der. financiero1 5

11
Derecho Financiero 6 1. SEÑALE LA IMPORTANCIA DEL DERECHO FINANCIERO El Derecho Financiero es importante porque es una disciplina jurídica que tiene como finalidad el estudio de las normas, principios y reglas las mismas que organizan los recursos del Estado y a los contribuyentes, la distribución de éstos recursos es mediante la percepción, administración y empleo de los ingresos y egresos públicos destinados a los diferentes fines y necesidades de la sociedad. Denominamos ingreso público comprende los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales), los ingresos procedentes de los bienes patrimoniales (como pueden ser los bienes administrativos, bienes del dominio público y patrimoniales), los productos de operaciones de la deuda pública (capitales tomados a préstamo por los entes públicos), y los ingresos que proceden de monopolios fiscales (actualmente lo son la lotería nacional y el tabaco)Además podemos agregar que regula la actividad Financiera del Estado y de las entidades públicas y a la vez, Denominamos egresos y/o gasto público aquello que comprende básicamente el programa de gastos que se aprueban por ley de año en año (presupuestos del Estado), y las obligaciones del Estado

Upload: yazminuni

Post on 10-Apr-2016

214 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Derecho Financiero-.1

TRANSCRIPT

Page 1: Der. Financiero1 5

Derecho Financiero 6

1. SEÑALE LA IMPORTANCIA DEL DERECHO FINANCIERO

El Derecho Financiero es importante porque es una disciplina jurídica que tiene

como finalidad el estudio de las normas, principios y reglas las mismas que

organizan los recursos del Estado y a los contribuyentes, la distribución de éstos

recursos es mediante la percepción, administración y empleo de los ingresos y

egresos públicos destinados a los diferentes fines y necesidades de la sociedad.

Denominamos ingreso público comprende los tributos (impuestos, tasas y

contribuciones especiales), los ingresos procedentes de los bienes patrimoniales

(como pueden ser los bienes administrativos, bienes del dominio público y

patrimoniales), los productos de operaciones de la deuda pública (capitales tomados

a préstamo por los entes públicos), y los ingresos que proceden de monopolios

fiscales (actualmente lo son la lotería nacional y el tabaco)Además podemos agregar

que regula la actividad Financiera del Estado y de las entidades públicas y a la vez,

Denominamos egresos y/o gasto público aquello que comprende básicamente el

programa de gastos que se aprueban por ley de año en año (presupuestos del

Estado), y las obligaciones del Estado

Por ello podemos decir que el Derecho Financiero regula la Actividad Financiera

del Estado y de las entidades públicas.

2. SEÑALE LAS RAMAS DEL DERECHO FINANCIERO, EXPLIQUIE

BREVEMENTE.

DERECHO TRIBUTARIO.- Tiene por finalidad el estudio de las normas legales,

reglas y principios de regulan las imposiciones tributarias, a su vez, ésta rama se

divide en tres:

DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL.- Se encarga del estudio de las

normas que regulan la relación jurídica tributaria y su resultado de ésta como

la obligación tributaria, el domicilio fiscal, el hecho imponible, las

Page 2: Der. Financiero1 5

Derecho Financiero 7

exenciones tributarias, etc., tiene potestad tributaria desconcentrada para

crear tributos diferentes del impuesto como son las contribuciones y tasas.

DERECHO TRIBUTARIO FORMAL.- Es también Derecho Tributario

Administrativo porque tiene como materia las normas que regulan la

actuación de la administración tributaria a fin de identificar a la persona

responsable del pago, precisar su monto, acotar y liquidar el tributo, realiza

una actividad fiscalizadora.

DERECHO TRIBUTARIO PROCESAL.- Su función es disciplinar el

reclamo tributario, los procedimientos no contenciosos, los medios

impugnatorios, así como la queja tributaria.

DERECHO INTERNACIONAL TRIBUTARIO.- Tiene la cualidad de generar

tratados o convenios que regulan los hechos tributarios de carácter internacional, ya

sea por la nacionalidad o domicilio de los contribuyentes o por el lugar donde

celebran sus negocios.

DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO.- Su función principal es regular

la potestad tributaria tanto originaria como derivada.

DERECHO PENAL TRIBUTARIO.- Tiene la capacidad de sancionar mediante

orden coactivo toda conducta contraria a la norma legal, comprende la sanción de

los delitos, las faltas y las contravenciones, mediante penas menores como son las

multas, comisiones, etc.

3. SEÑALE LA DIFERENCIA ENTRE DERECHO FINANCIERO Y

DERECHO TRIBUTARIO.

Como se había mencionado el Derecho Financiero es una disciplina jurídica que

tiene como finalidad el estudio de las normas, principios y reglas las mismas que

organizan los recursos del Estado.

A su vez, comprende la regulación jurídica de los tributos, del presupuesto, de la

ejecución de gastos y de los empréstitos.

Page 3: Der. Financiero1 5

Derecho Financiero 8

Mientras que el Derecho Tributario es una rama del Derecho Financiero (también

conocido como derecho fiscal) , circunscrito únicamente a los ingresos públicos, el

mismo que regula los tributos, así como también los poderes, deberes y

prohibiciones que los complementan, cuyo título es la ley, es decir, cuyo vínculo se

encuentra en la Derecho Público y no en el Derecho Privado, ejerce su poder

tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos mediante el tributo

y las obligaciones tributarias que sirven para sufragar el gasto público en aras de la

consecución del bien común

4. CONCEPTUALICE BREVEMENTE QUE ES EL TRIBUTO.

Entre los diversos recursos con que cuenta el Estado para la satisfacción de las

necesidades públicas tienen fundamental importancia los ingresos genéricamente

conocidos como " TRIBUTOS " o " contribuciones ", que constituyen un

gravamen que el Estado, en  forma unilateral  y  en ejercicio de sus potestades,

impone  a los particulares.

Dicho gravamen ha dado lugar a la formación de la disciplina jurídica que trata de

los principios  y  normas que la constituyen y que forman  el  Derecho Tributario.

5. PRECISE LAS CLASES DE TRIBUTOS

Para estos efectos, el término genérico tributo comprende:

Impuesto: Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación

directa en favor del contribuyente por parte del Estado.

Contribución: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador

beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades

estatales.

Tasa: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación

efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el

contribuyente.

Page 4: Der. Financiero1 5

Derecho Financiero 9

TRIBUTOS PARA EL GOBIERNO CENTRAL

- IMPUESTO A RENTA.- Es el impuesto de periodicidad anual, que grava las

rentas provenientes del capital. La Ley establece la presencia de una renta neta y

una renta bruta y para ello se ha establecido cinco categorías.

Renta de 1era. Categoría: La producen los arrendamientos,

subarrendamientos y cesión de bienes.

Renta de 2da. Categoría: Está constituida por intereses de la colocación

de capitales, las regalías, las patentes, las rentas vitalicias.

Renta de 3era. Categoría: Inicia cuando de producen las actividades de

comercio o industria.

Renta de 4ta. Categoría: Se constituye por el trabajo independiente,

profesión, arte u oficio, así como los integrantes de los directorios,

sindicatos.

Renta de 5ta. Categoría: Se constituye por el trabajo dependiente de los

ingresos de prestaciones de servicios.

- RENTA A LAS VENTAS.- O también llamado impuesto al valor agregado,

grava el precio de la compra en el país, de bienes muebles., la prestación de

bienes o de servicios en el país.

No se consideran actividades de renta a las ventas:

El arrendamiento y demás cesiones de uso de bienes muebles o inmuebles.

La transferencia de bienes usados.

La transferencia de bienes que se realice como consecuencia de la

reorganización de empresas.

La importación de bienes donados a entidades religiosas.

Las operaciones de compra y venta de oro y plata que realice el Banco

Central de Reserva del Perú.

La transferencia o importación de bienes prestados de servicios que efectúen

las instituciones educativas o particulares.

Los pasajes internaciones adquiridos por la Iglesia Católica para sus agentes

pastorales.

Los servicios que presenten las AFP.

Page 5: Der. Financiero1 5

Derecho Financiero 10

Las importaciones o transferencias a título gratuito.

Los intereses o ganancias de capital generados por Certificados de Depósitos

del BCR.

Los juegos de azar y apuestas.

La venta o importación de medicamentos y/o insumos necesarios para la

fabricación nacional de los equivalentes terapéuticos que importan para el

tratamiento de enfermedades del VIH.

Los servicios de comisión mercantil prestados a personas no domiciliadas.

- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.- Grava las ventas y las importación

de diversos bienes como licores y otros.

- DERECHOS ARANCELARIOS.- Trámites administrativos

Tasas por la prestación de servicios públicos

El Régimen Único Simplicado – RUS

TRIBUTOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES

- IMPUESTO PREDIAL.- Grava la propiedad o la posesión inmobiliaria de

bienes rustico como bienes urbanos. La administración le corresponde a la

Municipalidad Distrital

Están inafectos para el pago del impuesto

El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades

Los gobiernos extranjeros

Las entidades religiosas

Las sociedades benéficas

El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

Las entidades públicas destinadas a prestar servicios médicos asistenciales.

Universidades y Centros educativos

Las concesiones dedicados al aprovechamiento forestal

Los predios de los partidos políticos.

Los predios de organizaciones con discapacidad

Los predios de organizaciones sindicales reconocidas por el MT.

Page 6: Der. Financiero1 5

Derecho Financiero 11

- IMPUESTO DE ALCABALA.- Grava la transferencia del inmueble, ya sea a

título oneroso o a título gratuito. El impuesto no tiene periodicidad. La

administración del impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital.

Están inafectos para el pago del impuesto

El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades

Los gobiernos extranjeros

Las entidades religiosas

El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

Universidades y Centros educativos

- IMPUESTO AL PATRIMONIO AUTOMOTRIZ.- Grava la propiedad de

vehículos con una antigüedad de 3 años como máximo. El tributo es de

periodicidad anual.

No están afectos al pago de impuestos los vehículos nuevos destinados al

transporte masivo de pasajeros ni los remolques.

Están inafectos para el pago del impuesto

El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades

Los gobiernos extranjeros

Las entidades religiosas

El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

Universidades y Centros educativos

- IMPUESTO A LAS APUESTAS.- Grava los ingresos de las empresas que

realizan eventos hípicos y similares en las que se realizan apuestas. El impuesto

es de periodicidad mensual.

- IMPUESTOS A LOS JUEGOS.- Grava a las loterías, rifas y bingos, así como a

la obtención de los premios en juegos de azar. El impuesto es de periodicidad

mensual. La aplicación de las tasas son:

Bingos, rifas y sorteos (10%)

Pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos (10%)

Loterías y otros juegos de azar (10%)

Page 7: Der. Financiero1 5

Derecho Financiero 12

- IMPUESTO A LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS.- Grava al pago por ingreso

a espectáculos, siempre que no sean deportivos ni auspiciados por el Instituto

Nacional de Cultura.

No están gravados:

Los espectáculos de Opera, Opereta, Ballet, Circo, Folklore nacional,

calificados como espectáculos culturales

La aplicación de las tasas son:

Espectáculos taurinos (15%)

Carreras de caballos (15%)

Espectáculos cinematográficos (10%)

Otros (15%)

- CONTRIBUCIÓN ESPECIAL POR OBRAS PUBLICAS.- Grava los beneficios

derivados del a ejecución de obras públicas que realizan las municipalidades.

CONTRIBUCIONES CREADAS POR CADA MUNICIPALIDAD.

- TASAS CREADAS POR CADA MUNICIPALIDAD.- Las tasas son tributos

que se pagan por servicios individualizados en el contribuyente.

Los tributos administrados por el Estado y que este transfiere a las municipalidades

encontramos:

- IMPUESTO DE PROMOCION MUNICIPAL.- Constituido por el 2% del IGV

- IMPUESTO AL RODAJE.- Constituye un porcentaje de la gasolina

- PARITICIPACIÓN EN LAS RENTAS DE ADUANAS.- Es el 2% de la

recaudación de la aduana ubicada en la jurisdicción municipal.

- IMPUESTO A LAS EMBARCACIONES DE RECREO.- Es la propiedad de las

naves de recreo administrada por la capitanía de puertos.

- IMPUESTO A LAS MAQUINAS TRAGAMONEDAS.- Grava las utilidades

que se obtiene por cada máquina.

Page 8: Der. Financiero1 5

Derecho Financiero 13

- CONTRIBUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

- CONTRIBUCIÓN AL SENATI

- CONTRIBUCIÓN AL SENSICO