sobre la asamblea constituyente

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Sobre la Asamblea Constituyente. Gonzalo Vidueira.

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Asamblea constituyente.

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Sobre la Asamblea Constituyente.

Sobre la Asamblea Constituyente.Gonzalo Vidueira.CHILE: UN SISTEMA POLTICO ANTIDEMOCRTICO.1. La representacin popular omitida o distorsionadaLa Constitucin de 1980 es antidemocrtica, en primer lugar, por su origen. Fue elaborada por un grupo de personalidades de derecha, completamente a espaldas de cualquier consulta a la ciudadana, buscando expresamente fijar en ella un contenido ideolgico abiertamente conservador y mercantil. Fue aprobada luego en un plebiscito fraudulento, sin las garantas mnimas de discusin ni libre participacin.Los acuerdos polticos se han tomado entre cuatro paredes. Con un parlamento con binominal. El mximo de esos acuerdos es el 2005 bajo Lagos.Adems, el ordenamiento poltico institucional que ha derivado de la Constitucin de 1980 / 2005 es antidemocrtico, en segundo lugar, porque distorsiona gravemente la representacin de la soberana popular a travs:- del sistema binominal de elecciones parlamentarias, permitiendo que la derecha pueda obtener la mitad del Parlamento con solo la tercera parte de apoyo de la ciudadana; -de las leyes que requieren qurum supramayoritarios para su aprobacin, confieren poder de veto a la minora; - de los requisitos para ser elector o ser elegido, que dejan a miles de chilenos sin derechos polticos por el solo hecho de vivir en el extranjero o de haber sido sometido a ciertos tipos penales o, incluso, por el hecho de ser dirigentes sindicales. - en la amplia autonoma concedida de manera extraordinaria a las Fuerzas Armadas; - en la completa autonoma concedida al Banco Central, enmarcada en la imposicin de un modelo econmico particular, abiertamente antipopular; - en el poder concedido al Tribunal Constitucional que, en virtud de facultades extraordinariamente amplias, puede rechazar la promulgacin de leyes aprobadas por el Parlamento e, incluso, exigir qurums supramayoritarios no contemplados con anterioridad para la aprobacin de leyes que, segn su criterio autnomo y exclusivo, contienen temas que los requieren.2. La participacin escamoteada.El ordenamiento poltico institucional que nos rige no es democrtico porque es abiertamente no participativo. a. No contiene mecanismos que permitan la participacin popular directa en la discusin y decisin de los temas que afectan de manera directa a los ciudadanos:el procedimiento plebiscitario est extraordinariamente restringido en sus temas posibles, en su convocatoria y realizacin. no contempla mecanismos democrticos ampliamente aceptados en otros ordenamientos democrticos, tales como la iniciativa popular de ley, la revocatoria de mandato, la posibilidad de convocatoria popular a plebiscito.b. Las vacancias parlamentarias pasan por designacin simple de los partidos polticos. c. Carece de mecanismos permitan la democratizacin de las Fuerzas Armadas.d. Contempla disposiciones que dificultan gravemente el derecho de reunin.e. Establece disposiciones legales sobre transparencia y acceso a la informacin pblica absolutamente insuficientes. f. Contiene reas enteras que escapan al poder fiscalizador del Parlamento, como la poltica econmica, el funcionamiento de las Fuerzas Armadas, el arbitrio del Tribunal Constitucional, o los fondos reservados.g. No otorga discusin y confeccin participativa a los presupuestos municipales, tampoco, para su fiscalizacin directa y real. h. No contempla ningn mecanismo efectivo de participacin democrtica en la generacin de las autoridades judiciales, ni en su fiscalizacin, ni en la administracin de justicia.3. Un ordenamiento al servicio del mercado.a. No asegura el ejercicio efectivo del derecho a la educacin, a la salud, a la vivienda, a pensiones justas y dignas, ni a un medio ambiente sano.b. No garantiza el derecho a la diversidad cultural, ni contempla el reconocimiento nacional, ni la autonoma real de los pueblos originarios.c. Contempla amplias garantas para el derecho de propiedad, pero no establece ningn mecanismo que permita garantas para ejercer al derecho a la propiedad.d. Consagra un rgimen laboral abiertamente antipopular que anula, en la prctica, los derechos a la huelga, a la sindicalizacin, a la negociacin colectiva.e. No otorga garantas reales para los derechos propios de las diferencias de gnero, los derechos reproductivos, el derecho al reconocimiento a la diversidad sexual. f. No establece, en absoluto, la soberana, la propiedad, el usufructo, ni la administracin comn de los recursos naturales, al servicio del pas: - mineros, pesqueros, forestales; - generacin de energa; - uso comn y democrtico de los medios; - patrimonio gentico de nuestra flora y fauna. g. Consagra un sistema penal abiertamente discriminatorio, con leyes y normativas reglamentarias que distorsionan gravemente los derechos penales, procesales y penitenciarios, que criminaliza con facilidad y de manera sumaria a sectores enteros de la poblacin.El origen espurio de la Constitucin de 1980.Los resultados oficiales del plebiscito fueron los siguientes: votos por el S a la nueva Constitucin: 4.204.879 (67,04%); por el No (rechazo): 1.893.420 (30,19%); nulos: 173.569 (2,77%).En el 39,7% de las mesas observadas por sus voluntarios se detectaron irregularidades.As, en al menos nueve provincias (Tocopilla, Chaaral, Linares, Cauquenes, Huasco, Choapa, Valparaso, San Antonio y Malleco), vot ms del 100% de la poblacin.Legitimacin del sistema pinochetista por la Concertacin.La Concertacin hizo oposicin a Pinochet y su CPR. Sin embargo, como lo reconoci su eminencia gris (Edgardo Boeninger) en 1997, dicho liderazgo experiment, a fines de la dcada de los 80, una convergencia con el pensamiento econmico de la derecha, situacin que polticamente no estaba en condiciones de reconocer.Sin embargo, su derrota en el plebiscito de 1988 generaba, con seguridad, la previsin opuesta. Sera la Concertacin la que ganara la mayora en la Cmara, a pesar del sistema binominal; y alcanzara indefectiblemente el tercio del Senado, pese a los senadores designados. Recordemos que el Senado original se compona de 35 miembros: 26 elegidos (2 por cada regin) y 9 designados, cuyo tercio era 12. La Concertacin, en el peor de los casos, elegira 13.Pero, de todas formas, Aylwin habra quedado con la mayora suficiente como para transformar completamente (en la lnea de lo planteado en los 80) los sistemas laboral, sindical, de salud, universitarios, financieros, tributarios, de juntas de vecinos y colegios profesionales, el decreto-ley de amnista, etc.La nica explicacin razonable nos remite a Boeninger. Esto es, dado que la cpula de la Concertacin ya no quera efectuar los cambios prometidos, pero no poda reconocerlo ante sus bases, la solucin estaba en generar un escenario en que ese liderazgo efectivamente no pudiese efectuar dichos cambios, sin estar obligado a reconocer que ya no quera hacerlos.La genuina voluntad concesiva reconocida por Boeninger en 1997 fue ratificada completamente cuando Lagos (entre 2000 y 2002) y Bachelet (entre 2006 y 2007) adquirieron finalmente una mayora absoluta en ambas cmaras, sin hacer nada por desmantelar la institucionalidad econmica, social y cultural impuesta por la dictadura.Por ltimo, la culminacin de todo este proceso desde el punto de vista institucional- lo represent el hecho de que en 2005 el liderazgo de la Concertacin hiciera suya la Constitucin del 80!En 2005 se elimina: La inamovilidad de los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y Carabineros, y la existencia de un Consejo de Seguridad Nacional que, por su composicin y atribuciones, socavaba ostensiblemente la subordinacin de aquellos a las autoridades civiles electas.Las otras reformas aparentemente democratizadoras la eliminacin de los senadores designados y vitalicios; y el hecho de sacar del texto constitucional el sistema electoral binominal- significaron poco o nada.En conclusin, los gobiernos de la Concertacin legitimaron, consolidaron y perfeccionaron pacficamente la obra refundacional impuesta a sangre y fuego por la dictadura.UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DEMOCRTICA Y PARTICIPATIVAPara ello: a. Asamblea Constituyente grande, elegida especialmente de manera proporcional, de tal manera que todos los sectores de la ciudadana (incluyendo a los chilenos que residen en el exterior) estn representados. b. Asamblea Constituyente deliberante, es decir, que proponga y discuta ella misma alternativas y propuestas constitucionales, que no se limite a aprobar o rechazar proposiciones hechas por comisiones de expertos. c. Asamblea Constituyente participativa, que sea capaz de convocar amplias consultas parciales en todas las instancias de participacin ciudadana intermedia. Que lleve a cabo un amplio proceso educativo y consultivo ocupando las ltimas tecnologas disponibles. d. Para que este proceso constituyente tenga un resultado realmente democrtico, es necesario evitar a toda costa los procesos de negociacin entre las elites polticas instaladas en la Asamblea y los poderes de facto que, con toda seguridad, la rodearn. Temas particulares sean sometidos a plebiscito, es decir, que sean decididos directamente por el conjunto de la ciudadana con el acuerdo de los 2/3 de sus componentes efectivos. e. Este requisito supra mayoritario debe dar origen a un plebiscito en que la ciudadana se pronuncie sobre alternativas constitucionales. f. Solo tras esta consulta popular y con alternativas, es aceptable que se redacte una Constitucin que se atenga estrictamente a su mandato y sea, a su vez, sometida a aprobacin plebiscitaria.UNA COMISIN BICAMERAL PARA GENERAR UNA NUEVA CONSTITUCIN ES UN PROCEDIMIENTO ANTIDEMOCRTICOArgumentos contra AC: no est previsto en la carta fundamental y que no existe un estado de crisis institucional que la respalde. Yo no quisiera que el tema de la Asamblea Constituyente fuera una especie de droga que nos haga olvidar los problemas polticos, que son los decisivos. O sea, que nos pongamos a fumar opio en un escenario ficticio, inexistente, de una crisis institucional que no existe, de una Asamblea Constituyente que no se va a constituir nunca. (Camilo Escalona).Esto quiere decir que para que ella exista, el actual Congreso debe aprobar una reforma constitucional por los dos tercios de sus miembros; vale decir, con un acuerdo que supone una participacin importante de la derecha. Ahora, proceder saltndose la Constitucin, es un salto al vaco, una torpeza que ningn gobierno sensato va a hacer (Genaro Arriagada).Lo anteriormente expuesto, nos lleva a concluir que, aquellas frmulas propiciadas por los lderes de la Concertacin, conducen a reconocerle ilegtimamente al Congreso Nacional el poder constituyente originario, sustituyendo la voluntad popular y negando al pueblo la legitimidad poltica para dotarse de una nueva norma fundamental, reeditando la prctica histrica de la lite poltica chilena que ha perpetuado la gnesis de constituciones polticas de base cupular desde los albores de la Independencia.CMO LLEGAR A LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE?El proceso constituyente debe efectuarse prioritariamente en la base social.Para construir un poderoso movimiento ciudadano por la AC es preciso que el grueso de la ciudadana establezca un vnculo adecuado entre esta demanda y su vida cotidiana.Pasos:Mediante pronunciamiento de