preguntero obligaciones

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  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

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    (14.1.1) El dolo:

    A- El dolo se presume y no necesariamente debe ser probado por quien loalega.B- El dolo en el incumplimiento obligacional es no cumplir deliberadamente,aún no pudiendo cumplirC- delictual consiste en ejecutar un hecho ilícito a sabiendas y conintención de dañar a otroD- en el incumplimiento obligacional es el propósito deliberado de no cumplir,con o sin intención de dañar al acreedor.E- como vicio del acto ur!dico, es una conducta orientada a provocar el errorde un tercero.

    (14.2.4) La culpa

    !- El conjunto de las otras opciones con"#uran la respuesta correctaB- puede mani"estarse como negligencia, imprudencia o impericia.

    #- y su noción conceptual es id$ntica en el derec%o civil y en el derec%o penal,aun cuando puedan e&istir distintas pautas de apreciación y prueba en una y otrarama del derec%o.D- constituye un de"ecto de conducta predicable de un acto voluntario.E- y su noción conceptual no var!a, según la responsabilidad sea contractual oe&tracontractual, sin peruicio de los di"erentes e"ectos que pueda producir enuna y otra órbita en sistemas como el nuestro.

    (14.2.$) La %ora del deudor no..

    • provoca, entre otros e"ectos, la responsabilidad civil del deudor moroso porlos daños causados por su inconducta.

    • legitima la eecución por otro a cargo del deudor.• provoca la perpetuatio obligaciones o traslación de riesgos al moroso. Ello

    signi'ca que, como regla, el deudor moroso asume ine&orablemente, sinlimitaciones, el riesgo de p$rdida "ortuita de la cosa, aun cuando puedademostrar que ella %ubiese perecido igualmente estando en poder del acreedor.

    • i%pide a &ste in'ocar la aplicación de la teoría de la i%pre'isión.• legitima la pretensión de eecución "or(ada en "orma espec!'ca de la

    prestación, por parte del acreedor.

    (14..1) La %ora del acreedor o %ora creditoris

    • produce e"ectos similares a los de la mora del deudor.• El conunto de las otras opciones con'guran la respuesta correcta• traslada los riesgos de la prestación sobre dic%o sueto y compromete su

    responsabilidad civil.• no est) reglada org)nicamente en nuestro código civil• se produce cuando &ste injusti"cada%ente no presta los actos de

    cooperación *ue sean necesarios para *ue el deudor pueda cu%plir. Espreciso ade%+s *ue el deudor e,ecte una o,erta real de pa#o.

    (14..2) on re*uisitos del caso ,ortuito o ,uer/a %ayor

    • *er imprevisible, inevitable, aeno al presunto responsable y en su caso,e&traño al riesgo o vicio de la cosa+ en materia obligacional adem)s debe ser:

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    sobreviniente al nacimiento de la obligación y representar un obst)culoinsalvable para el cumplimiento.

    • *er imprevisible, inevitable, actual, aeno al presunto responsable y en sucaso, e&traño al riesgo o vicio de la cosa+ en materia obligacional adem)s deberepresentar un obst)culo insalvable para el cumplimiento.

    • er i%pre'isible ine'itable actual ajeno al presunto responsable

    y en su caso e0traño al ries#o o 'icio de la cosa en %ateria obli#aciónal ade%+s debe ser sobre'i'iente al naci%iento de la obli#ación yrepresentar un obst+culo insal'able para el cu%pli%iento.

    • *er imprevisible, inevitable, actual, aeno al presunto responsable+ enmateria obligacional adem)s debe ser: sobreviniente al nacimiento de laobligación y representar un obst)culo insalvable para el cumplimiento

    • *er imprevisible, inevitable, actual, aeno al presunto responsable y+ enmateria obligacional adem)s debe ser: sobreviniente al nacimiento de laobligación.

    (1..1) on re*uisitos necesarios para *ue se produ/ca el pa#ocon subro#ación El conunto de todas las otras respuestas con'gura la opción correcta

    (1..1) En el pa#o con subro#ación El conunto de todas las otras opciones con'gura la respuesta correcta

    (1..) 3ndi*ue cu+l de estos supuestos 5 constituye un caso de pa#ocon subro#ación le#al

    • ago de una deuda aena garanti(ada con %ipoteca en primer gradoconstituido sobre un bien propio.

    • ago de una deuda por quien estaba obligado por otros o con otros.• 6a#o de un tercero no interesado contra la 'oluntad del deudor.• ago e"ectuado por un tercero interesado con asentimiento o ignorancia

    del deudor.• ago a un acreedor que le es pre"erente.

    (1..1) El ne#ocio jurídico *ue tiene por "nalidad hacer subentrar a une0traño en la cate#oría de parte contractual despla/ando a uno de losori#inarios contratantes se deno%ina

    A- ideicomiso7- Cesión de posición contractual.

    #- #esión de cr$dito.D- ovaciónE- Asunción de deudas.

    (1.8.) 5 es re*uisito del reconoci%iento de la obli#ación *ue

    !- 9uien recono/ca la deuda ten#a intención de so%eterse a ella.B- El obeto del acto de reconocimiento sea l!cito.#- /uien recono(ca la deuda tenga capacidad para cambiar validamente elestado de su derec%o.D- E&ista voluntad de reconocer por parte del sueto, libre de vicios.E- 0a causa 'nal del acto de reconocimiento sea licita.

    (18.4) o constituye una no'ación por ca%bio de naturale/a o 'ínculo jurídico

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    a1 0a conversión de una obligación civil en obligación comercial.b1 0a conversión de una obligación simplemente mancomunada en solidaria.c1 0a conversión de una obligación condicional en pura y simple.d1 0a conversión de una obligación pura y simple en obligación condicional.e1 La incorporación de un car#o resolutorio a una obli#ación pura y

    si%ple.

    (18..1) La dación en pa#o

    • pago por entrega de bienes es todo acto de cumplimiento de unaobligación que, con el consentimiento del acreedor, se lleva a cabo mediante laeecución de una prestación distinta de la inicialmente debida.

    • produce la e&tinción de la obligación principal pero no de las accesorias.• pa#o por entre#a de bienes es el acto por el cual el deudor se

    obli#a a cu%plir con una prestación di,erente de la ori#inaria%entedebida con consenti%iento del acreedor

    • requiere, en la representación voluntaria, del otorgamiento de poderespecial.

    • cuando tenga por obeto una cosa, el acto tendr) los mismos e"ectos quela cesión de cr$ditos. 

    (1$.1.:) Es;son susceptible;s de co%pensación le#al

    A- 0a obligación de pagar daños e intereses por la no devolución de la cosadada en depósito irregular.B- 0a obligación de indemni(ar daños y peruicios provenientes del despoo.#- 0os cr$ditos por remuneraciones laborales.

    D- 0a obligación de prestar alimentos.E-

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    A- conmutativo o aleatorio, consensual, divisible, de interpretación estricta,como regla no "ormal y tambi$n como regla declarativo de derec%os a que ella sere'ereB- conmutativo o aleatorio, consensual, indivisible, de interpretación estricta,como regla no "ormal y tambi$n como regla traslativo de derec%os a que ella sere'ereC- con%utati'o o aleatorio consensual indi'isible de interpretaciónestricta co%o re#la no ,or%al y ta%bi&n co%o re#la declarati'o dederechos a *ue ella se re"ereD- conmutativo o aleatorio, consensual, indivisible, de interpretación estricta,"ormal y como regla declarativo de derec%os a que ella se re'ere.E- o gratuito, según los casos, conmutativo o aleatorio, consensual, indivisible,de interpretación estricta, como regla no "ormal y tambi$n como regladeclarativo de derec%os a que ella se re'ere

    (1:.1.11) >especto de los e,ectos de la transacción pode%os a"r%ar*ue

    • En virtud de este e"ecto declarativo de la transacción se transmitenderec%os y se elimina la incertidumbre e&istente

    • *i una de las partes en la transacción adquiere un nuevo derec%o sobre lacosa renunciada o trans"erida a la otra que se u(gaba con derec%o a ella, latransacción impide el eercicio del nuevo derec%o adquirido

    • La transacción hecha por uno de los interesados ni perjudica niapro'echa a terceros ni a los de%+s interesados aun cuando lasobli#aciones sean indi'isibles

    • #uando la transacción recae sobre los mismos derec%os controvertidos,como es lo usual, tiene e"ecto traslativo de derec%os.

    E"ecto declarativo de la transacción signi'ca que $sta tiene por obetotrans"erir o con"erir a las partes nuevos derec%os sobre aquello que %a sidomateria de la controversia

    (1:.1.12) La transacción es anulable El conunto de las otras respuestas con'gura la opción correcta

    (1?.1.8) La prescripción

    • no corre entre marido y muer, aunque est$n separados de bienes• El conjunto de todas las otras opciones con"#ura la opción

    correcta• se suspende durante el matrimonio, cuando la acción de la muer %ubierede recaer contra el marido, sea por un recurso de garant!a, o sea porque loe&pusiere a pleitos o a satis"acer daños e intereses.

    • de las acciones de los tutores y curadores contra los menores y laspersonas que est)n bao curatela como tambi$n las acciones de $stos contra lostutores y curadores, no corren durante la tutela o curatela

    • no corre contra el %eredero que %a aceptado la %erencia con bene'cio deinventario, respecto de sus cr$ditos contra la sucesión.

    (1?.1.:) >especto de la renuncia de la prescripción pode%os a"r%ar*ue

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    • 0a renuncia a la prescripción ganada no e&ige "ormalidad alguna. uedeser e&presa o t)cita, verbal o escrita, en este último caso documentada eninstrumento público o privado.

    • o puede renunciarse v)lidamente al derec%o de prescribir para el "uturo• El conjunto de todas las otras opciones con,or%a la respuesta

    correcta•

    uede ser renunciada cuando se trate de una prescripción ya cumplida oganada

    • ara que sea v)lida se requiere que quien la e"ectúa tenga capacidad de%ec%o para disponer.

    (1?.2.1) >especto de la prescripción pode%os a"r%ar *ue

    A- 0a prescripción del capital comien(a desde el último pago de los intereses ode la renta.7- Es nula toda cl+usula con'encional *ue i%porte una a%pliación delt&r%ino de prescripción.#- #uando la condición es resolutoria, y no %ubiese pla(o 'ado, el curso de laprescripción comien(a a correr desde el momento en que se cumple la condición.D- #uando se trata de una prestación única "raccionada o de supuestos en loscuales las cuotas constituyen en s! mismas verdaderas obligaciones,independientes las unas de las otras 2v.g., deuda por alquileres, o porsuministros1, la prescripción comien(a a correr desde el vencimiento de laprimera cuotaE- 0os actos interruptivos o suspensivos del pla(o de prescripción pueden sercumplidos e'ca(mente aún cuando %aya vencido el curso de la prescripción.

    (1?.2.2) La suspensión de la prescripción

    •  3rat)ndose de obligaciones de sueto plural, de mancomunación simple osolidaria, cuyo obeto sea divisible produce e"ectos respecto con relación a losrestantes coacreedores o codeudores.

    • ropaga sus e"ectos trat)ndose de obligaciones solidarias y deobligaciones concurrentes, la suspensión de la prescripción.

    • ropaga sus e"ectos en las obligaciones indivisibles•

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    desaparecido el obst)culo, el acreedor solicite la dispensa dentro del pla(o decaducidad de seis meses#- 41 /ue medie di'cultad o imposibilidad de %ec%o o de derec%o para eleercicio de la acción. 51 /ue el impedimento e&ista al momento del vencimientodel mismo. 61 /ue desaparecido el obst)culo, el acreedor solicite la dispensadentro del pla(o de caducidad de tres mesesD- 41 /ue medie di'cultad o imposibilidad de derec%o para el eercicio de laacción. 51 /ue el impedimento e&ista al momento del vencimiento del t$rmino deprescripción. 61 /ue desaparecido el obst)culo, el acreedor solicite la dispensadentro del pla(o de caducidad de tres mesesE- 41 /ue medie di'cultad o imposibilidad de %ec%o para el eercicio de laacción. 51 /ue el impedimento e&ista al momento del vencimiento del t$rmino deprescripción. 61 /ue desaparecido el obst)culo, el acreedor solicite la dispensadentro del pla(o de caducidad de seis meses

    (1?..) El pla/o de prescripción de la acción de pa#ar los atrasos porcr&ditos por ali%entos adeudados por sentencia o acuerdo e0trajudiciales de

    6 años• 4 año.• 5 años• años.• 47 años

    (1?..) El pla/o de prescripción de la acción de nulidad del acto jurídicopor 'icio de lesión subjeti'a es de 5 años

    (1?..) La acción de responsabilidad ci'il e0tracontractual tiene en el

    códi#o ci'il este pla/o de prescripción5 años

    ([email protected]) on re*uisitos de procedencia de la acción deenri*ueci%iento sin causa empobrecimiento del demandante, relación causal entre elenriquecimiento y el empobrecimiento, ausencia de causa y carencia detoda otra acción 2subsidiariedad1.

    (2@..$) 5bli#ación putati'a es

    !- La *ue se ,unda nica%ente en la creencia del deudor pero *ue en'erdad no e0iste.B- 0a obligación anulable de nulidad absoluta.#- 0a obligación anulable de nulidad relativa.D- 0a obligación nula de nulidad relativa.E- 0a obligación nula de nulidad absoluta.

    ( 1?.1.: ) >especto de la renuncia de la prescripción pode%os a"r%ar*ue

    • 0a renuncia a la prescripción ganada no e&ige "ormalidad alguna. uedeser e&presa o t)cita, verbal o escrita, en este último caso documentada eninstrumento público o privado.

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    • o puede renunciarse v)lidamente al derec%o de prescribir para el "uturo

    • El conjunto de todas las otras opciones con,or%a la respuestacorrecta

    uede ser renunciada cuando se trate de una prescripción ya cumplida oganada

    • ara que sea v)lida se requiere que quien la e"ectúa tenga capacidad de%ec%o para disponer.

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    44. 2 46.5.6 1 8especto de los privilegios podemos a'rmar que:El derecho dado por la ley a un acreedor para ser pa#ado conpre,erencia a otro se lla%a en este códi#o pri'ile#io.!3E3A3LEB35 conjunto de bienes *ue lo satis,acen sobre los*ue es posible reali/ar la acreencia. Ej asiento de hipoteca es unin%ueble en el porcentaje *ue #arantice la hipoteca

    46. 2 49.6.4 1 0a remisión de la deuda:>especto de los re*uisitos de capacidad y objeto re%iti%os a lo yatratado en la renuncia de derechos.olo caben al#unas aclaraciones respecto de la ,or%a por*ue puededarse de %anera

    • E&presa: verbalmente, por escrito o por signos inequ!vocos, en estesupuesto la buena "e uega un papel importante dado que el deudor debeconocerla, por ello es una declaración recepticia

    •  3)cita: se presume "rente a algunos supuestos, uno de ellos es el dispuestoen el Art. 99 que dispone:;

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    b) >ecíprocas concesiones cada parte debe abdicar parcial%ente asu pretensión ori#inaria. e re*uiere *ue las partes se ha#anconcesiones recíprocas y esto es ,unda%ental toda 'e/ *ue debee0istir un sacri"cio de a%bas partes y no de una sola esto ladistin#ue clara%ente del reconoci%iento de derechos. Esi%portante aclarar *ue las concesiones pueden ser en lasproporciones *ue las partes ne#ocien no es necesario *ue seanen partes i#uales ni %ucho %enos %as all+ *ue la %ayoría de loseje%plos los autores lo hacen partiendoD las di,erencias de laspretensiones en la %itad.

    c) =ebe recaer sobre obli#aciones liti#iosas o dudosas latransacción re*uiere de una situación pre'ia de incertidu%bre*ue es despejada por la transacción. a he%os dicho *ue liti#iosi#ni"ca en juicioD *ue se pro%o'ió una de%anda judicial anteun

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    por no presentar la transacción ante el ue(, la otra parte se arrepintió de la?concesión o quita; que le %ab!a %ec%o y que la tomar) solamente como pago acuenta del monto mayor que es el que se reclama en la demanda por eemplo.Dicen y aconsean los abogados ?diligentes y descon'ados; que %ay que 'rmarlas transacciones sobre obetos litigiosos en d!as de semana %)biles y en %orariode atención al público de los u(gados, para as! poder ir inmediatamente a

    presentar dos o mas copias de la transacción, para poder quedarse 477 @tranquilos. Ellos mismos dicen que ser descon'ados es ser responsables,m)&ima que deben tener los abogados al momento de manear los asuntos desus clientes y los propios.Art. 6. *i la transacción versare sobre derec%os ya litigiosos no se podr) %acerv)lidamente sino present)ndola al ue( de la causa, 'rmada por los interesados.Antes que las partes se presenten al ue( e&poniendo la transacción que%ubiesen %ec%o, o antes que acompañen la escritura en que ella conste, latransacción no se tendr) por concluida, y los interesados podr)n desistir de ella.

    2?. ( 14.2.$ ) En las obli#aciones a pla/oEn las obligaciones de pla(o t)cito o indeterminado es usto e&igir la interpelaciónpara constituir mora.En la obligaciones que no tenga pla(o2se re'ere a la indeterminaciónpropiamente dic%o1 se necesita la 'ación udicial.o es una obligación pura y simple-pla(o cierto e incierto: ora autom)tica-pla(o t)cito, indeterminado se e&ige interpelación para constituir en moraprodece del Acreedor

    -pla(o indeterminado propiamente dic%o: lo 'a el ue( y no es una obligaciónpura y simple4: En las obligaciones a pla(o determinado cierto la mora se produceautom)ticamente.5: En las obligaciones a pla(o determinado incierto la mora se produce autom)ticamente.6: 0a mora del acreedor no est) regulada org)nicamente en el código civil,por lo que son aplicables en dic%a materia, analógicamente, las normas queregulan la mora del deudor.: 3rat)ndose de obligaciones a meor "ortuna, es preciso requerir 'ación udicial del pla(o de cumplimiento.

    @. ( 18.4.: ) o constituye una no'ación por ca%bio de causa lacon'ersión..

    • or cambio de obeto, tambi$n llamada novación obetiva #ambio importante en el obeto, debe ser en el obeto principal.

    • or cambio de causa: es decir, en su causa "uente. *upuestos: #onversión de pr$stamo en depósito, de precio de la

    locación de servicio adeudada por depósito, de pr$stamo de sumarecibida por el mandatario para rendir cuentas, de remesa de valores

    para ser acreditados en cuenta corriente.• or cambio de v!nculo o naturale(a:

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    or eemplo se convierten obligaciones modales a puras o viceversa,solidarias y mancomunadas.

    • or cambio de suetos: De deudor: 4- delegación: en este caso el deudor propone otro deudor, 5-

    e&promisión: es en el caso de que el nuevo deudor se o"re(ca a tomar ladeuda. En ambos casos el acreedor debe liberar al deudor originario.

    De acreedor: el acreedor original es reempla(ado por otro di"erente conconsentimiento del deudor, se di"erencia de la cesión de cr$ditos porqueen la novación se e&tingue el cr$dito anterior con todos sus accesorios ynace uno nuevo

    2. ( 1?.1. ) La prescripción liberatoria

    6rescripción liberatoria y es la que se aplica a nuestra materia, a los derec%ospersonales 2o creditorios u obligaciones1. tiene como base la inacción delacreedor por un t$rmino ya 'ado por la ley, un acreedor que no reali(a ningunaactividad para reclamar y %acer e"ectivo su derec%o se presume que ya no tieneinter$sCnactividad del acreedor paso del tiempo 'ado por la ley todos los que puedenadquirir pueden prescribir.; art. 6.>F4:;el Estado general o rovincial, y todaslas personas ur!dicas est)n sometidas a las mismas prescripciones que losparticulares, en cuanto a sus bienes o derec%os susceptibles de ser propiedadprivada+ y pueden igualmente oponer la prescripción;. or lo tanto se aplica atodo tipo de personas, siempre estando obviamente a lo dispuesto por la ley alrespecto 2no es lo mismo el derec%o público que el privado1.

    . ( 1.2. ) on e,ectos de la cesión de cr&ditos

    Art. 4.6 como: ?%abr) cesión de cr$dito, cuando una de las partes se obligue atrans"erir a la otra parte el derec%o que le compete contra su deudor,entreg)ndole el t!tulo del cr$dito, si e&istiese;. #esión-venta: dispuesta por el art. 4.6F. ?*i el derec%o creditorio "uese cedidopor un precio en dinero, o rematado, o dado en pago, o adudicado en virtud deeecución de una sentencia, la cesión ser) u(gada por las disposiciones sobre elcontrato de compra y venta, que no "uesen modi'cadas en este t!tulo;. *on casosde cesión venta: el derec%o cedido por precio en dinero, el cr$dito rematado ensubasta pública y el cr$dito adudicado por sentencia

    #esión-permuta: dispone el art. 4.6G. ?*i el cr$dito "uese cedido por otra

    cosa de valor en s!, o por otro derec%o creditorio, la cesión ser) u(gadapor las disposiciones sobre el contrato de permutación, que igualmente no"uesen modi'cadas en este t!tulo;. or eemplo un cr$dito a cambio decosa o cr$dito cedido a cambio de cr$dito.

    #esión-donación: dispone el art. 4.69. ?*i el cr$dito "uese cedidogratuitamente, la cesión ser) u(gada por las disposiciones del contrato dedonación, que igualmente "uesen modi'cadas en este t!tulo;.

    0os e"ectos de este contrato entre las partes se producen a partir de lacelebración del contrato, es necesaria la noti'cación al deudor cedido para quesepa quien es el acreedor.*e cede el cr$dito: principal y sus accesorios:

    o Acciones.o edidas conservatorias.

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    Entre las obligaciones de las partes se encuentran aquellas relacionadas con eltipo de cesión 2si es de venta, permuta o donación1. *i la cesión es a t!tulooneroso 2las dos primeras1 entonces se deben las garant!as de evicción ysaneamiento. 3al como dispone el art!culo transcripto al pie de p)gina el cedenteno responde por insolvencia, a menos que el cesionario la cono(ca, la asuma o elcedente sea de mala "e.

     3erceros:o *on terceros el deudor cedido, los acreedores, los otros cesionarios,

    el titular del derec%o de prenda sobre ese cr$dito cedido que loadquiere antes de la cesión.

    o 0os e"ectos se producen a partir de la noti'cación o aceptación porparte del deudor, puede ser reali(ada por el cedente o el cesionario.

    Esta noti'cación debe ser reali(ada por medio "e%aciente,dirigida al deudor 2si la obligación es solidaria basta connoti'car a uno1

    Entre el cedente y el deudor cedido:o *i no se noti'ca el deudor mantiene la relación con el cedente

    Entre el cesionario y el deudor cedido:o *on v)lidas todas las acciones y derec%os de la obligación antes

    modi'cada adem)s de las de"ensas que tenga el deudor contra elcesionario.

    ( 14..1 ) La %ora del acreedor o %ora creditoris alta de cooperaciónnecesaria por parte del acreedor para el cumplimiento de la obligación

     ( 1?.2.2 ) La suspensión de la prescripción es detención o parali(ación delcurso de la prescripción por la e&istencia de causas concomitantes osobrevinientes a su inicio, establecidas por ley

    ( 19.3.5 ) La acción de responsabilidad civil extracontractual, tiene, en el códigocivil, este plazo de prescripción:

    ( 1:.1.11 ) 6ueden e,ectuarse transacciones '+lidas sobre

    ( 1.2. ) on e,ectos de la cesión de cr&ditos

    ( 1..1 ) El pa#o con subro#ación con'encional por el deudor re*uiere

    ( 1?.1. ) La prescripción liberatoria4--( [email protected] ) !cción re'ocatoria es0a acción para obtener la declaración de ine'cacia de un acto"raudulento, en la medida necesaria, para %acer e"ectivo directamente elcr$dito del acreedor que la eerce, mediante la eecución del biensustra!do indebidamente del patrimonio del deudor..

     1$( 1..1 ) on re*uisitos necesarios para *ue se produ/ca elpa#o con subro#ación El conjunto de todas las otras respuestas con"#ura la opción correcta

    1:( $.2.2 ) E0isten re*uisitos *ue ri#en el ,racciona%iento de laprestación de la obli#ación di'isible en ese conte0to el art. 228del C. Ci'il dispone *ue cuando se trata de cosas di'isibles no

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    podr+n di'idirse las %is%as cuando ello con'ierta enantieconó%ico su uso y apro'echa%iento. =icho art. re"ere alre*uisito deFtilidad.

     El conunto de todas las otras respuestas con'gura la opción correcta1.

    4@( 1:.1.12 ) La transacción es anulable El conunto de las otras respuestas con'gura la opción correcta

    (15.3.1) Son requisitos necesarios para que se produzca el pago consubrogación: El conjunto de todas las otras respuestas configura la opción correcta(15.3.1) En el pago con subrogación: El conjunto de todas las otras opciones configura la respuesta correcta( 15.3.1 ) El pago con subrogación convencional por el deudor requiere:) !ue en el recibo que e"ita el acreedor conste que el pago #a sido

    efectuado con dinero prestado a tal fin por el tercero.( 15.3.1 ) El pago por subrogación convencional por el deudor opera cuando :$) el deudor paga una deuda propia% to"ando prestado dinero ajeno &subroga en for"a e'presa% antes de efectuar el pago% al presta"ista% en todoslos derec#os & acciones del acreedor pri"itivo.(15.) especto de la cesión de cr*dito pode"os afir"ar q: basta el soloconsenti"iento de las partes para q el contrato de cesión de cr*dito produzcasus efectos desde la celebración del contrato & nec la notificación al $.( 15.5.1 ) +a figura de la cesión de posición contractual necesita de dos actos

     jur,dicos% uno de ellos es el contrato b-sico & el otro el contrato de cesión deposición contractual% respecto del pri"ero la doctrina se ala que deben darseciertas condiciones:$) $ebe preceder al contrato de cesión de posición contractual/ ser uncontrato con prestaciones rec,procas/ no ejecutado total"ente por a"baspartes/ de ejecución diferida.

    a) .( 10..5 ) especto de la novación pode"os afir"ar que:2) El conjunto de todas las otras opciones configura la respuesta correcta

    (•

    1) En la re"isión de la deuda: 4uede ser realizada de "anera e'presa o t-cita.(1..1) +a renuncia de derec#os:E El conjunto de todas las otras opciones configura la respuesta correcta.(16) 4ueden efectuarse transacciones validas sobre: $erec#o de ali"entosdevengados(

    ( 16.1. ) 7uando la transacción versa sobre derec#os &a litigiosos%7) no se puede #acer v-lida"ente sino present-ndola al juez de la causa%fir"ada por los interesados.

    13

  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

    14/51

    (16.1.11) especto de los efectos de la transacción pode"os afir"ar que:• +a transacción #ec#a por uno de los interesados% ni perjudica ni

    aprovec#a a terceros ni a los de"-s interesados% aun cuando las obligacionessean indivisibles(16.1.1) +a transacción es anulable: El conjunto de las otras respuestas configura la opción correcta

    ( 16..1 ) +a confusión es un "odo:$) e'tintivo de obligaciones que se produce cuando las calidades deacreedor & deudor de una "is"a obligación se unen en una "is"a persona &en un "is"o & 8nico patri"onio.(19) +a prescripción liberatoria: tiene co"o principio ral. q todas las accionesson prescriptibles% salvo q la le& declare su i"prescriptibilidad o q surja de lapropia nat o car-cter de la acción(19) especto de la renuncia de la prescripción pode"os afir"ar q: todas(19.1.0) +a prescripción:

    • El conjunto de todas las otras opciones configura la opción correcta

    (19.1.6) especto de la renuncia de la prescripción pode"os afir"ar que:• El conjunto de todas las otras opciones confor"a la respuesta correcta

    .( 19..3 ) especto de la interrupción de la prescripción pode"os afir"ar que:) $ebe ser "otivo de alegación & prueba por parte de quien la invoca% desuerte que no procede su aplicación de oficio por los jueces( 19.3.9 ) ;odas las acciones que e"ergen de la le& de defensa del consu"idor .< prescriben en este t*r"ino:) 3 a=os(

    (

    1.) +a "ora del deudor:Legitima la pretensión de ejecución forzada en forma específica en laprestación por parte del acreedor.

    14.2) +a regla en la "ora es: la automática; y por disposición de la ley y por conención de partes lainterpelación

    1..) En las > a plazo: determinado cierto e incierto de mora automática

    14) El principio & las e'cepciones de la "ora del deudor despu*s de la le& 111 quedanconfor"ados de la siguiente "anera! el principio general es el de mora automática y la e"cepciónson a#uellos supuestos #ue por dispocision de la ley o por acuerdo de las partes se determina y esmenester la interpelación

    14) ?ora del : consiste en # la $ no se cumpla a su de%ido momento por una causa imputa%le al &(solo nota del ') y en gral. se aplican los mismos ppios # la mora del *+e#uisitos! 1, # el * ofrezca o intente cumplir en tpo- lugar y forma su $ 2, # el & no coopere o impida(con culpa o dolo) el cumplimientofectos! el * ya no podrá ser puesto en mora- si la cosa sufre da/o el * ya no será responsa%le- siesta%an corriendo i punitorios dejan de correr- y el & será responsa%le por los da/os # le ocasione al*0esación! si se e"tingue la $ # dio origen a la mora o si el & acepta el pago ofrecido por el *

    15.) especto de la cesión de cr*ditos pode"os afir"ar que:La cesión de crditos es uncontrato.,

    14

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    15..3) son efectos de la cesión de cr*dito: se producen a partir de la notificación o aceptación por parte del * - puede ser realizada por el cedente o cesionario

    10) @ovación! todas, la transformación de una $ en otra. e e"tingue una $ en una nuea

    13) Andique la respuesta 7>E7;. Son requisitos de la co"pensación legal: reciprocidad decrditos- omogeneidad- e"igi%ilidad- li#uidez- li%re disponi%ilidad y em%arga%ilidad de los crditos.

    1) la co"pensación legal: todas son correctas16.1) especto de la ;ransacción pode"os afir"ar que:5*e%e recaer so%re derecos litigiosos odudosos. on derecos litigiosos a#uellos sometidos a litigio judicial! son derecos dudosos a#uellosno sometidos a controersia judicial #ue despiertan dudas su%jetias para las partes- respecto a suentidad y límites 5como regla- las partes pueden li%rem transigir so%re toda clase de *6 cual#uierasea su especie o nat 5 para transigir por cuenta de otro- es menester como regla los representantesconencionales esten unidos de un poder especial para tal fin5el fallido declarado en #uie%ra es t%incapaz de *6 para efectuar transacciones so%re todos los %s # no esten e"cluidos dedesapoderamiento ;>$S17.1.11) pueden efectuarse ;ransacción valida"ente sobre: ante el juez 5s8 inmue%les de%enacerse en escritura pu%lica *6controertido (simple)5*6 distintos de los # an sido motio de lacontroercia originaria (compleja)5so%re *6 no litigiosos dudosos (e"tra judicial)- 5so%re un *6 litigioso

    (judicial)19) causales de suspensión de la prescripcion: 9atrimonio- a"n de los esposos; tutela y curatela;aceptar la gerencia con %eneficio de inentario- acciones e eredero contra la sucesion. ; #uerella dela ictima contra el deudor del ilicito- accion ciil de la ictima contra el deudor; constitución en moradel deudor.

    19.3) 4rescripción de la acción de si"ulación: 2 a/os & de la acción pauliana: 1 a/o del alquiler%pensiones periódicas! ' a/os

    1.:) El plazo de prescripción de la acción de responsabilidad civil contractual es de! 1 a/os

    5. ( 18.2.1 ) La confusión es un modo:

    A) de transmisión de créditos y deudas por causa de muerte.

    B) extintivo de obligaciones que se produce cuando dos personas, por

    derecho propio,

    reúnen recíprocamente las calidades de acreedor y deudor por una

    causa fuentecomún.

    C) de transmisión de créditos y deudas por acto entre vivos.

    extintivo de obligaciones que se produce cuando dos personas, por

    derecho propio,

    reúnen recíprocamente las calidades de acreedor y deudor por distintas

    causas.

    D) que extingue con fuerza de pago las obligaciones hasta el monto de

    la menor.

    15

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    E) extintivo de obligaciones que se produce cuando las calidades de

    acreedor y deudor

    de una misma obligación se unen en una misma persona y en un mismo

    y único

    patrimonio.

    15. ( 18.3.5 ) Para que opere la extinción de la obligación por

    imposibilidad sobrevenida de

    la prestación:

    A) La imposibilidad debe ser absoluta y objetiva. Asimismo debe mediar

    caso fortuito.

    B) La imposibilidad únicamente puede ser moral o legal.

    C) Todas las respuestas son correctas.

    D) La imposibilidad debe ser subjetiva y absoluta.

    E) La imposibilidad puede ser relativa, si es que el deudor prueba que no

    ha tenido culpa

    en el impedimento.

    17. ( 19.3.1 ) El plazo ordinario de prescripción de la acción de

    responsabilidad civil

    contractual es de:

    A) 3 años

    B) 5 años.

    C) 10 años.

    D) 1 año.

    E) 2 años

    19. ( 19.3.5 ) La acción de nulidad del acto jurídico por vicios de la

    voluntad, falsa causa o

    simulación entre partes tiene este plazo de prescripción:

    A) 5 años.

    B) 1 año.

    C) 3 años

    D) 10 años

    16

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    E) 2 años

    24. ( 18.3.5 ) Para que opere la extinción de la obligación por

    imposibilidad sobrevenida de

    la prestación es menester la presencia de:

    A) Imposibilidad sobrevenida (material, subjetiva, moral o legal).

    B) Imposibilidad sobrevenida (material, relativa, moral o legal).

    C) Imposibilidad sobrevenida (material, convencional o legal).

    D) Imposibilidad sobrevenida (material, moral o legal).

    E) Imposibilidad sobrevenida (judicial, moral o legal).

    LECTURA 14

    El incumplimiento no definitivo o relativoCOMPRENDE EL INCUMPLIMIENTO DEFECTUOSO, LA MORA Y EL INCUMPLIMIENTO PARCIAL

    ninguna de las otras respuestas es correcta.algunas veces es reversible ! otras en cambio es irreversiblela obligaci"n subsiste aun#ue transformando su ob$eto.comprende solamente al incumplimiento defectuoso ! al incumplimiento parcial

    %os conceptos de la mora ! el retardo para &i'arro ! (allespinos)OPINAN QUE HAY DIFERENCIAS ENTRE AMBOS, Y ES ESTRUCTURAL. (LA MORA REQUIERE DE UN

    FACTOR DE IMPUTACIÓN SUBJETIVO U OBJETIVO, EN TANTO EL RETARDO HACE ABSTRACCIÓN DE

    ELLOS).opinan #ue la mora como un retraso imputable sub$etivamente al deudor ! el retardo no lo tiene en cuenta.*opinan #ue el factor de atribuci"n aplicable en la mora es ob$etivo en cambio en el retardo es sub$etivo.*opinan #ue ambos conceptos en definitiva #uieren decir lo mismo.

    opinan #ue el factor de atribuci"n aplicable en la mora es sub$etivo en cambio el retardo puede ser ob$etivo

    %a regla en la mora es) La au!"#$%a& ' ! *$+!+$%$- * /a /' ' ! %!-0-%$- * a+ /a $-/a%$-.

    E- /a "!a

    TODAS LAS RESPUESTA SON CORRECTASE/ 2a%! * a$3u%$- + u- +uu+!La $-/a%$- + / 5-! ' /a %!-+$u%$- - "!a + /a +%$E/ 6u /a+ !3/$a%$!-+ +a- 7$$3/+, + u- /"-!E+ -%+a$! 6u 8a'a a*! - / %u"/$"$-! ' 5+ + u- 6u$+$!

    El +,gimen de la mora en el -"digo -ivil rgentino despu,s de la le! 17.711)INTRODUJO UNA MODIFICACIÓN EN EL R9:IMEN DE CONSTITUCIÓN EN MORA DEL DEUDOR,

    INCORPORANDO COMO RE:LA :ENERAL EL PRINCIPIO DE LA MORA AUTOM;TICA EN LAS

    17

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    OBLI:ACIONES A PLA

    Entre los e"ectos de la mora del deudor encontramos que:EL !C>EE=5> 6FE=E 6>E L! EKECFC3I H5>!=! E6ECMH3C! 57 EL

    CFG6L3G3E 55 57 ! E9F3A!LE35

    57 3=EG3!C3I 65> =!N5 G5>!35 (E C!5 =E 3CFG6L3G3E

  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

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    EL DEUDOR PUEDE LIBERARSE DE LOS RIES:OS FORTUITOS, SI DEMUESTRA QUE LA COSA HUBIERA

    PERECIDO I:UALMENTE AUN SIENDO PUNTUALMENTE ENTRE:ADA.el deudor puede liberarse si una ve' #ue se produce el retraso el mismo no es imputable al deudor siempre se trasladan los riesgos fortuitos al deudor.el deudor puede liberarse si la otra parte lo inabilito para constituirlo en mora.el deudor puede liberarse si optan por pretender la e$ecuci"n for'ada.

    *on requisitos del caso ,ortuito o ,uer/a %ayor 3G6>EA337LE 3EA3EFE65!7LE E F C!5

    EO!N5 !L >3EB5 5 A3C35 =E L! C5! E G!3! 57L3B!C35!L !=EGP =E7E

    E> 57>EA3A3EEE F

    57! EL CFG6L3G3E

  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

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    MODIFICACIÓN DE LA OBLI:ACIÓNnovaci"nninguna de las otras respuestas es correctaconfusi"ntransacci"n

    E- /a %+$- * %5*$!+ u-a * /a+ a+SE OBLI:A A TRANSFERIR A LA OTRA PARTE EL DERECHO QUE LE COMPETE CONTRA SU DEUDOR.

    se obliga a entregar el uso del dereco #ue le compete contra su deudor.directamente transfiere a la otra parte el dereco #ue le compete contra su deudor.ninguna de las otras respuestas es correcta.directamente entrega el uso del dereco #ue le compete contra su deud

    En la cesi"n de derecos son terceros )OTROS CESIONARIOSEL DEUDOR CEDIDOel cesionarioninguna de las otras respuestas es correctael cedente

    E- / a! %!- +u3!a%$- !*"!+ a2$"a 6u + %!-0-%$!-a/, 6u$ / %!-+-$"$-! */ a%*!, ' +

    !%ua u- 3-2$%$!. FALSO

    % 3

    on caracteres esenciales de la Godi"cación de la 5bli#ación E6FE>EC!C3I =E!LBF5 =E L5 ELEGECF

    El 3ncu%pli%iento o =e"niti'o o >elati'o C5G6>E=E EL 3CFG6L3G3EEC! =EL !C>EE=5> ; L!M! =E L! 3G6>EA33I ;HFE>! G!5> ; EL C!5H5>E65!73L3=!= =EL3CFG6L3E!

    6resupuestos EO3B373L3=!= =E L! 6>E!C35 =EL !=5>;CFG6L3G3E

    >e*uisitos >E=5 ; 3G6F-H!C !37FC35;C5

  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

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    ist Const Gora 3< H>!CE (36EL!C35 3AEC35 =EL !C) ; 3< G5>!!F>E6EE5C5!C!

    E0tinción Gora =dor 6!B5 ; O C53B!C35; 5H =E CFG6L3G3EEFC3! !=5> ;

    3G65373L3=!= 6!B5; 3G65 6!B5 O >E C5!Cesponsabilidad por la 3%posibilidad ,ortuita de la prestación el deudor puede liberarse de losries#os ,ortuitos si de%uestra *ue la cosahubiera perecido i#ual%ente aun siendopuntual%ente entre#ada

    Cual de los si#uientes caracteres 5 corresponde al caso ,ortuito o ,uer/a %ayor E6FE>ECEA33E

    El >i%en de la Gora en el Códi#o Ci'il !r#entino despu&s de la ley 1$.$1135=FK5 F! G5=3H3C!C3I E EL >JB3GE =E C5

    3C5>65>!=5 C5G5 >EBL! BEE>!L EL 6>3C3635 =E L! G5>! !F! EO

    6E>5! ! L! 57L3B!C35E ! 6L!5 3=EG3!=5 (36EL!C3I) 5 73E65> EL GE>5 !CF>5 =EL

  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

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    &ara #ue oper, la subrogaci"n real en materia de privilegios es preciso #ue se den estos re#uisitos)ESPECIAL, QUE EL BIEN QUE CONSTITUYE SU ASIENTO SAL:A DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR QUE

    EN SU REEMPLA5CE=E E KF3C35 EKECF9FE E C5H3BF>! L! G5>! =EL !C>EE=5> ; M GE=3! C53B!C3I

    NOVACION G1

     Es la Trans%ormación de una OB en otra&E+ /a Ca%$- * u-a OB 7 !a Nu0a *+$-a*a a R"/a@a/a

    La o'ación tiene co%o re*uisito E6FE>EC ; EO33G3

  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

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    C>E!C3I =E F! FEA! 57L3B!C3I =3 ;

    A5LF F! 57L3B!C3I O 5! (P3GF 5A!=3La o'ación se presu%e. H

    DACION EN PA:O

    Cu"/$"$-! * u-a OB 7 "*$! * u-a PRESTACION DIFERENTE a /a $-$%$a/"- a%!*a*a

    ! la =ación en 6a#o se la puede de"nir co%o el cu%pli%iento de una obli#ación por %edio de una

    prestación di,erente a la inicial%ente acordada y con el consenti%iento del acreedor. A

    TRANSACCION

     Acto 'ur Bilateral, ( el cual las partes, haci)ndose Concesiones *ec+procas e(tin"uen OB iti"iosas o

     Dudosas

    La ECM6>5C! ; !CFE>=5 EE 6!>EC!E 57>E 57L3B!C35E L3E!LE; =E>ECR5 3E=335

    %a transacion tiene caracteres.EN UN CONTRATO ONEROSO, CONMUTATIVO O ALEATORIO, CONSENSUAL, INDIVISIBLE, DE

    INTERPRETACION ESTRICTA, COMO RE:LA NO FORMAL Y TAMBIEN COMO RE:LA DECLARATIVO

    DE DERECHOS A QUE ELLA SE REFIERE

    -uando la transaccion versa sobre derecos !a litigiososNO SE PUEDE HACER VALIDAMENTE SINO PRESENTANDOLA AL JUE< DE LA CAUSA, FIRMADA POR

    LOS INTERESADOS

    +especto de los efectos de la transaccion podemos afirmar #ue)LA TRANSACCION HECHA POR UNO DE LOS INTERESSADOS, NI PERJUDICA NI APROVECHA A

    TERCEROS NI A LOS DEMAS INTERESADOS, AUN CUANDO LAS OBLI:ACIONES SEAN DIVISIBLES

    ?18.1.7 @ Cua-*! /a a-+a%%$- 0+a +!3 *%8!+ 'a /$$$!+!+,NO SE PUEDE HACER V;LIDAMENTE SINO PRESENT;NDOLA AL JUE< DE LA CAUSA, FIRMADA PAR

    LOS INTERESADOS.+e#uiere como formalidad solemne #uo sea presentada ante el $ue' de la causa ! omologada $udicialmente par ,ste.=ebe ser reali'ada par escritura pAblica a por acta $udicialEs no formal por lo #ue puede ser reali'ada par instrumento pAblico o privado. in embargo para #ue sea oponible a

    terceros re#uiere de feca cierta.olo se tiene por concluida cuando el $ue' de la causa la omologa $udicialmente pudiendo asta ese momento las pates

    desistirla unilateralmente.

    COMPENSACION 1

    Cuando - PE*.O$A. ( D propio *e#nen la Calidad de Ador y Ddor *ec+procamente, cualquiera q

    sean las causas de una y otra deuda& Ella E(tin"ue con /0a de Pa"o las - Deudas, hasta donde

    alcance la menor, desde el tiempo en q ambas comen0aron a coe(istir&

    %a %!"-+a%$- $udicial se da cuando las partes acuerdan compensarla aun#ue falte alguno de los re#uisitos de la legal)

    FALSO

    23

  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

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    EsBson susceptibleBe de compensacion legalTODAS LAS DEUDAS Y CREDITOS ENTRE PARTICULARES CON EL ESTADOLa obli#ación de pa#ar daños e intereses por la no de'olución de la cosa dada en depósito

    irre#ular.La obli#ación de inde%ni/ar daños y perjuicios pro'enientes del despojo.Los cr&ditos por re%uneraciones laborales.La obli#ación de prestar ali%entos.

    ndi#ue en cual de los siguientes casos estamos frente a un supuesto de compensaci"n legal)LOS CREDITOS EMBAR:ADOS Y PRENDADOS PUEDEN SER COMPENSADOS LE:ALMENTE

    on re#uisitos de la compensación legal!

    E7A4>7A$$ $E 7B$A;>S% C>?>E@EA$$% EDAA2A+A$$%+A!A$EF% $AS4>@A2A+A$$%

    E?22A+A$$ 

    La Co%pensación judicial se da cuando las partes acuerdan co%pensarla aun*ue ,alte al#uno de los

    re*uisitos de la le#al H (es una de, d C.Hacultati'a)

    EsIson susceptibleIs de co%pensación le#al!- J=3E C5 EL E

    CONFUSION  .ucede cuando se re#nen en una 1.1A PE*.O$A, sea ( .ucesión 2ni3ersal o ( cualquier otra

    causa, la CADAD del Ador y Ddor, o cuando una 45 P sea heredera del Ador y Ddor& En ambos

    casos la con%usión e(tin"ue la Deuda con todos sus Accesorios

    %a confusi"n)IMPLICA QUE SE RENEN EN UNA MISMA PERSONA LAS CALIDADES DE DEUDOR Y ACREEDOR PUEDE SER TOTAL O PARCIALTIENE COMO CAUSA NICA LA SUCESIÓN JURDICAE=TIN:UE LA OBLI:ACIÓN PORQUE DESAPARECE EL VNCULOiempre es total

    RENUNCIA Toda P capa0 de Dar o de *ecibir a T6T2O 7*AT2TO, puede hacer o aceptar la *enuncia 7ratuita

    de una OB& Hecha y Aceptada la *enuncia la OB queda E(tin"uida

    %a renuncia de derecos tiene los siguientes re#uisitosACTO JURDICO UNILATERAL

    NO SE PRESUME, ES DE INTERPRETACIÓN RESTRICTIVASE ABDICA UN DERECHO Y NO SE LO TRASLADA o se puede retractar nuncamplica una concesi"n al deudor al disminuir la deuda

    ( 1>..1 ) La -u-%$a * *%8!+

    EL CONJUNTO DE TODAS LAS OTRAS OPCIONES CONFI:URA LA RESPUESTA CORRECTAS

    E+ u- a%! +-%$a/"- a3*$%a$0! ' -! a+/a$0! * *%8!+.

    E+ $a%a3/ *+* / "$+"! "!"-! - 6u + 2%ua*a.

    E+, %!"a /a, u- a%! ?u*$%! -! 2!"a/ ' u* + a/$@a*a 03a/"- a a +%$!, - $-+u"-! K3/$%! !$0a*!.

    Pu* + a/$@a*a a a%! - 0$0!+ a ! *$+!+$%$- * K/$"a 0!/u-a*.

    24

  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

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    i enunciar al derecho de prescribir en un ,uturo. H

    ( 1>..1 ) La -u-%$a * *%8!+

    Es un acto esencialmente abdicativo ! no traslativo de derecos.

    Es irretractable desde el mismo momento en #ue es efectuada.

    E+, %!"a /a, u- a%! ?u*$%! -! 2!"a/ ' u* + a/$@a*a 03a/"- a a +%$!, - $-+u"-! K3/$%! !

    $0a*!.

    El con$unto de todas las otras opciones configura la respuesta correctas

    &uede ser reali'ada par acto entre vivos a por disposici"n de Altima voluntad.

    IMPOSIBILIDAD DE PA:O

     a OB se e(tin"ue cuando la prestación q %orma la materia de ella 3iene a ser /+sica o e"almente

     mposible .in culpa del Ddor 

    8debe ser 1ATE*A O E7A 9 PO.TE*O* A A$C1E$TO:

    =aniel reali/a una %ala ad%inistración de su e%presa y por ello #enera tantas deudas *ue no

    puede en,rentarlas. Lla%a a sus pro'eedores ale#ando 3%posibilidad de 6a#o la conducta de

    =aniel es correcta H

    REMISION DE DEUDA >>

     Habr; *emisión de Deuda cuando el Ador entre"ue !olunatriamnete al Deudor el Doc Ori"inal q

    constare la deuda, si el Ddor $o ale"are q la ha pa"ado& E+ /a A3*$%a%$- */ C5*$! /$3a a/ D*!

    %ua-*! aa"!+ /a -u-%$a * D * "a-a -5$%a

    %a "$+$- * *u*a eca al fiador libera al deudor principal) FALSA

    (1>..1) La "$+$- * /a *u*aEL CONJUNTO * TODAS LAS OTRAS OPCIONES CONFI:URA LA RESPUESTA CORRECTA.H%8a a/ 2$a*! -! a!0%8a a/ *u*! $-%$a/.N! + %!-2$ua - /a *0!/u%$- 0!/u-a$a 6u 8$%$ / a%*! * /a %!%a %$3$*a - -*a, 6u +!/! %au+a /a

    "$+$- */ *%8! * -*a.E2%ua*a a / a%*! a 2a0! * u-! * /!+ %!*u*!+ +!/$*a$!+ !aa +u+ 2%!+ +%! * /!+ +a-+Pu* + a/$@a*a * "a-a 7+a a #%$a.

    PRESCRIPCION LIBERATORIA 4

    E+ u-a E7%%$- /a u-a A%%$- 7 / +!/! 8%8! 6 / 6 /a -a3/a 8a *?a*! *ua- u- /a+!

    * $"! * $--a/a ! * ?% / *%8! a/ %ua/ //a + 2$.

    25

  • 8/17/2019 Preguntero Obligaciones

    26/51

    (a-+%u+! $"!$-a%%$- */ $u/a * *%8!!+$3$/$*a* * a%ua)

    La 6rescripción 3G6L3C! F! 3!C ; 3G6L3C! EL 6!5 =EL Los si#uientes caracteres corresponden a la 6rescripción Liberatoria 5>3BE LEB!L ;

    3>>EFC3!73L3=!= ; 5 E 6FE=E =ECL!>!> =E 5H3C35 ;

    El /a@! * %a*u%$*a* e/tingue el dereco) FALSO

    e establece un

     pla'o de

     prescripcion para

    las obligaciones

    de die' aos

    como

    consecuencia del

    carcter de

    TEMPORALIDAD

    En interes de quien se presume establecido el pla(o de las obligacionesJ C5G5 >EBL! ! H!A5>=E !C>EE=5> =EF=5> !LA5 9FE GE=3E 6>EA335 LEB!L 5 C5AEC35!L EC5!>35 5 9FE !3 >EFL&ere' reali'a una compra de una camionea a una firma #ue comerciali'a automotores pactando #ue una ve' abondad la

    ultima cuota la consecionaria le entregaria el rodado. &roducido el ultimo pago la Cirma no ac entrega del mismo por lo

    #ue &ere' ace uso de la opcion prevista en el art. 1204 del -odigo -ivil e intima a la misma para #ue en el termino de

    #uince dias cumpla con su obligacion. =e #ue clase de pla'o se trata

    LEB!L

    6L!5

    6>EC>36C3I

    esp C5!CC35

    !ños   !l*uiler 6ensiones 6eriódicas >entas 'italicias 5b de 6a#o los !!5 de todo lo * debe

    pa#arse 0 año a 6L!5 6eriódico %+s cortos acción de nulidad del acto ur!dico por A3C35 =E

    LE3I subetiva

    !ños

    •  3odas las acciones que emergen de la LE =E

    =EHE! !L C5FG3=5>

    2 !ños.-   • >esp EO!C5!C>5> A35LEC3!=

    31 !ño   • H>!F=E• !cción 6aulinia

    Geses A3C35 5CFL

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    Esteban y arta contratan con una 'rma que se dedica a organi(ar eventos, para que el dia F deenero de 577G a las 55 %oras le preste su servicio en la 'esta de casamiento. *e trata de un casode pla(o:  EEC3!L

    0a caducidad del pla(o se produce cuando: L! LE L5 CFG6L3=5 6EE ! 5EL5

    Cndique en cual de los supuestos que se mencionan K opera la caducidad del pla(o:C53! 57>E 73EEB>!A!=5

    En cual de las siguientes %ipotesis K se produce la caducidad del pla(oJ KF! LE =E7E !75!>! 6E=>5 EL @$ =E KFL35 =E 2@@8 L! FG! =E 6E5 V@@@@. El @$ !7>3L 2@@8 E6>5=FCE L! F7!

    E/ 0-**! 0-* a/ %!"a*! u- CONJUNTO DE ABERTURAS DE ALUMNIO, /$-a EONAL A 4 FULL DE

    ALUAR, 2$/$a %u0a * $-ua !+$ %!/! -!,%$+a/ 2/!a "" ' "!+6u$!+ %!+!-*$-+ +K- *a//

    a*?u-! ' 6u / -a -+ a%!. E+a !3/$a%$!- + %/a+$2$%a - CIVIL, DE DAR COSAS CIERTAS, DE SUJETO

    SIMPLE, NOMINADAS, DE EJECUCION INMEDIATA, PURA Y SIMPLE.

    El 'endedor se obli#a a instalar las aberturas objeto del presente contrato dentro delos 1 dias habiles contados a partir de la celebracion de este contrato. La obli#acionantecedente se clasi"ca enC3A3L =E R!CE> =E FKEE3=! G5=!L !6L!5

    P!*u%$*a /a mora, /!+ a/6u$/+ +$" *3a- + a3!-a*!+ %!- u- INTERES COMPENSATORIO */ u-! (1)

    ! %$! "-+ua/ a%u"u/a$0! ' u- $-+ u-$!$! */ *!+ () ! %$-! "-+ua/ a%u"u/a$0! 8a+a / "!"-!

    * +u 2%$0! %u"/$"$-!. La !3/$a%$!- a-%-*- + %/a+$2$%a - CIVIL, ACCESORIA, DE TRACTO

    SUCESIVO, DE DAR SUMAS DE DINERO, POSITIVA

    La obli#acion del 'endedor de entre#ar el auto%o'il al co%prador en el pla/o de 1 diasa partir del %o%ento en el *ue se celebro el contrato es de ejecución =3HE>3=! E3

    6ere/ reali/a una co%pra de una ca%ionea a una "r%a *ue co%erciali/a auto%otorespactando *ue una 'e/ abondad la ulti%a cuota la consecionaria le entre#aria el rodado.6roducido el ulti%o pa#o la Hir%a no hac entre#a del %is%o por lo *ue 6ere/ hace usode la opcion pre'ista en el art. 12@4 del Codi#o Ci'il e inti%a a la %is%a para *ue en elter%ino de *uince dias cu%pla con su obli#acion. =e *ue clase de pla/o se trataQ LEB!L

    E+3a- ' Maa %!-aa- %!- u-a 2$"a 6u + **$%a a !a-$@a 0-!+, aa 6u / *$a * -! * GG a /a+

    8!a+ / + +u +0$%$! - /a 2$+a * %a+a"$-!. S aa * u- %a+! * /a@! ESCENCIAL

    En cual de las siguientes %ipotesis K se produce la caducidad del pla(oJJUAN LE DEBE ABONAR A PEDRO EL G> DE JULIO DE GG LA SUMA DE PESOS G,GGG. E/ G> ABRIL GG

    SE PRODUCE LA SUBASTA DE UNO DE LOS INMUEBLES DE JUAN

    Lu$+, $--$! 6u$"$%!, + %!-aa*! ! u-a "+a 6u 2a3$%a !*u%!+ * a/a %-!/!a aa %u"/$

    2u-%$!-+ 6u $"/$%aa- %!-!%$"$-! * +%! $-*u+$a/+. E- + "a%!, a%u*a-, 6u %ua-*! %+ /a /a%$!-

    %!-%a%ua/ %!- /a "+a, / !2+$!-a/ -! !*# a3a?a aa !a "+a %!"$*!a, !3/$a%$!- 6u +

     ?u+$2$%a ! a@!-+ !30$a+, 'a 6u !*$a + a0"- ?u*$%$a/ aa / "+a$! 6u u-a %!"$*!au*a a%%* a +u +%! $-*u+$a/. E/ %!-a! + %u"/ ' + 7$-u /a /a%$!- %!- / !2+$!-a/ S$-$2$%a +!

    6u Lu$+ -u-a "a+ !*a a3a?a aa u-a "+a %!"$*!a * a6u//a - /a 6u a3a?!

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    LUS DEBERA PEDIR FIJACION JUDICIAL DEL PLA constitu&e un caso de pago con subrogaciónlegal: 4ago de un tercero no interesado contra la voluntad del deudor.(15.5.1) El negocio jur,dico que tiene por finalidad #acer sub entrar a un e'tra=o en la categor,ade parte contractual% desplazando a uno de los originarios contratantes% se deno"ina: 27esión de posición contractual.(15.5.1) +a figura de la cesión de posición contractual necesita de dos actos jur,dicos% uno deellos es el contrato b-sico & el otro el contrato de cesión de posición contractual% respecto delpri"ero la doctrina la que deben darse ciertas condiciones: $)$ebe preceder al contrato decesión de posición contractual/ ser un contrato con prestaciones rec,procas/ no ejecutadototal"ente por a"bas partes/ de ejecución diferida.

    (15.0.5) @> es requisito del reconoci"iento de la obligación que: !uien reconozca la deudatenga intención de so"eterse a ella.

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    10) +a dación en pago: o pago por entrega de bienes es el acto por el cual el deudor se obligaa cu"plir con una prestación diferente de la originaria"ente debida% con consenti"iento delcreedor (10.) @o constitu&e una novación por ca"bio de naturaleza o v,nculo jur,dico. +aincorporación de un cargo resolutorio a una obligación pura & si"ple.(10..5) especto de la novación pode"os afir"ar que: 2) El conjunto de todas las otrasopciones configura la respuesta correcta

    (10.5.1) +a dación en pago: pago por entrega de bienes es el acto por el cual el deudor seobliga a cu"plir con una prestación diferente de la originaria"ente debida% conconsenti"iento del acreedor 1) En la re"isión de la deuda: 4uede ser realizada de "anera e'presa o t-cita(1.1.6) EsHson susceptibleHs de co"pensación legal: E ;odas las deudas & cr*ditos entreparticulares con el Estado.(1..1) +a renuncia de derec#os: E El conjunto de todas las otras opciones configura larespuesta correcta(1..1) +a renuncia: $ +a renuncia es retractable "ientras no #a&a sido aceptada.(16) 4ueden efectuarse transacciones validas sobre: $erec#o de ali"entos devengados(16.1.0) +a transacción tiene estos caracteres: Es un contrato bilateral% oneroso% 7con"utativo o aleatorio% consensual% indivisible% de interpretación estricta% co"o regla nofor"al & ta"bi*n co"o regla declarativo de derec#os a que ella se refiere.

    (16.1.) 7uando la transacción versa sobre derec#os &a litigiosos% 7) no se puede #acerv-lida"ente sino present-ndola al juez de la causa% fir"ada por los interesados.(16.1.11) especto de los efectos de la transacción pode"os afir"ar que: +a transacción#ec#a por uno de los interesados% ni perjudica ni aprovec#a a terceros ni a los de"-sinteresados% aun cuando las obligaciones sean indivisibles(16.1.1) +a transacción es anulable: El conjunto de las otras respuestas configura la opcióncorrecta(16..1) +a confusión es un "odo: $) e'tintivo de obligaciones que se produce cuando lascalidades de acreedor & deudor de una "is"a obligación se unen en una "is"a persona & enun "is"o & 8nico patri"onio.(19) +a prescripción liberatoria: tiene co"o principio ral. q todas las acciones sonprescriptibles% salvo q la le& declare su i"prescriptibilidad o q surja de la propia nat o car-cter

    de la acción(19) especto de la renuncia de la prescripción pode"os afir"ar q: todas(19.1.0) +a prescripción: El conjunto de todas las otras opciones configura la opción correcta(19.1.6) especto de la renuncia de la prescripción pode"os afir"ar que: El conjunto de todaslas otras opciones confor"a la respuesta correcta(19..1) especto de la prescripción pode"os afir"ar que: 2 Es nula toda cl-usulaconvencional que i"porte una a"pliación del t*r"ino de prescripción.(19..) +a suspensión de la prescripción: ;iene co"o pro#ibición que la situación suspensivaest* configurada en el "o"ento "is"o en que deber,a co"enzar a correr el curso de laprescripción.(19..3) especto de la interrupción de la prescripción pode"os afir"ar que: ) $ebe ser"otivo de alegación & prueba por parte de quien la invoca% de suerte que no procede suaplicación de oficio por los jueces

    (19..) 4ara que opere la dispensa de los efectos de una prescripción &a cu"plida% es precisoque concurran estos requisitos: 1) !ue "edie dificultad o i"posibilidad de #ec#o o dederec#o para el ejercicio de la acción. ) !ue el i"pedi"ento e'ista al "o"ento delvenci"iento del t*r"ino de prescripción. 3) !ue desaparecido el obst-culo% el acreedor solicitela dispensa dentro del plazo de caducidad de tres "eses.(19.3.3) El plazo de prescripción de la acción de pagar los atrasos por cr*ditos por ali"entosadeudados por sentencia o acuerdo e'trajudicial es de: 5 a=os.(19.3.3) El plazo de prescripción de la acción de nulidad del acto jur,dico por vicio de lesiónsubjetiva es de:  a=os(19.3.5) +a acción de responsabilidad civil e'tracontractual% tiene% en el código civil% este plazode prescripción: a=os(19.3.9) ;odas las acciones que e"ergen de la le& de defensa del consu"idor .<

    prescriben en este t*r"ino: ) 3 a=os

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    (reención..0) En las obligaciones reciprocas: l conjunto de todas las otras opciones configura larespuesta correcta.5.3) respecto de la causa pode"os afir"ar: las $ emergentes de actos jurídicos con causa fin jurídicas son nulas de nulidad a%solutas (presupuesto de c idónea p generar $)(elem- esencial-dinámico- e"terno de la $ # genera)3.1.) ejecución in"ediata es: cuando la prest de%e ejecutarse desde el mismo nacimiento delcrdito3.0.) Andique en cual de estos supuestos procede la fijación judicial del plazo >lazoindeterminado propiamente dico3.0) Kuan es e"pleado de diego & este 8lti"o recibe del pri"ero un in"ueble para #abitarla

    "ientras dure el contrato de trabajo. En tal caso esta"os en presencia de un plazo:*eterminado cierto4) ;rat-ndose de una obligación a trav*s de cu&o pago debe transferirse el do"inio de unacosa "ueble cierta% no registrable% no robada ni perdida% si quien lo #ace no es propietario dela "is"a: el pago es alido y eficaz siempre #ue el accipiens ignore #ue la cosa reci%ida es ajena ysin perjuicio de la responsa%ilidad del solens frente al propietario.) En las > de dar cantidades de cosas se requiere de un acto que per"ita la plenadeter"inación del objeto debido. L7ó"o se lo deno"ina a dic#o acto% cual es su r*gi"en legal& de que car-cter debe ser el "is"oJ el acto de indiidualización se materializa en la actiidad depesar- contar o medir lo adeudado por el deudor- rgimen legal la o%ligación #ueda sujeta alrgimen preista de las $ de dar cosa cierta y de%e ser de carácter de acto %ilateral y re#uiere lainterención de am%as parte para contar medir ?...) El siste"a actual"ente vigente en el derec#o argentino en "ateria de adquisición del

    do"inio de auto"otores por acto entre vivos pertenece a esta categor,a! inscripción registralconstitutia..3) Andique la respuesta correcta: En las obligaciones de g*nero% en defecto de previsiónalguna de las partes o de la le&% la elección pertenece: &l deudor ...) >bligaciones de dar cantidades de cosas% (la individualización tiene car-cter de)  un acto%ilateral.') El peso despu*s de la derogación de la convertibilidad dispuesta por la le& 5501 tienecar-cter ! moneda de papel de curso legal y sin curso forzoso.5) +uis vende a lejandro un lote de terreno en zona suburbana% por la su"a de pesos 1.

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    5..11) especto de la capitalización de intereses pode"os afir"ar que: l anatocismo es lacapitalización de los intereses #ue se acumulan al capital- constituyendo una unidad productia denueos intereses.'.2.) Anter*s Sancionatorio es el que! se de%e en caso de inconducta procesal maliciosa delo%ligado.3.3) en las > indivisibles% la "uerte del creedor o $eudor ! no prooca ninguna alteración de laindiisi%ilidad de las prestaciones.

    7.4.1) En las obligaciones concurrentes no corresponde: la identidad de causa9..) M El pago a un acreedor aparente es validoA  s alido si o%ró de %uena fe y si el acreedorcreía #ue el pago le correspondía.9) A"putación de pago% a quien corresponde pri"ero: al deudor . 9..1) +os derec#os de cr*dito son/ +elatios mediatos tienen por o%jeto una cosa- no confiereniusperse #uendi ni ius preferendi- temporarios y suscepti%les de e"tinguirse por prescripción.,) En la relación del 3ro con el deudor% que acciones tiene cuando obró con su consenti"iento:mandato y su%rogación legal.9..5) !ue efecto produce% respecto del deudor% el pago de una deuda ajena realizada por untercero no interesado contra la voluntad de este 8lti"o. l tercero solo puede ejercitar contra eldeudor la acción #ue nace del enri#uecimiento sin causa.9.5) +a i"putación de pago tiene co"o caracter,sticas que: Ba%iendo deudas li#uidas e ili#uidas-la imputación por el deudor no puede ser realizadas a estas ultimas.

    9) 5 a plazo: determinado cierto e incierto de mora automática14) El principio & las e'cepciones de la "ora del deudor despu*s de la le& 111 quedanconfor"ados de la siguiente "anera! el principio general es el de mora automática y la e"cepciónson a#uellos supuestos #ue por disposición de la ley o por acuerdo de las partes se determina y esmenester la interpelación14) ?ora del : consiste en # la $ no se cumpla a su de%ido momento por una causa imputa%le al &(solo nota del ') y en gral. e aplican los mismos ppios # la mora del *

    +e#uisitos! 1, # el * ofrezca o intente cumplir en tpo- lugar y forma su $ 2, # el & no coopere o impida(con culpa o dolo) el cumplimientofectos! el * ya no podrá ser puesto en mora- si la cosa sufre da/o el * ya no será responsa%le- siesta%an corriendo i punitorios dejan de correr- y el & será responsa%le por los da/os # le ocasione al*0esación! si se e"tingue la $ # dio origen a la mora o si el & acepta el pago ofrecido por el *15.) especto de la cesión de cr*ditos pode"os afir"ar que: La cesión de crditos es uncontrato.,15..3) son efectos de la cesión de cr*dito: se producen a partir de la notificación o aceptación por parte del * - puede ser realizada por el cedente o cesionario10) @ovación! todas, la transformación de una $ en otra. e e"tingue una $ en una nuea10..6) @o constitu&e una novación por ca"bio de causa la conversión: *e una o%ligación ciilen o%ligación comercial.,

    13) Andique la respuesta 7>E7;. Son requisitos de la co"pensación legal: reciprocidad decrditos- omogeneidad- e"igi%ilidad- li#uidez- li%re disponi%ilidad y em%arga%ilidad de los crditos.1) la co"pensación legal: todas son correctas

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    16.1) especto de la ;ransacción pode"os afir"ar que:5*e%e recaer so%re derecos litigiosos odudosos. on derecos litigiosos a#uellos sometidos a litigio judicial! son derecos dudosos a#uellosno sometidos a controersia judicial #ue despiertan dudas su%jetias para las partes- respecto a suentidad y límites 5como regla- las partes pueden li%rem transigir so%re toda clase de *6 cual#uierasea su especie o nat 5 para transigir por cuenta de otro- es menester como regla los representantesconencionales esten unidos de un poder especial para tal fin5el fallido declarado en #uie%ra es t%incapaz de *6 para efectuar transacciones so%re todos los %s # no esten e"cluidos de

    desapoderamiento ;>$S17.1.11) pueden efectuarse ;ransacción valida"ente sobre: ante el juez 5s8 inmue%les de%enacerse en escritura pC%lica *6 controertido (simple)5*6 distintos de los # an sido motio de lacontroersia originaria (compleja)5so%re *6 no litigiosos dudosos (e"tra judicial)- 5so%re un *6 litigioso(judicial)19) causales de suspensión de la prescripción: 9atrimonio- a"n de los esposos; tutela y curatela;aceptar la gerencia con %eneficio de inentario- acciones e eredero contra la sucesión. ; Duerella dela ictima contra el deudor del ilícito- acción ciil de la ictima contra el deudor; constitución en moradel deudor.19.3) 4rescripción de la acción de si"ulación: 2 a/os & de la acción pauliana: 1 a/o del alquiler%pensiones periódicas! ' a/os

    1.:) El plazo de prescripción de la acción de responsabilidad civil contractual es de! 1 a/os

    2. 2 4F.6.F 1 Cndique cu)l de estos supuestos K constituye un caso de pago consubrogación legal:

    1)Le#alL 8egulada por el art. 9G4 del ##. Este art!culo se lo puede

    interpretar de la siguiente manera:todo 6M que paga se subroga en los derec%os del acreedor2e&cepto el 6M no interesado si %ay oposición del deudor1.L 3ercero interesado:los casos son:a1 es el acreedor que paga a otro acreedor pre"erente 2para estodebemos recordar lo estudiado en la lectura 461 ,

    b1 cuando un deudor reali(a el pago de deuda a la que estabaobligado con otros 2esto se da en la obligación solidaria, e&ceptoel co'ador1 o por otro 2'ador1-c1 en caso de la adquisición de un inmueble con m)s de una%ipoteca, descontando el valor de las mismas del precio total dela venta 2su obeto es detener la eecución %ipotecaria sobre supropiedad1,d1 el %eredero que admite %erencia con bene'cio de inventario yla paga con su propio patrimonio.L 3ercero no interesado:es aquel que %ace el pago con ignorancia del deudor.

    F. 2 4>.6.6 1 El pla(o de prescripción de la acción de nulidad del acto ur!dico porvicio de lesión subetiva es de:2 años

    8. ( 2..1 ) >especto de la causa 5 pode%os a"r%ar *ueLeer causa

    45. 2 4>.5.5 1 0a suspensión de la prescripción:1 rt. 768. %a subrogaci"n tiene lugar sin dependencia de la cesi"n e/presa del acreedor a favor)1D =el #ue siendo acreedor paga a otro acreedor #ue le es preferente2D =el #ue paga una deuda al #ue estabaobligado con otros o por otros3D =el tercero no interesado #ue ace el pago consinti,ndolo tcita o

    e/presamente el deudor o ignorndolo4D =el #ue ad#uiri" un inmueble ! paga al acreedor #ue tuviese ipotecasobre el mismo inmueble5D =el eredero #ue admiti" la erencia con beneficio de inventario ! paga con sus propios fondos la deuda dela misma

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    -Gatri%onio entre acreedor y deudor.-Constitución en %ora del deudor en ,or%a autWntica por una sola 'e/ ypor un año o el tWr%ino de prescripción *ue tu'iere la obli#ación.-La relación de tutela y curatela entre tutores y pupilo y curador ypupilo.-La aceptación de la herencia con bene"cio de in'entario por loscrWditos *ue tu'iere la sucesión en contra del heredero y 'ice'ersa.

    la suspensión de prescripción es #enerada por causas de la ley y ele,ecto es *ue el pla/o e%pie/a a correr de nue'o su%+ndose eltie%po anterior

    46. 2 49.6.4 1 0a remisión de la deuda:8especto de los requisitos de capacidad y obeto remitimos a lo ya tratado en larenuncia de derec%os.*olo caben algunas aclaraciones respecto de la ,or%a porque puede darse demanera:

    E0presa: verbalmente, por escrito o por signos inequ!vocos, en estesupuesto la buena "e uega un papel importante dado que el deudor debeconocerla, por ello es una declaración recepticia dispone: ?si el documento de la deuda "uere un documentoprotocoli(ado, y su copia legali(ada se %allare en poder del deudor sinanotación del pago o remisión del cr$dito, y el original se %allase tambi$nsin anotación del pago o remisión 'rmada por el acreedor, ser) a cargo deldeudor probar que el acreedor se lo entregó por remisión de la deuda;.

    14. (1:.1.11 ) 6ueden e,ectuarse transacciones '+lidas sobreEs el acto ur!dico bilateral, por el cual las partes, %aci$ndose concesiones rec!procas,e&tinguen obligaciones ur!dicas litigiosas o dudosas. Est) de'nida en el art. 655 #.#.

    Art. 65. 0a transacción es un acto ur!dico bilateral, por el cual las partes,%aci$ndose concesiones rec!procas, e&tinguen obligaciones litigiosas o dudosas.

    d) Acuerdo entre partes: con la 'nalidad de e&tinguir relaciones ur!dicas. orello creemos que es un acto ur!dico bilateral, que reúne todos losrequisitos de los contratos. Esto nos lleva a sostener que la transacción esun contrato.

    e) 8ec!procas concesiones: cada parte debe abdicar parcialmente a supretensión originaria. *e requiere que las partes se %agan concesionesrec!procas, y esto es "undamental, toda ve( que debe e&istir un sacri'cio

    de ambas partes y no de una sola, esto la distingue claramente del2 rt. 832. %a transacci"n es un acto $urdico bilateral por el cual las partes aci,ndose concesiones recprocase/tinguen obligaciones litigiosas o dudosas.

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    reconocimiento de derec%os. Es importante aclarar, que las concesionespueden ser en las proporciones que las partes negocien, no es necesarioque sean en partes iguales ni muc%o menos, mas all) que la mayor!a delos eemplos los autores lo %acen ?partiendo; las di"erencias de laspretensiones en la mitad.

    ,) Debe recaer sobre obligaciones litigiosas o dudosas: la transacciónrequiere de una situación previa de incertidumbre, que es despeada por latransacción. a %emos dic%o que litigio signi'ca ?en uicio;, que sepromovió una demanda udicial ante un 3ribunal. or su parte dudosasquiere decir que subetivamente las partes consideren que le correspondenderec%os distintos, sin ponerse de acuerdo en la magnitud de cada uno delos mismos.

    5bjeto de la transacción) rincipio Neneral: la regla es que toda clase de derec%os puede transarse,

    ya sea un derec%o personal, un derec%o real o un derec%o intelectual. Elobeto de la transacción debe ser posible, l!cito, determinado odeterminable. 2>61. o pueden transarse las cosas que est)n "uera del

    comercio.4) E&cepciones:• Acciones enales. 5.• Derec%os relativos a la patria potestad y al estado de las personas.

    FF

    • Derec%os relativos a la valide( o nulidad del matrimonio, a no serque sea a "avor del matrimonio. 6G.

    • Alimentos. 699.• #osas "uera de comercio.

    54. 2 4>.6.F 1 0a acción de responsabilidad civil e&tracontractual, tiene, en elcódigo civil, este pla(o de prescripción:2 años

    5. 2 4.4.9 1 #uando la transacción versa sobre derec%os ya litigiosos,

    3 rt. 849. En todos los dems casos se puede transigir sobre toda clase de derecos cual#uiera #ue sea suespecie ! naturale'a ! aun#ue estuviesen subordinados a una condici"n.4 rt. 842. %a acci"n civil sobre indemni'aci"n del dao causado por un delito puede ser ob$eto de lastransacciones pero no la acci"n para acusar ! pedir el castigo de los delitos sea por la parte ofendida sea por el

    ministerio pAblico.

    5 rt. 845. o se puede transigir sobre contestaciones relativas a la patria potestad o a la autoridad del marido nisobre el propio estado de familia ni sobre el dereco a reclamar el estado #ue corresponda a las personas sea

     por filiaci"n natural sea por filiaci"n legtima.

    6 rt. 843. o se puede transigir sobre cuestiones de valide' o nulidad de matrimonio a no ser #ue la transacci"nsea a favor del matrimonio.

    7 rt. 374. %a obligaci"n de prestar alimentos no puede ser compensada con obligaci"n alguna ni ser ob$eto detransacci"n ni el dereco a los alimentos puede renunciarse ni transferirse por acto entre vivos o muerte delacreedor o deudor de alimentos ni constituir a terceros dereco alguno sobre la suma #ue se destine a los

    alimentos ni ser ,sta embargada por deuda alguna.

    8 rt. 844. %as cosas #ue estn fuera del comercio ! los derecos #ue no son susceptibles de ser materia de unaconvenci"n no pueden ser ob$eto de las transacciones.

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    La nica ,or%a de concluir una transacción '+lida%ente y sin posibilidadde arrepenti%iento ,uturo es present+ndola ante el jue/ de la causa (nootro) sin ser necesario su ho%olo#ación (la ho%olo#ación es la'eri"cación la aprobación la con,or%idad la anuencia del jue/ sobre elacto %is%o de la transacción) 'endría a ser co%o el 'isto bueno departe del jue/ a este acto celebrado  entre dos o %as personas en el%is%o el jue/ 'eri"car+ la personería de las partes la capacidad etc. Locierto es *ue co%o bien re/a el artículo :: del Códi#o Ci'il antes de lapresentación de la transacción ante el jue/ de la causa las partes(cual*uiera) puede arrepentirse de la %is%a. Esto es %uy i%portantepara los abo#ados de las partes para los asesores de las partes al%o%ento de celebrar una transacción sobre objetos liti#iosos toda 'e/*ue tendr+n *ue to%ar el recaudo de presentarla ante el jue/ de lacausa lo %as pronto posible desde el %o%ento en *ue las partes "r%enla %is%a. 6ense%os nada %as en la parte *ue pa#a el total del %ontode la transacción (sie%pre *ue se pa#a el total el sujeto *uierese#uridad de *ue con ese pa#o est+ ter%inandoD el proble%a est+

    poniendo punto "nal al liti#io y no tendr+ nada %as *ue 'er por eseasunto con la otra parte en una palabra *uiere cancelar la deuda pueses eso precisa%ente lo *ue est+ haciendo al dese%bolsar el dinero)entonces no tendr+ cara el asesor de la parte *ue pa#ó todo paradecirle *ue por no presentar la transacción ante el jue/ la otra parte searrepintió de la concesión o *uitaD *ue le había hecho y *ue la to%ar+sola%ente co%o pa#o a cuenta del %onto %ayor *ue es el *ue serecla%a en la de%anda por eje%plo.=icen y aconsejan los abo#ados dili#entes y descon"adosD *ue hay*ue "r%ar las transacciones sobre objetos liti#iosos en días de se%anah+biles y en horario de atención al pblico de los ju/#ados para así poder ir in%ediata%ente a presentar dos o %as copias de la

    transacción para poder *uedarse 1@@ X tran*uilos. Ellos %is%os dicen*ue ser descon"ados es ser responsables %+0i%a *ue deben tener losabo#ados al %o%ento de %anejar los asuntos de sus clientes y lospropios.

    Art. 6. *i la transacción versare sobre derec%os ya litigiosos no se podr) %acerv)lidamente sino present)ndola al ue( de la causa, 'rmada por los interesados.Antes que las partes se presenten al ue( e&poniendo la transacción que%ubiesen %ec%o, o antes que acompañen la escritura en que ella conste, latransacción no se tendr) por concluida, y los interesados podr)n desistir de ella.

    5>. 2 4.5.9 1 En las obligaciones a pla(o:

    en las obli#aciones de pla/o t+cito o indeter%inado es justo e0i#ir lainterpelación para constituir %ora.

    en la obli#aciones *ue no ten#a pla/o(se re"ere a la indeter%inaciónpropia%ente dicho) se necesita la "jación judicial.

    no es una obligación pura y simple

    -pla/o cierto e incierto Gora auto%+tica-pla/o t+cito indeter%inado se e0i#e interpelación para constituir en

    %ora prodece del !creedor-pla/o indeter%inado propia%ente dicho lo "ja el jue/ y no es una

    obli#ación pura y si%ple

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    1 En las obli#aciones a pla/o deter%inado cierto la %ora se produceauto%+tica%ente.2 En las obli#aciones a pla/o deter%inado incierto la %ora seproduceauto%+tica%ente.

    La %ora del acreedor no est+ re#ulada or#+nica%ente en el códi#oci'il por lo *ueson aplicables en dicha %ateria analó#ica%ente las nor%as *uere#ulan la %ora deldeudor.4

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    so%etidas a las %is%as prescripciones *ue los particulares en cuanto asus bienes o derechos susceptibles de ser propiedad pri'ada y puedeni#ual%ente oponer la prescripciónD. 6or lo tanto se aplica a todo tipo depersonas sie%pre estando ob'ia%ente a lo dispuesto por la ley alrespecto (no es lo %is%o el derecho pblico *ue el pri'ado).66. 2 4F.5.6 1 *on e"ectos de la cesión de cr$ditos:

    art. 1.44 co%o habr+ cesión de cr&dito cuando una de las partes seobli#ue a trans,erir a la otra parte el derecho *ue le co%pete contra sudeudor entre#+ndole el título del cr&dito si e0istieseD.  Cesión-'enta dispuesta por el art. 1.4. i el derecho creditorio,uese cedido por un precio en dinero o re%atado o dado en pa#o oadjudicado en 'irtud de ejecución de una sentencia la cesión ser+ ju/#ada por las disposiciones sobre el contrato de co%pra y 'enta *ueno ,uesen %odi"cadas en este títuloD. on casos de cesión 'enta elderecho cedido por precio en dinero el cr&dito re%atado en subastapblica y el cr&dito adjudicado por sentencia

    Cesión-per%uta dispone el art. 1.48. i el cr&dito ,uese cedido

    por otra cosa de 'alor en sí o por otro derecho creditorio lacesión ser+ ju/#ada por las disposiciones sobre el contrato deper%utación *ue i#ual%ente no ,uesen %odi"cadas en estetítuloD. 6or eje%plo un cr&dito a ca%bio de cosa o cr&dito cedidoa ca%bio de cr&dito.

    Cesión-donación dispone el art. 1.4$. i el cr&dito ,uese cedido#ratuita%ente la cesión ser+ ju/#ada por las disposiciones delcontrato de donación *ue i#ual%ente ,uesen %odi"cadas en estetítuloD.

    0os e"ectos de este contrato entre las partes  se producen a partir de lacelebración del contrato, es necesaria la noti'cación al deudor cedido para quesepa quien es el acreedor.e cede el cr&dito principal y sus accesorios

    o !cciones.o Gedidas conser'atorias.

    Entre las obli#aciones de las partes se encuentran a*uellas relacionadascon el tipo de cesión (si es de 'enta per%uta o donación). i la cesiónes a título oneroso (las dos pri%eras) entonces se deben las #arantías dee'icción y sanea%iento1@.

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    o Los e,ectos se producen a partir de la noti"cación oaceptación12 por parte del deudor puede ser reali/ada por elcedente o el cesionario.

    Esta noti"cación debe ser reali/ada por %edio,ehaciente diri#ida al deudor (si la obli#ación essolidaria basta con noti"car a uno)

    Entre el cedente y el deudor cedidoo i no se noti"ca el deudor %antiene la relación con elcedente

    Entre el cesionario y el deudor cedidoo on '+lidas todas las acciones y derechos de la obli#ación

    antes %odi"cada ade%+s de las de,ensas *ue ten#a eldeudor contra el cesionario.1

    6F. 2 4.6.4 1 0a mora del acreedor o mora creditoris

    Es el retardo en el cumplimiento a causa de la "alta de colaboración del acreedor,toda ve( que no se pone a disposición del deudor según el caso particular.

    *iempre decimos, que en gran cantidad de obligaciones, el acreedor tiene eldeber de prestar colaboración para "acilitar el cumplimiento de la obligación,pensemos en la obligación de pintar la pileta de la casa de una persona suponenecesariamente que $sta persona nos permita el acceso a su casa para poder darcumplimiento de la obligación contra!da, lo mismo sucede en casi todas aquellasobligaciones que consisten en una actividad del deudor en algún bien delacreedor o en la persona misma del acreedor, seguramente recaer) sobre $steúltimo el deber de poner a disposición la cosa para el e"ectivo cumplimiento porparte del deudor. En las obligaciones de dar incluso, para poder dar algo,necesitamos que otra persona nos ?reciba; la cosa etc. etc.

    uestro #ódigo #ivil %ace re"erencia a la mora del acreedor en la nota al art. F7>donde dice que ?Hel acreedor se encuentra en mora toda ve( que por un %ec%oo por una omisión culpable, %ace imposible o impide la eecución de laobligaciónH;.

    0os e"ectos de la mora del acreedor son:

    * que debe responder por los daños y peruicios ocasionados al deudor,* carga con los riesgos del caso "ortuito o "uer(a mayor,

    * da lugar al pago por consignación,

    12 rt. 1.459. +especto de terceros #ue tengan un inter,s legtimo en contestar la cesi"n paraconservar derecos ad#uiridos despu,s de ella la propiedad del cr,dito no es transmisible alcesionario sino por la notificaci"n del traspaso al deudor cedido o por la aceptaci"n de latransferencia de parte de ,ste.

    13 rt. 1.472. un#ue no est, eca la notificaci"n o aceptaci"n del traspaso del cr,dito el cesionario puedee$ecutar todos los actos conservatorios respecto de tercero del cr,dito cedido

    rt. 1.458. %a cesi"n comprende por s la fuer'a e$ecutiva del ttulo #ue comprueba el cr,dito si ,ste la tuviereaun#ue la cesi"n estuviese ba$o firma privada ! todos los derecos accesorios como la fian'a ipoteca prendalos intereses vencidos ! los privilegios del cr,dito #ue no fuesen meramente personales con la facultad dee$ercer #ue nace del cr,dito #ue e/ista

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    6. 2 4>.6.F 1 0a acción de responsabilidad civil e&tracontractual, tiene, en elcódigo civil, este pla(o de prescripción 2 años - contractual 1@ años

    41. ( 1:.1.12 ) La transacción es anulable

    0as transacciones %ec%as por error , dolo, miedo, violencia o "alsedad dedocumentos, son nulas, o pueden ser anuladas en los casos en que pueden serlolos contratos que tengan estos vicios.

    4.2 4.4.G 1 0a transacción tiene estos caracteres: Es un contrato bilateral,oneroso,

    Con%utati'o te doy %e das aleatorio por el a/ar (se#uro delauto%otor)consensualindi'isiblede interpretación estrictaco%o re#la no ,or%al

    y ta%bi&n co%o re#la declarati'o de derechos a *ue ella se re"ere. 2 57.5.4 1 *on requisitos de procedencia de la acción de enriquecimiento sincausa: e%pobreci%iento del de%andante relación causal entre elenri*ueci%iento y el e%pobreci%iento ausencia de causa y carencia detoda otra acción (subsidiariedad1.

    2. (1:.1.8) La transacción tiene estos caracteres Es un contrato bilateral,oneroso: con%utati'o o aleatorio consensual indi'isible deinterpretación estricta co%o re#la no ,or%al y ta%bi&n co%o re#la

    declarati'o de derechos a *ue ella se re"ere( 14..1 ) La %ora del acreedor o %ora creditoris: Halta de cooperación

    necesaria por parte del acreedor para el cu%pli%iento de la obli#ación

    ( 1?.2.2 ) 0a suspensión de la prescripción es: detención o parali/ación delcurso de la prescripción por la e0istencia de causas conco%itantes osobre'inientes a su inicio establecidas por ley

     

    1- (1?..?)

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    Godas las respuesta son correctasEl #ue las obligaciones sean e/igibles es un elementoEs necesario #ue a!a retardo en el cumplimiento ! ,ste es un re#uisito

    - (1..1) El pa#o con subro#ación&uede ser convencional legal ! $udicial. H la convencional puede ser por el acreedor ! por el deudor Es un supuesto de modificaci"n de la obligaci"n ! tambi,n en algunos casos de e/tinci"n de la obligaci"nTodas las otras respuestas son correctas

    Giene como modalidad #ue para #ue se configure se necesita la voluntad del acreedor del 3ro ! del deudor +ige el principio de #ue el acreedor traspasa todos los derecos acciones ! garantas #ue tena el antiguo contra el deudor !fiadores

    - (1?..) El pla/o de prescripción de la acción de nulidad del acto jurídicopor 'icio de lesión subjeti'a es de:

    2 aos3 aos5 AÑOS 

    1 ao10 aos

    a- tiempo.

    (14..1) En la %ora

    a- El "actor de atribución es un presupuestob- 0a interpelación es el g$nero y la constitución en mora es la especiec- 3odas las respuesta son correctasd- El que las obligaciones sean e&igibles, es un elementoe- Es necesario que %aya retardo en el cumplimiento y $ste es un requisito

    8- (14..2) on re*uisitos del cese ,ortuito o ,uer/a %ayor

    a- *er imprevisible, inevitable, actual, aeno al presunto responsable y en su caso, e&traño al riesgo

    o vicio de la cosa+ en materia obligación al adem)s debe ser: sobreviviente al nacimiento be laobligación y representar un obst)culo insalvable para el cumplimiento.b- *er imprevisible, inevitable, actual, aeno al presunto responsable y+ en materia obligacionaladem)s debe ser: sobreviniente al nacimiento de la obligación.c- *er imprevisible, inevitable, actual, aeno al presunto responsable y en su caso, e&traño al riesgoo vicio de la cosa+ en materia obligacional adem)s debe representar un obst)culo insalvable para elcumplimiento.d- *er imprevisible, inevitable, actual, aeno al presunto responsable+ en materia obligacionaladem)s debe ser: sobreviniente al nacimiento de la obligación y representar un obst)culo insalvablepara el cumplimientoe- *er imprevisible, inevitable, aeno al presunto responsable y en su caso, e&traño al riesgo o viciode la cosa+ en materia obligacional adem)s debe ser: sobreviniente al nacimiento de la obligación yrepresentar un obst)culo insalvable para el cumplimiento.

    - (1..1) El pa#o con subro#ación

    a- uede ser convencional, legal y udicial. la convencional puede ser por elacreedor y por el deudor

    b- Es un supuesto de modi'cación de la obligación, y tambi$n en algunos casos dee&tinción de la obligación

    c- Todas las otras respuestas son correctasd- 3iene como modalidad que, para que se con'gure, se necesita la voluntad del

    acreedor, del 6ro y del deudore- >i#e el principio de *ue el acreedor traspasa todos los derechos

    acciones y #arantías *ue tenía el anti#uo contra el deudor y "adores (art

    $$1)(1..>) E/ a! %!- +u3!a%$- a / a%*! ' Ia %+$- * %5*$!+

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    a* e diferencia en #ue en la cesi"n el cesionario puede reclamar solo lo #uo a pagado en cambio en el pago con subrogaci"n el tercero puede reclamar todo el cr,dito.

     b* e diferencia en #ue en la cesi"n el cesionario debe notificarle al deudor cedido para #ue le seaoponible la cesi"n en cambio en el pago con subrogaci"n el tercero no necesita notificarle al deudordico pago.

    % S *$2-%$a - 6u - /a %+$- / %+$!-a$! u* %/a"a / !a/ */ %5*$!, - %a"3$! - /a! %!- +u3!a%$- / %! 6u aa +!/! u* %/a"a /! 6u 2%$0a"- -! 8a

    *+"3!/+a*!d* e diferencia en #ue en la cesi"n el cedente acuerda el contrato solo con el deudor cedido en cambio en

    el pago con subrogaci"n el acreedor arregla tanto con el deudor como con el tercero #ue paga.e* o e/isten diferencias.

    (1..>) E- /a %+$- * %5*$!+, / %*-

    a R+!-* ! 0$%%$-, +!/! +$ Ia !3/$a%$- 2u a u/! !-!+!, ! -! +!-* ! /a$-+!/0-%$a */ *u*! %*$*!, +a/0! 6u +a a-$! ' K3/$%a.

     b* +esponde por la insolvencia del deudor cedido pero no si es pAblica ! anterior.c* +esponde por evicci"n ! por saneamiento tanto cuando es a ttulo gratuito coma lo es a titula oneroso.

    d* +esponde par saneamiento pero no par evicci"n. En este Iltimo caso se responde si es de mala fe.e* +esponde par evicci"n pero no por saneamiento solo si la obligaci"n fue a ttulo oneroso.

    (1..1) S!- 6u$+$!+ -%+a$!+ aa 6u + !*u@%a / a! %!- +u3!a%$-

    a* Jue se transmita al solvens los derecos ! acciones del primitivo en la medida del desembolsoefectuado.

     b* Jue el solvens e$ecute la prestaci"n con fondos #ue no sean del deudor.c* Jue el solvens tenga capacidad suficiente ! #ue obre con conocimiento de #ue se trata de una deuda

    a$ena* E/ %!-?u-! * !*a+ /a+ !a+ +u+a+ %!-2$ua /a !%$- %!%ae* Jue el cr,dito ob$eto del pago con subrogaci"n e/ista ! sea transmisible.

    ( 1.. ) La +u3!a%$- ! a!

    a* %a subrogaci"n es una instituci"n cu!a finalidad consiste en reali'ar el inter,s individual en lacirculaci"n del cr,dito.

     b* El subrogado dispone de dos acciones) la nacida de la relaci"n #ue tenga con el deudor originario ! la#ue deriva del pago con subrogaci"n.

    c* -onfigura un supuesto de modificaci"n e/tintiva de la obligaci"n.d* El subrogante puede reclamar el monto ntegro del cr,dito #ue tiene.e* El subrogante solo est legitimado para e/igir el cumplimiento e$ercitando la acci"n #ue corresponde al

    subrogado(1..1) La *a%$- - a!

    a- pago por entrega de bienes es el acto per el cual el deudor se obliga a cumplir con una prestaci"ndiferente de la originariamente debida con consentimiento del acreedorb- cuando tenga par ob$eto una cosa el acto tendr los mismos efectos #ue la cesi"n de cr,ditos.c- pago por entrega be bienes es todo acto be cumplimiento de una obligaci"n #ue con el

    consentimiento del acreedor se lleva a cabo mediante la e$ecuci"n de una prestaci"n distinta de lainicialmente debida.

    d- re#uiere en la representaci"n voluntaria del otorgamiento de poder especial.e-  produce la e/tinci"n de la obligaci"n principal pero no de las accesorias.

    (1.4. ) NO %!-+$u' u-a -!0a%$- ! %a"3$! * %au+a /a %!-0+$-..

    a En pr,stamo de una suma de dinero recibida por el mandatario su$eta a rendici"n de cuentas.3 En pr,stamo de la suma de dinero debida a consecuencia de la indemni'aci"n de un eco ilcito

    % =el precio de la locaci"n de servicios adeudado en dep"sito por cuenta del acreedor.* =e una obligaci"n civil en obligaci"n comercial =e un pr,stamo en dep"sito o viceversa.

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    (1>..1) La -u-%$a * *%8!+

    a* Es un acto esencialmente abdicativo ! no traslativo de derecos. b* Es irretractable desde el mismo momento en #ue es efectuada.% E+, %!"a /a, u- a%! ?u*$%! -! 2!"a/ ' u* + a/$@a*a 03a/"- a a +%$!, -

    $-+u"-! K3/$%! ! $0a*!.d* El con$unto de todas las otras opciones configura la respuesta correctas

    e* &uede ser reali'ada par acto entre vivos a por disposici"n de Altima voluntad.(1>..1) La "$+$- * /a *u*a

    a* Keca al fiador no aproveca al deudor principal. b* o se configura en la devoluci"n voluntaria #ue iciere el acreedor de la coca recibida en prenda #ue

    solo causa la remisi"n del dereco de prenda.c* Efectuada par el acreedor a favor de uno de los codeudores solidarios propaga sus efectos respecto de

    los restantesd* &uede ser reali'ada de manera e/presa a tcita.