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Departamento Administrativo Nacional de Estadística Producción Estadística PES Dirección de Metodología y Producción Estadística - DIMPE Marzo de 2020 Manual de Diligenciamiento Encuesta Anual Manufacturera

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Departamento Administrativo Nacional de Estadística

Producción Estadística PES

Dirección de Metodología y

Producción Estadística - DIMPE

Marzo de 2020

Manual de Diligenciamiento

Encuesta Anual

Manufacturera

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TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................... 4

OBJETIVO………………………………………………………………………………………….5 1. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION .................................................................... 5

1.1. OBJETIVO GENERAL ............................................................................................. 5

1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS .................................................................................... 5

2. CONCEPTOS GENERALES .................................................................................... 6

3. INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO– EAM ............... 6

3.1. ACCESO AL FORMULARIO ELECTRÓNICO ........................................................... 6

3.2 INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO ............................................................. 9

4. PARTES CONSTITUTIVAS DEL FORMULARIO .................................................... 9

4.1 MÓDULO I. CARATÚLA ÚNICA-DIRECTORIO DE ESTABLECIMIENTOS ............. 17

4.2 MÓDULO I. ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL ....................................................... 25

4.3 MÓDULO II. PERSONAL OCUPADO (PROMEDIO) EN EL AÑO, COSTOS Y GASTOS DEL PERSONAL OCUPADO .......................................................................... 26

4.4 MÓDULO III. OTROS COSTOS Y GASTOS CAUSADOS, ACTIVOS FIJOS E INVERSIONES ............................................................................................................... 33

4.5 MÓDULO IV. ENERGÍA ELÉCTRICA – OTROS ENERGÉTICOS CONSUMIDOS 39

4.6 MÓDULO V. PRODUCTOS ELABORADOS, MATERIAS PRIMAS, EXISTENCIAS….. ........................................................................................................... 43

4.7 MÓDULO VI. INGRESOS DE OTRAS ACTIVIDADES, UNIDADES AUXILIARES 52

5. ANEXOS .................................................................................................................... 58

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Encuesta Anual Manufacturera – EAM

CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 2 FECHA: 03.-02-2020

PROCESO: Producción Estadística - PES SUBPROCESO: Encuesta Anual Manufacturera

ELABORÓ: Profesional Especializado Temática Económica EAM

REVISÓ: Coordinador Temática APROBÓ: Director DIMPE

PRESENTACIÓN

Este documento contiene las normas necesarias para el diligenciamiento adecuado del formulario de la Encuesta Anual Manufacturera, por ello es importante su lectura antes de proceder a diligenciar la información solicitada, de igual manera los funcionarios del Departamento están en disposición de prestarle la asesoría que usted requiera, con el propósito de que pueda cumplir oportunamente con el envío de la información al DANE.

Todos los datos que usted le reporte al DANE son estrictamente confidenciales es por esto que la publicación de resultados se presentan en forma agrupada conservando la reserva estadística del microdato (información suministrada por cada empresa). No cabe duda de la relevancia de esta encuesta para la realidad del país, por tanto la entidad requiere del compromiso y máximo esfuerzo profesional, no solo de sus funcionarios y colaboradores sino principalmente de usted señor empresario ya que sin su aporte sería imposible llevar a cabo esta tarea. Por ello, de antemano, el DANE agradece su contribución en el cumplimiento de esta meta y espera seguir contando con su valiosa colaboración.

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Encuesta Anual Manufacturera – EAM

CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 3 FECHA: 03.-02-2020

PROCESO: Producción Estadística - PES SUBPROCESO: Encuesta Anual Manufacturera

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REVISÓ: Coordinador Temática APROBÓ: Director DIMPE

INTRODUCCIÓN

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE respondiendo a las necesidades que tiene el país de contar con cifras oportunas que reflejen el comportamiento del sector manufacturero, inicia la EAM en 1955 con el propósito de suplir necesidades de información relacionada con el sector industrial, y que era demandada por la academia, investigadores, gremios y entidades del orden público y privado; además para responder a diversos compromisos internacionales. Desde esta fecha la operación estadística se adelanta ininterrumpidamente y está orientada a investigar el comportamiento de los establecimientos industriales que ocupan diez o más personas o que en su defecto registren un valor de producción anual igual o superior un valor que se especifica para cada año de referencia. Este tope en el valor de la producción se incrementa anualmente con base en el Índice de precios al productor (IPP) del DANE, correspondiente al sector manufacturero. En el presente documento se encuentran las instrucciones para el diligenciamiento de cada uno de los seis (6) capítulos del formulario. Es de mencionar que estas instrucciones pueden ser consultadas en cada uno de los módulos que se encuentra en la pantalla principal del sistema. La información se solicita anualmente, mediante la página web el usuario (responsable en la empresa del diligenciamiento del formulario), podrá ingresar fácilmente la información solicitada en este, así como revisar y validar los datos diligenciados de la información suministrada al DANE y conservar una copia del formulario reportado. Adicional a las instrucciones suministradas a continuación, se cuenta con el acompañamiento permanente por parte de los funcionarios del DANE, quienes estarán prestos a solucionar sus inquietudes.

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Encuesta Anual Manufacturera – EAM

CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 4 FECHA: 03.-02-2020

PROCESO: Producción Estadística - PES SUBPROCESO: Encuesta Anual Manufacturera

ELABORÓ: Profesional Especializado Temática Económica EAM

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OBJETIVO

El presente documento tiene como finalidad orientar a los industriales en el diligenciamiento del formulario de la Encuesta Anual Manufactura –EAM, de acuerdo con los parámetros establecidos en los requerimientos metodológicos de la operación estadística, proporcionando pautas e instrucciones para diligenciar correctamente la información, describiendo las variables de cada uno de los módulos componentes de la EAM.

1. OBJETIVOS DE LA OPERACIÓN ESTADÍSTICA

1.1. Objetivo general

Obtener la información básica del sector manufacturero, que permita el conocimiento de su estructura, características y evolución.

1.2. Objetivos específicos

Generar las estadísticas básicas para el cálculo de los valores agregados económicos del sector y para las cuentas nacionales.

Determinar la composición de la producción y del consumo de materias primas en el sector.

Proporcionar las características del marco muestral para investigaciones que se lleven a cabo en el sector manufacturero.

Obtener la distribución regional, la concentración o dispersión geográfica de la actividad industrial.

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Encuesta Anual Manufacturera – EAM

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2. CONCEPTOS GENERALES

Industria manufacturera

Son las actividades de las unidades estadísticas que se dedican a la transformación física o química de materiales, sustancias y componentes, en productos nuevos; el trabajo se puede realizar con máquinas o a mano, y en una fábrica o a domicilio. Es la transformación mecánica o química de sustancias orgánicas e inorgánicas en productos nuevos, ya sea que el trabajo se efectúe con máquinas o a mano, en fábrica o a domicilio, o que los productos se vendan al por mayor o al por menor.

Establecimiento industrial Combinación de actividades y recursos que de manera independiente realiza una empresa o parte de una empresa para la producción del grupo más homogéneo posible de bienes manufacturados, en un emplazamiento o desde un emplazamiento o zona geográfica, y de la cual se llevan registros independientes sobre materiales, mano de obra y demás recursos físicos que se utilizan en el proceso de producción y en las actividades auxiliares o complementarias, entendiéndose como actividades auxiliares aquellas que proveen servicios que no llegan a ser incorporados en el producto terminado y que se toman como parte de las labores y recursos del establecimiento. Empresa o parte de una empresa que, de manera independiente, se dedica exclusivamente a un tipo de actividad económica en un emplazamiento desde un emplazamiento o dentro de una zona geográfica y respecto de la cual, como unidad estadística de observación, existen o pueden recopilarse con alguna precisión datos que permiten calcular producción y sus costos.

Empresa Entidad institucional en su calidad de productora de bienes y servicios. Es un agente económico con autonomía para adoptar decisiones financieras y de inversión y con autoridad y responsabilidad para asignar recursos a la producción de bienes y servicios y que puede realizar una o varias actividades productivas. La empresa es la unidad estadística para la que se compilan las estadísticas financieras de las cuentas de ingresos y gastos y de financiación de capital, en el Sistema de Cuentas Nacionales - SCN.

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3. INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO– EAM

A continuación encontrará las indicaciones que debe seguir la gerencia general o

a quien delegue, para el correcto diligenciamiento del formulario de la Encuesta

Anual Manufacturera. Léalas cuidadosamente antes de registrar la información

solicitada.

3.1. ACCESO AL FORMULARIO ELECTRÓNICO

El diligenciamiento de la Encuesta Anual Manufacturera se realiza a través del

formulario electrónico, en el siguiente link http://formularios.dane.gov.co/eam/,

donde puede acceder a este para realizar el reporte de la Encuesta, en el cual consignar la información de la actividad manufacturera desarrollada en el año por dicho(s) establecimiento(s).

al funcionario del DANE nuevamente su correo de notificación para obtener su usuario y contraseña. En la carta de notificación puede obtener también el link de ingreso al diligenciamiento. Otra opción de ingreso al aplicativo de la EAM ,es a través de la página www.dane.gov.co, ubique el menú “Estadísticas por tema”, una vez elegida la opción industria se despliega el menú de encuestas de Industria; ingrese a “Encuesta Anual Manufacturera (EAM)”, “Formulario electrónico”; allí podrá llevar a cabo el diligenciamiento de la información.

Navegador: para el óptimo funcionamiento del sistema se recomienda utilizar únicamente los navegadores: Mozilla Firefox, o Google Chome.

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Una vez seleccionada la opción Encuesta Anual Manufacturera EAM se elige la opción formulario electrónico:

Se elige la opción Encuesta Anual Manufacturera EAM y posteriormente, la opción

formulario electrónico:

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Una vez se ingresa el aplicativo este despliega unas instrucciones generales para

el desarrollo del formulario de la EAM y si presenta alguna inquietud consulte el

manual, el cual facilitara el diligenciamiento de la encuesta.

El sistema permite cambiar la clave de ingreso en caso de que usted señor

empresario desee cambiarla por su seguridad.

3.2 INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO

Tenga en cuenta:

En los módulos donde se solicitan valores regístrelos siempre en miles de pesos

(valor en pesos dividido en mil (1000). Registre siempre el valor causado en el año

para cada ítem.

Antes de dar por terminado el diligenciamiento del formulario, verifique que la

información consignada esté completa. Tenga en cuenta el tipo de campo que está

diligenciando e ingrese únicamente datos válidos; por ejemplo, al consignar valores

utilice únicamente números enteros.

4. PARTES CONSTITUTIVAS DEL FORMULARIO

El formulario está constituido por seis (6) capítulos y un módulo de envío “Indicadores” que se activa cuando termina de diligenciar. El diligenciamiento es

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secuencial y en orden, por tanto debe guardar el primero, para que se active el segundo y así sucesivamente. Resumen empresarial.

Con el formulario E: Resumen Empresarial, el DANE busca la información general de las empresas que desarrollan actividades industriales en más de un establecimiento y el de aquellas que combinan la manufactura con otras actividades económicas, tales como: minera, agropecuaria, comercial o de servicios (alojamiento, agencias de viaje, restaurantes, cafetería y expendio de bebidas, etc).

En este formulario deberá consignar la información de la actividad manufacturera desarrollada en el año por la empresa. A continuación usted encontrará las instrucciones básicas para el correcto diligenciamiento del formulario Resumen Empresarial. Sin embargo, los funcionarios del DANE a cargo de las investigaciones económicas estarán atentos para prestarle en forma gratuita la asesoría que usted requiera. Importante: verifique que la información que aparece prediligenciada corresponda a la de su empresa. Si no lo es, realice las correcciones del caso. NUMERAL 1. INGRESOS NETOS OPERACIONALES DE LA EMPRESA Indique, según se solicita en los renglones 1 a 12, en miles de pesos, sin incluir impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor de los ingresos netos de la empresa, provenientes de las diferentes actividades que desarrolla en cumplimiento de su objeto social. NUMERAL 2. PERSONAL (Promedio) OCUPADO POR LA EMPRESA

“Este numeral debe ser diligenciado por el departamento de personal” La información solicitada en este numeral se refiere al personal promedio ocupado en el año por la empresa, en desarrollo de su objeto social, de acuerdo con las labores que desarrollan (columnas 1 a 6), según el tipo de vinculación (renglones 1 a 5). Distribuya el personal promedio ocupado por la empresa en el año de acuerdo con las labores que desempeñan, según el tipo de vinculación, teniendo en cuenta las siguientes definiciones:

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CATEGORÍAS DE OCUPACIÓN (columnas 1 a 6). Directivos y empleados de la gerencia general: comprende las personas a cuyo cargo está la dirección y conducción de la política general de la empresa, entre otros: gerentes, subgerentes, directores/as y administradores/as, profesionales, técnicas y tecnólogas que desarrollan labores administrativas, contadores/as, auxiliares contables, secretarias/os, mensajeros/as, auxiliares de oficina, etc., que laboran específicamente en la gerencia general. Empleados de administración y ventas: comprende las personas a cuyo cargo está la administración de las diferentes unidades económicas que conforman la empresa, tales como: subgerentes, directores y administradores/as. Profesionales, personas técnicas y tecnólogas que desarrollan labores administrativas, contadores/as, auxiliares contables, secretarias/os, mensajeros/as, auxiliares de oficina, etc., vendedores/as, distribuidores o repartidores, personal de vigilancia y control, celadores/as y personal de servicios que no laboran en el área de producción u operación, sólo si su remuneración está a cargo de la empresa. Personal de operación y producción: comprende aquellas personas que laboran directamente en el área de producción u operación de las diferentes unidades productivas que conforman la empresa o que realizan labores directamente relacionadas a la producción u operación, tales como: profesionales de ingeniería mecánica, química, industriales, eléctricos, de minas, petróleos, etc., el personal de obreros y operarios, y en general las personas dedicados a las labores de producción u operación y de servicios que laboren en las dichas áreas siempre y cuando su remuneración este a cargo de la empresa. TIPO DE CONTRATACIÓN (renglones 1 a 5). Propietarios, socios y familiares sin remuneración fija: personas que trabajan en la empresa sin percibir, por su actividad, un salario determinado, por un tiempo no inferior a la tercera parte de la jornada normal (16 horas semanales). No Incluya las personas socias o miembros de la junta directiva a quienes se les paga únicamente por asistencia a las reuniones o, derivan ingresos de las utilidades. Sí una persona propietaria, socia o familiar tiene asignada una remuneración fija, debe incluirse en la categoría de ocupación que le corresponda, según el trabajo que realice y el tipo de contratación. Las personas que sean socias de las cooperativas que trabajan en la empresa y reciben por sus labores una remuneración diferente a salario, se reportaran como personal permanente (renglón 2), en las columnas que correspondan, según las labores que desempeñen.

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Personal permanente (contrato a término indefinido): corresponde al promedio anual de personal de nómina o planta con vínculo laboral directo con la empresa mediante "contrato a término indefinido". No incluya: las personas que trabajan con licencia ilimitada y no remunerada, trabajadores en servicio militar, ni personas pensionadas.

Personal temporal (contrato a término definido) contratado directamente por la empresa: corresponde al personal eventual vinculado mediante contrato a término definido para desarrollar labores esporádicas específicas por una remuneración pactada. Incluya en esta categoría el promedio de personas contratadas directamente por la empresa para realizar labores a "destajo" o por "obra".

Personal temporal ocupado vinculado a través de empresas especializadas en el suministro de personal: corresponde al personal promedio anual eventual, sin relación laboral ni contractual con la empresa, vinculado a través de empresas especializadas en suministro de personal. No incluya el personal de empresas de outsourcing que se encuentran realizando algún tipo de labor para la empresa. Aprendices y pasantes (Ley 789 de 2002): son aquellos/as estudiantes en etapa práctica, del SENA, universidades, instituciones de formación superior, técnica, tecnológica, escuelas de artes u oficios y similares, que conforme a la ley o por un período convenido, trabajan en las áreas de producción o de administración y ventas de la empresa. NUMERAL 3. COSTOS Y GASTOS CAUSADOS POR LA EMPRESA. Los valores reportados en los reglones 1 a 26 deben corresponder a los causados en el año. Por ningún motivo incluya valores causados en años anteriores y pagados este año.

Renglón 1: registre el valor causado en el año por concepto de: sueldos, salarios, horas extras, festivos, comisiones por ventas, viáticos permanentes, prestaciones sociales, vacaciones, primas legales y extralegales, cesantías e intereses sobre las cesantías, cotizaciones patronales obligatorias a la seguridad social, SENA, ICBF, cajas de compensación familiar, etc. Incluya aquí el valor cobrado por empresas que suministran personal temporal a la empresa. Renglón 2: registre, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado por el total de los insumos, materias primas, materiales y

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empaques consumidos por las diferentes unidades económicas constitutivas de la empresa durante el año, en el desarrollo de su objeto social.

Renglón 3: reporte el costo, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), causado por todos aquellos bienes que no fueron producidos por la empresa y que se vendieron en las mismas condiciones en que se compraron.

Renglón 4: registre el costo, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), causado por todos aquellos insumos, materias primas, materiales, empaques, adquiridos para ser utilizados en el proceso productivo u operativo, pero que, por diferentes razones, no se consumieron y fueron vendidos sin efectuarles ninguna transformación. Renglón 5: informe, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor cobrado por otras empresas a las cuales les fue suministrada la totalidad o parte de los insumos, materias primas y materiales necesarios para la elaboración o terminación de productos. Incluya aquí el valor causado por personas sin ningún vínculo laboral, que realizan en su domicilio particular labores productivas para la empresa. Renglón 6: reporte el costo, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo) causado por aquellos servicios contratados con empresas especializadas en outsourcing. Si se trata de servicios de producción u operación, infórmelos en el renglón 5.

Renglón 7: informe el valor, en miles de pesos y sin impuestos Indirectos (IVA y consumo), causado por la contratación esporádica, ocasional o accidental de personas naturales o jurídicas, para prestación de servicios profesionales o técnicos, como honorarios causados por profesionales de contaduría, economía, derecho, ingeniería, medicina, estadística, o quien realice asesorías, etc., que sin vínculo prestan eventualmente sus servicios profesionales a la empresa.

Renglón 8: suministre, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado por el arrendamiento de bienes inmuebles como edificios, bodegas para almacenamiento de insumos, materias primas, materiales y/o productos terminados y otras unidades que desarrollen actividades económicas para la empresa. Incluya aquí el valor causado por concepto de arrendamiento sin opción de compra de bienes muebles, según lo estipulado en la Ley 223 de 1995 y Manual de Leasing Asobancaria 1994.

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Renglón 9: indique, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor de los gastos causados en el año, por las primas (excepto las diferidas) y pólizas de seguros que amparen activos de la empresa. Renglón 10: registre, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado por el consumo de energía eléctrica, según los datos de los recibos de pago de la empresa de energía. Las multas, recargos, reconexiones, etc., repórtelos en el renglón 25 de este mismo capítulo.

Renglón 11: reporte, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado por el consumo de otros energéticos consumidos por la empresa en desarrollo de su objeto social, como gasolina, ACPM, querosén, gas natural, gas propano, carbón, etc. Renglón 12: informe, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado por el consumo de agua, alcantarillado y aseo, según los datos de los recibos de pago de la empresa de acueducto y alcantarillado. Las multas, recargos reconexiones, etc, repórtelos en el renglón 25 de este mismo capítulo.

Renglón 13: indique, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado en el año por los servicios de correo y telecomunicaciones, según los datos de los recibos de pago de las empresas correspondientes. Las multas, recargos, reconexiones, etc., repórtelos en el renglón 25 de este mismo capítulo. Si no diligencia este renglón, informe la causa en observaciones. Renglón 14: informe, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado por los gastos de publicidad y propaganda durante el año. Si no diligencia este ítem, indique la causa en observaciones.

Renglón 15: registre, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor cobrado por el mantenimiento, las reparaciones y los repuestos consumidos por la maquinaria y/o equipos de la empresa. Renglón 16: relacione, en miles de pesos y sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado en el año por el transporte y acarreo de productos elaborados por la empresa. Renglón 17: relacione, en miles de pesos, el valor cobrado por empresas, personas naturales o jurídicas, como compensación por el uso de marcas y patentes, derechos de autor, exclusividad, etc. Algunas empresas lo denominan licencia de derechos.

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Renglón 18: registre, en miles de pesos, el gasto causado por este gravamen durante el año. Si no diligencia este renglón indique la causa en observaciones.

Renglón 19: indique, en miles de pesos, el gasto causado en el año por los impuestos de predial y vehículos o tasas de carácter obligatorio a favor del Estado, diferentes a los de la renta y complementarios. Incluya aquí el impuesto de timbre, aduanero –tasa de utilización de puertos, etc. Si no diligencia este renglón indique la causa en observaciones.

Renglón 20: indique en miles de pesos, el gasto causado en el año por el impuesto de Renta para la equidad.

Renglón 21: registre, en miles de pesos, el monto de las provisiones hechas por la empresa para cubrir eventuales perdidas de cartera, inventarios y otras. Renglón 22: valor de los intereses causados por el uso de recursos monetarios obtenidos a través de créditos bancarios y otras obligaciones financieras. Renglón 23: Utilidad o pérdida en ventas o retiros de activos fijos. Renglón 24: informe, en miles de pesos, el valor causado por concepto de chequeras, administración, comisiones, estudios de crédito y similares Renglón 25: informe, en miles de pesos, el valor de otros costos causados en el año, no contemplados anteriormente, como: comisiones a terceros por ventas, papelería y útiles de oficina, libros y suscripciones. Diferencias de cambio, impuesto al patrimonio, etc. No incluya en este renglón la depreciación causada en el año. Renglón 26: el valor anotado aquí debe corresponder a la sumatoria de los renglones 1 a 25. NUMERAL 4. ACTIVOS FIJOS E INVERSIONES

En este numeral se solicita el valor, en miles de pesos, de todos los bienes físicos de propiedad de la empresa, que se espera tengan una vida útil superior a un año, incluidas las inversiones, ampliaciones, adiciones, reformas y mejoras que prolonguen la vida económica normal o aumenten la productividad de los activos y, por consiguiente, su valor en libros.

Reporte por clase de activo (columnas 1 a 6) la información solicitada así:

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 15 FECHA: 03.-02-2020

PROCESO: Producción Estadística - PES SUBPROCESO: Encuesta Anual Manufacturera

ELABORÓ: Profesional Especializado Temática Económica EAM

REVISÓ: Coordinador Temática APROBÓ: Director DIMPE

Renglón 1: indique en este renglón, en miles de pesos, el valor en libros de los activos fijos de la empresa al final del ejercicio del año inmediatamente anterior, antes de deducir la depreciación.

Renglón 2: informe, en miles de pesos, el valor causado por las adquisiciones (compras) de activos fijos realizadas en el año, discriminando si se trata de bienes nuevos o usados. Renglón 3: suministre, en miles de pesos, el valor causado en el año por la producción de activos para uso propio.

Renglón 4: relacione, en miles de pesos, el valor causado en el año por la construcción o ampliación de edificios y estructuras.

Renglón 5: registre, en miles de pesos, el valor, causado en el año por el montaje de maquinaria y equipo de la empresa. Renglón 6: relacione, en miles de pesos, el valor, causado en el año por las adiciones, mejoras o reformas realizadas a los activos fijos de la empresa. Renglón 7: corresponde al resultado de sumar los renglones 2 a 7 para las columnas 1 a 7. Renglón 8: relacione, el valor de las valorizaciones de los activos efectuadas en el año, siempre que estas modifiquen directamente el valor del activo fijo y sean base para la depreciación.

Renglón 9: relacione, el valor de las desvalorizaciones de los activos efectuadas en el año, siempre que estas modifiquen directamente el valor del activo fijo y sean base para la depreciación. Renglón 10: registre, en miles de pesos, el valor de los activos retirados por la finalización de su vida útil o productiva para la empresa, según el valor con el cual aparecía en libros el activo hasta el momento de producirse el retiro. Renglón 11: registre, en miles de pesos, los trasladados a otra(s) empresa(s) del mismo grupo empresarial o a otra cuenta, según el valor con el cual aparecía en libros el activo hasta el momento de producirse el traslado. Renglón 12: registre, en miles de pesos, los trasladados recibidos de otra(s) empresa(s) del mismo grupo empresarial, según el valor con el cual aparecía en libros el activo hasta el momento de producirse el traslado.

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Renglón 13: consigne el monto de los activos fijos vendidos durante el año, según el valor con el cual aparecía en libros el activo hasta el momento de la venta. No Incluya la utilidad o pérdida en la operación. Renglón 14: informe el monto de la depreciación acumulada hasta el momento de la venta, de los activos fijos vendidos durante el año. Renglón 15: indique en este renglón, en miles de pesos, el valor en libros de los activos de la empresa al final del ejercicio del presente año, antes de deducir la depreciación causada. Renglón 16: indique el monto de la depreciación causada en el año por los activos fijos de la empresa. No incluya los montos destinados para provisión de reposición de activos, como tampoco la depreciación diferida, ni la acumulada.

4.1 MÓDULO I. CARÁTULA ÚNICA- DIRECTORIO ESTABLECIMIENTOS.

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANE, consciente que la supresión y simplificación de trámites es objetivo permanente de la administración pública en desarrollo de los principios de celeridad y economía previstos en la Constitución Política y en el marco de su función institucional de establecer y propender por la adopción de criterios de uniformidad, calidad estadística y agilidad en la integración entre las organizaciones y sistemas de información del Estado, ha establecido mediante Resolución Núm. 23 de abril 29 de 2002, adoptar para todos los fines estadísticos de recolección de información de empresas y establecimientos, la "Carátula única empresarial" acordada en la mesa interinstitucional constituida por el Gobierno dentro del proyecto de gestión antitrámites, para lograr la identificación única de las empresas colombianas a través de un instrumento estándar de recolección de información. IDENTIFICACIÓN

NIT, cédula de ciudadanía o cédula de extranjería: en los formularios pre -diligenciados, verifique que la información corresponda a la realidad actual de la empresa. Sí algún(os) dato(s) no corresponde(n), favor corregirlos. UBICACIÓN Y DATOS GENERALES

Razón social de la empresa: cuando la empresa es propiedad de un sólo dueño, escriba su(s) nombre(s) y apellido(s). Si pertenece a dos o más personas que han formado una sociedad de hecho, es decir, sin escritura pública y demás

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formalidades legales, anote la razón social, si la tuviere, o en su defecto, el nombre del socio principal o de aquel que en forma permanente administra el negocio. Si es una sociedad legalmente constituida, escriba el nombre con que aparece registrada en la Cámara de Comercio.

Nombre comercial: registre aquí el nombre con el cual se denomina o conoce comercialmente la empresa. Sigla: indique, si la tiene, la abreviatura del nombre comercial o de la razón social de la empresa. Ejemplo: JANA S.A. Domicilio principal o dirección de la gerencia: registre la dirección, municipio y departamento donde funciona la administración, gerencia general o domicilio social principal de la empresa, su número de teléfono, fax, e- mail y web. IMPORTANTE: para empresas de tipo propiedad individual o sociedad de hecho, informe el lugar que corresponda al asiento principal de sus negocios o donde ejerza habitualmente su actividad económica. Dirección para notificación: indique la dirección, municipio y departamento a donde se puede enviar la correspondencia para notificar a la empresa o la persona propietaria, el número de teléfono, fax, e-mail y página web. TIPO DE ORGANIZACIÓN

Es la forma legal que toma la empresa para su funcionamiento, conforme con la ley colombiana. Seleccione el tipo de organización jurídica, según la escritura de constitución, última reforma social o el certificado de existencia y representación legal de la empresa.

A continuación se resumen las definiciones de las diferentes clases de sociedad reconocidas legalmente en el país.

Sociedad colectiva (01): está formada por dos o más personas que se asocian bajo una razón social. Todos los socios responden solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales. La razón social puede estar constituida por el nombre de todos los socios o de alguno de ellos, agregando las palabras “y asociados”, “y compañía”, “hermanos”, “e hijos”, “sucesores” u otras similares. Sociedad en comandita simple (02): la constituyen uno o varios socios gestores que responden solidaria e ilimitadamente y por otro(s) socio(s) comanditario(s) que limita(n) su responsabilidad a sus respectivos aportes. La razón social se formará

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con el nombre completo o apellidos de uno o varios socios gestores, seguida de las palabras “Sociedad en Comandita” o de la abreviatura S. en C.

Sociedad en comandita por acciones (03): el capital de esta compañía se divide en acciones de un valor nominal igual, nominativas o al portador. La emisión, colocación, expedición de títulos y negociación de acciones, se sujetan a lo previsto para la sociedad anónima. No puede constituirse ni funcionar con menos de 5 accionistas. La razón social tiene el mismo tratamiento que la sociedad en comandita simple, pero agregando las palabras “Sociedad en Comandita por Acciones” o su abreviatura SCA.

Sociedad limitada (04): es la que se forma entre dos o más socios (no excederán de 25), cuyos aportes no representan papeles o títulos libremente negociables; los socios responden solidariamente por las obligaciones sociales hasta por el monto de sus aportes; efectúan sus actividades bajo una razón social o denominación objetiva a la que se añadirá, en todo caso, la palabra “Limitada” o su abreviatura Ltda.

Sociedad anónima (05): es la entidad mercantil cuyo capital dividido en acciones negociables de igual valor, se forma por el aporte que efectúan los individuos integrantes de ella, llamados accionistas (no inferior a 5) y que responden únicamente por el monto de sus acciones. La razón social tendrá una denominación seguida de las palabras “Sociedad Anónima”, o de las letras S.A. Sociedad de economía mixta (06): es aquella sociedad que se constituye con aportes estatales y de capital privado, sometidas al régimen de derecho privado y a la jurisdicción ordinaria. Sucursal de sociedad extranjera (07): es aquella empresa abierta por una sociedad extranjera en el territorio nacional, para la ejecución de actividades permanentes y con sujeción a las leyes colombianas. Empresa industrial y comercial del estado (08): es un organismo creado por la Ley, o autorizado por esta, que desarrolle actividades de naturaleza industrial o comercial, con capital independiente constituido con bienes o fondos públicos comunes, los productos de ellos o el rendimiento de impuestos, tasas o contribuciones con destinación especial. Empresa unipersonal (09): persona jurídica que se forma con la presencia de una persona natural o jurídica que destina parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil.

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Sociedades de hecho (10): son aquellas que no se constituyen por escritura pública, como tal no es persona jurídica y por consiguiente los derechos que se adquieran y las obligaciones que se contraigan se entenderán a favor o a cargo de todos los socios de hecho. Persona natural (11): sujeto de derecho con capacidad para adquirir y ejercer derechos, para contraer y cumplir obligaciones, y responder individualmente por sus actos.

Organizaciones de economía solidaria (12): se caracterizan primordialmente por tener establecido un vínculo asociativo fundado en los principios y fines contemplados en los artículos 4.º y 5.º, Ley 454/98. Así, deben contemplar en sus estatutos y funcionamiento la participación democrática y el NO LUCRO, es decir:

1) que establezca la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente patrimonial. 2) que destine sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar personas asociadas parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real. La opción para empresas solidarias, es: Cooperativa (12.1): empresa asociativa sin ánimo de lucro, creada con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios para satisfacer las necesidades de las personas asociadas y de la comunidad en general (Art. 4.º Ley 79/88) y en la cual, sus miembros son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa.

Precooperativa (12.2): empresa asociativa sin ánimo de lucro de duración limitada (Art.1.º, D.1333/89) que se organiza para realizar actividades permitidas a las cooperativas y, que por carecer de capacidad económica, educativa, administrativa o técnica, no está en posibilidad inmediata de organizarse como cooperativa. Instituciones auxiliares de la economía solidaria (12.3): son personas jurídicas sin ánimo de lucro, constituidas, bien sea, por organismos cooperativos, por otras entidades o por personas naturales para realizar actividades orientadas al desarrollo del sector cooperativo (Art. 94, Ley 79/88).

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Empresas de servicios en forma de administración pública cooperativa (12.4): se consideran como formas asociativas componentes del sector cooperativo (Art. 2.º, D.1482/89) creadas por iniciativa de los entes de la Rama Ejecutiva; la Nación, los departamentos y municipios o distritos municipales, Distrito Capital de Bogotá, mediante leyes, ordenanzas o acuerdos.

Fondos de empleados (12.5): son empresas asociativas, de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes y subordinados (Art. 2.º, D.1481/89).

Cooperativas de trabajo asociado (12.6): son empresas asociativas sin ánimo de lucro que vinculan el trabajo personal de sus asociados y sus aportes económicos para la producción de bienes, ejecución de obras o la prestación de servicios en forma autogestionaria (Art.1.º, D.468/90).

Asociación mutual (12.7): persona jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituida libre y democráticamente por personas naturales, inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales y satisfacer sus necesidades mediante la prestación de servicios de seguridad social (Art.1.º, D.1480/89).

Empresa solidaria de salud (12.8): organización del sector solidario, creada para garantizar el Plan de Salud Obligatorio, autorizada por la Superintendencia Nacional de Salud (Art. 179, 180, 181, Ley 100/93). Empresa comunitaria (12.9): es la forma asociativa por la cual un número plural de personas que reúnan las condiciones para ser beneficiarias de los programas de la Reforma Agraria, estipulan aportar su trabajo, industria, servicios u otros bienes en común (Art. 103, Ley 160/94).

Empresa asociativa de trabajo (12.11): tiene el carácter de organización solidaria las empresas asociativas de trabajo (Par. 2.º, Art. 6.º, Ley 454/98), serán organizaciones económicas productivas (con ánimo de lucro), cuyos asociados aportan su capacidad laboral por tiempo indefinido, y algunos, además, entregan al servicio de la organización una tecnología o destreza, u otros activos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la empresa (Art. 1.º, Ley 10/91).

Entidad sin ánimo de lucro (13): es una entidad legal o social, creada con el objeto de producir bienes y servicios, cuyos excedentes no pueden ser apropiados por sus miembros, sino retenidos por la institución sin fines de lucro. En caso de liquidación, sus activos netos deben ser donados a otra institución diferente de sus miembros. Indique el tipo de entidad.

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Sociedad acciones simplificada (14): La sociedad por acciones simplificada está constituida por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Salvo lo previsto en la Ley, en la que quienes sean accionistas no serán responsables por las obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra naturaleza en que incurra la sociedad.

Otro (99,1): si la empresa no se ajusta a ninguna de las formas de organización anteriores, señale esta casilla e indique el tipo. FECHA DE CONSTITUCIÓN

Informe el año, mes y día en que se constituyó la empresa; así como la fecha en que está pactada su disolución, según la escritura de constitución o la última escritura de reforma.

COMPOSICIÓN DEL CAPITAL

Indique, según se discrimina el porcentaje de composición del capital social de la empresa, porcentaje nacional, discriminado en: porcentajes público y privado, y porcentaje extranjero, discriminado en: porcentaje público y privado. Ejemplo:

1. Nacional 1.1. Público 10% 2. Extranjero 2.1. Público 70%

70% 1.2. Privado 90% 30% 2.2. Privado 30%

ESTADO ACTUAL DE LA EMPRESA

Indique la situación jurídica, administrativa, financiera y contable por la que atraviesa la empresa a la fecha de solicitud de la información, así:

Activa (01): cuando la empresa está operando y desarrollando normalmente su objeto social.

Etapa preoperativa (02): cuando la empresa se encuentra en proceso de montaje, en etapa de actividades preoperativas necesarias para poner en funcionamiento el objeto de la sociedad y, por consiguiente, está desarrollando normalmente su objeto social.

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En concordato (03): cuando la empresa acuerda una fórmula de pago con sus acreedores para cumplir sus obligaciones, superar un estado de crisis y poder continuar desarrollando su objeto social. Intervenida (04): cuando mediante acto administrativo la entidad que ejerce la inspección, vigilancia y control de la empresa, toma posesión de los negocios, bienes y haberes para ser administrados o liquidados. En liquidación (05): cuando la empresa está efectuando los trámites necesarios para extinguir la persona jurídica, deja de ser una empresa activa y no desarrolla normalmente su objeto social. Acuerdo de reestructuración (06): cuando la empresa se encuentra en proceso de negociación, con el objeto de corregir las deficiencias operativas encaminadas a hacer factible su recuperación dentro del plazo y las condiciones previstas en el acuerdo. Otro (07): si el estado actual de la empresa no corresponde a ninguno de los anteriores. NÚMERO DE ESTABLECIMIENTOS QUE CONFORMAN LA EMPRESA, DE ACUERDO CON LA ACTIVIDAD ECONÓMICA QUE DESARROLLAN.

En este numeral se solicita la información correspondiente a la estructura operativa de la empresa. Indique el número de establecimientos de propiedad de la empresa de acuerdo con la actividad económica que realicen y según las siguientes instrucciones:

Establecimiento agropecuario (01): corresponde a aquellas tierras (fincas), terrenos o grupo de terrenos de propiedad de la empresa, dedicados principalmente a la producción agropecuaria (agrícola y pecuaria). Establecimiento minero (02): corresponde a aquellas unidades de propiedad de la empresa, dedicadas a la extracción de todo tipo de minerales y piedras preciosas encontrados en estado natural, superficial, cielo abierto o en el subsuelo. Establecimiento manufacturero (03): es el dedicado a la transformación física y química de materiales y componentes en productos nuevos, ya sea que el trabajo se efectúe con máquinas o a mano, en una fábrica (establecimiento) o a domicilio. Establecimiento de servicios públicos (electricidad, gas y agua) (04): comprende aquellos cuya actividad es la generación, transmisión, distribución y venta de energía eléctrica, gas o agua a usuarios residenciales, industriales y

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comerciales, etc. No se incluyen los establecimientos dedicados al transporte, almacenamiento y comercialización de estos productos, ni los dedicados a saneamiento básico o al funcionamiento de los distritos de riego. Establecimiento de construcción y obras civiles (05): es el dedicado a actividades de demolición y derribo de edificaciones y estructuras; preparación de terrenos (descapote, excavación); trabajos de preparación para obras civiles (perforación, voladuras, nivelación, movimientos de tierras); construcción de edificaciones completas y partes de edificaciones; la construcción de obras civiles; acondicionamiento de edificaciones u obras civiles y la terminación o acabados de obras civiles y edificaciones. Establecimiento de comercio (06): comprende aquellos que desarrollan actividades de reventa (compra y venta) al por mayor y al por menor de todo tipo de productos bienes o mercancías. Se incluyen aquí, los dedicados al comercio de vehículos automotores y motocicletas, sus partes, piezas y accesorios, así como los expendios de combustibles y lubricantes para vehículos automotores y los que realizan la reparación y mantenimiento de los mismos. Restaurantes y hoteles (07): comprende los establecimientos dedicados a prestar servicios de preparación y expendio de alimentos para su consumo inmediato en el mismo sitio (restaurantes, cafeterías, merenderos, salones de onces y similares) al expendio de bebidas para el consumo dentro del establecimiento (bares, cantinas y similares) y a prestar servicios de alojamiento (hoteles, hostales moteles, residencias, centros vacacionales y similar). Establecimiento de transporte y almacenamiento (08): es aquel que proporciona servicios de transporte de pasajeros y carga por cualquier vía y por cualquier medio de transporte, así como los que prestan servicios auxiliares al transporte, como agencias de viajes, actividades de las terminales de transporte, estacionamientos, manipulación y almacenamiento de carga. Incluye el transporte por tuberías (oleoductos, gasoductos). No se incluye la distribución domiciliaria de electricidad, agua, ni de gas natural o manufacturado. Establecimiento de comunicación (correo y telecomunicaciones) (09): es el dedicado a la recolección, transporte y entrega nacional e internacional de correspondencia y paquetes; la venta de sellos de correo, clasificación de correspondencia, alquiler de buzones postales y los servicios de apartado postal. En el caso de los que desarrollen actividades de telecomunicaciones, se incluyen los que prestan los servicios de telefonía, conmutación y transmisión de todo tipo de señales auditivas, visuales y de datos.

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Establecimiento financiero, seguros, inmobiliario y servicios a la empresa (10): es el dedicado a la prestación de servicios de intermediación financiera (Banco Central, banca privada, corporaciones de ahorro y vivienda, leasing, fiducia, factoring etc.), los dedicados a la financiación de planes de seguros y pensiones (excepto los de la seguridad social de afiliación obligatoria), seguros generales de vida, reaseguros, etc. Se incluyen aquí los establecimientos cuyo objeto social está centrado en desarrollar actividades inmobiliarias, alquiler de maquinaria y equipo efectos personales y enseres domésticos: alquiler de equipo de transporte construcción e ingeniería civil y de equipo de oficina. Igualmente, los establecimientos consultores en equipo, programas, suministro de programas de informática procesamiento de datos. Los dedicados a realizar actividades de investigación y desarrollo básica y experimental y establecimientos, que en general se dedican a prestar servicios jurídicos, contabilidad, auditoria, arquitectura a ingeniería, publicidad, etc. Establecimiento de servicios comunales, sociales y personales (11): es aquel que realiza actividades administrativas de las instituciones del Estado, que se adelantan en función de las políticas generales de la administración pública, incluye, entre otros: administración pública y defensa; seguridad social, educación, salud (excepto las promotoras de salud y las empresas de medicina prepagada cuando no prestan directamente el servicio de salud); servicios comunitarios, sociales y personales, tales como: eliminación de desperdicios y aguas residuales, saneamiento y actividades similares; asociaciones empresariales, profesionales y de empleadores, religiosas, políticas, etc.; actividades de esparcimiento culturales y deportivas; servicios a la comunidad, tales como: lavandería, peluquería tratamientos de belleza y los que representan organizaciones y órganos organizaciones y órganos extraterritoriales, las ONG, FMI, el Banco Mundial y Naciones Unidas, entre otros. Unidades auxiliares (12): son aquellas unidades oficinas o departamentos de las empresas que suministran bienes o servicios única y exclusivamente para uso los establecimientos de propiedad de la empresa. Ejemplo: la gerencia general, las agencias de distribución, bodegas, oficinas de contabilidad e informática, etc.

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4.2 MÓDULO I. ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL.

IDENTIFICACIÓN Y DATOS GENERALES. En los numerales 1 y 2 se solicita la información específica del establecimiento industrial, al cual deben referirse la totalidad de los datos solicitados en este formulario.

Verifique que la información que aparece prediligenciada corresponda a la de su establecimiento; si no lo es, realice las correcciones del caso. Numeral 1. Para aquellos formularios sin prediligenciar reporte la totalidad de la información solicitada sobre: nombre comercial, dirección, municipio, departamento donde está ubicado el establecimiento industrial; así como teléfono, fax e-mail. Numeral 2. Período de funcionamiento Año de iniciación de operaciones: escriba el año en que el establecimiento inició su actividad de producción y no el de su fundación.

Meses que operó en el año: registre el número de meses que el establecimiento funcionó durante el año. Si el tiempo de operación fue inferior a 12 meses, marque la casilla que indica la causa por la cual suspendió actividades o especifique en "otras" si no corresponde a ninguna de las opciones. Verifique que la información solicitada esté completa y acorde con las instrucciones de diligenciamiento.

IMPORTANTE

Si por la organización empresarial, alguno de los datos requeridos en el formulario no está disponible en el establecimiento, solicítelos a la gerencia general o a la

casa matriz y complete la información faltante.

4.3 MÓDULO II. PERSONAL OCUPADO (PROMEDIO) EN EL AÑO, COSTOS Y GASTOS DEL PERSONAL OCUPADO. Numeral 1. Personal (promedio) ocupado durante el año de análisis. “Este módulo debe ser diligenciado por el departamento de personal”

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La información solicitada en este módulo se refiere al personal promedio ocupado en el año, de acuerdo con las labores que desarrollan en el establecimiento personal vinculado directamente a la producción y personal directivo y personas empleadas de administración y ventas (columnas 1 a 10), según el tipo de vinculación (renglones 1 a 5).

Para calcular el personal ocupado promedio en el año aplique la siguiente fórmula:

Núm. Promedio de personas = Total personas ocupadas x Núm. Días trabajados en el año

Ocupadas en el año 360 días

El número de días trabajados corresponde a 8 horas diarias, excepto: para personas propietarias, socias y familiares, cuya jornada laboral se considera normal desde 15 horas semanales y para el personal pasante y/o aprendiz, cuya jornada laboral, de acuerdo con la ley, va hasta 40 horas semanales (6,66 horas diarias máximo). Informe únicamente la parte entera de la operación. Aproxime sólo cuando la parte decimal sea superior a 0,5.

Distribuya el personal promedio ocupado por el establecimiento en el año, de acuerdo con las labores que desempeñan (columnas 1 a 8) según el tipo de vinculación (renglones 1 a 5), teniendo en cuenta las siguientes definiciones: CATEGORÍAS DE OCUPACIÓN (columnas 1 a 8)

Profesionales, técnicos y tecnólogos (nacionales y extranjeros): comprende aquellos que laboran en el área de producción o realizan labores directamente relacionadas con la manufactura, entre ellos: profesionales de ingeniería mecánica, química, industrial, eléctrica, en minas, de petróleos, etc.

Obreros y operarios: incluye entre ellos a las personas dedicadas a la fabricación, elaboración, ensamblaje, montaje, mantenimiento, inspección, almacenaje, empaque, cargue, descargue y labores inherentes al procesos productivo, como: mensajeros/as de taller, fogoneros/as; personal de mantenimiento y reparación de la maquinaria y equipo industrial; supervisores y capataces de producción, conductores/as de vehículos que transportan materias primas, materiales o productos únicamente dentro del establecimiento; personal de vigilancia, personal de servicios generales que laboren en el área de producción siempre y cuando su remuneración esté a cargo del establecimiento.

Directivos y empleados de administración y ventas: comprende las personas a cuyo cargo está la dirección y conducción de la política general del

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establecimiento, entre otros: gerentes, subgerentes, directores/as y administradores/as. Profesionales, personas técnicas y tecnólogas que desarrollan labores administrativas, como contadores/as, auxiliares contables, secretarias/os, mensajeros/as, auxiliares de oficina, etc.; vendedores/as, distribuidores o repartidores, personal de vigilancia y control, celadores/as y personal de servicios que no laboran en el área de producción, siempre que su remuneración esté a cargo del establecimiento. Importante: no incluya aquí el personal de bodegas, oficinas administrativas, gerencia general, almacenes y demás unidades auxiliares que no dependen directamente del establecimiento o que estén ubicados en un lugar físico diferente de la planta productiva, repórtelos en el módulo VI –numeral 2, unidades auxiliares. TIPO DE CONTRATACIÓN (renglones 1 a 5)

Propietarios, socios y familiares sin remuneración fija: personas que trabajan en el establecimiento sin percibir, por su actividad, un salario determinado, por un tiempo no inferior a la tercera parte de la jornada normal (quince horas semanales). No incluya las personas que sean socias o miembros de la junta directiva a quienes se les paga únicamente por asistencia a las reuniones, o derivan ingresos de las utilidades. Si una persona propietaria, socia o familiar tiene asignada una remuneración fija, debe incluirse en la categoría de ocupación que le corresponda, según el trabajo que realice y el tipo de contratación. Las personas que sean socias de las cooperativas que trabajan en el establecimiento y reciben por sus labores una remuneración diferente a salario, se reportarán como personal permanente (renglón 2), en las columnas que correspondan, según las labores que desempeñen.

Personal permanente (contrato a término indefinido): corresponde al personal de nómina o planta con vínculo laboral directo con el establecimiento mediante contrato a término indefinido. No Incluya: las personas que trabajan con licencia ilimitada y no remunerada, trabajadores en servicio militar, ni personas pensionadas.

Personal temporal (contrato a término definido) contratado directamente por el establecimiento: corresponde al personal eventual vinculado mediante contrato a término definido para desarrollar labores esporádicas específicas por una remuneración pactada. Incluya en esta categoría el promedio de personas contratadas directamente por el establecimiento, para realizar labores a destajo o por obra en el establecimiento.

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Encuesta Anual Manufacturera – EAM

CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 28 FECHA: 03.-02-2020

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Personal temporal ocupado vinculado a través de empresas especializadas en el suministro de personal: corresponde al personal eventual, sin vínculo laboral ni contractual con el establecimiento, vinculado a través de agencias especializadas en suministro de personal. No incluya el personal de empresas de outsourcing que se encuentran realizando algún tipo de labor en el establecimiento. Aprendices y pasantes (ley 789 de 2002): son aquellos/as estudiantes en etapa práctica, del SENA, universidades, instituciones de formación superior, técnica, tecnológica, escuelas de artes u oficios y similares, que conforme a la ley o por un período convenido, trabajan en las áreas de producción o de administración y ventas de un establecimiento. Total personal ocupado: corresponde al total de las columnas 1 a 10.

Numeral 2. Costos y gastos causados por el personal ocupado durante el año de análisis (en miles de pesos).

“Este módulo debe ser diligenciado por el departamento de personal”. En este módulo se solicitan los costos y gastos, en miles de pesos, causados durante el año por el personal ocupado por el establecimiento. Si por la organización empresarial, algunos de los datos requeridos no está disponible en el establecimiento, solicítelos a la gerencia general o casa matriz y complete la información.

Por ningún motivo incluya en este módulo costos y gastos del personal causados en años anteriores al de estudio y pagados en este año, como tampoco aquellos costos y gastos causados por: - Personas que en cumplimiento de contratos con empresas de outsourcing realizan labores en el establecimiento. El valor cobrado, repórtelo en el módulo III otros costos y gastos causados, renglón 4. - Personas trabajadoras ocasionales, accidentales o transitorios de duración no mayor a un mes y que efectúan actividades diferentes a las normales de producción del establecimiento, tales como los que prestan servicios de carpintería, plomería, electricidad, etc. Este valor debe incluirse en el módulo III otros costos y gastos causados, renglón 24.

- Honorarios causados por profesionales sin vínculo laboral con el establecimiento, como profesionales en economía, derecho, quienes realicen asesoría,

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 29 FECHA: 03.-02-2020

PROCESO: Producción Estadística - PES SUBPROCESO: Encuesta Anual Manufacturera

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contaduría, ingeniería, medicina, personas técnicas y tecnólogas, etc., cuyos servicios profesionales son contratados esporádica, ocasional o accidentalmente Repórtelos el módulo III otros costos y gastos causados, renglón 6. - Dividendos y pagos a los socios o miembros de la junta directiva por asistencia a reuniones. Repórtelos en el módulo III otros costos y gastos causados, renglón 24.

- Personas que realizan en su domicilio particular labores industriales para el establecimiento. El valor cobrado repórtelo en el módulo III, renglón 3.

Renglón 1: informe, única y exclusivamente, el salario integral causado en el año por el personal permanente o de planta que lo devenga, de acuerdo con la actividad que realiza dentro del establecimiento (columnas 1, 2 o 3). El valor causado por las vacaciones llévelo al renglón 3 de prestaciones sociales del personal permanente.

Renglón 2: registre, única y exclusivamente, los sueldos y salarios causados en el año por el personal permanente o de planta, de acuerdo con la actividad que realiza dentro del establecimiento (columnas 1, 2 o 3). El auxilio de transporte repórtelo en el renglón 10 de este mismo módulo.

Renglón 3: consigne, única y exclusivamente, el valor total de las prestaciones sociales causadas durante el año (incluidas las vacaciones) por el personal permanente o de planta, de acuerdo con la actividad que realiza dentro del establecimiento (columnas 1, 2 o 3). No Incluya en este renglón el auxilio de transporte, ni las jubilaciones a cargo del establecimiento.

Renglón 4: reporte el valor total de las remuneraciones (sueldos y salarios (+) prestaciones sociales) causadas durante el año por el personal temporal contratado directamente por el establecimiento, de acuerdo con la actividad que realiza (columnas 1, 2 o 3). Incluya aquí las remuneraciones causadas por el personal a destajo, por obra o modalidades de contratación similares. No incluya el auxilio de transporte, repórtelo en el renglón 10 de este mismo módulo.

Renglón 5: informe, en las columnas 1, 2 o 3, el valor de los aportes patronales obligatorios (Ley 100) causados por la seguridad social (salud, pensiones y riesgos profesionales) del personal permanente y temporal contratado directamente por el establecimiento.

Renglón 6: registre, en las columnas 1, 2 o 3, el valor, de los aportes patronales obligatorios causados sobre la nómina para el SENA, ICBF y cajas de compensación familiar.

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 30 FECHA: 03.-02-2020

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Renglón 7: normalmente este renglón debe venir diligenciado, si el renglón 5 viene en blanco. En caso contrario, aclare en observaciones.

Renglón 8: registre, en las columnas 1, 2 o 3, el valor cobrado por las empresas especializadas que suministraron personal temporal al establecimiento durante el año. Usualmente la factura, incluye el porcentaje de administración cobrado por la compañía. Renglón 9: registre en este renglón el valor del apoyo de sostenimiento causado en el año por los aprendices y pasantes en etapa práctica ocupados en el año, de acuerdo con la actividad que realizan dentro del establecimiento (columnas 1, 2 o 3).

Renglón 10: incluya en este renglón los gastos ocasionales diferentes a los salarios y prestaciones, como: primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales en dinero (por ejemplo prima de convención, aniversario de fundación de la empresa); primas, bonificaciones y subsidios contingentes (con excepción de las pensiones); auxilios de maternidad, accidente, funerarios, etc.; pensiones causadas en el año a cargo del establecimiento, diferentes a las cotizaciones. Indemnizaciones por despido o retiro voluntario, otras prestaciones y remuneraciones en dinero o en especie no incluidas anteriormente, por ejemplo: auxilios de educación, salud, alimentación, vivienda. Elementos de seguridad y dotaciones para el personal; gastos de viaje y representación (viáticos ocasionales); capacitación del personal; gastos en contratación de personal; auxilio de transporte del personal permanente y temporal contratado directamente por el establecimiento; gastos de monetización causados por la no aceptación de personal aprendiz; gastos de personal aprendiz en la etapa lectiva, otros gastos ligados a la actividad laboral del establecimiento, no incluidos antes ligados. Renglón 11: registre en este renglón la suma de los renglones 1 a 10, en las columnas 1 a 4. Determine la consistencia de la información suministrada en los numerales 1 y 2 de este módulo a través del cálculo de la remuneración promedio causada por las personas ocupadas por el establecimiento, según la categoría de ocupación, realizando la siguiente verificación:

1. Del salario promedio del personal permanente:

Teniendo en cuenta que se asume el 70% del salario integral, como el porcentaje para el cálculo de los sueldos y salarios per cápita del personal permanente, realice la siguiente operación:

*Para Profesionales, técnicos y tecnólogos de producción (nacional y extranjero)

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 31 FECHA: 03.-02-2020

PROCESO: Producción Estadística - PES SUBPROCESO: Encuesta Anual Manufacturera

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$828.116 MOD. II. Numeral 2., columna 1, (70% del renglón 1+ el renglón 2) 1.000 $8.281.160

(MOD.II. Numeral 1. Renglón 2, Columnas 1+2+ 3+4) X 12 *Para los Obreros y operarios de producción

$828.116 MOD. II. Numeral 2., columna 2, (70% del renglón 1+ el renglón 2) 1.000 $8.281.160 (MOD.II. Numeral 1. Renglón 2, Columnas 5+6) X 12 *Para el personal de administración y ventas

$828.116 MOD II. Numeral 2. Columna 3, (70% del renglón 1+ el renglón 2) 1.000 $8.281.160 (MOD. II. Numeral 1, renglón 2, columnas 7+8) X 12 Si el resultado de esta operación es inferior o superior a los límites establecidos, verifique su Información sobre salarios y sobre el personal promedio ocupado y corrija o aclare el porqué de este hecho.

2. Del salario promedio del personal temporal contratado directamente por el establecimiento:

*Para profesionales, técnicos y tecnólogos de producción (nacional y extranjero) Teniendo en cuenta que se asume el 70% del monto informado en el renglón 4, como el porcentaje correspondiente a sueldos y salarios per cápita de esta categoría de ocupación. Efectúe la siguiente operación:

($828.116X 75%) (70% del MOD. II. Numeral 2. Renglón 4. Columna 1) X 1.000 $8.281.160 (MOD. II. Numeral 1. Renglón 3. Columnas 1+2+3+4) X 12 *Para obreros y operarios de producción

($828.116X 75%) (70% del MOD. II. Numeral 2. Renglón 4. Columna 2) X 1.000 $8.281.160

(MOD. II. Numeral 1. Renglón 3. Columnas 5+6) X 12 *Para personal temporal de administración y ventas.

($828.116X 75%) (70% del MOD.II. Numeral 2. Renglón 4. Columna 3) X 1.000 $8.281.160

(MOD.II. Numeral 1. Renglón 3. Columnas 7+8) X 12 Si el resultado de esta operación resulta inferior o superior a los límites establecidos, verifique su información sobre salarios y sobre el personal promedio ocupado y corrija o aclare el porqué de este hecho.

Adicionalmente verifique en el módulo II, numeral 2 costos y gastos causados por el personal que: Renglón 1: el valor reportado no sea inferior a 10 salarios mínimos mensuales, más el 30% sobre el mismo. En caso contrario corrija o indique la causa de este hecho.

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 32 FECHA: 03.-02-2020

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Renglón 3: la proporción de las prestaciones sociales causadas, por ley, no debe ser inferior al 20% ni superior al 50% de los sueldos y salarios causados por el personal de planta o permanente reportados en el renglón 2. Si tal proporción no se ajusta a estos porcentajes, verifique su información sobre salarios, prestaciones y el personal promedio ocupado, y corrija o aclare el porqué de este hecho. Renglón 5: el valor reportado en este renglón debe estar, por ley, entre 12.52% y 27,46% de la sumatoria de: salario integral (renglón 1) una vez haya sido descontada la parte prestacional, más los sueldos y salarios del personal permanente (renglón 2), más los salarios (renglón 4) del personal temporal contratado directamente por el establecimiento; una vez haya sido descontada la parte prestacional. Si por alguna razón este porcentaje resulta inferior o superior a dichos porcentajes, verifique su información sobre salarios y corrija o aclare el porqué de este hecho. El auxilio de transporte no es constitutivo de salario, y por tal razón, no es base para éstas cotizaciones.

Renglón 6: el valor informado en este renglón, por ley, debe ser igual al 9% de la sumatoria de: salario integral (renglón 1) una vez haya sido descontada la parte prestacional, más los sueldos y salarios del personal permanente (renglón 2), más los salarios del personal temporal contratado directamente por el establecimiento (renglón 4), una vez haya sido descontada la parte prestacional, más el valor de la vacaciones del personal permanente y temporal contratado directamente por el establecimiento. (Para la verificación de este rubro, discrimine en observaciones el valor de las vacaciones). Si los cálculos no se ajustan a este porcentaje, verifique su información sobre salarios y corrija o aclare el porqué de este hecho. El auxilio de transporte no es constitutivo de salario y, por tal razón, no es base para estas cotizaciones. 4.4 MÓDULO III. OTROS COSTOS Y GASTOS CAUSADOS, ACTIVOS FIJOS E INVERSIONES. Numeral 1. Otros costos y gastos de la actividad industrial causados durante el año de análisis. La información requerida se ha organizado de tal forma que sea posible obtener para cada ítem, por separado, los costos y gastos causados inherentes a la actividad manufacturera realizada por el establecimiento. Si por la organización empresarial, alguno de los datos requeridos no está disponible en el establecimiento, solicítelos a la gerencia general o casa matriz y complete la información.

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 33 FECHA: 03.-02-2020

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Los valores reportados en los renglones 1 a 24 deben corresponder a los causados en el año. Por ningún motivo incluya valores causados en años anteriores y pagados este año, ni aquellos derivados de otras actividades diferentes a las industriales.

Renglón 1: reporte el costo, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), causado por todas aquellas mercancías que no fueron elaboradas por el establecimiento, pero que fueron vendidas en las mismas condiciones en que se compraron.

Renglón 2: registre el costo, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), causado por todas las materias primas, materiales y empaques adquiridos para ser utilizados en el proceso productivo, pero que, por diferentes razones, no se consumieron y fueron vendidos sin efectuarles ninguna transformación. Renglón 3: informe, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor cobrado por otros establecimientos a los cuales les fue suministrado la totalidad o parte de la materia prima necesaria para la elaboración o terminación de productos. Si no hay suministro al subcontratista de la materia prima, indique a que se refiere esta información. Incluya aquí el valor causado, por personas sin ningún vínculo laboral, que realizan en su domicilio particular labores netamente industriales para el establecimiento. Renglón 4: reporte el costo, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), causado por aquellos servicios contratados con empresas especializadas en outsourcing. Si se trata de servicios de manufactura o relacionados con ella, infórmelos en el renglón 3. Renglón 5: indique, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el costo de los productos distribuidos, como obsequios o muestras gratis, en gastos de administración y ventas.

Renglón 6: informe el valor, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), causado por la contratación esporádica, ocasional o accidental de personas naturales o jurídicas, para la prestación de servicios profesionales o técnicos, como: honorarios causados por profesionales en contaduría, economía, derecho, ingeniería, medicina, estadística, quienes realicen asesorías, etc., que sin vínculo laboral prestan eventualmente sus servicios profesionales al establecimiento.

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Renglón 7: suministre, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado por el arrendamiento de bienes inmuebles como edificios, bodegas para almacenamiento de materias primas, materiales y/o productos terminados y otras unidades auxiliares que desarrollen actividades de apoyo para el establecimiento. Excluya el valor de los bodegajes que se contabilicen como costo de importación. Renglón 8: informe, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado por concepto de arrendamiento sin opción de compra de bienes muebles, según lo estipulado en la Ley 223 de 1995 y Manual de Leasing de Asobancaria 1994. Renglón 9: indique, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor de los gastos causados en el año, por las primas (excepto las diferidas) y pólizas de seguros que amparen los activos del establecimiento. Excluya los seguros de vida colectivos para el personal ocupado y relaciónelos en el renglón 7 del Módulo II, costos y gastos del personal ocupado. Renglón 10: registre, en miles de pesos, el valor causado únicamente por el consumo de agua, alcantarillado y aseo, según los datos de los recibos de pago de la empresa de acueducto y alcantarillado. Las multas, recargos, reconexiones, etc., repórtelos en el renglón 24 de este mismo numeral. El agua utilizada como materia prima o como auxiliar para la producción de alimentos, bebidas, hielo, papel, entre otras, repórtela en el Módulo V, materias primas. Si no diligencia este renglón, haga las aclaraciones respectivas en observaciones. Renglón 11: indique, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado en el año por los servicios de correo y telecomunicaciones, según los datos de los recibos de pago de las empresas correspondientes. Las multas, recargos, reconexiones, etc., repórtelos en el renglón 24 de este mismo numeral. Si no diligencia este renglón, informe la causa en observaciones.

Renglón 12: informe, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor causado por los gastos de publicidad y propaganda durante el año. Si no diligencia este ítem, indique la causa en observaciones. Renglón 13: registre en la columna 1, en miles de pesos, sin impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor cobrado por el mantenimiento, las reparaciones y los repuestos consumidos por la maquinaria y/o equipo industrial y de los vehículos utilizados exclusivamente para la movilización de materias primas y/o productos dentro de la planta. Igualmente incluya los gastos causados en aquellos elementos

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 35 FECHA: 03.-02-2020

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o accesorios del consumo corriente como seguetas, buriles, etc., y en la columna 2, el valor cobrado por la reparación, mantenimiento, los repuestos y accesorios consumidos por el equipo de oficina, informática, telecomunicaciones y de los automotores destinados al transporte del personal. Renglón 14: relacione, en miles de pesos, el valor causado en el año por el transporte y acarreo de productos elaborados por el establecimiento. Renglón 15: relacione, en miles de pesos, el valor causado en el año por el transporte y acarreo de materias primas de propiedad del establecimiento. Esto debe hacerse sólo en el caso en que el valor de las materias primas registradas en su respectivo módulo, no incluyan este gasto. Así mismo, sólo deben considerarse los gastos de transporte contratados con terceros. Renglón 16: relacione, en miles de pesos, el valor cobrado por empresas, personas naturales o jurídicas, como compensación por el uso de marcas y patentes, derechos de autor, exclusividad, etc. Algunas empresas lo denominan licencia de derechos. Renglón 17: registre, en miles de pesos, el gasto causado por este gravamen durante el año. Si no diligencia este renglón, indique la causa en observaciones. Renglón 18: indique, en miles de pesos, el gasto causado en el año por los impuestos predial y de vehículos o tasas de carácter obligatorio a favor del Estado, diferentes a los de renta y complementarios. Incluya aquí el impuesto de timbre, aduanero (tasa de utilización de puertos), etc. Si no diligencia este reglón, indique la Causa en observaciones. Renglón 19: indique, en miles de pesos, el gasto causado en el año por el impuesto del 4x1000. Si no diligencia este renglón, indique la causa en observaciones Renglón 20: indique, en miles de pesos, el gasto causado en el año por el impuesto de Renta para la equidad. Si no diligencia este renglón, indique la causa en observaciones. Renglón 21: reporte, en miles de pesos, el monto de las provisiones hechas por el establecimiento para cubrir eventuales pérdidas de cartera, inventarios y otros.

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 36 FECHA: 03.-02-2020

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Renglón 22: registre, en miles de pesos, el valor de los intereses causados por el uso de recursos monetarios obtenidos a través de créditos bancarios y otras obligaciones financieras. Renglón 23: indique, en miles de pesos, los gastos financieros o bancarios causados por el establecimiento durante el año. Incluya: cobros por servicios, reposición y expedición de tarjetas, talonarios, chequeras, cheques de gerencia, papelería, retiros, transferencias, remesas, extractos, certificaciones y referencias bancarias, cuotas de manejo, uso de cajeros automáticos y uso de medios electrónicos (Internet), entre otros. Renglón 24: informe en la columna 1, en miles de pesos, el valor de otros costos causados en el año imputables a la producción, no contemplados anteriormente y en la columna 2, aquellos no relacionados anteriormente e imputables a la administración y ventas, como comisiones a terceros por ventas, papelería y útiles de oficina; libros y suscripciones, comisiones y gastos bancarios; diferencias de cambio, impuesto al patrimonio, etc. No incluya en este renglón la depreciación causada en el año. Por favor desagregar este renglón en observaciones, precisando los otros costos y gastos aquí incluidos. Renglón 25 el valor anotado aquí (columnas 1, 2 y 3) debe corresponder a la sumatoria de los renglones 1 al 24. Numeral 2. Activos fijos e inversiones. En este numeral se solicita el valor, en miles de pesos, de todos los bienes físicos de propiedad del establecimiento, que se espera tengan una vida útil superior a un año, incluidas las inversiones, ampliaciones, adiciones, reformas y mejoras que prolonguen la vida económica normal o aumenten la productividad de los activos y, por consiguiente, su valor en libros. Renglón 1: indique, en miles de pesos, el valor en libros de los activos del establecimiento al final del ejercicio del año inmediatamente anterior, sin deducir la depreciación acumulada.

Renglón 2: informe, en miles de pesos, el valor de las adquisiciones (compras) de activos fijos realizadas en el año, discriminando si se trata de bienes (a) nuevos, (b) usados.

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 37 FECHA: 03.-02-2020

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Renglón 3: suministre, en miles de pesos, el valor causado en el año de los activos producidos por el establecimiento para su uso propio. Renglón 4: relacione, en miles de pesos, el valor causado en el año por la construcción o ampliación de edificios y estructuras. El valor del terreno debe registrarse por separado. Renglón 5: registre, en miles de pesos, el valor causado en el año por el montaje de maquinaria y equipo del establecimiento. Renglón 6: relacione, en miles de pesos el valor, causado por leasing financiero del establecimiento. Renglón 7: relacione, en miles de pesos el valor, causado por las adiciones o mejoras realizadas a los activos fijos del establecimiento. Renglón 8: corresponde al resultado de sumar los renglones 2 a 7, para las columnas 1 a 7. Renglón 9: relacione el valor de las valorizaciones de los activos, efectuadas en el año siempre que estas modifiquen directamente el valor del activo fijo y sean base para la depreciación. Renglón 10: relacione el valor de las desvalorizaciones de los activos, efectuadas en el año siempre que estas modifiquen directamente el valor del activo fijo y sean base para la depreciación. Renglón 11: registre, en miles de pesos, el valor de los activos retirados por la finalización de su vida útil o productiva para el establecimiento, según el valor con el cual aparecía en libros el activo, hasta el momento de producirse el retiro. Renglón 12: registre, en miles de pesos, los trasladados a otro(s) establecimientos(s) de la misma empresa, según el valor con el cual aparecía en libros el activo, hasta el momento de producirse el traslado. Renglón 13: registre, en miles de pesos, los trasladados recibidos de otro(s) establecimientos(s) de la misma empresa, según el valor con el cual aparecía en libros el activo, hasta el momento de producirse el traslado. Renglón 14: consigne el monto de los activos fijos vendidos durante el año, según el costo en el momento de la venta. No incluya la utilidad o pérdida en la operación.

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 38 FECHA: 03.-02-2020

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Renglón 15: informe el monto de la depreciación acumulada, hasta el momento de la venta, de los activos fijos vendidos durante el año. Renglón 16: indique, en miles de pesos, el valor en libros de los activos del establecimiento al final del ejercicio del presente año, antes de deducir la depreciación.

Renglón 17: consigne el monto de la depreciación causada en el año por los activos fijos del establecimiento. No incluya los montos destinados para provisión de reposición de activos (envases y afines), como tampoco la depreciación diferida ni la acumulada. El sistema de depreciación más utilizado es el de línea recta y los porcentajes generalmente aceptados para el cálculo de la depreciación causada en el año, por este sistema, según la clase de activo son: edificios y estructuras (5%), maquinaria y equipo industrial (10%), equipo de informática y comunicaciones (20%), equipo de oficina (10%) y equipo de transporte (20%). Si en algún caso el valor informado en este renglón, sobrepasa por exceso o por defecto estos porcentajes, verifique la información reportada y corrija o aclare el porqué de este hecho. El DANE ha clasificado los activos fijos en 6 clases, así: - Terrenos. Hace referencia a los terrenos que el establecimiento posee para el desarrollo de su actividad productiva. - Edificios y estructuras. Incluye instalaciones, estructuras de almacenamiento, caminos, muelles, cercas, homos de ladrillo, altos hornos, refinerías de petróleo, astilleros, etc. Además, los elementos que son parte de las estructuras, como grúas, equipo de calefacción y ventilación, etc., de propiedad del establecimiento y dedicadas al desarrollo de su actividad.

- Maquinaria y equipo. Comprende la maquinaria y equipo del establecimiento, cuya duración o vida útil sea mayor a un año. Se incluye la maquinaria y equipo fabricado por el establecimiento, para uso propio (siempre y cuando haya sido construido por el personal del establecimiento) y los envases y empaques devolutivos. - Equipo de sistemas e Informática. Comprende el equipo de comunicación, equipos de radio, satélite, antenas, microcomputadores, computadoras e impresoras. etc. - Equipo de oficina. Comprende el mobiliario, equipo mecánico, equipo electrónico, líneas telefónicas, equipos de copia múltiple, máquinas de escribir, sumadoras, calculadoras. etc. No incluye papelería y útiles de escritorio.

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- Equipo de transporte. Comprende vehículos automotores, ferroviarios y otros medios de transporte de propiedad del establecimiento que se utilicen para el transporte de productos o materias primas del establecimiento. Incluye los vehículos para la movilización del personal dentro de la planta.

Total: corresponde a la sumatoria de las columnas 1 al 6, para cada uno de los renglones. 4.5 MÓDULO IV. ENERGÍA ELÉCTRICA- OTROS ENERGÉTICOS CONSUMIDOS. Si por la organización empresarial, alguno de los datos requeridos no está disponible en el establecimiento, solicítelos a la gerencia general o casa matriz y complete la información. Numeral 1. Energía Eléctrica (Kwh). Energía eléctrica: las Columnas 1 y 2 (energía comprada), siempre deben venir diligenciadas, inclusive cuando la energía eléctrica consumida haya sido transferida por otro establecimiento de la misma empresa, en cuyo caso la valoración debe corresponder al valor del Kwh. del establecimiento que realizo la transferencia. El valor del KWH comprado durante el año, debe estar acorde con el de las tarifas vigentes en el municipio donde esté ubicado el establecimiento. Columna 3. Energía Autogenerada (KWH): Corresponde a la producción de energía eléctrica para atender sus propias necesidades o para la venta. Columna 4. Energía Cogenerada (KWH): Corresponde a la producción combinada de energía eléctrica y térmica para atender sus propias necesidades o para la venta. Columnas 5 y 6. Energía vendida: siempre que exista información en la columna 5 (cantidad kwh), debe existir información en la columna 6 (valor kwh) , inclusive cuando se haya transferido energía eléctrica a otro establecimiento de la misma empresa, en cuyo caso la valoración debe estar acorde con el de las tarifas vigentes en el municipio donde esté ubicado el establecimiento. Verifique que la cantidad de los KWH vendidos (columna 5), no sea mayor que los KWH generados (columna 3+4), más, los KWH comprados (columna 1).

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Si el establecimiento no genera energía eléctrica, pero vende parte de la que compra, coloque observaciones aclarado este hecho. Columna 7. Energía Consumida (Kwh.): reporte la energía total consumida que corresponde a la cantidad (kwh) de energía comprada más la cantidad (kwh) de energía autogenerada, más la cantidad (kwh) de energía cogenerada menos la cantidad (kwh) de energía vendida .

Numeral 2. Otros energéticos. Si el establecimiento consume, además de la energía eléctrica, otros energéticos para dar movimiento a la maquinaria o equipo industrial, como combustible para los hornos o para la generación de vapor o energía eléctrica, etc., relacione la cantidad consumida de acuerdo con la unidad de medida solicitada y el valor total del consumo, en miles de pesos.

Si la unidad de medida prediligenciada no corresponde a la utilizada por el establecimiento, es necesario que indique explícitamente en qué unidad de medida se está reportando la información. Si el establecimiento genera energía eléctrica, relacione la cantidad y el valor de los energéticos, consumidos para dicha generación. En el Modulo. IV, Energía eléctrica y otros energéticos consumidos, numeral 1. En energía eléctrica verifique que: Las columnas 1 y 2 del numeral 1, de este módulo, siempre deben venir diligenciadas. Si no lo están, corrija o aclare el porqué de este hecho. Verifique que la cantidad de los Kwh vendidos (columna5) no sea mayor que los Kwh generados (columnas 3 y 4), más los Kwh comprados (columna 1). Si el establecimiento no genera energía eléctrica, pero vende parte de la que compra, haga las aclaraciones del caso. Verifique que la información reportada este correcta. Si en el numeral 1, diligenció la columna 3 y 4, en el numeral 2 debe aparecer relacionada la cantidad y el valor de los energéticos consumidos para dicha generación, referidos a la unidad de medida solicitada, si utiliza otra unidad de medida, señálela claramente. Diligencie el porcentaje de uso para autogeneración cogeneración, del energético que corresponda.

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Generación de energía. Capacidad instalada Sí el establecimiento industrial usa plantas para el suministro de energía en su empresa o para el sistema interconectado, relacione las características y el uso de estas plantas. Diligencie el tipo de planta que utiliza según corresponda, informando las características de esta: número de plantas, capacidad total (KW), tiempo total de utilización horas/año

Planta de Emergencia: Es aquel equipo que suministra energía eléctrica en un establecimiento al momento de sufrir cortes inesperados de electricidad. Este se suministra por un número de horas limitado (entre 50-100 horas por año)

Planta de Respaldo. Es el equipo que atiende los requerimientos de energía eléctrica durante cortes inesperados de esta en posibilidad de atender capacidades y tiempos mayores a los atendidos por equipos de emergencia. El tiempo de operación anual es continuo por encima de 100 horas por año.

Planta Solar. Es la compuesta por uno o varios paneles solares los cuales toman la energía solar y la convierten en energía eléctrica. Se pueden interconectar y se comportan como una única fuente de energía.

Planta eólica: Es la compuesta por uno o varios generadores eólicos los cuales toman la energía del viento y la convierten en energía eléctrica. Se pueden interconectar y se comportan como una única fuente de energía.

En caso de disponer de otros tipos de plantas de generación de energía, diferentes a las anteriores, se informa que tipo de planta emplea, reportando sus características: número de plantas, capacidad total (KW), tiempo total de utilización horas/año

4.6 MÓDULO V. PRODUCTOS ELABORADOS, MATERIAS PRIMAS, EXISTENCIAS.

“ESTE MÓDULO DEBE SER DILIGENCIADO POR EL DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN”

Productos elaborados.

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 42 FECHA: 03.-02-2020

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El objetivo de este módulo es: obtener información básica sobre la estructura productiva de la industria nacional a través del conocimiento de los productos y subproductos elaborados y los servicios de manufactura y los relacionados con esta, prestados por los establecimientos industriales durante el año. Incluya aquí, desechos que resulten del proceso productivo, siempre que tengan un valor comercial y sean un ingreso para el establecimiento. Si en el establecimiento se combina la actividad manufacturera con otras actividades económicas (agropecuarias, mineras, comerciales, etc.). Diligencie este módulo, únicamente, con la información correspondiente a la actividad industrial, incluidos los servicios de manufactura y los relacionados con esta. Si por la organización empresarial algunos de los datos requeridos no está disponible en el establecimiento, solicítelos a la gerencia general o a la casa matriz y complete la información faltante. Para el correcto diligenciamiento tenga en cuenta las siguientes instrucciones: Nombre de los productos, subproductos y trabajos industriales realizados en el año: el DANE prediligencia este capítulo, de acuerdo con la información suministrada por el establecimiento en la encuesta del año inmediatamente anterior. Por tal razón, es importante mantener actualizados estos archivos. Si en su formulario no aparecen prediligenciados algunos productos o servicios manufactureros realizados por el establecimiento, inclúyalos en el formulario utilizando el link “Adicionar nuevos productos”; cuando los prediligenciados no corresponden a las actividades de producción del establecimiento, déjelos en blanco.

Para los productos nuevos con nombres de marcas comerciales o en idiomas diferentes al español, informe su composición y/o aplicación, al igual que cualquier otra aclaración que facilite su codificación. Si exporta el producto, suministre la partida arancelaria. No incluya en este módulo aquellos productos no elaborados por el establecimiento (comprados y/o vendidos) sin transformar. Relacione en este módulo según se indica:

PRODUCCIÓN PROPIA

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CÓDIGO: PES-EAM-MDI-001 VERSIÓN: 06 PÁGINA: 43 FECHA: 03.-02-2020

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- Cada uno de los productos acabados elaborados durante el año por el establecimiento y destinados a la venta, así estos hayan sido vendidos transferidos a otros establecimientos de la misma empresa o hayan pasado a formar parte de las existencias. - Cada uno de los subproductos y desechos que resulten de la producción y se destinen a la venta, así éstos hayan sido vendidos, transferidos a otros establecimientos de la misma empresa o hayan pasado a formar parte de las existencias. - Cada uno de los productos acabados y/o intermedios que se transfieren a otro establecimiento de la misma empresa. - Cada uno de los productos fabricados por otros establecimientos industriales a los cuales este establecimiento suministró la materia prima para su transformación. - Cada uno de los activos fijos producidos por el establecimiento para ser utilizados por él mismo o por la empresa a la cual pertenece siempre y cuando se hayan elaborado utilizando personal del establecimiento.

PRODUCCIÓN PARA TERCEROS.

- Cada uno de los productos elaborados para terceros industriales y no industriales, que hayan suministrado la materia prima para su transformación, y registrando el nombre del producto, su unidad de medida y cantidad respectiva. Las cantidades producidas y el valor cobrado por este servicio industrial también deben registrarse.

SERVICIOS DE CARÁCTER INDUSTRIAL PRESTADOS A TERCEROS

- Cada uno de los servicios relacionados con la manufactura, prestados por el establecimiento. Entendidos estos como aquellos que tengan como característica el tratamiento y acabado o terminación de bienes de propiedad terceros. Es decir, productos acabados o semiacabados recibidos por el establecimiento para realizar sobre ellos procedimientos o labores que no implican cambios en su naturaleza intrínseca o propiedades principales o características, como por ejemplo: la encuadernación, el acabado de textiles, forjado, mecanizado de piezas y el recubrimiento de metales, para mencionar algunos. - Cada uno de los servicios de instalación, reparación y mantenimiento de los productos manufacturados por el establecimiento durante el periodo.

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OTROS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS ELABORADOS.

- En el renglón OP "otros productos y subproductos elaborados ", registre el valor de la producción y venta de aquellos productos y subproductos de menor importancia. Teniendo en cuenta que este valor no supere los $20.000.000 del total de la producción. Variables a diligenciar para cada producto: *Unidad de medida: informe la unidad de medida (de acuerdo con el sistema métrico decimal) en que manufactura sus productos el establecimiento, no la de venta. Es imprescindible que la información solicitada sobre cantidades producidas, vendidas, transferidas y en existencias, se refieran siempre a la misma unidad de medida. Si utiliza unidades de medida diferentes a las prediligenciadas, resalte claramente este hecho y suministre en observaciones el factor de conversión correspondiente.

*Cantidades producidas en el año: reporte, para cada producto relacionado, las cantidades producidas durante el año. Es imprescindible que la información reportada sobre cantidades producidas, se refiera siempre a la unidad de medida estipulada. Las cantidades de productos realizadas para terceros industriales o no industriales que suministraron las materias primas necesarias para su manufactura. No incluya como producidos artículos recibidos por transferencia de otros establecimientos de la misma empresa para ser comercializados.

*Valor de la producción efectuada en el año: reporte el valor total de las cantidades producidas en el año, valore la producción a precio de venta en fabrica1, sin incluir impuestos indirectos (IVA consumo, etc). A precio de venta interno los productos destinados para la venta nacional y a precio externo los productos destinados para la venta en el exterior. El valor cobrado por las cantidades de los productos manufacturados para terceros que suministraron las materias primas. El valor cobrado por los servicios relacionados con las manufacturas realizadas durante el año. Es decir, productos acabados o semiacabados recibidos por el

1 Se entiende por precio de venta en fábrica como aquel precio del productor, el cual no incluye el valor de la intermediación.

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establecimiento para realizar sobre ellos procedimientos o labores que no implican cambios en su naturaleza intrínseca o propiedades principales o características, como por ejemplo: la encuadernación, el acabado de textiles, forjado, mecanizado de piezas y el recubrimiento de metales, para mencionar algunos. El valor cobrado por los servicios de instalación, reparación y mantenimiento durante el año. Importante: por ningún motivo valore la producción a precio de costo. Si el establecimiento no posee el valor unitario promedio de venta por tener centralizadas las ventas en una sola unidad, solicítele a la unidad de información correspondiente para que pueda realizar la valoración de la producción. *Cantidades vendidas de productos elaborados por el establecimiento: Informe para cada producto relacionado, las cantidades vendidas durante el año. Es imprescindible que las cantidades vendidas se refieran a la unidad de medida estipulada. . Las cantidades vendidas de productos recibidos por transferencia de otro(s) establecimiento(s) de la misma empresa. Las cantidades de los productos elaborados para terceros que suministraron la materia prima. No incluya las cantidades ni los valores de las devoluciones causadas por ventas realizadas en el año o en años anteriores, cuando no fueron restituidas al comprador. *Valor de las ventas (sin incluir lVA ni el impuesto al consumo): registre el valor de las ventas (en el país y el exterior) de cada uno de los productos y subproductos manufacturados por su establecimiento, de aquellos recibidos en transferencia de otro(s) establecimiento(s) de la misma empresa, el valor cobrado por la manufactura de productos para terceros que suministraron la materia prima, y el correspondiente a los servicios de mantenimiento, reparación e instalación realizados en el año. Importante: por ningún motivo valore las ventas a precio de costo. Si el establecimiento no posee el valor unitario promedio de venta, por tener centralizadas las ventas en una sola unidad, solicite tal información para que pueda realizar la valoración de manera correcta. NOTA: registré en el módulo VI, ingresos de otras actividades, el valor correspondiente a las ventas de productos y mercancías NO manufacturados por el

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establecimiento, es decir, aquellas revendidas (compradas y vendidas sin transformar), al igual que el correspondiente a la venta de materias primas, materiales y empaques vendidos sin transformar. *Valor de ventas al exterior: si el establecimiento realizó durante el año ventas al exterior, informe el valor de dichas ventas respecto al total de las reportadas. Las ventas realizadas a Zona Franca desde el interior del país son consideradas ventas internas, es decir No son consideradas exportaciones. Por lo tanto las ventas realizadas desde Zona Franca al interior del país son ventas internas. *Cantidad de productos transferidos: reporte la cantidad de productos y subproductos manufacturados por su establecimiento, que fueron recibidos o enviados a otro(s) establecimiento(s) de la misma empresa, independientemente de si el traslado es para completar un pedido o para terminar un proceso. La transferencia de productos se realiza entre establecimientos industriales que pertenecen a una misma empresa, es decir, en empresas multiestablecimiento industrial. Es imprescindible que la información reportada sobre cantidades transferidas, se refiera siempre a la unidad de medida estipulada. *Cantidad de existencias a 31 de diciembre: informe en esta columna la cantidad de existencias de productos terminados de acuerdo con la unidad de medida referenciada. 1. Productos elaborados.

“ESTE MÓDULO DEBE SER DILIGENCIADO POR EL DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN”

Cada uno de los productos reportados en este módulo, debe guardar la debida correspondencia y proporción con el consumo de materias primas, materiales y empaques necesarios para su manufactura.

- Si ha reportado en el módulo III, otros costos y gastos causados, renglón 3, Costos y gastos de productos y servicios industriales elaborados por terceros, deben aparecer reportados como propios, en este módulo, los productos elaborados por esos terceros; y en el módulo V, materias primas como consumidas, las materias primas suministradas a dichos terceros.

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- Un mismo producto no debe existir reportado simultáneamente como producto elaborado y como materia prima. - Cada producto debe ser reportado en la unidad de medida solicitada y la totalidad de la información de este módulo se refiera siempre a ella. - Siempre que se reporte información sobre valor de producción, debe existir información sobre cantidad producida, excepto cuando se trate de unidades se medida al valor. De manera análoga, siempre que exista valor de venta, debe existir cantidad vendida. - Si diligenció la cantidad de existencias a 31 de diciembre, necesariamente debe existir información sobre valor en el módulo V, existencias 2. Materias primas:

El objetivo de este módulo es: obtener información sobre el consumo, compra y transferencia de las materias primas, materiales y empaques necesarios para la elaboración de los productos y la prestación de los servicios de manufactura y relacionados con esta, realizados por el establecimiento industrial durante el año. Si en el establecimiento se combinan la actividad manufacturera con otras actividades económicas (agropecuarias, mineras, comerciales, etc.), diligencie este módulo únicamente con la información correspondiente a la actividad industrial. Si por la organización empresarial alguna de los datos requeridos no están disponibles en el establecimiento, solicítelos a la gerencia general o a la casa matriz y complete la información faltante. Si el establecimiento tuvo pérdida de materia prima por casos fortuitos, no la relacione en este módulo, descuente este valor de las provisiones para inventarios o asúmala como pérdidas del ejercicio. Para el correcto diligenciamiento, tenga en cuenta las siguientes instrucciones: Nombre de las materias primas, materiales y empaques consumidos durante el año: El DANE prediligencia este capítulo, de acuerdo con la información suministrada por el establecimiento en la encuesta del año inmediatamente anterior. Es importante mantener actualizados estos archivos; por tal razón, si en su formulario no aparecen prediligenciadas algunas materias primas, inclúyalas en el

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formulario utilizando el link “Adicionar nuevas materias primas”; y si las prediligenciadas no corresponden a las actividades de producción del establecimiento déjelas en blanco. No registre materias primas con nombres de marcas o referencias comerciales o en idiomas diferentes al español. Cada materia prima, material y empaque consumido reportado en este módulo, debe guardar la debida correspondencia y proporcionalidad con los productos elaborados reportados. Importante: se considera la ocurrencia de un proceso manufacturero cuando, como condición indispensable, exista la transformación física o química de una materia prima en un producto nuevo, por lo tanto, no es posible que, productos elaborados, y materias primas aparezcan simultáneamente como producto y materia prima. Como puede suceder que exista coincidencia en el nombre o denominación de un producto o materia prima, informe al funcionario del DANE, para que le indique el procedimiento a seguir en estos casos. Nota: aquellas materias primas, materiales y empaques que no fueron transformados por el establecimiento, así como los materiales indirectos consumidos, NO deben incluirse en este módulo. Relacione en este módulo, cada una de las variables solicitadas. - Cada una de las materias primas, materiales y empaques consumidos directamente por el establecimiento industrial en la elaboración de sus productos o en la prestación de los servicios de manufactura o relacionados con estos. - Cada una de las materias primas, materiales y empaques suministrados a otros establecimientos industriales para su transformación.

- Cada una de las materias primas y materiales consumidos en la elaboración de activos fijos producidos por el establecimiento para ser utilizados por él mismo o por la empresa a la cual pertenece, siempre y cuando éstos se hayan fabricado, utilizando personal del establecimiento. - Cada una de las materias primas, materiales y empaques recibidos de terceros industriales y no industriales, para su transformación, registrando en el link “productos manufacturados con materias primas de terceros” la cantidad consumida. Tenga en cuenta que si relaciona materias primas, materiales y/o

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empaques recibidos de terceros, también debe reportar los productos elaborados para dichos terceros, en el módulo V, de productos elaborados.

-En el renglón impreso "OM" (otras materias primas, materiales y empaques consumidos) registre el valor de aquellas materias primas, materiales y empaques de menor importancia, cuya discriminación se dificulte, siempre y cuando este valor no supere los $20.000.000. Importante: para los establecimientos que no tengan una organización contable que les permita establecer la cantidad consumida de cada artículo, obténgala utilizando el juego de inventarios, mediante la siguiente igualdad: Cantidad consumida en el año = Cantidad comprada en el año + Cantidad recibida en transferencia - Cantidad enviada en transferencia - Cantidad vendida - Cantidad en inventario final + Cantidad en inventario inicial

Unidad de medida: informe en la unidad de medida solicitada (el consumo de materias primas materiales o empaques utilizados, para elaborar los productos del establecimiento. Es imprescindible que la información solicitada sobre cantidades consumidas, recibidas o enviadas en transferencia, se refiera siempre a la unidad de medida solicitada. Si utiliza unidades de medida diferentes a las prediligenciadas, resalte claramente este hecho y suministre en observaciones el factor de conversión correspondiente. *Cantidad consumida: informe para cada materia prima, material o empaque relacionado (incluidas las recibidas de terceros), las cantidades consumidas durante el año. Las cantidades deben corresponder a la unidad de medida estipulada. *Valor del consumo de materias primas, materiales y empaques durante el año: registre el valor (en miles de pesos) de las materias primas, materiales y/o empaques (excepto las recibidas de terceros). Valórelas al costo de adquisición, es decir, a precio de compra, sin incluir impuestos indirectos (IVA, consumo). Si el establecimiento no posee el valor unitario promedio de compra, por tener centralizadas estas en una sola unidad, solicite a dicha unidad información para que pueda realizar la valoración del consumo de manera correcta. *Consumo de origen extranjero (%): si el establecimiento utilizó durante el año, en la elaboración de sus productos, materias primas, materiales o empaques de

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origen extranjero informe el porcentaje de dicho consumo respecto al total consumido reportado. *Cantidad de materias primas, materiales y empaques comprados durante el año: indique, la cantidad de materias primas, materiales y empaques que el establecimiento compró en el año.

No incluya: las devoluciones causadas por compras realizadas en años anteriores, ni las cantidades de materias primas, materiales y empaques devueltos a los proveedores, cuando dichas devoluciones no fueron restituidas al establecimiento. *Valor compras totales (en el país y al exterior): registre en esta columna el valor de las compras totales (realizadas tanto en el país como al exterior), únicamente de las materias primas, materiales y empaques adquiridos para ser utilizados en la elaboración de los productos de su establecimiento y en la prestación de servicios relacionados con la manufactura. No incluya el IVA, ni el impuesto al consumo.

Nota: el costo de las materias primas, materiales y empaques revendidas (compradas y vendidas sin trasformar), deben reportarse en el módulo III otros costos y gastos causados, renglón 2. No incluya: el valor de las devoluciones causadas por compras realizadas en años anteriores, ni las cantidades de materias primas, materiales y empaques devueltos a los proveedores, cuando dichas devoluciones no fueron restituidas al establecimiento.

*Valor compras en el exterior: indique el valor total de las compras de materias primas, materiales y empaques realizadas en el exterior. *Cantidad enviada o recibida en transferencia: si el establecimiento envía o recibe materias primas o empaques de otro establecimiento industrial, unidad agrícola, minera, comercial, de servicios, etc., que pertenezcan a la misma empresa, relacione en las columnas correspondientes las cantidades recibidas y las enviadas. Adicionalmente - Revise que cada una de las materias primas reportadas en este módulo, guarde la debida correspondencia y proporción con los productos elaborados. - Siempre que aparezca reporte en el módulo III, renglón 3, Costos y gastos de productos elaborados por terceros, deben aparecer reportadas en el módulo V, l las

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materias primas entregadas a esos terceros y como producción propia los productos elaborados por ellos. - Revise que una misma materia prima no exista simultáneamente en el módulo V, como productos elaborados y, como materia prima consumida. - Verifique que cada materia prima tenga la unidad de medida correspondiente y que la totalidad de la información solicitada en este módulo, se refiera siempre a ésta. - Siempre que exista información sobre valor de consumo, debe existir información sobre cantidad consumida, excepto cuando se trate de productos al valor. De manera análoga, siempre que exista valor de compra debe existir cantidad comprada. 3. Existencias: Renglón 1: registre en este renglón, a precio de costo y en miles de pesos, sin incluir impuestos indirectos, el valor de las existencias de materias primas y materiales que conforman los productos manufacturados por el establecimiento y los empaques y envases no devolutivos que forman parte de ellos.

No incluya aquí: envases retornables cuya vida útil sea mayor de un año, como los de industria de bebidas, que deben registrarse en el módulo III, numeral 2, activos fijos, reglón 1.

Tampoco incluya las materias primas en existencias, de propiedad de terceros que hayan sido recibidas para su transformación toda vez que estos productos no son propiedad del establecimiento; los suministros como materiales de aseo, papelería o útiles de escritorio, herramientas y elementos o accesorios de consumo como seguetas, buriles, etc.

Renglón 2: informe en este renglón, a precio de costo y en miles de pesos sin incluir impuestos indirectos, el valor de aquellos productos que al finalizar el año, se encontraban aún en proceso de fabricación. Valórelos teniendo en cuenta el costo de las materias primas, materiales, empaques, mano de obra y carga fabril en que se incurrió al cierre del ejercicio anual. No incluya el valor de las existencias de productos en proceso con materias primas recibidas de terceros, toda vez que estos productos no son de propiedad del establecimiento. Renglón 3: diligencie, a precio de costo y en miles de pesos, sin incluir impuestos indirectos, el valor de todos los productos terminados y no vendidos, elaborados por

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el establecimiento. Incluya aquellos productos semielaborados, con destino a otra etapa productiva en otro establecimiento de la misma empresa. Igualmente, incluya los productos que le fueron elaborados por terceros, siempre y cuando su establecimiento haya suministrado la materia prima necesaria para su manufactura. No incluya el valor de las existencias de productos elaborados con materias primas suministradas por terceros toda vez que estos productos no son propiedad del establecimiento. Renglón 4: informe, a precio de costo y en miles de pesos, el valor de los productos adquiridos por el establecimiento con el único propósito de revenderlos. Renglón 5: corresponde al resultado de sumar los renglones 1 a 4, de las columnas 1 y 2. 4.7 MÓDULO VI. INGRESOS DE OTRAS ACTIVIDADES, UNIDADES AUXILIARES, TICS Numeral 1. Ingresos derivados de actividades diferentes a la manufacturera

1) Ingresos por actividades comerciales

a) Ingresos por venta de productos NO fabricados por el establecimiento: informe el valor correspondiente a la venta neta de aquellos productos no manufacturados por el establecimiento, vendidos en las mismas condiciones en que se adquirieron. Siempre que exista información en este renglón, la información reportada en el Módulo III otros costos y gastos causados, columna 2, renglón 1 debe ser menor. En caso contrario, corrija o aclare el porqué de este hecho. b) Ingresos por venta de materia prima, materiales y empaques sin transformar: indique el valor correspondiente a la venta neta de aquellas materias primas, materiales y empaques adquiridos por el establecimiento para su consumo, pero que no fueron utilizados y se vendieron en las mismas condiciones en que se compraron. Siempre que exista información en este renglón. La información suministrada en el módulo III otros costos y gastos causados, columna 2, renglón 2, debe ser menor. En caso contrario corrija o aclare el porqué de este hecho.

2) Ingresos por CERT /o subvenciones causados en el año: informe el valor de los CERT/o subvenciones causados en el año, únicamente por las

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exportaciones de productos fabricados por el establecimiento. No incluya en este renglón el valor de los CERT/o subvenciones causados en años anteriores ni los correspondientes a productos o mercancías no fabricadas por el establecimiento. Indique, según se solicita en los renglones 1 a 12, en miles de pesos, sin incluir impuestos indirectos (IVA y consumo), el valor de los ingresos netos del establecimiento provenientes de las diferentes actividades que desarrolla en cumplimiento de su objeto social. IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE SERVICIOS REALIZADAS EN EL AÑO

El objetivo de este anexo, es obtener información que permita determinar la compra y venta de servicios al exterior por las empresas industriales. Sólo existirán transacciones de comercio exterior de bienes o servicios, exportaciones o importaciones, si la operación tiene lugar entre un residente y un no residente en el caso de servicios o entre el territorio económico y el resto del mundo en el caso de bienes. Si en desarrollo de la actividad económica la empresa realizó compras o ventas de bienes o servicios al exterior, marque, según corresponda Tenga en cuenta las siguientes definiciones: Residentes: se consideran residentes a las personas naturales o jurídicas que tienen un centro de interés económico en el territorio de un país. Es decir, que circulan libremente en el territorio geográfico administrado por un gobierno y que poseen algún lugar de vivienda, establecimiento de producción u otras instalaciones dentro del territorio en o desde el cual realizan o tienen intenciones de seguir desarrollando actividades y transacciones económicas de forma indefinida o por un período prolongado. No residentes: se definen como las personas naturales o jurídicas que no tienen un centro de interés económico y no mantienen dentro del país una vivienda o residencia principal, establecimiento de producción o instalaciones para el desarrollo de actividades económicas dentro del territorio del país. El centro de interés económico de esas personas se encuentra en otro territorio. Sus actividades económicas las realizan de forma definida o por un período limitado en el país. Entre los servicios susceptibles de ser transados con el exterior están, los de: • Arrendamiento no financiero

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• Telecomunicaciones • Construcción • Seguros • Comerciales (compra y venta) • Informática • Regalías y derechos de licencia • Arrendamiento de explotación • Publicidad • Asesoría en construcción e ingeniería • Asesoría y consultoría legal, económica o administrativa • Asesoría y consultoría técnica Numeral 2. Unidades auxiliares. En este numeral deben estar consignados los datos sobre actividad, ubicación, personal ocupado y sus remuneraciones, de la totalidad de las unidades auxiliares, localizadas en lugar físico diferente al del establecimiento industrial y que dependen directamente de éste. Tenga en cuenta que los datos reportados en este numeral, no deben ir incluidos en el resto del formulario.

- Si en un mismo lugar (dirección) funcionan, además de la fábrica, unidades auxiliares (gerencia general, bodegas, oficinas administrativas, puntos de venta, etc.), este numeral debe venir en blanco, al igual que el módulo I, Carátula única empresarial, -Si las unidades auxiliares (gerencia general, bodegas. oficinas administrativas, puntos de venta, etc.) que dependen directamente del establecimiento informante, funcionan en direcciones diferentes a la de la fábrica, este numeral debe contener la información referente a dichas unidades y en módulo I, Carátula única empresarial, debe aparecer el número de unidades correspondientes.

Ejemplo: Confecciones JANA está formada por un solo establecimiento industrial y tiene unidades auxiliares ubicadas tanto en la misma dirección donde funciona el establecimiento como en otras direcciones así:

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En el módulo I, Carátula única empresarial, deberá aparecer reseñado un establecimiento industrial y en las,” unidades auxiliares” las 3 unidades auxiliares. En el módulo VI, Ingresos de otras actividades, opción unidades auxiliares deben aparecer relacionadas las tres unidades auxiliares de la siguiente forma:

Actividad Departamento

Municipio

Personal

Gastos de personal

Otros costos

y gastos

Punto de

venta*

Bogotá D.C. Bogotá 10 $ xx xxx xxx $ xx xxx xxx

Punto de

venta

Valle Cali 5 $ xx xxx xxx $ xx xxx xxx

En el cuerpo del formulario de establecimiento, debe aparecer la totalidad de los datos correspondientes a la fábrica, la gerencia general y la bodega, pues funcionan en la misma dirección. En los formularios de establecimiento de las empresas constituidas por 2 o más establecimientos industriales (multiestablecimiento). Las unidades auxiliares que dependan directamente de ellos y estén ubicadas en sitios diferentes, deben diligenciar el módulo VI, Ingresos de otras actividades, unidades auxiliares, numeral 2, unidades auxiliares”, tal como se señaló antes.

Actividad Dirección Departamento - municipio Personal

Gerencia General Cra. 13 No. 27-16 Bogotá 10

La fábrica Cra. 13 No. 27-16 Bogotá 30

Bodega Cra. 13 No. 27-16 Bogotá 5

Punto de venta (1) Cra. 14 No. 45-23 Bogotá 5

Punto de venta (2) CII. 11 No. 20-32 Bogotá 5

Punto de venta (3) AV. 5 No. 52-01 Valle - Cali 5

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Ejemplo: la empresa productora de alimentos concentrados BOCHICA, presenta la siguiente estructura operativa:

Actividad Dirección Ubicación geográfica Personal

Gerencia general Av. 68 Nro. 12.42 Bogotá 100

Gerencia regional CII. 23 Nro. 7A-68 Cali 20

Fábrica 1 Av. 68 Nro. 12-42 Bogotá 300

Fábrica 2 CII. 23 Nro. 7 A-68 Cali 200

Punto de venta (1) Cra. 13 Nro. 60-16 Bogotá 5

Punto de venta (2) Cra. 14 Nro. 85.23 Bogotá 5

Bodega Cra. 10 Nro. 19-02 Bogotá 5

Punto de venta (3) CII. 23 Nro. 7-66 Cali 5

Esta empresa deberá reportar la información consolidada de todas las actividades económicas que realiza en el formulario resumen empresarial y diligenciar dos formularios de establecimiento (uno por cada fábrica). En estas condiciones el módulo I, Carátula única empresarial,” deberá aparecer diligenciado así: Número de establecimientos Manufactureros: 2 Unidades auxiliares: 4 Como la estructura empresarial muestra que posee 2 establecimientos industriales, ubicados en Bogotá y Cali, en los anexos correspondientes al formulario de establecimiento, de estos dos establecimientos deberán aparecer informadas las unidades auxiliares que dependen directamente de ellos. Esto es: En el módulo VI, Ingresos de otras actividades, unidades auxiliares, TICS - en la opción unidades auxiliares, del formulario del establecimiento ubicado en Bogotá, deberá aparecer así:

Actividad Departamento Municipio Personal Gastos de

personal

Otros costos y gastos

Punto de

venta*

Bogotá D.C. Bogotá 10 $ xx xxx xxx $ xx xxx xxx

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Bodega Bogotá D.C. Bogotá 5 $ xx xxx xxx $ xx xxx xxx

La totalidad de la información correspondiente a la gerencia general y la fábrica 1, deben estar incluidas en el cuerpo del formulario, porque funcionan en la misma dirección. En el módulo VI, Ingresos de otras actividades, unidades auxiliares, TICS –opción unidades auxiliares, del formulario del establecimiento ubicado en Cali, deberá aparecer así:

Actividad Departamento Municipio Personal Gastos de personal

Otros costos y gastos

Punto de venta

(3)

Valle Cali 5 $ xx xxx xxx $ xx xxx xxx

La totalidad de la información correspondiente a la gerencia regional y a la fábrica debe estar incluida en el cuerpo del formulario, porque gerencia y fábrica 2 funcionan en la misma dirección.

LEY N°. 0079 DEL 20 DE OCTUBRE DE 1993

"Por la cual se regula la realización de los Censos de Población y Vivienda en todo el

territorio nacional".

EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA:

ARTICULO 5°. Las personas naturales o jurídicas, de cualquier orden o naturaleza,

domiciliadas o residentes en el territorio nacional, están obligadas a suministrar al

Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, los datos solicitados en el

desarrollo de Censos y Encuestas.

Los datos suministrados al Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE,

en el desarrollo de los censos y encuestas, no podrán darse a conocer ni al público ni a

las entidades u organismos oficiales, ni a las autoridades públicas, sino únicamente en

resúmenes numéricos, que no hagan posible deducir de ellos información alguna de

carácter individual que pudiera utilizarse para fines comerciales, de tributación fiscal, de

investigación judicial o cualquier otro diferente del propiamente estadístico.

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ARTICULO 6°. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, podrá

imponer multas por una cuantía entre uno (1) y cincuenta (50) salarios mínimos

mensuales, como sanción a las personas naturales o jurídicas de que trata el artículo 5º

de la presente Ley y que incumplan lo dispuesto en ésta u obstaculicen la realización del

Censo o de las Encuestas, previa investigación administrativa.

En el caso de servidores públicos, el no prestar la debida colaboración, constituirá causal

de mala conducta que se sancionará con la suspensión o destitución del cargo.

ARTICULO 8°. La presente Ley rige a partir de su promulgación y deroga las

disposiciones que le sean contrarias, en especial el Artículo 11 de la Ley 67 de 1917.

EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA

JORGE RAMON ELIAS NADER

EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA

PEDRO PUMAREJO VEGA

5. ANEXOS

ANEXO 1. DIRECCIONES TERRITORIALES – DANE Para mayor información sobre el diligenciamiento del formulario, solicite asesoría técnica

especializada en nuestras oficinas de su ciudad.

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¡GRACIAS POR SU APORTE!

Consulte los resultados de las investigaciones de industria que realiza el DANE en www.dane.gov.co