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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DELEGACIÓN MICHOACÁN BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO PRIMERA CONVOCATORIA No. 00625011-001-09 Supervisión Técnica – Administrativa de la ejecución de Obras de Infraestructura MORELIA, MICHOACÁN A 09 DE ABRIL DE 2009. 1

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

DELEGACIÓN MICHOACÁN

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO

PRIMERA CONVOCATORIA

No. 00625011-001-09

Supervisión Técnica – Administrativa de la ejecución de Obras de Infraestructura

MORELIA, MICHOACÁN A 09 DE ABRIL DE 2009.

PERIFÉRICO NUEVA ESPAÑA, NO. 2537 COL. HOSPITALES DE DON VASCO C. P. 58248, MORELIA, MICHOACÁN.TELÉFONO Y FAX: 443 323 42 84, 323 42 28 , CORREO ELECTRÓNICO: [email protected]

Índice PáginaI INFORMACIÓN GENERAL........................................................................................ 3

1.- Definición de Términos................................................................................ 32.- Calendario de Eventos.................................................................................. 4

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

3.- Costo de las bases de licitación..................................................................... 54.- Descripción general de los servicios............................................................... 55.- Términos de referencia …………………………………………………………... 66.- Catálogo de conceptos y planos.................................................................... 67.- Tiempo de ejecución de los servicios 88.- Origen de los recursos y autorización presupuestal ...................................... 89.- Condiciones de pago ..................................................................................... 810.- Garantías ....................................................................................................... 1011.- Penas convencionales ................................................................................... 1112.- No negociación de las bases ......................................................................... 1213.- Cancelación de la licitación ............................................................................ 1214.- Licitación Desierta .......................................................................................... 1215.- Asistencia de observadores ........................................................................... 13

II REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR QUIENES DESEEN PARTICIPAR .... 13III INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES .......................... 15

1.- Proposiciones Conjuntas ............................................................................... 152.- Aspectos Técnicos ......................................................................................... 163.- Aspectos Económicos .................................................................................... 17

IV DE LOS ACTOS DE LA LICITACIÓN .................................................................... 181.- Visita al sitio de realización de las obras ................................................... 182.- Junta de Aclaraciones .................................................................................... 183.- Recepción y apertura de Proposiciones ........................................................ 194.- Acto de Fallo .................................................................................................. 195.- Del Contrato .................................................................................................. 19

V CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN ............................................. 201.- Técnicos ......................................................................................................... 202.- Económicos ................................................................................................... 213.- Causas de descalificación ............................................................................. 234.- Adjudicación ................................................................................................... 25

VI INCONFORMIDADES ........................................................................................... 27ANEXOS

1 Acreditación de la personalidad ……………………………………………………. 282 Declaraciones ………….......................................................................... 293 Modelo de Contrato ........................................................................................................ 314 Términos de Referencia ............................................................................................... 41

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN

A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO No. 00625011-001-09

La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en cumplimiento al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a las disposiciones contenidas en la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como en las demás disposiciones legales aplicables, llevará a cabo por conducto de la Delegación Estatal en Michoacán la Licitación Pública Nacional, Número: 006250011-001-09, para la adjudicación del CONTRATO de supervisión de obra pública con base en Precios Unitarios y Tiempo Determinado, el que tendrá por objeto la ejecución de la Supervisión Técnica – Administrativa de la ejecución de Obras de Infraestructura mismas que son las siguientes:

1. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Santa Fe de la Laguna Municipio de Quiroga

2. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Arantepacua, Municipio de Nahuatzen

3. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de San Lorenzo, Municipio de Uruapan

4. Perforación de pozo profundo en la localidad de Ahuiran, Municipio de Paracho

5. Ampliación del Sistema de Agua Potable (2a. Etapa) en la localidad de Capacuaro, Municipio de Uruapan

6. Construcción de Alcantarillado Sanitario (1a. Etapa) en la localidad de Sevina, Municipio de Nahuatzen

7. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Santiago Azajo - San Andrés Ziróndaro, tramo: del km 4+120 al km 8+200 en los municipios de Coeneo y Quiroga

8. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Comachuen - Turícuaro, tramo del km 0+000 al km 4+700 en el municipio de Nahuatzen

9. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora E.C. Fed No. 15 (Morelia- Jiquilpan) km 80+100 Santiago Azajo - subtramo del km 0+000 (Lázaro Cárdenas) - al km 6+700 (San Isidro), en los municipios de Nahuatzen, Erongarícuaro y Coeneo

I INFORMACIÓN GENERAL

1 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

BITÁCORA DE SUPERVISIÓN.- El instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre las partes que firman el CONTRATO, donde se registran los asuntos y eventos importantes que se presentan durante la ejecución de los servicios y estará vigente durante el desarrollo de los trabajos, misma que será suministrada por la COMISIÓN.

COMISIÓN.- La Delegación de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en el Estado en Michoacán

CONTRATISTA.- Persona Física o Moral que ejecuta los trabajos de las obras públicas

CONTRATO.- Documento legal donde se establecen los derechos y obligaciones de las partes contratantes, así como los términos, condiciones y características específicas que regirán la prestación de los servicios.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

ESTIMACIÓN DE SUPERVISIÓN.- Documentos que presenta la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA en forma periódica para el cobro de sus servicios.

LEY.- Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

LICITANTE.- La persona física o moral, que se haya inscrito y cumplido con todos los requisitos solicitados, y que esté capacitado jurídicamente para contratar la supervisión de las obras materia de la presente licitación.

PROPOSICIONES.- Ofertas o propuestas que presenten los LICITANTES

REGLAMENTO.- Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

COORDINADOR DE SUPERVISIÓN.- Servidor Público designado por escrito por la COMISIÓN, quien fungirá como su representante ante la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA y será el responsable directo de la verificación de la prestación de los servicios, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por el SUPERVISOR.

JEFE DE SUPERVISIÓN.- Personal designado por la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA, quien fungirá como su representante ante la COMISIÓN y será responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos.

SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA.- Persona física o moral que celebra el CONTRATO para la prestación de los servicios de supervisión de obra pública objeto de esta licitación.

2 CALENDARIO DE EVENTOS

FECHA HORA LUGAR

Venta de Bases 09 al 21 DE ABRIL 2009

OFICINA DE 9:00 A 17:00

HORAS Y POR

COMPRANET

PERIFÉRICO NUEVA ESPAÑA, NO. 2537 COL. HOSPITALES DE DON VASCO, C.P. 58248, MORELIA, MICHOACÁN.TEL. Y FAX: (443) 323 4008 Y 323 4228.

Visita al sitio de realización de las obras

No se llevará a cabo visita al lugar de las obras.

Junta de aclaraciones 20 DE ABRIL 2009

10:00 HORAS PERIFÉRICO NUEVA ESPAÑA, NO. 2537 COL. HOSPITALES DE DON VASCO, C.P. 58248, MORELIA, MICHOACÁN.TEL. Y FAX: (443) 323 4008 Y 323 4228.

Acto de Recepción y Apertura de proposiciones

27 DE ABRIL 2009

10:00 HORAS PERIFÉRICO NUEVA ESPAÑA, NO. 2537 COL. HOSPITALES DE DON VASCO, C.P. 58248, MORELIA, MICHOACÁN.TEL. Y FAX: (443) 323 4008 Y 323 4228.

Acto de Fallo 29 DE ABRIL 2009

17:00 HORAS PERIFÉRICO NUEVA ESPAÑA, NO. 2537 COL. HOSPITALES DE DON VASCO, C.P. 58248, MORELIA, MICHOACÁN.TEL. Y FAX: (443) 323 4008 Y 323 4228.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

Firma del contrato 30 DE ABRIL 2009

12:00 HORAS PERIFÉRICO NUEVA ESPAÑA, NO. 2537 COL. HOSPITALES DE DON VASCO, C.P. 58248, MORELIA, MICHOACÁN.TEL. Y FAX: (443)323 4008 Y 323 4228.

3 COSTO DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Las presentes Bases se pueden adquirir indistintamente, por alguno de los medios que se indican a continuación:

a) En las oficinas de la COMISIÓN, ubicada en la calle Periférico Nueva España, Colonia Hospitales de Don Vasco, Morelia, Michoacán, de 9:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles, previo pago en la Caja de la COMISIÓN, en efectivo, cheque certificado o de caja a favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

b) Mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales, denominado COMPRANET, cuya dirección electrónica en Internet es: http://compranet.gob.mx.

En ambos casos el costo de las Bases es de $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M. N.).

c) La revisión previa al pago de las bases la podrán realizar directamente los interesados en las oficinas de la COMISIÓN, ubicada en la calle Periférico Nueva España, Colonia Hospitales de Don Vasco, Morelia, Michoacán, de 9:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles o a través del sistema Compranet en la dirección electrónica http://compranet.gob.mx.

d) La licitación pública se inicia con la publicación de la convocatoria y concluye con la firma del contrato.

Los LICITANTES deberán sufragar todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de su PROPOSICION, la COMISIÓN no será responsable de dichos gastos, cualquiera que sea el resultado de la licitación.

4 DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

La COMISIÓN requiere la prestación de los servicios para la: ejecución de la Supervisión Técnica – Administrativa de la ejecución de Obras de Infraestructura mismas que son las siguientes:

1. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Santa Fe de la Laguna Municipio de Quiroga

2. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Arantepacua, Municipio de Nahuatzen

3. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de San Lorenzo, Municipio de Uruapan

4. Perforación de pozo profundo en la localidad de Ahuiran, Municipio de Paracho

5. Ampliación del Sistema de Agua Potable (2a. Etapa) en la localidad de Capacuaro, Municipio de Uruapan

6. Construcción de Alcantarillado Sanitario (1a. Etapa) en la localidad de Sevina, Municipio de Nahuatzen

7. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Santiago Azajo - San Andrés Ziróndaro, tramo: del km 4+120 al km 8+200 en los municipios de Coeneo y Quiroga

8. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Comachuen - Turícuaro, tramo del km 0+000 al km 4+700 en el municipio de Nahuatzen

9. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora E.C. Fed No. 15 (Morelia- Jiquilpan) km 80+100 Santiago Azajo - subtramo del km 0+000 (Lázaro Cárdenas) - al km 6+700 (San Isidro), en los municipios de Nahuatzen, Erongarícuaro y Coeneo

Así como la asesoría integral en los procedimientos de licitación de las mismas, para lo cual se obtendrá de “EL CONTRATISTA” la autorización para acceder a las obras

5 TÉRMINOS DE REFERENCIA

Para la prestación de los servicios objeto de este procedimiento, los licitantes deberán considerar los términos de referencia que se agregan a las presentes bases, y forman parte integrante de las mismas, como Anexo (4).

6 CATÁLOGO DE CONCEPTOS Y PLANOS

Para la ejecución de los servicios objeto de este procedimiento, los LICITANTES deberán considerar la siguiente descripción y catálogos de conceptos:

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 00625011-001-09

CLAVE DESCRIPCIÓN DE LOS CONCEPTOS UNIDAD CANTIDADP R E C I O U N I T A R I O IMPORTE

EN ($)CON LETRA CON NUMERO

  Acciones Preliminares a la Supervisión          pre-01 Seguimiento al proceso de licitación de las obras a

supervisarInforme 9.00    

pre-02 Revisión de Proyectos Ejecutivos y expedientes técnicos

Informe 9.00    

pre-03 Revisión de catálogo de conceptos (especificaciones y volúmenes de obra)

Informe 9.00    

  Supervisión y control en Carreteras Alimentadoras    

       

syc-01 Jefe de Supervisión "A" mes 9.00      syc-02 Supervisor mes 9.00      syc-03 Capturista de datos mes 9.00      

syc-04Terracerías: verificación de trazo, nivelación en excavaciones en corte y compactaciones en terreno natural, así como formación de terraplenes.

mes 9.00 

 

syc-05Obras de drenaje: verificación de esviaje, orientación, control de colocación de tubería, niveles de entrada y salida y rellenos de acuerdo a proyecto.

mes 9.00 

 

syc-06 Capa subrasante: verificación de trazo, construcción, tendido, nivelación y control de compactaciones. mes 9.00    

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

syc-07 Base hidráulica, verificación, nivelación, control de geometría y control de compactaciones. mes 9.00    

syc-08 Riego de impregnación: Verificación de temperaturas, proporcionamiento, equipo utilizado y aplicación. mes 2.00    

syc-09

Carpeta a base de mezcla asfáltica.- Verificar que la mezcla asfáltica sea aplicada en obra a una temperatura mínima de 110°C, que para la compactación sea utilizado el rodillo metálico y el neumático, que se realice con el espesor que se indica en el proyecto y que le sean realizadas las pruebas que marcan las especificaciones de la Dependencia Normativa.

mes 2.00

 

 

syc-10Señalamiento horizontal y vertical.- Verificar que sea realizado de acuerdo con el proyecto y que cumpla con la normatividad vigente.

mes 2.00 

 

syc-11Control de calidad: Verificación de pruebas de laboratorio, compactación, mezclas, concretos y zampeados.

 mes 9.00   

 

Sistemas de Agua Potable          sap-01 Jefe de Supervisión "A" mes 9.00      sap-02 Supervisor mes 9.00      sap-03 Capturista de datos mes 9.00      

sap-04

Perforación de pozo profundo.- Seguimiento a perforación de Exploración y ampliación, verificación de aforo, videofilmación y registro eléctrico y terminación de pozo,

mes 9.00

    

sap-05

Sistemas de agua potable.- Supervisión en líneas de conducción, Derivaciones y Redes de distribución, Verificación de niveles y trazos, Supervisión y seguimiento de Obra Electromecánica, Subestaciones Eléctricas, Equipamiento Mecánico, Casetas de Cloración, Cercados Perimetrales, Cajas de transición, construcción de tanques de regularización, tomas domiciliarias y captación, atraques, excavaciones, rellenos, suministros, instalación y pruebas de tubería, suministro, instalación y pruebas de válvulas, conexiones y piezas especiales, que se ejecuten de acuerdo a proyecto y catálogo de conceptos

mes 9.00

   

   

sap-06Control de calidad: Verificación de pruebas de laboratorio, compactación, concretos y calidad de tubería y piezas especiales.

 mes 9.00 

  

Sistemas de Alcantarillado Sanitario          salc-01 Jefe de Supervisión "A" mes 9.00      salc-02 Supervisor mes 9.00      salc-03 Capturista de datos mes 9.00      

salc-04

Supervisión en Red de atarjeas, excavaciones e instalación de tuberías, construcción Pozos de visita, brocales y tapas, Descargas domiciliarias, Verificación de trazo y niveles de proyecto y catalogo de conceptos.

mes 9.00

   

salc-05 Control de calidad: Verificación de pruebas de laboratorio, compactación, hermeticidad y concretos. mes 9.00      

Acciones de Supervisión Técnica y Financiera durante la ejecución y posteriores a la conclusión de Obras

       

pos-01 Seguimiento a los programas de obra Reporte 9.00    pos-02 Revisión y validación de números generadores y

estimaciones de obraReporte 9.00    

pos-03 Elaboración y validación de bitácora general de obra Bitácora 1.00    pos-04 Informes de avance físico-financiero de obra

(mensual)Informe 10.00      

pos-05 Informe final de la ejecución de las obras Informe 9.00      pos-06 Integración de expediente unitario Expediente 9.00    pos-07 Entrega-recepción de los trabajos ejecutados en las

obras. Acta 9.00  MONTO

TOTAL ($) 0.00

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

a) Cada licitante deberá entregar su propio catálogo de conceptos

7 TIEMPO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA

El LICITANTE que resulte adjudicado en este procedimiento, contará con un plazo para la supervisión de los servicios de 245 (doscientos cuarenta y cinco) días naturales, siendo la fecha de inicio 01 de mayo de 2009 y la de terminación 31 de Diciembre de 2009.

El licitante que resulte adjudicado en este procedimiento, prestará los servicios de Supervisión Técnica – Administrativa de la ejecución de Obras de Infraestructura.

1. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Santa Fe de la Laguna, Municipio de Quiroga

2. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Arantepacua, Municipio de Nahuatzen

3. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de San Lorenzo, Municipio de Uruapan

4. Perforación de pozo profundo en la localidad de Ahuiran, Municipio de Paracho

5. Ampliación del Sistema de Agua Potable (2a. Etapa) en la localidad de Capacuaro, Municipio de Uruapan

6. Construcción de Alcantarillado Sanitario (1a. Etapa) en la localidad de Sevina, Municipio de Nahuatzen

7. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Santiago Azajo - San Andrés Ziróndaro, tramo: del km 4+120 al km 8+200 en los municipios de Coeneo y Quiroga

8. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Comachuen - Turícuaro, tramo del km 0+000 al km 4+700 en el municipio de Nahuatzen

9. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora E.C. Fed No. 15 (Morelia- Jiquilpan) km 80+100 Santiago Azajo - subtramo del km 0+000 (Lázaro Cárdenas) - al km 6+700 (San Isidro), en los municipios de Nahuatzen, Erongarícuaro y Coeneo

Hasta el correcto funcionamiento de las mismas, trabajos que se tienen estimados en un plazo de 245 (doscientos cuarenta y cinco) días naturales, siendo la fecha de inicio 01 de mayo de 2009 y la de terminación 31 de Diciembre de 2009.

8 ORIGEN DE LOS RECURSOS Y AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL

Los recursos presupuestales necesarios para llevar a cabo los trabajos objeto de esta licitación, corresponden al ejercicio Fiscal 2009, según Oficio de Autorización No. UCE/DGPIB/207/09 emitido el 23 de febrero de 2009 por la Unidad de Coordinación y Enlace.

9 CONDICIONES DE PAGO La moneda en que deberán cotizar los licitantes y con la que se pagarán los servicios objeto de la

presente licitación, será el peso mexicano. Los precios serán fijos hasta el total cumplimiento del contrato, y en su caso, durante la vigencia de las

ampliaciones y/o prórrogas que hasta en un 25% (veinticinco por ciento) se lleven a cabo, no obstante las variaciones económicas en salarios mínimos o paridad de la moneda.

Para que una factura pueda entrar a revisión deberá contener el visto bueno del COORDINADOR DE SUPERVISIÓN designado por la COMISIÓN.

Las facturas y en su caso, nota de crédito que presente LA SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA, deberán contener los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29ª del Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, así como lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

a) ANTICIPO: No se otorgarán anticipos.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

b) PAGO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS: Se presentarán por la SUPERVISIÓN TÉCNICA-ADMINISTRATIVA las estimaciones mensuales, dentro de los seis días naturales siguientes a la conclusión del mes de la estimación de supervisión, acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago, obligándose la COMISIÓN a pagarlas en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha de autorización por parte del COORDINADOR DE SUPERVISIÓN.

La SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA entregará a la COMISIÓN la estimación acompañada de la documentación que acredite la procedencia de su pago, conteniendo como mínimo la que a continuación se especifica:

- Carátula de la estimación- Factura- Resumen de la estimación de supervisión- Estado de cuenta- Cuerpo de la estimación de supervisión- Reporte fotográfico- Notas de Bitácora de Supervisión.- Retención del 5 al Millar a su cargo, por concepto de pago de inspección y vigilancia Secretaría de la

Función Pública.Retención del 2 al millar a su cargo, por concepto de aportación a la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción.

Dicha documentación será validada y firmada por el COORDINADOR DE SUPERVISIÓN, quien verificará que la estimación de supervisión presentada por la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA se apegue a lo solicitado en bases y a los servicios realmente prestados; el COORDINADOR DE SUPERVISIÓN contará con un plazo no mayor de 15 (quince) días naturales a su presentación para realizar la revisión y autorización de la estimación de supervisión, debiendo dejar constancia de ello en una nota de BITÁCORA DE SUPERVISIÓN.

Tanto la fecha de entrega de la estimación de supervisión por parte de la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA, como la fecha de autorización de la estimación de supervisión por parte de la COMISIÓN, deberán hacerse constar en la BITÁCORA DE SUPERVISIÓN.

La SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA acepta que si por razones que le sean imputables, no entrega la estimación de supervisión de que se trate, dentro de los seis días naturales posteriores a la fecha de corte preestablecida, el plazo máximo para la revisión, aceptación y firma de la misma por parte del COORDINADOR DE SUPERVISIÓN, se iniciará a partir del día siguiente de la fecha retrasada en que la estimación sea entregada por la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA.

En el caso de que la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA no presente las estimaciones de supervisión en el plazo establecido en el artículo 54 de la LEY, la estimación de supervisión correspondiente se presentará en la siguiente fecha de corte, sin que ello dé lugar a la reclamación de gastos financieros por parte de la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA.

Las estimaciones de supervisión y liquidación aunque hayan sido pagadas no se considerarán como la aceptación plena de los servicios, ya que la COMISIÓN tendrá el derecho de reclamar por servicios faltantes o mal ejecutados y en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

Para el caso que se cubran pagos en exceso, que haya recibido la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA, esta se compromete a reintegrar los mismos, así como los intereses correspondientes conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago del Crédito Fiscal, los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente a disposición de la COMISIÓN, lo anterior con fundamento en lo dispuesto en el artículo 55, párrafo segundo de la LEY.

La SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA y la COMISIÓN convienen que el pago de las estimaciones de supervisión del servicio realizado y cuando corresponda, se efectuará a través de la Delegación de la COMISIÓN.

Los importes una vez analizados y calculados deberán considerar para su pago los derechos e impuestos que les sean aplicables, en los términos de las leyes fiscales.

La SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA será la única responsable de que las facturas que se presenten para su pago, cumplan con los requisitos administrativos y fiscales, por lo que el atraso en su pago por la falta de alguno de éstos o por su presentación incorrecta, no será motivo para solicitar el pago de los gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de la LEY.

c) PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE COSTOS: Los precios unitarios que cotice el solicitante serán ajustados, cuando proceda, de acuerdo a lo establecido en el artículo 33 fracción XX, 57 fracción I y 58 de la LEY.

10 GARANTÍAS

a) La garantía de cumplimiento del CONTRATO, la presentará la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo y deberá constituirse mediante fianza a favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, por una cantidad equivalente al 10% del importe total del CONTRATO adjudicado, sin incluir I. V. A., ante una institución legalmente autorizada para tal efecto.

b) Concluida la prestación del servicio y no obstante su recepción formal, la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA quedará obligado a responder de los defectos que resultaren en la misma, de los vicios ocultos, y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el CONTRATO respectivo. Para garantizar durante un plazo de doce meses el cumplimiento de las obligaciones antes citadas, el CONTRATISTA, deberá otorgar fianza a favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, por el 10% del importe ejercido de la prestación del servicio.

Las fianzas antes mencionadas, deberán prever, como mínimo, las siguientes declaraciones:

- Que se otorgan atendiendo todas las estipulaciones contenidas en el CONTRATO.- Que para su liberación, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Comisión

Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.- Que estarán vigentes durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y

hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.- Que la fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que la COMISIÓN otorgue prórrogas o esperas para

la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA para el cumplimiento de sus obligaciones.- Que la Afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución establecidos en los

Artículos 93, 94, 95 BIS y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida, con renuncia expresa a los beneficios que otorga a la institución afianzadora el artículo 119 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

En el supuesto en que las partes convengan la modificación del contrato vigente, LA SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA deberá contratar la modificación de la póliza de fianza presentando endoso a la misma o bien, una nueva dentro de los 5 días naturales siguientes a la firma del convenio que modifique el contrato principal.

11 PENAS CONVENCIONALES

La COMISIÓN verificará permanentemente si los servicios objeto de esta LICITACIÓN se están ejecutando por la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA de acuerdo con los términos de referencia, el catálogo de conceptos, el programa general de ejecución de los servicios (“Programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios de supervisión, calendarizado y cuantificado mensualmente, de los conceptos de trabajo que representen el cien por ciento del monto de la propuesta”) y demás anexos del CONTRATO previamente formalizados.

Como resultado de lo anterior, la COMISIÓN comparará mensualmente el avance de los servicios realizados contra el programa de servicios aprobado (“Programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios de supervisión, calendarizado y cuantificado mensualmente, de los conceptos de trabajo que representen el cien por ciento del monto de la propuesta”); conviniéndose también que si al efectuarse dicha comparación, resultaren los servicios mal prestados respecto de los términos de referencia, especificaciones y normas de calidad pactadas, éstos se tendrán por no realizados.

11.1 RETENCIONES TEMPORALES.

Si como consecuencia de la comparación de los montos mensuales acumulados realizados, se determina que existen atrasos en el programa de ejecución (“Programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios, calendarizado y cuantificado mensualmente, de los conceptos del servicio que representen el cien por ciento del monto de la propuesta”), y el atraso es imputable a la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA, la COMISIÓN procederá a retener temporalmente una cantidad igual a la que resulte de aplicar el 1 % (uno por ciento) a la diferencia existente entre los importes de los servicios que debió de realizar la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA y los realmente ejecutados (sobre montos acumulados). Por lo tanto, mensualmente se hará la retención o devolución que corresponda a fin de que la retención total sea la indicada y no rebase el monto de la garantía de cumplimiento del CONTRATO.

El importe de la retención económica que en su caso proceda, será incorporado y validado mediante la firma del COORDINADOR DE SUPERVISIÓN y el JEFE DE SUPERVISIÓN, en la última hoja de la estimación del período al que corresponda la pena económica sin modificar el importe de la estimación.

La SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA acepta que si al terminar el plazo del CONTRATO, no concluye con los SERVICIOS, la retención aplicada en el último período se tendrá como definitiva a favor de la COMISIÓN.

En todos los casos, el COORDINADOR DE SUPERVISIÓN, indicará en la BITÁCORA DE SUPERVISIÓN de la obra y en la estimación correspondiente el importe de la retención determinada e iniciará simultáneamente los trámites internos a que haya lugar ante la COMISIÓN, a efecto de que en la estimación se considere la retención temporal o la pena convencional definitiva que en su caso proceda.

11.2 POR INCUMPLIMIENTO EN LAS FECHAS PACTADAS DE TERMINACIÓN DE LOS SERVICIOS

Las penas convencionales se aplicarán por atraso en la prestación de los servicios pactada en el presente CONTRATO. Lo anterior sin perjuicio de que la COMISIÓN opte por la rescisión del CONTRATO.

Las penalizaciones serán determinadas en función de la parte de los servicios que no se hayan prestado oportunamente y se aplicarán sobre los montos del CONTRATO, al 1% uno por ciento del monto de los conceptos faltantes por ejecutar, sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

Las penas convencionales, únicamente procederán cuando ocurran causas imputables a la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA; la determinación del atraso se realizará con base en la fecha de terminación, fijadas en el programa de ejecución convenido (“Programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios de supervisión calendarizado de los conceptos de los servicios que representen el (100 %, cien por ciento) del monto de la propuesta)”

En ningún caso, en forma conjunta, la suma total de las penas económicas convencionales mencionadas, podrá ser mayor al monto de la garantía de cumplimiento del presente CONTRATO.

En caso de incumplimiento o violación por parte de la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA a cualquiera de las estipulaciones del CONTRATO, la COMISIÓN podrá dentro de la vigencia del CONTRATO, optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el de las penas convencionales y económicas que se hayan convenido o declarar la rescisión del CONTRATO conforme al procedimiento de la LEY.

Si como consecuencia de las causales mencionadas en el párrafo anterior, La COMISIÓN opta por la rescisión administrativa del CONTRATO por causas imputables a la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA, invariable y oportunamente iniciará la ejecución de la fianza de cumplimiento del CONTRATO una vez notificada formalmente la rescisión, previo procedimiento de la LEY.

La aplicación de las penas convencionales, es independiente de la exigencia de la fianza de cumplimiento en el caso de rescisión administrativa del CONTRATO.

12 NO NEGOCIACIÓN DE LAS BASES

Se hace del conocimiento de los LICITANTES que ninguna de las condiciones contenidas en las bases de esta licitación, así como en las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES, por ningún motivo serán objeto de negociación.

13 CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.

La COMISIÓN procederá a cancelar la licitación en cualquiera de los siguientes casos:

1.- Si se comprueba la existencia de arreglos entre los LICITANTES, o bien, la existencia de otras irregularidades graves.

2 Por actos contrarios a la LEY.

3.- Por caso fortuito, fuerza mayor o cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los servicios y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia COMISIÓN.

14 LICITACIÓN DESIERTA.

La COMISIÓN procederá a declarar desierta la licitación en cualquiera de los siguientes casos:

1.- Cuando las PROPOSICIONES presentadas no reúnan los requisitos de las bases de la licitación o sus precios de insumos no fueren aceptables.

2.- Cuando el monto de la propuesta solvente más baja rebase el techo financiero asignado.

3.- Si después de efectuada la evaluación, no fuese posible adjudicar el CONTRATO a algún LICITANTE

4.- Cuando ninguna persona adquiera las bases o bien no se reciba proposición alguna

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15 ASISTENCIA DE OBSERVADORES

Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observador, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación.

II REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR QUIENES DESEEN PARTICIPAR

Para participar en este procedimiento, únicamente podrán participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, los LICITANTES deberán proporcionar y entregar la siguiente información y documentación:

1.- Documentos para acreditar la existencia y personalidad jurídica de los LICITANTES.

Personas MoralesEscrito bajo protesta de decir verdad, mediante el cual se manifieste que su representante legal cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:

(a) Domicilio (calle, número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, teléfono, fax y correo electrónico) para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del CONTRATO respectivo; clave del Registro Federal de Contribuyentes; denominación o razón social; descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas; número y fecha de las escrituras en las que conste el acta constitutiva y en su caso, sus reformas o modificaciones; nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las protocolizó; asimismo los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.

(b) Nombre del apoderado o representante; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta; nombre, número y circunscripción del notario o fedatario que los protocolizó.

Personas FísicasEscrito protesta de decir verdad, mediante el cual manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometerse, mismo que contendrá los datos siguientes

(a) Nombre; domicilio (calle, número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, teléfono, fax y correo electrónico) para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del CONTRATO respectivo y Clave del Registro Federal de Contribuyentes

(b) En caso de que tenga representante legal: nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta y nombre, número y circunscripción del notario o fedatario que los protocolizó

Quien concurra al acto en lugar del representante de algún LICITANTE, deberá presentar carta poder simple, así como copia simple de una identificación oficial del otorgante y del aceptante, para participar en el mismo. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.

Para cumplir con lo señalado en este punto, los LICITANTES podrán utilizar el Anexo 1 el cual forma parte integrante de estas Bases. En caso de que no utilicen dicho anexo, el escrito que presenten para acreditación de la personalidad deberá contener toda la información contenida en el mismo.

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2.- Copia simple por ambos lados de la Identificación oficial vigente con fotografía del LICITANTE (en el caso de personas físicas) ó del representante legal o apoderado (en el caso de personas morales) únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial para votar, cédula profesional o cartilla del servicio militar nacional.

3.- Escrito, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste:

(a) Que acepta que en caso de resultar ganador, los servicios se llevarán a cabo con sujeción a la LEY y su REGLAMENTO. Asimismo que se sujetará al Reglamento de Construcciones para el Estado de Michoacán y a las especificaciones de la obra, los programas de utilización de personal técnico, administrativo y de servicios, mano de obra, maquinaría, equipo y el programa de trabajo que presentó en su propuesta.

(b) Que está debidamente enterado y de acuerdo con los datos que se proporcionan en lo concerniente a las condiciones y el grado de dificultad de los servicios y de las demás características que ofrece la COMISIÓN como orientación a título enunciativo más no limitativo, quedando bajo la responsabilidad de los LICITANTES juzgar todas las circunstancias, de tal manera que, si cualquiera resultara diferente al momento de la prestación de los servicios la diferencia no justificará reclamación alguna de la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA.

(c) Que en caso de resultar ganador, designará para permanecer en la obra a un profesional especializado que sea su representante (JEFE DE SUPERVISIÓN), quien será un profesional Ingeniero Civil cuyo título profesional deberá estar registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública en vigor, con experiencia mínima de 5 (Cinco) años en trabajos similares, conocer ampliamente la LEY y su REGLAMENTO, las normas de calidad, el proyecto y las especificaciones particulares de la obra en cuestión. Dicho JEFE DE SUPERVISIÓN deberá estar facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones y para la toma de decisiones.

(d) Que no se encuentra en alguno de los supuestos previstos en los artículos 51 y 78 penúltimo párrafo de la LEY.

(e) Que por su conducto, no participan en esta licitación, personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública en los términos de la LEY o de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, y que no se encuentran en ninguno de los supuestos siguientes:

- Personas morales en cuyo capital social participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción;

- Personas morales que en su capital social participen personas morales en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción, y

- Personas físicas que participen en el capital social de personas morales que se encuentren inhabilitadas.

(f) Declaración de que conocen el sitio de los trabajos y sus condiciones ambientales, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al CONTRATO por este motivo.

(g) Que bajo ningún concepto subcontratará parcial o totalmente los servicios de supervisión, objeto de esta licitación.

(h) Que acepta las modificaciones realizadas a las bases derivadas de las juntas de aclaraciones.

(i) Que conoce el contenido del modelo de CONTRATO y manifiesta su conformidad de ajustarse a sus términos.

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(j) Declaración de integridad, en la que señale que por sí mismos o a través de interpósita persona se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la COMISIÓN, induzcan o alteren la evaluación de las PROPOSICIONES, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorgue condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes.

(k) Manifestación escrita de conocer y estar de acuerdo en ajustarse a los términos de los alcances de los servicios que se licitan, su termino de referencia, así como a las presentes bases de licitación y las Leyes y Reglamentos aplicables

Para la presentación de las declaraciones a que hace referencia este punto, los LICITANTES podrán utilizar el formato que se incluye como anexo 2, el cual forma parte integrante de estas Bases.

4.- Acreditar un capital contable mínimo de $600,000.00 (Seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) para tal efecto deberá presentar: a) Copia simple de los Estados financieros auditados y autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del año inmediato anterior y el comparativo de razones financieras básicas; o 2) Copia simple de su declaración de Impuesto Sobre la Renta debidamente presentada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En el caso de LICITANTES de reciente creación deberán presentar los más actualizados a la fecha de presentación de la propuesta,

5.- Copia del recibo de pago de las bases de licitación.

La información y documentación a que hace referencia este capítulo, a elección de los LICITANTES, deberá presentarse fuera del sobre que contenga sus PROPOSICIONES.

III INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES

La entrega de PROPOSICIONES se hará en un sobre cerrado. La documentación distinta a las PROPOSICIONES deberá entregarse fuera de dicho sobre.

Todos los documentos y correspondencia relacionados con la presente licitación, deberán estar mecanografiados o escritos en tinta indeleble, sin correcciones, tachaduras ni enmendaduras, en idioma Español. Las PROPOSICIONES y sus anexos deberán estar firmadas por el LICITANTE ó su representante legal, cuando menos, en las hojas correspondientes al catálogo de conceptos y los programas de trabajo, aclarando que en el caso del LICITANTE que resulte adjudicado deberá firmar la totalidad de la documentación que integre su propuesta previamente a la firma del CONTRATO correspondiente.

Todos los documentos relacionados con importes de la presente licitación, deberán estar presentados en Pesos Mexicanos.

1.- PROPOSICIONES CONJUNTAS

Dos o más personas podrán presentar conjuntamente PROPOSICIONES sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas morales, siempre que, para tales efectos, en la proposición y en el CONTRATO se establezcan con precisión y a satisfacción de la COMISIÓN, las partes de los servicios que cada persona se obligará a prestar, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la propuesta deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas. Será necesario que cumplan los siguientes requisitos:

1.- Bastará la adquisición de un solo ejemplar de las bases;

2.- Deberán celebrar entre sí un convenio privado, el que contendrá lo siguiente:

a. Nombre y domicilio de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales de la agrupación;

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b. Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación;

c. Definición de las partes del objeto del CONTRATO que cada persona se obligaría a cumplir, especificando la forma en que serán presentadas a cobro las estimaciones;

d. Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones;e. Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para todo lo relacionado

con la proposición, yf. Estipulación expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria para

comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del CONTRATO que se firme.

3.- En el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES el representante común deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción anterior se incluirá en el sobre que contenga las PROPOSICIONES.

4.- Para cumplir con el capital contable mínimo requerido por la COMISIÓN, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes.

NOTA: El incumplimiento de los requisitos antes señalados será motivo de descalificación

LAS PROPOSICIONES DEBERÁN PRESENTARSE EN EL SIGUIENTE ORDEN:

2. ASPECTOS TÉCNICOS

2.1 Metodología de trabajo, señalando sistemas tecnologías, procedimiento por utilizar alternativas por analizar y forma de presentación de los resultados (según las características, complejidad y magnitud de los trabajos objeto de la licitación) FORMATO AT-01.

2.2 Relación de equipo técnico necesario incluyendo el científico, de cómputo, de medición y, en general el necesario para proporcionar el servicio, anotando características, número de unidades, indicando si son de su propiedad, arrendadas con o sin opción a compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, a si como de la fecha que se dispondrán en el sitio de los trabajos FORMATO AT-02.

2.3 Curriculum de los profesionales técnicos al servicio del LICITANTE, identificando a los que se encargarán de los servicios, los que deben tener experiencia en trabajos similares.

2.4 Organigrama personalizado de funcionamiento, identificando al personal que estará a cargo directamente de la ejecución del servicio objeto del presente concurso.

2.5 Relación de contratos identificando los servicios que hayan realizado y que guarden similitud con los que se licitan o de aquellos que se estén ejecutando a la fecha de la licitación, anotando el nombre del contratante, descripción de los servicios, importes ejercidos y por ejercer y las fechas de terminación de los servicios FORMATO AT-03.

2.6 Aceptación de que en caso de resulte con adjudicación favorable en este procedimiento, designará a un JEFE DE SUPERVISIÓN quien será el responsable directo de la supervisión, verificación de calidad y seguimiento de las obras y deberá conocer con amplitud los proyectos, normas de calidad y especificaciones de construcción, catálogo de conceptos o actividades de obra, programas de ejecución y de suministros, planos incluyendo sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de la construcción, bitácora de obra y demás documentos inherentes.

2.7 Programa de Ejecución General de los Servicios, calendarizado por partidas, indicado en porcentaje de avance FORMATO AT-04.

2.8 Programas Cuantificados y Calendarizados por partidas de suministro o utilización de:

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- Mano de obra del personal encargado de la ejecución de los servicios, número requerido, expresados en jornadas e identificando categorías FORMATO AT-05.

- Maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición expresado en horas efectivas de trabajo, identificando su tipo y características FORMATO AT-06.

3. ASPECTOS ECONÓMICOS

3.1 Carta de compromiso de la proposición FORMATO AE-01.

3.2 Catálogo de conceptos: Contendrá unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios propuestos e importes parciales y el total de la proposición. Los precios unitarios se anotarán con número y letra. Los importes con número de cada concepto, se anotarán en los espacios correspondientes del catálogo, presentando subtotales por partidas con los cuales se formulará el resumen por capítulo e importe total. En caso de encontrarse errores en las operaciones aritméticas, se reconocerá como correcta la cantidad del concepto por el precio unitario correspondiente anotado con letra en el catálogo de conceptos. Los precios unitarios anotados en el catálogo de conceptos deben corresponder con los análisis de precios unitarios, se procederá a reconocer como definitivos los precios anotados con letra que contenga el catálogo. Deberá de anotarse el importe total de la proposición, el Impuesto al valor agregado (IVA) y su suma correspondiente FORMATO AE-02.

3.3 El LICITANTE deberá usar el catálogo proporcionado por la COMISIÓN, quedando bajo su responsabilidad el utilizar su propio catálogo, para lo cual deberá transcribir con toda precisión los conceptos, unidades y cantidades. De ser así deberá firmar el catálogo proporcionado por la COMISIÓN y entregarlo en el sobre correspondiente a los aspectos económicos.

3.4 Análisis de precios unitarios. Contendrá todos los conceptos del catálogo solicitado, estructurado por costos directos, costos indirectos, costos de financiamiento, cargos por utilidad y los cargos adicionales FORMATO AE-03.

3.5 Relación y análisis de los costos básicos de los materiales que se emplearan en los trabajos.

3.6 Análisis, cálculo e integración de costos horarios de la maquinaria y del equipo técnico, científico y de medición a utilizar, debiendo considerar para efectos de evaluación costos y rendimientos de maquinas y equipos nuevos FORMATO AE-04.

3.7 Análisis, cálculo de integración del factor del salario real, conforme lo previsto en los artículos 160 y 161 del reglamento, así como los datos básicos del personal a utilizar y tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de salarios, tomando como base el Tabulador de la Cámara Nacional de Empresas en Consultoría FORMATO AE-05.

3.8 Desglose del factor de indirectos: Estarán representados como un porcentaje del costo directo y se desglosará en los correspondientes a la administración de oficinas centrales de la obra, seguros, fianzas, etc. se deberá incluir el porcentaje de cada concepto FORMATO AE-06.

3.9 Análisis de costo financiero: El costo de financiamiento de los trabajos estará representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos. Para la determinación de este costo deberán considerarse los gastos que realizará la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA en la ejecución de los servicios, los pagos por anticipos y estimaciones que recibirá y la tasa de interés que aplicará debiendo adjuntarse el análisis correspondiente. La tasa de interés aplicable por financiamiento deberá calcularse con base en un indicador económico específico, el cual no podrá ser cambiado o sustituido durante la vigencia del CONTRATO FORMATO AE-07.

3.10 Utilidad propuesta por el LICITANTE.

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3.11 Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición, agrupado por mano de obra, maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición, con la descripción de cada uno de ellos, indicando cantidades a utilizar, con sus respectivas unidades de medición y sus importes FORMATO AE-08.

3.12 Programa de Ejecución General de los Servicios, calendarizado por partidas, expresado en cantidades de trabajo e importe en pesos de los conceptos de trabajo que representen el 100% del monto de la propuesta, debiendo existir congruencia con los programas que a continuación se indican FORMATO AE-09

3.13 Programas Cuantificados y Calendarizados por partidas de suministro o utilización de:- Mano de obra del personal encargado de la ejecución de los servicios, expresados en

jornadas e identificando categorías y su importe en pesos FORMATO AE-10.- Maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición expresado en horas efectivas

de trabajo, identificando su tipo y características y su importe en pesos FORMATO AE-11.

IV DE LOS ACTOS DE LA LICITACIÓN

1. VISITA AL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS

No se llevará a cabo visita al lugar de los servicios.

2. JUNTA DE ACLARACIONES

El acto de Junta de Aclaraciones será presidido por un servidor público de la COMISIÓN, quien será el responsable de dirigir el evento y responder las preguntas relacionadas con los aspectos administrativos de las bases. Se contará con la presencia de un representante del Área Solicitante y del Área de Infraestructura de la COMISIÓN quienes serán los responsables de contestar las preguntas presentadas por los LICITANTES relacionadas con aspectos técnicos y económicos de estas bases y de las PROPOSICIONES. Así mismo, se invitará a un representante del Órgano Interno de Control en la COMISIÓN y del Área Jurídica de la COMISIÓN, para que participe en el evento de acuerdo a sus atribuciones y competencia.

Con el fin de facilitar y agilizar el acto, los LICITANTES podrán presentar por medio magnético y/o escrito sus preguntas directamente a la COMISIÓN; vía fax al número (443) 323 42 28, o al correo electrónico [email protected], a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, debiendo enviar por cualesquiera de dichas vías (fax o correo electrónico) copia del recibo de pago de Bases.

De igual forma, en el propio acto únicamente podrán formular preguntas los LICITANTES que hayan adquirido Bases, lo que deberán acreditar entregando copia del comprobante de pago al momento de registrarse, en caso contrario se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas.

Todas las aclaraciones que se formulen en este acto y que se consignen en el acta correspondiente, formarán parte integral de estas Bases.

Con fundamento en el artículo 22 del Reglamento de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se podrán recibir preguntas adicionales con posterioridad a la junta de aclaraciones y hasta cuarenta y ocho horas antes de la conclusión del periodo de venta de las bases, a las que se dará contestación a más tardar el último día de dicho periodo, siempre y cuando el licitante haya adquirido las bases.

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3. ACTO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

El acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES se llevará conforme a lo siguiente:

El registro de LICITANTES y la revisión preliminar de documentos distintos a las PROPOSICIONES, se podrá llevar a cabo treinta minutos antes de la hora prevista para el inicio de este evento

El acto será presidido por un servidor público de la COMISIÓN, quien será la única persona facultada para aceptar o desechar las PROPOSICIONES y, en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto. Se invitará a este evento a los representantes del Área Solicitante, Área de Infraestructura y del Área Jurídica de la COMISIÓN y del Órgano Interno de Control.

Una vez iniciado el acto, no se aceptarán las PROPOSICIONES de los LICITANTES que no se hayan registrado en la lista de asistencia, como máximo a la hora establecida para inicio del mismo

Una vez recibidas las PROPOSICIONES en sobre cerrado; se procederá a su apertura y se desecharán las que hubieren omitido alguno de los requisitos exigidos.

Por lo menos un LICITANTE, si asistiere alguno, y el servidor público que presida el acto, rubricarán el catálogo de conceptos de supervisión de obra de las PROPOSICIONES presentadas, y en seguida se dará lectura al importe total de cada una de las PROPOSICIONES

Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las PROPOSICIONES, en la que se asentarán las PROPOSICIONES aceptadas para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron; el acta será firmada por los asistentes y se les entregará copia de la misma, la falta de firma de algún LICITANTE no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efecto de su notificación.

En el acta de este evento se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación.

4. ACTO DE FALLO

La COMISIÓN notificará en junta pública su decisión acerca del fallo de la licitación, en el lugar, fecha y hora señalados para tal efecto en el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES. Para constancia de la notificación de fallo, se levantará acta de fallo de la licitación, indicando las razones por las cuales las PROPOSICIONES no resultaron ganadoras o los motivos por los que, en su caso hubiera(n) sido desechada(s).

Contra la resolución que contenga el fallo, no procederá recurso alguno.

Esta acta contendrá los datos de identificación de la licitación y de los servicios objeto de la misma, lugar y fecha en que se firmará el CONTRATO respectivo en los términos de la LEY y la fecha de iniciación de los servicios. La firmarán todos los asistentes a quienes se les entregará copia. Terminado el evento de notificación de fallo, el documento se pondrá a disposición de los LICITANTES interesados en el domicilio de la COMISION, ubicada en la calle Periférico Nueva España No. 2537 Col. Hospitales de Don Vasco, Morelia, Michoacán, en un horario de 9:00 a 17:00 horas.

5. DEL CONTRATO

El CONTRATO que se formalizará con el LICITANTE que resulte adjudicado en esta licitación, corresponderá al modelo proporcionado en los documentos de este procedimiento y se firmará el día 01 de Mayo de 2009.

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El LICITANTE a quien se le adjudique el CONTRATO, deberá presentar la garantía de cumplimiento previo a la firma del contrato, así como original para cotejo y copia para archivo de la documentación siguiente:

Personas Morales

1.- Acta Constitutiva2.- Cédula de Registro Federal de Contribuyentes3.- Poder Notarial del Representante Legal4.- “Acuse de Recepción” con el que se compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla

I.2.1.16., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, o aquella que en futuro la sustituya; dicha consulta de opinión deberá realizarla ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo, incluyendo en su solicitud de opinión las direcciones de correo electrónico [email protected], para que El SAT envie el “acuse de respuesta” que emitirá en atención a su petición.

5.- Original de los estados financieros o declaración de impuesto sobre la renta entregados en su proposición.6.- Original de identificación oficial vigente del Representante Legal.

Personas Físicas

1.- Acta de Nacimiento2.- Cédula de Registro Federal de Contribuyentes3.- Poder Notarial del Representante Legal, en su caso4.- “Acuse de Recepción” con el que se compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla

I.2.1.16., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, o aquella que en futuro la sustituya; dicha consulta de opinión deberá realizarla ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo, incluyendo en su solicitud de opinión las direcciones de correo electrónico [email protected], para que El SAT envie el “acuse de respuesta” que emitirá en atención a su petición.

5.- Original de los estados financieros o declaración de impuesto sobre la renta entregados en su propuesta.6.- Original de identificación oficial vigente del Representante Legal.

En caso de que el LICITANTE que resulte adjudicado no firme el CONTRATO por causas imputables al mismo, será sancionado en los términos del artículo 78 de la LEY.

V CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN

Para la evaluación de las PROPOSICIONES, la COMISIÓN verificará que las mismas incluyan la información, documentos y requisitos solicitados en estas bases de licitación y en la convocatoria correspondiente, evaluándose los siguientes aspectos:

1. TÉCNICOS

Se evaluará que en las PROPOSICIONES los LICITANTES hayan considerado:

1.1 Que los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección de los servicios, cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar la adecuada administración de los servicios.

1.2 Que cuente con la maquinaria y equipo adecuado, suficiente y necesario, sea o no propio, para desarrollar los servicios.

1.3 Que la planeación integral propuesta por el LICITANTE para el desarrollo y organización de los servicios, sea congruente con las características, complejidad y magnitud de los trabajos.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

1.4 Que el procedimiento de supervisión descrito sea aceptable porque demuestra que el LICITANTE conoce los trabajos a realizar y que tiene la capacidad y la experiencia para su correcta ejecución, acorde al programa de ejecución considerado.

1.5 Que el capital neto de trabajo del LICITANTE sea suficiente para el financiamiento de los trabajos a realizar, de acuerdo con su análisis financiero presentado.

1.6 Que el LICITANTE tenga capacidad para pagar sus obligaciones y el grado en que depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa.

1.7 Que el programa de ejecución general de los servicios corresponda al plazo establecido por la COMISIÓN.

1.8 Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización, sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos.

1.9 Que los programas de suministro y utilización de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición, sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el LICITANTE y con el procedimiento de supervisión a realizar.

1.10 Que los insumos propuestos por el LICITANTE correspondan a los periodos presentados en los programas.

1.11 Que las características y capacidad de la maquinaria y equipo considerados por el LICITANTE, sean las adecuadas para prestar los servicios en las condiciones particulares donde deberá ejecutarse y que sean congruentes con el procedimiento de supervisión propuesto por el LICITANTE.

1.12 Que en la maquinaria y equipo, los rendimientos de éstos sean considerados como nuevos, para lo cual se deberán apoyar en los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los servicios.

1.13 Que en el consumo del material por unidad de medida, determinado por el LICITANTE para el concepto de servicio en que intervienen, se consideren los desperdicios y mermas.

1.14 Que el personal administrativo y técnico sea el adecuado y suficiente para prestar los servicios.

1.15 Que los rendimientos considerados se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento de supervisión propuesto por el LICITANTE, considerando los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y las características particulares bajo las cuales deben realizarse los servicios.

1.16 Que se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos.

1.17 Que incluya la totalidad de la información que le fue solicitada en cada uno de los formatos de las bases de licitación.

1.18 Que no omita información, documentos y requisitos solicitados en estas bases de licitación.

1.19 Que tome en cuenta lo establecido en la minuta de la junta de aclaraciones.

2. ECONÓMICOS

Los aspectos económicos que se evaluarán son:

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

2.1 Que los precios propuestos por el LICITANTE sean aceptables, es decir, que sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado, nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente o conformando la propuesta total.

2.2 Que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio unitario.

2.3 Que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra, los cuales deben ser coincidentes; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el análisis de precio unitario correspondiente

2.4 Que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes; el monto correcto, será el que se considerará para el análisis comparativo de las PROPOSICIONES.

2.5 Que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, se haya realizado de acuerdo con lo establecido por el REGLAMENTO.

2.6 Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales.

2.7 Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, mano de obra, maquinaria y equipo.

2.8 Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes, se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado.

2.9 Que los costos básicos de la mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores de salario real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo previsto por el REGLAMENTO.

2.10 Que los costos horarios por la utilización de la maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición se hayan determinado por hora efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada máquina o equipo, incluyendo, cuando sea el caso, los accesorios que tenga integrados.

2.11 Verificar que los análisis de costos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el REGLAMENTO.

2.12 Que los costos de los materiales considerados por el LICITANTE, sean congruentes con la relación de los costos básicos.

2.13 Que los costos de la mano de obra considerados por el LICITANTE, sean congruentes con el tabulador de los salarios de la Cámara Nacional de Empresas de Consultoría.

2.14 Que los costos horarios de la maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de éstos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximos los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizar los servicios.

2.15 Que los análisis de costos indirectos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el REGLAMENTO.

2.16 Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

2.17 Que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales del LICITANTE, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la jefatura de la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra.

2.18 Que no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a las bases de la licitación, su pago deba efectuarse aplicando un precio unitario específico.

2.19 Que en el análisis y cálculo del costo financiero se haya estructurado y determinado considerando lo siguiente:

- Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos.

- Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico;- Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos

mensuales, y- Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el LICITANTE sea

congruente con lo que se establezca en las bases de la licitación;

2.20 Que el cálculo e integración del cargo por utilidad, se haya estructurado y determinado considerando que dentro de su monto, queden incluidas la ganancia que la SUPERVISIÓN TECNICA-ADMINISTRATIVA estima que debe percibir por la supervisión de los servicios, así como las deducciones e impuestos correspondientes, no siendo necesario su desglose

2.21 Que el importe total de la propuesta sea congruente con todos los documentos que la integran

2.22 Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios.

2.23 Que no omita información, documentos y requisitos solicitados en estas bases.

2.24 Que el programa de trabajo sea acorde con el tiempo solicitado por la COMISIÓN, así como las actividades que inciden antes y durante la obra, con los recursos considerados por el LICITANTE.

2.25 Que coincidan los análisis de precios unitarios analizados detalladamente con los anotados con letra en el presupuesto presentado.

2.26 Que el desglose o detalle de los análisis de precios unitarios analizados, sea de acuerdo con el catálogo de conceptos de supervisión entregado. La trascripción del concepto en la matriz del análisis de precios unitarios será la misma que la especificada en el catálogo de conceptos.

2.27 Que tome en cuenta lo establecido en la minuta de la junta de aclaraciones

3. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN

Se desechará la PROPOSICIÓN presentada por un LICITANTE cuando:

EN EL ASPECTO GENERAL:

3.1 No cumpla con cualquiera de los requisitos o no presente alguno de los documentos firmados establecidos en el capitulo II de las Bases, sus anexos y la junta de aclaraciones; que afecte las solvencia de la proposición de esta licitación y en la convocatoria.

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3.2 Su documentación y la de su personal Técnico y Administrativo estén incompletas y no se acredite contar con la experiencia requerida para los servicios objeto de la licitación.

3.3 La información que proporcione resulte falsa.

3.4 Que se demuestre la presentación de PROPOSICIONES por empresas filiales.

3.5 Que el LICITANTE se encuentre en alguno de los supuestos señalados en los artículos 51 y 78 penúltimo párrafo de la LEY.

3.6 Cuando en la PROPOSICIÓN haya omitido las indicaciones asentadas en las respuestas que se dieron a las preguntas planteadas por los LICITANTES en la junta de aclaraciones o en la documentación complementaria entregada y en su caso las que se hayan generado por las preguntas adicionales.

3.7 La falta de firma o rúbrica en el catálogo de conceptos y programa general de ejecución de los servicios.

3.8 Cuando modifique el volumen de trabajo expresado por la COMISIÓN en el catálogo de conceptos

3.9 Omita escribir con letra y/o número uno o varios precios unitarios

3.10 Propongan alternativas que modifiquen las condiciones establecidas por la COMISIÓN en estas bases de licitación y conforme a las cuales se desarrollará la licitación y el servicio

3.11 Que no tome en cuenta lo establecido en la junta de aclaraciones

EN EL ASPECTO TÉCNICO:

3.12 Que los programas propuestos por el LICITANTE sean incongruentes y por lo tanto no sea factible ejecutar los trabajos

3.13 Que la PROPOSICIÓN presente incongruencias, contradicciones o cambios en cualquier especificación o unidad de medida del catálogo de conceptos y cantidades de obra.

3.14 Proponga un plazo de ejecución mayor que el señalado como máximo por la COMISIÓN.

3.15 Incluya maquinaria y equipo que no reúna las características mínimas necesarias para la ejecución de los servicios.

EN EL ASPECTO ECONÓMICO:

3.16 No entregue el 100 % de los análisis de precios unitarios de los conceptos de trabajo que representen el monto total de la propuesta,

3.17 Incluya cargos y conceptos indebidos.

3.18 Cuando se compruebe que algún LICITANTE ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás LICITANTES.

3.19 Se compruebe que el precio propuesto esté fuera de los parámetros de mercado.

Al momento de desechar las PROPOSICIONES podrá comunicarse al LICITANTE en el acto que corresponda, asentándose en las actas respectivas las causas que lo originaron.

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4. ADJUDICACIÓN

Al finalizar la evaluación de las proposiciones, la COMISIÓN adjudicará el contrato al licitante cuya proposición resulte solvente por reunir, conforme a los criterios de evaluación establecidos en estas bases de licitación, de conformidad con la Ley y el Reglamento, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque reúnen las condiciones antes señaladas, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que resulte económicamente más conveniente para la COMISIÓN, de acuerdo a los dos primeros criterios establecidos en el artículo 37 a del Reglamento, criterio relativo al precio y criterio relativo a calidad.

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Para tales efectos, la adjudicación del contrato a la proposición que resulte económicamente más conveniente para la COMISIÓN, se hará a través del mecanismo de puntos y porcentajes, que atienda a las condiciones, criterios, parámetros y su correspondiente valoración en puntaje, en los siguientes términos:

En caso de empate de dos o más PROPOSICIONES, para la adjudicación del contrato se dará preferencia al LICITANTE (persona física) con discapacidad ó al LICITANTE (persona moral) que compruebe que cuenta con personal con discapacidad en una proporción de cuando menos el 5% del total de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, antigüedad que deberá ser demostrada con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.

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Si no fuere factible resolver el empate en los términos del párrafo anterior, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.VI INCONFORMIDADES

Las inconformidades que se deriven de la presente Licitación deberán presentarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en la COMISIÓN dependiente de la Secretaría de la Función Pública, ubicado en Avenida México Coyoacán No. 343, 2º piso, Colonia Xoco, Delegación Benito Juárez, C. P. 03330, México, D. F., de lunes a viernes en días hábiles con un horario de 9:00 a 18:00 hrs., dentro de los plazos establecidos en el artículo 83 de la LEY, el cual está facultado para conocer, tramitar y resolver las mismas

Atentamente_________________________________________

PEDRO BARRERA PÉREZDELEGADO DE LA COMISION NACIONAL PARA

EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN MICHOACAN

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ANEXO 1

FORMATO PARA ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD

COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENASP R E S E N T E.

(Nombre del Representante Legal) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así mismo cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Licitación Pública, a nombre y representación de (Nombre del LICITANTE)

Licitación Pública Nacional No. 00625011-001-09

Domicilio, Calle y número:Colonia: Delegación ó Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax:Correo Electrónico: Registro Federal de Contribuyentes:

No. de la Escritura en la que consta su acta constitutiva: De fecha:Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la misma:

Descripción del objeto Social:

Reformas al acta constitutiva:

Fecha y número de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio

Relación de Accionistas:

Nombre del Apoderado o Representante:No. de la Escritura Pública mediante el cual acredita su personalidad y facultades:

De fecha:

Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la misma:

Morelia, Mich., a de de 2009Protesto lo necesario

FirmaNota: el presente formato podrá ser reproducido por cada Licitante en el modo que estime conveniente en papel membretado, debiendo respetar su contenido, preferentemente en el orden indicado.

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ANEXO 2

COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENASPRESENTE

(Nombre del representante), en nombre y representación de (Nombre del LICITANTE), con el fin de participar en la Licitación Pública Nacional No. 00625011-001-09, bajo protesta de decir verdad, manifiesto lo siguiente:

(a) Que acepta que en caso de resultar ganador, los servicios se llevarán a cabo con sujeción a la LEY y su REGLAMENTO. Asimismo que se sujetará al Reglamento de Construcciones para el Estado de Michoacán y a las especificaciones de la obra, los programas de utilización de personal técnico, administrativo y de servicios, mano de obra, maquinaría, equipo y el programa de trabajo que presentó en su propuesta

(b) Que está debidamente enterado y de acuerdo con los datos que se proporcionan en lo concerniente a las condiciones y el grado de dificultad de los trabajos y de las demás características que ofrece la COMISIÓN como orientación a título enunciativo más no limitativo, quedando bajo la responsabilidad de los LICITANTES juzgar todas las circunstancias, de tal manera que, si cualquiera resultara diferente al momento de la ejecución, la diferencia no justificará reclamación alguna del SUPERVISOR

(c) Que en caso de resultar ganador, designará para permanecer en la obra a un profesional especializado que sea su representante (Superintendente de supervisión), ingeniero civil, cuyo título profesional deberá estar registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública en vigor, con experiencia mínima de 5 (cinco) años en trabajos similares, conocer ampliamente la LEY y su REGLAMENTO, las normas de calidad, el proyecto y las especificaciones particulares de la supervisión en cuestión. Dicho Superintendente de Supervisión deberá estar facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones y para la toma de decisiones

(d) Que no se encuentra en alguno de los supuestos previstos en los artículos 51 y 78 penúltimo párrafo 7 de la LEY.

(e) Que por su conducto, no participan en esta licitación, personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública en los términos de la LEY o de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, y que no se encuentran en ninguno de los supuestos siguientes:

Personas morales en cuyo capital social participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción;

Personas morales que en su capital social participen personas morales en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción, y

Personas físicas que participen en el capital social de personas morales que se encuentren inhabilitadas.

(f) Declaración de que conocen el sitio de los trabajos y sus condiciones ambientales, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al CONTRATO por este motivo.

(g) Que bajo ningún concepto podrán subcontratarse parcial o totalmente los conceptos de supervisión.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

(h) Que acepta las modificaciones realizadas a las bases derivadas de la junta de aclaraciones.

(i) Que conoce el contenido del modelo de CONTRATO y manifiesta su conformidad de ajustarse a sus términos.

(j) Declaración de integridad, en la que señale que por sí mismos o a través de interpósita persona se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la COMISIÓN, induzcan o alteren la evaluación de las PROPOSICIONES, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorgue condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes.

(k) Manifestación escrita de conocer y estar de acuerdo en ajustarse a los términos de los alcances de los servicios que se licitan, su termino de referencia, así como a las presentes bases de licitación y las “LEY”es y “REGLAMENTO”s aplicables

Nombre y firma del Representante

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

MODELO DEL CONTRATO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON OBRA PÚBLICA PARA LA SUPERVISIÓN DE LA OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO

No. 00625011-001-09, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN NACIONAL

PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA COMISIÓN”, REPRESENTADA POR PEDRO BARRERA PÉREZ, EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ESTATAL EN MICHOACÁN, Y POR LA OTRA, LA EMPRESA _________________________, REPRESENTADA POR ____________________ EN SU CARÁCTER DE ___________________, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL SUPERVISOR”, QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DOCUMENTO QUE SE SUSCRIBE DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

I. De "LA COMISIÓN":

I.1 Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003.

I.2 Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas.

I.3 Que este Contrato se otorga a “EL SUPERVISOR” como resultado de la Licitación Pública Nacional No. 00625011-001-09 , en términos de lo dispuesto por los artículos 4, 27 fracción I, 28, 46, 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 85, 86 y 86 A de su Reglamento.

I.4 Que PEDRO BARRERA PÉREZ, cuenta con las facultades suficientes para la celebración del presente Instrumento, de conformidad con el Poder General contenido en la Escritura Pública número 83486 de fecha 10 de Abril de 2008, pasada antela fe del Notario Pùblico Nùmero 104, de la Ciudad de Mèxico, Distrito Federal, Licenciado Josè Ignacio Sentiès Laborde.

I.5 Que para la contratación materia del presente Instrumento, se cuenta con la autorización para cubrir el compromiso presupuestal, como consta en el oficio de autorización número UCE/DGPIB/207/09 emitido el 23 de febrero de 2009.

I.6 Que se cuenta con el dictamen a que alude el artículo 18, tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

I.7 Que para los efectos legales a que haya lugar señala como su domicilio legal el ubicado en Calle Periférico Nueva España, No. 2537, Col. Hospitales de Don Vasco, Morelia, Michoacán, C. P. 58248.

II. De “EL SUPERVISOR”:

II.1 Que acredita su legal existencia, con el testimonio de la Escritura Pública número _________ de fecha ____ de ______ de _____, otorgada ante la Fe del Licenciado ______________, Notario Público ___ de la Ciudad de _______, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio ___________, bajo el folio ______________.

II.2 Que tiene la capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones administrativas, humanas y legales para obligarse a la ejecución de los trabajos objeto de este contrato, así como que dispone de la organización y elementos suficientes para ello, dado que dentro de su objeto social se encuentra_______________________.

II.3 Que __________________, en su carácter de _______________, cuenta con las facultades legales necesarias para suscribir el presente Contrato, como lo acredita con el Testimonio Notarial número __________ de fecha ____ de _____ de _______, otorgada ante la Fe del Licenciado ________________, Notario Público ____ de la Ciudad de _________________, y manifiesta bajo protesta de decir verdad que las facultades que tiene conferidas no le han sido modificadas ni revocadas a la fecha.

II.4 Que su representante legal se identifica con Credencial para votar, expedida por Instituto Federal Electoral con número de folio _____________, Clave de Elector __________________ y año de registro _______.

II.5 Que su Clave de Registro Federal de Contribuyentes es ___________________.

II.6 Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que ni él ni ninguno de sus socios o asociados desempeña un empleo cargo o comisión en el servicio público, que conoce el contenido del artículo 32D del Código Fiscal de la Federación de igual forma que su representada no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 51 y 78, penúltimo párrafo, y que por su conducto no participan en los procedimientos de contratación personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos del artículo 33, fracción XXIII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, asimismo que ha presentado a “LA COMISIÓN” el escrito a que alude al “Acuse de Recepción” con el que se compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla I.2.1.16., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, o aquella que en futuro la sustituya; dicha consulta de opinión deberá realizarla ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo, incluyendo en su solicitud de opinión las direcciones de correo electrónico [email protected], para que El SAT envie el “acuse de respuesta” que emitirá en atención a su petición.

II.7 Que conoce el contenido y requisitos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento, el Reglamento de Construcción vigente en el lugar en el que se realizan los trabajos, así como las demás normas que regulan la ejecución de los trabajos, incluyendo los términos de referencia, las especificaciones generales y particulares de los trabajos, las obligaciones que adquiere para la ejecución del servicio de supervisión y en general, toda la información requerida para los servicios materia de este contrato.

II.8 Que para los efectos de este Contrato señala como su domicilio el ubicado en :______________________.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

II.9 Vistas las declaraciones anteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, 27 fracción I, 28, 46, 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 85, 86 y 86 A de su Reglamento, “LAS PARTES” tienen a bien otorgar las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMISIÓN” encomienda a “EL SUPERVISOR” la realización de los servicios relacionados con obra pública consistentes en la Supervisión Técnica - Administrativa de la ejecución de Obras de Infraestructura, en lo sucesivo el servicio, obligándose a llevar a cabo las siguientes actividades de supervisión en las obras siguientes:

1. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Santa Fe de la Laguna Municipio de Quiroga

2. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Arantepacua, Municipio de Nahuatzen

3. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de San Lorenzo, Municipio de Uruapan

4. Perforación de pozo profundo en la localidad de Ahuiran, Municipio de Paracho

5. Ampliación del Sistema de Agua Potable (2a. Etapa) en la localidad de Capacuaro, Municipio de Uruapan

6. Construcción de Alcantarillado Sanitario (1a. Etapa) en la localidad de Sevina, Municipio de Nahuatzen

7. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Santiago Azajo - San Andrés Ziróndaro, tramo: del km 4+120 al km 8+200 en los municipios de Coeneo y Quiroga

8. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Comachuen - Turícuaro, tramo del km 0+000 al km 4+700 en el municipio de Nahuatzen

9. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora E.C. Fed No. 15 (Morelia- Jiquilpan) km 80+100 Santiago Azajo - subtramo del km 0+000 (Lázaro Cárdenas) - al km 6+700 (San Isidro), en los municipios de Nahuatzen, Erongarícuaro y Coeneo.

Apegándose a las bases de la licitación No. 00625011-001-09 su propuesta técnica y económica, los programas autorizados, presupuestos, términos de referencia, así como a las normas de construcción vigentes, mismos que firmados por “LAS PARTES” se tienen por reproducidos como parte integrante de este contrato.

SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO: “LA COMISIÓN” se obliga a pagar a “EL SUPERVISOR”, por concepto de los servicios descritos en el cuerpo de este Contrato la cantidad total de $______________ (____________________ PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), monto que incluye el Impuesto al Valor Agregado correspondiente.

El importe corresponde al precio cotizado por “EL SUPERVISOR” y permanecerá fijo hasta el total cumplimiento del Contrato, y en su caso durante la vigencia al 31 de diciembre de 2009.

TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO: El pago se efectuará en pesos mexicanos y será cubierto por "LA COMISIÓN" en ______ exhibiciones por la cantidad de $______________ (_____________________ PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), cantidad que incluye el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, conforme al siguiente calendario: ______________________________________________________________________________, contra la entrega de los trabajos referidos; y demás obligaciones derivadas del presente Contrato, los controles e informes serán rendidos por “EL SUPERVISOR” de manera mensual en la

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

Delegación Estatal de “LA COMISIÓN” a entera satisfacción de su Titular sita en Periférico Nueva España, No. 2537, Col. Hospitales de Don Vasco, C. P. 58248 en Morelia Michoacán.

Los pagos se realizarán dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de las facturas correspondientes, para revisión y visto bueno del Titular de (Área responsable) de “LA COMISIÓN”, área que se encargará de evaluar los reportes e informes de las actividades efectuadas por “EL SUPERVISOR” durante el período del que se trate así como sus reportes y trabajo final.

Las facturas que “EL SUPERVISOR” expida a favor de “LA COMISIÓN” con motivo de los pagos que ésta le efectuará deberán cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, por lo que si dichas facturas no se ajustan a lo establecido, no serán recibidas por “LA COMISIÓN” y ello no implicará responsabilidad alguna de su parte y serán presentadas en Calle Periférico Nueva España, No. 2537, Col. Hospitales de Don Vasco en Morelia Michoacán, C. P. 58248, lugar donde se efectuará el pago.

CUARTA. PRECIO FIJO: “EL SUPERVISOR” acepta que la cantidad señalada en la Cláusula Segunda de este Instrumento cubre el costo total de los servicios materia de este Contrato, y corresponde al precio consignado en su cotización, el cual permanecerá fijo, por lo que no tendrá derecho a reclamar incremento ni pago adicional alguno.

QUINTA. OBLIGACIONES DE “EL SUPERVISOR”: Éste se obliga a atender puntualmente las indicaciones que para el eficaz desempeño de los servicios contratados reciba, así como hacer de su conocimiento cualquier hecho o circunstancia que pueda traducirse en beneficio o perjuicio de los intereses de “LA COMISIÓN”. “EL SUPERVISOR”. Asimismo, se compromete a corregir cualquier error o anomalía que pudiese detectarse durante la prestación del servicio mencionado en la Cláusula Primera del presente Contrato, tales correcciones se harán bajo las mismas condiciones estipuladas en el Anexo I.

Las funciones que realizará “EL SUPERVISOR”, serán las siguientes:

Supervisión Técnica - Administrativa de la ejecución de Obras de Infraestructura que se enuncian a continuación:

1. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Santa Fe de la Laguna Municipio de Quiroga

2. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Arantepacua, Municipio de Nahuatzen

3. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de San Lorenzo, Municipio de Uruapan

4. Perforación de pozo profundo en la localidad de Ahuiran, Municipio de Paracho

5. Ampliación del Sistema de Agua Potable (2a. Etapa) en la localidad de Capacuaro, Municipio de Uruapan

6. Construcción de Alcantarillado Sanitario (1a. Etapa) en la localidad de Sevina, Municipio de Nahuatzen

7. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Santiago Azajo - San Andrés Ziróndaro, tramo: del km 4+120 al km 8+200 en los municipios de Coeneo y Quiroga

8. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Comachuen - Turícuaro, tramo del km 0+000 al km 4+700 en el municipio de Nahuatzen

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

9. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora E.C. Fed No. 15 (Morelia- Jiquilpan) km 80+100 Santiago Azajo - subtramo del km 0+000 (Lázaro Cárdenas) - al km 6+700 (San Isidro), en los municipios de Nahuatzen, Erongarícuaro y Coeneo

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 00625011-001-09

CLAVE DESCRIPCIÓN DE LOS CONCEPTOS UNIDAD CANTIDADP R E C I O U N I T A R I O IMPORTE

EN ($)CON LETRA CON NUMERO

  Acciones Preliminares a la Supervisión          pre-01 Seguimiento al proceso de licitación de las obras a

supervisarInforme 9.00    

pre-02 Revisión de Proyectos Ejecutivos y expedientes técnicos

Informe 9.00    

pre-03 Revisión de catálogo de conceptos (especificaciones y volúmenes de obra)

Informe 9.00    

  Supervisión y control en Carreteras Alimentadoras    

       

syc-01 Jefe de Supervisión "A" mes 9.00      syc-02 Supervisor mes 9.00      syc-03 Capturista de datos mes 9.00      

syc-04Terracerías: verificación de trazo, nivelación en excavaciones en corte y compactaciones en terreno natural, así como formación de terraplenes.

mes 9.00 

 

syc-05Obras de drenaje: verificación de esviaje, orientación, control de colocación de tubería, niveles de entrada y salida y rellenos de acuerdo a proyecto.

mes 9.00 

 

syc-06 Capa subrasante: verificación de trazo, construcción, tendido, nivelación y control de compactaciones. mes 9.00    

syc-07 Base hidráulica, verificación, nivelación, control de geometría y control de compactaciones. mes 9.00    

syc-08 Riego de impregnación: Verificación de temperaturas, proporcionamiento, equipo utilizado y aplicación. mes 2.00    

syc-09

Carpeta a base de mezcla asfáltica.- Verificar que la mezcla asfáltica sea aplicada en obra a una temperatura mínima de 110°C, que para la compactación sea utilizado el rodillo metálico y el neumático, que se realice con el espesor que se indica en el proyecto y que le sean realizadas las pruebas que marcan las especificaciones de la Dependencia Normativa.

mes 2.00

 

 

syc-10Señalamiento horizontal y vertical.- Verificar que sea realizado de acuerdo con el proyecto y que cumpla con la normatividad vigente.

mes 2.00 

 

syc-11Control de calidad: Verificación de pruebas de laboratorio, compactación, mezclas, concretos y zampeados.

 mes 9.00   

 

Sistemas de Agua Potable          sap-01 Jefe de Supervisión "A" mes 9.00      sap-02 Supervisor mes 9.00      sap-03 Capturista de datos mes 9.00      

sap-04

Perforación de pozo profundo.- Seguimiento a perforación de Exploración y ampliación, verificación de aforo, videofilmación y registro eléctrico y terminación de pozo,

mes 9.00

    

sap-05

Sistemas de agua potable.- Supervisión en líneas de conducción, Derivaciones y Redes de distribución, Verificación de niveles y trazos, Supervisión y seguimiento de Obra Electromecánica, Subestaciones Eléctricas, Equipamiento Mecánico, Casetas de Cloración, Cercados Perimetrales, Cajas de transición, construcción de tanques de regularización, tomas domiciliarias y captación, atraques, excavaciones, rellenos, suministros, instalación y pruebas de tubería, suministro, instalación y pruebas de válvulas, conexiones y piezas especiales, que se ejecuten de acuerdo a proyecto y catálogo de conceptos

mes 9.00

   

   

sap-06 Control de calidad: Verificación de pruebas de  mes 9.00    

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laboratorio, compactación, concretos y calidad de tubería y piezas especiales.  

Sistemas de Alcantarillado Sanitario          salc-01 Jefe de Supervisión "A" mes 9.00      salc-02 Supervisor mes 9.00      salc-03 Capturista de datos mes 9.00      

salc-04

Supervisión en Red de atarjeas, excavaciones e instalación de tuberías, construcción Pozos de visita, brocales y tapas, Descargas domiciliarias, Verificación de trazo y niveles de proyecto y catalogo de conceptos.

mes 9.00

   

salc-05 Control de calidad: Verificación de pruebas de laboratorio, compactación, hermeticidad y concretos. mes 9.00      

Acciones de Supervisión Técnica y Financiera durante la ejecución y posteriores a la conclusión de Obras

       

pos-01 Seguimiento a los programas de obra Reporte 9.00    pos-02 Revisión y validación de números generadores y

estimaciones de obraReporte 9.00    

pos-03 Elaboración y validación de bitácora general de obra Bitácora 1.00    pos-04 Informes de avance físico-financiero de obra

(mensual)Informe 10.00      

pos-05 Informe final de la ejecución de las obras Informe 9.00      pos-06 Integración de expediente unitario Expediente 9.00    pos-07 Entrega-recepción de los trabajos ejecutados en las

obras. Acta 9.00  MONTO

TOTAL ($) 0.00

SEXTA. LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: Los servicios objeto del presente Contrato se realizarán en las localidades indígenas motivo de las obras

SÉPTIMA. PLAZO DE EJECUCIÓN: “EL SUPERVISOR” se obliga a realizar los servicios materia del presente contrato en un plazo que no excederá del presente ejercicio fiscal, para lo cual el inicio de los trabajos se efectuará el día 01 del mes de Mayo de 2009, y concluirán el 31 de diciembre de 2009, de conformidad con el programa de ejecución.

OCTAVA. GARANTÍAS: “EL SUPERVISOR” se obliga a constituir en la forma, términos y procedimientos previstos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las garantías siguientes:

A) FIANZA DEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO “EL SUPERVISOR” se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato, mediante fianza que se constituirá a favor de “LA COMISIÓN”, la cual equivaldrá a un 10% (diez por ciento) del monto total estipulado en la Cláusula Segunda, sin incluir el impuesto al valor agregado, debiendo ser entregada la fianza referida, en un plazo no mayor de 15 (quince) días naturales posteriores a la fecha de la notificación del fallo, conteniendo los siguientes características:

a. Que la fianza se otorgará atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato;

b. Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de “LA COMISIÓN”;

c. Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y

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d. Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, renunciando al beneficio de orden y exclusión otorgado en el artículo 118 del mismo ordenamiento, para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza requerida;

e. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a “EL SUPERVISOR”, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del contrato, se deberá obtener la modificación de la fianza;

B) FIANZA PARA RESPONDER DE LOS TRABAJOS MAL EJECUTADOS Y/O VICIOS OCULTOS: Con fundamento en el artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas “EL SUPERVISOR” se obliga a garantizar los trabajos dentro de los quince días naturales a la recepción formal de los mismos, mediante fianza que se constituirá a favor de “LA COMISIÓN”, la cual equivaldrá a un 10% (diez por ciento) del monto total ejercido de los trabajos, esta garantía tendrá una vigencia de doce meses contados a partir de la fecha de entrega – recepción de los trabajos. La fianza deberá cumplir con las características que se encuentran establecidas en el artículo 66 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

NOVENA. AJUSTE DE COSTOS. “LAS PARTES” convienen en revisar y en su caso, ajustar los costos que integran los precios unitarios pactados en este Contrato, cuando durante su vigencia ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el mismo, que determinen un aumento o reducción de costos de los trabajos aún no ejecutados al momento de ocurrir dicha contingencia. La revisión se efectuará conforme al procedimiento establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 144 al 153 de su Reglamento.

Los ajustes de costos que, en su caso procedan se realizará aplicando los índices a que se refiere el artículo 58, fracción II de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. En el caso de la mano de obra, a la plantilla del personal se le aplicarán las variaciones que determine la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para los salarios mínimos generales en el Distrito Federal.

DÉCIMA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS. La recepción de los trabajos, ya sea total o parcial, se realizará mediante comunicación que por escrito haga “EL SUPERVISOR” a “LA COMISIÓN” a la terminación de éstos, y “LA COMISIÓN” verificará que los trabajos estén concluidos dentro de un plazo de 8 días naturales, contados a partir de la fecha en que reciba la comunicación de “EL SUPERVISOR”.

Comprobada la terminación de los trabajos conforme al párrafo anterior “LA COMISIÓN” procederá a su recepción dentro de los 15 días naturales siguientes, para lo cual en la misma fecha levantará el acta de entrega-recepción correspondiente, comunicando dicha fecha oportunamente al Órgano Interno de Control de “LA COMISIÓN”, a fin de que si una u otra lo estiman conveniente nombren representantes que asistan al acto. El acta que se levante deberá formularse con apego a los términos del artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas.

Previamente a la recepción de los trabajos “EL SUPERVISOR” se obliga a entregar la Garantía de Defectos y Vicios Ocultos.

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DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO: “LA COMISIÓN” podrá modificar las especificaciones consignadas de los términos en que se deban prestar los servicios, únicamente cuando éstas sean notificadas por escrito a “EL SUPERVISOR” y de mutuo acuerdo se establezcan los ajustes correspondientes en un documento que será parte integrante de este Instrumento. Ningún acuerdo verbal constituirá obligación alguna.

DÉCIMA SEGUNDA. RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR. “EL SUPERVISOR” se obliga a prestar los servicios objeto del presente Contrato conforme a los términos establecidos en el Anexo I y por lo establecido en el artículo 86 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que la prestación de dichos servicios se efectúe a satisfacción de el Área de Operación de “LA COMISIÓN” en Michoacán así como a responder por su cuenta y riesgo de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “LA COMISIÓN” o a terceros, en cuyo caso se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del Contrato, hasta por el monto total de la misma.

DÉCIMA TERCERA. PENAS CONVENCIONALES: En caso de que “EL SUPERVISOR” no cumpla con las obligaciones contraídas en el presente Instrumento en el tiempo estipulado para la prestación del servicio por razones a él imputables, conviene en pagar a "LA COMISIÓN", a título de Pena Convencional el equivalente al 1% (Uno por ciento), por cada día natural de atraso en la prestación de los servicios, porcentaje que se aplicará sobre el monto total del servicio no prestado oportunamente, cantidad que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, sin exceder del 10% del importe total del Contrato, de conformidad con el artículo 46 fracción VIII de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas.

DÉCIMA CUARTA. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA: “LA COMISIÓN” podrá rescindir administrativamente el presente Contrato sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, en apego al artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, por una o varias de las causas imputables al mismo, que se encuentran previstas en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas.

El procedimiento de rescisión se podrá llevar a cabo en cualquier momento, cuando “EL SUPERVISOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo establecido en el artículo 61 de la citada Ley. La determinación de dar por rescindido administrativamente el Contrato, no podrá ser revocada o modificada por “LA COMISIÓN”.

DÉCIMA QUINTA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS “EL SUPERVISOR” se obliga a no ceder a terceras personas físicas o morales en forma parcial o total los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato, así como los derechos de cobro por la prestación de los servicios realizados.

DÉCIMA SEXTA. RESPONSABILIDAD LABORAL: “EL SUPERVISOR” asume plenamente cualquier tipo de responsabilidad que con motivo de este Contrato o de la realización y prestación del servicio pudiera derivarse, relevando de toda responsabilidad obrero-patronal a “LA COMISIÓN”. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan y reconocen expresamente que no son aplicables a este Contrato, las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, ni de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentarias del artículo 123 Constitucional.

DÉCIMA SÉPTIMA. SUSPENSIÓN TEMPORAL.- “LA COMISIÓN” podrá suspender temporalmente en todo o en parte los servicios contratados en cualquier momento por causas justificadas o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva, misma que será autorizada por el representante legal de “LA COMISIÓN”.

El presente Contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

DÉCIMA OCTAVA. EFECTOS DE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO.- En todos los casos de suspensión, rescisión administrativa o terminación anticipada del Contrato, “LA COMISIÓN” procederá a levantar acta circunstanciada con o sin la comparecencia de “EL SUPERVISOR”, haciendo constar el estado en que se encuentre los trabajos, y con base en ella se hará a “EL SUPERVISOR” el pago de finiquito correspondiente.

Lo expuesto anteriormente es sin perjuicio de lo establecido en el artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

DÉCIMA NOVENA. OBLIGACIÓN COMÚN.- “LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación del servicio objeto de este Contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento en vigor, y las demás normas y disposiciones administrativas que le sean aplicables.

VIGÉSIMA. IMPUESTOS.- “LAS PARTES” convienen en que los impuestos que se generen con motivo de la celebración del presente instrumento, correrán a cargo de la parte que le corresponda, por su parte “EL SUPERVISOR” manifiesta, que se encuentra al corriente del pago de obligaciones fiscales.

VIGÉSIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA: “LA COMISIÓN” podrá dar por terminado anticipadamente a la fecha de su vigencia el presente Instrumento, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio grave al Estado, de conformidad con lo previsto con el artículo 60 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, lo anterior sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, mediante notificación por escrito con acuse de recibido de “EL SUPERVISOR”, que deberá efectuarse con antelación mínima de 15 (quince) días hábiles a la fecha que se proponga para la terminación, procediendo de inmediato a finiquitar las obligaciones pendientes de cumplir por cualquiera de “LAS PARTES” para su liquidación.

En todos los supuestos aludidos en esta Cláusula, “LA COMISIÓN” deberá liquidar, en su caso, a “EL SUPERVISOR” los servicios que hubieren sido aceptados a entera satisfacción de “LA COMISIÓN” y que no se hayan pagado.

VIGÉSIMA SEGUNDA. VIGENCIA: El presente Contrato surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2009.

VIGÉSIMA TERCERA. LEGISLACIÓN APLICABLE: “LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de los servicios objeto de este Instrumento, a todas y cada una de las Cláusulas que lo integran, a la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas supletorias que le sean aplicables.

VIGÉSIMA CUARTA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como para todo aquello que no se encuentre expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” se someterán a las disposiciones legales aplicables y a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.

Leído que fue el presente Contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman de conformidad por triplicado en la Ciudad de Morelia, Michoacán a los 01 días del mes de Mayo de 2009.__________.

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

Por “LA COMISIÓN” Por “EL SUPERVISOR”

_________________________________________PEDRO BARRERA PÉREZ

DELEGADO DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN MICHOACAN

__________________________

________________________________(Nombre y cargo)

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA SUPERVISIÓN TÉCNICA- ADMINISTRATIVA DE 9 OBRAS DENTRO DEL PROGRAMA DE

INFRAESTRUCTURA BÁSICA PARA LA ATENCIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (PIBAI).

CONTENIDO

1.- ALCANCES

2.- DISPOSICIONES GENERALES

2.1.- Definición de términos

3.- SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO A LOS PROCESOS DE LICITACIÓN PARA ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS.

4.- REVISIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO Y PROYECTO EJECUTIVO .

5.- CONTRATO, PRESUPUESTO DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS

6.- PROGRAMA DE OBRA

7.- SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN

7.1.- Supervisión y verificación topográfica.

7.2.- Verificación de control de calidad

7.3.- Seguimiento al programa de obra

7.4.- Verificación de cantidades de obra

8.-ESTIMACIÓN DE OBRA

9.-APERTURA Y CIERRE DE LAS OBRAS

9.1.- Apertura de las obras

9.2.- Terminación de las obras

9.2.1.- Estimación de cierre

9.2.2.- Entrega - recepción de las obras

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COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

9.2.3.- Finiquito de las obras

10.-CIERRE DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS DE SUPERVISIÓN

11.- CANALES DE COMUNICACIÓN

11.1.1.- Bitácora de obra

11.1.2.- Bitácora de servicios

11.2.- Juntas de obra

11.3.- Documentación

11.4.- Informes

12.- NORMAS APLICABLES

ANEXO

1.1 PLANTILLA DEL PERSONAL BASICA DE LA SUPERVISIÓN EN TODA LA ETAPA DE VERIFICACIÓN DE LAS OBRAS

1.2 CONTROL DE CALIDAD DE OBRA (MATERIALES Y PROCEDIMIENTOS CONSTRUCTIVOS, SOPORTADOS CON PRUEBAS)

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COMISIÓN NACIONAL PARA ELDESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

BASES

1.- ALCANCES

La Comisión Nacional Para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), tiene programado realizar, a través de las dependencias ejecutoras designadas por el Gobierno del Estado de Michoacán durante el año 2009, la ejecución de 9 obras de Infraestructura Básica con base en el Anexo 1 del Acuerdo de Coordinación celebrado entre el Gobierno del Estado y la CDI a través del Programa de Infraestructura Básica Para la Atención de los Pueblos Indígenas (PIBAI), las siguientes obras en la modalidad de proyectos estratégicos.

1. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Santa Fe de la Laguna Municipio de Quiroga

2. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de Arantepacua, Municipio de Nahuatzen

3. Ampliación del sistema de agua potable en la localidad de San Lorenzo, Municipio de Uruapan

4. Perforación de pozo profundo en la localidad de Ahuiran, Municipio de Paracho

5. Ampliación del Sistema de Agua Potable (2a. Etapa) en la localidad de Capacuaro, Municipio de Uruapan

6. Construcción de Alcantarillado Sanitario (1a. Etapa) en la localidad de Sevina, Municipio de Nahuatzen

7. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Santiago Azajo - San Andrés Ziróndaro, tramo: del km 4+120 al km 8+200 en los municipios de Coeneo y Quiroga

8. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora Comachuen - Turícuaro, tramo del km 0+000 al km 4+700 en el municipio de Nahuatzen

9. Modernización y Ampliación de la Carretera Alimentadora E.C. Fed No. 15 (Morelia- Jiquilpan) km 80+100 Santiago Azajo - subtramo del km 0+000 (Lázaro Cárdenas) - al km 6+700 (San Isidro), en los municipios de Nahuatzen, Erongarícuaro y Coeneo

OBJETIVO:Como objetivo primordial, se pretende llevar a cabo la supervisión, apoyo técnico, administrativo y financiero de las obras del Programa de Infraestructura Básica en el Ejercicio Fiscal 2009 de acuerdo a las funciones establecidas en el art. 86 y 86 A del Reglamento de la Ley de Obras Públicas, en el rubro de supervisión de la construcción, consistente en 3 caminos, 1 sistema de alcantarillado sanitario y 5 sistemas de agua potable.

2.- DISPOSICIONES GENERALES

2.1.- Definición de términos

CDI.- Comisión Nacional Para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

DGPIB.- Dirección general de infraestructura básica de la CDI.

DECDI.- Delegación Estatal de la CDI.

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COMISIÓN NACIONAL PARA ELDESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

BASES

PIBAI.- Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas

DEPENDENCIA EJECUTORA.- Es la dependencia designada por el gobierno del Estado y es la máxima autoridad referente al proyecto, dirección y ejecución de las obras.

RESIDENTE DE OBRA.- Servidor público designado por la dependencia ejecutora quien fungirá como su representante ante el contratista y quien será responsable directo de la ejecución de los trabajos.

CONTRATISTA.- Persona física o moral que elaborará la obra pública.

SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN.- Personal de la contratista responsable de la ejecución de la obra.

COORDINADOR DE SUPERVISIÓN.- Servidor Público designado por escrito por la COMISIÓN, quién fungirá como su representante ante la (supervisión técnica - administrativa) y será el responsable directo de la verificación de la prestación de los servicios, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por el SUPERVISOR.

SUPERVISIÓN TECNICA ADMINISTRATIVA DE OBRA- Persona física o moral que celebra contrato por la prestación de los servicios de obra pública

JEFE DE SUPERVISIÓN.- Personal designado por la supervisión técnica – administrativa de las obras.

La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas es la autoridad máxima en todo lo referente a la supervisión técnica administrativa de las obras.

La supervisión técnica administrativa de obra, deberá participar desde los procesos de licitación y contratación hasta la entrega recepción de las obras

La supervisión técnica - administrativa de obra se considera como una extensión de la CDI en cuanto a su relación de trabajo; por lo tanto, debe identificarse plenamente con sus políticas y metas, y ser corresponsable en la consecución del objetivo común: optimizar la calidad, costo, tiempo de ejecución y seguridad de las obras.

Que el plazo para la ejecución de los servicios que se prestan será de 245 días naturales.

El servicio de supervisión contempla la, INFORMACIÓN, VERIFICACIÓN DE CALIDAD, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LAS 9 OBRAS conforme las especificaciones particulares de cada proyecto. Durante la ejecución de las obras, la supervisión técnica - administrativa de obra deberá tener siempre una actitud ejecutiva de carácter preventivo más que correctivo, validando los trabajos ejecutados para continuar con la siguiente etapa del proceso constructivo, en caso de no cumplir con la calidad y/o especificaciones requeridas, deberá rechazarlos, notificando a la contratista y a la Dependencia Ejecutora su sustitución, corrección o modificación, hasta que cumplan con las especificaciones marcadas en el proyecto.

Si durante el proceso constructivo se detectara algún imprevisto para continuar con la ejecución de las obras, la supervisión técnica - administrativa de obra y la contratista deberán plantear una solución alternativa, siempre y cuando no signifique un cambio sustancial en el proyecto, altere el presupuesto, el programa de ejecución o afecte su seguridad. Para ello, deberá solicitar a través de

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BASES

las dependencias ejecutoras a la dependencia federal normativa correspondiente su opinión y en todo caso la validación de dicha modificación. Previo informe a la CDI (DGPIB-DECDI)

Se ejecutará el número de pruebas de laboratorio, su frecuencia y calidad de las mismas, las

especiales, cuando sea el caso, así como los equipos a utilizar.

La supervisión técnica Administrativa de obra. , deberá integrar la documentación generada por la contratista, así como las verificaciones que realice, para que esté en posibilidades de conciliar lo conducente, manteniendo informada en todo momento, a la CDI (Delegación en el Estado de Michoacán (DECDI) y a la Dirección General del Programa de Infraestructura Básica (DGPIB)) sobre el particular.

La supervisión técnica - administrativa de las obras durante su intervención en las obras se apegará a los turnos de trabajo que programe la empresa contratista.

La documentación que presente la supervisión técnica - administrativa de las obras será el

resultado de los trabajos realizados en campo y gabinete.

La supervisión técnica - administrativa de las obras mantendrá actualizados los datos necesarios

en un sistema de cómputo, que permita de manera oportuna y confiable conocer el grado de

avance físico y financiero por concepto de obra en cualquier momento.

La supervisión técnica - administrativa de las obras verificará que las obras, se ejecuten de acuerdo con los proyectos y especificaciones generales y particulares de las dependencias federales normativas, con la calidad requerida, dentro de los conceptos del presupuesto y plazos establecidos en sus respectivos contratos, así como de que se cumpla con todos los ordenamientos legales y se establezcan los sistemas de seguridad en cada una de las obras, se realicen las acciones de mitigación al impacto ambiental, se documenten oportunamente las diferentes etapas de las obras y se aplique correctamente la distribución de los recursos, estableciendo una comunicación ordenada y permanente entre las diferentes instancias involucradas, con el fin de alcanzar los objetivos señalados en las Reglas de Operación del Programa.

3.- SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO A LOS PROCESOS DE LICITACIÓN PARA ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS.

La supervisión técnica - administrativa de las obras realizará el seguimiento y acompañamiento al proceso de adjudicación de las obras, realizando las siguientes funciones:

3.1.- Verificar que el catalogo de conceptos de cada una de las 9 obras, sea el que se licite, así como la descripción de la obra sea la indicada en el anexo I del acuerdo de coordinación, independientemente de la modalidad adoptada para la adjudicación y que, contenga las observaciones tratadas en la junta de aclaraciones

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BASES

3.2.- Asistir a los actos de la licitación (junta de aclaraciones, acto de presentación y apertura de propuestas y fallo).

3.3.- Verificar que la documentación que se vaya generando durante cada una de las etapas del proceso de adjudicación, tenga la congruencia respectiva entre sí, recabando copia de las mismas para la integración del expediente que entregará a la DECDI.

4.- REVISIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO Y PROYECTO EJECUTIVO

4.1 El proyecto ejecutivo completamente terminado y validado por la dependencia normativa

federal que corresponda, incluirá los planos de construcción, especificaciones generales y

particulares, normas, catálogos de conceptos con volúmenes y precios unitarios que forman parte

integral de las bases de licitación para la contratación de la ejecución de las obras. La supervisión

técnica administrativa de obra recibirá copia de la dependencia ejecutora, de acuerdo a los

alcances de su contrato y será responsable de revisarlo, concentrar volúmenes de obra, detectar

oportunamente errores, omisiones o inconsistencias.

4.2- La supervisión técnica - administrativa de obra debe mantener el registro de planos y

especificaciones de las obras, cuidando de que en los documentos modificados queden anotados

tales hechos, la fecha de modificación y la firma y nombre de la autoridad que autoriza;

paralelamente, ajustará el cuadro de costo de obra, las cantidades de obra por ejecutar y los

programas, si esto es necesario.

4.3- La supervisión técnica administrativa de obra realizará una comparación técnica y objetiva de

los recursos humanos, materiales y equipos propuestos por la contratista seleccionada, contra los

volúmenes de catálogos y programas requeridos para cumplir con el proyecto ejecutivo de la (s)

obra (s) y así determinar la factibilidad de su cumplimiento.

5.- CONTRATO, PRESUPUESTO DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS

5.1- La DECDI entregará a la supervisión técnica - administrativa de las obras copia de la oferta

presentada para la adjudicación del contrato de las obras en cuestión, en la que se asiente el

presupuesto de las obras y los precios unitarios pactados. La supervisión técnica - administrativa

de las obras será responsable de analizar y evaluar permanentemente el presupuesto de las obras,

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BASES

vigilando que el monto autorizado cubra la ejecución de la misma, informado en su momento a la

DECDI cualquier incremento que sufran las obras y el motivo que lo generó, y en su momento la

DECDI informará a la DGPIB.

6.- PROGRAMA DE OBRA

6.1 El programa detallado por concepto y ubicación de las obras lo propondrá la contratista

adjudicataria a la Residencia de obra, y la supervisión técnica - administrativa de las obras lo

recibirá y verificará que sea factible y aceptable desde el punto de vista de su realización física,

que tome en cuenta la relación entre las diversas partes de las obras, sea congruente con los

recursos asignados y cumpla con lo pactado en el contrato. En caso necesario solicitará a la

ejecutora las modificaciones necesarias con el presupuesto correspondiente. Dándole seguimiento

para informar a la contratista, a las dependencias ejecutoras y a la DECDI de las desviaciones

detectadas, proponiendo las acciones necesarias para ajustar las obras a los tiempos y montos

pactados.

6.2- De la misma manera recibirá los programas detallados de mano de obra, materiales y de

maquinaria y equipo registrando por semana el número y disponibilidad de los mismos, así como

sus rendimientos, informará a la DECDI de las desviaciones que se registren.

6.3- Para su consulta rápida elaborará y mantendrá actualizados los informes de obra

correspondientes a los avances físicos y a los avances financieros.

7.- SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN

7.1 Verificación topográfica.

La supervisión técnica - administrativa de las obras participará en la entrega que haga la residencia

de obra a la contratista físicamente en el campo del trazo y sus referencias.

Una vez ocurrido este acto, tanto la supervisión técnica - administrativa de las obras como la

contratista deberán comprobar que las referencias en campo sean las correctas y acordes con el

proyecto.

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BASES

Cada vez que se autorice una modificación al proyecto, la supervisión técnica - administrativa de

las obras conciliará con la contratista, la información topográfica para precisar y determinar los

volúmenes ejecutados.

Durante la ejecución de las obras verificará las cantidades de obra realizada, por concepto de obra

terminada, que servirán como número generador de apoyo a las estimaciones, en el entendido de

que no medirá cantidad alguna de obra ejecutada fuera de proyecto, no autorizada.

En los bancos de préstamos necesarios para la ejecución de las obras, la supervisión técnica -

administrativa verificará la información tanto de calidad como de liberación de los mismos para su

explotación, que le presente la contratista.

Deberá mantener el personal de topografía equipado adecuadamente para la obtención de la

información señalada.

La supervisión técnica administrativa de obra cuando detecte actividades críticas que acusen

atrasos en el programa, se dará un seguimiento especialmente detallado en el proceso de revisión

y estudiar conjuntamente con la Ejecutora, si estos pueden recuperarse con acciones correctivas

que sean realistas en cuanto a recursos necesarios, o bien, optimizando procedimientos

constructivos, eliminando tiempos muertos y esperas de suministros

7.2- Verificación de Control de Calidad

La supervisión técnica administrativa de obra verificara el cumplimiento de los requisitos de calidad

establecidos en los planos y especificaciones particulares del proyecto. A la supervisión técnica

administrativa de obra le corresponde vigilar que la contratista a través de su laboratorio cumpla

con el control de calidad de las obras, y que este control sea completo, oportuno y confiable.

Corresponderá a la contratista el ensaye y entrega de los resultados de pruebas o certificados de

calidad de los materiales; por su parte la supervisión técnica - administrativa de las obras, evaluará

los resultados de pruebas o certificados de calidad presentados y emitirá oportunamente a la

Residencia de obra, a la DECDI sus comentarios y observaciones comparados con los resultados

de sus propias pruebas. Será responsabilidad de la supervisión técnica - administrativa de las

obras consultar con la contratista y estar al pendiente de los suministros y fabricación de los

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BASES

materiales para su oportuna intervención manteniendo la debida comunicación con la Residencia

de obras; la supervisión técnica - administrativa de las obras llevará el seguimiento de la entrega

de los resultados de dichas pruebas a la propia Residencia y a la CDI (DECDI).

La supervisión técnica - administrativa de las obras de recibirá de la contratista los reportes que

genere el laboratorio para su revisión; informará a la DECDI así como a la Residencia de obras

sobre cualquier problema o irregularidad que se haya detectado durante la revisión haciendo notar

faltantes de información. La supervisión supervisión técnica - administrativa de las obras incluirá en

sus reportes los resultados de las verificaciones que haya realizado, entregando a la DECDI y a la

Residencia mensualmente la información actualizada de las mismas, que servirá como soporte

para la estimación correspondiente.

Le será rescindido el contrato a la supervisión técnica - administrativa de las obras, que durante el

proceso de su servicio no cumpla con la calidad de los servicios requerida.

7.3- Seguimiento al programa de obra

Tomando en cuenta el programa que proporciona la contratista, la supervisión técnica -

administrativa de las obras llevará a efecto el seguimiento del mismo, a través de algún mecanismo

ya sea por diagrama de vectores, ruta crítica o similar con la finalidad de poder detectar

desviaciones y proponer oportunamente los mecanismos o ajustes para cumplir con las metas y

montos pactados.

7.4- Verificación de cantidades de obra.

La supervisión técnica - administrativa de las obras calculará las cantidades de obra ejecutada

apoyándose con los resultados verificados, cuidando de no incluir aquellas cantidades de obra

cuya calidad no se haya demostrado que cumple con las especificaciones.

Los volúmenes de obra aceptados los registrará en la hoja de control de volúmenes, en las que

deberán quedar asociadas con su posición dentro de las obras, fecha de aceptación, estimación en

las que fueron incluidas, control de calidad y control de acabados. Solo podrán aceptarse

cantidades de obra que correspondan a unidades de obra terminada consideradas en los catálogos

de conceptos contratados. Los trabajos preliminares o parciales así como suministro de materiales,

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BASES

no podrán ser considerados en las cuantificaciones de obra ni podrán ser transformadas en

unidades de obra terminada.

De igual forma en el informe mensual deberá entregar un cuadro de costos de obra donde se

reflejen los costos del contrato, los costos estimados a la fecha del corte y los costos faltantes por

estimar.

8.- ESTIMACIÓN DE OBRA

La contratista será responsable de presentar la estimación de obra ejecutada, en los términos

pactados en el contrato, cuya copia hará llegar a la supervisión técnica - administrativa de las

obras, esta última revisará las cantidades de obra estimadas, conciliará con la contratista las

diferencias y devolverá la estimación a la contratista para su corrección, en su caso. Las

cantidades que no hayan sido posibles conciliar, se eliminarán de la estimación y se incluirán en la

siguiente estimación.

La fecha de cierre de las estimaciones será de acuerdo a lo pactado en el contrato de las obras y

se deberá formular con una periodicidad no mayor de un mes y presentarlas dentro de los 6(seis)

días naturales siguientes a la fecha de corte. La supervisión técnica - administrativa de las obras,

en un plazo no mayor a 5 (cinco) días naturales siguientes a su presentación por parte de la

contratista, verificará que las cantidades de obra sean correctas, que se hayan aplicado los precios

unitarios pactados, que no existan errores numéricos, que se apliquen descuentos y retenciones de

ley y en general verificar todos los conceptos de la estimación de que se trate para su procedencia

de pago. En caso de discrepancia, dentro de un plazo de 2 (dos) días hábiles las conciliará con la

contratista, la que al día siguiente la devolverá ya corregida a la supervisión técnica - administrativa

de las obras, y esta a su vez la enviará a las dependencias ejecutoras la cual hará los trámites

correspondientes para requisitar la estimación, la autorizará y la turnará para su pago.

La supervisión técnica - administrativa de las obras será responsable de verificar que en las

estimaciones que presente la contratista, las cantidades de obra acumuladas no excedan de lo

previsto en el proyecto y sus modificaciones autorizadas; que no se produzcan duplicaciones de

pago, que los precios unitarios sean los pactados en el contrato de obra; que las cantidades de

obra estén claramente referenciadas al catálogo de conceptos y cantidades de obra contratado;

que el número de la estimación y el periodo que abarca estén claramente indicados, indicando el

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tipo de estimación de que se trate (contrato, convenio, ajuste de costos, aditivas y deductivas); que

las fechas de presentación a revisión, de devolución a la contratista, de presentación definitiva y de

envió a la residencia de obras queden registradas en la bitácora de obra, indicando el número de la

estimación y su periodo e importe; que se aplique la amortización correspondiente del anticipo; que

las firmas asentadas en la estimación tanto por parte de la contratista como por parte de la

Residencia de obra sean las correctas. En la bitácora que utilizará la supervisión técnica -

administrativa de las obras para comunicarse con la DECDI quedarán anotados únicamente el

número, periodo e importe de la estimación.

Cuando aparezcan conceptos extraordinarios no incluidos en el catálogo de conceptos contratados, se deberán cuantificar y solicitar su autorización a la Ejecutora, revisar los precios unitarios propuestos por la Ejecutora. Deberán presentarse a la DECDI con una opinión de la supervisión para su validación, y ya aprobados procederán en estimaciones de extraordinarios.

9.-APERTURA Y CIERRE DE LAS OBRAS

9.1- Apertura de las obras.

La supervisión técnica - administrativa de las obras nombrará a su representante en las obras,

quien será un profesional: ingeniero civil con experiencia en este tipo de obras y título registrado

ante la Dirección General de Profesiones, quien fungirá como Jefe de Supervisión de la supervisión

técnica administrativa de obra.

Las dependencias ejecutoras nombrarán a su representante en las obras quien fungirá como

residente de obra.

Para el inicio de los servicios de supervisión en campo, las dependencias ejecutoras y la

Delegación Estatal de la CDI convocarán a la primera junta de las obras en el lugar de las obras, a

la que concurrirán el residente de las obras, el coordinador de supervisión, el superintendente de

obra, el jefe de supervisión y el o los representantes del comité de obras.

En dicha junta se hará la presentación de las partes, se expondrá el estado que guarda el proyecto,

la liberación del derecho de vía, las instalaciones que deberán ser protegidas o reubicadas, los

permisos necesarios para la ejecución de las obras, los convenios previos para la explotación de

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bancos, así como de todos aquellos operativos que se consideren de relevancia para la buena

organización de las obras, tales como ubicación de las oficinas de las partes involucradas y sus

campamentos.

En esta primera junta se pactará el lugar y fecha para la entrega a la contratista del trazo en campo

por parte de la residencia de obra, así como la fecha, el lugar y hora en la que la contratista

presentará su programa detallado para la ejecución de las obras el que por lo menos contendrá la

estrategia general de construcción, los avances físicos quincenales programados, los frentes de

trabajo y la maquinaria asignada a cada uno de ellos, los procedimientos de construcción y los

sistemas de control de calidad que adoptará, incluyendo las instalaciones, equipo y personal de

laboratorio y el organigrama, con nombres de los supuestos de dirección y responsables de los

frentes.

Esta presentación se hará en la segunda junta de obra, la que deberá tener lugar dentro de los 7

(siete) días de calendario siguiente a la fecha de iniciación de las obras; la supervisión técnica-

administrativa será responsable de convocarla.

9.2 Terminación de las obras

Para la terminación, recepción y liquidación de las obras, se procederá de acuerdo con los tres

pasos siguientes:

9.2.1 Estimación de Cierre.

Concluidos todos los trabajos contratados, la contratista dará aviso por escrito a la (s) dependencia

(s) ejecutora (s) de la terminación de obra y presentará su estimación de cierre a la Residencia de

obra con copia a la supervisión técnica administrativa de obra.

Esta estimación será verificada por la supervisión técnica - administrativa de las obras y dentro de

los plazos establecidos. La supervisión técnica - administrativa de las obras será responsable de

verificar que los anticipos hayan sido totalmente amortizados en esta estimación. Las diferencias

que no puedan ser conciliadas, junto con las cantidades de obra que excedan las previstas en el

proyecto y sus modificaciones autorizadas, o para las que no se dispongan de precios unitarios

aprobados, quedarán pendientes para su inclusión en el finiquito de las obras, debiendo quedar

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relacionada con el documento “Cantidades de obra no estimada” anotando la supervisión técnica -

administrativa de las obras claramente las razones para ello.

A partir de la fecha en que se reciba el aviso de terminación de las obras por parte de la contratista,

la supervisión técnica - administrativa de las obras deberá verificar que todos los trabajos

contratados hayan sido ejecutados, cerrando las hojas de control por concepto, y cancelando las

cantidades consideradas en el contrato que no fue necesario ejecutar, o que presentan una

reducción neta de las cantidades previstas. Si se detectan cantidades pendientes por ejecutar o

partes de los conceptos no ejecutados, dará aviso de inmediato a la contratista para que proceda

a su ejecución. La contratista en este caso deberá dar nuevo aviso de terminación de las obras

cuando las haya ejecutado, con la que se reiniciará el proceso de finiquito y recepción de las obras.

Una vez constatado la terminación de los trabajos pactados, las dependencias ejecutoras contarán

con un plazo de 15 (quince) días naturales para proceder a su recepción física, mediante el

levantamiento del acta correspondiente.

9.2.2 Entrega-Recepción de las obras.

A partir del momento en que la supervisión técnica - administrativa de las obras emita su dictamen

haciendo constar que las obras han sido terminadas, el que enviará a la contratista, a la DECDI, a

la DGPIB y a la Residencia de obra, dispondrá de 15 (quince) días naturales para preparar el acta

de Entrega-Recepción, de conformidad con el formato emitido por la CDI.

Previamente a la recepción de los trabajos, la supervisión técnica - administrativa de las obras

verificará que la contratista otorgue fianza, de compañía legalmente autorizada, equivalente al 10%

del importe total ejercido del contrato por doce meses contados a partir de la recepción de los

trabajos, a las dependencias ejecutoras para responder de los defectos que resultaren en los

mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido.

9.2.3. Finiquito de las obras

Recibidos físicamente los trabajos pactados, las partes deberán elaborar, dentro del plazo

estipulado, el finiquito de los trabajos.

A partir del documento “Cantidades de obra no estimadas”, la contratista enviará a la Residencia

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de obra y a la supervisión la documentación que apoye las adiciones necesarias al proyecto, los

estudios de precios unitarios faltantes o su punto de vista por escrito respecto a las cantidades de

obra que no han sido posible conciliar. La supervisión técnica - administrativa de las obras revisará

la documentación y emitirá su opinión por escrito y la entregará a la Residencia en el plazo fijado

en el contrato respectivo. Las dependencias ejecutoras la analizará y resolverá lo conducente. Con

apoyo en este dictamen la contratista y la supervisión técnica - administrativa de las obras

conciliarán el finiquito; la contratista elaborará la documentación correspondiente y la enviará a la

supervisión técnica - administrativa de las obras para su trámite, dentro de los plazos establecidos,

ésta verificará y la enviará a las dependencias ejecutoras para su aprobación y pago.

Dentro de este mismo periodo la supervisión técnica administrativa de obra hará el finiquito de los

servicios de supervisión como se marca en el contrato.

10.- CIERRE DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS DE SUPERVISIÓN.

10.1. Habiendo sido finiquitadas las obras por parte de las dependencias ejecutoras se darán por

terminados los servicios de supervisión en campo de las obras.

La supervisión técnica - administrativa de las obras dejará perfectamente clasificado e integrado el

expediente de la obra, con los planos y manuales debidamente actualizados. Sólo en el caso de

que hubiera existido demasiados cambios y por claridad, fuese imposible hacer las anotaciones en

los planos correspondientes, la supervisión solicitará al autor del proyecto la elaboración de un(os)

nuevo(s) plano(s) actualizado(s), proporcionando los datos para su actualización.

11.- CANALES DE COMUNICACIÓN

11.1.1 Bitácora de Obra

La supervisión técnica - administrativa de las obras deberá verificar que se encuentra actualizada

la bitácora de Obra, en la que se anotará las instrucciones a la contratista, los planeamientos y

solicitudes de la contratista, así como los hechos cuya relevancia hagan conveniente su registro

permanente. La bitácora será utilizada conforme a la Ley de Obras Publicas y Servicios

Relacionados con las Mismas y su reglamento y las reglas y lineamientos establecidos por las

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dependencias ejecutoras.

11.1.2 Bitácora de Servicios.

La supervisión técnica - administrativa de las obras será responsable de resguardar y mantener

actualizada la bitácora de servicios, en la que se anotará las instrucciones, planeamientos,

solicitudes de las dependencias ejecutoras y de la CDI a la supervisión técnica - administrativa de

las obras y los incidentes más relevantes para el desarrollo de estos; durante la ejecución de la

obra la pondrá a disposición de los servidores públicos acreditados para ello y al finiquito de dichos

trabajos deberá entregar el original de dicha bitácora a la DECDI, conservando copia de la misma.

11.2 Juntas de Obra.

La supervisión técnica - administrativa de las obras será responsable de organizar y convocar a

nombre de la CDI y de las dependencias ejecutoras la celebración de las juntas de obra que se

realicen bajo calendario fijo, así como de las juntas extraordinarias que solicite alguno de los

participantes, las que podrán celebrarse en la propia oficina de la supervisión técnica -

administrativa de las obras, o en las oficinas de las dependencias ejecutoras, proporcionando la

propia supervisión técnica-administrativa apoyo de secretariado técnico. Participarán en ellas

exclusivamente los representantes de la contratista, de la supervisión técnica - administrativa de

las obras y de las dependencias ejecutoras y de la CDI.

Dentro de las labores del secretariado técnico, se destacan la elaboración de las minutas y el

seguimiento de acuerdos; la supervisión técnica - administrativa de las obras será responsable de

obtener las firmas de las partes en las minutas y conservarlas en su archivo correspondiente.

11.3 Documentación

La supervisión técnica - administrativa de las obras será responsable de integrar y mantener actualizado el “Expediente de obra del PIBAI” de las obras; que deberá ser la documentación, inherente a la ejecución de las obras y además de los actos previos y derivados del contrato de obra pública y/o servicios relacionados con las mismas de manera impresa y en archivos electrónicos que entregará a la DECDI. De tal manera que permitan una visión clara, transparente, completa y confiable de todo el proceso de ejecución de las obras ya que la supervisión conjuntamente con la CDI será la responsable de futuras aclaraciones con los órganos de control que revisen las obras.

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BASES

En términos enunciativos pero no limitativos, deberá entregar copia de los siguientes documentos:

1. Contrato de obra.2. Licencias y permisos.3. Convenios adicionales y modificatorios, etc.4. Solicitud de prórroga y su respectiva autorización.5. Bitácoras de Obra.6. Programa contratado de obra (fechas de inicio y terminación).7. Reprogramación de obra (fechas de inicio y terminación Reales).8. Minutas de juntas de trabajo.9. Lista de detalles faltantes por ejecutar.10. Dictámenes de los precios unitarios por conceptos fuera de catálogo autorizados.11. Informe fotográfico del desarrollo de las obras.12. Presupuesto actualizado.13. Reportes de pruebas de control de calidad de materiales, instalaciones y equipo.14. Proyecto ejecutivo actualizado.15. Actas de Entrega-Recepción ( Contratista- Ejecutora y en su caso de la Ejecutora –

Organismo Operador)16. Estimaciones y concentrado de estimaciones.17. Memoria descriptiva.

11.4 Informes.

Control de avance físico real (con base a obra ejecutada)

La supervisión técnica - administrativa de las obras deberá verificar el cumplimiento de los

programas por parte de la contratista, para garantizar las fechas de entrega pactadas

contractualmente, comparando la producción real contra la programada, con la periodicidad de

revisión preestablecida o la que amerite la problemática de avance de las obras.

La supervisión técnica - administrativa de las obras reportará oportuna e invariablemente y de

acuerdo a su relevancia las desviaciones que se presenten como resultado de la comparación

mencionada anteriormente de forma directa a la DECDI informando las causas de retraso. Sí son

imputables a la Ejecutora por falta de recursos y/u omisión de actividades en el catálogo de

conceptos, o bien, son responsabilidad de terceros, señalando también el motivo de las mismas.

Cuando haya retrasos por causas imputables a la contratista, avisar oportunamente a la

Residencia de obra para aplicar las penalizaciones que procedan, de acuerdo a las cláusulas

establecidas para estos casos en el contrato respectivo.

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BASES

La supervisión técnica - administrativa de las obras elaborará y presentará oportunamente el

informe de acuerdo a la siguiente lista:

Datos generales de la obra

Avance físico programado Avance físico real Avance financiero programado Avance financiero real Fuerza de trabajo Materiales en obra Fotografías Problemática Comentarios Seguimiento de acuerdos Copias de pruebas de laboratorio Copias de notas de bitácora

Este informe deberá reportarlo a la DECDI en los formatos que se convengan debidamente

firmados, esto en presentación electrónica soportado en disco compacto, invariablemente durante

los primeros 10 (diez) días naturales de cada mes, entregándolos a la DECDI.

En el informe mensual la supervisión técnica - administrativa de las obras destacará las

desviaciones respecto a lo programado, emitiendo un juicio sobre sus posibles causas y medidas

correctivas. Propondrá las modificaciones y ajustes al proyecto que juzgue conveniente y los

ajustes programáticos necesarios para lograr el término de las obras en la fecha prevista, con la

calidad especificada y al costo presupuestado.

Al cierre de los servicios de supervisión, la supervisión técnica - administrativa de las obras

entregará un informe final a la DECDI que contendrá la descripción general de todos los trabajos

realizados, los resultados obtenidos y la documentación que se entrega.

12.- NORMAS APLICABLES

La supervisión técnica - administrativa de las obras deberá tomar en cuenta que los trabajos a

supervisar se llevarán a cabo atendiendo lo indicado por el proyecto y sus especificaciones

particulares y complementarias, de conformidad con las Normas Federales Vigentes aplicables.

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BASES

ANEXO 1

1.1 PLANTILLA DE PERSONAL BÁSICA DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA - ADMINISTRATIVA DE LAS OBRAS EN TODA LA ETAPA DE VERIFICACIÓN DE LAS OBRAS.

Para llevar a cabo los trabajos de referencia, la DECDI requiere de una plantilla básica de personal

profesional y técnico que deberá ser propuesta por la supervisión técnica - administrativa de las

obras de acuerdo a los Términos de Referencia, para lo cual presentará un organigrama indicando

el nombre y el puesto del personal que estará a cargo de la misma junto con las cartas compromiso

en original de dicho personal, manifestando su conformidad de participar exclusivamente en estas

obras. Por ningún motivo se permitirá sustitución de alguno de ellos sin previo consentimiento de la

Delegación Estatal de la CDI, y sí fuera el caso, se deberá demostrar que el nuevo personal

cumple con los mismos requisitos exigidos.

Este personal deberá integrarse de forma acorde a las actividades que se realicen de conformidad

al proceso de adjudicación y de ejecución de la obras, de manera tal que se elaboren y en su caso

se integre la documentación requerida así como se presenten los informes solicitados con

oportunidad.

Así también para la integración de la propuesta correspondiente, la supervisión técnica

administrativa de obra deberá considerar las residencias, medios de comunicación y los vehículos

adecuados y suficientes que se requieran para la realización de los trabajos, el equipo de

topografía y de laboratorio necesario y todo el equipo técnico necesario; computadoras,

impresoras, graficadores y la paquetería a utilizarse.

Perfil del personal técnico

Jefe de Supervisión

Deberá estar titulado y contar con perfil técnico con experiencia mínima 5 años en la supervisión de

obras similares, lo cual será indicado en su currículo vitae. Será el responsable directo ante la CDI,

Supervisor de Obra.

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BASES

Deberá estar titulado y contar con el perfil técnico y tener experiencia mínima demostrable de 3

años en la construcción y/o supervisión de obra civil de Infraestructura, el cual deberá permanecer

constantemente en las obras.

Brigadas de Topografía.

Deberá constar de un Ingeniero topógrafo con experiencia mínima de 5 años en levantamientos

topográficos; El personal adicional de la brigada estará dos cadeneros. así también y con el equipo

necesario para el tipo de trabajo por ejecutar.

Control de Calidad

Deberá constar de un Ingeniero supervisor de Control de Calidad de materiales de construcción y

el personal técnico, el cual debe proponer un programa de seguimiento de calidad, adecuado a

cada tipología de obra, con el fin de realizar con correcto planteamiento del control de calidad de

las obras.

Es importante aclarar, que será requisito indispensable que los licitantes anexen en su propuesta

técnica, toda la curricular del personal propuesto junto con las cartas compromiso de dicho

personal, donde se comprometan a trabajar única y exclusivamente en la realización de este

servicio. La omisión de estos documentos será motivo suficiente de descalificación.

La supervisión técnica - administrativa de las obras destinara vehículos suficientes y adecuados

para los trabajos traslados para la verificación y control de calidad, así como equipo de laboratorio

fijo y móvil, equipo de computo, impresora, estación total Estación Total Modelo reciente con

precisión angular de cinco segundos y lineal de ±3 mm y aditamentos para cada una de las

actividades a realizar.

1.2 CONTROL DE CALIDAD DE OBRA (MATERIALES Y PROCEDIMIENTOS CONSTRUCTIVOS, SOPORTADOS CON PRUEBAS DE LABORATORIO)

La supervisión técnica administrativa de obra tendrá la obligación de realizar el 20% de las pruebas que realiza la contratista de acuerdo a las normas aplicables para cada dependencia

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BASES

normativa (SCT <N.CAL.1.01/00> y CNA <NOM de CNA>), estas pruebas podrán ser realizadas por un laboratorio propio o rentado.

Se deberá Implementar un programa de verificación, indicando pruebas y ensayes a utilizar, la frecuencia del maestreo y ensaye de los materiales, inspección de bancos, así como de las pruebas funcionamiento de equipos y sistemas.

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