judicial 7 abril 2014

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Requisitos para convocar a Juntas Generales El Art. 1 del reglamento sobre juntas generales de socios y accionistas de las compañías de responsabilidad limitada, anóni- mas, en comandita por acciones y de economía mixta, enumera los requisitos que debe cumplir la convocatoria a juntas generales: a) El llamamiento a los socios o accionistas de la compañía, con la expresa mención del nombre de la misma; b) El llamamiento a los comisa- rios u órganos de fiscalización, de conformidad con el artículo sexto de este reglamento; c) La dirección precisa y exacta del local en el que se celebrará la reunión, que estará ubicado den- tro del cantón que corresponda al domicilio principal de la com- pañía; d) La fecha y hora de iniciación de la junta. Tal hora deberá estar comprendida entre las 08h00 y las 20h00; e) La indicación clara, especí- fica y precisa del o de los asuntos que serán tratados en la junta, sin que sea permitido el empleo de términos ambiguos o remisio- nes a la ley, a sus reglamentos o al estatuto, y tratándose de uno o más de los actos jurídicos a los que se refiere el artículo 33 de la Ley de Compañías, la mención expresa del acto o actos que ha de conocer y resolver, la junta general en la reunión respectiva; f) En caso de que la junta vaya a conocer y resolver sobre cuentas, balances, informes de administra- dores o directores y comisarios; así como los informes de auditoría, en la convocatoria deberá constar necesariamente las indicaciones tanto de la dirección precisa y exac- ta del local en el que se encuentran a disposición de socios o accionis- tas los documentos señalados en el Art. 292 de la misma ley, como la información de que la exhibi- ción de tales documentos está llevándose a cabo con quince días de anticipación a la fecha en que deba celebrarse la junta que ha de conocerlos; y, g) Los nombres, apellidos y función de la persona o personas que hacen la convocatoria de con- formidad con la ley y el estatuto. La convocatoria llevará la firma autógrafa del convocante y se archivará en el expediente de la junta respectiva. Convocatoria a través de la prensa Cuando la convocatoria deba hacerse por la prensa, tendrá que ser publicada en uno de los perió- dicos de mayor circulación en el domicilio principal de la compa- ñía, mediante aviso, cuya dimen- sión mínima deberá ser de dos columnas por ocho centímetros. En el aviso deberá constar, con letras muy visibles, el siguiente encabezamiento: “CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL (DE SOCIOS, si la compañía es de responsabilidad limitada o DE ACCIONISTAS, si es anónima, en comandita por acciones o de economía mixta), DE... (nombre de la compañía).”. ¿Qué tiempo debe considerarse entre la convocatoria y la celebra- ción de la junta? Salvo que una norma estatutaria estableciere plazo mayor, entre la fecha de publicación o notificación de la convocatoria y la de reunión de la junta general, mediarán por lo menos 8 días. En dicho lapso no se contará la fecha de publicación o notificación de la convocatoria, ni la de celebración de la junta. Para la publicación o notificación de la convocatoria y el cómputo del plazo son hábiles todos los días. En caso de no realizarse la reu- nión de la junta general en prime- ra convocatoria, o de haberse reali- zado y luego clausurado por falta de quórum de presencia, sin que se hayan evacuado todos los puntos del orden del día, la segunda con- vocatoria no podrá demorar más de treinta días, contados desde la fecha fijada para la primera reu- nión y deberá realizarse mediante nuevo aviso o comunicación. Al tratarse de la última convo- catoria posible, es decir, de segun- da o tercera convocatoria, según el caso, se hará constar que la junta se celebrará con el número de socios o accionistas que concurran. Si la junta hubiere quedado inconclusa, en la segunda con- vocatoria, o en la tercera, según corresponda, solo figurarán el punto o puntos por conocerse y resolverse, y ello no se tendrá, en ningún caso, como modificación del objeto de la reunión. ¿Cómo se debe convocar a los comisarios? Los comisarios serán convoca- dos especial e individualmente en el mismo aviso en el que se haga el llamamiento a junta general a los socios o accionistas de la com- pañía. El requisito de la especialidad en la convocatoria se cumplirá con el llamamiento expreso a los comi- sarios a reunión de junta general, y el de su individualización, con la mención en ella, de modo también expreso, de los nombres y apelli- dos de cada uno de ellos. Si en los casos previstos por la ley, el comisario convocare a la junta general, la convocatoria deberá hacerse en la forma seña- lada por el Art. 236 de la Ley de Compañías. ¿Puede comparecer un delega- do de la Superintendencia a junta general? Si, a través de una petición en la que se solicite la concurrencia del Superintendente de Compañías o de su delegado a junta general de una compañía sujeta al control total o parcial de la institución, misma que deberá ser presentada al menos con 48 horas de antici- pación respecto de la hora en que deba comenzar la junta. La soli- citud podrá formularla cualquier socio o accionista de la compañía. A la petición se acompañará copia de la convocatoria. Consideraciones para elaborar la lista de asistentes El Secretario o, a falta de este, cualquier administrador de la compañía o, en su falta, el dele- gado de la Superintendencia de Compañías, comenzará a formar la lista de asistentes al principiar la hora para la que fue convocada la reunión y dejará constancia de que se ha completado el quórum de instalación en el momento en que ello ocurra. Transcurrida una hora desde aquella que fue señalada en la convocatoria, sin que se haya obtenido el quórum, la junta se tendrá por no realizada y el secretario o quien hiciere sus veces, dejará constancia escrita del particular. La elaboración de la lista de asistentes se fundamentará en el libro de participaciones y socios, al tratarse de las compañías de responsabilidad limitada, y en el libro de acciones y accionistas, al tratarse de las compañías anóni- mas, en comandita por acciones y de economía mixta. Para tales efec- tos los administradores deberán llevar a la junta, bajo su responsa- bilidad, el libro correspondiente. Tratándose de participaciones o de acciones de propiedad de cón- yuges, la representación de las mismas tendrá aquel que conste inscrito como socio o accionista en el respectivo libro. Salvo el caso de los padres que comparecieren representando a un hijo menor no emancipado, los representan- tes legales y convencionales de las personas naturales y jurídicas justificarán su calidad. En caso de duda, el Presidente o el Secretario podrán exigir la debida identifica- ción de un asistente. Boletín Jurídico de la Cámara de Comercio de Quito CCQ C1 LUNES 7 DE ABRIL DE 2014 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 10659 ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com Dirección: Panamericana Norte Km 3 1/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: [email protected] Editora NATHALY SALAZAR BRITO Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Juntas Generales de Socios y Accionistas ¿Cómo convocar?

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Judicial 7 abril 2014

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RevistajudiCialC00 LUNES

24de noviemBRe de 2008La Hora Quito, eCuadoR

Requisitos para convocar a Juntas Generales

El Art. 1 del reglamento sobre juntas generales de socios y accionistas de las compañías de responsabilidad limitada, anóni-mas, en comandita por acciones y de economía mixta, enumera los requisitos que debe cumplir la convocatoria a juntas generales:

a) El llamamiento a los socios o accionistas de la compañía, con la expresa mención del nombre de la misma;

b) El llamamiento a los comisa-rios u órganos de fiscalización, de conformidad con el artículo sexto de este reglamento;

c) La dirección precisa y exacta del local en el que se celebrará la reunión, que estará ubicado den-tro del cantón que corresponda al domicilio principal de la com-pañía;

d) La fecha y hora de iniciación de la junta. Tal hora deberá estar comprendida entre las 08h00 y las 20h00;

e) La indicación clara, especí-fica y precisa del o de los asuntos que serán tratados en la junta, sin que sea permitido el empleo de términos ambiguos o remisio-nes a la ley, a sus reglamentos o al estatuto, y tratándose de uno o más de los actos jurídicos a los que se refiere el artículo 33 de la Ley de Compañías, la mención expresa del acto o actos que ha de conocer y resolver, la junta general en la reunión respectiva;

f) En caso de que la junta vaya a conocer y resolver sobre cuentas, balances, informes de administra-dores o directores y comisarios; así como los informes de auditoría, en la convocatoria deberá constar necesariamente las indicaciones tanto de la dirección precisa y exac-ta del local en el que se encuentran a disposición de socios o accionis-tas los documentos señalados en el Art. 292 de la misma ley, como la información de que la exhibi-ción de tales documentos está llevándose a cabo con quince días de anticipación a la fecha en que deba celebrarse la junta que ha de conocerlos; y,

g) Los nombres, apellidos y función de la persona o personas que hacen la convocatoria de con-formidad con la ley y el estatuto.

La convocatoria llevará la firma autógrafa del convocante y se archivará en el expediente de la junta respectiva.

Convocatoria a través de la prensa

Cuando la convocatoria deba hacerse por la prensa, tendrá que ser publicada en uno de los perió-dicos de mayor circulación en el domicilio principal de la compa-ñía, mediante aviso, cuya dimen-sión mínima deberá ser de dos columnas por ocho centímetros.

En el aviso deberá constar, con letras muy visibles, el siguiente encabezamiento:

“CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL (DE SOCIOS, si la compañía es de responsabilidad limitada o DE ACCIONISTAS, si es anónima, en comandita por acciones o de economía mixta), DE... (nombre de la compañía).”.

¿Qué tiempo debe considerarse entre la convocatoria y la celebra-ción de la junta?

Salvo que una norma estatutaria estableciere plazo mayor, entre la fecha de publicación o notificación de la convocatoria y la de reunión de la junta general, mediarán por lo menos 8 días. En dicho lapso no se contará la fecha de publicación o notificación de la convocatoria, ni la de celebración de la junta. Para la publicación o notificación de la convocatoria y el cómputo del plazo son hábiles todos los días.

En caso de no realizarse la reu-

nión de la junta general en prime-ra convocatoria, o de haberse reali-zado y luego clausurado por falta de quórum de presencia, sin que se hayan evacuado todos los puntos del orden del día, la segunda con-vocatoria no podrá demorar más de treinta días, contados desde la fecha fijada para la primera reu-nión y deberá realizarse mediante nuevo aviso o comunicación.

Al tratarse de la última convo-

catoria posible, es decir, de segun-da o tercera convocatoria, según el caso, se hará constar que la junta se celebrará con el número de socios o accionistas que concurran.

Si la junta hubiere quedado inconclusa, en la segunda con-vocatoria, o en la tercera, según corresponda, solo figurarán el punto o puntos por conocerse y resolverse, y ello no se tendrá, en ningún caso, como modificación del objeto de la reunión.

¿Cómo se debe convocar a los comisarios?

Los comisarios serán convoca-dos especial e individualmente en el mismo aviso en el que se haga el llamamiento a junta general a los socios o accionistas de la com-pañía.

El requisito de la especialidad en la convocatoria se cumplirá con el llamamiento expreso a los comi-sarios a reunión de junta general, y el de su individualización, con la mención en ella, de modo también expreso, de los nombres y apelli-dos de cada uno de ellos.

Si en los casos previstos por la ley, el comisario convocare a la junta general, la convocatoria deberá hacerse en la forma seña-lada por el Art. 236 de la Ley de Compañías.

¿Puede comparecer un delega-do de la Superintendencia a junta general?

Si, a través de una petición en la que se solicite la concurrencia del

Superintendente de Compañías o de su delegado a junta general de una compañía sujeta al control total o parcial de la institución, misma que deberá ser presentada al menos con 48 horas de antici-pación respecto de la hora en que deba comenzar la junta. La soli-citud podrá formularla cualquier socio o accionista de la compañía.

A la petición se acompañará copia de la convocatoria.

Consideraciones para elaborar la lista de asistentes

El Secretario o, a falta de este, cualquier administrador de la compañía o, en su falta, el dele-gado de la Superintendencia de Compañías, comenzará a formar la lista de asistentes al principiar la hora para la que fue convocada la reunión y dejará constancia de que se ha completado el quórum de instalación en el momento en que ello ocurra. Transcurrida una hora desde aquella que fue señalada en la convocatoria, sin que se haya obtenido el quórum, la junta se tendrá por no realizada y el secretario o quien hiciere sus veces, dejará constancia escrita del particular.

La elaboración de la lista de asistentes se fundamentará en el libro de participaciones y socios, al tratarse de las compañías de responsabilidad limitada, y en el libro de acciones y accionistas, al tratarse de las compañías anóni-mas, en comandita por acciones y de economía mixta. Para tales efec-tos los administradores deberán llevar a la junta, bajo su responsa-bilidad, el libro correspondiente. Tratándose de participaciones o de acciones de propiedad de cón-yuges, la representación de las mismas tendrá aquel que conste inscrito como socio o accionista en el respectivo libro. Salvo el caso de los padres que comparecieren representando a un hijo menor no emancipado, los representan-tes legales y convencionales de las personas naturales y jurídicas justificarán su calidad. En caso de duda, el Presidente o el Secretario podrán exigir la debida identifica-ción de un asistente.

Boletín Jurídico de la Cámara de Comercio de Quito

CCQ

C1LUNES

7 de aBRil de 2014La Hora Quito, eCuadoR

Revista no: 10659

es una edición de diario la hora http//www.derechoecuador.comDirección: Panamericana norte Km 31/2 y nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: [email protected]

EditoranaThalY salaZar BriTo

Directordr. Francisco ViVanco rioFrío

Juntas Generales de Socios y Accionistas¿Cómo convocar?

Page 2: Judicial 7 abril 2014

PODERR DEL E

EXTRACTO JUDICIALJUZGADO VIGESIMO DE LO

CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A TOSHIHIRO HAMADA JUICIO No. 1353-2012-L AREVOCATORIA DE PODERACTOR COMPAÑÍA TOYOTA TSUSHO DEL ECUADOR S.C.C DEMANDADO TOSHIHIRO HAMADACUANTIA INDETERMINADADR. CARLOS VASQUEZCASILLERO No. 02PROVIDENCIAJUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 30 de julio del 2013, las 15h06.- VISTOS: Avoco conoci-miento de la presente diligencia en virtud del sorteo correspon-diente y en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura. En lo principal, la petición que ante-cede es clara completa y reúne los requisitos de Ley. En con-secuencia, Con la revocatoria del poder cítese al demandado señor TOSHIHIRO HAMADA, en uno de los diario de mayor circulación de esta Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, de conformidad con lo ordena-do en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil - Hecho ins-críbase en el Registro Mercantil del Cantón, para lo cual se noti-ficará al funcionario correspon-diente quien deberá mantener en su despacho una copia del expediente en la forma deter-minada en el Art. 33 del Código de Comercio.- Protocolícese en una de las Notaria del Cantón, en donde se conferirán las copias que se solicitare.- Cúmplase.- f).- Dr. FERNANDO LANDAZURI SALAZAR, JUEZ. JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 30 de julio del 2013, las 15h06. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente diligencia en virtud del sorteo correspondiente y en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura. En lo principal, la petición que antecede es clara completa y reúne los requisitos de Ley. En consecuencia, Con la revocatoria del poder cítese al demandado señor TOSHIHIRO HAMADA, en uno de lo diario de mayor circulación de esta Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, de conformidad con lo ordenado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil - Hecho inscríbase en el Registro Mercantil del Cantón, para lo cual se notificará al funcionario correspondiente quien deberá mantener en su despacho una copia del expe-diente en la forma determina-da en el Art. 33 del Código de Comercio.- Protocolícese en una de las Notaria del Cantón, en

donde se conferirán las copias que se solicitare.- Cúmplase.-f) Dr. Fernando Landázuri S , JuezLo que comunico a usted para los fines de ley. Y le CITO, previ-niéndole de la obligación de que tiene que señalar casillero judi-cial para futuras notificacionesDra. Mercy CriolloSECRETARIAHay un selloP AB/8004/cc

DIVORCIOSUNIDAD JUDICIAL

ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER,

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL No.30094-2013-CC.CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: VERBAL SUMARIO ACTOR: LUNA SANTANDER MIRIAM DEL CARMEN DEMANDADO: CARRATALA GOMEZ VICENTE CITACIÓN JUDICIAL A: CARRATALA GOMEZ VICENTE CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA PICHINCHA. Quito. 16 de Abril del 2012. las 15h18. VISTOS: Avoco conocimiento de la pre-sente causa en virtud del sor-teo realizado. En lo principal, la demanda que antecede es clara. completa y reúne los demás requisitos de ley.- Es proceden-te el trámite Verbal Sumario. En mérito al al juramento rendido con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiaito Civil te dispone que se cite al demanda-do señor VICENTE CARRATALA GOMEZ. por la prensa mediante tres publicaciones que se reali-zarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quilo, mediando ocho días hábiles entre una y otra publicación.- Agréguese la documentación acompa-ñada. Tómese en cuenta la casulla judicial señalada por la actora.- Notifiquese.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO PROVINCIA PICHINCHA. Quito, 20 de Diciembre del 2013, las 09h12. VISTOS: En mi cali-dad de Juez Titular de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito. creada mediante Resolución No. 116-2012 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura de Transición de fecha 11 de

Septiembre del 2012, publica-do en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 810 del 16 de Octubre del 2012; y, en virtud de la Resolución No. 058-2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial No. 31 de fecha 8 de Julio del 2013, la Resolución Interpretativa No. 080-2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 22 de Julio del 2013, las disposicio-nes impartidas por la Dirección Provincial de Pichincha; y, en razón del Acta de Resorteo que obra de los autos, AVOCO cono-cimiento del presente Juicio de Divorcio por Causal que sigue MIRIAM DEL CARMEN LUNA SANTANDER en contra de VICENTE CARRATALA GOMEZ, en 13 fojas, más el acta de resorteo y la razón impuesta por Secretaria de esta Unidad, mismo que se notifica a las par-tes con la recepción del proceso. Continuando con la sustancia-ción de la causa, agréguese a los autos el escrito que antecede, en atención al mismo se dispone: 1) hágase saber a las partes pro-cesales sobre la recepción del proceso que ha sido remitido del Juzgado Vigésimo cuarto de lo Civil de Pichincha, cuyo Número de Juicio anterior es el 2012-347. 2) Agréguese al proceso el escri-to presentado por el accionante en atención al mismo concédase el extracto de conformidad con lo ordenado en auto de fecha 16 de abril del 2012 a las 15h18.- NOTIFIQUESE.- f Dra. Gloria Pillajo Jueza Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes pre-viniendoles de la obligacion de señalar casillero judicial dentro del perimetrto legal de la uni-dad judicial tercera de la familia mujer y adolescencia del canton Quito al tenor de lo dispuesto en el articulo 75 del codigo de procedimiento civilCERTIFICO.DR CARLOS CARVAJALSECRETARIOHay firma y sello PAC/99877

EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL TERCERA

ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL

CANTÓN QUITO CITACIÓN JUDICIAL A: JIMBIQUITI JEMBUE ANGEL AMBROSIO, en el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL que sigue MORENO DE LEON PAULINA en contra de JIMBIQUITI JEMBUE ANGEL

AMBROSIO. CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL Nro. DE JUICIO 2013-42374-BG ACTOR: MORENO DE LEON PAULINA DEMANDADO: JIMBIQUITI JEMBUE ANGEL AMBROSIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. BOLÍVAR GARCÍA PINOS OBJETO: DISOLVER EL VINCULO MATRIMONIAL AUTO: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA. - UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de septiembre del 2013, las 11h22.- VISTOS: Mediante acción de personal No. 7654 DNP de 17 de Mayo del 2013, avoco conoci-miento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, creada mediante Resolución No 116-2012, de fecha 11 de septiembre del 2012, suscrita por el Pleno del Consejo de la Judicatura de conformidad con lo esta-blecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal, una vez que la accionante ha dado cumplimiento con lo dis-puesto en providencia anterior y ha realizado el juramento de desconocimiento de domicilio del demandado se procede a calificar la demanda presen-tada por el señora PAULINA MORENO DE LEÓN, la misma que es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se acepta a trámite VERBAL SUMARIO.- En consecuencia, de conformidad a lo previsto en el Art. 110 causal 11va, inciso 2do., del Código Civil, entré-guese copia de la demanda y providencia recaída en ella al

demandado ANGEL AMBROSIO JIMBIQUITI JEMBUE, al mismo que atento el juramento de la actora, se lo citará por la prensa, esto es mediante tres publica-ciones en uno de los diarios de mayor circulación del país, de acuerdo a lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta el casillero Judicial No. 1662 y el correo electrónico [email protected] señalados por la actora para sus notificaciones así como la autorización confe-rida a su Abogado Patrocinador.- Cítese y Notifíquese.- f) DR. BOLIVAR GARCIA PINOS, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO.- Certifica.- AB. YOLIMA VIZUETE SECRETARIAHay firma y selloP AC/99568/tf

EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL

ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER,

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL N. 2374-2014 CUANTIA: INDETERMINADA ACTORES: JIMENEZ MERINO JULIA EMPERATRIZCITACION JUDICIAL A: ALBIÑO ORTIZ ANGEL MANUELCORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.-U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito 30 enero del 2014, las 144h36 .- En mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial, y atenta la razón sen-tada por la secretaria de esta unidad; revisada la demanda y documentos adjuntos: y, previo a proveer lo que en derecho corresponda la actora solicita la citación por la prensa con-forme al art. 82 del C.P.C. esta norma nos dice que el actor debe

afirmar con juramento que ha sido imposible determinar la individualidad y residencia del demandado, por lo tanto, la actora haber agotado las ges-tiones necesarias para disponer de esa información; y, a fin de dar cumplimiento a la garantía constitucional del derecho a la defensa y evitar la indefensión de la parte demandada; y, siendo obligación del juzgador ser cui-dadoso para admitir que la cita-ción al demandado se haga por medio de la prensa, conforme lo dispuesto por la Corte Suprema hoy Corte Nacional de Justicia en fallos de triple reiteración contenidos en las resoluciones No. 159-2001 publicado en el Registro Oficial 353 del 22 de junio del 2001; Numero 258-2001 publicado en el Registro Oficial 416 del 20 de septiembre del 2001 y Número 127- 2002 publicado en el Registro Oficial 630 de 31 de julio del 2002; se dispone que la parte actora justifique documentadamen-te el desconocer el domicilio o residencia del demandado: por lo que, previo a proveer lo que en derecho corresponda la actora en el término de tres días y bajo prevenciones de lo que dispone el segundo inciso del art. 69 del C.P.C., cumpla lo mencionado en esta providen-cia.- NOTIFIQUESE.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 07 de febrero del 2014 Vistos: Agréguese al proceso el escri-to que antecede de fecha 6 de febrero del 2014.- Avoco cono-cimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial.- En lo princi-pal, la demanda de divorcio por causal presentada por JIMENEZ MERINO JULIA EMPERATRIZ , por ser clara y completa reúne con los requisitos de Ley razón por lo que se la acepta al trá-mite del juicio verbal sumario conforme lo determina el Art. 118 del Código Civil, y artículos

110 numeral 11 del Código Civil, en consecuencia cítese con el contenido de la demanda y esta providencia al señor ALBIÑO ORTIZ ANGEL MANUEL, en uno de los periódicos de mayor circulación en el País, advirtién-dole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad para sus posteriores notificaciones, tómese en cuen-ta el casillero No. 3653 para las posteriores notificaciones del actor, así como la autorización conferida a su defensor para que intervenga en esta causa; y, los documentos adjuntos agrégue-se al proceso para los fines de Ley. Notifíquese y Cítese. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consi-guientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito. DRA. NORMA VARGAS ARMIJO SECRETARIAHay un selloP.A.C./99517

MENORESCasilla 1109

REPUBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA AL SEÑOR PABLO ESTEBAN ESTRELLA TORO Y AL PÚBLICO EN GENERAL SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE: JUICIO: AUTORIZACION DE SALIDA DEL PAIS CON OPOSICION No. 2980- 2014-C.E. CUANTIA: INDETERMINADA ACTOR: GABRIELA DE LOS ANGELES PROAÑO BENERAS. DEMANDADO: PABLO ESTEBAN ESTRELLA TORO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, martes 1 de

abril del 2014, las 12h28. VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, previo el sorteo de Ley corres-pondiente y en virtud de la Resolución No. 116-2012, dic-tada por el Pleno del Consejo de la Judicatura de Transición de fecha 11 de septiembre del 2013, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 810 de martes 16 de octubre del 2012.- AVOCO conocimiento de la demanda de Autorización de Salida del País, la misma que es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se acepta a trámite establecido en el Art. 271 del Código de la Niñez y Adolescencia - Por cuan-to la señora GABRIELA DE LOS ANGELES PROAÑO BENERAS declara bajo juramento desco-nocer el domicilio del deman-dado. CITESE al señor PABLO ESTEBAN ESTRELLA TORO, mediante tres publicaciones, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, que se harán cada una de ellas en fecha distinta en un periódico de amplia circulación del lugar, para el efecto por secretaria elabórese el extracto para dar cumplimiento con lo dispuesto.- El demandado tiene la obligación de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito, para posteriores notificaciones de no comparecer se conside-rará su rebeldía.- Intervenga el Equipo Técnico de esta Unidad Judicial.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la accionante y la autorización con-ferida a su Abogado Defensor. - NOTIFIQUESE. f) DRA. CELMA ESPINOSA, JUEZA.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consi-guientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito. DRA. FANNY ARGUELLO ARBITO. SECRETARIA (E) Hay un sello

C2

RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014La Hora Quito, eCuadoR

Un hombre debe tener por lo menos dos vicios, uno solo es demasiado.

B e R t o lt B R e c h t ( Eugen Berthold Friedrich Brecht )

Escritor alemán.

R. DEL E.JUZGADO CUARTO ADJUNTO DE FAmiLiA, mUJER,

NiñEZ Y ADOLESCENCiA DE EL OROEXTRACTO DE CITACIÓNACTOR: DEISY JANETH CHONILLO CHIRIGUAYA DEMANDADO: DOMINGO ALFREDO GOMEZ GUILLEN JUEZA: DRA. ISELA ORDOÑEZ MUÑOZ CAUSA: ALZA DE ALIMENTOS No: 205-2011

Al Juzgado Cuarto Adjunto de Familia, Mujer, Niñez y Adoles-cencia de El Oro, comparece la señora DEISY JANETH CHO-NILLO CHIRIGUAYA, demandando al señor DOMINGO AL-FREDO GOMEZ GUILLEN, Alimentos. Calificada que ha sido la demanda de clara, precisa y completa se la acepta a trámite de ley y como la actora bajo juramento manifiesta desconocer la individualidad o residencia del señor DOMINGO ALFREDO GOMEZ GUILLEN, de conformidad a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone si citación por la prensa. Se advierte al demandado la obligación de se-ñalar casilla judicial para sus notificaciones posteriores. En caso de no comparecencia se procederá en rebeldía.

Machala, 21 de Marzo del 2014

Ab. Rosa Elena reyes ArévaloSECRETARiA DEL JUZGADO CUARTO ADJUNTO DE

FAmiLiA, mUJER, NiñEZ Y ADOLESCENCiADE EL ORO

3101

Quito 3 de Abril del 2014

De conformidad con la ley de compañías se convoca a !os señores accionistas de !a compañía de trasporte pasado LOGIC TAGAVASEN S.A. a junta General Ex-traordinaria de accionistas la cual tendrá lugar en !as oficinas de la compañia Mulalillo 522-135 y Chumunde ciudadela la Gatazo del Distrito Metropolitano de Quito el día Jueves 17 de Abril a las 19h:30 con el objeto de conocer y tratar los siguientes puntos del orden del día

1.- Constatación de! Quorum

2.- Aprobación del balance 2013

Atentamente EDWIN SANCHEZ

Presidente

CONVOCATORiA A JUNTA GENERAL EXTRAORDiNARiA DE ACCiONiSTAS DE LA

COmPAñÍA DE TRASPORTE PESADO LOGiC TAGAVASEN S.A.

PAC100251fa

Page 3: Judicial 7 abril 2014

P.A.C./100258

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL

AZUAYUNIDAD JUDICIAL DE LA

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE CUENCACITACIÓN JUDICIALA VICTOR VICENTE ESTRELLA FLORESSe le hace saber que en la Unidad Judicial “C” de la Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo del Dr. Luis Alberto Guerrero, ha correspon-dido la demanda y providencia en ella racaidas que en extracto dicen:ACCION: ESPECIALMATERIA: ALIMENTOSACTOR: JANETH PATRICIA MOSQUERA GUILLÉNDEMANDADO : VICTOR VICENTE ESTRELLA FLORESCUANTÍA: INDETERMINADAJUICIO 3304-2014Cuenca 7 de febrero de 2014 las 09h03VISTOS: Actúe como secretaria ad-hoc la abogada Ana Lucía Vasquez por falta del titular habiendose cumplido con lo ordenado en laprovidencia anterior, se califica de clara y completa , aceptandola al trámite establecido en el Art. innumerado 34 y siguientes de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y la Adolescencia, publi-cada en el RO No 643-S de 28 de julio del 2009,la demanda de fijación de pension alimenticia presenteda por Janeth Patricia Mosquera Guillén en contra de Victor Vicente Estrella Flores, Citese al demandado, publica-ciones de prensa de conformi-dad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil del Código del Procedimiento civil, que se realizaran en esta ciudad y TAMBIÉN EN LA CIUDAD DE QUITO, en virtud del juramen-to prestado por la accionante, para que conteste la demanda en audiencia única que opor-tunamente se convocará, se le prevendra de su obligación de comparecer y señalar casilla judicial y dirección electronica para futuras notificaciones y

de que en caso de no hacer-lo, se procederá en rebeldía. Adjuntese alos autos la docu-mentación que se acompaña a la demanda.- En cuenta la prueba documentada y de con-fesión judicial anunciadas por la actora, debiendo por lo tanto comparecer el demandado, bajo prevenciones de ley a rendir su confesión judicial en la audien-cia única que se señalará opor-tunamente.- Al tenor de lo dis-puesto en el art. Innumerado 25 de la ley Reformatoriaal Código de la Niñez y la Adolescencia, se dispone la prohibición de salir del país del demandado, porta-dor de la cédula de ciudadanía No. 1705303665 y para cuyo efecto se deberá oficiar al señor Jefe de Migración del Azuay, a fin de que se haga constar en la base de datos de la institución a nivel nacional la medida cau-telar que se ha dispuesto.- De acuerdo a la tabla de pensio-nes alimenticias vigente, se fija como pensión provisional para Michelle Carolina y René Vicente Estrella Mosquera, la cantidad de CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES mensuales, más los beneficios de ley a partir de la fecha de presentación de la demanda, monto que deberá ser depositado por el demandado en la cuenta que este Juzgado mantiene en el Banco de Guayaquil.- En cuenta la casilla judicial y la dirección electronica que señala la actora para futu-ras notificaciones, asi como la autorización que concede a su abogado defensor.-Notifiquese a la señora pagadora de los Juzgados de la Niñez a fin de que se proceda a abrir la res-pectiva tarjeta, la actora es por-tadora de la cédula de identidad 091590874, Notifiquese.-F) Dr. Luis Alberto Guerrero, Juez de la Unidad Judicial “C” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca.A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LE OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES.Cuenca, 28 de marzo del 2014

DRA. ANA CORDOVASECRETARIA AD-HOC DE LA UNIDAD JUDICIAL “C” DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA.Hay firma y sello PAC100207fa

EJECUTIVOSJUZGADO SEXTO DE LO

CIVIL DE PICHINCHACITACION JUDICIAL

CITESE con el siguiente EXTRACTO DE LA DEMANDA EJECUTIVA Y PROVIDENCIAS a: ELSA YOLANDA PAZMIÑO ROMAN, cuyo extracto es el siguiente:ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. (PROCURADOR JUDICIAL FRANCISCO ESTEBAN CARRERA DURAN)DEMANDADOS: HUGO HUMBERTO ENRIQUEZ LOJA y ELSA YOLANDA PAZMIÑO ROMANJUICIO: 1520-2012CUANTIA: Usd. 110.000,ooTRAMITE: EJECUTIVOOBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINEROJUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 20 de diciembre del 2012, las 10h16.- VISTOS: Avoco cono-cimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de Juez Titular de esta Judicatura, según Acción de Personal No.4194-DNP-OQ, de 23 de septiembre del 2012, emitida por el Dr. Mauricio Jaramillo Velasteguí, Director General del Consejo de la Judicatura, en funciones desde el 01 de Octubre del 2012.- La demanda que pre-senta FRANCISCO ESTEBAN CARRERA DURAN, en calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A. en contra de HUGO HUMBERTO ENRIQUEZ LOJA y ELSA YOLANDA PAZMIÑO ROMAN, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trá-mite correspondiente por la vía Ejecutiva, prevista en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, de acuerdo a lo previsto en el Art. 423 del Código de Procedimiento Civil

y sobre la base de la hipoteca presentada y el certificado de gravámenes adjunto, se dispone el embargo del bien inmueble de propiedad de los demandados y que se encuentra hipotecado a favor de la entidad demandante, para cuyo efecto cuéntese con la intervención de uno de los Depositarios de esta Cantón quien de creerlo necesario con-tará con el auxilio de la Policía Nacional, remítase el oficio correspondiente a la Oficina de Sorteos y Casilleros Judiciales.- Cítese a los demandados en la dirección proporcionada para el efecto para que en el término de tres días paguen la obliga-ción demandada o propongan las excepciones de las que se crean asistidos.- Agréguese a los autos los documentos presentados y notifíquese al demandante en la casilla judicial No. 431.- NOTIFIQUESE f) DR. JORGE MIRANDA. JUEZ.JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 17 de marzo del 2014, las 14h10. Atenta la aseveración juramen-tada del demandante respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de una de las demandadas, cítese a ELSA YOLANDA PAZMIÑO ROMAN, con un extracto de la demanda, auto inicial y esta pro-videncia, por la prensa en uno de los periódicos que se editan en esta ciudad, por Secretaría confiérase el correspondiente extracto.- NOTIFIQUESE f) DR. JORGE EMIRANDA. JUEZ.Lo que comunico y les cito a ustedes para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, sír-vase señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la

Ley. Quito, 27 de marzo del 2014.DR. WILMER BRAVO ORTIZSECRETARIOHay un selloP.A.C./100193

JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL A: CARLOS PATRICIO PAVÓN BÁEZ JUICIO: EJECUTIVO No. 585-2013-A.LL. ACTOR: GALARZA NARANJO JOHN DEMANDADO: CARLOS PATRICIO PAVÓN BÁEZ TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: VEINTE y OCHO MIL DÓLARES 00/100OBJETO: EN SENTENCIA SE CONDENE AL PAGO DE CAPITAL, INTERESES, COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS PROFESIONALES.JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Quito, lunes 8 de julio del 2013, las 12h25. VISTOS: En razón del sorteo legal, la competencia de esta causa, ha radicado en esta Judicatura, por lo tanto, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura.- En lo principal, la demanda presenta-da es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo.- En consecuencia, el demanda-do: CARLOS PATRICIO PAVÓN BÁEZ, bajo prevenciones de Ley, pague la obligación adeudada o proponga las excepciones de las que se crea asistido en el térmi-no de tres días de legalmente citado.- CÍTESE al demandado en el lugar indicado para el efecto.- Téngase en cuenta el domicilio judicial señalado y la

calidad en la que comparece el actor.- NOTIFIQUESE- F). Dra. Lizbeth Ron Cadena. Jueza. JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miérco-les 26 de febrero del 2014, las 09h13. Agréguese al proceso el escrito presentado.- Atenta la petición que antecede y en mérito de juramento rendido CITESE al demandado señor CARLOS PATRICIO PAVON BAEZ, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional.- Para el efecto confié-rase el extracto correspondien-te. - NOTIFIQUESE. - F). Dra. Lizbeth Ron Cadena. Jueza. LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO PREVININDOLE DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PA RA P OST E R I O R ES NOTIFICACIONES. Dr. Paúl Andrés Tapia SECRETARIO E DEL JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un selloP.A.C./100219

ORDINARIOSREPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER,

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE

PICHINCHA.CITACIÓN JUDIAL A : LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE GUIDO LENIN TADEO PAVONEXTRACTOCAUSA: DECLARACIÓN DE LA EXISTENCIA DE LA UNION DE HECHONo. DE JUICIO. 55170- 2013-AB-LCDEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE GUIDO LENIN TADEO PAVONACTORA: JESSIKA PATRICIA BERBARDO CONGOCUANTIA: INDETERMINADAJUEZ: DRA. EDILMA BORJA PAREDES

JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jue-ves 27 de febrero del 2014 las 11h31. VISTOS: En virtud del sorteo realizado. Dra. EDILMA ESMERALDA BORJA PAREDES, Jueza dela Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito creada mediante resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 11 de septiembre del año 2012 y publicada en el Registro Oficial No. 810 del 16 de octubre del 2012, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la demanda presen-tada por JESSIKA PATRICIA BERNARDO CONGO es clara, completa y precisa. Por reunir los requisitos de Ley se la admite al trámite Ordinario.- En mérito de la afirmación manifestada bajo juramento por la actora, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante GUIDO LENIN TADEO PAVON, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual se entregará el respectivo extracto.- Se niega contar con el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, ISSPOL, por falta de fundamento legal. Tómese en cuenta la casilla

judicial y el correo electrónico señalados por la actora para sus notificaciones, así como la designación y autorización dada a los señores abogados patrocinadores. Notifíquese.- f) DRA. EDILMA BORJA PAREDES JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO.Lo que comunico a usted, para os fines de Ley, Previniéndole de la obligación que tienen de seña-lar domicilio o casilla judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro de Ley.Atentamente,AB. LIGIA MARISOL CUSHICONDORSECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL.Existe firma y selloP.A.P/59118/p.n

REMATESJUZGADO SEPTIMO DE LO

CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL

SE PONE EN CONOCIMIENTO DELPÚBLICO EN GENERAL QUE EL DIA VEINTE Y NUEVE DE MAYO DEL AÑO EN CURSO DESDE LAS TRECE HASTA LAS DIECISIETE HORAS SE LLEVARA A CABO EN LA SECRETARIA DEL JUZGADO EL REMATE DEL BIEN INMUEBLE EMBARGADO DENTRO DEL JUICIO EJECUTIVO No 294-2007-AL Y CUYAS CARACTERISTICAS A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: A.- Bien inmueble objeto de avalúo.- Lotes de terrenos signados con los números 16 y 17, casa de hacienda y pequeña cons-trucción adjunta, ubicado en la Parroquia de Machachi del Cantón Mejía, Provincia de Pichincha. B.- Linderos y superficie del terreno Norte: Terreno de Propiedad de Manuel Llumigusin, tapia al medio. Sur: Camino entrada a parce-lación. Oriente: Quebradilla que condu-ce aguas del Municipio de Mejía. Occ iden te : Ca r re te ra Panamericana Sur. Superficie total del Terreno: Seis mil noventa y tres metros cuadrados. C. Infraestructura urbana y ser-vicios básicos,Este sector dispone de servicios de lnfraestructura básica, como son servicio de energía eléctrica y agua potable, alcantarillado, líneas telefónicas, tiene bordi-llos y veredas, la calle principal tiene servicio de recolección de basura, tiene servicios de tras-porte público. D.- Uso exclusivo del suelo.- El uso de este lugar es de vivien-da y terreno. E.- Descripción del terreno y las construcciones internas: Esta propiedad tiene un una casa de dos pisos, tipo Colonial con cinco habitaciones un comedor, una cocina, un baño, una bodega, un altillo con una habitación, este terreno tiene en otro extremo un galpón con una construcción pequeña de ladrillo. F.- Programa funcional..- terreno tiene una casa de dos pisos, sus paredes son de adobe y carrizo y palos, en piso es de tablón, sus gradas son de made-ra, el techo es de teja de barro y palos, las paredes se encuentran enluci-das, las ventanas son de madera y vidrio, el baño tiene baldosas con sanitarios antiguos. Existe un galpón pequeño con una construcción de ladrillo, el techo es de zing. • Este terreno no tiene cerra-miento. • Las construcciones tienen medidores de agua y luz eléc-trica. El piso de este lugar es de tablón que esta en mal estado, con

C3

RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014

La Hora Quito, eCuadoR

Un solo rayo de sol es suficiente para borrar millones de sombras.

s a n F R a n c i s c o d e a s í s . Fundador de los franciscanos.

CONVOCATORiA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDiNARiA DE

ACCiONiSTAS DE LA COmPAñiA DE TRANSPORTE mEGATRANS S.A.”

De conformidad a lo establecido por los arts. 231 y siguientes de la ley de compañías y a lo prescrito por los Estatutos Sociales de la “COMPAÑIA DE TRANSPORTE MEGATRANS S.A.”, se convoca a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrara el día Jueves 24 de Abril del 2014, a las 17:00 pm, en las oficinas de la Empresa ubicada en la calle Sincholagua S/N y Riofrío, de la Parroquia de Pintag, Cantón Quito, Provincia de Pichincha. Para tratar los siguientes puntos del orden del día:

1.- Constatación de Quórum en función del Capital suscrito y pagado. 2.- Informe del señor Gerente General, sobre el ejercicio del año 2013. 3.- Informe del Comisario, sobre el año 2013. 4.- Conocer y Aprobar los estados financieros, correspondiente al ejercicio económico del año 2013. a.- Balance General, Estado de Resultados y sus Anexos. b.- Resolver sobre el destino de las Utilidades. 5.- Elección del Comisario principal y suplente. 2.014.

Los estados financieros y sus anexos, así como los informes de Gerencia y Comisario, se encuentran a disposición de los seño-res accionistas en las oficinas de la empresa, ubicada en calle Sincholagua S/N y Riofrío, de la Parroquia de Pintag, Cantón Quito, Provincia de Pichincha.

Se convoca de manera individual e independiente al señor José Stalin Freire, Comisario de la Compañía.

Pintag, a 2 de Abril del 2014,

Sr. Gustavo Rubén Ordoñez Ramos. Gerente

P.A.C./100214

REPÚBLiCA DEL ECUADORSUPERiNTENDENCiA DE COmPAñÍAS

EXTRACTODE LA ESCRiTURA PÚBLiCA DE

mODiFiCACiON DEL OBJETO SOCiAL Y REFORmA DE ESTATUTOS DE LA COmPAñÍA hiDROALTO GENERACiON DE ENERGiA S.A.

Se comunica al público que la compa-ñía HIDROALTO GENERACION DE ENERGIA con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, modi-ficó el objeto social y reformó sus es-tatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito el 17 de enero del 2014. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14001196 de 2 de abril de 2014 En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma, entre otros, el artículo tercero del Estatuto Social, de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO OBJETO SO-CIAL El objeto de la compañía será: B) La construcción de centrales hi-droeléctricas y obras asociadas, como caminos de acceso, puentes, líneas de transmisión, entre otras estructuras.. “Quitó, 2 de abril de 2014

Dr. Camilo Valdivieso CuevaINTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE

QUITO PAC100261fa

REPÚBLiCA DEL ECUADORSUPERiNTENDENCiA DE COmPAñÍAS

EXTRACTOCONSTiTUCiÓN DE LA COmPAñÍA

TABAEREO S.A.

La compañía TABAEREO S.A. se constituyo por escrituras públicas otorgadas ante el notario segundo del Distrito Metropolitano de Qui-to, el 04/12/2013 y el 06/03/2014, fueron aprobadas por la Superin-tendencia de Compañías, median-te Resolución SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001147 de 28/Marzo/2014.

1.- DOMICILIO: Distrito Metropo-litano de Quito, provincia de PI-CHINCHA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 10.000,00 Número de Acciones 10.000 Valor US$ 1,00 Capital Au-torizado: US$ 20.000,00

3.- OBJETO: El objeto de la com-pañía es : PRESTACIÓN DE SER-VICIOSDE AVIACIÓN PRIVADA,...

Quito, 28 de Marzo sel 2014.

Dr. José Eduardo Ronero AyalaSUBDIRECTOR DE ACTOS

SOCIETARIOS SUBROGANTEPAC100262

Page 4: Judicial 7 abril 2014

señales de polillas. Las paredes internas se encuen-tran en mal estado se observa claramente que hay huecos en la pared. Hay varios huecos en el techo producto de la erosión. Se observa que las puertas están en mal estado, con varios huecos, no tienen chapas, solo tienen argollas.Las construcciones tienen tomar corrientes focos, lavabos, tube-rías y cañerías, puertas de madera, ventanas de madera y vidrio, Tiene una piedra de lavar. • Las paredes de estas cons-trucciones se encuentran en mal estado, como es casa tipo colonial, la madera esta carco-mida y con polillas. El enlucido externo esta en mal estado, se ve claramente varios huecos. El techo es de madera con teja, mismo que se encuentra en mal estado, en varios lados hay hue-cos producto de la erosión. La baldosa del baño esta en mal estado. Los sanitarios del baño están en mal estado. ‘ La baldosa de la cocina esta en mal estado. • El terreno esta a un lado de la carretera. • El terreno tiene una cons-trucción de ladrillo que esta derrumbada. • El terreno tiene una quedra-dilla, • El terreno no tiene ningún tipo de construcción. G.- Porcentaje y pIusvalí.- Según la plusvalía del sector, el costo aproximado del metro cuadrado es de 80 dólares. H.- Avalúo del inmuebleInmueble ,, superficie,, avalúo,,Terreno,, 6,093,00 metros cua-drados,, 487,440,00 Valor total del terreno y la construcción interna es de 487440,oo (CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA DOLARES AMERICANOS) Por tratarse del primer señala-miento se aceptaran posturas que cubran las dos terceras partes del valor del avalúo, en dinero en efectivo o cheque certificado a orden de esta judi-catura... Lo que comunico a usted para los fines de Ley.- DR. MARIO ENRIQUE YANEZ URBANO SECRETARIO DEL JUZGADO SEPTIMO

DE LO CIVIL DE PICHINCHA PAC100264fa

UNIDAD JUDICIAL SEGUNDA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y

ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA

DE PICHINCHA. EXTRACTO AVISO IMPORTANTE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EL DÍA CINCO DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE, DESDE LAS TRECE HORAS HASTA LAS DIECISIETE HORAS, EN LA SECRETARIA DE ESTA UNIDAD JUDICIAL, SE LLEVARÁ A CABO EL REMATE DEL BIEN INMUEBLE, QUE SE DESCRIBE A CONTINUACIÓN UBICACIÓN. El inmueble materia de la pre-sente pericia está en el sector Urbano de la parroquia de Machachi en el barrio Santa Rosa en la calle El Hogar y Venezuela (esquina) Perteneciente al Cantón Mejía, Provincia de Pichincha. LINDEROS DEL INMUEBLE. Norte: con la propiedad de Tránsito Caiza, pared propia en 12.20 metros. Sur: con la calle el Hogar en 12.80 metros. Oriente: con la propiedad de Victor Llumigusin pared media-nera en 39.23 metros. Occidente: antes con la pro-piedad del señor Juan Escobar Pared propia hoy calle Venezuela en 39.90 metros Dando un area de 465.65 m2. DESCRIPCION DEL PREDIO. Es un terreno de forma rectan-gular en el que se encuentra implantada una construcción de dos pisos, y su estructura es mixta con estructura de madera. La construcción tiene instala-ciones, eléctricas, sanitarias e hidráulicas. Los servicios que tiene el sector es de: red de energía eléctrica, red de alcan-tarillado, alumbrado público, red telefónica, calles de accesos. El inmueble se encuentra en una zona urbana no conso-lidada residencial de clase media — baja, la misma que se encuentra en regular estado de conservación. Para determinar el avaluó del terreno se utiliza el método comparativo y para la cons-trucción se utiliza el método de reposición tomando en cuenta el estado y tiempo en que fue construida.

AVALUO AVALUO. CALCULO DEL PRECIO POR METRO CUADRADO DEL LOTEConcepto; Cal/100; Peso; Puntuación Calificacion Sobre 10; Subtotales Peso por cali-ficaciónEntorno Urbanístico; 1; 2; 3; Lote; 1; 2; 3; LoteCategoría Socio – Economía del Sector; 30,00; 6; 9; 8; 7; 7; 2,70; 2,40; 2,10; 2,10Características del loteFrente; Fondo; Topografía; Forma; Ubicación; 50,00; 10; 10; 9; 8; 8; 5,00; 4,50; 4,00; 4,00Distancias y comunicacionesDistancias a Instituciones; 20,00; 4; 8; 7; 7; 7; 1,60; 1,40; 1,40; 1,40100,00; 20; 9,30; 8,30; 7,50; 7,50Precios conocidos por m2; 45; 50; 55; 36,29; 45,18; 55,00; 45,49Valor del terreno 21.183Valoracion construcción nueva; Valoración construcción usadaVivienda (2 pisos) 95,28; m2; vida útil; 80; añosCosto directo; 230,00; US$; Edad; 20; añosF. multiplicador; 1,00; E. Conserv.; BuenoCosto Construc; 230,00; US$; v. residual; “R” (%); 8%Area útil; 95.28; m2; E (%) 25,00%Factor “K”; 1,00; Valor; “D” % ; 26,13%Area construida; 95.28; m2; Depreciacion; 0,7596Valor de nueva; 21.914; US$; Valor actual; 16.646 US$RESUMEN RUBROS; PRECIOUS$; CONSTRUCCION; 16.646TERRENO 21.183AVALUO TOTAL 37.829CONCLUSION.- 1.- El avaluo de la propiedad es de treinta y siete mil ochocientos veinte y nueve dólares america-nos (37.829.00) USD En el remate se recibirán pos-turas que cubran como base las dos terceras partes del avaluó del inmueble en adelante, para lo cual los interesados deberán adjuntar a sus propuestas el

diez por ciento de las mismas, en dinero o cheque certificado a nombre de la Unidad Judicial. F) CARLA MOLINA RUIZ.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SEGUNDA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MEJÍA AB. MILTON TINIZARAY JARAMILLOSECRETARIOHay firma y sello P AC/ 99879/tf

JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHAAVISO DE REMATE

SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL, QUB EL DÍA LUNES CINCO DE MAYO DEL AÑO 2014, DESDE LAS TRECE Y TREINTA MINUTOS HASTA LAS DIECISIETE HORAS, EN LA SECRETARIA DE ESTA JUDICATURA, SE EFECTURA EL REMATE DEL VEHICULO EMBARGADO, CUYAS CARACTERIST ICAS A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: JUICIO EMBARGO Y REMATE N° 0415-2008 GV UBICACIÓN: PROVINCIA DE PICHINCHA CANTON: QUITO UBICACIÓN DEL VEHICULO Provincia de: PichinchaCantón y Ciudad: QuitoA cargo de: Dr. Luis Enrique Arias Velasteguí Calle: Río Coca y Colines Con fecha 26 de septiembre del 2012, a las 10H00 he procedido a realizar la inspección nece-saria a fin de proporcionar una información técnica del valor real en el mercado de los vehí-culos en cuestión IDENTIF ICACION DEL

VEHICULO DETALLE CARACTERISTICAS MARCA CHEVROLET CLASE AUTOMOVIL TIPO SEDANMODELO AVEO EMOTION 1.6L STD AÑO FABR 2008 MOTOR No.- F16D385938 1 C H A S I S N o . - 8LATW58668000148COLOR ROJO FERRARI PLACA NO HAY PUERTAS No.- 5COMBUSTIBLE GASOLINACAPACIDAD 5ESTADO DEL VEHCULO EN LA INSPECCION PARTE FRONTAL: Con observaciones de la ins-pección ocular, con rayones en estado regular PARTE POSTERIOR: Con observaciones de la inspec-ción ocular, en estado regular TECHO: Con observaciones de la inspec-ción ocular, en estado regular ZONA EXTERIOR:Con observaciones de la inspec-ción ocular, Capo, guardafango derecho rayado y golpeado, guarda choques, parabrisas, plumas, puertas en estado regular. ZONA INTERIOR

Con observaciones de a inspec-ción ocular, asientos y tapizado completos, con volante, espe-jos, cerebro de radio y tableros en estado regular, ya que no se pudo constar puesto que el demandado no presto las facili-dades por no entregar las llaves. MOTOR: Con observaciones de la ins-pección ocular, se encuentra en estado regular. SISTEMA DE TRACCION: Con observación de la inspec-ción ocular, neumáticos o cua-tro llantas puestas y bandas de rodadura en buen estado, con llanta de emergencia, rayados se encuentra en estado regular. SUSPENSIÓN: Con observación a la inspección ocular, amortiguadores no se pudo constar (no hay llaves y agotada la batería )SISTEMA DE DIRECCION: Con observación de la inspec-ción ocular, no se puede cons-tar (no hay llaves y agotada la batería) SISTEMA DE FRENOS: Con observación a la inspección ocular, no se puede constar (no hay llaves y agotada la batería) SISTEMA ELECTRICO: Con observación a la inspección ocular, no se pudo constar (no hay llaves y agotada la batería) SISTEMA DE ALUMBRADO: Con observaciones a la inspec-ción ocular, no se pudo cons-tar (no hay llaves y agotada la batería) VALORACION TOTAL: DETALLE AÑO VALORCREVROLET AVEO EMOTION 2008 $11.500,00TOTAL $11.500,00SON: ONCE MIL QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS 00/100

PROVIDENCIA:Quito, lunes 24 de febrero del 2014, las 15h14.- Agreguese al proceso el escrito presentado. Tengase en cuenta la aprobación hecha por la parte de la actora al informe pericial presentado por elperito Boris Tapia Arroyo, por cuanto la parte demandada no ha hecho observaciones al informe se lo aprueba al mismo en todas sus partes. Atenta la petición que antecede, se señala para el día lunes cinco de mayo del año en curso, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, a fin de que tenga lugar en la secretaria de esta judicatura, el remate del bien embargado en la presente causa. Por tratarse del primer señalamiento se acepta-rán posturas que cubran las dos terceras partes del valor del ava-lúo y consignen el díez por cien-to de la oferta. Fijese los carteles respectivos y publíquese en la prensa de conformidad con la Ley.- NOTIFIQUESE.- f) Dr. LUIS EDUARDO TAIPE GUANOLUISA. JUEZ ENCARGADO.DR. MARIO ENRIQUE YANEZ URBANOSECRETARIO DEL JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA DE PICHINCHAHay sello y firmaPAC100195fa

REPUBLICA DEL ECUADORJUZGADO SEXTO DE LO

CIVIL DE PICHINCHAEXTRACTOSe pone en conocimiento del público en general que en esta judicatura el día 30 de abril del 2014 desde las 13h00 hasta las 17h00, se va a realizar el rema-te de los derechos y acciones del bien inmueble embargado y

avaluado, dentro del juicio No. 564-2003-WZ, que se detalla a continuación:Depositario Judicial: Dr. Fredy Cedeño2.- UBICACIÓN POLÍTICA ADMINISTRATIVA DEL BIEN INMUEBLEProvincia: Pichincha, Cantón: Quito, Parroquia : Cotocollao, Sector: La Ofelia, lote ubicado en la Calle: Bellavista de nomen-clatura municipal actual Oe3-448, este sublote se encuentra a 68,00 m, al interior en dirección norte , con respecto a la calle Bellavista.3.- CLASIFICACION DE LA ZONAUrbano: Si. Residencial: Si, viviendas alta densidad pobla-cional.Sectorización Urbana Múltiple, con todos los servicios básicos.4.- CARACTERISTICAS DEL TERRENOTopografía : semiplano, Forma: Rectangular, Frente: de 2,00m, al pasaje de salida comunal calle Bellavista5.-LINDEROS DEL TERRENOAntecedentes: ( Según, certifi-cado de Registro de la Propiedad que obra dentro del proceso):Propiedad adquirida mediante compra hecha a los cónyu-ges Luis Francisco Chicaiza Velázquez y María Manuel Cabezas Basan, casados, según escritura otorgada el 29 de mayo de 1998, ante el notario Dr. Gonzalo Román, inscrita el 17 de junio de 1998.Los Derechos y Acciones equi-valentes a la una doceava parte ( equivalente 8.33%), fincados en el lote de terreno núme-ro 21, situado en la parroquia de Cotocollao de este cantón, siendo los linderos generales

C4

RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014La Hora Quito, eCuadoR

Tenemos dos orejas y una sola boca, justamente para oír mas y hablar

menos. c e n o n d e c i t e n o n .

Filósofo Griego

Se convoca con carácter obligatorio a la sesión ordi-naria que se llevará a cabo el día sábado 12 de abril del 2014, a partir de las 09H00 en la oficina de la Compañía Se tratará el siguiente orden del día: 1. Constatación del quórum 2. Lectura y aprobación del acte anterior. 3. Presentación del lnforme y balance económico 2013. 4. Elección de Presidente. 5. Aprobación del presu-puesto para el año 2014 6 Informacion de Seguros para polizas de las unida-des, Esperando contar con su presencia reiteramos nues-tros agradecimientos.

Atentamente JUAN PABLO YUGCHA

PRESIDENTE

Quito, Abril 02 del 2014 CONVOCATORiA

A los Accionistas de la Compañía de Transporte Pesado “ TANDAPiTRUCk

S.A.”

PAC100276fa

REPÚBLiCA DEL ECUADORSUPERiNTENDENCiA DE COmPAñÍAS

EXTRACTODE LA ESCRiTURA PÚBLiCA DE LA

mODiFiCACiÓN DEL OBJETO SOCiAL Y REFORmA DE ESTATUTOS DE LA COmPAñÍA

LOCROZA CÍA. LTDA.

Se comunica al público que la COM-PAÑÍA LOCROZA CÍA. LTDA, con domicilio principal en el Distrito Me-tropolitano de Quito, modificó su ob-jeto social y reformó sus estatutos, por escritura pública otorgada ante la Notaria Vigésima Primera del Distrito Metropolitano de Quito el 14 de marzo del 2014. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compa-ñías, mediante Resolución NoSC.IRQ.DRASD.14001208 de 02 de abril de 2014. En virtud de la escritura pública men-cionada, la compañía reformó el artí-culo segundo referente al Objeto So-cial de la siguiente manera: ARTÍCULO SEGUNDO.- OBJETO SOCIAL.... d) Comprar, vender, distri-buir y expender bebidas no alcohóli-cas, bebidas alcohólicas y bebidas de moderación en sus establecimientos de comida típica ecuatoriana..” Distrito Metropolitano de Quito, a 02 de abril de 2014

Dr. Oswaldo Noboa León SUBDIRECTOR DE ACTOS

SOCIETARIOS PAC100275fa

Se convoca a Ios accionistas de HOSPIFU-TURO S.A. a la Junta General Ordinaria, que se llevaré a cabo el día martes 2 de abril del 2014, a las 19H00, en las instala-ciones de la compañia, ubicadas en la Av. 10 de Agosto N. 39 ‘ y Diguja, en el Salón Arditorio del Noveno piso de la Torre de Consultorios del Hospital Axxis con el fin de tratar el siguierte orden del día. 1. Conocimiento y aprobación de Informe del Gerente General de la Compañia. 2. Conocimiento y aprobación del informe del Comisario 3. Conocimiento y aprobación en del Infor-me de Auditoria Externa 4. Conocimiento y aprobación del Balance general y Estado de Pérdidas a Ganancias del ejercicio Económico 2013. 5. Nombramiento del Director Médico de Axxis Hospital 6. Decisión respecto de privilegios medicos de los accionistas 7. Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio economico 2014. 8. Nombramiento del comisario principal y suplente.9. Aumento de capital social de la compa-ñia y reforma de estatutos sociales. 10. Codificación de los nuevos Estatutos sociales de la Compañía. Se convoca de manera especial al comisa-rio de la compañía señora Tatiana Becerra Beltrán. Los documentos a ser conocidos en la jun-ta, se encuentran a disposición de los ac-cionistas en las oficinas de la Compañía.

Quito 4 de abril de 2014

Dr. Antonio Naranjo Paz y MiñoGerente General

CONVOCATORiA

PAC100263fa

Compañia de Transportes en Colectivos Quito C.A. COLECTRANS, por la presente, pone en conocimiento de la comunidad que, por pérdida, se procedera a la ANULACIÓN del documento contentivo del Pagaré a la Ordén Nº 2, por la cantidad de US$6.440,00 pagadero a 365 días a partir de su suscripción efectuada con fe-cha 01 de julio del 2012. a su beneficiario señor JOSÉ BENIGNO GUTIÉRREZ BUSTILLOS. Esta sociedad no reconocerá a los endosatarios que no hubieren obtenido de la compañía la aceptación y registro de ley.

Lcdo. José Alirio AlmacheGERENTE GENERAL

ANULACiON

PAC100222fa

Compañia de Transportes en Colectivos Quito C.A. COLECTRANS, por la presente, pone en conocimiento de la comunidad que, por pérdida, se procedera a la ANULACIÓN del documento contentivo del Pagaré a la Ordén Nº 2, por la cantidad de US$ 33.000,00 pagadero a 365 días a partir de su suscripción efectuada con fe-cha 01 de julio del 2012. a su beneficiario señor ALEXIS DANIEL RUILOVA BUÑAY. Esta sociedad no recon-ocerá a los endosatarios que no hubieren obtenido de la compañía la aceptación y registro de ley.

Lcdo. José Alirio AlmacheGERENTE GENERAL

ANULACiON

PAC100222fa

Page 5: Judicial 7 abril 2014

Norte: con quebrada, Sur: calle pública, Este: con lote número 20, Oeste: con lote número 22. De una superficie de terreno de 1.040,00 m2De acuerdo al Levantamiento Planimétrico, técnicamente su orientación, dimensiones de sus linderos del lote general y son coincidentes con los de su Escritura detalladas en el Certificado de la Propiedad.6 . SERV IC IOS DE INFRAESTRUCTURAEn el sector donde se encuentra ubicado el inmueble sus calles son asfaltadas, como también sus calles transversales, bor-dillos de hormigón simple, si tienen el servicio de alcantari-llado sanitario, tiene el servicio de transporte liviano, pesado, redes de agua potable perma-nente, red de energía eléctrica con el respectivo alumbrado público, red de comunicación telefónica.6.1.- INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS DEL INMUEBLEAgua Potable: Si tiene, Red Eléctrica: Si tiene, Conexión al Alcantarillado Sanitario: Si tiene6.2.- ENTORNO URBANOSu Entorno es Urbano, en un sector eminentemente de uso de suelo para Vivienda.7. ESTADO ACTUAL DE CONSERVAC ION DEL INMUEBLEAl interior del lote general al momento de la inspección pericial se determina que el objeto del presente avaluó es un sublote cuyo interior existe dos viviendas.Este sublote que forma parte de otro de mayor extensión se encuentra a 68,00 m, al interior en dirección norte, con respecto a la calle Bellavista.Vivienda antigua de dos pisos con cubierta de zinc y ardex, en cuyo interior está formada por:planta baja formada de varios cuartos donde habita el deman-dado el Sr. Carlos Manuel Velásquez Zambrano y en la planta alta vive uno de los hijos del demandado.Estado de conservación de la vivienda aceptableÁrea de construcción de esta vivienda total 69,00 m2Vivienda nueva de dos pisos de losa de entrepiso y cubierta de losa de estructura de hormigón armado, en cuyo interior de la planta baja está habitado, y la planta alta esta vacía.Área de construcción de esta vivienda total 70,50 m2.8.- CARACTERISTICAS DE LAS CONSTRUCCIONESvivienda antigua de dos Pisos; de estructura mixta de madera

y hormigón armado, cubierta simple de madera que cargan las hojas de zinc y ardex, mam-postería de bloque enlucidas y pintadas, entrepiso de vigas de madera, entablado, ventanas de hierro y vidrio, puertas de metal, otras de madera.Vivienda nueva de dos Pisos de estructura de cimentación, columnas, vigas, losa de entre-piso y losa de cubierta son de estructura de hormigón arma-do. Paredes y otros mampuestos enlucidos y pintados interior y exterior. Pisos de hormigón simple enlucido. Instalaciones eléctricas realizadas totalmen-te. Puerta principal de metal-madera con sus respectivos cerrojos de seguridad. Ventanas de hierro con vidrios y proteccio-nes, en la planta alta ventanas de aluminio. Baños, inodoros, lavamanos, nacionales, insta-laciones de agua potable fría, instalaciones de P.V.C de des-agüe, pisos y paredes recubier-tos de cerámica. Cerramientos de mamposterías de bloque de columnas.9. AVALUO DE LOS DERECHOS Y ACCIONES EQUIVALENTES AL 8.33%A la fecha Enero del 2013.Rubro U Cantidad Precio U Costo TotalTerreno m2 86,60 100,00 8.660,00Vivienda cubierta de zinc m2 69,00 150,00 10.350,00Vivienda cubierta de losa m2 70,50 280,00 19.740,00Total 38.750,00Son: treinta y ocho mil setecien-tos cincuenta dólaresCon respecto a la ampliación solicitada por la parte Actora:Los Derechos y Acciones equi-valentes a la una doceava parte ( equivale 8.33%), fincados en el lote de terreno numero 21, de una Superficie de terreno total de 1.040,00 m2.El 8.33% de metros cuadrados de terreno de una Superficie de terreno de 1.040,00 m2, es igual a 86,60% m2, que es el área de terreno de sublote objeto del presente avaluóAVALUO DE LOS DERECHOS Y ACCIONES EQUIVALENTES AL 8.33%Rubro U Cantidad Precio U Costo TotalTerreno m2 86,60 100,00 8.660,00Vivienda cubierta de zinc m2 69,00 150,00 10.350,00Vivienda cubierta de losa m2 70,50 280,0019.740,00Total 38.750,00Son: treinta y ocho mil setecien-tos cincuenta dólares.

En el día y horas señalados se recibirán ofertas que tendrán como base el cincuenta por ciento del avalúo por tratarse del segundo señalamiento, adjuntando el 10% de lo ofreci-do en dinero efectivo o cheque certificado a nombre de esta judicatura.Lo que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales consiguientes,DR. WILMER ZAMBRANO ORTIZSECRETARIO (E) DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Hay firma y selloP.A.C/99341/tf

AVISO DE REMATE JUZGADO SEGUNDO DE LO

CIVIL DE PICHINCHAJUICIO ORDINARIO N° 1097-2007-PJEXTRACTO Se pone en conocimiento del público en general que en la Secretaría de este Juzgado desde las 13h00 hasta las 17h00 del día 6 de mayo del 2014, se va a llevar a cabo del Remate de los derechos y acciones correspon-diente a la señora ANA LUCIA GOETSCHEL SOLIS fincado en el siguiente inmueble: 1.- El inmueble motivo de avalúo, se identifica como el Lote No. UNO, del fundo denominado Culipe, conocido también como La Cantona, predio rústico ubicado en la Jurisdicción de la Parroquia Mindo del Cantón San Miguel de los Bancos, de la Provincia de Pichincha. Adquirido por los Sres. Jorge Goetschel Solis (soltero) y Ana Lucia Goetschel Solis (casada), con el Sr. Marco Castello, mediante escritura de Compraventa a los cónyuges Sres. Raúl Rafael Goetschel Martínez y Ana María Solis Morales, documento proto-colizado el 18 de Enero del año 2.000, ante el Notario Vigésimo Séptimo del Cantón Quito Dr. Fernando Polo Elmir, inscrita en el Registro de la Propiedad, el 25 de Mayo de 2.000, conforme al certificado de fojas treinta y cuatro del proceso y copia de la escritura que se adjunta.De acuerdo con la cláusula Tercera de Compraventa, de la escritura descrita anteriormente dice: “El lote de terreno tiene una superficie de cuatrocientos cincuenta y cinco hectáreas y que esta comprendido dentro de los siguientes linderos y dimen-siones: NORTE : Quebrada San Antonio, cuchilla s/n y vía a Esmeraldas en cinco mil sete-

cientos metros, SUR: Propiedad del señor Galo Garzón en mil seiscientos cincuenta metros, SUR ESTE: Peña Dorada y Quebrada Mindo en tres mil cuatrocientos cincuenta metros y, SUR OESTE: Estero Bagazal y propiedad del señor Galo Garzón tres mil setenta metros; no obstante de detallarse la cabida o superfi-cie la venta se la realiza como cuerpo cierto”.- 2.- Del reconocimiento del inmueble, en base de carto-grafía editada por el Instituto Geográfico Militar, hoja de Mindo, escala 1:25.000 cuyo documento se adjunta, se pro-cede a realizar una clasificación agrológica de las tierras de toda la propiedad, que de acuerdo con la escritura tiene una super-ficie de 455,00 has; habiéndose obtenido cuatro clasificaciones, de acuerdo con el Sistema Americano de ocho clases, las mismas que se encuentran iden-tificadas con lápiz de color celeste la 4ta. Clase; con lápiz de color verde la 5ta. Clase, con lápiz de color naranja la 6ta. Clase y con lápiz de color café la 7ma. Clase., conforme documento que se adjunta al presente informe.- En base de encuestas realiza-das en la zona, sobre precios de las tierras, se establecen dos tablas de precios para las dife-rentes clases de suelos; una que corresponde al primer respaldo, con relación a la vía principal de acceso a Mindo, que a la fecha se encuentra asfaltada, con una influencia de 1 Km., lugar en el que se a construido el Hostal denominado Séptimo Paraíso, y la otra tabla, para el inmueble que se considera como segundo respaldo, por cuanto no tiene influencia de caminos ni vías secundarias; parte posterior del inmueble, cuyos resultados a continuación se detallan:N° CLASE DE SUELO SUPERFICIE PRECIO U PRECIO TOTAL. 1er Resp. IV 21,65 Has. USD 5.000,00 USD 108.250,00.- 1er. Resp. V 18,37 ,, ,, 3.800,00 ,, 69.806,00.-

1er. Resp. VII 10,67 ,, ,, 2.000,00 ,, 21.260,00.- 2do. Resp. IV 128,06 ,, ,, 3.700,00 ,, 437.822,00.- 2do. Resp. V 57,82 ,, ,, 2.300,00 ,, 132.986,00.- 2do. Resp. VI 59,44 ,, ,, 1.500,00 ,, 89.160,00.- 2do, Resp. VII 159,03,, ,, 1.100,00 ,, 174.933,00.- AVALUO TOTAL 455,00 Has. USD 1’070.217,00.- 3.- Construcciones: A unos 450 m, de distancia de la carretera principal que conduce a Mindo, se encuentra construido un hostal, denominado Séptimo Paraíso, el mismo que tiene el siguiente detalle y caracterís-ticas: Hostal Principal.- Cimientos de hormigón, estructura de madera, entrepisos de madera y cubierta de eurolit, en estruc-tura de madera, con la siguiente distribución: Ala Norte, en tres plantas: Planta baja, área de comedor, cocina, baños, bode-ga y bar, con pisos de cerámica, paredes de bloque enlucidos, ventanas de madera y vidrio.- Planta alta, cinco habitaciones y tercer piso, cuatro habita-ciones.- Ala Central, con área de recepción y sala de espera, planta alta dos baños, una habi-tación y parte de la sala; Ala Sur, dos plantas, planta baja, Sala, cuatro habitaciones y cuarto de lavandería; planta alta, tres habitaciones, sala comedor y cocina, baños. La construcción tiene una área total de 890,20 m2 los mismos que de acuerdo con el estado de conservación y acabados, se valoran a razón de USD 150.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 133.530,00.- Al costado norte del comedor, se encuentra una construcción tipo mediagua, con paredes de bloque enlucidos, pisos de cemento y cubierta de eternit, conforma tres dormitorios de los empleados, dos baños, cocina fría, bodega y comedor de ser-vicio, con una área de 86,40 m2, sus acabados son económicos, razón por la cual se valora a USD 80.00 c/m2, dando un valor total de USD 6.912,00.- En la parte posterior del hos-

tal, se encuentra un área social, construcción tipo media agua, en estructura de madera y caña, cubierta de traslúcido, con pisos de madera, con un área de 110,50 m2, los mismos que de acuerdo con sus acabados, se valoran a razón de USD 40.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 4.420,00.- A poca distancia del área social, antes descrita, se encuentra una construcción en dos plantas, estructura mixta de hormigón armado y madera, con cubierta de zinc; planta baja, con paredes de bloque y pisos de cemento, conforma dos habitaciones; planta alta, con pisos de madera, tumbados de triples, conforma una sala, dos habitaciones y baño; con una área total de 129 m2, los mismos que de acuerdo con el estado de conservación y acabados, se valoran a razón de USD 80.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 10,320.00.- Adosada se encuentra una mediagua, en estructura de madera y cubierta de zinc, con pisos de cemento, con una área de 25,80 m2, los mismos que de acuerdo con sus acabados, se valoran a razón de USD 20.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 516.00.- A poca distancia al lado Sur, se encuentra construida una caba-ña, de su estructura de madera, forrada de tabla, cubierta de zinc, con tumbados de madera vista, pisos de madera y alfom-bra sobrepuesta, con ventanas de madera y vidrio; adosado se encuentra un baño, con paredes de bloque, pisos de cerámica; construcción que tiene un área de 32m2, construcción nueva, que se valora a razón de USD 70 c/m2, lo que da un valor total de USD 2.240,00.- Al lado Sur se encuentra en construcción otra cabaña, con las mismas características que la anterior, en estructura de madera, inconclusa, sin cubier-ta y sin pisos, con un área de 24,50 m2, que dado su estado inconcluso, se valora a razón de USD 20 c/m2, lo que da un valor total de USD 490,00.- Más al Sur, se encuentra en construcción un chozón, su estructura es de caña, con cubierta de paja toquilla, pare-des forradas de caña y pisos de hormigón, sin acabados, con un área de 177,60 m2, dado su esta-do inconcluso se valora a USD 45 c/m2, lo que da un valor total de USD 7.104,00.- Chozón - Bar, construido en estructura de madera y cubierta de zinc renovada, con pisos de cerámica, ventanas de madera y

vidrio, con una área de 90m2, los mismos que de acuerdo con el estado de conservación y acaba-dos, se valoran a razón de USD 80.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 7.200.00.- Piscina temperada de adultos y de niños, su estructura es de hormigón, con paredes reves-tidas de cerámica, tiene una capacidad de 269,80 m3, que se valoran a razón de USD 100.00 c/m3, lo que da un valor total de USD 26.980,00.- Al costado de la piscina, se encuentra un yacusi, revestido de cerámica, con seis surtidores, cuarto de maquinas y calefones, cuyo costo global se estima de USD 8.000,00.- Junto al yacusi, se encuentran dos baños y tres vestidores, mediagua, con paredes de blo-que y cubierta de traslúcidos, pisos de cemento y sanitarios blancos, con una superficie de 24 m2, los mismos que de acuerdo con el estado de con-servación y acabados, se valoran a razón de USD 60.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 1,440.00.- Cubierta de paja, al costado de la piscina, con una área de 45 m2, los mismos que de acuerdo con el estado de conservación y acabados, se valoran a razón de USD 20.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 900,00.- Una villa, construcción de dos pisos, en la parte norte del hos-tal, sus cimientos son de hor-migón, estructura de madera, pisos y entrepiso de madera, cubierta de eurolit, planta baja cuatro habitaciones y baños; planta alta, un solo ambiente y baño, con una área total de 264 m2, los mismos que de acuerdo con el estado de conservación y acabados, se valoran a razón de USD 150.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 39.600,00.- Pasajes peatonales o áreas de circulación, en estructura de madera, cubierta de plástico y pisos de tabla, con una área de 567 m2, los mismos que de acuerdo con el estado de con-servación y acabados, se valoran a razón de USD 10.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 5.670,00.- Pileta de piedra y patios empedrados, en 180 m2, cuyo valor global se estima en USD 2.000,00.- Casa Guardián, cimientos de hormigón, paredes de bloque enlucidos, cubierta de zinc, pisos de madera, ventanas de madera y malla, con una área de 42,50 m2, los mismos que de acuerdo con el estado de con-servación y acabados, se valoran a razón de USD 60.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 2.550,00.- En la parte posterior de la casa del guardián, se encuentra un galpón, en estructura de madera y cubierta de zinc, que protegen las instalaciones de agua, sobre cimientos de hormigón, con una área de 28 m2, los mismos que de acuerdo con el estado de con-servación y acabados, se valoran a razón de USD 20.00 c/m2, lo que da un valor total de USD 560,00.- Taller de carpintería y bodega, abiertos, en estructura de made-

ra y cubierta de zinc, con pisos de tierra, con un área de 100 m2, que se valoran a razón de USD 10 c/m2, lo que da un valor total de USD 1.000,00.- Una estructura de caña, con cubierta de plástico, pisos de tierra, con un área de 113 m2, que se valoran a USD 3 c/m2, da un valor total de USD 339,00.- Una mediagua, con paredes de bloque y columnas de hormi-gón, cubierta de zinc, pisos de cemento, con un área de 22,75 m2, que se valoran a USD 25 c/m2, lo que da un valor total de USD 682,50.- El hostal, cuenta con los servi-cios de energía eléctrica, agua con instalaciones de tanques reservorios PVC, bombas eléc-tricas y tanques de presión, telé-fonos; cuyos costos se estiman en forma global un valor de USD 30.000,00.- AVALUO TOTAL DE CONSTRUCCIONES USD 292.453,50.- 4.- RESUMEN DEL AVALUO DEL INMUEBLE: a.- Tierras 455,00 Has. USD 1’070.217,00.- c.- Construcciones USD 292.453,50.- AVALUO TOTAL DEL INMUEBLE USD 1’362.670,50.- 50% cónyuges Marco Angelo Castello y Ana Lucía Goetschel USD 681.335,25.- 25% de derechos y acciones de la Sra. Ana Lucía Goetschel Solís USD 340.667,62.- SON: TRECIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE 62/100 DOLARES AMERICANOS.- - Particular que ponemos en su conocimiento, en honor a la ver-dad constatados físicamente en el inmueble y a los documentos que se hacen mención a los que nos remitiremos, en forma con-junta, con el señor depositario Judicial.Ing. Manuel Silva V.PERITOSr. Álvaro DávilaDEPOSITARIO JUDICIALPor tratarse del segundo señala-miento El Remate tendrá como base el cincuenta por ciento del avalúo, y o se admitirán pos-turas que no vayan acompaña-das de por lo menos del 10% del valor total de la oferta, el que se consignará en efectivo o cheque certificado a nombre del Juzgado. El Inmueble a rematarse, se encuentra bajo custodia del Depositario Judicial señor ALVARO DAVILA, quien podrá proporcionar mayor informa-ción e indicar el inmueble.Lo que comunico al público en general para los fines legales pertinentes.DR. PATRICIO CALDERON T.SECRETARIO ENCARGADO DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PICHINCHAHay un selloP.A.C./99805

UNIDAD JUDICIAL SEGUNDA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y

ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA

DE PICHINCHA. EXTRACTO AVISO IMPORTANTE SE PONE EN CONOCIMIENTO

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RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014

La Hora Quito, eCuadoR

Se comprende mejor a la divinidad, ignorándola.

s a n a g u s t í n . Teólogo y Padre de la Iglesia.

CONVOCATORiAA ASAmBLEA ORDiNARiA DEL 2014 ASOCiACiÓN

LOJANA 18 DE NOViEmBREDe conformidad con lo establecido en los Estatutos y dando cumplimiento a la resolución tomada por el Directorio de la Institución convoco a los socios a la Asamblea Ordinaria que se llevara a cabo en la Casa Loja Av Rumiñahui y Av. sucre El Condado el día jueves 10 de Abril 2014 a las 17 horas.

El orden del día será:

1.- Informe de presidente

2.- Informe de tesoreria

3.- Informe de Comisario

4.- Elección del Directorio para el Périodo 2014 - 2015

5.- Posesión del nuevo Directorio

En caso de no existir el cuorum reglamentario, la asamblea se instalara una hora después de la fijada, con el número de socios presentes.

Lic. Edgar Garrido J. Presidente P.A.C.59160fa

CONVOCATORiASe convoca alos señores Accionistas del Consorcio Empresarial del Transporte C.A. Conetra ala Junta General Extraordinaria, que se llevara a cabo el día miércoles 16 de abril del 2014, a las 16H00, en las oficinas ubicadas en la Av. Diego de Vásquez s/n y Ramón chiriboga, con el fin de tratar el siguiente Orden del Día:

1.- Elección de Directivos para el período 2014 - 2016

En caso de no haber el Quórum reglamentario a lahora indicada, la Junta se instalará una hora mas tarde con los accionistas presentes.Quito, 5 de abril del 2014.

Ing. Ney JimenezPRESIDENTE P.A.C./59159fa

Compañia de Transportes en Colectivos Quito C.A. COLECTRANS, por la presente, pone en conocimiento de la comunidad que, por pérdida, se procedera a la ANULACIÓN del documento contentivo del Pagaré a la Ordén Nº 4, por la cantidad de US$ 6.200,00 pagadero a 365 días a partir de su suscripción efectuada con fe-cha 01 de julio del 2012. a su beneficiario señor ALEXIS DANIEL RUILOVA BUÑAY. Esta sociedad no recon-ocerá a los endosatarios que no hubieren obtenido de la compañía la aceptación y registro de ley.

Lcdo. José Alirio AlmacheGERENTE GENERAL

ANULACiON

PAC100222

Page 6: Judicial 7 abril 2014

DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EL DÍA CINCO DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE, DESDE LAS TRECE HORAS HASTA LAS DIECISIETE HORAS, EN LA SECRETARIA DE ESTA UNIDAD JUDICIAL, SE LLEVARÁ A CABO EL REMATE DEL BIEN INMUEBLE, QUE SE DESCRIBE A CONTINUACIÓN UBICACIÓN. El inmueble materia de la pre-sente pericia está en el sector Urbano de la parroquia de Machachi en el barrio Santa Rosa en la calle El Hogar y Venezuela (esquina) Perteneciente al Cantón Mejía, Provincia de Pichincha. LINDEROS DEL INMUEBLE. Norte: con la propiedad de Tránsito Caiza, pared propia en 12.20 metros. Sur: con la calle el Hogar en 12.80 metros. Oriente: con la propiedad de Victor Llumigusin pared media-nera en 39.23 metros. Occidente: antes con la pro-piedad del señor Juan Escobar Pared propia hoy calle Venezuela en 39.90 metros Dando un area de 465.65 m2. DESCRIPCION DEL PREDIO. Es un terreno de forma rectan-gular en el que se encuentra implantada una construcción de dos pisos, y su estructura es mixta con estructura de madera. La construcción tiene instala-ciones, eléctricas, sanitarias e hidráulicas. Los servicios que tiene el sector es de: red de energía eléctrica, red de alcan-tarillado, alumbrado público, red telefónica, calles de accesos. El inmueble se encuentra en una zona urbana no conso-lidada residencial de clase media — baja, la misma que se encuentra en regular estado de conservación. Para determinar el avaluó del terreno se utiliza el método comparativo y para la cons-trucción se utiliza el método de reposición tomando en cuenta el estado y tiempo en que fue construida. AVALUO AVALUO. CALCULO DEL PRECIO POR METRO CUADRADO DEL LOTEConcepto; Cal/100; Peso; Puntuación Calificacion Sobre 10; Subtotales Peso por cali-ficaciónEntorno Urbanístico; 1; 2; 3; Lote; 1; 2; 3; LoteCategoría Socio – Economía del Sector; 30,00; 6; 9; 8; 7; 7; 2,70; 2,40; 2,10; 2,10Características del loteFrente; Fondo; Topografía; Forma; Ubicación; 50,00; 10; 10; 9; 8; 8; 5,00; 4,50; 4,00; 4,00Distancias y comunicacionesDistancias a Instituciones; 20,00; 4; 8; 7; 7; 7; 1,60; 1,40; 1,40; 1,40100,00; 20; 9,30; 8,30; 7,50; 7,50Precios conocidos por m2; 45; 50; 55; 36,29; 45,18; 55,00; 45,49Valor del terreno 21.183Valoracion construcción nueva; Valoración construcción usadaVivienda (2 pisos) 95,28; m2; vida útil; 80; añosCosto directo; 230,00; US$; Edad; 20; añosF. multiplicador; 1,00; E. Conserv.; BuenoCosto Construc; 230,00; US$; v. residual; “R” (%); 8%Area útil; 95.28; m2; E (%) 25,00%Factor “K”; 1,00; Valor; “D” % ; 26,13%Area construida; 95.28; m2; Depreciacion; 0,7596Valor de nueva; 21.914; US$; Valor actual; 16.646 US$RESUMEN RUBROS; PRECIOUS$; CONSTRUCCION; 16.646TERRENO 21.183AVALUO TOTAL 37.829CONCLUSION.- 1.- El avaluo de la propiedad es de treinta y siete mil ochocientos veinte y nueve dólares america-

nos (37.829.00) USD En el remate se recibirán pos-turas que cubran como base las dos terceras partes del avaluó del inmueble en adelante, para lo cual los interesados deberán adjuntar a sus propuestas el diez por ciento de las mismas, en dinero o cheque certificado a nombre de la Unidad Judicial. F) CARLA MOLINA RUIZ.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SEGUNDA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MEJÍA AB. MILTON TINIZARAY JARAMILLOSECRETARIOHay firma y sello P AC/ 99879/tf

SOCIEDAD CONYUGAL

EXTRACTONOTARIA CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA DE QUITO: Cúmpleme poner en conoci-miento del público que median-te escritura pública No. 1598, otorgada ante la Dra Ana María Vallejo Espinoza, Notaria Cuadragésima Séptima del can-tón Quito, el 19 de MARZO del año 2014, los cónyuges DOCTOR MIGUEL ÁNGEL VALLADARES PUGA Y MARTHA AZUCENA CIFUENTES MUÑOZ, procedie-ron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta mediante sen-tencia de fecha once de junio del año dos mil cuatro, por el Juez Cuarto de lo Civil de Pichincha, en la que se declara disuel-to el matrimonio por divorcio entre los señores DOCTOR MIGUEL ÁNGEL VALLADARES PUGA Y MARTHA AZUCENA CIFUENTES MUÑOZ, inscrita en el Registro Civil el ocho de julio del año dos mil cuatro. Las adjudicaciones del patrimo-nio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de socie-dad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyu-

gal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, el extracto de la liquidación del patrimonio de sociedad conyugal correspon-diente a los cónyuges DOCTOR MIGUEL ÁNGEL VALLADARES PUGA Y MARTHA AZUCENA CIFUENTES MUÑOZ, otorga-da mediante escritura pública de 19 de marzo del 2014, ante la suscrita Dra. Ana María Vallejo Espinoza , Notaria Cuadragésima Séptima del cantón Quito, por el término de veinte ( 20) días a contarse desde la fecha de la publicación que este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquida-ción puedan presentar su oposi-ción fundamentada , dentro del referido término.Particular que pongo en cono-cimiento para los fines legales correspondientes.Quito, 19 de marzo del 2014.DRA. ANA MARÍA VALLEJO ESPINOZANOTARIA CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO.Existe firma y selloP.AP/59143/p.n

SENAGUASECRETARIA DEL AGUA

DEMARCACION HIDROGRÁFICA DE

ESMERALDAS “ZONAL QUITO”

R del E CITACIÓN A LOS SEÑORES USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA VERTIENTE “TOLUTO”, QUE SE ENCUENTRA DENTRO DE LA PROPIEDAD DEL SEÑOR PEDRO PABLO ASIPUELA HARO, UBICADA EN EL BARRIO TOLOTAG, PARROQUIA PINTAG, CANTON QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA, EN UN CAUDAL DE 10 L/S, AGUAS QUE SERÁN DESTINADAS PARA USO DOMESTICO, ABREVADERO Y RIEGO. EXTRACTO ACTOR: Pedro Pablo Asipuela Haro. OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización del derecho de aprovechamiento de agua para uso doméstico, riego y abreva-dero. Dentro del expediente admi-nistrativo Trámite No 27-14-Cs. (GMM-GP) se ha dictado la siguiente providencia: S E C R E TA R I A D E L AGUA.- DEMARCACIÓN H I D R O G R Á F I C A D E ESMERALDAS ZONAL QUITO.- Trámite No 27-14-Cs. (GMM-GP) DM Quito, 10 de marzo del 2014 , a las 14h40.- En lo principal: 1.- Agréguese a los autos el escrito de fecha 25 de febrero del 2014 presentado por los señores:

Pedro Pablo Asipuela Haro, William Humberto Asipuela Hidalgo, Norma Yolanda Asipuela Hidalgo, Bairo Iván Asipuela Hidalgo, Lilia Leonor Asipuela Hidalgo, documento donde solicitan la CONCESION de derecho de aprovechamiento de agua proveniente de la ver-tiente “Toluto” en un caudal de 10 l/s, que se encuentra den-tro de la propiedad del señor Pedro Pablo Asipuela Haro, ubicada en el Barrio Tolotag, parroquia Pintag, cantón Quito, provincia de Pichincha, aguas que serán destinadas para uso domestico, abrevadero y riego. 2.- Agréguese a los autos el escrito presentado con fecha 07 de marzo del 2014, por el señor Pedro Pablo Asipuela Haro, dando cumplimiento a lo solicitado en providencia inme-diata anterior el 06 de marzo del 2014. Con estos antecedentes esta AUTORIDAD DISPONE 1. Aceptar la solicitud por reunir los requisitos establecidos en ley de Aguas y en apego a los Art. 7, 12, 14, 18, 21, 85, 86 y 87 y su Reglamento General de Aplicación. 2. De conformi-dad a lo establecido en el Art. 87 literal a) de la Codificación de la Ley Aguas, cítese a los usuarios conocidos o no, de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, median-te publicaciones de un extracto de la petición o solicitud por, tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho días, en un periódico de amplia circulación de la parroquia; de no haber-lo, se harán en un periódico de amplia circulación nacional (El Telégrafo, La Hora, El Comercio, Diario Hoy). 3. De la misma forma, fíjese carteles en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia Pintag el cum-plimiento de esta diligencia se la realizará mediante comisión librada al señor Teniente Político de la Parroquia. 4. El actor reti-rara el extracto para su publica-ción por la prensa, así también la comisión y los carteles, en el término de cinco días. Actué el Ab. Gustavo Molina como Secretario Ad-Hoc en el pre-

sente tramite.- NOTIFÍQUESE f) lng. Jorge Andrés Huacho Oleas, LIDER CENTRO ZONAL DE QUITO DEMARCACIÓN H I D R O G R A F I C A D E ESMERALDAS SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA-SENAGUA. Lo que comunico a usted para los fines de ley.- CERTIFICO. SECRETARIO AD-HOCHay un selloP.A.C./99730

SECRETARIA DEL AGUASECRETARÍA DEL AGUA

DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE

ESMERALDAS“ZONAL QUITO”R del ECITACIÓN A LOS SEÑORES (AS) USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUA PROVENIENTE APROVECHANDO LAS AGUAS QUE NACEN DE LAS FALDAS ORIENTALES DEL CERRO RUMIÑAHUI Y SE CONDUCEN POR LA QUEBRADA DENOMINADA PAGUANGO, INICIALMENTE ESTA CORRE DE OCCIDENTE A ORIENTE Y LUEGO DA UN GIRO DE SUR A NORTE Y A LA ALTURA DE LA PROPIEDAD DE LA SEÑORA MARGARITA CHIRIBOGA PROPIETARIA DE LA HACIENDA LORETO PEDREGAL PRODUCIÉNDOSE DE LA TOMA POR LA MARGEN DERECHA DEL SECTOR RUMICORRAL, D ES P U É S R ECO R R E APROXIMADAMENTE UNOS 3.0 KM. E INGRESA A LOS PREDIOS DE LOS PETICIONARIOS LOS MISMOS QUE ESTÁN SITUADO EN LA PARROQUIA MACHACHI, SECTOR SAN JOSÉ-LORETO PEDREGAL CANTÍN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA; EN CAUDAL DE 25L/S PARA SER DESTINADAS PARA RIEGO Y ABREVADERO.EXTRACTOACTOR: JORGE ALFREDO CHANGOLUISA CAMACHO Y OTROS.OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización del derecho de aprovechamiento de agua para Riego y abrevadero.

Dentro del expediente adminis-trativo Trámite No. 24-14 Cs. (GMM) se ha dictado la siguiente providencia:S E C R E TA R I A D E L AGUA.- DEMARCACIÓN H I D R O G R Á F I C A D E ESMERALDAS ZONAL QUITO.- Trámite No. 24-14 Cs. (GMM) DM Quito, 26 de Marzo del 2014, a las 10h00.- Avoco conoci-miento del presente trámite en virtud de haber sido designado Líder del Centro Zonal Quito de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, mediante memorando SENAGUA-CDHE-15-2012-0599-M de 13 de septiembre del 2012.- Que mediante Acuerdo Ministerial No. 2009-46 expedido el 13 de noviembre de 2009, se crea la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas.- Que mediante Acuerdo Ministerial No. 2009-48 de 4 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría Nacional del Agua - SENAGUA. Que mediante Acuerdo Ministerial No. 2011-334 de 05 de septiembre del 2011, Art. 1, se establecen las delegaciones y atribuciones de los señores Líderes Zonales En lo principal: 1.- La solicitud de CONCESION presentada por los señores Ángel Ernesto Llumiugsi, Segundo Saúl Gualotuña Yanes, José Caiza Changoluisa, José Reinaldo Villasis Velozo, Ramón

Changoluisa Gualotuña, Jorge Alfredo Changoluisa Camacho, Olger Gustavo Llumiugsi, Jorge Changoluisa Iza, María Gladys Changoluisa Camacho, María Leticia Gualotuña Morales, Segundo Benedigto Parra Malliquinga, Luz Marina Parra Changoluisa y José Ersilio Camacho Changoluisa, mani-festando que todos los com-parecientes son propietarios de sendos lote de terrenos que pertenecían a la Ex Hacienda Loreto Pedregal predios que se encuentra ubicada en la Parroquia Machachi, sector San José-Loreto Pedregal Cantón Mejía, provincia de Pichincha, desempeñándonos como agri-cultores teniendo como princi-pales cultivos de papas, habas, mellocos, ocas, y pastos natu-rales, hace 60 años venimos aprovechando las aguas que nacen de las faldas orientales del cerro Rumiñahui y se con-ducen por la quebrada denomi-nada PAGUANGO, inicialmente esta corre de occidente a oriente y luego da un giro de sur a norte y a la altura de la propiedad de la señora Margarita Chiriboga pro-pietaria de la hacienda Loreto Pedregal produciéndose de la toma por la margen derecha del sector Rumicorral, después recorre aproximadamente unos 3.0 km. e ingresa a nuestros pre-dios, aguas que son utilizadas en servicios de riego de 160.0has y abrevadero de ganado en

número de 200 cabezas por lo que solicitamos un caudal de 25.00l/s aguas que serán utili-zado en RIEGO Y ABREVADERO. Con estos antecedentes esta Autoridad DISPONE: 1.- Se acepta la solicitud al trámite por reunir los requisitos esta-blecidos en la ley y en apego a lo dispuesto en los Arts. 3, 7, 12, 14, 18 inciso segundo, 21, 35, 36 literal a) y b), 64, 84, 85, 86 y 87 de la Codificación de la Ley de Agua y literal b) del Art. 73 del Reglamento, 2.- Cúmplase lo dispuesto en el Art. 87 literal a), por lo cual cítese a los usuarios conocidos o no, por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de la locali-dad, de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional ( El Telégrafo, La Hora, Ultimas Noticias, El Comercio o el Hoy), publicaciones que en un número de tres se deberán hacer mediando entre la una y la otra un mínimo de ocho días, para lo cual entréguese al Actor un extracto con el objeto de que realice dichas publicaciones. 3.- así también se fijarán los carte-les por el término de treinta días en tres lugares más concurridos de la parroquia Machachí, para lo cual se remitirá atenta comi-sión librada al señor Jefe Político de esa jurisdicción. 4.- En el mismo sentido se citará a la señora Margarita Chiriboga pro-pietaria de la actual Hacienda Loreto-Pedregal por donde pasa

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RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014La Hora Quito, eCuadoR

Se bien que me estoy muriendo, pero no de vejez sino de amor.

c a m i l o J o s é c e l a . Escritor español.

DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 235 Y 236 DE LA LEY DE COMPAÑIAS, CONVOQUESE A LOS ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA TRANSALLENBSA S.A. A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS A LLE-VARSE A CABO EN EL DOMICILIO SOCIAL DE LA COMPAÑIA UBICADO EN LA PARROQUIA CHILLOGALLO, MANZANA 18, LOTE No. 30, JUNTO A LA CANCHA BARRIAL, EL DIA MIER-COLES 9 DE ABRIL DEL 2014, A LAS 12H00, CON EL OBJETO DE TRATAR LOS SIGUIENTES PUNTOS:

1. CONOCER Y APROBAR EL BALANCE Y ESTADO DE RE-SULTADOS DEL EJERCICIO FISCAL 2013

2. CONOCER Y APROBAR EL INFORME DE LOS ADMINIS-TRADORES

3. CONOCER Y APROBAR EL INFORME DEL COMISARIO DE LA COMPAÑIA

4. TRATAR Y RESOLVER SOBRE EL DESTINO DE LAS UTILI-DADES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONOMICO 2013

CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 242 DE LA LEY DE COMPAÑIAS CONVOCASE DE MANERA INDIVIDUAL Y PERSONAL A LA COMISARIA DE LA COMPAÑIA

QUITO, 21 DE MARZO DEL 2014

CONVOCATORiA A JUNTA GENERAL ORDiNARiA DE

ACCiONiSTAS DE LA COmPAñiA TRANSALLENBSA

S.A.

PAC100254FA

Se comunica a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TAXORBE S. A. , que la Junta General ordina-ria de Accionistas celebrada el 29 de marzo del 2014 resolvió Aumentar el capital y Reformar los Estatutos de la Compañía ,bajo los siguientes términos : Que se aumente el capital en USD. 10.000,00 en numerario en acciones nominativas y ordinarias por un valor nominal de 0.40 cada una y que se proceda a re-formar los estatutos en las clausulas pertinentes, de acuerdo al capital aumentado . Además la Junta General ordinaria de ac-cionistas resolvió autorizar al Gerente General y Representante Legal de la Compañía señor Luis Alberto Andrango Andrango, para que realice todos los trámites concernientes al aumento de capital y reforma del estatuto social; asi como autoriza para que proceda con la publicación del derecho de suscripción preferen-te y la estructura del cuadro de integración de capital fijando la cuantía exacta del aumento de capital, de acuerdo a lo que dis-pone el Artículo 181 de la Ley de Compañías y el Articulo N°2 de la Resolucion N. 99.1.1. 3.0005 Reglamento sobre el ejercicio del Derecho Preferente en las Compañías Anónimas y de Economia Mixta publicado en el Registro Oficial N° 252 del 11 de agosto de 1999. De acuerdo a lo anterior y de conformidad con lo que dispone el Art 181 de la Ley de Compañias asi como por resuelto por la Junta General ordinaria de Accionistas celebrada el 29 de marzo del 2014, este derecho de suscripción preferente pueden ejercer a prorrata de las acciones que tuvieren los accionistas, dentro de los 30 días siguientes a la publicación del aviso del respectivo acuerdo en la Junta General Cumplidos los 30 días acordados por la Junta General, desde la publicación de este aviso del ejercicio del derecho preferente y verificado por el Representante Legal el queda facultado a ela-borar el cuadre de integración definitivo del Aumento de Capital. Los señores accionistas deben acercarse ante el señor Gerente General y Representante Legal de la compañía en la oficina ubi-cada en la calle Caldas 340 y Guayaquil prime piso del Edificio de San Blas del Distrito Metropolitano de Quito, para que suscriban las acciones a las que tengan derecho, cuyo valor al Aumento de Capital en numerario será pagado al contado por el accionista y depositado en la Cuenta bancaria perteneciente a la Companía.

Atentamente. Luis Alberto Andrango Andrango

GERENTE GENERAL PAC100228fa

AViSO PARA EL EJERCiCiO DEL DEREChO DE SUSCRiPCiON

PREFERENTE EN EL AUmENTO DE CAPiTAL DE LA COmPAñÍA DE TRANSPORTE TAXORBE S.A.

Compañia de Transportes en Colectivos Quito C.A. COLECTRANS, por la presente, pone en conocimiento de la comunidad que, por pérdida, se procedera a la ANULACIÓN del documento contentivo del Pagaré a la Ordén Nº 3, por la cantidad de US$ 6.200,00 pagadero a 365 días a partir de su suscripción efectuada con fe-cha 01 de julio del 2012. a su beneficiario señor ALEXIS DANIEL RUILOVA BUÑAY. Esta sociedad no recon-ocerá a los endosatarios que no hubieren obtenido de la compañía la aceptación y registro de ley.

Lcdo. José Alirio AlmacheGERENTE GENERAL

ANULACiON

PAC100222fa

Compañia de Transportes en Colectivos Quito C.A. COLECTRANS, por la presente, pone en conocimiento de la comunidad que, por pérdida, se procedera a la ANULACIÓN del documento contentivo del Pagaré a la Ordén Nº 5, por la cantidad de US$ 33.000,00 pagadero a 365 días a partir de su suscripción efectuada con fe-cha 01 de julio del 2012. a su beneficiario señor ALEXIS DANIEL RUILOVA BUÑAY. Esta sociedad no recon-ocerá a los endosatarios que no hubieren obtenido de la compañía la aceptación y registro de ley.

Lcdo. José Alirio AlmacheGERENTE GENERAL

ANULACiON

PAC100222fa

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el cauce de la quebrada deno-minada PAGUANGO, solicitan-do las servidumbres Forzosas correspondientes para lo cual se remitirá atenta comisión librada al señor Jefe Político de la Parroquia Machachí para que cumpla con esta diligen-cia 5.- Los administrados en el término 48 horas retirarán de esta dependencia tanto la comisión librada para las cita-ciones, fijación de carteles, como el extracto para su publi-cación en la prensa 6.- Téngase en cuenta la designación que realizan todos los compare-cientes al señor Jorge Alfredo Changoluisa Camacho como Procurado Común, también se tiene en cuenta la autorización concedida al Dr. Roberto Aldaz y el casillero judicial No. 1243 del palacio de justicia de Quito para futuras notificaciones. Actúe el Ab. Gustavo Molina, como Secretario Ad-Hoc en el pre-sente trámite.- NOTIFÍQUESE…..f) Ing. Jorge Andrés Huacho Oleas, LIDER CENTRO ZONAL DE QUITO DEMARCACIÓN H I D R O G R Á F I C A D E ESMERALDAS SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA-SENAGUA. Lo que comunico a usted para los fines de ley.- CERTIFICO.SECRETARIO AD-HOCHay un selloP AR/95024/cc

VARIOSJUZGADO CUARTO DE LO

CIVIL DE PICHINCHACITACIÓN JUDICIALCITASE con el siguiente EXTRACTO DE LA DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO A: DR. GONZALO RAMON CHACONACTOR: MARIANA DE JESUS TOLEDO DIAZ (Y) LUIS HERNAN PAZ TOLEDODEMANDADO: MONICA MARIA VERDEZOTO PAZ, WASHINGTON PIZARRO PICODR. GONZALO ROMAN CHACONJUICIO: ORDINARIO No. 2012-0953CUANTIA: INDETERMINADA

TRAMITE: ORDINARIOOBJETO DE LA DEMANDA: Los actores demandan la nulidad del contenido del contrato de compraventa celebrada supues-tamente entre los comparecien-tes y los demandados cónyu-ges PIZARRO VERDESOTO, por existir falsedad en dicho instrumento (elaborado por el Dr. Marcelo Balseca Noroña y elevada a escritura pública el 21 de abril del 2009, ante el Notario Décimo Sexto del cantón Quito Provincia de Pichincha, Dr. Gonzalo Augusto Roman Chjacón, e inscrita en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, el 4 de junio del 2009), y piden se les condene al pago de daños y perjuicios ocasionados con la falsedad del instrumento publico, daño emergente y lucro cesante; pago de costas procesales y honora-rios de su defensora, se DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 3232 Dr. Luis Rodrigo Heredia Perez.PROVIDENCIA:JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 2 de julio del 2013, las 15h32. VISTOS: Revisado el proceso se desprende que se ha proce-dido a realizar la diligencia de cotejamiento ordenada en pro-videncia de 31 de julio del 2012, de conformidad con lo que esta-blece el Inc. primero del Art. 180 del Código de Procedimiento Civil, que dice: “Art. 180.- Si se demandare la falsedad de un instrumento público, el juez procederá a comparar la copia con el original, y a recibir las declaraciones de los testigos instrumentales. Practicadas estas diligencias y cualesquiera otras que el juez estime conve-nientes para el esclarecimiento de la verdad, se correrá traslado de la demanda y seguirá el jui-cio por la vía ordinaria.(...), en consecuencia, de conformidad con el Art. 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial, atento al estado y naturaleza de la causa, se deja sin efecto las providencias de 30 de mayo y 18 de junio del 2013, y en su lugar se dispone: Por no ser el

momento procesal y en atención a lo establecido en el Art. 180 del Código de Procedimiento Civil, por cumplida la diligencia de comparación del documento público impugnado, tramítese la demanda por la vía ordina-ria.- En consecuencia, procedo a calificar la demanda como se encuentra dispuesto en provi-dencia de 31 de julio del 2012: La demanda presentada por MARIANA DE JESUS TOLEDO DIAZ y LUIS HERNAN PAZ TOLEDO, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la acepta al trámite correspon-diente por la VIA ORDINARIA, prevista en los Arts. 395 y siguientes del Código Adjetivo Civil. Con el contenido de la demanda, córrase traslado a los demandados, CITESE a los demandados con el contenido de la demanda y esta providen-cia en la dirección señalada, a fin de que en el termino de quince días contesten la demanda y propongan las excepciones dila-torias o perentorias que se crean asistidos.- Inscríbase la deman-da en el Registro de la Propiedad de esta ciudad de Quito, para cuyo efecto, NOTIFIQUESE al Registrador de la Propiedad del D. M. DE QUITO.- Agréguese al proceso la documentación pre-sentada y Regístrese la casilla judicial que señalan los actores para recibir sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) DR. ARMANDO ACELDO GUALLI. JUEZJUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 19 de septiembre del 2013, las 13h18. Agréguese al proceso el escrito presentado.- En la sustanciación de la causa, cuéntese con el Dr. GONZALO AUGUSTO ROMAN CHACON, NOTARIO DECIMO SEXTO DEL CANTON QUITO; y, DRA. MIRIAM VILLACIS MORA, Notaria SUPLENTE ENCARGADA DECIMO SEXTA DEL CANTON QUITO, a quie-nes se les citará con el conte-nido de la demanda, auto de calificación y esta providencia en la dirección señalada en escrito de 13 de septiembre del 2013.- NOTIFIQUESE.- f) DR.

ARMANDO ACELDO GUALLI – JUEZ.JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 21 de marzo del 2014, las 13h50. Con fundamento en el juramento rendido por la parte actora en el sentido de que pese a las ave-riguaciones que han realizado, les ha sido imposible determinar la residencia o domicilio del DR. GONZALO AUGUSTO ROMAN CHACON, y de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CITESE al Dr. GONZALO AUGUSTO ROMAN CHACON, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta pro-videncia, en uno de los periódi-cos de mayor circulación, que se editan en esta ciudad de Quito.- Por Secretaría elabóre-se y extiéndase el extracto res-pectivo.- NOTIFIQUESE.- f) DR. ARMANDO ACELDO GUALLI – JUEZLo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, pre-viniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley.AB. JENNY BELTRAN RIVERASECRETARIA (e)Hay un selloP AR/95133/cc

Se envía al casillero 3734EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER,

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE

PICHINCHAJUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL CAUSA N. 56791-2013 M.B.J

CUANTIA: INDETERMINADATRAMITE: VERBAL SUMARIOACTORA: ROSERO JHAYYA DIEGO FERNANDO CITACION JUDICIAL A: ILSE OCHOCKY ROSSERO U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 31 de enero del 2014, las 14h19. VISTOS.- Avoco conocimien-to de la presente causa y de su alcance en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito.- EN PERTINENCIA.- La demanda de divorcio controvertido reúne los requisitos de ley, por lo que se le califica como clara y preci-sa, aceptándole al trámite verbal sumario del art. 118 del Código Civil.- DISPONIENDOSE.- Dada la declaración juramentada del señor DIEGO FERNANDO ROSERO JHAYYA, de la impo-sibilidad de determinar la individualidad y residencia de su cónyuge ILSE OCHOCKY ROSSERO, CITESE a la accio-nada ILSE OCHOCKY ROSSERO, por tres veces, en uno de los periódicos de mayor circulación de este cantón Quito, provincia de Pichincha, por haberse cele-brado el acto matrimonial en esta ciudad. Las publicaciones dispuestas se las harán median-do término de ocho días por lo menos entre la una y la otra.- Si la citada no compareciera vein-te días después de la última publicación podrá ser conside-rada o declarada en rebeldía; término en el cual se pronun-ciará en relación a la curadu-

ría insinuada para MAXIME NANON ROSERO OCHOCKY. y MANITTE ROSSERO OCHOCKY, en la persona de SEGUNDO ELIAS ROSERO ZAPATA. En el momento procesal oportuno se contará con uno de los Fiscales Distritales de Pichincha. Agréguense al proceso los documentos que acompañan la demanda. Tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico; así como la auto-rización conferida a la defen-sa.- NOTIFIQUESE Y CITESE.- F) DRA. KATHYA SUSANA BURBANO IÑIGA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consi-guientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.DRA. MARÍA BELÉN JAQUESECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITOHay un selloP AB/8024/cc (1

Consejo de la JudicaturaUNIDAD JUDICIAL TERCERA

DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE

QUITO, PROVIDENCIA DE PICHINCHA.

CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA: OCHOKY ILSE MILAGROSEXTRACTOCAUSA: DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL No. DE JUICIO: 24049-2013 DRA- RPG. DEMANDADO: OCHOKY ILSE MILAGROSACTOR: ROSERO JHAYYA DIEGO FERNANDO C U A N T I A : U S $ INDETERMINADAJUEZA: DRA. NANCY MERCEDES ALTAMIRANO ALTAMIRANO JUEZA DE LA UNIDA JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO.

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miérco-les 12 de febrero del 2014, las 10h26. VISTOS: Agréguense a los autos los escritos presenta-dos por la parte actora.- En lo principal de la revisión de los autos se determina, que con decreto de fecha 10 de septiem-bre de 20143, las 15h27, se dis-puso que el accionante DIEGO FERNANDO ROSERO JHAYYA dé cumplimiento a lo dispues-to en el Art. 82 del código de Procedimiento Civil, disposición a la que ha dado cumplimiento conforme acta de fs. 153.- Sin ser el estado de la causa se dicta el decreto de 15 de noviembre del 2013, las 08h06.- En tal virtud, de conformidad con los Arts. 75 de la Constitución de la República, Arts. 346 Numeral 2, 349 y 1014 del Código de Procedimiento Civil, se declara la nulidad desde el decreto de fecha 15 de noviembre del 2013, las 08h06, esto es desde fojas 155 a 156.- Continuando con el debido proceso, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Tercera de la Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, creada mediante Resolución No. 116, de fecha 11 de septiembre del 2012, del Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 810 del 16 de octubre de 2012, en concor-dancia con los Artículos 75, de la Constitución de la República, Artículos: 11, 19, 20, 23, 233 y 234 del Código Orgánico de la

Función Judicial; y, previo el sor-teo electrónico de Ley, por cum-plido con lo dispuesto en decreto de 10 de septiembre de 20143, las 15h27, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal, la demanda que ante-cede presentada por el señor DIEGO FERNANDO ROSERO JHAYYA, en contra de la señora ILSE MILAGROS OCHOCKY, es clara, precisa y completa, por reunir los requisitos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se acep-ta al trámite especial conteni-do en sección 21a, Art. 813 y subsiguientes del Código de Procedimiento Civil.- En mérito al juramento rendido por el actor y de conformidad con lo previs-to en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CITESE con el contenido de la demanda y este auto a la demandada señora ILSE MILAGROS OCHOCKY, por la prensa, mediante tres publi-caciones que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediando ocho días hábi-les entre una y otra publicación, a fin de que en el término de tres días se excepcione legal-mente.- Agréguense al proceso la documentación adjunta; tén-gase en cuenta la casilla judicial que señala la parte actora para sus notificaciones, así como la autorización otorgada a su abo-gado patrocinador.- Actúa el Dr. Mauricio Avilés, en calidad de Secretario Ad-Hoc por licencia de la Titular.- Por Secretaría con-fiérase el Extracto para la corres-pondiente publicación, el mismo que se adjuntara en este autos.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f).- DRA. NANCY MERCEDES ALTAMIRANO ALTAMIRANO, JUEZA DE LA UNIDA JUDICIAL

C7

RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014

La Hora Quito, eCuadoR

Sentirnos incapaces de tener secretos para una mujer es haber

empezado a amarla. P au l g é R a l dy ( P au l l e F è v R e )

Poeta y comediógrafo francés.

REPÚBLiCA DEL ECUADORSUPERiNTENDENCiA DE COmPAñÍAS

EXTRACTODE LA ESCRiTURA PÚBLiCA DE mODiFiCA-CiÓN DEL OBJETO SOCiAL Y REFORmA DE ESTATUTOS DE LA COmPAñÍA FiLmARTE ECUADOR CÍA. LTDA. FiLmARTECUADOR

Se comunica al público que la compañía. FILMARTE ECUADOR CÍA. LTDA. FIL-MARTECUADOR, con domicilio princi-pal en el Distrito Metropolitano de Quito, modificó su objeto social y reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo del Distrito Me-tropolitana de Quito el 27 de marzo de 2014. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, me-diante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001253 de 04 de abril de 2014.

En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo tercero del Estatuto Social, referente al objeto social, de la siguiente manera:

“ARTÍCULO TERCERO.’OBJETO.- La compañía se dedicará a las siguientes actividades que constituyen su objeto social: a) Producción y distribución de largometrajes, cortometrajes, mediome-trajes y demás productos audiovisuales a nivel nacional y en el extranjero...

Quito, 04 de abril de 2014.

Dr. Oswaldo Noboa León.SUBDIRECTOR DE ACTOS

SOCIETARIOS PAC100284fa

Se comunica al público que la compa-ñía ANIMAL VETSUPPLY CIA. LTDA., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito modificó el objeto social y reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Sexto del Distrito Metropolitano de Quito el 17 de enero de 2014. Actos societarios aproba-dos por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001207 de 02 de abril de 2014.

En virtud de la presente escritura pública la compañía reforma el artículo cuarto del Estatuto Social, referente al objeto social, de la siguiente manera:

“ARTÍCULO CUARTO.- OBJETO.- La com-pañía tendrá por objeto: ... b) Importación, exportación, comercialización, represen-tación y distribución de caballos de toda edad, raza y condición, así como imple-mentos necesarios para la crianza y repro-ducción...”

Distrito Metropolitano de Quito, 02 de abril de 2014

Dr. Oswaldo Noboa LeónSUBDiRECTOR DE ACTOS

SOCiETARiOS

DE LA ESCRiTURA PÚBLiCA DE mODiFiCACiON DEL OBJETO

SOCiAL Y REFORmA DE ESTATUTOS DE LA COmPAñÍA

ANimAL VETSUPPLY CiA. LTDA.

RE PU BLi CA DEL ECUA DORSU PE RiN TEN DEN CiA DE COmPAñiAS

EX TRAC TO

P AR/95158/cc

La com pa ñía SERViCiOS CENTERkLAAR CiA. LTDA. se cons-ti tu yó por es cri tu ra pú bli ca otor ga da an te el No ta rio Vigésimo Quinto del Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, el 19 de marzo de 2014, fue apro ba da por la Su pe rin ten den cia de Com pa ñías, me dian te Re so lu ción SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001160 de 28 de Marzo de 2014.

1.- DO MI CI LIO: Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, pro vin cia de Pi chin cha.

2.- CA PI TAL: Sus cri to US$ 10.000,00 Número de Participaciones 10.000 Valor US$ 1,00

3.- OB JE TO: El ob je to de la com pa-ñía es: "EL OBJETO SOCIAL ÚNICO Y EXCLUSIVO DE LA COMPAÑÍA CONSISTE EN LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS DE LIMPIEZA..."

Qui to, 28 de marzo de 2014.

Dr. José Eduardo Romero AyalaSUBDiRECTOR DE ACTOS

SOCiETARiOS SUBROGANTE

CONSTiTUCiÓN DE LA COmPAñÍASERViCiOS CENTERkLAAR

CiA. LTDA.

RE PU BLi CA DEL ECUA DORSU PE RiN TEN DEN CiA DE COmPAñiAS

EX TRAC TO

P AR/95155/cc

La com pa ñía FiRE RESCUE DEL ECUADOR FiRESOLUTiONSEC S.A. se cons ti tu yó por es cri tu ra pú bli ca otor-ga da an te el No ta rio Décimo del Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, el 21 de Febrero de 2014, fue apro ba da por la Su pe rin ten-den cia de Com pa ñías, me dian te Re so-lu ción SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001088 de 25 de Marzo de 2014.

1.- DO MI CI LIO: Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, pro vin cia de Pi chin cha.

2.- CA PI TAL: Sus cri to US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00

3.- OB JE TO: El ob je to de la com pa ñía es: A) LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORÍA EN PLANEACIÓN, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN DE SERVICIOS INTEGRALES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS...

Qui to, 25 de marzo de 2014.

Dr. José Eduardo Romero AyalaSUBDiRECTOR DE ACTOS

SOCiETARiOS SUBROGANTE

CONSTiTUCiÓN DE LA COmPAñÍAFiRE RESCUE DEL ECUADOR

FiRESOLUTiONSEC S.A.

RE PU BLi CA DEL ECUA DORSU PE RiN TEN DEN CiA DE COmPAñiAS

EX TRAC TO

P AB/8042/cc

Page 8: Judicial 7 abril 2014

ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO.Lo que comunico a usted, para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de seña-lar domicilio o casilla judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro de Ley.Atentamente:DR. MAURICIO AVILESSECRETARIO AD-HOC DE LA UNIDADHay un selloP AB/8024/cc (2

R del E.EXTRACTO

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A WASHINGTON SEGUNDO MORALES VILLEGAS Y ELSY GUADALUPE ESPINOSA CARRIONACTOR: ING. GUSTAVO ALMEIDA AYALA, GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE EXELSEGURIDAD CIA. LTDA.DEMANDADOS: WASHINGTON SEGUNDO MORALES VILLEGAS Y ELSY GUADALUPE ESPINOSA CARRION.JUICIO: No. 0251-2013-J.CH.TRAMITE: OrdinarioJUEZ: Dr. Cristóbal Ojeda MartínezSECRETARIO: Dr. Francisco Justicia SalgadoCUANTIA: IndeterminadaAUTO:JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 7 de marzo del 2014, las 11H08. “VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en cali-dad de Juez encargado de esta Judicatura, mediante acción de personal No. 4959-DP-DPP de 9 de octubre del 2013 y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- Actúe el Dr. Francisco Justicia Salgado, en calidad de Secretario Titular de la Judicatura, mediante Acción de Personal Nro. 642-DNP, de 09 de Abril del 2009.- Una vez que el actor ha dado cumplimiento a lo indicado en providencia de fecha 14 de mayo del 2013, las 14h26, se considera que la demanda que antecede pro-puesta por GUSTAVO ALMEIDA AYALA, en su calidad de Gerente y Representante Legal de EXELSEGURIDAD CIA. LTDA., conforme la documentación que acompaña, es clara, completa y reúne los demás requisitos

determinados por la Ley, por lo que se la acepta a trámite ORDINARIO.- Córrase traslado con el escrito de demanda y esta providencia al demanda-do WASHINGTON SEGUNDO MORALES VILLEGAS; y, a la demandada ELSY GUADALUPE ESPINOSA CARRION, para que en el término de quince días con-testen la demanda y proponga todas las excepciones de las que se creyeren asistidos. De con-formidad con el Art. 82, incisos, primero, segundo y tercero del Código de Procedimiento Civil, y cumplido el actor, con el jura-mento de la imposibilidad de dar con la individualidad o residen-cia de los demandados, quienes en esta causa debe ser citados, SE DISPONE, que se CITE al demandado WASHINGTON S EG U N D O M O RA L ES VILLEGAS; y, a la demandada ELSY GUADALUPE ESPINOSA CARRION, por un periódico de amplia circulación local, por tres publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta. Para este efecto, se proveerá un extracto de la demanda y de la provi-dencia respectiva.- Incorpórese al proceso la documentación adjunta.- Agréguese al proceso el escrito presentado y tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el actor para sus notificaciones; así como la facultad concedida a su abogado patrocinador para que suscriba cuanto escrito sea necesarios en defensa de sus intereses.- NOTIFÍQUESE.- F. Dr. Cristóbal Ojeda Martínez. (Juez Encargado)Lo que comunico a Ud., para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posterio-res notificaciones.Dr. Francisco Justicia SalgadoSECRETARIOHay un selloP AR/95143/cc

REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE SEÑOR FERNANDO PAT R I C I O B EC DAC H SANTOMARO.ACTOR: MUNICIPIO DE QUITO DEMANDADA: FERNANDO PAT R I C I O B EC DAC H SANTOMAROJUICIO ESPECIAL No: 0570-

2006-M.S.FUNDAMENTO: ARTICULO 718 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVILCUANTIA: INDETERMINADA. ABOGADO DEFENSOR: DR. LAURO JARAMILLOCASILLERO JUDICIAL: No. 1822JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 22 de Junio del 2006, las 17h28.- VISTOS.- En vir-tud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de esta Judicatura avoco conoci-miento de la presente causa.- En lo principal la demanda de Expropiación presentada por el señor Paco Rosendo Moncayo Gallegos, Alcalde Metropolitano y Representante Legal del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y Dr. Carlos Jaramillo Díaz, Procurador Metropolitano, Representante Judicial, en contra del señor FERNANDO PAT R I C I O B EC DAC H SANTOMARO; reúne los requisi-tos legales, en consecuencia se la acepta al trámite correspon-diente por la vía especial pre-vista en la Sección 19na, Arts. 781 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese con el contenido de la misma y éste Auto al prenombrado demanda-do en la dirección señalada, para que concurra hacer uso de sus derechos dentro del término que prevé la Ley.- De conformidad con el Art. 788 del Cuerpo de Leyes antes invocado se nom-bra como perito al Arquitecto Gustavo Sandoval, para el ava-lúo del fundo.- Como la entidad demandante ha consignado el precio que a su juicio debe pagarse por el inmueble, consi-derando expropiación urgente, se ordena la ocupación inme-diata del inmueble; inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón.- Desposítese el dinero consig-nado en la cuenta corriente que posee esta Judicatura en el Banco Nacional de Fomento.- Agréguese al proceso los docu-mentos presentados. Téngase en cuenta la casilla judicial señalada para recibir sus notifi-caciones y defensores designa-dos.- NOTIFIQUESE Y CÌTESE.JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 31 de Marzo del 2014, las 10h41.- Agréguese a los autos el escrito y documentación que anteceden.- Atento a lo manifes-tado y previo a proveer lo que corresponda, la parte actora de cumplimiento a lo dispues-to en el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, esto es

notifíquese a los herederos pre-suntos y desconocidos de quien en vida fue señor Fernando Patricio Becdach Santomaro mediante una sola publicación en uno de los Diarios de mayor circulación de esta Ciudad de Quito, para el efecto por secreta-ria confiérase el correspondien-te extracto.- Notifíquese. f) DR. PAUL NARVAEZ NARVAEZ.Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones.Dr. Luis Fernando Serrano MenesesSECRETARIOHay un selloP AR/95162/cc

DR. HOMERO LÓPEZ OBANDO

NOTARIO VIGÉSIMO SEXTO DEL CANTÓN QUITO:

DISTRITO METROPOLITANOEXTRACTONOTARÍA VIGÉSIMO SEXTA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura otorgada en la Notaría Vigésimo Sexta del cantón Quito, el 31 de Marzo del 2.014, los cónyuges Ana María Elizabeth Bilbao Mármol y el doctor Santiago Mauricio Guarderas Izquierdo, procedieron a liquidar el patri-monio de la sociedad conyugal que tenían formada, la misma que fuera disuelta mediante sentencia dictada por la Juez Décimo Tercera de lo Civil, el doce de enero de mil nove-cientos noventa y ocho, dicha sentencia se la subinscribió en el acta de matrimonio el veinti-trés de enero de mil novecientos noventa y ocho,La adjudicación del patrimo-nio se encuentra detallada en el texto de la referida escritu-ra pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en e1 Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la

Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de 1a Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyu-gal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, de este extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal corres-pondiente a los cónyuges Ana María Elizabeth Bilbao Mármol y el doctor Santiago Mauricio Guarderas Izquierdo, otorga-da mediante escritura pública de 31 de Marzo del 2.014, en la Notaria Vigésimo Sexta del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse des de la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquida-ción puedan presentar su oposi-ción fundamentada, dentro del referido término.Particular que pongo en cono-cimiento para los fines legales correspondientes.Quito, Abril 04 del 2.014. Dr. Homero López ObandoNOTARIO VIGÉSIMO SEXTO DEL CANTÓN QUITOHay un selloP AR/95163/cc

EXTRACTO JUZGADO OCTAVO DE LO

CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A ALEXANDRA DEL PILAR QUISHPE CRUZ y LUIS F E R N A N D O CA L A P I CORONADO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ALIANZA SOCIAL ECUATORIANA-ALSEC LTDA. DEMANDADOS: ANDREA ESTEFANIA VILLACIS QUISHPE, LUIS FERNANDO CALAPI CORONADO y ALEXANDRA DEL PILAR QUISHPE CRUZ JUICIO: No. 0973-2012-TV TRAMITE: VERBAL SUMARIO JUEZ: Dr. Cristóbal Ojeda SECRETARIO: Dr. Francisco

Justicia Salgado CUANTIA: Tres mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. AUTO DE CALIFICACION: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Quito, martes 31 de Julio del 2012, las 14h54. VISTOS: VISTOS: La competencia de esta causa se ha radicado en esta judicatura en virtud del sorteo realizado, por lo tanto avoco conocimien-to de la misma. En lo principal la demanda que antecede es clara precisa y reúne los requi-sitos de Ley, por lo que se le admite a trámite Ejecutivo. En consecuencia los demandados ANDREA ESTEFANIA VILLACIS QUISHPE, LUIS FERNANDO CALAPI CORONADO y ALEXANDRA DEL PILAR QUISHPE CRUZ dentro del término de tres días cumplan con la obligación demandada, o dentro del mismo término pro-pongan excepciones bajo pre-venciones de Ley- Cítese a los demandados Andrea Estefanía Villacis Quishpe, Luis Fernando Calapi Coronado y Alexandra del Pilar Quishpe Cruz en los lugares señalados para el efec-to- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada. Agréguese al proceso la documentación acompañada. NOTIFIQUESE.- F. Dr. Armando Aceldo Gualli (Juez Suplente). JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miér-coles 30 de octubre del 2013, las 08h56. Atento el juramen-to rendido y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CITESE a los demandados ALEXANDRA DEL PILAR QUISHPE CRUZ Y LUIS FERNANDO CALAPI CORONADO, mediane tres publicaciones en un diario de amplia circulación nacional, para lo cual entréguese e extrac-to respectivo- Notifíquese.- F.- Dr. Cristóbal Ojeda Martínez (Juez Encargado). Lo que comunico a Ud., para los fines de ley, tiene de señalar casillero judicial para posteriores Dr. Francisco Justicia SalgadoSECRETARIO Pac100257fa

JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHACITACIÓN JUDICIAL

A, Silvia Cemira Almeida Andagoya JUICIO: Verbal Sumario, Tarjeta de Crédito No. 2013-0194

ACTOR: Dr.- Francisco Esteban Carrera Duran Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A TRAMITE: Verbal Sumario CUANTIA: $13.000 Se le hace conocer el extracto, y las providencias que a conti-nuación siguen: PROVIDENCIAS: JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 9 de abril del 2013, las 08h08. VISTOS.- En virtud de la razón del sorteo de ley correspon-diente, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándose-la procedente se la acepta al trámite verbal sumario.- En consecuencia con la copia de este auto y la demanda cítese en legal y debida forma a la deman-dada SILVIA CEMIRA ALMEIDA ANDAGOYA en la dirección que señala para el efecto.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados para posteriores notificaciones, así como la autorización con-ferida a su Abogado Defensor. Previo recibo dejando copias en autos desglósese el contrato de tarjeta de crédito y entré-guese a la Lcda. Miriam Cando Pila.- Cítese y Notifíquese F) (Dr. (Dra.- Lizbeth Ron Cadena Jueza ) JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 21 de marzo del 2014, las 16h32. En mérito al juramento rendido por la parte actora y de conformi-dad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señora Silvia Cemira Almeida Andagoya, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad; para el efecto confiérase el correspondiente extracto.- Cítese y Notifíquese. (Dr. (Dra.- Lizbeth Ron Cadena Jueza) LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO

PREVINIÉNDOLE DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PARA POSTER IORES NOTIFICACIONES. Dr. Paúl Andrés Tapia SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHAHay un selloP.A.C./100192

JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.

CITACION JUDICIAL A HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MELCHOR LLAMATUMBI TAYANGO, EMILIA MICAELA PAILLACHO FLORES y JOSE LUIS LLAMATUMBI PAILLACHO, SE LES HACE SABER LA DEMANDA DE PRESCIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO: Actor: Carlos Enrique Llamatumbi Paillacho. Demandados : MAR IA ROSARIO LLAMATUMBI PAILLACHO, LUZ MARIA LLAMATUMBI PAILLACHO, LUIS ANIBAL LLAMATUMBI GONZÁLEZ , WILL IAM PATRICIO LLAMATUMBI GONZALEZ, OLGA GUADALUPE LLAMATUMBI GONZALEZ, SUSANA DEL PILAR LLAMATUMBI GONZALEZ, JOSE RAFAEL LLAMATUMBI PAILLACHO Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MELCHOR LLAMATUMBI TAYANGO, EMILIA MICAELA PAILLACHO FLORES y JOSE LUIS LLAMATUMBI PAILACHO. Trámite: Ordinario ( Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio). Cuantía: Indeterminada. Fundamentos de derecho: 603, 715, 2392, 2398, 2410, 2411, 2413 deI Código Civil. Abogado del Actor: Dr. Francisco Robles. Fecha de inicio: 6 de febrero deI 2014. (PROVIDENCIAS) JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miérco-les 26 de febrero del 2014, las 13h52. VISTOS.- Por cumplido

C8

RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014La Hora Quito, eCuadoR

Un hombre de genio no se equivoca. Sus errores son los umbrales del

descubrimiento. J a m e s J oyc e .

Escritor irlandés.

Compañia de Transportes en Colectivos Quito C.A. COLECTRANS, por la presente, pone en conocimiento de la comunidad que, por pérdida, se procedera a la ANULACIÓN del documento contentivo del Pagaré a la Ordén Nº 1, por la cantidad de US$ 33.000,00 pagadero a 365 días a partir de su suscripción efectuada con fe-cha 01 de julio del 2012. a su beneficiario señor JOSÉ BENIGNO GUTIÉRREZ BUSTILLOS. Esta sociedad no reconocerá a los endosatarios que no hubieren obtenido de la compañía la aceptación y registro de ley.

Lcdo. José Alirio AlmacheGERENTE GENERAL

ANULACiON

PAC100222fa

Compañia de Transportes en Colectivos Quito C.A. COLECTRANS, por la presente, pone en conocimiento de la comunidad que, por pérdida, se procedera a la ANULACIÓN del documento contentivo del Pagaré a la Ordén Nº 1, por la cantidad de US$ 33.000,00 pagadero a 365 días a partir de su suscripción efectuada con fe-cha 01 de julio del 2012. a su beneficiario señor ALEXIS DANIEL RUILOVA BUÑAY. Esta sociedad no recon-ocerá a los endosatarios que no hubieren obtenido de la compañía la aceptación y registro de ley.

Lcdo. José Alirio AlmacheGERENTE GENERAL

ANULACiON

PAC100222fa

CONVOCATORiASe convoca a Junta General Ordi-naria de accionistas de COTOPAXI CIA. LTDA. Agencia Asesora Pro-ductora de Seguros, para el día 9 de abril del 2014, en la oficina de la Compañía ubicada en la Av. Amé-rica N 34-190 y Lallement, a las 16H00 con el siguiente orden del día:

1. Constatación de Quórum2. Conocimiento y aprobación

del informe del señor Geren-te.

3. Análisis y aprobación de Ba-lances anuales de la Cia.

4. Asuntos Varios

Quito, 7 de abril del 2014

Sr. David Moya TorresGERENTE GENERAL

P AR/95152/cc

OCEAN PACiFiC TRAVEL CiA. LTDA.

Convocatoria a Junta General Ordinaria de Socios

Conforme a lo dispuesto en los Estatutos Sociales de la Compañía y en el artículo 119 de la Ley de Compañías, convocamos a los señores socios de OCEAN PACIFIC TRAVEL CIA. LTDA. a la Junta General Extraordinaria que se reunirá el día 16 de ABRIL de 2014 a las 10H00 en las instalaciones de la compa-ñía, ubicadas en la Avenida 6 de Diciembre y República de esta ciudad de Quito, para tratar el siguiente orden del dia:

1.- Conocimiento y aprobación del informe del Administrador de la compañía por el ejercicio económico 2013.

2.- Conocimiento y aprobación del balance General y demás estados financieros de la Compañía por el ejercicio econó-mico 2013.

3.- Decidir sobre el destino de los benefi-cios sociales del ejercicio económico 2013.

Hugo Efraín Ochoa PeñafielGERENTE GENERAL

OCEAN PACIFIC TRAVEL CIA. LTDA.

P AR/95164/cc

CONVOCATORiA A JUNTA GENERAL ORDiNARiA DE SOCiOS DE LA COmPAñÍAEL BRASERO BRAVEDiAZ

CiA. LTDA.

De conformidad a lo dispuesto en la Ley de Com-pañías, el Reglamento de Juntas Generales y el Estatuto Social de la Compañía, convoco a los señores Socios de la Compañía EL BRASERO BRAVEDIAZ CIA. LTDA., a la Junta General Or-dinaria que tendrá lugar el 21 de Abril del 2014, a las once de la mañana (10h30), en el domicilio de la Compañía ubicado en la Av. Colón No. 1542 y Av. 9 de Octubre, cantón Quito, provincia de Pi-chincha, para conocer el siguiente orden del día

La junta convocada deberá conocer los siguien-tes puntos:

1. Informe del Gerente General del ejercicio económico del 2013.

2. Conocimiento y aprobación del Balance General y el Estado de Pérdidas y Ganan-cias correspondiente al ejercicio económi-co comprendido entre el 1de enero al 31 de diciembre del 2013.

3. Resolución sobre el destino de las utilida-des o pérdidas correspondientes al ejerci-cio económico del 2013.

El Balance General y el Estado de Pérdidas y Ga-nancias, así como los informes respectivos, están a disposición de los señores Socios en las ofici-nas de la Compañía.

Quito, 07 Abril del 2014

Sra. María Dolores VegaGERENTE GENERAL

P AR/95160/cc

Page 9: Judicial 7 abril 2014

lo dispuesto en auto inicial. En lo principal la demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Es procedente el trámite ordinario que se solicita, en con-secuencia, córrase traslado con la demanda y esta providencia a los demandados los señores MARIA ROSARIO LLAMATUMBI PAILLACHO, LUZ MARIA LLAMATUMBI PAILLACHO, LUIS ANIBAL LLAMATUMBI GONZÁLEZ , WILL IAM PATRICIO LLAMATUMBI GONZALEZ, OLGA GUADALUPE LLAMATUMBI GONZÁLEZ, SUSANA DEL PILAR LLAMATUMBI GONZÁLEZ mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Yaruqui, al mismo se le enviará suficiente despacho, a fin de que la conteste en el término de quince días de ser citado legalmente, bajo apercibimien-to en rebeldía.- Agréguese a los autos la documentación acom-pañada- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora, para reci-bir las notificaciones que le corresponda.- En mérito al

juramento rendido por el actor y de conformidad con lo previs-to en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los herederos, presuntos y desco-nocidos de los causantes seño-res MELCHOR LLAMATUMBI TAYANGO, EMILIA MICAELA PAILLACHO FLORES y JOSE LUIS LLAMATUMBI PAILACHO, por la prensa en uno de los diarios de mayor circula-ción que se editan en esta ciudad de Quito.- Cuéntese y Cítese en la presente causa con uno de los señores Alcalde y Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- De conformidad con lo previsto en el Art. 1000 deI Código de Procedimiento Civil, inscríbase la presente en el Registro de la propiedad, para el efecto envíese el correspondiente ofi-cio.- Actué el señor Dr. Luis Ron Villavicencio y Dr Jaime Torres Carrera en calidad de Secretario y Oficial Mayor encargado res-pectivamente de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Nacional de Judicatura, median-te oficio No. 226-07-CRH-CNJ-ES de 5 marzo del 2007.-

NOTIFIQUESE. f) Juez. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 20 de marzo del 2014, las 11h59. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa mediante acción de personal No. 703-DP- DPP de 04 de Febrero del año 2014 en calidad de Juez Encargado del Juzgado Quinto de lo Civil de Pichincha.- Se aclara y se amplía el auto de cali-ficación de fecha 26 de febrero del 2014, en sentido de que se corre traslado también con la demanda y providencia al señor JOSE RAFAEL LLAMATUMBI PAILLACHO, a fin de que la con-teste en el término de quince días de ser citado legalmente, bajo apercibimiento en rebeldía a quien se le citara mediante comisión mediante comisión al señor Teniente Político de Yaruqui, en el lugar indicado para el efecto. El peticionario proporcione copias para la elaboración de las boletas de citación. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por los demandados señores: JOSE RAFAEL LLAMATUMBI PAILLACHO, LUZ MARIA

LLAMATUMBI PAILLACHO.- Notifíquese. f) Juez. Lo que pongo en su conoci-miento para los fines de Ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el Palacio de Justicia de la ciudad de Quito, para reci-bir posteriores notificaciones Dr Luis Ron Villavicencio SECRETARIO (E) Hay firma y sello PAC100230fa

JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE

PICHINCHA CITACION A: JAVIER PATIÑO NAVAS JUICIO No. 2013-0128-RC TRAMITE: VERBAL SUMARIO ACTOR: CARRERA DURAN FRANCISCO ESTEBAN PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: PATIÑO NAVAS JAVIER CUANTIA: SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS OBJETO OBTENER EL PAGO DEL CREDITO PROVIDENCIA: JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Quito, 03 de abril del 2013, las 14h46. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conoci-miento de la presente causa.- La demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos preceptua-dos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil.- Declarándose procedente al tra-mite en juicio Verbal Sumario, se manda entregar copia de la demanda y el contenido de este auto a la señora: MARTHA

CECILIA GOMEZ ANDRANGO, para los respectivos fines de Ley.- Cítese a la demandada en la dirección señalada para el efecto.- Agréguese la documen-tación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial designado por el comparecien-te para sus posteriores notifi-caciones, y, la calidad en la que comparece. Notifíquese f) DR. MARCO ALBAN NÚÑEZ. JUEZ JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 02 de mayo del 2013, las 12h27. De conformidad con lo dispuesto en los Art 290 del Código de Procedimiento Civil; y, de oficio se aclara la provi-dencia dictados el 03 de abril del año en curso, por cuanto erróneamente se ha hecho cos-tar en la misma que la deman-dada responde a los nombres de MARTHA CECILIA GOMEZ ANDRANGO cuando los nom-bre correctos son los de JAVIER PATINO NAVAS.- En lo demás dicho auto queda inalterable.- NOTIFIQUESE. F) DR. MARCO ALBAN NUÑEZ. JUEZ JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 18 de Marzo del 2013, las 14h46. De acuerdo al juramento rendido por el actor; y, sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la demandada señora: JAVIER PATIÑO NAVAS, cítese a esta por la prensa en uno de los diario de mayor circulación Nacional de los que se editan en esta ciudad de Quito confor-me lo preceptúa el Art 82 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese. f) DR. MARCO ALBAN NUÑEZ. JUEZ LO QUE COMUNICO A USTED

PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIETES CON LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL CONFORME LO DETERMINA LA LEY.CERTIFICO LCDO. GUIDO ESPINOZA SECRETARIO Hay un selloP.A.C./100191

REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO

QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A LA COMPAÑIA INVERSIONES HISPANO ECUATORIANAS CIA. LTDA ACTOR; HERNÁN ARIEL IRIGOYEN EN SU CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA FABRICA DE CIGARRILLOS EL PROGRESO S.A. DEMANDADA: COMPAÑIA INVERSIONES HISPANO ECUATORIANAS CIA. LTDA JUICIO DE CONSIGNACIÓN No: 122-2014-VS TRAMITE. ESPECIAL CUANTIA: $ 95,68 ABOGADA : DAN IELA CASCANTE JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 24 de marzo del 2014, las 10h29. VISTOS.- Por cuanto el actor ha dado cum-plimiento a lo dispuesto en providencia anterior, se califica la demanda de clara, precisa y reúne los requisitos legales, en consecuencia se acepta al trámite Especial.- Atento al juramento rendido por el actor señor Hernán Ariel Irigoyen, en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Compañía Fabrica de Cigarrillos El Progreso S.A., y, de conformi-dad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la demandada COMPAÑÍA INVERSIONES HISPANO ECUATORIANAS CIA. LTDA, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad

de Quito, a fin de que en el término de tres días luego de haber sido citada comparezca a éste Juzgado a recibir el valor ofrecido en pago por consigna-ción.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalada, así como la designación de sus abogados patrocinadores.- CITESE Y NOTIFIQUESE. f).- DR. PAUL FABRICIO NARVAEZ NARVAEZ, JUEZ VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDÁNDOLE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN EL LUGAR DEL JUICIO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES, QUITO 31 DE MARZO DEL 2014.- CERTIFICO Dr. Luis Fernando Serrano MenesesSECRETARIOHay firma y sello PAC100208fa

EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN CITESE AL DEMANDADO: PAOLA MARIBEL NIAUPARI VALVERDE ACTOR: DR. DIEGO FRANCISCO L A R R E A A L A R C Ó N (PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL PICHINCHA) DEMANDADO: PAOLA MARIBEL NIAUPARI VALVERDE JUICIO No: 0088-2013-HCH. TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: $ 8.139,33 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA OBJETO: Fundamento en los Arts. 828 del Código Procedimiento Civil, cancele los valores adeudados, detallado en la demanda. PROVIDENCIA.- JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de marzo del 2013, las 14h21.- VISTOS.-Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 2937-DNP, de fecha 25 de Julio del 2012 y en virtud del sorteo de ley.- La demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los requisitos determinados por la Ley, por lo que se la acepta a trámite Verbal Sumario.- En consecuen-cia cítese con el contenido de la demanda y esta providencia a la señora Paola Maribel Niaupari Valverde en la dirección señala-da para el efecto de esta ciudad de Quito.- Incorpórese al proce-so la documentación adjunta.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el actor para sus futuras notifi-caciones, así como la calidad en que comparece.- NOTIFIQUESE Y CITESE.-. JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 13 de marzo del 2014, las 10h42.- Avoco conocimiento de la pre-sente causa en calidad de Juez Encargado de esta Judicatura, mediante acción de personal No. 1521-DP-DPP de fecha 07 de marzo de 2014.- En lo prin-cipal, en mérito del juramento rendido por el actor en la cali-dad que obra de autos, sobre la imposibilidad de determinar la residencia, paradero o domicilio del demandado, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia a la demandada señora Paola Maribel Niaupari Valverde, por la prensa, mediante tres publi-caciones, en uno de los perió-dicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de confor-midad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.- NOTIFIQUESE.-.-F) DR. ANGEL LANATA ALAVA Juez (E).- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de

la obligación de señalar casille-ro judicial para sus notificacio-nes.- Certifico.- DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHAHay un selloP.A.C./100223

REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO

QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA SANDRA ELIZABETH MONTENGERO VIZUETE ACTOR: DR. DIEGO FRANCISCO LARREA ALARCÓN, EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADA: SANDRA ELIZABETH MONTENGERO VIZUETE JUICIO NO: 1022-2013-VS TRAMITE. VERBAL SUMARIO CUANTIA: $ 4.863,21 ABOGADA: MARIA PEREZ GUZMAN JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 9 de diciembre del 2013, las 08h20. VISTOS.- Avoco conocimiento de la pre-sente causa en virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de ésta Judicatura.- En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al trámite Verbal Sumario.- Con la copia de la demanda y éste Auto, cítese a la demandada señora Sandra Elizabeth Montengero Vizuete, en el lugar que se indi-ca, para tal efecto remítase el suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- Agréguese a los autos los documentos adjun-tos.- Tómese en cuenta el casillero judicial y correo elec-trónico señalado por la parte actora para recibir sus notifi-caciones que le correspondan; así la designación de su abo-gada patrocinadora.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. F).- DR. PAUL FABRICIO NARVAEZ NARVAEZ, JUEZ VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 20 de marzo del 2014, las 09h30.- Agréguese al proceso el escrito que antece-de.- Atento al juramento ren-dido por el actor doctor Diego Francisco Larrea Alarcón, en su calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A.; y, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la demandada señora Sandra Elizabeth Montengero Vizuete, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito, para lo cual a través de Secretaría confiérase el corres-pondiente extracto.- CITESE Y NOTIFIQUESE. F).- DR. PAUL FABRICIO NARVAEZ NARVAEZ, JUEZ VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDÁNDOLE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN EL LUGAR DEL JUICIO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES.- QUITO 31 DE MARZO DEL 2014.- CERTIFICO Dr. Luis Fernando Serrano Meneses SECRETARIOHay un selloP.A.C./100206

JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE

PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL SE HACE CONOCER AL PUBLICO EN GENERAL LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO y la PROVIDENCIA, que a continua-ción sigue: EXTRACTO Actor: CHULCO USHCO LUIS

C9

RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014

La Hora Quito, eCuadoR

Señal de tener gastada la fama pro-pia es cuidar de la infamia ajena.

B a lta s a R g R ac i á n . Escritor español.

Se comunica al público que la compañía OPTICA LOS ANDES CIA. LTDA., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, absorbió a la compa-ñía SUNGLASSHOT CIA. LTDA, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, la cual se disolvió anticipadamente sin liquidarse; aumentó el capital en USD $ 100.000,00 por efecto de la fusión; se transformó en la sociedad anó-nima OPTICA LOS ANDES S.A., con modificación del objeto social, prórroga del plazo de duración, fijación de capital autorizado en USD $ 1'799.940,00 y adopción de nuevo Estatuto Social, por escritura pública otorgada ante el Notario Primero del Distrito Metropolitano de Quito el 8 de noviembre de 2013. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001191 de 1 de abril de 2014

De conformidad con lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 341 de la Ley de Compañías, la compañía absorbente OPTICA LOS ANDES CIA. LTDA, transformada en sociedad anónima OPTICA LOS ANDES S.A., se hará cargo de pagar el pasivo de la compañía absorbida SUNGLASSHOT CIA. LTDA. y asumirá por tal hecho las responsabilidades propias de un liquidador respecto de los acreedores de ésta.

DATOS DE LA COMPAÑÍA ABSORBENTE OPTICA LOS ANDES CIA. LTDA., QUE SE TRANSFORMA EN SOCIEDAD ANÓMINA OPTICA LOS ANDES S.A.

1. DOMICILIO PRINCIPAL: Distrito Metropolitano de Quito2. PLAZO DE DURACIÓN: Ochenta años, a contarse desde la inscripción de la escritura pública mencionada en el Registro Mercantil.3. CAPITAL.- EI capital social de la compañía es de OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS ($ 899.970,00 USD), dividido en OCHOCIENTAS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA (899.970) acciones ordinarias y nominativas del valor de UN DÓLAR AMERICANO ($ 1,00 US D) cada una... EI capital auto-rizado de la compañía será el de UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS ($ 1'799.940,00 USD).4. OBJETO SOCIAL.- La compañía tiene por objeto: Uno) Importación, Exportación, Producción, Transformación, Comercialización y Venta de Productos Ópticos; así como también actividades vinculadas específicamente al negocio de óptica; Dos) Funcionamiento e implementación de laboratorios ópticos de alta precisión; Tres) Actuar como representante, agente, mandataria o comisionista en asuntos relativos a su actividad, sea de firmas nacionales extranjeras; Cuatro) Proporcionar servicios de optometría, oftalmología y ase-soría de imagen...5. ADMINISTRACION Y REPRESENTACION LEGAL.- La compañía será admi-nistrada por el Presidente Ejecutivo, Gerente General y Sub Gerente General. La representación legal será ejercida por el Gerente General y el Subgerente General de manera individual.Distrito Metropolitano de Quito, 1 de abril de 2014

Dr. Camilo Valdivieso CuevaINTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO

RE PU BLi CA DEL ECUA DORSU PE RiN TEN DEN CiA DE COmPAñiAS

EX TRAC TO

P AR/95154/cc

DE LA ESCRiTURA PÚBLiCA DE FUSiÓN POR ABSORCiÓN DE LA COmPAñÍA OPTiCA LOS ANDES CiA. LTDA. (ABSORBENTE) CON LA

COmPAñÍA SUNGLASShOT CiA. LTDA. (ABSORBiDA); AUmENTO DE CAPiTAL POR EFECTO DE LA FUSiÓN EN LA COmPAñÍA

ABSORBENTE; TRANSFORmACiÓN DE LA COmPAñÍA OPTiCA LOS ANDES CiA. LTDA. (ABSORBENTE) EN LA SOCiEDAD ANÓNimA

OPTiCA LOS ANDES S.A., CON mODiFiCACiÓN DEL OBJETO SOCiAL, PRÓRROGA DE PLAZO DE DURACiÓN, FiJACiÓN DE

CAPiTAL AUTORiZADO Y ADOPCiÓN DE NUEVO ESTATUTO SOCiAL; Y, DiSOLUCiÓN ANTiCiPADA SiN LiQUiDACiÓN DE LA COmPAñÍA

ABSORBiDA SUNGLASShOT CiA. LTDA.

ASAmBLEA GENERAL ORDiNARiA DE SARimE

De conformidad con la norma estatutaria, se convoca a todos los socios de SARIME, Sociedad de Artistas, Intérpretes y Músicos Eje-cutantes del Ecuador, a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, que se llevará a cabo el día jueves 17 de abril de 2014, a las 16h00 en la sala de reuniones de SARIME (El Comercio y El Tiempo esquina. Edificio Modigliani), en la ciudad de Quito y el día viernes 18 de abril de 2014, a las 14h00 en la sala de reuniones de SARIME (Cdla. Nue-va Kennedy, Teodoro Maldonado O, Calle E y la 5ta.), en la ciudad de Guayaquil, para tratar el siguiente orden del día:

1. Lectura y aprobación del acta de la Asamblea anterior.2. Informe del Consejo Directivo sobre la gestión administrativa

de SARIME.3. Informe económico y Balance General de SARIME corres-

pondiente al ejercicio económico 2013.4. Informe de Auditoría Externa correspondiente al ejercicio con-

table 2013.5. Aprobación del plan operativo y presupuesto 2014.6. Conocimiento de la promulgación del Código Orgánico de

Economía Social del Conocimiento y la Innovación.7. Asuntos varios.

En caso de no haber el quórum reglamentario a la hora señalada, la Asamblea se instalará una hora después, es decir a las 17h00 en la ciudad de Quito y 15h00 en la ciudad de Guayaquil con el número de asistentes.

Quito, abril 04 de 2014

Luis Beltrán Vargas PRESIDENTE EJECUTIVO

José Cedeño CevallosSECRETARIO SARIME

P AB/8046/cc

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ALFREDO Asunto: Rectificación de parti-da de nacimiento de CHULCO USHCO LUIS ALFREDO, nacido en Cotopaxi el día 23 de enero de 1972. Demandado: Director Provincial de Pichincha del Registro Civil, Identificación y Cedulación. Cuantía: Indeterminada.- Trámite: Especial.- Fecha de Iniciación: 5 de marzo del 2014Causa de Rectificación de Partida No. 196-2014- R. BRAVO. LUIS ALFREDO CHULCO USHCO, ecuatoriano, de estado civil casado, de 41 años de edad, de ocupación empleado priva-do, domiciliado en ésta ciudad e Quito, ante usted, comparezco y deduzco la siguiente demanda: El nombre del demandado es el Director General del Registro Civil Identificación y Cedulación, en su condición de legítimo contradictor. FUNDAMENTOS DE HECHO: De la partida de nacimiento que en foja útil acompaño vendrá a su conocimiento que al momento de inscribirme consto como hijo legítimo de SEGUNDO DANIEL CHULCO y ROSA MACLOVIA USHCO YANCHAPANTA, exis-tiendo por tanto un error debido a que el verdadero nombre de mi padre que es DANIEL CHULCO GAVILANEZ, conforme consta de la partida integra de naci-miento de mi padre, conferido por la Dirección General del Registro Civil y Cedulación que en foja útil acompaño, y no como consta en mi partida de nacimiento.Así mismo vendrá a su cono-cimiento que con fecha 16 de agosto de 2013 el Delegado del Director General del Registro Civil Identificación y Cedulación Ab. Marco Martínez Jiménez emitió la negativa de la rectifi-cación solicitada por el suscrito; dicha negativa se servirá encon-trar adjunta en una foja útil. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Por lo expuesto y de conformi-dad con lo expresamente seña-lado por el Art. 61 de la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación demando ante su señoría la nulidad o la reforma de mi partida de inscripción de nacimiento, a fin de que en sen-tencia se ordene que se me haga constar como hijo legítimo de DANIEL CHULCO GAVILANEZ, y ROSA MACLOVIA USHCO YANCHAPANTA; los demás particulares se mantendrán en su mismo estado, PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 18 de marzo del 2014, las 12h13, VISTOS Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo rea-lizado en calidad de Juez titu-lar.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia dese a la misma el trámite especial correspondiente.- Cuéntese en esta causa con uno de los señores Fiscal Provincial de lo Penal de Pichincha y Director Provincial de Pichincha del Registro Civil, Identificación y Cedulación, publíquese un extracto de la demanda y esta providencia por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional que se editan en esta ciudad de Quito, para los fines de Ley..- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el peticionario así como la auto-rización dada a sus Abogados defensores.- Actúa el Abg. Raúl Vélez Naranjo, en calidad de secretario.- NOTIFIQUESE. f) Dra. Rita Ordóñez Pizarro, Juez titular.- Lo que comunico al público en general para los fines pertinentes.- CERTIFICO AB RAUL VELEZ NARANJOSECRETARIO Hay un selloP.A.C./100231======

ANULACIONES

QUEDA ANULADOPor Robo del Cheque No 17854 valor $ 585,52 de la Cta. Cte. No. 3051793204 pertene-ciente a ECUATORIANA DE MANGUERAS ECUAMANGUE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posterio-res a la última publicación.P/AC/ (1) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1071 al 1080 de la Cta. Cte. No. 3062320404 perteneciente a CARDENAS GALEAS LUCIA DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (2) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 1111 al valor $ 120 de la Cta. Cte. No. 3047192104 pertene-ciente a CARRION GORDILLO PABLO GERARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (3) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 4761 valor $ 528.00 de la Cta. Cte. No. 3133316204 pertene-ciente a COOPERATIVA DE TRANSPORTE RIO GUAYA S del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (4) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 14 al 30 de la Cta. Cte. No. 2100040659 pertene-ciente a VELASQUEZ PONCE JENNIFER MARIUXI del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (5) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 705 al 708 de la Cta. Cte. No. 3422939704 perteneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (6) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 307 de la Cta. Cte. No. 3490993604 perteneciente a CHINGAL CAICEDO JUAN CARLOS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (7) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 645 de la Cta. Cte. No. 3422939704 per-teneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (8) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 789 de la Cta. Cte. No. 3496563104 per-

teneciente a FLORES LOPEZ MAURICIO ALEJANDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (9) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6493 de la Cta. Cte. No. 3164292304 perte-neciente a CANTOS MENDOZA SANTOS ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (10) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 28922 valor $ 147,33 de la Cta. Cte. No. 3087525104 perte-neciente a COIVESA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (11) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 701 de la Cta. Cte. No. 3422939704 per-teneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (12) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 741 al 900 de la Cta. Cte. No. 3422939704 perteneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (13) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 829 de la Cta. Cte. No. 3496563104 per-teneciente a FLORES LOPEZ MAURICIO ALEJANDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (14) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 395 al 410 de la Cta. Cte. No. 3444882104 perte-neciente a NOH KIM GYE SOOK del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posterio-res a la última publicación.P/AC/ (15) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5729 de la Cta. Cte. No. 3272681304 perteneciente a ORELLANA MOROCHO JOHANNA DEL PILAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (16) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 18999 valor $ 583.00 de la Cta. Cte. No. 3119213604 pertene-ciente a COLEGIO BRASIL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (17) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de

firma del Cheque No 112 de la Cta. Cte. No. 2100048658 per-teneciente a GARCIA GUANGA JANETH ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (18) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1557 de la Cta. Cte. No. 3049540404 perteneciente a VILLACIS RUIZ HERNAN GONZALO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (19) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 710 de la Cta. Cte. No. 3422939704 per-teneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (20) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 512 al 517 de la Cta. Cte. No. 3518866304 perteneciente a CASTRO PERALTA LUCIA LELIBETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (21) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 200 al 210 de la Cta. Cte. No. 2100013285 perteneciente a MASABANDA ESPIN CLAUDIO DEMETRIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (22) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 527 al 530 de la Cta. Cte. No. 3518866304 perteneciente a CASTRO PERALTA LUCIA LELIBETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (23) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 643 de la Cta. Cte. No. 3422939704 per-teneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (24) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 85 de la Cta. Cte. No. 2100044290 perteneciente a MORENO PASMAY JULIO CESAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la

última publicación.P/AC/ (25) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 262 al 263 de la Cta. Cte. No. 2100038757 perteneciente a CASTRO MARTINEZ ROBERTO CARLOS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posterio-res a la última publicación.P/AC/ (26) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo del Cheque No 103 valor $ 258,07 de la Cta. Cte. No. 2100057730 perteneciente a ZEUSSOFTWARE ECUADOR CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (27) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 38757 valor $ 32,13 de la Cta. Cte. No. 3048296104 pertene-ciente a CYFOIL CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (28) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2780 al 2781 de la Cta. Cte. No. 3034022004 perteneciente a NARANJO REAL IVONNE CECILIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (29) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 1982 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 3119365404 perteneciente a OQUENDO BASANTES JOSE VICENTE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (30) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5 de la Cta. Cte. No. 2100040659 pertene-ciente a VELASQUEZ PONCE JENNIFER MARIUXI del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (31) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5816 de la Cta. Cte. No. 3003349904 per-teneciente a VALLE GRANDA HECTOR MARCELO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (32) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 310 de la Cta. Cte. No. 3495531604

perteneciente a FIDEICOMISO CASTILLA TFG-218 del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (33) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 13677 de la Cta. Cte. No. 3158422304 perteneciente a ENSUPERIOR S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posterio-res a la última publicación.P/AC/ (34) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion

de firma del Cheque No 3016 al 3018 de la Cta. Cte. No. 3034022004 perteneciente a NARANJO REAL IVONNE CECILIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (35) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1979 al 2020 de la Cta. Cte. No. 3148872304 perteneciente a BONILLA BORJA JOSE FELIX del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posterio-res a la última publicación.

P/AC/ (36) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo del Cheque No 12125 valor $ 768,90 de la Cta. Cte. No. 3188501104 perteneciente a ENKADOR S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (37) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 212 al 213 de la Cta. Cte. No. 3516742804 per-teneciente a CLAVIJO CHIQUIN GABRIELA ISABEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los

C10

RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014La Hora Quito, eCuadoR

Un hombre alegre es siempre amable.

m á x i m g o R k i . Escritor ruso.

SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS

RESOLUCIÓN No. SC.IRQ.DRMV.2014. 1129

ECON. FRANCISCO VIZCAÍNO ZURITADIRECTOR REGIONAL DE MERCADO DE VALORES

CONSIDERANDO:

QUE, mediante Resolución No. Q.IMV.2011.4443 de 5 de octubre de 2011, se autorizó la oferta pública de la emisión de obligaciones de largo plazo de la compañía CATERAZUL S.A. actualmente denominada CATERPREMIER S.A., por un monto de hasta UN MILLÓN QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. $. 1'500.000,00), amparada con garantía general; se aprobó el contenido del prospecto de oferta pública; y, se dispuso la inscripción de los valores a emitirse en el Registro del Mercado de Valores; bajo el número 2011.1.02.00968 de 13 de octubre del 2011;

QUE, mediante Resolución No SC.IJ.DJCPTE.Q.13.001176 de 7 de marzo de 2013, se autorizó la reforma de estatutos y el cambio de denominación de la compañía CARTERAZUL S.A. a CATERPREMIER S.A., en los términos cons-tantes en la escritura pública otorgada ante el Notario Primero del cantón Quito el 26 de febrero de 2013 e inscrita en el Registro Mercantil el 8 de mayo de 2013;

QUE, mediante Resolución No. Q.IMV.2013.03160 de 26 de junio de 2013, se dispuso que el Registro del Mercado de Valores tome nota al margen de las inscripciones No. 2009.1.01.00399 de fecha 14 de agosto de 2009 y No. 2011.1.02.00968 de 13 de octubre de 2011; correspondientes a la compañía CATERAZUL S.A. y las obligaciones de largo plazo emitidas, del cambio de su denominación a CATERPREMIER S.A.;

QUE, el señor Sebastián Juan Tobar Carrión, Gerente General de la compañía CATERPREMIER S.A., solicita la cancelación de la inscripción de la emisión de obligaciones de largo plazo mencionada en el primer considerando y manifiesta que se ha pagado en su totalidad;

QUE, la Subdirección de Control de la Dirección Regional de Mercado de Va-lores, mediante Informe de Control No. SC.IRQ.DRMV.SC.2014.209 de 21 de marzo de 2014, emite informe favorable para la cancelación de la inscripción en el Registro de Mercado de Valores de la emisión de obligaciones de largo plazo;

QUE, mediante Memorando No. SC.IRQ.DRMV.SC.2014.152 de 21 de marzo de 2014, la Subdirección de Control pone en conocimiento de la Subdirección de Autorización y Registro el informe citado en el considerando que antecede, a fin de que se emita la correspondiente resolución de cancelación;

En ejercicio de las atribuciones conferidas mediante Resolución No. ADM-13-003 de 7 de marzo del 2013 publicada en el Registro Oficial No. 420 de 28 de marzo del 2013;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- CANCELAR en el Registro del Mercado de Valores, la inscripción de la emisión de obligaciones de largo plazo emitidas por la compañía CATERPREMIER S.A., por un monto de hasta UN MILLON QUI-NIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. $. 1'500.000,00), referida en el primer considerando de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al representante legal de la compañía CATERPREMIER S.A., con la presente Resolución, de la forma prevista en la Ley.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que esta Resolución se publique por una sola vez en uno de los diarios de mayor circulación del domicilio principal del emisor. Un ejemplar de dicha publicación deberá remitirse a la Subdirección de Autorización y Registro de la Dirección Regional de Mercado de Valores, como requisito previo a la cancelación de la inscripción.

ARTÍCULO CUARTO.- REMITIR una copia de esta Resolución a las Corpora-ciones Civiles Bolsa de Valores de Quito y Bolsa de Valores de Guayaquil, para los fines consiguientes.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- DADA y firmada en la Superintendencia de Compañías, en Quito, a 27 MAR 2014.

FRANCISCO VIZCAÍNO ZURITA

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SER Vi CiO DE CESANTÍAPOLiCÍA NA CiO NAL DEL ECUADOR

AVi SO

Se va a pro ce der al pa go de: DEVOLUCIÓN DE APORTESDel que en vi da fue CBOS. BORJA AGUILAR CESAR AUGUSTO

Quie nes se cre ye ren con de re cho a es te be ne fi cio, po drán acer car se a pre sen tar el re cla mo res pec ti vo en el Ser vi cio de Ce san tía de la Po li cía Na cio nal en Qui to, en el trans cur so de TREIN TA (30) DIAS a con tar se de la pre sen te pu bli ca ción.

JE FE Fi NAN CiE RO DEL SER Vi CiO DE CESANTÍA DE LA POLiCÍA NA CiO NAL

P AR/95168/cc

BANCO PiChiNChA

Page 11: Judicial 7 abril 2014

60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (38) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 2693 valor $ 120.00 de la Cta. Cte. No. 3000171004 pertenecien-te a SURIMAX CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (39) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 2202 valor $ 140.00 de la Cta. Cte. No. 3096811404 pertenecien-te a BRAVO ASTUDILLO JOSE EUGENIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (40) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 671 de la Cta. Cte. No. 3422939704 per-teneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (41) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 722 al 723 de la Cta. Cte. No. 3422939704 perteneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (42) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2027 de la Cta. Cte. No. 3511728804 perte-neciente a SANCHEZ CATOTA DAVID TARQUINO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (43) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 68 de la Cta. Cte. No. 2100044290 perteneciente a MORENO PASMAY JULIO CESAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (44) NR======

QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 96 de la Cta. Cte. No. 2100044290 perteneciente a MORENO PASMAY JULIO CESAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (45) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 95 valor $ 439.00 de la Cta. Cte. No. 2100035695 perteneciente a MORALES SARANSIG BYRON EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (46) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 626 al 627 de la Cta. Cte. No. 3422939704 perteneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (47) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 682 de la Cta. Cte. No. 3422939704 per-teneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (48) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo del Cheque No 12438 valor $ 249,20 de la Cta. Cte. No. 3188501104 perteneciente a ENKADOR S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (49) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1175 al 1180 de la Cta. Cte. No. 3378412004 perteneciente a ROMERO VASQUEZ SILVIA PAULINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (50) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 676 de la Cta. Cte. No. 3442991704

perteneciente a SALAZAR CEDENO CYNTIA LORENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (51) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1984 de la Cta. Cte. No. 3026800204 per-teneciente a PENA COSTALES GEOVANNY SEBASTIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (52) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 925 de la Cta. Cte. No. 3387630804 perteneciente a DIAZ PASMAY CARLOS OSWALDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (53) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5687 de la Cta. Cte. No. 3272681304 perteneciente a ORELLANA MOROCHO JOHANNA DEL PILAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (54) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo del Cheque No 2668 valor $ 300.00 de la Cta. Cte. No. 3139925604 pertenecien-te a QUIROZ BAZURTO LUIS ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (55) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 38323 valor $ 23,90 de la Cta. Cte. No. 3048296104 pertene-ciente a CYFOIL CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (56) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 650 de la Cta. Cte. No. 3442991704 perteneciente a SALAZAR CEDENO CYNTIA LORENA del Banco Pichincha. Quien tenga

derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (57) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 661 al 662 de la Cta. Cte. No. 3422939704 perteneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (58) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 2456 de la Cta. Cte. No. 2100029747 perteneciente a ASOCIACION DE TRABAJADORES AGRICOLA S del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posterio-res a la última publicación.P/AC/ (59) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 702 al 703 de la Cta. Cte. No. 3442991704 perteneciente a SALAZAR CEDENO CYNTIA LORENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (60) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 621 al 622 de la Cta. Cte. No. 3422939704 perteneciente a GONZABAY PEREZ HEINERT AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (61) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2013 de la Cta. Cte. No. 3511728804 perte-neciente a SANCHEZ CATOTA DAVID TARQUINO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última

publicación.P/AC/ (62) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 291 al 320 de la Cta. Cte. No. 2100014064 perteneciente a TRAVEZ IZA NOEMI EULALIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (63) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 238 valor $ 110.00 de la Cta. Cte. No. 3505146104 perteneciente a PACHECO GAVILANEZ SIXTO ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (64) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 258 de la Cta. Cte. No. 3502747304 per-teneciente a SCOTLAND VERA ALFONSO ROBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (65) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 167 valor $ 180.00 de la Cta. Cte. No. 2100033474 perteneciente a ANDRADE PAREDES VICTOR HUGO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (66) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 518 de la Cta. Cte. No. 3518866304 per-teneciente a CASTRO PERALTA LUCIA LELIBETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (67) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 7530 valor $ 257,45 de la Cta. Cte. No. 3147947504 pertene-ciente a COOPERATIVA DE TRASNPORTE FLOTA PEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (68) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 820 de la Cta. Cte. No. 3496563104 per-teneciente a FLORES LOPEZ MAURICIO ALEJANDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (69) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1970 de la Cta. Cte. No. 3148872304

perteneciente a BONILLA BORJA JOSE FELIX del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (70) NR====== Se anula por pérdida el PAPEL COMERCIAL No de docu-mento 1095847 del BANCO PICHINCHA, perteneciente a ANDRANGO PILAQUINGA EDUARDO SANTOS Valor $ 50,000.00 Ruc 1706585039 quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publi-cación.AC/ (71)NR=========Se anula el Certificado de Depósito No de documen-to 36981378 del BANCO PICHINCHA, perteneciente a CENTRO ANDINO DE ACCION POPULAR Valor $ 224.614,99 Ruc 1790393496001 quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.AC/ (72)NR

Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0110114910 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CHALAN PALADINEZ REMIGIO VICENTE se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100233/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0201404733 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a FUERES MALDONADO CLEVER WILFRIDO se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100234/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 300025340 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a CHANATASIG CHAFLA SUSANA PILAR se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/100235/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 300024341 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GARCIA RIERA MARCYA ESTERFILA se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100236/NR=====Debido a la pérdida del Certificado de Inversión No. 031DPF00091411 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a BARRERA MOROCHO

GONZALO MAURICIO se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/100237/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0400011632 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PAGUAY CORDONEZ ESTHER MARIA se procederá a anular-la. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100238/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401689294 y Libreta de Aportaciones No. 0470002061 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VALLEJO CACERES HUGO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/100239/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0501226993 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CABRERA CHALAN JOSE EUCLIDES se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100240/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0670075211 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a RENGIFO ESPINOZA VICTOR HUGO se procederá a anular-la. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100241/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0600024096 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a ZAMBRANO DELGADO CARMEN MAGALY se procede-rá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/100242/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801487162 y la Cta. Progresar Oro No. 0809000526 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a TITUANA VALENZUELA SILVIA KAROLINA se procede-rá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.

P/AC/100243/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0870074072 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PALOMINO PULGAR JAIME OLMEDO se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100244/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0901205898 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ZAMBRANO COBEÑA KENT ESKENLER se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100245/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 100003534 Libreta de Ahorros Socios No. y Libreta de Aportaciones No. de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a TANDAZO PAREDES MYRIAM ELIZABETH se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/100248/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1301089072 y Libreta de Aportaciones No. 1307050048 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a IMBA CACUANGO GLADYS INELDA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/100249/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 01401067288 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a REASCOS CAIZA MIGUEL SANTIAGO se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100250/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0107286588 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MURMINACHO CHAMORRO SHIRLEI ANAHI se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/100265/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0201394147 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GOMEZ MORALES LINDA MARIETA se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100266/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0400034793 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SANCHEZ SINAILIN MARCO VINICIO se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-

C11

RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014

La Hora Quito, eCuadoR

Un sutil pensamiento erróneo puede dar lugar a una indagación

fructífera que revela verdades de gran valor.

i s a ac a s i m ov . Escritor y científico ruso.

Notifico la pérdida de dos placas No. PDP983 del Au-tomóvil Chevro-let, perteneciente al Señor: Oña Caicedo Wilman Gustavo, que se extravío en la pa-rroquia de Tupiga-chi, el 18 de mar-zo del 2014.

PAC59155fa

Notifico la pérdida de la placa No. HC971U de una motoci-cleta perte-neciente al Sr. Wilman López Gar-cía

PAC59151fa

CONVOCATORiA A JUNTA GENER-AL ORDiNARiA DE ACCiONiSTAS DE

LA COmPAñÍA TRANSNAiN S.A.De conformidad con los Estatutos Sociales, la ley de compañías y su reglamento , se conv-oca a los Accionistas de TRANSNAiN S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que tendrá lugar en la ciudad de Quito, Parroquia de Tumbaco , en el local de la misma ubicado en la calle Norberto Salazar N3-120 y Cotopaxi, el día lunes 14 de abril del 2014, a a partir de las 16:00 para conocer y resolver los siguientes puntos:

1.Conocimiento y aprobación del informe del Gerente General de la compañía por el ejercicio económico del año 2013.2.Conocimiento y aprobación del balance General y Estado de Pérdidas y ganancias del ejercicio económico del año 2013.

Se convoca de manera especial al Comisario Sr. David Castro.

Los informes y estados financieros se encuen-tran a disposición de los señores accionistas en la oficina de la compañía ubicada en la Calle Norberto Salazar N3-120 y Cotopaxi.

Quito, 03 de abril del 2014.

Atentamente,

Sr. Luis Gonzalo Vaca A.GERENTE GENERAL

P.A.P/59149/p.n.

COmPAñÍA DE LimPiEZA Y mANTENimiENTO

LISERVITIP ́S CIA . LTDA.

CONVOCATORiASe comunica a los señores accioni-stas de LiSERViTiP´S CiA. LTDA . A la Junta General Ordinaria , que se realizará el día martes 8 de Abril de 2014. En las oficinas de la empresa ubicada en la calle Camilo Gallegos E14-38 y Av. Eloy Alfaro, para tratar los siguientes puntos:

1.Lectura y aprobación del In-forme de Gerente General2.Conocimiento y Resolución del balance general y estado de pér-dida y ganancias del año 2013.3.Distribución de Utilidades del ejercicio fiscal 2013.

Quito, a 7 de abril de 2014.

GERENTE.P.A.P/59146/p.n.

PÉRDiDA PLACA

Se notifica la pérdida de la placa de la ca-mioneta Chevrolet LUV c/d V6 4X4 T/m iNYEC color blanco de placas PXC 0948 perteneciente a mÓNiCA PATRiCiA LASSO

P.A.P/59141/p.n

COOPROGRESO

Page 12: Judicial 7 abril 2014

to los reclame.P/AC/100267/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0300010130 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a HERNANDEZ BORJA JENNY ALEXANRDRA se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/100268/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801373012 y Libreta de Aportaciones No. 0807164459 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PILLAJO JUMBO MARIA DEL CARMEN se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/100269/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1101204426 y Libreta de Aportaciones No. 1107063241 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PUMACURO CABASCANGO LUIS FERNANDO se procede-rá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/100270/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 1200004087 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a AGUALONGO AREBALO NORMA TERESA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/100271/NR

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 392769 emitida a nom-bre de CARMEN CONSUELO LLUMIQUINGA AMAGUA se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (1)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 559821 emitida a nombre de MYRIAN MUÑOZ se encuen-tra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anu-lada la extraviada sin responsa-bilidad para la institución.P/AC/ (2)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 095272 emi-tida a nombre de DIANA DE LIURDES DUARTE ROMERO se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (3)NR

========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 1400013221 emitida a nom-bre de SANCHEZ BRITO HUGO LENIN se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extravia-da sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (4)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 335698 emitida a nombre de WILMER PATRICIO SANCHO TENESACA se encuentra extra-viada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (5)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 653173 emitida a nombre de DAYSI GEOVANNA ROCHA CAIZA se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extravia-da sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (6)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 315954 emitida a nombre de MARIA DEL CARMEN LARCO PUGA se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extravia-da sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (7)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 547304 emitida a nombre de B. ROBINSON se encuen-tra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anu-lada la extraviada sin responsa-bilidad para la institución.P/AC/ (8)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 2017027738 emitida a nom-bre de ALVAREZ Robo ALEX DARIO se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extravia-da sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (9)NR =========Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de aho-rros No. 1817005264 emitida a nombre de MILLO L. ROCIO ELIZABETH se encuentra extra-viada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (10)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 2017001763 emitida a nom-bre de GORDILLO CHIGUAO DIEGO DAVID se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anu-lada la extraviada sin responsa-bilidad para la institución.P/AC/ (11)NR ========= Conforme dispone el

Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 17257889 emitida a nombre de RAMIREZ ALVARADO LUIS JASON se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procede-rá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la ins-titución.P/AC/ (12)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al públi-co que la libreta/cartola de ahorros No. 117050904 emi-tida a nombre de ANRANGO FARINANGO LUIS ALFONSO se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (13)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al públi-co que la libreta/cartola de ahorros No. 628941 emitida a nombre de PADILLA ALMEIDA MAURICIO RAUL se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anu-lada la extraviada sin responsa-bilidad para la institución.P/AC/ (14)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de aho-rros No. 0217019095 emitida a nombre de MENDOZA PROAÑO se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extravia-da sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (15)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de aho-rros No. 0617519623 emitida a nombre de YANEZ CHAMORRO DOLORES DE LOURDES se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (16)NR =========Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 15607580/534919 emitida a nombre de GUALANCANAY SIETE LUIS ANTONIO se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (17)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 728206 emitida a nombre de FUENTES MEJIIA EDWIN se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (18)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 559867 emitida a nombre de GUILLEN S. MIGUEL ANGEL se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extravia-da sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (19)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de aho-rros No. 332521 emitida a nom-bre de ANDY CERDA JORGE EDWIN se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procede-rá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la ins-titución.P/AC/ (20)NR =========

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 635425 emitida a nombre de GREFA GREFA FRANKLIN se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (21)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 110000073 emitida a nom-bre de RUIZ GOMEZ SANDRA ELIZABETH se encuentra extra-viada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (22)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 493366 emitida a nombre de VIVIANA PAOLA CAJAS CARPIO se encuentra extra-viada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (23)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de aho-rros No. 2017006773 emitida a nombre de LUNA JONATHAN MAURICIO se encuentra extra-viada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (24)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 2017016884 emitida a nombre de BONILLA MARSHALL se encuentra extra-viada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (25)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 101703629 emitida a nom-bre de YEPEZ GALO PATRICIO se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extravia-da sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (26)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de aho-rros No. 13053898 emitida a nombre de SEGUNDO RAMON GALARZA G. se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anu-lada la extraviada sin responsa-bilidad para la institución.P/AC/ (27)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al públi-co que la libreta/cartola de ahorros No. 1717037770 emi-tida a nombre de TIPANLUISA CHAMORRO WILSON EFRAIN se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extravia-da sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (28)NR=======

QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8080420300 Nro. Cartola 16888130248 Cliente SARANGO SARANGO, FREDY-YOVANY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8236573100 Nro. Cartola 18248740096 Cliente CARRILLO RUANO, ADRIANA-ELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8083456700 Nro. Cartola 17031720208 Cliente DONOSO NARVAEZ, LUCIA-DEL PILAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8050886700 Nro. Cartola 17400220293 Cliente SANTAFE TORRES, RAUL-GUSTAVO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8169363100 Nro. Cartola 17754690133 Cliente CHAVEZ GOYES, FAUSTO-BOLIVAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8007649200 Nro. Cartola 17330700281 Cliente PAZMINO ANDRADE, INES-MARIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8027767000 Nro. Cartola 16602990232 Cliente GAROFALO GUAMAN, PEDRO-PABLO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8234947900 Nro. Cartola 18232930174 Cliente GODOY RAMOS, MARIANELA-DEL CONSUELO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8273762700 Nro. Cartola 18418520005 Cliente ANDRANGO VILLAMARIN, GABRIELA-SOLEDAD del Banco

Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8151692900 Nro. Cartola 17565800046 Cliente SIMBANA QUILUMBA, VICTOR-EDISON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8051621100 Nro. Cartola 16648720437 Cliente BRAVO ORMAZA, SILVIA-ARACELY del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8074412800 Nro. Cartola 17328760685 Cliente TERAN FREIRE, ANIBAL-PATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8055472100 Nro. Cartola 17233660426 Cliente TIGSI LLAMUCA, FRANKLIN-ORLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8271108000 Nro. Cartola 18404110001 Cliente PASPUEL AEDO, LUCIA-ALEXANDRA del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8155223000 Nro. Cartola 17601530011 Cliente PALTAN COPA, CONSUELO- del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8013621800 Nro. Cartola 17610300372 Cliente TOBAR ABRIL, LUIS-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posterio-res a la última publicación.P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8104238400 Nro. Cartola 17267510364 Cliente QUISHPE TIPAN, CARLOS-JULIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8140029600 Nro. Cartola 17369840214 Cliente ROSERO MORILLO, SUSANA-DEL PILAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8059259500 Nro. Cartola 17450110295 Cliente CUEVA SARANGO, JOSE-AGUSTIN del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (19)NR =========

QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8138075800 Nro. Cartola 17217110075 Cliente GARCIA SAMANIEGO, NINFA-PERPETUO SOCORRO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posterio-res a la última publicación.P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8138640300 Nro. Cartola 17291710030 Cliente LOAIZA JARAMILLO, DIEGO-VICENTE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADOPor pérdida del Cheque No. 2839 de la Cta No. 8016016704 perteneciente a VELASTEGUI ASTUDILLO, EDISON-OSWALDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 6 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (22)NR

Se anula por PERDIDA la Libreta No 6198622008 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a IRENE NATHALIA CHAMORRO OÑA quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/100277/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6079973016 del BANCO PROMERICA, perteneciente a LUIS ALCIDES SAMPEDRO PUENTE quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/100278/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6059452011 del BANCO PROMERICA, pertene-ciente a PATRICIA PORTERO BARAHONA quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/100279/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6147193003 del BANCO PROMERICA, perteneciente a SONIA MARIA ALTAMIRANO quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/100280/NR========Se anula por ROBO la Libreta No 6055759018 del BANCO PROMERICA, perteneciente a FABIOLA ESCOBAR LEIVA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/100281/NR========Se anula por pérdida la Póliza de Inversión No # 111072167050 del BANCO PROMERICA, per-teneciente a LEINFINITE S.A. INTERNATIONAL ENERGY AND Valor $ 1055,49 FE. 02/04/2013 // FV/ 02/04/2014 quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/100282/NR========Se anula por PERDIDA el cheque No. 10 Valor $ 210.00 De la cuenta corriente No 1057922007 del BANCO PROMERICA, perteneciente a DIANA VANESA DOMINGUEZ PADILLA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/100272/NR========Se anula por PERDIDA el cheque No. 18 Valor $ 120.00 De la cuenta corriente No 1057922007 del BANCO PROMERICA, perteneciente a DIANA VANESA DOMINGUEZ

PADILLA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/100273/NR========Se anula por ROBO el cheque No. 7 AL 25 De la cuenta corrien-te No 1060259003 del BANCO PROMERICA, perteneciente a GLORIA AZUCENA LOPEZ SANTANA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/100274/NR

CITIBANK, N.A. Sucursal Ecuador comunica al público que por Pérdida, queda anula-do el cheque con las siguientes características: Girador: ANDES PETROLEUM ECUADOR LTD. ; Cuenta: 0011187072 Cheque No. 512109 Fecha de emi-sión 28/03/2014 Cantidad $ 10036.79 Beneficiario: EP PETROECUADOR Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los siguientes sesenta días posteriores a esta publi-cación.P/AC/ 100287/NR

BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta ahorros No. 0004921 cuenta 3601011614569 de OSWALDO JUVENAL URQUIZO VALLEJOP AR/95142/cc=======BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del públi-co, la anulación por pérdida del certificado de depósito a plazo fijo No. 0087322 cuen-ta 3602010240241 de MARIA PIEDAD AMAGUA SARCOP AR/95159/cc

ANULACIONES VARIAS

Se anulan por pérdida títulos de concesión de derechos ori-ginales de los contratos No. 100003817 y el No. 100003156 otorgados por la Compañía Parquesanto del Ecuador S.A. a favor sra. María Ibarra Ruiz y Mariana Ibarra RuizP AR/95117/cc======IMAC S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROSDe acuerdo a lo estipulado en el artículo 94 de la Normativa de la Ley General de Seguros, pongo en conocimiento de la Superintendencia de Bancos y Seguros y del público en general la pérdida de la credencial No. 00998, y de los certificados de los ramos: Vida individual y Vida en Grupo, Accidentes Personales y Vehículos.P AR/95134/cc====Basic Farm S.A.Libros sociales de la empresa Basic farm S.A. ( Libros de Actas, Juntas y Talonarios de Acciones Títulos y Documentos Contables.PAC100204fa====Cooperativa Alianza del Valle anular la libreta de ahorros N. 405020008641 Titular José Rafael Tipán, Apoderado Segundo Rafael Tipan N. cédula 1704074291PAC100286fa=====Cooperativa Atuntaqui anu-lar las libretas de ahorros No.409110026976 y de Aportaciones 409140026895 correspondiente al Sr. José Elias Pasquel Manosalvas C.I. 1703242048PAC59161fa=====

C12

RevistajudiCial

LUNES 7 de aBRil de 2014La Hora Quito, eCuadoR

Un niño prodigio es alguien que sabe tanto de niño como de mayor.

W i l l R o g e R s .

BANCO DEL AUSTRO

BANCO RUmiñAhUi

BANCO PROmERiCA

CiTiBANk

BANCO PROCREDiT