teoria del delito

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TEORIA DEL DELITO ¿Qué es la Teoría del Delito? LA TEORÍA DEL DELITO ES UN SISTEMA DE HIPÓTESIS QUE EXPONEN, A PARTIR DE UNA DETERMINADA TENDENCIA DOGMÁTICA, CUÁLES SON LOS ELEMENTOS QUE HACEN POSIBLE O NO LA APLICACIÓN DE UNA CONSECUENCIA JURÍDICO PENAL, A UNA ACCIÓN HUMANA SISTEMA porque representa un conjunto ordenado de conocimientos. HIPÓTESIS pues son enunciados que pueden probarse, atestiguarse o confirmarse sólo indirectamente, a través de sus consecuencias. TENDENCIA DOGMÁTICA: no existe unidad, al ser parte de una ciencia social, respecto de la postura con que debe abordarse el fenómeno del delito, por lo que existe más de un sistema que trata de explicarlo.

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TEORIA DEL DELITO

¿Qué es la Teoría del Delito?

LA TEORÍA DEL DELITO ES UN SISTEMA DE HIPÓTESISQUE EXPONEN, A PARTIR DE UNA DETERMINADA

TENDENCIA DOGMÁTICA, CUÁLES SON LOS ELEMENTOSQUE HACEN POSIBLE O NO LA APLICACIÓN DE UNA

CONSECUENCIA JURÍDICO PENAL, A UNA ACCIÓN HUMANA

SISTEMA

porque representaun conjunto ordenado

de conocimientos.

HIPÓTESISpues son enunciados que pueden

probarse, atestiguarse o confirmarsesólo indirectamente, a través de sus

consecuencias.

TENDENCIA DOGMÁTICA:no existe unidad, al ser parte de una ciencia social,respecto de la postura con que debe abordarse elfenómeno del delito, por lo que existe más de un

sistema que trata de explicarlo.

Page 2: TEORIA DEL DELITO

Ubicación de la Teoría del Delito

Introducción

Teoría de laLey Penal

Ciencia delDerecho

Teoría delDelito

Teoría delDelincuente

Teoría de lasPenas

TEORIA DEL DELITO

Page 3: TEORIA DEL DELITO

TEORIA DEL DELITO

Sistemas que explican al Delito

Sistema unitario o totalizador

Para esta corriente el delito esuna unidad total, monolítica,

que ni siquiera con fines didácticoses susceptible de división.

Sistema atomizador o analíticoSin que exista uniformidad en cuanto al

número y cualidad de los elementos que lointegran, señala que el delito debe

estudiarse analizando cada uno de suselementos constitutivos.

Page 4: TEORIA DEL DELITO

TEORIA DEL DELITO

Definiciones de Delito

Natural

Sociológico

Jurídico –Doctrinarías

Legal

Es delito natural o social la lesión de aquélla parte del sentido moral que consiste en los sentimientos altruistas fundamentales(piedad y probidad) según la medida media en que se encuentran en las razas humanas superiores, cuya medida es necesariapara la adaptación del individuo a la sociedad. (Garófalo)

Son delitos las acciones determinadas por motivos individuales y antisociales que alteran las condiciones deExistencia y lesionan la moralidad media de un pueblo en un momento determinado. (Ferri)

- Acción típica, contraria al derecho, culpable, sancionada con una pena adecuada y suficiente a las condicionesobjetivas de la punibilidad. (Beling)

- Infracción a la ley de un Estado, promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, resultante de un actoexterno del hombre, positivo o negativo, moralmente imputable y políticamente dañosos. (Carrara)

- Acto humano sancionado por la ley. (Carmignani)

- Acción punible entendida como el conjunto de los presupuestos de la pena. (Mezger)

- Acontecimiento típico, antijurídico, imputable. (Mayer).

-Acto típicamente antijurídico, culpable, sometido a veces a condiciones objetivas de penalidad, imputable a un hombrey sometido a una sanción penal. (Carrancá y Trujillo).

Código Español 1995: Art.10- “Son delitos o faltas las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la Ley” Código Mexicano de 2005: Art. 7- “Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales”.

En nuestro Código Penal Venezolano del 2005 no existe definición expresa de Delito. La que nos la establece es laDoctrina al unir lo que contempla el artículo 1 y 61 del Código Penal.

“Delito es un acto (acción u omisión) típicamente antijurídico,imputable a un hombre declarado culpable, quien deberá

ser sancionado con una pena”

(Concepto Propio)

Page 5: TEORIA DEL DELITO

Sujetos y Objetos del Delito

TEORIA DEL DELITO

Para que exista de un delito, primeramente es necesaria la existencia de un sujeto que realice la acción delictiva y de otroque la sufra, igualmente de un objeto en que recaiga la acción delictiva y un interés que esté jurídicamente protegido.

Sujetos del delito

Son las personas cuyos intereses(uno ilegítimo que arremete al otro)colisionan en la acción delictiva.

Pueden ser:-Indeterminados, cuando la Ley norequiere una característica específica.- Determinados, cuando se requierede una calidad especial para podercometer el delito.

Sujeto activo Puede ser sólo la persona física, pues una acción que constituye un delito tiene una naturaleza tal,que no puede ser realizada por un ente colectivo (societas delinquere non potest), aunque se ha establecido la posibilidad de aplicar consecuencias jurídicas a éstos, en casos determinados

Sujeto pasivo: El titular de un interés que se ve perjudicado con el delito, pudiendo ser una personaindividual o colectiva.

Objetos del delitoEs la persona, cosa, bien ointerés penalmente protegido

Objeto material: Es la persona o cosa sobre la que materialmente recaen los resultados de la accióndelictiva, puede ser el propio sujeto pasivo, y las cosas animadas o inanimadas que se afectan con laacción del sujeto activo.

Objeto jurídico, es la norma, el derecho violado o el bien o interés jurídicamente protegido, objeto dela acción delictiva.

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TEORIA DEL DELITO

Elementos Positivos del Delito

ELEMENTOS

POSITIVOS

ACCIÓN

Acto

Omisión

Simple omisión

Comisión por omisión

Resultado y Relación de Causalidad

ANTIJURIDICIDAD

TIPICIDAD

IMPUTABILIDAD

CULPABILIDAD

DOLO

PRETERINTENCIONALIDAD

CULPA

Tipos:-Directo (el resultado coincide con el que sepropuso el sujeto activo) -Indirecto (cuando el agente se propone el findelictivo, sabe que con certeza causará otros)-Eventual (se prevén posibles resultadosantijurídicos colaterales al fin propuesto, queno se quieren)

Elementos intelectualesy emocionales

Por ImprudenciaNegligenciaImpericia en su profesión, arte o industriaInobservancia de reglamentos, ordenes o disciplina

Tipos:-Culpa grave o lata, leve y levísima-Culpa consciente e inconsciente-Culpa mediata e inmediata

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TEORIA DEL DELITO

Elementos Negativos del Delito

ELEMENTOS

NEGATIVOS

AUSENCIA DE ACCIÓN: Realización de la acción sin la voluntad del agente. (Art. 62 Cód. Penal)Tenemos:-El Estado de Sueño Natural-Ensueños o pesadillas-Ebriedad del Sueño-El Sonambulismo-La Hipnosis o Sueño Artificial-El Acto Violentado-Los Actos Reflejos Automáticos o Inconscientes

AUSENCIA DE TIPICIDAD:- Por atipicidad propiamente dicha o Atipicidad Absoluta: falta absoluta de los elementos del tipo penal.- Por ausencia de tipicidad o Atipicidad Relativa: Cuando falta alguno de los elementos del tipo penal.

AUSENCIA DE ANTIJURIDICIDAD: (Causas de Justificación)Generales o Comunes: La Legítima Defensa y el Estado de Necesidad (Art. 65 Ord 3 Cód. Penal) Especiales o Personales: Los Actos Legítimos son: Cumplimiento de un deber o el ejercicio de un derecho,el ejercicio de la autoridad, oficio o cargo y la omisión justificada. (Art. 65 Ord. 1 y 2 Cód Penal y Art. 73 ejusdem)

INIMPUTABILIDAD: Entre las causas de inimputabilidad tenemos:-La Falta de Madurez o desarrollo mental (condición física). Véase Art 2 LOPNA.-La Falta de Salud Mental o Enajenación Mental (condición psíquica) Art. 62 del Cód Penal)- Imputabilidad Disminuida (Art 63 ejusdem)

INCULPABILIDAD:-Por Error de Hecho (esencial e invencible)-Eximentes Putativas (viene del verbo “putar” que significa “pensar”)-La Obediencia Legitima y Debida (Art. 65 Ord 2 Cód. Penal)-La no exigibilidad de otra conducta (Ejemplo: Padre que encubre al hijo que delinquió)-Caso Fortuito y Fuerza Mayor (lo establece la Doctrina)

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TEORIA DEL DELITO

Prelación lógica de los elementos del delito Se dice que el delito es una acción antijurídica, típica, imputable, culpable, punible y en ocasiones sujeta a condiciones objetivas dePunibilidad. Estos elementos no lo ubicamos arbitrariamente ya que ésta enunciación responde a la preferencia que tiene un elementosobre otro en la determinación de la existencia de un delito, ya desde el punto de vista dogmático, ya judicial; de tal forma que en elmismo momento de pronunciarlos se les otorga su importancia en relación con él y los que le suceden.

El delito es una ACCIÓN, no hay discusión sobre la primacía de este elemento,

la cual ha de ser, primero ANTIJURÍDICA, y al respecto no existe en la doctrina unanimidad respecto a la primacía de este elemento sobre latipicidad, pero si consideramos que la acción humana que se presenta como posible delito, lo primero que debe hacer es violar una norma decultura y no encuadrar simplemente en una descripción hipotética de acción (tipo), entonces debemos aceptar a la antijuridicidad como laesencia misma del delito, aunque en contra se argumenta que, para que la norma de cultura alcance la protección del Estado con el uso de sufacultad punitiva, ésta debe ser reconocida por el legislador a través de la tipificación, sin embargo, para que pueda existir un tipo a cabalidad,este debe contener en su entraña una norma de cultura, por lo que un sector del mundo doctrinario ha convenido en concluir que el delito esuna acción típicamente antijurídica o antijurídicamente típica, para ubicar a estos dos elementos a nivel de coordinación, pero laposibilidad e la existencia de acciones que, aunque típicas, no merezcan sanción por no ser antijurídicas (al estar amparadas por una causa dejustificación),lleva a otro sector a concluir que, en efecto, es más importante que la acción sea antijurídica, es decir, que viole una norma decultura

para luego ser TÍPICA al adecuarse a la hipótesis de acción que el legislador prevé como merecedora de una sanción.

Luego, el sujeto que realiza tal acción, deberá tener la capacidad de entender y querer el resultado típico que con ella provoca, por lo quedeberá ser, entonces, IMPUTABLE

para que se le pueda hacer un juicio de reproche, para poder decir que ese sujeto es CULPABLE

y finalmente podrá ser merecedor de la consecuencia jurídica derivada de la violación de la norma de cultura legalmente protegida, es decir,para que pueda ser PUNIBLE siempre que se cumpla con las CONDICIONES OBJETIVAS DE PUNIBILIDAD que en su caso exija la ley para laaplicación de la pena.

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Los Elementos del Delito

TEORIA DEL DELITO

a. La Acción, sus especies y su ausencia.

ACCIÓNMovimiento corporal

consciente que provocaun cambio o peligro

ACTO EN SENTIDO PENALEs la manifestación de la conducta exterior (positiva o negativa),

humana y voluntaria que produce un cambio en el mundo exterior que se llama resultado

OMISIÓNAusencia del movimiento corporalesperado por la ley o que no evita

la producción del resultado material

OMISIÓN SIMPLEInactividad ante el deber de obrar

legalmente establecido, que actualizala hipótesis preceptiva y es sancionado

conforme a ésta

COMISIÓN POR OMISIÓNNo evitación de la producción de unresultado material delictivo, cuando

se tiene la obligación de evitarlo,que viola la norma contenida en eltipo que lo prevé y es sancionado

conforme a éste

ELEMENTOS:

MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD:Hasta que no se exteriorice la voluntad de manera consciente, libre y espontánea, de realizar una acción(acto) o de abstenerse de realizarlo (omisión), el sujetono puede ser merecedor de una sanción penal.

RESULTADO: Para que la acción tenga relevancia para el Derecho Penal, tiene que producir un cambio en el mundo exterior, que puede ser formal (actualización de la hipótesis legal) o material (daño de un bien tutelado), y que puede colocarse en el peligro a que se sujeta un bien jurídico.

NEXO CAUSAL: Entre la acción efectuada y el resultado producido debe haber una relación de causa-efecto, que puede consistir en que el acto produzca directamenteese resultado o que la omisión no impida suproducción.

AUSENCIA DE ACCIÓN (No hay voluntad por cuanto elimina el acto y por ende no hay delito)Se habla de ausencia de acción cuando los movimientos corporales realizados u omitidos, se efectúan en ausencia de la conciencia, de tal forma que se actúasimplemente de manera mecánica o totalmente determinado por fuerza exteriores. Tenemos: El Estado de Sueño Natural, Ensueños o pesadillasEbriedad del Sueño, El Sonambulismo, La Hipnosis o Sueño Artificial, El Acto Violentado y Los Actos Reflejos Automáticos o Inconscientes.(Art. 62 Cód. Penal)Ésta puede presentarse de las siguientes maneras:Sueño y sonambulismo: excluyendo la embriaguez del sueño y el estado crepuscular hipnótico, donde se encuentran elementos de volición. Sugestión e hipnosis, entendida esta como un conjunto de situaciones especiales del sistema nervioso, producidas por maniobras artificiales, en las que sepuede dar la sugestión intra o post-hipnótica. Inconsciencia en alto grado: (actos reflejos) producidos por situaciones fisiológicas o estados emotivos. Fuerza irresistible: Cuando el sujeto se mueve obligado por una fuerza exterior, superior e irresistible que puede provenir de una energía humana(vis absoluta) o sub-humana (vis maior).

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TEORIA DEL DELITO

Los Elementos del Delito

b. La Antijuridicidad, elementos y ausencia.

ANTIJURIDICIDADEtimológicamente significa “contrario a Derecho”.Implica una relación de contradicción entre un acto de la vidareal, por una parte, y las normas objetivas que integran elDerecho positivo vigente en un lugar y en una épocadeterminada.Violación de las normas de cultura reconocidas por el Estado

La juridicidad es un elemento esencial para la existencia de los tipos penalesy subsecuentemente para la posibilidad de la existencia del delito, ya que la accióndelictiva no viola la ley (la cual es meramente prescriptiva) sino que se ajusta a ella(tipicidad), lo que resulta violado es la norma de cultura que el legislador reconocea través de la tipificación. El Derecho es un orden prominentemente normativo ycultural, entendiendo por cultura, el cultivo de un interés común y de la situaciónque resulta de tal cuidado, situación que siempre está vinculada a un valor.A través de normas de cultura ordena y prohíbe ciertas acciones correspondiendoa sus intereses valorativos, y sólo cuando el Estado las privilegia con su tutelaal reconocerlas en la ley, adquieren el rango de jurídicas.

Antijuridicidad FormalEstriba en la colisión que se da entre la acción delictiva y la norma de cultura legislada.Una acción es formalmente antijurídica, cuando infringe una norma que el Estado haincorporado al orden jurídico.

Antijuridicidad MaterialEs cuando el acto contradice la norma establecida por la sociedad. Dado que el fin delDerecho Penal es la protección de bienes jurídicos, la acción será idónea paraponer en peligro un bien jurídico.

AUSENCIA DE ANTIJURIDICIDADSon las circunstancias que rodean al hecho y que lo justifican, por eso son llamadas Causas de Justificación.

Generales o Comúnes:La Legítima Defensa y el Estado de Necesidad (Art. 65 Ord 3 Cód. Penal)

Especiales o Personales:Los Actos Legítimos son: Cumplimiento de un deber o el ejercicio de un derecho,el ejercicio de la autoridad, oficio o cargo y la omisión justificada.(Art. 65 Ord. 1 y 2 Cód Penal y Art. 73 ejusdem

Antijuridicidad ObjetivaPara saber si el acto es antijurídico o no, hay que hacer unjuicio objetivo de comparación entre el acto de la vida realy la norma objetiva del Derecho Positivo vigente, en unaépoca y lugar determinado, sin tomar en cuenta losaspectos subjetivos de la persona que realizó la acción.

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TEORIA DEL DELITO

Los Elementos del Delito

c. La Tipicidad, el tipo, sus elementos y sus clases y la ausencia de tipicidad.

TIPICIDAD:Es una relación de perfectaadecuación entre un acto(acción u omisión) de la vidareal y algún tipo penal o legal

TIPO PENALEs la descripción de cada uno de los actos(acciones u omisiones) que la ley penalconsidera delictivos

Elementos

Objetivos:Son los elementos normales, de naturaleza descriptiva,referencias a personas, cosas y modos de obrar.

Subjetivos:Referencias a un determinado propósito o fin de laacción, o a un ánimo específico con que debecometerse.

NormativosHacen referencia a un juicio de valor remitiendo aotras disposiciones del ordenamiento jurídico(ajeneidad en el robo) u obligan al Juez a hacer unjuicio de valor (honestidad en el antiguo estupro).

CLASES DE TIPOS-Normales: Contienen conceptos puramente objetivos. Ejemplo: El Homicidio.-Anormales: Además de conceptos objetivos, contiene situaciones valoradas y subjetivas. Ejemplo: El Estupro.-Fundamentales o Básicos: Describen de manera independiente un modelo de acción por lo que se aplica sin sujeción a ningún otro tipo. Ejemplo: Delitos contra el Honor.-Especiales: No dependen de la existencia del tipo básico porque contienen elementos nuevos o modifican los requisitos previstos en el tipo fundamental, pudiendo atenuar o agravar la pena del básico. Ejemplo: El Infanticidio.-Subordinados: Señalan determinadas circunstancias o aspectos que califican la acción prevista en el tipo básico del cual dependen, y pueden tener naturaleza agravante o atenuante de la punibilidad.-Compuestos: Refiriéndose a un mismo bien jurídico, en estos tipos hay una pluralidad de acciones previstas con distintos verbos rectores.-Independientes o Autónomos: No es necesario que al aplicarse la ley penal se acuda a otro ordenamiento para comprender el significado de estos tipos penales, pues describen un modelo al cual se adecua directa o inmediatamente la acción del sujeto activo del delito.-En Blanco: Para precisar el contenido de la acción prevista, el legislador remite a otro o al mismo ordenamiento jurídico.-Abiertos: El tipo penal no está completo en cuanto a la diferenciación de la acción prohibida y de la permitida, para lo cual es necesario acudir al complemento que realiza otro ordenamiento legal como guía objetiva para completar el tipo.-Cerrados: Sus elementos son suficientes para entender en qué consiste la acción prohibida.-De Daño o Puesta en Peligro: En atención al bien jurídico tutelado en el tipo, los primeros exigen su lesión o destrucción (Homicidio), y los segundos, que se le coloque en posición de riesgo (omisión de auxilio).

ATIPICIDAD: “Implica una relación de inadecuación entre un acto de la vida real examinado en el caso concreto y un tipo penal o legal”.Un Acto es Atípico cuando no encaja, no encuadra perfectamente dentro de ningún tipo penal o legal.Tipos: -Atipicidad Absoluta (falta absoluta o total de los elementos del tipo penal)-Atipicidad Relativa (cuando falta alguno o uno de los elementos del tipo penal)

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TEORIA DEL DELITO

Los Elementos del Delito

d.   La Imputabilidad, la “zona intermedia”, y la ausencia de imputabilidad.

IMPUTABILIDAD

Nuestro Código Penal venezolano no define la imputabilidad, por cuanto la Doctrina sí lo hace:“Conjunto de condiciones físicas y psíquicas, de madurez y salud mental, legalmente necesarias para que pueda atribuírsele a una persona determinada, los actos tipicamente antijurídicos que tal persona ha realizado”.

Condiciones para que una persona sea imputable:-Físicas: como el desarrollo, la madurez.-Psíquicas o mentales: referidas a la sanidad o salud mental.

Causas de inimputabilidad:-La Falta de Madurez o desarrollo mental (condición física). Véase Art 2 LOPNA.-La Falta de Salud Mental o Enajenación Mental (condición psíquica) Art. 62 del Cód Penal)-Imputabilidad Disminuida (Art 63 ejusdem)

Zona intermedia, formas de paso o casos limítrofes:Entre la plena salud mental o la conciencia plena que sustentan la imputabilidad y la locura o la inconsciencia que la excluyen, existen grados de lo que se llama “imputabilidad disminuida” frente al estado peligroso como conceptos contradictorios en función de la punibilidad: si se atiende a la imputabilidad atenuada, la responsabilidad y la pena se deben atenuar, pero si se atiende a la peligrosidad, frente al llamado “delincuente peligroso” no es correcto disminuir la pena en atención de la defensa del orden público, pues resulta más peligroso.

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TEORIA DEL DELITO

Los Elementos del Delito

e. La Culpabilidad, sus especies y su ausencia.

CULPABILIDAD

“Conjunto de presupuestos que fundamentan lareprochabilidad personal de la conducta antijurídica”

Resultado del juicio de valor que da origen al reproche al autor de la acción delictiva por larelación psicológica entre él y su resultado,siempre que en la misma fuere posible exigírseleproceder conforme a las normas.Es el nexo que une al sujeto con su acto.

1) DOLO: voluntad tendiente a la perpetración o realización de un acto quela ley prevee como delito. Existe la intención del sujeto activo.

Elementos del dolo:-Intelectual: conocimiento y previsión de un resultado que se sabe injusto, así como la contemplación de las consecuencias objetivas de la acción.-Emocional o afectivo: voluntad viciada de causar el resultado antijurídico.

2) CULPA: En nuestro Código Penal venezolano, no existe una definiciónExpresa de culpa, pero la misma la podemos extraer de los delitos culposos.Existe culpa cuando alguien actuando sin intención pero por negligencia,imprudencia, impericia en la profesión, arte o industria o por inobservanciade leyes o reglamentos, falta de cuidado; produce un resultado antijurídicoprevisible y previsto en la ley como delito.

Especies de Culpabilidad:

Delitos Preterintencionales o ultra intencionales:Son aquellos en los cuales el resultado antijurídico se excede, va más allá de la intención delictiva del agente.

INCULPABILIDAD:-Por Error de Hecho (esencial e invencible)-Eximentes Putativas (viene del verbo “putar” que significa “pensar”)-La Obediencia Legitima y Debida (Art. 65 Ord 2 Cód. Penal)-La no exigibilidad de otra conducta (Ejemplo: Padre que encubre al hijo que delinquió)-Caso Fortuito y Fuerza Mayor (lo establece la Doctrina)

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TEORIA DEL DELITO

La Punibilidad, sus condiciones objetivas y las penas

A pesar de que muchos autores consideran a la punibilidad simplemente como consecuencia del delito, excluyéndola por tanto de entre los elementos quela integran parecen confundir a la pena, verdadera consecuencia del delito y pretensión del Derecho Penal, pero la punibilidad es un concepto abstractoque caracteriza a la acción delictiva y constituye en efecto un elemento del delito.La pena es el contenido de la pretensión punitiva del Estado, mientras que la acción punible es su presupuesto.

Para que sea incriminable, la acción antijurídica ytípica realizada por un sujeto imputable, ha deestar acompañada por la amenaza legal de laImposición de una pena, esta conminaciónprevista en la ley, es la PUNIBILIDAD

PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD:Tradicionalmente sólo era concebible que la consecuencia fuera una pena, es decir, un maljurídicamente infringido al autor del delito, como manifestación del reproche social,, con unafinalidad ya sea retributiva (se aplica el mal que se merece), intimidatoria (al implicarsufrimiento la finalidad de la pena es evitar los delitos por medio del temor) o de enmienda(la finalidad es mejorar al reo para que no reincida al reinsertarlo a sociedad); sin embargo,con el surgimiento de la idea de la peligrosidad como elemento para determinar la imposiciónde una consecuencia jurídica al infractor de una norma penalmente protegida y de la defensasocial, surgieron las medidas de seguridad aplicables a los delincuentes anormales (lascurativas a los alienados o las reeducativas a los menores, v. gr.) o a los normalesseñaladamente peligrosos (las eliminatorias a los habituales v. gr.) como complementos de lapena en la búsqueda de la prevención y represión del delito.

CONDICIONES OBJETIVAS DE PUNIBILIDADEn algunos casos el legislador además de la realización de una acción determinada con que se viola la norma de cultura, hace depender la aplicación de la pena de la presencia de circunstancias extrínsecas e independientes del acto punible.

EXCUSAS ABSOLUTORIASSon causas personales legalmente previstas que, sin eliminar el carácter delictivo a la acción; excluyen la pena, pues para el Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos pues dichas circunstancias revelan una mínima peligrosidad, en miras a causas de utilidad pública.

Elaborado por:Abogada Karen Morales

C.I. V-14.060.979