petitoria exención del pago del transporte publico_vhsm_mayo 2015

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  1. 1. Exencin del pago de la tarifa del Servicio de Transporte Pblico del Distrito Federal. Para las personas integrantes de las instituciones de Seguridad Pblica del D.F. 30 de mayo de Vctor Hugo SerranoMorales 30 de mayode 2015
  2. 2. 30demayode2015 NDICE DE CONTENIDO I. AUTOR II. AGRADECIMIENTOS III. ABREVIACIONES UTILIZADAS IV. CITAS V. AUTORIDADES DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL;ORGANOS DE LA ADMINISTRACIN PUBLICA; ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES. VI. DERECHOS HUMANOS VII. PARTICIPACION CIUDADANA VIII. INTRODUCCION IX. METODO X. RESUMEN XI. PROBLEMA XII. DESARROLLO DEL TEMA XIII. ENCUESTA XIV. SALARIOS DE LOS INTEGRANTES DE LASECRETARIADE SEGURIDAD PBLICADEL DISTRITO FEDERAL XV. DERECHOS EN LAS NORMAS INTERNACIONALES DE TRABAJO XVI. OFICINADE LA OIT PARA MXICO Y CUBA XVII. ANTECEDENTES XVIII. FUNDAMENTO LEGAL XIX. CONCLUSIONES XX. BIBLIOGRAFA
  3. 3. 30demayode2015 I. Autor Vctor Hugo Serrano Morales. Persona con derechos fundamentales reconocidos en la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos y todos aquellos Derechos Humanos establecidos en Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; Integrante de la Polica Auxiliar de la Secretaria de Seguridad Pblica del Distrito Federal, al digno mando del C. Primer Superintendente Edgar Bautista ngeles Director General de la H. Institucin; Donde causo alta el da 22 de abril de 1996, con una antigedad de 19 aos, durante el correcto ejercicio de mis funciones he obteniendo el reconocimiento a la Eficacia y Eficiencia Policial en cinco ocasiones, posteriormente obtuve el ascenso al grado inmediato superior de Polica Segundo, candidato a la medalla al mrito policial en tres ocasiones. Los cambios que acontecen en materia de Seguridad Publica con relacin al Nuevo Sistema Penal Acusatorio, provoco en mi reconocer al peor enemigo del hombre -la ignorancia- surge entonces la necesidad de retomar mis estudios profesionales decidindolo hacer en una de las mejores Instituciones de Educacin Superior La Universidad Del Valle De Mxico Campus Coyoacan, donde soy orgullosamente alumno propiamente de la Licenciatura en Derecho. Por siempre responsable de lo que se ha cultivado Motivndome de esta forma da con da, exaltando con ello los valores hasta ahora aprendidos reforzando mi formacin profesional, mi fin es servir mejor a la sociedad de la que tambin formo parte, y que exige que sus policas estn mejor preparados para enfrentar de manera eficiente y eficaz sus necesidades. Con este trabajo No intento ir contra el sistema actual de las Instituciones Policiales, sino en sentido opuesto, busco sumar esfuerzos en pro de sus integrantes; Partiendo de un mtodo que consiste de tres aspectos de anlisis El primero: Aborda a las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Publica del D.F; Como un grupo social con necesidades de prerrogativas; El segunda: Se refiere al anlisis de los Organos de la Administracin Pblica del Distrito Federal que para este caso son los idneos para otorgarles estas prerrogativas; El tercero: Es el anlisis de la ley objetiva que para este caso en concreto funda y motiva la petitium.
  4. 4. 30demayode2015 El anlisis que se desarrolla en estricto sentido, es de las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal, se hace con referencia a sus costumbres o derechos no escritos, practicas por el consentimiento de los mismos miembros del grupo social aludido, por la ausencia de prerrogativas no escritas, que se forman insensiblemente por el uso de la repeticin aeja de los mismos actos, que poco a poco van adquiriendo carcter de obligatoriedad convirtindose en exigencias colectivas. La costumbre (consuetudo, mores maiorum) es esencialmente no escrita, aparece sin ser expresamente sancionada, no promulgada por ninguna autoridad, y solo se convierte en derecho cuando ese uso ha sido practicado durante un largo tiempo; las costumbres pueden llegar a redactare por escrito y ser ordenadas. El Derecho consuetudinario se define como el conjunto de normas jurdicas que se practican constantemente en una sociedad sin haber sido sancionadas en forma expresa, y que se consideran jurdicamente obligatorias. De este concepto se desprenden los elementos que integran la naturaleza intima de estas normas: La costumbre interpretativa (secundum legen); Es la que se forma de acuerdo con la Ley, consiste en la observancia de sus preceptos o en su interpretacin si la Ley se presta a confunciones, en este caso no se trata de un derecho consuetudinario, siendo que el legislador la ha previsto. Costumbre supletoria (preater legem); Surge en ausencia de la Ley completando los vacos del derecho escrito. Trata de la creacin de nuevas normas jurdicas que no se oponen a las existentes, pues la legislacin no ha regulado todava la materia sobre cual versa la costumbre, Constituye el tipo ideal de la formacin jurdica consuetudinaria, esta complementa el derecho escrito sin contradecirlo. La costumbre contraria a la Ley (contra legem) es la que aparece en oposicin a normas legales expresas que imponen una conducta diferente. Esta costumbre surge despus de sancionada la Ley, y en contra de ella; En estos casos el derecho escrito no llega a introducirse en los usos sociales, y por tanto no alcanza efectiva vigencia, o la pierde con posterioridad. La caducidad de las leyes a causa de una costumbre contraria puede producirse: 1. Por la prctica que prescinde de la Ley y se acta como si esta no existiera. 2. Por la costumbre abrogatoria, que crea un uso o impone una conducta diferente de la prescrita legislativamente.
  5. 5. 30demayode2015 Caracteres de la costumbre: Surge espontneamente Es de formacin lenta No tiene autor conocido Suele ser incierta o imprecisa Es particularista, las costumbres abarcan siempre una esfera cuyos lmites no son observadas generalmente por una clase o grupo social determinado. Por la tanto en este sentido de palabras entendemos que la sociedad conformada por el colectivo de personas, que por vocacin de servicio se emplean como policas son susceptibles de derechos y obligaciones; Las Policas estn determinadas por circunstancias histricas concretas, por lo tanto es aproximarse a ellas tomado en cuenta las caractersticas del contexto que las crean y determinan, su organizacin social cultural, poltica y econmica que se crean en su entorno. Po tanto se requisita petitoria para su admisin con los elementos esenciales para su procedencia, y aprobacin.
  6. 6. 30demayode2015 II Agradecimientos. Gracias Al que todo lo ve y todo lo puede, si lo quieres conocer bscalo A mis padres Sr. Reyes Serrano Rosas por ensearme a labrar la tierra, Donde te encuentres algn da volveremos abrazarnos. Sra. Concepcin Morales Pedraza tus cuidados nunca me han faltado Al C. Primer Inspector Director del Sector 58 de la P.A.D.F. Lic Enrique Gutirrez Pacheco Por su apoyo y consideracin Al C. Sub Oficial Comandante de Destacamento 2 del sector 58 de la P.A.D.F Rubn Ramrez Garca Romn Por sus atenciones A la Universidad del Valle de Mxico Por permitirme Formar parte de su comunidad estudiantil, No los defraudare Orgullosamente UVM! Por siempre responsable de lo que se ha cultivado A mi compaero y Hermano Julio Cesar Alvarado Brito Tu apoyo siempre ser importante Asociacin Civil Ciudadanos Unidos Por Una Causa En Comn Por su preocupacin por la dignificacin de los Policas
  7. 7. 30demayode2015 III. AUTORIDADES ABREVIACIONES UTILIZADAS (GDF) Gobierno del Distrito Federal (SSPDF) Secretaria de Seguridad Pblica del Distrito Federal (PADF) Polica Auxiliar del Distrito Federal (PBI) Polica Bancaria Industrial del Distrito Federal (SMDF) Secretaria de Movilidad del Distrito Federal (STCM) Sistema de Transporte Colectivo Metro (MB) Metro Bus (RTPDF) Ruta de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal (TEDF) Transportes Elctricos del Distrito Federal (DHTSJDF) Derechos Humanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (CNDH) Comisin Nacional de los Derechos Humanos (CDHDF) Comisin de Derechos Humanos del Distrito Federal (OIT) Organizacin Internacional del Trabajo (SPE) Servicios Pblicos de Emergencia (INEGI) Instituto Nacional de Geografa y Estadstica (LOAPDF) Ley Orgnica de la Administracin Publica del Distrito Federal. (CPEUM) Constitucin Poltica de los Estados Unidos mexicanos (LSPDF) Ley de Seguridad Pblica del Distrito Federal (LOSSPDF) Ley Orgnica de la Secretaria de Seguridad Pblica del Distrito Federal. (LMDF) Ley de Movilidad del Distrito Federal (PDCLSPDF) Proyecto de decreto que expide la Ley de Seguridad Pblica del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Parlamentaria del Palacio Legislativo de San Lzaro el da 29 de abril de 2015. Nmero 4264- VII. Anexo VIII. (TIC) Tecnologas de Informacin y Comunicacin.
  8. 8. 30demayode2015 IV. CITAS. Si amas a la sabidura y nunca la abandonas, ella te cuidara y te proteger. Proverbios 4:6. Necesitamos subirles los sueldos, darles prestaciones, seguros y que haya una carrera policial, que sean licenciados y que tengamos servicio profesional de carrera Lic. Miguel Angel Mancera Jefe de Gobierno del Distrito Federal. Percibir un salario digno, justo y remunerador acorde con las caractersticas del servicio que realizan, as como de las dems prestaciones que por ley se establezcan en su beneficio. Comisin Nacional de Los Derechos Humanos Mxico. Principales Deberes y Derechos De Los Policas. El aumento del salario en el pas es un tema de tica y responsabilidad por los que menos tienen. Lic. Miguel Angel Mancera Jefe DEL Gobierno del Distrito Federal ; continuar la lucha por dignificar el salario. Nuestros salarios mnimos son los ms bajos de Amrica Latina y que es posible un alza inmediata a 82.86 para cuando menos alcanzar la canasta bsica sin provocar inflacin Lic. Miguel Angel Mancera Jefe del Gobierno del Distrito Federal. No solamente hay que hablarlo en la televisin, no solamente hay que hablarlo en los spots, hay que hablarlo en la realidad, hay que discutirlo y hay que demostrar que se tiene voluntad poltica para que esto sea una realidad de nuestro pas Lic. Miguel Angel Mancera Jefe del Gobierno del Distrito Federal. Creo fervientemente en el trabajo del polica, es un quehacer muy noble que inclusive est en la aptitud de poner en riesgo su vida en pro de la sociedad, este es un valor que hay que exaltar mucho, no todos lo hacen, esta nacin de servicio es una vocacin que debemos reconocer como ciudadanos Lic. Hiram Almeida Estrada, Secretario de Seguridad Pblica del Distrito Federal Dame los hechos y te dar el derecho. (DA MIHI FACTUM DABO TIBI JUS) Principio general de Derecho (La dignidad) No consiste en nuestros honores sino en el reconocimiento de merecer lo que tenemos Aristteles
  9. 9. 30demayode2015 V. AUTORIDADES DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL; ORGANOS DE LA ADMINISTRACIN PBLICA; Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES. C. Jefe de Gobierno del Distrito Federal Lic. Miguel Angel Mancera C. Presidente de la Comisin de Seguridad Pblica De La ASAMBLE LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, VI LEGISLATURA Lic Diputado Santiago Taboada Cortina C. Secretario de Seguridad Pblica del Distrito Federal Lic. Hiram Almeida Estrada C. Director General de la Polica Auxiliar del Distrito Federal Primer Superintendente Edgar Bautista ngeles C. Director General de la Polica Bancaria E Industrial del Distrito Federal Primer Superintendente Lic. Jos Joel Pichardo Nepomuceno C. Secretario de Movilidad del Distrito Federal Lic. Rufino H Len Tovar C. Ombudsperson de la Comisin de Derechos Humanos del Distrito Federal Doctora Perla Gmez Gallardo C. Director General del Sistema de Transporte Colectivo Metro del Distrito Federal Ing. Joel Ortega Cuevas C. Director General del Servicio de Transportes Elctricos del Distrito Federal Eduardo Venadero Medinilla C. Director General Metro Bus del Distrito Federal Guillermo Caldern Aguilera
  10. 10. 30demayode2015 VI. COMISION DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL. Se solicita su observancia para que en el mbito de su competencia se formulen programas de proteccin de los Derechos Humanos para las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica Del Distrito Federal, proponer la formulacin de proyectos, y posibles modificaciones a las disposiciones legislativas y reglamentarias para impulsar el cumplimiento de los tratados, convenciones, acuerdos internacionales signados y ratificados por Mxico en materia de derechos humanos en coordinacin con las dependencias de la Administracin Publica del Distrito Federal.
  11. 11. 30demayode2015 VII. PARTICIPACION CIUDADANA Causa En Comn A.C. En este proyecto se les propone como segmento importante de consulta, anlisis, para emitir opiniones y sugerencias ente expuesta petitoria de prerrogativa para las personas que son Integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal. Su labor busca que los policas sean profesionales, que tengan buenas condiciones de trabajo, que sean premiados por sus buenas acciones y castigados de manera justa cuando cometen alguna falta. En estricto sentido de palabras aspira a la consolidacin de una polica que inspire respeto, orgullo y confianza. CIUDADANOS POLICIAS = EXITO
  12. 12. 30demayode2015 VIII. INTRODUCCIN. Petitoria de exencin de pago de la tarifa del servicio de Transporte Pblico del Distrito Federal, que para este caso en concreto el sector especfico al que propone como beneficiado de este derecho positivo es el sector de conformado por los integrantes de las instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal. Por lo tanto es importante dar repuesta objetiva a las siguientes premisas en estricto sensu: a) Cul es la prerrogativa que se pretende para las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal? b) Qu es Derecho consuetudinario? c) Qu se entiende por persona? d) Cules son las Prcticas por el consentimiento de los miembros de las Instituciones de Seguridad Publica? e) Quines son los involucrados en este problema? f) El Titular de la Administracin Publica del Gobierno del Distrito Federal quin es? g) Quines son los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal? h) Cules son las Instituciones Policiales del Distrito federal? i) A quines se les considera integrante de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal? j) Cmo se rige su actuacin? k) Cules son sus obligaciones? l) Qu son los Derechos Humanos? m) Cules son los derechos de los miembros de los cuerpos de seguridad pblica? n) Qu Instituciones Policiales se proponen para la exencin del pago de la tarifa del Transporte Publico? o) Qu rgano de la Administracin Pblica del Distrito Federal se encarga de aplicar y evaluar la poltica de movilidad en la Ciudad? p) Quin presta el servicio pblico de transporte de pasajeros? q) Cules son los Organos del Gobierno, que integran el Sistema de Transporte Pblico de Pasajeros? r) A propuesta de que Autoridad el Jefe de Gobierno podr autorizar las exenciones de pago de la tarifa, que se aplica de manera general, abstracta e impersonal a sectores especficos de la poblacin? s) Qu atribuciones tiene el Jefe de Gobierno en materia de movilidad? t)
  13. 13. 30demayode2015 IX. METODO Investigacin de la norma objetiva vigente; Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos Ley de la Administracin Pblica del Distrito Federal Ley de Seguridad Pblica del Distrito Federal Ley de Movilidad para el Distrito Federal y dems aplicables a la pretensin. Consulta de los Portales electrnicos; Gobierno del Distrito Federal Secretaria de Movilidad del Distrito Federal Secretaria de Seguridad Pblica del Distrito Federal Polica Auxiliar del Distrito Federal Polica Bancaria E Industrial del Distrito Federal Comisin Nacional de los Derechos Humanos Comisin de Derechos Humanos del Distrito Federal Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal Organizacin Internacional del Trabajo Instituto Nacional de Estadstica y Geografa Ciudadanos Unidos Por Una Causa En Comn Instituto de Investigaciones Jurdicas de la Universidad Autnoma de Mxico Sistema de Transporte Colectivo Metro Servicio de Transportes Elctricos del Distrito Federal Azteca Noticias, Exclsior en lnea, El Universal mx. Organizacin Internacional de Trabajo Tecnologas de Informacin y Comunicacin: Computadora IPad Internet, Redes Sociales; (Facebook) se crea un grupo nombrado Gratuidad; Pase Cortesa en el STC Metro Para Personal De La SSPDF creado el 04 de mayo de 2015. Software; (Survey Monkey) se crea la encuesta titulada Exencin de pago en el transporte pblico para integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del DF Creada el 10 de mayo de 2015.
  14. 14. 30demayode2015 X. RESUMEN. El anlisis de la colectividad conformada por las personas integrantes de Seguridad Pblica del Distrito Federal, se hace con referencia a sus costumbres y derechos no escritos, practicas por el consentimiento de los mismos miembros del grupo social mencionado por la ausencia de prerrogativas no escritas, que se forman insensiblemente por el uso de la repeticin aeja de los mismo actos, que poco a poco van adquiriendo carcter de obligatoriedad convirtindose en exigencias colectivas. Se identifica para este el caso en concreto; A las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal; A las instituciones Policiales del Distrito Federal; A los Organos de la Administracin Publica que prestan el Servicio de Transporte Pblico de Pasajeros en el Distrito Federal; Al titular de la Administracin Publica del Distrito Federal; A la Dependencia de la Administracin Publica que para este efecto es la encargada de planear, disear, aplicar y evaluar la poltica de movilidad en la Ciudad de Mxico Distrito Federal; A la Ley Objetiva aplicable para el caso en estricto sentido; A la autoridad de la Secretaria de Movilidad que propone al Jefe de Gobierno autorice las exenciones del pago de tarifa. Se invoca esta prerrogativa como un derecho positivo de la naturaleza humana, de adaptacin a las circunstancias y necesidades de movilidad; A su reconocimiento histrico; A la instauracin de justicia para este sector de la sociedad tanto tiempo olvidado; A exalta su valor; A su aptitud de poner en riesgo su vida en pro de la sociedad. Por lo cual se ofrece juzgar esta petitoria con relacin a sus circunstancias sociales, laborales, a sus salarios, y por las condiciones del medio social en que se desenvuelven. A las posibilidades de la accin positiva del derecho positivo; A la preocupacin de consolidar su perfeccin utpica, que el derecho positivo procura como una aproximacin creciente a la justicia. En apoyo a su economa; A su desarrollo social, familiar; Amplindose su poder adquisitivo, reactivndose de esta forma la economa en su entorno social de cada uno de las personas miembros de este sector de la sociedad. Que en el Derecho consuetudinario se define como el conjunto de normas jurdicas que se practican constantemente en una sociedad sin haber sido sancionadas en forma expresa, y que se consideran jurdicamente obligatorias
  15. 15. VHSM 30demayode2015 Las Prcticas y los Consentimientos en esta colectividad conformada por las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal, son referencia de sus costumbres o derechos no escritos. La costumbre (consuetudo, mores maiorum) es esencialmente no escrita, aparece sin ser expresamente sancionada, no promulgada por ninguna autoridad, y solo se convierte en derecho cuando ese uso ha sido practicado durante un largo tiempo; las costumbres pueden llegar a redactare por escrito y ser ordenadas. De la prerrogativa que se apela como un derecho positivo se desprende la naturaleza ntima humana aplicable de adaptacin a las circunstancias y necesidades de movilidad, para los integrantes de las Instituciones de Seguridad Publica; El reconocimiento histrico de la excepcin del pago de tarifa que se aplican de manera general, abstracta e impersonal a sectores especficos de la poblacin significara mejorar los incentivos positivamente acompaado de una actitud positiva, criticndose como una verdadera voluntad de cambios; Su instauracin seria como forma de justicia para este sector de la sociedad tanto tiempo olvidado; Como reconocimiento a su valor que no hay que dejar de exaltar; A la aptitud de poner en riesgo su vida en pro de la sociedad. Polica Proviene del latn (politia): organizacin poltica, administracin, que a su vez proviene del griego (politeia): perteneciente al gobierno de la ciudad. Aun cuando por la voz polica
  16. 16. VHSM 30demayode2015 XI. PROBLEMA. Prcticas y Consentimientos de la colectividad conformada por las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal, con referencia a sus costumbres o derechos no escritos. a) Escenario 1: En los accesos de Transporte Publico por lo regular siempre nos encontraremos con una persona miembro de las instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal que para este caso llamaremos A; tiene como primordial actividad vigilar que el usuario no ingrese sin antes pagar su pasaje unitario, toda vez que el lugar de ubicacin de A siempre ser el torniquete o acceso destinado para este menester; Enseguida de entre los usuarios aparece uno que para este caso llamaremos B, quien se perfila hacia donde se ubica A, al llegar B hasta donde se ubica A, le muestra una identificacin que lo acredita como miembro de una de las Instituciones de Seguridad Publica del DF; Por lo cual A le permite el acceso a B, por la sencilla razn de ser compaero. En este caso vemos que A actu por empata con B, pero la pregunta que surge es ser correcto el proceder de A? b) Escenario 2: Se encuentra A en el mismo acceso de Servicio de Transporte Publico; De entre los usuarios se acerca B, compaero de las Instituciones de Seguridad Publica, propiamente uniformado por lo cual se entiende que est en da de labores, y por lo tanto A sin mediar palabra le permite el acceso; En este caso en concreto la pregunta sera; Si B al presentarse uniformado tiene acceso gratuito el servicio de transporte colectivo Por qu no permitirle que utilice el servicio de Transporte en su dias de descanso? Despus de un dia de servicio a la colectividad del Distrito Federal. c) Escenario 3: Continua A en el mismo acceso del Servicio de Transporte Publico; esta vez se acerca B y le muestra una identificacin que lo acredita como miembro de una de las Instituciones de Seguridad Publica, A le comenta a B que solo policas uniformados pueden ingresar gratis, pidiendo a B pague su importe unitario, de lo contrario no podr hacer uso del servicio, B al or lo dicho por A, de manera inesperada se molesta y arremete con palabras no muy agradables para A; la cuestin seria, existe razn legal, para que B exija este derecho? Las prcticas y costumbres, por la falta de derechos no escritos terminan como derechos consuetudinarios. Estas prcticas son constantes, que sin haber sido sancionadas en forma expresa, se consideran jurdicamente obligatorias, adems de que son generadoras de prdidas cuantificables a los Organos del Servicio de
  17. 17. VHSM 30demayode2015 Transporte Publico; Costumbres y Actividades que son motivo de su estudio positivo para su integracin al Estado de Derecho, y la Jurisprudencia. Su instauracin Histrica sera una forma de justicia para este sector de la sociedad tanto tiempo olvidado; Como reconocimiento a su valor que no hay que dejar de exaltar; La aptitud de poner en riesgo su vida en pro de la sociedad, criticndose como una verdadera voluntad de cambios.
  18. 18. VHSM 30demayode2015 XII. DESARROLLO DEL PROBLEMA a) Cul es la prerrogativa que se pretende para las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal? La exencin del pago de la tarifa del Servicio de Transporte Pblico del Distrito Federal b) Qu es Derecho consuetudinario? La costumbre o derecho no escrito c) Qu es Derecho Natural y Derecho Positivo? Conjunto de normas ideales, justas y externas, reguladoras de la conducta humana. d) Qu se entiende por persona? Su interpretacin conforme y principio pro persona supone que, cuando existan distintas interpretaciones posibles de una norma jurdica, se deber elegir aquella que ms proteja al titular de un derecho humano; Cuando en un caso en concreto se puedan aplicar dos o ms normas jurdicas, el intrprete debe elegir aquellas que igualmente proteja de mejor manera a los titulares de un derecho humano. Persona: Todo ser susceptible de tener derechos y obligaciones e) Cules son las prcticas, del consentimiento de los miembros de las Instituciones de Seguridad Publica? Actos de costumbre, que esencialmente no se encuentran escritos, que surgen sin ser expresamente sancionados que para este caso en concreto versa de la necesidad de la exencin de la tarifa que se aplica de manera general, abstracta e impersonal a sectores especficos de la poblacin; Que pueden ser sujetas de estudio y formar parte del Estado de Derecho en la colectividad. f) Quines son los involucrados en este problema? 1) Personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal. 2) Derechos Humanos 3) Organos del Transporte Pblico, de la Administracin Publica del Distrito Federal. 4) Secretaria de Movilidad del Distrito Federal 5) Poder Ejecutivo del Distrito Federal; Jefe de Gobierno.
  19. 19. VHSM 30demayode2015 g) El Titular de la Administracin Publica del Gobierno del Distrito Federal quin es? El Jefe de Gobierno h) Cules son las Instituciones Policiales del Distrito federal? (LSPDF) ARTICULO 5.- La Polica del Distrito Federal estar integrada por. I.- La Polica Preventiva. Con todas las unidades y agrupamientos que prevea su reglamento. y II.- La Polica Complementaria, que estar integrada por la Polica Auxiliar, la Bancaria e Industrial y las dems que determine el reglamento correspondiente. (PDCLSPDF) Artculo 5. Las instituciones Policiales del Distrito Federal sern: I.- En la Secretaria, a) La Polica Preventiva, con todas las Unidades Administrativas que prevea su reglamento; b) La Polica de Trnsito y Movilidad, con todas las Unidades Administrativas que prevea su reglamento, y c) La Polica Complementaria, integrada por la Polica Auxiliar y la Polica Bancaria e Industrial i) A quines se les considera integrante de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal? (LSPDF) ARTICULO 9.- Se consideran como elementos de los Cuerpos de Seguridad Pblica, aquellos a quienes se les atribuya ese carcter mediante nombramiento o instrumento jurdico equivalente, por autoridad competente del Departamento o de la Procuradura, segn sea el caso. Dichos elementos se consideraran trabajadores de confianza. Las relaciones de trabajo de los elementos de los cuerpos de Seguridad Pblica se regirn por su propia ley, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 123 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. No formaran parte de los Cuerpos de Seguridad Pblica aquellas personas que desempeen funciones de carcter estrictamente administrativo o ajeno a la Seguridad Pblica aun cuando laboren en las dependencias encargadas de prestar dicho servicio (PDCLSPDF) Artculo 7. Se consideran integrantes de las instituciones de Seguridad Publica a quienes se atribuya ese carcter mediante nombramiento o instrumento jurdico equivalente, emitido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal o por los titulares de las instituciones de Seguridad Publica, segn sea el caso.
  20. 20. VHSM 30demayode2015 j) Cules son los derechos de los miembros de los cuerpos de seguridad pblica? (LSPDF) ARTICULO 40.- Sin perjuicio de lo previsto en los ordenamientos de carcter laboral y de seguridad social respectiva, los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pblica, tendrn los siguientes derechos: I.- Percibir un salario digno y remunerador acorde con las caractersticas del servicio, el cual tienda a satisfacer las necesidades esenciales de un jefe de familia en el orden material, social, cultural y recreativo: II.- Gozar de un trato digno y decoroso por parte de sus superiores jerrquicos: III.- Recibir el respeto y la atencin de la comunidad a la que sirven; IV.- Contar con la capacitacin y adiestramiento necesarios para ser un polica de carrera; V.- Recibir tanto el equipo como el uniforme reglamentarios sin costo alguno; VI.- Participar en los concursos de promocin o someterse a evaluacin curricular para ascender a la jerarqua inmediata superior; VII.- Ser sujeto de condecoraciones, estmulos y recompensas cuando su conducta y desempeo as lo ameriten; VIII.- Tener jornadas de trabajo acordes con las necesidades del servicio as como disfrutar de prestaciones tales como aguinaldo, vacaciones, licencias o descanso semanal; IX.- Ser asesorados y defendidos jurdicamente por el Departamento o la Procuradura, segn sea el caso, en forma gratuita, en el supuesto en que, por motivos del servicio y a instancia de un particular, sean sujetos a algn procedimiento que tenga por objeto fincarles responsabilidad penal o civil; X.- Recibir oportuna atencin mdica, sin costo alguno para el elemento policial, cuando sean lesionados en cumplimiento de su deber; en casos de extrema urgencia o gravedad, debern ser atendidos en la institucin mdica pblica o privada ms cercana al lugar donde se produjeron los hechos; XI.- Ser recluidos en reas especiales para policas en los casos en que sean sujetos a prisin preventiva, y XII.- En caso de maternidad gozar de las prestaciones laborales establecidas en el artculo 123 Constitucional para ese supuesto. (DCLSPDF) Artculo 20. Los integrantes de las instituciones de Seguridad Publica tendrn, sin perjuicio a los contenidos en otros ordenamientos jurdicos, los derechos siguientes: I. Percibir una remuneracin digna acorde con la calidad y riesgo de las funciones desempeadas en el servicio, sin mayor deduccin a la establecida en las leyes; II. Gozar de trato digno, decoroso y libre de toda discriminacin por parte de sus superiores jerrquicos, homlogos y subalternos, y tener acceso a oportunidades culturales, deportivas, acadmicas y sociales para desarrollar sus potencialidades.
  21. 21. VHSM 30demayode2015 III. Recibir en igualdad de condiciones con sus homlogos las oportunidades de la profesionalizacin las que se refiere esta ley, necesarias para el adecuado ejercicio de sus funciones; IV. Recibir el equipo y el uniforme reglamentario sin costo alguno, acordes a las funciones signadas; V. Participar en igualdad de condiciones con sus homlogos en los concursos de promocin y someterse a evaluacin curricular para ascender al grado o la jerarqua inmediata superior. VI. Ser sujeto de condecoraciones, estmulos y recompensas en los trminos de esta ley; VII. Recibir atencin legal gratuita por la institucin de seguridad pblica de la que forme parte, cuando se trate de actos derivados del servicio; VIII. Recibir atencin mdica gratuita y oportuna cuando sean lesionaos en cumplimiento de su deber. En caso de extremas urgencias o gravedad, debern ser atendidos en la institucin mdica pblica o privada ms cercana al lugar de los hechos. IX. Que solicite el benfico de su reclusin en reas especficas, cuando sea posible y en los casos en que sea sujeto a prisin preventiva; y X. Los integrantes de las Instituciones de Seguridad Publica acode a lo sealado en el artculo 123 apartada B , fraccin XIII, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, en sus leyes reglamentarias y la Ley General, contaran con las condiciones laborales y prestaciones de seguridad social que se establecen en los lineamientos respectivos. k) Cules son los principios de actuacin de los cuerpos de Seguridad Pblica del Distrito Federal? (LSPDF) ARTICULO 16.- El servicio a la comunidad y la disciplina, as como el respeto a los derechos humanos y a la legalidad, son principios normativos que los Cuerpos le Seguridad Pblica deben observar invariablemente en su actuacin. ARTCULO 17.- Los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pblica del Distrito Federal, independientemente de las obligaciones que establecen la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Pblicos y otras leyes especiales, debern: I.- Actuar dentro del orden jurdico, respetando en todo momento la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen. II.- Servir con fidelidad y honor a la sociedad. III.- Respetar y proteger los Derechos Humanos, IV.- Actuar con la decisin necesaria y sin demora en la proteccin de las personas y de sus bienes; V.- No discriminar en el cumplimiento de sus funciones a persona alguna en razn de su raza, religin, sexo, condicin social, preferencia sexual, ideologa poltica o por algn otro motivo;
  22. 22. VHSM 30demayode2015 VI.- Desempear con honradez, responsabilidad y veracidad el servicio encomendado, debiendo abstenerse de todo acto de corrupcin, as como de hacer uso de sus atribuciones para lucrar; VII.- Observar un trato respetuoso en sus relaciones con las personas, a quienes procuraran auxiliar y proteger en todo momento, debiendo abstenerse de todo acto de prepotencia y de limitar injustificadamente las acciones o manifestaciones que, en ejercicio de sus derechos constitucionales y con carcter pacfico, realice la ciudadana; VIII.- Prestar el auxilio que les sea posible a quienes estn amenazados de un peligro personal, y en su caso, solicitar los servicios mdicos de urgencia cuando dichas personas se encuentren heridas o gravemente enfermas, as como dar aviso a sus familiares o conocidos de tal circunstancia; IX.- Usar el equipo a su cargo con el debido cuidado y prudencia en el cumplimiento de su deber, as como conservarlo; X.- Recurrir a medios no violentos antes de emplear la fuerza y las armas; XI.- Velar por la vida e integridad fsica y proteger los bienes de las personas detenidas o que se encuentren bajo su custodia; XII.- No infligir ni tolerar actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes a aquellas personas que se encuentren bajo su custodia, aun cuando se trate de cumplir con la orden de un superior o se argumenten circunstancias especiales como amenaza a la seguridad Pblica, urgencia de las investigaciones o cualquier otra En el caso de tener conocimiento de tales actos, debern denunciarlos inmediatamente ante la autoridad competente; XIII.- Obedecer las rdenes de sus superiores jerrquicos y cumplir con todas las obligaciones que tengan a su cargo, siempre y cuando la ejecucin de estas o el cumplimiento de aquellas no signifique la comisin de un delito; XIV.- Observar un trato digno y decoroso hacia los elementos policiales que se encuentren bajo su mando con estricto apego y respeto a los derechos humanos y a las normas disciplinarias aplicables; XV.- Guardar la reserva y confidencialidad necesaria respecto de las rdenes que reciban y la informacin que obtengan en razn del desempeo de sus funciones, salvo que la ley les imponga actuar de otra manera. Lo anterior, sin perjuicio de informar al titular de la dependencia el contenido de aquellas rdenes sobre las cuales tengan presuncin fundada de ilegalidad; XVI.- Asistir a los cursos de formacin policial, a fin de adquirir los conocimientos tericos y prcticos que conlleven a su profesionalizacin; XVII.- Observar las normas de disciplinas y orden que establezcan las disposiciones reglamentarias y administrativas Internas de cada uno de los Cuerpos de Seguridad Pblica, y XVIII.- Actuar coordinadamente con otras corporaciones, as como brindarles, en su caso, el apoyo que legalmente proceda.
  23. 23. VHSM 30demayode2015 (PDCLSPDF) Artculo 18. La actuacin de los integrantes de las instituciones de Seguridad Publica se regir por la disciplina de cuerpo y los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos; fomentando el servicio a la comunidad, la disciplina y la participacin ciudadana. Artculo 19. Las instituciones de Seguridad Publica, sin perjuicio a lo dispuesto en la Ley General; observaran las obligaciones siguientes: I. Actuar dentro del orden jurdico que establece la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, as como los Derechos Humanos reconocidos en esta y en los tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. II. Elaborar programas encaminados a proteger los de los nios, nias y adolescentes, atendiendo en todo momento el principio del inters superior de la nios, asegurando a aquellos el cuidado que sea necesario para su deber; III. Emitir los lineamientos y procedimientos, ingreso, profesionalizacin en las etapas de formacin inicial y continua, que comprende la actualizacin, promocin, especializacin, formacin docente y alta direccin; as como la permanencia, evaluacin reconocimiento, certificacin, y el registro en la base de datos de los servidores pblicos de las Instituciones de Seguridad Publica y la separacin o baja del servicio. IV. Ejecutar los sistemas disciplinarios, as como el rgimen de estmulos de estmulos en el mbito de su competencia; V. Fortalecer los sistemas de seguridad social de los servidores pblicos, sus familias y dependientes, e instrumentar los complementarios a estos con la calidad de propiciar un sentido de permanencia de los integrantes; VI. Llevar a cabo programas tendente a la creacin de polticas que de manera coordinada con los lmites de seguridad pblica, faciliten la participacin ciudadana e instituciones acadmicas, con la finalidad de prevenir el delito a travs de mecanismos eficaces; VII. Actuar coordinadamente con otras Instituciones de Seguridad Publica, as como otorga el apoyo que legalmente proceda; VIII. Unificar criterios para la organizacin, operacin y modernizacin tecnolgica de las Instituciones de Seguridad Publica; IX. Establecer y controlar el registro de antecedentes de personal y criminalisticos; X. Implementar mecanismos de evaluacin en la aplicacin de los Fondos de Ayuda Federal, y XI. Promover que los recursos econmicos que disponga la administracin del Gobierno del Distrito Federal, se admiten con
  24. 24. VHSM 30demayode2015 eficacia, trasparencia y honradez, con el propsito de alcanzar los objetivos predeterminados. l) Qu son los Derechos Humanos? (DHTSJDF) Los Derechos Humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distincin alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o tnico, color, religin, lengua, o cualquier otra condicin. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminacin alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles m) Cules son los Derechos Humanos de los Policas Del Distrito Federal? (CNDH) DERECHOS DE LOS POLICAS Percibir un salario digno, justo y remunerador acorde con las caractersticas del servicio que realizan, as como de las dems prestaciones que por ley se establezcan en su beneficio. Los Derechos Humanos de los Policas son todos los reconocidos en la Constitucin Poltica de Los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, as como de las garantas para su proteccin. n) Qu Instituciones Policiales se proponen para la exencin del pago de la tarifa del Transporte Publico? Polica Preventiva del Distrito Federal Polica Bancario E Industrial del Distrito Federal Polica Auxiliar del Distrito Federal o) Qu rgano de la Administracin Pblica del Distrito Federal se encarga de aplicar y evaluar la poltica de movilidad en la Ciudad? (LMDF) Artculo 10.- Corresponde al Jefe de Gobierno, en su calidad de titular de la Administracin Pblica , en los trminos sealados por el artculo 122 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, del Estatuto de Gobierno y de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal la aplicacin de la presente Ley a travs de I. La Secretara; La Secretara ser la encargada de planear, disear, aplicar y evaluar la poltica de movilidad en la Ciudad, as como de realizar las acciones necesarias para lograr el objeto de esta Ley.
  25. 25. VHSM 30demayode2015 p) Quin presta el servicio pblico de transporte de pasajeros? (LDMDF) Artculo 78. La prestacin del servicio pblico de transporte de pasajeros proporcionado directamente por la Administracin Pblica q) Cules son los Organos del Gobierno, que integran el Sistema de Transporte Pblico de Pasajeros? (LDMDF) Artculo 78.-estar a cargo de los siguientes organismos, que sern parte del Sistema Integrado de Transporte Pblico: I. El Sistema de Transporte Colectivo Metro, Organismo Pblico descentralizado con personalidad jurdica y patrimonio propio, cuya planeacin, organizacin, crecimiento y desarrollo se regir por su decreto de creacin y por las disposiciones jurdicas y administrativas aplicables, forma parte del Programa Integral de Movilidad del Distrito Federal; la red pblica de transporte de pasajeros deber ser planeada como alimentador de este sistema; II. El Servicio de Transportes Elctricos del Distrito Federal, Organismo Pblico descentralizado con personalidad jurdica y patrimonio propios, en su planeacin, crecimiento y desarrollo se ajustar a su instrumento de creacin y por las disposiciones jurdicas y administrativas aplicables, forma parte del Programa Integral de Movilidad del Distrito Federal III. La Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal, Organismo Pblico Descentralizado con personalidad jurdica y patrimonio propios, en su planeacin, crecimiento y desarrollo se ajustar a su instrumento de creacin y por las disposiciones jurdicas y administrativas aplicables, forma parte del Programa Integral de Movilidad del Distrito Federal; ser un alimentador de los sistemas masivos de transporte; IV. El Sistema de Corredores de Transporte Pblico de Pasajeros del Distrito Federal Metrobs, Organismo Pblico Descentralizado de la Administracin Pblica del Distrito Federal, sectorizado a la Secretara que cuenta con personalidad jurdica y patrimonio propios adems de autonoma tcnica y administrativa en su planeacin, crecimiento y desarrollo se ajustar a su instrumento de creacin y por las disposiciones jurdicas y administrativas aplicables, forma parte del Programa Integral de Movilidad del Distrito Federal. V. Adicionalmente, aquellos establecidos o los que decrete el Jefe de Gobierno para satisfacer las necesidades de traslado de la poblacin. r) A propuesta de que Autoridad el Jefe de Gobierno podr autorizar las exenciones de pago de la tarifa, que se aplica de manera general, abstracta e impersonal a sectores especficos de la poblacin? (LDMDF) Artculo 167.-el Jefe de Gobierno a propuesta de la Secretara, podr autorizar el establecimiento de tarifas especiales, promocinales, o
  26. 26. VHSM 30demayode2015 preferenciales, as como exenciones del pago de tarifa, que se aplicaran de manera general, abstracta e impersonal a sectores especficos de la poblacin. s) Qu atribuciones tiene el Jefe de Gobierno en materia de movilidad? (LMDF) Artculo 11. Son atribuciones del Jefe de Gobierno en materia de movilidad, las siguientes: VII. Determinar las tarifas de transporte pblico de pasajeros en todas sus modalidades, a propuesta de la Secretara;
  27. 27. VHSM 30demayode2015 XII. ENCUESTA Exencin de pago en el transporte pblico para integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del DF P1 Eres elemento activo de la Secretaria de Seguridad Pblica? Respondido: 97 Omitido: 1 Opciones de respuesta Si 98,97% No 1,03% P2 Su adscripcin Cul es? Respondido: 97 Omitido: 3 Opciones de respuesta PP 19,59% PA 71,13% PBI 9,28% P3 Por qu demandan los policas la gratuidad del transporte pblico? Respondido: 100 Omitido: 0 Opciones de respuesta Porque mi salario no me alcanza 86,00% Me es indiferente 1,00% Respuestas Otro especifique 13,00% P4 En general, qu tan importante dira que es el servicio de transporte pblico en su vida diaria? Respondido: 99 Omitido: 1 Opciones de respuesta Extremadamente importante 64,65% Muy importante 35,35% Poco importante 0,00% 0 Nada importante 0,00% 0
  28. 28. VHSM 30demayode2015 P5 Es suficiente el salario del polica para cubrir sus necesidades primarias? Respondido: 98 Omitido: 2 Opciones de respuesta Respuestas Si 14,29% No 85,71% P6 si le dieran el derecho de exentar su pago en el servicio pblico Se reflejara positivamente esta prerrogativa en su economa bsica? Respondido: 96 Omitido: 4 Opciones de respuesta Respuestas Si 93,75% No 5,21% Me es indiferente 1,04% 0 P7 A cunto haciende su gasto diario en trasporte pblico del D.F.? Respondido: 98 Omitido: 2 Opciones de respuesta Respuestas $ 20 pesos 18,37% $ 30 pesos 43,88% Mas 26,92% P8 En su opinin, Cul sera la cantidad que se ahorrara quincenalmente, si exenta el pago en el transporte pblico del D.F.? Respondieron: 95 Omitidos: 5 Opciones de respuesta Respuestas $ 250 pesos 54,76% $ 350 pesos 36,84% Mas 8,42% P9 En qu gastara ese dinero? Respondido: 52 Omitido: 2 Opciones de respuesta Respuestas Gasto familiar 56,12% Estudios 9,18% Alimentos 34,69%
  29. 29. VHSM 30demayode2015 P 10 En particular Cmo afectara en su estado emocional este derecho? Respondido: 98 Omitido: 2 Opciones de respuesta Respuestas Sera un aliciente por mis presiones en mis gastos 67,35% Lo recibira con mucho gusto 30,61% Indistinto 1,89% NOTA; Se muestran los resultados de las primeras cien respuestas recibidas a nuestra encuesta, que se encuentra abierta recibiendo ms informacin de las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal. En el siguiente enlace web; https://es.surveymonkey.com/r/YHDYQMP Las nuevas tecnologas representan primeramente, un escaparate de oportunidades, que correctamente aplicadas nos permiten obtener informacin en muy poco tiempo y a un bajo costo; Su denominacin es simplemente otro sinnimo para la palabra herramienta. Debemos destacar que la tecnologa, no solo es lo que conduce el progreso humano, en realidad se disean para permitirnos plasmar los ideales que llevamos en la mente.
  30. 30. VHSM 30demayode2015 XIII. SALARIOS DE LOS INTEGRANTES DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Censo Nacional de Gobierno de Seguridad Pblica y Sistema Penitenciario Estatales 2014 Realizados por el Instituto Nacional De Estadstica Y Geografa (INEGI) Donde se obtuvo informacin del Distrito Federal, para este caso en concreto. (Sueldos de Polica Preventiva) FUENTE: INEGI. Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pblica y Sistema Penitenciario Estatales 2013 Total, 38.513,4% De $ 1 a 5,000 33; 3% De $ 5,001a $ 10,000 8,833; 1% De $ 10,001 a $ 15,000 23,313; 2% De $ 15,001 a $ 20,000 5,51; 1% Ms de $ 20,000; 874; 89% Tipo de corporacin Polica preventiva Consulta de Personal Por: Entidad Segn: Rango de ingresos Total Sin paga De 1 a 5,000 pesos De 5,001 a 10,000 pesos De 10,001 a 15,000 pesos De 15,001 a 20,000 pesos Ms de 20,000 pesos Distrito Federal 38,513 0 33 8,883 23,213 5,51 874
  31. 31. VHSM 30demayode2015 Censo Nacional de Gobierno de Seguridad Pblica y Sistema Penitenciario Estatales 2014. (Sueldos de Policias Complementarias) Policia Bancaria e Industrial, Policia Auxiliar. Total Sin paga De 1 a 5,000 pesos De 5,001 a 10,000 pesos De 10,001 a 15,000 pesos De 15,001 a 20,000 pesos Ms de 20,000 pesos Distrito Federal 45,04 1,05 605 26,941 12,622 2,329 1,493 FUENTE: INEGI. Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pblica y Sistema Penitenciario Estatales 2013 Total , 45.04,7% sin paga , 1.05, 0% De $ 1 a $ 5,000 605; 87% De $ 5,001a $ 10,000 26,941; 4% De $ 10,001 a $ 15,000 12,622; 2% De $ 15,001 a $ 20,000 2,329; 0% Ms de $ 20,000 1,493; 0% Tipo de corporacin : Polica Complementaria Auxiliar, Bancaria Industrial Consulta de Personal Por: Entidad Segn: Rango de ingresos
  32. 32. ExencindelpagodelatarifadelServiciodeTransportePblicodelDistritoFederal.|30demayode2015 Cuestionario a Policas Qu piensa la polica? 2014 Realizado por Ciudadanos Unidos Por una Causa en Comn. A.C. 3 de cada 10 policas entrevistados percibe $6,000 o menos al mes, por su labor Como polica Fuente; Resultados del Cuestionario a Policas Qu piensa la polica? 2014 De $3,001 a $6,000 28.4% De $6,001 a $9,000 26.6% De $9,001a $12,00022.0% De $12,001a $15,0009.5% De $15,001a $18,0003.5% Ms de $18,0002.1% Ns/Nc 1.6% Menos de $3,0005.0%
  33. 33. VHSM 30demayode2015 XIV. DERECHOS EN LAS NORMAS INTERNACIONALES DE TRABAJO. Las normas Internacionales de Trabajo protegen derechos especficos, como los derechos laborales y de seguridad social, Por ello se encuentran directamente relacionados con la situacin de los policas. En general se puede sealar que los derechos de los policas y militares y sus familiares se encuentran protegidos por tratados internacionales de derechos humanos y por normas internacionales de trabajo. La Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) es la agencia de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU), que convoca a Gobiernos, empleadores y trabajadores de sus Estados miembros, con el propsito de emprender acciones con juntas destinadas a promover el trabajo decente en el mundo, elaborando normas de trabajo. Entre los convenios Internacionales de la (OIT) se puede mencionar de forma general el Convenio 102 sobre Seguridad Social norma mnima aprobada por Mxico que establece cuales son las prestaciones previsionales bsicas, como la asistencia mdica, las prestaciones monetarias por enfermedad, prestaciones en caso de acciones de invalides, prestaciones de sobrevivientes, entre otras. El convenio 159 del 22 de junio de 1983 sobre la readaptacin profesional y el empleo de personas invalidas, aprobado por Mxico en el cual como su propio nombre lo indica se establecen las polticas que deben desarrollarse para lograr la readaptacin en el empleo de las personas con discapacidad, como medidas positivas para logar la igualdad de oportunidades En el caso especfico de los policas y miembros de la fuerza armadas la (OIT) los comprende en los (SPE) Servicios Pblicos de Emergencia, los servicios pblicos de emergencias han de ocuparse de situaciones excepcionales que se producen en la sociedad y su ponen una amenaza para la vida y por lo tanto los trabajadores de estos servicios deben hacer frente a acontecimientos y circunstancias que se salen de la rutina diaria. La (OIT) ha sealado que contrario a lo que se piensa en el caso de los policas entendidos como trabajadores de los (SPE) tiene precarias condiciones laborales y de seguridad social, esto les ocasiona ms estrs que los peligros que afrontan en el trabajo adems enfrentan sueldos insuficientes, opciones de promocin profesional limitadas, exceso de trmites administrativos, la falta de apoyo.
  34. 34. VHSM 30demayode2015 XV. OFICINA DE LA OIT PARA MXICO Y CUBA La Oficina de la OIT brinda asistencia tcnica a sus mandantes en Mxico y Cuba: los gobiernos, organizaciones de empleadores y organizaciones de trabajadores. Las reas de accin prioritarias de la OIT en Mxico para 2014- 2015 son: El impulso a la creacin y formalizacin de empleo, particularmente para jvenes, mujeres y otros grupos con desventajas de entrar al mercado de trabajo en condiciones de igualdad. La promocin y construccin de la seguridad social y de pisos de proteccin social. Instrumentar polticas y programas de productividad laboral, capacitacin y dilogo social, para promover el trabajo decente y recuperacin salarial. El fomento de generacin de empleo en el mbito local, mediante proyectos productivos, esquemas innovadoras de microfinanciamiento y cooperativas. La promocin de una economa verde generadora de empleos verdes y trabajo decente. Prevencin y erradicacin del trabajo infantil. Fomento de capacidades de la administracin e inspeccin del trabajo. Fortalecimiento institucional y de capacidades de organizaciones de empleadores. Fortalecimiento institucional y de capacidades de organizaciones de trabajadores. Eficiencia, eficacia y transparencia de la legislacin y justicia laboral, en la aplicacin de las Normas Internacionales del Trabajo. En Cuba, la Oficina brinda asistencia tcnica para la aplicacin de programas de productividad, capacitacin y desarrollo de recursos humanos en la industria azucarera. Adems fomenta la capacidad preventiva de la Inspeccin del Trabajo en sectores de alto riesgo de accidentes (agricultura, construccin, sector elctrico, riesgos qumicos).
  35. 35. VHSM 30demayode2015 XVI. ANTECEDENTES. ANEXO I: Tarjeta inteligente de pase de cortesa Otorgada por la C. Ing. Florencia Serrana Soto; Fungi como Directora General STC Metro de febrero de 2004 a diciembre de 2006 su gestin duro (2 aos 11 meses). Nota; El original de esta tarjeta inteligente versa en poder del titular del derecho, para efectos de la pretensin.
  36. 36. VHSM 30demayode2015 ANEXO II. Recibo de pago
  37. 37. VHSM 30demayode2015 ANEXO III. Hojas de firmas de las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal. Nombre Firma
  38. 38. VHSM 30demayode2015 XVII. FUNDAMENTO LEGAL. (CPEUM) Constitucin Poltica delos Estados Unidos Mexicanos texto vigente, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el dia 05 de febrero de 1857. (LSPDF) Ley de Seguridad Pblica del Distrito Federal texto vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 19 de julio de 1993. (LMDF) Ley de Movilidad del Distrito Federal texto vigente, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el dia 14 de julio de 2014. Y las dems que para este efecto sean aplicables.
  39. 39. VHSM 30demayode2015 XVIII. CONCLUSION. Obtenemos como resultado de nuestro anlisis que las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Publica, son un grupo social con necesidades de prerrogativas, y susceptibles de derechos y obligaciones, que por la falta de un salario digno y sustancioso ejercen un derecho consuetudinario de Costumbre supletoria PREATER LEGEM de prcticas con el consentimiento de los mismos miembros del grupo social para el uso de derechos no escritos, como es el del servicio de transporte de pasajeros pblico, de igual forma obtenemos que en el articulado de la norma objetiva vigente a la fecha es aplicable este derecho; Por lo tanto susceptible de su estudio, para su legislacin positiva y formar parte del Estado de Derecho y Jurisprudencia, que garantice el ejercicio pleno de este derecho natural de la persona; Como reconocimiento al valor de cada una de estas personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pblica del Distrito Federal; Que no hay que dejar de exaltar, esa aptitud de poner en riesgo su vida en pro de la sociedad; Por lo tanto en estricto sentido ESTRICTU SENZU es aplicable el principio general de derecho Dame los hechos y te dar el derecho DA MIHI FACTUM DABO TIBI JUS.
  40. 40. VHSM 30demayode2015 XIX. BIBLIOGRAFA. Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero de 1917 TEXTO VIGENTE ltima reforma publicada DOF 07-07-2014. Documento disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm Consultado en mayo 2015 Consultado mayo 2015 Constitucin Poltica De Los Estados Unidos de Mxico de 5 de febrero de 1917. Editorial `Porra 173 edicin actualizada 1 reimpresin. Miguel Carbonell Prologo Notas y Actualizaciones 2014. Consultado abril 2015 Constitucin Poltica de los estados Unidos Mexicanos de 5 de febrero de 1917. Con jurisprudencia. Miguel Carbonell. Edgar S. Caballero Gonzlez. Tirant lo Blanch. Mxico D.F. 2014. Consultado mayo 2015. Los principales tratados internacionales de Derechos Humanos http://www.ohchr.org/Documents/Publications/CoreTreatiessp.pdf Consultado mayo 2015. Diccionario Jurdico Elementa. Guillermo Cabanellas de Torres. Edicin 2016. Archivo PDF. Consultado mayo 2015. Tratado Terico Practico de los Recursos Administrativos. Libro. Gonzalo Armenta Hernndez. Octava Edicin. Editorial Porra 2009. Consultado mayo 2015. Derechos Administrativo. Libro. Andrs Serra Rojas. Vigsima Quinta Edicin. Editorial Porra 2004. Consultado mayo 2015. De La Protesta A LA Participacin Ciudadana. Libro. Ulrich Richter Morales. Primera Edicin 2014. Consultado mayo 2015 Lexicologa jurista. Carlos I. Muoz Rocha. Oxxford University Press. Junio 20014. Consultado mayo 2015 Ley de Seguridad Pblica del Distrito Federal. Consultado abril 2015. Archivo PDF. Consultado mayo 2015 Ley de Movilidad para el Distrito Federal Consultada mayo 2015. Archivo PDF. Consultado mayo 2015 Gobierno del Distrito Federal http://df.gob.mx/ Consultado abril 2015 VI LEGISLATUTA DE LA ASAMBLE LEGILATIVA DEL DISTRITO FEDERAL Comisin de Seguridad Pblica http://www.aldf.gob.mx/comision-seguridad-publica-725-1.html Consultado abril 2015 Consultada mayo 2015
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  45. 45. VHSM 30demayode2015 De la prerrogativa que se apela como un derecho positivo se desprende la naturaleza ntima humana aplicable de adaptacin a las circunstancias y necesidades de movilidad, para los integrantes de las Instituciones de Seguridad Publica; El reconocimiento histrico de la excepcin del pago de tarifa que se aplican de manera general, abstracta e impersonal a sectores especficos de la poblacin significara mejorar los incentivos positivamente acompaado de una actitud positiva, criticndose como una verdadera voluntad de cambios; Su instauracin seria como forma de justicia para este sector de la sociedad tanto tiempo olvidado; Como reconocimiento a su valor que no hay que dejar de exaltar; A la aptitud de poner en riesgo su vida en pro de la sociedad. Mi misin es servir, mi meta profesionalizarme hasta alcanzar el XITO. Vctor Hugo Serrano Morales