trabajo constitucional n°1- conceptos de constitución

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2) Identificación de las ideas principales: Concepto de Constitución para Aristóteles: Según este pensador se la puede definir como una realidad de la vida misma de la sociedad y el Estado. Señala que es una organización, ya que se encarga de “organizar” las políticas de esa realidad. También la define como “lege ferenda” explicando que se debe analizar cuál es la mejor Constitución para un Estado para la realización de sus fines, es decir, los de la comunidad. Por otra parte, destaca que las mejores constituciones son las denominadas mixtas, aquellas que combinan elementos de las distintas formas de gobierno. Concepto de Constitución para Karl Loeweinstein: Establece que existe una Constitución real u ontológica y que es el “ser” de cada sociedad formado por la cultura social real, las conductas humanas y los principios políticos formalizados en una Constitución escrita. Concepto de Constitución para Georges Burdeau: En pocas palabras, la define como el poder político organizado en distintas instituciones estatales. Concepto de Constitución para Maurice Hauriou: Establece que es un conjunto de reglas que están acordes al gobierno y a la vida de la comunidad. Concepto de Constitución para Jorge Carpizo: Según este autor, la Constitución es un término que presenta una diversidad de significados (palabra multívoca) y que existe

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Definiciones de distintos autores sobre que es una constitución. Identificación de las principales ideas que llevan a esas definiciones. Cuadro comparativo entre los distintos autores.

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Page 1: Trabajo Constitucional N°1- Conceptos de Constitución

2) Identificación de las ideas principales:

Concepto de Constitución para Aristóteles:

Según este pensador se la puede definir como una realidad de la vida misma de la sociedad y el Estado. Señala que es una organización, ya que se encarga de “organizar” las políticas de esa realidad. También la define como “lege ferenda” explicando que se debe analizar cuál es la mejor Constitución para un Estado para la realización de sus fines, es decir, los de la comunidad. Por otra parte, destaca que las mejores constituciones son las denominadas mixtas, aquellas que combinan elementos de las distintas formas de gobierno.

Concepto de Constitución para Karl Loeweinstein:

Establece que existe una Constitución real u ontológica y que es el “ser” de cada sociedad formado por la cultura social real, las conductas humanas y los principios políticos formalizados en una Constitución escrita.

Concepto de Constitución para Georges Burdeau:

En pocas palabras, la define como el poder político organizado en distintas instituciones estatales.

Concepto de Constitución para Maurice Hauriou:

Establece que es un conjunto de reglas que están acordes al gobierno y a la vida de la comunidad.

Concepto de Constitución para Jorge Carpizo:

Según este autor, la Constitución es un término que presenta una diversidad de significados (palabra multívoca) y que existe cuando hay un orden que permite que se lleven a cabo hechos entre quienes gobiernan y quienes son gobernados. Desde el punto de vista jurídico, Carpizo establece que es la vida de un país regida por normas, pero que al mismo tiempo es un juego permanente entre el “debe ser” y el “ser” en el cual la norma y la realidad guardan una relación, ya que la primera trata de que la segunda se adecue a ella con un límite, el de no atentar contra la dignidad, libertad e igualdad del hombre.

3) Se encuentra en la siguiente hoja:

Page 2: Trabajo Constitucional N°1- Conceptos de Constitución

Conceptos de ConstituciónArisóteles Karl Loeweistein Gegorges Burdeau Maurice Hauriou Jorge Carpizo

¿Qué es la Constitución?

Es una realidad propia del acontecer de la vida de la comunidad organizada política y amorni- zadamente. Este acontecer está dado por las continuidades históricas que se dan en cada agrupamiento humano.

Es una realidad, es decir, el ser de una sociedad dado por la cultura, las conductas y los principios propios de cada una que las distingue y las individualiza del resto.

Es el poder político organizado en distintas instituciones estatales, es decir, la institucionaliza- ción del mismo.

Es el conjunto de reglas que son propias al gobierno y a la vida de la comunidad.

Es un orden que permite que se lleven a cabo hechos entre gobernantes y gobernados siendo la vida de un país regida por reglas.

¿Dentro de qué tipología se puede encuadrar?

Histórica-Tradicional, porque en su definición alude al “suceder” de la vida de la sociedad y el Estado, es decir, consecuencias de una tradición propia de cada comunidad, las cuales evolucio- narion en el tiempo y en cada momento histórico dando origen a una organización jurídico-política.(“Debe ser”)

Sociológica, porque en su definición hace referencia a los principios políticos y conductas en tiempo actual y presente sobre los que se desarrolla constantemente la comunidad. Enfoca a la Constitución tal cual funciona “hoy”.(“Ser”)

Sociológica, porque se refiere a la Constitución como el desarrollo del régimen político actual.(“Ser”)

Racional-Normativa porque las normas son el principio ordenador del régimen constitucional y tienen en sí mismas y en su fuerza normativa la capacidad para que la vida de la comunidad se rija por medio de esas normas. (“Debe ser”)

Racional-Normativa, porque ese orden está constituido por reglas o normas que por su fuerza normativa son capaces de establecer un ordenamiento jurídico.Si bien esta tipología señala que la Constitución es un “debe ser” (como debemos comportarnos), el pensador destaca que este “debe ser” está en relación con el “ser” de la comunidad ya que la norma puede ir más allá de la realidad porque la primera intenta que la segunda se adecue a ella.

¿Dentro de qué clase se puede identificar?

Constitución material, porque se basa en la realidad social de un Estado.

La Constitución material coincide con la formal porque esta última refleja fielmente la realidad de esa comunidad (la Constitución material).

Constitución material porque está referida al sistema político de un Estado, es decir, indica como es ejercido el poder político del mismo en la realidad.

Constitución formal, porque es el conjunto de normas que indican cómo debe ser ejercido el poder político de un Estado.

Señala que se la puede examinar desde ambas perspectivas: como una Constitución formal, o como una Constitución material.

Page 3: Trabajo Constitucional N°1- Conceptos de Constitución