rec. repo. permanente

5
 A LA SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN MALAGA OFICINA DE EXTRANJERIA   Artículo 3 9 1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. D. VAKARAMOKO KONATE., mayor de edad, nacional de Costa de Marfil, con NIE: X- 9381229-N, bao la dire cci!n letr ada de "# $%sana &%esca 'rti(, )etrad a del Il%str e Cole*io de +bo*ados, cole*iada y, con domicilio a efectos de notificaciones en la C/ Carreter0a n 9, 1, C: 298 de M4la*a, ante este !r*ano administrati5o com6are(co y, como meor 6roceda en "erec7o, DIGO:  %e en fec7a 22 de %nio de 213 me 7a notificado esol%ci!n de la $%bdele*aci!n de ;obierno en M4la*a de fec7a 1 de %nio del corriente 6or la <%e se denie*a la solicit%d de +%tori(aci!n de esidencia ermanente solicitada a ". =a>aramo>o ?onate, y es 6or ello <%e 6or medio del 6res ente escrit o, y dentro del 6l a(o conferido al ef ec to, 5e n*o a inter 6onemos RECURSO POTEST ATIVO DE REPOSICI ÓN contra la mencionada resol%ci!n, 6or no encontrarla a%stada a "erec7o en base a las si*%ientes ALEGACIONES PRIMERO.- %e el 1 de se6tiemb re de 21 inici@ los tr4mi tes 6ara soli citar a%tori( aci!n de residencia y trabao de lar*a d%raci!n 7abiendo sido tit%lar del corres6ondiente 6ermiso de residencia y tra ba o 6or c%enta aena, conforme a lo dis6%esto en el art 0c%lo A, si*%ientes y concordantes del eal "ecreto 2393/2A, de 3 de diciembre 6or el <%e se a6r %eba el e*la mento de la )ey 'r*4nica A/2, de 11 de ene ro, sobre derec7os y libertades de los eBtraneros en Es6aa y s% inte*raci!n social, a6ortando con la solicit%d de reno5aci!n toda la doc%mentaci!n eBi*ida 6or la normati5a. $e ad%nta como doc%mento n 2 co6ia de la tareta de residencia y como doc%mento n 3 co6ia del 6asa6orte acreditati5o de mi identidad. $e a6ort! con la solicit%d toda la doc%mentaci!n eBi*ida al efecto. SEGUNDO.-  %e en fec7a 23 de oct%bre de 29 se me notifica esol%ci!n dictada 6or la "el e*a ci! n de ;obierno de Madrid 6or la c%al se ac%erd a den e*ar la a%t ori(ac i!n de residencia de lar*a d%raci!n, f%ndamentando dic7a dene*aci!n de forma Dnica y eBcl%si5a en lo dis6%esto en el art0c%lo 3 del eal "ecreto 2393/2A, de 3 de "iciembre 6or el <%e sea a6r %eba el e* lamento de Eec%c i!n de la )ey 'r*4n ica A/2 de 11 de enero sob re derec7os y libertades de los eBtraneros en Es6aa y s% inte*raci!n social, en redacci!n dada 6or la )ey 'r*4nica 2/29. $eal4ndose literalmente:

Upload: sirenita04

Post on 04-Nov-2015

220 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

RECURSO DE REPOSICION

TRANSCRIPT

A LA SUBDELEAGCION DEL GOBIERNO EN MALAGA

A LA SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN MALAGAOFICINA DE EXTRANJERIA

Artculo 39

1. Los poderes pblicos aseguran la proteccin social, econmica y jurdica de la familia.

D. VAKARAMOKO KONATE., mayor de edad, nacional de Costa de Marfil, con NIE: X- 9381229-N, bajo la direccin letrada de D Susana Huesca Ortiz, Letrada del Ilustre Colegio de Abogados, colegiada 6050 y, con domicilio a efectos de notificaciones en la C/ Carretera n 79, 1, CP: 29008 de Mlaga, ante este rgano administrativo comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que en fecha 22 de Junio de 2013 me ha notificado Resolucin de la Subdelegacin de Gobierno en Mlaga de fecha 10 de junio del corriente por la que se deniega la solicitud de Autorizacin de Residencia Permanente solicitada a D. Vakaramoko Konate, y es por ello que por medio del presente escrito, y dentro del plazo conferido al efecto, vengo a interponemos RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICINcontra la mencionada resolucin, por no encontrarla ajustada a Derecho en base a las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERO.-Que el 16 de septiembre de 2010 inici los trmites para solicitar autorizacin de residencia y trabajo de larga duracin habiendo sido titular del correspondiente permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena, conforme a lo dispuesto en el artculo 54, siguientes y concordantes del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgnica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espaa y su integracin social, aportando con la solicitud de renovacin toda la documentacin exigida por la normativa. Se adjunta como documento n 2 copia de la tarjeta de residencia y como documento n 3 copia del pasaporte acreditativo de mi identidad. Se aport con la solicitud toda la documentacin exigida al efecto.

SEGUNDO.-Que en fecha 23 de octubre de 2009 se me notifica Resolucin dictada por la Delegacin de Gobierno de Madrid por la cual se acuerda denegar la autorizacin de residencia de larga duracin, fundamentando dicha denegacin de forma nica y exclusiva en lo dispuesto en el artculo 73 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de Diciembre por el que sea aprueba el Reglamento de Ejecucin de la Ley Orgnica 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espaa y su integracin social, en redaccin dada por la Ley Orgnica 2/2009.

Sealndose literalmente:

Segundo: Visto lo anterior, se concluye que no procede acceder a lo solicitado, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 73 del Reglamento citado anteriormente, toda vez que consta informe gubernativo desfavorable del trabajador en Espaa.

TERCERO.-La resolucin recurrida se ampara en lo dispuesto en el artculo 73 del Reglamento anteriormente citado que dispone: Recibida la solicitud, o subsanada sta, el rgano competente recabar de oficio el correspondiente certificado de antecedentes penales, as como aquellos informes pertinentes para la tramitacin y resolucin del procedimiento.

Si atendemos a lo manifestado en la Resolucin que se recurre podemos comprobar como en su antecedente de hecho primero efectivamente, se hace referencia a la solicitud de un informe gubernativo, pero llama la atencin el hecho de que ste fuera solicitado el da 9 de Junio de 2010, es decir 6 meses antes de que presentase mi solicitud. El informe recibido es desfavorable por constar antecedentes policiales.

Esta parte se pregunta si es que en la Resolucin ha incurrido en algn tipo de error, lo que pondra de manifiesto que la misma no es ms que un simple formulario al que se le cambian los datos identificativos del interesado pero que en ningn momento tiene en cuenta las circunstancias personales del solicitante, pues es totalmente inexplicable el hecho de que se solicite un informe gubernativo antes de que se presente la solicitud de la renovacin de mi tarjeta.

Independientemente del hecho de que nos encontremos ante un error, sealar que durante mi estancia en Espaa desde el ao 2007 nunca he sido detenido ni condenado por delito o falta alguna, jams me he visto involucrado en ningn asunto que pudiera haberme ocasionado antecedentes, ni siquiera policiales, habiendo solicitado ante el Ministerio del Interior la solicitud de acceso a los datos personales del fichero PERPOLl, as como la cancelacin de los antecedentes policiales que pudiera tener. Documentos n 3 y 4.

CUARTO.-Evidentemente la resolucin no es ms que un mero formulario que no se ajusta al caso concreto, pues no ha entrado a valorar mi situacin personal tal y como exige la normativa, pues si bien es cierto que para poder autorizar la residencia temporal de un extranjero en Espaa es preciso que ste carezca de antecedentes, tambin lo es que la propia Ley de extranjera especifica claramente que se valoraran en funcin de las circunstancias de cada supuesto, la posibilidad de renovar el permiso de residencia a los extranjeros que hubieran sido condenados por la comisin de un delito y hayan cumplido condena, los que hayan sido indultados, o que se encuentren en remisin condicional de la pena.

La propia norma esgrimida de contrario hace referencia a quehabrn de valorarse las circunstancias de cada supuesto, lo que implica que la existencia de antecedentes no tendr que ser por si sola motivo de denegacin del permiso de residencia; sino que habr que atender a las dems circunstancias que rodeen el caso, situacin que en el presente supuesto no se ha tenido en cuenta.

En primer lugar nos encontramos con la mera existencia de un informe gubernativo desfavorable que en modo alguno puede ser determinante. As lo ha establecido numerosa jurisprudencia que establece que no es conforme a derecho la denegacin de la renovacin del permiso de trabajo slo y exclusivamente por obrar un informe desfavorable de la polica.

La denegacin del permiso solicitado basado nicamente en la existencia de un informe, sin existir antecedentes y una sentencia firme, quebranta la presuncin de inocencia ya que se estn concediendo a tales antecedentes policiales un valor que no respeta tal presuncin.

Destacar por la similitud con el presente caso laSentencia de Tribunal Superior de Justicia de Valencia, Seccin 1, de fecha 16 de Febrero de 2007:

......Ahora bien, la cuestin que se plantea es si es ajustado a derecho que pueda darse un informe gubernativo desfavorable por una mera detencin por un delito menos grave y por la mera existencia de diligencias penales, no archivadas, pero en las que tampoco ha recado sentencia firme ni absolutoria. La respuesta a esta cuestin nos la da la Jurisprudencia.

As el TS Sala 3, sec. 4, en su sentencia de fecha 5.3.2003 EDJ2003/3770 , establece que "Entiende la Sala insuficiente como para denegar el permiso solicitado la existencia de sendas diligencias penales, unas archivadas y sobresedas, pendientes de juicio las otras, que no acreditan la puesta en peligro del orden pblico, tal y como hoy se debe ste interpretar.

Este mismo criterio se acoge por la sentencia de estaSala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3, de fecha 1.7.2002 , dictada en el recurso 119/2002 EDJ2002/57411, cuando, con desestimacin del recurso de apelacin, confirma la sentencia del Juzgado de instancia que haba anulado la resolucin administrativa denegatoria de la solicitud del ahora apelado relativa a la renovacin de su permiso de trabajo. Referida Sala, en dicha sentencia, teniendo en cuenta que los hechos por los que en su da fue detenido el actor apelado no fueron considerados como delito, sino nicamente como falta penal, lo que no conlleva la existencia de antecedentes delictivos, manifiesta que el informe administrativo determinante del resultado declarado por la Administracin pblica en lo que respecta a la solicitud de permiso de trabajo permanente, inclua nicamente antecedentes policiales, y tales antecedentes carecen de valor suficiente para impedir el acceso a la autorizacin administrativa solicitada, al no haber sido desvirtuado el principio constitucional que presume inocente a toda persona fsica contra la que se dirija una actuacin de corte sancionador penal, mientras no exista una resolucin judicial que establezca la concreta responsabilidad punitiva que corresponde En aplicacin de dicha Jurisprudencia, y teniendo en cuenta que la resolucin denegatoria tan solo se basa en el informe policial desfavorable y que esta nota desfavorable trae apoyo del hecho de que el actor se encuentra imputado y acusado en unas diligencias penales, sin que haya constancia documental de que haya recado sentencia firme condenatoria anterior a la resolucin administrativa objeto de anlisis, es por lo que la Sala considera que la conclusin de dicho informe policial y la resolucin denegatoria de la renovacin del permiso de trabajo no respeta el principio de presuncin de inocencia que tambin asiste a los extranjeros; y por ello dicha resolucin no es conforme a derecho desde el momento en que deniega la renovacin del permiso por causa o motivo, como es el informe desfavorable, que no trae causa de un hecho incontestable al no haber todava una sentencia penal firme que enjuicie esa presunta conducta delictiva que se imputa al actor y que motiva el informe desfavorable, con base al cual se deniega el permiso solicitado en la resolucin recurrida".

QUINTO.-Es necesario igualmente valorar mis circunstancias personales, llegu a Espaa en el ao 2007 junto con mi familia y he resido de forma legal durante todos estos aos, integrndome completamente en la sociedad.

En la actualidad resido en Espaa con mi mujer ............., residente legal, conforme acredito con copia de su tarjeta de residencia documento n 5 y nuestra hija de 2 aos ..........., tambin con residencia. Aporto como documentos n 6 y n 7 tarjeta de residencia de mi hija y libro de familia, y como documento n 8 y n 9 certificado de empadronamiento y contrato de alquiler de la vivienda donde resido con mi familia.

Es evidente por tanto el arraigo familiar que tengo en Espaa, pues toda mi familia reside aqu de forma legal, pero tambin existe un arraigo laboral as como una fuerte vinculacin con el pas.

Durante los aos que llevo residiendo en Espaa he cotizado a la Seguridad Social y cumplido con mis obligaciones tributarias conforme acredito con copia de mi informe de vida laboral que adjunto como documento n 10 as como con certificado de haber efectuado la declaracin de la Renta en el ao 2009 documento n 11.

En la actualidad me encuentro desempleado, cobrando el correspondiente subsidio por desempleo buscando trabajo de forma activa, adjunto como documentos n 12 a 15 documentos acreditativos de la prestacin que percibo.

Existen en el presente caso un cmulo de circunstancias que deberan haberse tenido en cuenta por la administracin a la hora de dictarse una Resolucin tan gravosa como es la denegacin de la renovacin de mi tarjeta, pues pese a existir un informe gubernativo desfavorable el mismo debe considerar contrarrestado por el resto de circunstancias concurrentes como son el hecho de llevar residiendo de forma legal en Espaa durante 7 aos junto con mi mujer y mi hija.

La jurisprudencia ha se ha pronunciado unnimemente al respecto concediendo la tarjeta de residencia an en supuestos en los que el interesado tena antecedentes y su condena estaba en suspenso, destacar por su relevancia laSentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Seccin 2, de fecha 12 de abril de 2010, Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Seccin 2, de fecha 18 de marzo de 2010.

SEXTO.-De acordarse la medida propuesta y denegarse la concesin del permiso solicitado obligndome, en consecuencia, a abandonar el territorio nacional en un breve espacio de tiempo, se estar arremetiendo contra uno de los principios bsico del Estado de Derecho, como es la proteccin que se dispensa constitucionalmente a la familia, recogido especficamente en el artculo 39 de nuestra Carta Magna que dispone que los poderes pblicos aseguran la proteccin social, econmica y jurdica de la familia. Proteccin que no se dar si se me impide estar junto a mi hija y mi mujer, fundamentado nicamente como motivo para denegar la regularizacin de mi situacin en la existencia de un informe gubernativo desfavorable.

La denegacin del permiso solicitado me colocar en situacin irregular y ante el riesgo de una posible incoaccin de un expediente sancionador que me obligue a abandonar el pas, de manera que no slo se privara a mi hijo del derecho de estar con su progenitor sino tambin a una madre residente legal del derecho de poder vivir con su marido. La desmembracin de la familia es evidente en el presente caso pues tendra que estar separado de mi familia, o bien renunciar stos a sus derechos para acompaarme de regreso a m pas en el que lamentablemente debido a la situacin social y econmica, mi hija vera menoscabadas sus oportunidades.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado en su jurisprudencia que la denegacin de la concesin de la autorizacin de residencia a una persona de un Estado en el que lleva un gran nmero de aos y viven miembros prximos de su familia, como concurre en este caso, puede constituir una violacin del derecho al respeto de la vida familiar garantizado por el artculo 8 del Convenio.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que la autoridad que estima o desestima la peticin de una autorizacin de residencia y trabajo ha de efectuar una justa ponderacin entre los intereses en juego, el derecho al respeto de la vida familiar por un lado, y la necesidad de la medida para el Estado.

En este caso, la autoridad gubernativa no ha efectuado ninguna ponderacin, pues no pude denegarse un permiso de residencia y trabajo por la mera existencia de un informe gubernativo desfavorable a una persona que ha desarrollado una parte importante de su vida en el territorio espaol, trabajando y cotizando a la seguridad social, conviviendo pacficamente con sus familiares todos ellos residentes legales.

Por todo lo anteriormente expuesto,

SOLICITO:Que se tenga por interpuesto el presente escrito con los documentos adjuntos, se sirva admitirlo y tener por interpuestoRECURSO POTESTATIVO DE REPOSICION, frente a la resolucin de fecha 8 de octubre de 2010, por la que se deniega la autorizacin de residencia permanente interesada y previa la tramitacin legal que corresponda, sea dictada resolucin por la que se acceda a conceder la Autorizacin de residencia solicitada.