antijuridicidad teoria del delito

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Teoria del delito: Elemento , estrato: antijuridicidad. Derecho Penal parte general.

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Page 1: Antijuridicidad Teoria Del Delito

ANTIJURIDICIDADANTIJURIDICIDAD

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Page 2: Antijuridicidad Teoria Del Delito

• PRIMERA PARTE: LA PRIMERA PARTE: LA ANTIJURIDICIDADANTIJURIDICIDAD

Page 3: Antijuridicidad Teoria Del Delito

Antijuridicidad formal y Antijuridicidad formal y materialmaterial• Como tercer elemento de la descripción del concepto Como tercer elemento de la descripción del concepto

de delito, de delito, la antijuridicidad en sentido formal la antijuridicidad en sentido formal es una es una relación entre la acción o conducta y el Derecho, relación entre la acción o conducta y el Derecho, concretamente representa la contrariedad a Derecho concretamente representa la contrariedad a Derecho de la conducta. de la conducta.

• El concepto de El concepto de antijuridicidad material antijuridicidad material nos ofrece las nos ofrece las claves para saber cuándo una conducta es contraria claves para saber cuándo una conducta es contraria a Derecho, pero también la antijuridicidad material a Derecho, pero también la antijuridicidad material es una exigencia de un Derecho penal instalado en es una exigencia de un Derecho penal instalado en un Estado social y democrático de Derecho, pues un Estado social y democrático de Derecho, pues viene a constituir un límite al viene a constituir un límite al ius puniendiius puniendi. .

Page 4: Antijuridicidad Teoria Del Delito

Antijuridicidad formal y Antijuridicidad formal y materialmaterial• Por antijuridicidad material hay que entender Por antijuridicidad material hay que entender

lesión o puesta en peligro reprobables (y graves) lesión o puesta en peligro reprobables (y graves) de un bien jurídico protegido en concreto y del de un bien jurídico protegido en concreto y del propio Derecho.propio Derecho.

• La exigencia de lesión o puesta en peligro de La exigencia de lesión o puesta en peligro de algún bien jurídico concreto para la antijuridicidad algún bien jurídico concreto para la antijuridicidad material se opone a los denominados «delitos material se opone a los denominados «delitos formales» o de pura desobediencia, configurados formales» o de pura desobediencia, configurados sin ataque a ningún bien jurídico, sino como mera sin ataque a ningún bien jurídico, sino como mera infracción de un deber de obediencia al Estado.infracción de un deber de obediencia al Estado.

Page 5: Antijuridicidad Teoria Del Delito

Relaciones entre el tipo y la Relaciones entre el tipo y la antijuridicidadantijuridicidad

• El tipo y la antijuridicidad son los dos elementos El tipo y la antijuridicidad son los dos elementos del delito relacionados entre sí, son como vasos del delito relacionados entre sí, son como vasos comunicantes, por los que fluye mayor o menor comunicantes, por los que fluye mayor o menor intensidad de conexión dependiendo de si intensidad de conexión dependiendo de si consideramos que consideramos que el tipo es un indicio de el tipo es un indicio de antijuridicidadantijuridicidad, que después se confirma con la , que después se confirma con la ausencia de causas de justificación o decae si ausencia de causas de justificación o decae si alguna causa de justificación concurre, o alguna causa de justificación concurre, o el tipo el tipo es ya antijuridicidades ya antijuridicidad, siguiendo los elementos , siguiendo los elementos negativos del tipo y entonces el delito no es una negativos del tipo y entonces el delito no es una acción típica y antijurídica, sino una acción acción típica y antijurídica, sino una acción típicamente antijurídicatípicamente antijurídica. .

Page 6: Antijuridicidad Teoria Del Delito

Relaciones entre el tipo y la Relaciones entre el tipo y la antijuridicidadantijuridicidad

• Siguiendo esta última posición, el tipo es Siguiendo esta última posición, el tipo es tipo de injusto tipo de injusto y contiene por tanto toda y contiene por tanto toda la materia de prohibición, por lo que su la materia de prohibición, por lo que su estructura responde a una parte positiva estructura responde a una parte positiva del tipo con una parte objetiva y del tipo con una parte objetiva y subjetiva, y una parte negativa que va subjetiva, y una parte negativa que va implícita en los tipos y que supone la implícita en los tipos y que supone la comprobación de ausencia de causas de comprobación de ausencia de causas de justificación. justificación.

Page 7: Antijuridicidad Teoria Del Delito

Relaciones entre el tipo y la Relaciones entre el tipo y la antijuridicidadantijuridicidad

• Lo que debe quedar claro es que en Lo que debe quedar claro es que en cualquier caso el tipo y la antijuridicidad son cualquier caso el tipo y la antijuridicidad son elementos conectados en mayor o menor elementos conectados en mayor o menor medida y no desvinculados, como en otras medida y no desvinculados, como en otras épocas del delito se sostenía. épocas del delito se sostenía.

• Esta relación tiene consecuencias, como Esta relación tiene consecuencias, como también veremos, en el error y sobre todo también veremos, en el error y sobre todo en el error sobre causas de justificación, así en el error sobre causas de justificación, así como en el contenido y estructura del tipo.como en el contenido y estructura del tipo.

Page 8: Antijuridicidad Teoria Del Delito

Contenido de la Contenido de la antijuridicidad: desvalor de antijuridicidad: desvalor de acción y desvalor del acción y desvalor del resultado.resultado.• La antijuridicidad no tiene sólo un contenido objetivo, La antijuridicidad no tiene sólo un contenido objetivo,

en el que se tiene en cuenta únicamente el desvalor en el que se tiene en cuenta únicamente el desvalor del resultado, es decir, la afectación del bien jurídico, del resultado, es decir, la afectación del bien jurídico, sino que también tiene un contenido subjetivo, pues sino que también tiene un contenido subjetivo, pues se desvalora no sólo el resultado, sino la forma y se desvalora no sólo el resultado, sino la forma y modo en el que se produce el resultado, lo que da modo en el que se produce el resultado, lo que da lugar a un lugar a un desvalor de la acción. desvalor de la acción.

• El contenido, en consecuencia, de la antijuridicidad El contenido, en consecuencia, de la antijuridicidad es es objetivo-subjetivoobjetivo-subjetivo y su estructura responde a un y su estructura responde a un juicio desvalorado del resultadojuicio desvalorado del resultado y un y un juicio juicio desvalorado de la acción.desvalorado de la acción.

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• a) a) El desvalor del resultado requiere El desvalor del resultado requiere en los tipos de resultado la causación en los tipos de resultado la causación de un resultado como consecuencia de un resultado como consecuencia distinta de la acción:distinta de la acción: resultado material resultado material o formal, unido a ésta por una relación o formal, unido a ésta por una relación causal material y por una relación de causal material y por una relación de imputación objetiva, y que dicho resultado imputación objetiva, y que dicho resultado sea jurídicamente disvalioso. sea jurídicamente disvalioso. En el caso de En el caso de que el resultado se encuentre justificado que el resultado se encuentre justificado por alguna causa de justificación, p.ej. el por alguna causa de justificación, p.ej. el resultado lesivo se ha producido en resultado lesivo se ha producido en legítima defensa, no habrá desvalor del legítima defensa, no habrá desvalor del resultado.resultado.

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•El desvalor del resultado no es igual en todos los delitos y resulta ser un índice de medición de la gravedad del hecho, el cual el legislador tiene en cuenta para calcular la pena típica, guiado por el principio de proporcionalidad.

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• El desvalor del resultado puede ser más grave cuando se intensifica o extiende el daño: ello se puede tener en cuenta mediante la creación de tipos cualificados, o por medio de agravantes que aumentan el grado del injusto, o mediante el concurso de delitos.

• También puede haber tipos con un desvalor del resultado menos grave o disminuido, por tratarse de un daño disminuido como los daños imprudentes o las faltas de lesiones, hurtos o estafas frente a los delitos que describen la misma acción típica pero el daño producido, el desvalor del resultado, es menor, o por medio de atenuantes.

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•Y por cierto, esto explica que todas las tentativas, tengan menos pena que la consumación, debido precisamente al menor desvalor del resultado de la tentativa frente a la consumación.

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• b) El desvalor de la acción contiene una parte subjetiva y una objetiva, coincidiendo con la estructura del tipo en su parte positiva. El desvalor subjetivo de la acción o desvalor de la intención está constituido por dolo o por imprudencia, que es la forma menos grave.

• A veces se da una combinación entre dolo e imprudencia, en los delitos cualificados por el resultado. Junto al dolo o la imprudencia pueden aparecer, como ya hemos expuesto, elementos subjetivos del injusto.

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•Por otro lado, la parte objetiva del desvalor de la acción consiste en el modo y circunstancias de la ejecución. Así la acción, por exigencia de la imputación objetiva, debe crear un mínimo de peligrosidad ex ante, es decir, adecuación para producir el resultado y tiene que haber un dominio del hecho, del curso causal, para que haya autoría.

Page 15: Antijuridicidad Teoria Del Delito

• Tanto el desvalor de acción como el desvalor del resultado son necesarios para castigar por delito consumado.

• Ahora bien, el desvalor de la acción tiene un papel esencial en el injusto, pues sin desvalor objetivo o subjetivo de la acción no puede haber antijuridicidad y ello por mucho que haya desvalor del resultado.

• No obstante, sin desvalor del resultado no se pueden castigar los delitos imprudentes, ya que las tentativas imprudentes no son punibles.

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ANTIJURIDICIDAD PENAL Y EN GENERAL

• Antijuridicidad en general es contrariedad a normas de cualquier sector del ordenamiento jurídico:

• Pero en virtud del carácter fragmentario del Derecho penal no toda conducta antijurídica es penalmente antijurídica, sino que sólo son tipificadas como penalmente antijurídicas las más graves.

• Ello significa que el Derecho penal puede operar con criterios propios y más exigentes para la antijuridicidad penal.

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•Ahora bien, si de lo que hablamos es del ámbito de exclusión de la antijuridicidad, lógicamente lo que es conforme a Derecho de modo general tampoco es antijurídico a efectos penales; y ello, primero por la exigencia de unidad y coherencia del ordenamiento jurídico, y segundo, por no contradecir frontalmente el carácter de ultima ratio del Derecho penal.

Page 18: Antijuridicidad Teoria Del Delito

Grados del injusto•Por último, una vez afirmada la

antijuridicidad, se puede sostener que el hecho antijurídico y su desvalor son graduables, pues hay grados de injusto:

•1) Según el grado de desvalor, tanto objetivo como subjetivo, el hecho puede ser antijurídico, pero constituir solamente un ilícito extrapenal o llegar a ser un injusto penal tipificado.

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Grados del injusto• 2) Dentro de los tipos de injusto, en su parte positiva

caben distintos tipos de gravedad, como hemos visto al tratar el desvalor de acción y el desvalor del resultado.

• 3) La concurrencia de causas de justificación incompletas, cuando concurren los requisitos básicos pero faltan los inesenciales, produce una notable disminución del injusto, concretamente una disminución del desvalor del resultado o del desvalor de la acción según el carácter de la causa de justificación.

• Tal disminución del injusto es tenida en cuenta en la medición de la pena.

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•SEGUNDA PARTE: PARTE NEGATIVA DEL TIPO: CAUSAS

DE JUSTIFICACIÓN

Page 21: Antijuridicidad Teoria Del Delito

• Una vez que en la parte positiva del tipo se verifica que se dan todos los elementos de la descripción típica, tanto objetivos como subjetivos, en la parte negativa del tipo se comprueba si concurren causas de atipicidad o de justificación.

• Si no concurre ninguna causa de atipicidad o de justificación estaremos ante un tipo global de injusto con su correspondiente desvalor objetivo y subjetivo de la acción y su desvalor del resultado.

• En consecuencia, las causas de atipicidad y de justificación excluyen, en términos generales, el tipo y la antijuridicidad.

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Concepto, fundamento y clases•Concepto: Las causas de justificación

son circunstancias eximentes que por determinadas razones excluyen la antijuridicidad o ilicitud de la conducta en principio típica, ya que en muchos casos se realiza en su parte objetiva el tipo positivo, indiciario de la antijuridicidad.

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•Fundamento: No hay un fundamento común para argumentar la existencia y los efectos de todas las causas de justificación, por lo que reconociendo ciertos rasgos en todas ellas o principios generales comunes, como p.ej. La idea de la colisión de intereses, a las causas de justificación es preferible examinar el o los fundamentos específicos o diferenciadores de cada una.

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• Clasificación: Atendiendo al contenido de la antijuridicidad, se distingue entre causas de justificación (sólo) de la acción y del resultado.

• En estas últimas, el bien jurídico deja de estar protegido en el caso concreto frente a la lesión (o puesta en peligro) de quien actúa amparado por una causa de justificación y el resultado jurídico producido en estas circunstancias está valorado positivamente o es hasta jurídicamente obligatorio, y por eso excluyen el desvalor del resultado (y, por supuesto también el desvalor de la acción: si se excluyese exclusivamente el desvalor del resultado, el hecho no estaría plenamente justificado y se puede castigar por tentativa).

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•Causas de exclusión del desvalor de la acción y del resultado o abreviadamente causas de justificación del resultado: Legítima defensa, consentimiento justificante, en la mayoría de los supuestos de cumplimiento del deber, o ejercicio del derecho, oficio o cargo si a posteriori se comprueba la efectiva concurrencia de sus presupuestos, o en la obediencia debida a órdenes conformes a Derecho.

Page 26: Antijuridicidad Teoria Del Delito

•En las causas de justificación de la acción, aunque subsiste el desvalor del resultado, la conducta no es jurídicamente desaprobada porque falta todo desvalor de la acción, bien su parte subjetiva por ausencia de dolo e imprudencia, bien la parte objetiva del desvalor de la acción por otras razones.

Page 27: Antijuridicidad Teoria Del Delito

• Son causas de exclusión del desvalor subjetivo de la acción el caso fortuito en general, en que se actúa con la diligencia objetivamente debida, o supuestos especiales del mismo, como los del error objetivamente invencible sobre el tipo o sobre los presupuestos objetivos de las causas de justificación o supuestos legalmente equiparados a la concurrencia real de los presupuestos de las causas de justificación, lo que p.ej. se encuentra en el requisito legal de la necesidad racional del medio empleado en la legítima defensa (art. 19 CP), ya que éste se cumple si hay una creencia racionalmente fundada ex ante, es decir, antes de la consumación del hecho, de que la necesidad de la utilización de ese medio para la defensa concurría, aunque ex post, es decir, una vez producido el hecho, se confirme que no era así.

Page 28: Antijuridicidad Teoria Del Delito

Efectos de las causas de justificación

•1) Eximen de todo tipo de responsabilidad jurídica: penal, criminal en sentido amplio, por lo que no cabe la imposición de medidas de seguridad, responsabilidad civil, administrativa, tributaria, laboral etc.

Page 29: Antijuridicidad Teoria Del Delito

•2) En virtud del principio de accesoriedad, que rige las relaciones entre el autor y el resto de los partícipes, si la conducta del autor no es típicamente antijurídica, tampoco lo será la de los partícipes, con lo que su actuación también será conforme a Derecho y justificada.

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• 3) El error sobre los presupuestos objetivos de una causa de justificación es un error de tipo, puesto que todas las causas de justificación están presentes en el contenido y estructura del tipo a través de la parte negativa del tipo.

• Con lo que el error sobre los presupuestos de éstas excluye también el dolo. Ahora bien, también se encuentran partidarios entre la doctrina y la jurisprudencia que consideran que cualquier error sobre las causas de justificación constituye un error de prohibición que excluye o atenúa la culpabilidad y que el tipo sólo está conformado por una parte positiva y no negativa.

Page 31: Antijuridicidad Teoria Del Delito

•4) Contra una conducta amparada por una causa de justificación, como no es agresión ilegítima, no cabe legítima defensa.