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No5 5 0-2014- DGPA-VMPCIC/MC Lima, 12OI e 2014 VISTO, el Informe N' 0429-2014-DCIA-DGPAlMC de fecha 09 de octubre de 2014, de la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N' 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2013-MC de fecha 20 de junio de 2013, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, documento de gestión que permite al Ministerio de Cultura ejecutar sus areas programaticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado, como son: el Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial, la creación cultural contemporánea y artes vivas, la gestión cultural e industrias culturales y la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, el articulo 58 del ROF del Ministerio de Cultura, señala que la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble es la unidad organica que tiene a su cargo la ejecución de los aspectos técnicos y normativos de la gestión, conservación y protección del Patrimonio Arqueológico en el pais y de la formulación y propuesta de politicas, planes, programas, proyectos, estrategias y normas, asi como la ejecución y promoción de acciones de registro, investigación, conservación, presentación, puesta en valor y uso social, así como difusión del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC se aprobó el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, precisándose en su articulo 10 que el Ministerio de Cultura en el ejercicio de sus competencias de protección y conservación de los bienes materiales con valor arqueológico integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, es el único ente encargado de regular la condición de intangible de dichos bienes, y de autorizar toda intervención arqueológica a través de lo normado en el mencionado Reglamento; Que, en su articulo 3 0 se determina que las disposiciones contenidas en el citado reglamento son de observancia obligatoria para todas las intervenciones arqueológicas, tanto públicas como privadas, ejecutadas en todo el territorio nacional, incluso aquellas que estuvieran a cargo de las unidades operativas del Ministerio de Cultura; Que, el Articulo 154.- Empleo de formularios, de la Ley de Procedimiento Administrativo General- Ley N' 27444, señala que: "154.1 Las entidades disponen el empleo de formularios de libre reproducción y distribución gratufta, mediante los cuales los administrados, o algún servidor a su pedido, completando datos o marcando affernativas planteadas proporcionan la información usual que se estima suficiente, sin necesidad de otro documento de presentación. Particularmente se emplea cuando los administrados deban 1 de 3

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No5 5 0-2014- DGPA-VMPCIC/MC

Lima, 1 2 O I e 2014VISTO, el Informe N' 0429-2014-DCIA-DGPAlMC de fecha 09 de octubre de 2014, de la

Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N' 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del PoderEjecutivo, con personeria juridica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal delEstado;

Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2013-MC de fecha 20 de junio de 2013, seaprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, documento degestión que permite al Ministerio de Cultura ejecutar sus areas programaticas de acción sobre lascuales ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas delEstado, como son: el Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial, la creación culturalcontemporánea y artes vivas, la gestión cultural e industrias culturales y la pluralidad étnica y culturalde la Nación;

Que, el articulo 58 del ROF del Ministerio de Cultura, señala que la Dirección General dePatrimonio Arqueológico Inmueble es la unidad organica que tiene a su cargo la ejecución de losaspectos técnicos y normativos de la gestión, conservación y protección del Patrimonio Arqueológicoen el pais y de la formulación y propuesta de politicas, planes, programas, proyectos, estrategias ynormas, asi como la ejecución y promoción de acciones de registro, investigación, conservación,presentación, puesta en valor y uso social, así como difusión del patrimonio arqueológico inmueble;

Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC se aprobó el Reglamento deIntervenciones Arqueológicas, precisándose en su articulo 10 que el Ministerio de Cultura en elejercicio de sus competencias de protección y conservación de los bienes materiales con valorarqueológico integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, es el único ente encargado de regularla condición de intangible de dichos bienes, y de autorizar toda intervención arqueológica a través delo normado en el mencionado Reglamento;

Que, en su articulo 30 se determina que las disposiciones contenidas en el citadoreglamento son de observancia obligatoria para todas las intervenciones arqueológicas, tantopúblicas como privadas, ejecutadas en todo el territorio nacional, incluso aquellas que estuvieran acargo de las unidades operativas del Ministerio de Cultura;

Que, el Articulo 154.- Empleo de formularios, de la Ley de Procedimiento AdministrativoGeneral- Ley N' 27444, señala que:"154.1 Las entidades disponen el empleo de formularios de libre reproducción y distribución gratufta,mediante los cuales los administrados, o algún servidor a su pedido, completando datos o marcandoaffernativas planteadas proporcionan la información usual que se estima suficiente, sin necesidad deotro documento de presentación. Particularmente se emplea cuando los administrados deban

1 de 3

suministrar información para cumplir exigencias legales y en los procedimientos de aprobaciónautomática.154.2 También son utilizados cuando las autoridades deben resolver una serie numerosa deexpedientes homogéneos, asi como para las actuaciones y resoluciones";

Que, a través del Memorando N" 901.2014.DSFL.DGPAfMC de fecha 12 de septiembre de2014, la Dirección de Catastro y Saneamiento Fisico Legal remite sus aportes y sugerencias aconsignar en la "Guia para la elaboración de Expediente Técnico (Ficha Técnica, MemoriaDescriptiva y Plano) y de Declaratoria (Ficha Técnica para Declaratoria como Patrimonio Cultural dela Nación, Ficha Oficial de Inventario de Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, y Ficha deRegistro Fotográfico)";

Que, a través del Informe N" 0429.2014.DCIA.DGPAfMC de fecha 09 de octubre de 2014,la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas remite a la Dirección General dePatrimonio Arqueológico Inmueble la denominada "Guia para la elaboración de Expediente Técnico(Ficha Técnica, Memoria Descriptiva y Plano) y de Declaratoria (Ficha Técnica para Declaratoriacomo Patrimonio Cultural de la Nación, Ficha Oficial de Inventario de Monumentos ArqueológicosPrehispánicos, y Ficha de Registro Fotográfico)", y recomienda elevar la misma a la Oficina Generalde Tecnologías de la Información y Comunicaciones, a fin de que realice la publicacióncorrespondiente en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura;

Que, mediante Informe Legal N' 215.2014.KOG.DGPA.VMPCIC/MC presentado con fecha11 de diciembre de 2014, la Asesoria Legal de la Dirección General de Patrimonio ArqueológicoInmueble emite las precisiones correspondientes para que se cumpla con los aspectos formalesprevistos en las disposiciones legales vigentes;

Estando a lo visado por la Directora (e) de Calificación de Intervenciones Arqueológicas, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N' 27444 - Ley del ProcedimientoAdministrativo General; Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N"29565 - Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N" 001.2010.MC, queaprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005.2013.MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y elDecreto Supremo N" 003.2014.MC que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas;

SE RESUELVE:

Articulo 1'." APROBAR la "Guia para la elaboración de Expediente Técnico (FíchaTécnica, Memoria Descriptiva y Plano) y de Declaratoria (Ficha Técnica para Declaratoria comoPatrimonio Cultural de la Nación, Ficha Oficial de Inventario de Monumentos ArqueológicosPrehispánicos, y Ficha de Registro Fotográfico)", la misma que en documento anexo forma parteintegrante de la presente Resolución.

2

Artículo 2°,_ RECOMENDAR a la Oficina General de Tecnologías de la Información yComunicaciones publique la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Minísteriode Cultura.

REGíSTRESE Y COMUNíQUESE.

Ministerio de CulturaO<~G-""'~~ ..

3 de 3

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GUíA PARA LA ELABORACiÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS (FICHA TÉCNICA,MEMORIA DESCRIPTIVA Y PLANO)

Indicaciones generales

1. La propuesta de expediente técnico de delimitación está conformada por: la fichatécnica. la memoria descriptiva. el plano y la ficha técnica del Hito Geodésico delInstituto Geográfico Nacional utilizado para levantamiento topográfico y ladelimitación perimétrica. Deberá presentarse en formato Word y el plano en.Autocad. La propuesta de expediente de declaratoria de bienes inmueblesarqueológicos prehispánicos está conformada por: la ficha oficial de inventario, laficha técnica de declaratoria y la ficha de registro fotográfico. Todos estosdocumentos deben presentarse en formato Word.

2. Toda propuesta de expediente técnico de delimitación (ficha técnica, memoriadescriptiva, y plano) debe estar firmada por un licenciado en arqueologia,consignando el número de R.N.A. (Registro Nacional de Arqueólogos), de acuerdoa lo dispuesto en la Resolución Directoral Nacional N° 443/1NC de fecha 4 de abrilde 2007 y por un Ingeniero Civil, Geógrafo, Agrónomo y/o Arquitecto Colegiado,consignándose su respectivo número de colegiatura. Este es un requisitoindispensable para la inscripción en SUNARP.

3. La propuesta de expediente técnico debe presentarse por duplicado y en el DATUMWGS84.

La georreferenciación de los bienes inmuebles arqueológicos prehispánicos debeestar enlazada a la Red Geodésica Nacional de acuerdo a lo señalado en laResolución Directoral Nacional N° 558/1 NC del 12 de abril de 2006, para lo cualdeberá usarse un GPS Diferencial de alta precisión.

Los expedientes técnicos deben ser presentados conforme a los formatosestablecidos por el Ministerio de Cultura, según la normativa vigente relacionada alcatastro nacional predial y arqueológico. Asimismo. las áreas arqueológicasintangibles deben delimitarse excluyendo los derechos de via, las fajas marginales,las vias de comunicación (caminos, carreteras, senderos, trochas carroza bies, etc.),accidentes naturales y cursos fluviales. Esto de acuerdo a lo establecido en elManual de Levantamiento de Catastro Rural aprobado por la Resolución 04-2014-SNCP/CNC.

,o o . Se evitarán las sectorizaciones innecesarias de un bien inmueble arqueológico

~'1~-C'~ prehispánico, principalmente en casos en los que existe continuidad fisica.

z VOB \¿\ Asimismo, tampoco se sectorizará los bienes inmuebles arqueológicos~ \ K. o." j~! prehispánicos que por características propias, elementos culturales y filiación

Ase.:::-t 'V cultural sean parte de uno solo. La sectorización de un bien ínmueble arqueológicoprehispánico es necesaria cuando no hay continuidad física o para excluir áreas de

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Ministerio de ¿iJliura """1)~'-)l' ,~'

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Viceministerio' I~II I I

de Patrimonio Cultural ' ,"11'1e IndUstrias Culturales _11,11 ¡f¥.:".¡(

dominio público (ríos, lagunas, vasos de almacenamiento, vias de comunicación,entre otros).

7. La clasificacíón de los bienes inmuebles arqueológicos prehispánicos estáestipulada en el Título 1, Articulos 6, 7" Y 8' del Reglamento de IntervencíonesArqueológicas (D.S. N' 003-2014-MC). La c1asificacíón debe coincídir en todos losdocumentos que conforman la propuesta de expediente técnico de delimitacíón(ficha técnica, memoria descriptíva, y plano), así como en la ficha de declaratoria einventario.

8. En el ítem referencías y/o antecedentes se consignará una síntesis de lasinvestigacíones históricas, arqueológicas, etnográficas y catastros del bien inmueblearqueológico prehispáníco materia de registro, así como resolucíones previas.

9, La filiacíón cultural y la filiacíón cronológica definidas para el bien inmueblearqueológico prehispánico deben ser las mismas tanto en la Ficha de Inventario,Ficha de Declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y la Fícha Técnica delExpediente Técnico de delimitación, La filiación cronológica puede ser adicíonada,en calidad de complemento, a la descripcíón de la filiacíón cultural de la ficha técnicade delimitacíón. Cuando no sea posible determinarla, se específicará que es"indeterminada" ,

investigador y/o responsable.

;0, El bien inmueble arqueológico prehispánico debe describirse con detalle,especíalmente sus componentes culturales y sectores, así como la filiación culturala partir de las evidencías, y el área del marco círcundante,~=",

r¡~~~~,:':~/'0\:;;t. '.~~}~~1. Los croquis son dibujos a mano alzada en campo o gabinete que presentan de"" "y' manera detallada la ubicación del bien inmueble arqueológico prehispánico,

~ indicándose el polígono de delimitacíón y el nombre, así como los elementosgeográficos (quebradas, rios, cerros, centro poblado cercano, vías de acceso entreotros), En el croquis se debe consignar una esquematizacíón de la ubicacíón de las

-""" estructuras. No deberá de presentarse el plano perimétrico presentado en el<>.\OD~~ d' t t' ,«,'":.~~.':.¡"!..-"~C' ~ ex pe len e eCnlco.

:;~"." ""\0;:.\'i.; , }<:::~~.En el ítem de conservación deberá incluirse una descripción general del estado de~ • ,,'~4;;!J conservacíón del bien inmueble arqueológico prehispánico según criterio del

~~ 13. Si bien un bien inmueble arqueológico prehíspánico que se encuentre sectorizado

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.!..q •• _" •. ~ \ se puede presentar en un solo expediente, para efectos de agilizar su calificación,'!!f VOB W,\\ K.Oba: '.riol se recomienda que cada sector tenga su propio expediente.

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Ministerio de Cultura .r • ,., Lo. "1"

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Vlcemlnisterio .de Patrimonio CultUTaI ,,',

Industria. qJlwraleS .:,' '.-,:10

FICHA TÉCNICA

1. NOMBRE DEL BIEN INMUEBLE ARQUEOLÓGICO PREHISPÁNICO:

2. CLASIFICACiÓN:

3. FILIACiÓN CULTURAL:

4. UBICACiÓN:

4.1 LOCALIZACiÓN:

4.2 UBICACiÓN POLÍTICA:

• Distrito:

• Provincia

• Departamento:

4.3 UBICACIÓN GEOGRÁFICA

• Datum: WGS 84

• Proyección: Universal Transversal de Mercator - UTM

• Sistema de Coordenadas UTM: Planas

• Zona: Cuadricula:

• Carta Nacional:

4.4 COORDENADA UTM DE REFERENCIA

• Este:

• Norte:

4.5 ALTITUD (en msnm)

ÁREA:

PERíMETRO:

N° DE PLANO:

ANTECEDENTES:

9. DESCRIPCiÓN:

AFECTACIONES:

OBSERVACIONES:

CROQUIS:

Elaborado por:Fecha:

,

Ministerio de Culturá" . ~

GUíA PARA EL LLENADO DE LA FICHA TÉCNICA

1. NOMBRE DEL BIEN INMUEBLE ARQUEOLÓGICO PREHISPÁNICOPara asignar el nombre al Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico debe tenerseen cuenta la denominación con la que es conocido loca[mente, o utilizar el empleadoen antecedentes históricos; de no contar con esta información se le asignará unadenominación de acuerdo a ia toponimia dei lugar, tomando en cuenta lasvariaciones fonéticas. En caso que el Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico yacuente con una denominación establecida en una resolución de declaratoria, seutilizará ei mismo nombre asignado, No es válido consignar códigos y/onumeraciones. El nombre del bien inmueble arqueológico prehispánico debe ser elmismo en toda la documentación.

2. CLASIFICACiÓNLa clasificación de los bienes inmuebles arqueológicos prehispánicos debenajustarse a [o estipulado en el Titulo 1, Articulos r, 8°, y 9° del Reglamento deIntervenciones Arqueológicas (D.S. W 003-2014-MC). La clasificación debecoincidir en todo la documentación de la propuesta: ficha de declaratoria einventario, expediente técnico (ficha técnica, memoria descriptiva, y plano) dedelimitación.

3. FILIACiÓN CULTURALLa filiación cultural y la filiación cronológica definidas para ei bien inmueblearqueológico prehispánico deben ser las mismas tanto en la Ficha de Inventario,Ficha de Declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y la Ficha Técnica delExpediente Técnico de delimitación. La filiación cronológica puede ser adicionada,en calidad de complemento, a la descripción de la filiación cultural de la ficha técnicade delimitación. Cuando no sea posible determinarla, se especificará que es"indeterminada" .

UBICACiÓN

4.1. LOCALIZACiÓNEs la ubicación espacial que permite identificar dónde está situado el BienInmueble Arqueológico Prehispánico como: ciudades, centros poblados,comunidad campesina, asentamiento humano, carreteras, accidentes yespacios geográficos, entre otros.

4.2. UBICACiÓN POLíTICA

Distrito: Se nombrará el o los distritos donde se ubique el bien inmueblearqueológico prehispánico.Provincia: Se nombrará el o las provincias donde se ubique el bien inmueblearqueológico prehispánico.Departamento: Se nombrará ei o los departamentos donde se ubique el bieninmueble arqueológico prehispánico.

4.3. UBICACiÓN GEOGRÁFICA

Datum: World Geodetic System Datum 1984, WGS84

. -.M~lsterlO 'de Cultura

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Los expedientes técnicos de delimitación arqueológica deben de elaborarseutilizando el Sistema Geodésico Datum Horizontal WGS 84'.

Proyección: Universal Transversal de Mercator (UTM)El Sistema de Proyección Cartográfica para la República del Perú es el Sistema"Universal Transversal de Mercator" (UTM)2.3.

Sistema de CoordenadasSe debe consignar: Planas.

Zona UTMSe debe consignar la Zona UTM correspondiente a la empleada en la proyeccióndel poligono de delimitación. Las zonas UTM que abarca la República del Perúson: 17, 18 Y 19. Si el poligono se superpone a dos zonas UTM contiguas, elplano deberá ser elaborado considerando la zona de mayor traslape.

CuadriculaSe debe consignar la Banda UTM correspondiente a la ubicación del polígono dedelimitación. Las Bandas que abarca la República del Perú son: K, L Y M.

Carta NacionalLa Carta Nacional mencionada en la Ficha Técnica, Memoria Descriptiva, fichade Declaratoria y Fichas de Inventario debe indicar el Código o Número de laHoja, Nombre y Escala respectiva.

4.4. COORDENADA UTM DE REFERENCIAEste:Norte:Se refiere al punto de mayor concentración de evidencia arqueológica. No sedebe ubicar fuera del polígono ni en un vértice del mismo. En caso que el bieninmueble arqueológico prehispánico se encuentre sectorizado debido a falta decontinuidad geográfica, se debe consignar las coordenadas UTM de referenciade cada sector.

4.5. ALTITUD (en msnm)Se presentará una altitud referencial que se encuentre dentro del polígono dedelimitación y que corresponda a las coordenadas UTM de referencia.En caso que el bien inmueble arqueológico prehispánico se encuentresectorizado, se debe consignar la altitud de cada sector.

ÁREASe debe consignar la medida del área en metros cuadrados y hectáreas (en metroscuadrados con dos decimales y en hectáreas con cuatro decimales sinaproximaciones o redondeos). Esta medida debe coincidir en todos los documentosfísicos y digitales que comprenden el expediente técnico (ficha técnica, memoriadescriptiva, y plano) de delimitación, ficha de declaratoria e inventario, así como laobtenida de la reconstrucción del poligono de delimitación a partir de las

I Articulo 2" de la Resolución Viceministerial W 003-2013-VMPCIC-MC de fecha 16.01.2013., Según la Resolución Jefatural W 089.2011-IGN/JEF/OGA, establecido en la Ley W27292, Ley del InstitutoGeográfico Nacional-IGN, en su reglamento con Decreto Supremo W 005-DE/EG y el Decreto Supremo W 034-2008-PCM, visto la Norma Técnica "Especificaciones Técnicas Para la Producción de Cartográfica Básica del Año 2005",determina que para la República del Perú el "Sistema de Coordenadas es la Plana" y "El Sistema de ProyecciónCartográfica es el Sistema Universal Transversa de Mercator (UTM)"3 Ley 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial, del 21.julio.2004.

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coordenadas consignadas en el Cuadro de Datos Técnicos, En caso que el bieninmueble arqueológico prehispánico se encuentre sectorizado, se debe consignar elárea de cada sector.

6. PERíMETROSe debe consignar la medida del perímetro (en metros, usando dos decimales y enkilómetros con cuatro decimales), Esta medida debe coincidir en todos losdocumentos físicos y digitales que comprenden el expediente técnico de delimitación(ficha técnica, memoria descriptiva, y plano), fícha de declaratoria e inventario, asícomo el obtenido de la reconstrucción del polígono de delimitación a partir de lascoordenadas consignadas en el Cuadro de Datos Técnicos.En caso que el bien inmueble arqueológico prehispánico se encuentre sectorizado,se debe consignar el perimetro de cada sector.

7. NODE PLANODebe consignar la codificación empleada para el plano de delimitación y debecoincidir con todos los documentos físicos y digitales que comprenden el expedientetécnico (ficha técnica, memoria descriptiva, y plano) de delimitación, ficha dedeclaratoria e inventario,En caso que el bien inmueble arqueológico prehispánico se encuentre sectorizado,se debe consignar todos los sectores que lo conformen en el mismo plano.

DESCRIPCiÓNDescripción detallada del bien inmueble arqueológico prehispánico y suscomponentes culturales, así como la descripción de cada uno de sus sectores yelárea del marco circundante.

ANTECEDENTESSe debe consignar una síntesis de las investigaciones históricas, arqueológicas,etnográficas, catastros, entre otros, del Bien Inmueble Arqueológico Prehispánicomateria de registro, así como resoluciones anteriores en caso las tuviera,

10. AFECTACIONESSe debe indicar todas las afectaciones antrópicas, de origen animal y naturales queafecten Al Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico,

/(j-o,;:;"..,6.:':',,--. °,:11. OBSERVACIONES{/dl('"V.,. \~\ Anotaciones destacables y adicionales sobre el Bien Inmueble Arqueológico.-, f.':7<=\~ K,O' "'.1-:0 Prehispánico.".? (> ~~'.J:;,

' •..A~~o' '-, _j~!

.• . 12. CROQUISEl croquis debe presentar de manera detallada la ubícación del Bien InmuebleArqueológico Prehispáníco, indicándose el polígono de delimitación y nombre, asícomo los elementos geográficos (quebradas, ríos, cerros, centro poblado cercano,vías de acceso entre otros), En el croquis se debe consignar una esquematizaciónde la ubicación de las estructuras o su concentración,

, .

Ministerio de Cu~ura. .. . ~ .-

MEMORIA DESCRIPTIVA

1. NOMBRE DEL BIEN INMUEBLE ARQUEOLÓGICO PREHISPÁNICO:

2. CLASIFICACiÓN:

3. UBICACiÓN:

3.1 LOCALIZACiÓN:

3.2 UBICACiÓN POLíTICA:• Distrito:• Provincia:• Departamento:

3.3 UBICACiÓN GEOGRÁFICA:• Datum:• Proyección: UTM• Zona: Cuadricula:• Carta Nacional:

3.4 COORDENADA UTM DE REFERENCIA:• Este:• Norte:

3.5 ALTITUD (en msnml:

3.6 GEORREFERENCIACIÓN:• Tipo de Medición:• Marca y Modelo del Equipo Geodésico empleado para el

levantamiento:• Punto Base IGN:• Ficha Técnica del punto de Control Geodésico del IGN de fecha:

4. ÁREA:5. PERíMETRO:6. ACCESO:7. COLlNDANCIAS:

• Norte:• Sur:• Este:• Oeste:

8. CUADRO DE DATOS TÉCNICOS (DE ACUERDO AL PLANO REFERENCIALN°: A ESCALA: l.

Elaborado por:Fecha:

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GUíA PARA EL LLENADO DE LA MEMORIA DESCRIPTIVA

1. NOMBRE DEL BIEN INMUEBLE ARQUEOLÓGICO PREHISPÁNICOPara asignar el nombre al Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico debe tenerseen cuenta la denominación con la que es conocido localmente, o utilizar el empleadoen antecedentes históricos; de no contar con esta información se le asignará unadenominación de acuerdo a la toponimia del lugar, tomando en cuenta lasvariaciones fonéticas. En caso que el Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico yacuente con una denominación establecida en una resolución de declaratoria, seutilizará el mismo nombre asignado. No es válido consignar códigos y/onumeraciones. El nombre del bien inmueble arqueológico prehispánico debe ser elmismo en toda la documentación.

2. CLASIFICACiÓNLa clasificación de los bienes inmuebles arqueológicos prehispánicos debenajustarse a lo estipulado en el Titulo 1, Articulos r. 8'. y 9' del Reglamento deIntervenciones Arqueológicas (D.S. N' 003-2014-MC). La clasificación debecoincidir en todo la documentación de la propuesta: ficha de declaratoria einventario, expediente técnico (ficha técnica, memoria descriptiva, y plano) dedelimitación.

UBICACiÓN

3.1. LOCALIZACiÓNEs la ubicación espacial que permite identificar dónde está situado el BienInmueble Arqueológico Prehispánico como: ciudades, centros poblados,comunidad campesina, asentamiento humano. carreteras, accidentes yespacios geográficos, entre otros.

3.2.

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MesorL IY',-.. -

UBICACiÓN POLíTICADistrito: Se nombrará el o los distritos donde se ubique el bien inmueblearqueológico prehispánico.Provincia: Se nombrará el o las provincias donde se ubique el bien inmueblearqueológico prehispánico.Departamento: Se nombrará el o los departamentos donde se ubique el bieninmueble arqueológico prehispánico.

UBICACiÓN GEOGRÁFICADatum: World Geodetic System Datum 1984, WGS84Los expedientes técnicos de delimitación arqueológica deben de elaborarseutilizando el Sistema Geodésico Datum Horizontal WGS 84'.

Proyección: Universal Transversal de Mercator (UTM):El Sistema de Proyección Cartográfica para la República del Perú es elSistema "Universal Transversal de Mercator" (UTM)s.6.

4 Articulo 2' de la Resolución Viceministerial N" 003.2013-VMPCIC-MC de fecha 16.01.2013.s Según la Resolución Jefatural W 089-2011-IGN/JEF/OGA, establecido en la Ley W27292, Ley del InstitutoGeogr¡ifico Nacional-IGN, en su reglamento con Decreto Supremo W OOS-DE/EG y el Decreto Supremo W 034-2008.PCM, visto la Norma Técnica "Especificaciones Técnicas Para la Producción de Cartogr¡ifica Básica del Año 2005",determina que para la Republica del Perú el "Sistema de Coordenadas es la Plana" y "El Sistema de ProyecciónCartográfica es el Sistema Universal Transversa de Mercator (UTM)"6 Ley 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial, del 21 de julio de 2004.

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Ministerio de Cultura .'.' ' .. ,

Zona UTMSe debe consignar la Zona UTM correspondiente a la empleada en laproyección del polígono de delimitación. Las zonas UTM que abarca laRepública del Perú son: 17, 18 Y 19. Si el polígono se superpone a dos zonasUTM contiguas, el plano deberá ser elaborado considerando la zona de mayortraslape.

CuadriculaSe debe consignar la Banda UTM correspondiente a la ubicación del polígonode delimitación. Las Bandas que abarca la República del Perú son: K, L Y M.

Carta NacionalLa Carta Nacional mencionada en la Ficha Técnica, Memoria Descriptiva,ficha de Declaratoria y Fichas de Inventario debe indicar el Código o Númerode la Hoja, Nombre y Escala respectiva.

GEORREFERENCIACIÓNTipo de mediciónSe consideran: Estática, Estática Rápida, Stop and Go y RTK

ALTITUD (en msnm)Se presentará una altitud referencial que se encuentre dentro del polígonode delimitación y que corresponda a las coordenadas UTM de referencia.En caso que el bien inmueble arqueológico prehispánico se encuentresectorizado, se debe consignar la altitud de cada sector.

3.4. COORDENADA UTM DE REFERENCIAEste:Norte:Se refiere al punto de mayor concentración de evidencia arqueológica. No sedebe ubicar fuera del polígono ni en un vértice del mismo. En caso que elbien inmueble arqueológico prehispánico se encuentre sectorizado debido afalta de continuidad geográfica, se debe consignar las coordenadas UTM dereferencia de cada sector.

• Marca y modelo del equipo geodésico empleado para el levantamiento:Marca y modelo del equipo de alta precisión (GPS Diferencial) con el que serealizó la georreferenciación del polígono de delimitación del Bien InmuebleArqueológico Prehispánico, tomando en cuenta las disposiciones del SistemaNacional Integrado de Información Catastro Predial.

• Punto Base IGNPara el proceso de georreferenciación del polígono de delimitación del BienInmueble Arqueológico Prehispánico, las mediciones deben estar enlazadas ala Red Geodésica Nacional, tomando en cuenta las disposiciones del SistemaNacional Integrado de Información Catastro Predial. En este item, se colocaráel nombre del Punto de Control Geodésico del IGN que se utilizó.

• Ficha Técnica del Punto de Control Geodésico del IGN de fecha:Se coloca la fecha consignada en la Ficha del IGN. Se debe adjuntar copiade la ficha mencionada en el documento.

. . .Ministerio de Cultura

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de Patrimonio Culturale InduStnas Culturales ~, "

4. ÁREASe debe consignar [a medida del área en metros cuadrados y hectáreas (en metroscuadrados con dos decimales y en hectáreas con cuatro decimales sinaproximaciones o redondeos). Esta medida debe coincidir en todos los documentosfísicos y digitales que comprenden el expediente técnico (ficha técnica, memoriadescriptiva, y plano) de delimitación, ficha de declaratoria e inventario, así como laobtenida de la reconstrucción del polígono de delimitación a partir de lascoordenadas consignadas en el Cuadro de Datos Técnicos.

5. PERíMETROSe debe consígnar la medida del perimetro (en metros usando dos decimales yenkilómetros con cuatro decimales). Esta medida debe coincidir en todos [osdocumentos físicos y digitales que comprenden e[ expediente técnico (ficha técnica,memoría descriptiva y plano) de delimítación, ficha de declaratoria e inventario, asícomo el obtenido de [a reconstrucción del polígono de delimitación a partir de lascoordenadas consignadas en e[ Cuadro de Datos Técnicos.En caso que el Bien Inmueble Arqueológíco Prehispánico se encuentre sectorizado,se debe consignar el perímetro de cada sector.

6. ACCESOSe debe consignar una descripción detallada de cómo acceder desde un centropoblado o similar hasta el Bien Inmueble Arqueológico Prehíspánico, describiendoel tipo de via que se emplea.

7. COLlNDANCIAS• Norte:• Sur:• Este:• Oeste:

Deberá consignarse las colindancias inmediatas al polígono de delimitación (víasde transporte, ríos, quebradas lagos, lagunas, centros poblados, entre otros).

CUADRO DE DATOS TÉCNICOS (DE ACUERDO AL PLANO REFERENCIALN° )Se consigna e[ código del plano del expediente técnico, y la escala en la que fueelaborada. El cuadro de datos técnicos debe coincidir con el consignado en el plano.

Ministerio deCultura. ,. .-

Vicemlnlstefio ' .~.de Patrimonio Cultural .e Ind\lSl~~ Cultu!:3les,~,."" •.

FICHA TÉCNICA PARA DECLARATORIACOMO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN

1. TIPO DE PATRIMONIO:

2. CLASIFICACiÓN:

3. NOMBRE DEL BIEN INMUEBLE ARQUEOLÓGICO PREHISPÁNICO:

4. OTROS NOMBRES:

5. UBICACiÓN POLíTICA:

• Distrito:• Provincia:• Departamento y/o Región:

6. UTM Referencial: (WGS 84)

7. FILIACiÓN CRONOLÓGICA:

8. FILIACiÓN CULTURAL

9. FUNCiÓN:

10. REGISTRO EN CATASTROS ARQUEOLÓGICOS:

11. DESCRIPCiÓN:

12. MAPA O PLANO REFERENCIAL:

13. REGISTRO FOTOGRÁFICO:

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GUíA PARA EL LLENADO DE LA FICHA TÉCNICA PARA DECLARATORIA COMOPATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION

1. TIPO DE PATRIMONIOSe deberá indicar el tipo de patrimonio según el Articulo 6' del Reglamento deIntervenciones Arqueológicas (D.S. N' 003-2014-MC).

2. CLASIFICACiÓNLa clasificación de los Bienes Inmuebles Arqueológicos Prehispánicos debecontemplar lo estipulado en el Titulo 1, Articulos 7', 8', Y 9' del Reglamento deIntervenciones Arqueológicas (D.S. N' 003-2014-MC). La clasificacióncorrespondiente debe coincidir en todo la documentación que corresponde: fichade declaratoria e inventario, expediente técnico (ficha técnica, memoriadescriptiva y plano) de delimitación.

3. NOMBRE DEL BIEN INMUEBLE ARQUEOLÓGICO PREHISPÁNICOPara asignar el nombre al Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico debetenerse en cuenta la denominación con la que es conocido localmente, o utilizarel empleado en antecedentes históricos; de no contar con esta información se leasignará una denominación de acuerdo a la toponimia del lugar, tomando encuenta las variaciones fonéticas. En caso que el Bien Inmueble ArqueológicoPrehispánico ya cuente con una denominación establecida en una resolución dedeclaratoria, se utilizará el mismo nombre asignado. No es válido consignarcódigos y/o numeraciones. El nombre del bien inmueble arqueológicoprehispánico debe ser el mismo en toda la documentación.

4. OTROS NOMBRESSe deberá colocar otros nombres con los cuales se conoce al Bien InmuebleArqueológico Prehispánico.

5. UBICACiÓN POLíTICADistrito: Se nombrará el o los distritos donde se ubique el bien inmueblearqueológico prehispánico.Provincia: Se nombrará el o las provincias donde se ubique el bien inmueblearqueológico prehispánico.Departamento: Se nombrará el o los departamentos donde se ubique el bieninmueble arqueológico prehispánico

UTM REFERENCIALSe refiere al punto de mayor concentración de evidencia arqueológica. No sedebe ubicar fuera del polígono ni en un vértice del mismo. En caso que el bieninmueble arqueológico prehispánico se encuentre sectorizado debido a falta decontinuidad geográfica, se debe consignar las coordenadas UTM de referenciade cada sector,

Esta información es asignada por criterio del investigador o arqueólogoresponsable, en base a las investigaciones en el bien inmueble arqueológicoprehispánico.

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M~nlsteriodeCultura. ". . .

7. FILIACiÓN CRONOLÓGICALa determina el arqueólogo que suscribe el expediente tomando en cuenta sucriterio técnico y científico, y de acuerdo a las evidencias arqueológicas quecomponen el Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico y las investigacionesarqueológicas realizadas en él.

8. FILIACiÓN CULTURALLa determina el arqueólogo que suscribe el expediente tomando en cuenta sucriterio técnico y científico, y de acuerdo a las evidencias arqueológicas quecomponen el Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico y las investigacionesarqueológicas realizadas en él.

9. FUNCiÓNLa determina el arqueólogo que suscribe el expediente tomando en cuenta sucriterio técnico y científico, de acuerdo a las evidencias arqueológicas y losantecedentes del Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico.

10. REGISTRO EN CATASTROS ARQUEOLÓGICOSSe consígna el código asignado en catastros anteriores y se indica a cuálcorresponde.

11. DESCRIPCiÓNSe describirá detalladamente El Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico,incluyendo los componentes culturales que lo comprenden, la filiación cultural enrelación a las evidencias, la descripción de cada uno de sus sectores y el áreadel marco circundante.

12. MAPA O PLANO REFERENCIALSe debe consignar la codificación empleada en mapa o plano de referencia operimétrico adjunto al documento.

13. REGISTRO FOTOGRÁFICOIndicar las numeraciones de las fotografías, de acuerdo a la ficha de regístrofotográfico que se adjuntan al documento, o bien repetir las fotos del monumento.

Ministerio de Cukura •

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'-'1 "'-" IViceminlsterlode Patrimonio Culturale Industrias Culturales ,

FICHA OFICIAL DE INVENTARIO DE BIENES INMUEBLES CON VALORARQUEOLOGICO PREHISPANICO

1.DATOS GENERALES

1.1 PROYECTO:

1.2OTROS:

N° FICHA: FECHA:

1.3BIEN INMUEBLE ARQUEOLÓGICO PREHISPÁNICO:N° de REGISTRO: .

1.4OTROS NOMBRES DEL BIEN INMUEBLE ARQUEOLÓGICO PREHISPÁNICO:..................................................................................

1.5 REFERENCIAS GENERALES: (CATASTROS, INVENTARIOS YIOINVESTIGACIONES)Titulo:Autor: Año: Tomo: .Página: .W ficha: Código: .

11.UBICACiÓN

11.1Ubicación Politica:

Departamento:

Provincia:

Distrito:

Anexo:

Centro Poblado:

Caserio:

Estancia:

Otro:

Dirección:

Ministerio de Cultura. 'r

1 l' ,>f.' " , ., 'l.Vlceminlsterio 1 I I ",1

de Patrimonio Cultural : r,' ~:I:e IndOstrias ~Ilurales "I;;I;:!lit'

11.2Ubicación Geográfica:

Zonas (Proy. UTM):

Carta Nacional:

Área aprox. (m2):

Perimetro aprox. (m):

Altitud (msnm):

Coordenadas (UTM):

Escala: Zona 17

Zona 18

Zona 19

Orientación:

Este (X):

Norte (Y):

Datum:

Valle Bajo:

Rio:

~~~ Cuenca:

~

0.. ~,,"M".,~ ~rp;;.:i[}.~¡}'.~'\\Cerro (cima):~~.~l~\Cerro (ladera):~YJ Abra:"""=:::::-- C añón :

Descripción:

Medio: Alto:

Margen Der.: Margen Izq.:

Desierto: Nevado:

Laguna: Pedregal:

Llanura: Quebrada:

Meseta: Otro:

Sur:Oeste:

Ministerio de Cultura'

111. ACCESOAsfaltado:

Afirmado:

Otros:

Proviene de:

Herradura: Férrea: Fluvial:

Trocha: Aérea: Lacustre:

Distancia aproximada:

IV. DESCRIPCiÓN

IV.1 Clasificación de Monumentos Arqueológicos Prehispánicos:

a. Sitios Arqueológicosb. Zonas Arqueológicas Monumentalesc. Paisaje Cultural

IV.2 Elemento Arqueológico Aislado:

IV.3 Monumentos Arqueológicos Prehispánicos Excepcionales:

a. Monumentos Arqueológicos Nacionales (MAN)b. Parques Arqueológicos Nacionales (PAN)c. Monumentos Arqueológicos del Patrimonio Mundial (MAPM)

IVA. Función:

IV. 5. Descripción:

IV.6 Material Constructivo:

Barro: Piedra: Otros (madera, caña, huesos, etc.):

IV.6.1 Elemento Constructivo:

Adobe hecho en molde: Tapial:

Piedra sin trabajar:

Adobe hecho a mano:

Otros:

Piedra Canteada: Piedra Labrada:

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~("k~f"'~,iIV.7Técnica Constructiva o Elaboración:

~~~,~ Descripción de la técnica:

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Ministerio de Cultura

. .Vlcemlni,lerJode Patrimonio Ollturale Industria, CUfturales

IV.S Material Cultural Asociado:

Cerámica: Lítico: Textil: Metal: Vegetal: Óseo Humano: Óseo Animal:

Otros:

Descripción:

IV.9 Filiación Cronológica:

Pre cerámico: Periodo Inicial: Horizonte Temprano: Intermedio Temprano:

Horizonte Medio: Intermedio Tardío: Horizonte Tardio:

Descripción:

V. ESTADO DE CONSERVACiÓN

V.1 Grado de Conservación:

Bueno: Regular: Malo:

Descripción:

Líneas de transmisión eléctrica: Obras Viales:

V.2 Identificación de Impactos Ambientales:

Gaseoductos, Poliductos, etc: Intervenciones no

Explotación minera:

Obras de Irrigación:

autorizadas:

Desechos sólidos, desmonte, basura moderna, etc:

Descripción:

~\'" Di:",«;." ., C'c'l "C:.~-\ltO~~v~\ KO .•. ce' I_._R_E_G_IS_T_R_O _~.. I Registrado por: Cargo:

N° R.N.A.: Fecha:

Ministerio de Cultura

VII. CROQUIS

Dibujarlos en hoja aparte y numerarlos de acuerdo a la ficha y el bien inmueblearqueológico prehispánico registrado.

1. De Localización:2. Del Monumento:3. Corte / Perfil (opcional) :

GUiA PARA EL LLENADO DE LA FICHA OFICIAL DE INVENTARIO DE BIENESINMUEBLES CON VALOR ARQUEOLOGICO PREHISPANICO

1. DATOS GENERALES

N° de Ficha: Se coloca el número correlativo de la ficha.Fecha: Se coloca la fecha de registro del bien inmueble arqueológico prehispánico.

1.1 Proyecto: Se coloca el nombre del Proyecto de Intervención Arqueológica através del cual el bien inmueble arqueológico prehispánico es inventariado.

1.2 Otros: En el caso de que el registro del bien inmueble arqueológico prehispánicose realice de manera particular, sin formar parte de un inventario especifico.

1.3 Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico: Para asignar el nombre a un bieninmueble arqueológico prehispánico debe considerarse la denominación con que esconocido localmente o su defecto el consignado en antecedentes históricos, de nocontar con esta información se le asigna una denominación de acuerdo a latoponimia del lugar, tomando en cuenta las variaciones fonéticas. En caso que elbien inmueble arqueológico prehispánico ya cuente con resolución de declaratoriase debe usar el mismo nombre asignado. No es válido consignar códigos y/onumeraciones. El nombre debe coincidir en toda la documentación. En N° deRegistro, se coloca el número correlativo del bien inmueble arqueológicoprehispánico inventariado.

1.4 Otros nombres del Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico: Indicar losotros nombres del Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico en caso los tuviera.

1.5 Referencias generales (catastros, inventarios y/o investigaciones): Seconsigna el código asignado en catastros anteriores y los antecedentes del mismo.

11. UBICACiÓN11.1 Ubicación PoliticaSe debe colocar el nombre del distrito, provincia y departamento donde se ubica elBien Inmueble Arqueológico Prehispánico Arqueológico y otras referencias que sepuedan determinar en campo.

- .Mlnlsteriode Cultura

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11.2Ubicación geográficaZona (17, 18 o 19): Se debe consignar la Zona UTM correspondiente a la empleadaen la proyección del poligono de delimitación. La República del Perú abarca las zonasUTM 17, 18 Y 19. Si el poligono se superpone a dos zonas UTM contiguas, la zonaseñalada será la de mayor traslape.

Coordenada: Se refiere al punto de mayor concentración de evidenciaarqueológica. No se debe ubicar fuera del poligono ni en uno de sus vértices.

En caso que el bien inmueble arqueológico prehispánico se encuentre sectorizado,se debe consignar las coordenadas UTM de referencia de cada sector.

Datum: Se debe indicar el sistema de referencia vigente WGS 84.

Altitud: Se presentara una altitud referencial que se encuentre dentro del poligonode delimitación y que corresponda a las coordenadas UTM de referencia.

En caso que el bien inmueble arqueológico prehispánico se encuentre sectorizado,se debe consignar la altitud de cada sector.

Orientación: Se definirá la orientación del eje mayor del Bien InmuebleArqueológico Prehispánico.

Asimismo, se trata de determinar geográficamente la ubicación del Bien InmuebleArqueológico Prehispánico, para ello se va de categorías territoriales amplias comocuenca, rio, valle en sus tres niveles, a las más especificas, tratando de determinarel carácter geográfico de su identificación.

Descripción: Es la ubicación espacial que permite identificar donde está situado elBien Inmueble Arqueológico Prehispánico: ciudades, centros poblados, comunidadcampesina, asentamiento humano, carreteras, accidentes y espacios geográficos,entre otros. Asimismo, se debe la asignar ubicación geográfica en relación a otrosbienes inmuebles arqueológicos aledaños.

Colindancia: Se indicará las colindancias inmediatas al Bien Inmueble ArqueológicoPrehispánico (vias de transporté, rios, quebradas lagos, lagunas, centros poblados,

\0 D¡:, comunidades campesinas, asentamientos humanos, entre otros).'<,q,.,,>" '~'"'' C'~.

~u~/?""'~\~~I.ACCESO:¡\. ¡;;/ Proviene de: Indicar cómo se llega al Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico.~ ;S/ Referir el centro poblado, caserio o anexo más cercano ubicado en la ruta de acceso

, y el tipo de via empleado.

Distancia aproximada: Se refiere a la distancia que existe entre el monumentoarqueológico y el último centro poblado desde donde accede al mismo. La distanciapuede registrarse en kilómetros o metros. En caso de no existir vias identificadas,se puede especificar el tiempo empleado en llegar, el medio de transporte utilizadoy la dirección (puntos cardinales) en que se encuentra.

IV. DESCRIPCiÓNPara describir un bien inmueble con valor arqueológico prehispánico, es necesarioestablecer su clasificación, la cual se adecuará a las estipulaciones en el Titulo 1,

."Ministerio de Cultura

Articulas 7, 8, Y 9 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (D.S. N" 003-2014-MC).

IV.1 Clasificación del Monumento Arqueológico Prehispánico

a. Sitio Arqueológicob. Zona Arqueológica Monumentalc. Paisaje Arqueológico

IV.2 Elemento Arqueológico Aislado:

IV.3 Monumentos Arqueológicos Prehispánicos Excepcionales:

a. Monumentos Arqueológicos Nacionales (MAN)b. Parques Arqueológicos Nacionales (PAN)c. Monumentos Arqueológicos del Patrimonio Mundial (MAPM)

IVA Función: Definido por criterio del investigador o arqueólogo responsable, enbase a las evidencias observadas en el bien inmueble arqueológico prehispánico.

IV.S Descripción: Se consignará una descripción detallada del bien inmueblearqueológico prehispánico, descripción de los componentes culturales que locomprenden, la filiación cultural en relación a las evidencias, descripción de cadauno de sus sectores y el área del marco Circundante.

IV.6 Material Constructivo: Se refiere exclusivamente a los diferentes tipos dematerial empleados en la construcción del bien inmueble arqueológico prehispánico.

Piedra sin trabajar.- Piedras sin trabajo alguno, por ejemplo cantos rodados.

Piedra canteada.- Piedras extraidas de una cantera sin mayores modificacionesposteriores.

Piedra labrada.- piedras que han sido labradas o modificadas para adecuarlasa necesidades constructivas.

Adobe hecho a mano.- masa de barro y paja de formas y tamaños variables.

Adobe hecho en molde.- masa de barro y paja en forma de ladrillo hecho enmolde mantiene tamaños regulares

Tapial.- masa de barro, paja y piedras que forman muros.

Otros.- Cualquier otro tipo de material constructivo no especificado en larelación.En caso se registre piedra canteada, piedra labrada y adobes, indicardimensiones y formas.

Descripción: Se describe el modo en que han sido empleados los materialesusados para las edificaciones arquitectónicas y tipos de arquitectura empleadosen el bien inmueble arqueológico prehispánico.

Ministerio de Cultura

IV.7 Técnica Constructiva o ElaboraciónDescripción de la Técnica: Se describe la técnica de construcción de los elementosarquitectónicos registrados, cimientos, tipo de aparejos empleados, argamasa,techados. pisos, acabados (revoques, decoración).

IV.8 Material Cultural AsociadoSe debe marcar con una o varias "x" los materiales observados en la superficie delbien inmueble arqueológico prehispánico.

Otros: Es para describir cualquier otro elemento cultural que no esté dentro de lalista que se consigna en este rubro.

Descripción: Se describe información resaltante referente a la presencia dematerial cultural en el bien inmueble arqueológico prehispánico como: contextos,asociaciones, estado de conservación, entre otros.

IV.9 Filiación CronológicaSe debe marcar las alternativas establecidas de acuerdo a la periodificación de JohnRowe, 1962. La filiación cronológica lo determina el investigador o arqueólogo quesuscribe el expediente basado en su criterio técnico y cientifico, de acuerdo a lasevidencias arqueológicas que componen el bien inmueble arqueológicoprehispánico y los antecedentes de investigaciones arqueológicas.

Descripción: Se describe información resaltante referente a la filiación cronológicay filiación cultural del bien inmueble arqueológico prehispánico.

V. ESTADO DE CONSERVACiÓNEsta información es asignada por criterio del investigador o arqueólogo responsable,en base a lo observado in situ de los componentes culturales del bien inmueblearqueológico prehispánico.

V.1 Descripción: Aquí se describe de forma general estado de conservación delbien inmueble arqueológico prehispánico, incidiendo en aspectos generales quedefinan el grado de conservación consignado (bueno, regular, malo).

V.2 Identificación de Impacto Ambiental: se debe considerar la afectacióncausada por:Explotación minera: Evidencias de afectación en el bien inmueble arqueológicoprehispánico, causadas por exploración o explotación minera.

Lineas de transmisión eléctrica: torres, postes, subestaciones, entre otros

Obras viales: caminos, carreteras, trochas, entre otros

Obras de irrigación: canales, acequias, entre otros.

Gaseoductos, Poliductos, entre otros: Evidencias de afectación en el bieninmueble arqueológico prehispánico, causadas por gaseoductos o poliductos, comopor ejemplo la excavación de zanjas, acciones de instalación de tuberías para eltransporte de gas, entre otros).

Intervenciones no autorizadas: cualquier intervención de afectación en el bieninmueble arqueológico prehispánico realizada por instituciones o entidades noautorizadas por el Me, por ejemplo la "limpieza" del bien inmueble arqueológicoprehispánico realizada por una Municipalidad, o la "reforestación" en una zonaarqueológica realizada por el programa "A trabajar rural", etc.

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Desechos sólidos, desmonte, basura moderna: Presencia de basura ydesperdicios de actividad humana moderna sobre los bienes inmueblesarqueológicos prehispánicos.

Otros: Se anota cualquier otro factor de deterioro externo que haya afectado el bieninmueble arqueológico prehispánico que no se encuentre consignado en la listapreviamente presentada.

Descripción: En este item se describe en mayor detalle la identificación de impactoambiental y datos relevantes que se quiere adicionar, posibles interpretaciones,observaciones. entre otros.

REGISTRO: Indicar los datos del que registra el bien inmueble arqueológicoprehispánico.

VII. CROQUIS:Dibujarlos en hoja aparte y numerarlos de acuerdo a la ficha y el bien inmueblearqueológico prehispánico registrado.1. De Localización:2. Del Monumento:3. Corte I Perfil: (opcional)

Ministerio de Cullura

FICHA DE REGISTRO FOTOGRÁFICO

1. UBICACiÓN

Nombre del Bien Inmueble Arqueológico Prehispánico:

Centro Poblado:

Distrito

Provincia:

Departamento:

Coordenadas:

2. DETALLES

Orientación:

Fecha:

Autor:

3. FOTOGRAFíA

DESCRIPCiÓN

.Ministerio de CUltura

. . .VJcemini.steriode Patrimonio CUlturale Industrias Culturales ...

GUíA PARA EL LLENADO DE LA FICHA DE REGISTRO FOTOGRÁFICO

1. UBICACiÓN

1.1. Nombre del Bien Arqueológico Inmueble Prehispánico: Indicar su nombre

1.2. Centro Poblado: El o los centros poblados donde se ubica el bien inmueble

arqueológico prehispánico.

1.3. Distrito: El o los distritos donde se ubica el bien inmueble arqueológico

prehispánico.

1.4. Provincia: La o las provincias donde se ubica el bien inmueble arqueológico

prehispánico.

1.5. Departamento: El o los departamentos donde se ubica el bien inmueble

arqueológico prehispánico.

1.6. Coordenadas: Las coordenadas del área que se está fotografiando.

DETALLES

2.1. Orientación: Orientación de la fotografía, vista de ... a...

2.2. Fecha: Fecha en que se tomó ia foto.

2.3. Autor: Autor de la fotografía.

o Dt~ FOTOGRAFíA~\ ~.l~l".,C'"• lO' ""':'\... 3.1. Numeración: Número correlativo de la fotografía.~ <-t~ 'l~ 3.2. Descripción: Descripción breve y concisa sobre qué es lo que se pretende

?, ~.~~

°'0 ilustrar con la(s) fotografía(s).