planificación irpf 2010 y novedades 2011

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“Medidas fiscales de fin de ejercicio (2010) y novedades para 2011” Lugar :Vigo Fecha : 10 y 11 de Diciembre Jose Antonio Gil del Campo

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Conferencia de EFPA España en Vigo, "Planificación IRPF 2010 y novedades 2011"

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Page 1: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

“Medidas fiscales de fin de ejercicio (2010)

y novedades para 2011”

Lugar :VigoFecha : 10 y 11 de Diciembre Jose Antonio Gil del Campo

Page 2: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Mecanismos de planificación fiscal en el IRPF

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Exenciones

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Rentas exentas

Exenciones más habituales:

Indemnizaciones por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.

Prestaciones por desempleo en pago único hasta 15.500 euros

Becas públicas y becas concedidas por las entidades sin fines lucrativos a las que sea de aplicación la Ley 49/2002, percibidas para cursar cursos reglados en España o el extranjero.

Anualidades por alimentos percibidas de los padres por decisión judicial.

Premios literarios, artísticos o científicos relevantes, con las condiciones que reglamentariamente se determinen.

Premios de loterías y apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado y las Comunidades Autónomas, Cruz Roja Española y ONCE.

Rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, con el límite de 60.100 euros.

Dividendos, con el límite de 1.500 euros.

Dividendos procedentes de Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. (*)

(*) La Ley 11/2009, de 26 de octubre por la que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario ha introducido la exención de los dividendos distribuidos por estas entidades a personas físicas.

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Rentas exentas

Exenciones más habituales:

Daños personales.

Instrumentos de cobertura de prestamos hipotecarios..

Rentabilidad acumulada hasta la constitución de las rentas vitalicias de los planes individuales de ahorro sistemático.

Prestaciones públicas del Sistema Nacional de Dependencia.

Subvenciones forestales y de la PAC.

Prestaciones por entierro o sepelio.

Indemnizaciones por daños personales derivados del funcionamiento de los servicios públicos.

Ayudas a deportistas de alto nivel..

Gratificaciones por participaciones en misiones internacionales de paz.

Ayudas públicas por acogimiento a mayores , menores y discapacitados

Prestaciones familiares y pensiones de orfandad.

Prestaciones públicas por actos de terrorismo, amnistía, consecuencias de la guerra civil , Sida.

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Rentas exentas

Exenciones más habituales: Indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los

Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato:

Despido individual (improcedente): 45 días por año de servicio con el límite de 42 mensualidades

Despido colectivo o individual por causas objetivas:

En general, 20 días por año de servicio con el límite de 12 mensualidades

Cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente, siempre que se cumplan las siguientes circunstancias (*):

ERE tramitado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y previa aprobación de la autoridad competente.

Se aplicará a los ERE aprobados con posterioridad al 8 de marzo de 2009 (fecha de entrada en vigor de la Ley 2/2009, de 6 de marzo). – con independencia de la fecha de extinción del contrato de trabajo y de la fecha en la que se perciba la indemnización -.

Despido individual por causas objetivas (artículo 52 del ET).

La fecha del despido debe producirse con posterioridad al 8 de marzo de 2009, y ello con independencia de la fecha en que se perciba la indemnización

En ambos casos, se deban a causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor.

(*) Modificación introducida por la disposición adicional decimotercera de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas. En virtud de esta modificación las indemnizaciones exentas por despidos derivados de expedientes de regulación de empleo o por causas objetivas se amplían de 20 días por año con el límite de 12 mensualidades a 45 días de salario con un máximo de 42 mensualidades (cuantía obligatoria para los despidos improcedentes).

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Exención por trabajos realizados en el extranjero (art.7 p) LIRPF)

Consulta DGT V1628-08, de 4 de agosto de 2008

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El artículo 7.p) de la Ley del IRPF establece que estarán exentos: “los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, con los siguientes requisitos:

1.º Que dichos trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero en las condiciones que reglamentariamente se establezcan. En particular, cuando la entidad destinataria de los trabajos esté vinculada con la entidad empleadora del trabajador o con aquella en la que preste sus servicios, deberán cumplirse los requisitos previstos en el apartado 5 de artículo 16 del texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

2.º Que en el territorio en que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la de este impuesto y no se trate de un país o territorio que haya sido calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Se considerará cumplido este requisito cuando el país o territorio en el que se realicen los trabajos tenga suscrito con España un convenio para evitar la doble imposición internacional que contenga una cláusula de intercambio de información.

La exención se aplicará a las retribuciones devengadas durante los días de estancia en el extranjero, con el límite máximo de 60.100 euros anuales. Reglamentariamente podrá establecerse el procedimiento para calcular el importe diario exento.

La presente exención será incompatible, para los contribuyentes destinados en el extranjero, con el régimen de excesos excluidos de tributación previsto en el reglamento de este impuesto (Artículo 9.A.3.b del Reglamento del IRPF), cualquiera que sea su importe. El contribuyente podrá optar por la aplicación del régimen de excesos en sustitución de esta exención.”

Exención por trabajos realizados en el extranjero: Normativa

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Exención por trabajos realizados en el extranjero: Normativa (cont.)

Por otra parte, el artículo 6 del Reglamento del IRPF establece que:“1. Estarán exentos del Impuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.p) de la Ley del Impuesto, los rendimientos del

trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, cuando concurran los siguientes requisitos:

1º. Que dichos trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero. En particular, cuando la entidad destinataria de los trabajos esté vinculada con la entidad empleadora del trabajador o con aquella en la que preste sus servicios, se entenderán que los trabajos se han realizado para la entidad no residente cuando de acuerdo con lo previsto en el apartado 5 del artículo 16 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades pueda considerarse que se ha prestado un servicio intragrupo a la entidad no residente porque el citado servicio produzca o pueda producir una ventaja o utilidad a la entidad destinataria.

2º. Que en el territorio en que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la de este Impuesto y no se trate de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Se considerarácumplido este requisito cuando el país o territorio en el que se realicen los trabajos tenga suscrito con España un convenio para evitar la doble imposición internacional que contenga cláusula de intercambio de información.

2. La exención tendrá un límite máximo de 60.100 euros anuales. Para el cálculo de la retribución correspondiente a los trabajos realizados en el extranjero, deberán tomarse en consideración los días que efectivamente el trabajador ha estado desplazado en el extranjero, así como las retribuciones específicas correspondientes a los servicios prestados en el extranjero.

Para el cálculo del importe de los rendimientos devengados cada día por los trabajos realizados en el extranjero, al margen de las retribuciones específicas correspondientes a los citados trabajos, se aplicará un criterio de reparto proporcional teniendo en cuenta el número total de días del año.

3. Esta exención será incompatible, para los contribuyentes destinados en el extranjero, con el régimen de excesos excluidos de tributación previsto en el artículo 9.A.3.b) de este Reglamento, cualquiera que sea su importe. El contribuyente podrá optar por la aplicación del régimen de excesos en sustitución de esta exención.”

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Exención por trabajos realizados en el extranjero: Requisitos (I)

Exención sobre los rendimientos percibidos por trabajos en el

extranjero con un límite de 60.100 € anuales

Trabajos realizados efectivamente en el extranjero para una empresa o entidad no residente.

Con el objeto de prestar servicios a:- entidades no vinculadas; o- entidades vinculadas (art. 16.5 de la

Ley del IS), si los servicios producen o pueden producir una ventaja o utilidad al destinatario.

Exención incompatible con la “prima de expatriación”(artículo 9.A.3.b).4º del Reglamento del IRPF).

En un país:- con un impuesto de naturaleza idéntica

o análoga al IRPF;- que tenga convenio con cláusula de

intercambio de información con España;- y que no se trate de un paraíso fiscal.

1

2

3

4

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Exención por servicios prestados en el extranjero: artículo 7 p) de la Ley del IRPF. Exención hasta 60.100 euros anuales

Desplazamiento

Lugar de cobro

Cuantificación del salario por día salvo asignación

específica trabajador

Tributación extranjero

Relación laboral

Documentación soporte

Vinculación requisitos deducibilidad IS.

Concepto Requisitos Beneficio

Que no se trate de un paraíso fiscal.

Aspectos a considerar

Trabajos realizados para una empresa o entidad no residente o establecimiento permanente (en el extranjero).

Que aplique un impuesto de naturaleza idéntica o similar al IRPF.

Exención se aplicará a las retribuciones

devengadas durante los días de estancia

en el extranjero con el límite anual de 60.100€

Trabajos efectivamente

realizados en el extranjero

Exención por trabajos realizados en el extranjero: Requisitos (II)

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Exención por trabajos realizados en el extranjero: Criterio DGT

Novedad:

Nuevo criterio de la Dirección General de Tributos (DGT):

Resolución V1628-08, de 4 de agosto de 2008:“De acuerdo con las modificaciones normativas introducidas por la Ley 35/2006, el criterio señalado anteriormente en cuya virtud los trabajos que redundan en beneficio de todas las empresas del grupo no se consideran trabajos realizados para una entidad no residente a efectos de la exención del artículo 7p) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, no resulta de aplicación a partir de 1 de enero de 2007. Desde esta fecha, cabrá la posibilidad de que actividades que afecten al grupo en su conjunto o a varios de sus miembros se consideren servicios intragrupo en los términos analizados y, en consecuencia, sean aptas para la aplicación de la exención del artículo 7p) de la Ley 35/2006.

Según la información suministrada en le escrito de consulta, el consultante ejerce el cargo del Vicepresidente Mundial para el Desarrollo de Clientes de una multinacional con sede fuera de España, aun cuando su lugar de trabajo es la filial española del grupo, ejerciendo las funciones descritas ut supra. Al amparo de lo señalado en los párrafos anteriores, a partir de 1 de enero de 2007, puede entenderse que estamos en presencia de una prestación de servicios intragrupo en el sentido señalado en el apartado 5 del artículo 16 del TRLIS, por lo que resultaría de aplicación la exención contemplada en la letra p) del artículo 7 de la Ley 35/2006 siempre y cuando se cumplan los restantes requisitos establecidos en el citado precepto.

No obstante, la parte de los servicios intragrupo realizados en el extranjero que corresponda con servicios prestados a la filial española no tendrá la consideración de trabajos realizados para una empresa o entidad no residente en España, y en consecuencia no estaría amparada por la exención”.

Servicios prestados entre sociedades de un mismo GrupoServicios prestados entre sociedades de un mismo Grupo

Page 13: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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Exención por trabajos realizados en el extranjero: Criterio DGT (cont.)

Esta redacción deja sin efecto el criterio de la DGT que negaba la aplicación de la exención a los servicios prestados entre empresas de un mismo grupo, al entender que dichos servicios beneficiaban a todas las empresas del grupo, “residentes y no residentes en España” (por ejemplo, la anteriormente citada Resolución de 28 deenero de 2005), tal y como se señala en la propia Resolución de la DGT de 4 deagosto de 2008.

Page 14: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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Ejemplo numérico

150.253,03Gasto Empresa

89.701,73SALARIO NETO

60.551,30CUOTA IMPUESTO

150.253,03RETRIBUCIÓN BRUTA

ESPAÑA

TOTAL SALARIO ESPAÑA ANTES 7 P

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Ejemplo numérico

150.253,0318.030,3636.060,7396.161,94Gasto Empresa

117.557,9818.030,3636.060,7363.466,89SALARIO NETO

32.695,050,000,0032.695,05CUOTA IMPUESTO

-54.091,09-18.030,36-36.060,730,00RETRIBUCIÓN EXENTA

150.253,0318.030,3636.060,7396.161,94RETRIBUCIÓN BRUTA1

TOTALBRASILPORTUGALESPAÑA

TOTAL SALARIO ESPAÑA DESPUÉS 7 P

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Retribuciones 80.000,00Seguridad Social (2.342,46)

Base Imponible (previa) 77.657,54Reducción del trabajo (2.652,00)Reducción por tributación conjunta (3.400,00)

Base Liquidable General 71.605,54Cuota Integra Previa 23.907,02Mínimo Personal: 5.151,00Mínimo Familiar: 3.876,00Cuota Negativa por mínimos (2.166,48)

Cuota a ingresar 21.740,54

Retribuciones 80.000,00Seguridad Social (2.342,46)

Base Imponible (previa) 77.657,54Reducción del trabajo (2.652,00)Reducción por tributación conjunta (3.400,00)

Base Liquidable General 71.605,54Cuota Integra Previa 23.907,02Mínimo Personal: 5.151,00Mínimo Familiar: 3.876,00Cuota Negativa por mínimos (2.166,48)

Cuota a ingresar 21.740,54

Sin aplicación del 7.p) en España

Retribuciones 40.000,00Seguridad Social (2.342,46)

Base Imponible (previa) 37.657,54Reducción del trabajo (2.652,00)Reducción por tributación conjunta (3.400,00)

Base Liquidable General 31.605,54Cuota Integra Previa 8.141,27Mínimo Personal: 5.151,00Mínimo Familiar: 3.876,00Cuota Negativa por mínimos (2.166,48)

Cuota a ingresar 5.974,79

Retribuciones 40.000,00Seguridad Social (2.342,46)

Base Imponible (previa) 37.657,54Reducción del trabajo (2.652,00)Reducción por tributación conjunta (3.400,00)

Base Liquidable General 31.605,54Cuota Integra Previa 8.141,27Mínimo Personal: 5.151,00Mínimo Familiar: 3.876,00Cuota Negativa por mínimos (2.166,48)

Cuota a ingresar 5.974,79

Con aplicación del 7.p) en España

Ahorro en España por aplicación del art. 7.p): 15.765,75

No residente en Portugal: 40.000 x 20%= 8.000No tributación si los rendimientos ni se abonan ni se soportan desde Portugal

Ejemplo de Tributación:

Retribuciones por Movilidad Internacional

No tributación en Portugal en caso de trabajadores transfronterizos

Page 17: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Criterios de residenciaLos trabajadores transfronterizos

Page 18: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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RESIDENCIA EN ESPAÑA Y RESIDENCIA EN UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Criterio de la permanencia

más de 183 días. Se establece un orden prelativo

para la determinación de la comunidad en la que residen

fiscalmente

Permanencia

Centro de intereses

Norma decierre

En función del volumen y tipo de rentaobtenida (72.1.2.º)

En la comunidad en la que estuvierala última residencia declarada

a efectos del IRPF.

No producirán efecto los cambios de residencia que tengan por objeto principal lograr una menor tributación efectiva en este impuesto.

Se presumirá, salvo que la nueva residencia se prolongue de manera continuada durante, al menos, tres años, que no ha existido cambio, en

relación al rendimiento cedido del IRPF, cuando concurran determinadas circunstancias.

Concepto de residencia

Cambios de residencia

Cuando permanezcan en su territorio un mayor número de días del período impositivo. Para determinar el período

de permanencia se computarán las ausencias temporales.

Salvo prueba en contrario, se consideraráque una persona física permanece en elterritorio de una comunidad autónomacuando en dicho territorio radique su

vivienda habitual

RESIDENCIA EN ESPAÑA RESIDENCIA EN UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Page 19: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

19

RESIDENCIA EN ESPAÑA Y RESIDENCIA EN UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Por radicar en España la base de sus actividades

Por la aplicación de la presuncióndel 9.1 relativa al cónyuge

no separado

Se consideran residentes en la comunidad en que residan habitualmente el cónyuge no separado legalmente

y los hijos menores de edad que dependan de ellos.

Se consideran residentes en la comunidad en que radique el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses

económicos (art. 72.4)

RESIDENCIA EN ESPAÑA RESIDENCIA EN UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Page 20: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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TRABAJADORES O PROFESIONALES DESPLAZADOS A PORTUGAL

País de residencia País de la fuente

Trabajador

Profesional

Convenio de doble imposición

(26/octubre/1993)

Page 21: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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6. Convenios para evitar la doble imposición (III)

Residencia fiscal

Conflicto de residencia Art. 4.1. (Primer párrafo): expresión “Residente”

Art. 4.2. (Segundo párrafo): “Worlwide Income”

Personas físicas:

Personas jurídicas: sede de dirección efectiva

vivienda a disposición

centro de intereses vitales

residencia habitual

nacionalidad

procedimiento amistoso

Page 22: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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Esquemas de tributación

ESPAÑA PORTUGAL

HACIENDA PORTUGUESA

PagadorPerceptor de la renta

2. Ingreso retención

2. Justificante retención practicada

Pago de la renta - retención

Rentas españolas de fuente extranjeras con tributación en el país de la fuente.(países con CDI)

1. Certificación residencia fiscal / residencia a efectos del CDI

Page 23: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

23

Esquemas de tributación

ESPAÑA PORTUGAL

HACIENDAPORTUGUESA

PagadorPerceptor de la renta

2. Declaración exenta

1. Certificación residencia fiscal / residencia a efectos del CDI

Pago íntegro de la renta

Rentas españolas de fuente extranjeras exentas de tributación en el pais de la fuente.(paises con CDI)

Page 24: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

24

RENDIMIENTOS DEL TRABAJO EN PORTUGAL

Regla general: Imposición como residente

(deducción impuesto pagado en el extranjero)Reglas especiales:1. Por el pagador Imposición como residente

Permanencia < 183 días en Portugal

Pagador no residente en Portugal ni E.P. en Portugal

2. Trabajador transfronterizo(duerme en España)

Imposición como residente3. Consejeros, Pensionistas, Funcionarios, Estudiantes)

Imposición como no residente

No imposición

No imposición

Residencia Fuente

Trabajador

Page 25: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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RENDIMIENTOS PROFESIONALES EN PORTUGAL

Regla general: Sin base fija en Portugal

Imposición como residente

Regla especial: Con base fija en Portugal

Imposición como residente

(Deducción imposición pagada en Portugal)

No imposición

Imposición de la Base Fija como no residente

Profesional

País de residencia País de la fuente

Page 26: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Criterios de imputación temporal de rentas

Page 27: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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EXIGIBILIDADEXIGIBILIDAD

I.SOCIEDADES:-DEVENGO

- OTROS

I.SOCIEDADES:-DEVENGO

- OTROS

ALTERACION PATRIMONIALALTERACION PATRIMONIAL

RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Y

DEL CAPITAL

RENDIMIENTOS DE

ACTIVIDADES ECONOMICAS

GANACIAS Y PERDIDAS DE PATRIMONIO

Imputación temporal de rentas

Page 28: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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LITIGIO JUDICIAL( SOBRE EL DERECHO O LA CUANTIA DE LA RENTA)

LITIGIO JUDICIAL( SOBRE EL DERECHO O LA CUANTIA DE LA RENTA)

PERCEPCIONES DE R.T. CON RETRASO( SOBRE EL DERECHO O LA CUANTIA DE LA RENTA)

PERCEPCIONES DE R.T. CON RETRASO( SOBRE EL DERECHO O LA CUANTIA DE LA RENTA)

PERIODO EN QUE HUBIESENSIDO EXIGIBLES

(D. COMPLEM. ESPECIAL)

PERIODO EN QUE HUBIESENSIDO EXIGIBLES

(D. COMPLEM. ESPECIAL)

PERCEPCIONES DE DESEMPLEOMODALIDAD PAGO UNICO

PERCEPCIONES DE DESEMPLEOMODALIDAD PAGO UNICO

EXIGIBIILIDAD DEL CAPITALO

EXIBILILIDAD TEORICA SI SE PERCIBIESE EN FORMA DE RENTA

EXIGIBIILIDAD DEL CAPITALO

EXIBILILIDAD TEORICA SI SE PERCIBIESE EN FORMA DE RENTA

OPERACIONES A PLAZO OCON PRECIO APLAZADO

(LA RENTA SE CUANTIFICA CUANDO SE OBTIENECON CON INDEPENDENCIADE CUANDO SE COBRE )

OPERACIONES A PLAZO OCON PRECIO APLAZADO

(LA RENTA SE CUANTIFICA CUANDO SE OBTIENECON CON INDEPENDENCIADE CUANDO SE COBRE )

NACIMIENTO DEL DERECHOO

EXIBILILIDAD DE LOS COBROS(SALVO DESCUENTO DE EFECTOS)

NACIMIENTO DEL DERECHOO

EXIBILILIDAD DE LOS COBROS(SALVO DESCUENTO DE EFECTOS)

DIFERENCIAS EN OPERACIONES EN DIVISAS

DIFERENCIAS EN OPERACIONES EN DIVISAS

MOMENTO DEL COBROO PAGO RESPECTIVO

MOMENTO DEL COBROO PAGO RESPECTIVO

RENTAS ESTIMADASRENTAS ESTIMADAS PERIODO EN QUE SE ENTIENDAN PRODUCIDAS

PERIODO EN QUE SE ENTIENDAN PRODUCIDAS

AYUDAS PARA DEFECTOS ESTRUC.DE LA VIVIENDA

AYUDAS PARA DEFECTOS ESTRUC.DE LA VIVIENDA

PERIODO IMPOSITIVO DE OBTENCIONO

4 PARTES IGUALES DESDE EL PERIODO DE SU OBTENCION

PERIODO IMPOSITIVO DE OBTENCIONO

4 PARTES IGUALES DESDE EL PERIODO DE SU OBTENCION

SEGUROS UNIT LINKEDSEGUROS UNIT LINKED CANCELACIONDEL SEGUROCANCELACIONDEL SEGURO

FIRMEZA RESOLUCION JUDICIALFIRMEZA RESOLUCION JUDICIAL

Imputación temporal de rentas

Page 29: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

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EJEMPLO DE IMPUTACIÓN TEMPORAL ENTRE PF Y PJ (1)

① Contrato de arrendamiento de inmueble, con una renta mensual de 500 euros exigible a 3 años

R.C.I. -> Exigilidad

R.C.I.

500 x 36 = 18.000Reducción: <7.200>

(40%)

R.C I.(reducido)

10.800

B.I. General

Cuota IRPF> 5.400

< 5.400

Gasto de arrendamiento: Devengo

1 2 3 1 2 3

Gasto

Ahorro I.S.

<6.000>

1.800

<6.000>

1.800

<6.000>

1.800

Σ 18.000

Σ 5.400

Page 30: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

30

EJEMPLO DE IMPUTACIÓN TEMPORAL ENTRE PF Y PJ (2)

Contrato de préstamo de la PF a la PJ, con unos intereses anuales de 5.000 €

R.C.M. -> Exigilidad

R.C.M.

15.000 €

B.I. Ahorro(ojo múltiplo 3)

3.150

Gasto financiero: Devengo

1 2 3 1 2 3

Gasto

Ahorro I.S.

<5.000>

1.500

<5.000>

1.500

<5.000>

1.500

Σ 15.000

Σ 4.500

Page 31: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

31

Criterios de imputación

Ejemplo de rentas con cobros aplazados

Enunciado:

Se transmite en 200x unas acciones por 30.000 euros cobrándose la tercera parte al contado y el resto en 2 efectos a vencimiento de 1 y un día y 2 años respectivamente cobrándose 200 euros por intereses exigibles cada año por la parte aplazada. El efecto con vencimiento en el segundo año se descontó en el momento de cobrarse el primero. La adquisición se había producido 5 años antes por 15.000 euros.

Solución:- Ganancia de patrimonio …………………………………………………………………………………. 15.000

-Valor de transmisión ……………………… 30.000- Valor de adquisición……………………… 15.000

Imputación temporal:① Al ejercicio 200x 1…………………………………………… 15.000② Al ejercicio 200x …………………………………………… 5.000

Al ejercicio 200x + 1 …………………………………….. 10.000(5.000 + 5.000)

- Rendimientos del capital mobiliario …………………………………………………………………… 600Imputación temporal

-Al ejercicio 200x ……………… 200-Al ejercicio 200x + 1 ………… 200-Al ejercicio 200x + 2 ………… 200

Page 32: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Rendimientos del trabajo

Page 33: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

33

Rendimientos del trabajo (1)

Rendimientos íntegros: Todas las contraprestaciones o

utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas.

En todo caso (algunos ejemplos):

Rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares

Retribuciones de los administradores y miembros de los Consejos de Administración

Retribuciones derivadas de relaciones laborales de carácter especial

Gastos deducibles Cotizaciones a la Seguridad Social o

mutualidades generales obligatorias de funcionarios.

Detracciones por derechos pasivos.

Cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares.

Cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, con el límite de 500 € anuales.

Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 €anuales.

Page 34: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

34

Rendimientos del trabajo (2)

Exoneración de determinadas dietas:

Cuantía que se justifique

Kms Kms recorridos x 0,19€Peajes Cuantía que se justifiqueAparcamiento Cuantía que se justifique

España ExtranjeroCuantía que se justifique Cuantía que se justifique

15 € 25 €España Extranjero53,34 € 91,35 €26,67 € 48,08 €36,06 € 66,11 €

Gastos de locomociónTransporte público

Gastos de alojamiento

Conductores de vehículos transporte carreterasRegla General

Transporte privado

Gastos de manutenciónCon pernocta en municipio distinto del lugar de trabajoSin pernocta en municipio distinto del lugar de trabajoPersonal de vuelo sin pernocta

Page 35: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

35

Retribuciones en especie:

Regla general: valor de mercado.

Reglas especiales en el caso de rendimientos del trabajo que consistan, entre otras, en la utilización de viviendas, utilización o entrega de vehículos, préstamos con tipos inferiores al legal del dinero y contribuciones satisfechas a planes de pensiones:

A dicho valor se adicionará el ingreso a cuenta si no es repercutido al trabajador.

Si valor catastral revisado con efectos 1 de enero de 1994, 5% del valor catastral

Si no, 10% del valor castastralUtilización de vivienda

Si no tiene valor catastral, 5% del 50% del valor a efectos del Impuesto Patrimonio

Entrega: coste de adquisición para el pagador, incluidos tributos

Uso: 20% del coste de adquisiciónUtilización o entrega de vehículos

Uso y posterior entrega: la valoración de la entrega tendrá en cuenta el uso anterior

Prestamos con tipo inferior al legal del dinero

Diferencia entre el interés pagado y el interés legal del dinero vigente en el período(5,5% en 2008)

Contribuciones satisfechas a planes de pensiones

Su importe

Rendimientos del trabajo (3)

Page 36: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

36

Rendimientos del trabajo (4)

Rendimientos íntegros:

Como regla general, se computarán en su totalidad.

Reducción del 40%:

Período de generación > 2 años

Que no se obtengan de forma periódica o recurrente.

Con pago fraccionado. Si años generación/nº períodos de fraccionamiento > 2

Reglas especiales para opciones sobre acciones. Limites.

Modificaciones importantes en 2011

Cuando se imputen en un único período impositivo (rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular contemplados en el Reglamento).

Pensiones percibidas de la Seguridad Social y prestaciones percibidas por beneficiarios de mutualidades generales obligaciones de funcionarios, colegios de huérfanos y otras entidades, cuando:

Se perciban en forma de capital.

Hayan transcurrido más de dos años desde la primera aportación.

Page 37: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

37

Rendimientos del trabajo (5)

Rendimiento neto = Rendimientos íntegros – Gastos deducibles El rendimiento neto se minorará en las siguientes cantidades:

Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 9.180 €: 4.080 €anuales.

Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 9.180 € y 13.260 €: una cantidad entre 4.080 € y 2.652 € anuales (4.080 € - 0,35 * [Rtos. del trabajo –9.180 €])

Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo superiores a 13.260 € (o con rentas distintas de las del trabajo superiores a 6.500 €): 2.652 € anuales.

La reducción se incrementará en un 100%:

Trabajadores mayores de 65 años que continúen o prolonguen la actividad laboral.

Contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado a un nuevo municipio (el incremento se aplica tanto el ejercicio de traslado como el siguiente).

Adicionalmente, los contribuyentes discapacitados que obtengan rentas del trabajo como trabajadores activos: una reducción de 3.264 € o bien de 7.242 € si acreditan necesitar ayuda de terceras personas o un grado de minusvalía superior al 65%.

Como consecuencia de la aplicación de estas reducciones, el saldo resultante no podrá ser negativo.

Page 38: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

38

El problema de la calificación

SOCIEDADSOCIEDAD

EMPLEADOSCONSEJEROS

SOCIOS

Relación LaboralRelación Mercantil

PROFESIONALESRelación Mercantil

Relación de Propiedad

Renta Actividad Económica

Renta del Trabajo Renta del Trabajo

Renta Capital Mobiliario / Ganancia Patrimonial

Page 39: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

39

Las especialidades de la retribución de los Administradores

JURISPRUDENCIA DEL TS(STS MAHOU…) AEAT XUNTA DE GALICIA

ASPECTOS MERCANTILES

- SA

-SRL

ASPECTOS LABORALES

- LA TEORIA DEL VINCULO

IS ISD

Page 40: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

40

Alternativas de Planificación

El abono de retribuciones tanto a empleados en relación laboral común como a altos directivos no está sujeto a los requisitos mercantiles previstos para los administradores que se mencionan posteriormente.

La remuneración percibida tendrá la consideración de rendimiento del trabajo personal. No obstante, existen alternativas que permiten la optimización fiscal de estas retribuciones:

Retribución fijaRetribución fija

Retribución variablea corto plazo

Retribución variablea corto plazo

Sistemas dePrevisión Social

Sistemas dePrevisión Social

Incentivos basadosen acciones

Incentivos basadosen acciones

Retribuciones dinerariasa medio/largo plazo

Retribuciones dinerariasa medio/largo plazo

Retribuciones en especie(Retribuciones flexibles)

Retribuciones en especie(Retribuciones flexibles)

Retribuciones obtenidasen el extranjero

Retribuciones obtenidasen el extranjero

++

+

Page 41: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

41

PersonalizaciónOptimizaciónAhorro contrataciónSin coste empresa

Mantenimiento Seguridad socialMantenimiento base de indemnizaciónDisminución líquido mensualIngreso a cuenta

Segundovehículo

Vehículode empresa

SeguroMédico

Ordenadores yacceso a Internet

Seguroaccidentes

Esquemas deprevisión social

FormaciónTicketRestaurante

Cesión deVivienda

Guardería

Ahorros fiscales

Econ

omía

s de

cont

rata

ción

+

+-

Alternativas de planificación

Page 42: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

42

Alternativas de Planificación

Retribuciones en especie sin ventajas fiscales

Retribuciones con un tratamiento fiscal ventajoso

Retribuciones en especie fiscalmente “exentas”

Vales de comida Seguro de asistencia sanitaria Ayuda de Guardería Seguro de accidentes Entrega de ordenadores

Pago de la conexión a Internet Cursos de capacitación Seguro de ahorro vinculado a la

jubilación Entrega de acciones

Cesión de vivienda (habitual o de vacaciones) Cesión de vehículos

Cuotas de clubes deportivos Préstamos a bajo interés Teléfonos móviles

Asesor legal / financiero Viajes Productos rebajados

Lista de productos Lista de productos generalmente incluidos en esquemas de Retribuciesquemas de Retribucióón Flexiblen Flexible

Page 43: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

43

Retribución bruta inicial 50.000,00

Retribución destinada a Ret. Flexible 0,00Imputación Retribución en especie 0,00Rendimientos del trabajo 50.000,00Seguridad Social (2.412,64)

Rendimientos netos del trabajo 47.587,36

Reducción Trabajo Personal (2.652,00)

Base imponible 44.935,36

Cuota íntegra previa 12.947,15

Cuota negativa por mínimo personal y familiar (1.970,64)

Cuota íntegra total 10.976,51Neto después de impuestos 36.610,85

Gasto en bienes y servicios-Vales comida (1.944,00)

- Seguro médico (1.648,48)

- Tickets guardería (3.000,00)-Cursos de formación (1.000,00)

-Alquiler de vivienda (6.000,00)- Entrega ordenador (1.000,00)

NETO DISPONIBLE (ND) 22.018,37

Liquidación sin retribución flexibleRetribución bruta inicial 50.000,00Retribución destinada a Ret. Flexible (14.592,48)Imputación Retribución en especie

-Vales comida 0,00- Seguro médico 0,00

- Tickets guardería 0,00-Cursos de formación 0,00

-Alquiler de vivienda 4.000,00- Entrega ordenador 0,00

Rendimientos del trabajo 39.407,52Seguridad Social (2.412,64)Rendimientos netos del trabajo 36.994,88Reducción Trabajo Personal (2.652,00)Base imponible 34.342,88

Cuota íntegra previa 9.027,93Cuota negativa por mínimo personal y familiar (1.970,64)

Cuota íntegra total 7.057,29

Neto después de impuestos 25.937,59Gasto en bienes y servicios 0,00

NETO DISPONIBLE (ND) 25.937,59

Liquidación con retribución flexible

Ejemplo de retribución flexible

Ahorro total 3.919,22Porcentaje de ahorro sobre ND 17,80%Ahorro sobre Retribución Total 7,84%Retribución bruta equivalente 6.220,98Ahorro sobre Retribución Total 12,44%

Page 44: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

44

Incentivo a más de dos años Reducción 40% en concepto de renta irregular. Requisitos:

Período de generación > 2 años.

No periodicidad o recurrencia. Ventajas fiscales: reducción del 40% sin límite (en marginales del 43%

tributación al 25,8%). Impuesto anticipado en IS recuperable en el momento del cobro. Base de evaluación: objetivos individuales / empresariales / valor del Grupo

Criterio restrictivo de la Administración

No deben repetirse en el tiempo, aunque el tiempo transcurrido entre los distintos devengos sea distinto.

No debe confundirse la forma o valoración bajo la cual se satisface dicha retribución.

Deben concurrir elementos de excepcionalidad u ocasionalidad para que sea aplicable la reducción.

La valoración puede realizarse tanto a priori como a posteriori.

Retribuciones aMedio/Largo PlazoRetribuciones a

Medio/Largo Plazo

Alternativas de planificación

Page 45: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

45

Delimitación de la aplicación de la reducción del 40% en RT

CV 16/12/08 -> Compensación al Consejero Delegado por cese (llevaba más de 2 años)SI reducción 40%

DGT: CV 16/12/08 – Bonus o prima de entrada en un trabajoNO reducción del 40% (no hay periodo de generación)

(no está en la lista de irregulares) DGT: CV 1/03/07

C 13/11/01

DGT CV 9/02/09 -> Indemnización por no concurrenciaNo aplicación reducción del 40%

DGT CV 30/01/0816/11/00

Bonus plurianuales -> Recurrencia

No aplicación reducción del 40%

Indemnizaciones por despido

Sí aplicación reducción del 40% (renta irregular)

Page 46: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

46

NO HAY TRIBUTACIÓN

PERIODO PERIODO DE DE GENERACIGENERACIÓÓNN

INICIOINICIODEL PLANDEL PLAN

FECHA DE FECHA DE PERCEPCIPERCEPCIÓÓNN

NO HAY TRIBUTACIÓN

RENDIMIENTO DEL TRABAJO

IRREGULAR

Alternativas de planificación

Page 47: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

47

(1) Se ha aplicado un tipo marginal del 43% sobre la retribución fija y un 25,8% sobre la retribución variable, por aplicación de la reducción del 40% y en aplicación los tipos impositivos vigentes para el ejercicio 2009.

Alternativas de planificación

Ejemplo de Tributación:

2009 2010 2009 2010

Retribución Fija 200.000,00 € 250.000,00 € Retribución Fija 200.000,00 € 250.000,00 €

Variable (70%) 140.000,00 € 175.000,00 € Variable (70%) 315.000,00 €

Retribución Total 340.000,00 € 425.000,00 € Retribución Total 200.000,00 € 565.000,00 €

Impuestos (1)146.200,00 € 182.750,00 € Impuestos (1)

86.000,00 € 188.770,00 €

Retribución Neta 193.800,00 € 242.250,00 € Retribución Neta 114.000,00 € 376.230,00 €

Total Neto Total Neto

Ahorro total 54.180,00 €

Retribución Variable Sin Reducción Retribución Variable con Reducción

436.050,00 € 490.230,00 €

Page 48: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

48

COMPRA FINANCIADA ACCIONES• Ganancia patrimonial (18%)• Efecto financiación

Flexibilidad en el diseño versus complejidad esquema

Valoración Incentivo económico y efecto fidelizador y motivador

ENTREGA GRATUITA DE ACCIONES• Exención anual de 12.000 euros

PLAN DE OPCIONES S/ ACCIONES• Exención 12.000 euros• Reducción 40% límite: 22.100 * años

ENTREGA DIFERIDA DE ACCIONES• Exención anual 12.000 euros• Reducción 40% sin límite

PLAN GENERAL DE OPCIONES• Exención 12.000 euros• Reducción 40% límite: 44.200 * años

Incentivosbasados en

acciones

Alternativas de planificación

Page 49: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

49

Reducciones aplicables a los incentivos basados en acciones:

Sin límite Límite de 22.100 eurospor año de generación

Límite de 22.100 eurospor año de generación

Incentivos basados en Acciones

Planes generales deopciones sobre acciones

Resto planes deopciones sobre acciones

40% de reducción 40% de reducción 40% de reducción

Rentas dinerariasirregulares

Alternativas de planificación

Page 50: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

50

Recuperación de la inversión

Plan de Opciones sobre Acciones: Esquema financiero general

PRECIOEJECUCIÓNDE LA OPCIÓN

PRECIO DE MERCADO DE LA ACCI

PRECIO DE MERCADO DE LA ACCIÓÓNN

Retribución en especiepara el empleado

Rendimiento total

CONCESICONCESIÓÓNN EJECUCIEJECUCIÓÓNN ENAJENACIENAJENACIÓÓNNTiempo

GananciaPatrimonial

Alternativas de planificación

Page 51: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

51

Aplicación de la reducción. Opciones sobre acciones

Ejemplo

Enunciado:

Una empresa entrega en diciembre de 2010 a un directivo unas acciones procedentes del ejercicio de unas opciones que se habían entregado en 2007, al haber permanecido en la empresa 3 años, lo que le supone al empleado una ganancia de 80.000 euros (revalorización de las acciones en ese período.

Solución:

- I. Íntegro del trabajo …………………………………………………………………… 80.000

- Reducción aplicable ……………………………………………………………………<26.520>

-Rendimiento máximo reducible ……………… 66.300(22.100 x 3)

-Reducción …………………………………… <26.520>(66.300 x 0,40)

- Rendimiento a integrar en B.I. regular………………………………………………. 53.480

Page 52: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

52

FÓRMULAS DE RETRIBUCIÓN BASADAS EN LA PREVISIÓN SOCIAL

Sociedad

Situación habitualR

endi

mie

ntos

del

traba

joSituación Propuesta

Sociedad

InversiónInversión

Plusvalíao renta

Previsión social

Rendimientosdel trabajo

Gasto

diferi

do

Gas

to

Plan Pensiones

Seguro colectivo

Page 53: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

53

La sociedad no repercute el coste financiero del Impuesto anticipado.

Ahorro porcentual por cada euro aportado.

DatosTipo de interés 3%Tasa de descuento 3%Aportación 30.000,00Años pendientes para la Jubilación 5Impuesto Anticipado 9.000,00

DatosTipo de interés 3%Tasa de descuento 3%Aportación 30.000,00Años pendientes para la Jubilación 5Impuesto Anticipado 9.000,00

Seguro Colectivo Inversión Individual

Salario 30.000,00 30.000,00Tributación en el momento inicial 0,00 12.900,00Inversión 30.000,00 17.100,00Prestación bruta 34.778,22 19.665,00Tributación en el momento de jubilación* 9.390,12 402,00Prestación neta después de impuestos 25.388,10 19.263,00Prestación Actualizada 21.900,00 16.373,55Ahorro 5.526,45Porcentaje de Ahorro 18,41%

Seguro Colectivo Inversión Individual

Salario 30.000,00 30.000,00Tributación en el momento inicial 0,00 12.900,00Inversión 30.000,00 17.100,00Prestación bruta 34.778,22 19.665,00Tributación en el momento de jubilación* 9.390,12 402,00Prestación neta después de impuestos 25.388,10 19.263,00Prestación Actualizada 21.900,00 16.373,55Ahorro 5.526,45Porcentaje de Ahorro 18,41%

* Estimación realizada aplicando el tipo marginal máximo del 43%

Ejemplo de retribución diferida: Seguro colectivo (1)

Page 54: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

54

Ejemplo de retribución diferida: Seguro colectivo (2)

Con repercusión de coste financiero.

* Estimación realizada aplicando el tipo marginal máximo del 43%

Seguro Colectivo Inversión Individual

Parte del salrio destinada al ahorro a largo plazo 30.000,00 30.000,00Tributación en el momento inicial* 0,00 12.900,00Impuesto anticipado para la Compañía 10.500,00 0,00Coste financiero del Impuesto anticipado 1.672,38 0,00Coste financiero actualizado 1.442,61 0,00Inversión 28.557,39 17.100,00Prestación bruta 33.105,84 19.665,00Tributación en el momento de jubilación* 8.938,58 402,00Prestación neta después de impuestos 24.167,27 19.263,00Prestación Actualizada 20.846,90 16.373,55Ahorro 4.472,45Porcentaje de Ahorro 14,90%

Page 55: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Delimitación rendimientos del capital mobiliario con ganancias y pérdidas de patrimonio

Page 56: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

56

Delimitación RCM / Ganancias y Pérdidas de Patrimonio (1)

Pago de dividendo en dinero o en especie

Entrega de acciones liberadas. Transmisión de derechos de

asignación en el mercado (ds. de suscripción y ds. de asunción).

Compensación económica por aceptar la oferta irrevocable de compra que hace la compañía por esos derechos de asignación.

POLÍTICA ANTIGUA POLÍTICA NUEVA

EJEMPLO D.G.T. C.V. 848/2010 DE 28 DE ABRIL

Page 57: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

57

Delimitación RCM / Ganancias y Pérdidas de Patrimonio (2)

SoluciónRecepción de acciones liberadas

Transmisión en mercado de los ds. de asignación

Compensación económica por derechos de asignación de acciones antiguas

Compensación económica por derechos de asignación adquiridos en mercado

No RCI (art. 25.1.b)

G/P cuando se vendan (art. 37.1.a) 4ºpárrafo)

Minora el Valor de las acciones hasta anularlo (art. 37.1.a)

R.C.M.

I. Íntegro -> art. 25.1.a)

¿exención 1.500 –> art. 7.y)?

parece que sí

Sí retención

R.C.M.

I.I art. 25.1.a)

No exención 1.500 –> art. 7.y) 2ºpárrafoSí retención

Pda. de patrimonio -> Transmisión del d. de asignación por cero

Socio: Persona Física

Page 58: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

58

Delimitación RCM / Ganancias y Pérdidas de Patrimonio (3)

Entrega de acciones liberadas

Transmisión de ds de asignación en mercado

Compensación

No renta, rebajan el coste medio de la carteraSí se adquirieron ds en el mercado, el importe aumenta el valor de adquisición de las acciones nuevas

El resultado contable calculado según el P.G.C. se integra en la B.I.

Generalmente el coste minora el valor de los activos

Socios antiguos

Socios nuevos (adquirieron los dsen el mercado)

• Rendimientos del capital (art. 25.1.a) LIRFP)

• Deducción por doble imposición (art. 30 LIS)

• En principio retención (art. 58 a 66 RIS)

• Rendimiento del capital (art. 25.1a) LIRPF

• No deducción por doble imposición (art. 30.4.d) LIS)

• Retención (art. 30.2 LIS y 58 a 66 RIS)

Socio: Persona Jurídica

Norma de Valoración nº 9 del PGC (instrumentos

financieros)

Page 59: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Rendimientos del capital mobiliario y rentas imputadas

Page 60: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

60

Rendimientos del capital inmobiliario e imputaciones (1)

OTROS INMUEBLES

Arrendados

(sin persona y local)

Arrendados

(con persona y local)

No arrendados

(segundas viviendas...)

Viviendas Locales

Ingresos

- Gastos

Rend. Neto

Reducción 50-100%

Ingresos

- Gastos

Rend. Neto

Ingresos

- Gastos

Rend. Neto

V. Castastral

x 2% ó 1,1%

Imputación

No

Imputación

RústicosSolares

En construcciónUrbanos

No

tributación

R.C.I. R.A.E.

ESQUEMA DE TRIBUTACIÓN DE INMUEBLES

Page 61: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Rendimientos de actividades económicas

Page 62: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

62

Esquema de determinación del rendimiento neto en estimación directa

+ INGRESOS COMPUTABLES- GASTOS DEDUCIBLES

(Especialidades en modalidad simplificada)

(Aplicación de los incentivos fiscales de las PYMES)

(Libertad de amortización )

= RENDIMIENTO NETO- Reducción por rendimientos con periodos de generación de más

de dos años o irregulares

= RENDIMIENTO NETO REDUCIDO- Reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas

- Reducción por mantenimiento o creación de empleo

= RENDIMIENTO NETO A INTEGRAR EN LA BI

Page 63: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

63

Rendimientos de actividades económicas

NOVEDAD 2009: Reducción del rendimiento neto de actividades económicas por el mantenimiento o creación de empleo En los periodos impositivos 2009, 2010 y 2011, podrá reducirse el rendimiento neto de actividades

económicas en un 20%, siempre que: El importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de las actividades desarrolladas por el

contribuyente sea inferior a 5 millones de euros, La plantilla media sea inferior a 25 empleados y Se mantenga o cree empleo.

Es necesario que durante los doce meses siguientes al inicio de cada uno de los ejercicios citados, la plantilla media no sea inferior a la unidad ni inferior a plantilla media de los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo que comience a partir del 1 de enero de 2009.

En todo caso, el importe de la reducción no podrá ser superior al 50% del importe de las retribuciones satisfechas al conjunto de sus trabajadores.

NOVEDAD 2009: Libertad de amortización con mantenimiento del empleo Libertad de amortización de las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de las

inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, puestos a disposición del contribuyente en los períodos impositivos iniciados en 2009 y 2010 siempre que, durante los 24 meses siguientes al iniciodel período impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total del empresario se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores.

También es aplicable a las inversiones realizadas mediante contratos de arrendamiento financiero quecumplan con las condiciones establecidas en el artículo 115 del TRLIS, por sujetos pasivos quedeterminen su base imponible por el régimen de estimación directa, a condición de que se ejercite la opción de compra.

NOVEDAD 2011: Libertad de amortización . R.D.L. 13/2010 de 3 de Diciembre

Page 64: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

64

REDUCCIÓN R. NETO 2.652 – 4.080 €

REQUISITOS ESPECÍFICOS

Estimación Directa

Destinatario de operaciones: Persona (física o jurídica) no vinculada

Los gastos deducibles no superan el 30% de los I. Íntegros

NO rendimientos del trabajo

Al menos el 70% de los Ingresos sujetos a retenciones e ingreso a cuenta

E.D. simplificada incompatible con “forfait” de gastos no justificados

REDUCCIÓN R. NETO 40 %

PERIODO DE GENERACION SUPERIOR A DOS AÑOSPERIODO DE GENERACION SUPERIOR A DOS AÑOS

IRREGULARESIRREGULARESSubvenciones de capital para bienes no amortizables

Indemnizaciones y ayudas por cese actividad

Indemnizaciones por ds. de vida indefiida

Subvenciones de capital para bienes no amortizables

Indemnizaciones y ayudas por cese actividad

Indemnizaciones por ds. de vida indefiida

Page 65: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

65

D.A. 27 de la L.P.E. 2010 (I)

ÁMBITO TEMPORAL

REQUISITOS MATERIALES

REQUISITO PERSONAL

Periodos impositivos 2009/2010/2011

Importe neto de la cifra de negocios

Plantilla media

< 51 euros

25 empleados

Mantenimiento o creación de empleo

Supuesto específico

Supuesto general2008 2009

Plantilla media

=<

Plantilla media

2008 2009No

actividad 0

Plantilla media

<

Page 66: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

66

D.A. 27 de la LPE 2010 (II)

REDUCCIÓN FISCAL

LÍMITE

+ I. Íntegros

- Gastos deducibles

= Rendimiento neto

- Reducciones art. 32

= Rendimiento reducido positivo

- Reducción del 20%

Rendimiento neto a integrar en B. I. General

50% retribuciones satisfechas a los trabajadores

Page 67: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

67

Rendimientos de actividades económicas. E.D. Simplificado (1)

Enunciado

Don Evaristo, casado con doña María en régimen de gananciales, es médico radiólogo y ejerce su actividad profesional exclusivamente en una consulta privada situada en un local adquirido por el matrimonio.

Para la determinación de sus rendimientos netos viene utilizando el método de estimación directa y el criterio de devengo para la imputación de los ingresos y gastos de su actividad.

La plantilla media de la actividad en el ejercicio 2009 fue de una persona empleada, ascendiendo la plantilla media de la actividad en el ejercicio 2010 a una persona empleada.

Page 68: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

68

Rendimientos de actividades económicas. E.D. Simplificado (1)

Según los datos que constan en sus libros registros, los ingresos y gastos correspondientes a 2010, son los siguientes:

Ingresos íntegros:

Honorarios por prestación de servicios …………………………………………………. 124.110,20

Conferencias y publicaciones ……………………………………………………………. 10.818,22

Gastos:

Sueldos y salarios ……………………………………………………………. …………… 18.931,88

Seguridad Social ……………………………………………………………. …………….. 5.909,15

Compras activos radiológicos y sanitarios …………………………………………………. 18.931,88

Gastos financieros ……………………………………………………………. ……………. 1.111,87

Amortizaciones ……………………………………………………………. …………………. 7.939,37

IVA soportado en gastos corrientes ……………………………………………………………. 1.592,68

Tributos no estatales ……………………………………………………………………………. 1.715,89

Adquisición libros y revistas médicas ……………………………………………………………. 1.265,13

Page 69: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

69

Rendimientos de actividades económicas. E.D. Simplificado (2)

Asimismo, en concepto de “ingresos y gastos extraordinarios”, figuran las siguientes partidas:

Ingreso extraordinario (consecuencia de la venta local consulta) …………………………… 80.926,28

Gasto extraordinario (consecuencia de la venta equipos rayos X) …………………………. 7.212,15

Otros datos de interés: Dentro de las cantidades consignadas en la rúbrica “Honorarios por prestación de servicios” no

figura contabilizada cantidad alguna por 10 radiografías practicas a su hijo en marzo de 2010. El precio medio de mercado por cada radiografía similar es de 60,10 euros.

Las “Conferencias y publicaciones” suponen por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción con la finalidad de intervenir en la producción y distribución de servicios, existiendo por lo que respecta a las publicaciones la cesión de los derechos de autor.

En “Sueldos y salarios” figuran 1.202,02 euros entregados a su esposa por los servicios prestados como auxiliar en la clínica durante el mes de vacaciones de la empleada que presta sus servicios en la clínica desde el año 2005.

Los “Ingresos y gastos extraordinarios” responden, respectivamente, a la ganancia obtenida en la venta del local en el que estaba instalada la consulta y a la pérdida derivada de la venta de un apartado de rayos X.

Page 70: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

70

Rendimientos de actividades económicas. E.D. Simplificado (3)

Ingresos V. registrado V. fiscal

Prestaciones de servicios ................................................. 124.110,20 124.711,20Conferencias..................................................................... 10.818,29 10.818,22

TOTAL INGRESOS 134.928,42 135.529,42GastosSueldos y salarios............................................................. 18.931,88 17.729,86S. Social............................................................................ 5.909,15 5.909,15Compras ........................................................................... - -Gastos financieros ............................................................ 1.111,87 1.118,87Amortizaciones ................................................................. 7.939,37 7.939,37Libertad amortización........................................................ - 18.931,88IVA soportado gasto ......................................................... 1.592,68 1.592,68Tributos no estatales......................................................... 1.715,89 1.715,89Adquisición libros y revistas .............................................. 1.265,13 1.265,13

TOTAL 38.465,97 56.195,00Gastos de difícil justificación ............................................. - 3.966,72RENDIMIENTO NETO...................................................... 96.462,45 75.367,70Reducción mantenimiento de empleo............................... - 8.864,93REND. NETO A INTEGRAR EN BI................................... - 66.502,77

Solución

Page 71: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

71

Rendimientos de actividades económicas :posible planificación

PLANIFICACIÓN IRPF / ACT. ECONÓMICA

Actividad económica en E.D. Normal con fuertes

beneficios

Tipo marginal B.I.N.

①Compra de participaciones

de una comunidad de bienes de explotación

fotovoltaica (en Canarias)

②Compensación de

la primera actividad con la segunda

③Los rendimientos de la

segunda actividad cuando sean positivos tienen una bonificación

del 50%

Aplicación de libertad de amortización

Importantes pérdidas

HECHOS

Page 72: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

72

Rendimientos de actividades económicas. Posible planificación

Rendimiento en E.D. Normal: IRPF

Operaciones protegidas

AND

Tributación en IS

Limitaciones por vinculación

> 75% ingresos profesionales

> 85% ret. de ingresos -> retribución a socios profesionales

Retribución mínima a socios profesionales -> salario medio de los asalariados x 2

Page 73: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Ganancias y pérdidas de patrimonio

Page 74: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

74

Ganancias o Pérdidas de Patrimonio. Regla general

Se suprimen “ad futuram” los coeficientes de abatimiento a partir de 20 enero 2006

Aplicación: Regla General

Fechaadquisición 31/12/94

Coeficiente: 11,1114,2825

20/01/2006Fecha

transmisión

* PatrimonialPeríodo 2Período 1

Período 1

Coeficientesabatimiento

Período 2

No coeficientesde abatimiento

Page 75: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

75

Ganancias o Pérdidas de Patrimonio. Ejemplo práctico 1

Inmueble adquirido en 1/01/1986 por 100 u.m. transmitido el 1/07/2010 por 1.000 u.m.

1/07/1986 31/12/1994 20/01/2006 1/07/2010

Adquisición 100

Periodo 1

Periodo 2

7.137 días 1.622 días

V. TransmisiónV. Adquisición

A. PATRIMONIAL

1.000<100>

900

Anterior a 20/01/2006

900 x7.137

8.759= 733,33

Coeficiente abatimiento

100%

Posterior a 20/01/2006

900 x1622

8.759= 166,67

21%

Transmisión 1000

Page 76: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

76

Ganancias o Pérdidas de Patrimonio. Ejemplo práctico 2

Inmueble adquirido en 1/01/1970 por 100 u.m. transmitido el 1/07/2010 por 1.000 u.m.

1/07/1970 31/12/1994 20/01/2006 1/07/2010

Adquisición 100

Periodo 1 Periodo 2

12.795 días 1.622 días

V. TransmisiónV. Adquisición

A. PATRIMONIAL

1.000<100>

900

Anterior a 20/01/2006

900 x12.795

14.417= 798,74

Coeficiente abatimiento

Posterior a 20/01/2006

900 x1.622

14.417=101,26

21%

Transmisión 1000

Page 77: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Integración y compensación de rentas

Page 78: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

78

R e n t a T o t a lRenta General Renta del Ahorro

Base Imponible General Base Imponible del Ahorro

Page 79: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

79

Esquema de Liquidación

Renta TotalRenta General Renta del Ahorro

+ Rendimientos trabajo + Rend. Cap. Inmobiliario + Rend. Cap. Mobiliario:

Art. 25.4 y 25.2 vinculados + Rend. Actividad Económica + Imputaciones de rentas

y no derivadas de transmisión de elementos patrimoniales

+ Rend. Cap. Mobiliario Dividendos asimilados

(art. 25.1) Activos Financieros no

vinculados (art. 25.2) Seguros de vida e

invalidez (art. 25.3)

y derivadas de transmisión de elementos patrimoniales

- + +Compensación

hasta 25%

+ - + -

Compensación4 años

Compensación4 años

-

Compensación4 años

Base Imponible General Base Imponible del Ahorro

Compensaciónhasta 25%

Compensación4 años

Compensación4 años

Compensación4 años

Page 80: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Reducciones en la Base Imponible

Page 81: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

81

BASE IMPONIBLE GENERAL BASE IMPONIBLE DEL AHORRO

Reducción en tributación conjunta(con el límite de la base imponible general)

• Unidad familiar biparental: 3.400 euros• Unidad familiar monoparental: 2.150 euros

Reducciones por aplicaciones de renta(con el límite de la base imponible general y en

el orden que se relacionan)

Por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social:• Planes de pensiones• Mutualidades de previsión social• Planes de previsión asegurados• Planes de previsión social empresarial• Seguros de dependencia severa o de gran dependencia

Por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad

Por aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad

Por pensiones compensatorias y anualidades por alimentos

Por aportaciones a la mutualidad de previsión social de deportistas profesionales

Por cuotas de afiliación y restantes aportaciones a los partidos políticos

Remanente no aplicado(con el límite de la base imponible del ahorro)

Remanente no aplicado(con el límite de la base

imponible del ahorro)

Remanente no aplicado(con el límite de la base

imponible del ahorro)

Exceso no aplicado: cinco ejercicios siguientes

Exceso no aplicado: cuatro ejercicios siguientes

Exceso no aplicado: cinco ejercicios siguientes

Exceso no aplicado: cuatro ejercicios siguientes

BASE LIQUIDABLE GENERAL BASE LIQUIDABLE DEL AHORRO

Page 82: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

82

Reducciones por aportaciones a instrumentos de previsión social

INSTRUMENTOS DE PREVISION SOCIAL PRIVADOSPLANES DE PENSIONESAPORTACIONES

CALIFICACION

LIMITEEXCESOS : 5 AÑOS

R E D U C C I Ó N B. I.

MUTUALIDADES PRE. SOCIAL

P. DE PREVISION EMPRESARIAL

PLANES DE PREV. ASEGURA.

SEGUROS DE DEPENDENCIA

Propio

Cónyuge

Minusválidos

Límite total10.000 € (12.500 € > 50 años)30% RT + RAE (50% > 50 años)

RT + RAE < 8.000 € (cónyuge)

Pariente o tutor -> 8.000 €Minusválido -> 24.250 €

2.000 €

Page 83: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

83

BASE IMPONIBLE GENERAL

Escalageneral

Escalaautonómica

Cuota 1 Cuota 2

Cuota 3

Cuota 4

Cuota íntegrageneral estatal

(cuota 1 – cuota 3)

Cuota íntegrageneral autonómica(cuota 2 – cuota 4)

CUOTA ÍNTEGRA ESTATAL

Mínimo personal y familiar(en la parte que no exceda de

la base liquidable general)• Mínimo del contribuyente• Mínimo por descendientes• Mínimo por ascendientes• Mínimo por discapacidad

Escalageneral

Escala autonómica

Remanente no aplicado delmínimo personal y familiar

(Exceso sobre el importe de labase liquidable general)

RESTO DE LA BASELIQUIDABLE DEL AHORRO

Tipo de gravamenestatal

(11,1%)

Tipo de gravamenautonómica

(6,9%)

Cuota íntegradel ahorro estatal

Cuota íntegradel ahorro autonómico

CUOTA ÍNTEGRA AUTONÓMICA

BASE IMPONIBLE DEL AHORRO

Page 84: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Deducciones en cuota :Vivienda habitual

Page 85: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

85

Deducciones de la cuota

Deducciones en cuota íntegra: Deducción por inversión en vivienda habitual

Deducción en actividades económicas

Deducción por donativos

Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla

Deducción por inversiones en bienes de interés cultural

Deducción por cuenta ahorro-empresa

Deducción por alquiler de la vivienda habitual

Page 86: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

86

VIVIENDA HABITUAL:RESIDENCIA DEL CONTRIBUYENTE

DURANTE 3 AÑOS.HABITADA DE FORMA EFECTIVA DENTRODEL PLAZO DE 1 AÑO DESDE SU TERMINACIONSE ASIMILAN:HASTA 2 PLAZAS DE G. CONJUNTAS

ELEMENTOS COMUNES CONJUNTOS

VIVIENDA HABITUAL:RESIDENCIA DEL CONTRIBUYENTE

DURANTE 3 AÑOS.HABITADA DE FORMA EFECTIVA DENTRODEL PLAZO DE 1 AÑO DESDE SU TERMINACIONSE ASIMILAN:HASTA 2 PLAZAS DE G. CONJUNTAS

ELEMENTOS COMUNES CONJUNTOS

A M B I T O D E A P L I C A C I O N A M B I T O D E A P L I C A C I O N LI

MITES

LI

MITES

ESPCIAL

ESPCIAL

P O R C E N T A J EP O R C E N T A J E

BASE DEDUCCION:-9.015, euros AÑO-12..020,24 eurosAÑO(Obras de adaptación paraMinusválidos)

BASE DEDUCCION:-9.015, euros AÑO-12..020,24 eurosAÑO(Obras de adaptación paraMinusválidos)

LOSEXCESOOS NO SE

TRASLADAN PARA EL FUTURO

LOSEXCESOOS NO SE

TRASLADAN PARA EL FUTURO

ADECUACION DEVIVIENDA POR MINUSVALIA

ADECUACION DEVIVIENDA POR MINUSVALIA

ADQUISICION del pleno dominiopor cualquier negocio jurídico.(compra-venta ,permuta,herencia ,legado,donación.)REHABILITACION:-R.D. 1186/1998 de 12 de Junio.-Tratamiento de elementos estructurales con un coste de mas del 25 % del precio de adquisicion o valor de mercado..

ADQUISICION del pleno dominiopor cualquier negocio jurídico.(compra-venta ,permuta,herencia ,legado,donación.)REHABILITACION:-R.D. 1186/1998 de 12 de Junio.-Tratamiento de elementos estructurales con un coste de mas del 25 % del precio de adquisicion o valor de mercado..

CONSTRUCCION (4 AÑOS, salvo exc.):-Pago directo de los gastos de ejecución de la obra.-Entregas a cuenta al promotor de la obra.

AMPLIACION de la superficie habitablede forma permanente durante todo el año.

CONSTRUCCION (4 AÑOS, salvo exc.):-Pago directo de los gastos de ejecución de la obra.-Entregas a cuenta al promotor de la obra.

AMPLIACION de la superficie habitablede forma permanente durante todo el año.

CUENTAS VIVIENDA:-Cuentas separadas de otras.-Máximo una por contribuyente.-Destino :PRIMERA adquisición,construcción o rehabilitación.-Materialización en años.-Compatible con la adquisición,rehabilitación o construcción.

CUENTAS VIVIENDA:-Cuentas separadas de otras.-Máximo una por contribuyente.-Destino :PRIMERA adquisición,construcción o rehabilitación.-Materialización en años.-Compatible con la adquisición,rehabilitación o construcción.

REINVERSIONREINVERSION

15 %

Page 87: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

87

NOVEDAD 2010: Nueva deducción por obras de mejora en la vivienda habitual Contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 euros anuales.

Deducción del 10% de las cantidades satisfechas desde el 14 de abril de 2010 hasta 31 de diciembre de 2012.

Obras realizadas durante dicho período en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre, que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, así como obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital.

Base máxima:

Cuando la base imponible sea igual o inferior a 33.007,20 euros anuales: 4.000 euros anuales.

Cuando la base imponible esté comprendida entre 33.007,20 y 53.007,20 euros anuales: 4.000 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre la base imponible y 33.007,20 euros anuales.

No darían derecho a la deducción:

Cantidades satisfechas en efectivo.

Cantidades a las que se aplique la deducción por inversión de vivienda habitual.

Deducciones en cuota

Page 88: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

88

Deducción por alquiler de la vivienda habitual Deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler

de la vivienda habitual, siempre que la base imponible del contribuyente sea inferior a 24.020€ anuales.

Base máxima de la deducción:

Cuando la base imponible sea igual o inferior a 12.000€ anuales: 9.015 € anuales.

Cuando la base imponible esté comprendida entre 12.000,01 y 24.020€ anuales: 9.015€menos el resultado de multiplicar la diferencia entre la base imponible y 12.000€ anuales por 0,75.

El Proyecto de Ley de Economía Sostenible prevé la equiparación fiscal de la deducción por alquiler respecto de la deducción por compra de vivienda a partir de 1 de enero de 2011.

Deducciones en cuota

Page 89: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Novedades en el Impuesto sobre la Renta de las Personas FísicasProyecto de LPGE para 2011

Page 90: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

90

Modificación de la escala de gravamen: introducción de dos tramos nuevos

Introducción de dos nuevos tramos en la escala de gravamen:

44%, para rentas superiores a 120.000,20 euros y

45%, para rentas superiores a 175.000,20 euros

37%20.400,008.533,7233.007,20

43%66.593,0016.081,7253.407,20

28%15.300,004.249,7217.707,20

24%17.707,2000

TipoResto Base Liquidable

Hasta Euros

Cuota íntegraEuros

Base LiquidableHasta Euros

45%En adelante34.733,36175.000,20

44%55.000,0022.358,36120.000,20

SITUACIÓN ACTUAL

MODIFICACIÓNPREVISTA

+

Page 91: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Tributación de los socios de las SICAVS por la distribución de prima de emisión y por la reducción de capital con devolución de aportaciones

SITUACIÓN PREVIA

Reducción de capital de SICAVS con devolución de aportaciones

Reducción del coste de la inversiónDiferimiento en la tributación

Distribución de prima de emisión de acciones de SICAVS

Reducción del coste de la inversiónDiferimiento en la tributación

MODIFICACIÓN PREVISTA(*)

Reducción de capital de SICAVS con devolución de aportaciones

Se imputará el importe de la reducción de capital o el valor de mercado de los bienes o derechos percibidos como RCM con el límite de la mayor de las siguientes cuantías: El aumento del valor liquidativo de las acciones desde su

adquisición o suscripción hasta el momento de la reducción de capital social.

El importe de los beneficios no distribuidos, cuando la reducción de capital proceda de éstos.

El exceso sobre estos límites minorará al valor de adquisición hasta su anulación. Tributando el exceso que pueda resultar como un RCM procedente de la distribución de prima de emisión. No se aplicará la exención de 1.500 euros prevista para dividendos.Distribución de prima de emisión de acciones de SICAV

Se imputará la totalidad como RCM

Modificación para evitar el diferimiento de tributación de los accionistas de las SICAVS (IRPF.- Medida similar en el IS)

(*) Estas nuevas reglas se aplicarán tanto a SICAVS como a los organismos de inversión colectiva equivalentes a las SICAVS registrados en otro Estado distinto de España, para las reducciones o distribuciones realizadas desde el 23 de septiembre de 2010.En el momento de redacción de esta presentación, el grupo parlamentario socialista ha propuesto esta medida vía enmienda núm. 49 en el Proyecto de Ley de almacenamiento geológico de dióxido de carbono cuya tramitación se encuentra actualmente en el Senado. El objetivo sería dar cobertura a la medida en una Ley distinta a la LPGE con el fin de evitar una posible controversia sobre la ilegalidad de la aplicación retroactiva de la norma.

Page 92: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

92

Tributación de los socios de las SICAVS por la distribución de prima de emisión y por la reducción de capital con devolución de aportaciones (II)

Ejemplo: Reducción de capital de SICAVS con devolución de aportaciones.- LimitesCoste adquisición: 100

DespuésAntes

Reducción con cargo a beneficios no distribuidos

Ejercicio ReducciónEjercicio adquisición

10080150100Patrimonio Neto

50---Reserva indisponible

-5050-Reservas

5030100100Capital

Límite valor liquidativo (*) 50 -Límite beneficios no distribuidos - 50Exceso 20 -Nuevo Coste Cartera 80 100(*) Asumiendo equivalente FFPP

Page 93: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

93

Porcentaje de reducción aplicable a determinados rendimientos del trabajo: nuevo límite

SITUACIÓN ACTUAL Reducción del 40% sobre rendimientos del

trabajo con un período de generación superior a dos años, así como los notoriamente irregulares:

En general, sin límite cuantitativo

Límite en caso de opciones sobre acciones:

Salario medio anual del conjunto de contribuyentes (22.100 euros) x nº años de generación

Límite duplicado si:

Mantenimiento de acciones durante 3 años

Oferta no discriminatoria

MODIFICACIÓN PREVISTA Reducción del 40% sobre rendimientos del

trabajo con un período de generación superior a dos años, así como los notoriamente irregulares: Límite de 600.000 euros previsto en el

Proyecto de Ley de Economía Sostenible.-Reducción de dicho límite a 300.000 en la LGPE para 2011, de forma que: Hasta 300.000 euros, reducción 40% El exceso sin reducción

Doble Límite en el caso de opciones sobre acciones: 300.000 euros (en el Proyecto de Ley de

Economía Sostenible límite previsto de 600.000 euros).

Salario medio anual del conjunto de contribuyentes (22.100 euros) x nº años de generación

Límite duplicado

Page 94: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

Modificación de la deducción por inversión en vivienda habitual

SITUACIÓN ACTUAL Deducción por adquisición de vivienda

habitual aplicable a:

Todos los contribuyentes de manera generalizada

Base de deducción: 9.015 euros

Tipo de deducción: 15% (en 2010: 7,5% + tramo autonómico)

Compensación fiscal para las adquisiciones de vivienda habitual utilizando financiación ajena con anterioridad a 20 de enero de 2006

MODIFICACIÓN PREVISTA(*) Deducción por adquisición de vivienda

habitual aplicable a: Contribuyentes con base imponible inferior a

24.107,20 euros Base de la deducción:

Si la base imponible es inferior a 17.707,20 euros: 9.040 euros

Reducción progresiva si la base imponible entre 17.707,20 y 24.107,20 euros: 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros.

Tipo de la deducción: 15% (7,5% + tramo autonómico)

Aplicable a las adquisiciones posteriores a 31/12/2010

Dicha modificación estaba prevista en idénticos términos en el Proyecto de Economía Sostenible

(*)Para obras e instalaciones de adecuación en la vivienda habitual por discapacidad se establece una base máxima de:-12.080 euros si la base imponible es inferior a 17.707,20 euros.-Reducción progresiva si la base imponible entre 17.707,20 y 24.107,20 euros.Aplicación de normativa en vigor hasta 31/12/2010 si se satisfacen cantidades antes de 1 de enero de 2011 y las citadas obras están terminadas antes de 1 de enero de 2015.

Page 95: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

95

Modificación de la deducción por inversión en vivienda habitual (I)

CUENTAS VIVIENDA

Propuesta enmienda 2.740 por el Grupo Parlamentario Socialista con la siguiente redacción (*):

“(…) Los contribuyentes cuya base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales no perderán el derecho a las deducciones practicadas con anterioridad a 1 de enero de 2011 por las cantidades depositadas en cuentas vivienda, siempre que tales cantidades se destinen exclusivamente a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en los términos que se establecen reglamentariamente”

Prevista la modificación del Reglamento del IRPF mediante Proyecto de Real Decreto publicado en la página del Ministerio de Economía y Hacienda.

No devolución de cantidades depositadas antes de 1 de enero de 2011 aunque su saldo se invierta en vivienda que no de derecho a deducción por superar los nuevos limites de la base imponible

(*) Incluida esta enmienda en el Informe de Ponencia publicado el 10 de noviembre de 2010

Page 96: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

96

CÁLCULO PARA UNA HIPOTECA A 25 AÑOS QUE SUPONE EL 30% DE LA BASE IMPONIBLE DEL CONTRIBUYENTE

Desgravación Impacto en declaración individual o conjunta

Base imponible

Cuota hipotecaria

Antes 1-1-2011

Después 1-1-2011 Al año En 25 años

Impacto en una pareja con

declaraciones individuales

17.707,20 5.312,16 796,82 796,82 0 0 019.000,00 5.700,00 855,00 855,00 0 0 020.000,00 6.000,00 900,00 870,21 28,79 719,75 1.439,5021.000,00 6.300,00 945,00 658,34 286,66 7.166,50 14.333,0022.000,00 6.600,00 990,00 446,46 543,54 13.588,85 27.177,7024.107,00 7.232,21 1.084,82 - 1.084,82 27.120,50 54.241,0035.000,00 10.500,00 1.356,00 - 1.356,00 33.900,00 67.800,0040.000,00 12.000,00 1.356,00 - 1.356,00 33.900,00 67.800,0045.000,00 13.500,00 1.356,00 - 1.356,00 33.900,00 67.800,00

Page 97: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

97

DESAPARICIÓN GRADUAL DE LA DEDUCCIÓN POR VIVIENDA

Deducción máxima

1600

1400

1200

1000

800

600

400

200

0

Se mantiene intacta para una base imponible inferior a

17.707 euros

1.356,00 €

1.293,96 €

1.082,09 €

870,21 €

658,34 €

446,46 €

234,59 €

0,015.000 € 17.707,20 18.000 19.000 20.000 21.000 22.000 23.000 24.107,20

Page 98: Planificación IRPF 2010 y novedades 2011

98

Otras modificaciones de menor calado

DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL (ARRENDATARIO): Con efectos 1 de enero de 2011 se modifica la base máxima de deducción para igualarla a la de la deducción por adquisición de vivienda habitual

REDUCCIÓN POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA (ARRENDADOR): Con efectos 1 de enero de 2011 se modifican las reducciones por arrendamiento de vivienda que tributen como rendimiento del capital inmobiliario:

Se incrementa la reducción habitual por arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda del 50% al 60%.

Se reduce de 35 a 30 años la edad del arrendatario a efectos de aplicar la reducción del 100%.

Se mantiene la edad de 35 años para aquellos casos en los que el contrato de arrendamiento se hubiera celebrado con anterioridad a 1 de enero de 2011.

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Otras modificaciones de menor calado (II)

Ambas medidas se encuentran previstas en el Proyecto de Ley de Economía Sostenible DEDUCCIÓN POR NACIMIENTO DE HIJOS Y ADOPACIÓN (2.500 €): Se suprime con

efectos 1 de enero de 2011. Los nacimientos o adopciones producidos en 2010 darán derecho siempre que la inscripción en el Registro Civil se efectúe antes de 31 de enero de 2011.

SE MANTIENE LA COMPENSACIÓN FISCAL POR OBTENCIÓN DE DETERMINADOS RCM: aquellos con período de generación superior a 2 años procedentes de productos contratados con anterioridad a 20 de enero de 2006

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Novedades en cuanto a lo previsto en el proyecto de ley de economía sostenible

REGULACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO DEPENDIENTE EN EL IRPF INCONSISTENCIAS ENTRE PROYECTO DE LES Y PGE PARA 2011

REDUCCIÓN DEL 40% SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO CON UN PERIODO DE GENERACIÓN SUPERIOR A DOS AÑOS, ASI COMO LOS NOTORIAMENTE IRREGULARES Límite de 600.000 euros previsto en el Proyecto de LES.- Reducción de dicho límite a 300.000 euros en el

proyecto LPGE para 2011.

STOCK OPTIONS Sólo se considerará período de generación superior a dos años si:

Se ejercitan transcurridos más de dos años desde su concesión

No se conceden anualmente

Rendimientos del trabajo que se imputen a un período impositivo cuyo impuesto se haya devengado desde el 5 de agosto de 2004 hasta el día anterior a la fecha de entrada en vigor de la Ley de Economía Sostenible y deriven del ejercicio de opciones de compra sobre acciones o participaciones, se considerarán con período de generación superior a dos años y que no se obtienen de forma periódica o recurrente cuando se ejerciten transcurridos más de dos años desde su respectiva concesión si, además, no se hubiesen concedido anualmente.

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Otras novedades

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OTRAS NOVEDADES: LEY DE MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS DE LA XUNTA DE GALICIA (PRESUPUESTOS 2011)

IRPF:

Deducción en cuota de 300 euros para empresarios, profesionales y retenedores que causen alta por primera vez y mantenga su situación durante el año natural.

Deducción en cuota por acogimiento: 300 euros.

Deducción en cuota por inversiones en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación (3 años de antigüedad): 20% de las cantidades invertidas con un límite de 4.000 euros.

Requisitos:

Participación familiar entre el 1% y el 40% del capital social.

Debe desempeñar una actividad económica durante los 3 años siguientes.

Debe tener, al menos dos personas con contrato laboral y jornada completa con residencia en Galicia.

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OTRAS NOVEDADES: LEY DE MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS DE LA XUNTA DE GALICIA (PRESUPUESTOS 2011)

El contribuyente puede formar parte del consejo de administración pero no realizar funciones ejecutivas ni de dirección ni una relación laboral durante un plazo de 10 años

La constitución o ampliación de capital debe formalizarse en escritura pública.

Las participaciones deben mantenerse en el patrimonio del contribuyente durante un período mínimo de 3 años siguientes a la constitución o ampliación.

Deducción en cuota por inversiones en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil: 20% de las cantidades invertidas con un límite de 4.000 euros. Requisitos:

Participación del contribuyente entre el 1% y el 10% del capital social.

Deben mantenerse durante 2 años.

La sociedad debe tener el domicilio social y fiscal en Galicia y no debe tener como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.

Se aprueba nueva escala autonómica del IRPF: no se aumentan los tipos aplicables.