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SE PUEDE PARTICIPAR EN...A. DOS GRUPOS DE TRABAJO.B. O, UN GRUPO DE TRABAJO Y UNA FORMACIÓN ENCENTROS. [AUNQUE SÓLO SE PODRÁ COORDINAR UNO DE ELLOS].
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
CULTURA Y DEPORTE
Centro del Profesorado Osuna-ÉcijaC/ Huertas 3b, 1ª plta. 41640 - Osuna (Sevilla)Tfnos: 955820456-310 - 697959660 - 759660 (corpor.) Fax: 954815823www.ceposunaecija.org - [email protected]
GRUPOSDE TRABAJO2015
2016MÍNIMO DE TRES Y MÁXIMO DEDIEZ DOCENTES DE UNO O VARIOSCENTROS.
CERTIFICACIÓN DE HASTA 20 HORAS PARA CADA PARTICIPANTE Y HASTA 30 PARA LACOORDINACIÓN. SI PROCEDE LA CONCESIÓN DE LA VALORACIÓN CUALITATIVA, SE CERTIFICANHASTA 30 HORAS PARA PARTICIPANTES Y HASTA 40 HORAS PARA LA COORDINACIÓN.
Hasta el 30 de noviembre la coordinación del grupo de trabajograbará el documento del proyecto completo en Colabor@.
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Convocatoria de Grupos de Trabajo Curso 2015‐2016
Los grupos de trabajo constituyen una modalidad formativa centrada en la propia práctica, vinculada a contextos concretos y que permite dar respuesta a diversos niveles de experiencia profesional. Asimismo, al tratarse de un proyecto de trabajo colaborativo, favorece la reflexión conjunta y el intercambio innovador de ideas y propuestas.
El Centro del Profesorado Osuna‐Écija, y dirigido a los centros escolares de su ámbito de demarcación, al amparo de la Orden de 6 de septiembre de 2.002 (BOJA nº 118 de 8 de octubre) por la que se establece el marco de actuación de los Centros del Profesorado para promover la formación de grupos de trabajo y estimular la consolidación de redes profesionales; y de las Instrucciones de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de 1 de septiembre de 2.015 para el desarrollo, seguimiento y valoración de grupos de trabajo, realiza la siguiente convocatoria a los profesores y profesoras en activo destinados en dichos centros que deseen constituirse en grupo de trabajo:
CAP. 1º Procedimiento de constitución.
1. Los profesores y profesoras que deseen constituir un grupo de trabajo elaborarán una propuesta global de trabajo de la que deberán informar al Consejo Escolar de cada centro.
2. Para la elaboración de la propuesta global de trabajo el profesorado interesado podrá contar con la orientación del asesor o asesora de referencia de su centro. Para conocer la asesoría de referencia de un centro debemos consultar el apartado [Directorio de Centros] en la web del Centro del Profesorado.
3. La persona designada para coordinar el grupo, presentará dicha propuesta global de trabajo para su correspondiente valoración a través del programa SÉNECA CEP antes del 15 de octubre. [VER TUTORIAL ANEXO]
4. Una vez aprobada la propuesta por el Centro del Profesorado, el grupo de trabajo será inscrito en una comunidad virtual dentro de la plataforma educativa COLABOR@ de la Consejería de Educación. La propuesta global de trabajo será ampliada hasta conseguir el proyecto definitivo, según el esquema y la plantilla que a tal efecto se faciliten en dicha comunidad virtual y con el asesoramiento del Centro del Profesorado. Se dispondrá para ello de plazo hasta el 30 de noviembre.
5. El procedimiento completo, incluida la aprobación del proyecto definitivo en la comunidad de COLABOR@, deberá concluir antes del 30 de noviembre, fecha a partir de la cual el Centro del Profesorado no podrá realizar el registro e inscripción de nuevos grupos de trabajo o incorporar nuevo profesorado a los ya constituidos.
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CAP. 2º Requisitos.
6. Estar constituidos por entre 3 y 10 miembros, incluido el coordinador o coordinadora, y que pertenezcan a uno o varios centros de la zona de influencia del CEP. Excepcionalmente, y previa autorización solicitada por el grupo de trabajo al centro del profesorado y remitida en el momento del envío de la propuesta de trabajo, se podrá incrementar el número de participantes en los siguientes supuestos:
Cuando el grupo lo constituya el profesorado que componga todo un ciclo o parte de
un claustro del mismo centro que plantee un tema vinculado al Plan de Centro, en
los casos de centros de Infantil y Primaria.
Cuando el grupo lo constituya profesorado del mismo departamento, ámbito, o que
atienda al alumnado que cursa el mismo nivel educativo, en el caso de Secundaria,
Bachillerato o Formación Profesional.
Cuando el objeto de estudio del grupo requiera en su composición de la presencia de
determinado número de profesionales, especialmente referidos a Enseñanzas de
Régimen Especial y/o Servicios Educativos.
En cualquiera de los casos, se deberá rellenar el Anexo I adjunto.
7. Los grupos de trabajo deberán estar basados en la labor de equipo, el aprendizaje colaborativo, el compromiso personal dentro del trabajo colectivo, los procesos de reflexión y análisis y la mejora de las competencias profesionales. Asimismo, deberán contener propuestas concretas de intervención en el centro y/o en el aula, que pretendan mejorar una determinada situación de partida e introduzcan aspectos innovadores respecto a lo que constituyen prácticas habituales.
8. Para ello, estos grupos especificarán de forma clara y precisa dicha situación de partida que justifica la constitución de los mismos, los elementos innovadores a los que se refiere el apartado anterior, los documentos que van a fundamentar los procesos de reflexión y análisis, los logros que se pretenden alcanzar, la metodología de trabajo colaborativo mediante la plataforma digital, así como una descripción temporalizada de las actuaciones previstas para la consecución de estos objetivos.
9. El trabajo del grupo no podrá centrarse en la concreción ni elaboración de documentos esenciales de inexcusable realización por parte del profesorado en el ejercicio de sus tareas (por ejemplo, programaciones, planes de acción tutorial...), a no ser que dichos documentos se vieran afectados por la aplicación de criterios innovadores o de actualización didáctico‐pedagógica.
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CAP. 3º Coordinación y participación. 10. Todos los proyectos contarán con un coordinador o coordinadora, que será la persona de
referencia dentro del grupo, encargada de la planificación y dinamización de la propuesta, así como de su seguimiento interno, conjuntamente con el asesor o asesora responsable.
11. Se podrá participar, simultáneamente, en dos actividades de autoformación: grupo de trabajo, formación en centro o proyecto de formación específica en centro. Atendiendo a las siguientes condiciones:
Participación en dos actividades. Por ejemplo, dos grupos de trabajo o un grupo de trabajo y una formación en centros.
Sólo se podrá coordinar una actividad y participar en otra.
En ningún caso se certificará la coordinación de más de una actividad de autoformación, ni la participación en más de dos actividades, en el mismo curso escolar.
12. El docente coordinador deberá comunicar al Centro del Profesorado las posibles bajas de integrantes, así como otras incidencias que relacionadas con este asunto tengan lugar: bajas laborales, traslados, etc., que afecten a miembros del grupo y que puedan condicionar el derecho a la certificación.
13. Las reuniones de trabajo del grupo tienen un carácter presencial y cada miembro habrá de asistir al total de las mismas en un porcentaje de al menos el 80% para obtener la certificación, independientemente de las causas que hayan determinado sus ausencias. El docente coordinador queda obligado además a tomar las medidas pertinentes para asegurar que todos los miembros conocen los horarios de celebración de las sesiones de trabajo y a llevar constancia fehaciente de las personas asistentes a las mismas.
CAP. 4º Trabajo colaborativo en red.
14. Para facilitar el desarrollo y seguimiento del grupo de trabajo se pondrá a disposición de los participantes y las asesorías responsables, una comunidad en Colabor@ con la siguiente estructura: en la zona pública se ubicará un blog, el documento de trabajo y una herramienta para compartir recursos de diferente tipo; en la zona privada existirá una página para almacenar documentos en elaboración, un foro, una agenda, una herramienta para enviar correos electrónicos y una página historial con todos los movimientos.
15. Por defecto las entradas del Blog, el documento de trabajo del proyecto y los recursos compartidos serán accesibles por cualquier usuario de Colabor@. Además, los materiales elaborados por los grupos de trabajo estarán a disposición de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para ser compartidos en las redes y espacios de Colabor@ que se consideren oportunos.
16. La asesoría responsable realizará el seguimiento de la actividad en la plataforma, incluyendo cuantas propuestas considere oportunas para reajustar o mejorar el desarrollo del trabajo.
17. Con carácter experimental durante este curso, desde los Servicios Centrales, se impulsarán y crearán redes de profesorado de toda Andalucía que ofrezcan la oportunidad de integrar esfuerzos y aprender colaborativamente. Estas redes, ubicadas en la plataforma Colabor@, tendrán un carácter abierto, permitiendo a cualquier docente interesado unirse a las mismas.
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CAP. 5º Apoyo, seguimiento y valoración.
18. Un asesor o asesora responsable, en colaboración con el docente coordinador, realizará el seguimiento y evaluación del grupo de trabajo.
19. El Centro del Profesorado determinará los recursos necesarios para el desarrollo y funcionamiento de cada grupo de trabajo. En este sentido, la ayuda económica se abonará exclusivamente en aquellos casos en los que sea determinante para la consecución de los resultados finales y previa presentación de las pertinentes facturas justificativas.
20. El grupo de trabajo finalizará el desarrollo de las actuaciones previstas antes del 31 de mayo, estableciéndose dos momentos de revisión de la implementación del proyecto:
Seguimiento del proyecto, antes del 15 de marzo, en el que se realizará una valoración global de la coordinación de los logros conseguidos y dificultades encontradas hasta ese momento.
Memoria final, antes del 31 de mayo. Para su elaboración se reservarán momentos de reflexión y de análisis del trabajo realizado en los que se valore el grado de consecución de los objetivos y resultados previstos, así como la implicación de los miembros del grupo. Dicha memoria quedará grabada en la plataforma Colabor@.
21. Los grupos de trabajo que deseen recibir la valoración cualitativa deberán indicarlo en la solicitud de constitución del mismo. La aprobación por parte del Centro del Profesorado de la valoración cualitativa del proyecto estará sujeta al cumplimiento de algunos de los siguientes requisitos: la relevancia, originalidad e innovación del proyecto; la producción de materiales educativos originales o que supongan una contribución significativa a materiales ya existentes con licencia libre, exportables a otros contextos y accesibles; la revisión bibliográfica realizada sobre el tema de estudio, con la aportación de comentarios críticos; la incidencia del trabajo realizado en la práctica educativa del aula o centro, avalada por el Consejo Escolar del centro.
22. Los grupos de trabajo deberán aceptar los procedimientos que determine el Centro del Profesorado para asegurar el seguimiento y la valoración del desarrollo del proyecto de trabajo.
23. El Centro del Profesorado tendrá que reconducir o suspender en cualquier momento aquellos grupos de trabajo cuyo desarrollo no sea considerado satisfactorio, en los que se produjera una reducción significativa del número de sus componentes, una manifiesta inactividad en la comunidad de COLABOR@ o cualquier otra circunstancia que hiciera inviable la consecución de los objetivos y el desarrollo de las tareas previstas.
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CAP. 6º Criterios de valoración
24. El Centro del Profesorado tendrá especialmente en cuenta para la inscripción, dotación, certificación y apoyo al grupo de trabajo los siguientes criterios:
a. Calidad del proyecto: originalidad, concreción de las tareas a realizar, coherencia entre sus apartados, relevancia y claridad de los objetivos que se pretende alcanzar. Rigor y realismo de las sesiones de trabajo, organización interna prevista, etc.
b. Innovación: que en el contexto del centro donde surge introduzca elementos nuevos respecto a lo que constituyen las prácticas habituales del mismo.
c. Autoformación: el plan de trabajo debe incluir sesiones y tareas cuyo contenido esté específicamente dirigido a que los participantes mejoren su formación en la materia propia del grupo y, en consecuencia, puedan incorporar en su práctica profesional nuevos aspectos o elementos que la perfeccionen.
d. Producción de materiales educativos: características e interés de los mismos, desarrollo de marcos y/o modelos teóricos, materiales para trabajar en el aula, formato, originalidad y posibilidades de adaptación a diferentes contextos. En el caso de los grupos de trabajo de valoración cualitativa, la producción de materiales educativos originales o que supongan una contribución significativa a materiales ya existentes se considera obligatoria.
e. Aplicación con el alumnado: que el grupo se plantee, con base en su propio proceso de autoformación, actuaciones que supongan aplicar o experimentar con el alumnado procedimientos docentes innovadores intentando constatar la incidencia de los mismos en su aprendizaje.
f. Inclusión del grupo de trabajo en el plan de formación del centro.
CAP. 7º Reconocimiento.
25. El Centro del Profesorado realizará una evaluación del grado de consecución de los objetivos previstos y de los resultados obtenidos, así como del compromiso personal de todos los participantes con el grupo de trabajo. Esta evaluación determinará el número de horas de formación que se reconozcan y certifiquen a cada uno de ellos.
26. Cuando el seguimiento del trabajo del grupo concluya en una evaluación final positiva, la participación o coordinación de aquellos grupos de trabajo que no soliciten valoración cualitativa será certificada por el Centro del Profesorado correspondiente con un máximo de 20 horas de formación para cada participante y hasta 30 horas para la coordinación.
27. Si se estima procedente la concesión de la valoración cualitativa, se podrán certificar hasta 30 horas de formación, en el caso de los participantes, y 40 horas para la coordinación.
Tutorial Anexo 1. Accedemos al portal SÉNECA con nuestro nombre de usuario y contraseña.
2. Seleccionamos el perfil de Profesorado.
3. En la opción de [Personal] – [Actividad Formativa], seleccionamos [Propuestas de grupo de trabajo].
4. Pulsamos sobre el icono [Nuevo] para que el sistema nos muestre el correspondiente formulario de registro.
NO MODIFICAR
INDISPENSABLE PARA LA COMUNICACIÓN
01/11/2012 31/05/2013
01/11/2015 31/05/2016
5. Sólo puede coordinar un grupo de trabajo en el mismo curso, por tanto, aunque podremos grabar tantas propuestas como creamos conveniente, en cuanto nuestro asesor correspondiente acepte una de ellas, el resto no podrán ser admitidas y además el sistema no permitirá registrar ninguna más, y nos alertará con un aviso.
Para evitar confusiones se aconseja dar de alta una única propuesta.
6. Seleccionar como asesor a [Llamas Luque, Joaquín], actualmente responsable del ámbito de Grupos de Trabajo. La asignación definitiva de asesor/ra se realiza internamente en el CEP, informando al Grupo de Trabajo debidamente.
7. MUY IMPORTANTE: Una vez cumplimentados todos los apartados (excepto [Integrantes], pues no se pueden insertar integrantes hasta que la actividad no esté creada). Pulsamos sobre el icono [Aceptar] para guardar nuestra propuesta.
Si se intenta hacer la carga de integrantes antes de guardar la propuesta, el sistema mostrará el siguiente aviso:
8. Para cargar los integrantes debemos volver al formulario. Para ello en la opción de [Personal] – [Actividad Formativa], seleccionamos [Propuestas de grupo de trabajo].
En el cuadro que aparece marcamos la opción [Por datos de actividad] y pulsamos [Buscar], aparece nuestra propuesta y hacemos clic sobre el código y [Detalle]. De esta forma accedemos al formulario que cumplimentamos anteriormente.
9. El docente que registra la propuesta es asignado como coordinador del grupo de trabajo y puede registrar al resto de integrantes.
Para la introducción del profesorado participante el sistema necesita un archivo de texto plano (FICHERO.TXT) con los DNI de los integrantes separados por punto y coma. Puede crear este archivo utilizando el [Bloc de notas] en Windows o el [Editor de textos GEDIT] en Guadalinex. Por ejemplo:
75438169L;28698659U;14569823A;47856987X;12565236T
ANEXO I – GRUPOS DE TRABAJOSOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA GRUPOS DE TRABAJO
CON MÁS DE DIEZ MIEMBROS
De acuerdo con las Instrucciones de 1 de septiembre de 2015 de la Dirección General del Profesorado yGestión de Recursos Humanos para el desarrollo, el seguimiento y la valoración de grupos trabajo,
D/Dña….................................................................................................…DNI ...............................................
Coordinador/a del Grupo de Trabajo con código :................. y titulado............................................................
Solicita que el citado grupo esté formado por ….…............ miembros por la razón que a continuación seseñala :
1. El grupo lo constituye todo el profesorado que compone un ciclo o parte de un claustro deun Centro de Infantil y/o Primaria.
2. El grupo lo constituye profesorado del mismo departamento, ámbito, o que atiende alalumnado que cursa el mismo nivel educativo de un Centro de Secundaria, Bachillerato y/oFormación Profesional.
3. El objeto de estudio del grupo requiere en su composición la presencia de determinadonúmero de profesionales, especialmente referidos a Enseñanzas de Régimen Especial y/oServicios Educativos.
Desarrollo de la metodología de trabajo y reparto de funciones y tareas que justifique elaumento del número de miembros.
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En..........................................…................, a …....... de ….................... de 2015
El/la Coordinador/a
Fdo: __________________________________
DIRECTOR /A DEL CENTRO DEL PROFESORADO DE.................................................
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓNDirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos