro Administrativo Distrital, deberá contar con un Acuerdo de Corresponsabilidad con Asociaciones de recicladores, cumpliendo así el Decreto 400 de 2004, recomendándose a cada una de las entidades que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, firmarlo de manera individual procurando la suscripción con la misma asociación para facilitar el manejo de los residuos.

8.1.1.2 Pautas para el manejo de los residuos convencionales

• Los servidores públicos y contratistas, deben realizar una adecuada separación en la fuente, en los recipientes señalizados y destinados para tales efectos.

• El personal asignado para realizar las labores de aseo, debe recoger los residuos generados en cada una de las entidades, cerrar las bolsas que contienen los residuos convencionales y bajarlos al centro de acopio exclusivamente por el ascensor de carga, en horarios de baja afluencia de público. Bajo ninguna circunstancia, podrá dejarlas en las áreas comunes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• El personal asignado para realizar las labores de aseo debe ubicar las bolsas en el centro de acopio, pesarlas y anotar el resultado en las planillas que para ese efecto, se tienen en el lugar.

• El personal asignado para realizar las labores de aseo deben estar debidamente uniformado y usar todos los elementos de protección industrial necesarios para realizar las diferentes actividades.

• El personal asignado para realizar las labores de aseo debe depositar los residuos orgánicos y no aprovechables dentro de los colectores de la empresa de aseo, en bolsas debidamente cerradas, para evitar escapes de material.

• El personal de la Asociación de Recicladores con quien se suscriba el Acuerdo de corresponsabilidad, debe seleccionar los residuos en la bolsa destinada para tales efectos, pesarlos y embalarlos para su posterior transporte. También deberá anotar el peso del material de rechazo.

• El personal de la Asociación de Recicladores, debe evacuar los residuos reciclables en un tiempo menor a 15 días calendario, solicitando autorización de entrada del vehículo transportador, usando el formato 42 F — 04 Autorización de Ingreso a parqueaderos de visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD y otras sedes, al personal de seguridad del Edificio.

• El personal de la Asociación de Recicladores debe entregar al personal de apoyo al PIGA de la Secretaria Distrital de Hacienda, el formato de Registro de Generación de Residuos convencionales, junto con el de Generación de Residuos Reciclables los días 1 ó 15 del mes, o el siguiente día hábil.

• Está prohibido el acceso de personal no autorizado al área del centro de acopio, para lo cual personal de seguridad hará cumplir esta restricción.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información Línea 195

iS0 9001

,b1contec

SC 63221

GP 114.1

2 1

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETAR.. 1-1.NCIE,4

8.1.2 Manejo de residuos peligrosos

Se entiende por residuo peligroso aquel que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se consideran residuos o desechos peligrosos los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.

8.1.2.1 Condiciones Generales

• Los residuos peligrosos considerados en éste apartado y su manejo, se encuentran referidos en el anexo l y II del Decreto 4741 de 2005 o la norma que lo modifique o lo sustituya.

• En el centro de acopio por ser un espacio reducido, solo se podrán almacenar luminarias de mercurio, (debidamente embaladas y marcadas). Los demás residuos peligrosos deben ser almacenados por cada una de las entidades, en el lugar que consideren pertinente para este fin.

• El tiempo máximo de almacenamiento de los residuos peligrosos en el centro de acopio, será de tres (3) meses. Cumplido este tiempo, los residuos deberán ser evacuados inmediatamente por la entidad generadora del residuo.

• El personal encargado, del manejo de los residuos peligrosos generados al interior de las diferentes entidades, debe usar los elementos de protección personal necesarios para la realización de las diferentes actividades.

• El personal encargado, del manejo de los residuos peligrosos (personal de aseo y mantenimiento definido por cada entidad) generados al interior de las diferentes entidades, debe estar capacitado en manejo integral de los mismos, de acuerdo con lo establecido en sus lineamientos.

8.1.2.2 Pautas para el manejo de los residuos peligrosos

• El personal encargado del movimiento de los residuos peligrosos dentro del Edificio, debe bajar los residuos generados en cada una de las entidades, exclusivamente por el ascensor de carga, en horarios de baja afluencia de público.

• El personal encargado del movimiento de los residuos peligrosos dentro del Edificio, debe manipular los residuos de manera adecuada, de modo que se eviten fugas de materiales peligrosos. En caso de presentarse esta contingencia deberá usar un kit antiderrames proporcionado por la entidad generadora de los residuos y seguir las medidas de seguridad.

• El personal encargado del movimiento de los residuos peligrosos dentro del Edificio, debe depositar las luminarias de mercurio en el centro de acopio, en cajas marcadas con los datos de la entidad, peso y la cantidad de luminarias debidamente apiladas. Para

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov co Información Linea 195

S09001

.11cpntec,

SC 6322 1

22

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE HACIENDA

ingresarlas al centro de acopio, deberá diligenciar el formato que le proveerá el personal de la Empresa de Vigilancia que se encuentre de turno. Bajo ninguna circunstancia podrá dejarlas sueltas y sin la debida información.

• Las entidades no deben dejar en las áreas comunes del Edificio, residuos peligrosos que puedan causar impactos negativos a la salud y al ambiente.

• Las entidades deben realizar el almacenamiento de los residuos peligrosos, teniendo en cuenta las medidas de seguridad, para evitar incendios o reacción de materiales incompatibles.

• Las entidades deben evacuar los residuos peligrosos almacenados en el centro de acopio en un tiempo menor a 3 meses, tiempo en el cual deberán solicitar autorización de entrada del vehículo transportador, usando el formato 42 F — 04 Autorización de Ingreso a parqueaderos de visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD y otras sedes, al personal de seguridad.

• El personal encargado del manejo de residuos peligrosos, debe asegurarse que todas las sustancias peligrosas recibidas para ser almacenadas, están etiquetadas según los lineamientos establecidos.

• El personal encargado del manejo de residuos peligrosos, debe cooperar lo más estrechamente posible con las entidades, en el marco de las responsabilidades de estas últimas, atendiendo los procedimientos y prácticas establecidos por la normatividad ambiental vigente y demás lineamientos por parte de las entidades, con miras al manejo seguro de sustancias y residuos peligrosos en el trabajo, eliminando o reduciendo los riesgos e impactos ambientales, como por ejemplo:

o Leer y entender las etiquetas, hojas de seguridad y los procedimientos antes de manipular las sustancias químicas peligrosas.

o Usar adecuadamente el equipo de protección personal.

o Conocer la ubicación de las hojas de seguridad, equipos, dispositivos y salidas de emergencia del lugar donde se almacenen residuos peligrosos y del Edificio.

o Participar en los entrenamientos y simulacros del Plan de Emergencia organizados por la Brigada de emergencia del CAD.

o Informar inmediatamente al funcionario que apoye las labores del Plan Institucional de Gestión Ambiental, sobre incidentes operacionales, como derrames, conatos de incendio, etc.

o Mantener el lugar de almacenamiento de residuos peligrosos, ordenado y limpio.

• El personal de la Empresa de Vigilancia que se encuentre de turno en el centro de acopio, debe verificar que los residuos peligrosos llevados a este lugar, (específicamente lámparas de mercurio), se encuentran debidamente embalados, (caja o empaque original)

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información Linea 195

top

190 9001

con , c

SC 6322-1 GP 114-1

23

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SE 1'1. 1,12,DE 1-1ACIF

y etiquetados. El personal, que ingresa residuos peligrosos al centro de acopio, debe diligenciar el formato de movimientos de residuos peligrosos.

• Las entidades deben entregar los residuos peligrosos al proveedor, para su debida devolución post consumo o a una empresa que certifique su aprovechamiento o disposición final adecuada, de acuerdo con la normatividad vigente. La entrega deberá realizarse teniendo en cuenta las recomendaciones consignadas en las hojas de seguridad que acompañan al residuo. Esta actividad está a cargo del personal operativo de mantenimiento y/o servicios generales; el gestor ambiental de la entidad generadora del residuo, el personal de apoyo al PIGA, la empresa transportadora y la empresa encargada de realizar la disposición final del residuo.

8.1.3 Manejo de residuos especiales

Se entiende por residuo especial, aquel que por sus características no puede considerarse un residuo peligroso pero que requiere una disposición final especial, ya que no se debe entregar a organizaciones de recicladores y no se puede disponer en rellenos sanitarios. En el Centro Administrativo Distrital, los residuos que se clasifican en este tipo son escombros, madera y llantas, ya que requieren una gestión adecuada, diferente de la que se da a un residuo convencional o a un residuo peligroso.

8.1.3.1 Condiciones Generales

Toda obra civil o de mantenimiento locativo que se realice en el Centro Administrativo Distrital y de la que puedan resultar residuos, escombros o materiales de construcción, deberá seguir los lineamientos para la recuperación, reciclaje, almacenamiento, transporte y disposición final que determinen la Resolución 541 de 1994, el Decreto 357 de 1997 y la Resolución 2397 de 2011, o las normas que las modifiquen o sustituyan.

8.1.3.2 Pautas para el manejo de los residuos especiales

• El contratista encargado de la realización de obras dentro del Edificio, deberá recoger los escombros en lonas u otros medios que eviten derrames y bajarlos para su transporte inmediato, exclusivamente por el ascensor de carga, en horas de baja afluencia de público.

• Las entidades que ocupan el CAD, deben solicitar a la Subdirección Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda en su condición de Administrador del Edificio, la autorización para bajar al parqueadero los residuos especiales tales como escombros o madera, para su inmediato transporte y solicitar autorización de entrada del vehículo transportador de los residuos, usando el formato 42 F — 04 Autorización de Ingreso a parqueaderos de visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD y otras sedes.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N ° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av Calle 17 N ° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www. haciendabogota.goyco Información Linea 195

01, B G T HU(9FINA

ISO 9001

41. Icon ec

SC 63221 GP 114-1

24 • ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ De.

SECRETAR.. HACIENDA

• El personal encargado del manejo de residuos especiales, designado por cada entidad, bajo ninguna circunstancia debe depositar los mismos, en los colectores de residuos orgánicos y no convencionales y no deberá dejarlos en el centro de acopio, por esta razón deberá tenerlos en el lugar de la obra hasta que determine el tiempo de su transporte.

• El personal de la Empresa de Vigilancia que se encuentre de turno, debe garantizar que los residuos especiales no se ubiquen en los colectores de residuos no aprovechables o en áreas aledañas a los parqueaderos.

• Las entidades bajo ninguna circunstancia podrán almacenar residuos especiales, en las áreas comunes del Edificio.

• El transportador de escombros, deberá cumplir con los requerimientos establecidos en la Resolución 541/94, o aquella que lo sustituya o modifique.

• Las entidades deberán realizar la disposición de los escombros en escombreras, autorizadas por la autoridad ambiental competente de acuerdo con el capítulo II del Decreto 357 de 1997 o aquella que lo sustituya o modifique.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www hacrendabogota gov. co Información. Línea 195

1SO 9001

4:11con ec

SC 6322 , 1

25

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SE,RE IN,. DE HACIENDA

9. SEGURIDAD Y VIGILANCIA

Las entidades que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital -CAD, para garantizar su normal funcionamiento cuentan en su patrimonio con bienes muebles que le permiten el desarrollo de las funciones que le son propias, entre los que se encuentran equipos, vehículos y enseres.

De igual manera ingresan a sus instalaciones un número considerable de servidores públicos, contratistas y visitantes en virtud del servicio público prestado.

Teniendo en cuenta dichas condiciones, se hace necesario adoptar medidas y protocolos de operación en seguridad, orientados a la debida conservación de los bienes de su propiedad o responsabilidad, y a la seguridad de todo el personal a su cargo.

Con fundamento en lo anterior, se describen a continuación, los lineamientos y directrices que en materia de vigilancia y seguridad privada se aplicaran para el Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD.

9.1 CONTROL DE ACCESO A SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS AL EDIFICIO DEL CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL — CAD

9.1.1 El acceso en días y horas hábiles para servidores públicos y contratistas que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD, será de lunes a viernes desde las 6:00 a.m. a las 8:00 p.m, presentando el carné- tarjeta de proximidad debidamente actualizado que lo acredita como tal, al personal de la Empresa de Vigilancia que se encuentre de turno.

Los servidores públicos y contratistas deberán sin excepción, utilizar y activar los molinetes y talanqueras de accesos peatonales y vehiculares al Edificio, a través del carné - tarjeta de proximidad, el cual debe portarse permanentemente en lugar visible.

9.1.2 El ingreso, salida y acceso a los diferentes pisos, para servidores públicos y contratistas que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital —CAD, operando el sistema de control de acceso con las tarjetas de proximidad.

El uso de esta tarjeta es personal e intransferible. No podrán ingresar, salir y acceder a los diferentes pisos, personas diferentes al usuario de estas tarjetas de proximidad.

9.1.3 El acceso en días1 y horas2 no hábiles para servidores públicos, contratistas que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD y

Se consideran días no hábiles, los sábados, domingos y festivos 2 Se consideran horas no hábiles desde las 8:00 p.m. a las 6:00 a.m. de lunes a viernes.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov co Información. Linea 195

190 9001

e- B¢ G T, HIR9FINA

rIvIeontec

SC 6322 1

26

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECPEIMi/DE HACIENDA

empleados de servicios tercerizados autorizados, se efectuará previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:

• Diligenciar el formato "Autorización de ingreso al Edificio y/o entidad en días y horas no hábiles - 42-F-02 "en su última versión.

• Radicar el formato de autorización en el puesto de vigilancia y seguridad ubicado en el mezanine costado oriental del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

• Si la solicitud requiere de ingreso de personas únicamente se requiere de 2 copias y si la solicitud requiere del ingreso de personal y vehículo se deben radicar 3 copias.

9.1.4 Todos los servidores públicos y contratistas que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, independientemente del cargo o nivel jerárquico que ostenten, deberán portar el carné institucional-tarjeta de proximidad, de manera permanente, en un lugar visible, sin excepción.

9.1.5 La pérdida del carné - tarjeta de proximidad, debe informarse inmediatamente por los servidores públicos y contratistas, al encargado en cada entidad y solicitarlo acorde con el procedimiento establecido por la misma para la adquisición del nuevo documento.

9.1.6 El responsable administrativo de cada entidad, debe establecer los mecanismos para que los servidores públicos y contratistas devuelvan el carné al finalizar su vinculación o contrato.

9.1.7 Los responsables de cada entidad, deberán enviar a la Subdirección Administrativa de la SDH en su condición de administradora del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, una relación de los servidores públicos y contratistas que prestan sus servicios en la entidad, con el fin de activar el carné - tarjeta de proximidad y permitir de esta forma la activación de los molinetes para el ingreso al Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD. La relación debe contener la siguiente información:

• Nombre completo • Cédula • Número de la tarjeta de activación • RH • Tipo de vinculación y fechas de activación de la tarjeta de aproximación.

Esta relación se debe remitir como mínimo tres veces al año, con el fin actualizar la información.

9.1.8 El acceso a las instalaciones del Edificio y los parqueaderos, se efectuará con la tarjeta de proximidad, de los molinetes dispuestos para control peatonal y de las puertas de acceso al sub sótano.

9.1.9 El ingreso y salida, se efectuará a través de la activación del carné institucional-tarjeta de proximidad al control de acceso, cuantas veces se requiera.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov.co Información: Línea 195

GO 9001

111K9ANR

icontec

SC 6322-1

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N ° 25 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información. Linea 195

B' T. HU(VANFI

o

ISO 9001

Icontee

SC 6322.1 GP 114-1

27

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ OC

SECRETAR. DE FIACINDA

9.1.10 El personal de la Empresa de Vigilancia que se encuentre de turno, no está autorizado para abrir puertas a los servidores públicos y contratistas, que poseen tarjeta de proximidad. El personal de la Empresa de Vigilancia, llevará un registro y reporte semanal de quienes no usan la tarjeta de proximidad.

9.1.11 Queda prohibido el acceso peatonal por el ingreso vehicular del sótano, sin excepción alguna (incluye conductores de todas las entidades y visitantes).

9.1.12 Todas las puertas con control de acceso deberán permanecer cerradas.

9.1.13 Cuando las puertas se encuentren abiertas porque están ingresando otras personas, se debe presentar igualmente la tarjeta de proximidad en las lectoras.

9.1.14 Los servidores públicos y contratistas no están autorizados para ofrecer o vender bienes o servicios al personal de seguridad.

9.2 CONTROL DE ACCESO A VISITANTES

9.2.1 Ingreso en días y horas hábiles para visitantes:

a.- Servidores públicos y contratistas de entidades públicas Nacionales o Distritales diferentes a las que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital -CAD:

Los servidores públicos y contratistas de las diferentes entidades públicas Nacionales o Distritales deberán registrarse ante el puesto de vigilancia del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, presentando el carné autorizado y vigente de la entidad donde presta sus servicios, con el fin de registrarlos en el sistema de control de visitantes. Hecho lo anterior, podrán dirigirse al piso o dependencia requerida.

b.- Visitantes, ciudadanos y contribuyentes:

Deberán solicitar autorización, en la recepción del ingreso costado oriental u occidental, presentado un documento de identidad con foto, con el fin de registrarlos en el sistema de control de visitantes. Hecho lo anterior, el personal de la Empresa de Vigilancia le autorizará el ingreso para dirigirse al piso o dependencia requerida.

Al momento del registro de visitantes, el personal de la Empresa de Vigilancia le expedirá un STICKER, que debe portarse en lugar visible, mientras permanece en las instalaciones del Edificio, el cual será devuelto a su salida.

c.- Se consideran horas no hábiles para visitantes, las comprendidas entre las 7:00 p.m. a las 7:00 a.m, teniendo en cuenta que el horario de atención en las entidades del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD es desde las 7:00 a.m. a 7:00 p.m., exceptuando el Supercade — Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

d.- Para visitantes a la Secretaría de Desarrollo Económico y visitantes que requieran asistir a las salas de capacitación del piso 9°-costado occidental, el ingreso autorizado se

28

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA. HACIENDA

debe efectuar por el costado occidental. Los visitantes que ingresan en vehículo por el parqueadero interno se deben registrar en la caseta del sótano del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

e.- Para el ingreso de hijos, familiares y niños/as menores de 12 años, los servidores públicos y contratistas deberá diligenciar previamente un formato de autorización, responsabilizándose del cuidado y control del niño/a durante la permanencia en el Edificio.

f.- Los visitantes que requieran ingresar con vehículo, deberán tramitar previamente la solicitud con la entidad y funcionario a visitar, quien le dará trámite a la petición de acuerdo con lo establecido en el instructivo AUTORIZACIÓN DE INGRESO A LOS PARQUEADEROS DE VISITANTES DEL EDIFICIO DEL CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL - CAD Y OTRAS SEDES - 42-1-05.

9.2.2 Los visitantes no podrán permanecer dentro del Edificio, después de la hora de salida laboral que actualmente es a las 7:00 p.m.

De requerirse que el visitante, por necesidades del servicio permanezca en la entidad después de las 7:00 p.m., deberá autorizarse por el Jefe de Oficina, Subdirector o Director de la dependencia en la cual permanece, previa solicitud ante la Subdirección Administrativa de la SHD en su condición de administradora del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD.

9.2.3 Los visitantes no están autorizados para ofrecer o vender bienes o servicios al interior del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD.

9.2.4 Cada entidad puede implementar mecanismos de control para autorizar el ingreso de los visitantes, a cada uno de los pisos del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, previa autorización del área o servidor público a visitar.

9.3 CONTROL DE ACCESO Y MOVIMIENTO DE BIENES DEVOLUTIVOS Y DE CONSUMO DE LAS ENTIDADES Y DE TERCEROS

Los servidores públicos y contratistas de todas las entidades que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD y que requieran retirar o trasladar elementos devolutivos, equipos de cómputo, muebles, elementos de oficina, elementos de consumo y otros, deben cumplir con los siguientes requisitos:

9.3.1 Tramitar y diligenciar toda la información solicitada en el formato de AUTORIZACIÓN DE MOVIMIENTOS DE ELEMENTOS DEVOLUTIVOS, DE CONSUMO Y OTROS. — 42-F-03:

9.3.2 Si el requerimiento es para retiro de bienes fuera del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, debe imprimir y firmar 3 copias, 1 para el grupo de bienes, 1

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www.haciendabogota gov.co Información Linea 195

1509001 BÑ GT HInFINF1

,Z,Icontec

SC 6322 1 GP 114.1

29

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C. SECRI-1.. DE I-IPCIE

para el puesto de vigilancia ubicado en el mezanine y 1 para el usuario, en el piso donde salga el elemento(s) debe quedar registrado en la minuta de vigilancia.

9.3.3 Solicitar en el puesto de información, ubicado en el hall de ascensores del mezanine costado oriental torre A del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, la verificación de las firmas autorizadas y entregar una copia del formato diligenciado.

9.3.4 Presentar otra copia del formato diligenciado, en los puestos de vigilancia de cada piso por donde deben pasar los bienes, para que el vigilante verifique la firma autorizada y proceda a registrar en la minuta, los elementos que se trasladan o ingresan.

9.3.5 Presentar a la salida del Edificio, el formato anterior definido debidamente diligenciado para el registro de la novedad en la minuta.

9.4 AUTORIZACIÓN DE RETIRO Y TRASLADO PERMANENTE DE EQUIPOS PORTÁTILES (42-F-11)

Los servidores públicos y contratistas de todas las entidades que operan en el Centro Administrativo Distrital - CAD y que requieran retirar y trasladar permanentemente y hasta por 3 meses, los equipos portátiles a cargo de cada uno de los responsables del Despacho, Directores, Subdirectores y de la oficina de atención al usuario de la Dirección de Sistemas e Informática de la Secretaría Distrital de Hacienda y de las entidades que funcionan en el Edificio, deben cumplir con los siguientes requisitos:

9.4.1 Tramitar y diligenciar el formato 42-F-11 con toda la información solicitada.

9.4.2 Solicitar en el puesto de información, ubicado en el hall de ascensores del mezanine costado oriental torre A del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, la verificación de las firmas autorizadas y entregar una copia del formato diligenciado.

9.4.3 Presentar una copia del formato diligenciado, en los puestos de vigilancia de cada piso, para que el vigilante proceda a autorizar (sello y firma de vigilancia) el retiro o traslado y registre la novedad en la minuta.

9.4.4 Presentar a la salida del Edificio, el formato anterior con sello y firma de vigilancia para que el guarda que se encuentra a la salida autorice su retiro de las instalaciones del Edificio.

9.4.5 Al momento de retiro de los computadores o portátiles, el guarda de vigilancia del piso, verificará el serial de estos.

9.4.6 Para solicitar la autorización de retiro y traslado interno permanente de equipos portátiles, todas las entidades deberán diligenciar el formato 42-F-11 V3.

9.4.7 Nota: el plazo definido para permiso permanente deberá ser renovado en la fecha de su vencimiento mientras el bien se encuentre bajo su responsabilidad.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov.co Información. Linea 195

Cip B G T HUct/ANA

1SO 9001

f:. col)'0.1

SC 6322.1 GP 1141

ISO 9001

■: . ICantee

SC 6322-1

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov co Información Línea 195

HUC7ANA

30

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE IDSCIENDA

9.5 AUTORIZACIÓN DE RETIRO DEL EDIFICIO DEL CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL - CAD DE VEHÍCULOS OFICIALES EN DÍAS NO HÁBILES

Los conductores de los vehículos oficiales de todas las entidades que operan en el Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, que requieran retirar del parqueadero los vehículos oficiales en días no hábiles3 , deben cumplir con los siguientes requisitos:

9.5.1 Tramitar y Diligenciar, toda la información solicitada en el formato 42-f-12 -autorización de retiro del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD de vehículos oficiales- en su última versión, especificando, marca, número de placa, justificación del retiro, dependencia asignado.

9.5.2 Radicar el formato debidamente diligenciado en el puesto de vigilancia ubicado en el hall de ascensores - mezanine del costado oriental del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD, donde verificarán las firmas autorizadas mediante sello y firma. Lo anterior de acuerdo a la normatividad vigente.

9.5.3 El trámite previo debe realizarse el viernes anterior al fin de semana o el día anterior al día festivo, en el que se requiera el retiro del vehículo.

9.6 ACTUALIZACIÓN DE FIRMAS PARA AUTORIZACIÓN DE SERVICIOS DE LAS ENTIDADES Y DEL EDIFICIO DEL CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL - CAD.

Para obtener los servicios que presta la Subdirección Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda en su condición de administradora del Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD, mencionados en este documento, las dependencias, entidades, servidores públicos y contratistas, deberán diligenciar el formato ACTUALIZACIÓN DE FIRMAS PARA AUTORIZAR SERVICIOS DE LA ENTIDAD Y EL EDIFICIO DEL CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL - CAD" 42-F-08, con el fin de identificar a la persona autorizada para solicitar los diferentes servicios.

En consecuencia, los servicios que podrán autorizar los funcionarios delegados por los Secretarios, Subsecretarios, Directores de Departamento, Directores Administrativos, Subdirectores Administrativos y/o Gerentes de las entidades que funcionan en el Centro Administrativo Distrital — CAD, son los siguientes:

9.6.1 Autorización de ingreso a parqueaderos de visitantes del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD y otras sedes

9.6.2 Autorización de ingreso al Edificio y/o entidad en días y horas hábiles y no hábiles.

9.6.3 Autorización de retiro y movimiento interno de elementos devolutivos, consumo y otros

9.6.4 Autorización de retiro y traslado de equipos de cómputo y portátiles

3 Se consideran días no hábiles, los sábados, domingos y festivos

31

ALCALDiA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE HACIENDA

9.6.5 Autorización de retiro de vehículos oficiales del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD en días no hábiles

El formato se debe verificar previamente en la Subdirección Administrativa en su condición de administradora del Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD, para continuar el trámite correspondiente y luego radicar en la recepción del costado oriental de la Torre A del Edificio del Centro Administrativo Distrital - CAD.

Nota: Los servidores públicos y contratistas responsables de estas autorizaciones deberán mantener actualizadas y vigentes las respectivas firmas para dar trámite a los diferentes servicios prestados por la Subdirección Administrativa.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov.co Información. Línea 195

BOGOTÁ HU()11NA /1q/

GP -11i1.1

Se 0322 1

32

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE HAGIENDA

10. MANTENIMIENTO LOCATIVO, DE PLANTA Y EQUIPO

La Subdirección Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda en su condición de administradora del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, brinda condiciones óptimas de trabajo a los servidores públicos y contratistas que laboran en las diversas instalaciones y puestos de trabajo de las entidades, así como a las instalaciones del Edificio Centro Administrativo Distrital — CAD.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 545 de 29 Diciembre de 2006, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, y el Decreto 519 de 2011, corresponde a la Subdirección Administrativa - Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, garantizar el mantenimiento preventivo y correctivo para las instalaciones locativas de la entidad y del Centro Administrativo Distrital - CAD.

El mantenimiento integral locativo preventivo y correctivo se debe realizar con recursos humanos, técnicos y logísticos, propios para la ejecución de esta labor, e incluye el suministro de repuestos, materiales de ferretería, eléctricos y de construcción y comprende entre otras, la realización de las siguientes actividades: albañilería, pintura, impermeabilización, mantenimientos eléctricos, hidráulicos, sanitarios, carpintería de madera, cerrajería, reparación de paneles y módulos de oficina abierta (puestos de trabajo) y las de carácter básico para el correcto funcionamiento de las instalaciones e infraestructura físicas de las entidades que hacen parte del Edificio del Centro Administrativo Distrital — CAD.

Para la realización de las anteriores actividades se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

• Cada entidad que presta sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, es responsable por el adecuado, oportuno y efectivo programa de mantenimiento de sus locaciones, plantas y equipos.

• Para adelantar cualquier intervención, arreglo, ajuste, modificación, o mantenimiento de sus instalaciones, plantas y equipos que afecten las áreas comunes o las áreas de linderos con otras entidades, debe solicitarse previamente autorización a la Subdirección Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda en su condición de administradora del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD.

• Las entidades que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, tienen derecho a usar y servirse de todas las áreas y bienes comunales, (ascensores, pasillos, escaleras, parqueaderos, zonas de acceso, entre otras).

• Respecto de los mantenimientos, las entidades que prestan sus servicios, deben acogerse a los derechos y deberes establecidos en la normatividad estipulada para el caso respectivo.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov.co Información Línea 195

ISO 9001 B9GT„ HUcljÁNA

Icon ec

SC 6322-1 GP 114.1

33

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C.

SECRETAR.. MAI:INDA

• Los servidores públicos, contratistas y visitantes de las entidades residentes deben propender por un ambiente amable, limpio, saludable y estético.

• Las entidades que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD y sus servidores públicos, contratistas y/o visitantes, deben abstenerse de modificar las fachadas y zonas comunales, con el fin de preservar el estilo arquitectónico de la edificación.

• No está permitido colocar avisos, letreros, pancartas y similares en las ventanas o fachadas, sin autorización de la administración del Edificio.

• Las entidades que prestan sus servicios en el Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD son responsable por los daños que causen sus servidores públicos, contratistas o visitantes, a las áreas comunes o a las locaciones de otras entidades residentes.

• Todo daño o deterioro de algún locativo, planta u objeto que haga parte del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, debe ser informado inmediatamente a la Subdirección Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda en su condición de administradora del Edificio del Centro Administrativo Distrital-CAD, para su respectivo trámite.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov co Información Línea 195

ISO 9001 BOG9T HIJC2FINA

,Icontec

Se 6322-1

34

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE 11.1.04

11. GLOSARIO

• Acuerdo de corresponsabilidad: Es una figura de convenio mediante la cual se le entrega el material potencialmente reciclable generado por las entidades distritales, a organizaciones de recicladores. Esta figura nace del Decreto 400 de 2004 y demás normas que lo reglamentan, adicionan y complementan.

• Almacenamiento: Es la acción del usuario de colocar temporalmente los residuos sólidos en recipientes, depósitos contenedores retornables o desechables mientras se procesan para su aprovechamiento, transformación, comercialización o se presentan al servicio de recolección para su tratamiento o disposición final.

• Aprovechamiento y/o valorización: Es el proceso mediante el cual, a través de un manejo integral de los residuos sólidos, los materiales recuperados se reincorporan al ciclo económico y productivo en forma eficiente, por medio de la reutilización, el reciclaje, la incineración con fines de generación de energía, el compostaje o cualquier otra modalidad que conlleve beneficios sanitarios, ambientales y/o económicos.

• Bodega: Sitio dispuesto para el almacenamiento de bienes de las entidades.

• Bienes de consumo: Son aquellos bienes fungibles que se extinguen o fenecen con el primer uso que se hace de ellos, o cuando al agregarlos, o aplicarlos a otros desaparecen como unidad independiente o como materia autónoma, y entran a constituir o integrar otros bienes.

• Bienes devolutivos: Son los bienes de propiedad de la Entidad, que se encuentran en servicio o en bodega cuya cuantía es superior al tope establecido anualmente por la Contaduría General de la Nación y se deprecian de acuerdo a la tabla de Vida Útil.

• Centro de Acopio: Un espacios físico público o privado prestado a la comunidad para el acopio de residuos sólidos reciclables

• Convivencia: es la acción de convivir (vivir en compañía de otro u otros). En su acepción más amplia, se trata de un concepto vinculado a la coexistencia pacífica y armónica de grupos humanos en un mismo espacio.

• Cubierta: Como su nombre indica, es un elemento de cubrición. Se llama cubierta de forma genérica a cualquier cosa que se pone encima de otra para taparla o resguardarla.

• Derecho: Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información Línea 195

150 9001

iCOD19C

SC13322-1

GP 114.1 SU 6322-1

t

'71 1SO 9001

,1,1contec

35

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C .

SECRETARIA DE 1-UNCIFY0A.

observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos inter subjetivos.

• Deberes: El término deberes hace referencia a las actividades, actos y circunstancias que implican una determinada obligación moral o ética. Generalmente, los deberes se relacionan con determinadas actitudes que todos los seres humanos, independientemente de su origen, etnia, edad o condiciones de vida están obligados a cumplir a modo de asegurar al resto de la humanidad la posibilidad de vivir en paz, dignidad y con ciertas comodidades. Los deberes son, entonces, uno de los puntos más importantes de todos los sistemas de leyes y de constituciones nacionales porque tienen que ver con lograr formas comunitarias y sociedades más equilibradas en donde todos acceden del mismo modo a sus derechos.

• Disposición final: Es el proceso de aislar y confinar los residuos sólidos en especial los no aprovechables, en forma definitiva, en lugares especialmente seleccionados y diseñados (relleno sanitario) para evitar la contaminación y los impactos negativos a la salud humana y al ambiente

• Generador: Persona natural o jurídica que realiza labores que traen como resultado la producción de residuos sólidos.

• Gestión integral: Es el conjunto de operaciones y disposiciones encaminadas a dar a los residuos generados un tratamiento ambientalmente adecuado desde el momento de su producción, de acuerdo con sus características, volumen, procedencia, costos, tratamiento, posibilidades de recuperación, aprovechamiento, comercialización hasta su adecuada disposición final.

• Impacto ambiental: Alteración en el ambiente, de origen natural o humano de carácter positivo o negativo.

• Libre Locomoción: La libertad de locomoción es un derecho fundamental en consideración a la libertad -inherente a la condición humana-, cuyo sentido más elemental radica en la posibilidad de transitar o desplazarse de un lugar a otro dentro del territorio del propio país, especialmente si se trata de las vías y los espacios públicos.

• No reciclables: Son aquellos que no tienen ningún valor comercial, ya que no existe ningún proceso en el cual puedan ser integrados como materia prima o el país no cuenta con la tecnología adecuada para su recuperación.

• Reciclaje: Es el proceso mediante el cual se aprovechan y transforman los residuos sólidos recuperados y se devuelve a los materiales su potencialidad de reincorporación como materia prima para la fabricación de nuevos productos. El reciclaje puede constar de varias etapas: procesos de tecnologías limpias, reconversión industrial, separación, recolección selectiva acopio, reutilización, transformación y comercialización.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av Calle 17 N° 65 8 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www hacienclabogota gov.co Información. Línea 195

36

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ De

.SECRETARIA OE NPCIENDA

• Recuperación: Seleccionar, retirar y limpiar (de ser necesario) los residuos sólidos que pueden someterse a un nuevo proceso de aprovechamiento, para convertirlos en materia prima útil en la fabricación de nuevos productos

• Residuo sólido o desecho. Es cualquier objeto, material, sustancia o elemento sólido resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales, de servicios, que el generador abandona, rechaza o entrega y que es susceptible de aprovechamiento o transformación en un nuevo bien, con valor económico o de disposición final. Los residuos sólidos se dividen en aprovechables y no aprovechables. Igualmente, se consideran como residuos sólidos aquellos provenientes del barrido de áreas públicas.

• Residuo sólido aprovechable. Es cualquier material, objeto, sustancia o elemento sólido que no tiene valor de uso directo o indirecto para quien lo genere, pero que es susceptible de incorporación a un proceso productivo.

• Residuo sólido no aprovechable. Es todo material o sustancia sólida o semisólida de origen orgánico e inorgánico, putrescible o no, proveniente de actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales, de servicios, que no ofrece ninguna posibilidad de aprovechamiento, reutilización o reincorporación en un proceso productivo. Son residuos sólidos que no tienen ningún valor comercial, requieren tratamiento y disposición final y por lo tanto generan costos de disposición.

• Residuo peligroso: es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, toxicas, inflamables, infecciosas o radioactivas puede causar riesgo o daño a la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso a los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.

• Reutilizar: Volver a usar un producto o material varias veces sin "tratamiento", equivale a un "reciclaje directo". El relleno de envases retornables es un ejemplo.

• Separación en la fuente: Es la clasificación de los residuos sólidos en el sitio donde se generan para su posterior recuperación

• Servidores Públicos: Son personas que prestan servicios al estado como miembros de las corporaciones públicas, como empleados o trabajadores del mismo y de sus entidades descentralizadas, -sean ellas territoriales o especializadas (por servicios)-, como miembros de la fuerza pública, o en cualquier otra condición que ante la ley les dé tal carácter.

• Tarjeta de proximidad: Elemento que comúnmente es rectangular, que acciona puertas para registrar entradas y salidas de personas de una empresa. (Pueden ser de material plástico o de otro material, que lleva algo impreso o escrito)

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 6 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov.co Información Línea 195

Ba^T HIR9ANA

tb I COR PC

SC 6322-1

37

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE HACIENDA

• Valores: Los valores son principios que nos permiten orientar nuestro comportamiento en función de realizarnos como personas. Son creencias fundamentales que nos ayudan a preferir, apreciar y elegir unas cosas en lugar de otras, o un comportamiento en lugar de otro. También son fuente de satisfacción y plenitud.

• Zonas de uso común: Lugares en los cuales puede ingresar las personas libremente, previa identificación en la portería por el personal de seguridad.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 336 5000 www haciendabogota gov co Información. Linea 195

4-c

190 9001

Icontec

SC 6322-1

38

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRE T.. DE HACIENDA

12. ADOPCIÓN

El presente manual de convivencia se encuentra debidamente aprobado y firmado por el Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital — C.A.D.- y se adoptara de conformidad con el artículo No. 5° numeral 1° del Decreto Distrital 519 de 2011" Adoptar el Reglamento y manual de convivencia para garantizar el uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica en el Centro Administrativo Distrital -C.A.D., consultando en lo que corresponda a las autoridades y Entidades competentes.", el cual regirá a partir de su respectiva publicación.

En co tancia firman:

V -1 GELA MARÍA G 1■223áL

Directora de Gestión Corp Secretaría Distrital de Hacienda.

DA DO IS PATRICIA NIVIA PEÑA a de la Su directora Administrativa, Financiera y

de Control Disciplinario del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público.

MARIA ON AGUJA ZAMORA UIS MIGUEL DOMÍNGUEZ GARCÍA Secretaria General de la Unidad Subsecretario de Gestión Corporativa de la Administrativa Especial de Rehabilitación y Secretaría Distrital de Planeación Mantenimiento Vial.

UL • CESAR • ALL AS Y HUMBERTO VILLAMARÍN Oer ntec de stión Cor•tiva de la SERRANO U' dad Administrativa Especi de Catastro Subdirector/a. de Gestión Corporativa y

Control Dis‘ciplinario del Departamento Administrativo del Servicio Civil

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB Av Calle 17 N° 65 - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www haciendabogota gov. co Información: Línea 195

ISO 9001 HLK9RNR

,:› icontec

SC 6322-1

Distrital.

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C.

.rrnp r.m.nr .ra

39

RICA' §0 AGUDE O Director Distrital de Servicio al Ciudadano de la S ría General de la Alcaldía Mayor d ogotá, D. C.

t

£1 1--hi) C1)12/1--9-17 AURICIO B TANCOUR GAR

1S' ecretario G eral del Instituto Distrit, (de la Participación y Acción Comunal. Cr

LUÍSFER ANDO CUBILLOS r LUIS L ONA ASC 10 MOZO Dij;éctora d Gé tión Corporativa de la Director Administrativo y Financiero del yecretaría istr I de \ Desa rollo Concejo de Bogotá Económico.

Dado en Bogotá, el 14 de Noviembre de 2012.

Sede Administrativa CAD Carrera 30 N° 25 - 90 Sede Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DI B Av. Calle 17 N° 65 B - 95 PBX (571) 369 2700 - 338 5000 www. haciendabogota.gov.co Información: Linea 195

150 9001 G D1:1 i'

DI. t 1,j14 ,.,« :•• • HuqANA

.Z.Icon101

SC 6322-1