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Resolución Nº 319/2018 del Ministerio de Jus�cia y Derechos Humanos
de la Provincia de Córdoba
ANEXO I - Proyecto Ins�tucional del Centro Socioeduca�vo Complejo Esperanza
Anexo 1 - Manual de Procedimiento del Personal de Asistencia y Seguridad
Anexo A del Anexo 1
Anexo B del Anexo 1
Anexo 2 - Protocolo del Centro de Admisión y Diagnós�co
Anexo A del Anexo 2
Anexo B del Anexo 2
Anexo C del Anexo 2
Anexo D del Anexo 2
Anexo 3 - Protocolo de los Educadores Sociales
Anexo 4 - Protocolo del Personal de Salud
Anexo 5 - Protocolo del Personal de Traslados
Anexo 6 - Protocolo del Personal de Área Social
Anexo 7 - Protocolo del Personal del Área Psicología
ANEXO II - Reglamento Interno de Convivencia de los Centros Socioeduca�vos
Cerrados (Resolución N° 012/2014 y sus modificatorias Resoluciones N° 005/2017 y
N° 024/2017 de SENAF)
ANEXO III - Creación del Consejo Interdisciplinario Socioeduca�vo (Resolución SENAF
031/2017 y su modificatoria Resolución Nº 055/2018)
13
32
53
55
56
64
66
78
80
81
101
113
115
119
9
127
152
Resolución Nº 319/2018 del Ministerio de Jus�cia y Derechos Humanos
de la Provincia de Córdoba
ANEXO I - Proyecto Ins�tucional del Centro Socioeduca�vo Complejo Esperanza
Anexo 1 - Manual de Procedimiento del Personal de Asistencia y Seguridad
Anexo A del Anexo 1
Anexo B del Anexo 1
Anexo 2 - Protocolo del Centro de Admisión y Diagnós�co
Anexo A del Anexo 2
Anexo B del Anexo 2
Anexo C del Anexo 2
Anexo D del Anexo 2
Anexo 3 - Protocolo de los Educadores Sociales
Anexo 4 - Protocolo del Personal de Salud
Anexo 5 - Protocolo del Personal de Traslados
Anexo 6 - Protocolo del Personal de Área Social
Anexo 7 - Protocolo del Personal del Área Psicología
ANEXO II - Reglamento Interno de Convivencia de los Centros Socioeduca�vos
Cerrados (Resolución N° 012/2014 y sus modificatorias Resoluciones N° 005/2017 y
N° 024/2017 de SENAF)
ANEXO III - Creación del Consejo Interdisciplinario Socioeduca�vo (Resolución SENAF
031/2017 y su modificatoria Resolución Nº 055/2018)
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32
53
55
56
64
66
78
80
81
101
113
115
119
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152
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESOLUCIÓN N°319/2018
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESOLUCIÓN N°319/2018
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Gobierno de Córdoba
Ministerio de Justicia
Y
Derechos Humanos
CÓRDOBA, 16 de Noviembre de 2018.
VISTO: El Proyecto Institucional elaborado por la
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia para su implementación en el
Centro Socioeducativo Complejo Esperanza, que aloja a jóvenes en conflicto
con la ley penal.
Y CONSIDERANDO:
Que es competencia del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia,
garantizar la “atención integral a los adolescentes en conflicto con la ley
penal…”.
Que al respecto, la Convención sobre los Derechos del
Niño reconoce el derecho de todo niño infractor o presunto infractor “… a ser
tratado de manera acorde con el fomento de su sentido de la dignidad y el
valor, que fortalezca el respeto del niño por los derechos humanos y las
libertades fundamentales de terceros y en la que se tengan en cuenta la edad
del niño y la importancia de promover la reintegración del niño y de que este
asuma una función constructiva en la sociedad” (art. 40 CDN).
Que este Ministerio ha adoptado numerosas medidas
destinadas a mejorar el funcionamiento orgánico y adecuado de los Centros
Socioeducativos Cerrados que alojan a jóvenes en conflicto con la ley penal,
tales como: reestructuraciones edilicias, promoción de la educación,
capacitación en oficios, acceso al deporte, atención específica de la
problemática del consumo de sustancias, capacitaciones continuas al personal,
entre otras.
9
Gobierno de Córdoba
Ministerio de Justicia
Y
Derechos Humanos
CÓRDOBA, 16 de Noviembre de 2018.
VISTO: El Proyecto Institucional elaborado por la
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia para su implementación en el
Centro Socioeducativo Complejo Esperanza, que aloja a jóvenes en conflicto
con la ley penal.
Y CONSIDERANDO:
Que es competencia del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia,
garantizar la “atención integral a los adolescentes en conflicto con la ley
penal…”.
Que al respecto, la Convención sobre los Derechos del
Niño reconoce el derecho de todo niño infractor o presunto infractor “… a ser
tratado de manera acorde con el fomento de su sentido de la dignidad y el
valor, que fortalezca el respeto del niño por los derechos humanos y las
libertades fundamentales de terceros y en la que se tengan en cuenta la edad
del niño y la importancia de promover la reintegración del niño y de que este
asuma una función constructiva en la sociedad” (art. 40 CDN).
Que este Ministerio ha adoptado numerosas medidas
destinadas a mejorar el funcionamiento orgánico y adecuado de los Centros
Socioeducativos Cerrados que alojan a jóvenes en conflicto con la ley penal,
tales como: reestructuraciones edilicias, promoción de la educación,
capacitación en oficios, acceso al deporte, atención específica de la
problemática del consumo de sustancias, capacitaciones continuas al personal,
entre otras.
9
Que resulta necesario en esta instancia, a fin de
garantizar los derechos enunciados en el marco legal vigente y favorecer la
adecuada resocialización de aquellos jóvenes, enmarcar la práctica
institucional en un proyecto socioeducativo que promueva la participación y el
compromiso de los diversos actores, fortalezca la toma de decisiones así como
la gestión planificada, y permita optimizar los recursos institucionales
disponibles.
Que a los fines señalados, desde la Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia un equipo interdisciplinario elaboró un Proyecto
Institucional para el Centro Socioeducativo Complejo Esperanza, el que,
basado en el carácter socioeducativo de la medida impuesta judicialmente,
atienda los intereses, necesidades y potencialidades del joven, mediante un
abordaje interdisciplinario e interinstitucional que garantice el ejercicio efectivo
de sus derechos ciudadanos, promueva la capacidad de responsabilizarse de
sus actos, respetar los derechos del otro y asumir obligaciones en relación a
las tareas de aprendizaje y convivencia junto a otras personas, su familia y la
comunidad.
Que se entiende oportuno y pertinente aprobar el
mencionado proyecto, haciéndolo extensivo al Centro Socioeducativo de
Adolescentes Mujeres, en cuanto resulte compatible.
Que, a los fines de regular específicamente las relaciones
entre las personas que conviven circunstancialmente en los Centros
Socioeducativos Cerrados, oportunamente la citada Secretaría dictó el
Reglamento Interno de Convivencia, haciendo hincapié en los roles
diferenciados y asimétricos que unen a los jóvenes y el personal asignado a su
asistencia, a los fines de posibilitar su adecuada convivencia sobre la base del
respeto a sus derechos; entendiendo pertinente ratificar en este acto el citado
instrumento.
10
Que resulta necesario en esta instancia, a fin de
garantizar los derechos enunciados en el marco legal vigente y favorecer la
adecuada resocialización de aquellos jóvenes, enmarcar la práctica
institucional en un proyecto socioeducativo que promueva la participación y el
compromiso de los diversos actores, fortalezca la toma de decisiones así como
la gestión planificada, y permita optimizar los recursos institucionales
disponibles.
Que a los fines señalados, desde la Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia un equipo interdisciplinario elaboró un Proyecto
Institucional para el Centro Socioeducativo Complejo Esperanza, el que,
basado en el carácter socioeducativo de la medida impuesta judicialmente,
atienda los intereses, necesidades y potencialidades del joven, mediante un
abordaje interdisciplinario e interinstitucional que garantice el ejercicio efectivo
de sus derechos ciudadanos, promueva la capacidad de responsabilizarse de
sus actos, respetar los derechos del otro y asumir obligaciones en relación a
las tareas de aprendizaje y convivencia junto a otras personas, su familia y la
comunidad.
Que se entiende oportuno y pertinente aprobar el
mencionado proyecto, haciéndolo extensivo al Centro Socioeducativo de
Adolescentes Mujeres, en cuanto resulte compatible.
Que, a los fines de regular específicamente las relaciones
entre las personas que conviven circunstancialmente en los Centros
Socioeducativos Cerrados, oportunamente la citada Secretaría dictó el
Reglamento Interno de Convivencia, haciendo hincapié en los roles
diferenciados y asimétricos que unen a los jóvenes y el personal asignado a su
asistencia, a los fines de posibilitar su adecuada convivencia sobre la base del
respeto a sus derechos; entendiendo pertinente ratificar en este acto el citado
instrumento.
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Gobierno de Córdoba
Ministerio de Justicia
Y
Derechos Humanos
Que asimismo, en el marco de las profundas
modificaciones implementadas en el Centro Socioeducativo Complejo
Esperanza, mediante Resolución N° 031/2017 y su modificatoria N° 55/2018, el
Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia creó el Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, órgano consultivo integrado por representantes de las diversas
disciplinas que abordan la problemática del niño en su paso por la institución,
cuyo contenido también corresponde sea ratificado en el presente acto.
Que finalmente corresponde autorizar al Secretario de
Niñez, Adolescencia y Familia a realizar las adecuaciones y/o modificaciones
que resulten necesarias para la correcta implementación de las normas
mencionadas supra.
Por lo expuesto, en ejercicio de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
1°.- APRUÉBASE el Proyecto Institucional del Centro Socioeducativo Complejo
Esperanza dependiente de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, el
que como Anexo I, compuesto de ciento trece (113) fojas, forma parte
integrante de la presente Resolución, haciéndose extensivo el mismo al Centro
Socioeducativo de Adolescentes Mujeres, en cuanto resulte compatible.
2°.- RATIFÍCASE el Reglamento Interno de Convivencia para Establecimientos
Socioeducativos Cerrados dependientes de la Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia, el que fuera aprobado por Resolución N° 12/2014 y sus
modificatorias Nros. 05/2017 y 24/2017 de la mencionada Secretaría, cuyo
texto ordenado se acompaña como Anexo II el que compuesto de veinticinco
(25) fojas forma parte de la presente.
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Gobierno de Córdoba
Ministerio de Justicia
Y
Derechos Humanos
Que asimismo, en el marco de las profundas
modificaciones implementadas en el Centro Socioeducativo Complejo
Esperanza, mediante Resolución N° 031/2017 y su modificatoria N° 55/2018, el
Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia creó el Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, órgano consultivo integrado por representantes de las diversas
disciplinas que abordan la problemática del niño en su paso por la institución,
cuyo contenido también corresponde sea ratificado en el presente acto.
Que finalmente corresponde autorizar al Secretario de
Niñez, Adolescencia y Familia a realizar las adecuaciones y/o modificaciones
que resulten necesarias para la correcta implementación de las normas
mencionadas supra.
Por lo expuesto, en ejercicio de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
1°.- APRUÉBASE el Proyecto Institucional del Centro Socioeducativo Complejo
Esperanza dependiente de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, el
que como Anexo I, compuesto de ciento trece (113) fojas, forma parte
integrante de la presente Resolución, haciéndose extensivo el mismo al Centro
Socioeducativo de Adolescentes Mujeres, en cuanto resulte compatible.
2°.- RATIFÍCASE el Reglamento Interno de Convivencia para Establecimientos
Socioeducativos Cerrados dependientes de la Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia, el que fuera aprobado por Resolución N° 12/2014 y sus
modificatorias Nros. 05/2017 y 24/2017 de la mencionada Secretaría, cuyo
texto ordenado se acompaña como Anexo II el que compuesto de veinticinco
(25) fojas forma parte de la presente.
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3°.- RATIFÍCASE la Resolución N° 031/2017 y su modificatoria N° 055/2018 de
la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, mediante la cual se crea el
Consejo Interdisciplinario Socioeducativo del Centro Socioeducativo Complejo
Esperanza, que como Anexo III, compuesto de cinco (5) fojas, forma parte del
presente instrumento legal.
4°.- AUTORÍZASE al Sr. Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia a realizar
las adecuaciones y/o modificaciones que resulten necesarias para la correcta
implementación de las normas mencionadas en los artículos precedentes.
5°.-. PROTOCOLÍCESE, comuníquese y archívese.
RESOLUCIÓN
N° 319.
Fdo.: Luis Eugenio Angulo – Ministro de Justicia y Derechos Humanos de
la Provincia de Córdoba.
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3°.- RATIFÍCASE la Resolución N° 031/2017 y su modificatoria N° 055/2018 de
la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, mediante la cual se crea el
Consejo Interdisciplinario Socioeducativo del Centro Socioeducativo Complejo
Esperanza, que como Anexo III, compuesto de cinco (5) fojas, forma parte del
presente instrumento legal.
4°.- AUTORÍZASE al Sr. Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia a realizar
las adecuaciones y/o modificaciones que resulten necesarias para la correcta
implementación de las normas mencionadas en los artículos precedentes.
5°.-. PROTOCOLÍCESE, comuníquese y archívese.
RESOLUCIÓN
N° 319.
Fdo.: Luis Eugenio Angulo – Ministro de Justicia y Derechos Humanos de
la Provincia de Córdoba.
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ANEXO I
SISTEMA PENAL JUVENIL
SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
PROVINCIA DE CÓRDOBA
PROYECTO INSTITUCIONAL COMPLEJO ESPERANZA
FUNDAMENTACIÓN El presente Proyecto Institucional de los Centros Socioeducativos Cerrados, se
enmarca en la adecuación de las políticas públicas de Niñez y Adolescencia a
los estándares internacionales de Derechos Humanos, promoviendo la
disminución del uso de la privación de libertad de los adolescentes en conflicto
con la ley penal, generando medidas no privativas de aquélla.
Fue construido junto a los funcionarios, equipos profesionales y operadores de
la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, responsables de la aplicación
de las políticas públicas vinculadas al área penal juvenil en los distintos
dispositivos penales juveniles.
Uno de los principales objetivos que guió la construcción del Proyecto
Institucional, fue la decisión del Ministro de Justicia de la Provincia de Córdoba
Dr. Luis Eugenio Angulo junto al Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia
Dr. José Ricardo Piñero de acercar las prácticas institucionales del Sistema
Penal Juvenil al enfoque de la normativa internacional vigente.
Esta normativa internacional establece que las medidas aplicadas a jóvenes
infractores o presuntos infractores, deben procurar el …fomento de su sentido
de la dignidad y el valor, que fortalezca el respeto del niño por los derechos
humanos y las libertades fundamentales de terceros… teniendo en cuenta ….la
importancia de promover la reintegración del niño y de éste asuma una función
constructiva en la sociedad (art. 40 CDN).
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ANEXO I
SISTEMA PENAL JUVENIL
SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
PROVINCIA DE CÓRDOBA
PROYECTO INSTITUCIONAL COMPLEJO ESPERANZA
FUNDAMENTACIÓN El presente Proyecto Institucional de los Centros Socioeducativos Cerrados, se
enmarca en la adecuación de las políticas públicas de Niñez y Adolescencia a
los estándares internacionales de Derechos Humanos, promoviendo la
disminución del uso de la privación de libertad de los adolescentes en conflicto
con la ley penal, generando medidas no privativas de aquélla.
Fue construido junto a los funcionarios, equipos profesionales y operadores de
la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, responsables de la aplicación
de las políticas públicas vinculadas al área penal juvenil en los distintos
dispositivos penales juveniles.
Uno de los principales objetivos que guió la construcción del Proyecto
Institucional, fue la decisión del Ministro de Justicia de la Provincia de Córdoba
Dr. Luis Eugenio Angulo junto al Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia
Dr. José Ricardo Piñero de acercar las prácticas institucionales del Sistema
Penal Juvenil al enfoque de la normativa internacional vigente.
Esta normativa internacional establece que las medidas aplicadas a jóvenes
infractores o presuntos infractores, deben procurar el …fomento de su sentido
de la dignidad y el valor, que fortalezca el respeto del niño por los derechos
humanos y las libertades fundamentales de terceros… teniendo en cuenta ….la
importancia de promover la reintegración del niño y de éste asuma una función
constructiva en la sociedad (art. 40 CDN).
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Para que el carácter socioeducativo de la medida impuesta judic ialmente
pueda tener posibilidades de cumplirse y ser promotora de autonomía,
responsabilidad y ejercicio de ciudadanía, es necesario arbitrar todos aquellos
mecanismos que garanticen el acceso efectivo a derechos en los dis tintos
dispositivos penales juveniles (medidas no privativas de libertad, privación o
restricción de libertad).
Es por ello que la finalidad del Proyecto Institucional se fundamenta en
favorecer las acciones interinstitucionales e intersectoriales que promuevan la
participación y compromiso de los diversos actores, fortalecer la toma de
decisiones, así como la gestión planificada y optimizar los recursos
institucionales con el fin de dar cumplimiento a los derechos enunciados en el
marco legal que regula la ejecución de las medidas penales juveniles.
14
Para que el carácter socioeducativo de la medida impuesta judic ialmente
pueda tener posibilidades de cumplirse y ser promotora de autonomía,
responsabilidad y ejercicio de ciudadanía, es necesario arbitrar todos aquellos
mecanismos que garanticen el acceso efectivo a derechos en los dis tintos
dispositivos penales juveniles (medidas no privativas de libertad, privación o
restricción de libertad).
Es por ello que la finalidad del Proyecto Institucional se fundamenta en
favorecer las acciones interinstitucionales e intersectoriales que promuevan la
participación y compromiso de los diversos actores, fortalecer la toma de
decisiones, así como la gestión planificada y optimizar los recursos
institucionales con el fin de dar cumplimiento a los derechos enunciados en el
marco legal que regula la ejecución de las medidas penales juveniles.
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Centro Socioeducativo Complejo Esperanza
La aplicación de medidas judiciales requiere coordinar elementos heterogéneos
en el momento de la intervención, como son las instituciones, saberes y
discursos disciplinarios, elementos arquitectónicos, normativas administrativas
y prácticas específicas, entre otras. El modelo de intervención en estos
dispositivos es el socio-educativo.
• MISIÓN
Realizar UNA INTERVENCIÓN SOCIOEDUCATIVA que atienda a los
intereses, necesidades y potencialidades del joven mediante un ABORDAJE
INTERDISCIPLINARIO E INTERINSTITUCIONAL, que garantice el
EJERCICIO EFECTIVO DE SUS DERECHOS CIUDADANOS, a fin de
promover la CAPACIDAD DE LOS JÓVENES DE RESPONSABILIZARSE DE
SUS ACTOS, respetando los derechos de otros y asumiendo obligaciones en
relación a tareas de aprendizajes y convivencia junto a otras personas, su
familia y su comunidad.
● CARACTERIZACIÓN DEL SUJETO CON QUIEN SE INTERVIENE
Se trata de adolescentes que circunstancialmente se encuentran en conflicto
con la ley penal. Son portadores de intereses, necesidades y potencialidades.
Sujetos titulares de derechos ciudadanos, con potencialidad para
responsabilizarse de sus actos y de respetar los derechos de otros. Con
capacidad de asumir obligaciones en tareas de aprendizajes y convivencia
junto a otras personas, su familia y su comunidad.
Son adolescentes que generalmente en encuentran en condiciones materiales,
sociales y culturales de vulnerabilidad, con dificultades en el acceso a
derechos, que deben ser garantizados durante el cumplimiento de la medida y
15
Centro Socioeducativo Complejo Esperanza
La aplicación de medidas judiciales requiere coordinar elementos heterogéneos
en el momento de la intervención, como son las instituciones, saberes y
discursos disciplinarios, elementos arquitectónicos, normativas administrativas
y prácticas específicas, entre otras. El modelo de intervención en estos
dispositivos es el socio-educativo.
• MISIÓN
Realizar UNA INTERVENCIÓN SOCIOEDUCATIVA que atienda a los
intereses, necesidades y potencialidades del joven mediante un ABORDAJE
INTERDISCIPLINARIO E INTERINSTITUCIONAL, que garantice el
EJERCICIO EFECTIVO DE SUS DERECHOS CIUDADANOS, a fin de
promover la CAPACIDAD DE LOS JÓVENES DE RESPONSABILIZARSE DE
SUS ACTOS, respetando los derechos de otros y asumiendo obligaciones en
relación a tareas de aprendizajes y convivencia junto a otras personas, su
familia y su comunidad.
● CARACTERIZACIÓN DEL SUJETO CON QUIEN SE INTERVIENE
Se trata de adolescentes que circunstancialmente se encuentran en conflicto
con la ley penal. Son portadores de intereses, necesidades y potencialidades.
Sujetos titulares de derechos ciudadanos, con potencialidad para
responsabilizarse de sus actos y de respetar los derechos de otros. Con
capacidad de asumir obligaciones en tareas de aprendizajes y convivencia
junto a otras personas, su familia y su comunidad.
Son adolescentes que generalmente en encuentran en condiciones materiales,
sociales y culturales de vulnerabilidad, con dificultades en el acceso a
derechos, que deben ser garantizados durante el cumplimiento de la medida y
15
luego de la misma, para así reducir su vulnerabilidad y favorecer su inclusión
social.
Jóvenes que requieren ser fortalecidos en su educación formal, cultural,
deportiva y laboral, estimulando sus potencialidades y el desarrollo de
destrezas en el contexto socio-económico actual. Se trata de jóvenes que
necesitan ser reconocidos en su dignidad y en el valor que su vida y sus actos
tienen para los demás, que necesitan ser fortalecidos en procesos de
participación protagónica juvenil responsable y efectiva, involucrándose
en su propio proceso socio–educativo.
● OBJETIVO GENERAL
IMPLEMENTAR UNA MEDIDA JUDICIAL PENAL desde una PERSPECTIVA
INTEGRAL SOCIOEDUCATIVA, que contemple dos dimensiones:
- Una subjetiva, vinculada a la capacidad de hacerse responsable de los
propios actos, garantizando el ejercicio de sus derechos ciudadanos en
base al fortalecimiento familiar, vincular y comunitario, y
- Una dimensión ligada a las condiciones materiales y sociales del joven,
a fin de garantizar derechos, no sólo durante el cumplimiento de la medida,
sino con posterioridad a la misma.
● OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Promover el buen trato interpersonal con los jóvenes, basados en el respeto
hacia ellos y de los jóvenes hacia los otros y hacia sí mismo, que les permita
reconocerse en su dignidad y en el valor que su vida y sus actos tienen para
los demás, siendo este trato un requisito de posibilidad para que los
adolescentes asuman en la sociedad una función constructiva.
2. Establecer mecanismos que garanticen el acceso efectivo a derechos a
través del desarrollo de estrategias tanto individuales, grupales e
interinstitucionales, que tengan en cuenta las trayectorias de vida, las
condiciones socio-familiares y la revinculación con su comunidad por parte de
16
luego de la misma, para así reducir su vulnerabilidad y favorecer su inclusión
social.
Jóvenes que requieren ser fortalecidos en su educación formal, cultural,
deportiva y laboral, estimulando sus potencialidades y el desarrollo de
destrezas en el contexto socio-económico actual. Se trata de jóvenes que
necesitan ser reconocidos en su dignidad y en el valor que su vida y sus actos
tienen para los demás, que necesitan ser fortalecidos en procesos de
participación protagónica juvenil responsable y efectiva, involucrándose
en su propio proceso socio–educativo.
● OBJETIVO GENERAL
IMPLEMENTAR UNA MEDIDA JUDICIAL PENAL desde una PERSPECTIVA
INTEGRAL SOCIOEDUCATIVA, que contemple dos dimensiones:
- Una subjetiva, vinculada a la capacidad de hacerse responsable de los
propios actos, garantizando el ejercicio de sus derechos ciudadanos en
base al fortalecimiento familiar, vincular y comunitario, y
- Una dimensión ligada a las condiciones materiales y sociales del joven,
a fin de garantizar derechos, no sólo durante el cumplimiento de la medida,
sino con posterioridad a la misma.
● OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Promover el buen trato interpersonal con los jóvenes, basados en el respeto
hacia ellos y de los jóvenes hacia los otros y hacia sí mismo, que les permita
reconocerse en su dignidad y en el valor que su vida y sus actos tienen para
los demás, siendo este trato un requisito de posibilidad para que los
adolescentes asuman en la sociedad una función constructiva.
2. Establecer mecanismos que garanticen el acceso efectivo a derechos a
través del desarrollo de estrategias tanto individuales, grupales e
interinstitucionales, que tengan en cuenta las trayectorias de vida, las
condiciones socio-familiares y la revinculación con su comunidad por parte de
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los jóvenes, promoviendo un proceso de gradual autonomía y responsabilidad
de los mismos.
3. Garantizar estrategias integrales de intervención que incluyan el
fortalecimiento de la participación juvenil a través de la educación formal,
cultural, deportiva y laboral, estimulando sus potencialidades y el desarrollo de
destrezas en el contexto socio-económico actual.
4. Favorecer la integración del adolescente al proceso socioeducativo
trabajando con las familias desde el inicio de la privación de libertad,
acercándolos a programas sociales y redes comunitarias en territorio para
generar, en su centro de vida, condiciones propicias de desarrollo de la
sociabilidad y su autonomía.
5. Asegurar la participación protagónica responsable y efectiva del adolescente
involucrándose en su propio proceso socio educativo que comprenda el sentido
de las intervenciones unificadas y consensuadas por los distintos actores
institucionales.
6. Prevenir la emergencia y escalonamiento de los conflictos mediante el
fortalecimiento de la convivencia democrática y el resguardo de la integridad
física y psíquica de los jóvenes, así como del personal, a través de la aplicación
del Reglamento de Convivencia.
7. Disminuir los efectos de-socializadores y de-subjetivantes del encierro,
velando por la realización de un régimen de vida que garantice actividades
cotidianas enmarcadas en el reconocimiento de todos sus derechos.
8. Producir y comunicar información clara y eficaz que colabore con la toma de
decisiones en el proceso socioeducativo que cada joven transita y que sea de
acceso directo a él y su familia.
9. Promover el trabajo interdisciplinario planificado y evaluado de manera inter-
área para el monitoreo constante respecto del cumplimiento de los objetivos del
Proyecto Institucional
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los jóvenes, promoviendo un proceso de gradual autonomía y responsabilidad
de los mismos.
3. Garantizar estrategias integrales de intervención que incluyan el
fortalecimiento de la participación juvenil a través de la educación formal,
cultural, deportiva y laboral, estimulando sus potencialidades y el desarrollo de
destrezas en el contexto socio-económico actual.
4. Favorecer la integración del adolescente al proceso socioeducativo
trabajando con las familias desde el inicio de la privación de libertad,
acercándolos a programas sociales y redes comunitarias en territorio para
generar, en su centro de vida, condiciones propicias de desarrollo de la
sociabilidad y su autonomía.
5. Asegurar la participación protagónica responsable y efectiva del adolescente
involucrándose en su propio proceso socio educativo que comprenda el sentido
de las intervenciones unificadas y consensuadas por los distintos actores
institucionales.
6. Prevenir la emergencia y escalonamiento de los conflictos mediante el
fortalecimiento de la convivencia democrática y el resguardo de la integridad
física y psíquica de los jóvenes, así como del personal, a través de la aplicación
del Reglamento de Convivencia.
7. Disminuir los efectos de-socializadores y de-subjetivantes del encierro,
velando por la realización de un régimen de vida que garantice actividades
cotidianas enmarcadas en el reconocimiento de todos sus derechos.
8. Producir y comunicar información clara y eficaz que colabore con la toma de
decisiones en el proceso socioeducativo que cada joven transita y que sea de
acceso directo a él y su familia.
9. Promover el trabajo interdisciplinario planificado y evaluado de manera inter-
área para el monitoreo constante respecto del cumplimiento de los objetivos del
Proyecto Institucional
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● PRINCIPALES ESTRATEGIAS A IMPLEMENTAR PARA ALCANZAR
LOS OBJETIVOS ESTABLECIDOS
1. Mesa Permanente de Referentes Interinstitucionales, para la
programación y evaluación de las actividades que se implementen, con
la participación de los delegados de los jóvenes elegidos por ellos
mismos.
2. Fortalecimiento del Consejo Interdisciplinario, para la asistencia y
asesoramiento permanente y colegiado del Subsecretario de la SeNAF (o
del funcionario a cargo del Complejo) y la unificación de criterios
profesionales en los informes.
3. Trabajo por áreas o equipos profesionales hacia la convalidación de
Protocolos acordados y conocidos por las distintas áreas.
4. Espacios de trabajo en grupos operativos por área e inter–áreas.
5. Elaborar diagnósticos integrales, situados y amplios a partir del ingreso
del joven al Centro de Admisión y Derivación.
6. Desarrollar dispositivos de trabajos inter-áreas con las familias.
7. Promover ambientes seguros basados en el fortalecimiento de vínculos
entre los jóvenes y de ellos con el personal a cargo.
8. Asamblea de jóvenes como espacio de participación y fortalecimiento de
la convivencia.
9. Mesa de participación juvenil por Centro y entre los distintos Centros en
orden a planificar y gestionar acciones propias de la vida en los sectores
y también para trabajar la resolución de conflictos de manera pacífica,
junto a profesionales y operadores de las distintas áreas de intervención.
10. Espacios y programas de Capacitación continua del personal.
11. Elaboración del Proyecto Educativo Individual con la participación del
personal socio educador y el aporte de profesionales psicólogos y
trabajadores sociales, promoviendo la reflexión de los jóvenes. Es
fundamental para la elaboración del PEI y el acompañamiento al egreso
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● PRINCIPALES ESTRATEGIAS A IMPLEMENTAR PARA ALCANZAR
LOS OBJETIVOS ESTABLECIDOS
1. Mesa Permanente de Referentes Interinstitucionales, para la
programación y evaluación de las actividades que se implementen, con
la participación de los delegados de los jóvenes elegidos por ellos
mismos.
2. Fortalecimiento del Consejo Interdisciplinario, para la asistencia y
asesoramiento permanente y colegiado del Subsecretario de la SeNAF (o
del funcionario a cargo del Complejo) y la unificación de criterios
profesionales en los informes.
3. Trabajo por áreas o equipos profesionales hacia la convalidación de
Protocolos acordados y conocidos por las distintas áreas.
4. Espacios de trabajo en grupos operativos por área e inter–áreas.
5. Elaborar diagnósticos integrales, situados y amplios a partir del ingreso
del joven al Centro de Admisión y Derivación.
6. Desarrollar dispositivos de trabajos inter-áreas con las familias.
7. Promover ambientes seguros basados en el fortalecimiento de vínculos
entre los jóvenes y de ellos con el personal a cargo.
8. Asamblea de jóvenes como espacio de participación y fortalecimiento de
la convivencia.
9. Mesa de participación juvenil por Centro y entre los distintos Centros en
orden a planificar y gestionar acciones propias de la vida en los sectores
y también para trabajar la resolución de conflictos de manera pacífica,
junto a profesionales y operadores de las distintas áreas de intervención.
10. Espacios y programas de Capacitación continua del personal.
11. Elaboración del Proyecto Educativo Individual con la participación del
personal socio educador y el aporte de profesionales psicólogos y
trabajadores sociales, promoviendo la reflexión de los jóvenes. Es
fundamental para la elaboración del PEI y el acompañamiento al egreso
18
del joven, ayudarlo a que como sujeto se piense en su Centro de Vida,
es decir, su proyecto en el afuera del Complejo Esperanza.
12. Construcción de los protocolos correspondientes a las distintas áreas y
servicios que se brindan en el Complejo Esperanza (Manual de
Procedimientos del Personal de Asistencia y Seguridad, Manual de
Procedimientos del Equipo de Educadoras Sociales, Protocolo del CAD,
Protocolo de Salud, Protocolo de Traslados externos, etc.).
• ROLES Y FUNCIONES DE LAS ÀREAS Y EQUIPOS TÉCNICOS Y
OPERADORES
CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNÓSTICO
Rol:
El Centro de Admisión y Diagnóstico es un dispositivo especializado de
admisión, evaluación o valoración integral y derivación -en un plazo mínimo
razonable- para la totalidad de los adolescentes aprehendidos por la presunta
comisión de un delito.
El rol propio se vincula con diagnosticar e informar al Poder Judicial en el
menor tiempo posible, sobre la situación de los adolescentes aprehendidos por
la fuerza de seguridad provincial por la presunta comisión de un hecho ilícito.
Desde este dispositivo el joven puede ser derivado según disposición judicial,
teniendo en cuenta sugerencias del equipo interdisciplinario del Centro, a
medidas no privativas de libertad, o a privación de libertad en el Complejo
Esperanza.
El Centro de Admisión y Diagnóstico funciona las 24 horas de todos los días
del año.
Funciones:
- Implementar su propio Proyecto de Centro de Admisión que contiene los
objetivos, estrategias, protocolos y guías de intervención e instrumentos de
evaluación y monitoreo de los objetivos planteados.
19
del joven, ayudarlo a que como sujeto se piense en su Centro de Vida,
es decir, su proyecto en el afuera del Complejo Esperanza.
12. Construcción de los protocolos correspondientes a las distintas áreas y
servicios que se brindan en el Complejo Esperanza (Manual de
Procedimientos del Personal de Asistencia y Seguridad, Manual de
Procedimientos del Equipo de Educadoras Sociales, Protocolo del CAD,
Protocolo de Salud, Protocolo de Traslados externos, etc.).
• ROLES Y FUNCIONES DE LAS ÀREAS Y EQUIPOS TÉCNICOS Y
OPERADORES
CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNÓSTICO
Rol:
El Centro de Admisión y Diagnóstico es un dispositivo especializado de
admisión, evaluación o valoración integral y derivación -en un plazo mínimo
razonable- para la totalidad de los adolescentes aprehendidos por la presunta
comisión de un delito.
El rol propio se vincula con diagnosticar e informar al Poder Judicial en el
menor tiempo posible, sobre la situación de los adolescentes aprehendidos por
la fuerza de seguridad provincial por la presunta comisión de un hecho ilícito.
Desde este dispositivo el joven puede ser derivado según disposición judicial,
teniendo en cuenta sugerencias del equipo interdisciplinario del Centro, a
medidas no privativas de libertad, o a privación de libertad en el Complejo
Esperanza.
El Centro de Admisión y Diagnóstico funciona las 24 horas de todos los días
del año.
Funciones:
- Implementar su propio Proyecto de Centro de Admisión que contiene los
objetivos, estrategias, protocolos y guías de intervención e instrumentos de
evaluación y monitoreo de los objetivos planteados.
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- Recibir a los jóvenes que ingresan al sistema penal haciendo una valoración
integral en un plazo acotado (entre 24 a 72 horas), considerando las
particularidades e individualidades de cada uno, para poder encarar un
adecuado abordaje y realizar las sugerencias de pautas para un posterior
Proyecto Educativo Individual en función de las características del joven y de la
medida finalmente determinada.
- Valorar integralmente al joven que ingresa teniendo en cuenta sus
necesidades básicas (higiene, alimentación, vestimenta) y realizar un informe
institucional conteniendo una sugerencia técnica correctamente fundamentada
para elevar a la instancia judicial en relación al tipo de medida penal juvenil a
aplicar.
- Dar cumplimiento a la medida ordenada por el Juez Penal Juvenil, una vez
recibida la resolución judicial donde conste la misma.
- Ante indicios de vulneración de derechos y de violencia institucional, el CAD
deberá: poner fehacientemente la situación detectada, bajo conocimiento de los
organismos gubernamentales responsables, para que se adopten las medidas
correspondientes.
EQUIPOS TÉCNICOS VINCULADOS AL CENTRO SOCIOEDUCATIV O
COMPLEJO ESPERANZA: Psicólogos - Trabajadores sociales - Área Jurídica
- Operadores territoriales.
Rol:
- Promover intervenciones que restituyan y protejan derechos durante el
cumplimiento de la medida.
- Conocer más profundamente al joven y a su familia durante todo el tiempo
que permanezca en el Instituto,
- Intervenir institucional, profesional e interdisciplinariamente, con la finalidad de
constituir acciones de orientación seguimiento y acompañamiento integral y
socioeducativo a los adolescentes y jóvenes con el objetivo de promover una
futura reintegración social.
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- Recibir a los jóvenes que ingresan al sistema penal haciendo una valoración
integral en un plazo acotado (entre 24 a 72 horas), considerando las
particularidades e individualidades de cada uno, para poder encarar un
adecuado abordaje y realizar las sugerencias de pautas para un posterior
Proyecto Educativo Individual en función de las características del joven y de la
medida finalmente determinada.
- Valorar integralmente al joven que ingresa teniendo en cuenta sus
necesidades básicas (higiene, alimentación, vestimenta) y realizar un informe
institucional conteniendo una sugerencia técnica correctamente fundamentada
para elevar a la instancia judicial en relación al tipo de medida penal juvenil a
aplicar.
- Dar cumplimiento a la medida ordenada por el Juez Penal Juvenil, una vez
recibida la resolución judicial donde conste la misma.
- Ante indicios de vulneración de derechos y de violencia institucional, el CAD
deberá: poner fehacientemente la situación detectada, bajo conocimiento de los
organismos gubernamentales responsables, para que se adopten las medidas
correspondientes.
EQUIPOS TÉCNICOS VINCULADOS AL CENTRO SOCIOEDUCATIV O
COMPLEJO ESPERANZA: Psicólogos - Trabajadores sociales - Área Jurídica
- Operadores territoriales.
Rol:
- Promover intervenciones que restituyan y protejan derechos durante el
cumplimiento de la medida.
- Conocer más profundamente al joven y a su familia durante todo el tiempo
que permanezca en el Instituto,
- Intervenir institucional, profesional e interdisciplinariamente, con la finalidad de
constituir acciones de orientación seguimiento y acompañamiento integral y
socioeducativo a los adolescentes y jóvenes con el objetivo de promover una
futura reintegración social.
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- Orientación y vinculación familiar y comunitaria durante el cumplimiento de la
medida privativa de libertad y en la etapa del egreso.
Funciones Generales de los equipos profesionales:
-Coordinar y articular acciones en común y mejorar el funcionamiento del
conjunto, reunirse periódicamente y acordar criterios y prioridades.
- Elaborar informes integrales dirigidos al Consejo Interdisciplinario, para que
éste pueda elevarlo a los jueces a cargo de la medida penal juvenil.
Funciones Específicas de cada equipo según discipli na:
- Jurídica:
• Articular la información de cada joven con el Poder Judicial, solicitando
el seguimiento del caso, los permisos, etc. Gestionar el acceso a la
información del proceso penal juvenil para que esté al alcance de todos
los jóvenes privados de libertad.
- Psicólogos: • Entrevistar a los adolescentes en el lugar en que se encuentren alojados
acompañando el proceso de permanencia y definición de pautas de
trabajo personal de los jóvenes y construcción del Proyecto Educativo
Individual junto a otros profesionales.
- Trabajadores Sociales:
• Suministrar la información externa en relación a la familia y a la
comunidad de referencia del joven y trabajar en Interdisciplina con el
Educador Social, el Psicólogo y el Operador Territorial. El marco de
intervención es la restitución de derechos.
• Trabajar en el fortalecimiento de vínculos familiares y en la
responsabilización de los referentes familiares, manteniendo contacto
fluido con los mismos a los fines de realizar las tareas preventivas que
estén a su alcance con el propósito de minimizar los posibles factores
de riesgo durante la privación de libertad del adolescente y a su egreso.
• Participar junto con los psicólogos, socio educadoras y los adolescentes
en la elaboración del Plan Educativo Individual orientado a su futura
21
- Orientación y vinculación familiar y comunitaria durante el cumplimiento de la
medida privativa de libertad y en la etapa del egreso.
Funciones Generales de los equipos profesionales:
-Coordinar y articular acciones en común y mejorar el funcionamiento del
conjunto, reunirse periódicamente y acordar criterios y prioridades.
- Elaborar informes integrales dirigidos al Consejo Interdisciplinario, para que
éste pueda elevarlo a los jueces a cargo de la medida penal juvenil.
Funciones Específicas de cada equipo según discipli na:
- Jurídica:
• Articular la información de cada joven con el Poder Judicial, solicitando
el seguimiento del caso, los permisos, etc. Gestionar el acceso a la
información del proceso penal juvenil para que esté al alcance de todos
los jóvenes privados de libertad.
- Psicólogos: • Entrevistar a los adolescentes en el lugar en que se encuentren alojados
acompañando el proceso de permanencia y definición de pautas de
trabajo personal de los jóvenes y construcción del Proyecto Educativo
Individual junto a otros profesionales.
- Trabajadores Sociales:
• Suministrar la información externa en relación a la familia y a la
comunidad de referencia del joven y trabajar en Interdisciplina con el
Educador Social, el Psicólogo y el Operador Territorial. El marco de
intervención es la restitución de derechos.
• Trabajar en el fortalecimiento de vínculos familiares y en la
responsabilización de los referentes familiares, manteniendo contacto
fluido con los mismos a los fines de realizar las tareas preventivas que
estén a su alcance con el propósito de minimizar los posibles factores
de riesgo durante la privación de libertad del adolescente y a su egreso.
• Participar junto con los psicólogos, socio educadoras y los adolescentes
en la elaboración del Plan Educativo Individual orientado a su futura
21
reintegración socio familiar, como así también, monitorear el
cumplimiento del mismo sugiriendo procesos paulatinos de egresos,
libertad asistida o la desvinculación respecto al Sistema Penal Juvenil.
• Articular con otros programas de SeNAF cuando se elabora el Proyecto
Educativo Individual y para acompañar el egreso de los adolescentes.
• Articular con organizaciones territoriales según las situaciones de los
adolescentes bajo medida penal juvenil.
- Operadores territoriales:
• Orientación y acompañamiento del joven que ingresa en una instancia
de permisos progresivos o ingresa al Programa de Libertad Asistida
según Plan Educativo Individual.
• Acompañar el cumplimiento del Plan Individual elaborado por los
equipos profesionales y acordados con el juez en las etapas de libertad
posteriores a la privación de la misma.
• Promover y viabilizar el ingreso al sistema educativo y espacios de
formación laboral o incorporación a un espacio de trabajo rentado.
Nota: cabe señalar que todas estas Áreas están representadas por los
integrantes del Consejo Interdisciplinario, quien coordina las acciones y
programas de los jóvenes residentes en el Complejo Esperanza.
SOCIO EDUCADORAS
Rol:
-Acompañar profesionalmente desde una perspectiva Socioeducativa a los
jóvenes alojados en el Complejo Esperanza, en las diferentes instancias del
proceso de privación de libertad por el que transitan.
-Propiciar la asunción de hábitos y habilidades para su integración social,
promoviendo espacios de reflexión y responsabilización de sus actos y la
participación y compromiso en la elaboración y cumplimiento del Proyecto
Educativo Individual vinculado a su reintegración social.
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reintegración socio familiar, como así también, monitorear el
cumplimiento del mismo sugiriendo procesos paulatinos de egresos,
libertad asistida o la desvinculación respecto al Sistema Penal Juvenil.
• Articular con otros programas de SeNAF cuando se elabora el Proyecto
Educativo Individual y para acompañar el egreso de los adolescentes.
• Articular con organizaciones territoriales según las situaciones de los
adolescentes bajo medida penal juvenil.
- Operadores territoriales:
• Orientación y acompañamiento del joven que ingresa en una instancia
de permisos progresivos o ingresa al Programa de Libertad Asistida
según Plan Educativo Individual.
• Acompañar el cumplimiento del Plan Individual elaborado por los
equipos profesionales y acordados con el juez en las etapas de libertad
posteriores a la privación de la misma.
• Promover y viabilizar el ingreso al sistema educativo y espacios de
formación laboral o incorporación a un espacio de trabajo rentado.
Nota: cabe señalar que todas estas Áreas están representadas por los
integrantes del Consejo Interdisciplinario, quien coordina las acciones y
programas de los jóvenes residentes en el Complejo Esperanza.
SOCIO EDUCADORAS
Rol:
-Acompañar profesionalmente desde una perspectiva Socioeducativa a los
jóvenes alojados en el Complejo Esperanza, en las diferentes instancias del
proceso de privación de libertad por el que transitan.
-Propiciar la asunción de hábitos y habilidades para su integración social,
promoviendo espacios de reflexión y responsabilización de sus actos y la
participación y compromiso en la elaboración y cumplimiento del Proyecto
Educativo Individual vinculado a su reintegración social.
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-Acompañamiento individual de contención afectiva en la interacción de
prácticas convivenciales con otros y en su proceso educativo personal.
Funciones:
-Desarrollar actividades profesionales en el sector donde se encuentran
alojados los jóvenes (el sector implica: comedor y espacios comunes del
Módulo)
-Mantener entrevistas semanales de forma individual con cada uno de los
jóvenes del sector al que han sido asignadas.
-Articular información y actividades de los jóvenes con el responsable de
gestión del Módulo y con los restantes trabajadores del mismo.
-Realizar un seguimiento de la evolución integral del joven (educativa-laboral-
salud), como así también ser una figura de referencia para el mismo.
-Trabajar de manera coordinada con las diferentes áreas que intervienen con el
joven, a fin de ser el soporte socioeducativo del equipo interdisciplinario en el
proceso de cumplimiento de la privación de libertad.
-Ayudar a cada joven a pensar su realidad, capacidad de decisión,
responsabilidad que implica el decidir, capacidad de compromiso, etc.
-Hacer y promover reuniones con todos los jóvenes del sector, para revisar
actividades, asumir planteos que los jóvenes realicen como desafíos
pedagógicos a trabajar.
PERSONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD
Rol:
-Acompañar la convivencia de los adolescentes con otros respetando y
haciendo respetar normas y acuerdos establecidos.
-Promover buenos hábitos, conductas sociales, respeto, buen trato.
-Todo operador debe ser un modelo de educador que oriente el trato
institucional e interpersonal con los jóvenes.
-Instalar el concepto de seguridad dinámica como cuestión de todos, vinculada
a la prevención de situaciones de riesgos, anticipación de conflictos, teniendo
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-Acompañamiento individual de contención afectiva en la interacción de
prácticas convivenciales con otros y en su proceso educativo personal.
Funciones:
-Desarrollar actividades profesionales en el sector donde se encuentran
alojados los jóvenes (el sector implica: comedor y espacios comunes del
Módulo)
-Mantener entrevistas semanales de forma individual con cada uno de los
jóvenes del sector al que han sido asignadas.
-Articular información y actividades de los jóvenes con el responsable de
gestión del Módulo y con los restantes trabajadores del mismo.
-Realizar un seguimiento de la evolución integral del joven (educativa-laboral-
salud), como así también ser una figura de referencia para el mismo.
-Trabajar de manera coordinada con las diferentes áreas que intervienen con el
joven, a fin de ser el soporte socioeducativo del equipo interdisciplinario en el
proceso de cumplimiento de la privación de libertad.
-Ayudar a cada joven a pensar su realidad, capacidad de decisión,
responsabilidad que implica el decidir, capacidad de compromiso, etc.
-Hacer y promover reuniones con todos los jóvenes del sector, para revisar
actividades, asumir planteos que los jóvenes realicen como desafíos
pedagógicos a trabajar.
PERSONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD
Rol:
-Acompañar la convivencia de los adolescentes con otros respetando y
haciendo respetar normas y acuerdos establecidos.
-Promover buenos hábitos, conductas sociales, respeto, buen trato.
-Todo operador debe ser un modelo de educador que oriente el trato
institucional e interpersonal con los jóvenes.
-Instalar el concepto de seguridad dinámica como cuestión de todos, vinculada
a la prevención de situaciones de riesgos, anticipación de conflictos, teniendo
23
como eje el cumplimiento de los objetivos institucionales y los planes
individuales que se deben construir con cada joven.
-Los operadores de seguridad deben integrar las áreas de trabajo de los
Centros Socio Educativos para intervenir en un proyecto común centrado en la
educación como misión prioritaria del Centro, para posibilitar el desarrollo de
los proyectos educativos individuales de los adolescentes, promoviendo un
trato interpersonal basado en el respeto y en el cuidado de los otros.
Funciones:
-Participar en reuniones de planificación junto con otros
operadores, psicólogos, trabajadores sociales, socio educadoras, etc.
-Construir información según su rol y acceder a la misma junto a la del resto de
los profesionales que intervienen con los jóvenes para sostener el cumplimiento
de los objetivos institucionales de manera conjunta.
-Ejercer las funciones propias de la seguridad dinámica, con observación
atenta y permanente de los adolescentes, para impedir escalamiento de
violencias en situaciones conflictivas y para evitar o limitar las agresiones entre
pares y posibles autoagresiones.
-Construir relaciones empáticas entre el personal y los jóvenes que posibilite la
aparición de la figura del garante ético.
-Revincular el trato y orientar la presencia del personal de asistencia cerca de
los jóvenes en coordinación con las funciones de las socioeducadoras,
diferenciando y complementando el rol de ambos operadores y sobre todo,
educar con el ejemplo de una vida profunda, serena, comprometida, solidaria,
formadora de valores y hábitos de sana convivencia, basados en la confianza,
la búsqueda de la verdad y la justicia en las relaciones humanas.
24
como eje el cumplimiento de los objetivos institucionales y los planes
individuales que se deben construir con cada joven.
-Los operadores de seguridad deben integrar las áreas de trabajo de los
Centros Socio Educativos para intervenir en un proyecto común centrado en la
educación como misión prioritaria del Centro, para posibilitar el desarrollo de
los proyectos educativos individuales de los adolescentes, promoviendo un
trato interpersonal basado en el respeto y en el cuidado de los otros.
Funciones:
-Participar en reuniones de planificación junto con otros
operadores, psicólogos, trabajadores sociales, socio educadoras, etc.
-Construir información según su rol y acceder a la misma junto a la del resto de
los profesionales que intervienen con los jóvenes para sostener el cumplimiento
de los objetivos institucionales de manera conjunta.
-Ejercer las funciones propias de la seguridad dinámica, con observación
atenta y permanente de los adolescentes, para impedir escalamiento de
violencias en situaciones conflictivas y para evitar o limitar las agresiones entre
pares y posibles autoagresiones.
-Construir relaciones empáticas entre el personal y los jóvenes que posibilite la
aparición de la figura del garante ético.
-Revincular el trato y orientar la presencia del personal de asistencia cerca de
los jóvenes en coordinación con las funciones de las socioeducadoras,
diferenciando y complementando el rol de ambos operadores y sobre todo,
educar con el ejemplo de una vida profunda, serena, comprometida, solidaria,
formadora de valores y hábitos de sana convivencia, basados en la confianza,
la búsqueda de la verdad y la justicia en las relaciones humanas.
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EQUIPO DIRECTIVO Y DE GESTIÓN DE LOS INSTITUTOS O CENTROS
SOCIOEDUCATIVOS
Roles:
- Autoridad: Los Responsables de gestión de cada Instituto o Centro tienen
esta facultad por la función encomendada por el Estado y se va adquiriendo a
la vez en el desarrollo de la gestión (conocimiento, compromiso y
responsabilidad).
- Coordinar: Es un eje fundamental que implica: a) Comunicación eficiente y
fluida; b) Articulación con todos los actores; c) Capacidad de escucha atenta,
reflexión y resolución.
- Administrar: Para garantizar y gestionar los procesos educativos que deben
ser planificados, conducidos y evaluados entre los equipos de
profesionales, los jóvenes, y los Directores de los Centros junto al Consejo
Interdisciplinario Socioeducativo.
- Garantizar el Buen Trato: De los jóvenes y el reconocimiento de sus
derechos, generarlo y exigirlo de parte de todos los operadores
intervinientes, en el contexto de un proceso de aprendizaje cotidiano, siendo
los directivos quienes deben dar el mayor ejemplo de humanidad y convivencia.
Funciones:
-Dirigir, coordinar y gestionar todo lo necesario para realizar la tarea en cada
Instituto o Centro Socioeducativo.
-Convocar al personal y los equipos a reuniones de planificación, y evaluación
de las intervenciones de conformidad con los objetivos institucionales.
-Controlar el normal funcionamiento de las normas establecidas en el
Reglamento de Convivencia y del Régimen de Vida.
-Promover la articulación con otras instituciones y profesionales a favor de los
procesos educativos diseñados.
-Promover la comunicación e información a la familia y al joven sobre los
avances o novedades del proceso penal juvenil, junto a los profesionales que
25
EQUIPO DIRECTIVO Y DE GESTIÓN DE LOS INSTITUTOS O CENTROS
SOCIOEDUCATIVOS
Roles:
- Autoridad: Los Responsables de gestión de cada Instituto o Centro tienen
esta facultad por la función encomendada por el Estado y se va adquiriendo a
la vez en el desarrollo de la gestión (conocimiento, compromiso y
responsabilidad).
- Coordinar: Es un eje fundamental que implica: a) Comunicación eficiente y
fluida; b) Articulación con todos los actores; c) Capacidad de escucha atenta,
reflexión y resolución.
- Administrar: Para garantizar y gestionar los procesos educativos que deben
ser planificados, conducidos y evaluados entre los equipos de
profesionales, los jóvenes, y los Directores de los Centros junto al Consejo
Interdisciplinario Socioeducativo.
- Garantizar el Buen Trato: De los jóvenes y el reconocimiento de sus
derechos, generarlo y exigirlo de parte de todos los operadores
intervinientes, en el contexto de un proceso de aprendizaje cotidiano, siendo
los directivos quienes deben dar el mayor ejemplo de humanidad y convivencia.
Funciones:
-Dirigir, coordinar y gestionar todo lo necesario para realizar la tarea en cada
Instituto o Centro Socioeducativo.
-Convocar al personal y los equipos a reuniones de planificación, y evaluación
de las intervenciones de conformidad con los objetivos institucionales.
-Controlar el normal funcionamiento de las normas establecidas en el
Reglamento de Convivencia y del Régimen de Vida.
-Promover la articulación con otras instituciones y profesionales a favor de los
procesos educativos diseñados.
-Promover la comunicación e información a la familia y al joven sobre los
avances o novedades del proceso penal juvenil, junto a los profesionales que
25
intervienen en la acción directa con el joven tanto en el proceso intra como en
los extramuros.
El Consejo Interdisciplinario Socioeducativo (Resolución SeNAF N°
31/2017 y modificatoria), se encuentra integrado por representantes -referentes
de las distintas Áreas- como espacio de consulta, planificación, evaluación y
apoyo a la conducción del Complejo Esperanza y a los Responsables de
Gestión de los Institutos o Módulos. Este organismo también tiene el rol de
unificar miradas y criterios, para la elaboración de los informes técnicos sobre
el cumplimiento de la medida penal juvenil por parte de los adolescentes y
definir los dictámenes correspondientes.
EDUCACIÓN: Escuela Formal Primaria, Secundaria, CENMA, CAJ, PIT,
dependientes del Ministerio de Educación provincial.
Rol:
-Garantizar el derecho al acceso, permanencia y egreso de los jóvenes en
todos los niveles educativos. Formación del nivel primario y del nivel
secundario.
-Dotar al estudiante de herramientas que le permitan el desarrollo de
capacidades, posicionándolos como ciudadanos responsables y reflexivos.
-Garantizar el vínculo pedagógico dentro del espacio educativo en un contexto
especial de régimen cerrado.
-Ofrecer una trayectoria formativa de calidad, para la culminación de la
educación secundaria a sujetos que se encuentran fuera del sistema escolar.
Funciones:
-Diseño de articulación entre el nivel primario y secundario flexible a partir del
cual se determinan cuáles serán las estrategias pedagógicas más acordes a
cada adolescente para la práctica educativa.
-Coordinar acciones con el Proyecto educativo CAJ, Centros de Acción Juvenil,
armar equipos de trabajo con referentes de la educación no formal (CAJ) para
apuntalar el trabajo cooperativo de docentes y jóvenes.
26
intervienen en la acción directa con el joven tanto en el proceso intra como en
los extramuros.
El Consejo Interdisciplinario Socioeducativo (Resolución SeNAF N°
31/2017 y modificatoria), se encuentra integrado por representantes -referentes
de las distintas Áreas- como espacio de consulta, planificación, evaluación y
apoyo a la conducción del Complejo Esperanza y a los Responsables de
Gestión de los Institutos o Módulos. Este organismo también tiene el rol de
unificar miradas y criterios, para la elaboración de los informes técnicos sobre
el cumplimiento de la medida penal juvenil por parte de los adolescentes y
definir los dictámenes correspondientes.
EDUCACIÓN: Escuela Formal Primaria, Secundaria, CENMA, CAJ, PIT,
dependientes del Ministerio de Educación provincial.
Rol:
-Garantizar el derecho al acceso, permanencia y egreso de los jóvenes en
todos los niveles educativos. Formación del nivel primario y del nivel
secundario.
-Dotar al estudiante de herramientas que le permitan el desarrollo de
capacidades, posicionándolos como ciudadanos responsables y reflexivos.
-Garantizar el vínculo pedagógico dentro del espacio educativo en un contexto
especial de régimen cerrado.
-Ofrecer una trayectoria formativa de calidad, para la culminación de la
educación secundaria a sujetos que se encuentran fuera del sistema escolar.
Funciones:
-Diseño de articulación entre el nivel primario y secundario flexible a partir del
cual se determinan cuáles serán las estrategias pedagógicas más acordes a
cada adolescente para la práctica educativa.
-Coordinar acciones con el Proyecto educativo CAJ, Centros de Acción Juvenil,
armar equipos de trabajo con referentes de la educación no formal (CAJ) para
apuntalar el trabajo cooperativo de docentes y jóvenes.
26
-Ofrecer una educación de calidad respetando las trayectorias escolares
individuales, generando acciones que aporten al aprendizaje personal y grupal
haciendo hincapié en la convivencia armónica y la solidaridad.
-Articular con otras áreas (responsables de gestión, equipos técnicos,
educadoras sociales, equipo de salud, etc.) acciones que beneficien a los
jóvenes, aporten a su proyecto de vida y contribuyan a una prosecución de su
escolarización formal.
-Articular con otras instituciones escolares (de todos los niveles y modalidades)
que permitan recuperar trayectorias escolares y garanticen la continuidad de la
educación formal a cada uno de ellos.
ÁREA DE CAPACITACIÓN LABORAL
Rol:
-Diseñar y ejecutar un proyecto de capacitación laboral y formación para el
trabajo dirigido a los jóvenes alojados en el Complejo Esperanza en la
perspectiva de mejorar sus condiciones de empleabilidad e inserción social en
la perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes.
-Incorporar la formación para el trabajo como herramienta del proceso
socioeducativo y como parte fundamental de la preparación del joven para la
vida en sociedad.
-Llevar adelante la formación de los jóvenes en las actividades específicas de
cada especialidad dictada en los diferentes espacios de capacitación laboral,
teniendo como centro de la intervención al joven, como sujeto de derechos.
Funciones:
Del Coordinador del Área:
-Elaborar el plan operativo de las acciones, coordinando con las áreas
educativa y de formación artística, y con los Institutos o Centros
Socioeducativos del Complejo.
-Adecuar las actividades como espacios sistemáticos de organización
normativa y responsabilización progresiva, como ejes del proceso de
socialización.
27
-Ofrecer una educación de calidad respetando las trayectorias escolares
individuales, generando acciones que aporten al aprendizaje personal y grupal
haciendo hincapié en la convivencia armónica y la solidaridad.
-Articular con otras áreas (responsables de gestión, equipos técnicos,
educadoras sociales, equipo de salud, etc.) acciones que beneficien a los
jóvenes, aporten a su proyecto de vida y contribuyan a una prosecución de su
escolarización formal.
-Articular con otras instituciones escolares (de todos los niveles y modalidades)
que permitan recuperar trayectorias escolares y garanticen la continuidad de la
educación formal a cada uno de ellos.
ÁREA DE CAPACITACIÓN LABORAL
Rol:
-Diseñar y ejecutar un proyecto de capacitación laboral y formación para el
trabajo dirigido a los jóvenes alojados en el Complejo Esperanza en la
perspectiva de mejorar sus condiciones de empleabilidad e inserción social en
la perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes.
-Incorporar la formación para el trabajo como herramienta del proceso
socioeducativo y como parte fundamental de la preparación del joven para la
vida en sociedad.
-Llevar adelante la formación de los jóvenes en las actividades específicas de
cada especialidad dictada en los diferentes espacios de capacitación laboral,
teniendo como centro de la intervención al joven, como sujeto de derechos.
Funciones:
Del Coordinador del Área:
-Elaborar el plan operativo de las acciones, coordinando con las áreas
educativa y de formación artística, y con los Institutos o Centros
Socioeducativos del Complejo.
-Adecuar las actividades como espacios sistemáticos de organización
normativa y responsabilización progresiva, como ejes del proceso de
socialización.
27
-Coordinar acciones con otras entidades públicas y privadas para acceder a
nuevas oportunidades de formación, promoviendo el aporte de actores
comunitarios en el proyecto.
-Articular con el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo del Complejo
Esperanza, aportando a la optimización de las acciones y el cumplimiento de
los objetivos comunes del Proyecto Institucional.
Capacitadores:
-Recibir, asignar tareas y acompañar a los jóvenes en su capacitación laboral
específica.
-Confeccionar los informes de faltas al reglamento de convivencia y acuerdos
de trabajo específicos para cada taller y los partes disciplinarios,
correspondientes.
-Planificar tareas en equipo, compartiendo objetivos del área de capacitación y
del proyecto institucional.
-Sistematizar, recolectar, registrar y producir información referente a las
actividades desarrolladas en cada taller.
Instructores:
-Considerar la franja etaria y contemplar con flexibilidad las singularidades
vocacionales y de comportamiento de cada uno de los adolescentes que
asisten.
-Elaborar informes de evolución y buenas actuaciones de cada joven en
conjunto con los capacitadores.
-Pautar con los asistentes, normas básicas de convivencia y de presentismo
-Brindar a los jóvenes toda la información sobre planes, programas, becas y
escuelas en la ciudad, del gobierno o de cualquier ONGs, que estén
disponibles.
28
-Coordinar acciones con otras entidades públicas y privadas para acceder a
nuevas oportunidades de formación, promoviendo el aporte de actores
comunitarios en el proyecto.
-Articular con el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo del Complejo
Esperanza, aportando a la optimización de las acciones y el cumplimiento de
los objetivos comunes del Proyecto Institucional.
Capacitadores:
-Recibir, asignar tareas y acompañar a los jóvenes en su capacitación laboral
específica.
-Confeccionar los informes de faltas al reglamento de convivencia y acuerdos
de trabajo específicos para cada taller y los partes disciplinarios,
correspondientes.
-Planificar tareas en equipo, compartiendo objetivos del área de capacitación y
del proyecto institucional.
-Sistematizar, recolectar, registrar y producir información referente a las
actividades desarrolladas en cada taller.
Instructores:
-Considerar la franja etaria y contemplar con flexibilidad las singularidades
vocacionales y de comportamiento de cada uno de los adolescentes que
asisten.
-Elaborar informes de evolución y buenas actuaciones de cada joven en
conjunto con los capacitadores.
-Pautar con los asistentes, normas básicas de convivencia y de presentismo
-Brindar a los jóvenes toda la información sobre planes, programas, becas y
escuelas en la ciudad, del gobierno o de cualquier ONGs, que estén
disponibles.
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ÁREA DE EDUCACIÓN FÍSICA-DEPORTES
Rol:
-Determinar Prácticas deportivas que promuevan: adquisición de hábitos
saludables, el uso del espacio, el establecimiento de límites; cuidado y
conocimiento del propio cuerpo.
-Promover la adquisición de habilidades físico deportivas que contribuyan a
disminuir el consumo problemático de sustancias.
-Promover la adquisición de hábitos sociales, saber compartir; respetar al otro.
Incorporar normas y reglas de juego-Trabajo cooperativo y en equipo- Manejo
de los tiempos
Funciones:
-Diseñar actividades deportivas por cada Instituto o Centro acorde a la elección
de los jóvenes combinando sus intereses y motivaciones
-Organizar y dirigir la práctica de deportes como fútbol- voleibol, gimnasia
integral y entrenamiento funcional- circuito personal, entre otras.
-Trabajo en los patios de los Institutos o Centros con actividades deportivas.
ÁREA DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA Y CULTURA
Docentes con perspectiva de promoción de derechos de NNyA y experiencia
en contextos de encierro.
Rol:
-Instancia de orientación y formación artística en modalidad de Taller.
-Acercar las propuestas artísticas a los jóvenes y acompañarlos en el proceso.
Funciones:
-Supervisar la ejecución del proyecto de los talleres de orientación y formación
artística en la perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes.
-Articular en cada Instituto o Centro Socioeducativo las actividades de
educación artística.
-Realizar y comunicar un diagnóstico de la demanda de talleres artísticos.
29
ÁREA DE EDUCACIÓN FÍSICA-DEPORTES
Rol:
-Determinar Prácticas deportivas que promuevan: adquisición de hábitos
saludables, el uso del espacio, el establecimiento de límites; cuidado y
conocimiento del propio cuerpo.
-Promover la adquisición de habilidades físico deportivas que contribuyan a
disminuir el consumo problemático de sustancias.
-Promover la adquisición de hábitos sociales, saber compartir; respetar al otro.
Incorporar normas y reglas de juego-Trabajo cooperativo y en equipo- Manejo
de los tiempos
Funciones:
-Diseñar actividades deportivas por cada Instituto o Centro acorde a la elección
de los jóvenes combinando sus intereses y motivaciones
-Organizar y dirigir la práctica de deportes como fútbol- voleibol, gimnasia
integral y entrenamiento funcional- circuito personal, entre otras.
-Trabajo en los patios de los Institutos o Centros con actividades deportivas.
ÁREA DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA Y CULTURA
Docentes con perspectiva de promoción de derechos de NNyA y experiencia
en contextos de encierro.
Rol:
-Instancia de orientación y formación artística en modalidad de Taller.
-Acercar las propuestas artísticas a los jóvenes y acompañarlos en el proceso.
Funciones:
-Supervisar la ejecución del proyecto de los talleres de orientación y formación
artística en la perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes.
-Articular en cada Instituto o Centro Socioeducativo las actividades de
educación artística.
-Realizar y comunicar un diagnóstico de la demanda de talleres artísticos.
29
-Realizar seguimiento de los libros de asistencia de los alumnos y profesores.
-Elevar los informes periódicos solicitados por el Consejo Interdisciplinario del
Complejo Esperanza.
-Participar en las reuniones a la que fuera convocado a fin de aportar
optimización de las acciones y cumplimiento de los objetivos comunes.
ÁREA de SALUD- Médico Generalista-Psiquiatra-Odontó logo-Enfermera
Rol:
-Promover el derecho a la salud integral a través de estrategias de promoción,
prevención y asistencia.
-Mejorar la calidad en el acceso a la salud de los NNA institucionalizados en la
Provincia de Córdoba, mediante el fortalecimiento de los sistemas de atención
en los diferentes Institutos o Centros Socioeducativos.
-Promover el cumplimiento de los lineamientos que se han definido para el
trabajo cotidiano, estos son:
-Abordaje multidisciplinario de la situación
-Establecimiento de líneas de acción Interministeriales
-Fortalecimiento del trabajo en red en el terreno preventivo y asistencial
-Asistencia a la atención primaria de salud y valoración de la joven al momento
del ingreso desde un médico clínico.
-Psiquiatría: se valora de los jóvenes en casos que se solicitan, o solicitud de
médico clínico o por oficio.
-Enfermería asistencia y seguimiento de las situaciones de los jóvenes con
quienes se ha intervenido.
Funciones:
-Optimizar la logística de entrega y recepción de medicamentos e insumos.
-Elaboración de Registro Único de Salud (Historia Clínica).
-Gestionar y efectivizar la Accesibilidad a los Programas Nacionales y/o
Provinciales de salud.
-Promover elaboración de protocolos de atención.
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-Realizar seguimiento de los libros de asistencia de los alumnos y profesores.
-Elevar los informes periódicos solicitados por el Consejo Interdisciplinario del
Complejo Esperanza.
-Participar en las reuniones a la que fuera convocado a fin de aportar
optimización de las acciones y cumplimiento de los objetivos comunes.
ÁREA de SALUD- Médico Generalista-Psiquiatra-Odontó logo-Enfermera
Rol:
-Promover el derecho a la salud integral a través de estrategias de promoción,
prevención y asistencia.
-Mejorar la calidad en el acceso a la salud de los NNA institucionalizados en la
Provincia de Córdoba, mediante el fortalecimiento de los sistemas de atención
en los diferentes Institutos o Centros Socioeducativos.
-Promover el cumplimiento de los lineamientos que se han definido para el
trabajo cotidiano, estos son:
-Abordaje multidisciplinario de la situación
-Establecimiento de líneas de acción Interministeriales
-Fortalecimiento del trabajo en red en el terreno preventivo y asistencial
-Asistencia a la atención primaria de salud y valoración de la joven al momento
del ingreso desde un médico clínico.
-Psiquiatría: se valora de los jóvenes en casos que se solicitan, o solicitud de
médico clínico o por oficio.
-Enfermería asistencia y seguimiento de las situaciones de los jóvenes con
quienes se ha intervenido.
Funciones:
-Optimizar la logística de entrega y recepción de medicamentos e insumos.
-Elaboración de Registro Único de Salud (Historia Clínica).
-Gestionar y efectivizar la Accesibilidad a los Programas Nacionales y/o
Provinciales de salud.
-Promover elaboración de protocolos de atención.
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-Coordinación y articulación con los servicios de Hospitales Públicos.
-Brindar a los jóvenes que están en situación en conflicto con la ley un servicio
de valoración diagnóstica y planificación estratégica de atención específica
cuando se presenta consumo de sustancias.
-Realizar Evaluaciones periódicas y fiables de calidad de atención (resultados
semestrales).
-Preparar y administrar la medicación. Asistencia primaria. Pedido de
medicamentos.
- Registros de asistencia a turnos y tratamientos indicados.
- Informa al médico inquietudes de los jóvenes para evaluar interconsultas.
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-Coordinación y articulación con los servicios de Hospitales Públicos.
-Brindar a los jóvenes que están en situación en conflicto con la ley un servicio
de valoración diagnóstica y planificación estratégica de atención específica
cuando se presenta consumo de sustancias.
-Realizar Evaluaciones periódicas y fiables de calidad de atención (resultados
semestrales).
-Preparar y administrar la medicación. Asistencia primaria. Pedido de
medicamentos.
- Registros de asistencia a turnos y tratamientos indicados.
- Informa al médico inquietudes de los jóvenes para evaluar interconsultas.
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ANEXO 1
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PERSONAL DE
ASISTENCIA Y SEGURIDAD
COMPLEJO ESPERANZA
INTRODUCCIÓN
Este Manual de Procedimientos se aplicará para todo aquello que no esté
normado en el Reglamento Interno de Convivencia de los Establecimientos
Socioeducativos Cerrados (Resolución N° 12/2014 y sus modificatorias
Resoluciones N° 005/2017 y N° 024/2017 de la SeNAF). En caso de
superposición de normas, regirá la emanada de este último.
ASPECTO PRELIMINAR
A manera preliminar, es necesario destacar la importancia educativa
imprescindible del personal de asistencia y seguridad; su presencia y
función son claves para el desarrollo del programa de socialización de los
jóvenes alojados en el Complejo Esperanza; de aquí la importancia de su
misión y de este Manual para orientar y reglamentar su labor cotidiana.
OBJETIVOS
El Manual de Procedimientos tiene como objeto principal establecer un sistema
homogéneo de trabajo que permita el correcto desenvolvimiento del personal a
cargo de la asistencia y seguridad de los jóvenes alojados en todos los
Institutos del Complejo Esperanza que depende de la SeNAF, para que a
través de su aplicación se garanticen los derechos de los adolescentes y su
seguridad, como así también, la del personal que presta servicios en la
institución.
32
ANEXO 1
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PERSONAL DE
ASISTENCIA Y SEGURIDAD
COMPLEJO ESPERANZA
INTRODUCCIÓN
Este Manual de Procedimientos se aplicará para todo aquello que no esté
normado en el Reglamento Interno de Convivencia de los Establecimientos
Socioeducativos Cerrados (Resolución N° 12/2014 y sus modificatorias
Resoluciones N° 005/2017 y N° 024/2017 de la SeNAF). En caso de
superposición de normas, regirá la emanada de este último.
ASPECTO PRELIMINAR
A manera preliminar, es necesario destacar la importancia educativa
imprescindible del personal de asistencia y seguridad; su presencia y
función son claves para el desarrollo del programa de socialización de los
jóvenes alojados en el Complejo Esperanza; de aquí la importancia de su
misión y de este Manual para orientar y reglamentar su labor cotidiana.
OBJETIVOS
El Manual de Procedimientos tiene como objeto principal establecer un sistema
homogéneo de trabajo que permita el correcto desenvolvimiento del personal a
cargo de la asistencia y seguridad de los jóvenes alojados en todos los
Institutos del Complejo Esperanza que depende de la SeNAF, para que a
través de su aplicación se garanticen los derechos de los adolescentes y su
seguridad, como así también, la del personal que presta servicios en la
institución.
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Siendo la Misión del Complejo Esperanza:
“Realizar una intervención socioeducativa que atienda intereses,
necesidades y potencialidades del joven mediante un abordaje
interdisciplinario e interinstitucional, que garantice el ejercicio efectivo de
sus derechos ciudadanos, a fin de promover la capacidad de los jóvenes de
responsabilizarse de sus actos, respetando los derechos de otros y
asumiendo obligaciones en relación a tareas de aprendizajes y convivencia
junto a otras personas, su familia y su comunidad”.
Los objetivos específicos que se propone este Manual operativo son los
siguientes:
1.- Adoptar pautas de trabajo que se hallen en concordancia con
instrumentos legales internacionales, nacionales y de nuestra provincia, para
proteger y garantizar los derechos de los jóvenes privados de libertad.
2.- Implementar un marco procedimental que permita unificar y
estandarizar las acciones de prevención e intervención del personal de
asistencia y seguridad.
3.- Orientar el accionar del personal en situaciones de crisis que puedan
producirse en lugares de alojamiento, cuando uno o varios adolescentes
retengan forzadamente bajo su control a una o varias personas, privándolas de
su libertad.
4.- Establecer una clara distribución de roles y funciones operativas , con
directivas precisas que permitan un rápido y eficaz accionar.
5.- Preservar la integridad psico-física y espiritual de los jóvenes alojados,
personal y terceros que se vieran afectados, evitando futuras responsabilidades
33
Siendo la Misión del Complejo Esperanza:
“Realizar una intervención socioeducativa que atienda intereses,
necesidades y potencialidades del joven mediante un abordaje
interdisciplinario e interinstitucional, que garantice el ejercicio efectivo de
sus derechos ciudadanos, a fin de promover la capacidad de los jóvenes de
responsabilizarse de sus actos, respetando los derechos de otros y
asumiendo obligaciones en relación a tareas de aprendizajes y convivencia
junto a otras personas, su familia y su comunidad”.
Los objetivos específicos que se propone este Manual operativo son los
siguientes:
1.- Adoptar pautas de trabajo que se hallen en concordancia con
instrumentos legales internacionales, nacionales y de nuestra provincia, para
proteger y garantizar los derechos de los jóvenes privados de libertad.
2.- Implementar un marco procedimental que permita unificar y
estandarizar las acciones de prevención e intervención del personal de
asistencia y seguridad.
3.- Orientar el accionar del personal en situaciones de crisis que puedan
producirse en lugares de alojamiento, cuando uno o varios adolescentes
retengan forzadamente bajo su control a una o varias personas, privándolas de
su libertad.
4.- Establecer una clara distribución de roles y funciones operativas , con
directivas precisas que permitan un rápido y eficaz accionar.
5.- Preservar la integridad psico-física y espiritual de los jóvenes alojados,
personal y terceros que se vieran afectados, evitando futuras responsabilidades
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penales y administrativas que pudieran generarse en consecuencia de las
acciones u omisiones llevadas a cabo durante la resolución de la crisis.
PRINCIPIOS BÁSICOS LEGALES
En el marco establecido por la Misión del Complejo Esperanza, todo
procedimiento se sustenta en el respeto irrestricto de los Derechos de los
adolescentes que por disposición de la Justicia Penal Juvenil se encuentran
alojados en situación de privación de libertad. Entre los Derechos inalienables y
propios de todo ser humano, destacamos, a los efectos de las presentes
pautas de procedimiento:
● El Derecho a la vida.
● El Derecho al respeto de la dignidad humana.
● El Derecho a la seguridad.
● El Derecho a no ser maltratado o torturado.
● El Derecho a la salud integral.
● El Derecho a la no discriminación de ningún tipo.
● El Derecho al respeto de la vida familiar y a la comunicación con la
familia.
● El Derecho a la educación.
● El Derecho al desarrollo personal.
● El Derecho a ser oído.
● El Derecho a peticionar a las autoridades bajo cuya responsabilidad se
encuentra, cumpliendo la medida penal juvenil (Poder Judicial y Poder
Ejecutivo).
Los principios normativos de este Manual están fundados en la Convención
Internacional sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional 26.061 de
Protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley Provincial 9944
de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes.
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penales y administrativas que pudieran generarse en consecuencia de las
acciones u omisiones llevadas a cabo durante la resolución de la crisis.
PRINCIPIOS BÁSICOS LEGALES
En el marco establecido por la Misión del Complejo Esperanza, todo
procedimiento se sustenta en el respeto irrestricto de los Derechos de los
adolescentes que por disposición de la Justicia Penal Juvenil se encuentran
alojados en situación de privación de libertad. Entre los Derechos inalienables y
propios de todo ser humano, destacamos, a los efectos de las presentes
pautas de procedimiento:
● El Derecho a la vida.
● El Derecho al respeto de la dignidad humana.
● El Derecho a la seguridad.
● El Derecho a no ser maltratado o torturado.
● El Derecho a la salud integral.
● El Derecho a la no discriminación de ningún tipo.
● El Derecho al respeto de la vida familiar y a la comunicación con la
familia.
● El Derecho a la educación.
● El Derecho al desarrollo personal.
● El Derecho a ser oído.
● El Derecho a peticionar a las autoridades bajo cuya responsabilidad se
encuentra, cumpliendo la medida penal juvenil (Poder Judicial y Poder
Ejecutivo).
Los principios normativos de este Manual están fundados en la Convención
Internacional sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional 26.061 de
Protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley Provincial 9944
de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes.
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MARCO DE SEGURIDAD
Este concepto debe entenderse como una necesidad básica, tanto para los
adolescentes alojados en el Complejo Esperanza, como para todo el personal
que trabaja para ellos. El presente instrumento establece una serie de
principios y prácticas adecuadas para abordar situaciones de alteración del
orden, actos colectivos de disturbios, desmanes o resistencias a las normas de
convivencia.
La seguridad es constitutivo inherente a todas las actividades y funciones que
se desarrollan diariamente en los centros Socioeducativos, debiéndose
garantizar en todo momento la integridad psicofísica de todos, jóvenes y
personal. La seguridad es una tarea en la que todos estamos implicados y
todos debemos colaborar activamente para su construcción cotidiana.
1.- Los niveles de seguridad en el Complejo Esperan za
Como Centro de Régimen Cerrado el Complejo Esperanza requiere de cuatro
niveles de seguridad, de los cuales los tres primeros deben estar a cargo del
personal especializado :
a) Sectores de alojamiento: comprende los dormitorios de los
adolescentes y lugares de actividades comunes a cargo de los
operadores de asistencia y seguridad que se encuentran dentro del
sector, siendo ellos los responsables de la convivencia del grupo de
adolescentes, conjuntamente con el equipo de Educadoras Sociales.
Deben atender a los jóvenes también en los lugares donde desarrollan
las actividades y los traslados internos, de acuerdo a las indicaciones
dadas por el Encargado de guardia y el Director del Instituto.
b) Orden interno de cada Instituto o Módulo: comprende a todos los
sectores de alojamiento al interior de cada Instituto y a los lugares donde
los adolescentes realizan actividades (aulas, talleres, gimnasios, patios,
que se ubiquen dentro del Instituto). Se encuentran bajo la guía del
Encargado de Guardia, como responsable, delegado por el Director del
35
MARCO DE SEGURIDAD
Este concepto debe entenderse como una necesidad básica, tanto para los
adolescentes alojados en el Complejo Esperanza, como para todo el personal
que trabaja para ellos. El presente instrumento establece una serie de
principios y prácticas adecuadas para abordar situaciones de alteración del
orden, actos colectivos de disturbios, desmanes o resistencias a las normas de
convivencia.
La seguridad es constitutivo inherente a todas las actividades y funciones que
se desarrollan diariamente en los centros Socioeducativos, debiéndose
garantizar en todo momento la integridad psicofísica de todos, jóvenes y
personal. La seguridad es una tarea en la que todos estamos implicados y
todos debemos colaborar activamente para su construcción cotidiana.
1.- Los niveles de seguridad en el Complejo Esperan za
Como Centro de Régimen Cerrado el Complejo Esperanza requiere de cuatro
niveles de seguridad, de los cuales los tres primeros deben estar a cargo del
personal especializado :
a) Sectores de alojamiento: comprende los dormitorios de los
adolescentes y lugares de actividades comunes a cargo de los
operadores de asistencia y seguridad que se encuentran dentro del
sector, siendo ellos los responsables de la convivencia del grupo de
adolescentes, conjuntamente con el equipo de Educadoras Sociales.
Deben atender a los jóvenes también en los lugares donde desarrollan
las actividades y los traslados internos, de acuerdo a las indicaciones
dadas por el Encargado de guardia y el Director del Instituto.
b) Orden interno de cada Instituto o Módulo: comprende a todos los
sectores de alojamiento al interior de cada Instituto y a los lugares donde
los adolescentes realizan actividades (aulas, talleres, gimnasios, patios,
que se ubiquen dentro del Instituto). Se encuentran bajo la guía del
Encargado de Guardia, como responsable, delegado por el Director del
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Módulo, de los movimientos de operadores y adolescentes en el orden
interno.
c) Orden del Centro “Complejo Esperanza”: comprende al orden interno
más las áreas de apoyo (cocina, administración, sala de visitas, oficina
de judiciales, etc.). Se encuentra a cargo del equipo de Coordinación o
Dirección del Centro que tiene responsabilidad sobre la entrada y salida
de personas del establecimiento.
d) Seguridad externa a los Módulos o Institutos: dentro del predio y
fuera de los Institutos del Complejo la seguridad está conformada por
tres anillos:
d.1. Grupo de traslado interno de adolescentes desde cada
Instituto a las actividades comunes fuera de los mismos: se encargan
de garantizar la salida de los jóvenes a las actividades externas, su
permanencia y su resguardo.
d.2. Grupo Especial de Seguridad: se encargan de intervenir
solamente a solicitud de alguna autoridad del Complejo (Consejo
Interdisciplinario, Director, Coordinador de Seguridad) en las
actividades externas, como así de las internas ante disturbios que
excedan al personal de asistencia y seguridad.
d.3. Servicio Penitenciario: se encargan de resguardar el perímetro
del predio. Como fuerza de seguridad del Estado tiene sus propios
procedimientos y ordenamientos orgánicos.
2.- Funciones y actividades de los operadores de as istencia y seguridad
Cada turno de guardia estará a cargo de un Encargado de Guardia, bajo la
conducción general del Director y Vicedirector de cada Instituto. Del Encargado
de Guardia, en coordinación con las autoridades, depende la administración del
personal de asistencia y seguridad.
36
Módulo, de los movimientos de operadores y adolescentes en el orden
interno.
c) Orden del Centro “Complejo Esperanza”: comprende al orden interno
más las áreas de apoyo (cocina, administración, sala de visitas, oficina
de judiciales, etc.). Se encuentra a cargo del equipo de Coordinación o
Dirección del Centro que tiene responsabilidad sobre la entrada y salida
de personas del establecimiento.
d) Seguridad externa a los Módulos o Institutos: dentro del predio y
fuera de los Institutos del Complejo la seguridad está conformada por
tres anillos:
d.1. Grupo de traslado interno de adolescentes desde cada
Instituto a las actividades comunes fuera de los mismos: se encargan
de garantizar la salida de los jóvenes a las actividades externas, su
permanencia y su resguardo.
d.2. Grupo Especial de Seguridad: se encargan de intervenir
solamente a solicitud de alguna autoridad del Complejo (Consejo
Interdisciplinario, Director, Coordinador de Seguridad) en las
actividades externas, como así de las internas ante disturbios que
excedan al personal de asistencia y seguridad.
d.3. Servicio Penitenciario: se encargan de resguardar el perímetro
del predio. Como fuerza de seguridad del Estado tiene sus propios
procedimientos y ordenamientos orgánicos.
2.- Funciones y actividades de los operadores de as istencia y seguridad
Cada turno de guardia estará a cargo de un Encargado de Guardia, bajo la
conducción general del Director y Vicedirector de cada Instituto. Del Encargado
de Guardia, en coordinación con las autoridades, depende la administración del
personal de asistencia y seguridad.
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ORDEN INTERNO, VALORES ÉTICOS Y DISCIPLINA
Los procedimientos que lleve adelante el personal de asistencia y seguridad,
no deben ser arbitrarios, puesto que para poder mantener el orden y la
disciplina en los distintos sectores de cada Instituto, el trabajador debe adquirir
primero este orden y disciplina orgánicos para sí, sus compañeros y
autoridades. A fin de lograr este objetivo educativo, nuestro personal debe, en
primer lugar, nutrirse y adherirse a una visión positiva del ser humano; es
sabido que el que no cree en el potencial infinito de lo humano, no puede
participar de ningún proceso educativo; sin esta convicción no se puede
trabajar con niños y adolescentes. Asimismo, debe poseer habilidades sociales
e interpersonales, para ser capaz de manejar las tensiones y el agotamiento
que conlleva la privación de libertad. Esta fe y convicción en las
potencialidades de todo ser humano y en su capacidad interior, sumada a las
habilidades sociales mencionadas, les permitirán a los operadores educativos,
ser capaces de manejar con templanza, humanidad y madurez, desde el
respeto a los derechos humanos fundamentales, situaciones críticas de la
convivencia y orientar la resolución pacífica de los conflictos, aplicando el
Reglamento de Convivencia, con todos sus Anexos, el Régimen de Vida y el
Programa Socioeducativo del Centro que conforman el marco legal y
pedagógico del sistema penal juvenil en el Complejo Esperanza. Teniendo
respeto en las palabras y acciones con que procedemos en el comportamiento
diario, será más adecuada la aplicación del sistema disciplinario, cuyo objeto es
preservar la seguridad de todos, el orden comunitario y la correcta organización
de la vida de los jóvenes alojados, siendo obligatorio para todos, adolescentes
y adultos, acatar las normas éticas de conducta y todas las disposiciones
reglamentarias mencionadas.
ASPECTOS BÁSICOS DE SEGURIDAD A APLICAR
1.- Siempre se debe tratar a los jóvenes con respeto y educación, no
allanándose -si fuera el caso- a su lenguaje ni nivelando su manera de
comunicarse. Es propio del educador tener templanza y no corresponder de la
37
ORDEN INTERNO, VALORES ÉTICOS Y DISCIPLINA
Los procedimientos que lleve adelante el personal de asistencia y seguridad,
no deben ser arbitrarios, puesto que para poder mantener el orden y la
disciplina en los distintos sectores de cada Instituto, el trabajador debe adquirir
primero este orden y disciplina orgánicos para sí, sus compañeros y
autoridades. A fin de lograr este objetivo educativo, nuestro personal debe, en
primer lugar, nutrirse y adherirse a una visión positiva del ser humano; es
sabido que el que no cree en el potencial infinito de lo humano, no puede
participar de ningún proceso educativo; sin esta convicción no se puede
trabajar con niños y adolescentes. Asimismo, debe poseer habilidades sociales
e interpersonales, para ser capaz de manejar las tensiones y el agotamiento
que conlleva la privación de libertad. Esta fe y convicción en las
potencialidades de todo ser humano y en su capacidad interior, sumada a las
habilidades sociales mencionadas, les permitirán a los operadores educativos,
ser capaces de manejar con templanza, humanidad y madurez, desde el
respeto a los derechos humanos fundamentales, situaciones críticas de la
convivencia y orientar la resolución pacífica de los conflictos, aplicando el
Reglamento de Convivencia, con todos sus Anexos, el Régimen de Vida y el
Programa Socioeducativo del Centro que conforman el marco legal y
pedagógico del sistema penal juvenil en el Complejo Esperanza. Teniendo
respeto en las palabras y acciones con que procedemos en el comportamiento
diario, será más adecuada la aplicación del sistema disciplinario, cuyo objeto es
preservar la seguridad de todos, el orden comunitario y la correcta organización
de la vida de los jóvenes alojados, siendo obligatorio para todos, adolescentes
y adultos, acatar las normas éticas de conducta y todas las disposiciones
reglamentarias mencionadas.
ASPECTOS BÁSICOS DE SEGURIDAD A APLICAR
1.- Siempre se debe tratar a los jóvenes con respeto y educación, no
allanándose -si fuera el caso- a su lenguaje ni nivelando su manera de
comunicarse. Es propio del educador tener templanza y no corresponder de la
37
misma manera con palabras ofensivas o humillantes, sino con autoridad y
firmeza, pero siempre respetando el lenguaje con el que transmitimos las
indicaciones. Si bien este modo de proceder es más lento y no se obtienen
resultados inmediatos en la conducta de los adolescentes, se logran producir
en la vida de los jóvenes ejemplos que perdurarán en ellos.
2- El número de operadores debe ser el adecuado para realizar una custodia
responsable y eficaz.
3- La cadena de mando debe respetarse siempre.
4- Toda entrada y salida, a actividades, visitas o monitoreo en el Sector se
registrará en el Libro del Sector.
5- Toda salida y entrada de cada Instituto del Complejo Esperanza se registrará
en el Libro de Guardia.
6- Todo acto de indisciplina será documentado en un informe que se elevará,
primero al Encargado de Guardia del turno inmediato y luego a la Dirección del
Instituto correspondiente del Complejo Esperanza (ver Parte Disciplinario -
Anexo A del presente).
7- Toda conducta individual del joven que se considere destacable, basada en
los valores y habilidades sociales que se buscan implementar desde el enfoque
socio educativo, de la que tenga conocimiento un operador de asistencia y
seguridad o una educadora social será reconocida por escrito, comunicada al
joven implicado y se señalará en un Informe que será incorporado al legajo
personal del joven, comunicándose al Juzgado interviniente en cada caso
como parte del informe evolutivo mensual del mismo.
8- Las puertas de los enlaces, luego de usarse, deben estar siempre cerradas
con sus respectivos candados.
ASPECTOS GENERALES A TENER EN CUENTA
a) Los jóvenes alojados no deben tener acceso a las llaves que
aseguran los candados de los diferentes enlaces, puertas,
gabinetes, cofres, oficinas, etc., quedando terminantemente
prohibido al personal, facilitarles éstas bajo ningún aspecto.
38
misma manera con palabras ofensivas o humillantes, sino con autoridad y
firmeza, pero siempre respetando el lenguaje con el que transmitimos las
indicaciones. Si bien este modo de proceder es más lento y no se obtienen
resultados inmediatos en la conducta de los adolescentes, se logran producir
en la vida de los jóvenes ejemplos que perdurarán en ellos.
2- El número de operadores debe ser el adecuado para realizar una custodia
responsable y eficaz.
3- La cadena de mando debe respetarse siempre.
4- Toda entrada y salida, a actividades, visitas o monitoreo en el Sector se
registrará en el Libro del Sector.
5- Toda salida y entrada de cada Instituto del Complejo Esperanza se registrará
en el Libro de Guardia.
6- Todo acto de indisciplina será documentado en un informe que se elevará,
primero al Encargado de Guardia del turno inmediato y luego a la Dirección del
Instituto correspondiente del Complejo Esperanza (ver Parte Disciplinario -
Anexo A del presente).
7- Toda conducta individual del joven que se considere destacable, basada en
los valores y habilidades sociales que se buscan implementar desde el enfoque
socio educativo, de la que tenga conocimiento un operador de asistencia y
seguridad o una educadora social será reconocida por escrito, comunicada al
joven implicado y se señalará en un Informe que será incorporado al legajo
personal del joven, comunicándose al Juzgado interviniente en cada caso
como parte del informe evolutivo mensual del mismo.
8- Las puertas de los enlaces, luego de usarse, deben estar siempre cerradas
con sus respectivos candados.
ASPECTOS GENERALES A TENER EN CUENTA
a) Los jóvenes alojados no deben tener acceso a las llaves que
aseguran los candados de los diferentes enlaces, puertas,
gabinetes, cofres, oficinas, etc., quedando terminantemente
prohibido al personal, facilitarles éstas bajo ningún aspecto.
38
b) Todos los jóvenes que cumplan tareas de limpieza, ordenamiento y
colaboración fuera de los sectores de habitaciones, deberán ser
supervisados siempre por un personal de asistencia y seguridad que
los acompañe de forma constante, nunca permitiendo que estén
fuera del alcance de su vista.
c) Todas las actividades que los jóvenes realicen dentro del predio del
Complejo, en los lugares comprendidos entre los perímetros
externos de los Institutos y el perímetro de seguridad del Complejo,
no deben excederse más allá de las 18 horas; debiendo los jóvenes
participantes de dichas actividades, regresar a sus respectivos
Institutos a las 17,30 horas, salvo que medie una autorización
escrita por parte de la Dirección del mismo, estando todo el personal
involucrado en la seguridad debidamente notificado y puesto en
conocimiento. Estas programaciones extraordinarias deberán
hacerse, en todos los casos, con 24 horas de antelación.
d) Los adolescentes no deben circular por el predio, bajo ninguna
circunstancia, sin el acompañamiento del personal de asistencia y
seguridad.
e) Todo personal que presta servicios de asistencia y seguridad, frente
a situaciones que juzgue críticas o riesgosas que sucedan durante el
desarrollo de alguna actividad, debe proceder haciendo cesar la
misma y presentando de manera inmediata al Director del Instituto -
una hora posterior a la suspensión de dicha actividad- un informe
pormenorizado y fundamentado del por qué tomó la decisión de
hacer finalizar la actividad programada antes de tiempo.
f) En relación a la higiene diaria de los sectores y habitaciones donde
están alojados los jóvenes se debe proceder rigurosamente en el
mecanismo de entrega y recuperación de los elementos e
instrumentos de limpieza; es decir, el personal entrega los palos de
piso y los líquidos de limpieza, luego de 15 minutos deben ser
retirados por el personal, no pudiendo, bajo ningún concepto,
39
b) Todos los jóvenes que cumplan tareas de limpieza, ordenamiento y
colaboración fuera de los sectores de habitaciones, deberán ser
supervisados siempre por un personal de asistencia y seguridad que
los acompañe de forma constante, nunca permitiendo que estén
fuera del alcance de su vista.
c) Todas las actividades que los jóvenes realicen dentro del predio del
Complejo, en los lugares comprendidos entre los perímetros
externos de los Institutos y el perímetro de seguridad del Complejo,
no deben excederse más allá de las 18 horas; debiendo los jóvenes
participantes de dichas actividades, regresar a sus respectivos
Institutos a las 17,30 horas, salvo que medie una autorización
escrita por parte de la Dirección del mismo, estando todo el personal
involucrado en la seguridad debidamente notificado y puesto en
conocimiento. Estas programaciones extraordinarias deberán
hacerse, en todos los casos, con 24 horas de antelación.
d) Los adolescentes no deben circular por el predio, bajo ninguna
circunstancia, sin el acompañamiento del personal de asistencia y
seguridad.
e) Todo personal que presta servicios de asistencia y seguridad, frente
a situaciones que juzgue críticas o riesgosas que sucedan durante el
desarrollo de alguna actividad, debe proceder haciendo cesar la
misma y presentando de manera inmediata al Director del Instituto -
una hora posterior a la suspensión de dicha actividad- un informe
pormenorizado y fundamentado del por qué tomó la decisión de
hacer finalizar la actividad programada antes de tiempo.
f) En relación a la higiene diaria de los sectores y habitaciones donde
están alojados los jóvenes se debe proceder rigurosamente en el
mecanismo de entrega y recuperación de los elementos e
instrumentos de limpieza; es decir, el personal entrega los palos de
piso y los líquidos de limpieza, luego de 15 minutos deben ser
retirados por el personal, no pudiendo, bajo ningún concepto,
39
permanecer dichos elementos e instrumentales dentro de los
sectores, transcurrido el tiempo estipulado, por seguridad de los
adolescentes allí albergados y de toda persona que trabaje en los
Institutos. Ésta es una orden de servicio estricta de aplicación
universal dentro de todos los Institutos del Complejo Esperanza y los
Directores de los mismos, son los principales garantes de su
cumplimiento y aplicación.
PROCEDIMIENTOS DENTRO DE LOS INSTITUTOS O MÓDULOS DEL
COMPLEJO ESPERANZA
A través del siguiente apartado se explicitan los procedimientos diarios de
trabajo en cada sector y dependencia dentro de los Institutos.
1.- Ingreso a los Sectores:
El ingreso del personal dentro de los Sectores de habitaciones, deberá
realizarse, en todos los casos, al menos con dos operadores de asistencia y
seguridad, los cuales deberán proceder de la siguiente manera:
a) Uno de los trabajadores quitará el candado que bloquea el pasador de
cierre, con un pie apoyando la parte inferior de la puerta que realiza la
maniobra de apertura; a continuación procederá a quitar el perno de
cierre y abrirá la puerta de ingreso, lo suficiente como para que el otro
agente pueda ingresar.
b) En caso de ser sólo dos operadores, el segundo ingresará al Sector de
habitaciones, para realizar las tareas rutinarias con los jóvenes.
c) El personal que efectuó la apertura del enlace, una vez que su
compañero ingresó, dará cierre a la puerta, colocando el candado y
permaneciendo atento a las actividades que realiza el agente dentro del
Sector con los adolescentes allí albergados. Finalizada la actividad, para
el egreso del Sector del trabajador, procederá de la misma manera que
se indica en el punto a).
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permanecer dichos elementos e instrumentales dentro de los
sectores, transcurrido el tiempo estipulado, por seguridad de los
adolescentes allí albergados y de toda persona que trabaje en los
Institutos. Ésta es una orden de servicio estricta de aplicación
universal dentro de todos los Institutos del Complejo Esperanza y los
Directores de los mismos, son los principales garantes de su
cumplimiento y aplicación.
PROCEDIMIENTOS DENTRO DE LOS INSTITUTOS O MÓDULOS DEL
COMPLEJO ESPERANZA
A través del siguiente apartado se explicitan los procedimientos diarios de
trabajo en cada sector y dependencia dentro de los Institutos.
1.- Ingreso a los Sectores:
El ingreso del personal dentro de los Sectores de habitaciones, deberá
realizarse, en todos los casos, al menos con dos operadores de asistencia y
seguridad, los cuales deberán proceder de la siguiente manera:
a) Uno de los trabajadores quitará el candado que bloquea el pasador de
cierre, con un pie apoyando la parte inferior de la puerta que realiza la
maniobra de apertura; a continuación procederá a quitar el perno de
cierre y abrirá la puerta de ingreso, lo suficiente como para que el otro
agente pueda ingresar.
b) En caso de ser sólo dos operadores, el segundo ingresará al Sector de
habitaciones, para realizar las tareas rutinarias con los jóvenes.
c) El personal que efectuó la apertura del enlace, una vez que su
compañero ingresó, dará cierre a la puerta, colocando el candado y
permaneciendo atento a las actividades que realiza el agente dentro del
Sector con los adolescentes allí albergados. Finalizada la actividad, para
el egreso del Sector del trabajador, procederá de la misma manera que
se indica en el punto a).
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2.- Traslados de jóvenes entre Sectores e Instituto s:
El movimiento de los adolescentes dentro de los Institutos se realizará siempre
con al menos un personal de asistencia, quien acompañará al joven durante el
trayecto que deba realizar. Cuando sean dos o más los adolescentes que se
movilicen, deberán ser dos al menos los operadores implicados en el
acompañamiento, uno de los cuales deberá ir atrás del grupo.
Sólo estará permitido el traslado con medidas de sujeción dentro de los
Institutos cuando se juzgue, a criterio del Responsable de Módulo (o
Encargado de la Guardia del turno si aquél no estuviere), que corre riesgo la
integridad física del joven o de terceros o cuando se evalúe fundadamente la
posibilidad de evasión; sólo serán utilizadas como medidas de excepción, hasta
tanto se llegue al destino adonde se dirige. Queda terminantemente prohibido
el uso de los medios de sujeción como castigo.
Los traslados de los adolescentes desde el establecimiento donde están
alojados a algún otro sitio (Juzgados, Oficinas del Ministerio Público, Servicios
de Salud y otras instituciones) deben hacerse en un vehículo expresamente
destinado para tal fin (ver Anexo V Protocolo de Traslados).
El móvil de traslado debe ser considerado una extensión del Orden Interno del
Instituto, de manera que rigen en él los mismos derechos y obligaciones del
personal y de los jóvenes residentes y procedimientos equivalentes. Debe
contar con un Libro de Novedades (equivalente al Libro del Sector).
3.- Entrega de objetos personales:
La entrega de objetos personales a los adolescentes alojados en cada Sector
de los distintos Institutos se realizará de la siguiente manera: todo objeto
permitido que deba ser entregado, debe hacerse mediante la Planilla de
Objetos Entregados que deberá ser visada por el joven destinatario; el acto de
entrega se realizará en el enlace de ingreso al Sector, con el enlace cerrado,
en presencia de al menos dos agentes de asistencia y frente a un equipo de
cámaras.
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2.- Traslados de jóvenes entre Sectores e Instituto s:
El movimiento de los adolescentes dentro de los Institutos se realizará siempre
con al menos un personal de asistencia, quien acompañará al joven durante el
trayecto que deba realizar. Cuando sean dos o más los adolescentes que se
movilicen, deberán ser dos al menos los operadores implicados en el
acompañamiento, uno de los cuales deberá ir atrás del grupo.
Sólo estará permitido el traslado con medidas de sujeción dentro de los
Institutos cuando se juzgue, a criterio del Responsable de Módulo (o
Encargado de la Guardia del turno si aquél no estuviere), que corre riesgo la
integridad física del joven o de terceros o cuando se evalúe fundadamente la
posibilidad de evasión; sólo serán utilizadas como medidas de excepción, hasta
tanto se llegue al destino adonde se dirige. Queda terminantemente prohibido
el uso de los medios de sujeción como castigo.
Los traslados de los adolescentes desde el establecimiento donde están
alojados a algún otro sitio (Juzgados, Oficinas del Ministerio Público, Servicios
de Salud y otras instituciones) deben hacerse en un vehículo expresamente
destinado para tal fin (ver Anexo V Protocolo de Traslados).
El móvil de traslado debe ser considerado una extensión del Orden Interno del
Instituto, de manera que rigen en él los mismos derechos y obligaciones del
personal y de los jóvenes residentes y procedimientos equivalentes. Debe
contar con un Libro de Novedades (equivalente al Libro del Sector).
3.- Entrega de objetos personales:
La entrega de objetos personales a los adolescentes alojados en cada Sector
de los distintos Institutos se realizará de la siguiente manera: todo objeto
permitido que deba ser entregado, debe hacerse mediante la Planilla de
Objetos Entregados que deberá ser visada por el joven destinatario; el acto de
entrega se realizará en el enlace de ingreso al Sector, con el enlace cerrado,
en presencia de al menos dos agentes de asistencia y frente a un equipo de
cámaras.
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4.- Requisas :
Las requisas son procedimientos de revisación de las personas y las cosas,
cuya función es asegurar que el paso de un nivel de seguridad a otro se haga
sin trasladar elementos de uso prohibido en esos niveles. En caso de
detectarse, tales elementos pueden ser retenidos por la autoridad que la realiza
y motivar la denuncia administrativa o judicial que corresponda.
4-1-Requisa personal de jóvenes :
Al regreso de cada permiso, actividad o visita, los jóvenes deberán pasar por
un proceso de control de pertenencias preventivo; el mismo se realizará para
evitar que regresen al Instituto con elementos que puedan ser nocivos para
ellos mismos o para terceros. El procedimiento será el siguiente:
a) El joven deberá ser ubicado en una sala especial para requisas con
cámara de sistema de monitoreo; en su defecto deberá ser conducido a
inmediaciones del enlace de ingreso a los sectores de habitaciones
frente a la cámara.
b) Se le pide al adolescente que muestre sus orejas, boca, debajo de la
lengua, debajo de las axilas, debajo de los pies y que exhiba sus manos
de ambos lados.
c) Se solicitará al joven una a una sus prendas que deberán ser revisadas
minuciosamente en todos sus pliegues, costuras, cuello, mangas,
bolsillos, ropa interior, apósitos, vendajes, etc. Las zapatillas deben ser
examinadas debajo de las plantillas, lengua y cámaras de aire. Estas
acciones se deben hacer con el decoro y respeto correspondientes.
d) Se le pedirá al joven realizar una flexión de piernas, para descartar
cualquier elemento que pudiese estar escondido en la entrepierna.
e) Se le retornarán sus prendas que se deberá colocar una a una
nuevamente.
f) En ningún caso se deberá tener contacto físico con el joven requisado.
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4.- Requisas :
Las requisas son procedimientos de revisación de las personas y las cosas,
cuya función es asegurar que el paso de un nivel de seguridad a otro se haga
sin trasladar elementos de uso prohibido en esos niveles. En caso de
detectarse, tales elementos pueden ser retenidos por la autoridad que la realiza
y motivar la denuncia administrativa o judicial que corresponda.
4-1-Requisa personal de jóvenes :
Al regreso de cada permiso, actividad o visita, los jóvenes deberán pasar por
un proceso de control de pertenencias preventivo; el mismo se realizará para
evitar que regresen al Instituto con elementos que puedan ser nocivos para
ellos mismos o para terceros. El procedimiento será el siguiente:
a) El joven deberá ser ubicado en una sala especial para requisas con
cámara de sistema de monitoreo; en su defecto deberá ser conducido a
inmediaciones del enlace de ingreso a los sectores de habitaciones
frente a la cámara.
b) Se le pide al adolescente que muestre sus orejas, boca, debajo de la
lengua, debajo de las axilas, debajo de los pies y que exhiba sus manos
de ambos lados.
c) Se solicitará al joven una a una sus prendas que deberán ser revisadas
minuciosamente en todos sus pliegues, costuras, cuello, mangas,
bolsillos, ropa interior, apósitos, vendajes, etc. Las zapatillas deben ser
examinadas debajo de las plantillas, lengua y cámaras de aire. Estas
acciones se deben hacer con el decoro y respeto correspondientes.
d) Se le pedirá al joven realizar una flexión de piernas, para descartar
cualquier elemento que pudiese estar escondido en la entrepierna.
e) Se le retornarán sus prendas que se deberá colocar una a una
nuevamente.
f) En ningún caso se deberá tener contacto físico con el joven requisado.
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g) En caso de encontrarse objetos o sustancias prohibidas y nocivas, se lo
hará vestir nuevamente, con el objeto de realizar las acciones
administrativas y legales que correspondan.
h) No se permitirá, durante el procedimiento, la presencia próxima de otros
jóvenes, quienes podrían facilitar el pasaje de objetos.
Nota: este procedimiento de requisa deberá efectuarse también al egreso del
joven a las visitas o actividades externas, cuando se presuma con fundamento,
que podría portar desde el Sector, elementos o sustancias nocivas;
especialmente en tiempos de mayor concentración de conflictos internos entre
adolescentes alojados en los distintos Sectores. El Responsable de Gestión o
Vicedirector del Instituto podrán indicarlo, si así lo consideran oportuno.
4-2-Control y requisas en los Sectores :
Los Sectores de habitaciones o espacios comunes son áreas donde los
jóvenes alojados en el Complejo pasan gran parte de su tiempo, por tanto, es
fundamental mantenerlos limpios, aseados y con las medidas de seguridad
necesarias, de manera que el lugar sea lo más agradable y seguro para
quienes lo habitan y puedan descansar, estudiar, leer, realizar tareas
recreativas, sin que esté en riesgo su integridad física. Para alcanzar este
objetivo, estos espacios deben ser controlados por el personal de asistencia y
seguridad de forma periódica.
La requisa es una revisión general de los sectores comunes y del alojamiento
de los jóvenes residentes. Esta actividad debe ser ordenada por la Dirección
del Instituto y ejecutada bajo las órdenes del Encargado de Guardia. Siempre,
sin excepción, debe estar presente el Director o Vicedirector, de lo contrario, si
no puede estar ninguno de ellos, deberá estar alguna autoridad del Complejo
Esperanza, es decir, algún miembro del Consejo Interdisciplinario.
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g) En caso de encontrarse objetos o sustancias prohibidas y nocivas, se lo
hará vestir nuevamente, con el objeto de realizar las acciones
administrativas y legales que correspondan.
h) No se permitirá, durante el procedimiento, la presencia próxima de otros
jóvenes, quienes podrían facilitar el pasaje de objetos.
Nota: este procedimiento de requisa deberá efectuarse también al egreso del
joven a las visitas o actividades externas, cuando se presuma con fundamento,
que podría portar desde el Sector, elementos o sustancias nocivas;
especialmente en tiempos de mayor concentración de conflictos internos entre
adolescentes alojados en los distintos Sectores. El Responsable de Gestión o
Vicedirector del Instituto podrán indicarlo, si así lo consideran oportuno.
4-2-Control y requisas en los Sectores :
Los Sectores de habitaciones o espacios comunes son áreas donde los
jóvenes alojados en el Complejo pasan gran parte de su tiempo, por tanto, es
fundamental mantenerlos limpios, aseados y con las medidas de seguridad
necesarias, de manera que el lugar sea lo más agradable y seguro para
quienes lo habitan y puedan descansar, estudiar, leer, realizar tareas
recreativas, sin que esté en riesgo su integridad física. Para alcanzar este
objetivo, estos espacios deben ser controlados por el personal de asistencia y
seguridad de forma periódica.
La requisa es una revisión general de los sectores comunes y del alojamiento
de los jóvenes residentes. Esta actividad debe ser ordenada por la Dirección
del Instituto y ejecutada bajo las órdenes del Encargado de Guardia. Siempre,
sin excepción, debe estar presente el Director o Vicedirector, de lo contrario, si
no puede estar ninguno de ellos, deberá estar alguna autoridad del Complejo
Esperanza, es decir, algún miembro del Consejo Interdisciplinario.
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El proceso de requisa de los Sectores es el siguiente:
a) Los espacios comunes, es decir, baños, aulas, talleres, granja, espacios
verdes y de actividad deportiva, salones de usos múltiples, salas de
visitas, etc., deberán ser controlados por el personal de asistencia y
seguridad en ausencia de los jóvenes. Se deberán relevar plafones en
mal estado, tomas de corriente e interruptores, rejas, puertas; asimismo
deberán revisarse cuidadosamente todos los lugares en donde sea
posible encontrar elementos prohibidos escondidos, tales como paredes,
piso, techos, ventanas, barrotes, puertas, cerraduras, mesas, bancos o
sillas, orificios, inodoros, etc.
b) En los espacios de habitaciones y descanso, el control debe ser
sistemático y metódico, por lo menos una vez a la semana, según un
plan establecido por la Dirección del Instituto. Esta inspección se
realizará en presencia de los jóvenes alojados en la habitación, que
deberán observar cómo se realiza el proceso de control desde la puerta
de ingreso a la habitación y en compañía de un personal de asistencia;
se efectuará con la misma metodología citada en el apartado a), pero
con la salvedad que, en este caso, deberán ser revisadas las
pertenecías del joven allí alojado, preservándose sanas las mismas y sin
ser retiradas, salvo que se encuentren elementos no autorizados o
prohibidos, tales como llaves, cuerdas, herramientas, encendedores,
fósforos, elementos filosos o punzo cortantes, sustancias psicoactivas y
todo objeto que pueda emplearse en evasiones o que signifique algún
riesgo para sí y para el resto de la población. En el específico caso de
control de los colchones de provisión estatal que se encuentren con
roturas a la vista, es necesario realizar el vaciamiento del relleno, para,
tras la requisa correspondiente, procederse a la costura posterior; en
caso de que sea necesario el control del colchón, se deberá contar
previamente con los materiales de reparación imprescindibles que
posibiliten el armado del mismo o la provisión de uno nuevo en su
reemplazo.
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El proceso de requisa de los Sectores es el siguiente:
a) Los espacios comunes, es decir, baños, aulas, talleres, granja, espacios
verdes y de actividad deportiva, salones de usos múltiples, salas de
visitas, etc., deberán ser controlados por el personal de asistencia y
seguridad en ausencia de los jóvenes. Se deberán relevar plafones en
mal estado, tomas de corriente e interruptores, rejas, puertas; asimismo
deberán revisarse cuidadosamente todos los lugares en donde sea
posible encontrar elementos prohibidos escondidos, tales como paredes,
piso, techos, ventanas, barrotes, puertas, cerraduras, mesas, bancos o
sillas, orificios, inodoros, etc.
b) En los espacios de habitaciones y descanso, el control debe ser
sistemático y metódico, por lo menos una vez a la semana, según un
plan establecido por la Dirección del Instituto. Esta inspección se
realizará en presencia de los jóvenes alojados en la habitación, que
deberán observar cómo se realiza el proceso de control desde la puerta
de ingreso a la habitación y en compañía de un personal de asistencia;
se efectuará con la misma metodología citada en el apartado a), pero
con la salvedad que, en este caso, deberán ser revisadas las
pertenecías del joven allí alojado, preservándose sanas las mismas y sin
ser retiradas, salvo que se encuentren elementos no autorizados o
prohibidos, tales como llaves, cuerdas, herramientas, encendedores,
fósforos, elementos filosos o punzo cortantes, sustancias psicoactivas y
todo objeto que pueda emplearse en evasiones o que signifique algún
riesgo para sí y para el resto de la población. En el específico caso de
control de los colchones de provisión estatal que se encuentren con
roturas a la vista, es necesario realizar el vaciamiento del relleno, para,
tras la requisa correspondiente, procederse a la costura posterior; en
caso de que sea necesario el control del colchón, se deberá contar
previamente con los materiales de reparación imprescindibles que
posibiliten el armado del mismo o la provisión de uno nuevo en su
reemplazo.
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c) Aparte de dejar sentado en el Libro del Sector la acción de la requisa,
fecha y hora, con los detalles relevantes, se debe labrar un Acta en que
se dejará constancia del resultado detallado del control (ver Anexo B del
presente).
d) Se procurará que las requisas de los sectores sean filmadas, a fin de
garantizar la transparencia de las mismas.
4-3- Resguardo :
El contenido de las cámaras de seguridad y/o de las filmaciones dispuestas en
caso de requisas, deberá ser debidamente resguardado, y solo podrá ser
exhibido ante requerimiento judicial expreso.
5.-Relevos de Guardia:
Los relevos de Guardia se realizarán todos los días de 7,00 a 10,00 horas y de
19,00 a 21,00 horas, salvo casos excepcionales, para ello, los responsables del
turno saliente deberán brindar con claridad las novedades suscitadas del turno,
la cantidad de jóvenes alojados, el listado de adolescentes que deberán salir de
permiso o a comparecer ante los Juzgados Penales Juveniles, aquéllos que se
encuentran de permiso, los que necesitan tratamiento médico externo o los que
se encuentran recibiendo un tratamiento médico especial, de conformidad a lo
establecido en el Orden del Día previsto en el Libro de Guardia; los jóvenes
que han tenido algún tipo de inconveniente disciplinario y toda novedad que
sea de utilidad conocer, para resguardar el normal funcionamiento de la
guardia que ingresa de turno. En el caso de los Institutos que, por su
envergadura, posean varios Sectores, los Encargados de cada Sector
brindarán un detalle pormenorizado de cada lugar a su cargo. Antes, éstos
deberán haber realizado un conteo de los jóvenes alojados dentro de las
habitaciones, siempre cumpliendo con los procedimientos de seguridad antes
descriptos. Los jóvenes serán identificados en sus respectivas habitaciones,
respetando las horas de descanso. En caso de novedades de lesiones o
enfermedades que se hubiesen producido en horas de la madrugada, sin ser
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c) Aparte de dejar sentado en el Libro del Sector la acción de la requisa,
fecha y hora, con los detalles relevantes, se debe labrar un Acta en que
se dejará constancia del resultado detallado del control (ver Anexo B del
presente).
d) Se procurará que las requisas de los sectores sean filmadas, a fin de
garantizar la transparencia de las mismas.
4-3- Resguardo :
El contenido de las cámaras de seguridad y/o de las filmaciones dispuestas en
caso de requisas, deberá ser debidamente resguardado, y solo podrá ser
exhibido ante requerimiento judicial expreso.
5.-Relevos de Guardia:
Los relevos de Guardia se realizarán todos los días de 7,00 a 10,00 horas y de
19,00 a 21,00 horas, salvo casos excepcionales, para ello, los responsables del
turno saliente deberán brindar con claridad las novedades suscitadas del turno,
la cantidad de jóvenes alojados, el listado de adolescentes que deberán salir de
permiso o a comparecer ante los Juzgados Penales Juveniles, aquéllos que se
encuentran de permiso, los que necesitan tratamiento médico externo o los que
se encuentran recibiendo un tratamiento médico especial, de conformidad a lo
establecido en el Orden del Día previsto en el Libro de Guardia; los jóvenes
que han tenido algún tipo de inconveniente disciplinario y toda novedad que
sea de utilidad conocer, para resguardar el normal funcionamiento de la
guardia que ingresa de turno. En el caso de los Institutos que, por su
envergadura, posean varios Sectores, los Encargados de cada Sector
brindarán un detalle pormenorizado de cada lugar a su cargo. Antes, éstos
deberán haber realizado un conteo de los jóvenes alojados dentro de las
habitaciones, siempre cumpliendo con los procedimientos de seguridad antes
descriptos. Los jóvenes serán identificados en sus respectivas habitaciones,
respetando las horas de descanso. En caso de novedades de lesiones o
enfermedades que se hubiesen producido en horas de la madrugada, sin ser
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advertidas por el personal de asistencia, se procederá a dar atención de forma
inmediata una vez conocido el hecho y realizar las actuaciones administrativas
que correspondan.
6.-Registros:
El procedimiento básico de todo Centro de Régimen Cerrado consiste en
establecer una rutina y en registrar todo evento significativo que la modifique.
De manera que todas las novedades (eventos que escapan a la rutina) deben
ser registradas. Por eso, cada nivel de seguridad cuenta con un Libro de
Registro ( Seguridad en el Sector, en el Instituto y en la Seguridad externa)
donde debe dejarse constancia de todas las novedades del nivel. Esta es una
obligación legal y administrativa de los operadores de seguridad, esencial para
el funcionamiento seguro del establecimiento.
En cada cambio de guardia se debe dejar constancia de:
• Personal que deja y toma el servicio, indicando nombre, apellido legajo, fecha,
horario y firma.
• Nombre y apellido de los adolescentes alojados en el sector y su ubicación en
el dormitorio. Para el caso de cambio de sector o dormitorio del adolescente, se
debe dejar constancia de la autoridad que dispuso el movimiento.
• Se deben registrar las condiciones de habitabilidad con que se entrega y
recibe el sector; y todos los elementos para la prestación del servicio que se
reciben y se entregan en el pase de guardia, con indicación de su estado de
funcionamiento (linternas, faroles, llaves, esposas, matafuegos, televisor,
radiograbador, etc.).
• Quien toma la guardia debe realizar una lectura pormenorizada de las
constancias de la guardia precedente, y debe dejar expresa constancia en el
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advertidas por el personal de asistencia, se procederá a dar atención de forma
inmediata una vez conocido el hecho y realizar las actuaciones administrativas
que correspondan.
6.-Registros:
El procedimiento básico de todo Centro de Régimen Cerrado consiste en
establecer una rutina y en registrar todo evento significativo que la modifique.
De manera que todas las novedades (eventos que escapan a la rutina) deben
ser registradas. Por eso, cada nivel de seguridad cuenta con un Libro de
Registro ( Seguridad en el Sector, en el Instituto y en la Seguridad externa)
donde debe dejarse constancia de todas las novedades del nivel. Esta es una
obligación legal y administrativa de los operadores de seguridad, esencial para
el funcionamiento seguro del establecimiento.
En cada cambio de guardia se debe dejar constancia de:
• Personal que deja y toma el servicio, indicando nombre, apellido legajo, fecha,
horario y firma.
• Nombre y apellido de los adolescentes alojados en el sector y su ubicación en
el dormitorio. Para el caso de cambio de sector o dormitorio del adolescente, se
debe dejar constancia de la autoridad que dispuso el movimiento.
• Se deben registrar las condiciones de habitabilidad con que se entrega y
recibe el sector; y todos los elementos para la prestación del servicio que se
reciben y se entregan en el pase de guardia, con indicación de su estado de
funcionamiento (linternas, faroles, llaves, esposas, matafuegos, televisor,
radiograbador, etc.).
• Quien toma la guardia debe realizar una lectura pormenorizada de las
constancias de la guardia precedente, y debe dejar expresa constancia en el
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caso de advertir irregularidades en el libro (fojas faltantes, alteración de la
numeración, tachaduras o enmiendas no salvadas, etc.).
7.- Ingreso de los jóvenes a sus habitaciones, cier re de descanso:
El cierre general de las habitaciones se producirá una vez concluidas las
actividades programadas de la jornada; en su ejecución participará el personal
de ambos turnos, saliente y entrante. El procedimiento es el siguiente:
a) Observando la metodología indicada en el apartado “Ingreso a los
Sectores”, se procede a acompañar a los jóvenes hasta sus respectivas
habitaciones, designando previamente un personal responsable de las
llaves, quien irá cerrando una a una las puertas de cada habitación
colocando el cerrojo y asegurándola.
b) Se debe proceder inmediatamente a realizar un recuento de los jóvenes
alojados y registrar en el Libro del Sector las novedades que se
consideren relevantes de cada joven.
c) Durante el horario nocturno, el personal de asistencia tiene la
responsabilidad del cuidado y vigilancia permanente de los sectores y
dormitorios, para velar por la integridad psicofísica de los jóvenes; por lo
cual, el equipo de asistencia y seguridad de cada sector, debe estar
ubicado frente al sector, para estar atento ante cualquier incidente que
pudiere suceder.
d) Durante la noche se deberán asegurar los candados, cerraduras y
pasadores de todos los espacios de los Institutos (enlaces de ingreso,
habitaciones, baños, sala de usos múltiples, comedores, etc.).
8.- Procedimiento Médico:
En caso que surgiere alguna novedad de índole clínico con alguno de los
jóvenes alojados se deberá brindar toda la información que se conozca al
personal médico de turno, quienes deberán asistir al joven en un espacio
adecuado dentro del Instituto o en el Centro de Salud.
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caso de advertir irregularidades en el libro (fojas faltantes, alteración de la
numeración, tachaduras o enmiendas no salvadas, etc.).
7.- Ingreso de los jóvenes a sus habitaciones, cier re de descanso:
El cierre general de las habitaciones se producirá una vez concluidas las
actividades programadas de la jornada; en su ejecución participará el personal
de ambos turnos, saliente y entrante. El procedimiento es el siguiente:
a) Observando la metodología indicada en el apartado “Ingreso a los
Sectores”, se procede a acompañar a los jóvenes hasta sus respectivas
habitaciones, designando previamente un personal responsable de las
llaves, quien irá cerrando una a una las puertas de cada habitación
colocando el cerrojo y asegurándola.
b) Se debe proceder inmediatamente a realizar un recuento de los jóvenes
alojados y registrar en el Libro del Sector las novedades que se
consideren relevantes de cada joven.
c) Durante el horario nocturno, el personal de asistencia tiene la
responsabilidad del cuidado y vigilancia permanente de los sectores y
dormitorios, para velar por la integridad psicofísica de los jóvenes; por lo
cual, el equipo de asistencia y seguridad de cada sector, debe estar
ubicado frente al sector, para estar atento ante cualquier incidente que
pudiere suceder.
d) Durante la noche se deberán asegurar los candados, cerraduras y
pasadores de todos los espacios de los Institutos (enlaces de ingreso,
habitaciones, baños, sala de usos múltiples, comedores, etc.).
8.- Procedimiento Médico:
En caso que surgiere alguna novedad de índole clínico con alguno de los
jóvenes alojados se deberá brindar toda la información que se conozca al
personal médico de turno, quienes deberán asistir al joven en un espacio
adecuado dentro del Instituto o en el Centro de Salud.
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En circunstancias en que los jóvenes hayan participado en alguna rencilla y
que producto de estos enfrentamientos haya jóvenes dañados físicamente,
éstos deberán ser conducidos al Centro de Salud para su atención médica.
Durante el horario nocturno los jóvenes afectados deberán ser trasladados
mediante un móvil al Centro de Salud; en caso de no contar con móvil y
siempre que no exista premura que, por el tipo de lesiones, implique una
urgencia, el médico de turno deberá dirigirse al Sector del Instituto
correspondiente para asistir al adolescente damnificado.
En todos los casos debe dejarse asentado en el Libro de Sector y en el de
Guardia todos los movimientos ocurridos. Cuando el médico del Centro de
Salud determine el traslado del joven enfermo o accidentado a un nosocomio
para un mejor tratamiento especial de la afección, el adolescente siempre debe
ser acompañado en el traslado por un personal de asistencia y seguridad que
permanecerá junto al joven enfermo hasta su relevo, sin intervención de
personal policial.
9.- Comisiones Especiales:
Se denominan especiales, pues requieren custodia policial; a saber:
a. Velatorios
b. Entierros
c. Causas de gravedad reconocida.
d. Asistencia médica por motines o tentativas de evasión.
Estas comisiones se realizan siempre con custodia policial, cuya solicitud se
hará por vía legal al Juzgado interviniente.
10.- Tentativas de Motín:
No todos los disturbios colectivos o de a grupos de jóvenes deben ser
considerados motines; el motín es un levantamiento grupal en rebeldía contra
la autoridad o alguna de las normas impuestas. Puede suceder que entre los
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En circunstancias en que los jóvenes hayan participado en alguna rencilla y
que producto de estos enfrentamientos haya jóvenes dañados físicamente,
éstos deberán ser conducidos al Centro de Salud para su atención médica.
Durante el horario nocturno los jóvenes afectados deberán ser trasladados
mediante un móvil al Centro de Salud; en caso de no contar con móvil y
siempre que no exista premura que, por el tipo de lesiones, implique una
urgencia, el médico de turno deberá dirigirse al Sector del Instituto
correspondiente para asistir al adolescente damnificado.
En todos los casos debe dejarse asentado en el Libro de Sector y en el de
Guardia todos los movimientos ocurridos. Cuando el médico del Centro de
Salud determine el traslado del joven enfermo o accidentado a un nosocomio
para un mejor tratamiento especial de la afección, el adolescente siempre debe
ser acompañado en el traslado por un personal de asistencia y seguridad que
permanecerá junto al joven enfermo hasta su relevo, sin intervención de
personal policial.
9.- Comisiones Especiales:
Se denominan especiales, pues requieren custodia policial; a saber:
a. Velatorios
b. Entierros
c. Causas de gravedad reconocida.
d. Asistencia médica por motines o tentativas de evasión.
Estas comisiones se realizan siempre con custodia policial, cuya solicitud se
hará por vía legal al Juzgado interviniente.
10.- Tentativas de Motín:
No todos los disturbios colectivos o de a grupos de jóvenes deben ser
considerados motines; el motín es un levantamiento grupal en rebeldía contra
la autoridad o alguna de las normas impuestas. Puede suceder que entre los
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jóvenes afectados por la privación de libertad se susciten intentos de evasiones
y expresiones violentas de malestar, pero sin un objetivo específico, más que el
malestar mismo del encierro. Cuando se manifieste un tipo de expresión
masiva de reclamo en alguno de los sectores o en varios, los responsables del
turno deben acercarse a dialogar con los adolescentes en rebeldía, para
conocer los motivos de los desmanes producidos e intentar encauzar el
razonamiento de los jóvenes para que depongan la actitud de agresión y
resuelvan el conflicto de manera pacífica, dando respuesta si los reclamos
fueren legítimos y razonables. El personal debe seguir en consecuencia, el
siguiente procedimiento:
a) Como se indica arriba, disponer de personal de asistencia, suficiente y
capacitado, para que ingresen al Sector, a fin de dialogar con los
adolescentes, invitándolos a deponer la actitud violenta de sus
expresiones; para ello es imprescindible que el personal ingrese con
serenidad, no provocando verbalmente a los jóvenes ni usando
palabras ofensivas o procaces, sino mostrando madurez y la voluntad
de atender con interés el reclamo que originó la revuelta.
b) Mientras esto ocurre, se debe dar aviso inmediato al responsable del
turno como a la Dirección del Instituto.
c) El Director del Instituto se comunicará con la Dirección del Complejo
Esperanza.
d) En caso que los ánimos de los jóvenes implicados en la protesta, lejos
de calmarse, se acrecienten en expresiones de agresividad hacia el
personal interviniente, la máxima autoridad presente físicamente,
consultando con su inmediato superior, vía telefónica, autorizará el
ingreso de personal de seguridad especializado, para que,
resguardando la integridad de los jóvenes, trabajen con el objetivo de
neutralizar el conflicto y normalizar la situación de convivencia, desde el
respeto de los derechos a la integridad de los jóvenes. Si se juzga
necesario se requerirá el apoyo de la Policía, Bomberos y personal
49
jóvenes afectados por la privación de libertad se susciten intentos de evasiones
y expresiones violentas de malestar, pero sin un objetivo específico, más que el
malestar mismo del encierro. Cuando se manifieste un tipo de expresión
masiva de reclamo en alguno de los sectores o en varios, los responsables del
turno deben acercarse a dialogar con los adolescentes en rebeldía, para
conocer los motivos de los desmanes producidos e intentar encauzar el
razonamiento de los jóvenes para que depongan la actitud de agresión y
resuelvan el conflicto de manera pacífica, dando respuesta si los reclamos
fueren legítimos y razonables. El personal debe seguir en consecuencia, el
siguiente procedimiento:
a) Como se indica arriba, disponer de personal de asistencia, suficiente y
capacitado, para que ingresen al Sector, a fin de dialogar con los
adolescentes, invitándolos a deponer la actitud violenta de sus
expresiones; para ello es imprescindible que el personal ingrese con
serenidad, no provocando verbalmente a los jóvenes ni usando
palabras ofensivas o procaces, sino mostrando madurez y la voluntad
de atender con interés el reclamo que originó la revuelta.
b) Mientras esto ocurre, se debe dar aviso inmediato al responsable del
turno como a la Dirección del Instituto.
c) El Director del Instituto se comunicará con la Dirección del Complejo
Esperanza.
d) En caso que los ánimos de los jóvenes implicados en la protesta, lejos
de calmarse, se acrecienten en expresiones de agresividad hacia el
personal interviniente, la máxima autoridad presente físicamente,
consultando con su inmediato superior, vía telefónica, autorizará el
ingreso de personal de seguridad especializado, para que,
resguardando la integridad de los jóvenes, trabajen con el objetivo de
neutralizar el conflicto y normalizar la situación de convivencia, desde el
respeto de los derechos a la integridad de los jóvenes. Si se juzga
necesario se requerirá el apoyo de la Policía, Bomberos y personal
49
médico, para ayudar a contener la ofensiva salvaguardando la vida y la
integridad de los jóvenes protagonistas de estos altercados.
e) En relación a los adolescentes que participen activamente en motines,
tentativas de evasión o disturbios que alteren la convivencia, se
confeccionarán los informes disciplinarios respectivos y se comunicarán
los hechos a los Tribunales correspondientes (ver Reglamento Interno
de Convivencia, Título II: Disposiciones Particulares, Cap. 1.
Infracciones).
PERSONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD
Finalmente, concluimos este Manual de Procedimientos, centrándonos en la
persona y en su significado pedagógico, enalteciendo la importancia de su
trabajo con los adolescentes. El objetivo general del personal de Asistencia y
Seguridad se resume en la participación activa en la educación de los
adolescentes alojados en los diversos Institutos del Complejo Esperanza,
colaborando siempre positivamente con los Directivos, Educadoras Sociales,
Equipos Técnicos, Docentes, Capacitadores de Talleres de Oficio, Granja,
Talleres Culturales y Artísticos, personal del Servicio Médico y todos los que
diariamente interactúan en los procesos educativos de los jóvenes.
Se educa siempre con el ejemplo de la propia vida y con la palabra, ambas en
coherencia y sintonía; no hay otro camino posible para educar. Es en este
principio donde se funda la alta y delicada tarea del Personal de Asistencia y
Seguridad. Debe ser una persona que permanentemente cultive en sí los
valores que nos hacen humanos.
La Formación Permanente debe ser garantizada por la SeNAF de forma anual,
pero el principal motor de capacitación y actualización profesional es la
búsqueda personal de cada actor que, a través de la lectura y la investigación
desea nutrirse de elementos pedagógicos que le permitan perfeccionarse en la
labor cotidiana. Algunas cualidades constitutivas de la acción educativa del
Personal de asistencia son:
50
médico, para ayudar a contener la ofensiva salvaguardando la vida y la
integridad de los jóvenes protagonistas de estos altercados.
e) En relación a los adolescentes que participen activamente en motines,
tentativas de evasión o disturbios que alteren la convivencia, se
confeccionarán los informes disciplinarios respectivos y se comunicarán
los hechos a los Tribunales correspondientes (ver Reglamento Interno
de Convivencia, Título II: Disposiciones Particulares, Cap. 1.
Infracciones).
PERSONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD
Finalmente, concluimos este Manual de Procedimientos, centrándonos en la
persona y en su significado pedagógico, enalteciendo la importancia de su
trabajo con los adolescentes. El objetivo general del personal de Asistencia y
Seguridad se resume en la participación activa en la educación de los
adolescentes alojados en los diversos Institutos del Complejo Esperanza,
colaborando siempre positivamente con los Directivos, Educadoras Sociales,
Equipos Técnicos, Docentes, Capacitadores de Talleres de Oficio, Granja,
Talleres Culturales y Artísticos, personal del Servicio Médico y todos los que
diariamente interactúan en los procesos educativos de los jóvenes.
Se educa siempre con el ejemplo de la propia vida y con la palabra, ambas en
coherencia y sintonía; no hay otro camino posible para educar. Es en este
principio donde se funda la alta y delicada tarea del Personal de Asistencia y
Seguridad. Debe ser una persona que permanentemente cultive en sí los
valores que nos hacen humanos.
La Formación Permanente debe ser garantizada por la SeNAF de forma anual,
pero el principal motor de capacitación y actualización profesional es la
búsqueda personal de cada actor que, a través de la lectura y la investigación
desea nutrirse de elementos pedagógicos que le permitan perfeccionarse en la
labor cotidiana. Algunas cualidades constitutivas de la acción educativa del
Personal de asistencia son:
50
● El valor de la palabra: si bien los jóvenes alojados por orden de la
justicia, supuestamente han cometido una infracción o delito contra la
ley, nuestra labor no es de jueces; por lo que se está prohibido tratar a
los adolescentes alojados con los términos de “delincuente” y similares,
ya que estos conceptos son sustantivos y el que una persona haya
infringido en una contravención de la norma, no define a su persona
como tal, es decir, una persona cometió un delito, pero ese delito no
agota lo que ese ser humano es. Por esta razón debemos tratar a los
jóvenes como nosotros deseamos ser tratados. Se pueden usar
palabras de autoridad y que les ayuden a reflexionar y deponer actitudes
negativas, sin necesidad de ofender y humillar. Debemos usar un
lenguaje de respeto, evitando siempre palabras impropias de un
educador. Una palabra fuerte y exigente, nunca debe ser dicha con un
lenguaje de insulto o desprecio de la persona.
● El valor de los gestos: los buenos gestos y acciones ayudan a los
jóvenes a pensar en otra manera de hacer las cosas. Muchos de ellos se
han criado con gestos de humillación y prepotencia de parte de los
adultos con quienes convivían. Ellos deben ver en nosotros gestos de
servicio, de atención y cuidado. Estas acciones cotidianas, realizadas
con sencillez, provocarán, sin duda un conflicto interior en los jóvenes
que cada uno de ellos deberá resolver. Cuando se descubre que hay
otra manera de hacer y proceder, la decisión está en cada uno. Ésta es
la tarea más alta de todo educador, llevar a los jóvenes hasta la
bifurcación de los caminos, para que elijan su destino y sepan que son
dueños de sí mismos. Pero si nosotros ofrecemos sólo más de lo mismo
de lo que ya vivió en su casa y en su barrio, sumado a la situación de
privación de libertad, tendremos guardados a los adolescentes, sin
provocar nada nuevo en ellos y sólo incrementar resentimiento social.
● El ejemplo de la propia vida: nada sustituye en un proceso educativo
este aspecto supremo e imprescindible. El joven que se aloja en nuestro
Centro, viene, por lo general, de la manipulación que el mundo adulto ha
51
● El valor de la palabra: si bien los jóvenes alojados por orden de la
justicia, supuestamente han cometido una infracción o delito contra la
ley, nuestra labor no es de jueces; por lo que se está prohibido tratar a
los adolescentes alojados con los términos de “delincuente” y similares,
ya que estos conceptos son sustantivos y el que una persona haya
infringido en una contravención de la norma, no define a su persona
como tal, es decir, una persona cometió un delito, pero ese delito no
agota lo que ese ser humano es. Por esta razón debemos tratar a los
jóvenes como nosotros deseamos ser tratados. Se pueden usar
palabras de autoridad y que les ayuden a reflexionar y deponer actitudes
negativas, sin necesidad de ofender y humillar. Debemos usar un
lenguaje de respeto, evitando siempre palabras impropias de un
educador. Una palabra fuerte y exigente, nunca debe ser dicha con un
lenguaje de insulto o desprecio de la persona.
● El valor de los gestos: los buenos gestos y acciones ayudan a los
jóvenes a pensar en otra manera de hacer las cosas. Muchos de ellos se
han criado con gestos de humillación y prepotencia de parte de los
adultos con quienes convivían. Ellos deben ver en nosotros gestos de
servicio, de atención y cuidado. Estas acciones cotidianas, realizadas
con sencillez, provocarán, sin duda un conflicto interior en los jóvenes
que cada uno de ellos deberá resolver. Cuando se descubre que hay
otra manera de hacer y proceder, la decisión está en cada uno. Ésta es
la tarea más alta de todo educador, llevar a los jóvenes hasta la
bifurcación de los caminos, para que elijan su destino y sepan que son
dueños de sí mismos. Pero si nosotros ofrecemos sólo más de lo mismo
de lo que ya vivió en su casa y en su barrio, sumado a la situación de
privación de libertad, tendremos guardados a los adolescentes, sin
provocar nada nuevo en ellos y sólo incrementar resentimiento social.
● El ejemplo de la propia vida: nada sustituye en un proceso educativo
este aspecto supremo e imprescindible. El joven que se aloja en nuestro
Centro, viene, por lo general, de la manipulación que el mundo adulto ha
51
hecho sobre él, donde han visto ejemplos de abusos de poder por la
fuerza, la trampa como ejercicio para ganar en la vida. Estos jóvenes
alojados en el Complejo adolecen, por lo general, de buenos ejemplos.
Claro que, para ser ejemplo, primero hay que creerlo honestamente y
estar convencido plenamente de ello. Nosotros tenemos en nuestros
institutos a estos jóvenes por poco tiempo, por eso mismo, tenemos una
oportunidad enorme, dentro de la pequeñez y humildad de nuestra gran
labor, que es mostrarles con nuestra vida otros valores que constituyen
al ser humano como tal. El ejemplo de la propia vida, expresada en
palabras constructivas, en gestos solidarios, en acciones de servicio, en
actitudes para resolver de forma pacífica los conflictos que siempre
habrá entre las personas, son y serán la mejor escuela para estos
jóvenes y otra vez, como maestros los pondrán donde se dividen los
caminos y ellos en su soledad, pero con nuestro ejemplo como guía,
deberán elegir, sustentados, por cierto, en el irremplazable y soberano
criterio de poder de decisión sobre sus propias vidas; según oraba cada
día Mandela en la prisión: “Le doy gracias a los dioses por mi alma
inconquistable, porque yo solo, soy el capitán de mi propia vida”.
52
hecho sobre él, donde han visto ejemplos de abusos de poder por la
fuerza, la trampa como ejercicio para ganar en la vida. Estos jóvenes
alojados en el Complejo adolecen, por lo general, de buenos ejemplos.
Claro que, para ser ejemplo, primero hay que creerlo honestamente y
estar convencido plenamente de ello. Nosotros tenemos en nuestros
institutos a estos jóvenes por poco tiempo, por eso mismo, tenemos una
oportunidad enorme, dentro de la pequeñez y humildad de nuestra gran
labor, que es mostrarles con nuestra vida otros valores que constituyen
al ser humano como tal. El ejemplo de la propia vida, expresada en
palabras constructivas, en gestos solidarios, en acciones de servicio, en
actitudes para resolver de forma pacífica los conflictos que siempre
habrá entre las personas, son y serán la mejor escuela para estos
jóvenes y otra vez, como maestros los pondrán donde se dividen los
caminos y ellos en su soledad, pero con nuestro ejemplo como guía,
deberán elegir, sustentados, por cierto, en el irremplazable y soberano
criterio de poder de decisión sobre sus propias vidas; según oraba cada
día Mandela en la prisión: “Le doy gracias a los dioses por mi alma
inconquistable, porque yo solo, soy el capitán de mi propia vida”.
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Anexo A PARTE DISCIPLINARIO (Art. 32 del R.I.C.)
A los ____ días del mes de _____________________ de 20__, el turno ____
del Centro Socioeducativo ___________________________, genera el
presente parte disciplinario, según indicación del Reglamento Interno de
Convivencia en sus artículos 30 al 32.
Los hechos tienen como protagonistas a los siguientes jóvenes, cada uno en
diferente grado rol y responsabilidad:
• Infractor/es:___________________________________________
_____________________________________________________
_____________________________________________________
• Damnificado/s:_________________________________________
_____________________________________________________
• Testigo/s:_____________________________________________
_____________________________________________________
Descripción de los hechos
Siendo las _____hs del día ___ / ____ / ______, se produce en ____________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________,
la siguiente situación:
______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
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Anexo A PARTE DISCIPLINARIO (Art. 32 del R.I.C.)
A los ____ días del mes de _____________________ de 20__, el turno ____
del Centro Socioeducativo ___________________________, genera el
presente parte disciplinario, según indicación del Reglamento Interno de
Convivencia en sus artículos 30 al 32.
Los hechos tienen como protagonistas a los siguientes jóvenes, cada uno en
diferente grado rol y responsabilidad:
• Infractor/es:___________________________________________
_____________________________________________________
_____________________________________________________
• Damnificado/s:_________________________________________
_____________________________________________________
• Testigo/s:_____________________________________________
_____________________________________________________
Descripción de los hechos
Siendo las _____hs del día ___ / ____ / ______, se produce en ____________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________,
la siguiente situación:
______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
53
Como elementos que puedan conducir a la comprobación de la presunta
infracción se aportan los siguientes: (testigos adultos, objetos, imágenes, etc)
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
Por el momento se han adoptado las siguientes medidas preventivas de
urgencia (marcar lo que corresponda):
( ) Ninguna
( ) Apartamiento con permanencia en el lugar de propio alojamiento
( ) Otra,
cuál?___________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
Otros comentarios o elementos a destacar:
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
Nombre y apellido del funcionario actuante:
Función:
Firma:
Recibido por:
Fecha de recepción
54
Como elementos que puedan conducir a la comprobación de la presunta
infracción se aportan los siguientes: (testigos adultos, objetos, imágenes, etc)
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
Por el momento se han adoptado las siguientes medidas preventivas de
urgencia (marcar lo que corresponda):
( ) Ninguna
( ) Apartamiento con permanencia en el lugar de propio alojamiento
( ) Otra,
cuál?___________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
Otros comentarios o elementos a destacar:
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
Nombre y apellido del funcionario actuante:
Función:
Firma:
Recibido por:
Fecha de recepción
54
Anexo B
ACTA PROCEDIMIENTO DE REQUISA
En el Complejo Esperanza, a los días del mes de del año …….,
siendo las…………….horas, Personal de Asistencia y Seguridad del Módulo…,
bajo la conducción de…………….., se constituyó en el Sector…. en
cumplimiento de las órdenes impartidas por ………….., a solicitud del
Responsable de gestión de dicho Módulo, con la presencia de los Sres.
……… , a fin de llevar adelante el procedimiento de
requisa de -------------------------------------------------------------------------------------------
--------------- Realizada la misma se deja constancia que:
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
--------------------------------------------------(aquí detallar si hubo o no alguna
situación relevante).
Y se procedió al secuestro de los siguientes efectos que se detallan a
continuación:
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Luego de lo cual siendo las horas se dio por terminado el
procedimiento, entregando los efectos secuestrados detallados supra a la
autoridad del Módulo Sr…………………………… quien recibe de conformidad,
Firman: 1.- El responsable del grupo que efectuó la requisa. 2.- Autoridad del
Complejo Esperanza presente en el acto de la requisa. 3.- Responsable de
gestión del Módulo que recibe los efectos decomisados.
55
Anexo B
ACTA PROCEDIMIENTO DE REQUISA
En el Complejo Esperanza, a los días del mes de del año …….,
siendo las…………….horas, Personal de Asistencia y Seguridad del Módulo…,
bajo la conducción de…………….., se constituyó en el Sector…. en
cumplimiento de las órdenes impartidas por ………….., a solicitud del
Responsable de gestión de dicho Módulo, con la presencia de los Sres.
……… , a fin de llevar adelante el procedimiento de
requisa de -------------------------------------------------------------------------------------------
--------------- Realizada la misma se deja constancia que:
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
--------------------------------------------------(aquí detallar si hubo o no alguna
situación relevante).
Y se procedió al secuestro de los siguientes efectos que se detallan a
continuación:
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Luego de lo cual siendo las horas se dio por terminado el
procedimiento, entregando los efectos secuestrados detallados supra a la
autoridad del Módulo Sr…………………………… quien recibe de conformidad,
Firman: 1.- El responsable del grupo que efectuó la requisa. 2.- Autoridad del
Complejo Esperanza presente en el acto de la requisa. 3.- Responsable de
gestión del Módulo que recibe los efectos decomisados.
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ANEXO 2
PROTOCOLO CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNÓSTICO
COMPLEJO ESPERANZA
El Centro de Admisión y Diagnostico, en adelante CAD, es una institución que
tiene por objeto alojar transitoriamente a los adolescentes menores de edad
que resulten privados de libertad por parte de la fuerza de seguridad (Policía)
en orden a la presunta comisión de delitos. La creación y puesta en marcha del
dispositivo se enmarca en el paradigma de la Protección Integral emanado de
la Convención sobre los Derechos del Niño y las normas internacionales e
internas que la complementan. De este modo todo niño y/o adolescente que
fuere aprehendido por fuerza de seguridad es derivado al CAD, garantizando la
inmediata accesibilidad de derechos propios de todo niño, niña y adolescente.
OBJETIVO GENERAL
� Realizar una Evaluación Integral de los jóvenes que ingresan al Centro de
Admisión y Diagnóstico
OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Realizar diagnóstico individual de cada joven
• Realizar diagnóstico situacional y de contexto al que
pertenece el joven
• Realizar entrevista con la familia del joven
• Elaborar Estrategia de Intervención Individual
RECEPCION DEL NIÑO Y/O ADOLESCENTE
Se requiere para proceder a la recepción de los mismos la siguiente
documentación:
56
ANEXO 2
PROTOCOLO CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNÓSTICO
COMPLEJO ESPERANZA
El Centro de Admisión y Diagnostico, en adelante CAD, es una institución que
tiene por objeto alojar transitoriamente a los adolescentes menores de edad
que resulten privados de libertad por parte de la fuerza de seguridad (Policía)
en orden a la presunta comisión de delitos. La creación y puesta en marcha del
dispositivo se enmarca en el paradigma de la Protección Integral emanado de
la Convención sobre los Derechos del Niño y las normas internacionales e
internas que la complementan. De este modo todo niño y/o adolescente que
fuere aprehendido por fuerza de seguridad es derivado al CAD, garantizando la
inmediata accesibilidad de derechos propios de todo niño, niña y adolescente.
OBJETIVO GENERAL
� Realizar una Evaluación Integral de los jóvenes que ingresan al Centro de
Admisión y Diagnóstico
OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Realizar diagnóstico individual de cada joven
• Realizar diagnóstico situacional y de contexto al que
pertenece el joven
• Realizar entrevista con la familia del joven
• Elaborar Estrategia de Intervención Individual
RECEPCION DEL NIÑO Y/O ADOLESCENTE
Se requiere para proceder a la recepción de los mismos la siguiente
documentación:
56
• Oficio judicial: emanado por el Juzgado Penal Juvenil de
turno o por la Unidad Judicial actuante, con previo conocimiento del
Juzgado.
• Informe médico forense: confeccionado por policía
judicial el cual debe haber sido realizado con horas de anticipación al
ingreso.
• Informe médico de Centro de Atención Primaria de la
Salud de Complejo Esperanza: confeccionado por Equipo de Salud del
Centro.
En caso de que se detecten errores, correcciones y/o contradicciones no
salvados debidamente en el informe médico forense y/o la presencia de
lesiones visibles no consignadas en el mismo y/o lesiones o enfermedades que
no permitan la permanencia del niño y/o adolescente en el Complejo
Esperanza, el médico interviniente no efectuará la recepción, devolviendo al
niño y/o adolescente al personal policial para tal fin. Acto seguido se
comunicará al Secretario del Juzgado Penal Juvenil interviniente sobre la
situación.
RECEPCIÓN Y CONTROL DE LA DOCUMENTACIÓN
• El encargado de guardia será el responsable de la
recepción y control de la documentación pertinente para la admisión del
niño, joven y/o adolescente.
• En caso de ausencia del encargado de guardia, se
designará personal de guardia para que realice la recepción de los
documentos.
• La documentación no será firmada ni entregada a personal
policial encargado de la comisión hasta tanto no se realice la admisión e
ingreso del niño y/o adolescente.
• Se deberá constatar que el niño y/o adolescente haya
comparecido ante el Juzgado Penal Juvenil correspondiente para
contacto directo y personal, si así lo expresara el oficio.
57
• Oficio judicial: emanado por el Juzgado Penal Juvenil de
turno o por la Unidad Judicial actuante, con previo conocimiento del
Juzgado.
• Informe médico forense: confeccionado por policía
judicial el cual debe haber sido realizado con horas de anticipación al
ingreso.
• Informe médico de Centro de Atención Primaria de la
Salud de Complejo Esperanza: confeccionado por Equipo de Salud del
Centro.
En caso de que se detecten errores, correcciones y/o contradicciones no
salvados debidamente en el informe médico forense y/o la presencia de
lesiones visibles no consignadas en el mismo y/o lesiones o enfermedades que
no permitan la permanencia del niño y/o adolescente en el Complejo
Esperanza, el médico interviniente no efectuará la recepción, devolviendo al
niño y/o adolescente al personal policial para tal fin. Acto seguido se
comunicará al Secretario del Juzgado Penal Juvenil interviniente sobre la
situación.
RECEPCIÓN Y CONTROL DE LA DOCUMENTACIÓN
• El encargado de guardia será el responsable de la
recepción y control de la documentación pertinente para la admisión del
niño, joven y/o adolescente.
• En caso de ausencia del encargado de guardia, se
designará personal de guardia para que realice la recepción de los
documentos.
• La documentación no será firmada ni entregada a personal
policial encargado de la comisión hasta tanto no se realice la admisión e
ingreso del niño y/o adolescente.
• Se deberá constatar que el niño y/o adolescente haya
comparecido ante el Juzgado Penal Juvenil correspondiente para
contacto directo y personal, si así lo expresara el oficio.
57
• Una vez ingresado, el niño y/o adolescente deberá esperar
en el sector de guardia hasta que personal policial le retire los elementos
de sujeción.
INGRESO Y REQUISA DEL NIÑO Y/O ADOLESCENTE
Requisa: el método de la misma será minuciosa (visual – sin contacto físico)
sobre la persona del niño y/o adolescente y sobre sus pertenencias.
• El encargado de guardia será quien designe al personal de
guardia encargado de trasladar al niño y/o adolescente hacia el sector
de requisa y efectuar la misma.
• Se procederá a retirar aquellas pertenencias que no tengan
permitido su ingreso en el centro.
• Las pertenencias retiradas, se entregarán al encargado de
guardia quien dejará asentado en libro de novedades la recepción de las
mismas.
• El encargado de guardia será quien haga entrega de las
pertenencias al Responsable de Gestión para que las mismas sean
guardadas en depósito. Se dejará asentado en libro de novedades dicha
entrega
NOTA: En aquellos casos en que los jóvenes que ingresan sean provenientes
de alguna localidad del Interior provincial, inmediatamente se establecerá
contacto con los referentes de las Unidades de Desarrollo Regional (UDER) a
los fines de notificar del ingreso del niño y/o adolescente y elaborar la posterior
estrategia de trabajo.
INGRESO Y ALOJAMIENTO DEL NIÑO Y/O ADOLESCENTE
DISTRIBUCIÓN DE SECTORES
Sector “A”: en este sector se alojará al niño y/o adolescente una vez realizada
la admisión. Ingreso y observación.
Consta de 10 (diez) habitaciones en las cuales se pueden alojar 01 (uno) niño
y/o adolescente, cada cual con su respectiva cama con colchón y frazadas por
58
• Una vez ingresado, el niño y/o adolescente deberá esperar
en el sector de guardia hasta que personal policial le retire los elementos
de sujeción.
INGRESO Y REQUISA DEL NIÑO Y/O ADOLESCENTE
Requisa: el método de la misma será minuciosa (visual – sin contacto físico)
sobre la persona del niño y/o adolescente y sobre sus pertenencias.
• El encargado de guardia será quien designe al personal de
guardia encargado de trasladar al niño y/o adolescente hacia el sector
de requisa y efectuar la misma.
• Se procederá a retirar aquellas pertenencias que no tengan
permitido su ingreso en el centro.
• Las pertenencias retiradas, se entregarán al encargado de
guardia quien dejará asentado en libro de novedades la recepción de las
mismas.
• El encargado de guardia será quien haga entrega de las
pertenencias al Responsable de Gestión para que las mismas sean
guardadas en depósito. Se dejará asentado en libro de novedades dicha
entrega
NOTA: En aquellos casos en que los jóvenes que ingresan sean provenientes
de alguna localidad del Interior provincial, inmediatamente se establecerá
contacto con los referentes de las Unidades de Desarrollo Regional (UDER) a
los fines de notificar del ingreso del niño y/o adolescente y elaborar la posterior
estrategia de trabajo.
INGRESO Y ALOJAMIENTO DEL NIÑO Y/O ADOLESCENTE
DISTRIBUCIÓN DE SECTORES
Sector “A”: en este sector se alojará al niño y/o adolescente una vez realizada
la admisión. Ingreso y observación.
Consta de 10 (diez) habitaciones en las cuales se pueden alojar 01 (uno) niño
y/o adolescente, cada cual con su respectiva cama con colchón y frazadas por
58
habitación. En ocasiones, pueden alojarse 02 (dos) niños y/o adolescentes por
habitación, uno con su respectiva cama, colchón y frazada y el otro niño y/o
adolescente con su respectivo colchón y frazada, haciendo un total de 20
(veinte) niños y/o adolescentes.
Sector “B”: este sector es donde se alojará al niño y/o adolescente una vez
realizada la evaluación del mismo, quedando a la espera de su posible egreso
y/o traslado. Alojamiento propiamente dicho.
Consta de 10 (diez) habitaciones en las cuales se pueden alojar 01 (uno) niño
y/o adolescente, cada cual con su respectiva cama con colchón y frazadas por
habitación. En ocasiones pueden alojarse 02 (dos) niños y/o adolescentes por
habitación, uno con su respectiva cama, colchón y frazada y el otro niño y/o
adolescente con su respectivo colchón y frazada, haciendo un total de 20
(veinte) niños y/o adolescentes.
MODO DE ALOJAMIENTO
Primer momento: el niño y/o adolescente será alojado en el sector “A”
(ingreso) en habitación individual, se le pondrá en conocimiento el régimen de
vida institucional, derechos y obligaciones. Se lo incorporará al grupo de pares
de manera inmediata y se observará su comportamiento individual y grupal.
Segundo momento: el encargado de guardia relevará los siguientes datos
filiatorios del niño y/o adolescente para confeccionar su legajo personal:
apellido y nombre, fecha de nacimiento, número de documento, domicilio,
número de teléfono de familiar directo y/o referente, nombre de progenitores y
demás datos de interés.
Tercer momento: el niño y/o adolescente deberá ser trasladado al día
siguiente de su ingreso al Juzgado Penal Juvenil interviniente para entrevista
de contacto (este movimiento se efectuará si el niño y/o adolescente ingresara
fuera del horario de atención del Juzgado).
En caso de pertenecer a un Juzgado del Interior de la Provincia de Córdoba, el
comparendo se realizará en el momento en que el juzgado lo comunique
mediante oficio judicial.
59
habitación. En ocasiones, pueden alojarse 02 (dos) niños y/o adolescentes por
habitación, uno con su respectiva cama, colchón y frazada y el otro niño y/o
adolescente con su respectivo colchón y frazada, haciendo un total de 20
(veinte) niños y/o adolescentes.
Sector “B”: este sector es donde se alojará al niño y/o adolescente una vez
realizada la evaluación del mismo, quedando a la espera de su posible egreso
y/o traslado. Alojamiento propiamente dicho.
Consta de 10 (diez) habitaciones en las cuales se pueden alojar 01 (uno) niño
y/o adolescente, cada cual con su respectiva cama con colchón y frazadas por
habitación. En ocasiones pueden alojarse 02 (dos) niños y/o adolescentes por
habitación, uno con su respectiva cama, colchón y frazada y el otro niño y/o
adolescente con su respectivo colchón y frazada, haciendo un total de 20
(veinte) niños y/o adolescentes.
MODO DE ALOJAMIENTO
Primer momento: el niño y/o adolescente será alojado en el sector “A”
(ingreso) en habitación individual, se le pondrá en conocimiento el régimen de
vida institucional, derechos y obligaciones. Se lo incorporará al grupo de pares
de manera inmediata y se observará su comportamiento individual y grupal.
Segundo momento: el encargado de guardia relevará los siguientes datos
filiatorios del niño y/o adolescente para confeccionar su legajo personal:
apellido y nombre, fecha de nacimiento, número de documento, domicilio,
número de teléfono de familiar directo y/o referente, nombre de progenitores y
demás datos de interés.
Tercer momento: el niño y/o adolescente deberá ser trasladado al día
siguiente de su ingreso al Juzgado Penal Juvenil interviniente para entrevista
de contacto (este movimiento se efectuará si el niño y/o adolescente ingresara
fuera del horario de atención del Juzgado).
En caso de pertenecer a un Juzgado del Interior de la Provincia de Córdoba, el
comparendo se realizará en el momento en que el juzgado lo comunique
mediante oficio judicial.
59
ENTREVISTA DE VALORACIÓN
El Equipo Técnico tiene a su cargo realizar la entrevista de admisión y
diagnóstico de los jóvenes que ingresan al CAD. El total de entrevistas que se
requerirán para valorar y diagnosticar a los niños y/o adolescentes, será de
acuerdo a las características y necesidades individuales de cada uno.
A partir de la entrevista de valoración y diagnóstico se construirá una Estrategia
de Intervención Individual considerando la subjetividad de cada niño y/o
adolescente, donde se sugerirán pautas de trabajo a seguir.
OBJETIVO
• Conocer al niño y/o adolescente desde sus aspectos personales,
familiares, socio-ambientales y culturales para fortalecer su desarrollo y
trabajar sobre los factores de riesgo y obtener un perfil integral de los
sujetos que ingresan.
Para lograr tal objetivo se elaboró una herramienta de valoración integral
considerando factores como: personalidad, trastorno mental, rendimiento
cognitivo, consumo de sustancias, antecedentes de delito.
Resulta fundamental que el Equipo Técnico esté integrado por:
• Psicólogos: quienes realizarán el abordaje desde el interior
del Centro de Admisión y Diagnóstico.
o Trabajadores Sociales (CAD): quienes tendrán contacto
con las familias de los jóvenes en el espacio de la Dirección General de
Penal Juvenil y en aquellos casos en que dichas familias no se acerquen
hasta el lugar durante las primeras 48 horas., corresponderá que los
profesionales realicen una visita domiciliaria para concretar dicho
encuentro.
o Las principales acciones de este equipo serán: Contacto
familiar fundamental para el conocimiento de la situación
sociofamiliar del niño y/o adolescente.
o Preparación de la familia y el contexto para cuando el
niño y/o adolescente este próximo a su egreso.
60
ENTREVISTA DE VALORACIÓN
El Equipo Técnico tiene a su cargo realizar la entrevista de admisión y
diagnóstico de los jóvenes que ingresan al CAD. El total de entrevistas que se
requerirán para valorar y diagnosticar a los niños y/o adolescentes, será de
acuerdo a las características y necesidades individuales de cada uno.
A partir de la entrevista de valoración y diagnóstico se construirá una Estrategia
de Intervención Individual considerando la subjetividad de cada niño y/o
adolescente, donde se sugerirán pautas de trabajo a seguir.
OBJETIVO
• Conocer al niño y/o adolescente desde sus aspectos personales,
familiares, socio-ambientales y culturales para fortalecer su desarrollo y
trabajar sobre los factores de riesgo y obtener un perfil integral de los
sujetos que ingresan.
Para lograr tal objetivo se elaboró una herramienta de valoración integral
considerando factores como: personalidad, trastorno mental, rendimiento
cognitivo, consumo de sustancias, antecedentes de delito.
Resulta fundamental que el Equipo Técnico esté integrado por:
• Psicólogos: quienes realizarán el abordaje desde el interior
del Centro de Admisión y Diagnóstico.
o Trabajadores Sociales (CAD): quienes tendrán contacto
con las familias de los jóvenes en el espacio de la Dirección General de
Penal Juvenil y en aquellos casos en que dichas familias no se acerquen
hasta el lugar durante las primeras 48 horas., corresponderá que los
profesionales realicen una visita domiciliaria para concretar dicho
encuentro.
o Las principales acciones de este equipo serán: Contacto
familiar fundamental para el conocimiento de la situación
sociofamiliar del niño y/o adolescente.
o Preparación de la familia y el contexto para cuando el
niño y/o adolescente este próximo a su egreso.
60
o Articulación con los equipos zonales quienes se encargarán
del seguimiento y acompañamiento del niño y/o adolescente y su familia
cuando éste ha egresado.
NOTA: si el niño y/o adolescente que ingresa al CAD ha egresado del
Complejo Esperanza en un periodo de 60 (sesenta) días o menor, será
valorado y diagnosticado nuevamente de acuerdo al criterio profesional.
Cumplimentada la evaluación y diagnóstico se elevará al Juzgado
correspondiente el informe de estado y estrategias a seguir acordando con el
área correspondiente del sistema (SeNAF).
ACTIVIDADES PARA EL NIÑO Y/O ADOLESCENTE
Actualmente el Centro de Admisión y Diagnostico ha ampliado las actividades
recreativas que se llevan a cabo. En este momento se cuenta con las
siguientes propuestas:
• Actividad deportiva: se realiza de acuerdo al cronograma planteado por el
profesor a cargo, con la siguiente modalidad: un sector a la vez y con
personal de guardia para garantizar la seguridad e interviniendo ante
cualquier situación conflictiva que pudiera surgir.
• Actividades culturales: las mismas estarán distribuidas en la semana
según cronograma correspondiente y se llevarán a cabo por sector y con
personal de guardia acompañando. Aquí se encuentran las siguientes
actividades: música (manipulación y conocimiento de diferentes
instrumentos musicales), danzas folclóricas y cine-debate.
El propósito de ampliar la oferta de actividades deportivas y recreativas está
motivado por el objetivo de promover el sano desarrollo de los niños y/o
adolescentes, ya que las mismas facilitan relaciones interpersonales, afirman la
personalidad por la satisfacción de la necesidad de expresión, posibilitan el
reencuentro con uno mismo, ayudan a salud psicofísica, viabilizan y aumentan
la comunicación, posibilitan la sociabilidad, son canal hacia la serenidad
personal, son símbolo de vitalidad (hacen sentir vivo a quienes las practican
aún en el encierro), son generadoras de nuevas expectativas de vida para
quienes con anterioridad al delito no tuvieron buenas oportunidades, permiten
61
o Articulación con los equipos zonales quienes se encargarán
del seguimiento y acompañamiento del niño y/o adolescente y su familia
cuando éste ha egresado.
NOTA: si el niño y/o adolescente que ingresa al CAD ha egresado del
Complejo Esperanza en un periodo de 60 (sesenta) días o menor, será
valorado y diagnosticado nuevamente de acuerdo al criterio profesional.
Cumplimentada la evaluación y diagnóstico se elevará al Juzgado
correspondiente el informe de estado y estrategias a seguir acordando con el
área correspondiente del sistema (SeNAF).
ACTIVIDADES PARA EL NIÑO Y/O ADOLESCENTE
Actualmente el Centro de Admisión y Diagnostico ha ampliado las actividades
recreativas que se llevan a cabo. En este momento se cuenta con las
siguientes propuestas:
• Actividad deportiva: se realiza de acuerdo al cronograma planteado por el
profesor a cargo, con la siguiente modalidad: un sector a la vez y con
personal de guardia para garantizar la seguridad e interviniendo ante
cualquier situación conflictiva que pudiera surgir.
• Actividades culturales: las mismas estarán distribuidas en la semana
según cronograma correspondiente y se llevarán a cabo por sector y con
personal de guardia acompañando. Aquí se encuentran las siguientes
actividades: música (manipulación y conocimiento de diferentes
instrumentos musicales), danzas folclóricas y cine-debate.
El propósito de ampliar la oferta de actividades deportivas y recreativas está
motivado por el objetivo de promover el sano desarrollo de los niños y/o
adolescentes, ya que las mismas facilitan relaciones interpersonales, afirman la
personalidad por la satisfacción de la necesidad de expresión, posibilitan el
reencuentro con uno mismo, ayudan a salud psicofísica, viabilizan y aumentan
la comunicación, posibilitan la sociabilidad, son canal hacia la serenidad
personal, son símbolo de vitalidad (hacen sentir vivo a quienes las practican
aún en el encierro), son generadoras de nuevas expectativas de vida para
quienes con anterioridad al delito no tuvieron buenas oportunidades, permiten
61
quienes con anterioridad al delito no tuvieron buenas oportunidades, permiten
la ocupación útil del tiempo libre, rompen la monotonía del encierro, fomentan
la alegría y el buen clima de convivencia.
AGENTES DE SEGURIDAD
Se trabajará con todos los equipos de guardia desde el paradigma de
Seguridad Dinámica , lo que implica que los agentes de seguridad
intervendrán en la supervisión de actividades, contacto diario, observación y
contención (física y emocional) de los niños y/o adolescentes alojados en
Centro de Admisión y Diagnostico. Además, colaborarán junto al Equipo
Técnico en el desarrollo de la Estrategia de Intervención Integral.
APARTADO DE EXCEPCIÓN I
Tomando en consideración que el Centro de Admisión y Diagnóstico está
emplazado actualmente dentro del Complejo Esperanza, formando parte de un
todo y no pudiendo perderse de vista la realidad de dicho contexto, es que se
plantean algunas excepciones relacionadas con el tiempo de permanencia de
los niños y/o adolescentes en CAD.
Estas excepcionalidades deben cumplir con ciertas características, que se
detallan en lo siguiente:
• Niños y/adolescentes que sean primarios en su ingreso al
sistema correccional
• Niños y/o adolescentes que presenten estructura emocional
lábil, es decir, que no se encuentran preparados para enfrentar la vida
institucional en los otros módulos que componen el Complejo
Esperanza.
• Niños y/o adolescentes que requieran por cuestiones de
salud, específicamente intoxicación excesiva por consumo de
sustancias, atravesar por un periodo de desintoxicación y estabilización.
• Niños y/o adolescentes que en cuya entrevista de
valoración se haya detectado alguna psicopatología (trastorno de salud
62
quienes con anterioridad al delito no tuvieron buenas oportunidades, permiten
la ocupación útil del tiempo libre, rompen la monotonía del encierro, fomentan
la alegría y el buen clima de convivencia.
AGENTES DE SEGURIDAD
Se trabajará con todos los equipos de guardia desde el paradigma de
Seguridad Dinámica , lo que implica que los agentes de seguridad
intervendrán en la supervisión de actividades, contacto diario, observación y
contención (física y emocional) de los niños y/o adolescentes alojados en
Centro de Admisión y Diagnostico. Además, colaborarán junto al Equipo
Técnico en el desarrollo de la Estrategia de Intervención Integral.
APARTADO DE EXCEPCIÓN I
Tomando en consideración que el Centro de Admisión y Diagnóstico está
emplazado actualmente dentro del Complejo Esperanza, formando parte de un
todo y no pudiendo perderse de vista la realidad de dicho contexto, es que se
plantean algunas excepciones relacionadas con el tiempo de permanencia de
los niños y/o adolescentes en CAD.
Estas excepcionalidades deben cumplir con ciertas características, que se
detallan en lo siguiente:
• Niños y/adolescentes que sean primarios en su ingreso al
sistema correccional
• Niños y/o adolescentes que presenten estructura emocional
lábil, es decir, que no se encuentran preparados para enfrentar la vida
institucional en los otros módulos que componen el Complejo
Esperanza.
• Niños y/o adolescentes que requieran por cuestiones de
salud, específicamente intoxicación excesiva por consumo de
sustancias, atravesar por un periodo de desintoxicación y estabilización.
• Niños y/o adolescentes que en cuya entrevista de
valoración se haya detectado alguna psicopatología (trastorno de salud
62
mental) y que a causa de ello requieran una atención más específica,
personalizada y sostenida en el tiempo, hasta tanto se arbitren los
medios necesarios para que reciban el tratamiento adecuando según la
necesidad de cada niño y/o adolescente.
Para ello se trabajará con estrategias de prevención selectiva e indicada en:
consumo de sustancias, violencia, reincidencia delictiva, creencias en torno a la
conducta delictiva, entre otros; reforzando aquellos factores de protección que
se detectaron en la entrevista de valoración y diagnóstico inicial como en el
seguimiento semanal.
APARTADO DE EXCEPCIÓN II
Dado que resulta de importancia fundamental la sistematización de datos
certeros e información validada, fidedigna y oficial es que se ha generado una
base de datos con los ingresos de todos los niños y/o adolescentes con el fin
de cuantificar información relevante sobre:
• Cantidad total de jóvenes que ingresan al Centro de Admisión y
Diagnostico por año
• Cantidad de jóvenes inimputables e imputables
• Cantidad de jóvenes primarios y con antecedentes
• Tipos de delito cometidos por los jóvenes
• Cantidad de ingresos de jóvenes discriminados según Juzgados
• Cantidad de jóvenes que egresan directamente del Centro de Admisión y
Diagnostico
• Tiempo de permanencia de los jóvenes en Centro de Admisión y
Diagnostico
Cabe mencionar que la cuantificación de estos datos se realiza semestralmente
y luego se eleva informe a la autoridad correspondiente.
63
mental) y que a causa de ello requieran una atención más específica,
personalizada y sostenida en el tiempo, hasta tanto se arbitren los
medios necesarios para que reciban el tratamiento adecuando según la
necesidad de cada niño y/o adolescente.
Para ello se trabajará con estrategias de prevención selectiva e indicada en:
consumo de sustancias, violencia, reincidencia delictiva, creencias en torno a la
conducta delictiva, entre otros; reforzando aquellos factores de protección que
se detectaron en la entrevista de valoración y diagnóstico inicial como en el
seguimiento semanal.
APARTADO DE EXCEPCIÓN II
Dado que resulta de importancia fundamental la sistematización de datos
certeros e información validada, fidedigna y oficial es que se ha generado una
base de datos con los ingresos de todos los niños y/o adolescentes con el fin
de cuantificar información relevante sobre:
• Cantidad total de jóvenes que ingresan al Centro de Admisión y
Diagnostico por año
• Cantidad de jóvenes inimputables e imputables
• Cantidad de jóvenes primarios y con antecedentes
• Tipos de delito cometidos por los jóvenes
• Cantidad de ingresos de jóvenes discriminados según Juzgados
• Cantidad de jóvenes que egresan directamente del Centro de Admisión y
Diagnostico
• Tiempo de permanencia de los jóvenes en Centro de Admisión y
Diagnostico
Cabe mencionar que la cuantificación de estos datos se realiza semestralmente
y luego se eleva informe a la autoridad correspondiente.
63
PROTOCOLO DE CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNOSTICO
CIRCUITO DE INGRESO
APREHENSION
DEL
JOVEN
INGRESO AL CENTRO DE ADMISIÓN Y
RECEPCIÓN A CARGO DE AGENTREQUERIDA SERÁ:
• OFICIO • INFORME FORENSE• INFORME CAPS
REQUISA E INGRESO
COMPARENDO A TRIBUNALES
AL DIA SIGUIENTE DEL INGRESO EL JOVEN DEBERÁ SER LLEVADO A TRIBUNALES PARA EL PRIMER CONTACTO CON EL JUEZ, EN ESTA INSTACIA PUEDEN PASAR DOS COSAS:
• EGRESO DESDE TRIBUNALES• INTERNACION EN COMPLEJO ESPERANZA
ANEXO A DEL ANEXO 2
PROTOCOLO DE CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNOSTICO
ESQUEMA DE FUNCIONAMIENTO
JUEZ
COMISARIA
INGRESO AL CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNOSTICO
N A CARGO DE AGENTES DE SEGURIDAD. LA DOCUMENTACIÓ
INFORME FORENSE
COMPARENDO A TRIBUNALES
AL DIA SIGUIENTE DEL INGRESO EL JOVEN DEBERÁ SER LLEVADO A TRIBUNALES CONTACTO CON EL JUEZ, EN ESTA INSTACIA PUEDEN PASAR DOS
EGRESO DESDE TRIBUNALES RNACION EN COMPLEJO ESPERANZA
PROTOCOLO DE CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNOSTICO
ES DE SEGURIDAD. LA DOCUMENTACIÓN
AL DIA SIGUIENTE DEL INGRESO EL JOVEN DEBERÁ SER LLEVADO A TRIBUNALES CONTACTO CON EL JUEZ, EN ESTA INSTACIA PUEDEN PASAR DOS
64
PROTOCOLO DE CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNOSTICO
CIRCUITO DE INGRESO
APREHENSION
DEL
JOVEN
INGRESO AL CENTRO DE ADMISIÓN Y
RECEPCIÓN A CARGO DE AGENTREQUERIDA SERÁ:
• OFICIO • INFORME FORENSE• INFORME CAPS
REQUISA E INGRESO
COMPARENDO A TRIBUNALES
AL DIA SIGUIENTE DEL INGRESO EL JOVEN DEBERÁ SER LLEVADO A TRIBUNALES PARA EL PRIMER CONTACTO CON EL JUEZ, EN ESTA INSTACIA PUEDEN PASAR DOS COSAS:
• EGRESO DESDE TRIBUNALES• INTERNACION EN COMPLEJO ESPERANZA
ANEXO A DEL ANEXO 2
PROTOCOLO DE CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNOSTICO
ESQUEMA DE FUNCIONAMIENTO
JUEZ
COMISARIA
INGRESO AL CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNOSTICO
N A CARGO DE AGENTES DE SEGURIDAD. LA DOCUMENTACIÓ
INFORME FORENSE
COMPARENDO A TRIBUNALES
AL DIA SIGUIENTE DEL INGRESO EL JOVEN DEBERÁ SER LLEVADO A TRIBUNALES CONTACTO CON EL JUEZ, EN ESTA INSTACIA PUEDEN PASAR DOS
EGRESO DESDE TRIBUNALES RNACION EN COMPLEJO ESPERANZA
PROTOCOLO DE CENTRO DE ADMISIÓN Y DIAGNOSTICO
ES DE SEGURIDAD. LA DOCUMENTACIÓN
AL DIA SIGUIENTE DEL INGRESO EL JOVEN DEBERÁ SER LLEVADO A TRIBUNALES CONTACTO CON EL JUEZ, EN ESTA INSTACIA PUEDEN PASAR DOS
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ABORDAJE PROFESIONAL
EL JOVEN ES ABORDADO SERAN LOS ENCARGADOS DE HACER UNA VALORACIÓ
• ESTRUCTURA DE PERSONALIDAD• COMPETENCIAS • CAPACIDADES MENTALES BAISCAS (HABILIDADES COGNITIVAS)• ENTREVISTA TELEFÓ
UNA VEZ RECABADA ESTA INFORMACION SE ELABORARPERMITA CONSTRUIR UNA ESTRATEGIA DECONSIDERANDO LA SUBJETIVIDAD DE CADA JOVEN.
VALORACIÓN TRABAJADORES SOCIALES CAD
PRIMER CONTACTO FAMILIAR
DIAGNÓSTICO SITUACIONAL
ARTICULACIÓ
AGENTES DE SEGURIDAD
• REALIZARÁN TAREAS REGULARES DE SEGURIDAD (CONTACSUPERVISIÓN-OBSERVACIÓN
• COLABORACIÓN CON EQUIINTERVENCIÓN INDIVIDUAL
ABORDAJE PROFESIONAL
DO POR LOS PSICOLOGOS DEL EQUIPO TÉNCARGADOS DE HACER UNA VALORACIÓN INTEGRAL DE:
ESTRUCTURA DE PERSONALIDAD
CAPACIDADES MENTALES BAISCAS (HABILIDADES COGNITIVAS)ENTREVISTA TELEFÓNICA Y PERSONALES CON LA FAMILIA
UNA VEZ RECABADA ESTA INFORMACION SE ELABORARÁ UN DIAGNÓIR UNA ESTRATEGIA DE INTERVENCIÓ
CONSIDERANDO LA SUBJETIVIDAD DE CADA JOVEN.
TRABAJADORES SOCIALES CAD
PRIMER CONTACTO FAMILIAR
STICO SITUACIONAL
ARTICULACIÓN CON EQUIPOS ZONALES
SEGURIDAD
N TAREAS REGULARES DE SEGURIDAD (CONTACOBSERVACIÓN-CONTENCIÓN FÍSICA Y EMOCIONAL)N CON EQUIPO TECNICO EN DESARROLLO DE EST
N INDIVIDUAL
POR LOS PSICOLOGOS DEL EQUIPO TÉCNICO QUIENES TEGRAL DE:
CAPACIDADES MENTALES BAISCAS (HABILIDADES COGNITIVAS) NICA Y PERSONALES CON LA FAMILIA
Á UN DIAGNÓSTICO QUE INTERVENCIÓN INDIVIDUAL
N TAREAS REGULARES DE SEGURIDAD (CONTACTO DIARIO-SICA Y EMOCIONAL)
PO TECNICO EN DESARROLLO DE ESTRATEGIA DE
65
ABORDAJE PROFESIONAL
EL JOVEN ES ABORDADO SERAN LOS ENCARGADOS DE HACER UNA VALORACIÓ
• ESTRUCTURA DE PERSONALIDAD• COMPETENCIAS • CAPACIDADES MENTALES BAISCAS (HABILIDADES COGNITIVAS)• ENTREVISTA TELEFÓ
UNA VEZ RECABADA ESTA INFORMACION SE ELABORARPERMITA CONSTRUIR UNA ESTRATEGIA DECONSIDERANDO LA SUBJETIVIDAD DE CADA JOVEN.
VALORACIÓN TRABAJADORES SOCIALES CAD
PRIMER CONTACTO FAMILIAR
DIAGNÓSTICO SITUACIONAL
ARTICULACIÓ
AGENTES DE SEGURIDAD
• REALIZARÁN TAREAS REGULARES DE SEGURIDAD (CONTACSUPERVISIÓN-OBSERVACIÓN
• COLABORACIÓN CON EQUIINTERVENCIÓN INDIVIDUAL
ABORDAJE PROFESIONAL
DO POR LOS PSICOLOGOS DEL EQUIPO TÉNCARGADOS DE HACER UNA VALORACIÓN INTEGRAL DE:
ESTRUCTURA DE PERSONALIDAD
CAPACIDADES MENTALES BAISCAS (HABILIDADES COGNITIVAS)ENTREVISTA TELEFÓNICA Y PERSONALES CON LA FAMILIA
UNA VEZ RECABADA ESTA INFORMACION SE ELABORARÁ UN DIAGNÓIR UNA ESTRATEGIA DE INTERVENCIÓ
CONSIDERANDO LA SUBJETIVIDAD DE CADA JOVEN.
TRABAJADORES SOCIALES CAD
PRIMER CONTACTO FAMILIAR
STICO SITUACIONAL
ARTICULACIÓN CON EQUIPOS ZONALES
SEGURIDAD
N TAREAS REGULARES DE SEGURIDAD (CONTACOBSERVACIÓN-CONTENCIÓN FÍSICA Y EMOCIONAL)N CON EQUIPO TECNICO EN DESARROLLO DE EST
N INDIVIDUAL
POR LOS PSICOLOGOS DEL EQUIPO TÉCNICO QUIENES TEGRAL DE:
CAPACIDADES MENTALES BAISCAS (HABILIDADES COGNITIVAS) NICA Y PERSONALES CON LA FAMILIA
Á UN DIAGNÓSTICO QUE INTERVENCIÓN INDIVIDUAL
N TAREAS REGULARES DE SEGURIDAD (CONTACTO DIARIO-SICA Y EMOCIONAL)
PO TECNICO EN DESARROLLO DE ESTRATEGIA DE
65
Entrevista de ValoraciónC
DATOS PERSONALES DEL JOVEN
Nombre y Apellido……………………………
Edad…………….Fecha de nacimiento
Nacionalidad………………………………………D
Barrio…………………………………………………
Teléfono de referencia…………
DATOS SITUACION JUDICIAL
� Antecedentes de ingresos previos
o Primario
o Reingreso
En caso de ser el joven reingreso, indagar cuantos ingresos ha tenido al Complejo
Esperanza y cuáles han sido
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
� Causa actual
.............................................................................................................................
.............................................................................................................................
� Juzgado interviniente
………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………………
ANEXO B DEL ANEXO 2
ValoraciónCentro de Admisión y Diagnostico
– Complejo Esperanza –
Fecha entrevista
Fecha de ingreso al C.A.D: ……. /……. /…….
DATOS PERSONALES DEL JOVEN
……………………………………………...……………………………………………….
echa de nacimiento……………..…………... D.N.I……………….
Nacionalidad………………………………………Domicilio………………………………………………..
……………………………Localidad………………………
………………………………………….
DATOS SITUACION JUDICIAL
Antecedentes de ingresos previos
En caso de ser el joven reingreso, indagar cuantos ingresos ha tenido al Complejo
Esperanza y cuáles han sido las causas previas
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
............................................................................................................................................................................
............................................................................................................................................................................
Juzgado interviniente
……………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………………
y Diagnostico
entrevista: …../…../….
Fecha de ingreso al C.A.D: ……. /……. /…….
………………………………………………..
….…………………
……………………………………..
……………………………....................
En caso de ser el joven reingreso, indagar cuantos ingresos ha tenido al Complejo
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
...........................................
...............................................
……………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
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Entrevista de ValoraciónC
DATOS PERSONALES DEL JOVEN
Nombre y Apellido……………………………
Edad…………….Fecha de nacimiento
Nacionalidad………………………………………D
Barrio…………………………………………………
Teléfono de referencia…………
DATOS SITUACION JUDICIAL
� Antecedentes de ingresos previos
o Primario
o Reingreso
En caso de ser el joven reingreso, indagar cuantos ingresos ha tenido al Complejo
Esperanza y cuáles han sido
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
� Causa actual
.............................................................................................................................
.............................................................................................................................
� Juzgado interviniente
………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………………
ANEXO B DEL ANEXO 2
ValoraciónCentro de Admisión y Diagnostico
– Complejo Esperanza –
Fecha entrevista
Fecha de ingreso al C.A.D: ……. /……. /…….
DATOS PERSONALES DEL JOVEN
……………………………………………...……………………………………………….
echa de nacimiento……………..…………... D.N.I……………….
Nacionalidad………………………………………Domicilio………………………………………………..
……………………………Localidad………………………
………………………………………….
DATOS SITUACION JUDICIAL
Antecedentes de ingresos previos
En caso de ser el joven reingreso, indagar cuantos ingresos ha tenido al Complejo
Esperanza y cuáles han sido las causas previas
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
............................................................................................................................................................................
............................................................................................................................................................................
Juzgado interviniente
……………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………………
y Diagnostico
entrevista: …../…../….
Fecha de ingreso al C.A.D: ……. /……. /…….
………………………………………………..
….…………………
……………………………………..
……………………………....................
En caso de ser el joven reingreso, indagar cuantos ingresos ha tenido al Complejo
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
...........................................
...............................................
……………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
66
DATOS SOCIO-FAMILIARES
� PERSONAS QUE VIVEN EN LA CASA CON EL JOVEN
o MADRE
� Nombre y Apellido……………………………………………………
� Edad
� Situació
� Teléfono de contacto
o PADRE
� Nombre y
� Edad
� Situació
� Teléfono d
o HERMANOS SiNo
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� OTROS FAMILIARES DE REFERENCIA
o Nombre y apellido
o Edad…………………………………………………………………………………
o Ocupación…………………………………………………………………………….
o Parentesco……………………………………………………………………………
o Teléfono de contacto……………………………………………………………..
� ANTECEDENTES DE DELITO
o ¿Algún integrante de la familia
privado de su libertad por cometer
Sí
Tipo de parentesco
………………………………………………………………………………
…………………………………………………...……………………………………………………….
FAMILIARES
PERSONAS QUE VIVEN EN LA CASA CON EL JOVEN
MADRE Sí No
Nombre y Apellido……………………………………………………
Edad…………………………………………………………………………
Situación laboral……………………………………………………….
fono de contacto………………………………………………..
PADRE Sí No
Nombre y Apellido………………………………………………
Edad………………………………………………………………………
Situación Laboral………………………………………………
Teléfono de Contacto………………………………………...
HERMANOS SiNo Cuantos………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
OTROS FAMILIARES DE REFERENCIA
Nombre y apellido …….…………………………………………………………
Edad…………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………….
Parentesco……………………………………………………………………………
Teléfono de contacto……………………………………………………………..
ANTECEDENTES DE DELITO FAMILIAR
¿Algún integrante de la familia,ha estado o se encuentra actualmente,
privado de su libertad por cometer algún delito?
No
Tipo de parentesco
……………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………...……………………………………………………….
Nombre y Apellido……………………………………………………
…………………………………………………………………………
……………………………………………………….
………………………………………………..
…………………………………………………….
………………………………………………………………………….
………………………………………………………
………………………………………...............
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
………………………………………………………….
Edad…………………………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………….
Parentesco……………………………………………………………………………
Teléfono de contacto……………………………………………………………..
,ha estado o se encuentra actualmente,
……………………………
…………………………………………………...……………………………………………………….
67
DATOS SOCIO-FAMILIARES
� PERSONAS QUE VIVEN EN LA CASA CON EL JOVEN
o MADRE
� Nombre y Apellido……………………………………………………
� Edad
� Situació
� Teléfono de contacto
o PADRE
� Nombre y
� Edad
� Situació
� Teléfono d
o HERMANOS SiNo
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� Nombre y A
� OTROS FAMILIARES DE REFERENCIA
o Nombre y apellido
o Edad…………………………………………………………………………………
o Ocupación…………………………………………………………………………….
o Parentesco……………………………………………………………………………
o Teléfono de contacto……………………………………………………………..
� ANTECEDENTES DE DELITO
o ¿Algún integrante de la familia
privado de su libertad por cometer
Sí
Tipo de parentesco
………………………………………………………………………………
…………………………………………………...……………………………………………………….
FAMILIARES
PERSONAS QUE VIVEN EN LA CASA CON EL JOVEN
MADRE Sí No
Nombre y Apellido……………………………………………………
Edad…………………………………………………………………………
Situación laboral……………………………………………………….
fono de contacto………………………………………………..
PADRE Sí No
Nombre y Apellido………………………………………………
Edad………………………………………………………………………
Situación Laboral………………………………………………
Teléfono de Contacto………………………………………...
HERMANOS SiNo Cuantos………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
ombre y Apellido……………………………………. Edad………
OTROS FAMILIARES DE REFERENCIA
Nombre y apellido …….…………………………………………………………
Edad…………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………….
Parentesco……………………………………………………………………………
Teléfono de contacto……………………………………………………………..
ANTECEDENTES DE DELITO FAMILIAR
¿Algún integrante de la familia,ha estado o se encuentra actualmente,
privado de su libertad por cometer algún delito?
No
Tipo de parentesco
……………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………...……………………………………………………….
Nombre y Apellido……………………………………………………
…………………………………………………………………………
……………………………………………………….
………………………………………………..
…………………………………………………….
………………………………………………………………………….
………………………………………………………
………………………………………...............
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
……………………………………. Edad………
………………………………………………………….
Edad…………………………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………….
Parentesco……………………………………………………………………………
Teléfono de contacto……………………………………………………………..
,ha estado o se encuentra actualmente,
……………………………
…………………………………………………...……………………………………………………….
67
� RELACIONES DE AMISTAD
o ¿Tienes facilidad para vincularte con las
personas?………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………
o ¿Tienes amigos?
o ¿Son mayores que vos?
o ¿Tienen tu misma edad?
o ¿En qué contextos te vinculas con ellos?
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
o ¿De qué manera te relacionas con ellos?
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
� SITUACION ESCOLAR
o NIVELES DE ESTUDIO ALCANZADOS
� PRIMARIOS
Si No Grado cursado………
¿Abandono? Sí
Motivo:
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………….
� SECUNDARIOS
Si No Año cursado………………………………………………………………..
¿Abandonó? Sí
Motivo:…………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………
RELACIONES DE AMISTAD
¿Tienes facilidad para vincularte con las
………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
¿Tienes amigos? Sí No
¿Son mayores que vos? Sí No
ienen tu misma edad? Sí No
¿En qué contextos te vinculas con ellos?
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
manera te relacionas con ellos?
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
SITUACION ESCOLAR – EMPLEO
NIVELES DE ESTUDIO ALCANZADOS
PRIMARIOS
Grado cursado……………………………………………………………….
No ¿Cuánto tiempo? ……………………………………….
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………….
SECUNDARIOS
Año cursado………………………………………………………………..
No ¿Cuánto tiempo? ……………………………………….
…………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
¿Tienes facilidad para vincularte con las
………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………….
¿Cuánto tiempo? ……………………………………….
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………….………………
Año cursado………………………………………………………………..
¿Cuánto tiempo? ……………………………………….
…………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………
68
� RELACIONES DE AMISTAD
o ¿Tienes facilidad para vincularte con las
personas?………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………
o ¿Tienes amigos?
o ¿Son mayores que vos?
o ¿Tienen tu misma edad?
o ¿En qué contextos te vinculas con ellos?
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
o ¿De qué manera te relacionas con ellos?
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
� SITUACION ESCOLAR
o NIVELES DE ESTUDIO ALCANZADOS
� PRIMARIOS
Si No Grado cursado………
¿Abandono? Sí
Motivo:
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………….
� SECUNDARIOS
Si No Año cursado………………………………………………………………..
¿Abandonó? Sí
Motivo:…………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………
RELACIONES DE AMISTAD
¿Tienes facilidad para vincularte con las
………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
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¿Tienes amigos? Sí No
¿Son mayores que vos? Sí No
ienen tu misma edad? Sí No
¿En qué contextos te vinculas con ellos?
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………
manera te relacionas con ellos?
………………………………………………………………………………………………………
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SITUACION ESCOLAR – EMPLEO
NIVELES DE ESTUDIO ALCANZADOS
PRIMARIOS
Grado cursado……………………………………………………………….
No ¿Cuánto tiempo? ……………………………………….
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
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SECUNDARIOS
Año cursado………………………………………………………………..
No ¿Cuánto tiempo? ……………………………………….
…………………………………………………………………………………………………………
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¿Tienes facilidad para vincularte con las
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¿Cuánto tiempo? ……………………………………….
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Año cursado………………………………………………………………..
¿Cuánto tiempo? ……………………………………….
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68
� SITUACION LABORAL
¿Ha estado trabajando en el último tiempo?
Sí No
¿Dónde? ………………………………………………………………………………………………
¿Cómo consiguió el trabajo?
………………………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………
…..………………………………………………………………………………………………………………………………….
Si no ha trabajado nunca, ¿está motivado a incorporarse a la vida laboral?
Sí No
INDICADORES DE CONSUMO DE SUSTANCIAS
• ¿El joven hace uso de sustancias psicoactivas?
SI
En caso del que joven responda positivamente aplicar cuestionario de Consumo de
Sustancias.
LABORAL
¿Ha estado trabajando en el último tiempo?
¿Dónde? ……………………………………………………………………………………………………………………
¿Cómo consiguió el trabajo?
………………………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………
…..………………………………………………………………………………………………………………………………….
Si no ha trabajado nunca, ¿está motivado a incorporarse a la vida laboral?
ICADORES DE CONSUMO DE SUSTANCIAS
¿El joven hace uso de sustancias psicoactivas?
NO
En caso del que joven responda positivamente aplicar cuestionario de Consumo de
……………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………
…..………………………………………………………………………………………………………………………………….
En caso del que joven responda positivamente aplicar cuestionario de Consumo de
69
� SITUACION LABORAL
¿Ha estado trabajando en el último tiempo?
Sí No
¿Dónde? ………………………………………………………………………………………………
¿Cómo consiguió el trabajo?
………………………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………
…..………………………………………………………………………………………………………………………………….
Si no ha trabajado nunca, ¿está motivado a incorporarse a la vida laboral?
Sí No
INDICADORES DE CONSUMO DE SUSTANCIAS
• ¿El joven hace uso de sustancias psicoactivas?
SI
En caso del que joven responda positivamente aplicar cuestionario de Consumo de
Sustancias.
LABORAL
¿Ha estado trabajando en el último tiempo?
¿Dónde? ……………………………………………………………………………………………………………………
¿Cómo consiguió el trabajo?
………………………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………
…..………………………………………………………………………………………………………………………………….
Si no ha trabajado nunca, ¿está motivado a incorporarse a la vida laboral?
ICADORES DE CONSUMO DE SUSTANCIAS
¿El joven hace uso de sustancias psicoactivas?
NO
En caso del que joven responda positivamente aplicar cuestionario de Consumo de
……………………
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…..………………………………………………………………………………………………………………………………….
En caso del que joven responda positivamente aplicar cuestionario de Consumo de
69
Entrevista abierta (ObservaciónClínica
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ObservaciónClínica)
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70
Entrevista abierta (ObservaciónClínica
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ObservaciónClínica)
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70
CONSUMO DE SUSTANCIAS
Se realizara una valoración respecto de si el joven hace uso problemático de
sustancias psicoactivas, lo cual arrojara como resultado el perfil de consumo del
joven.
• El joven ¿consume sustancias psicoactivas? Sí
• Edad de inicio del consumo ……………………………………………………………………..
• Sustancia de inicio……………………………………………………………………………………
• Circunstancia que dio inicio al consumo de sustancias
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………
� Consumo referido
Tipo de sustancia
Tabaco
Alcohol
Marihuana
Cocaína
Psicofármacos
Inhalantes
Policonsumo
ONSUMO DE SUSTANCIAS
Se realizara una valoración respecto de si el joven hace uso problemático de
sustancias psicoactivas, lo cual arrojara como resultado el perfil de consumo del
El joven ¿consume sustancias psicoactivas? Sí N
Edad de inicio del consumo ……………………………………………………………………..
inicio……………………………………………………………………………………
Circunstancia que dio inicio al consumo de sustancias
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
Consume
actualmente Frecuencia
Se realizara una valoración respecto de si el joven hace uso problemático de
sustancias psicoactivas, lo cual arrojara como resultado el perfil de consumo del
o
Edad de inicio del consumo ……………………………………………………………………..
inicio……………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
………………………
Observaciones
71
CONSUMO DE SUSTANCIAS
Se realizara una valoración respecto de si el joven hace uso problemático de
sustancias psicoactivas, lo cual arrojara como resultado el perfil de consumo del
joven.
• El joven ¿consume sustancias psicoactivas? Sí
• Edad de inicio del consumo ……………………………………………………………………..
• Sustancia de inicio……………………………………………………………………………………
• Circunstancia que dio inicio al consumo de sustancias
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………
� Consumo referido
Tipo de sustancia
Tabaco
Alcohol
Marihuana
Cocaína
Psicofármacos
Inhalantes
Policonsumo
ONSUMO DE SUSTANCIAS
Se realizara una valoración respecto de si el joven hace uso problemático de
sustancias psicoactivas, lo cual arrojara como resultado el perfil de consumo del
El joven ¿consume sustancias psicoactivas? Sí N
Edad de inicio del consumo ……………………………………………………………………..
inicio……………………………………………………………………………………
Circunstancia que dio inicio al consumo de sustancias
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
Consume
actualmente Frecuencia
Se realizara una valoración respecto de si el joven hace uso problemático de
sustancias psicoactivas, lo cual arrojara como resultado el perfil de consumo del
o
Edad de inicio del consumo ……………………………………………………………………..
inicio……………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
………………………
Observaciones
71
� Antecedentes de Tratamiento por consumo de sustancias
o ¿Ha realizado algún tratamiento de deshabituación?
� Sí
� En caso de haber realizado algún tipo de tratamiento, indicar modalidad:
o Ambulatorio
� Nombre de la institución: ……………………………………………………
� Duración del Tratamiento:
o Internación
� Nombre de la institución: ……………………………………………………
� Duración del Tratamiento: ………………………………………………….
� Antecedentes de consumo familiar:
o ¿Algún integrante de
alguna vez?
Sí
Tipo de parentesco………………………………………………………………………………
Antecedentes de Tratamiento por consumo de sustancias
¿Ha realizado algún tratamiento de deshabituación?
No
En caso de haber realizado algún tipo de tratamiento, indicar modalidad:
Ambulatorio
Nombre de la institución: ……………………………………………………
Duración del Tratamiento:………………………………………………….
Internación
Nombre de la institución: ……………………………………………………
Duración del Tratamiento: ………………………………………………….
Antecedentes de consumo familiar:
Algún integrante de la familia consume o consumió sustancias
alguna vez?
No
Tipo de parentesco………………………………………………………………………………
En caso de haber realizado algún tipo de tratamiento, indicar modalidad:
Nombre de la institución: ……………………………………………………
………………………………………………….
Nombre de la institución: ……………………………………………………
Duración del Tratamiento: ………………………………………………….
la familia consume o consumió sustancias
Tipo de parentesco………………………………………………………………………………
72
� Antecedentes de Tratamiento por consumo de sustancias
o ¿Ha realizado algún tratamiento de deshabituación?
� Sí
� En caso de haber realizado algún tipo de tratamiento, indicar modalidad:
o Ambulatorio
� Nombre de la institución: ……………………………………………………
� Duración del Tratamiento:
o Internación
� Nombre de la institución: ……………………………………………………
� Duración del Tratamiento: ………………………………………………….
� Antecedentes de consumo familiar:
o ¿Algún integrante de
alguna vez?
Sí
Tipo de parentesco………………………………………………………………………………
Antecedentes de Tratamiento por consumo de sustancias
¿Ha realizado algún tratamiento de deshabituación?
No
En caso de haber realizado algún tipo de tratamiento, indicar modalidad:
Ambulatorio
Nombre de la institución: ……………………………………………………
Duración del Tratamiento:………………………………………………….
Internación
Nombre de la institución: ……………………………………………………
Duración del Tratamiento: ………………………………………………….
Antecedentes de consumo familiar:
Algún integrante de la familia consume o consumió sustancias
alguna vez?
No
Tipo de parentesco………………………………………………………………………………
En caso de haber realizado algún tipo de tratamiento, indicar modalidad:
Nombre de la institución: ……………………………………………………
………………………………………………….
Nombre de la institución: ……………………………………………………
Duración del Tratamiento: ………………………………………………….
la familia consume o consumió sustancias
Tipo de parentesco………………………………………………………………………………
72
Anexos
Los cuestionarios que se encuentran en las páginas siguientes podrán ser
utilizados para la valoración y
acuerdo a lo observado en la entrevista general
interviniente,
Además se propone el uso de Técnicas Proyectivas básicas para obtener una
evaluación más completa de los niños y/o adolescentes que ingresan al Centro de
Admisión y Diagnostico.
Propuesta de Técnicas Proyectivas a utilizar:
• Test Guestaltico Visomotor de Bender
• Test de Rorschach
• Test Figura Humana
• Test HTP (casa-árbol
• Test Persona Bajo la Lluvia
* Nota: Cabe aclarar que la utilización de estas Técnicas quedan a exclusivo criterio
profesional, no siendo obligatoria la aplicación de las mismas a todos los niños y/o
adolescentes ingresados al Centro de Admisión y Diagnóstico.
Los cuestionarios que se encuentran en las páginas siguientes podrán ser
utilizados para la valoración y diagnóstico de los niños y/o adolescentes de
acuerdo a lo observado en la entrevista general y al criterio del profesional
Además se propone el uso de Técnicas Proyectivas básicas para obtener una
evaluación más completa de los niños y/o adolescentes que ingresan al Centro de
Proyectivas a utilizar:
Visomotor de Bender
Test Figura Humana
árbol-persona)
Test Persona Bajo la Lluvia
Nota: Cabe aclarar que la utilización de estas Técnicas quedan a exclusivo criterio
no siendo obligatoria la aplicación de las mismas a todos los niños y/o
adolescentes ingresados al Centro de Admisión y Diagnóstico.
Los cuestionarios que se encuentran en las páginas siguientes podrán ser
de los niños y/o adolescentes de
y al criterio del profesional
Además se propone el uso de Técnicas Proyectivas básicas para obtener una
evaluación más completa de los niños y/o adolescentes que ingresan al Centro de
Nota: Cabe aclarar que la utilización de estas Técnicas quedan a exclusivo criterio
no siendo obligatoria la aplicación de las mismas a todos los niños y/o
73
Anexos
Los cuestionarios que se encuentran en las páginas siguientes podrán ser
utilizados para la valoración y
acuerdo a lo observado en la entrevista general
interviniente,
Además se propone el uso de Técnicas Proyectivas básicas para obtener una
evaluación más completa de los niños y/o adolescentes que ingresan al Centro de
Admisión y Diagnostico.
Propuesta de Técnicas Proyectivas a utilizar:
• Test Guestaltico Visomotor de Bender
• Test de Rorschach
• Test Figura Humana
• Test HTP (casa-árbol
• Test Persona Bajo la Lluvia
* Nota: Cabe aclarar que la utilización de estas Técnicas quedan a exclusivo criterio
profesional, no siendo obligatoria la aplicación de las mismas a todos los niños y/o
adolescentes ingresados al Centro de Admisión y Diagnóstico.
Los cuestionarios que se encuentran en las páginas siguientes podrán ser
utilizados para la valoración y diagnóstico de los niños y/o adolescentes de
acuerdo a lo observado en la entrevista general y al criterio del profesional
Además se propone el uso de Técnicas Proyectivas básicas para obtener una
evaluación más completa de los niños y/o adolescentes que ingresan al Centro de
Proyectivas a utilizar:
Visomotor de Bender
Test Figura Humana
árbol-persona)
Test Persona Bajo la Lluvia
Nota: Cabe aclarar que la utilización de estas Técnicas quedan a exclusivo criterio
no siendo obligatoria la aplicación de las mismas a todos los niños y/o
adolescentes ingresados al Centro de Admisión y Diagnóstico.
Los cuestionarios que se encuentran en las páginas siguientes podrán ser
de los niños y/o adolescentes de
y al criterio del profesional
Además se propone el uso de Técnicas Proyectivas básicas para obtener una
evaluación más completa de los niños y/o adolescentes que ingresan al Centro de
Nota: Cabe aclarar que la utilización de estas Técnicas quedan a exclusivo criterio
no siendo obligatoria la aplicación de las mismas a todos los niños y/o
73
Cuestionario de Agresividad
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con reacciones
agresivas de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de
1- De vez en cuando no puede controlar el
otra persona.
2- Se enoja rápidamente, pero enseguida se le pasa
3- Ha destruido cosas suyas o de otras personas cuando se
enoja.
4- Tiene dificultades para controlar el genio
5- Algunas veces se siente tan enojado
de estallar.
6- Se ha metido en alguna pelea durante el último tiempo, e
más de una ocasión.
7- Presenta heridas en el cuerpo producto de peleas o
autoagresiones
8-
Cuando discute o hay discusiones en el seno familiar,
soluciona agresivamente? (amenazas, gritos, empujones,
golpes)
9- Frente a una provocación en la vía pública
agresivamente? (amenazas, gritos, empujones y golpes)
10- Ha maltratado alguna vez a otra persona
Agresividad
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con reacciones
agresivas de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de Si - A veces - No
Ítems
De vez en cuando no puede controlar el impulso de golpear a
Se enoja rápidamente, pero enseguida se le pasa.
cosas suyas o de otras personas cuando se
dificultades para controlar el genio.
Algunas veces se siente tan enojado que tiene la sensación
Se ha metido en alguna pelea durante el último tiempo, en
más de una ocasión.
Presenta heridas en el cuerpo producto de peleas o
Cuando discute o hay discusiones en el seno familiar, ¿lo
soluciona agresivamente? (amenazas, gritos, empujones,
Frente a una provocación en la vía pública, ¿reacciona
agresivamente? (amenazas, gritos, empujones y golpes)
Ha maltratado alguna vez a otra persona
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con reacciones
Si A
veces No
74
Cuestionario de Agresividad
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con reacciones
agresivas de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de
1- De vez en cuando no puede controlar el
otra persona.
2- Se enoja rápidamente, pero enseguida se le pasa
3- Ha destruido cosas suyas o de otras personas cuando se
enoja.
4- Tiene dificultades para controlar el genio
5- Algunas veces se siente tan enojado
de estallar.
6- Se ha metido en alguna pelea durante el último tiempo, e
más de una ocasión.
7- Presenta heridas en el cuerpo producto de peleas o
autoagresiones
8-
Cuando discute o hay discusiones en el seno familiar,
soluciona agresivamente? (amenazas, gritos, empujones,
golpes)
9- Frente a una provocación en la vía pública
agresivamente? (amenazas, gritos, empujones y golpes)
10- Ha maltratado alguna vez a otra persona
Agresividad
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con reacciones
agresivas de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de Si - A veces - No
Ítems
De vez en cuando no puede controlar el impulso de golpear a
Se enoja rápidamente, pero enseguida se le pasa.
cosas suyas o de otras personas cuando se
dificultades para controlar el genio.
Algunas veces se siente tan enojado que tiene la sensación
Se ha metido en alguna pelea durante el último tiempo, en
más de una ocasión.
Presenta heridas en el cuerpo producto de peleas o
Cuando discute o hay discusiones en el seno familiar, ¿lo
soluciona agresivamente? (amenazas, gritos, empujones,
Frente a una provocación en la vía pública, ¿reacciona
agresivamente? (amenazas, gritos, empujones y golpes)
Ha maltratado alguna vez a otra persona
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con reacciones
Si A
veces No
74
Cuestionario de Control de Impulsos
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con el control de
los impulsos de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de Siempre conducta con mayor frecuencia y
cuánto más alta es la puntuación en el cuestionario, menos será el control de los impulsos.
La conducta planteada le ocurre:
1. Reacciona a la menor provocación o cuando alguien le lleva
la contraria.
2. Se siente mejor cuando hace algo sin pensar
3. Es una persona con mucha paciencia
4. Tiende a perder el control de si mismo
5. Las cosas que hacen los demás suelen dejarlo satisfecho
6. Cuando se le ocurre algo, siente la necesidad de hacerlo
inmediatamente; de lo contrario se pone nervioso.
7. Sus reacciones no son esperables
8. Le gusta sentirse superior a los demás
9. Hace y dice cosas sin pensar en las consecuencias
10. Ha hecho cosas que le resultaban imposible de resistir
11. Cree ser demasiado impulsivo
12. Cuando tiene deseos sexuales necesita satisfacerlos
inmediatamente
13. Es de carácter fuerte, temperamental
14. Quiere que se reconozcan sus meritos inmediatamente, no
con el paso del tiempo
15. Se expone a situaciones de riesgo
16. Puede esperar para recibir algo que se merece
17. Cuando hace o dice algo, pretende tener resultados
18. Es una persona muy exigente
19. Se expone a algunas situaciones que
Control de Impulsos
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con el control de
los impulsos de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
Siempre - Rara vez – Nunca. Teniendo una puntuación máxima
conducta con mayor frecuencia y mínima de cero (0) la conducta con menor frecuencia. Por lo que
nto más alta es la puntuación en el cuestionario, menos será el control de los impulsos.
La conducta planteada le ocurre: Siempre
Reacciona a la menor provocación o cuando alguien le lleva
Se siente mejor cuando hace algo sin pensar
Es una persona con mucha paciencia
Tiende a perder el control de si mismo
los demás suelen dejarlo satisfecho
Cuando se le ocurre algo, siente la necesidad de hacerlo
inmediatamente; de lo contrario se pone nervioso.
Sus reacciones no son esperables
Le gusta sentirse superior a los demás
cosas sin pensar en las consecuencias
Ha hecho cosas que le resultaban imposible de resistir
Cree ser demasiado impulsivo
Cuando tiene deseos sexuales necesita satisfacerlos
temperamental
Quiere que se reconozcan sus meritos inmediatamente, no
Se expone a situaciones de riesgo
Puede esperar para recibir algo que se merece
Cuando hace o dice algo, pretende tener resultados pronto
Es una persona muy exigente
Se expone a algunas situaciones que le generen adrenalina
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con el control de
máxima de dos (2) la
de cero (0) la conducta con menor frecuencia. Por lo que
nto más alta es la puntuación en el cuestionario, menos será el control de los impulsos.
Siempre Rara vez
Nunca
75
Cuestionario de Control de Impulsos
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con el control de
los impulsos de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de Siempre conducta con mayor frecuencia y
cuánto más alta es la puntuación en el cuestionario, menos será el control de los impulsos.
La conducta planteada le ocurre:
1. Reacciona a la menor provocación o cuando alguien le lleva
la contraria.
2. Se siente mejor cuando hace algo sin pensar
3. Es una persona con mucha paciencia
4. Tiende a perder el control de si mismo
5. Las cosas que hacen los demás suelen dejarlo satisfecho
6. Cuando se le ocurre algo, siente la necesidad de hacerlo
inmediatamente; de lo contrario se pone nervioso.
7. Sus reacciones no son esperables
8. Le gusta sentirse superior a los demás
9. Hace y dice cosas sin pensar en las consecuencias
10. Ha hecho cosas que le resultaban imposible de resistir
11. Cree ser demasiado impulsivo
12. Cuando tiene deseos sexuales necesita satisfacerlos
inmediatamente
13. Es de carácter fuerte, temperamental
14. Quiere que se reconozcan sus meritos inmediatamente, no
con el paso del tiempo
15. Se expone a situaciones de riesgo
16. Puede esperar para recibir algo que se merece
17. Cuando hace o dice algo, pretende tener resultados
18. Es una persona muy exigente
19. Se expone a algunas situaciones que
Control de Impulsos
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con el control de
los impulsos de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
Siempre - Rara vez – Nunca. Teniendo una puntuación máxima
conducta con mayor frecuencia y mínima de cero (0) la conducta con menor frecuencia. Por lo que
nto más alta es la puntuación en el cuestionario, menos será el control de los impulsos.
La conducta planteada le ocurre: Siempre
Reacciona a la menor provocación o cuando alguien le lleva
Se siente mejor cuando hace algo sin pensar
Es una persona con mucha paciencia
Tiende a perder el control de si mismo
los demás suelen dejarlo satisfecho
Cuando se le ocurre algo, siente la necesidad de hacerlo
inmediatamente; de lo contrario se pone nervioso.
Sus reacciones no son esperables
Le gusta sentirse superior a los demás
cosas sin pensar en las consecuencias
Ha hecho cosas que le resultaban imposible de resistir
Cree ser demasiado impulsivo
Cuando tiene deseos sexuales necesita satisfacerlos
temperamental
Quiere que se reconozcan sus meritos inmediatamente, no
Se expone a situaciones de riesgo
Puede esperar para recibir algo que se merece
Cuando hace o dice algo, pretende tener resultados pronto
Es una persona muy exigente
Se expone a algunas situaciones que le generen adrenalina
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con el control de
máxima de dos (2) la
de cero (0) la conducta con menor frecuencia. Por lo que
nto más alta es la puntuación en el cuestionario, menos será el control de los impulsos.
Siempre Rara vez
Nunca
75
Cuestionario de Empatía básica
Este cuestionario permite indagar sobre algunas conductas vinculadas con la
empatía de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de Siempre la conducta con mayor acuerdo
mayor desacuerdo.
Ítems
1 Después de estar con un
amigo/a que esta triste por
algún momento suelo
sentirse triste
2 Los sentimientos de los
demás le afectan con
facilidad
3 Se pone triste si ve alguien,
conocido, llorando
4 Cuando alguien está
deprimido suele
comprender cómo se siente
5 En el grupo de amigos, se
incomoda cuando molestan
a alguien
6 Cuando ve alguna persona
en problemas ofrece su
ayuda
7 A menudo puede notar
cómo se sienten los demás,
antes de que se lo digan
8 Por lo general se da cuenta
cuando sus amigos están
preocupados
9 Suele darse cuenta,
rápidamente, si un amigo/a
esta enojado
Cuestionario de Empatía básica
Este cuestionario permite indagar sobre algunas conductas vinculadas con la
empatía de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
Siempre - Rara vez – Nunca. Teniendo una puntuación máxima de
acuerdo, puntuación media de tres (3) y mínima de uno (
Totalmente de acuerdo
Ni de acuerdo ni en
desacuerdo Después de estar con un
amigo/a que esta triste por
algún momento suelo
Los sentimientos de los
Se pone triste si ve alguien,
comprender cómo se siente
el grupo de amigos, se
incomoda cuando molestan
Cuando ve alguna persona
en problemas ofrece su
A menudo puede notar
cómo se sienten los demás,
antes de que se lo digan
Por lo general se da cuenta
cuando sus amigos están
rápidamente, si un amigo/a
Este cuestionario permite indagar sobre algunas conductas vinculadas con la
. Teniendo una puntuación máxima de cinco (5)
(1) la conducta con
Totalmente en
desacuerdo
76
Cuestionario de Empatía básica
Este cuestionario permite indagar sobre algunas conductas vinculadas con la
empatía de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de Siempre la conducta con mayor acuerdo
mayor desacuerdo.
Ítems
1 Después de estar con un
amigo/a que esta triste por
algún momento suelo
sentirse triste
2 Los sentimientos de los
demás le afectan con
facilidad
3 Se pone triste si ve alguien,
conocido, llorando
4 Cuando alguien está
deprimido suele
comprender cómo se siente
5 En el grupo de amigos, se
incomoda cuando molestan
a alguien
6 Cuando ve alguna persona
en problemas ofrece su
ayuda
7 A menudo puede notar
cómo se sienten los demás,
antes de que se lo digan
8 Por lo general se da cuenta
cuando sus amigos están
preocupados
9 Suele darse cuenta,
rápidamente, si un amigo/a
esta enojado
Cuestionario de Empatía básica
Este cuestionario permite indagar sobre algunas conductas vinculadas con la
empatía de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
Siempre - Rara vez – Nunca. Teniendo una puntuación máxima de
acuerdo, puntuación media de tres (3) y mínima de uno (
Totalmente de acuerdo
Ni de acuerdo ni en
desacuerdo Después de estar con un
amigo/a que esta triste por
algún momento suelo
Los sentimientos de los
Se pone triste si ve alguien,
comprender cómo se siente
el grupo de amigos, se
incomoda cuando molestan
Cuando ve alguna persona
en problemas ofrece su
A menudo puede notar
cómo se sienten los demás,
antes de que se lo digan
Por lo general se da cuenta
cuando sus amigos están
rápidamente, si un amigo/a
Este cuestionario permite indagar sobre algunas conductas vinculadas con la
. Teniendo una puntuación máxima de cinco (5)
(1) la conducta con
Totalmente en
desacuerdo
76
Cuestionario de Resolución de Conflictos
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con la resolución
de conflictos de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de
1 Cuándo tiene problemas con algún amigo, ¿es fácil llegar a
un acuerdo?
2 Cuándo tiene problemas con al
¿hace lo posible por solucionarlo de la mejor
3 En una discusión, ¿logra escuchar al otro?
4 Cuándo tiene una discusión y siente que se ha equivocado,
¿cambia su postura?
5 Cuándo tiene un problema con alguien, ¿reacciona con
calma?
6 Cree que los conflictos se pueden resolver
7 Para resolver sus problemas, ¿busca alternativas
diferentes?
8 Con frecuencia es capaz de expresar de buen modo lo que
siente y piensa
Cuestionario de Resolución de Conflictos
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con la resolución
de conflictos de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de Si - A veces - No
Ítems Si
Cuándo tiene problemas con algún amigo, ¿es fácil llegar a
Cuándo tiene problemas con algún integrante de la familia,
¿hace lo posible por solucionarlo de la mejor manera?
En una discusión, ¿logra escuchar al otro?
Cuándo tiene una discusión y siente que se ha equivocado,
Cuándo tiene un problema con alguien, ¿reacciona con
Cree que los conflictos se pueden resolver sin pelear
Para resolver sus problemas, ¿busca alternativas
Con frecuencia es capaz de expresar de buen modo lo que
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con la resolución
Si A
veces No
77
Cuestionario de Resolución de Conflictos
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con la resolución
de conflictos de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de
1 Cuándo tiene problemas con algún amigo, ¿es fácil llegar a
un acuerdo?
2 Cuándo tiene problemas con al
¿hace lo posible por solucionarlo de la mejor
3 En una discusión, ¿logra escuchar al otro?
4 Cuándo tiene una discusión y siente que se ha equivocado,
¿cambia su postura?
5 Cuándo tiene un problema con alguien, ¿reacciona con
calma?
6 Cree que los conflictos se pueden resolver
7 Para resolver sus problemas, ¿busca alternativas
diferentes?
8 Con frecuencia es capaz de expresar de buen modo lo que
siente y piensa
Cuestionario de Resolución de Conflictos
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con la resolución
de conflictos de los jóvenes en diferentes momentos o situaciones.
El rango de respuesta irá de Si - A veces - No
Ítems Si
Cuándo tiene problemas con algún amigo, ¿es fácil llegar a
Cuándo tiene problemas con algún integrante de la familia,
¿hace lo posible por solucionarlo de la mejor manera?
En una discusión, ¿logra escuchar al otro?
Cuándo tiene una discusión y siente que se ha equivocado,
Cuándo tiene un problema con alguien, ¿reacciona con
Cree que los conflictos se pueden resolver sin pelear
Para resolver sus problemas, ¿busca alternativas
Con frecuencia es capaz de expresar de buen modo lo que
Este cuestionario permite explorar algunas conductas vinculadas con la resolución
Si A
veces No
77
ANEXO C DEL ANEXO 2
PLAN DE TRABAJO
El objetivo principal de este plan de trabajo es abordar de modo integral a los
jóvenes considerando las particularidades e individualidades de cada uno, para
poder encarar un adecuado tratamiento en función de las necesidades del
mismo.
La presente estrategia de trabajo contara con la participación de todas las
áreas que intervienen en el funcionamiento diario del Centro que aloje al joven.
De este modo las intervenciones quedan planteadas del siguiente modo:
• Entrevista individual: Se abordara al niño y/o adolescente en espacio
de gabinete por el profesional psicólogo, para abordar aquellos aspectos más
relevantes producto de la entrevista diagnostica.
• Intervención área de Salud: Se realizará la derivación del niño y/o
adolescente al área de salud correspondiente de acuerdo a las necesidades:
clínica, odontología, psiquiatría, adicciones, salud sexual, etc.
• Actividades socio-educativas: En este caso las áreas intervinientes
serán:
o Pedagogía y docencia: Se coordinará con el área educativa del
Complejo Esperanza para que se brinden las actividades educativas
correspondientes al proceso educativo que el joven está llevando a cabo.
o Espacios recreativos: Se incorporará al niño y/o adolescente a las
actividades deportivas bajo la supervisión del Profesor a cargo del área.
o Actividades cotidianas: las tareas desde este espacio están pensadas
desde la colaboración en actividades cotidianas de orden y limpieza de la
78
ANEXO C DEL ANEXO 2
PLAN DE TRABAJO
El objetivo principal de este plan de trabajo es abordar de modo integral a los
jóvenes considerando las particularidades e individualidades de cada uno, para
poder encarar un adecuado tratamiento en función de las necesidades del
mismo.
La presente estrategia de trabajo contara con la participación de todas las
áreas que intervienen en el funcionamiento diario del Centro que aloje al joven.
De este modo las intervenciones quedan planteadas del siguiente modo:
• Entrevista individual: Se abordara al niño y/o adolescente en espacio
de gabinete por el profesional psicólogo, para abordar aquellos aspectos más
relevantes producto de la entrevista diagnostica.
• Intervención área de Salud: Se realizará la derivación del niño y/o
adolescente al área de salud correspondiente de acuerdo a las necesidades:
clínica, odontología, psiquiatría, adicciones, salud sexual, etc.
• Actividades socio-educativas: En este caso las áreas intervinientes
serán:
o Pedagogía y docencia: Se coordinará con el área educativa del
Complejo Esperanza para que se brinden las actividades educativas
correspondientes al proceso educativo que el joven está llevando a cabo.
o Espacios recreativos: Se incorporará al niño y/o adolescente a las
actividades deportivas bajo la supervisión del Profesor a cargo del área.
o Actividades cotidianas: las tareas desde este espacio están pensadas
desde la colaboración en actividades cotidianas de orden y limpieza de la
78
institución que le permitan al joven adquirir hábitos de cooperación, disciplina y
formar un estilo de vida colaborativo.
• Seguridad Dinámica: agentes de seguridad intervendrán en el contacto
diario, la supervisión de actividades, observación y contención (física y
emocional). Además serán actores fundamentales en los momentos de crisis
facilitando el resguardo del niño y/o adolescente y de terceros.
79
institución que le permitan al joven adquirir hábitos de cooperación, disciplina y
formar un estilo de vida colaborativo.
• Seguridad Dinámica: agentes de seguridad intervendrán en el contacto
diario, la supervisión de actividades, observación y contención (física y
emocional). Además serán actores fundamentales en los momentos de crisis
facilitando el resguardo del niño y/o adolescente y de terceros.
79
ANEXO D DEL ANEXO 2
P AMotivo inasistencia
P AMotivo inasistencia
P AMotivo de inasistencia P A
Motivo de inasistencia
1
2
3
4
5
6
Sector de alojamiento:Educadora/s: Mes:
Planilla de Seguimiento de Actividades
Escuela Taller de………………… Taller de…………………………………………………Taller de………………………………
Nombre y Apellido del Adolescente:
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
80
ANEXO D DEL ANEXO 2
P AMotivo inasistencia
P AMotivo inasistencia
P AMotivo de inasistencia P A
Motivo de inasistencia
1
2
3
4
5
6
Sector de alojamiento:Educadora/s: Mes:
Planilla de Seguimiento de Actividades
Escuela Taller de………………… Taller de…………………………………………………Taller de………………………………
Nombre y Apellido del Adolescente:
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
80
ANEXO 3
PROTOCOLO EQUIPO EDUCADORES SOCIALES
COMPLEJO ESPERANZA
Pautas de organización - Roles y Funciones
81
ANEXO 3
PROTOCOLO EQUIPO EDUCADORES SOCIALES
COMPLEJO ESPERANZA
Pautas de organización - Roles y Funciones
81
El Educador Social en el Sistema Penal Juvenil
El Educador Social se inserta en este contexto con el objetivo de incorporar a
profesionales o técnicos en educación social para que compartan la vida
cotidiana con los jóvenes, propiciando la asunción de hábitos y habilidades
para su integración social, promoviendo espacios de reflexión y
responsabilización de sus actos y la asunción de un proyecto de vida con cara
al futuro.
En tal sentido el Rol del Educador Social tiene como finalidad acompañar
profesionalmente desde una perspectiva Socioeducativa a los jóvenes alojados
en el Complejo Esperanza, en las diferentes instancias del proceso de
internación por el que transitan.
El Equipo de Educadores Sociales, conformado por profesionales Socio
pedagogos y Trabajadores Sociales, tiene los siguientes objetivos :
� Velar por la satisfacción de los derechos de los jóvenes
� Favorecer las conductas pro sociales
� Promover la autonomía
� Fortalecer las competencias personales y sociales de cada joven
Es preciso mencionar que, cuando en este ámbito se alude al Educador
Social , se hace en referencia a una función concreta dentro del sistema penal
juvenil y no a una titulación académica o una profesión en concreto. En este
contexto el Educador Social se define como aquel actor profesional que
despliega espacios de Educación no formal en los Módulos, compartiendo la
vida cotidiana de los adolescentes, siendo sus funciones:
� Desarrollar actividades profesionales en el sector donde se encuentran
alojados los jóvenes (el sector implica: comedor y espacios comunes del
Módulo)
� Coordinar y participar en las tareas de ocio y tiempo libre de los jóvenes
acordando modalidad con el área correspondiente.
83
El Educador Social en el Sistema Penal Juvenil
El Educador Social se inserta en este contexto con el objetivo de incorporar a
profesionales o técnicos en educación social para que compartan la vida
cotidiana con los jóvenes, propiciando la asunción de hábitos y habilidades
para su integración social, promoviendo espacios de reflexión y
responsabilización de sus actos y la asunción de un proyecto de vida con cara
al futuro.
En tal sentido el Rol del Educador Social tiene como finalidad acompañar
profesionalmente desde una perspectiva Socioeducativa a los jóvenes alojados
en el Complejo Esperanza, en las diferentes instancias del proceso de
internación por el que transitan.
El Equipo de Educadores Sociales, conformado por profesionales Socio
pedagogos y Trabajadores Sociales, tiene los siguientes objetivos :
� Velar por la satisfacción de los derechos de los jóvenes
� Favorecer las conductas pro sociales
� Promover la autonomía
� Fortalecer las competencias personales y sociales de cada joven
Es preciso mencionar que, cuando en este ámbito se alude al Educador
Social , se hace en referencia a una función concreta dentro del sistema penal
juvenil y no a una titulación académica o una profesión en concreto. En este
contexto el Educador Social se define como aquel actor profesional que
despliega espacios de Educación no formal en los Módulos, compartiendo la
vida cotidiana de los adolescentes, siendo sus funciones:
� Desarrollar actividades profesionales en el sector donde se encuentran
alojados los jóvenes (el sector implica: comedor y espacios comunes del
Módulo)
� Coordinar y participar en las tareas de ocio y tiempo libre de los jóvenes
acordando modalidad con el área correspondiente.
83
� Mantener entrevistas semanales de forma individual con cada uno de los
jóvenes del sector al que han sido asignados.
� Preparar al joven para su adaptación a la medida judicial que se vaya
adoptar (permanencia en el Complejo, guarda familiar y/o las diferentes
medidas alternativas a implementar en su egreso).
� Articular información y actividades de los jóvenes con el responsable de
gestión del Módulo y con los restantes trabajadores del mismo.
� Realizar un seguimiento de la evolución integral del joven (educativa-
laboral-salud), como así también ser una figura de referencia para el
mismo.
� Trabajar de manera coordinada con las diferentes áreas que intervienen
con el joven, a fin de ser el soporte socio educativo del equipo
interdisciplinario en el proceso de internación.
� Realizar informe escrito del proceso individual del joven que le ha sido
asignado como tutoría.
� Realizar registro escrito sobre las intervenciones y situaciones
relacionadas con los jóvenes a su cargo.
84
� Mantener entrevistas semanales de forma individual con cada uno de los
jóvenes del sector al que han sido asignados.
� Preparar al joven para su adaptación a la medida judicial que se vaya
adoptar (permanencia en el Complejo, guarda familiar y/o las diferentes
medidas alternativas a implementar en su egreso).
� Articular información y actividades de los jóvenes con el responsable de
gestión del Módulo y con los restantes trabajadores del mismo.
� Realizar un seguimiento de la evolución integral del joven (educativa-
laboral-salud), como así también ser una figura de referencia para el
mismo.
� Trabajar de manera coordinada con las diferentes áreas que intervienen
con el joven, a fin de ser el soporte socio educativo del equipo
interdisciplinario en el proceso de internación.
� Realizar informe escrito del proceso individual del joven que le ha sido
asignado como tutoría.
� Realizar registro escrito sobre las intervenciones y situaciones
relacionadas con los jóvenes a su cargo.
84
Pautas de organización y acción del Equipo de Educa dores
Sociales
Condiciones para el ingreso a los sectores:
Antes del ingreso a los sectores, el Educador Social deberá tomar
conocimiento sobre novedades escritas y verbales respecto a la situación en
que se encuentra el sector, como así también respecto a situaciones
individuales de los jóvenes, a través de la lectura del cuaderno de novedades y
la información verbal, transmitida por Personal de Seguridad y Responsables
de Gestión.
A las 8:45 hs. y 13:45 hs. el Educador Social de turno mañana y tarde,
respectivamente, debe estar en el pasillo del sector correspondiente para
garantizar la asistencia de los jóvenes a las actividades escolares, deportivas
y/o formativas.
Al momento del ingreso al sector el Educador Social deberá observar por
resguardo personal:
� Que todos los jóvenes estén en el comedor.
� Que la puerta de enlace y las de acceso a las habitaciones estén
cerradas con candado.
� Que no haya en el lugar elementos contundentes o peligrosos como
palos de escoba, escobillones, secadores o baldes.
� Que por lo menos haya una persona de la guardia que pueda observar
de manera permanente las actividades de los jóvenes y Educadores
Sociales.
� Que las puertas ciegas de enlace permanezcan abiertas durante su
permanencia en el sector.
De no presentarse las condiciones descriptas el Edu cador Social:
� No ingresará al sector.
85
Pautas de organización y acción del Equipo de Educa dores
Sociales
Condiciones para el ingreso a los sectores:
Antes del ingreso a los sectores, el Educador Social deberá tomar
conocimiento sobre novedades escritas y verbales respecto a la situación en
que se encuentra el sector, como así también respecto a situaciones
individuales de los jóvenes, a través de la lectura del cuaderno de novedades y
la información verbal, transmitida por Personal de Seguridad y Responsables
de Gestión.
A las 8:45 hs. y 13:45 hs. el Educador Social de turno mañana y tarde,
respectivamente, debe estar en el pasillo del sector correspondiente para
garantizar la asistencia de los jóvenes a las actividades escolares, deportivas
y/o formativas.
Al momento del ingreso al sector el Educador Social deberá observar por
resguardo personal:
� Que todos los jóvenes estén en el comedor.
� Que la puerta de enlace y las de acceso a las habitaciones estén
cerradas con candado.
� Que no haya en el lugar elementos contundentes o peligrosos como
palos de escoba, escobillones, secadores o baldes.
� Que por lo menos haya una persona de la guardia que pueda observar
de manera permanente las actividades de los jóvenes y Educadores
Sociales.
� Que las puertas ciegas de enlace permanezcan abiertas durante su
permanencia en el sector.
De no presentarse las condiciones descriptas el Edu cador Social:
� No ingresará al sector.
85
� Informará verbalmente al Encargado del ala, Jefe de guardia,
Responsables de Gestión y/o Coordinadores y dejará asentado en el
libro de novedades del sector la situación presentada.
� En caso de que no se encuentre personal de seguridad suficiente, el
Educador Social acordará con el personal de seguridad la posibilidad de
realizar entrevistas individuales, ingreso por turnos en cada sector,
trabajo en pequeños grupos o cualquier otra modalidad que se evalúe
conveniente, siempre contemplando las medidas de resguardo
correspondientes.
� En caso de demora por razones que alteren el régimen de vida se
deberá informar al Jefe de ala, Jefe de guardia, Responsable de Gestión
y/o Coordinadores, lo que posteriormente quedará asentado en el
cuaderno de sector como novedad.
Negativa de los jóvenes al ingreso de las Educadora s Sociales:
� Se debe entrevistar a los jóvenes para escuchar los motivos de la
negativa al ingreso.
� Se deben evaluar estrategias de resolución en equipo para dilucidar si la
misma situación se presenta en ambos turnos.
� Puede darse participación a los Coordinadores u otros actores
institucionales, con el objetivo de mediar entre las partes.
Almuerzo y Merienda:
� Las E.S. ingresarán a almorzar y merendar con los jóvenes en el
comedor.
� Se debe propiciar que esta instancia de encuentro sea un acto
organizado, donde todos coman alrededor de la mesa, pudiendo
proponer un momento de agradecimiento por los alimentos.
� Los jóvenes, como en cualquier otro momento, deben estar vestidos
(con remeras/pantalón o short).
86
� Informará verbalmente al Encargado del ala, Jefe de guardia,
Responsables de Gestión y/o Coordinadores y dejará asentado en el
libro de novedades del sector la situación presentada.
� En caso de que no se encuentre personal de seguridad suficiente, el
Educador Social acordará con el personal de seguridad la posibilidad de
realizar entrevistas individuales, ingreso por turnos en cada sector,
trabajo en pequeños grupos o cualquier otra modalidad que se evalúe
conveniente, siempre contemplando las medidas de resguardo
correspondientes.
� En caso de demora por razones que alteren el régimen de vida se
deberá informar al Jefe de ala, Jefe de guardia, Responsable de Gestión
y/o Coordinadores, lo que posteriormente quedará asentado en el
cuaderno de sector como novedad.
Negativa de los jóvenes al ingreso de las Educadora s Sociales:
� Se debe entrevistar a los jóvenes para escuchar los motivos de la
negativa al ingreso.
� Se deben evaluar estrategias de resolución en equipo para dilucidar si la
misma situación se presenta en ambos turnos.
� Puede darse participación a los Coordinadores u otros actores
institucionales, con el objetivo de mediar entre las partes.
Almuerzo y Merienda:
� Las E.S. ingresarán a almorzar y merendar con los jóvenes en el
comedor.
� Se debe propiciar que esta instancia de encuentro sea un acto
organizado, donde todos coman alrededor de la mesa, pudiendo
proponer un momento de agradecimiento por los alimentos.
� Los jóvenes, como en cualquier otro momento, deben estar vestidos
(con remeras/pantalón o short).
86
� La sobremesa puede presentarse como instancia de reflexión grupal,
comunicación de actividades coordinadas entre turnos, información
general, etc.
� Se debe promover la organización de limpieza posterior al almuerzo y
merienda, colaborando en la distribución de las tareas entre los jóvenes.
Fin de Jornada con los jóvenes:
Deberá quedar registrado en el cuaderno de sector toda información
correspondiente al desarrollo de la jornada:
� Hora de ingreso y egreso.
� Información general del sector.
� Información individual relevante de cada uno de los jóvenes si la
situación lo amerita.
Solapamiento:
Esta instancia de encuentro entre Educadoras Sociales de ambos turnos, se
desarrollará de 13:30 a 14:30 hs.
Durante la misma será de suma importancia transmitir:
� Novedades relevantes y situaciones que se han presentado en el sector
durante la jornada.
� Situación individual de los jóvenes.
� Acordar / programar el desarrollo de actividades.
� Si se ha producido alguna situación que impide el intercambio de
información, se deberá dar aviso a los compañeros de equipo y/o a los
Coordinadores. En tal caso se dejará asentado en cuaderno de sector o
cuaderno interno de equipo, las novedades del día.
87
� La sobremesa puede presentarse como instancia de reflexión grupal,
comunicación de actividades coordinadas entre turnos, información
general, etc.
� Se debe promover la organización de limpieza posterior al almuerzo y
merienda, colaborando en la distribución de las tareas entre los jóvenes.
Fin de Jornada con los jóvenes:
Deberá quedar registrado en el cuaderno de sector toda información
correspondiente al desarrollo de la jornada:
� Hora de ingreso y egreso.
� Información general del sector.
� Información individual relevante de cada uno de los jóvenes si la
situación lo amerita.
Solapamiento:
Esta instancia de encuentro entre Educadoras Sociales de ambos turnos, se
desarrollará de 13:30 a 14:30 hs.
Durante la misma será de suma importancia transmitir:
� Novedades relevantes y situaciones que se han presentado en el sector
durante la jornada.
� Situación individual de los jóvenes.
� Acordar / programar el desarrollo de actividades.
� Si se ha producido alguna situación que impide el intercambio de
información, se deberá dar aviso a los compañeros de equipo y/o a los
Coordinadores. En tal caso se dejará asentado en cuaderno de sector o
cuaderno interno de equipo, las novedades del día.
87
REGISTRO DE INFORMACIÓN INDIVIDUAL, INTERVENCIÓN E
INFORMES
Cuaderno de novedades de sector
� El Educador Social deberá dejar constancia escrita y/o comunicación verbal
de todos los elementos de trabajo que ingresan al sector (lápices, pinceles,
cuadernos, hojas, etc.), los que serán controlados por Personal de Seguridad a
su egreso.
� Al final de cada turno deberá quedar asentado:
� Hora de ingreso y egreso del sector.
� Dificultades para ingresar al sector cuando los motivos de las mismas alteren
el régimen de vida.
� Una descripción sintética sobre la situación general del sector.
� Información individual relevante de cada uno de los jóvenes evaluando su
estado anímico.
� Si se ha producido un acontecimiento que amerita un informe más detallado
se dejará constancia en el Cuaderno de Novedades, registrando la leyenda
“Ver informe N°…”
� La salida del Educador Social cuando no se garantiza la observación-
medidas de seguridad, por parte del Personal de Seguridad.
Cuaderno de novedades para Educadores Sociales de F ines de semana y
feriados
Se registrará en el libro de actas de fines de semana toda novedad relevante
de lo sucedido durante la semana a los fines de brindar información y solicitar
intervención del equipo de Educadoras de fines de semana si la situación lo
amerita.
Las Educadoras que se desempeñan en el Módulo II deberán registrar por ala
un resumen de la semana, el que se realizará los días viernes en ambos
turnos. La Educadora encargada de registrar rotará cada semana.
88
REGISTRO DE INFORMACIÓN INDIVIDUAL, INTERVENCIÓN E
INFORMES
Cuaderno de novedades de sector
� El Educador Social deberá dejar constancia escrita y/o comunicación verbal
de todos los elementos de trabajo que ingresan al sector (lápices, pinceles,
cuadernos, hojas, etc.), los que serán controlados por Personal de Seguridad a
su egreso.
� Al final de cada turno deberá quedar asentado:
� Hora de ingreso y egreso del sector.
� Dificultades para ingresar al sector cuando los motivos de las mismas alteren
el régimen de vida.
� Una descripción sintética sobre la situación general del sector.
� Información individual relevante de cada uno de los jóvenes evaluando su
estado anímico.
� Si se ha producido un acontecimiento que amerita un informe más detallado
se dejará constancia en el Cuaderno de Novedades, registrando la leyenda
“Ver informe N°…”
� La salida del Educador Social cuando no se garantiza la observación-
medidas de seguridad, por parte del Personal de Seguridad.
Cuaderno de novedades para Educadores Sociales de F ines de semana y
feriados
Se registrará en el libro de actas de fines de semana toda novedad relevante
de lo sucedido durante la semana a los fines de brindar información y solicitar
intervención del equipo de Educadoras de fines de semana si la situación lo
amerita.
Las Educadoras que se desempeñan en el Módulo II deberán registrar por ala
un resumen de la semana, el que se realizará los días viernes en ambos
turnos. La Educadora encargada de registrar rotará cada semana.
88
Las Educadoras del Módulo IV continuarán registrando la información en su
cuaderno de novedades y libros de actas correspondientes.
Ficha de Seguimiento Individual
El Registro de información de cada joven se realizará a través de Ficha de
Seguimiento Individual.
La misma se realizará de manera semanal y será complemento de información
para la elaboración del informe de evolución y PEI.
El PEI se constituye como herramienta del Equipo de Educadores Sociales
para clarificar, guiar, organizar y evaluar las intervenciones que se lleven a
cabo con el adolescente.
El PEI será realizado por el tutor/referente asignado al joven dentro los
primeros 15 días de asignado el mismo.
La intervención socioeducativa y elaboración del PEI, se organizará en función
del planteamiento de objetivos, especificando su metodología, temporalidad
estimada y evaluación.
Tanto la información contenida en la ficha de seguimiento individual como en el
PEI podrán ser solicitados por la Coordinación a los fines de supervisar y
evaluar el proceso individual de los adolescentes, obtener información
estadística, y evaluar el desempeño profesional del Educador Social.
Informes
Informes de acontecimientos cotidianos y excepciona les (peleas –
conflictos de convivencia en el sector – amenazas – autoagresión – violencia
entre personal adulto y jóvenes etc.)
Deberá ser comunicado a la Coordinación al tomar conocimiento de los
hechos, y deberá presentarse informe por escrito dentro de las 24 hs. de
sucedidos los mismos.
89
Las Educadoras del Módulo IV continuarán registrando la información en su
cuaderno de novedades y libros de actas correspondientes.
Ficha de Seguimiento Individual
El Registro de información de cada joven se realizará a través de Ficha de
Seguimiento Individual.
La misma se realizará de manera semanal y será complemento de información
para la elaboración del informe de evolución y PEI.
El PEI se constituye como herramienta del Equipo de Educadores Sociales
para clarificar, guiar, organizar y evaluar las intervenciones que se lleven a
cabo con el adolescente.
El PEI será realizado por el tutor/referente asignado al joven dentro los
primeros 15 días de asignado el mismo.
La intervención socioeducativa y elaboración del PEI, se organizará en función
del planteamiento de objetivos, especificando su metodología, temporalidad
estimada y evaluación.
Tanto la información contenida en la ficha de seguimiento individual como en el
PEI podrán ser solicitados por la Coordinación a los fines de supervisar y
evaluar el proceso individual de los adolescentes, obtener información
estadística, y evaluar el desempeño profesional del Educador Social.
Informes
Informes de acontecimientos cotidianos y excepciona les (peleas –
conflictos de convivencia en el sector – amenazas – autoagresión – violencia
entre personal adulto y jóvenes etc.)
Deberá ser comunicado a la Coordinación al tomar conocimiento de los
hechos, y deberá presentarse informe por escrito dentro de las 24 hs. de
sucedidos los mismos.
89
En el mismo se deberá describir lo acontecido ya sea que la información
provenga de la observación directa del Educador Social o expresada por los
adolescentes u otro actor institucional.
Para la elaboración del informe se deberá registrar la mayor precisión de datos
posibles (día- hr- circunstancias- nombre de los involucrados y función -
resolución final de la situación x ej. cambio de sector- traslado a otro
módulo/enfermería- amenazas, etc.), advirtiendo que tal situación debe ser
informada.
El informe será elevado a la Coordinación y redactado en lenguaje potencial sin
ningún tipo de interpretación o valoraciones subjetivas de los hechos.
En situaciones donde los jóvenes solicitan no dar a conocer una situación y el
Educador Social considera que la gravedad de la misma requiere ser
informada, realizará informe escrito y se elevará a la Coordinación, quienes
comunicarán la situación al Responsable de Gestión y/o a autoridad que
corresponda.
Todo informe solicitado por cualquier miembro de la Institución: Responsable
de Gestión, Segundo Responsable de Gestión, Personal de Seguridad,
Equipos Técnicos, Directivos del área Educación, Talleres, Deporte, etc.
deberán ser realizados previa autorización y posterior supervisión de la
Coordinación, quien elevará los mismos a las áreas que lo requieran.
Informe de Evolución de Jóvenes e Intervención Soci oeducativa
El informe de evolución mensual deberá reflejar la evolución integral del
joven en su proceso socioeducativo, teniendo como referencia información
general del mismo obtenida a través de las intervenciones realizadas a nivel
grupal e individual, bajo el objetivo de complementar y acompañar informes
institucionales de diferentes áreas promoviendo de esta manera el abordaje
integral de los Jóvenes.
Las planillas de seguimiento individual servirán como herramienta y
complemento para valorar el proceso de evolución integral del joven, lo que
90
En el mismo se deberá describir lo acontecido ya sea que la información
provenga de la observación directa del Educador Social o expresada por los
adolescentes u otro actor institucional.
Para la elaboración del informe se deberá registrar la mayor precisión de datos
posibles (día- hr- circunstancias- nombre de los involucrados y función -
resolución final de la situación x ej. cambio de sector- traslado a otro
módulo/enfermería- amenazas, etc.), advirtiendo que tal situación debe ser
informada.
El informe será elevado a la Coordinación y redactado en lenguaje potencial sin
ningún tipo de interpretación o valoraciones subjetivas de los hechos.
En situaciones donde los jóvenes solicitan no dar a conocer una situación y el
Educador Social considera que la gravedad de la misma requiere ser
informada, realizará informe escrito y se elevará a la Coordinación, quienes
comunicarán la situación al Responsable de Gestión y/o a autoridad que
corresponda.
Todo informe solicitado por cualquier miembro de la Institución: Responsable
de Gestión, Segundo Responsable de Gestión, Personal de Seguridad,
Equipos Técnicos, Directivos del área Educación, Talleres, Deporte, etc.
deberán ser realizados previa autorización y posterior supervisión de la
Coordinación, quien elevará los mismos a las áreas que lo requieran.
Informe de Evolución de Jóvenes e Intervención Soci oeducativa
El informe de evolución mensual deberá reflejar la evolución integral del
joven en su proceso socioeducativo, teniendo como referencia información
general del mismo obtenida a través de las intervenciones realizadas a nivel
grupal e individual, bajo el objetivo de complementar y acompañar informes
institucionales de diferentes áreas promoviendo de esta manera el abordaje
integral de los Jóvenes.
Las planillas de seguimiento individual servirán como herramienta y
complemento para valorar el proceso de evolución integral del joven, lo que
90
deberá reflejarse en el informe a través de los siguientes aspectos y /o
indicadores:
Información General: datos personales del joven (nombre, apellido,
edad); sector y módulo en el que se encuentra alojado; fecha de ingreso al
Complejo Esperanza; fecha de ingreso al Módulo; tiempo de permanencia y
cambios de sector/módulo registrando motivos del mismo.
Recursos Personales : características de la interacción con pares y
adultos – Habilidades de resolución de conflicto, empatía, y comunicación.
Hábitos de autocuidado : entendiendo el mismo como el conjunto de
acciones que realiza el adolescente por sí mismo para cuidar aquellos aspectos
que pueden comprometer su vida y desarrollo posterior como la higiene, la
alimentación y la salud.
Normas de Convivencia: implica el posicionamiento que asume el joven
frente a las pautas institucionales, respeto con sus pares y adultos, asistencia a
actividades, etc.
Conducta/estado de ánimo manifiesto: descripción de aquellos
aspectos más sobresalientes que caracterizan la conducta expresada por el
joven en el periodo evaluado, contemplando avances y retrocesos durante el
mismo.
Acompañamiento/Comunicación familiar: detectar referentes familiares
u otros significativos y la respuesta de los mismos frente a la situación que
transita el joven.
Participación en actividades internas y externas: contemplar intereses,
participación, motivación del joven para asistir a las diferentes actividades
propuestas ya sean éstas de capacitación y/o las implementadas por las
Educadoras Sociales en el marco de trabajo grupal en los sectores; su
regularidad o no en la asistencia a las mismas.
Intervenciones Socioeducativas: registrar y describir las diferentes
intervenciones individuales y grupales implementadas durante el periodo
evaluado.
91
deberá reflejarse en el informe a través de los siguientes aspectos y /o
indicadores:
Información General: datos personales del joven (nombre, apellido,
edad); sector y módulo en el que se encuentra alojado; fecha de ingreso al
Complejo Esperanza; fecha de ingreso al Módulo; tiempo de permanencia y
cambios de sector/módulo registrando motivos del mismo.
Recursos Personales : características de la interacción con pares y
adultos – Habilidades de resolución de conflicto, empatía, y comunicación.
Hábitos de autocuidado : entendiendo el mismo como el conjunto de
acciones que realiza el adolescente por sí mismo para cuidar aquellos aspectos
que pueden comprometer su vida y desarrollo posterior como la higiene, la
alimentación y la salud.
Normas de Convivencia: implica el posicionamiento que asume el joven
frente a las pautas institucionales, respeto con sus pares y adultos, asistencia a
actividades, etc.
Conducta/estado de ánimo manifiesto: descripción de aquellos
aspectos más sobresalientes que caracterizan la conducta expresada por el
joven en el periodo evaluado, contemplando avances y retrocesos durante el
mismo.
Acompañamiento/Comunicación familiar: detectar referentes familiares
u otros significativos y la respuesta de los mismos frente a la situación que
transita el joven.
Participación en actividades internas y externas: contemplar intereses,
participación, motivación del joven para asistir a las diferentes actividades
propuestas ya sean éstas de capacitación y/o las implementadas por las
Educadoras Sociales en el marco de trabajo grupal en los sectores; su
regularidad o no en la asistencia a las mismas.
Intervenciones Socioeducativas: registrar y describir las diferentes
intervenciones individuales y grupales implementadas durante el periodo
evaluado.
91
Por otra parte el informe deberá consignar los objetivos, metodología,
temporalidad y evaluación presentados en el PEI.
Tutorías (Referente) :
Asumirá la tutoría de cada joven el Educador Social que se encuentre en el
sector de alojamiento del adolescente, dividiendo la cantidad de jóvenes entre
los Educadores de ambos turnos.
En caso de falta de personal permanente o circunstancial la Coordinación
evaluará la asignación de tutoría.
La tutoría culmina cuando el joven es trasladado de sector, Módulo o Egreso de
la Institución.
Será responsabilidad del tutor la elaboración de informes, PEI y ficha individual
de seguimiento de cada uno de los jóvenes. Además, deberá estar informado
de toda situación vinculada al mismo (participación en diferentes actividades –
estado anímico – dificultades en los vínculos – características personales –
comunicación familiar – conducta – estado de salud, etc.).
Supervisión :
Entendiendo la supervisión como un sistema de apoyo para reflexionar sobre
las intervenciones y trabajar las dificultades que se presentan en la tarea diaria
e intervención profesional, el Educador Social contará con tal espacio en días y
horarios estipulados por la Coordinación, siendo los mismos:
Módulo I: Miércoles de 13:00 a 15:00
Módulo II: Lunes y Jueves de 13:00 a 15:00
Módulo IV: Viernes de 13:00 a 15:00
Asimismo, se realizarán reuniones mensuales por Módulo con horario, temario,
y espacio a definir por la Coordinación.
El objetivo de la supervisión será brindar al Educador Social la orientación
profesional necesaria para el desempeño de su función en los Centros Socio
Educativos. En tal sentido se trabajará en dicho espacio casos individuales,
92
Por otra parte el informe deberá consignar los objetivos, metodología,
temporalidad y evaluación presentados en el PEI.
Tutorías (Referente) :
Asumirá la tutoría de cada joven el Educador Social que se encuentre en el
sector de alojamiento del adolescente, dividiendo la cantidad de jóvenes entre
los Educadores de ambos turnos.
En caso de falta de personal permanente o circunstancial la Coordinación
evaluará la asignación de tutoría.
La tutoría culmina cuando el joven es trasladado de sector, Módulo o Egreso de
la Institución.
Será responsabilidad del tutor la elaboración de informes, PEI y ficha individual
de seguimiento de cada uno de los jóvenes. Además, deberá estar informado
de toda situación vinculada al mismo (participación en diferentes actividades –
estado anímico – dificultades en los vínculos – características personales –
comunicación familiar – conducta – estado de salud, etc.).
Supervisión :
Entendiendo la supervisión como un sistema de apoyo para reflexionar sobre
las intervenciones y trabajar las dificultades que se presentan en la tarea diaria
e intervención profesional, el Educador Social contará con tal espacio en días y
horarios estipulados por la Coordinación, siendo los mismos:
Módulo I: Miércoles de 13:00 a 15:00
Módulo II: Lunes y Jueves de 13:00 a 15:00
Módulo IV: Viernes de 13:00 a 15:00
Asimismo, se realizarán reuniones mensuales por Módulo con horario, temario,
y espacio a definir por la Coordinación.
El objetivo de la supervisión será brindar al Educador Social la orientación
profesional necesaria para el desempeño de su función en los Centros Socio
Educativos. En tal sentido se trabajará en dicho espacio casos individuales,
92
revisión de intervenciones, seguimiento de elaboración de PEI, Ficha de
Seguimiento Individual, informes etc.
Evaluación del Educador Social :
A los fines de optimizar las intervenciones en la Institución y el desempeño del
Equipo de Educadores Sociales, la Coordinación establecerá como pautas de
evaluación los criterios e indicadores consignados en el marco de la Resolución
N° 1405/17 de la Secretaría General de la Gobernación y Resolución N° 7/17
de la Secretaría de Capital Humano, a saber:
DESEMPEÑO DE LA FUNCIÓN:
� Grado de compromiso con el logro de los objetivos de la Institución.
� Aptitud para alcanzar los objetivos a través del trabajo propio y en
equipo.
� Capacidad Profesional: Se considerarán conocimientos, técnicas y
habilidades, aplicadas al eficaz ejercicio de la profesión.
� Calidad del Trabajo: Cuidado, esmero, preocupación por la claridad y
forma de presentación de las tareas asignadas.
� Presentación en tiempo y forma de informes, fichas de seguimiento
individual y PEI.
CARACTERÍSTICAS INDIVIDUALES:
� Cumplimiento de principios, disposiciones, órdenes y normas. Respeto
por las pautas institucionales generales y específicas del equipo.
� Relaciones Interpersonales: Comportamiento social adecuado en el trato
con superiores, pares y demás actores institucionales. Cortesía, tacto y
control de emociones.
� Aptitud reservada para actuar o para guardar datos importantes para la
Institución, sin develar más de lo que sea necesario. Respeto por la
Confidencialidad de la información.
93
revisión de intervenciones, seguimiento de elaboración de PEI, Ficha de
Seguimiento Individual, informes etc.
Evaluación del Educador Social :
A los fines de optimizar las intervenciones en la Institución y el desempeño del
Equipo de Educadores Sociales, la Coordinación establecerá como pautas de
evaluación los criterios e indicadores consignados en el marco de la Resolución
N° 1405/17 de la Secretaría General de la Gobernación y Resolución N° 7/17
de la Secretaría de Capital Humano, a saber:
DESEMPEÑO DE LA FUNCIÓN:
� Grado de compromiso con el logro de los objetivos de la Institución.
� Aptitud para alcanzar los objetivos a través del trabajo propio y en
equipo.
� Capacidad Profesional: Se considerarán conocimientos, técnicas y
habilidades, aplicadas al eficaz ejercicio de la profesión.
� Calidad del Trabajo: Cuidado, esmero, preocupación por la claridad y
forma de presentación de las tareas asignadas.
� Presentación en tiempo y forma de informes, fichas de seguimiento
individual y PEI.
CARACTERÍSTICAS INDIVIDUALES:
� Cumplimiento de principios, disposiciones, órdenes y normas. Respeto
por las pautas institucionales generales y específicas del equipo.
� Relaciones Interpersonales: Comportamiento social adecuado en el trato
con superiores, pares y demás actores institucionales. Cortesía, tacto y
control de emociones.
� Aptitud reservada para actuar o para guardar datos importantes para la
Institución, sin develar más de lo que sea necesario. Respeto por la
Confidencialidad de la información.
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� Preocupación por el cumplimiento de deberes y tareas inherentes al
desempeño de sus funciones.
� Tolerancia a las Presiones: Habilidad para seguir actuando con eficacia
en situaciones de presión de tiempo, de desacuerdo y diversidad.
94
� Preocupación por el cumplimiento de deberes y tareas inherentes al
desempeño de sus funciones.
� Tolerancia a las Presiones: Habilidad para seguir actuando con eficacia
en situaciones de presión de tiempo, de desacuerdo y diversidad.
94
MEDIDAS DE SEGURIDAD
Ausencia de personal de seguridad en punto de obser vación
� El Educador Social deberá llamar al Personal de Seguridad del sector.
� Si la situación no garantiza la observación deberá salir del sector y dar
aviso al Jefe de ala, Encargado de Guardia, Responsable de Gestión del
Módulo y/o Coordinadores.
Sospecha de Consumo de sustancias en los jóvenes
� Si el Educador Social observa que los jóvenes se encuentran bajo el
efecto de consumo de sustancias, no ingresará al sector, pudiendo
evaluar las posibilidades reales de acceso y las condiciones de
convivencia en el sector para el trabajo.
� Se dejará la novedad asentada en el cuaderno de sector y se informará
al encargado del ala sobre la situación.
� Si el Educador Social recibe información por parte de otros actores
sobre la presunción de que los jóvenes se encuentran bajo efectos de
consumo deberá observar desde el enlace la situación general y estado
de los jóvenes.
Información sobre peleas en el sector:
� Las Educadoras Sociales deberán evaluar las condiciones de
convivencia en el sector, previniendo situaciones de tensión.
� En caso de que exista información sobre la persistencia de conflictos
entre pares y ya se han intentado estrategias de resolución sin efecto
positivo, el Educador Social no ingresará al sector y registrará en
cuaderno de novedades la situación y las intervenciones propuestas a
tal fin.
� Si se desata una pelea o motín en presencia de las Educadoras Sociales
(ya sea que las mismas se encuentren en el interior de los sectores o
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MEDIDAS DE SEGURIDAD
Ausencia de personal de seguridad en punto de obser vación
� El Educador Social deberá llamar al Personal de Seguridad del sector.
� Si la situación no garantiza la observación deberá salir del sector y dar
aviso al Jefe de ala, Encargado de Guardia, Responsable de Gestión del
Módulo y/o Coordinadores.
Sospecha de Consumo de sustancias en los jóvenes
� Si el Educador Social observa que los jóvenes se encuentran bajo el
efecto de consumo de sustancias, no ingresará al sector, pudiendo
evaluar las posibilidades reales de acceso y las condiciones de
convivencia en el sector para el trabajo.
� Se dejará la novedad asentada en el cuaderno de sector y se informará
al encargado del ala sobre la situación.
� Si el Educador Social recibe información por parte de otros actores
sobre la presunción de que los jóvenes se encuentran bajo efectos de
consumo deberá observar desde el enlace la situación general y estado
de los jóvenes.
Información sobre peleas en el sector:
� Las Educadoras Sociales deberán evaluar las condiciones de
convivencia en el sector, previniendo situaciones de tensión.
� En caso de que exista información sobre la persistencia de conflictos
entre pares y ya se han intentado estrategias de resolución sin efecto
positivo, el Educador Social no ingresará al sector y registrará en
cuaderno de novedades la situación y las intervenciones propuestas a
tal fin.
� Si se desata una pelea o motín en presencia de las Educadoras Sociales
(ya sea que las mismas se encuentren en el interior de los sectores o
95
participando de actividades junto a los jóvenes fuera de tal espacio) se
indica:
Correrse del foco de la misma, avisar a la guardia, salir del sector
dejando que actúe el personal de seguridad y dar aviso de inmediato a
la Coordinación para tareas de contención del personal. Realizar a
posteriori informe de la situación, el que será elevado a los
Coordinadores con copia al Responsable de Gestión del Módulo.
Otras Medidas de seguridad:
� Al ingresar al sector los jóvenes deben estar vestidos, con remeras
puestas – pantalón o short y no debe haber colchones en los espacios de
SUM ni comedor.
� Las actividades extramuros deben ser acompañadas siempre por
personal de seguridad, caso contrario no se realiza o interrumpe la misma.
� El Educador Social se abstendrá de ingresar a los sectores elementos
que pudieran ser peligrosos y demandados por los jóvenes (cigarrillos,
cuchillos, trinchetas, tijeras, mate, termos, encendedores, pegamentos,
teléfonos, cámara de foto, etc.). Con la excepción de algunos materiales
con fines educativos, autorizados por Responsable de Gestión y/o Personal
de Seguridad, previo registro en cuaderno de novedades y control de
egreso de los mismos.
96
participando de actividades junto a los jóvenes fuera de tal espacio) se
indica:
Correrse del foco de la misma, avisar a la guardia, salir del sector
dejando que actúe el personal de seguridad y dar aviso de inmediato a
la Coordinación para tareas de contención del personal. Realizar a
posteriori informe de la situación, el que será elevado a los
Coordinadores con copia al Responsable de Gestión del Módulo.
Otras Medidas de seguridad:
� Al ingresar al sector los jóvenes deben estar vestidos, con remeras
puestas – pantalón o short y no debe haber colchones en los espacios de
SUM ni comedor.
� Las actividades extramuros deben ser acompañadas siempre por
personal de seguridad, caso contrario no se realiza o interrumpe la misma.
� El Educador Social se abstendrá de ingresar a los sectores elementos
que pudieran ser peligrosos y demandados por los jóvenes (cigarrillos,
cuchillos, trinchetas, tijeras, mate, termos, encendedores, pegamentos,
teléfonos, cámara de foto, etc.). Con la excepción de algunos materiales
con fines educativos, autorizados por Responsable de Gestión y/o Personal
de Seguridad, previo registro en cuaderno de novedades y control de
egreso de los mismos.
96
Pautas de organización interna del Equipo de Educad ores Sociales
Organización de Actividades intra y extramuros
� Las actividades extramuros deberán ser planificadas con la debida
antelación, acordando con el Responsable de Gestión y por su
intermedio con personal de seguridad las posibilidades de custodia
durante las mismas.
� Considerando la importancia de trabajar en equipo y que las actividades
mantengan una continuidad, las Educadoras que comparten sector
deben estar informadas de las actividades a realizar en ambos turnos.
Asimismo, si se organiza una actividad compartida que involucre más de
un sector en un turno determinado, el turno contrario deberá estar
informado de dicha actividad.
� Se deberán programar periódicamente las actividades a llevar a cabo,
contemplando la organización institucional cotidiana, medidas de
seguridad, características del sector, y situaciones individuales de los
jóvenes.
� Al organizar actividades compartidas entre jóvenes de diferentes
sectores, se deberán evaluar las posibilidades de conflictos entre los
mismos.
� Las actividades extramuros siempre deberán estar acompañadas por
Personal de Seguridad, estableciendo claramente que el rol del
Educador Social no implica la custodia de jóvenes.
Festejo de Cumpleaños de los Jóvenes:
Serán organizados por las Educadoras Sociales que desempeñan funciones
los fines de semanas teniendo presente las siguientes pautas:
� Se organizará la celebración de cumpleaños de manera mensual, un día
domingo, realizando actividades recreativas dentro y/o fuera del sector,
previamente autorizadas por el Responsable de Gestión del Módulo
correspondiente.
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Pautas de organización interna del Equipo de Educad ores Sociales
Organización de Actividades intra y extramuros
� Las actividades extramuros deberán ser planificadas con la debida
antelación, acordando con el Responsable de Gestión y por su
intermedio con personal de seguridad las posibilidades de custodia
durante las mismas.
� Considerando la importancia de trabajar en equipo y que las actividades
mantengan una continuidad, las Educadoras que comparten sector
deben estar informadas de las actividades a realizar en ambos turnos.
Asimismo, si se organiza una actividad compartida que involucre más de
un sector en un turno determinado, el turno contrario deberá estar
informado de dicha actividad.
� Se deberán programar periódicamente las actividades a llevar a cabo,
contemplando la organización institucional cotidiana, medidas de
seguridad, características del sector, y situaciones individuales de los
jóvenes.
� Al organizar actividades compartidas entre jóvenes de diferentes
sectores, se deberán evaluar las posibilidades de conflictos entre los
mismos.
� Las actividades extramuros siempre deberán estar acompañadas por
Personal de Seguridad, estableciendo claramente que el rol del
Educador Social no implica la custodia de jóvenes.
Festejo de Cumpleaños de los Jóvenes:
Serán organizados por las Educadoras Sociales que desempeñan funciones
los fines de semanas teniendo presente las siguientes pautas:
� Se organizará la celebración de cumpleaños de manera mensual, un día
domingo, realizando actividades recreativas dentro y/o fuera del sector,
previamente autorizadas por el Responsable de Gestión del Módulo
correspondiente.
97
� Se permitirá traer sólo alimentos autorizados por la institución.
� No se permitirá traer obsequios de manera individual.
� Se puede organizar la confección de regalos (materiales o simbólicos)
con los jóvenes para ser entregados a sus compañeros, durante la
jornada de celebración.
� En el Módulo I se autoriza a las Educadoras Sociales que se
desempeñan los días de semana a celebrar los cumpleaños de los
jóvenes bajo las mismas pautas de organización descriptas
anteriormente.
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� Se permitirá traer sólo alimentos autorizados por la institución.
� No se permitirá traer obsequios de manera individual.
� Se puede organizar la confección de regalos (materiales o simbólicos)
con los jóvenes para ser entregados a sus compañeros, durante la
jornada de celebración.
� En el Módulo I se autoriza a las Educadoras Sociales que se
desempeñan los días de semana a celebrar los cumpleaños de los
jóvenes bajo las mismas pautas de organización descriptas
anteriormente.
98
Gestión de demandas de Jóvenes y otros actores inst itucionales:
� Ante el pedido de intervención de las Educadoras Sociales por parte de
los jóvenes para gestionar audiencias, visitas, hospitales, cárcel, otros
centros, etc. que siempre se presentan con carácter de urgente, el
Educador Social NO deberá responder de inmediato. Deberá informarse
antes de cualquier tipo de gestión sobre las distintas demandas del joven, a
través de los canales formales de la institución: equipo técnico, área
jurídica, área de salud, maestros, profesores de talleres, etc.
� Las Educadoras Sociales no deben trasladar cartas, ni objetos de los
jóvenes de un sector a otro.
� Toda demanda de tareas provenientes de otras áreas y que se
encuentra fuera del rol y función del Educador Social deberán ser
comunicadas a la Coordinación quienes decidirán la pertinencia de las
mismas.
� Todo informe solicitado por cualquier miembro de la Institución:
Responsable de Gestión, Segundo Responsable de Gestión, Personal de
Seguridad, Equipos Técnicos, Directivos del área Educación, Talleres,
Deporte, etc. deberán ser realizados previa autorización y posterior
supervisión de la Coordinación, quien elevará los mismos a las áreas que
lo requieran.
Comunicación externa :
Toda comunicación externa ya sea con familiares, juzgados, UDER, salvo
situaciones excepcionales, deben ser debidamente fundamentadas y
autorizadas por la Coordinación y/o Responsable de Gestión.
99
Gestión de demandas de Jóvenes y otros actores inst itucionales:
� Ante el pedido de intervención de las Educadoras Sociales por parte de
los jóvenes para gestionar audiencias, visitas, hospitales, cárcel, otros
centros, etc. que siempre se presentan con carácter de urgente, el
Educador Social NO deberá responder de inmediato. Deberá informarse
antes de cualquier tipo de gestión sobre las distintas demandas del joven, a
través de los canales formales de la institución: equipo técnico, área
jurídica, área de salud, maestros, profesores de talleres, etc.
� Las Educadoras Sociales no deben trasladar cartas, ni objetos de los
jóvenes de un sector a otro.
� Toda demanda de tareas provenientes de otras áreas y que se
encuentra fuera del rol y función del Educador Social deberán ser
comunicadas a la Coordinación quienes decidirán la pertinencia de las
mismas.
� Todo informe solicitado por cualquier miembro de la Institución:
Responsable de Gestión, Segundo Responsable de Gestión, Personal de
Seguridad, Equipos Técnicos, Directivos del área Educación, Talleres,
Deporte, etc. deberán ser realizados previa autorización y posterior
supervisión de la Coordinación, quien elevará los mismos a las áreas que
lo requieran.
Comunicación externa :
Toda comunicación externa ya sea con familiares, juzgados, UDER, salvo
situaciones excepcionales, deben ser debidamente fundamentadas y
autorizadas por la Coordinación y/o Responsable de Gestión.
99
Cambios de módulo y de sector de Jóvenes - Cierre d e procesos de
intervención del Educador Social
Cambio de Jóvenes de Sector :
Cesa la intervención del Educador Social inicialmente asignado, asumiendo la
tutoría del joven el Educador Social que se desempeña en el sector de destino
del mismo.
Los Educadores Sociales involucrados en la intervención se reunirán a los fines
de intercambiar información individual del joven y su evolución y acordarán el
momento de cierre de proceso con el joven.
En la instancia de cierre de proceso estarán presentes ambas Educadoras,
presentando en dicha instancia la Educadora anterior a la nueva Educadora.
Cambio de Jóvenes de Módulo :
Asume la intervención el Educador Social que se desempeña en el Módulo y
sector de destino del joven.
Los Educadores Sociales involucrados en la intervención se reunirán a los fines
de intercambiar información individual del joven, su evolución y acordar el
cierre de la intervención del Educador Social del Módulo anterior.
Se entiende por cierre de intervención la devolución profesional al joven
sobre su proceso de evolución socioeducativa, para ello deberá acordarse
previamente fecha, lugar, horario y condiciones individuales del joven.
Asimismo, deberá contemplarse la dinámica institucional de ese momento.
Entendiendo que el cierre de intervención es una instancia estrictamente
profesional, no se autorizará llevar a la misma, elementos ajenos a la
intervención socioeducativa.
100
Cambios de módulo y de sector de Jóvenes - Cierre d e procesos de
intervención del Educador Social
Cambio de Jóvenes de Sector :
Cesa la intervención del Educador Social inicialmente asignado, asumiendo la
tutoría del joven el Educador Social que se desempeña en el sector de destino
del mismo.
Los Educadores Sociales involucrados en la intervención se reunirán a los fines
de intercambiar información individual del joven y su evolución y acordarán el
momento de cierre de proceso con el joven.
En la instancia de cierre de proceso estarán presentes ambas Educadoras,
presentando en dicha instancia la Educadora anterior a la nueva Educadora.
Cambio de Jóvenes de Módulo :
Asume la intervención el Educador Social que se desempeña en el Módulo y
sector de destino del joven.
Los Educadores Sociales involucrados en la intervención se reunirán a los fines
de intercambiar información individual del joven, su evolución y acordar el
cierre de la intervención del Educador Social del Módulo anterior.
Se entiende por cierre de intervención la devolución profesional al joven
sobre su proceso de evolución socioeducativa, para ello deberá acordarse
previamente fecha, lugar, horario y condiciones individuales del joven.
Asimismo, deberá contemplarse la dinámica institucional de ese momento.
Entendiendo que el cierre de intervención es una instancia estrictamente
profesional, no se autorizará llevar a la misma, elementos ajenos a la
intervención socioeducativa.
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ANEXO 4
PROTOCOLO DE SALUD - COMPLEJO ESPERANZA
HISTORIA CLÍNICA
Resulta obligatorio para todos los profesionales de la salud, la confección de
Historias Clínicas de todos los jóvenes que ingresen a los Centros Socios
Educativos, así como también la debida actualización de las mismas.
La Historia Clínica es un documento de naturaleza médico - legal donde
quedan registrados todos los actos y actividades médicas sanitarias. Su
confección es un deber legal según normativas vigentes: Ley Nacional 25.529 y
la Ley Provincial 6.222 y su Decreto Reglamentario 33/2008 en lo que resulte
pertinente.
Las normas citadas establecen:
Ley 26.529
“Artículo 12 - Definición y alcance. A los efectos de esta ley, entiéndase por
historia clínica, el documento obligatorio cronológico, foliado y completo en el
que conste toda actuación realizada al paciente por profesionales y auxiliares
de salud”.
“Artículo 14 - Titularidad. El paciente es el titular de la historia clínica. A su
simple requerimiento debe suministrársele copia de la misma, autenticada por
autoridad competente de la institución asistencial. La entrega se realizará
dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de solicitada, salvo caso de
emergencia”.
“Artículo 15 - Asientos. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos
precedentes y de lo que disponga la reglamentación, en la historia clínica se
debe asentar:
a) La fecha de inicio de su confección;
b) Datos identificatorios del paciente y su núcleo familiar;
c) Datos identificatorios del profesional interviniente y su especialidad;
101
ANEXO 4
PROTOCOLO DE SALUD - COMPLEJO ESPERANZA
HISTORIA CLÍNICA
Resulta obligatorio para todos los profesionales de la salud, la confección de
Historias Clínicas de todos los jóvenes que ingresen a los Centros Socios
Educativos, así como también la debida actualización de las mismas.
La Historia Clínica es un documento de naturaleza médico - legal donde
quedan registrados todos los actos y actividades médicas sanitarias. Su
confección es un deber legal según normativas vigentes: Ley Nacional 25.529 y
la Ley Provincial 6.222 y su Decreto Reglamentario 33/2008 en lo que resulte
pertinente.
Las normas citadas establecen:
Ley 26.529
“Artículo 12 - Definición y alcance. A los efectos de esta ley, entiéndase por
historia clínica, el documento obligatorio cronológico, foliado y completo en el
que conste toda actuación realizada al paciente por profesionales y auxiliares
de salud”.
“Artículo 14 - Titularidad. El paciente es el titular de la historia clínica. A su
simple requerimiento debe suministrársele copia de la misma, autenticada por
autoridad competente de la institución asistencial. La entrega se realizará
dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de solicitada, salvo caso de
emergencia”.
“Artículo 15 - Asientos. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos
precedentes y de lo que disponga la reglamentación, en la historia clínica se
debe asentar:
a) La fecha de inicio de su confección;
b) Datos identificatorios del paciente y su núcleo familiar;
c) Datos identificatorios del profesional interviniente y su especialidad;
101
d) Registros claros y precisos de los actos realizados por los profesionales
y auxiliares intervinientes;
e) Antecedentes genéticos, fisiológicos y patológicos del paciente, si los
hubiere;
f) En el caso de las historias clínicas odontológicas, éstas deberán
contener registros odontológicos que permitan la identificación del
paciente;
g) Todo acto médico realizado o indicado, sea que se trate de prescripción
y suministro de medicamentos, realización de tratamientos, prácticas,
estudios principales y complementarios afines con el diagnostico
presuntivo y en su caso de certeza, constancias de intervención de
especialistas, diagnóstico, pronóstico, procedimiento, evolución y toda
otra actividad inherente, en especial ingresos y altas médicas.
Los asientos que se correspondan con lo establecido en los incisos d), e), f) y
g) del presente artículo, deberán ser realizados sobre la base de
nomenclaturas y modelos universales adoptados y actualizados por la
Organización Mundial de la Salud, que la autoridad de aplicación establecerá y
actualizará por vía reglamentaria.
Para el caso del inciso f) debe confeccionarse el registro odontológico,
integrante de la historia clínica, en el que se deben individualizar las piezas
dentales del paciente en forma estandarizada, según el sistema dígito dos o
binario, conforme al sistema de marcación y colores que establezca la
reglamentación”.
“Artículo 16 - Integridad. Forman parte de la historia clínica, los
consentimientos informados, las hojas de indicaciones médicas, las planillas de
enfermería, los protocolos quirúrgicos, las prescripciones dietarias, los estudios
y prácticas realizadas, rechazadas o abandonadas, debiéndose acompañar en
cada caso, breve sumario del acto de agregación y desglose autorizado con
constancia de fecha, firma y sello del profesional actuante”.
Decreto 33/2008, reglamentación de la Ley Provincia l 6.222
102
d) Registros claros y precisos de los actos realizados por los profesionales
y auxiliares intervinientes;
e) Antecedentes genéticos, fisiológicos y patológicos del paciente, si los
hubiere;
f) En el caso de las historias clínicas odontológicas, éstas deberán
contener registros odontológicos que permitan la identificación del
paciente;
g) Todo acto médico realizado o indicado, sea que se trate de prescripción
y suministro de medicamentos, realización de tratamientos, prácticas,
estudios principales y complementarios afines con el diagnostico
presuntivo y en su caso de certeza, constancias de intervención de
especialistas, diagnóstico, pronóstico, procedimiento, evolución y toda
otra actividad inherente, en especial ingresos y altas médicas.
Los asientos que se correspondan con lo establecido en los incisos d), e), f) y
g) del presente artículo, deberán ser realizados sobre la base de
nomenclaturas y modelos universales adoptados y actualizados por la
Organización Mundial de la Salud, que la autoridad de aplicación establecerá y
actualizará por vía reglamentaria.
Para el caso del inciso f) debe confeccionarse el registro odontológico,
integrante de la historia clínica, en el que se deben individualizar las piezas
dentales del paciente en forma estandarizada, según el sistema dígito dos o
binario, conforme al sistema de marcación y colores que establezca la
reglamentación”.
“Artículo 16 - Integridad. Forman parte de la historia clínica, los
consentimientos informados, las hojas de indicaciones médicas, las planillas de
enfermería, los protocolos quirúrgicos, las prescripciones dietarias, los estudios
y prácticas realizadas, rechazadas o abandonadas, debiéndose acompañar en
cada caso, breve sumario del acto de agregación y desglose autorizado con
constancia de fecha, firma y sello del profesional actuante”.
Decreto 33/2008, reglamentación de la Ley Provincia l 6.222
102
“ARTÍCULO 9º.- Se deberá llevar Historia Clínica completa, señalando en ella
fecha de admisión y de alta, registro de consentimientos informados y epicrisis,
con la correspondiente constancia de haber sido entregada una copia al
interesado. Asimismo, su confección deberá responder a los siguientes
principios:
Obligatoriedad y Reserva: La Historia Clínica es un documento privado,
obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente las
condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás
procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su
atención. Dicho documento únicamente puede ser conocido por terceros previa
autorización del paciente ó en los casos previstos por la ley. Debe diligenciarse
en forma clara, legible, sin tachones, enmendaduras, intercalaciones, sin dejar
espacios en blanco y sin utilizar siglas. Cada anotación debe llevar la fecha y
hora en la que se realiza, con el nombre completo y firma de su autor.
Integralidad: Debe reunir la información de los aspectos científicos, técnicos y
administrativos relativos a la atención en salud en las fases de fomento,
promoción de la salud, prevención específica, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación de la enfermedad, abordándolo como un todo en sus aspectos
biológico, psicológico y social, e interrelacionado con sus dimensiones
personal, familiar y comunitaria.
Secuencialidad: Los registros de la prestación de los servicios en salud deben
consignarse en la secuencia cronológica en que ocurrió la atención.
Racionalidad científica: Es la aplicación de criterios científicos en el
diligenciamiento y registro de las acciones en salud brindadas a un usuario, de
modo que evidencie en forma lógica, clara y completa el procedimiento que se
utilizó en la investigación de las condiciones de salud del paciente, diagnóstico
y plan de manejo.
Disponibilidad: Es la posibilidad de utilizar la historia clínica en el momento en
que se necesita, con las limitaciones que impone la ley.
Oportunidad: Es la constancia del registro de atención en la Historia Clínica,
simultánea o inmediatamente después de que ocurre la prestación del servicio.
103
“ARTÍCULO 9º.- Se deberá llevar Historia Clínica completa, señalando en ella
fecha de admisión y de alta, registro de consentimientos informados y epicrisis,
con la correspondiente constancia de haber sido entregada una copia al
interesado. Asimismo, su confección deberá responder a los siguientes
principios:
Obligatoriedad y Reserva: La Historia Clínica es un documento privado,
obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente las
condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás
procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su
atención. Dicho documento únicamente puede ser conocido por terceros previa
autorización del paciente ó en los casos previstos por la ley. Debe diligenciarse
en forma clara, legible, sin tachones, enmendaduras, intercalaciones, sin dejar
espacios en blanco y sin utilizar siglas. Cada anotación debe llevar la fecha y
hora en la que se realiza, con el nombre completo y firma de su autor.
Integralidad: Debe reunir la información de los aspectos científicos, técnicos y
administrativos relativos a la atención en salud en las fases de fomento,
promoción de la salud, prevención específica, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación de la enfermedad, abordándolo como un todo en sus aspectos
biológico, psicológico y social, e interrelacionado con sus dimensiones
personal, familiar y comunitaria.
Secuencialidad: Los registros de la prestación de los servicios en salud deben
consignarse en la secuencia cronológica en que ocurrió la atención.
Racionalidad científica: Es la aplicación de criterios científicos en el
diligenciamiento y registro de las acciones en salud brindadas a un usuario, de
modo que evidencie en forma lógica, clara y completa el procedimiento que se
utilizó en la investigación de las condiciones de salud del paciente, diagnóstico
y plan de manejo.
Disponibilidad: Es la posibilidad de utilizar la historia clínica en el momento en
que se necesita, con las limitaciones que impone la ley.
Oportunidad: Es la constancia del registro de atención en la Historia Clínica,
simultánea o inmediatamente después de que ocurre la prestación del servicio.
103
La Historia Clínica deberá contar con un anexo en el cual se debe asentar en
forma explícita el consentimiento informado por parte del paciente para el
procedimiento, intervención y/o práctica a realizar que implique un riesgo para
su integridad.
Se deberá llevar, igualmente, un Libro de Registro de la existencia de
psicofármacos y alcaloides, el que será rubricado y sellado por el
Departamento de Fiscalización de Efectores o el organismo que en futuro lo
reemplace del Ministerio de Salud, en su apertura y cada vez que sea objeto de
inspección. Toda enmienda, raspadura o entrelineas deberá ser salvada por
nota aclaratoria suscrita por el Director del establecimiento o la persona que
actúe en su reemplazo en virtud de las disposiciones reglamentarias”.
NORMATIVAS DE FUNCIONAMIENTO para PERSONAL DE SALUD
COMPLEJO ESPERANZA
(CAPS 512)
• Para el cumplimiento de las horas de servicio, el recurso Humano que se
desempeña en el Centro de Salud 512 “Complejo Esperanza”, con
adicional de carga horaria deberá cumplir con 180 hs. mensuales; el
recurso humano sin carga horaria deberá cumplir con 120 hs.
mensuales.
• Para el cumplimiento de las guardias de los profesionales médicos y
enfermeros, se utilizará la modalidad de un día fijo y rotación de días de
acuerdo a necesidades. A los fines de la determinación de los días de
guardia se priorizará el consenso entre los mismos profesionales que
deben prestar el servicio, motivo por el cual dicho personal deberá
entregar el cronograma de guardias del mes entrante entre los días 20 y
23 del mes en curso. Si hay consenso se respetará la modalidad de día
104
La Historia Clínica deberá contar con un anexo en el cual se debe asentar en
forma explícita el consentimiento informado por parte del paciente para el
procedimiento, intervención y/o práctica a realizar que implique un riesgo para
su integridad.
Se deberá llevar, igualmente, un Libro de Registro de la existencia de
psicofármacos y alcaloides, el que será rubricado y sellado por el
Departamento de Fiscalización de Efectores o el organismo que en futuro lo
reemplace del Ministerio de Salud, en su apertura y cada vez que sea objeto de
inspección. Toda enmienda, raspadura o entrelineas deberá ser salvada por
nota aclaratoria suscrita por el Director del establecimiento o la persona que
actúe en su reemplazo en virtud de las disposiciones reglamentarias”.
NORMATIVAS DE FUNCIONAMIENTO para PERSONAL DE SALUD
COMPLEJO ESPERANZA
(CAPS 512)
• Para el cumplimiento de las horas de servicio, el recurso Humano que se
desempeña en el Centro de Salud 512 “Complejo Esperanza”, con
adicional de carga horaria deberá cumplir con 180 hs. mensuales; el
recurso humano sin carga horaria deberá cumplir con 120 hs.
mensuales.
• Para el cumplimiento de las guardias de los profesionales médicos y
enfermeros, se utilizará la modalidad de un día fijo y rotación de días de
acuerdo a necesidades. A los fines de la determinación de los días de
guardia se priorizará el consenso entre los mismos profesionales que
deben prestar el servicio, motivo por el cual dicho personal deberá
entregar el cronograma de guardias del mes entrante entre los días 20 y
23 del mes en curso. Si hay consenso se respetará la modalidad de día
104
fijo y rotación de acuerdo a necesidad, caso contrario el cronograma
será el que se establezca desde la Dirección Técnica del Centro de
Salud y la oficina de RRHH de la SeNAF, priorizando la presencia de un
médico y un enfermero por guardia.
• Las guardias médicas y de enfermería tendrán base en el centro de
salud.
• Horarios: las guardias en el Complejo Esperanza serán de 24 hs. Para el
pase de guardia de los profesionales se tendrá tolerancia de 30 minutos,
acordando el horario de entre 7.30 a 8,30, como tiempo máximo para el
cambio.
• El horario de ingreso se establece a las 8 hs. y se deberá registrar de
conformidad a lo establecido por la oficina de Recursos Humanos.
• Considerando que las líneas telefónicas pueden no tener la señal
necesaria para una adecuada comunicación, el médico de guardia se
responsabilizará de una radio que es parte del equipo de comunicación
del Complejo Esperanza, estando en contacto con los distintos
operadores. Esto permitirá responder de manera inmediata y adecuada
a las demandas de atención solicitadas por los distintos módulos.
• Se solicitarán las sanciones correspondientes para el personal que use
de manera inadecuada el aparato de comunicación, como así también
cuando se llame innecesariamente, por una demanda banal o se solicite
atención mediante engaño. Lo cual deberá quedar registrado en libro de
actas del área correspondiente.
• A partir de las instalaciones remodeladas del centro de salud, se dispone
que los oficios que se reciben para el área lleguen directamente al área
salud del Complejo, donde se procederá a realizar la atención solicitada
y respuesta del oficio en un tiempo no mayor a las 48 hs.
• Todo joven que ingrese al Complejo Esperanza deberá ser examinado
por personal médico de guardia, quien entregará al personal policial de
traslado la ficha de examen donde conste el estado del joven y si puede
permanecer alojado en las instalaciones del complejo.
105
fijo y rotación de acuerdo a necesidad, caso contrario el cronograma
será el que se establezca desde la Dirección Técnica del Centro de
Salud y la oficina de RRHH de la SeNAF, priorizando la presencia de un
médico y un enfermero por guardia.
• Las guardias médicas y de enfermería tendrán base en el centro de
salud.
• Horarios: las guardias en el Complejo Esperanza serán de 24 hs. Para el
pase de guardia de los profesionales se tendrá tolerancia de 30 minutos,
acordando el horario de entre 7.30 a 8,30, como tiempo máximo para el
cambio.
• El horario de ingreso se establece a las 8 hs. y se deberá registrar de
conformidad a lo establecido por la oficina de Recursos Humanos.
• Considerando que las líneas telefónicas pueden no tener la señal
necesaria para una adecuada comunicación, el médico de guardia se
responsabilizará de una radio que es parte del equipo de comunicación
del Complejo Esperanza, estando en contacto con los distintos
operadores. Esto permitirá responder de manera inmediata y adecuada
a las demandas de atención solicitadas por los distintos módulos.
• Se solicitarán las sanciones correspondientes para el personal que use
de manera inadecuada el aparato de comunicación, como así también
cuando se llame innecesariamente, por una demanda banal o se solicite
atención mediante engaño. Lo cual deberá quedar registrado en libro de
actas del área correspondiente.
• A partir de las instalaciones remodeladas del centro de salud, se dispone
que los oficios que se reciben para el área lleguen directamente al área
salud del Complejo, donde se procederá a realizar la atención solicitada
y respuesta del oficio en un tiempo no mayor a las 48 hs.
• Todo joven que ingrese al Complejo Esperanza deberá ser examinado
por personal médico de guardia, quien entregará al personal policial de
traslado la ficha de examen donde conste el estado del joven y si puede
permanecer alojado en las instalaciones del complejo.
105
• En caso de que el joven presente patología por la cual no pueda
permanecer en el complejo, se debe comunicar en forma inmediata con
el superior para realizar los trámites necesarios y no debe recibirse al
joven.
• Considerando que el centro es de atención de 24 hs., el personal de
guardia será responsable y estará a cargo del cuidado de las
instalaciones, herramientas de trabajo e insumos médicos que se
encuentren en el Centro. Para lo cual se indica el control en pase de
guardia.
• Los profesionales del centro de salud deberán cumplimentar con el
llenado de los registros obligatorios para el centro de salud: Historia
Clínica, recetarios Remediar, recetarios para sicofármacos,
derivaciones, formularios de los distintos programas Nacionales y/o
Provinciales que se ejecuten y/o implementen.
• En caso de tener que realizar una derivación para atención en centro de
mayor complejidad, deberá llenarse el formulario correspondiente con
todos los campos completos y registrarse en H. C. del joven los
resultados e indicaciones de contra referencia. Es campo obligatorio el
correspondiente al DNI.
• En caso de derivación de paciente, que presente cuadro agudo que
necesita asistencia de personal de salud permanente, y no se cuente
con servicio de ambulancia, uno de los profesionales de guardia deberá
acompañar al paciente.
• En caso que el paciente presente cuadro de patología siquiátrica, y sea
derivado a centro de mayor complejidad, uno de los profesionales de
guardia deberá acompañar al joven, para asegurar la atención
solicitada.
• Considerando que la auto y la heteroagresión es la consulta más
frecuente que se tiene en el centro de salud, se recuerda que por
razones legales se debe realizar en forma obligatoria y en el día que el
joven es asistido, el informe correspondiente para que sea elevado al
106
• En caso de que el joven presente patología por la cual no pueda
permanecer en el complejo, se debe comunicar en forma inmediata con
el superior para realizar los trámites necesarios y no debe recibirse al
joven.
• Considerando que el centro es de atención de 24 hs., el personal de
guardia será responsable y estará a cargo del cuidado de las
instalaciones, herramientas de trabajo e insumos médicos que se
encuentren en el Centro. Para lo cual se indica el control en pase de
guardia.
• Los profesionales del centro de salud deberán cumplimentar con el
llenado de los registros obligatorios para el centro de salud: Historia
Clínica, recetarios Remediar, recetarios para sicofármacos,
derivaciones, formularios de los distintos programas Nacionales y/o
Provinciales que se ejecuten y/o implementen.
• En caso de tener que realizar una derivación para atención en centro de
mayor complejidad, deberá llenarse el formulario correspondiente con
todos los campos completos y registrarse en H. C. del joven los
resultados e indicaciones de contra referencia. Es campo obligatorio el
correspondiente al DNI.
• En caso de derivación de paciente, que presente cuadro agudo que
necesita asistencia de personal de salud permanente, y no se cuente
con servicio de ambulancia, uno de los profesionales de guardia deberá
acompañar al paciente.
• En caso que el paciente presente cuadro de patología siquiátrica, y sea
derivado a centro de mayor complejidad, uno de los profesionales de
guardia deberá acompañar al joven, para asegurar la atención
solicitada.
• Considerando que la auto y la heteroagresión es la consulta más
frecuente que se tiene en el centro de salud, se recuerda que por
razones legales se debe realizar en forma obligatoria y en el día que el
joven es asistido, el informe correspondiente para que sea elevado al
106
juzgado correspondiente. La no realización del informe será motivo de
sanción.
• Se efectuará visita a los distintos módulos dos veces al día,
considerando que si hay dos profesionales médicos uno deberá
quedarse en el centro de salud, para receptar demandas o realizar
atenciones de acuerdo a la necesidad.
• Los objetivos de las visitas a los módulos son:
• Entregar personalmente la medicación de los jóvenes que están
en tratamiento y realizar el control y evolución de los mismos
• Evaluar las necesidades de atención de los jóvenes
• Solicitar traslado de los jóvenes que requieran atención en
consultorio o para curaciones, acordando horario de acuerdo a las
necesidades de cada caso. Será responsabilidad del personal del
centro si el joven que presenta patología, no es trasladado para
su mejor atención
• Si el joven en tratamiento no se encuentra en el módulo, se
deberá dejar constancia en el libro de guardia del módulo,
comprometiendo al personal de guardia a llevar al joven al centro
de salud para que reciba la medicación necesaria, dejando
constancia que es responsabilidad del personal del módulo el
traslado del joven y las consecuencias que se tengan por la falta
de toma de medicación. Bajo ningún concepto debe dejarse la
medicación en el módulo, acción que será motivo de sanción
• La entrevista inicial para la historia clínica (HC) del joven se realizará en
el Centro de Admisión (CAD), lugar adecuado para valorar si el joven
está en condiciones físicas y síquicas de permanecer en las
instalaciones del complejo. Se recuerda la obligatoriedad de su llenado
por parte del equipo de salud. El informe del siquiatra que se realiza en
la admisión, de acuerdo a la necesidad o demanda, deberá ser
entregado para enviar al juzgado, y adjuntar a la HC copia de lo
realizado. Si por alguna razón excepcional, debidamente fundada, el
107
juzgado correspondiente. La no realización del informe será motivo de
sanción.
• Se efectuará visita a los distintos módulos dos veces al día,
considerando que si hay dos profesionales médicos uno deberá
quedarse en el centro de salud, para receptar demandas o realizar
atenciones de acuerdo a la necesidad.
• Los objetivos de las visitas a los módulos son:
• Entregar personalmente la medicación de los jóvenes que están
en tratamiento y realizar el control y evolución de los mismos
• Evaluar las necesidades de atención de los jóvenes
• Solicitar traslado de los jóvenes que requieran atención en
consultorio o para curaciones, acordando horario de acuerdo a las
necesidades de cada caso. Será responsabilidad del personal del
centro si el joven que presenta patología, no es trasladado para
su mejor atención
• Si el joven en tratamiento no se encuentra en el módulo, se
deberá dejar constancia en el libro de guardia del módulo,
comprometiendo al personal de guardia a llevar al joven al centro
de salud para que reciba la medicación necesaria, dejando
constancia que es responsabilidad del personal del módulo el
traslado del joven y las consecuencias que se tengan por la falta
de toma de medicación. Bajo ningún concepto debe dejarse la
medicación en el módulo, acción que será motivo de sanción
• La entrevista inicial para la historia clínica (HC) del joven se realizará en
el Centro de Admisión (CAD), lugar adecuado para valorar si el joven
está en condiciones físicas y síquicas de permanecer en las
instalaciones del complejo. Se recuerda la obligatoriedad de su llenado
por parte del equipo de salud. El informe del siquiatra que se realiza en
la admisión, de acuerdo a la necesidad o demanda, deberá ser
entregado para enviar al juzgado, y adjuntar a la HC copia de lo
realizado. Si por alguna razón excepcional, debidamente fundada, el
107
médico que presta servicio en el CAD no pudo realizar la HC antes de
su traslado a otro módulo, deberá trasladarse al módulo
correspondiente para realizar la HC.
• Toda intervención relacionada con el estado de salud del joven debe ser
registrada en la HC de acuerdo a lo indicado, sin excepciones.
• Mientras el joven permanezca en el complejo se debe trabajar en forma
conjunta con Educadoras Sociales, quienes tienen como función el
seguimiento del joven.
• Personal del equipo de salud entregará a familiar o responsable que
retira al joven, cuando egresa, breve informe de estado de salud, con
las indicaciones de tratamientos o interconsultas en los casos que
existiera, debiendo quedar copia de recibido, para informar al juzgado
pertinente.
• Para el seguimiento integral del joven se designará población a cargo.
Los profesionales responsables deberán realizar el seguimiento de los
jóvenes que al día de la firma de la notificación se encuentren en los
lugares asignados a cada uno.
• Personal de administración actualizará el listado y ubicación de cada
joven correspondiente a cada profesional.
• El objetivo de trabajo será:
• Control de niño - joven sano
• Evolución en historia clínica, actualización de datos
• Coordinar con personal convivencial, quienes están a cargo
del joven, estrategias de seguimiento. Informar al
responsable designado los casos de diagnósticos de
patologías y tratamientos que se inician para que se
realice el seguimiento de tratamiento correspondiente.
SERVICIO DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES
• Los profesionales médicos siquiatras cumplirán las horas asignadas de
lunes a viernes, debiendo presentar cronograma de trabajo en forma
108
médico que presta servicio en el CAD no pudo realizar la HC antes de
su traslado a otro módulo, deberá trasladarse al módulo
correspondiente para realizar la HC.
• Toda intervención relacionada con el estado de salud del joven debe ser
registrada en la HC de acuerdo a lo indicado, sin excepciones.
• Mientras el joven permanezca en el complejo se debe trabajar en forma
conjunta con Educadoras Sociales, quienes tienen como función el
seguimiento del joven.
• Personal del equipo de salud entregará a familiar o responsable que
retira al joven, cuando egresa, breve informe de estado de salud, con
las indicaciones de tratamientos o interconsultas en los casos que
existiera, debiendo quedar copia de recibido, para informar al juzgado
pertinente.
• Para el seguimiento integral del joven se designará población a cargo.
Los profesionales responsables deberán realizar el seguimiento de los
jóvenes que al día de la firma de la notificación se encuentren en los
lugares asignados a cada uno.
• Personal de administración actualizará el listado y ubicación de cada
joven correspondiente a cada profesional.
• El objetivo de trabajo será:
• Control de niño - joven sano
• Evolución en historia clínica, actualización de datos
• Coordinar con personal convivencial, quienes están a cargo
del joven, estrategias de seguimiento. Informar al
responsable designado los casos de diagnósticos de
patologías y tratamientos que se inician para que se
realice el seguimiento de tratamiento correspondiente.
SERVICIO DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES
• Los profesionales médicos siquiatras cumplirán las horas asignadas de
lunes a viernes, debiendo presentar cronograma de trabajo en forma
108
mensual y esquema de personal que queda en guardia pasiva. La
guardia pasiva, de fines de semana y horas no laborables, tienen por
finalidad dar asistencia a las urgencias siquiátricas, y otras
intervenciones necesarias, para lo cual el personal de salud de guardia
en el Caps (centro de salud de primer nivel de atención) deberá informar
y solicitar la presencia del médico especialista en caso de ser necesario.
• El médico siquiatra deberá dejar informe de atención para ser enviado al
juzgado en caso de ser necesario y dejar el seguimiento o intervención
realizada registrada en la historia clínica.
• El médico siquiatra deberá coordinar con equipo técnico, personal
convivencial y de guardia los cuidados y estrategias de intervención del
joven en el caso que fuese necesario.
• El área de Atención y prevención de las adicciones realizará la
evaluación, seguimiento e informes correspondientes para ser elevado al
juzgado de los jóvenes que se encuentren en tratamiento por consuno
problemático. Debiendo coordinar sus intervenciones con el personal
correspondiente, para el mejor cuidado y seguimiento del joven.
• La médica toxicóloga, del área de atención y prevención de las
adicciones, tendrá bajo su responsabilidad el uso adecuado de los
reactivos para distintas sustancias con que se cuenta, para el
seguimiento de los casos y detecciones que se realizan.
SERVICIO DE ODONTOLOGÍA
• Los profesionales odontólogos deberán cumplir las horas asignadas de
lunes a viernes. Toda intervención con los jóvenes deberá ser registrada
en la HC.
T.M. de 7 hs. a 14 hs. T.T. 15 hs. a 21 hs.
SERVICIO DE FISIOTERAPIA
• Los profesionales fisioterapeutas y demás que se designen cumplirán
las horas asignadas de lunes a viernes. Debiendo trabajar en forma
109
mensual y esquema de personal que queda en guardia pasiva. La
guardia pasiva, de fines de semana y horas no laborables, tienen por
finalidad dar asistencia a las urgencias siquiátricas, y otras
intervenciones necesarias, para lo cual el personal de salud de guardia
en el Caps (centro de salud de primer nivel de atención) deberá informar
y solicitar la presencia del médico especialista en caso de ser necesario.
• El médico siquiatra deberá dejar informe de atención para ser enviado al
juzgado en caso de ser necesario y dejar el seguimiento o intervención
realizada registrada en la historia clínica.
• El médico siquiatra deberá coordinar con equipo técnico, personal
convivencial y de guardia los cuidados y estrategias de intervención del
joven en el caso que fuese necesario.
• El área de Atención y prevención de las adicciones realizará la
evaluación, seguimiento e informes correspondientes para ser elevado al
juzgado de los jóvenes que se encuentren en tratamiento por consuno
problemático. Debiendo coordinar sus intervenciones con el personal
correspondiente, para el mejor cuidado y seguimiento del joven.
• La médica toxicóloga, del área de atención y prevención de las
adicciones, tendrá bajo su responsabilidad el uso adecuado de los
reactivos para distintas sustancias con que se cuenta, para el
seguimiento de los casos y detecciones que se realizan.
SERVICIO DE ODONTOLOGÍA
• Los profesionales odontólogos deberán cumplir las horas asignadas de
lunes a viernes. Toda intervención con los jóvenes deberá ser registrada
en la HC.
T.M. de 7 hs. a 14 hs. T.T. 15 hs. a 21 hs.
SERVICIO DE FISIOTERAPIA
• Los profesionales fisioterapeutas y demás que se designen cumplirán
las horas asignadas de lunes a viernes. Debiendo trabajar en forma
109
conjunta con el área de deportes, para realizar tratamiento en caso de
indicación médica y acciones preventivas para los jóvenes que practican
deportes. Se deberá registrar en HC todas las intervenciones que se
realicen.
SERVICIO DE NUTRICIÓN
• Los profesionales nutricionistas cumplirán funciones de acuerdo a lo
programado con el profesional médico, realizando el control y
seguimiento de los jóvenes que lo requieran, dejando registrado lo
actuado en la HC correspondiente.
• Los profesionales nutricionistas realizarán el control y auditoría
necesaria para dar cumplimiento a lo solicitado por pliego de licitación
en lo que respecta a la alimentación que se otorga a los jóvenes,
debiendo informar en forma mensual lo actuado y en forma inmediata
en caso que no se diera cumplimiento a lo solicitado.
ADMINISTRACIÓN
• El personal de Administración, deberá:
• Realizar los controles de stock de fármacos e insumos para
informar al personal responsable para la reposición.
• Realizar el control de HC que se realizan en CAD, para su
incorporación en el fichero.
• Realizar la carga de datos en la base correspondiente,
atención, HC sicofármacos, REMEDIAR y otras, para dar
cumplimiento a los trámites de control y administración
para el funcionamiento del CAPS, tal cual lo exige el
Ministerio de Salud de la Provincia.
La Responsable del Área Prestaciones de Salud de la Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia deberá informar a todos los integrantes del área de
110
conjunta con el área de deportes, para realizar tratamiento en caso de
indicación médica y acciones preventivas para los jóvenes que practican
deportes. Se deberá registrar en HC todas las intervenciones que se
realicen.
SERVICIO DE NUTRICIÓN
• Los profesionales nutricionistas cumplirán funciones de acuerdo a lo
programado con el profesional médico, realizando el control y
seguimiento de los jóvenes que lo requieran, dejando registrado lo
actuado en la HC correspondiente.
• Los profesionales nutricionistas realizarán el control y auditoría
necesaria para dar cumplimiento a lo solicitado por pliego de licitación
en lo que respecta a la alimentación que se otorga a los jóvenes,
debiendo informar en forma mensual lo actuado y en forma inmediata
en caso que no se diera cumplimiento a lo solicitado.
ADMINISTRACIÓN
• El personal de Administración, deberá:
• Realizar los controles de stock de fármacos e insumos para
informar al personal responsable para la reposición.
• Realizar el control de HC que se realizan en CAD, para su
incorporación en el fichero.
• Realizar la carga de datos en la base correspondiente,
atención, HC sicofármacos, REMEDIAR y otras, para dar
cumplimiento a los trámites de control y administración
para el funcionamiento del CAPS, tal cual lo exige el
Ministerio de Salud de la Provincia.
La Responsable del Área Prestaciones de Salud de la Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia deberá informar a todos los integrantes del área de
110
Salud, con conocimiento del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo, el
nombre de los profesionales responsables de monitorear y ejecutar las
acciones necesarias para cumplir con los requisitos de habilitación del centro.
NORMATIVAS DE FUNCIONAMIENTO PATOLOGÍAS AGUDAS
• El profesional designado por la responsable del Área Prestaciones de
Salud, deberá realizar los seguimientos, evoluciones y altas médicas
necesarias de los jóvenes que se encuentran bajo tratamiento por
patologías agudas y/o tratamientos por patologías crónicas. Los
profesionales médicos de guardia deberán informar en forma diaria la
incorporación de jóvenes a tratamientos médicos farmacológicos para
que se realice el seguimiento
• El objetivo de trabajo será:
• Control de evolución de patología
• Evolución en historia clínica, actualización de datos.
• Coordinar con personal convivencial, quienes están a cargo
del joven, las indicaciones necesarias para el cuidado del
joven.
• Informar al área de control y Auditoria Médica, de cada uno
de los casos para coordinar estudios complementarios
necesarios, interconsultas e informes a juzgado.
Para que los jóvenes alojados en el Complejo Esperanza reciban una atención
integral, es necesario realizar cuando se encuentre en el CAD, una evaluación
médica que permita dar cuenta del estado general del joven. La información
volcada en la HC será trasladada al centro de salud, cuando el joven pase al
módulo correspondiente. El profesional que desarrolle actividades en el CAD,
deberá realizar todas las HC de los jóvenes que ingresen, dejando constancias
111
Salud, con conocimiento del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo, el
nombre de los profesionales responsables de monitorear y ejecutar las
acciones necesarias para cumplir con los requisitos de habilitación del centro.
NORMATIVAS DE FUNCIONAMIENTO PATOLOGÍAS AGUDAS
• El profesional designado por la responsable del Área Prestaciones de
Salud, deberá realizar los seguimientos, evoluciones y altas médicas
necesarias de los jóvenes que se encuentran bajo tratamiento por
patologías agudas y/o tratamientos por patologías crónicas. Los
profesionales médicos de guardia deberán informar en forma diaria la
incorporación de jóvenes a tratamientos médicos farmacológicos para
que se realice el seguimiento
• El objetivo de trabajo será:
• Control de evolución de patología
• Evolución en historia clínica, actualización de datos.
• Coordinar con personal convivencial, quienes están a cargo
del joven, las indicaciones necesarias para el cuidado del
joven.
• Informar al área de control y Auditoria Médica, de cada uno
de los casos para coordinar estudios complementarios
necesarios, interconsultas e informes a juzgado.
Para que los jóvenes alojados en el Complejo Esperanza reciban una atención
integral, es necesario realizar cuando se encuentre en el CAD, una evaluación
médica que permita dar cuenta del estado general del joven. La información
volcada en la HC será trasladada al centro de salud, cuando el joven pase al
módulo correspondiente. El profesional que desarrolle actividades en el CAD,
deberá realizar todas las HC de los jóvenes que ingresen, dejando constancias
111
de las patologías y tratamiento que el joven o su familiar manifieste al momento
de realizar la HC.
• El objetivo de trabajo será:
• Evaluar estado general del joven que ingrese
• Administrar las dosis de vacunas necesarias para
complementar esquema obligatorio
• Recabar la información necesaria en caso de que el joven
presente patóloga crónica, se encuentre bajo tratamiento
o cursando alguna patología aguda que a medite control y
cuidado
• Informar al responsable designado, de los casos que
necesite seguimiento al pasar a los distintos módulos
• Informar al área de control y Auditoria Médica, de cada uno
de los casos para coordinar estudios complementarios
necesarios, interconsultas e informes a juzgado.
112
de las patologías y tratamiento que el joven o su familiar manifieste al momento
de realizar la HC.
• El objetivo de trabajo será:
• Evaluar estado general del joven que ingrese
• Administrar las dosis de vacunas necesarias para
complementar esquema obligatorio
• Recabar la información necesaria en caso de que el joven
presente patóloga crónica, se encuentre bajo tratamiento
o cursando alguna patología aguda que a medite control y
cuidado
• Informar al responsable designado, de los casos que
necesite seguimiento al pasar a los distintos módulos
• Informar al área de control y Auditoria Médica, de cada uno
de los casos para coordinar estudios complementarios
necesarios, interconsultas e informes a juzgado.
112
ANEXO 5
PROTOCOLO DE TRASLADOS
COMPLEJO ESPERANZA
1.- La nómina de jóvenes que deben trasladarse a las distintas dependencias
del Poder Judicial, será informada por la Unidad de Gestión Administrativa del
Fuero Penal Juvenil al correo electrónico Citaciones Complejo.
2.- Los traslados de los jóvenes alojados en la Institución se realizarán sólo por
personal de SeNAF, afectado al área de Traslado del Complejo Esperanza,
garantizando la contención, con permanente y estricta custodia de los mismos.
3.- Los Sres. Directores de cada Módulo deberán disponer lo necesario para
que los jóvenes estén levantados y listos al momento de ser requeridos por
personal de traslado del Complejo.
4.- Si advirtiere la autoridad o personal de traslado que el joven no se
encuentra en condiciones de ser llevado por algún problema de salud, estado
de ánimo u otra circunstancia, deberá ser de inmediato trasladado al servicio
médico para su constatación y certificación, que será remitida en el día al
Juzgado o Tribunal interviniente.
5.- En el caso de que fueran citados a la misma hora, jóvenes de distintos
Módulos con problemas de convivencia entre sí, o que se valore como
inadecuado el contacto entre ellos, personal de traslado garantizará que sean
llevados en distintos sectores del vehículo si no se contara con otro.
Anoticiando al personal apostado en la Alcaidía Juvenil de las circunstancias
relevantes, a los fines de garantizar la integridad de todos los jóvenes.
6.- Se procurará, en todos los casos, cumplir con el horario de citación; no
obstante, en el caso de que transcurran más de dos horas y no sean atendidos,
anoticiarán al Tribunal el retorno de los jóvenes al Complejo.
7.- Asimismo, el responsable de Traslado anoticiará a la Autoridad Judicial, vía
telefónica, cualquier circunstancia que interfiera con el cumplimiento de la
113
ANEXO 5
PROTOCOLO DE TRASLADOS
COMPLEJO ESPERANZA
1.- La nómina de jóvenes que deben trasladarse a las distintas dependencias
del Poder Judicial, será informada por la Unidad de Gestión Administrativa del
Fuero Penal Juvenil al correo electrónico Citaciones Complejo.
2.- Los traslados de los jóvenes alojados en la Institución se realizarán sólo por
personal de SeNAF, afectado al área de Traslado del Complejo Esperanza,
garantizando la contención, con permanente y estricta custodia de los mismos.
3.- Los Sres. Directores de cada Módulo deberán disponer lo necesario para
que los jóvenes estén levantados y listos al momento de ser requeridos por
personal de traslado del Complejo.
4.- Si advirtiere la autoridad o personal de traslado que el joven no se
encuentra en condiciones de ser llevado por algún problema de salud, estado
de ánimo u otra circunstancia, deberá ser de inmediato trasladado al servicio
médico para su constatación y certificación, que será remitida en el día al
Juzgado o Tribunal interviniente.
5.- En el caso de que fueran citados a la misma hora, jóvenes de distintos
Módulos con problemas de convivencia entre sí, o que se valore como
inadecuado el contacto entre ellos, personal de traslado garantizará que sean
llevados en distintos sectores del vehículo si no se contara con otro.
Anoticiando al personal apostado en la Alcaidía Juvenil de las circunstancias
relevantes, a los fines de garantizar la integridad de todos los jóvenes.
6.- Se procurará, en todos los casos, cumplir con el horario de citación; no
obstante, en el caso de que transcurran más de dos horas y no sean atendidos,
anoticiarán al Tribunal el retorno de los jóvenes al Complejo.
7.- Asimismo, el responsable de Traslado anoticiará a la Autoridad Judicial, vía
telefónica, cualquier circunstancia que interfiera con el cumplimiento de la
113
orden de traslado del joven al Tribunal; remitiendo con posterioridad de ser
requerida la comunicación sobre el incidente o problema, que será refrendada
además por la autoridad del Módulo en el que se encuentre alojado el joven.
114
orden de traslado del joven al Tribunal; remitiendo con posterioridad de ser
requerida la comunicación sobre el incidente o problema, que será refrendada
además por la autoridad del Módulo en el que se encuentre alojado el joven.
114
ANEXO 6
PROTOCOLO DEL ÁREA SOCIAL - FUNCIONES, ROLES Y
COMPETENCIAS
COMPLEJO ESPERANZA
Las funciones del Área Social, en relación a los jóvenes privados de libertad, se
encuadra en la Misión prevista en el Proyecto Institucional del Complejo
Esperanza, de realizar una intervención socioeducativa que atienda los
intereses, necesidades y potencialidades de los jóvenes mediante un abordaje
interdisciplinario e interinstitucional, que garantice el ejercicio efectivo de sus
derechos ciudadanos, a fin de promover la capacidad de los jóvenes de
responsabilizarse de sus actos, respetando los derechos de otros y asumiendo
obligaciones en relación a tareas de aprendizajes y convivencia junto a otras
personas, su familia y su comunidad. Esa perspectiva socioeducativa integral,
contempla a su vez dos dimensiones: una subjetiva, vinculada a la capacidad
de hacerse responsable de los propios actos, garantizando el ejercicio de sus
derechos ciudadanos en base al fortalecimiento familiar, vincular y comunitario,
y una dimensión ligada a las condiciones materiales y sociales del joven, a fin
de garantizar derechos, no sólo durante el cumplimiento de la medida, sino con
posterioridad a la misma.
En la dinámica de funcionamiento del Consejo, la representación del Área
Social, está enmarcada en lo especifico del Trabajo Social en Territorio
entendiéndose como tal, el relevamiento de la situación socio-ambiental-
económica y cultural, referida a los sujetos con los que se vincula el proceso de
intervención, la familia, la comunidad y otros actores que ocupan posición en
cuanto a la resolución y tratamiento de las problemáticas que se abordan;
fortaleciendo redes ya existentes, construyendo otras y fortaleciendo vínculos
115
ANEXO 6
PROTOCOLO DEL ÁREA SOCIAL - FUNCIONES, ROLES Y
COMPETENCIAS
COMPLEJO ESPERANZA
Las funciones del Área Social, en relación a los jóvenes privados de libertad, se
encuadra en la Misión prevista en el Proyecto Institucional del Complejo
Esperanza, de realizar una intervención socioeducativa que atienda los
intereses, necesidades y potencialidades de los jóvenes mediante un abordaje
interdisciplinario e interinstitucional, que garantice el ejercicio efectivo de sus
derechos ciudadanos, a fin de promover la capacidad de los jóvenes de
responsabilizarse de sus actos, respetando los derechos de otros y asumiendo
obligaciones en relación a tareas de aprendizajes y convivencia junto a otras
personas, su familia y su comunidad. Esa perspectiva socioeducativa integral,
contempla a su vez dos dimensiones: una subjetiva, vinculada a la capacidad
de hacerse responsable de los propios actos, garantizando el ejercicio de sus
derechos ciudadanos en base al fortalecimiento familiar, vincular y comunitario,
y una dimensión ligada a las condiciones materiales y sociales del joven, a fin
de garantizar derechos, no sólo durante el cumplimiento de la medida, sino con
posterioridad a la misma.
En la dinámica de funcionamiento del Consejo, la representación del Área
Social, está enmarcada en lo especifico del Trabajo Social en Territorio
entendiéndose como tal, el relevamiento de la situación socio-ambiental-
económica y cultural, referida a los sujetos con los que se vincula el proceso de
intervención, la familia, la comunidad y otros actores que ocupan posición en
cuanto a la resolución y tratamiento de las problemáticas que se abordan;
fortaleciendo redes ya existentes, construyendo otras y fortaleciendo vínculos
115
con referentes significativos de la comunidad y su centro de vida, a fin de
promover acciones desde una perspectiva de restitución de derechos.
Para cumplir el rol es imprescindible una fluida y circular comunicación;
articulación con los cuatro servicios zonales del sistema Penal Juvenil de
Córdoba Capital y las Unidades de Desarrollo Regional del Interior de la
Provincia, como así también con otros agentes o referentes del Sistema de
Protección y Áreas Locales que hayan intervenido en los casos de los jóvenes
residentes del Complejo Esperanza. Cabe aclarar la necesidad de una
permanente coordinación y comunicación con la Jefatura de División de
equipos técnicos, Delegados de UDERs y Operadores Territoriales.
En relación a la tarea específica:
• Promover todas las medidas que garanticen la restitución de
derechos de todos los jóvenes alojados en el Complejo (por
ejemplo, los relativos a la salud, salud mental, vínculos familiares
o de referentes afectivos, educación, contacto con familiares
presos etc.).
• Propiciar una comunicación fluida entre las Trabajadoras Sociales
con las Educadoras Sociales y Psicólogos del Complejo que le
corresponden a cada joven, lo que debería concretarse en las
visitas que ellas hagan al joven en el Complejo, para poder
identificar las medidas de restitución de derechos que sean
necesarias articulando posteriormente con la familia y la
comunidad.
• Receptar, supervisar con señalamientos, para la posterior
presentación de los informes sociales de todos los jóvenes
alojados en el Complejo Esperanza; enviar primero vía mail para
agilizar su lectura y posteriormente en formato papel.
• Entregar al Área de Jurídica los informes recibidos y chequeados.
116
con referentes significativos de la comunidad y su centro de vida, a fin de
promover acciones desde una perspectiva de restitución de derechos.
Para cumplir el rol es imprescindible una fluida y circular comunicación;
articulación con los cuatro servicios zonales del sistema Penal Juvenil de
Córdoba Capital y las Unidades de Desarrollo Regional del Interior de la
Provincia, como así también con otros agentes o referentes del Sistema de
Protección y Áreas Locales que hayan intervenido en los casos de los jóvenes
residentes del Complejo Esperanza. Cabe aclarar la necesidad de una
permanente coordinación y comunicación con la Jefatura de División de
equipos técnicos, Delegados de UDERs y Operadores Territoriales.
En relación a la tarea específica:
• Promover todas las medidas que garanticen la restitución de
derechos de todos los jóvenes alojados en el Complejo (por
ejemplo, los relativos a la salud, salud mental, vínculos familiares
o de referentes afectivos, educación, contacto con familiares
presos etc.).
• Propiciar una comunicación fluida entre las Trabajadoras Sociales
con las Educadoras Sociales y Psicólogos del Complejo que le
corresponden a cada joven, lo que debería concretarse en las
visitas que ellas hagan al joven en el Complejo, para poder
identificar las medidas de restitución de derechos que sean
necesarias articulando posteriormente con la familia y la
comunidad.
• Receptar, supervisar con señalamientos, para la posterior
presentación de los informes sociales de todos los jóvenes
alojados en el Complejo Esperanza; enviar primero vía mail para
agilizar su lectura y posteriormente en formato papel.
• Entregar al Área de Jurídica los informes recibidos y chequeados.
116
• Solicitar a los Servicios Zonales y a las UDERs los requerimientos
(entiéndanse, solicitud de informes con pedido específico en
relación a su situación legal) que demandan desde el Poder
Judicial, para poder realizar los dictámenes necesarios.
• Analizar y Supervisar los informes sociales de acuerdo a los
requerimientos (entiéndase por pedidos específicos referidos a
fechas de posibles audiencias y juicios, como también resultados
de permisos a que accedieron los jóvenes), solicitados desde el
Consejo Interdisciplinario y desde el Poder Judicial.
• Revisar los informes sociales que den cuenta, dentro de los
parámetros establecidos por protocolo, de la intervención
Territorial de los Trabajadores Sociales y de los objetivos
previstos para la implementación de la medida penal, según
Proyecto Institucional del Complejo Esperanza.
• Supervisar y Fomentar la construcción de informes sociales con
una mirada integral que den cuenta del proceso del joven, su
familia y su contexto, en coordinación y articulación con las
demás áreas (Psicólogos, Ed. Social, Salud, Jurídica, etc.).
• Fijar un posicionamiento desde su especificidad del trabajo social
y competencia propiciando una mirada constructiva del proceso
de intervención vinculado al joven y a la familia como sujetos de
derechos. Teniendo en cuenta la misión y objetivo del Proyecto
Institucional mencionado.
• Realizar análisis de los temas abordados en las sesiones del
Consejo, brindando una mirada crítica y reflexiva desde la
perspectiva social y las problemáticas que se enfrentan, tanto en
el plano de los significados que dan los actores, como también,
de las situaciones materiales concretas
• Consensuar con todos los miembros del Consejo
Interdisciplinario, la alternativa que menos derechos del joven
117
• Solicitar a los Servicios Zonales y a las UDERs los requerimientos
(entiéndanse, solicitud de informes con pedido específico en
relación a su situación legal) que demandan desde el Poder
Judicial, para poder realizar los dictámenes necesarios.
• Analizar y Supervisar los informes sociales de acuerdo a los
requerimientos (entiéndase por pedidos específicos referidos a
fechas de posibles audiencias y juicios, como también resultados
de permisos a que accedieron los jóvenes), solicitados desde el
Consejo Interdisciplinario y desde el Poder Judicial.
• Revisar los informes sociales que den cuenta, dentro de los
parámetros establecidos por protocolo, de la intervención
Territorial de los Trabajadores Sociales y de los objetivos
previstos para la implementación de la medida penal, según
Proyecto Institucional del Complejo Esperanza.
• Supervisar y Fomentar la construcción de informes sociales con
una mirada integral que den cuenta del proceso del joven, su
familia y su contexto, en coordinación y articulación con las
demás áreas (Psicólogos, Ed. Social, Salud, Jurídica, etc.).
• Fijar un posicionamiento desde su especificidad del trabajo social
y competencia propiciando una mirada constructiva del proceso
de intervención vinculado al joven y a la familia como sujetos de
derechos. Teniendo en cuenta la misión y objetivo del Proyecto
Institucional mencionado.
• Realizar análisis de los temas abordados en las sesiones del
Consejo, brindando una mirada crítica y reflexiva desde la
perspectiva social y las problemáticas que se enfrentan, tanto en
el plano de los significados que dan los actores, como también,
de las situaciones materiales concretas
• Consensuar con todos los miembros del Consejo
Interdisciplinario, la alternativa que menos derechos del joven
117
afecten en el marco de la implementación de la medida penal,
teniendo en cuenta la especialidad del sistema Penal Juvenil.
• Comunicar y brindar información, a los Servicios Sociales Zonales
y a las UDERs, de decisiones tomadas en el Consejo que
involucran su ejercicio profesional en la intervención.
• Trabajar con lo profesionales de los Servicios Zonales y de las
UDERs el análisis de estrategias o alternativas de intervención
que aporten una propuesta creativa y de superación distinta a lo
ya conocida.
• Articular con el Área Jurídica a los fines de acceder a la
información sobre las distintas situaciones procesales de los
jóvenes que pueda colaborar en orientar a los equipos técnicos,
para su conocimiento cuando deban realizar los informes.
• Participar activamente en los distintos espacios que desde el
Consejo se crea conveniente, como mesas interpoderes,
reuniones con distintos actores, capacitaciones, etc.
• Participar en los Ateneos, reuniones evaluativas y programáticas
Inter Áreas, que se proponen desde los distintos Institutos,
aportando desde la experiencia e incumbencias de cada
profesión.
• Unificar estrategias de trabajo, al interior del Consejo, respetando
la especificidad del rol y función de los trabajadores sociales, su
función en territorio, como también al interior del Complejo
Esperanza en las Mesas de trabajo, Ateneos interdisciplinarios de
los distintos Institutos.
• Brindar, desde la experiencia en lo Social/territorial/comunitario,
aportes para la construcción de nuevos modelos de
intervenciones que tiendan al trabajo en red con las distintas
organizaciones del sistema, como también organizaciones de la
comunidad.
118
afecten en el marco de la implementación de la medida penal,
teniendo en cuenta la especialidad del sistema Penal Juvenil.
• Comunicar y brindar información, a los Servicios Sociales Zonales
y a las UDERs, de decisiones tomadas en el Consejo que
involucran su ejercicio profesional en la intervención.
• Trabajar con lo profesionales de los Servicios Zonales y de las
UDERs el análisis de estrategias o alternativas de intervención
que aporten una propuesta creativa y de superación distinta a lo
ya conocida.
• Articular con el Área Jurídica a los fines de acceder a la
información sobre las distintas situaciones procesales de los
jóvenes que pueda colaborar en orientar a los equipos técnicos,
para su conocimiento cuando deban realizar los informes.
• Participar activamente en los distintos espacios que desde el
Consejo se crea conveniente, como mesas interpoderes,
reuniones con distintos actores, capacitaciones, etc.
• Participar en los Ateneos, reuniones evaluativas y programáticas
Inter Áreas, que se proponen desde los distintos Institutos,
aportando desde la experiencia e incumbencias de cada
profesión.
• Unificar estrategias de trabajo, al interior del Consejo, respetando
la especificidad del rol y función de los trabajadores sociales, su
función en territorio, como también al interior del Complejo
Esperanza en las Mesas de trabajo, Ateneos interdisciplinarios de
los distintos Institutos.
• Brindar, desde la experiencia en lo Social/territorial/comunitario,
aportes para la construcción de nuevos modelos de
intervenciones que tiendan al trabajo en red con las distintas
organizaciones del sistema, como también organizaciones de la
comunidad.
118
ANEXO 7
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN DEL PROFESIONAL
PSICÓLOGO
COMPLEJO ESPERANZA
El presente Protocolo, vinculado a la intervención de los profesionales
psicólogos/as, se encuentra enmarcado en la Misión y Objetivos establecidos
en el Proyecto Institucional del Complejo Esperanza, la cual se expresa como
“realizar una intervención socioeducativa que atienda a los intereses,
necesidades y potencialidades del joven mediante un abordaje interdisciplinario
e interinstitucional, que garantice el ejercicio efectivo de sus derechos
ciudadanos, a fin de promover la capacidad de los jóvenes de
responsabilizarse de sus actos, respetando los derechos de otros y asumiendo
obligaciones en relación a tareas de aprendizajes y convivencia junto a otras
personas, su familia y su comunidad”.
119
ANEXO 7
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN DEL PROFESIONAL
PSICÓLOGO
COMPLEJO ESPERANZA
El presente Protocolo, vinculado a la intervención de los profesionales
psicólogos/as, se encuentra enmarcado en la Misión y Objetivos establecidos
en el Proyecto Institucional del Complejo Esperanza, la cual se expresa como
“realizar una intervención socioeducativa que atienda a los intereses,
necesidades y potencialidades del joven mediante un abordaje interdisciplinario
e interinstitucional, que garantice el ejercicio efectivo de sus derechos
ciudadanos, a fin de promover la capacidad de los jóvenes de
responsabilizarse de sus actos, respetando los derechos de otros y asumiendo
obligaciones en relación a tareas de aprendizajes y convivencia junto a otras
personas, su familia y su comunidad”.
119
INTRODUCCIÓN
El origen multi-causal de la problemática que involucra a los adolescentes en
conflicto con la ley y las diversas áreas y facetas personales que suelen
afectarse por las mismas, hace necesario reflexionar y plantearse un abordaje
de la temática desde una perspectiva integral, que ponga en juego las
diferentes disciplinas profesionales para que de este modo puedan
contemplarse los aspectos biológicos, psicológicos, socioeconómicos y
socioeducativos de ellos.
Desde esta perspectiva, la interdisciplinariedad debe aunar los aportes de cada
profesional de modo que no se planteen intervenciones compartimentadas sino
que se articulen en un proceso dinámico, flexible y personalizado, capaz de
acomodarse a las necesidades de los adolescentes en cada momento del
proceso.
Debido a la complejidad que suponen las intervenciones interdisciplinarias,
resulta necesaria la existencia de protocolos de actuación a fin de promover la
coordinación en las intervenciones terapéuticas. Dichos protocolos tienen por
objetivo definir, homogeneizar, enriquecer y ajustar las actuaciones de las
distintas áreas profesionales, como garantía de una intervención interdisciplinar
de calidad.
El presente escrito de “Intervención Psicológica en el Centro Socioeducativo
Complejo Esperanza”, se ha elaborado a partir del trabajo desarrollado entre
los profesionales Psicólogos que desempeñan sus funciones en los diferentes
Módulos y la Coordinadora del Área con representación en el Consejo
Interdisciplinario.
1.- OBJETIVOS
● Establecer pautas comunes de actuación homogeneizando la
intervención de los psicólogos desde el ingreso del adolescente al Complejo
Esperanza, durante todo el tiempo de permanencia en la medida de
privación de libertad y a su egreso como cierre del proceso.
120
INTRODUCCIÓN
El origen multi-causal de la problemática que involucra a los adolescentes en
conflicto con la ley y las diversas áreas y facetas personales que suelen
afectarse por las mismas, hace necesario reflexionar y plantearse un abordaje
de la temática desde una perspectiva integral, que ponga en juego las
diferentes disciplinas profesionales para que de este modo puedan
contemplarse los aspectos biológicos, psicológicos, socioeconómicos y
socioeducativos de ellos.
Desde esta perspectiva, la interdisciplinariedad debe aunar los aportes de cada
profesional de modo que no se planteen intervenciones compartimentadas sino
que se articulen en un proceso dinámico, flexible y personalizado, capaz de
acomodarse a las necesidades de los adolescentes en cada momento del
proceso.
Debido a la complejidad que suponen las intervenciones interdisciplinarias,
resulta necesaria la existencia de protocolos de actuación a fin de promover la
coordinación en las intervenciones terapéuticas. Dichos protocolos tienen por
objetivo definir, homogeneizar, enriquecer y ajustar las actuaciones de las
distintas áreas profesionales, como garantía de una intervención interdisciplinar
de calidad.
El presente escrito de “Intervención Psicológica en el Centro Socioeducativo
Complejo Esperanza”, se ha elaborado a partir del trabajo desarrollado entre
los profesionales Psicólogos que desempeñan sus funciones en los diferentes
Módulos y la Coordinadora del Área con representación en el Consejo
Interdisciplinario.
1.- OBJETIVOS
● Establecer pautas comunes de actuación homogeneizando la
intervención de los psicólogos desde el ingreso del adolescente al Complejo
Esperanza, durante todo el tiempo de permanencia en la medida de
privación de libertad y a su egreso como cierre del proceso.
120
● Organizar y facilitar la intervención del área psicológica dentro del
equipo interdisciplinar con objeto de ajustar las intervenciones a las
necesidades de los jóvenes en el ámbito de lo individual y lo grupal.
● Facilitar la toma de decisiones y la evaluación de las
intervenciones de los equipos profesionales en los diferentes módulos,
teniendo en cuenta los objetivos previstos en el Proyecto Institucional.
2.- ÁMBITO, ROLES Y FUNCIONES DE LA INTERVENCIÓN DE LOS
PSICÓLOGOS
En el ejercicio del rol los profesionales tendrán en cuenta la
caracterización del sujeto destinatario de la intervención. Esto es “adolescentes
que circunstancialmente se encuentran en conflicto con la ley penal, portadores
de intereses, necesidades y potencialidades. Sujetos titulares de derechos
ciudadanos, con potencialidad para responsabilizars e de sus actos y de
respetar los derechos de otros . Con capacidad de asumir obligaciones en
tareas de aprendizajes y convivencia junto a otras personas, su familia y su
comunidad”.
Partiendo de dicha premisa, los roles y funciones se determinan en
específico de acuerdo a las características particulares que poseen los
diferentes Módulos que componen el Complejo Esperanza. Sin embargo,
considerando el contexto general, la tarea del Psicólogo estará orientada a
brindar un abordaje técnico científico del adolescente en conflicto con la ley,
basándose en la idoneidad técnica y el conocimiento específico y profundo,
para la posterior articulación con otros actores vinculados a la problemática del
adolescente judicializado.
2..1.- CENTRO DE ADMISION Y DIAGNÓSTICO
La principal función de los Psicólogos que desempeñan su tarea en este
Centro está orientada hacia la valoración integral bio-psico-socio-económica-
jurídica-cultural de los adolescentes que ingresan al Complejo Esperanza. Para
ello se utilizará la entrevista semidirigida como instrumento evaluador.
121
● Organizar y facilitar la intervención del área psicológica dentro del
equipo interdisciplinar con objeto de ajustar las intervenciones a las
necesidades de los jóvenes en el ámbito de lo individual y lo grupal.
● Facilitar la toma de decisiones y la evaluación de las
intervenciones de los equipos profesionales en los diferentes módulos,
teniendo en cuenta los objetivos previstos en el Proyecto Institucional.
2.- ÁMBITO, ROLES Y FUNCIONES DE LA INTERVENCIÓN DE LOS
PSICÓLOGOS
En el ejercicio del rol los profesionales tendrán en cuenta la
caracterización del sujeto destinatario de la intervención. Esto es “adolescentes
que circunstancialmente se encuentran en conflicto con la ley penal, portadores
de intereses, necesidades y potencialidades. Sujetos titulares de derechos
ciudadanos, con potencialidad para responsabilizars e de sus actos y de
respetar los derechos de otros . Con capacidad de asumir obligaciones en
tareas de aprendizajes y convivencia junto a otras personas, su familia y su
comunidad”.
Partiendo de dicha premisa, los roles y funciones se determinan en
específico de acuerdo a las características particulares que poseen los
diferentes Módulos que componen el Complejo Esperanza. Sin embargo,
considerando el contexto general, la tarea del Psicólogo estará orientada a
brindar un abordaje técnico científico del adolescente en conflicto con la ley,
basándose en la idoneidad técnica y el conocimiento específico y profundo,
para la posterior articulación con otros actores vinculados a la problemática del
adolescente judicializado.
2..1.- CENTRO DE ADMISION Y DIAGNÓSTICO
La principal función de los Psicólogos que desempeñan su tarea en este
Centro está orientada hacia la valoración integral bio-psico-socio-económica-
jurídica-cultural de los adolescentes que ingresan al Complejo Esperanza. Para
ello se utilizará la entrevista semidirigida como instrumento evaluador.
121
La tarea principal aquí es realizar una evaluación que contemple factores
de riesgo y protección, individuales y sociales, identificar posibles
vulneraciones de derechos, aspectos de salud mental como física,
características de los vínculos familiares, elementos contextuales, sociales,
económicos, culturales y jurídicos, para arribar a una presunción diagnóstica
que brinde datos que permitan coordinar y elaborar una estrategia adecuada
junto a la Trabajadora Social interviniente.
2.2.- MÓDULO I (ex HORIZONTE)
La característica principal de este Centro, es que aloja adolescentes
varones imputables (de 16 a 18 años) generalmente primarios, es decir que
dicho ingreso al Sistema Penal Juvenil constituye la primera ocasión en la que
los adolescentes se encuentran privados de su libertad, de buena adaptabilidad
Institucional y que han adquirido cierto grado de autonomía e independencia, lo
que les da la posibilidad de tener una rutina organizada y planificada en torno a
actividades externas, en su mayoría.
En este caso, el rol del psicólogo está orientado a sostener y mejorar la
autonomía de los adolescentes, mediante un proceso auto reflexivo, en pos de
facilitar y optimizar la inclusión social y comunitaria. Ello se lleva a cabo a
través de dos modalidades: encuentros individuales, semanales donde se
aborda la capacidad de los adolescentes para desarrollar, ampliar o generar
consciencia de sus condiciones de vulnerabilidad que lo acercan al sistema
penal, dar oportunidad de revisar aspectos de sus modos de relacionamiento
con otros, la asunción de responsabilidades por los hechos propios, el respeto
a los derechos de otros, generar herramientas para el ejercicio de una
autonomía responsable, y para fortalecer su proceso de inserción social entre
otras temáticas que vayan surgiendo del proceso terapéutico de cada uno. Otro
modo de abordaje que se lleva adelante con los adolescentes son encuentros
grupales, a través de estrategias socio-dinámicas e institucionales, como lo son
las Mesas de Participación de Jóvenes integradas por referentes
institucionales, equipo técnico, educadoras sociales, y jóvenes cuyo objetivo es
122
La tarea principal aquí es realizar una evaluación que contemple factores
de riesgo y protección, individuales y sociales, identificar posibles
vulneraciones de derechos, aspectos de salud mental como física,
características de los vínculos familiares, elementos contextuales, sociales,
económicos, culturales y jurídicos, para arribar a una presunción diagnóstica
que brinde datos que permitan coordinar y elaborar una estrategia adecuada
junto a la Trabajadora Social interviniente.
2.2.- MÓDULO I (ex HORIZONTE)
La característica principal de este Centro, es que aloja adolescentes
varones imputables (de 16 a 18 años) generalmente primarios, es decir que
dicho ingreso al Sistema Penal Juvenil constituye la primera ocasión en la que
los adolescentes se encuentran privados de su libertad, de buena adaptabilidad
Institucional y que han adquirido cierto grado de autonomía e independencia, lo
que les da la posibilidad de tener una rutina organizada y planificada en torno a
actividades externas, en su mayoría.
En este caso, el rol del psicólogo está orientado a sostener y mejorar la
autonomía de los adolescentes, mediante un proceso auto reflexivo, en pos de
facilitar y optimizar la inclusión social y comunitaria. Ello se lleva a cabo a
través de dos modalidades: encuentros individuales, semanales donde se
aborda la capacidad de los adolescentes para desarrollar, ampliar o generar
consciencia de sus condiciones de vulnerabilidad que lo acercan al sistema
penal, dar oportunidad de revisar aspectos de sus modos de relacionamiento
con otros, la asunción de responsabilidades por los hechos propios, el respeto
a los derechos de otros, generar herramientas para el ejercicio de una
autonomía responsable, y para fortalecer su proceso de inserción social entre
otras temáticas que vayan surgiendo del proceso terapéutico de cada uno. Otro
modo de abordaje que se lleva adelante con los adolescentes son encuentros
grupales, a través de estrategias socio-dinámicas e institucionales, como lo son
las Mesas de Participación de Jóvenes integradas por referentes
institucionales, equipo técnico, educadoras sociales, y jóvenes cuyo objetivo es
122
favorecer el intercambio de ideas, explicitar demandas concretas y sobre todo
generar en los adolescentes sentido de pertenencia frente a la posibilidad de
cambio ya sea a nivel institucional como individual.
Además de las estrategias mencionadas anteriormente donde hay una
intervención directa, ya sea individual o grupal, también se llevan a cabo
reuniones interdisciplinarias con modalidad de ateneos donde intervienen
representantes de cada área que está involucrada en el trabajo con los
adolescentes; cuyo objetivo se vincula con generar espacios de encuentro
profesional y de este modo optimizar la utilización de los recursos al momento
de elaborar el plan de trabajo de cada uno de ellos.
Para elaborar las estrategias de trabajo, los profesionales trabajan en
articulación constante con las áreas de: Trabajo Social, Jurídica, Educadores
Sociales, Agentes de Seguridad, Prestaciones de Salud y Unidades de
Desarrollo Regional (UDER).
2.3.- MÓDULO II (ex NUEVO SOL)
Este Centro aloja un gran número de adolescentes varones imputables
(de 16 a 18 años), mayoritariamente con antecedentes de ingresos previos, con
perfiles psicológicos muy variados.
Considerando todo ello es que el rol de los Psicólogos se debe adecuar
a las características de dicha población, dirigiendo la tarea hacia el
seguimiento, señalamiento y acompañamiento emocional teniendo en cuenta
las necesidades de los adolescentes allí alojados.
Las intervenciones se realizan de manera individual a través de
entrevistas planificadas a las que se le puede sumar intervenciones por
demandas específicas de los adolescentes, la Institución u otros agentes que
intervienen en la cotidianeidad de los mismos. En dichos encuentros se trabaja,
a través de la problematización, reflexión y de hacer señalamientos, el
desarrollo de la toma de conciencia acerca de los comportamientos y de los
ambientes de riesgo donde están involucrados los adolescentes. Las
intervenciones se orientan hacia la resolución personalizada de conflictos
123
favorecer el intercambio de ideas, explicitar demandas concretas y sobre todo
generar en los adolescentes sentido de pertenencia frente a la posibilidad de
cambio ya sea a nivel institucional como individual.
Además de las estrategias mencionadas anteriormente donde hay una
intervención directa, ya sea individual o grupal, también se llevan a cabo
reuniones interdisciplinarias con modalidad de ateneos donde intervienen
representantes de cada área que está involucrada en el trabajo con los
adolescentes; cuyo objetivo se vincula con generar espacios de encuentro
profesional y de este modo optimizar la utilización de los recursos al momento
de elaborar el plan de trabajo de cada uno de ellos.
Para elaborar las estrategias de trabajo, los profesionales trabajan en
articulación constante con las áreas de: Trabajo Social, Jurídica, Educadores
Sociales, Agentes de Seguridad, Prestaciones de Salud y Unidades de
Desarrollo Regional (UDER).
2.3.- MÓDULO II (ex NUEVO SOL)
Este Centro aloja un gran número de adolescentes varones imputables
(de 16 a 18 años), mayoritariamente con antecedentes de ingresos previos, con
perfiles psicológicos muy variados.
Considerando todo ello es que el rol de los Psicólogos se debe adecuar
a las características de dicha población, dirigiendo la tarea hacia el
seguimiento, señalamiento y acompañamiento emocional teniendo en cuenta
las necesidades de los adolescentes allí alojados.
Las intervenciones se realizan de manera individual a través de
entrevistas planificadas a las que se le puede sumar intervenciones por
demandas específicas de los adolescentes, la Institución u otros agentes que
intervienen en la cotidianeidad de los mismos. En dichos encuentros se trabaja,
a través de la problematización, reflexión y de hacer señalamientos, el
desarrollo de la toma de conciencia acerca de los comportamientos y de los
ambientes de riesgo donde están involucrados los adolescentes. Las
intervenciones se orientan hacia la resolución personalizada de conflictos
123
individuales, grupales, familiares en pos de facilitar la inclusión social y
comunitaria. Otro modo de abordaje que se lleva adelante con los
adolescentes, son encuentros grupales a través de estrategias socio-dinámicas
e institucionales como lo son las Mesas de Participación de Jóvenes,
integradas por referentes institucionales, equipo técnico, educadoras sociales y
adolescentes cuyo objetivo es favorecer el intercambio de ideas, explicitar
demandas concretas y sobre todo generar en ellos sentido de pertenencia
frente a la posibilidad de cambio ya sea a nivel institucional como individual.
Además de las estrategias mencionadas anteriormente donde hay una
intervención directa con los jóvenes, ya sea individual o grupal, también se
llevan a cabo reuniones interdisciplinarias con modalidad de ateneos donde
intervienen representantes de cada área que está involucrada en el trabajo con
los jóvenes; cuyo objetivo se vincula con generar espacios de encuentro
profesional y de este modo optimizar la utilización de los recursos al momento
de elaborar el plan de trabajo de cada uno de ellos.
En consecuencia con lo planteado, los profesionales al momento de
elaborar las diferentes estrategias de abordaje ya sea para trabajar con los
adolescentes durante su permanencia institucional dentro del Centro o bien,
para dar continuidad al proceso al momento de la instancia superadora de
egreso, lo hacen articulando mediante comunicaciones personales (a través de
reuniones de equipo) o telefónicas con referentes de las áreas: Trabajo Social,
Jurídica, Educadores Sociales, Agentes de Seguridad, Prestaciones de Salud,
Unidades de Desarrollo Regional (UDER). De esta manera se pretende que el
abordaje resulte lo más completo posible, haciendo uso de los recursos
disponibles en las diferentes zonas de las que los adolescentes provienen.
2.4.- MÓDULO IV (ex SAN JORGE)
La particularidad de este Centro, es que aloja adolescentes varones
inimputables (de 13 a 15 años), con una proporción variable entre primarios y
con ingresos previos, lo que hace que la tarea del profesional Psicólogo esté
124
individuales, grupales, familiares en pos de facilitar la inclusión social y
comunitaria. Otro modo de abordaje que se lleva adelante con los
adolescentes, son encuentros grupales a través de estrategias socio-dinámicas
e institucionales como lo son las Mesas de Participación de Jóvenes,
integradas por referentes institucionales, equipo técnico, educadoras sociales y
adolescentes cuyo objetivo es favorecer el intercambio de ideas, explicitar
demandas concretas y sobre todo generar en ellos sentido de pertenencia
frente a la posibilidad de cambio ya sea a nivel institucional como individual.
Además de las estrategias mencionadas anteriormente donde hay una
intervención directa con los jóvenes, ya sea individual o grupal, también se
llevan a cabo reuniones interdisciplinarias con modalidad de ateneos donde
intervienen representantes de cada área que está involucrada en el trabajo con
los jóvenes; cuyo objetivo se vincula con generar espacios de encuentro
profesional y de este modo optimizar la utilización de los recursos al momento
de elaborar el plan de trabajo de cada uno de ellos.
En consecuencia con lo planteado, los profesionales al momento de
elaborar las diferentes estrategias de abordaje ya sea para trabajar con los
adolescentes durante su permanencia institucional dentro del Centro o bien,
para dar continuidad al proceso al momento de la instancia superadora de
egreso, lo hacen articulando mediante comunicaciones personales (a través de
reuniones de equipo) o telefónicas con referentes de las áreas: Trabajo Social,
Jurídica, Educadores Sociales, Agentes de Seguridad, Prestaciones de Salud,
Unidades de Desarrollo Regional (UDER). De esta manera se pretende que el
abordaje resulte lo más completo posible, haciendo uso de los recursos
disponibles en las diferentes zonas de las que los adolescentes provienen.
2.4.- MÓDULO IV (ex SAN JORGE)
La particularidad de este Centro, es que aloja adolescentes varones
inimputables (de 13 a 15 años), con una proporción variable entre primarios y
con ingresos previos, lo que hace que la tarea del profesional Psicólogo esté
124
orientada hacia problematizar, sensibilizar, responsabilizar a los adolescentes
frente a la situación de conflicto en la cual están inmersos.
Por ello y dadas las características particulares de esta etapa evolutiva
en los adolescentes es que las intervenciones van orientadas hacia la
psicoeducación, definida como un proceso que permite brindar a los individuos
la posibilidad de desarrollar y fortalecer sus capacidades para afrontar las
diversas situaciones con mayores herramientas, y de modo más consciente
fortaleciendo su capacidad de asumir responsabilidad por sus actos y
autonomía. Para ello, se arbitrarán diferentes herramientas, individuales o
grupales, como talleres, ateneos, actividades lúdicas acordes a la etapa
evolutiva que atraviesan los adolescentes.
Para elaborar las estrategias de trabajo, los profesionales trabajan en
articulación constante con las áreas de: Trabajo Social, Jurídica, Educadores
Sociales, Agentes de Seguridad, Prestaciones de Salud y Unidades de
Desarrollo Regional (UDER), para articular de modo personal ( a través de
reuniones de equipo) o telefónico con los diferentes actores que intervienen en
la cotidianeidad de los adolescentes, además de servirse de recursos de la
comunidad que le permitan ir conformando redes con las diferentes
instituciones (escuelas, clubes, Centros de Participación Comunitaria, entre
otros) y sus referentes, en el marco de la construcción del Proyecto Educativo
Individual para cada adolescente.
3.- INFORMES
A los fines de poder ir evaluando el proceso que los adolescentes van
realizando, conforme objetivos planteados, se realizan informes mensuales
acerca de la evolución que los adolescentes van presentando acorde se
avanza en las estrategias de trabajo.
Dichos informes son elaborados de manera coordinada con los
profesionales de las áreas que intervienen en la cotidianeidad de los
adolescentes y elevados al Juzgado Penal Juvenil interviniente con el propósito
125
orientada hacia problematizar, sensibilizar, responsabilizar a los adolescentes
frente a la situación de conflicto en la cual están inmersos.
Por ello y dadas las características particulares de esta etapa evolutiva
en los adolescentes es que las intervenciones van orientadas hacia la
psicoeducación, definida como un proceso que permite brindar a los individuos
la posibilidad de desarrollar y fortalecer sus capacidades para afrontar las
diversas situaciones con mayores herramientas, y de modo más consciente
fortaleciendo su capacidad de asumir responsabilidad por sus actos y
autonomía. Para ello, se arbitrarán diferentes herramientas, individuales o
grupales, como talleres, ateneos, actividades lúdicas acordes a la etapa
evolutiva que atraviesan los adolescentes.
Para elaborar las estrategias de trabajo, los profesionales trabajan en
articulación constante con las áreas de: Trabajo Social, Jurídica, Educadores
Sociales, Agentes de Seguridad, Prestaciones de Salud y Unidades de
Desarrollo Regional (UDER), para articular de modo personal ( a través de
reuniones de equipo) o telefónico con los diferentes actores que intervienen en
la cotidianeidad de los adolescentes, además de servirse de recursos de la
comunidad que le permitan ir conformando redes con las diferentes
instituciones (escuelas, clubes, Centros de Participación Comunitaria, entre
otros) y sus referentes, en el marco de la construcción del Proyecto Educativo
Individual para cada adolescente.
3.- INFORMES
A los fines de poder ir evaluando el proceso que los adolescentes van
realizando, conforme objetivos planteados, se realizan informes mensuales
acerca de la evolución que los adolescentes van presentando acorde se
avanza en las estrategias de trabajo.
Dichos informes son elaborados de manera coordinada con los
profesionales de las áreas que intervienen en la cotidianeidad de los
adolescentes y elevados al Juzgado Penal Juvenil interviniente con el propósito
125
de informar sobre lo trabajado en pos de promover estrategias superadoras a la
privación de libertad.
126
de informar sobre lo trabajado en pos de promover estrategias superadoras a la
privación de libertad.
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ANEXO II
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA
ESTABLECIMIENTOS SOCIOEDUCATIVOS CERRADOS
(Resolución N° 12/2014 y sus modificatorias Resoluciones N° 005/2017 y N°
024/2017 de la Se.N.A.F.)
FUNDAMENTO:
Que resulta necesario adaptar los dispositivos existentes y plasmar por vía
reglamentaria los principios y obligaciones normados en relación a los y/o las jóvenes
que son resguardadas en los Centros Socioeducativos de la Se.N.A.F., que conviven con
pares y con el Personal asignado a su asistencia.
Se pretende que la reglamentación sea posibilitadora del desarrollo de la persona
de los Jóvenes, promocionando y protegiendo integralmente los derechos que les
reconoce la Convención sobre los Derechos del Niño, y que garantiza la Ley Provincial
9944, en consonancia con la Ley Nacional 26.061. Todo ello avanzando en la
consolidación de un sistema respetuoso de los Derechos Humanos y adecuado a los
estándares previstos en nuestra Carta Magna y la normativa internacional que rige en la
materia.
El reglamento se propone regular las relaciones entre las personas que conviven
circunstancialmente en los Centros Socioeducativos de la Se.N.A.F., en el marco de los
roles diferenciados y asimétricos que unen a jóvenes y Personal asignado a su
asistencia, y desde allí, integrar la finalidad única de hacer del resguardo de los Jóvenes
una oportunidad de reinserción social.
El resguardo de Jóvenes debe concretarse en función de dar a la persona la
oportunidad de revincularse saludable y ciudadanamente al conjunto social al que debe
retornar como actor de una construcción que enaltezca la cultura del trabajo y del
estudio, del respeto por la diferencia y la diversidad, y del democrático ejercicio de la
identidad en un contexto de igualdad.
Esta reglamentación, orientada en los lineamientos citados, pretende ser un
modelador desde la óptica educativa, de un modo socialmente insertado e integrado de
vivir, en el que la existencia de normas, reglas y leyes, sea el marco en que puede
127
ANEXO II
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA
ESTABLECIMIENTOS SOCIOEDUCATIVOS CERRADOS
(Resolución N° 12/2014 y sus modificatorias Resoluciones N° 005/2017 y N°
024/2017 de la Se.N.A.F.)
FUNDAMENTO:
Que resulta necesario adaptar los dispositivos existentes y plasmar por vía
reglamentaria los principios y obligaciones normados en relación a los y/o las jóvenes
que son resguardadas en los Centros Socioeducativos de la Se.N.A.F., que conviven con
pares y con el Personal asignado a su asistencia.
Se pretende que la reglamentación sea posibilitadora del desarrollo de la persona
de los Jóvenes, promocionando y protegiendo integralmente los derechos que les
reconoce la Convención sobre los Derechos del Niño, y que garantiza la Ley Provincial
9944, en consonancia con la Ley Nacional 26.061. Todo ello avanzando en la
consolidación de un sistema respetuoso de los Derechos Humanos y adecuado a los
estándares previstos en nuestra Carta Magna y la normativa internacional que rige en la
materia.
El reglamento se propone regular las relaciones entre las personas que conviven
circunstancialmente en los Centros Socioeducativos de la Se.N.A.F., en el marco de los
roles diferenciados y asimétricos que unen a jóvenes y Personal asignado a su
asistencia, y desde allí, integrar la finalidad única de hacer del resguardo de los Jóvenes
una oportunidad de reinserción social.
El resguardo de Jóvenes debe concretarse en función de dar a la persona la
oportunidad de revincularse saludable y ciudadanamente al conjunto social al que debe
retornar como actor de una construcción que enaltezca la cultura del trabajo y del
estudio, del respeto por la diferencia y la diversidad, y del democrático ejercicio de la
identidad en un contexto de igualdad.
Esta reglamentación, orientada en los lineamientos citados, pretende ser un
modelador desde la óptica educativa, de un modo socialmente insertado e integrado de
vivir, en el que la existencia de normas, reglas y leyes, sea el marco en que puede
127
desenvolverse armónicamente la convivencia humana, resolviendo conforme a derecho
los inherentes conflictos.
Aspira el presente Reglamento a concebir un dispositivo que se valga de una
intervención programática, integral y socioeducativa que intente construir con el joven
un escenario que lo aleje de la trasgresión de la norma, posibilitando su posterior
inclusión social, su vinculación familiar, haciéndolo protagonista y responsable de un
proyecto de vida en comunidad.
Todo ello deberá darse en el marco del estricto respeto al "interés superior del
niño, niña y/o adolescente", con una mirada amplia dirigida a la protección de sus
intereses, teniendo como objetivo primordial la revinculación social y los extremos que
a ésta le atañen, El "derecho a ser oídos" del que gozan los jóvenes, y la consonancia de
este derecho con su respectiva "capacidad progresiva', contemplada en el caso concreto,
serán también parte del andamiaje que sirve aquí de sustento.
TÍITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
De los aspectos fundamentales - generales
ARTÍCULO 1: Las pautas regladas en el presente responderán a la necesidad de
posibilitar la adecuada convivencia de los Jóvenes, sobre la base del respeto a sus
derechos, entre los que se incluyen: el derecho a recibir trato digno, derecho a la libertad
de conciencia, derecho a la educación, derecho a la vinculación familiar, derecho a
peticionar, derecho a la salud, entre otros. Todo ello teniendo en cuenta el tipo de
Centro Socioeducativo y el régimen en que se encuentre comprendido el joven.
ARTÍCULO 2: Los principios y obligaciones que regulan la conducta de los jóvenes y
de los adultos que interactúan con ellos, durante la permanencia en un Centro
Socioeducativo, emanan de lo establecido por la Convención sobre los Derechos del
Niño, por la Ley 26.061 de Protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes, la
128
desenvolverse armónicamente la convivencia humana, resolviendo conforme a derecho
los inherentes conflictos.
Aspira el presente Reglamento a concebir un dispositivo que se valga de una
intervención programática, integral y socioeducativa que intente construir con el joven
un escenario que lo aleje de la trasgresión de la norma, posibilitando su posterior
inclusión social, su vinculación familiar, haciéndolo protagonista y responsable de un
proyecto de vida en comunidad.
Todo ello deberá darse en el marco del estricto respeto al "interés superior del
niño, niña y/o adolescente", con una mirada amplia dirigida a la protección de sus
intereses, teniendo como objetivo primordial la revinculación social y los extremos que
a ésta le atañen, El "derecho a ser oídos" del que gozan los jóvenes, y la consonancia de
este derecho con su respectiva "capacidad progresiva', contemplada en el caso concreto,
serán también parte del andamiaje que sirve aquí de sustento.
TÍITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
De los aspectos fundamentales - generales
ARTÍCULO 1: Las pautas regladas en el presente responderán a la necesidad de
posibilitar la adecuada convivencia de los Jóvenes, sobre la base del respeto a sus
derechos, entre los que se incluyen: el derecho a recibir trato digno, derecho a la libertad
de conciencia, derecho a la educación, derecho a la vinculación familiar, derecho a
peticionar, derecho a la salud, entre otros. Todo ello teniendo en cuenta el tipo de
Centro Socioeducativo y el régimen en que se encuentre comprendido el joven.
ARTÍCULO 2: Los principios y obligaciones que regulan la conducta de los jóvenes y
de los adultos que interactúan con ellos, durante la permanencia en un Centro
Socioeducativo, emanan de lo establecido por la Convención sobre los Derechos del
Niño, por la Ley 26.061 de Protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes, la
128
Ley Provincial 9944 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas,
Niños y Adolescentes, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la
Administración de Justicia de Menores (Reglas de Beijing), las Reglas de las Naciones
Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad, las Directrices de la
Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil, y del presente
Reglamento.
CAPÍTULO II
Ámbito de Aplicación
ARTÍCULO 3: El presente reglamento de convivencia será de aplicación a los jóvenes
alojados en el ámbito de los Centros Socioeducativos.
CAPÍTULO III
Derechos
ARTÍCULO 4: Derecho a la información: Los jóvenes al momento de su ingreso al
Centro Socioeducativo recibirán explicación e información escrita acerca del régimen
de vida del establecimiento, las normas de conducta que deberán observar y los medios
autorizados para formular pedidos o reclamos, a más del detalle e individualización de
las autoridades competentes ante las cuales puedan formular sus peticiones.
ARTÍCULO 5: Derecho a recibir trato digno: Se garantiza a los jóvenes un trato justo,
respetando su dignidad y apoyándolos en su superación personal.
ARTÍCULO 6: Derecho a la salud: El Centro Socioeducativo deberá instrumentar
medios de asistencia integral, oportuna y gratuita a los jóvenes resguardados para que a
través de los organismos y/o dependencias del Estado Nacional, Provincial y/o
Municipal que prestan servicios de salud se garantice la debida asistencia. Dicha
garantía incluye entre otras: 1) un ambiente adecuado de permanencia provisoria en
caso de enfermedad siempre que no resulte conveniente disponer el traslado para un
129
Ley Provincial 9944 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas,
Niños y Adolescentes, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la
Administración de Justicia de Menores (Reglas de Beijing), las Reglas de las Naciones
Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad, las Directrices de la
Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil, y del presente
Reglamento.
CAPÍTULO II
Ámbito de Aplicación
ARTÍCULO 3: El presente reglamento de convivencia será de aplicación a los jóvenes
alojados en el ámbito de los Centros Socioeducativos.
CAPÍTULO III
Derechos
ARTÍCULO 4: Derecho a la información: Los jóvenes al momento de su ingreso al
Centro Socioeducativo recibirán explicación e información escrita acerca del régimen
de vida del establecimiento, las normas de conducta que deberán observar y los medios
autorizados para formular pedidos o reclamos, a más del detalle e individualización de
las autoridades competentes ante las cuales puedan formular sus peticiones.
ARTÍCULO 5: Derecho a recibir trato digno: Se garantiza a los jóvenes un trato justo,
respetando su dignidad y apoyándolos en su superación personal.
ARTÍCULO 6: Derecho a la salud: El Centro Socioeducativo deberá instrumentar
medios de asistencia integral, oportuna y gratuita a los jóvenes resguardados para que a
través de los organismos y/o dependencias del Estado Nacional, Provincial y/o
Municipal que prestan servicios de salud se garantice la debida asistencia. Dicha
garantía incluye entre otras: 1) un ambiente adecuado de permanencia provisoria en
caso de enfermedad siempre que no resulte conveniente disponer el traslado para un
129
tratamiento más adecuado, 2) examen médico al momento de ingreso al
establecimiento, con confección de la respectiva historia clínica en la que deben constar
los antecedentes de salud, instituciones con las que el joven y su familia se vincula, etc.,
3) la necesidad de consentimiento informado a fines de obtener la conformidad del
joven previo a la realización de estudios médicos o tratamientos, salvo que
circunstancias de extrema gravedad y/o urgencia lo impidan, de conformidad a lo
establecido en las Leyes Nacionales 26.529 y 26657.
ARTÍCULO 7: Derecho a la educación: Los jóvenes tienen derecho a la educación con
miras a su desarrollo integral, comprendiendo ello, la construcción de valores basados
en el respeto por los derechos humanos, garantizando el desenvolvimiento máximo de
sus potencialidades individuales. Tienen derecho a la realización de actividades
recreativas y culturales apropiadas a sus necesidades, así como también al despliegue
de sus aptitudes en artes u oficios, y acceso a la lectura.
ARTÍCULO 8: Derecho a la libertad de conciencia: Los jóvenes tiene derecho a que se
les respete y garantice su libertad de conciencia y religiosa, se facilite el acceso a la
atención espiritual.
ARTÍCULO 9: Derecho a la vinculación familiar: Los jóvenes tienen derecho a una
adecuada vinculación y comunicación con su familia, tanto en forma personal,
telefónica como escrita. Deberá reconocerse igual derecho a comunicarse con otras
personas cuando dicho contacto resulte provechoso. Las relaciones de los jóvenes con
su familia deberán ser facilitadas y estimuladas. Dichas visitas se realizarán en un
ambiente apropiado, a los fines de un adecuado contacto y respeto a la privacidad de las
personas con la limitación que impone la razonable seguridad.
ARTÍCULO 10: Derecho a peticionar: Los jóvenes podrán presentar peticiones y/o
reclamos a las autoridades y dirigirse sin censura a otra autoridad administrativa
superior, a sus defensores o al Juez de la causa.
130
tratamiento más adecuado, 2) examen médico al momento de ingreso al
establecimiento, con confección de la respectiva historia clínica en la que deben constar
los antecedentes de salud, instituciones con las que el joven y su familia se vincula, etc.,
3) la necesidad de consentimiento informado a fines de obtener la conformidad del
joven previo a la realización de estudios médicos o tratamientos, salvo que
circunstancias de extrema gravedad y/o urgencia lo impidan, de conformidad a lo
establecido en las Leyes Nacionales 26.529 y 26657.
ARTÍCULO 7: Derecho a la educación: Los jóvenes tienen derecho a la educación con
miras a su desarrollo integral, comprendiendo ello, la construcción de valores basados
en el respeto por los derechos humanos, garantizando el desenvolvimiento máximo de
sus potencialidades individuales. Tienen derecho a la realización de actividades
recreativas y culturales apropiadas a sus necesidades, así como también al despliegue
de sus aptitudes en artes u oficios, y acceso a la lectura.
ARTÍCULO 8: Derecho a la libertad de conciencia: Los jóvenes tiene derecho a que se
les respete y garantice su libertad de conciencia y religiosa, se facilite el acceso a la
atención espiritual.
ARTÍCULO 9: Derecho a la vinculación familiar: Los jóvenes tienen derecho a una
adecuada vinculación y comunicación con su familia, tanto en forma personal,
telefónica como escrita. Deberá reconocerse igual derecho a comunicarse con otras
personas cuando dicho contacto resulte provechoso. Las relaciones de los jóvenes con
su familia deberán ser facilitadas y estimuladas. Dichas visitas se realizarán en un
ambiente apropiado, a los fines de un adecuado contacto y respeto a la privacidad de las
personas con la limitación que impone la razonable seguridad.
ARTÍCULO 10: Derecho a peticionar: Los jóvenes podrán presentar peticiones y/o
reclamos a las autoridades y dirigirse sin censura a otra autoridad administrativa
superior, a sus defensores o al Juez de la causa.
130
ARTÍCULO 11: No habrá infracción ni sanción disciplinaria sin expresa y anterior
previsión legal o reglamentaria. No podrá aplicarse medida alguna sin la previa
comprobación de la infracción endilgada, mediante el debido procedimiento establecido
en este reglamento, asegurando el ejercicio del derecho de defensa.
ARTÍCULO 12: El joven no podrá ser sancionado administrativamente dos veces por
la misma infracción.
En caso de duda se estará a lo que resulte más favorable al joven. En ningún caso se
aplicarán medidas colectivas.
ARTÍCULO 13: Los propósitos del presente reglamento de convivencia son los que
seguidamente se enumeran:
1. Promover conductas respetuosas y saludables, práctica de auto cuidado y
cuidado del semejante, potenciando los propios recursos, tomando razón de las
propias acciones y sus consecuencias, con miras a la reinserción social.
2. Favorecer la búsqueda permanente de instancias de diálogo, acuerdo, mediación,
arbitraje y otras formas alternativas, considerando que existe igualdad en
dignidad y derechos.
3. Promover el reconocimiento de los conflictos como situaciones inherentes a la
interacción de personas, tendiendo a encontrar alternativas que intenten
transformar la solución de los conflictos en actos socioeducativos.
4. Promover el respeto hacia los principios consagrados en la Convención sobre los
Derechos del Niño.
5. Instalar la noción de acuerdo y el compromiso como base de la convivencia y la
responsabilidad compartida para su logro.
6. Procurar que los procesos de construcción e internalización de las normas se
conviertan en instrumento privilegiado para la reflexión sobre el propio
accionar, los criterios de convivencia democráticos, los sistemas de normas y
los valores que imperan en la sociedad.
7. Promover prácticas generadoras de vida, previniendo y desalentando conductas
que atentan contra el bienestar físico y mental de las personas.
131
ARTÍCULO 11: No habrá infracción ni sanción disciplinaria sin expresa y anterior
previsión legal o reglamentaria. No podrá aplicarse medida alguna sin la previa
comprobación de la infracción endilgada, mediante el debido procedimiento establecido
en este reglamento, asegurando el ejercicio del derecho de defensa.
ARTÍCULO 12: El joven no podrá ser sancionado administrativamente dos veces por
la misma infracción.
En caso de duda se estará a lo que resulte más favorable al joven. En ningún caso se
aplicarán medidas colectivas.
ARTÍCULO 13: Los propósitos del presente reglamento de convivencia son los que
seguidamente se enumeran:
1. Promover conductas respetuosas y saludables, práctica de auto cuidado y
cuidado del semejante, potenciando los propios recursos, tomando razón de las
propias acciones y sus consecuencias, con miras a la reinserción social.
2. Favorecer la búsqueda permanente de instancias de diálogo, acuerdo, mediación,
arbitraje y otras formas alternativas, considerando que existe igualdad en
dignidad y derechos.
3. Promover el reconocimiento de los conflictos como situaciones inherentes a la
interacción de personas, tendiendo a encontrar alternativas que intenten
transformar la solución de los conflictos en actos socioeducativos.
4. Promover el respeto hacia los principios consagrados en la Convención sobre los
Derechos del Niño.
5. Instalar la noción de acuerdo y el compromiso como base de la convivencia y la
responsabilidad compartida para su logro.
6. Procurar que los procesos de construcción e internalización de las normas se
conviertan en instrumento privilegiado para la reflexión sobre el propio
accionar, los criterios de convivencia democráticos, los sistemas de normas y
los valores que imperan en la sociedad.
7. Promover prácticas generadoras de vida, previniendo y desalentando conductas
que atentan contra el bienestar físico y mental de las personas.
131
ARTÍCULO 14: En cada uno de los institutos se desempeñará un equipo de
profesionales que efectuarán actividades socioeducativas, abordando cuestiones
convivenciales y realizando un seguimiento individualizado de los jóvenes. El
desempeño de estos profesionales comprenderá entrevistas individuales con los jóvenes,
actividades grupales e individuales, interactuando con profesionales de las distintas
áreas. Su trabajo tendrá por objeto procurar en el joven el desarrollo de la
autoconfianza, la responsabilización de sus actos, la resolución de conflictos de manera
pacífica, así como el reconocimiento de los derechos propios y de los demás.
ARTÍCULO 15: El personal asignado a la asistencia y seguridad de los jóvenes
colaborará con los profesionales en el abordaje de los aspectos convivenciales a través
del contacto respetuoso, permanente y diario con los jóvenes.
Se entiende por aspectos convivenciales a todas aquellas prácticas, valores, destrezas y
habilidades que permiten y promueven una interacción respetuosa con otros, en base a
las normas establecidas, sin desconocer la diferencia y la diversidad.
ARTÍCULO 16: El personal asignado a la asistencia y seguridad de los jóvenes
mantendrá constantemente la atención y el cuidado necesarios para prevenir, advertir o
revertir toda situación o condición que, por su naturaleza, sea susceptible de producir
conflictos.
TÍTULO II
DISPOSICIONES PARTICULARES
CAPITULO I
Infracciones
ARTÍCULO 17: Será considerada infracción disciplinaria el incumplimiento de las
normas de conducta que los Jóvenes deben observar, establecidas en el presente
Reglamento y en el Régimen de Vida.
132
ARTÍCULO 14: En cada uno de los institutos se desempeñará un equipo de
profesionales que efectuarán actividades socioeducativas, abordando cuestiones
convivenciales y realizando un seguimiento individualizado de los jóvenes. El
desempeño de estos profesionales comprenderá entrevistas individuales con los jóvenes,
actividades grupales e individuales, interactuando con profesionales de las distintas
áreas. Su trabajo tendrá por objeto procurar en el joven el desarrollo de la
autoconfianza, la responsabilización de sus actos, la resolución de conflictos de manera
pacífica, así como el reconocimiento de los derechos propios y de los demás.
ARTÍCULO 15: El personal asignado a la asistencia y seguridad de los jóvenes
colaborará con los profesionales en el abordaje de los aspectos convivenciales a través
del contacto respetuoso, permanente y diario con los jóvenes.
Se entiende por aspectos convivenciales a todas aquellas prácticas, valores, destrezas y
habilidades que permiten y promueven una interacción respetuosa con otros, en base a
las normas establecidas, sin desconocer la diferencia y la diversidad.
ARTÍCULO 16: El personal asignado a la asistencia y seguridad de los jóvenes
mantendrá constantemente la atención y el cuidado necesarios para prevenir, advertir o
revertir toda situación o condición que, por su naturaleza, sea susceptible de producir
conflictos.
TÍTULO II
DISPOSICIONES PARTICULARES
CAPITULO I
Infracciones
ARTÍCULO 17: Será considerada infracción disciplinaria el incumplimiento de las
normas de conducta que los Jóvenes deben observar, establecidas en el presente
Reglamento y en el Régimen de Vida.
132
ARTÍCULO 18: Las infracciones se clasifican en leves, medias y graves.
ARTÍCULO 19: Son infracciones leves:
a) Poseer elemento no permitido o no autorizado sin aptitud para ser utilizado como
arma, según las resoluciones administrativas que así lo determinen, las cuales deberán
encontrarse previamente informadas a los Jóvenes y exhibidas en lugares visibles.
b) Descuidar el aseo personal o la higiene del lugar de su resguardo o de las
instalaciones del establecimiento, habiéndosele proveído los elementos de limpieza
correspondientes para mantenerla.
c) Descuidar la higiene o el mantenimiento de la ropa de cama o de las prendas
personales, habiéndosele proveído los elementos de limpieza correspondientes para
mantenerla.
d) Comportarse provocativa o agresivamente con las palabras durante el desarrollo de
las prácticas deportivas, de taller, o de escolaridad que realice.
e) Alterar el orden con cantos, gritos, ruidos o mediante el elevado volumen de aparatos
eléctricos autorizados.
f) Formular peticiones o reclamos de modo incorrecto.
g) Pretender realizar actividades recreativas fuera de los horarios establecidos a tal
efecto.
h) Negarse, al momento de ingresar al establecimiento, a dar su identificación o dar una
identificación falsa al Personal asignado a la asistencia.
i) Producir actos de desorden que ocasionen molestias o daños a otros jóvenes o al
Personal de asignado a la asistencia de los jóvenes, en ocasión de ser trasladados a
nuevo destino, o en la realización de diligencias judiciales o administrativas, o durante
las salidas en los casos autorizados.
j) Faltar el respeto debido al Personal de la Institución, funcionarios, visitantes: o a sus
pares, como por ejemplo, y a mero título ilustrativo, a través de insultos, actitudes
desafiantes o intimidatorias, profiriendo expresiones desvalorizantes o discriminatorias.
k) Ausentase, sin autorización, de las actividades programadas o de su lugar asignado.
l) Ubicarse en habitación que no le esté asignada.
m) Mal uso deliberado de los elementos de trabajo o limpieza.
133
ARTÍCULO 18: Las infracciones se clasifican en leves, medias y graves.
ARTÍCULO 19: Son infracciones leves:
a) Poseer elemento no permitido o no autorizado sin aptitud para ser utilizado como
arma, según las resoluciones administrativas que así lo determinen, las cuales deberán
encontrarse previamente informadas a los Jóvenes y exhibidas en lugares visibles.
b) Descuidar el aseo personal o la higiene del lugar de su resguardo o de las
instalaciones del establecimiento, habiéndosele proveído los elementos de limpieza
correspondientes para mantenerla.
c) Descuidar la higiene o el mantenimiento de la ropa de cama o de las prendas
personales, habiéndosele proveído los elementos de limpieza correspondientes para
mantenerla.
d) Comportarse provocativa o agresivamente con las palabras durante el desarrollo de
las prácticas deportivas, de taller, o de escolaridad que realice.
e) Alterar el orden con cantos, gritos, ruidos o mediante el elevado volumen de aparatos
eléctricos autorizados.
f) Formular peticiones o reclamos de modo incorrecto.
g) Pretender realizar actividades recreativas fuera de los horarios establecidos a tal
efecto.
h) Negarse, al momento de ingresar al establecimiento, a dar su identificación o dar una
identificación falsa al Personal asignado a la asistencia.
i) Producir actos de desorden que ocasionen molestias o daños a otros jóvenes o al
Personal de asignado a la asistencia de los jóvenes, en ocasión de ser trasladados a
nuevo destino, o en la realización de diligencias judiciales o administrativas, o durante
las salidas en los casos autorizados.
j) Faltar el respeto debido al Personal de la Institución, funcionarios, visitantes: o a sus
pares, como por ejemplo, y a mero título ilustrativo, a través de insultos, actitudes
desafiantes o intimidatorias, profiriendo expresiones desvalorizantes o discriminatorias.
k) Ausentase, sin autorización, de las actividades programadas o de su lugar asignado.
l) Ubicarse en habitación que no le esté asignada.
m) Mal uso deliberado de los elementos de trabajo o limpieza.
133
n) No comunicar al Personal de la Institución cualquier accidente que sufra o presencie,
sin que ello implique la obligación de o el deber de denunciar a terceras personas.
ARTÍCULO 20: Son infracciones medias:
a) Inasistencia en forma reiterada y sin motivo fundado a sus actividades obligatorias
(escolares, educativas, de capacitación, terapéuticas, etc.).
b) Simular enfermedad para eludir obligación.
c) Faltar el respeto al personal de la Institución en forma reiterada en los términos del
inc. j) del artículo 19.
d) Resistir pasivamente al cumplimiento de disposiciones impartidas por el personal
asignado o no acatarlas.
e) No respetar el horario o la convocatoria a actividades.
f) Formular reclamos colectivos en forma insolente e incorrecta.
g) Amenazar o intimidar física o psíquicamente a otro joven para que realice tareas en
su reemplazo o en su beneficio personal.
h) Organizar o participar en apuestas por alimentos o pertenencias.
i) Poseer dinero u otros valores tales como: teléfonos celulares, reproductores de
música, entre otros.
j) Sacar, sin autorización, alimentos o elementos varios pertenecientes a la
administración o a terceros de depósitos, economatos o de otras dependencias, o
materiales, maquinarias, herramientas o insumos de los sectores de taller.
k) Agredir a un par con elemento contundente.
l) Maltratar a otra persona.
ARTÍCULO 21: Son infracciones graves:
a) Agresión física a personal asignado a su asistencia, a profesionales, socioeducadores
o a un par indefenso.
b) Intento de Evasión o Fuga, colaborar en la Evasión o Fuga de otros, o poseer
elementos para ello.
c) Iniciar o participar en movimientos para quebrantar el orden y la disciplina.
134
n) No comunicar al Personal de la Institución cualquier accidente que sufra o presencie,
sin que ello implique la obligación de o el deber de denunciar a terceras personas.
ARTÍCULO 20: Son infracciones medias:
a) Inasistencia en forma reiterada y sin motivo fundado a sus actividades obligatorias
(escolares, educativas, de capacitación, terapéuticas, etc.).
b) Simular enfermedad para eludir obligación.
c) Faltar el respeto al personal de la Institución en forma reiterada en los términos del
inc. j) del artículo 19.
d) Resistir pasivamente al cumplimiento de disposiciones impartidas por el personal
asignado o no acatarlas.
e) No respetar el horario o la convocatoria a actividades.
f) Formular reclamos colectivos en forma insolente e incorrecta.
g) Amenazar o intimidar física o psíquicamente a otro joven para que realice tareas en
su reemplazo o en su beneficio personal.
h) Organizar o participar en apuestas por alimentos o pertenencias.
i) Poseer dinero u otros valores tales como: teléfonos celulares, reproductores de
música, entre otros.
j) Sacar, sin autorización, alimentos o elementos varios pertenecientes a la
administración o a terceros de depósitos, economatos o de otras dependencias, o
materiales, maquinarias, herramientas o insumos de los sectores de taller.
k) Agredir a un par con elemento contundente.
l) Maltratar a otra persona.
ARTÍCULO 21: Son infracciones graves:
a) Agresión física a personal asignado a su asistencia, a profesionales, socioeducadores
o a un par indefenso.
b) Intento de Evasión o Fuga, colaborar en la Evasión o Fuga de otros, o poseer
elementos para ello.
c) Iniciar o participar en movimientos para quebrantar el orden y la disciplina.
134
d) Poseer, ocultar, traficar o facilitar tráfico de medicamentos no prescriptos o
autorizados; estupefacientes, sustancias tóxicas, o todo elemento para atentar contra la
vida, la salud o la integridad propia o de terceros.
e) Intentar introducir o sacar del Centro Socioeducativo elementos de cualquier
naturaleza eludiendo los controles reglamentarios.
f) Retener, coaccionar, o amenazar a personas.
g) Desalentar, interferir o impedir coactivamente a otros jóvenes el ejercicio de sus
derechos, a la educación, a la asistencia espiritual, a las relaciones familiares y sociales.
h) Intimidar física, psíquica o sexualmente a otra persona.
i) Resistir activa y gravemente al cumplimiento de disposiciones tomadas por el
personal competente.
j) Regresar ebrio o drogado de un permiso de salida.
k) Adulterar comida o bebida, con el fin de elaborar estupefaciente casero. Colaborar en
ello.
l) Rechazar, oponerse u obstaculizar un procedimiento durante requisa, recuento,
emergencia.
m) Rotura deliberada de instalación o mobiliario.
n) Producción de escándalo en forma reiterada durante traslado a nuevo destino, o para
realización de diligencia Judicial o Administrativa, o en salida autorizada.
CAPÍTULO II
Medidas disciplinarias socioeducativas
ARTÍCULO 22: Entiéndase por medidas disciplinarias a las intervenciones
socioeducativas destinadas a obtener la respuesta de conducta adaptada, luego de
haberse suscitado un hecho contrario a este reglamento.
Las medidas a aplicar son:
a) Amonestación
b) Exclusión temporaria de las actividades recreativas o deportivas
c) Exclusión temporaria de las actividades en común
d) Restricción parcial de los siguientes derechos:
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d) Poseer, ocultar, traficar o facilitar tráfico de medicamentos no prescriptos o
autorizados; estupefacientes, sustancias tóxicas, o todo elemento para atentar contra la
vida, la salud o la integridad propia o de terceros.
e) Intentar introducir o sacar del Centro Socioeducativo elementos de cualquier
naturaleza eludiendo los controles reglamentarios.
f) Retener, coaccionar, o amenazar a personas.
g) Desalentar, interferir o impedir coactivamente a otros jóvenes el ejercicio de sus
derechos, a la educación, a la asistencia espiritual, a las relaciones familiares y sociales.
h) Intimidar física, psíquica o sexualmente a otra persona.
i) Resistir activa y gravemente al cumplimiento de disposiciones tomadas por el
personal competente.
j) Regresar ebrio o drogado de un permiso de salida.
k) Adulterar comida o bebida, con el fin de elaborar estupefaciente casero. Colaborar en
ello.
l) Rechazar, oponerse u obstaculizar un procedimiento durante requisa, recuento,
emergencia.
m) Rotura deliberada de instalación o mobiliario.
n) Producción de escándalo en forma reiterada durante traslado a nuevo destino, o para
realización de diligencia Judicial o Administrativa, o en salida autorizada.
CAPÍTULO II
Medidas disciplinarias socioeducativas
ARTÍCULO 22: Entiéndase por medidas disciplinarias a las intervenciones
socioeducativas destinadas a obtener la respuesta de conducta adaptada, luego de
haberse suscitado un hecho contrario a este reglamento.
Las medidas a aplicar son:
a) Amonestación
b) Exclusión temporaria de las actividades recreativas o deportivas
c) Exclusión temporaria de las actividades en común
d) Restricción parcial de los siguientes derechos:
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• Recreos individuales o en grupo
• Participación en actividades recreativas, culturales y/o deportivas
• Entrega inmediata de obsequios permitidos de la visita, que podrá ser
diferida en el tiempo sin que se pueda exceder del término de las
setenta y dos (72) horas entre el ingreso de los obsequios y su entrega
efectiva a los jóvenes.
La ejecución de las medidas nunca podrá implicar la suspensión del derecho de visita y
correspondencia de un familiar directo o allegado del joven.
ARTÍCULO 23: La facultad para la imposición de medidas a los jóvenes será ejercida
únicamente por el Responsable de Gestión a cargo de la Institución, quien podrá
imponer medidas con finalidad socioeducativa, suspenderlas o dar por cumplida su
aplicación.
Están estrictamente prohibidas todas la medidas que constituyan tratos crueles,
inhumanos o degradantes, muy especialmente los castigos corporales; también está
prohibida la reclusión en habitación de aislamiento, así como cualquier otra sanción que
pueda poner en peligro la salud física o mental del joven, siendo éstas pasibles de las
sanciones disciplinarias previstas en el marco de la Ley 7233 y su reglamentación.
ARTÍCULO 24: Correlación entre infracciones y medidas: Las infracciones
disciplinarias, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 25, serán sancionadas
conforme a lo establecido en el artículo 23 de la siguiente forma:
a) Infracciones leves: podrá aplicarse la sanción prevista en el artículo 22 inc. a) y
las sanciones previstas en el artículo 22 incs. b), c) y d) por hasta un (1) día.
b) Infracciones medias: podrá aplicarse la sanción prevista en el artículo 22 incs.
b), c) y d) por hasta dos (2) días.
c) Infracciones graves: podrá aplicarse la sanción prevista en el artículo 22 incs. b), c) y d)
por hasta cuatro (4) días.
ARTÍCULO 25: Determinación de las Medidas Disciplinarias Socioeducativas: La
Medida deberá adecuarse a importancia, naturaleza y circunstancia de la infracción
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• Recreos individuales o en grupo
• Participación en actividades recreativas, culturales y/o deportivas
• Entrega inmediata de obsequios permitidos de la visita, que podrá ser
diferida en el tiempo sin que se pueda exceder del término de las
setenta y dos (72) horas entre el ingreso de los obsequios y su entrega
efectiva a los jóvenes.
La ejecución de las medidas nunca podrá implicar la suspensión del derecho de visita y
correspondencia de un familiar directo o allegado del joven.
ARTÍCULO 23: La facultad para la imposición de medidas a los jóvenes será ejercida
únicamente por el Responsable de Gestión a cargo de la Institución, quien podrá
imponer medidas con finalidad socioeducativa, suspenderlas o dar por cumplida su
aplicación.
Están estrictamente prohibidas todas la medidas que constituyan tratos crueles,
inhumanos o degradantes, muy especialmente los castigos corporales; también está
prohibida la reclusión en habitación de aislamiento, así como cualquier otra sanción que
pueda poner en peligro la salud física o mental del joven, siendo éstas pasibles de las
sanciones disciplinarias previstas en el marco de la Ley 7233 y su reglamentación.
ARTÍCULO 24: Correlación entre infracciones y medidas: Las infracciones
disciplinarias, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 25, serán sancionadas
conforme a lo establecido en el artículo 23 de la siguiente forma:
a) Infracciones leves: podrá aplicarse la sanción prevista en el artículo 22 inc. a) y
las sanciones previstas en el artículo 22 incs. b), c) y d) por hasta un (1) día.
b) Infracciones medias: podrá aplicarse la sanción prevista en el artículo 22 incs.
b), c) y d) por hasta dos (2) días.
c) Infracciones graves: podrá aplicarse la sanción prevista en el artículo 22 incs. b), c) y d)
por hasta cuatro (4) días.
ARTÍCULO 25: Determinación de las Medidas Disciplinarias Socioeducativas: La
Medida deberá adecuarse a importancia, naturaleza y circunstancia de la infracción
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cometida, a sus atenuantes o agravantes, a los daños y perjuicios ocasionados, a la
responsabilidad del implicado, a las formas de participación, a los motivos que
impulsaron el acto y demás condiciones personales del joven.
ARTÍCULO 26: Cuando la infracción permita sospechar la existencia de una
perturbación mental en el joven, antes de adoptar la decisión, el Responsable de Gestión
a cargo de la Institución, deberá solicitar informe médico, el que deberá ser agregado al
expediente disciplinario.
ARTÍCULO 27: A los efectos de la determinación de la Medida se considerarán:
a) Atenuantes: El buen comportamiento previo del joven.
b) Agravantes: Participación de tres o más jóvenes en el hecho, haber puesto en
grave peligro la seguridad, la normal convivencia o la integridad física o
psíquica de terceros.
ARTÍCULO 28: En el supuesto de primera infracción en el Centro Socioeducativo, si
el comportamiento anterior del joven lo justificare, el Responsable de Gestión a cargo
de la Institución, en la misma resolución que impone sanción, podrá motivadamente,
dejar en suspenso, total o parcial su ejecución. Si cometiere otra falta dentro del plazo
prudencial que en cada caso se fije en la misma resolución, el que no podrá ser superior
a tres meses, se deberá cumplir tanto la sanción cuya ejecución quedó suspendida, como
la correspondiente a la nueva infracción.
ARTÍCULO 29: Cuando un mismo hecho constituyere más de una infracción prevista
en el presente reglamento o cuando constituya el medio necesario para la comisión de
otra infracción, podrá aplicarse la sanción prevista para la falta más grave.
137
cometida, a sus atenuantes o agravantes, a los daños y perjuicios ocasionados, a la
responsabilidad del implicado, a las formas de participación, a los motivos que
impulsaron el acto y demás condiciones personales del joven.
ARTÍCULO 26: Cuando la infracción permita sospechar la existencia de una
perturbación mental en el joven, antes de adoptar la decisión, el Responsable de Gestión
a cargo de la Institución, deberá solicitar informe médico, el que deberá ser agregado al
expediente disciplinario.
ARTÍCULO 27: A los efectos de la determinación de la Medida se considerarán:
a) Atenuantes: El buen comportamiento previo del joven.
b) Agravantes: Participación de tres o más jóvenes en el hecho, haber puesto en
grave peligro la seguridad, la normal convivencia o la integridad física o
psíquica de terceros.
ARTÍCULO 28: En el supuesto de primera infracción en el Centro Socioeducativo, si
el comportamiento anterior del joven lo justificare, el Responsable de Gestión a cargo
de la Institución, en la misma resolución que impone sanción, podrá motivadamente,
dejar en suspenso, total o parcial su ejecución. Si cometiere otra falta dentro del plazo
prudencial que en cada caso se fije en la misma resolución, el que no podrá ser superior
a tres meses, se deberá cumplir tanto la sanción cuya ejecución quedó suspendida, como
la correspondiente a la nueva infracción.
ARTÍCULO 29: Cuando un mismo hecho constituyere más de una infracción prevista
en el presente reglamento o cuando constituya el medio necesario para la comisión de
otra infracción, podrá aplicarse la sanción prevista para la falta más grave.
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CAPÍTULO III
Procedimientos - Medida disciplinaria socioeducativa
ARTÍCULO 30: Los procedimientos para la comprobación de la infracción,
imposición de la medida disciplinaria socioeducativa pertinente y su ejecución deberán
ajustarse a las disposiciones de este reglamento.
ARTÍCULO 31: Iniciación del Expediente Disciplinario. La investigación de una
presunta infracción se iniciará por alguno de estos medios:
a) Parte disciplinario.
b) Acta por denuncia del Damnificado.
c) Acta por denuncia de Terceros identificados.
Con dicha documentación se procederá a la apertura del Expediente Disciplinario, para
su trámite, el que será registrado en orden correlativo en el Libro de Turno del Centro
Socioeducativo.
ARTÍCULO 32: El Parte Disciplinario (del Personal asignado a la asistencia de los
jóvenes) o el Acta (con la denuncia de damnificados o terceros) deberán contener, bajo
pena de nulidad, al menos:
a) Relación sucinta del hecho con las circunstancias de tiempo y lugar.
b) Indicación de participantes, damnificados y testigos, si los hubiere.
c) Mención de otros elementos que puedan conducir a la comprobación de la
presunta infracción.
d) Medidas preventivas de urgencia que se hubieren adoptado, destacándose la de
apartamiento con permanencia en el lugar de propio alojamiento.
e) Día, hora, lugar en que se labró el parte o acta, los que deberán ser suscriptos por
el funcionario actuante con aclaración de nombre y apellido e indicación de la
función que desempeña.
ARTÍCULO 33: En el caso de que se constatare la presunta infracción, corresponderá
la inmediata redacción del parte disciplinario y su elevación al Responsable de Gestión
138
CAPÍTULO III
Procedimientos - Medida disciplinaria socioeducativa
ARTÍCULO 30: Los procedimientos para la comprobación de la infracción,
imposición de la medida disciplinaria socioeducativa pertinente y su ejecución deberán
ajustarse a las disposiciones de este reglamento.
ARTÍCULO 31: Iniciación del Expediente Disciplinario. La investigación de una
presunta infracción se iniciará por alguno de estos medios:
a) Parte disciplinario.
b) Acta por denuncia del Damnificado.
c) Acta por denuncia de Terceros identificados.
Con dicha documentación se procederá a la apertura del Expediente Disciplinario, para
su trámite, el que será registrado en orden correlativo en el Libro de Turno del Centro
Socioeducativo.
ARTÍCULO 32: El Parte Disciplinario (del Personal asignado a la asistencia de los
jóvenes) o el Acta (con la denuncia de damnificados o terceros) deberán contener, bajo
pena de nulidad, al menos:
a) Relación sucinta del hecho con las circunstancias de tiempo y lugar.
b) Indicación de participantes, damnificados y testigos, si los hubiere.
c) Mención de otros elementos que puedan conducir a la comprobación de la
presunta infracción.
d) Medidas preventivas de urgencia que se hubieren adoptado, destacándose la de
apartamiento con permanencia en el lugar de propio alojamiento.
e) Día, hora, lugar en que se labró el parte o acta, los que deberán ser suscriptos por
el funcionario actuante con aclaración de nombre y apellido e indicación de la
función que desempeña.
ARTÍCULO 33: En el caso de que se constatare la presunta infracción, corresponderá
la inmediata redacción del parte disciplinario y su elevación al Responsable de Gestión
138
a cargo de la Institución, dentro de las dos horas de haber tomado conocimiento del
hecho.
ARTÍCULO 34: La redacción del parte disciplinario estará a cargo del personal
asignado a la asistencia de los jóvenes que estuviere vinculado con el hecho.
CAPÍTULO IV
Procedimiento - Medidas Preventivas y Provisoria
ARTÍCULO 35: Cuando sea necesario evitar la persistencia de la infracción y sus
efectos y asegurar elementos probatorios, la autoridad máxima podrá, como medida
preventiva de urgencia disponer:
a) El retiro de las cosas relacionadas con la infracción, de los elementos no
autorizados y de todo aquello que pueda servir como prueba.
b) El registro de la persona o de los lugares pertinentes.
De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente disciplinario, elevándolo de
inmediato al Responsable de Gestión a cargo de la Institución.
Si la infracción se produjere durante el traslado del joven, el personal a cargo de la
comisión ejercerá las facultades previstas en este artículo, dando cuenta al personal de
destino del o de los presuntos infractores, con los recaudos del artículo 33.
ARTÍCULO 36: Cuando la infracción disciplinaria constituya, a prima facie,
infracción grave; o resulte necesario para el mantenimiento del orden o para resguardar
la integridad de las personas o para el esclarecimiento del hecho, el Responsable de
Gestión a cargo de la Institución o quien lo reemplace, podrá disponer el apartamiento
provisional con permanencia en el propio lugar de resguardo por hasta 24 (veinticuatro)
horas, del o de los jóvenes involucrados.
ARTÍCULO 37: El apartamiento provisional podrá cumplirse en el lugar de reguardo
individual del joven y las condiciones que se impongan no podrán en ningún caso
139
a cargo de la Institución, dentro de las dos horas de haber tomado conocimiento del
hecho.
ARTÍCULO 34: La redacción del parte disciplinario estará a cargo del personal
asignado a la asistencia de los jóvenes que estuviere vinculado con el hecho.
CAPÍTULO IV
Procedimiento - Medidas Preventivas y Provisoria
ARTÍCULO 35: Cuando sea necesario evitar la persistencia de la infracción y sus
efectos y asegurar elementos probatorios, la autoridad máxima podrá, como medida
preventiva de urgencia disponer:
a) El retiro de las cosas relacionadas con la infracción, de los elementos no
autorizados y de todo aquello que pueda servir como prueba.
b) El registro de la persona o de los lugares pertinentes.
De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente disciplinario, elevándolo de
inmediato al Responsable de Gestión a cargo de la Institución.
Si la infracción se produjere durante el traslado del joven, el personal a cargo de la
comisión ejercerá las facultades previstas en este artículo, dando cuenta al personal de
destino del o de los presuntos infractores, con los recaudos del artículo 33.
ARTÍCULO 36: Cuando la infracción disciplinaria constituya, a prima facie,
infracción grave; o resulte necesario para el mantenimiento del orden o para resguardar
la integridad de las personas o para el esclarecimiento del hecho, el Responsable de
Gestión a cargo de la Institución o quien lo reemplace, podrá disponer el apartamiento
provisional con permanencia en el propio lugar de resguardo por hasta 24 (veinticuatro)
horas, del o de los jóvenes involucrados.
ARTÍCULO 37: El apartamiento provisional podrá cumplirse en el lugar de reguardo
individual del joven y las condiciones que se impongan no podrán en ningún caso
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agravar ilegítimamente sus garantías y derechos, ni implicar castigo, limitándose a la
separación del régimen común.
ARTÍCULO 38: El Responsable de Gestión a cargo de la Institución deberá resolver el
levantamiento de la medida preventiva o su prórroga dentro de las veinticuatro horas de
su aplicación.
ARTÍCULO 39: En caso que se impusiere al joven alguna de las sanciones previstas en
los incs. b), c) y d) del artículo 22, se computará como cumplimiento de ellas el tiempo
transcurrido en apartamiento provisional.
CAPÍTULO V
Procedimiento - Investigación
ARTÍCULO 40: Recibido el parte disciplinario o, en su caso, el acta de denuncia (del
damnificado o de un tercero), el Responsable de Gestión a cargo de la Institución
procederá, en un plazo máximo de un (1) día, a notificar al joven:
a) La infracción que se le imputa.
b) Los cargos existentes.
c) Los derechos que le asisten, principalmente el derecho de comunicarse con su
defensa.
d) Posibilidad de acceder a una mediación, en caso de corresponder.
e) Posibilidad de solicitar asesoramiento jurídico.
En ese mismo acto el joven ofrecerá su descargo y las pruebas que estime oportunas, las
que se harán constar.
ARTÍCULO 41: Con todo ello se labrará un acta que, sin perjuicio de su lectura por
parte del joven, deberá, el Responsable de Gestión a cargo de la Institución, leer en voz
alta, dejando constancia en el expediente disciplinario.
El acta que se labre será suscripta por todos los intervinientes. Si el joven no pudiere o
no quisiere hacerlo, se lo hará constar y ello no afectará la validez del acta.
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agravar ilegítimamente sus garantías y derechos, ni implicar castigo, limitándose a la
separación del régimen común.
ARTÍCULO 38: El Responsable de Gestión a cargo de la Institución deberá resolver el
levantamiento de la medida preventiva o su prórroga dentro de las veinticuatro horas de
su aplicación.
ARTÍCULO 39: En caso que se impusiere al joven alguna de las sanciones previstas en
los incs. b), c) y d) del artículo 22, se computará como cumplimiento de ellas el tiempo
transcurrido en apartamiento provisional.
CAPÍTULO V
Procedimiento - Investigación
ARTÍCULO 40: Recibido el parte disciplinario o, en su caso, el acta de denuncia (del
damnificado o de un tercero), el Responsable de Gestión a cargo de la Institución
procederá, en un plazo máximo de un (1) día, a notificar al joven:
a) La infracción que se le imputa.
b) Los cargos existentes.
c) Los derechos que le asisten, principalmente el derecho de comunicarse con su
defensa.
d) Posibilidad de acceder a una mediación, en caso de corresponder.
e) Posibilidad de solicitar asesoramiento jurídico.
En ese mismo acto el joven ofrecerá su descargo y las pruebas que estime oportunas, las
que se harán constar.
ARTÍCULO 41: Con todo ello se labrará un acta que, sin perjuicio de su lectura por
parte del joven, deberá, el Responsable de Gestión a cargo de la Institución, leer en voz
alta, dejando constancia en el expediente disciplinario.
El acta que se labre será suscripta por todos los intervinientes. Si el joven no pudiere o
no quisiere hacerlo, se lo hará constar y ello no afectará la validez del acta.
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ARTÍCULO 42: Se admitirán sólo aquellas pruebas útiles y directamente relacionadas
con el hecho que se investiga.
ARTÍCULO 43: Con lo actuado se procederá, de inmediato, a realizar todas las
diligencias pertinentes para precisar:
a) La existencia de la infracción cometida.
b) Su autor, autores o participantes si los hubiere.
c) La gravedad de los daños, si los hubiere.
d) Las circunstancias atenuantes o agravantes.
ARTÍCULO 44: Agotada la investigación se formularán las siguientes conclusiones:
a) Si el hecho constituyera infracción disciplinaria, su encuadre legal y
reglamentario.
b) La identificación del autor o de los autores de la infracción, su grado de
participación, atenuantes y agravantes de la conducta.
c) Si los hubiere, determinación de los daños materiales causados en las cosas
muebles o inmuebles del Estado o Terceros.
d) Propuesta de la o de las Medidas Socioeducativas a aplicar y su modalidad de
ejecución.
CAPÍTULO VI
Procedimiento - Audiencia
ARTÍCULO 45: Una vez recepcionado el expediente disciplinario, el Responsable de
Gestión a cargo de la Institución deberá recibir de inmediato al joven en audiencia
individual y dictar resolución del caso dentro del plazo máximo de un (1) día hábil de
realizada aquella.
En caso que se pretendiera aplicar una sanción de las previstas en los incs. b) y c) del
artículo 24, previo al dictado de la resolución, se deberá correr traslado a la Asesoría
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ARTÍCULO 42: Se admitirán sólo aquellas pruebas útiles y directamente relacionadas
con el hecho que se investiga.
ARTÍCULO 43: Con lo actuado se procederá, de inmediato, a realizar todas las
diligencias pertinentes para precisar:
a) La existencia de la infracción cometida.
b) Su autor, autores o participantes si los hubiere.
c) La gravedad de los daños, si los hubiere.
d) Las circunstancias atenuantes o agravantes.
ARTÍCULO 44: Agotada la investigación se formularán las siguientes conclusiones:
a) Si el hecho constituyera infracción disciplinaria, su encuadre legal y
reglamentario.
b) La identificación del autor o de los autores de la infracción, su grado de
participación, atenuantes y agravantes de la conducta.
c) Si los hubiere, determinación de los daños materiales causados en las cosas
muebles o inmuebles del Estado o Terceros.
d) Propuesta de la o de las Medidas Socioeducativas a aplicar y su modalidad de
ejecución.
CAPÍTULO VI
Procedimiento - Audiencia
ARTÍCULO 45: Una vez recepcionado el expediente disciplinario, el Responsable de
Gestión a cargo de la Institución deberá recibir de inmediato al joven en audiencia
individual y dictar resolución del caso dentro del plazo máximo de un (1) día hábil de
realizada aquella.
En caso que se pretendiera aplicar una sanción de las previstas en los incs. b) y c) del
artículo 24, previo al dictado de la resolución, se deberá correr traslado a la Asesoría
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Jurídica de la Dirección General de Penal Juvenil, el que deberá ser evacuado en el
plazo de 48 horas.
CAPÍTULO VII
Procedimiento - Resolución
ARTÍCULO 46: La resolución que dicte el Responsable de Gestión a cargo de la
Institución deberá contener:
a) Lugar, día y hora.
b) Hechos probados, su calificación y autor o partícipe de ellos.
c) Constancia de que el joven ha sido, previamente, recibido por el Responsable de
Gestión ya referido durante la investigación y que se le ha comunicado su
derecho a solicitar asesoramiento jurídico.
d) Constancia que se ha comunicado al joven su derecho a formular apelación en
contra de la resolución.
e) La merituación de los descargos efectuados por el joven.
f) Medida Disciplinaria Socioeducativa dispuesta y su modalidad de ejecución, y
en su caso, si será de efectivo cumplimiento o quedará en suspenso total o
parcialmente conforme lo establecido en el artículo 28; o si se da por cumplida
la Medida o se la sustituye por otra más leve dentro de la correlación fijada en el
artículo 24.
g) Si las partes acceden a una mediación; la misma deberá practicarse con
mediador matriculado.
h) Si el joven acepta la Medida Socioeducativa, o si la apela.
i) Orden de remitir al Juez competente dentro de las veinticuatro (24) horas
subsiguientes a su dictado y por la vía más rápida disponible, copia autentificada
del decisorio, con la apelación si hubiere sido formulada.
j) Orden de anotación en el Registro de Sanciones y en el Legajo del joven.
142
Jurídica de la Dirección General de Penal Juvenil, el que deberá ser evacuado en el
plazo de 48 horas.
CAPÍTULO VII
Procedimiento - Resolución
ARTÍCULO 46: La resolución que dicte el Responsable de Gestión a cargo de la
Institución deberá contener:
a) Lugar, día y hora.
b) Hechos probados, su calificación y autor o partícipe de ellos.
c) Constancia de que el joven ha sido, previamente, recibido por el Responsable de
Gestión ya referido durante la investigación y que se le ha comunicado su
derecho a solicitar asesoramiento jurídico.
d) Constancia que se ha comunicado al joven su derecho a formular apelación en
contra de la resolución.
e) La merituación de los descargos efectuados por el joven.
f) Medida Disciplinaria Socioeducativa dispuesta y su modalidad de ejecución, y
en su caso, si será de efectivo cumplimiento o quedará en suspenso total o
parcialmente conforme lo establecido en el artículo 28; o si se da por cumplida
la Medida o se la sustituye por otra más leve dentro de la correlación fijada en el
artículo 24.
g) Si las partes acceden a una mediación; la misma deberá practicarse con
mediador matriculado.
h) Si el joven acepta la Medida Socioeducativa, o si la apela.
i) Orden de remitir al Juez competente dentro de las veinticuatro (24) horas
subsiguientes a su dictado y por la vía más rápida disponible, copia autentificada
del decisorio, con la apelación si hubiere sido formulada.
j) Orden de anotación en el Registro de Sanciones y en el Legajo del joven.
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CAPÍTULO VIII
Procedimiento – Notificación
ARTÍCULO 47: En el acto de notificación al joven, el personal designado deberá
informarlo de los fundamentos y alcances de la medida, exhortarlo a reflexionar sobre
su comportamiento.
ARTÍCULO 47 bis: Apelación: El joven gozará de un plazo de cinco (5) días hábiles
para apelar la medida, pudiendo formularse dicho recurso en forma verbal o escrita
ante el Responsable de Gestión. En caso de apelación, la causa deberá ser remitida al
Juez competente dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de formulada aquélla. La
interposición del recurso solo tendrá efecto suspensivo cuando se hubiere sancionado
una infracción grave o, en el caso de sanción a infracciones leves o medias, cuando así
lo establezca el Magistrado interviniente. Podrán adoptarse las medidas de prevención
necesarias, de conformidad al conflicto acaecido.
CAPÍTULO IX
Procedimiento - Ejecución de las Medidas Disciplinarias Socioeducativas
ARTÍCULO 48: La amonestación será verbal y estará a cargo exclusivamente del
Responsable de Gestión a cargo de la Institución, constando en un acta que se
incorporará al Legajo personal del joven. Sin perjuicio de otras consideraciones
apropiadas al caso, la amonestación consistirá en una advertencia al joven
predominantemente disciplinaria socioeducativa sobre las consecuencias negativas de la
falta cometida y un llamado a la reflexión para modificar su comportamiento.
ARTÍCULO 49: La exclusión de las actividades recreativas o deportivas consistirá en
privar al joven de participar, activa o pasivamente según se disponga, en espectáculos
artísticos o de naturaleza similar.
ARTÍCULO 50: La exclusión de las actividades en común consistirá en privar al joven
de participar en todo tipo de actividad grupal, salvo las educativas y de capacitación.
143
CAPÍTULO VIII
Procedimiento – Notificación
ARTÍCULO 47: En el acto de notificación al joven, el personal designado deberá
informarlo de los fundamentos y alcances de la medida, exhortarlo a reflexionar sobre
su comportamiento.
ARTÍCULO 47 bis: Apelación: El joven gozará de un plazo de cinco (5) días hábiles
para apelar la medida, pudiendo formularse dicho recurso en forma verbal o escrita
ante el Responsable de Gestión. En caso de apelación, la causa deberá ser remitida al
Juez competente dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de formulada aquélla. La
interposición del recurso solo tendrá efecto suspensivo cuando se hubiere sancionado
una infracción grave o, en el caso de sanción a infracciones leves o medias, cuando así
lo establezca el Magistrado interviniente. Podrán adoptarse las medidas de prevención
necesarias, de conformidad al conflicto acaecido.
CAPÍTULO IX
Procedimiento - Ejecución de las Medidas Disciplinarias Socioeducativas
ARTÍCULO 48: La amonestación será verbal y estará a cargo exclusivamente del
Responsable de Gestión a cargo de la Institución, constando en un acta que se
incorporará al Legajo personal del joven. Sin perjuicio de otras consideraciones
apropiadas al caso, la amonestación consistirá en una advertencia al joven
predominantemente disciplinaria socioeducativa sobre las consecuencias negativas de la
falta cometida y un llamado a la reflexión para modificar su comportamiento.
ARTÍCULO 49: La exclusión de las actividades recreativas o deportivas consistirá en
privar al joven de participar, activa o pasivamente según se disponga, en espectáculos
artísticos o de naturaleza similar.
ARTÍCULO 50: La exclusión de las actividades en común consistirá en privar al joven
de participar en todo tipo de actividad grupal, salvo las educativas y de capacitación.
143
ARTÍCULO 51: Durante la permanencia en su lugar de resguardo, cuyas condiciones
no agraven ilegítimamente sus derechos y garantías, el joven deberá:
a) Recibir atención del Personal asignado a su asistencia.
b) El Equipo Técnico podrá solicitarle al joven la realización de alguna tarea que
evite el ocio y promueva la reflexión.
c) El joven deberá asistir a las actividades educativas y de capacitación
obligatorias.
d) Deberá recibir la alimentación diaria en el comedor del sector donde se
encuentre.
e) Como así también deberá contar con el tiempo necesario para su aseo
personal, y la higienización de su habitación.
f) Recibir las visitas familiares programadas en los días y horarios previstos para
ello.
El Responsable de Gestión a cargo de la Institución, realizará monitoreo diario con el
fin de evaluar la disposición y poder modificarla o suspenderla.
CAPÍTULO X
Reparación de daños
ARTÍCULO 52: El joven podrá resarcir o reparar los daños de objetos y pertenencias
de terceros, causados por la infracción que motivó la medida, acompañados por personal
técnico.
CAPÍTULO XI
Conciliación
ARTÍCULO 53: Los jóvenes en conflicto entre sí podrán acceder a un encuentro entre
las partes para el restablecimiento de la relación y llegar a un acuerdo saludable de
convivencia.
144
ARTÍCULO 51: Durante la permanencia en su lugar de resguardo, cuyas condiciones
no agraven ilegítimamente sus derechos y garantías, el joven deberá:
a) Recibir atención del Personal asignado a su asistencia.
b) El Equipo Técnico podrá solicitarle al joven la realización de alguna tarea que
evite el ocio y promueva la reflexión.
c) El joven deberá asistir a las actividades educativas y de capacitación
obligatorias.
d) Deberá recibir la alimentación diaria en el comedor del sector donde se
encuentre.
e) Como así también deberá contar con el tiempo necesario para su aseo
personal, y la higienización de su habitación.
f) Recibir las visitas familiares programadas en los días y horarios previstos para
ello.
El Responsable de Gestión a cargo de la Institución, realizará monitoreo diario con el
fin de evaluar la disposición y poder modificarla o suspenderla.
CAPÍTULO X
Reparación de daños
ARTÍCULO 52: El joven podrá resarcir o reparar los daños de objetos y pertenencias
de terceros, causados por la infracción que motivó la medida, acompañados por personal
técnico.
CAPÍTULO XI
Conciliación
ARTÍCULO 53: Los jóvenes en conflicto entre sí podrán acceder a un encuentro entre
las partes para el restablecimiento de la relación y llegar a un acuerdo saludable de
convivencia.
144
CAPÍTULO XII
Prohibiciones
ARTÍCULO 54: Está terminantemente prohibido al personal de la Institución el
empleo de la fuerza física en la persona de los jóvenes. El personal asignado a la
asistencia tiene expresamente prohibido, sin excepción alguna, portar cualquier
elemento físico que pudiere ser empleado con fines represivos.
CAPÍTULO XIII
Libros de Registro Oficial
ARTÍCULO 55: Son Libros de Registro Oficial Obligatorio:
a) Libro de Turno
b) Libro de Novedades de Sector
c) Libro Registro de Sanciones
145
CAPÍTULO XII
Prohibiciones
ARTÍCULO 54: Está terminantemente prohibido al personal de la Institución el
empleo de la fuerza física en la persona de los jóvenes. El personal asignado a la
asistencia tiene expresamente prohibido, sin excepción alguna, portar cualquier
elemento físico que pudiere ser empleado con fines represivos.
CAPÍTULO XIII
Libros de Registro Oficial
ARTÍCULO 55: Son Libros de Registro Oficial Obligatorio:
a) Libro de Turno
b) Libro de Novedades de Sector
c) Libro Registro de Sanciones
145
ANEXO I
PROTOCOLO PARA DENUNCIA DE MALOS TRATOS
ARTÍCULO 1: Cuando existiere probabilidad de que se hubiese producido una
situación de lesiones o malos tratos contra un joven durante su permanencia en un
Centro Socioeducativo, que involucre a personal de la institución, se deberá comunicar
tal circunstancia dentro de las 24 horas a las autoridades judiciales y administrativas,
pudiendo incurrirse en caso de omisión, en un incumplimiento de los deberes de
funcionario público.
ARTÍCULO 2: La autoridad de aplicación designará personal idóneo ajeno al
establecimiento para que mantenga de inmediato una entrevista con el joven, a los fines
de ponerlos en conocimiento de los derechos y garantías que les asisten y en su caso
labrar las correspondientes actuaciones. Asimismo deberá ser conducido
inmediatamente a un Hospital Público para su atención médica y la realización de los
exámenes que pudiesen corresponder.
ARTÍCULO 3: Las autoridades del Establecimiento deberán remitir, a la mayor
brevedad posible, a la autoridad de aplicación copia certificada del libro de turno,
original del parte de novedades, certificados médicos originales de las actas labradas y
constancia de la denuncia efectuada y comunicaciones al órgano jurisdiccional.
ARTÍCULO 4: La autoridad de aplicación, a los fines de garantizar la seguridad de los
jóvenes y el normal desarrollo de la investigación administrativa del hecho, tomará las
siguientes medidas:
146
ANEXO I
PROTOCOLO PARA DENUNCIA DE MALOS TRATOS
ARTÍCULO 1: Cuando existiere probabilidad de que se hubiese producido una
situación de lesiones o malos tratos contra un joven durante su permanencia en un
Centro Socioeducativo, que involucre a personal de la institución, se deberá comunicar
tal circunstancia dentro de las 24 horas a las autoridades judiciales y administrativas,
pudiendo incurrirse en caso de omisión, en un incumplimiento de los deberes de
funcionario público.
ARTÍCULO 2: La autoridad de aplicación designará personal idóneo ajeno al
establecimiento para que mantenga de inmediato una entrevista con el joven, a los fines
de ponerlos en conocimiento de los derechos y garantías que les asisten y en su caso
labrar las correspondientes actuaciones. Asimismo deberá ser conducido
inmediatamente a un Hospital Público para su atención médica y la realización de los
exámenes que pudiesen corresponder.
ARTÍCULO 3: Las autoridades del Establecimiento deberán remitir, a la mayor
brevedad posible, a la autoridad de aplicación copia certificada del libro de turno,
original del parte de novedades, certificados médicos originales de las actas labradas y
constancia de la denuncia efectuada y comunicaciones al órgano jurisdiccional.
ARTÍCULO 4: La autoridad de aplicación, a los fines de garantizar la seguridad de los
jóvenes y el normal desarrollo de la investigación administrativa del hecho, tomará las
siguientes medidas:
146
a) Separar al personal implicado "prima facie" del contacto con el o los jóvenes
denunciantes, trasladar provisionalmente a otro establecimiento al personal
presuntamente implicado en el hecho, asignarle tareas que no impliquen
contacto con jóvenes, tomar -de corresponder- medidas disciplinarias y/o iniciar
sumario administrativo, conforme lo prevé la normativa disciplinaria prevista en
la legislación vigente.
b) Trasladar al joven o la joven a otro establecimiento, mediando su
consentimiento, con la comunicación inmediata al juez del que dependen.
ANEXO II
PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO PARA INCIDENTES ENTRE
JÓVENES
Frente a toda situación de lesiones o malos tratos que se produjere entre jóvenes durante
su permanencia en un Centro Socioeducativo y que involucre solo a los mismos,
existiere o no denuncia, la autoridad del establecimiento deberá:
a) Constatar el estado de salud del joven, ordenando la atención médica inmediata.
b) Adoptar, según las circunstancias del caso, todas las medidas preventivas en
resguardo de la seguridad y salud de los jóvenes involucrados o no en el
incidente.
c) Investigar el hecho ocurrido a los fines de esclarecer el mismo, así como de
cerciorarse sobre el adecuado accionar del personal que debió prevenir y/o
intervenir en el incidente, dejándose constancia escrita de las acciones
desarrolladas por el Personal asignado a la asistencia de los jóvenes.
d) Verificar si la conducta del o los jóvenes se encuentra tipificada en las
enumeraciones del Reglamento de Convivencia, en caso afirmativo aplicar la
medida disciplinaria que correspondiere.
e) Si el hecho protagonizado por el o los jóvenes pudiere constituir delito tipificado
en el Código Penal, se deberá poner en conocimiento de los hechos a la
autoridad judicial competente en turno a los fines que hubiere lugar.
147
a) Separar al personal implicado "prima facie" del contacto con el o los jóvenes
denunciantes, trasladar provisionalmente a otro establecimiento al personal
presuntamente implicado en el hecho, asignarle tareas que no impliquen
contacto con jóvenes, tomar -de corresponder- medidas disciplinarias y/o iniciar
sumario administrativo, conforme lo prevé la normativa disciplinaria prevista en
la legislación vigente.
b) Trasladar al joven o la joven a otro establecimiento, mediando su
consentimiento, con la comunicación inmediata al juez del que dependen.
ANEXO II
PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO PARA INCIDENTES ENTRE
JÓVENES
Frente a toda situación de lesiones o malos tratos que se produjere entre jóvenes durante
su permanencia en un Centro Socioeducativo y que involucre solo a los mismos,
existiere o no denuncia, la autoridad del establecimiento deberá:
a) Constatar el estado de salud del joven, ordenando la atención médica inmediata.
b) Adoptar, según las circunstancias del caso, todas las medidas preventivas en
resguardo de la seguridad y salud de los jóvenes involucrados o no en el
incidente.
c) Investigar el hecho ocurrido a los fines de esclarecer el mismo, así como de
cerciorarse sobre el adecuado accionar del personal que debió prevenir y/o
intervenir en el incidente, dejándose constancia escrita de las acciones
desarrolladas por el Personal asignado a la asistencia de los jóvenes.
d) Verificar si la conducta del o los jóvenes se encuentra tipificada en las
enumeraciones del Reglamento de Convivencia, en caso afirmativo aplicar la
medida disciplinaria que correspondiere.
e) Si el hecho protagonizado por el o los jóvenes pudiere constituir delito tipificado
en el Código Penal, se deberá poner en conocimiento de los hechos a la
autoridad judicial competente en turno a los fines que hubiere lugar.
147
f) En caso de existir delito, y tras determinar la Autoridad Judicial referida a
párrafo anterior, si el mismo se trata de un delito de acción pública o privada, las
autoridades administrativas institucionales deberán proceder del siguiente modo:
En el primer caso, la autoridad del Establecimiento efectuará la correspondiente
denuncia y lo comunicara a la Autoridad Judicial Competente de Turno. Si la
conducta encuadrare en delito de acción privada o dependiente de instancia
privada, la autoridad administrativa solicitará al juez interviniente a fin que cite
a los mismos a los efectos que puedan ser oídos y en su caso, a sus
representantes legales, quedando en cabeza de estos últimos y/o de los jóvenes,
y del Magistrado la radicación de la correspondiente denuncia.
g) En cualquier caso se deberá cursar comunicación a la autoridad judicial
competente en turno y al Juez de la causa.
h) Los antecedentes reunidos, las comunicaciones realizadas y los elementos que la
autoridad del Establecimiento considere necesario agregar dentro de sus
facultades como máxima autoridad del Centro, se remitirán en original a la
autoridad de aplicación.
RÉGIMEN DE VIDA
Consideración preliminar:
Todos los aspectos referidos al régimen convivencial de los
jóvenes en los institutos serán articulados por los Responsables de Gestión
conjuntamente con los profesionales a cargo del equipo de socioeducadores.
Aspectos Generales:
La convivencia de los Jóvenes entre sí, y la relación entre éstos y
el Personal asignado a su asistencia, se encuentra sujeta a la estructura de roles y pautas
que aquí se describen.
Conforme este esquema, el personal asignado a la asistencia de
los jóvenes será quien oriente las prácticas saludables de convivencia, educación escolar
y cultura del trabajo, siempre teniendo en cuenta el "interés superior del niño, niña y/o
148
f) En caso de existir delito, y tras determinar la Autoridad Judicial referida a
párrafo anterior, si el mismo se trata de un delito de acción pública o privada, las
autoridades administrativas institucionales deberán proceder del siguiente modo:
En el primer caso, la autoridad del Establecimiento efectuará la correspondiente
denuncia y lo comunicara a la Autoridad Judicial Competente de Turno. Si la
conducta encuadrare en delito de acción privada o dependiente de instancia
privada, la autoridad administrativa solicitará al juez interviniente a fin que cite
a los mismos a los efectos que puedan ser oídos y en su caso, a sus
representantes legales, quedando en cabeza de estos últimos y/o de los jóvenes,
y del Magistrado la radicación de la correspondiente denuncia.
g) En cualquier caso se deberá cursar comunicación a la autoridad judicial
competente en turno y al Juez de la causa.
h) Los antecedentes reunidos, las comunicaciones realizadas y los elementos que la
autoridad del Establecimiento considere necesario agregar dentro de sus
facultades como máxima autoridad del Centro, se remitirán en original a la
autoridad de aplicación.
RÉGIMEN DE VIDA
Consideración preliminar:
Todos los aspectos referidos al régimen convivencial de los
jóvenes en los institutos serán articulados por los Responsables de Gestión
conjuntamente con los profesionales a cargo del equipo de socioeducadores.
Aspectos Generales:
La convivencia de los Jóvenes entre sí, y la relación entre éstos y
el Personal asignado a su asistencia, se encuentra sujeta a la estructura de roles y pautas
que aquí se describen.
Conforme este esquema, el personal asignado a la asistencia de
los jóvenes será quien oriente las prácticas saludables de convivencia, educación escolar
y cultura del trabajo, siempre teniendo en cuenta el "interés superior del niño, niña y/o
148
adolescente", con una mirada amplia dirigida a la protección de sus intereses teniendo
como objetivo primordial la revinculacion social y los extremos que a éste le atañen.
El personal asignado a la asistencia de los jóvenes y estos últimos,
deberán procurar asumir conductas que favorezcan la vinculación armónica entre
ambos. Todo ello deberá darse en el marco del respeto al "derecho a ser oídos" del que
gozan los jóvenes, y la consonancia de este derecho con su respectiva "capacidad
progresiva" contemplada en el caso concreto. Tan así deberá ser, que el presente
régimen de vida posibilitará dirimir en el momento oportuno toda y cualquier diferencia
de opinión que se suscite en el contexto de la convivencia, la que tramitará por ante el
Responsable de Gestión a cargo de la Institución.
El personal asignado a la asistencia de los jóvenes deberá
recurrir a “metodologías de participación acción” – “metodologías participativas” en
pos de que los jóvenes valoren y tomen ese intercambio como un camino de crecimiento
inclusivo, que los acerque a una reinserción temprana, dentro de estándares cualitativos
altos.
El Personal asignado a la asistencia será el referente inmediato de
los jóvenes resguardados en los Centros Socioeducativos, siendo el Responsable de
gestión a cargo de la Institución la persona encargada de intervenir en las diferentes
situaciones que puedan suscitarse.
Situaciones Particulares:
1) Situaciones conflictivas:
El personal asignado a la asistencia de los jóvenes podrá recurrir a
acciones efectivas regladas de modo secuencial, no taxativo ni excluyente, en
beneficio de los jóvenes, con el fin de lograr que éstos puedan alcanzar los
objetivos dispuestos en consonancia con los derechos que normativamente les
son reconocidos.
Acciones efectivas frente al conflicto - detalle:
a) Persuasión con las palabras - manifestación verbal del conflicto y
supuesta solución al mismo- propuesta de alternativas.
149
adolescente", con una mirada amplia dirigida a la protección de sus intereses teniendo
como objetivo primordial la revinculacion social y los extremos que a éste le atañen.
El personal asignado a la asistencia de los jóvenes y estos últimos,
deberán procurar asumir conductas que favorezcan la vinculación armónica entre
ambos. Todo ello deberá darse en el marco del respeto al "derecho a ser oídos" del que
gozan los jóvenes, y la consonancia de este derecho con su respectiva "capacidad
progresiva" contemplada en el caso concreto. Tan así deberá ser, que el presente
régimen de vida posibilitará dirimir en el momento oportuno toda y cualquier diferencia
de opinión que se suscite en el contexto de la convivencia, la que tramitará por ante el
Responsable de Gestión a cargo de la Institución.
El personal asignado a la asistencia de los jóvenes deberá
recurrir a “metodologías de participación acción” – “metodologías participativas” en
pos de que los jóvenes valoren y tomen ese intercambio como un camino de crecimiento
inclusivo, que los acerque a una reinserción temprana, dentro de estándares cualitativos
altos.
El Personal asignado a la asistencia será el referente inmediato de
los jóvenes resguardados en los Centros Socioeducativos, siendo el Responsable de
gestión a cargo de la Institución la persona encargada de intervenir en las diferentes
situaciones que puedan suscitarse.
Situaciones Particulares:
1) Situaciones conflictivas:
El personal asignado a la asistencia de los jóvenes podrá recurrir a
acciones efectivas regladas de modo secuencial, no taxativo ni excluyente, en
beneficio de los jóvenes, con el fin de lograr que éstos puedan alcanzar los
objetivos dispuestos en consonancia con los derechos que normativamente les
son reconocidos.
Acciones efectivas frente al conflicto - detalle:
a) Persuasión con las palabras - manifestación verbal del conflicto y
supuesta solución al mismo- propuesta de alternativas.
149
b) Fijación de plazo de tiempo razonable para la comprensión y
aceptación del joven de lo dispuesto, en su beneficio, por el personal asignado a
su asistencia.
c) Puesta en conocimiento a los jóvenes, mediando fundamentación y
exposición clara, de las consecuencias que el accionar que está protagonizando
acarrea.
d) Dar participación a operadores de instancias superiores dentro de la
institución, a los fines que cese la situación conflictiva en el marco de la
búsqueda de resoluciones dictadas en beneficio de los jóvenes implicados.
2) Orden temporo-espacial de la jornada de vida dentro del régimen:
Cuando hablamos de régimen de vida, nos referimos al instrumento
por medio del cual los Centros Socioeducativos contemplan los derechos de los
jóvenes y el ejercicio responsable de los mismos, Las actividades tendientes al
desarrollo integral de los jóvenes se sujetan a una estructura y tiempo dentro del
cual se desarrollan.
“Detalle de horarios y actividad - Jornada tipo:
08:00 Hs. INICIO DE JORNADA: Los jóvenes comienzan su jornada diaria,
realizando su aseo personal y adecuando sus habitaciones.-
08:00 Hs. DESAYUNO: Se servirá en el comedor de cada sector.-
09:00 Hs. ACTIVIDADES: Los jóvenes asistirán a Actividades de distinta
índole, educativas y de capacitación, que tendrán preeminencia sobre las de
recreación o lúdicas y se complementan con éstas. Los jóvenes serán
acompañados por el personal a cargo de su asistencia.-
12:00 Hs. ALMUERZO: Se servirá en el comedor de cada sector.-
13:00 Hs. ESPACIO DE ORGANIZACIÓN INDIVIDUAL: Los jóvenes
permanecerán en sus sectores. Será momento de organización de sus
pertenencias, lectura, televisión o demás actividades.-
150
b) Fijación de plazo de tiempo razonable para la comprensión y
aceptación del joven de lo dispuesto, en su beneficio, por el personal asignado a
su asistencia.
c) Puesta en conocimiento a los jóvenes, mediando fundamentación y
exposición clara, de las consecuencias que el accionar que está protagonizando
acarrea.
d) Dar participación a operadores de instancias superiores dentro de la
institución, a los fines que cese la situación conflictiva en el marco de la
búsqueda de resoluciones dictadas en beneficio de los jóvenes implicados.
2) Orden temporo-espacial de la jornada de vida dentro del régimen:
Cuando hablamos de régimen de vida, nos referimos al instrumento
por medio del cual los Centros Socioeducativos contemplan los derechos de los
jóvenes y el ejercicio responsable de los mismos, Las actividades tendientes al
desarrollo integral de los jóvenes se sujetan a una estructura y tiempo dentro del
cual se desarrollan.
“Detalle de horarios y actividad - Jornada tipo:
08:00 Hs. INICIO DE JORNADA: Los jóvenes comienzan su jornada diaria,
realizando su aseo personal y adecuando sus habitaciones.-
08:00 Hs. DESAYUNO: Se servirá en el comedor de cada sector.-
09:00 Hs. ACTIVIDADES: Los jóvenes asistirán a Actividades de distinta
índole, educativas y de capacitación, que tendrán preeminencia sobre las de
recreación o lúdicas y se complementan con éstas. Los jóvenes serán
acompañados por el personal a cargo de su asistencia.-
12:00 Hs. ALMUERZO: Se servirá en el comedor de cada sector.-
13:00 Hs. ESPACIO DE ORGANIZACIÓN INDIVIDUAL: Los jóvenes
permanecerán en sus sectores. Será momento de organización de sus
pertenencias, lectura, televisión o demás actividades.-
150
14:00 Hs. ACTIVIDADES: Los jóvenes asistirán a Actividades de distinta
índole, educativas y de capacitación que tendrán preeminencia sobre las de
recreación o lúdicas, y se complementarán con éstas.-
17:00 Hs. MERIENDA: Se realizará en el comedor de cada sector. Se podrá
servir esta ración alimentaria allí donde el conjunto de jóvenes se encuentre de
modo excepcional (actividad deportiva, cultural, etc.) fuera del comedor a fin de
mantener continuidad de la actividad.-
18:00 Hs. ACTIVIDAD/RECREACIÓN/RUTINA: Los jóvenes conducidos por
el Personal a cargo de su asistencia continuarán con aquella actividad que les
corresponda.-
20:00 Hs. CENA: Se servirá en el comedor de cada sector.-
20:30 Hs. RECREACIÓN: Los jóvenes se recrearán y dedicarán a sus
ocupaciones personales hasta la hora del descanso nocturno.-
21:30 Hs. INICIO de las actividades para el descanso nocturno (higiene
personal, aprestamiento de lo necesario para la jornada del día siguiente tanto
ordinaria como extraordinaria, (por ej: Comparendo o asistencia a atención
médica hospitalaria, etc). Luego serán conducidos por el personal a cargo de su
asistencia a sus respectivas habitaciones donde estarán ya en descanso a partir de
la hora 22:00.
151
14:00 Hs. ACTIVIDADES: Los jóvenes asistirán a Actividades de distinta
índole, educativas y de capacitación que tendrán preeminencia sobre las de
recreación o lúdicas, y se complementarán con éstas.-
17:00 Hs. MERIENDA: Se realizará en el comedor de cada sector. Se podrá
servir esta ración alimentaria allí donde el conjunto de jóvenes se encuentre de
modo excepcional (actividad deportiva, cultural, etc.) fuera del comedor a fin de
mantener continuidad de la actividad.-
18:00 Hs. ACTIVIDAD/RECREACIÓN/RUTINA: Los jóvenes conducidos por
el Personal a cargo de su asistencia continuarán con aquella actividad que les
corresponda.-
20:00 Hs. CENA: Se servirá en el comedor de cada sector.-
20:30 Hs. RECREACIÓN: Los jóvenes se recrearán y dedicarán a sus
ocupaciones personales hasta la hora del descanso nocturno.-
21:30 Hs. INICIO de las actividades para el descanso nocturno (higiene
personal, aprestamiento de lo necesario para la jornada del día siguiente tanto
ordinaria como extraordinaria, (por ej: Comparendo o asistencia a atención
médica hospitalaria, etc). Luego serán conducidos por el personal a cargo de su
asistencia a sus respectivas habitaciones donde estarán ya en descanso a partir de
la hora 22:00.
151
CREACIÓN DEL CONSEJO INTERDISCIPLINARIO
(Resolución N° 031/2017 y sus modificatorias Resoluciones N° 055/2018.
ANEXO III
CREACIÓN DEL CONSEJO INTERDISCIPLINARIO
SOCIOEDUCATIVO
(Resolución N° 031/2017 y sus modificatorias Resoluciones N° 055/2018.
CREACIÓN DEL CONSEJO INTERDISCIPLINARIO
(Resolución N° 031/2017 y sus modificatorias Resoluciones N° 055/2018.
152
CREACIÓN DEL CONSEJO INTERDISCIPLINARIO
(Resolución N° 031/2017 y sus modificatorias Resoluciones N° 055/2018.
ANEXO III
CREACIÓN DEL CONSEJO INTERDISCIPLINARIO
SOCIOEDUCATIVO
(Resolución N° 031/2017 y sus modificatorias Resoluciones N° 055/2018.
CREACIÓN DEL CONSEJO INTERDISCIPLINARIO
(Resolución N° 031/2017 y sus modificatorias Resoluciones N° 055/2018.
152
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
CÓRDOBA, 07 de Septiembre de 2017
VISTO: La necesidad de avanzar en el diseño
socioeducativo que se implementa en el Complejo Esperanza.
Y CONSIDERANDO:
Que en el Centro Socioeducativo Complejo Esperanza,
el que gira bajo la órbita de esta Secretaría, se encuentran alojados por
disposición judicial, jóvenes en conflicto con la ley penal.
Que resulta una función primordial de estos Centros
integrar a dichos jóvenes en un proyecto socioeducativo el que, sin perder de
vista el aspecto de seguridad que debe regir en el Establecimiento, favorezca
la adecuada resocialización de aquéllos.
Que a fin de dar cumplimiento a dicho objetivo, y en el
marco de las profundas transformaciones que se vienen implementando en el
Complejo Esperanza en beneficio del proceso de resocialización de los
jóvenes allí alojados, resulta necesario establecer un Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, con carácter de órgano consultivo, a integrarse por
representantes de las diversas disciplinas que abordan la problemática del
niño en su paso por la institución.
Que dicho Consejo, que será presidido por el
Responsable del Complejo Esperanza, deberá elaborar los informes
periódicos que requieran los señores Magistrados en relación a los jóvenes
alojados en el Establecimiento, emitir dictámenes fundados, reevaluar y
proponer adecuaciones en el modelo socioeducativo implementado, coordinar
la incorporación de los jóvenes alojados a los programas institucionales,
sugerir modificaciones en el alojamiento de los jóvenes, entre otras funciones.
153
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
CÓRDOBA, 07 de Septiembre de 2017
VISTO: La necesidad de avanzar en el diseño
socioeducativo que se implementa en el Complejo Esperanza.
Y CONSIDERANDO:
Que en el Centro Socioeducativo Complejo Esperanza,
el que gira bajo la órbita de esta Secretaría, se encuentran alojados por
disposición judicial, jóvenes en conflicto con la ley penal.
Que resulta una función primordial de estos Centros
integrar a dichos jóvenes en un proyecto socioeducativo el que, sin perder de
vista el aspecto de seguridad que debe regir en el Establecimiento, favorezca
la adecuada resocialización de aquéllos.
Que a fin de dar cumplimiento a dicho objetivo, y en el
marco de las profundas transformaciones que se vienen implementando en el
Complejo Esperanza en beneficio del proceso de resocialización de los
jóvenes allí alojados, resulta necesario establecer un Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, con carácter de órgano consultivo, a integrarse por
representantes de las diversas disciplinas que abordan la problemática del
niño en su paso por la institución.
Que dicho Consejo, que será presidido por el
Responsable del Complejo Esperanza, deberá elaborar los informes
periódicos que requieran los señores Magistrados en relación a los jóvenes
alojados en el Establecimiento, emitir dictámenes fundados, reevaluar y
proponer adecuaciones en el modelo socioeducativo implementado, coordinar
la incorporación de los jóvenes alojados a los programas institucionales,
sugerir modificaciones en el alojamiento de los jóvenes, entre otras funciones.
153
Que corresponde en esta instancia designar a los
integrantes del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo, así como disponer
que el mismo comience a funcionar con fecha 18 de Septiembre de 2017.
Por lo expuesto y en el marco de las atribuciones
conferidas por la Ley N° 9944;
EL SECRETARIO DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
RESUELVE:
Artículo 1°.- CRÉASE en el ámbito del Centro Socioeducativo Complejo
Esperanza dependiente de esta Secretaría, el Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, órgano consultivo de asesoramiento, el que tendrá las
siguientes funciones:
a) Elaborar los informes periódicos que requieran los señores Magistrados en
relación a los jóvenes alojados en el Complejo Esperanza, así como los
organismos administrativos.
b) Emitir dictámenes fundados sobre la base de las entrevistas previas con los
jóvenes alojados, de los informes producidos por las áreas que lo integran, así
como de las consultas e informaciones del personal requerido.
c) Reevaluar y proponer adecuaciones en el modelo socioeducativo
implementado, con miras a favorecer la resocialización de los jóvenes.
d) Coordinar la incorporación de los jóvenes alojados a los programas
institucionales, su ejecución y/o su modificación.
e) Supervisar el efectivo cumplimiento de los programas institucionales.
f) Sugerir modificaciones en el alojamiento de los jóvenes, a fin de favorecer la
convivencia y resocialización.
g) Emitir opinión fundada respecto a las posibles salidas de los jóvenes
alojados.
154
Que corresponde en esta instancia designar a los
integrantes del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo, así como disponer
que el mismo comience a funcionar con fecha 18 de Septiembre de 2017.
Por lo expuesto y en el marco de las atribuciones
conferidas por la Ley N° 9944;
EL SECRETARIO DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
RESUELVE:
Artículo 1°.- CRÉASE en el ámbito del Centro Socioeducativo Complejo
Esperanza dependiente de esta Secretaría, el Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, órgano consultivo de asesoramiento, el que tendrá las
siguientes funciones:
a) Elaborar los informes periódicos que requieran los señores Magistrados en
relación a los jóvenes alojados en el Complejo Esperanza, así como los
organismos administrativos.
b) Emitir dictámenes fundados sobre la base de las entrevistas previas con los
jóvenes alojados, de los informes producidos por las áreas que lo integran, así
como de las consultas e informaciones del personal requerido.
c) Reevaluar y proponer adecuaciones en el modelo socioeducativo
implementado, con miras a favorecer la resocialización de los jóvenes.
d) Coordinar la incorporación de los jóvenes alojados a los programas
institucionales, su ejecución y/o su modificación.
e) Supervisar el efectivo cumplimiento de los programas institucionales.
f) Sugerir modificaciones en el alojamiento de los jóvenes, a fin de favorecer la
convivencia y resocialización.
g) Emitir opinión fundada respecto a las posibles salidas de los jóvenes
alojados.
154
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
h) Coordinar intervenciones interdisciplinarias a fin de prevenir situaciones que
pudieren provocar el agravamiento o deterioro psicofísico de los jóvenes
alojados.
i) Dictar su propio reglamento de funcionamiento.
Artículo 2°.- DISPÓNESE que todos los informes o dictámenes elaborados
por el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo, deberán ser elevados al
Responsable del Complejo Esperanza, siendo éste el encargado de remitirlos,
en caso de corresponder, a los organismos requirentes.
Artículo 3°.- EL Consejo Interdisciplinario Socioeducativo que se crea por la
presente, estará presidido por el Responsable del Complejo Esperanza e
integrado además, por ocho (8) miembros permanentes, representantes de
cada una de las siguientes áreas: a) educación; b) educación social; c)
atención psicológica; d) trabajo social; e) jurídica; f) médica; g) talleres,
deportes y expresión artística; h) asistencia y seguridad.
Artículo 4°.- DISPÓNESE que el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo
podrá convocar en carácter de miembro no permanente a personal de la
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia que pudiera aportar información
relacionada con un caso y recurrir a todo antecedente que estime necesario
para formar opinión.
Artículo 5°.- LOS representantes permanentes del Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo serán designados por el titular de la Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia, quien podrá removerlos en cualquier momento.
Durarán dos (2) años en su cargo, pudiendo ser reelegidos.
Artículo 6°.- EL Consejo Interdisciplinario Socioeducativo sesionará con la
periodicidad que establezca su reglamento interno y deberá llevar un Libro de
Actas del Consejo, un Libro de Dictámenes y un Libro de Oficios.
155
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
h) Coordinar intervenciones interdisciplinarias a fin de prevenir situaciones que
pudieren provocar el agravamiento o deterioro psicofísico de los jóvenes
alojados.
i) Dictar su propio reglamento de funcionamiento.
Artículo 2°.- DISPÓNESE que todos los informes o dictámenes elaborados
por el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo, deberán ser elevados al
Responsable del Complejo Esperanza, siendo éste el encargado de remitirlos,
en caso de corresponder, a los organismos requirentes.
Artículo 3°.- EL Consejo Interdisciplinario Socioeducativo que se crea por la
presente, estará presidido por el Responsable del Complejo Esperanza e
integrado además, por ocho (8) miembros permanentes, representantes de
cada una de las siguientes áreas: a) educación; b) educación social; c)
atención psicológica; d) trabajo social; e) jurídica; f) médica; g) talleres,
deportes y expresión artística; h) asistencia y seguridad.
Artículo 4°.- DISPÓNESE que el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo
podrá convocar en carácter de miembro no permanente a personal de la
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia que pudiera aportar información
relacionada con un caso y recurrir a todo antecedente que estime necesario
para formar opinión.
Artículo 5°.- LOS representantes permanentes del Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo serán designados por el titular de la Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia, quien podrá removerlos en cualquier momento.
Durarán dos (2) años en su cargo, pudiendo ser reelegidos.
Artículo 6°.- EL Consejo Interdisciplinario Socioeducativo sesionará con la
periodicidad que establezca su reglamento interno y deberá llevar un Libro de
Actas del Consejo, un Libro de Dictámenes y un Libro de Oficios.
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Artículo 7°.- DISPÓNESE que el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo
comenzará a funcionar con fecha 18 de Septiembre de 2017.
Artículo 8°.- DESÍGNANSE los integrantes del Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, el que estará conformado por los agentes que se estipulan en
el Anexo Único, el que compuesto de una (1) foja forma parte de la presente.
Artículo 9°.- PROTOCOLÍCESE , hágase saber, publíquese y dese copia.
RESOLUCIÓN
N° 031.
Fdo.: José Ricardo Piñero – Secretario de Niñez, Ad olescencia y Familia
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de
Córdoba.
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Artículo 7°.- DISPÓNESE que el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo
comenzará a funcionar con fecha 18 de Septiembre de 2017.
Artículo 8°.- DESÍGNANSE los integrantes del Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, el que estará conformado por los agentes que se estipulan en
el Anexo Único, el que compuesto de una (1) foja forma parte de la presente.
Artículo 9°.- PROTOCOLÍCESE , hágase saber, publíquese y dese copia.
RESOLUCIÓN
N° 031.
Fdo.: José Ricardo Piñero – Secretario de Niñez, Ad olescencia y Familia
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de
Córdoba.
156
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
A N E X O Ú N I C O
Responsable del Complejo Esperanza y Presidente del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo:
Prof. Antonio FRANCO, Subsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia
Integrantes del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo:
Apellido y Nombre D.N.I. Sector
POHL, Héctor Javier 21.309.086 Educación
HUERGO, Eduardo Alfredo 10.376.150 Socioeducación
CARABAJAL, Gabriela Gioconda 25.114.490 Atención Psicológica
MURÚA, Graciela del Valle 18.014.874 Trabajo Social
RODRÍGUEZ, María Belén 29.356.160 Jurídica
DOMÍNGUEZ, Elena Esther 16.277.309 Médica
JEREZ, Ana María 17.011.992 Talleres, Deportes y Arte
BACCI, Horacio Ramiro 22.772.310 Asistencia y Seguridad
ANEXO ÚNICO
RESOLUCIÓN N° 031/2017.
Fdo.: José Ricardo Piñero – Secretario de Niñez, Ad olescencia y Familia
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de
Córdoba.
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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
A N E X O Ú N I C O
Responsable del Complejo Esperanza y Presidente del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo:
Prof. Antonio FRANCO, Subsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia
Integrantes del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo:
Apellido y Nombre D.N.I. Sector
POHL, Héctor Javier 21.309.086 Educación
HUERGO, Eduardo Alfredo 10.376.150 Socioeducación
CARABAJAL, Gabriela Gioconda 25.114.490 Atención Psicológica
MURÚA, Graciela del Valle 18.014.874 Trabajo Social
RODRÍGUEZ, María Belén 29.356.160 Jurídica
DOMÍNGUEZ, Elena Esther 16.277.309 Médica
JEREZ, Ana María 17.011.992 Talleres, Deportes y Arte
BACCI, Horacio Ramiro 22.772.310 Asistencia y Seguridad
ANEXO ÚNICO
RESOLUCIÓN N° 031/2017.
Fdo.: José Ricardo Piñero – Secretario de Niñez, Ad olescencia y Familia
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de
Córdoba.
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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
CÓRDOBA, 13 de Noviembre de 2018
VISTO: Lo dispuesto por Resolución N° 031/2017 de
esta Secretaría.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 031 de fecha 07 de Septiembre
de 2017 se crea en el ámbito del Centro Socioeducativo Complejo Esperanza
dependiente de esta Secretaría, el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo.
Que dicho Consejo tiene entre sus funciones elaborar los
informes periódicos que requieran los señores Magistrados en relación a los
jóvenes alojados en el Establecimiento, emitir dictámenes fundados, reevaluar
y proponer adecuaciones en el modelo socioeducativo implementado,
coordinar la incorporación de los jóvenes alojados a los programas
institucionales, sugerir modificaciones en el alojamiento de los jóvenes, entre
otras.
Que el mismo se integra por representantes de las
diversas disciplinas que abordan la problemática del adolescente en su paso
por la institución.
Que el artículo 3° de la citada Resolución establece que
el Consejo Interdisciplinario será presidido por el Responsable del Complejo
Esperanza e integrado además, por ocho (8) miembros permanentes,
representantes de cada una de las siguientes áreas: a) educación; b)
educación social; c) atención psicológica; d) trabajo social; e) jurídica; f)
médica; g) talleres, deportes y expresión artística; h) asistencia y seguridad.
Que resulta necesario en esta instancia modificar
parcialmente el artículo mencionado precedentemente, integrando al sector
Educación, los talleres y el deporte e incorporando el sector Medidas no
Privativas de Libertad. Que es menester asimismo, reemplazar al
representante del sector Asistencia y Seguridad.
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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
CÓRDOBA, 13 de Noviembre de 2018
VISTO: Lo dispuesto por Resolución N° 031/2017 de
esta Secretaría.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 031 de fecha 07 de Septiembre
de 2017 se crea en el ámbito del Centro Socioeducativo Complejo Esperanza
dependiente de esta Secretaría, el Consejo Interdisciplinario Socioeducativo.
Que dicho Consejo tiene entre sus funciones elaborar los
informes periódicos que requieran los señores Magistrados en relación a los
jóvenes alojados en el Establecimiento, emitir dictámenes fundados, reevaluar
y proponer adecuaciones en el modelo socioeducativo implementado,
coordinar la incorporación de los jóvenes alojados a los programas
institucionales, sugerir modificaciones en el alojamiento de los jóvenes, entre
otras.
Que el mismo se integra por representantes de las
diversas disciplinas que abordan la problemática del adolescente en su paso
por la institución.
Que el artículo 3° de la citada Resolución establece que
el Consejo Interdisciplinario será presidido por el Responsable del Complejo
Esperanza e integrado además, por ocho (8) miembros permanentes,
representantes de cada una de las siguientes áreas: a) educación; b)
educación social; c) atención psicológica; d) trabajo social; e) jurídica; f)
médica; g) talleres, deportes y expresión artística; h) asistencia y seguridad.
Que resulta necesario en esta instancia modificar
parcialmente el artículo mencionado precedentemente, integrando al sector
Educación, los talleres y el deporte e incorporando el sector Medidas no
Privativas de Libertad. Que es menester asimismo, reemplazar al
representante del sector Asistencia y Seguridad.
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Por lo expuesto y en el marco de las atribuciones
conferidas por la Ley N° 9944;
EL SECRETARIO DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
RESUELVE:
Artículo 1°.- MODIFÍCASE parcialmente el artículo 3° de la Resolución N°
031 de fecha 07 de Septiembre de 2017 de esta Secretaría, el que quedará
redactado de la siguiente manera: “Artículo 3°.- EL Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo que se crea por la presente, estará presidido por el
Responsable del Complejo Esperanza e integrado además, por ocho (8)
miembros permanentes, representantes de cada una de las siguientes áreas:
a) Educación, Talleres, Deportes; b) Educación Social; c) Atención
Psicológica; d) Trabajo Social; e) Jurídica; f) Médica; g) Medidas no Privativas
de Libertad; h) Asistencia y Seguridad”.
Artículo 2°.- ESTABLÉCESE que el Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, quedará conformado por los agentes que se mencionan en el
Anexo Único, el que compuesto de una (1) foja forma parte de la presente.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE , hágase saber, publíquese y dese copia.
RESOLUCIÓN
N° 055.
Fdo.: José Ricardo Piñero – Secretario de Niñez, Ad olescencia y Familia
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de
Córdoba.
159
Por lo expuesto y en el marco de las atribuciones
conferidas por la Ley N° 9944;
EL SECRETARIO DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
RESUELVE:
Artículo 1°.- MODIFÍCASE parcialmente el artículo 3° de la Resolución N°
031 de fecha 07 de Septiembre de 2017 de esta Secretaría, el que quedará
redactado de la siguiente manera: “Artículo 3°.- EL Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo que se crea por la presente, estará presidido por el
Responsable del Complejo Esperanza e integrado además, por ocho (8)
miembros permanentes, representantes de cada una de las siguientes áreas:
a) Educación, Talleres, Deportes; b) Educación Social; c) Atención
Psicológica; d) Trabajo Social; e) Jurídica; f) Médica; g) Medidas no Privativas
de Libertad; h) Asistencia y Seguridad”.
Artículo 2°.- ESTABLÉCESE que el Consejo Interdisciplinario
Socioeducativo, quedará conformado por los agentes que se mencionan en el
Anexo Único, el que compuesto de una (1) foja forma parte de la presente.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE , hágase saber, publíquese y dese copia.
RESOLUCIÓN
N° 055.
Fdo.: José Ricardo Piñero – Secretario de Niñez, Ad olescencia y Familia
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de
Córdoba.
159
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
A N E X O Ú N I C O
Responsable del Complejo Esperanza y Presidente del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo:
Prof. Antonio FRANCO, Subsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia
Integrantes del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo:
Apellido y Nombre D.N.I. Sector
POHL, Héctor Javier 21.309.086 Educación, Talleres, Deportes
HUERGO, Eduardo Alfredo 10.376.150 Educación Social
CARABAJAL, Gabriela Gioconda 25.114.490 Atención Psicológica
MURÚA, Graciela del Valle 18.014.874 Trabajo Social
RODRÍGUEZ, María Belén 29.356.160 Jurídica
DOMÍNGUEZ, Elena Esther 16.277.309 Médica
RIVAROLA PADRÓS, Pablo Norberto
22.224.592 Medidas No Privativas de Libertad
DÁTTOLI, Carlos Enrique 11.745.108 Asistencia y Seguridad
ANEXO ÚNICO
RESOLUCIÓN N° 055/2018.
Fdo.: José Ricardo Piñero – Secretario de Niñez, Ad olescencia y Familia
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de
Córdoba.
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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia
A N E X O Ú N I C O
Responsable del Complejo Esperanza y Presidente del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo:
Prof. Antonio FRANCO, Subsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia
Integrantes del Consejo Interdisciplinario Socioeducativo:
Apellido y Nombre D.N.I. Sector
POHL, Héctor Javier 21.309.086 Educación, Talleres, Deportes
HUERGO, Eduardo Alfredo 10.376.150 Educación Social
CARABAJAL, Gabriela Gioconda 25.114.490 Atención Psicológica
MURÚA, Graciela del Valle 18.014.874 Trabajo Social
RODRÍGUEZ, María Belén 29.356.160 Jurídica
DOMÍNGUEZ, Elena Esther 16.277.309 Médica
RIVAROLA PADRÓS, Pablo Norberto
22.224.592 Medidas No Privativas de Libertad
DÁTTOLI, Carlos Enrique 11.745.108 Asistencia y Seguridad
ANEXO ÚNICO
RESOLUCIÓN N° 055/2018.
Fdo.: José Ricardo Piñero – Secretario de Niñez, Ad olescencia y Familia
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de
Córdoba.
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