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Abraham González No. 67● Col. Juárez ● C.P. 06068 Delegación Cuauhtémoc ● Tel 57 92 77 72 Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación. Dirección de Recursos Financieros “LINEAMIENTOS PARA LA RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS RELATIVOS AL TRÁMITE DE PAGO EN EL EJERCICIO FISCAL 2010” SEPTIEMBRE DE 2010

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Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación.

Dirección de Recursos Financieros

“LINEAMIENTOS PARA LA RECEPCIÓN DE

DOCUMENTOS RELATIVOS AL TRÁMITE DE

PAGO

EN EL EJERCICIO FISCAL 2010”

SEPTIEMBRE DE 2010

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Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación.

Í N D I C E

Página

I. Objetivo….………………………………………………………………………………….………. 1

II. Marco Legal - Normativo……………………………… ……….…………………..…………… 1

III. Requisitos generales de la documentación para revisión y trámite de

pago……………………………………………………………………………………..…………... 3

IV. Requisitos fiscales que deberá contener la documentación para realizar el trámite

de pago................................................................................................................................. 4 .

IV.1. En cuanto a la factura…………………………………………………………………. 4

IV.2. En cuanto al requisitado de la factura….…………................……...................... 5

V. Requisitos específicos para trámite de pago relativo al Capítulo 1000 “Servicios

Personales”………………………………………………………………………………………..... 5

VI. Requisitos adicionales para el trámite de pago relacionado a los capítulos 2000

“Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios,

Aportaciones y Transferencias”…………………………………………………………........... 7

VII. Requisitos adicionales para realizar el trámite de pago relativo al Capítulo 5000

“Bienes Muebles e Inmuebles”........................................................................................... 10

VIII. Requisitos adicionales para el trámite de pago relacionado con el Capítulo 6000

“Obras Públicas”…………………………………………………………………………………… 10

IX. Información relacionada con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) que

deberán cumplir los proveedores de bienes y prestadores de servicios a fin de

realizar el trámite de pago….…………………………………………………………………... 11

X. Áreas y servidores públicos facultados para informar y asesorar sobre el

seguimiento al trámite de documentación …………………………………………………. 11

XI. Horario……………………………………………………………………………………………….. 11

XII. Vigencia……………………………………………………………………………………………... 11

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“LINEAMIENTOS PARA LA RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS

RESPECTO DEL TRÁMITE DE PAGO, EN EL EJERCICIO FISCAL 2010”

I. Objetivo

Establecer un instrumento que permita agilizar los trámites de pago que se realizan a través del mecanismo

de Cuenta por Liquidar Certificada, ante las instancias correspondientes de la Secretaría de Finanzas del

Distrito Federal, en estricto apego a la Normatividad vigente en materia de ejercicio del gasto público y de

acuerdo a los procedimientos y requisitos señalados en estos Lineamientos.

La aplicación de los presentes Lineamientos será de carácter obligatorio para las áreas involucradas en el

proceso de recopilación y validación de facturas que se derivan de la adquisición de bienes, prestación de

servicios y obra pública contratados por el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la

Ciudad de México (CAEPCCM).

II. Marco Legal - Normativo

II.1.- Código Fiscal del Distrito Federal

II. 2.- Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos.

II.3.- Ley del Impuesto Sobre la Renta.

II.4.-Ley del Impuesto al Valor Agregado. .

II.5.- Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

II.6.- Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

II.7.- Ley de Ingresos del Distrito Federal.

II.8.- Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

II.9.- Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

II.10.- Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.

II.11.- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

II.12.- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

II.13.- Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

II.14.- Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal vigente.

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II.15.- Acuerdo por el que se expide las Normas Generales en materia de Comunicación Social para la

Administración Pública del Distrito Federal.

II.16.- Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal para el ejercicio fiscal vigente.

II.17.- Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de

Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal.

II.18.- Reglas para la aplicación de las 10 Acciones para la Protección del Ingreso Familiar, Inversión y el

Empleo.

II.19.- Clasificador por Objeto del Gasto Vigente.

II.20.- Circular Uno “Normatividad en Materia de Administración de Recursos”.

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Requisitos generales de la documentación para revisión y trámite de pago.

III.1. Previo al envío de la documentación para el trámite del primer pago correspondiente a los

convenios, contratos de adquisición de bienes y/o prestación de servicios y sus convenios

modificatorios, el área solicitante deberá remitir mediante oficio a la Dirección de Recursos

Financieros, el original del Convenio, Contrato o Pedido (incluyendo anexos); además, tendrá que

anexar una copia simple de la requisición de compra y/o solicitud de servicio según corresponda,

debidamente autorizada por la Subdirección de Programación y Presupuesto, así como copia

simple de la Fianza de Cumplimiento, debidamente validada.

III.2. Para la recepción de documentos relativos a la revisión y trámite de pago, serán necesarios los

siguientes elementos:

Oficio original dirigido a la Dirección de Recursos Financieros, solicitando expresamente el

trámite de pago, con lo que hace constar que el área remitente ha revisado validado y verificado

la documentación que compruebe el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

Factura, factura de anticipo, recibo, nota de cargo, nota de crédito con su correspondiente

documento soporte o documentación legal que determine la obligación de hacer un pago, en

original, debidamente revisada, validada y verificada. Tratándose de facturas de anticipo, éstas

deberán contener al reverso firma autógrafa del Director del área requirente o que consolida la

adquisición, validando y asumiendo la responsabilidad que se derive de tramitar una

amortización o pagos de naturaleza similar. Anexar además el(los) comprobante(s) de

verificación fiscal y las fianzas de cumplimiento de contrato y anticipo.

Original de entrada de almacén u oficio del área responsable de la recepción de los bienes.

Original del documento que acredite la prestación del servicio, entrega de los bienes adquiridos

y/o de la obra a entera satisfacción.

Copia simple del acuse del oficio mediante el cual se envió a la Dirección de Recursos

Financieros el contrato original.

Nota: Entiéndase por validar, el que una vez que se han revisado los documentos, éstos deberán estar

requisitados en su totalidad y en apego a la normatividad vigente, que incluye todas las firmas

autógrafas de los servidores públicos facultados para ello, sin que exista en los documentos

ambigüedades en su interpretación, de lo anterior se desprende que área usuaria o concentradora

es la que conoce la naturaleza del servicio o adquisición; por lo tanto, es la responsable de otorgar el

visto bueno al trámite de pago solicitado.

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En el supuesto de que no se cumpla con los elementos señalados anteriormente no será posible la

recepción de la documentación.

III.3. Tratándose de la documentación soporte de los trámites de pago solicitados, tales como notas de

remisión, bitácoras de servicio, fatigas de elementos policiales, órdenes de servicio, catálogos de

servicios y costos, recibos de pago, relaciones, etc., quedarán bajo guarda y custodia de las áreas

usuarias, ya que éstas son las responsables de revisar y validar que la documentación legal que

determine la obligación de realizar un pago se elabore correctamente en base a sus controles y

normatividad internos.

IV. Requisitos Fiscales que deberá contener la documentación para realizar el trámite de pago.

Deberán reunir los requisitos que establece el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29, 29-A y 39 de su Reglamento.

IV.1. En cuanto a la factura:

a.- Contener impreso el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro

Federal de Contribuyentes de quien la expida. Si se tiene más de un local o establecimiento, se debe

señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes.

b.- Contener impreso la serie y el número de folio.

c.- c.- Lugar y fecha de expedición. La factura deberá ordenarse en forma consecutiva y respetar el

número de folio de ésta, fecha de impresión, vigencia y datos de identificación del impresor autorizado;

así como el número de autorización asignado por la Secretaría de Administración Tributaria a través de

Internet.

d.- Únicamente se aceptará documentación con la leyenda de Régimen Simplificado o Pequeño

Contribuyente, siempre y cuando cuenten con el IVA desglosado y Cédula de Identificación Fiscal

impresa en el cuerpo de la misma.

e.- No se aceptará documentación con tachaduras o enmendaduras que se puedan interpretar como

alteración de la misma.

f..- Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado.

g.- Señalar en forma expresa si el pago se hace en una sola exhibición

h.- La cédula de identificación fiscal. Sobre la impresión de la cédula no podrá efectuarse anotación

alguna que impida su lectura;

i.- La leyenda: “La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos

de las disposiciones fiscales”; y

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j.- El número de aprobación asignado por el sistema informático autorizado por el Servicio de

Administración Tributaria.

IV.2. En cuanto al requisitado de la factura:

aa.. Las facturas deberán ser expedidas a nombre del “Gobierno del Distrito Federal”.

bb.. Con domicilio en: Plaza de la Constitución S/N, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, Distrito

Federal, entre Pino Suárez y 20 de Noviembre.

cc.. Indicar el siguiente Registro Federal de Contribuyentes: GDF-971205-4NA

dd.. Consignar la fecha de elaboración correspondiente al ejercicio presupuestal al que se aplica.

ee.. Señalar de manera desglosada y a detalle la cantidad y tipo de mercancías o servicio que ampare,

descripción, precio unitario y total. Después del importe bruto se deberá incluir el Impuesto al Valor

Agregado y finalmente el importe total, el cual deberá expresarse con número y letra en los espacios

correspondientes.

ff.. Deberá asentarse el número de contrato al que afecta y la Clave Bancaria Estandarizada vigente en

Internet.

V. Requisitos específicos para trámite de pago relativo al Capítulo 1000 “Servicios Personales”.

V.1. En todos los casos, la nómina deberá enviarse en documentación original con las firmas

autógrafas de los servidores públicos facultados para ello, en tiempo y forma en base al oficio

que emite la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía

Mayor del Gobierno del Distrito Federal, en el que se da a conocer el calendario de pago del

ejercicio presupuestal.

V.2. La Dirección de Recursos Humanos de este Centro de Atención a Emergencias y Protección

Ciudadana de la Ciudad de México, deberá enviar oficio de solicitud de trámite de pago a la

Dirección de Recursos Financieros, anexando el Analítico de Claves Presupuestales, en medio

magnético e impreso debidamente validado, señalando el Destino del Gasto y la Fuente de

Financiamiento a los que deberá afectarse el presupuesto y de ser necesario modificar los

mismos de acuerdo a las disponibilidades presupuestales, respetando el reporte emitido por el

SIDEN, así mismo copia simple de los reportes de la nómina SIDEN publicados en Internet

correspondientes a las quincena 01 a la 24 y sus respectivos finiquitos; de igual forma, deberá

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especificar claramente en cada una de ellas la cantidad de elementos pertenecientes a este

CAEPCCM, por categoría (Estructura / Base técnico operativo) y tipo de nómina (1/4).

Para el caso de los reintegros de nómina, además de los elementos citados anteriormente, se deberá

remitir la ficha de depósito correspondiente así como especificar los elementos pertenecientes a este

CAEPCCM que no cobraron los sueldos que se reintegran. Finalmente de presentarse en los reintegros

de nómina deductivas mayores a lo aplicado en la Cuenta por Liquidar Certificada de origen, deberán

realizarse las consultas ante las instancias correspondientes para obtener opinión favorable y la

Dirección de Recursos Financieros realice las gestiones necesarias para su trámite, de no ser así será el

área solicitante la responsable de la no aplicación de los Documentos Múltiples de Aviso de Reintegro

ante las instancias solicitantes.

El área solicitante es responsable de la comprobación de la nómina emitida, así como de los reintegros

respectivos, por lo que será la encargada de la guarda y custodia de la documentación soporte de dicho

pago (comprobantes de pago), la cual deberá ser coincidente con los montos solicitados.

V.3. En el caso de nómina correspondiente a pago de vales y estímulos extraordinarios que

correspondan a gasto centralizado, la Dirección de Recursos Humanos de este CAEPCCM deberá

enviar oficio de solicitud de trámite de pago a la Dirección de Recursos Financieros, anexando el

Analítico de Claves Presupuestales en medio magnético e impreso, copia simple de los reportes de

la nómina SIDEN publicados en Internet debidamente validados, así como la autorización de la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor del Gobierno

del Distrito Federal, liberando los recursos solicitados.

V.4. Para el caso de la partida presupuestal 1308 “Compensaciones por Servicios Eventuales” se

deberá enviar el oficio original de la autorización de la Dirección General de Administración y

Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal y el oficio de petición

por parte de la Dirección de Recursos Humanos de este CAEPCCM, estipulando el monto bruto,

las deducciones, el importe neto a pagar, nombre completo del beneficiario y su Registro Federal

de Contribuyentes (R.F.C.). De existir excepciones tales como la aplicación de un mandato judicial,

este deberá ser informado a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la

Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, para que, su opinión se realice de acuerdo con lo

estipulado por el Juez, con la finalidad de que esta Dirección cuente con la documentación soporte

de acuerdo a norma.

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V.5. Para las partidas presupuestales 1316 “Liquidaciones por Indemnizaciones y por Sueldos y

Salarios Caídos” y 1317 “Liquidaciones por Haberes Caídos”, el titular de la Dirección de Recursos

Humanos, deberá enviar oficio de solicitud de trámite de pago, informando el importe bruto, las

retenciones y el importe neto a pagar; asimismo, se deberá anexar el original del formato del

cálculo de sueldos y salarios caídos con firmas autógrafas de los servidores públicos del Centro de

Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, facultados para ello,

acompañada de la sentencia, laudo o resolución jurisdiccional respectiva, Visto Bueno de la

Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal, y el oficio que

comunique por parte de la propia Consejería Jurídica la orden del Juez o autoridad competente.

En caso de existir modificaciones a la sentencia, laudo o resolución jurisdiccional, que obliguen a

realizar cambios en la Cuenta por Liquidar Certificada, estas deberán contar con la documentación

soporte necesaria para su pago.

El cálculo, así como la revisión y validación de la documentación soporte de dicho pago será

responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos.

V.6. En el caso de la partida 1505 “Prestaciones de Retiro” el titular de la Dirección de Recursos

Humanos, deberá enviar relación anexa de la nómina autorizada, asentando el importe bruto, neto

y deductivas aplicables que le será pagado al beneficiario, así como las autorizaciones que señale

la normatividad vigente,

la nómina emitida es responsabilidad del área solicitante y deberá obrar en los archivos de ésta.

V.7. Para la partida 1507 “Otras Prestaciones” Destino de Gasto 06, se requiere de la autorización de la

Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, así como que el titular de la Dirección de

Recursos Humanos de este Centro, envíe oficio de solicitud de pago de becas educativas.

VI. Requisitos adicionales para el trámite de pago relativo a los Capítulos 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”.

VI.1.- En todos los casos, la documentación consignará el sello y firma del titular del Almacén,

constatando la entrada en el Almacén General o Almacén correspondiente; así como, nombre,

cargo y firma del titular del área usuaria solicitante de conformidad con el servicio o bien

proporcionado.

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VI.2. En el caso de las partidas 2201 “Alimentación de Personas” y 2202 “Alimentación de Animales”,

adicionalmente de los requisitos generales establecidos en el punto III.1, se anexará copia simple

de la Fianza y/o seguro de Responsabilidad Civil.

VI.3. Respecto a la partida 3301 “Honorarios” la Dirección de Recursos Humanos del Centro deberá

remitir dentro de los tiempos establecidos la nómina correspondiente a los prestadores de

servicios profesionales para su trámite respectivo, conteniendo los folios (relación del personal) e

importes a pagar debidamente revisados y signados por los funcionarios autorizados para ello., Es

importante señalar que, previo a la contratación de servicios profesionales, se requiere

autorización de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito.

VI.4. Para la partida 3411 “Servicios de Vigilancia”, los cuales son prestados por la Policía Auxiliar y

Bancaria e Industrial, el área usuaria deberá verificar que se cuente con la liberación de la partida

consolidada, así como con las Bases de Colaboración debidamente suscritas; contar con las

fatigas de los servicios prestados debidamente validadas y conciliadas y apegarse a los

Lineamientos en materia de Seguridad y Vigilancia emitidos por la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal.

VI.5. Referente a las partidas 3601 “Gastos de propaganda e imagen Institucional” y 3602 “Gastos de

difusión de servicios públicos y campañas de información”, se debe contar con el oficio de solicitud

de la Subdirección de Comunicación Social de este Centro y con el oficio de autorización de la

Dirección General de Comunicación Social del Gobierno del Distrito Federal.

Cualquier gasto que se pretenda erogar con cargo a estas partidas presupuestales, además de

contar con la aprobación de la Dirección General de Comunicación Social del Gobierno del Distrito

Federal en cuanto a tipo, medio, características y tiraje, deberá tener la autorización de la Oficialía

Mayor del Gobierno del Distrito Federal, para que este Centro se encuentre en condiciones de

erogar los recursos.

VI.6. Respecto al ejercicio de las partidas 3603 "Publicaciones oficiales para difusión e información",

3605 "Impresión de documentos oficiales para la presentación de servicios públicos, identificación,

formatos administrativos y fiscales, formas valoradas, certificados y títulos" y 3606 "Otros gastos

de publicación, difusión e información", se deberá remitir la aprobación de la Dirección General de

Comunicación Social del Gobierno del Distrito Federal, en cuanto a tipo, medio, características y

tiraje; así como la autorización de la Oficialía Mayor en cuanto a la erogación de los recursos.

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VI.7. En cuanto al concepto 3800 “Servicios Oficiales”, relativo a las erogaciones que se realicen con

motivo de servicios que demande la celebración de actos y ceremonias oficiales por las

dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal, invariablemente se deberá enviar la petición a la Dirección de Recursos Financieros de

este Centro, con la debida anticipación, a efecto de hacer las previsiones presupuestales, misma

que se integrará con la siguiente documentación:

1. Convenio de colaboración debidamente formalizado, justificación y datos del beneficiario.

2. Acuerdo firmado por el C. Director General del Centro de Atención a Emergencias y

Protección Ciudadana de la Ciudad de México, de conformidad con la norma establecida

en el oficio SE/781/05, signado por la Subsecretaría de Egresos.

La procedencia del trámite de los servicios que se aplican a este concepto estará sujeta a la

disponibilidad presupuestal, así como los criterios de austeridad y racionalidad implementados por

el Gobierno del Distrito Federal.

Es importante mencionar que los compromisos que no se apeguen a los puntos expuestos, así

como a la normatividad vigente, serán rechazados, siendo total responsabilidad del área que

incurrió en su omisión.

VI.8. Para la partida 4102 “Funerales”, se deberá enviar anexo al oficio de solicitud de la Dirección de

Recursos Humanos, Dictamen favorable, Designación de Beneficiario del Seguro de Vida

Institucional y Copia de la Credencial de Elector del Beneficiario.

VI.9. Para la partida 4103 “Pagas de Defunción”, se deberá enviar anexo al oficio de solicitud de la

Dirección de Recursos Humanos del Centro, original del recibo que por concepto de pago de esta

prestación, otorguen los beneficiarios debidamente formalizado por los servidores públicos

facultados para ello, así como original de factura de gastos funerarios validada mediante firma

autógrafa al reverso por el Director de Área, acta de defunción y acta del registro civil que acredite

el entroncamiento con el de cujus; así como copia simple de identificación oficial del finado, de

identificación oficial del beneficiario, del último talón de pago y de la hoja de servicios del finado.

VI.10. Para la partida 4104 “Becas”, se deberá enviar anexo al oficio de solicitud de la Dirección de

Recursos Humanos del Centro, copia del “Programa Anual de Becas” autorizado, relación de los

becarios debidamente formalizada por los servidores públicos facultados para ello, así como copia

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del oficio de autorización emitido por la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Personal de la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor del Gobierno

del Distrito Federal.

VI.11. En cuanto a la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, se deberá anexar al oficio de solicitud,

autorización firmada por el C. Director General del Centro de Atención a Emergencias y Protección

Ciudadana de la Ciudad de México, de conformidad a la norma establecida para estas

erogaciones.

VII. Requisitos adicionales para realizar el trámite de pago relativo al Capítulo 5000 “Bienes Muebles

e Inmuebles”.

VII.1. Sello de entrada de los bienes al Almacén.

VII.2.- Firma de acuse en la factura, de haber recibido los bienes en forma satisfactoria por parte del

responsable del área usuaria.

VII.3.- Copia del Dictamen de Autorización que aplique por parte de las siguientes instancias:

1. Comités Técnicos de Especialidad.

2. Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de este Centro.

3. Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal.

4. Contraloría General del Distrito Federal.

5. Gabinete de Gestión Pública Eficaz.

6. Contraloría Interna.

VIII. Requisitos adicionales para el trámite de pago relacionado con el Capítulo 6000 “Obras

Públicas”.

VIII.1. Autorización del Subcomité correspondiente para realizar la obra.

VIII.2. En su caso, copias de las Pólizas - Fianzas de Anticipo y Fianza de Cumplimiento de Contrato y

seguro de responsabilidad civil.

VIII.3. En el caso de la estimación de Finiquito, anexar el documento original, incluir copia de la Fianza de

Vicios Ocultos y Acta Entrega – Recepción de la obra realizada.

VIII.4. Supervisión de la obra validada por una empresa independiente a la que realizó los trabajos.

IX. Información relacionada con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) que deberán cumplir los proveedores de bienes y prestadores de servicios a fin de realizar el trámite de pago.

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Para efectuar el trámite de la Cuenta por Liquidar Certificada será requisito indispensable que el

proveedor, prestador de servicios o contratista, presente el formato para depósito interbancario con

Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos. Siendo responsabilidad del área contratante que

verifique su alta una vez que se solicite el trámite de pago, de no contar con ello será motivo de rechazo.

En todos los requisitos señalados en los presentes lineamientos, la documentación soporte que

ampare la entrega del recurso, su guarda y custodia, así como la revisión y validación de que se

cumpla con los requisitos establecidos para el otorgamiento de la prestación y, en su caso, la

obtención de las autorizaciones correspondientes, siempre serán responsabilidad del área

solicitante y deberán obrar en sus archivos.

X. Áreas y servidores públicos facultados para informar y asesorar sobre el seguimiento al trámite de documentación.

En caso de que los proveedores de bienes o prestadores de servicios requieran información relativa a la

situación que guarda el trámite de la documentación, así como para la asesoría sobre la aplicación de

los presentes lineamientos, únicamente los siguientes servidores públicos se encuentran facultados para

proporcionar dicha información:

Lic. José Guadalupe Rea Prieto Director de Recursos Financieros 55 92 77 72

Rodolfo Reyes Gil Subdirector de Programación y Presupuesto 55 92 77 72

J.U.D de Integración Programática

Presupuestaria 55 92 77 72

XI. El horario de atención de la Mesa de Recepción de Documentos para Trámite de Pago será de

lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas.

Es importante señalar que los documentos que se presenten para trámite de pago en forma posterior al

día 20 de cada mes, se procesarán en los primeros días hábiles del mes siguiente, debido a las fechas

de cierre establecidas por la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, incluidos todos aquellos

relacionados con trámites de pago diferentes a nómina SIDEN.

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12 Abraham González No. 67● Col. Juárez ● C.P. 06068

Delegación Cuauhtémoc ● Tel 57 92 77 72

Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación.

XII. Vigencia

Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir del 1o octubre de 2010, por lo que quedan sin

efecto todas aquellas disposiciones emitidas con anterioridad.

Elaboró: Autorizó:

Lic. José Guadalupe Rea Prieto Director de Recursos Financieros del

CAEPCCM

Lic. Gerardo X. González Manjarrez Coordinador Ejecutivo de Administración e

Implementación del CAEPCCM