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129 Revista de Estudios Extremeños, 2015, Tomo LXXI, N.º Extraordinario I.S.S.N.: 0210-2854 La reclamación de los bienes comunales en La Serena durante la II República (1931-1936) y sus antecedentes históricos ANTONIO D. LÓPEZ RODRÍGUEZ Licenciado en Geografía e Historia [email protected] JOSÉ J. RODRÍGUEZ CARRASCO Profesor de Enseñanza Secundaria. I.E.S. Sierra La Calera (Santa Marta) [email protected] RESUMEN Desde hace muchos años existe en los pueblos serenenses el eco popular del despojo de unos bienes que pertenecieron a los municipios y de los cuales fueron privados a lo largo del siglo XIX y XX. El propósito básico de esta comunicación es el de analizar la reclama- ción de la reintegración de los bienes comunales, entendiendo por tales todos aquellos de carácter rústico y anterior titularidad municipal, que realizaron los pueblos de la comarca de La Serena (Partidos Judiciales de Castuera y Villanueva de La Serena) durante la Segunda República. PALABRAS CLAVES: Reclamación Bienes Comunales, La Serena, Catastro de Ense- nada, Desamortización Madoz, Catálogo de Montes, Reforma Agraria, Segun- da República Española. ABSTRACT For many years, there is in the popular serenense people the echo of one dispossession, the property which owned by municipalities and which were deprived during the XIX and XX century. The basic purpose of this paper is to analyze the claim of reintegration of the communal lands, defined as those rustic character and previous municipal ownership, which made the villages of La Serena (Judicial Districts of Castuera and Villanueva de la Serena ) during the Second Republic. Keywords: Communal Lands Reclamation, La Serena, Cadastre of Ensenada, Civil Confiscation Madoz , Catalog Forestry, Land Reform, Second Spanish Republic. Revista de Estudios Extremeños, 2015, Tomo LXXI, Número Extraordinario, pp. 129-154

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Revista de Estudios Extremeños, 2015, Tomo LXXI, N.º Extraordinario I.S.S.N.: 0210-2854

La reclamación de los bienes comunalesen La Serena durante la II República

(1931-1936) y sus antecedentes históricos

ANTONIO D. LÓPEZ RODRÍGUEZ

Licenciado en Geografía e [email protected]

JOSÉ J. RODRÍGUEZ CARRASCO

Profesor de Enseñanza Secundaria.I.E.S. Sierra La Calera (Santa Marta)

[email protected]

RESUMEN

Desde hace muchos años existe en los pueblos serenenses el eco populardel despojo de unos bienes que pertenecieron a los municipios y de los cualesfueron privados a lo largo del siglo XIX y XX.

El propósito básico de esta comunicación es el de analizar la reclama-ción de la reintegración de los bienes comunales, entendiendo por tales todosaquellos de carácter rústico y anterior titularidad municipal, que realizaronlos pueblos de la comarca de La Serena (Partidos Judiciales de Castuera yVillanueva de La Serena) durante la Segunda República.

PALABRAS CLAVES: Reclamación Bienes Comunales, La Serena, Catastro de Ense-nada, Desamortización Madoz, Catálogo de Montes, Reforma Agraria, Segun-da República Española.

ABSTRACT

For many years, there is in the popular serenense people the echo of onedispossession, the property which owned by municipalities and which weredeprived during the XIX and XX century.

The basic purpose of this paper is to analyze the claim of reintegration ofthe communal lands, defined as those rustic character and previous municipalownership, which made the villages of La Serena (Judicial Districts of Castueraand Villanueva de la Serena ) during the Second Republic.

Keywords: Communal Lands Reclamation, La Serena, Cadastre of Ensenada,Civil Confiscation Madoz , Catalog Forestry, Land Reform, Second SpanishRepublic.

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ANTONIO D. LÓPEZ RODRÍGUEZ YJOSÉ JERÓNIMO RODRÍGUEZ CARRASCO

1. INTRODUCCIÓN

Todavía, ya bien entrado el siglo XXI, se sigue manteniendo en algunaslocalidades serenenses el eco irredento de la sustracción de una serie dederechos en torno al uso comunal de la tierra que aunque con el paso deltiempo se haya hecho menos perceptible y nítido no deja de ser una añoranza,un recuerdo de algo que era propio, que se tenía y ya se ha perdido. Aunqueesta línea del pasado parece desdibujarse en el presente, no dejó de ser unsentimiento recurrente que se dio durante todo el siglo XIX y XX tanto a nivelpopular como en distintos colectivos, organizaciones e instituciones de LaSerena. En localidades como en Malpartida de La Serena, las personas mayorescontinúan manteniendo viva la llama de una antigua lucha por la tierra y sususos comunales que acabó en expolio.

Llegar al fondo de esta cuestión es uno de los objetivos básicos de estainvestigación que se enmarca en el contexto general de estudios que ahondanen los aspectos socioeconómicos de la Segunda República en Extremadura, enespecial sobre la cuestión agraria, de vital importancia para una región como lanuestra, y también por ser este asunto uno de los que ocupó el centro de losdebates políticos de la época. Otra de las intenciones fundamentales de estetrabajo es dar una perspectiva diacrónica a todo el proceso de sustracción delos bienes municipales serenenses -en sus distintas fases y motivaciones-, elcual durante la Segunda República se sometió a revisión planteándose porprimera vez iniciativas legales que abordaran un posible “rescate” de los comu-nales.

Hay que señalar que no existen trabajos históricos que traten a escalaregional la reclamación que realizan los municipios a partir de 1931 pidiendo elrescate o la reintegración a los municipios de los antiguos bienes comunales,entendiendo como tales todos aquellos bienes rústicos que fueron de caráctermunicipal y que fueron enajenados por decisiones políticas pasadas. Así pues,el tratamiento de esta problemática es en la comarca de La Serena (PartidosJudiciales de Castuera y Villanueva de La Serena)1 , Provincia de Badajoz, el ejecentral de esta comunicación.

1 Partido Judicial de Castuera: Benquerencia de La Serena, Cabeza del Buey, Castuera,Esparragosa de La Serena, Higuera de La Serena, Malpartida de La Serena, Monterrubiode La Serena, Peraleda del Zaucejo, Quintana de La Serena, Valle de La Serena y Zalameade La Serena.

Partido Judicial de Villanueva de la Serena: Campanario, La Coronada, La Guarda-aldea de Campanario, La Haba, Magacela, Villanueva de La Serena y Villar de Rena.

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LA RECLAMACIÓN DE LOS BIENES COMUNALES EN LA SERENA

DURANTE LA II REPÚBLICA (1931-1936) Y SUS ANTECEDENTES HISTÓRICOS

Para conocer la evolución del proceso de despojo de los bienes serenensesde titularidad municipal se ha hecho un recorrido histórico analizando la situa-ción de éstos a mediados del siglo XVIII utilizando para ello el Catastro deEnsenada y otras fuentes complementarias de la época. Un siglo después,durante la segunda mitad del siglo XIX, se han revisado los inventarios debienes de propios que realizaron las localidades de esta zona justo antes delcomienzo la desamortización civil de Madoz (1855-1858) y, por último, se haexaminado el catálogo de montes de finales del XIX (1881) para analizar losbienes que no se habían desamortizado y todavía quedaban en manos de losmunicipios.

Todos estos bienes, que habían sido de titularidad pública, con una granimportancia en el desarrollo socioeconómico de los pueblos, pasaron de formarápida y, no siempre de manera clara y limpia, a manos privadas. Por todo ello,ha sido preciso hacer un remonte en el río de la historia para determinar yanalizar los bienes municipales que hubo en el pasado, cómo se fueron per-diendo, y en última instancia, qué se mantiene a la llegada de la SegundaRepública, qué se reclama, por quiénes y de qué manera. Este es el núcleocentral de esta investigación.

Mención aparte, dentro del uso de derechos comunales en La Serena,merecería el estudio de los derechos de “las terceras partes” que disfrutabanlas 18 Villas del antiguo Partido de La Serena, que dada su entidad e importancianecesitaría un estudio más detenido.

2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS. SITUACIÓN DE PARTIDA

Para llegar hasta la reclamación de los comunales en La Serena durante laSegunda República hay que retroceder en el tiempo y situarse en el nacimientode este tipo de bienes hacia el siglo XIII, momento en el cual el territorioserenense fue conquistado por tropas cristianas a los musulmanes. Fue enton-ces cuando adquirió carta de naturaleza el antiguo Partido de La Serena, confi-gurado en torno a 19 lugares y villas que quedó bajo la administración de laOrden de Alcántara y que es la base de los actuales Partidos Judiciales deCastuera y Villanueva de La Serena. Un caso especial es el de Villar de Rena quedurante el Antiguo Régimen había sido territorio de señorío, englobado en elCondado de Medellín, que pertenecía al Partido de Trujillo.

De Córdoba Soriano, dentro del marco de una obra en la que se aborda laconflictividad y tensiones generados en torno al uso de los derechos de pas-tos y aguas de la Real Dehesa de La Serena durante el siglo XVI, hace una

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interesante introducción sobre la ordenación territorial inicial de La Serena, quequedó organizada en torno a tres niveles: 1) las encomiendas, 2) los propios ycomunales cedidos a las villas y lugares, 3) el territorio que se reservó la MesaMaestral de la Orden de Alcántara, que más tarde fue designado como la “RealDehesa de La Serena”. Este territorio fue vendido por la Corona en 1744, y estehecho dio lugar a importantes cambios en la estructura de la propiedad de latierra en la comarca, ya que propició el desembarco en la zona de los grandespropietarios trashumantes. Por esta primera “desamortización” el rey quisocompensar a los vecinos agricultores y ganaderos de las Villas de La Serenaestableciendo los ya aludidos derechos comunales de las “terceras partes” ybaldiaje2.

No obstante, en este estudio vamos a centrarnos en la suerte de losbienes de propios y comunales, pero, antes de entrar de lleno en su cataloga-ción y análisis de su evolución, es necesario precisar una serie de términos:

a) Los bienes comunales eran todos aquellos que los vecinos de unpueblo podían aprovechar de manera gratuita bien para obtener pastos para elganado o tierras para labrar. En el caso de Malparida de La Serena, según elCatastro de Ensenada (1751) había dos “dehesas comunes, Las Lentejas y Payas-Guadalefra-Riscos” (700 fanegas) que se aprovechaban alternativamente paralabor y yerbas cada año por parte de los vecinos3.

b) Los bienes de propios, en cambio, estaban formados por propiedadesque dependían de los Ayuntamientos y que solían arrendarse a los vecinos o alos forasteros de un lugar para diferentes aprovechamientos durante distintasépocas del año. Los recursos obtenidos de estos bienes solían constituir laprincipal fuente de ingresos de los municipios. Así por ejemplo, hacia 1855, unade las dehesas de propios en Higuera de La Serena denominada “Noquecillo”(230 fanegas), producía una renta total de 5.861 reales, que se obtenía delarrendamiento a los vecinos y granjeros locales de los pastos, la labor, lashierbas y la bellota4.

2 MIRANDA DÍAZ, B.: Pleito por los pastos y aguas de La Serena. La situación de lacomarca tras la cesión del maestrazgo de la Orden de Alcántara a la corona de losReyes Católicos, Diputación de Badajoz-CEDER La Serena, Badajoz, 2003.

3 RODRIGUEZ CARRASCO, J.J.: Malpartida de la Serena. El Pueblo y la Historia,Institución Cultural El Brocense de la Diputación de Cáceres, Cáceres, 2013, p. 113.

4 Inventarios y relaciones de bienes de propios, 1855, Partido Judicial de Castuera.Desamortización. Subastas. Archivo Histórico Provincial de Badajoz.

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Hay que tener en cuenta que dentro de las propiedades de un municipiola consideración de un bien como comunal o de propios no estaba claramentedelimitada ya que en el caso de algunas fincas fue variando con el paso deltiempo y, además, no se trataba sólo de propiedades sino que había una seriede usos que solían ser de propios (bellota) y otros comunales (pastos).

Recordando a Joaquín Costa, Pérez-Soba Díez del Corral y Solá Martíninciden en recalcar el origen comunal de todos estos bienes en la Edad Mediay en afirmar la distinción entre “propios y comunales”, que se fue consolidan-do durante la Edad Moderna, era “circunstancial y arbitraria: sin otra normaque la mera conveniencia en un momento determinado”5.

Dentro de las propiedades municipales estaban las dehesas boyales, losbaldíos, y los ejidos. Las dehesas boyales que eran las que se empleaban en laalimentación del ganado dedicado a las labores agrícolas (bueyes -de donde leviene el nombre- o caballerías). Los baldíos eran terrenos sin labrar ni adehesarque destacaban por el uso de sus pastos. Los ejidos eran terrenos que estabana las afueras de los pueblos y que solían tener un aprovechamiento común porparte de los vecinos de tipo ganadero.

Una variedad específica de bienes comunales la constituían las Comuni-dades de Villa y Tierra, que eran un conjunto de tierras, por lo común baldíos,cuya utilización se hacía de forma conjunta por varias localidades. Dentro de LaSerena estaba la de las Cinco Villas de de Tierra de Benquerencia(Benquerencia de La Serena, Castuera, Esparragosa de La Serena, Malpartidade La Serena y Monterrubio de La Serena); las Siete Villas de la Tierra deMagacela (Campanario, La Coronada, La Guarda -aldea de Campanario- LaHaba, Magacela, Quintana de La Serena, Villanueva de La Serena). Otras eran:la de Cabeza del Buey o Sierra de Lares (Cabeza del Buey, Sancti-Spiritus yEsparragosa de Lares) y la de Zalamea, que en la que estaba esta villa junto conHiguera de La Serena y Valle de La Serena.

El hito inicial a partir del cual comenzamos el recorrido por los bienes depropios y comunales serenenses está en el ingente caudal de información quenos proporciona las respuestas 3ª, 4ª, 10ª y 23ª del Catastro de Ensenada(1751-1752), que se ha complementado con las 12ª, 43ª, 44ª y 49ª del Interroga-

5 PÉREZ-SOBA DÍEZ DEL CORRAL, I., SOLÁ MARTÍN, M.A.: “La tragedia de loscomunales: legalidad y realidad de los montes comunales en España”, Revista española deestudios agrosociales y pesqueros, nº 203, 2004, pp.187-232.

LA RECLAMACIÓN DE LOS BIENES COMUNALES EN LA SERENA

DURANTE LA II REPÚBLICA (1931-1936) Y SUS ANTECEDENTES HISTÓRICOS

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torio de la Real Audiencia de Extremadura (1791) para todas aquellas localida-des de las que no se dan datos en esta primera fuente histórica6 .

Aunque las cifras proporcionadas en los dos repertorios documentalesdel siglo XVIII son estimativos, con la dificultad añadida de no consignarsedatos en todos los casos, así como el empleo de distintas unidades de superfi-cie agraria no siempre homogéneas (fanegas, cabezas de hierba,…), todos es-tos testimonios numéricos sirven para aproximarse a la valoración cuantitativainicial de los propios y comunales serenenses y a partir de ahí ir observando suevolución7.

Con el propósito de dar una visión comparativa con respecto a la épocacontemporánea se ha relacionado el montante de los bienes de propios y comu-nales serenenses en el siglo XVIII con la superficie actual de La Serena, que esde 284.353 hectáreas (210.740 hectáreas el Partido Judicial de Castuera y 73.613hectáreas el Partido Judicial de Villanueva de La Serena)8.

Durante la centuria del Setecientos, los bienes de propios suponían unmontante de 50.954 fanegas, igual a 32.809,2 hectáreas (Partido Judicial deCastuera 33.399 fanegas; Partido Judicial de Villanueva de La Serena 17.555

6 RODRIGUEZ CANCHO, M.A.; BARRIENTOS ALFAGEME, G.: Interrogatorio de laReal Audiencia de Extremadura a finales de los tiempos modernos. El partido de LaSerena, Mérida, Asamblea de Extremadura, 1995.

7 Para la fanega en la provincia de Badajoz se ha tomado de referencia la fanega de marcoreal o de Castilla equivalente a 0,6439 hectáreas. Además se ha tenido presente lasequivalencias con otras unidades menores: 1 fanega igual a 12 celemines y a 48 cuartillos.

Se entiende por cabeza de hierba en La Serena el equivalente a una fanega ya que “unafanega de tierra mantiene una cabeza lanar” en Memorial ajustado hecho en virtud dedecreto del Consejo del expediente consultivo que pende en él, en fuerza de Real Orden,comunicada por la Secretaria de Estado del Despacho Universal de Hacienda (1764),entre don Vicente Paino y Hurtado, diputado por la provincia de Extremadura y elHonrado Concejo de la Mesta General de estos Reinos, en que intervienen los señoresfiscales del Consejo y D. Pedro Manuel Sáenz de Pedroso y Ximeno, sobre que sepongan en práctica los diez y siete capítulos que (...) propone el Diputado de lasciudades y provincia de Estremadura para fomentar la agricultura y cría de ganadosy corregir los abusos de los ganaderos transhumantes, Edición Francisco Fernández,Madrid, 1771, hoja 35 vuelta.

HERNÁNDEZ, M.: “El desembarco de los nuevos mesteños en Extremadura: la venta dela dehesa de La Serena y la transformación de la transhumancia, 1744-1770”, enHistoria Agraria, nº 27, agosto 2002, SEHA, página 65.

8 Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es.) Territorio. Población, superficie y densidadpor municipios.

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fanegas -16.192 fanegas sin Campanario y Villar de Rena-). Esta estimación es ala baja, especialmente en el Partido de Villanueva de La Serena, ya que los datosde Campanario son incompletos y faltan los de Villar de Rena por no hacersemención a ellos ni en el Catastro ni en el Interrogatorio.

Si se hace la transposición de la dimensión de los bienes de propios conla superficie en la actualidad de los términos de los pueblos se llega a la conclu-sión de que suponían como mínimo en torno a 11,53% en todo el territorio de LaSerena (Partido Judicial de Castuera 10,20 % y Partido Judicial de Villanueva dela Serena 15,35%). En muchas localidades los antiguos terrenos de propiosrepresentarían una parte destacada de los términos actuales que estaría entreaproximadamente el 45% y 20% del total: Esparragosa de La Serena (47,47%),Magacela (35,18%), Villanueva de La Serena (26,55%), Zalamea de La Serena(24,59%), Malpartida de La Serena (24,45%).

Por lo que respecta a las comunidades de Tierra y Villa. De las cuatroexistentes en el territorio de La Serena, sólo hay datos completos de dos:

a) las Cinco Villas de Tierra de Benquerencia, que según la respuesta10ª aportada por la villa de Castuera en el Catastro de Ensenada: “loque es comunal a todos y cada uno de los vecinos, regulan (…) parael común aprovechamiento 20.000 fanegas”. Esta cifra quizás puedaconsiderarse como inflada ya que el desglose que hace el resto delocalidades de esta comunidad de Villa y Tierra en la respuesta 10ª lasfincas de aprovechamiento comunal alcanzaban un total de 2.420 fa-negas, muy lejos de la estimación que se daba en la de Castuera paraéstas, que se elevaba a la cifra de 5.000 fanegas. Esas 20.000 fanegasequivaldrían a 12.878 hectáreas, lo que supondría en la actualidad un6,11% del partido judicial de Castuera y un 4,52% en el conjunto de LaSerena9.

b) El baldío comunero de las villas de Zalamea de La Serena, Higuera deLa Serena y Valle de La Serena era el de la “dehesa de la Regierta”(“Reyerta”), de 580 fanegas, que se cedía a los vecinos para pasto ylabor. Además estaba otro baldío denominado la “Regierta” (“Reyer-ta”) de Quintana, aprovechado por las tres villas citadas y Quintana

9 Respuesta 10ª al Catastro de Ensenada (Castuera, Benquerencia de la Serena, Esparragosade la Serena, Malpartida de la Serena). PARES, Portal de Archivos Españoles, Ministeriode Educación, Cultura y Deportes (http://pares.mcu.es/Catastro/)

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de La Serena. A los dos anteriores se sumaba una enorme extensión detierras baldías de 16.484 fanegas en los sitios de “Zumajos”, “ArroyoLobo”, “Los Llanos de la Florida”, “La Nava”, “los Argallenes”,“Sierra Dávila”, “Puer to del Valle” y “La Jabalina”, con 3.000fanegas de tierras de pastos y el resto era monte10. En conjunto estosbaldíos suponían 17.064 fanegas (10.987,5 hectáreas), que harían un5,21 % de la superficie actual del Partido Judicial de Castuera y un 3,86% del total del territorio de La Serena.

Durante la época de la Edad Moderna no se han localizado referencias ala cabida de los terrenos que componían las Siete Villas de Tierra de Magacela.De entre las fincas que la integraban únicamente se sabe con exactitud lacabida de la “dehesa de la Mata” gracias a los inventarios de bienes que reali-zaron los pueblos antes de la desamortización de Madoz (1855-1858). Segúnestos documentos tendría una superficie global de 2.989 fanegas (1.924,6 hec-táreas), lo que supone un 0,67% del territorio actual de La Serena11.

Por último, hay que indicar que no se han encontrado informacionessobre la cabida de los baldíos de Cabeza del Buey o la Sierra de Lares.

A modo de recapitulación, se puede decir que los bienes municipalesconocidos en La Serena en el siglo XVIII se podrían evaluar en un montantetotal aproximado a las 58.601,1 hectáreas, que harían un 20,58% con respecto ala superficie actual de esta comarca. De estos bienes contabilizados 32.809,2hectáreas serían de propios (11,53 %) y 25.791,9 hectáreas comunales (9,05 %).(Ver Apéndice, Tabla Nº 1).

Hacia mediados del siglo XIX, en los prolegómenos de la puesta en mar-cha de la desamortización de Madoz (1855), los inventarios de bienes de pro-pios que realizan los representantes municipales serenenses, conservados enel Archivo Histórico Provincial (Badajoz), nos aportan otra instantánea de granvalor histórico y nos muestran ya claramente definida la hemorragia de enaje-naciones sobre los bienes municipales, que tuvo en ese momento su colofón.Los bienes conceptuados como de propios en los estadillos, que remiten los

10 Respuesta 10ª al Catastro de Ensenada (Zalamea de la Serena). PARES, Portal de ArchivosEspañoles, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (http://pares.mcu.es/Catastro).

11 Inventarios y relaciones de bienes de propios, 1855, Partidos Judiciales de Castuera yVillanueva de la Serena. Desamortización. Subastas. Archivo Histórico Provincial deBadajoz.

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pueblos al Gobierno Civil de la Provincia de Badajoz, sumaban un total de28.444,3 fanegas (18.315,2 hectáreas), de las cuales 17.948,5 fanegas correspon-dían al Partido Judicial de Castuera y 10.495,8 fanegas al Partido Judicial deVillanueva de La Serena (6.758.5 fanegas sin contar los propios de Campanarioy Villar de Rena).

Por esas fechas los montes públicos (propios, arbitrios y comunes) sig-nificaban según Linares Luján sobre un 25% del territorio extremeño con1.194.338 hectáreas, de las cuales 503.671 correspondían a la provincia deBadajoz12.

Si se comparan estos datos con los de Ensenada /Interrogatorio, en eltranscurso poco más o menos de un siglo en conjunto todos los municipios deLa Serena habían perdido un total de 25.408,5 fanegas (16.360,5 hectáreas) detierras de propios -sin contar Campanario y Villar de Rena-. En el Partido Judi-cial de Castuera el montante del despojo fue de 15.450,5 fanegas. Lo enajenadorepresentaba un 46,26 % respecto a lo que había en el siglo XVIII, mientras queen el Partido Judicial de Villanueva de la Serena -sin contabilizar Campanario yVillar de Rena- la cifra de pérdidas era de 9.958 fanegas, lo que suponía hasta61,49 % menos que en la centuria del Setecientos. Todo esto demuestra quepara el caso de La Serena el expolio perpetrado sobre estos bienes fue ya muyconsiderable. Éste arranca finales del siglo XVIII, pero se intensifica durante laprimera mitad del siglo XIX, demostrando lo sostenido con anterioridad porLinares Luján y Naranjo Sanguino para la totalidad de la Provincia de Badajozentre 1808 y 185513.

La secuenciación de la pérdida, documentada a través de casos concre-tos en las jugosas “notas” aclarativas que se añaden a los estadillos, es delsiguiente modo:

1) Hacia 1796, en La Haba “se vendió la dehesa “Egido del Monte”” alvecino de Don Benito, Íñigo Ladrón de Guevara.

2) Con la Guerra de la Independencia (1808-1814) comienza el primerembate potente sobre los bienes de propios serenenses en el sigloXIX con un total contabilizado de 2.031,5 fanegas (1.308 hectáreas) de

12 LINARES LUJÁN, A.: “Estado, comunidad y mercado (…)”, op. cit., p. 22.13 GARCÍA PÉREZ, J. (Coord.): Historia de la Diputación Provincial de Badajoz, 1812-

2000. Tomo II, Diputación Provincial de Badajoz, 2007, p. 169.

LA RECLAMACIÓN DE LOS BIENES COMUNALES EN LA SERENA

DURANTE LA II REPÚBLICA (1931-1936) Y SUS ANTECEDENTES HISTÓRICOS

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varias localidades. En Castuera las 718,5 fanegas de los sitios de“Acebuchal”, “Dehesa y Ejido” fueron “compradas por los vecinosde esta villa en tiempo de la Guerra de la Independencia” -247 indi-viduos- con un canon de 9 reales por fanega. Mientras, en Esparragosade La Serena (600 cabezas) y Malpartida de La Serena (no consta perose puede estimar en 570 fanegas) se dice que se había cedido unaparte de terrenos de propios a determinados vecinos por suministrosa las tropas en este conflicto. En cambio en La Guarda (143 fanegas)muchos de los detentadores de estas nuevas tierras tenían escrituraslibres y “sin ninguna clase de gravamen”.

El intento de encauzar legalmente este proceso se hizo con el Decretode 4 de enero de 1813, realizado por las Cortes de Cádiz, por el que sepermitía la privatización en plena propiedad de los bienes municipalescomo “premio patriótico” a los que sirvieron en la guerra y no teníantierras propias, imponiéndoles -si se trataba de bienes de propios- uncanon redimible. Un trato especial se señalaba para “aquellos queprocedan de suministros para los ejércitos nacionales o préstamospara la guerra, que hayan hecho los mismos vecinos desde 1º demayo de 1808”.

A ello se añadiría situaciones de apropiación no del todo “transparen-tes” como sería el caso de Benquerencia de La Serena, puesto que en1843 se formó una Comisión a instancias de la Diputación Provincialpara investigar “la enajenación de terrenos de propios en la Guerrade la Independencia”14.

3) La regencia de Espartero (1840-1843) y el Bienio Progresista (1854-1856), con los liberales progresistas en el poder, fue otro de los mo-mentos de intensificación de enajenación de bienes de propios. Laregulación normativa básica la marca la circular de 13 de octubre de1840 realizada por la Junta Provisional de Gobierno de Badajoz queestablecía “el reparto de la mitad de los terrenos de propios dedica-

14 Inventarios y relaciones de bienes de propios, 1855 y 1858, partidos judiciales deCastuera y Villanueva de la Serena, La Haba, Desamortización. Subastas. Archivo HistóricoProvincial de Badajoz.

Decreto de 4 de enero de 1813, Archivo del Congreso de los Diputados, (http://www.congreso.es/docu/blog/decretos/P-0007-00232.pdf).

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dos a la labranza a censo reservativo o enfitéutico a razón de cuatrofanegas por cabeza por un canon anual de un 3% de su tasación”.Los beneficiarios de estos repartos serían los braceros y cangueros(los que tenían una yunta de animales de tiro) de los pueblos y,asimismo, los milicianos nacionales, que tenían preferencia respectoal resto de vecinos.

Ya antes (septiembre 1840) se había producido la venta de 93 fanegas detierras de baldíos en La Coronada con destino a sufragar el mantenimiento de laMilicia Nacional entre cangueros y braceros. Es posible que el terreno enajena-do posteriormente fuera mayor ya que en 1855 constan 293,6 fanegas que apa-recen arrendadas entre un total de 138 individuos.

Durante estos periodos se detectan enajenaciones colectivas -aprobadaspor la Diputación Provincial de Badajoz y sometidas a censo enfitéutico- en: 1-Villar de Rena que afectaron a terrenos de 1.904,72 fanegas, los cuales erandisfrutados por 53 individuos15. 2-Magacela, donde el reparto benefició a “unos180 vecinos de esta villa”, sin especificarse la cantidad de tierras afectadas, a loque hay que sumar 425 fanegas “repartidas entre vecinos braceros y yunterosmenesterosos”. 3- A todo ello se añade la constatación de repartos de bienes depropios entre milicianos nacionales en Quintana de La Serena y Valle de LaSerena16. En esta última localidad hacia 1855 se decía que existía una finca hipo-tecada repartida en entre 69 vecinos. 4- Por último, en La Haba (1855) “la dehesaboyal” estaba cedida “para plantío a varios vecinos de esta villa”17.

Quedaría pendiente de cuantificar las ocupaciones de tierras efectuadascomo roturaciones arbitrarias y de las que no se ha encontrado ninguna refe-rencia en las fuentes consultadas.

15 Censo enfitéutico: cesión perpetua o a largo plazo de una tierra a cambio de pago deun canon anual.

16 GARCÍA PÉREZ, J. (Coord.): Historia de la Diputación (…), op. cit., pp. 169 y 216-218.

Libro de Actas de la Diputación Provincial de Badajoz, 1842, Archivo Provincial(Diputación Provincial de Badajoz).

Inventarios y relaciones de bienes de propios, 1855, partido judicial de Villanueva de laSerena, Desamortización. Subastas. Archivo Histórico Provincial de Badajoz.

17 GARCÍA PÉREZ, J. (Coord.): Historia de la Diputación (…), op. cit., pp. 339-341.Inventarios y relaciones de bienes de propios, 1855, partido judicial de Castuera yVillanueva de la Serena. Desamortización. Subastas. Archivo Histórico Provincial deBadajoz.

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Un caso especial, digno de mención, es el de antiguos bienes de origencomunal que en ciertos pueblos pasaron a ser administrados como si fueran depropios por los Ayuntamientos. Esto ocurrió con la “dehesa de La Mata” quehabía pertenecido a los baldíos comuneros de las Siete Villas de Tierra deMagacela. Según Arias Moreno a partir de 1842, con el permiso de la Diputa-ción Provincial de Badajoz, se procedió a la división y al reparto de esta fincaentre las siete localidades que la habían administrado hasta entonces como unbien comunal, especificando que “la asignación a los municipios se hizo enfunción del número de habitantes y de la carga ganadera de los mismos”18.

Otros casos similares fueron el de terreno de “El Coto” en Malpartida deLa Serena y el de la “dehesa de la Reyerta” en Zalamea de la Serena19. En totalde bienes comunales que se redujeron a la categoría de propios total o parcial-mente en La Serena fue de entre 3.969 y 3.989 fanegas (entre 2.555,6 y 2.564,9hectáreas).

Por otro lado, se dieron algunas situaciones especiales como la que co-menta Naranjo Sanguino basándose en las actas de la Diputación Provincial:hacia octubre de 1854 algunas autoridades municipales de Zalamea de La Sere-na habían querido repartir de forma gratuita las dehesas de la “Reyerta” y laboyal como un medio de congraciarse con la población ante las próximas elec-ciones municipales20.

El más rápido e intenso de todos los procesos de enajenación de losbienes municipales serenenses es el que viene marcado por la legislacióndesamortizadora de Madoz (1855). En el artículo 1º de la ley de 1º de mayo de1855 se establecía que se ponían a la venta una serie de bienes entre los que seincluía a los propios y comunes de los pueblos. No hay estudios para conocerel montante global de los bienes enajenados con la desamortización de Madozen La Serena, a excepción del realizado a nivel local sobre Malpartida de LaSerena.

18 ARIAS MORENO, J.J.: “La antigua Comunidad de Tierras de Magacela”, en RevistaZújar, noviembre 1982, pp. 33 y 34.

19 Inventarios y relaciones de bienes de propios, 1855, Partido Judicial de Castuera yVillanueva de la Serena. Desamortización. Subastas. Archivo Histórico Provincial deBadajoz.

20 GARCÍA PÉREZ, J. (Coord.): Historia de la Diputación (…), op. cit., p. 340.

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Sin embargo, se puede hacer una aproximación parcial a la cantidad debienes de propios y comunales vendidos a través de los montes públicos quehabían sido exceptuados por las normas legales de 1862 y 1863, y que consta-ban en un inventario que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia deBadajoz entre el 13 y el 21 de septiembre de 1881. Entonces la cantidad deterrenos que, según se hacía constar, todavía pertenecían al “común de losvecinos” era sólo de 4.023 hectáreas (2.451 hectáreas en el Partido Judicial deCastuera y 1.572 en el Partido Judicial de Villanueva de La Serena). Hay quedecir que casi todas las localidades conservaban terrenos de montes públicosque, por lo general, se trataba de la dehesa boyal. Aunque en el otro extremohay que mencionar varias localidades que ya, en esta fecha, se habían despren-dido de todos sus antiguos bienes concejiles: Campanario, Castuera y Malpartidade La Serena21.

Así pues se puede concluir que en La Serena entre 1855 y 1881 habíansido enajenadas en torno a 14.292, 2 hectáreas, lo que suponía un 78,04% de las18.315 hectáreas que se habían inventariado entre 1855 y 1858 por parte de lasautoridades locales serenenses. Si se compara el dato de lo que quedaba en1881 con el punto de partida de esta investigación en el siglo XVIII (Ensenada/ Interrogatorio), las 4.023 hectáreas que se mantenían vinculadas a lo publicorepresentaba un ínfimo porcentaje de 6,86% respecto a las 58.601,1 hectáreasde bienes de propios y comunales del siglo XVIII. Además si en la centuria delSetecientos los bienes de los municipios hacían en torno a un 20% de la super-ficie actual de La Serena, a finales del siglo XIX, habían quedado menguados aun insignificante 1,41%. (Ver Apéndice, Tabla nº 2).

No obstante muchos municipios serenenses se acogieron a la normativalegal que permitía exceptuar de ser enajenados determinados bienes municipa-les como fue el caso de las dehesas boyales (artículo 2º Ley de 1º de mayo de1855, Ley de 11 de julio de 1856 y Circular de 3 de noviembre de 1856 publicadaen el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz). La reclamación que hacenmuchas autoridades municipales serenenses para tratar de reservar parte de

21 RODRÍGUEZ CARRASCO, J.J.: “La desamortización en Malpartida de la Serena (1803-1881)”, En Revista de Estudios Extremeños, tomo LXIX, número I, enero/abril, Centrode Estudios Extremeños-Diputación de Badajoz, Badajoz, 2013, pp. 407-436.

Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 9, 13 de septiembre de 1881; nº12, 17 deseptiembre de 1881; nº 14, 20 de septiembre de 1881, nº 15, 21 de septiembre de 1881;Archivo Provincial (Diputación Provincial de Badajoz).

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sus dehesas de propios se puede considerar como el primer signo de resisten-cia destacado frente a este proceso privatizador de bienes rústicos de titulari-dad pública. Como botón de muestra se expone la petición de Higuera de LaSerena, que solicitaba “la dehesa boyal (…) que se necesita y se ha pedidopara pasto del ganado de labor”. Más ilustrativa es la demanda de Magacelapara preservar varias de sus dehesas de propios (2.076 cabezas de hierba deganado lanar) en la que se exponían razones de peso como el ser un “pueblo(…) puramente agrícola sin otros medios de subsistencia o el abocar a losvecinos a abandonar sus labores, reduciéndose la mayoría del pueblo a lamiseria, decayendo la agricultura”22.

Según expresa Sánchez Marroyo durante el Sexenio Democrático (1868-1874) renació en Extremadura el movimiento a favor tanto de la conservacióncomo de la reversión de los bienes municipales. Muchos municipios continua-ron la reclamación de la exceptuación de la enajenación de las respectivasdehesas boyales para uso ganadero de los vecinos y, al tiempo, se promovie-ron iniciativas legislativas, ya en la I República, como la protagonizada por ungrupo de parlamentarios extremeños liderados por el diputado radical porVillanueva de La Serena, José Chacón y Calderón “para que se devolvieran alos pueblos los bienes de aprovechamiento común que hubiesen sido vendi-dos con infracción de la ley de 1º de mayo de 1855”23.

De nuevo, con el régimen de la Restauración retornó la tendencia a favo-recer la privatización de los antiguos bienes municipales. Como fenómenospropios de este periodo destacan las usurpaciones, sin control, por parte departiculares de bienes de propios y comunales y los pleitos por “exceso decabida” (apropiaciones de más superficie de la legalmente adquirida en bienesdesamortizados)24.

Sin embargo, en esta época como ha apreciado Linares Luján, se mani-festó una resistencia desde los pueblos en torno a los comunales que se evi-denciaba en varias prácticas: la ocultación deliberada de estos terrenos, la no

22 Inventarios y relaciones de bienes de propios, 1858, Higuera de la Serena, Magacela.Desamortización. Subastas. Archivo Histórico Provincial de Badajoz.

23 SÁNCHEZ MARROYO, F.: Movimientos populares y reforma agraria (…), op. cit.,pp. 301-330.

24 RIESCO ROCHE, S.: La reforma agraria y los orígenes de la Guerra Civil. La cuestiónyuntera y la radicalización patronal en la provincia de Cáceres (1931-1940), BibliotecaNueva, Madrid, 2006, p. 72.

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colaboración de los Ayuntamientos con la administración del Estado en larealización de los planes forestales o la negación de pago de impuestos por eluso de los terrenos que permanecían con un uso comunal25.

Por último, durante la Dictadura de Primo de Rivera el recuerdodecimonónico de antiguas reclamaciones populares en torno a la tierra se apre-cia en la “polémica sobre la pérdida de parte del término municipal” que sesuscitó hacia 1928 a causa de un pleito administrativo entre Malpartida de LaSerena y Campanario y que en el fondo traslucía la disputa sobre los antiguosderechos de pastos de las localidades serenenses en la “Real Dehesa de LaSerena”26.

3. LA RECLAMACIÓN DE LOS BIENES COMUNALES EN LA SERENADURANTE LA SEGUNDA REPÚBLICA

El breve periodo político de libertades que abrió la democracia republica-na fue el colofón al largo proceso de desarticulación de los comunales quevenimos desgranando. Durante los escasos seis años de normalidad institucionalrepublicana fueron constantes las opiniones y debates en torno a lo que algu-nos autores han llamado “desarticulación del comunal”. El Gobierno provi-sional dio tempranas esperanzas a los vecinos de los pueblos en una cuestiónmuy difícil de gestionar sobre el terreno. De hecho las dificultades hicieronmella entre la sintonía inicial de las fuerzas republicanas y socialistas, pasandode la unanimidad al surgimiento de discrepancias sobre el proceso que debíaseguirse. El golpe de Estado y la guerra truncaron de raíz el debate político y laacción legislativa republicana que se había producido en torno al rescate de loscomunales.

La gradual privatización arriba descrita de las tierras de propios y comu-nales, fue denunciada por socialistas y republicanos. Las reivindicaciones sellevaron a cabo desde los Ayuntamientos y las Sociedades Obreras. Estasúltimas, sobre todo a través de la Federación Nacional de Trabajadores de laTierra (FNTT), fueron los principales puntales en la lucha por el rescate de loscomunales. Su objetivo era la devolución no a los campesinos sino a los Ayun-tamientos para que éstos lo pusiera a disposición de las sociedades obreras y

25 LINARES LUJÁN, A.: “Estado, comunidad y mercado (…), op. cit., pp. 35-39.26 RODRIGUEZ CARRASCO, J.J.: Malpartida de la Serena, op. cit., pp. 184-187.

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fueran así entregados a los campesinos con menos recursos o parados de largaduración27.

4. PRIMEROS CAMBIOS SOBRE LOS BIENES DE PROPIOS DESDELOS NUEVOS AYUNTAMIENT OS

Sin duda la incorporación de la clase trabajadora a las reivindicacionessobre el rescate de comunales fue uno de los cambios políticos que facilitó laRepública. En este sentido la llegada de nuevas ideas y apellidos a los consis-torios provocó cambios en la gestión pública de los Ayuntamientos. Esto últi-mo, unido a los cambios en la legislación que el Gobierno provisional empezó apromulgar a través de los Ministerios de Trabajo y Agricultura, implementómuchas de las decisiones que se tomaron a escala local. Medidas que en sumayoría intentaron mejorar las condiciones laborales de los asalariados delcampo y que a su vez pretendieron atajar el crónico paro estacional que aboca-ba a la miseria a cientos de familias.

Un ejemplo de estas nuevas líneas de actuación afectó a las tierras comu-nales que aún conservaban algunos pueblos. Así introdujeron un cambio en laforma de explotarlas, pasando del arrendamiento al mejor postor, que siempreacababa en manos de un solo arrendador, a una explotación colectiva. Uno delos pueblos que aún conservaba su dehesa boyal, de 375 hectáreas, era Quin-tana de La Serena, y que tenía en agosto de 1931 más de cuatrocientos para-dos28. Al contar el Consistorio con mayoría de la conjunción republicano so-cialista la decisión no tuvo oposición. Hasta esos momentos la Dehesa selabraba por mitad cada dos años en dos lotes de 175 y 200 hectáreas. El alcaldesocialista Tomás Aquino Barquero, por unanimidad, modificó su uso argumen-tando: “que teniendo en cuenta la escasez de tierra de labranza que este enesta localidad para los pequeños labradores y obreros, debe concedersetoda la finca para siembre por la cantidad de doce pesetas 50 céntimos

27 CRUZ ARTACHO, Salvador; GONZÁLEZ DE MOLINA, Manuel y HERRERAGONZÁLEZ DE MOLINA, Antonio: “Los bienes comunales y el socialismo español1888-1936”, en Aprovechamientos y nostalgia del comunal, José A. PIQUERASARENAS (Coord.), Ministerio de Agricultura, p. 265.

28 Archivo Municipal de Quintana de La Serena (En adelante AMQ). Actas Municipales.Sesión extraordinaria de 3 de agosto de 1931.

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lineales la fanega…”29. Además del aprovechamiento de labor se permitía laexplotación de las medias hierbas por plazo de dos meses, lo que tambiénfavorecería a los pequeños y medianos ganaderos locales.

Otro de los pueblos que conservaba una importante porción de terrenomunicipal era Esparragosa de La Serena. Había podido salvar la Dehesa Boyalcon una extensión de 100 fanegas. Al ser menor la extensión la explotación quese venía realizando por parte del Ayuntamiento eran subastas anuales al mejorpostor. Con la proclamación de la República y tras el primer resultado electorallos socialistas locales consiguieron un concejal en su consistorio. Precisamen-te fue la Agrupación Socialista de Obreros Agricultores y Oficios Varios, deno-minada “Renovación Social”, la que presentó instancia para participar en lasubasta de dicha finca. Una propuesta que fue rechazada por el Alcalde adu-ciendo que no tenía conocimiento de que dicha Sociedad estuviera legalmenteconstituida30. Sin embargo, los socialistas volvieron a insistir. Su representan-te, Pedro Dávila Escribano, planteó un cambio en la explotación de dicha fincaproponiendo le fuera dada en arriendo colectivo por la Sociedad Obrera “Reno-vación Obrera”31. La petición fue rechazada por el Alcalde proponiendo que enlugar de la nombrada Sociedad fuera repartida entre los vecinos obreros opequeños patronos de la localidad, aduciendo el escaso número de afiliadosque tenía dicha Sociedad. Finalmente, y tras un telegrama enviado por el Gober-nador Civil32, las resistencias llevadas a cabo por los concejales de la mayoríaRadical y Liberal republicana para el arrendamiento de la Dehesa de las “Cienfanegas” a la Sociedad Obrera fueron solventadas. En la siguiente sesión del22 de septiembre se fijaron las condiciones del arriendo a la que accedería laSociedad “Renovación Social” a través de su Filial Agraria.

29 AMQ. Actas Municipales. Sesión ordinaria de 12 de noviembre de 1931.30 Archivo Municipal de Esparragosa de La Serena (En adelante AME). Actas Municipales.

Sesión ordinaria de 20 de junio de 1931.31 AME. Actas Municipales. Sesión ordinaria del 25 de julio de 1931.32 AME. Actas Municipales. Sesión ordinaria del 19 de septiembre de 1931.

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5. ESPERANZAS, LUCHA Y FRACASO DE LA APUESTA REPUBLICA-NA POR EL RESCATE DE LOS BIENES COMUNALES

Las reivindicaciones sobre el comunal estuvieron entreveradas dentrodel proceso general de debate sobre la reforma agraria. Buena parte de lascríticas que desde las filas republicanas y socialistas se hacían sobre lapervivencia del caciquismo, producto de la monarquía de la Restauración y laDictadura de Primo de Rivera y acerca del “problema del latifundismo”, estabanacompañadas de alusiones al expolio del patrimonio común de los pueblos. Lasalusiones al problema del comunal eran constantes en publicaciones socialis-tas como El Obrero de la Tierra, órgano principal de la FNTT:

“¿Te acuerdas de los terrenos comunales, y de los mejores?, ¿Quiénlos tiene y quién se los dio? ¿Cómo los adquirieron? Recuerda de dónde lesvino la propiedad a estos “agrarios””33.

Ese párrafo resume los interrogantes que se lanzaron, y como veremosfueron contestados por Ayuntamientos y Sociedades Obreras, a lo largo delperiodo republicano. Para tener una primera visión general del proceso de in-tento de rescate del comunal nos serviremos de la secuenciación que realiza elhistoriador Sergio Riesco en su libro sobre la Reforma Agraria en Cáceres34.Este autor fija su atención en tres momentos:

– En primer lugar cuando a principios del verano de 1931 la ComisiónTécnica Agraria del Ministerio de Trabajo pidió información a todoslos Ayuntamientos de España sobre los “despojos” sufridos.

– El segundo punto a partir de septiembre de 1932 cuando se promulgóla definitiva Ley de Bases de la Reforma Agraria.

– Y el tercer hito con el proyecto de rescate de bienes comunales pre-sentado el 17 de abril de 1936.

El primer punto estaba relacionado con la petición que el Ministerio deTrabajo y Previsión realizó a través de la Gaceta y del Ministerio de la Goberna-

33 Idem. (p. 278)34 RIESCO ROCHE, Sergio. La reforma agraria (…), op.cit., pp. 79-80.

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ción, dirigido a los Gobernadores Civiles, para que los Ayuntamientos de mane-ra urgente, y en término de diez días,

“(…)cuantos datos, informes o reclamaciones juzguen pertinente enviarlesobre despojos sufridos o alteraciones experimentadas en los bienes comu-nales de propios, realengos, baldíos, dehesas boyales o cualquiera otraclase de bienes cuya propiedad o aprovechamiento, o ambas cosas a la vez,hayan pertenecido a los vecinos en común, incluyendo entre estos bienes alos conocidos con el título de señoríos”35.

A continuación se dirigían directamente a la Alcaldía para que remitiera ala Comisión la relación de comunales que poseyera en esos momentos el muni-cipio. La novedad para los pueblos de comprobar la preocupación de las nue-vas autoridades por resolver un problema tan arraigado entre el imaginario desus vecinos, unido al tono de urgencia que desprende, provocaría unas expec-tativas demasiado elevadas entre el campesinado en general. De igual maneralas élites que detentaban la propiedad de las antiguas dehesas boyales, ejidosy tierras comunales hallarían un motivo más de recelo acerca de las nuevasautoridades políticas.

Del Partido Judicial de Castuera los pueblos que enviaron dentro delplazo establecido la información requerida fueron: Cabeza del Buey, Higuera deLa Serena, Benquerencia de La Serena, Zalamea de La Serena, y Valle de LaSerena36. Los remitentes no solo fueron las alcaldías, también enviaron infor-mación grupos de vecinos y Sociedades Obreras. A continuación haremos unbreve recorrido por cada uno de los documentos enviados.

Como hemos visto más arriba el término municipal de Cabeza del Buey esuno de los más extensos del Partido de Castuera. En los inicios de la década delos treinta del pasado siglo se alzaba con el primer puesto en población, con-tando con 10.000 vecinos. Las palabras del alcalde de Cabeza del Buey, queseguían a la extensa relación de fincas “expoliadas”, eran reflejo del sentirgeneral de su vecindario:

“Todos estos terrenos que llevamos enumerados entre vienes (sic)comunales, valdíos (sic) de propios, estos aprovechamientos fueron expro-piándose al pueblo de ellos por los antiguos caciques para su lucro particu-

35 Gaceta de Madrid. 17 de junio de 1931.36 La información que ofrecemos a continuación ha sido recabada del Archivo del IRA-

IRYDA que se conservan en San Fernando de Henares (Madrid).

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lar y como creemos de justicia el rescate de todos estos bienes para quepasen a poder del pueblo a v (usted) nos dirigimos para que le de el cursoque exije (sic) la disposición que apareció en la Gaceta el 17 de junioactual”37.

Además de esta información el Ayuntamiento envío un documento conun contenido similar pero que firmaban un número importante de vecinos.Éstos lo habían dirigido al Alcalde “para que reclame el rescate de los 18quintos que le fueron desamortizados y de otras propiedades”.

Para el 21 de junio de 1931 estaba firmada la documentación que envío elAyuntamiento de Higuera de La Serena. Se nombraba a las Dehesas“Noquecillo”, “Tamujoso”, y el “Baldío de las Giraltas” como de aprovecha-miento común. La Alcaldía demostraba con documentos que el pueblo ya soli-citó tras la última desamortización del XIX la excepción de la venta de lasDehesas, “Noquecillo” de 720 fanegas y “Tamujoso” de 223 fanegas. Comenta-ban que sin saber porqué sólo les fue concedida la de “Tamujoso”38 y, de igualmanera, desconocían porqué les fue enajenado de dicha Dehesa la venta deencinas y chaparros, además de un terreno de 40 fanegas llamado “Umbría delMadroñal”.

El siguiente pueblo, Benquerencia de La Serena, exponía a través delescrito remitido por el Alcalde la larga lucha que el Ayuntamiento venía soste-niendo ante la Administración del Estado desde hacía más de treinta años porla “Dehesa Moruna”. Dicha propiedad “Desde tiempo inmemorial figurabaentre los bienes de propios de este Ayuntamiento los aprovechamientos depastos y yerbas, de un terreno en la llamada “Dehesa Moruna” de su términomunicipal…”. Según relataba el escrito, el Ayuntamiento había solicitado en1900, con nulo éxito, la recuperación de dicha finca, apelando a la Ley de 8 demayo de 1888 e intentando que al menos se exceptuaran de la subasta losaprovechamientos de pastos de dicha dehesa. El cambio político, junto con lopublicado en la Gaceta, había dado nuevos bríos a la petición desde el nuevoconsistorio republicano y de paso esperanza a cientos de familias.

37 Archivo IRYDA. Caja 37. Carta del Ayuntamiento de Cabeza del Buey fechada el 25 dejunio de 1931.

38 Adjuntan en la relación de documentos la transcripción de la concesión por parte delGobernador de la Provincia el 5 de octubre de 1866 de la Dehesa de “Tamujoso”. La otraque solicitaron fue sacada a subasta.

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La respuesta de Valle de La Serena fue realizada directamente por el Sin-dicato “La Fraternidad” del Partido Republicano Radical Socialista. El informeque remitía su Presidente, el Maestro Nacional Domiciano Vicente Hernando,era muy preciso y repasaba las propiedades que habían pertenecido al Ayunta-miento, nombrando de paso a los vecinos que se habían hecho con ellas. Ade-más de apuntar amaños en las ventas, como la que afectó en 1902 a la DehesaBoyal, también denunciaba en su escrito otra práctica fraudulenta ya aludidamás arriba, bastante extendida en el agro extremeño, como era la ocultación dela riqueza que poseían, el llamado “exceso de cabida”. La carta firmada el 25 dejulio de 1931 acababa con una súplica: “se proceda a lo que hubiera lugar y sepractique un acto de justicia para bien de los humildes que han sido víctimasde tal despojo”.

Esa petición final del Maestro de Valle de La Serena respondía también alas enormes expectativas generadas por este llamamiento del Ministerio deTrabajo y que pueden detectarse fácilmente en casi todas las contestaciones.Esta idea también se desprende de la información enviada por algunos vecinosde Zalamea de La Serena. Dentro de ese espíritu de resolución de problemasque parecía haber insuflado en sus primeros meses la República un puñado devecinos de Zalamea remitía documentación exponiendo su caso. No se tratabade antiguos bienes de propios ni comunales, era una enorme herencia quehabían perseguido unos supuestos familiares afectados. Éstos contaban conresoluciones favorables por parte de distintas instancias judiciales pero incom-prensiblemente la sentencia no se había llevado a efecto. Su petición era firma-da por casi doscientos vecinos “pobres” de Zalamea de La Serena. Tambiénestaba la carta que envió su Alcalde, en esos momentos Antonio Cabanillas, enla que éste únicamente se limitaba a constatar que el Ayuntamiento no contabacon tierras y que la Dehesa Boyal que habían logrado conservar la vendieronhacía cincuenta años.

El segundo momento que vivió el proceso de “rescate de los bienes”vendría unido a la aprobación final de la Ley de Reforma Agraria en septiembrede 1932. Dentro de las Bases de dicha Ley hay dos, la 20 y la 21, dedicadas a larecuperación de los bienes comunales por parte de los Ayuntamientos. Suaparición supuso un nuevo impulso a las ilusiones antes aludidas de los veci-nos de los pueblos. Según Sergio Riesco el Ministerio de Agricultura promulgóen 1933 un decreto el 21 de enero, que derogaría con otro el 8 de febrero, dondese exponía un “ultimado proyecto en el que íntegramente se regulan, no soloel rescate de los bienes comunales, sino los restantes problemas referentes a

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esta clase de bienes”39. Los nuevos bríos volvieron a remover en los puebloslas peticiones de rescate. Por ejemplo, la carta dirigida al Instituto de ReformaAgraria por la directiva de la Sociedad Obrera “Aurora Social” de Malpartida deLa Serena, donde elevaban su queja denunciando que:

“existiendo en este pueblo gran cantidad de fincas de derecho comu-nal, aprovechamiento y propios pues con solo decir que es el termino másreducido de esta provincia pues solo cuenta con 2.800 Has. De terreno yestá copado por cinco poseedores de aprovechamiento que entre ellos tie-nen la totalidad de sus terrenos teniendo en la actualidad 4.000 habitantesel pueblo”40.

A continuación exponían la extensión de las fincas y sus propietariospara finalmente denunciar su adquisición ilegal “por uno de los tantos jefespolíticos”, por lo que pedían su restitución al pueblo.

Y mientras los pueblos elevaban al Instituto de Reforma Agraria informa-ciones y peticiones de rescate su Consejo Ejecutivo, como órgano competenteen el asunto, se debatía en múltiples disquisiciones legales. De hecho el Conse-jo, con el Ministro de Agricultura a la cabeza, acabaron desistiendo dada ladificultad de “conjugar la urgencia y necesidad del rescate con el acomodo ala norma establecida por vía administrativa.”41 Estos impedimentos legales,unidos a otros problemas como el aumento de la resistencia patronal en elentorno rural, fueron radicalizando los ánimos dentro de las Sociedades Obre-ras del campo. Y así lo explicitaba en sus declaraciones Benigno Cardeñoso en“El Obrero de la Tierra”:

“A la República, por lo visto, nada le interesa que unos cuantosdesalmados se apoderaran de la riqueza de los pueblos, sin hacer nadapráctico para reparar ese crimen social”42.

Durante la huelga de campesinos de junio de 1934 el rescate se convirtióen una de las principales reivindicaciones. Tras las elecciones de febrero de

39 RIESCO ROCHE, SERGIO. La reforma agraria (…), op.cit., p. 79.40 Archivo IRYDA. Comunales. Carta firmada el 30 de enero de 1933.41 CRUZ ARTACHO, Salvador; GONZÁLEZ DE MOLINA, Manuel y HERRERA GON-

ZÁLEZ DE MOLINA , Antonio: “Los bienes comunales y el socialismo español 1888-1936”…, p. 286.

42 Ibidem, p. 290.

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1936 el victorioso Frente Popular determinó debatir una ley específica quelograra concretar el tan anhelado rescate del comunal. El golpe de Estado des-trozaría para siempre el proceso legislativo abierto en el Congreso.

CONCLUSIONES

Los bienes concejiles o municipales (propios y comunales) hacia el sigloXVIII representaban en torno a una cuarta parte de la superficie de La Serena.De estos bienes hay que resaltar los comunales que por régimen de aprovecha-miento gratuito suponían un recurso económico muy destacado para la pobla-ción de las localidades serenenses (tierras de labor, pastos...) y del que seservían desde la gente humilde a las oligarquías de los pueblos.

Este ingente caudal de bienes municipales fue sometido a un intensoproceso de enajenación, principalmente durante todo el siglo XIX, haciendoque, ya a finales de esta centuria, los escasos bienes que quedaron en manosde los pueblos no llegaba al 1,5% del territorio serenense. Antes de la Ley deDesamortización de Madoz, que marca el gran hito en la privatización de estosbienes, ya habían sido sustraídos de la titularidad pública casi la mitad estosbienes.

El expolio de este patrimonio secular detentado por los pueblos va a darlugar desde la segunda mitad del siglo XIX a diferentes acciones encaminadastanto a la detención del proceso de venta como a varios intentos frustrados derevertir esta situación y hacer volver a dominio público de esos antiguos bie-nes municipales, que tendrá como punto culminante toda la obra legal einstitucional que se realizó en la Segunda República.

No obstante, quedan muchos aspectos por abordar con más detalle ydesarrollar nuevas líneas de investigación:

1. Es necesario realizar un estudio en profundidad para conocer quiénesson los que se quedaron con los bienes de propios y comunales. Asi-mismo se precisaría detallar a nivel local, en cada uno de los pueblosde La Serena, todo el proceso de enajenación de los bienes municipa-les desde el siglo XVIII hasta la II República, así como realizar unamonografía que aborde la desamortización de Madoz en esta comarcabadajocense.

2. Por otra parte quedaría pendiente abordar un derecho ancestral vin-culado al uso comunal de la tierra en La Serena como es el de las

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“terceras partes”, que dio lugar en algunas localidades a pleitos admi-nistrativos en la época de la Dictadura de Primo de Rivera, como fue elcaso de Campanario y Malpartida de La Serena, los cuales dejaron enalgunas localidades unas reminiscencia históricas a nivel popular deprivación de algo que era de todos y de lo que fueron despojados.

APÉNDICE

TABLA Nº 1

LOS BIENES DE PROPIOS Y COMUNALESEN LA SERENA (S. XVIII)

Partido Partido Judicial Total % de laJudicial de Villanueva La superficie

de Castuera de La Serena Serena actual deLa Serena

Bienes 21.505, 6 10.426 (*) 32.809 ,2 11,53 %de propios hectáreas hectáreas hectáreas hectáreas

Bienes 23.865,5 (**) 1.924,6 (***) 25.791, 9 9,05 %comunales hectáreas hectáreas hectáreas

Total 58.601,1 20,58 %hectáreas

43

43 Elaboración propia en relación a las distintas fuentes históricas consultadas: Catastro deEnsenada e Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura. (*) Sin Campanario niVillar de Rena. (**) Sin La Sierra de Lares. (***) Sólo la “dehesa de la Mata”.

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TABLA Nº 2

LOS BIENES DE PROPIOSEN LA SERENA (SS. XVIII –XIX)

Partido Partido Judicial Total % de laJudicial de Villanueva La superficie

de Castuera de La Serena Serena actual deLa Serena

Catastro 21.505,6 10.436 (*) 31.941, 6 11,23 %/interro- hectáreas hectáreas hectáreasgatorio(s. XVIII)

Inventario 11.557 4.014 (*) 15.571 5,47 %Madoz hectáreas hectáreas hectáreas(1855) (-46,26%) (-61,49 %) (-48,78 %)

Catálogo 2.451 1.572 (**) 4.023 1,41 %montes hectáreas hectáreas hectáreas(1881) (-87,41 %)

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44 Elaboración propia en función de distintas fuentes históricas. (*) Sin Campanario niVillar de Rena. (**) Con Campanario y Villar de Rena.

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