historia de la compañía de jesús en la asistencia...
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CAPÍTULO X
LA TESIS DE ALCALÁ DEL 7 DE MARZO DE 1602
Sumario: 1. Defienden algunos doctores de Alcalá, y luego los jesuítas, esta proposi-
ción; Non est de pde Jume numero Pnpam esse Petri successorem.—2. Explicación teoló-
gica del sentido de esta proposición.— 3. Incitado por el Papa, el Nuncio Ginnasio, de
Madrid, logra que la Inquisición encarcele a cuatro jesuítas por haber defendido esa
tesis.—4. Discusiones con los inquisidores.— 5. Actos solemnes de Valladolid, del
P. Bañes por un lado y del jesuíta Miguel Vázquez por otro.—6. Éxito final de este
incidente desagradable.
Fuentes contempoeXneas: 1. Arch. secr. Vaticano. Nunsiatura di Spagna.—2. Epistolae
Generaltum.—3. Caitellana Hittoria. Carta del Condestable de Castilla.— i. Lcttere dei par-
ticolari.— b. Tres cartas del doctor Peña.
1. Antes de entrar en la relación de las congregaciones que se
tuvieron en Roma en presencia de Clemente VIII, debemos hacer
un paréntesis y traer a nuestros lectores a estas tierras de España,
para presenciar un incidente deplorable, que fué costoso a la Compa-
ñía y pudo tener desastrosas consecuencias. Por Julio del año 1601 (1),
el doctor Gaspar Hurtado, de la Universidad de Alcalá, defendió,
entre otras tesis, una que estaba concebida en estos términos: No es
de fe que este Papa, por ejemplo Clemente VIH, sea sucesor de San
Pedro. No sabemos que en España suscitara esta tesis ninguna con-
moción; pero habiendo llegado la noticia a Roma, hizo mala impre-
sión en varias personas de la corte romana. El doctor Peña hubiera
deseado que se impusiera severo castigo y se hicieran graves demos-
traciones contra el que defendió y contra los doctores que apoyaron
esta tesis. Tres cartas se conservan suyas dirigidas al Cardenal Aldo-
brandini, Secretario de Estado, la primera del 5, la segunda del 6 y
la tercera del 15 de Marzo de 1602 (2). En todas tres manifiesta el
doctor Peña la grave pesadumbre que le ha causado esa tesis defen-
dida en Alcalá. Dice que ha hablado con el embajador español y que
(1) No he podido descubrir las tesis impresas de este acto. El hecho y el tiempo en
que ocurrió lo escribe el Nuncio Ginnasio al Cardenal Aldobx'andini, Valladolid, 8 de
Mayo de If 02. Roma, Arcli. secreto Vaticano, Nunziatam di Spaynu, t. 5."), fol. 177.
(2) Véanse las tres en la biblioteca Angélica, Mss., 883, fol. 13.
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LIB. n.—CONTROVERSIA DE AUXILIIS
se procurará un castigo ejemplar y severísimo a los que han enseñado
tan mala doctrina.
Sospechamos que con todo eso no se hubieran conmovido mucho
los ánimos ni en Roma ni en España, como nadie se conmovió pocos
meses antes por una tesis parecida que habían defendido en Zara-
goza los Padres Agustinos, y de que luego hablaremos. Pero he aquí
que defienden la misma tesis los jesuítas de Alcalá en un acto público,
celebrado el 7 de Marzo de 1602. Entonces parece que se juntó el
cielo con la tierra, levantándose una tempestad deshecha contra la
Compañía, como si ésta pretendiese poco menos que destronar al
Papa y destruir a la Iglesia. Para entender la calidad del debate que
surgió, es necesario anteponer algunas nociones, familiares a los teó-
logos, pero que algunos de mis lectores no estarán acostumbrados a
considerar.
2. Llámanse verdades de fe, todas aquellas que han sido reveladas
por Dios y que creemos por la autoridad de Dios que las ha revelado.
Tales son, por ejemplo: Dios es uno y trino, el Verbo se hizo carne,
María Santísima fué concebida sin pecado, etc. Entre estas verdades
reveladas por Dios, hay algunas de carácter universal, que después
se verifican en casos particulares, por ejemplo: en toda hostia con-
sagrada está Jesucristo, todo sacerdote tiene potestad para perdonar
los pecados, todo obispo tiene facultad para confirmar y ordenar, etc.
En estos casos, antes de hacer un acto de fe concreto, solemos presu-
poner un hecho histórico, el cual admitido, hacemos prácticamente
el acto de fe. Asistimos a una función solemne en que está expuesto
el Santísimo Sacramento. Presuponemos el hecho histórico de que
aquella hostia que vemos en la custodia está consagrada, y con esta
suposición nos postramos ante ella y adoramos a Jesucristo Nuestro
Señor. Se acercan los fieles al sacramento de la confesión. Desde
luego presuponen el hecho de que aquel hombre que está sentado en
el confesonario, ha sido ordenado de sacerdote y tiene licencias para
ejercitar su ministerio. Nos acercamos a recibir el sacramento de la
confirmación o del orden. Presuponemos el hecho de que aquel hom-
bre, a quien vemos con báculo y mitra, ha sido consagrado obispo.
Hechas estas suposiciones, hacemos un acto de fe, creyendo firme-
mente que en aquella hostia está Jesucristo, que aquel sacerdote nos
absuelve, que aquel obispo nos confirma o nos ordena.
A este orden de verdades pertenece la que definió el Concilio de
Constanza, cuando mandó creer que todo Papa canónicamente ele-
gido es Vicario de Cristo y sucesor de San Pedro. Ahora bien, dadas
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estas premisas, surge una cuestión teológica que suele agitarse en las
escuelas. Una vez admitido que es de fe la proposición general: todo
Papa canónicamente elegi'lo es Vicario de Cristo y sucesor de Pedro;
¿será también de fe esta proposición particular: tal Papa, v. g. Pió X,
es sucesor de San Pedro? Así lo afirman la mayoría de los teólogos.
Pero todavía no ha sido definida la cuestión por nuestra Santa Madre
Iglesia y no han faltado ni faltan autores que aseguran no ser de fe
esta proposición particular; porque se apoya, dicen, en dos proposi-
ciones, una de las cuales no es revelada. La primera es la general
arriba enunciada, y ésta es de fe; pero luego viene otra que es cierta
sólo con certeza natural y es esta segunda: Pío X ha sido canónica-
mente elegido Papa. No es necesario que entremos en esta discusión
que puede verse en los tratados de Fide. Por ahora bástenos tener pre-
sente lo que ya hemos indicado: que no está decidida la cuestión por
el magisterio infalible de la Iglesia, aunque la mayoría de los autores
admitan como de fe la proposición particular. En el siglo XVI eran
bastantes los que negaban fuese de fe la tal proposición. Por otra
parte, la cuestión, como ve el lector, es una delicadeza escolástica de
aquellas que se agitaban mucho en las escuelas, pero que en la prác-
tica no tenía aplicación ninguna.
Empero esta cuestión tan sutil está expuesta a una mala interpreta-
ción que puede conducir a consecuencias desastrosas, y no hay duda
que en el caso presente se dio esta mala interpretación a la tesis, yse divulgó para infamia de la Compañía. En efecto: significaron al-
gunos que los jesuítas, al defender que no era de fe el que Clemen-
te VIII fuese Papa, habían puesto en duda el hecho mismo de que
fuese Papa. Esto era sacar de sus quicios la cuestión. No se trataba de
poner en duda la realidad de que el Papa tal sea Papa; tratábase
de averiguar si esa verdad, indudable por otro lado, pertenece o no
al número de las verdades reveladas por Dios. Los enemigos de la
Compañía soplaron a los oídos de Clemente VIII, que los jesuítas po-
nían en duda el que fuese Papa; de aquí la indignación que sintió SuSantidad. Y no solamente lo dijeron en Roma, sino que después lo
repitieron en varias ocasiones, y sobre todo, en un acto solemne de
que luego daremos cuenta a los lectores, celebrado en Valladolid
el 2 de Julio de este año, afirmó lo mismo delante de numerosísimo
concurso un Padre Dominico a quien no nombran nuestras cartas.
«Dijo de nosotros, escriben los jesuítas de Valladolid, que habernos
pretendido negar o poner en duda, que nuestro muy Santo Padre
Clemente VIII era verdadero Papa y Vicario de Cristo Nuestro Señor,
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para que, si se definiese contra nosotros la controversia de Auxiliis,
podamos oponer que no ha sido determinado por legítimo sucesor
de San Pedro» (1).
3. Apenas oyó el Sumo Pontífice el hecho de las tesis y la insi-
diosa interpretación que en Roma le sugirieron, fué poseído de un
acceso de cólera inexplicable. Al instante, el 30 de Marzo de 1602,
despachó el Cardenal Aldobrandini, Secretario de Estado, una carta
terrible al Nuncio de España, maravillándose de que no hubiera es-
crito a Roma ni una palabra sobre éste que le parecía desafuero inau-
dito. «Se han estampado, dice Aldobrandini, y defendido en Alcalá al-
gunas conclusiones hereticales y heréticas, las cuales, habiendo lle-
gado a la vista de Su Santidad por otro camino que por el de V.'"^ S.%
se ha maravillado grandemente de este hecho, pareciéndole que esto
debía ser pensamiento peculiar y especial cuidado de la vigilancia
de V.* S.* Mándasele copia de estas conclusiones, de las cuales Su
Santidad ha quedado escandalizadísimo. Para castigar un hecho tan
indigno ha mandado expedir el monitorio del oficio de la Inquisición
que se le manda al Nuncio, y quiere el Papa que Su Señoría al ins-
tante procure ponerlo en ejecución, pero con todo el secreto posible.
Vea si la Inquisición española ha formado proceso o ha dado algún
paso en este negocio. Si no se ha hecho nada, ejecute cuanto antes el
monitorio, hable con el Rey y reprenda a los Inquisidores de su
negligencia. En suma, dice Aldobrandini, exagere este negocio yalce la voz cuanto pueda, y para hacerlo mejor, se le manda la cen-
sura que aquí se ha formado sobre esas bestialidades, por no decir
conclusiones» (2).
Sobrecogido de espanto quedó el Nuncio, Cardenal Ginnasio, cuan-
do el 20 de Abril recibió esta carta fulminante. Hasta entonces pa-
rece que ni había tenido la menor noticia o rumor de este negocio.
A lo menos ningún indicio de él aparece en sus cartas hasta la del
21 de Abril de 1602. Entonces dice que las tesis las defendieron dos
Padres de la Compañía. Hubo un dominico que las denunció a la In-
quisición, pero ésta no juzgó necesario hacer nada. «Yo no descan-
saré, añade, ni dormiré hasta que haya hecho todo aquello que con-
(1) Citamos una relación anónima escrita por nuestros Padres de Valladolid acerca
de los dos actos solemnes de teología que se tuvieron en esta ciudad por Julio de 1602.
Intitiílase Relación de los Padres de la Compañía de los actos tenidos en Valladolid . Véase
cu París, biblioteca de Santa Genoveva, Mss., n. 260, fol. 121.
(2) <In somma exageri questo negotio ot exclami quanto puó, et per questo contó
se li manda la censura fatta qui sopra queste bestialitá per non diré conclusión).» Ro-
ma. Arch. secreto Vaticano. Numiatura di Spagna, t. 330, fol, 29.
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viene y todo lo que me manda V.^ S.'"" lima.» (1). Y, en efecto, em-
pezó a agitarse el Nuncio, ponderando a más y mejor la gravedad
de este negocio, y la malicia de aquellas tesis que en sus cartas siem-
pre se nombran con uno de estos dos epítetos: hestiale o máledette.
Habló al instante con la Inquisición, y ésta, viendo la tempestad que
sobrevenía, se apresuró a coger presos a cuatro Padres de nuestro
colegio de Alcalá, que fueron: el P. Nicolás Almazán, Rector; el P. Ga-
briel Vázquez, maestro de prima; el P. Luis de Torres, maestro de
vísperas y autor de la tesis, y el Hermano Diego de Oñate, que de-
fendió el acto.
En la forma de esta prisión, según nos dicen las cartas anuas de
aquel año, procuraron los Inquisidores guardar todo el respeto que
podían a la Compañía de Jesús (2). Pero a todos sorprendió la pre-
cipitación con que se había procedido en este negocio. El P. Esteban
de Ojeda, Visitador que había sido de la provincia de Toledo y uno de
los más respetables que por entonces teníamos en el centro de Es-
paña, explica al P. Aquaviva el secreto de aquella prisa. «Con la
menor noticia, dice, e información que tuvieron los de la Inquisición
que eran conclusiones nuestras, se arrojaron a hacer lo que hicieron
de mandar recluir los Padres, sin averiguación de la causa, porque
no previniese Su Santidad en la causa, y por defender su jurisdicción;
que donde este punto se atraviesa, no tienen cuenta ni consideran el
agravio ni perjuicio que puede venir a los terceros, como ellos con-
serven su jurisdicción. Muy grande estampido dio el negocio al prin-
cipio» (3). Aquí tenemos la causa de la presteza que se dieron los
inquisidores a encarcelar a los cuatro dichos Padres. Temieron no se
adelantase el Papa y sacase de la jurisdicción inquisitorial aquel
proceso.
Pocos días después, el 1.^ de Mayo, escribió el Nuncio una carta al
Rey comunicándole el negocio, hablándole del monitorio que había
recibido de Roma y esperando su favor para intimarle a los doctores
de Alcalá y hacer que fueran a Roma los tres doctores que el año an-
terior habían defendido esa tesis. El Rey no respondió al Nuncio. En
cambio, el 8 de Mayo despachó una carta un poco seria al Duque de
Sesa, nuestro Embajador en Roma. Anuncia en ésta la prisión de los
cuatro Padres de Alcalá. «El Nuncio, dice el Rey, sin darnos cuenta
(1) Ihid., t. 55, fol. 150.
(2) Litterae annnue. Toletaiia, lfi02.
(3) Castellana. Historia, 1576-1640.
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de ello, envió a notificar un monitorio a algunos doctores de la Uni-
versidad de Alcalá con presupuesto de que estaban culpados en lo
mismo... Represente el Duque a Su Santidad «cuánto estimara yo
que me mandara comunicar este negocio». Todos saben con cuánta
rectitud se procede en España en todos los negocios que tocan a la
fe; todos conocen la justicia y prudencia con que se tratan las causas
en la Inquisición española. Ruegue, pues, al Papa que no vayan a
Roma los citados doctores, y que todo el negocio de ellos, como el de
los jesuítas, se remita a la Inquisición de España.» Envía al Duque una
copia de la carta que le escribió el Nuncio. «Por el respeto que yo
guardo a Su Santidad no le he mandado responder con el sentimiento
que me obligaba el papel escrito a Rey tan católico. Signifique cla-
ramente esta idea el Embajador a Su Santidad.» Esta carta, algo seria,
mitigó bastante el fuego que empezaba a encenderse en Roma.El Papa no era dueño todavía de la cólera que le inflamaba,
y habiendo recibido la carta del Nuncio de 1.° de Mayo, escribió de
su puño en el reverso de ella estas palabras: «La soberbia y altanería
de estos españoles en esta materia (porque los italianos no son cul-
pables en este asunto) es tan grande, que se atreven a escribir yestampar doctrinas nuevas y peligrosísimas, y por eso es necesario
que la Inquisición de allá abra los ojos... Esta última escapada mues-
tra ser muy verdadero esto, y la pertinacia con que defienden a
Molina, que no son sino cuatro españoles, y Dios sabe de qué raza
descienden. Escribid al Nuncio que, a instancia del Rey, nos con-
tentamos que la Inquisición española conozca, no solamente la causa
de los jesuítas, sino también la de los doctores llamados a Roma.
Pero sea con la condición de que nos vaya dando cuenta de todo lo
que hiciere» (1).
4. Empezóse, pues, a tratar del negocio en la Inquisición. Nuestros
Padres reunieron hasta once autores que defendían la tesis sostenida
por el H. Oñate, y como el Nuncio era el que más urgía el negocio yel que más lo ponderaba en todas ocasiones, le mostraron un tomo del
(1) «La superbia et elatione di questi spagnuoli iu quosta materia, poiche l'italiani
non sonó colpevoli in questo, é tanto gi'ande, clie ardiscono di scrivere et stampare
dottrine nuove et periculosissime, et pcrció é necessario ctie l'Inquisitione costa ci
apra l'occhio... Questa ultima scappata mostra esser verissimo questo; et la pertinacia
con ciie difendono il Molina, clie non sonó se non quatro spagnuoli, i quali Dio sa da
che razza discendono. Scriveteli [al Nunzio] che á instanza del ré ci contentiamo che
l'Inquisitione costa vegga non solo la causa dei Gesuiti, ma anco quella dei moniti
per venire in Roma, con questo pero, che á noi dia contó di mano in mano di quello
che faranno.> Nniis. di Spuynu, t. 55, fol. 187.
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P. Bañes en que se defendía esa tesis. El buen Nuncio, que mostraba
no estar muy fuerte en teología, confesó ingenuamente que no en-
tendía bien lo que decía Bañes en aquel libro (1).
Deseará, naturalmente, saber el lector, si Bañes defendía o impug-
naba en sus obras impresas la tesis propuesta. Aunque no aparece
del todo claro, pero hay fundamentos para creer que realmente la
defendía. Ábrase su tomo de los Comentarios a la 2.^-2.^^, cuestión
primera, art. 10, dub. 2. Allí se trata de la infalibilidad pontificia
y se propone esta dificultad: «No es cierto, según la fe, que Grego-
rio XIII [era el Pontífice reinante cuando se escribió este tomo] sea
Sumo Pontífice, luego no será cierto que este a quien nosotros cree-
mos Sumo Pontífice, no pueda errar.» Tres soluciones escribe el
maestro a este argumento, y confiesa que ninguna le satisface. Des-
pués prosigue así: «Por lo cual, al argumento principal podemos
responder, que aun después de la definición de un Sumo Pontífice,
de un Concilio, sólo se conoce por humana prudencia y por evidente
inquisición o también por prudencia infusa, a la cual se puede jun-
tar especulativamente la falsedad, que este es el Sumo Pontífice y
que este es un Concilio congregado y confirmado canónicamente.»
Después de esto no añade más sobre la cuestión propuesta. Parece
inferirse de aquí, que si se conoce solamente por humana prudencia
que este hombre es Papa, luego no se conoce por la fe. Es verdad
que luego añade Bañes, que las definiciones del Papa son ciertas en
cuanto a la fe; es verdad que sostiene que todos los fieles están obli-
gados a obedecer al Vicario de Cristo aceptado por la Iglesia; pero
no destruye lo que arriba asegura, que el conocer si uno, por ejem-
plo, Gregorio XIII, es Papa, sólo procede ex humana prudentia.
Esta ha sido la razón de que algunos autores, al discutir en el tra-
tado de Fide sobre esta cuestión, aleguen la autoridad de Bañes
entre los que impugnan la tesis que afirma ser de fe el que este
Papa sea Vicario de Cristo.
También ofrecieron los jesuítas al Nuncio otras conclusiones
defendidas por los agustinos en Zaragoza el 7 de Mayo de 1601.
Entre ellas estaba la siguiente: «No es de fe que en esta hostia esté
el cuerpo de Cristo; como no es de fe que este hombre particular,
Clemente VIII, sea Papa; aunque es de fe que en toda hostia consa-
grada está el cuerpo de Cristo y que todo Papa canónicamente ele-
(1) Ibid., fol. 177.
21
322 I'IH. II.—CONTROVERSIA BE AUXILnS
gido, consagrado y capaz, es verdadero Papa y sucesor de San
Pedro» (1). Aquí tenemos claramente distinguidas las dos proposi-
ciones, la general y la particular; vemos admitida como de fe la gene-
ral y no la particular. Esto mismo, ni más ni menos, habían hecho los
jesuítas de Alcalá, aunque tal vez no habían expresado con tanta
precisión su pensamiento. Pero en este caso sucedió lo que en otros:
nadie se perturbó con la tesis de los agustinos; todo el mundo se
agitó cuando la defendieron los jesuítas, y es que a nadie pasó por
el pensamiento atribuir a los agustinos la perversa interpretación
de la tesis, que se imputó a los jesuítas.
No conocemos el proceso que formó la Inquisición a los cuatro
que fueron encarcelados. Nos consta, por las cartas de aquel tiempo,
que al mes y medio fueron libres de la prisión el P. Almazán y el
P. Gabriel Vázquez, porque todos se convencieron de que no habían
tenido ninguna parte en la conclusión defendida. A los otros dos,
Luis de Torres y H. Diego de Oñate, les mandaron los inquisidores
que tuviesen por cárcel la casa profesa de Toledo, y allí estuvieron
detenidos mientras duró aquel largo proceso.
Desearán saber, naturalmente, nuestros lectores qué hicieron el
P. General y los otros Superiores de la Compañía al verse sorpren-
didos por un incidente tan ruidoso. La táctica general a que se atu-
vieron fué no meterse directamente en la cuestión, sino dejar que el
proceso siguiera tranquilamente todos sus pasos, sin que apareciese
en él la acción de toda la Orden religiosa. Esto lo aconsejó el Padre
Aquaviva, escribiendo al P. Esteban de Ojeda, Visitador que había
sido de Toledo, y actualmente era uno de los hombres más influyen-
tes que allí teníamos. «Aunque el caso de los Padres, dice, es de sen-
tir, la causa alivia algo el sentimiento, pues siendo común con la
Universidad de Alcalá, es menos grave que si tocara a los Nuestros
solamente. Paréceme cosa del todo necesaria que los Nuestros callen
y no se pongan a defender ni tratar ni contradecir esa doctrina, que
lo mismo haremos acá. Los Padres a quien toca responderán por sí.
Su Santidad lo averiguará con su sólita prudencia y dará en ello la
conveniente resolución.» (2). Casi en los mismos términos escribió
(1) .Non est de flde, iu hac hostia esse Corpus Christi, quemadmodura non est de
flde, hunc numero hominem, Clementem scilicet VIII, esse Papam, quamvis de fide
sit, in hostia veré consecrata esse Corpus Christi, et Pontificeni rite et canonice ele-
ctum et consecratum ac capacem, esse verum Papam et successorera B. Petri.» Nuns. di
Spagiut, t. 5.'), fol. 220.
(2) Tolctana. Episf. (rcn., 1600-1610, pág. 132.
CAP. X.—LA TESIS DE ALCALÁ DEL 7 DE MARZO DE 1602 820
al P. Luis de Guzmán, al P. Luis de La Puente y a otros hombres
principales que en Madrid y en Valladolid podían de un modo o de
otro tomar parte en este negocio.
5. Entretanto disputábase con mucho calor sobre la tesis acrimi-
nada, y, como dijimos, fué citado varias veces el P. Bañes, como
defensor de ella. Supo el anciano maestro el rumor que empezaba
a difundirse contra él, y aunque ya tenía setenta y cinco años, y por
sus achaques estaba retirado de la enseñanza, al punto se encaminó
a Valladolid, donde entonces se hallaba la corte, deseoso de dar una
pública y resonante satisfacción. Presentóse allí a mediados de Junio,
según nos dice en una de sus cartas el Nuncio (1), y habiendo pro-
testado en conversaciones particulares, que jamás había enseñado ni
defendido tal doctrina, para más pública demostración preparó un
acto solemne de teología, que se había de tener en la iglesia del con-
vento de San Pablo. No era desusado en el siglo XVI celebrar dispu-
tas teológicas en las iglesias. Mirábase este acto como religioso, y a
nadie llamó la atención que en este caso se dispusiera el certamen
teológico en la iglesia de los dominicos. Según nos dice la relación
citada más arriba de nuestros Padres de Valladolid, «aunque de sus
frailes le persuadían a Bañes que pusiese que era de fe, per se primo
et imniediate, el que Clemente VIII fuese Papa, él no quiso venir en
ello, antes respondió que no haría tal disparate».
La tesis que imprimió fué la siguiente: «Aunque la fe no cree
primaria e inmediatamente por sí que este hombre singular, verbi-
gracia, Clemente VIII, es verdaderamente Vicario de Cristo; sin
embargo, esta proposición produce un asentimiento tan firme secun-
dariamente por sí, que quien lo niegue o prácticamente lo ponga en
duda, debería ser castigado, no sólo como temerario y escandaloso,
sino como sospechoso de herejía y como hombre que yerra contra
la fe» (2). El acto solemne se celebró el 2 de Julio de 1602. Fueron
invitados el Nuncio y otras personas eclesiásticas, el Condestable de
Castilla, el Conde de Chinchón, un concurso grande de caballeros y
(1) Ai-ch. secr. Vaticano. Niim. di Spagtia, t. 55, fol. 217. Ginnasio á Aldobrandini.
Valladolid, 14 Junio 1602.
(2) «Hunc autem singularem hominem, v. g., Clementem VIII, esse veré Christi
Vicarium, tametsi non per se primo et immediate per se fides credat, tamen per se
secundo tara flrmum assensum el'ñcit, ut qui id negaverit, vel in dubium practice
verterit, non solum ut valde teraerarius et scaudalosus, sed ut suspectus de haeresi,
imo et errans contra fldem mérito puniretur.» Véase la relación citada de nuestros
Padres, y en la Biblioteca Vittorio Einanuele, Mss. gesititici, 679, donde hay un pa-
quetito de documentos sobre este suceso de las tesis de Alcalá.
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señoras, y también dice el Nuncio que concurrió al acto toda la frai-
lería (tntta la frattaria). No debemos omitir un pequeño incidente
que ocurrió antes de la disputa en la sacristía de la iglesia. Hablando
allí el P. Bañes con las más ilustres personas de los invitados, les
indicó si convendría tener la disputa en español, para que todos la
entendiesen mejor. Fué consultado el Condestable de Castilla, y éste
dio una respuesta que vamos a reproducir con sus propias palabras,
tal como luego las escribió a su hermano el Marqués de Berlanga.
Dice así: «Quisieron que se hablase en romance, para que lo enten-
diesen todos, y yo lo estorbé, pareciéndome que no era materia la
que se trataba para gente vulgar y mujeres, de que había en la igle-
sia gran junta; antes les dije, que si disputaran en griego sería más
acertado, porque lo entendieran menos» (1). Con esta salida, algo
inopinada, del prudente Condestable, se resolvió tener el acto en
latín.
Salieron, pues, a la iglesia; colocóse en medio un joven Padre
Dominico, que había de sustentar la tesis, y algunos arguyentes.
El P. Bañes subió al pulpito y desde allí presidió todo el acto. Pro-
nuncióse primero un largo discurso, como era de rigor en tales oca-
siones; después empezaron los argumentos, y, como dice el Nuncio,
a cada respuesta que daba el sustentante, añadía alguna explicación
el P. Bañes desde el pulpito. De esta manera no dejaba punto ni
coma que no quedase plenamente refutado.
Cuando no quedó lanza enhiesta ni enemigo en pie, el triunfante
doctor entonó desde el pulpito un verdadero himno en elogio del
presente Pontífice Clemente VIII. Y para que nadie piense que exa-
geramos, traduciremos a la letra lo que decía el Nuncio en carta que
escribió el mismo día por la tarde. Dice Ginnasio, que habiendo ter-
minado lo sustancial de la disputa en latín, empezó el P. Bañes
a hablar en romance con estas palabras: «Delante de Dios que yo digo
la verdad. Dijo que desde los Apóstoles acá ha leído y visto muchas
vidas de Pontífices Romanos, santos y buenos; pero mayor santidad,
mayor bondad de la que muestra el presente Papa, ni la ha visto, ni
la ha leído, ni la ha entendido jamás. No quería decir las obligacio-
nes que la religión de Santo Domingo tenía a Su Santidad, como
a Papa, porque les había canonizado dos santos y beatificado a otros
dos de su Orden. También reconocía las que tenían a Clemente VIII
como persona particular, individuo de la ilustrísima, nobilísima y
(1) Consérvase esta carta en la biblioteca Vittorio Emanuele, Mss. gesuitici, 679.
CAP. X.—LA TESIS DE ALCALÁ DEL 7 DE MARZO DE 1602 325
antiquísima familia Aldobrandini, y como tal había siempre tenido
particular protección de la Orden de Predicadores. Este Papa, como
los predecesores y sucesores de San Pedro, fué, es y será verdadero
Vicario de Cristo, sucesor del Príncipe de los Apóstoles. Esto era de
fe y él lo había tenido, defendido y enseñado siempre, como artículo
de fe que se debía creer, juzgando lo contrario como herejía y des-
vergüenza temeraria» (1).
Cuando pareció que terminaba este ditirambo en elogio de Su
Santidad, como el orador hablaba en romance y se dirigía a los pre-
sentes, atrevióse el Condestable a tomar la palabra, y protestó en
términos sencillos, que no parecía necesario insistir en aquellas
ideas, pues todos los presentes y toda España no dudaban de la auto-
ridad del Sumo Pontífice y de la obediencia que se le debía. Oyó
Bañes la observación, y concediendo que los presentes se hallaban
animados de buen espíritu, repuso que era necesario afirmar y corro-
borar aquellas buenas ideas, y prevenir a todos que si alguien defen-
día seriamente lo contrario, jueces había en España para quemarle
como hereje (2). Con esto se terminó el acto.
Algún tiempo después tomó la pluma el P. Bañes, y como héroe
que descansa después de reñida pelea, escribió a Clemente VIII refi-
riéndole el acto insigne celebrado en Valladolid y contándole que
había extirpado tan pernicioso error, que se podía temer se difun-
diese por todo el mundo, atendido el prestigio que tenían por todas
partes los que lo habían sustentado (3). Clemente VIII, por medio del
Secretario de Estado, envió una carta de agradecimiento a Bañes por
el acto de Valladolid (4).
También en Salamanca, el alter ego de Bañes, el mercedario Padre
(1) «Disse [Bañes] di Nostro Signore molte lodi, tra le quali la prima fu, que delante
de Dios que yo digo la verdad, disse egli, clie dagli Apostoli in qua ha letto e visto molto
vite di Pontiflci romani saate et buone, ma maggiore santita, ne bontá di quella di
questo Papa non l'ha giammai letta, ne vista, ne intesa diré. Clie lasciava diré gil
obblighi che la sua religione teneva á Sua Santita, come Papa, perche gl'aveva cano-
nizati doi Santi et doi beati frati, ma come anco particular persona della casa illu-
striseima, nobilissima et antichissima Aldobrandina, sempre haveva tenuto partico-
lare protezione del Ordine suo di S. Domenico, et che questo come i predoccessori el
successori nella Sede di S. Pietro sonó stati, et é, et saranno veri Vicarii di Christo,
successori di S. Pietro... et che questo haveva tenuto, letto et insegnato sempre, sendo
di lede di cosi credere, et il contrario heresia et sfacciatagine temeraria.^ Num. di
Spagnu, t. 55, fol. 240.
(2) Id. ihid.
(3) Arch. secr. Vaticano. Lettere dei Particolari, t. 1, fol. 257. En esta misma carta a
Clemente VIII pide además el P. Bañes que se resuelva la cuestión de Anxiliis.
(4) Ibid., Num. di Spagna, t. 58, fol. 22.
326 LIH. II.—CONTROVERSIA DE AUXILHS
Zumel, quiso participar en este glorioso combate, y redactó una
disertación, probando ser de fe que Clemente VIII era Papa. Envió
este trabajo a Roma con una carta bastante campanuda a Su Santi-
dad, en la que, además, tuvo el mal gusto de proponer cierto caso de
moral contra el sexto Mandamiento, dejando entender que ciertos
liombres( suponemos que aludirá a los jesuítas), defendían mala doc-
trina sobre ello. Ruega a Clemente VIII, a quien da el título un poco
singular de archipastor, que, como señor de la mies, arranque la
cizaña de su campo (1). También hubo su carta de agradecimiento
para el P. Zumel (2).
Ya supondrán nuestros lectores que los jesuítas no se presentaron
en el acto solemne defendido por el P. Bañes. Como tanto se difun-
día la infamia contra nosotros de impugnar aquella verdad, pareció
oportuno que la Compañía la defendiese también en acto solemne,
puesto que realmente la defendían todos los Padres de Valladolid.
Preparóse el acto para el día 10 de Julio, y fueron invitados los mis-
mos que habían presenciado el acto precedente, excepto las mujeres,
a las cuales no se permitió la entrada. Este acto se dispuso, dice la
relación antes citada, para deshacer lo que algunos, no bien afectos a
la Compañía, han publicado y procurado persuadir, no sólo en Es-
paña, sino también en Roma, al Papa y Cardenales, que los de la Com-
pañía han pretendido negar o poner en duda, que Su Santidad sea
verdadero Papa y sucesor de San Pedro, con el designio de oponerse
a lo que se definiese en la controversia de Auxiliis contra nuestra
opinión. El P. Miguel Vázquez fué el encargado de presidir el acto.
La tesis que defendió fué la siguiente: «Pertenece a la fe simple-
mente, inmediata y primariamente, que el Pontífice Romano, que
ahora es nuestro Santísimo Señor Clemente VIII, es verdadero suce-
sor de Pedro y legítimo Vicario de Cristo. Juzgamos que no satisfa-
cen aquellos que, diciendo ser esto de fe secundariamente, conceden
que en ello puede haber falsedad» (8). Como era de suponer, resin-
tióse un poco el P. Bañes de la segunda parte de esta tesis, donde
venía a decirse que no era bastante lo que él había defendido, y que
era necesario adelantarse más en sostener la seguridad y certidum-
(1) Ibid., Lettere dei Purticolari, t. 6, fol. 7.
(2) Ibid., Nims. di Spugna, t. 59, fol. 86.
(3) «Ad fldem pertinere simpliciter, immediate ac per se primo, Ponüflcem pro
tempore existentem, nunc vero Sanctissimum Dominum Clementem VIII, verum Petri
successorem et legitimura Christi Vicarium esse... Ñeque vero satisfieri censemus ab
iis, qui dicentes lioc esse secundario de fide, concedunt posse illi subesse falsum.» Véase
un ejemplar impreso de estas tesis en Roma, Bibl. Vitt. Emmanuele, Mss. yesuitici, 678.
CAP. X.—LA TESIS DE ALCALÁ DEL 7 DE MARZO DE 1602 327
bre de la afirmación. Presenció el acto el Nuncio Ginnasio, que escri-
bió también al Papa, dándole noticia de esta solemnidad; pero en los
términos algo fríos con que lo hace, bien muestra cuánto despego
tenía entonces con la Compañía (1). Por lo demás, todos los circuns-
tantes quedaron muy satisfechos del resultado de aquella solemni-
dad. El P. Aquaviva, a quien informó puntualmente de todo el
P. Luis de la Puente, le contestaba así el 26 de Agosto de 1602: «Mu-
cho me consolé que saliese tan bien el acto que los Nuestros defen-
dieron; aunque el P. Maestro Bañes lo haya sentido, como V. R. dice
en la del 13 de Julio, por ciertas palabras que en una conclusión se
pusieron, de lo cual no se quejó con razón.»
Entretanto, no cesaba de agitarse el Nuncio para urgir la severi-
dad en el castigo de los Padres que habían defendido la tesis de Al-
calá. A mediados de Julio llamó a su presencia al Inquisidor Vene-
gas, que era de los principales, y se quejó amargamente de que
procedieran con tanta lentitud y frialdad los inquisidores en un nego-
cio tan grave. Por de pronto Venegas observó, que se dejase en paz a
la Inquisición seguir el proceso paso a paso. Ellos habían mandado un
notario a Alcalá para examinar a los Padres del Colegio; habían
puesto en libertad al P. Rector y al P. Vázquez, porque no tenían que
ver nada con aquellas tesis. Por ñn observó que esa opinión no era
calificada de herejía por ningún consultor; solamente algunos la
tenían por errónea y otros por escandalosa. Añadió que debía el
Sr. Nuncio tener presente que le estaban engañando los frailes de
Santo Domingo, consultores del Santo Oficio, porque a él le decían
una cosa y tal vez en la Inquisición afirmaban la contraria (2).
El Nuncio tornó a quejarse de aquella frialdad y lentitud, obser-
vando que esta causa era en cierto modo más que de fe, pues de-
rribado el fundamento de que no se crea en el Vicario de Cristo,
bien puede decirse buenas noches a todo el resto de la Iglesia. Re-
plicó el Inquisidor en términos graves (con parole ronde) que mirase
el Nuncio bien, que esta causa era disputable y que no estaba conde-
nada. El Nuncio replicó que el Papa haría quemar a quien defen-
diese tal doctrina. Insistió el Inquisidor que el Papa no haría tal cosa,
y que siendo esta opinión todavía no condenada, y más aún, defen-
dida por algunos como verdadera, debía procederse en la causa con
(1) Num. di Spagna, t. 55, fol. 281.
(2) «Che mirasse io bene, che ero ingannato dalli medesimi frati di San Domcuico,
consultori del Santo Offlcio, perche forse a me diccvano tal cosa, che il contrario
asserivano nel Officio.^ I6ú/.
328 Lin. II.— CONTROVERSIA DE AUXILHS
mucha consideración y benignidad. La Inquisición no quería fiarse
en ello ni de dominicos ni de jesuítas, sino consultar a varios prela-
dos de España. Es extraño, repuso el Nuncio, que después de once
años de pontificado, cuando hasta los turcos y herejes creen Papa a
Clemente VIII, sólo en España se haya puesto en duda esta verdad.
No dice Ginnasio lo que respondió Venegas a esta observación, pero
nosotros podemos responder que Su Señoría aun no había entendido
el estado de la cuestión. Pensaba realmente el Nuncio que se ponía
en duda el pontificado de Clemente VIH, y el debate no era sobre
este punto. Tratábase solamente de averiguar si esa verdad que todos
admitían era de fe. Ahora bien; las verdades de fe no adquieren este
carácter con el tiempo. Tan de fe era el primer año como el undé-
cimo el que Clemente VIII fuese Papa. Despidióse, por fin, el Inqui-
sidor, diciendo al Nuncio que la causa de toda aquella agitación pro-
venía del Dr. Peña, quien informaba mal a Su Santidad acerca de los
negocios de España (1).
6. No descansaba el Cardenal Ginnasio en sus diligencias para
conseguir que la Inquisición castigase con rigor lo que él creía gra-
vísimo delito. Por Agosto visitó al Rey, al Duque de Lerma, después
habló largo y tendido con el Confesor de Su Majestad. A todos de-
claró el peligro que podía haber en permitir que se defendiesen tales
doctrinas; pero sólo sacó, según él mismo nos dice, ciertas respuestas
generales de que se haría justicia, y la voluntad firme de que aquel
proceso no se llevase a Roma (2). Por Setiembre nos dice el mismoGinnasio que se había resuelto en el Consejo de la Inquisición que la
sentencia de aquella causa la diese la Inquisición de Toledo, pero que
por entonces no se publicase. Muchas diligencias hizo el solícito Nun-
cio para saber cuál fuese la sentencia, pero el 11 de Setiembre aun
no lo había podido descubrir.
Mientras él se agitaba de este modo en Valladolid, yendo al Rey,
al duque de Lerma, a los Inquisidores, al Confesor y a otros perso-
najes, nuestros Padres de Alcalá enviaron a Valladolid al P. Esteban
de Ojeda para que, hablando buenamente con las personas princi-
pales, obtuviese alguna ventaja para la Compañía en esta causa. Halló
el enviado buen acogimiento, así en el Rey como en el duque de
Lerma y en los Inquisidores. Véanse las noticias que daba el 5 de
(1) Arch. secr. Vaticano. Num. di Spctgna, t. 55, fol; 281 y sigs.
(2) Véase ibid., fols. 316 y 329, las cartas del Nuncio del 24 dé Agosto y 7 de Sé^
tiembre,
CAP. X.—LA TESIS DE ALCALÁ DEL 7 DE MARZO DE 1602 329
Octubre de 1602 sobre lo que había hecho hasta entonces. Escribiendo
al P. Aquaviva, le dice estas palabras: «Recibí la de V. P. de 25 de
Agosto en este colegio de Valladolid, donde he sido enviado por la
obediencia a tratar del negocio de los PP. Luis de Torres y Oñate,
que están detenidos en Toledo por la causa que V. P. sabe. He hallado
a estos señores Inquisidores muy puestos en que se les hace notable
agravio e injusticia en detenerles allí, sin haber fundamento alguno
por que deban ser detenidos, y, con todo eso, por ver el enojo e in-
dignación grande de Su Santidad y las cartas tan encarecidas que
sobre esto se escriben con cada ordinario, y el Nuncio que acá lo
solicita con gran diligencia y cólera, están algo temerosos y quieren
por la reverencia y respeto que se debe a Su Santidad irse poco a
poco por no irritarle más, y así hemos dado en un medio: que la
causa no se determine por ahora, sino que se quede así hasta que pase
algún tiempo, que suele curar las cosas y mudarlas, y en el ínterin
que se determina, les den licencia y libertad, para que se vayan a sus
colegios y hagan sus ministerios de leer, etc. Porque con este medio
se quita la nota que podría haber de venir San Lucas [el 18 de Octu-
bre, cuando se abrían los cursos escolares] y faltar los Padres a sus
lecciones. Con no determinar la causa por ahora se cumple con el
Nuncio, y con Su Santidad, con decir que no está determinada ni aca-
bada la causa. La cual estoy muy cierto que está de manera, que no
los condenarán en cosa ninguna, ni pueden conforme a razón y jus-
ticia. Este es el estado que tiene este negocio. Ahora comienzan estos
seííores a conocer de la causa de los doctores de Alcalá, por habér-
sela remitido Su Santidad, y los han recluido con la misma reclusión
que tuvieron los Nuestros. Acá muy escandalizados están todos los
hombres doctos y no doctos del ruido y estampido que esto ha hecho,
no viendo que hallen fundamento para ello» (1).
Lo que se indica en estas últimas palabras del P. Ojeda, que fue-
ron procesados por la Inquisición los doctores de Alcalá, lo sabemos
también por otra carta del Nuncio Ginnasio (2). Estuvo, pues, dete-
nida la sentencia de los jesuítas desde este mes de Setiembre hasta
el verano de 1603, y, mientras tanto, se hizo el proceso a los tres doc-
tores de Alcalá que habían defendido la misma tesis por Julio
de 1601. Entretanto, vino a entender el Nuncio que el P. Ojeda
daba algunos pasos para defender a los jesuítas. Irritóse sobremanera
(1) Castellana. HisL, 1576-1640.
(2) Arch. secr. Vaticano. Nuns. di Spagiui, t. 55, fol. :}54.
330 LIB. II.—CONTROVERSIA DE AUXILUS
y le mandó cesar en sus diligencias, dándole a entender que podría
él también ir a la cárcel (1).
Por fin, en el verano, ignoramos en qué día, de 1603, se publicó
la sentencia, que ya estaba dada desde Setiembre anterior, y era,
según dice el Nuncio: «liberatoria, fada prius illis nionitione sen
correctione» (2). Era, pues, una de aquellas sentencias en que se absol-
vía a los reos, añadiendo alguna amonestación para que tuviesen más
prudencia en el modo de hablar. Mucho hubiera irritado esta senten-
cia al Papa y a todos, si se hubiera publicado un año antes. Pero, por
la bondad de Dios, en 1603 ya Clemente VIII había entendido, sin
duda, el estado de la cuestión, y se había desengañado de que no tra-
taban los jesuítas de poner en duda su dignidad, sino solamente de
una sutileza escolástica, que apenas tenía aplicación en la práctica.
Por eso el 12 de Abril de 1603, escribiendo el Cardenal Aldobrandini
al Nuncio de España, le dice estas palabras: «Su Santidad ha consi-
derado tantas escrituras y respuestas como se hacen todos los días en
esas tierras, sobre las conclusiones defendidas en Alcalá y sobre
aquellas que algunos quisieron imprimir, según escribe V.'"* S/^ El
Padre Santo es de opinión, que será mucho mejor no agitar por más
tiempo estas materias, ya que se ha conseguido el fin de que se
supiese y publicase la opinión buena y verdadera en favor de la cual
no se podrá escribir sin que de algún modo se mantenga viva la con-
traria, lo cual, por el presente, se debe evitar. Por lo cual juzga Su
Beatitud que será mucho mejor no acalorarse más, y en las ocasiones
que se ofrezcan a V.* S.^ procure con buenos términos persuadir a
todos esto mismo, ya que el tiempo y lo que hasta ahora se ha escrito
será suficiente medicina al mal pasado» (3).
Bien observará el lector el diferente modo con que se habla en
esta carta de la cuestión, comparándolo con la furia y cólera extre-
mada que manifestaban las primeras cartas escritas de Roma. Ya
aquí se habla de opinión y de opinión, y se llama a una la opinión
verdadera. Ya no se trata de aquellas doctrinas y conclusiones hes-
tiale y maledette, de aquellos errores hereticales, de aquellas mons-
truosidades, en fin, que en el primer momento de turbación se ha-
bían vislumbrado en el horizonte y habían aterrorizado al Papa y a
los suyos. Se habían convencido, por fin, de que el espanto había
(1) Arch. seer. Vaticano. Num. di Spagna, t. 55, fol. 409.
(2) Ibid., fol. 354.
(3) Ibid., t. 331, fol. 44.
CAP. X.—LA TESIS DE ALCALÁ DEL 7 DE MARZO DE 1602 331
sido solamente por una mala inteligencia. No se crea, sin embargo,
que el Papa se aplacó del todo, ni dejó de resentirse algún tanto por
la benignidad de los inquisidores. Cuando le habló el embajador
español, Duque de Sesa, acerca del éxito de este negocio y le contó
la libertad dada por la Inquisición a los reos, Clemente VIII se
indignó un poco, diciendo: «que cuando aquellas proposiciones no
fuesen heréticas, no podía negarse que no pareciesen escandalosas,
mayormente en estos tiempos, y que merecían reprensión y castigo
públicos, pues la insolencia había sido pública» (1).
Doloroso fué para la Compañía este caso, que les enajenó la volun-
tad de Clemente VIII, ya para entonces averso a nuestros Padres y
a nuestra doctrina. Fué coincidencia singularmente desgraciada, que
precisamente cuando el Papa iba a presidir en persona las disputas
de Auxiliis y a examinar el libro de Molina, se cometiese el des-
acierto de defender una tesis, que había de excitar tan extraordina-
riamente la cólera de Clemente VIII. Quiera Dios que aprendamos
de aquí la prudencia que se debe observar en todo lo que se dice, ymás aún en lo que se escribe y publica.
(1) Arch. de Simancas, Estado, 366 (antiguo 977). El Duque de Sesa a Felii^e III,
28 de Setiembre de 1603.