teoria del comercio internacional- aranceles y nomenclatura ararncelaria 50 diapositivas abril 2012

49
1 HOOVER RIOS ZUTA Profesor: FCE-UNMSM.

Upload: roxana-ortiz-alfaro

Post on 29-Dec-2015

94 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

1

HOOVER RIOS ZUTAProfesor: FCE-UNMSM.

2

NomenclaturaNomenclatura ArancelariaArancelariaI El Convenio del Sistema Armonizado

a) Introducción. b) Estructura. c) Enmiendas.

II La Nomenclatura Común Nandina y el Arancel Nacional a) Normatividad Vigente

b) La Nandina: Estructura c) El Arancel Nacional: EstructuraIII Estudio y Aplicación de las RGI a)Introducción b)Primera Regla General Interpretativa c)Segunda Regla General Interpretativa d)Tercera Regla General Interpretativa e)Cuarta, Quinta y Sexta Regla G.I. IV Instrumentos Auxiliares del S.A y Otros Inst. de Apoyo a) Notas Explicativas b) Portal SUNAT

3

Nomenclatura Arancelaria

SISTEMA ARMONIZADO

NANDINA

Arancel Nacional

Estructura

Enmiendas

Normatividad

Estructura

Instrumentos de apoyo

Sección, Capítulo, Subcapítulo, Partida,

Subpartida.

Reglas Generales Interpretativas

Subpartida NANDINA

Decisiones

Subpartida Nacional

4

I.-El Convenio del Sistema Armonizadoa) Introducción

El intercambio comercial trascendió entre pueblos.

Productos con denominaciones extrañas,

con pequeñas diferencias o nuevos productos

industriales empezaron inundar el mercado, las

listas de productos resultaban insuficientes y

heterogéneas entre los pueblos que realizaban el

intercambio

5

I.-El Convenio del Sistema Armonizadoa) Introducción

Una vez que las listas de mercancías se convierten en

un enorme conjunto desordenado, u ordenado de

modo muy primario alfabéticamente, se hace necesaria la adopción de sistemas de designación,

codificación y clasificación de mercancías que se les

conoce como nomenclaturas

6

I.-El Convenio del Sistema Armonizadoa) Introducción: Nomenclatura

DESCRIPTIVADESCRIPTIVA

METÓDICA METÓDICA

ORDENADAORDENADA

MERCANCÍASMERCANCÍAS

ENUMERACIÓ

N

Según Reglas o Criterios Técnico-Jurídicos, formando un sistema completo de

clasificación

7

I.-El Convenio del Sistema Armonizadoa) Introducción: Nomenclatura

Nomenclatura Lista

Estructurada de mercancías

Tabla de cuotas tributarias.

Tarifa

ARANCEL

++ ++

8

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

a) Clases de Nomenclatura

Arancelarias

Estadísticas

Aplicación de Gravámenes

Análisis Estadísticos

POLIVALENTE

M a t e r i a

Uso o Función

9

I.-El Convenio del Sistema Armonizadoa) Mercancía

MERCANCIA

Deben responder a una realidad corpórea

(tiene cuerpo o consistencia )

Deben dar la posibilidad de transportarlas.

Deben poder ser medibles.

10

I.-El Convenio del Sistema Armonizadoa) Nomenclaturas Internacionales

11

I.-El Convenio del Sistema Armonizadoa) Origen

S A

Clasificación Uniforme para el

Comercio Internacional - 1950 (estadístico)- ONU

CUCI

El consejo de Cooperación Aduanera-

La Nomenclatura Arancelaria de Bruselas

– 1950

NAB

1988

12

I.-El Convenio del Sistema Armonizadoa) Introducción

5052

13

Agrupa una o varias

Categorías de mercancías

Son la desagrega -ción De una Sección

Códigos de 4 cifras

Códigos de 6 cifras

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

b) Estructura

XXI SECCIONES

97 CAPITULOS 1221

PARTIDA5052 SUB-PARTIDA

6 REGLAS GENERALES DE

INTERPRETACION

38 NOTAS LEGALES DE SECCION

319 NOTAS LEGALES DE CAPITULO

14

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

b) Estructura

14

16

PARTIDASPARTIDAS ESPECIFICAS describen puntualmente a las mercancías

que comprenden.

08.08 manzanas, peras y membrillos frescos

GENERICAS se podría especular en su contenido, necesitan un análisis más

profundo de donde debe estar comprendida la mercancía.

14.04 Productos vegetales no comprendidos ni expresados en otra

parte

Código de cuatro cifras.

Los dos primeros

dígitos indican el capítulo, los dos últimos el orden dentro del capítulo

según su grado de elaboración.

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

b) Estructura

16

17

Cerrada: Sin guiones. Quinto y sexto digito son ceros

Primer Nivel: con un guión sexto digito cero

Segundo Nivel: sexto digito diferente de cero.

Subpartidas

Aperturas de acuerdo a las necesidades

comerciales o especificaciones que necesita la

mercancía o grupo de

mercancías

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

b) Estructura

0803.00

5801.10

4905.9117

18

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

b) Estructura

18

19

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

b) Estructura

19

20

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

b) Estructura

20

21

Principio de la Producción: Establece dos criterios principales para el ordenamiento de las mercancías

dentro del S.A.

La naturaleza, origen o materia constitutiva

Uso o función de las mercancías

Por la Materia Por el Uso o FunciónSECCION

CAPITULO

I

1

XV

83

XVI XX1

84 97

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

b) Principio Producción

22

¿Qué es una enmienda?Es la actualización de la nomenclatura en sus aspectos editoriales, identificación de nuevas mercancías, en su estructura, en las demandas internas y externas, para realizar un mejor control de las mercancías que dañan el medio ambiente y otras cuyo control es necesario de acuerdo a convenios y tratados internacionales.

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

c) Enmienda

23

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

c) Enmienda

24

•III ENMIENDA 2002- 374 GRUPOS DE ENMIENDAS -PARTIDAS: 1244, CÓDIGOS S.A. : DE 5113 A 5224 25 de Julio de 1999 (1-1-2002)

IV ENMIENDA 2007- Indices; 4 Secciones; 90 Capitulos-PARTIDAS: 1221, CÓDIGOS S.A. : 5224 A 5052 26 Junio de 2004(1-1-2007)

ARANCEL HASTA 31-03-2007

ARANCEL

DE

ADUANAS

2007

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

c) Enmienda

25

S.A. Enmiendas 2007S.A. Enmiendas 2007Agricultura 41Quimicos 75Papel 13Textiles 46Metales Base 20Maquinaria 57Otros 102CAMBIOS 354

I.-El Convenio del Sistema Armonizado

c) Enmienda

26

CUARTA RECOMENDACIÓN DE ENMIENDA DEL CONCEJO DE COOPERACION ADUANERA

APROBADO 26 DE JUNIO 2004

VIGENTE 01 DE ENERO 2007

NOMENCLATURA COMUN DE LOS PAISES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA (NANDINA)

APROBADO DECISIÓN 653 15 NOVIEMBRE 2006

VIGENTE 01 DE ENERO 2007

DECRETO SUPREMO 017-2007-EF

PUBLICADO 18 DE FEBRERO 2007

VIGENTE 01 DE ABRIL 2007

II La Nomenclatura Común Andina NANDINA y el Arancel Nacional

a) Normatividad Vigente

27

NANDINA 95 DEC.249 Y MOD. NANDINA 96 DEC 381 NANDINA 2002 DEC 507

6 685 6 558 6 689

LAS DECISIONES DE LA CAN SOBRE EL ARANCEL REGIONAL

NANDINA 2007 DEC 653

6939Subpartidas

II.-Nandina

a) Normas vigentes

28

PARTIDA DESCRIPCION

01.06 Los demás animales vivos.- Mamíferos:

0106.11.00 - - Primates u0106.12.00

0106.19 - - Los demás:- - - Camélidos sudamericanos:

0106.19.11 - - - - Llamas (Lama glama), inc luidos los guanacos

0106.19.12 - - - - Alpacas (Lama pacus)

0106.19.19 - - - - Los demás

0106.19.90 - - - Los demás

0106.20.00 - Reptiles (incluidas las serpientes y tortugas de mar)

- - Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetáceos); manatíes y dugones o dugongos (mamíferos del orden Sirenios)

II.-Nandina

b) Estructura

29

ARANCEL DE ADUANAS 2007

D.S. No. 017-2007-EF

Vigencia : 01-04-2007

MOTIVO:

Fue necesario la aprobación de un nuevo Arancel de Aduanas que incorpore los cambios de la Cuarta Recomendación de Enmienda del Concejo de Cooperación Aduanera y la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones

II.-El Arancel Nacional

c)Normatividad nacional

30

DIGITOSDENOMINACION

1° 2° 3° 4° 5° 6° 7° 8° 9° 10°

1° 2° Capítulo

1° 2° 3º 4° Partida del Sistema Armonizado

1° 2° 3º 4° 5° 6° Subpartida del Sistema Armonizado

1° 2° 3º 4° 5° 6° 7° 8° Subpartida NANDINA

1° 2° 3º 4° 5° 6° 7° 8° 9° 10° Subpartida nacional

 

ESTRUCTURA DEL ARANCEL DE ADUANAS DEL PERU

II.-El Arancel Nacional

c) Estructura

31

.. .00 00 00 00 00Nº.C.Nº.C. Nº.O.Nº.O.

PARTIDAPARTIDA

S.P. S.A. S.P. S.A. Código del S.A.Código del S.A.

S.P. NANDINA S.P. NANDINA

S.P. NACIONALS.P. NACIONAL

32

II.-El Arancel Nacional

c) Estructura

N° de Subpartidas Nacionales ADV % %

1107 20 15.053041 12 41.35

1 10 0.013206 0 43.597355 100.00

Para todo el Arancel 

Tasas Arancelarias

33

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.a)Las Reglas Generales Interpretación

•Son 6 Reglas

•Las 5 primeras clasifican a nivel de PARTIDAS

•La 6ta permite clasificar a nivel de SUBPARTIDAS

•Todas plantean principios para una correcta clasificación

•Precisan los elementos que deben ser tomados en consideración

•Norma única

•Forma parte de la nomenclatura

34

Clasificación de mercancías:Clasificación de mercancías:Método que permite la ubicación correcta de la mercancía en el código de una determinada nomenclatura legalmente sustentada.

Técnica de clasificación:Técnica de clasificación:Conjunto de procedimientos que permite lograr la correcta clasificación de mercancías.

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.

a)Técnica de Clasificación

35

MERCANCIAMERCANCIA

PARTIDAPARTIDA

C. M.C. M.C. M.C. M. R.G.I.R.G.I.R.G.I.R.G.I.

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.

a)Técnica de Clasificación

36

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.b) Primera Regla General Interpretativa

Los títulos de las Secciones, Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está ya que la clasificación está determinada legalmente por los determinada legalmente por los Textos de las Partidas y de las Notas Textos de las Partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo yde Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo a las Reglas siguientes:

37

Valor indicativo: Los títulos no tienen valor legal en la clasificación, sólo un valor indicativo. Las secciones, capítulos y subcapítulos están expresados a modo de títulos.

Valor Legal El texto de las partidas y texto de las notas legales, le dan el sustento legal a toda clasificación. Legalmente la clasificación dentro de la nomenclatura del S.A. se determina por los textos de estos dos elementos.

Valor Complementario: La parte final de la primera regla nos da la opción de aplicar las demás reglas en aquellos casos que sea necesario, siempre y cuando no se éste contraviniendo los alcances de los textos de las partidas o de las notas legales.

Primera

Regla

38

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.b) Segunda R.G.I

2a

2b

SegundaSegunda ReglaRegla

Forma de Presentación

Mezclada o Asociada

Articulo incompleto o sin terminar

Carácter esencial

Desmontado o sin montar todavia

Tercera ReglaTercera Regla

39

Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud a las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

2a2aIII Estudio y Aplicación de las R.G.I.

b) Segunda R.G.I

40

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.

b) Segunda R.G.I

Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.los principios enunciados en la Regla 3.

2b2b

41

Tercera ReglaTercera Regla

3a

3b3b

3c3c

Según materia o artículo

CARÁCTER ESENCIAL

Partida especifica prima sobre partida

alcance genérico

2bOtros

Dos o más partidas se refieren solo a una parte de

las materias o artículos.

Si no se puede con las

anteriores

Ultima partida por orden de numeración

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.

c) Tercera R.G.I

42

3a)la partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas describe de manera más precisa o completa;

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.

c) Tercera R.G.I

43

los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo;

3b)3b)

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.

c) Tercera R.G.I

44

cuando las Reglas 3a) y 3b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificara en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.

3c)3c)

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.

c) Tercera R.G.I

45

4. Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.

44

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.

d) Cuarta R.G.I

46

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.

d) Quinta R.G.I

Mercancía con estuche. ¿Estuche confiere carácter

esencial?

Estuche

si

Mercancía

no

5aMercancía con

envase. ¿Envase pueden ser utilizados

repetidamente?

5b

Mercancía

Envase

no

si

47

a)a) los estucheslos estuches para cámaras fotográficas, para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, instrumentos de instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares, dibujo, collares y continentes similares, especialmente especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un apropiados para contener un artículo determinado o un juego o surtido,juego o surtido, susceptibles de susceptibles de uso prolongado y uso prolongado y presentados con los artículospresentados con los artículos a los que están a los que están destinados, se destinados, se clasificarán con dichos artículos clasificarán con dichos artículos cuando sean de los tipos normalmente vendidos con cuando sean de los tipos normalmente vendidos con ellos.ellos. Sin embargo, esta Regla no se aplica en la Sin embargo, esta Regla no se aplica en la clasificación de los continentes que confieran al clasificación de los continentes que confieran al conjunto su carácter esencialconjunto su carácter esencial;;

5a)5a)

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.d) Quinta R.G.I

48

b)b) Salvo lo dispuesto en la regla 5a) anterior,Salvo lo dispuesto en la regla 5a) anterior, los los envases que contengan mercancías se clasifican con envases que contengan mercancías se clasifican con ella cuando ella cuando sean de los tipossean de los tipos normalmente utilizados, normalmente utilizados, para esa clase de mercancías. para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta Sin embargo, esta disposiciondisposicion no es obligatoria no es obligatoria cuando los envases cuando los envases sean suceptibles de sersean suceptibles de ser utilizados utilizados razonablementerazonablemente de de manera repetida.manera repetida.

5b)5b)

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.d) Quinta R.G.I

49

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

III Estudio y Aplicación de las R.G.I.d) Sexta R.G.I

6

50

IV Instrumentos Auxiliares del S.A. – Otros