manejo legal de contratistas frente al sistema de riesgos profesionales
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MANEJO LEGAL DE CONTRATISTAS
FRENTE AL SISTEMA DE RIESGOS
PROFESIONALES
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Qu es la seguridad social?
Sistema de proteccin que busca precaver las
consecuencias de algunos riesgos que el Estado
ha identificado como amparables
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ORGANIZACIN DEL SISTEMA
S.G.S.S.I
Sistema General
en Pensiones
Sistema General
de Riesgos
Profesionales
Sistema General
en Salud
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II. Sistema Riesgos Profesionales
Caractersticas (Art.4 D. 1295/94):
Dirigido, orientado, controlado y vigilado
por el Estado.
Todos los empleadores deben afiliarse.
Cobertura inicia desde el da calendario
siguiente al de la afiliacin.
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Afiliacin obligatoria dependientes -
voluntaria para independientes.
Cotizacin a cargo del empleador.
No afiliacin: Sanciones legales y
pago de las prestaciones previstas.
Cubre los riesgos con relacin laboral
causal: ATEP.
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ACTORES
ESTADO ARP EMPLEADOR EMPLEADO
Director,
Orientador,
Controlador y
Vigilante.
Art. 4 D. 1295/94
Prestaciones:
-Asistenciales.
-Econmicas.
Principal.
Responsable de
prevencin de
riesgos. Art. 56 D.
1295/94
Protegido,
Obligacin Auto -
cuidado , Participe
en prevencin
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Prevencin de los R.P. Art.56 D.1295/94
Obligacin de la afiliacin
Cumplimiento disposiciones de saludocupacional
Identificacin riesgos en la empresa:Panorama de Riesgos
Elementos de proteccin personal
Ambientes de trabajo sanos y seguros
Transmisin de la informacin al empleado
OBLIGACIONES FRENTE AL
SISTEMA
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III. TERCERIZACIN EN MATERIA LABORAL
FORMAS DE CONTRATACIN
Contrato
Laboral
Cooperativas de Trabajo Asociado
Empresas de Servicios
Especializados
Contratistas Independientes
Empresas de Servicios
Temporales
Contrato Sindical
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CONTRATO LABORAL
El Contrato de Trabajo es un acuerdo en virtud
del cual una persona natural se obliga a prestar
un servicio personal a otra (natural o jurdica)
bajo continuada subordinacin, cumpliendo
ordenes e instrucciones y recibiendo por su labor
una remuneracin.
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Contrato realidad CSJ.
Prestacin personal de un servicio
Subordinacin jurdica
Remuneracin
CONTRATO LABORAL
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CONTRATISTAS INDEPENDIENTES
Los contratistas independientes son personas
naturales o jurdicas, que mediante contratos
de carcter civil, comercial o administrativo,
distintos al laboral, adquieren la obligacin de
ejecutar obras o de prestar sus servicios en
beneficio de terceros, asumiendo todos los
riesgos y actuando con libertad y autonoma
tcnica y administrativa.
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CONTRATISTAS INDEPENDIENTES
El beneficiario de la obra ser responsable
solidariamente por salarios, prestaciones e
indemnizaciones frente a los dependientes del
contratista.
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Cundo? cuando el objeto del contrato que se
celebre entre la empresa y el contratista est dentro
de las actividades normales de la empresa o negocio.
Si el objeto social del contratista es diferente del que
ejecuta la empresa que lo contrata, no existir solidaridad.
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RECOMENDACIONES CONTRATACIN
Contratos claros.
Autonoma tcnica y administrativa.
Plizas de cumplimiento.
Verificacin de afiliacin a la seguridad social y seguimiento.
Pactos de auditoria.
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AFILIACIN DE INDEPENDIENTES
AL SGRP
-La afiliacin de los Independientes
a los Sistemas de Salud y Pensiones es
obligatoria.
-La afiliacin al SGRP es voluntaria (Debe
constar por escrito en el contrato o en el
Formulario de Afiliacin si el contrato es
verbal).
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La afiliacin de los trabajadores independientes
al SGRP se har a travs de dos formas:
-A travs de la ARP del contratante, en las
mismas condiciones y trminos establecidos en
el Decreto 1295 de 1994.
-A travs de una vinculacin colectiva con una
Agremiacin o Asociacin autorizada por el
Ministerio de la Proteccin Social.
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Agremiacin: Persona jurdica de derecho privado sin nimo de lucro, que agrupa personas naturales con la misma profesin u oficio o que desarrollan una misma actividad econmica, siempre que estos tengan la calidad de trabajadores independientes.
Asociacin: Persona jurdica de derecho privado sin nimo de lucro, que agrupa de manera voluntaria a personas naturales con una finalidad comn, siempre que estas tengan la calidad de trabajadores independientes. No se requiere similitud de actividad u oficio.
AFILIACIN COLECTIVA DE INDEPENDIENTES
AL SGRP
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EL CONTRATANTE: Deber incluir al trabajador independientedentro de su programa de salud ocupacional y permitir laparticipacin de este en las actividades del comit paritario de saludocupacional.
LA ARP: Debe implementar y desarrollar a favor de los trabajadoresindependientes, todas las actividades establecidas en el Decreto-ley1295 de 1994 vinculndolo a las actividades desarrolladas en laempresa del contratante.
En cualquier caso, para la realizacin de actividades
de prevencin, promocin y salud ocupacional en
general, el trabajador independiente se asimila al
trabajador dependiente.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
Y LA ARP