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ORGANIZACIN Y CONSTITUCIN DE EMPRESAS

ISTP CARLOS CUETO FERNANDINIORGANIZACIN Y CONSTITUCIN DE EMPRESAS

1. CONSTITUCIN DE EMPRESA Constituir legalmente nuestra empresa nos permite que sta sea legalmente reconocida, que califique como sujeto de crdito, que podamos emitir comprobantes de pago, y que podamos producir, comercializar y promocionar nuestros productos o servicios con autoridad y sin restricciones.

Dentro del mbito empresarial existen muchas formas de constituir y manejar una empresa, bien en forma individual y/o asociada. Para ello existe un conjunto de leyes.

Iniciar y constituir una pequea empresa no est reservada solo a un grupo privilegiado de personas. Usted puede hacerlo, solamente es decisin, confianza en s mismo y una renovada fe, en el sentido que toda persona es quien determina su destino de xito o fracaso en esta vida. Usted creemos que lo lograra ya que busca la independencia, tiene visin panormica de los objetivos.

2. RUC Acrnimo para Registro nico de Contribuyente (original en espaol). Dicho registro identifica a las empresas dentro del pas en cuestin. El mismo depende tanto del Ministerio de Economa como de la Direccin General Impositiva (DGI) nacional. Dicha inscripcin es de carcter obligatorio para todas las empresas que quieran comenzar sus operaciones.

Es el registro informtico a cargo de la SUNAT que contiene los datos de identificacin y de las obligaciones tributarias de los contribuyentes de los tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT, de la informacin vinculada a sus actividades econmicas, as como la informacin de sus responsables.

Generalmente reflejado en la facturacin de ventas, en el registro de personera jurdica de la empresa en cuestin, entre otros casos. Toda empresa nueva que se funda y quiere empezar a operar primero se registra en el RUC, luego se le asigna el nmero identificatorio de la misma.3. IGV Impuesto general a la venta (todo lo que compras o ventas paga impuestos de eso vive el pas)

Este impuesto es conocido en el mundo como IVA (Impuesto al Valor Agregado). En la actualidad se aplica la tasa de 19% sobre el valor de las ventas de bienes en el pas y sobre la prestacin de servicios de carcter no personal en el pas.

Impuesto que grava la venta al por menor y mayor de la mayor parte de bienes y servicios en funcin del valor del producto vendido, es decir un porcentaje, el cual actualmente es de 19%. Es una obligacin del comprador, siendo el vendedor un mero intermediario entre ste y el ente recaudador (SUNAT).

4. UIT Es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias para determinar las bases imponibles, deducciones, lmites de afectacin y dems aspectos de los tributos que considere conveniente el legislador. Tambin podr ser utilizada para aplicar sanciones, determinar obligaciones contables, inscribirse en el registro de contribuyentes y otras obligaciones formales.

Monto de referencia que es utilizado en las normas tributarias a fin de mantener en valores constantes las bases imponibles, deducciones, lmites de afectacin y dems aspectos de los tributos que, considere conveniente el legislador.

Puede ser utilizado en las normas tributarias para determinar las bases imponibles, deducciones, lmites de afectacin y dems aspectos de los tributos que considere conveniente el legislador. Tambin podr ser utilizada para aplicar sanciones, determinar obligaciones contables, inscribirse en el registro de contribuyentes y otras obligaciones formales.5. RUS Es un rgimen tributario promocional dirigido a: Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el pas, que exclusivamente obtengan rentas por la realizacin de actividades empresariales. Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el pas, que perciban rentas de cuarta categora nicamente por actividades de oficios.

Rgimen tributario creado por el Decreto Legislativo N 937 , al cual pueden acogerse las personas naturales y sucesiones indivisas que exclusivamente obtienen ingresos provenientes de actividades empresariales y tambin aquellas personas naturales no profesionales con ingresos por actividades de oficios.

Es un rgimen tributario promocional dirigido a:a. Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el pas, que exclusivamente obtengan rentas por la realizacin de actividades empresariales.b. Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el pas, que perciban rentas de cuarta categora nicamente por actividades de oficios.6. RGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA. Rgimen adecuado especialmente para las medianas y grandes empresas que generan ingresos por rentas de tercera categora y desarrollan actividades sin que tengan que cumplir condiciones o requisitos especiales para estar comprendidas en el.

En este Rgimen estn comprendidas tambin, las actividades desarrolladas por los Notarios, las sociedades civiles, las entidades que se asocien y los agentes mediadores de comercio , rematadores, martilleros y cualquier otra actividad no permitida para los Regmenes del Nuevo RUS y el Rgimen Especial del Impuesto a la Renta.

El Impuesto a la Renta de Tercera Categora grava la renta obtenida por la realizacin de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurdicas. Generalmente estas rentas se producen por la participacin conjunta de la inversin del capital y el trabajo

7. RGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Rgimen tributario al cual pueden acogerse las personas naturales y jurdicas que generan ingresos considerados como rentas de tercera categora , derivados de su actividad econmica y / o servicios, sujeto a ciertos requisitos.

El RER es un rgimen tributario dirigido a personas naturales y jurdicas ,sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el pas que obtengan rentas de tercera categora pro vinientes de :

Actividades de comercio o industria: entendindose por tales a la venta de los bienes que adquieran produzcan o manufacturen as como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cra y el cultivoActividades de servicio: entendindose a cualquier otra actividad no sealada expresamente en el inciso anterior, su tasa es de 1.5 % de los ingresos netos mensuales Es un rgimen tributario dirigido a personas naturales y jurdicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el pas, que obtengan rentas de tercera categora

8. EL IMPUESTO A LA RENTA El Impuesto a la Renta grava las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicacin conjunta de ambos factores, entendindose como tales a aqullas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos peridicos.

El impuesto a la renta se configura como un tributo directo, de carcter natural y subjetivo, que grava la renta de las personas.

Se trata de un impuesto que grava la renta o ganancia que se ha producido a partir de una inversin o de la rentabilidad de cierto capital. Se puede tratar tambin del producto de un trabajo dependiente o independiente. En trminos ms sencillos, el impuesto a la renta esun tributo que, como ya se ha dicho, grava las rentas o aquellos ingresos que se configuran como utilidades o beneficios.

9. EL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

El ISC es el impuesto que grava las transferencias de algunos bienes de produccin nacional a nivel de fabricacin, as como su importacin; servicios de telecomunicaciones, de seguros y pagos a travs de cheques.Productos del AlcoholProductos del TabacoServicios de TelecomunicacionesPagos realizados con cheques por las entidades de intermediacin financiera as como los pagos realizados a travs de transferencias electrnicasSeguros en generalOtros bienes establecidos en la LeyBase Legal: Ttulo IV Ley 11-92 d/f 16/05/92 y sus modificaciones

Es un impuesto que grava el uso o consumicin de productos que no son considerados de primera necesidad; como bebidas alcohlicas, perfumes, joyas, relojes y armas; as tambin productos que poluyen o contaminan el ambiente, como los combustibles. En la Ley 244/04 figura una lista de productos alcanzados por este impuesto, Art. 106 con sus respectivas tasas impositivas. Qu est gravado ? La importacin de bienes. La primera venta a cualquier ttulo cuando los bienes o productos sean de produccin nacional.Seccin I Tasa:Seccin I Tasa 1) Cigarrillos perfumados o elaborados con tabaco rubio , egipcio o turco, virginia y similares . 12% 2) Cigarrillos en general no comprendidos en el numeral anterior. 12% 3) Cigarros de cualquier clase. 12% 4) Tabaco negro o rubio , picado o en otra forma, excepto el tabaco en hojas . 10% 5) Tabaco elaborado, picado, en hebra, en polvo (rap), o en cualquier otra forma. 10

Grava la venta en el pas a nivel de productor y la importacin de bienes tales como combustibles, vehculos, cervezas, cigarrillos, bebidas alcohlicas, agua gaseosa y mineral, otros artculos de lujo, combustibles, juegos de azar y apuestas.Las tasas del impuesto fluctan entre 0% y 50 %, segn el tipo de bien o servicio gravado.

10. LAS RENTAS DE PRIMERA CATEGORA

Las rentas de Primera Categora son :El arrendamiento o subarrendamiento de predios.El arrendamiento o cesin temporal de bienes muebles o inmuebles distintos de predios, as como los derechos sobre estos.El valor de las mejoras introducidas en el bien por el arrendatario o subarrendatario, las cuales no son reembolsadas por el propietario constituyendo un beneficio para este.La cesin gratuita o a precio no determinado de predios efectuada por el propietario a terceros.Quin es el contribuyente del Impuesto a la Renta por rentas de Primera Categora?El contribuyente es el arrendador o subarrendador, cuando corresponda. Puede ser persona natural, una sucesin indivisa, o una sociedad conyugal.

Cuando una persona natural, una sociedad indivisa, o una sociedad conyugal da en arrendamiento (alquiler) Un bien inmueble o mueble genera una renta gravada con el impuesto a la Renta. Esta renta es considerada como de Primera Qu son renta de primera categora?Las rentas de primera categora va agravar las operaciones de alquileres y/o sub arriendos de predios, as como tambin de bienes muebles e inmuebles. Tambin esta afecto la cesin gratuita de dichos bienes a terceros.Si lo describiramos de una manera coloquial, pudiramos decir que si uno alquila un cuarto o un departamento dicha operacin es renta de primera categora. Tambin si alquilamos nuestro auto a una empresa, tambin est considerado como renta de primera categora.

Se consideran rentas de primera categora:Elproductoen efectivo o en especie del arrendamiento o subarrendamiento o subarrendamiento de predios, incluidos sus accesorios, as como el importe pactado por los servicios suministrados por el locador y el monto de los tributos que tome a su cargo el arrendatario y que legalmente corresponde al locador.El valor de las mejoras introducidas al bien por el arrendatario o sub.-arrendatario, en tanto constituyan un beneficio para el propietario y en la parte que ste no se encuentre obligado a rembolsar.La renta ficta de predios cuya ocupacin hayan cedido sus propietarios gratuitamente o a precio no determinado. La renta ficta ser el seis por ciento (6%) del valor del predio declarado en el autoevalo correspondiente al Impuesto Predial.

11. RENTA DE 2DA CATEGORA

A partir del 1 de febrerodel 2010, se utiliza para la declaracin y pago del impuesto el Formulario Virtual N 1665 Declaracin y Pago de Renta de Segunda Categora Cuenta Propia. En caso no se realice el pago en forma virtual, se podr efectuara travs del Sistema Pago Fcil en las agencias bancarias autorizadas, utilizando el Formulario 1662 - Boleta de Pago.

Se consideran Rentas de Segunda Categora:- Los intereses originados en la colocacin de capitales, cualquiera sea su denominacin o forma de pago, tales como los producidos por ttulos, cdulas, debentures, bonos, garantas y crditos privilegiados o quirografiados en dinero o en valores.Los intereses, excedentes y cualquier otro ingreso que perciban los socios de las Cooperativas como retribucin por sus capitales aportados, con excepcin de los percibidos por socios de Cooperativas de Trabajo.Las regalasEl producto de la cesin definitiva o temporal de derechos de llave, marcas, patentes, regalas o similaresLas rentas vitaliciasLas sumas o derechos recibidos en pago de obligaciones de no hacer, salvo que dichas obligaciones consistan en no ejercer actividades comprendidas en la Tercera, Cuarta o Quinta Categora, en cuyo caso las rentas respectivas se incluirn en la categora correspondiente.La diferencia entre el valor actualizado de las primas o cuotas pagadas por los asegurados y las sumas que los asegurados entreguen a aquellos al cumplirse el plazo estipulado en los contratos totales del seguro de vida y los beneficios o participaciones en seguros sobre la vida que obtengan los asegurados.Los dividendos y cualquier otra forma de distribucin de utilidades, entindase como tales a las utilidades que las Personas Jurdicas distribuyan entre sus socios, asociados, titulares o personas que las integran, segn sea el caso, en efectivo o en especie, salvo mediante ttulos de propia emisin representativos del capital. La distribucin del mayor valor atribuido por reevaluacin de activos, ya sea en efectivo o en especie, salvo en ttulos de propia emisin representativos del capital. La reduccin de capital hasta por el importe equivalente a utilidades, excedentes de reevaluacin, ajuste por reexpresin, primas o reservas de libre disposicin capitalizadas previamente, salvo que la reduccin se destine a cubrir prdidas conforme a lo dispuesto en la Ley General de Sociedades.Las ganancias de capital como los dividendos, las regalas y los intereses de prstamos.

El Art. 10 de la Ley N 27084 establece que no se consideran dividendos ni otra forma de distribucin de utilidades, la capitalizacin de utilidades, reservas, primas, ajuste por reexpresin, excedente de reevaluacin o de cualquier otra cuenta de patrimonio.Determinacin y pago del Impuesto a la Renta de Segunda Categora.Renta BrutaEs el conjunto de ingresos percibido de las rentas gravadas por el Impuesto a la Renta de Segunda Categora.Renta NetaPara establecer la Renta Neta de la Segunda Categora, se deducir por todo concepto el diez por ciento (10%) del total de la renta bruta con excepcin de la distribucin de dividendos.Clculo del Impuesto AnualEn el Impuesto a la Renta de Segunda Categora se aplica el principio de imputacin de la renta, mtodo de lo percibido, lo que significa que habra que pagar el impuesto a la renta, solamente por lo cobrado en el ejercicio o que se encuentre a disposicin del perceptor de la renta.Para determinar el impuesto a la Renta Anual se multiplica los porcentajes que establece la escala por la renta neta, segn D.S. Nro. 054-99-EF, Art. 53Pago a Cuenta del Impuesto a la RentaLos pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de esta categora se ralizan mediante el sistema de retenciones aplicando la tasa del 15% a la renta neta.Retencin a las Personas no DomiciliadasCuando las Personas o entidades paguen a personas no domiciliadas, renta de Segunda Categora, debern retener y abonar al fisco con carcter definitivo, con la tasa del 30% cuando el beneficiario sea Persona Natural o Sucesin Indivisa no domiciliada en el Pas.

Impuesto a la renta de segunda categoria, intereses por colocacin de capitales, regalas, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros. Para los efectos del impuesto, las rentas afectas de fuente peruana de segunda categora son las rentas de capital no comprendidas en la primera categora. As, son rentas de segunda categora los incrementos y reajustes de capital y cualquier ganancia o ingreso que provenga de operaciones realizadas con instrumentos financieros derivados

12. RENTAS DE TERCERA CATEGORA

Son rentas de Tercera Categora:Las derivadas del comercio, la industria o minera, de la explotacin agropecuaria, forestal, pesquera, pesquera o de otros recursos naturales, de la prestacin de servicios comerciales, industriales o de ndole similar, como transportes, comunicaciones, sanatorios, hoteles, depsitos, garajes, reparaciones, construcciones, bancos, financieras, seguros, fianzas y capitalizacin; y en general de cualquier otra actividad que constituya negocio habitual de compra de produccin y venta o disposicin de bienes.

Las derivadas de la actividad de los agentes mediadores de comercio, rematadores y martilleros y de cualquier otra actividad similarLas que obtengan los NotariosEl resultado de la enajenacin de bienes en los casos contemplados en los Arts. 3 y 4 de la leyLas dems rentas que obtengan las Personas Jurdicas a que se refiere el Art. 14 de la Ley y las empresas domiciliadas en el pas, comprendidas en los incisos a) y b) de este artculo o en su ltimo prrafo, cualquiera sea la categora a la que debiera atribuirse.Las rentas obtenidas por el ejercicio en asociacin o en sociedad civil de cualquier profesin, arte, ciencia u oficio.Cualquier otra renta no incluida en las dems categorasLa derivada de la cesin de bienes muebles cuya depreciacin o amortizacin admite la presente Ley, efectuados por contribuyentes generadores de renta de Tercera Categora, a titulo gratuito, a precio no determinado o a un precio inferior al de las costumbres de la plaza, a otros contribuyentes generadores de renta de Tercera Categora o a entidades comprendidas en el ltimo prrafo del Art. 14 de la presente Ley. Se presume, sin admitir prueba en contrario, que dicha cesin genera una neta anual no menor al seis por ciento (6%) del valor de adquisicin ajustado de ser el caso, de los referidos bienes. Para estos efectos no se admitir la deduccin de la depreciacin acumulada.

El Impuesto a la Renta de Tercera Categora grava la renta obtenida por la realizacin de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurdicas. Generalmente estas rentas se producen por la participacin conjunta dela inversin del capital yel trabajo.Recuerde que El impuesto a la renta de Tercera categora se determina al finalizar el ao. La declaracin y pago se efecta dentro de los tres primeros meses del ao siguiente, de acuerdo con el Cronograma de Vencimientos que aprueba la SUNAT para cada ejercicio

Sin embargo todos los meses, desde su fecha de inicio de actividades, usted debe hacer pagos a cuenta.

13. RENTAS DE CUARTA CATEGORA

Se consideran rentas de Cuarta Categora las obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesin, arte, ciencia, oficio o actividades no incluidas expresamente en la Tercera Categora. El desempeo de funciones de Director de empresas, Sndico, Mandatario, Gestor de negocios, albacea y actividades similares.En esta renta tambin se emplea el principio de lo percibido. La obligacin de tributar del impuesto nace cuando se percibe y no cuando vence la obligacin.

Son Rentas de Cuarta Categora aquellas obtenidas por el desempeo individual e independiente de una:

-Profesin, arte, ciencia u oficio

No le ha pasado que cuando consigue un trabajo o le ofrecen una oportunidad laboral, la empresa o la persona que lo solicita, le pide que emitacomprobantes como honorarios profesionales pero ni siquiera le indican el porque, pues bien antes de tramitarello debemos conocer que cada tipo de comprobanteque decida emitiresta afecto aun tipo de renta y con ello se estaobligando como contribuyente a llevar uncontrol tributario de sus ingresosmediante mecanismos contables. En otras palabra debera inicialmente tamitar el RUC y con ello hacer la afectacin tributaria al tipo de renta que desee generar para emitir el tipo de comprobante solicitado por la empresa o persona que le solicito dicho comprobante.

14 RENTAS DE QUINTA CATEGORIA

Son rentas de Quinta Categora las obtenidas por concepto de:El trabajo personal prestado en relacin de dependencia, incluidos cargos pblicos, electivos o no, como sueldos, salarios, asignaciones, emolumentos, primas, dietas, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representacin y en general toda retribucin por servicios personales.No se consideran como tales las cantidades que percibe el servidor por asuntos del servicio en lugar distinto al de su residencia habitual, tales como los gastos de viaje, viticos por gastos de alimentacin y hospedaje, gastos de movilidad y otros gastos exigidos por la naturaleza de sus labores, siempre que no constituyan sumas que por su monto revelen el propsito de evadir el impuesto. Tratndose de funcionarios pblicos que por razn del servicio o comisin especial se encuentren en el exterior y perciban sus haberes en moneda extranjera, se considerar renta gravada de esta categora, nicamente la que les correspondera percibir en el pas en moneda nacional conforme a su grado o categora.

Constituye remuneracin para todo efecto legal, el ntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios (retribucin a su trabajo), en dinero o en especie, sin interesar la forma o la denominacin, siempre que sea de su libre disposicin*Para efectos tributarios, la Ley del Impuesto a la Renta establece cules son los ingresos que constituyen Rentas de Quinta Categora y, por tanto, estn afectos a dicho tributo.(*)Artculo 6 del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

Constituye remuneracin para todo efecto legal, el ntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios (retribucin a su trabajo), en dinero o en especie, sin interesar la forma o la denominacin, siempre que sea de su libre disposicin, conforme al Artculo 6 del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Para efectos tributarios, la Ley del Impuesto a la Renta establece cules son los ingresos que constituyen Rentas de Quinta Categora y, por tanto, estn afectos a dicho tributo.

15. REGISTRO DE VENTAS

Es un auxiliar obligatorio de caracterstica tributario de foliacin doble en el cual se registran en forma detallada, ordenada y cronolgica, cada una de las ventas de bienes o servicios que realiza la empresa en el desarrollo habitual de sus operaciones.

Los documentos que sustentan las ventas realizadas son las facturas, boletas de venta, notas de crdito, notas de dbito, etc.

El Registro de Ventas e Ingresos es un libro auxiliar en el que se anotan diariamente por orden cronolgico todas las ventas e ingresos de la actividad que se desarrolla con el detalle siguiente: El nmero de anotacin, fecha, nmero de factura o documento equivalente, concepto e importe, con separacin del I.V.A. devengado o compensacin recibida en el rgimen especial de agricultura, ganadera y pesca.

16. REGISTRO DE COMPRAS

El registro de Compras es un libro auxiliar obligatorio de caracterstica tributario de foliacin doble. El registro se realiza en forma detallada, ordenada y cronolgica de cada uno de los documentos de compras de bienes y servicios que registre diariamente. Este registro es sumamente importante para el Estado pues permite controlar el crdito fiscal del IGV a que tiene derecho la empresa y por lo tanto tambin sirve para liquidar y pagar mensualmente el Impuesto General a las Ventas. En este libro se anotan en forma cronolgica las compras de bienes y servicios que realiza la empresa. Es un libro que puede ser de foliacin simple o doble. Desde el punto de vista tcnico contable, es auxiliar. Desde el punto de vista legal, es obligatorio para las empresas que deben llevar contabilidad completa. Tambin es obligatorio para las empresas que, no estando obligadas a llevar contabilidad completa, realizan operaciones gravadas por el Impuesto General a las Ventas.

17. LA CLAVE SOL Es un conjunto de letras y nmeros agrupados que conforman una identificacin secreta que permite ser reconocido por los sistemas informticos, aprobando mediante ella el ingreso a ellos, en este caso por el sistema: SUNAT operaciones en lnea sol. La clave sol de un contribuyente puede ser de la siguiente forma:-cdigo de usuario: p6rtsg5c- clave de acceso: hzgwtvwpo

17.2 La clave sol se utiliza para poder ingresar a SUNAT operaciones en lnea - sol, su ingreso es a travs del portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) o a travs de su ingreso directo: SUNAT operaciones en lnea - sol. una vez que ha ingresado deber colocar los siguientes datos: el nmero de su ruc. el usuario y clave que se le ha entregado previamente (clave sol). una vez que el sistema le permite el ingreso, Ud. puede llenar su declaracin exporta fcil. luego, puede consultar el estado de su exportacin. Es una contrasea de uso personal que permite, a los contribuyentes, acceder al sistema "sunat operaciones en lnea -sol". la clave sol es de distribucin gratuita. por seguridad, su entrega se realiza en un sobre sellado.

18. LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO La licencia de funcionamiento es la autorizacin que otorga la autoridad competente, para el desarrollo de las actividades econmicas, a favor del titular de las mismas.

La licencia de funcionamiento es la autorizacin que otorga la municipalidad para el desarrollo de cualquier actividad econmica con o sin fines de lucro en un establecimiento determinado, a favor del titular de la misma. podr solicitar licencia de funcionamiento que incluyan msde un giro, siempre y cuando estos sean a fines o complementarios. la licencia de funcionamiento es otorgada por cada establecimiento en donde usted desea desarrollar una actividad econmica.

Es la autorizacin que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades econmicas en un establecimiento determinado, en favor del titular de las mismas. podrn otorgarse licencias que incluyan ms de un giro, siempre que stos sean afines o complementarios entre s. las municipalidades, mediante ordenanza, deben definir los giros afines o complementarios entre s, para el mbito de su circunscripcin. en el caso de que los sujetos obligados a obtener licencia de funcionamiento desarrollen actividades en ms de un establecimiento, debern obtener una licencia para cada uno de los mismos. la licencia de funcionamiento para cesionarios permite la realizacin de actividades simultneas y adicionales en un establecimiento que ya cuenta con una licencia previa.

19. DOMICILIO FISCAL El domicilio fiscal es el fijado por el contribuyente dentro del territorio nacional para efectos tributarios. el domicilio procesal es el fijado por el contribuyente a efecto de un procedimiento administrativo (contencioso tributario, no contencioso y de cobranza coactiva). si el contribuyente seala un domicilio procesal a efecto de un procedimiento, las notificaciones deben ser hechas en dicho lugar y de no ser posible, se notificar en el domicilio fiscal.

La eleccin del domicilio fiscal de una empresa en el momento en el que se inicia una actividad empresarial y econmica es algo que resulta ms importante de lo que parece a simple vista . La figura de presuncin de domicilio fiscal de personas naturales se encuentra estipulada en el artculo 12 del cdigo tributario, en el cual acoge la modalidad en que se presumir el domicilio fiscal del contribuyentes, pero para poder referirnos a ello debemos definirlo que es domicilio fiscal, que se encuentra en el artculo 11 del cdigo tributario, siendo esta figura el resultado de la especie de un domicilio especial que se encuentra circunscrito exclusivamente en lo tributario una vez que ha sido fijado por el deudor o en su defecto por la administracin tributaria, obedece a que el acreedor tributario requiera ubicar al deudor, regstralo y ejecutarlo, para ello debe precisar con un domicilio estable y aceptado. Es el lugar de la direccin o administracin principal y efectiva de las actividades y slo cuando ste es inexistente se tiene en cuenta el domicilio real o el legal.20. ESTADOS FINANCIEROS Los estados financieros, tambin denominados estados contables, informes financieros o cuentas anuales, son documentos que debe preparar la empresa al terminar el ejercicio contable, con el fin de conocer la situacin financiera y los resultados econmicos obtenidos en las actividades de su empresa a lo largo de un perodo a una fecha o periodo determinado. esta informacin resulta til para la administracin, gestores, reguladores y otros tipos de interesados como los accionistas, acreedores o propietarios. la mayora de estos documentos constituye el producto final de la contabilidad y son elaborados de acuerdo a principios de contabilidad generalmente aceptados, normas contables o normas de informacin financiera. la contabilidad es llevada adelante por contadores pblicos que, en la mayora de los pases del mundo, deben registrarse en organismos de control pblicos o privados para poder ejercer la profesin. los estados financieros son las herramientas ms importantes con que cuentan las organizaciones para evaluar el estado en que se encuentran Estados financieros son los documentos que debe preparar un comerciante.

Son los documentos de mayor importancia que recopilan informacin sobre la salud econmica de la empresa, cuyo objetivo es dar una visin general de la misma.Se incluyen dentro de los estados financieros: el balance de situacin, la cuenta de prdidas y ganancias, el estado de flujos de efectivo o la memoria. todos los documentos recogidos tienen que caracterizarse por ser fiables y tiles, teniendo que reflejar realmente lo que est sucediendo en la empresa Es los estados financieros son de uso general tanto para la administracin como para usuarios en general y se emplean para evaluar la capacidad de la empresa en la generacin de activo, para conocer y estudiar su estructura financiera que incluye la liquidez y solvencia para evaluar la contabilidad de la misma. (balance general, estado de resultados, estado de cambios en la situacin financiera y estado de variacin en el capital contable).

Los estados financieros son documentos o informes que permiten conocer la situacin financiera de una empresa, los recursos con los que cuenta, los resultados que ha obtenido, la rentabilidad que ha generado, las entradas y salidas de efectivo que ha tenido, entre otros aspectos financieros de sta. ya sea que se trate de gerentes, administradores, inversionistas, accionistas, socios, proveedores, bancos, agentes financieros, o entidades gubernamentales, los estados financieros les permiten obtener informacin de acuerdo a sus necesidades, analizarla y, en base a dicho anlisis, tomar decisiones.

21. COSTO Costo, en general, es la medida de lo que cuesta algo. en trminos econmicos, el costo de un producto o servicio es el valor de los recursos econmicos utilizados para su produccin.

El costo de producir un par de zapatos, por ejemplo, comprende el precio pagado por los materiales utilizados para fabricarlos (cuero, suela, cordones, hilo, pegamento, tinte, etc.) la remuneracin de la mano de obra (por el tiempo de dedicacin de los operarios a la fabricacin de cada zapato), ms una porcin de los costos generales de funcionamiento de la fbrica o taller (depreciacin o alquiler del edificio de la fbrica, segn sea propio o alquilado, electricidad, mantenimiento, reparaciones, seguros, depreciacin de la maquinarias y equipos, etc.). Los contadores definen el costo como un recurso sacrificado para alcanzar un objetivo especfico. un costo (materiales o publicidad) se mide por lo general como la cantidad monetaria que debe pagarse para adquirir bienes y servicios. los gerentes desean saber cunto cuesta algo en particular (productos, servicios, maquina o un proceso) para poder tomar decisiones. a este (algo) se le llama objeto del costo, que es todo aquello para lo sea necesaria una medicin del costo.

La palabra costo tiene dos acepciones bsicas: puede significar la suma de esfuerzos y recursos que se han invertido para producir algo. la segunda acepcin se refiere a lo que se sacrifica o se desplaza en lugar de la cosa elegida en este caso, el costo de una cosa equivale a loque se renuncia o sacrifica con el objeto de obtenerla.

El costo o coste es el gasto econmico querepresenta la fabricacin de un producto o la prestacin de un servicio. al determinar el costo de produccin, se puede establecer el precio de venta al pblico del bien en cuestin (el precio al pblico es la suma del costo ms el beneficio). el costo de un producto est formado por el precio de la materia prima, el precio de la mano de obra directa empleada en su produccin, el precio de la mano de obra indirecta empleada para el funcionamiento de la empresa y el costo de amortizacin de la maquinaria y de los edificios

22. GASTO Los gastos, son componentes negativos del resultado, pueden definirse como los decrementos en el patrimonio neto durante el ejercicio, ya sean en forma de salidas o disminuciones en el valor de los activos, o de reconocimiento o aumento de los pasivos, siempre que no tengan su origen en distribuciones a los socios o propietarios. en la figura siguiente se delimita el concepto de gasto.

La empresa realiza un gasto cuando obtiene una contraprestacin real del exterior, es decir, cuando percibe alguno de estos bienes o servicios. as, incurre en un gasto cuando disfruta de la mano de obra de sus trabajadores, cuando utiliza el suministro elctrico para mantener operativas sus instalaciones, etc. el hecho de que la entidad utilice ciertos servicios le obliga a pagarlos.

Gasto es la accin de gastar (emplear el dinero en algo, deteriorar con el uso). en un sentido econmico, se conoce como gasto a la cantidad que se gasta o se ha gastado. El gasto es un concepto de utilidad tanto para las familias como para las empresas o para el gobierno.Una familia necesita controlar su gasto para que los ingresos le permitan afrontar sus obligaciones y satisfacer sus necesidades. una empresa, por su parte, debe conocer sus gastos al detalle ya que atentan contra su beneficio o ganancias. en el caso de un gobierno, que no busca rdito financiero, el control del gasto es importante para evitar el dficit fiscal23. COSTOS DE PRODUCCIN Es la valoracin monetaria de los gastos incurridos y aplicados en la obtencin de un bien. incluye el costo de los materiales, mano de obra y los gastos indirectos de fabricacin cargados a los trabajos en su proceso. se define como el valor de los insumos que requieren las unidades econmicas para realizar su produccin de bienes y servicios; se consideran aqu los pagos a los factores de la produccin: al capital, constituido por los pagos al empresario (intereses, utilidades, etc.), al trabajo, pagos de sueldos, salarios y prestaciones a obreros yempleados as como tambin los bienes y servicios consumidos en el proceso productivo (materias primas, combustibles, energa elctrica,servicios, etc.).

Los costos de produccin (tambin llamados costos de operacin) son los gastos necesarios para mantener un proyecto, lnea de procesamiento o un equipo en funcionamiento. en una compaa estndar, la diferencia entre el ingreso (por ventas y otras entradas) y el costo de produccin indica el beneficio bruto.Esto significa que el destino econmico de una empresa est asociado con: el ingreso (por ej., los bienes vendidos en el mercado y el precio obtenido) y el costo de produccin de los bienes vendidos. Mientras que el ingreso, particularmente el ingreso por ventas, est asociado al sector de comercializacin de la empresa, el costo de produccin est estrechamente relacionado con el sector tecnolgico; en consecuencia, es esencial que el tecnlogo pesquero conozca de costos de produccin. Se define usualmente a la produccin como la creacin de utilidad, entendiendo por tal la capacidad de un bien o de un servicio para satisfacer una necesidad humana. esta definicin es demasiado amplia para tener gran contenido especfico. pero por otra parte establece sin lugar a dudas que la produccin abarca una amplia gama de actividades y no slo la fabricacin de bienes materiales. la prestacin de servicios legales, la elaboracin de un libro, la exhibicin de una pelcula, el manejo de una cuenta bancaria, son ejemplos de la produccin. es difcil precisar los insumos que se utilizan en la produccin de las actividades enumeradas con anterioridad; aunque la mayor parte de nosotros dira que para prestar estos servicios se requiere alguna clase de habilidad tcnica e intelectual.

25. ESTADO DE GANANCIAS Y PRDIDAS El Estado de Ganancias y Prdidas conocido tambin como Estado de Resultados, Estado de Ingresos y Gastos, o Estado de Rendimiento; es un informe financiero que da muestra la rentabilidad de la empresa durante un perodo determinado, es decir, las ganancias y/o prdidas que la empresa obtuvo o espera tener.

ElEstado de Resultadostambin conocido comoEstado de Prdidas y Gananciasnos refleja informacin relevante (resultado) en cuanto a las operaciones desarrolladas por una entidad durante un determinado perodo de tiempo.Para determinar el estado de resultados, necesitamos conocer la utilidad neta as como cada uno de sus componentes que la integran, dichos componentes son los ingresos, los costos y los gastos que presentan la entidad durante el periodo de tiempo que se desea obtener.

Es un estado financiero utilizado para percibir si nuestra empresa est teniendo prdidas o ganancias. Se encarga de resumir todos los ingresos y gastos que se han generado y producido durante un periodo de tiempo. Sirve para calcular la utilidad neta, que es la informacin ms importante de un negocio, adems de conocer la estructura de ingresos y de gastos de la empresa

26. ACTIVO Bienes o derechos que la empresa posee. Un activo es un bien que la empresa posee y que pueden convertirse en dinero u otros medios lquidos equivalentes. Conjunto de bienes y derechos reales y personales sobre los que se tiene propiedad. Trmino contable-financiero con el que se denomina al conjunto de recursos econmicos con los que cuenta una persona, sociedad, corporacin, entidad, empresa o cualquier organizacin econmica. La frmula contable del activo es: Activo = Pasivo + Capital Contable

27. PASIVOS El pasivo se encuentra recogido en el balance de situacin de la empresa segn est recogido en el Plan General de Contabilidad El pasivo consiste en lasdeudasque la empresa posee, recogidas en elbalance de situacin, comprende las oligaciones actuales de la compaa que tienen origen en transacciones financieras pasadas.El pasivo comprende obligaciones presentes provenientes de operaciones o transacciones pasadas, tales como la adquisicin de mercancas o servicios, prdidas o gastos en que se ha incurrido, o por la obtencin de prstamos para el financiamiento de los bienes que constituyen el activo.

28. CAPITAL es uno de los factores de la produccin y comprende el conjunto de los Bienes materiales que habiendo sido creados por el hombre, son utilizados para producir otros Bienes o servicios. Dos caractersticas importantes del capital son que su creacin involucra un Costo, porque es necesario utilizar Recursos que podran destinarse al Consumo; y la aplicacin del Capital al proceso de produccin incrementa la Productividad de los otros Factores Productivos, tales como el Trabajo y la Tierra. . Capital en teora econmica, es uno de los factores de la produccin y comprende el conjunto de los Bienes materiales que habiendo sido creados por el hombre, son utilizados para producir otros Bienes o servicios. Dos caractersticas importantes del capital son que su creacin involucra un Costo, porque es necesario utilizar Recursos que podran destinarse al Consumo; y la aplicacin del Capital al proceso de produccin incrementa la Productividad de los otros Factores Productivos, tales como el Trabajo y la Tierra. El capital es la cantidad de recursos, bienes y valores disponibles para satisfacer una necesidad o llevar a cabo una actividad definida y generar unbeneficio econmicoo ganancia particular

29. EXISTENCIAS Consideraramos a las existencias como los bienes tangibles, con la posibilidad de ser almacenables, que las empresas adquieren en el exterior, con la finalidad de utilizarlos en el proceso productivo para la obtencin de productos finales, o bien para el mantenimiento de los equipos productivos. Podemos definir las existencias como aquellos bienes posedos por la empresa para su venta en el curso ordinario de la explotacin, o para su transformacin o incorporacin al proceso productivo. Las Existencias son los bienes propiedad de la empresa destinados a la venta, en la actividad normal de la explotacin, o bien, para su transformacin o incorporacin al proceso productivo.

30. ACCIONES Se denominaaccionesa las distintas partes en las que se divide el capital de unasociedad annima. As, cualquier persona que tenga acciones de unaempresapuede considerarse como uno de sus propietarios.

Las acciones son las partes iguales en las que se divide el capital social de una sociedad annima. Estas partes son posedas por una persona, que recibe el nombre de accionista, y representan la propiedad que la persona tiene de la empresa, es decir, el porcentaje de la empresa que le pertenece al accionista. En definicinlas accionesconstituyen la propiedad de una empresa. La beneficio econmico que se puede lograr al invertir en acciones estriba en los resultados que disfrute la sociedad en un periodo acordado. Por esta razn las acciones son ttulos de renta variable.31. PEQUEA EMPRESA Una pequea empresa puede definirse como una empresa con un nmero reducido de empleados. La pequea empresa es una entidad independiente, creada para serrentable, que no predomina en la industria a laque pertenece, cuya ventaanual en valores no excede un determinado tope y elnmero de personasque la conforma no excede un determinado lmite, y como toda empresa,tiene aspiraciones, realizaciones, bienes materiales y capacidades tcnicas yfinancieras, todo lo cual, le permite dedicarse a la produccin, transformaciny/o prestacin de servicios para satisfacer determinadas necesidades y deseos existentes en la sociedad. La pequea empresa se suele caracterizar porque :

Nmero de trabajadoresDe uno (01) hasta cien (100) trabajadores inclusive.

Ventas anualesHasta el monto mximo de 1,700 UIT (*)

32. MICROEMPRESA

Unamicroempresaomicroempresaes unaempresade tamao pequeo. Su definicin vara de acuerdo a cadapas, aunque, en general, puede decirse que una microempresa cuenta con un mximo de diezempleadosy una facturacin acotada. Por otra parte, el dueo de la microempresa suele trabajar en la misma.

entas anuales33.MEDIANA EMPRESA: La mediana empresa es aquella unidad econmica con la oportunidad de desarrollar su competitividad en base a la mejora de su organizacin y procesos, as como de mejorar sus habilidades empresariales.

Es unaempresacon caractersticas distintivas, y tiene dimensiones con ciertos lmites ocupacionales y financieros prefijados por losEstadoso regiones.

Se define a una mediana empresa como una empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.34. REMYPE El Registro de la Micro y Pequea Empresa - REMYPE, es un registro que cuenta con un procedimiento de incripcin en Web, el mismo que permitir a las micro y pequeas empresas - MYPE, acceder a los beneficios d ela Ley MYPE.

Segn Jorge Villasante Es el Registro de Micro y Pequea Empresa, que administra el Ministerio de Trabajo , que no es obligatorio sino facultativo en el cual permite acceder a determinados beneficios como materia tributario, el pago de impuesto a la renta, etc.Es decir es el registro de las micro y pequeas empresas, su inscripcin es virtual y no es obligatorio pero esta abierto para acceder a beneficios tributarios y laborales.35. RENTABILIDAD La rentabilidad es la capacidad que tiene algo para generar suficiente utilidad o ganancia; por ejemplo, un negocio es rentable cuando genera mayores ingresos que egresos, un cliente es rentable cuando genera mayores ingresos que gastos, un rea o departamento de empresa es rentable cuando genera mayores ingresos que costos.

La rentabilidad es una relacin entre los recursos necesarios y el beneficio econmico que deriva de ellos.En la economa, la rentabilidad financiera es considerada como aquel vnculo que existe entre el lucro econmico que se obtiene de determinada accin y los recursos que son requeridos para la generacin de dicho beneficio. En otras palabras, puede entenderse a la rentabilidad o return on equity en ingls (ROE), como el retorno que recibe un accionista en una empresa por participar econmicamente de la misma.

La rentabilidad es la relacin que existe entre la utilidad y la inversin necesaria para lograrla, ya que mide tanto la efectividad de la gerencia de una empresa, demostrada por las utilidades obtenidas de las ventas realizadas y utilizacin de inversiones, su categora y regularidad es la tendencia de las utilidades. Estas utilidades a su vez, son la conclusin de una administracin competente, una planeacin integral de costos y gastos y en general de la observancia de cualquier medida tendiente a la obtencin de utilidades.La rentabilidad tambin es entendida como una nocin que se aplica a toda accin econmica en la que se movilizan los medios, materiales, humanos y financieros con el fin de obtener los resultados esperados.36 . MINUTA Extracto o borrador que se hace de un contrato u otra cosa, anotando las clusulas o partes esenciales, para copiarlo despus y extenderlo con todas las formalidades necesarias a su perfeccin. | Borrador de un oficio, exposicin, orden, etc., para copia

Se constituye en una distribucin de actividades ms especfica, derivada de la unidad didctica, de manera que permite al docente o la docente visualizar en la jornada horaria, las actividades planificadas, en concordancia con el tiempo del que se dispone para su ejecucin. Hay dos tipos de minutas: la diaria y la semanal

Minuta, sta es es un documento escrito, de carcter informativo, por la naturaleza de esta hace las veces de acta, solo que con una redaccin muy breve que servir de base para elaborar, cuando sea indispensable, el acta formal. Consigna el desarrollo de la reunin, el nombre de los participantes y la sntesis de sus proposiciones, as como la relacin de acuerdos que tomaron los asistentes y los asuntos que fueron rechazados. Contiene tambin la relacin de asistentes, la hora y lugar de la celebracin y el objetivo de la reunin.37. ESCRITURA PUBLICA Laescritura pblicaes undocumento en el cual se hace constar ante la presencia de un notario pblico, aquel funcionario capacitado para otorgarle carcter pblico a los documentos privados, autorizndolos para tal o cual fin con su firma y presencia, un determinadoacontecimientoo un derecho autorizado justamente por este funcionario, quien firmar junto con el otorgante u los otorgantes, dando adems fe acerca de la capacidad jurdica del contenido y de la fecha en la cual se llev a cabo.

Unaescritura pblicaes undocumento pblicoen el que se hace constar antenotariopblico un determinado hecho o un derecho autorizado por dicho fedatario pblico, que firma con el otorgante u otorgantes, dando fe sobre la capacidad jurdica del contenido y de la fecha en que se realiz. La escritura pblica es uninstrumento notarialque contiene una o ms declaraciones de las personas que intervienen en un acto o contrato, emitidas ante el notario que lo complementa con los requisitos legales propios y especficos de cada acto, para su incorporacin al protocolo del propio notario y, en su caso, para que pueda inscribirse en los registros pblicos correspondientes. La escritura pblica es un documento en el que se hace constar anteNotario pblico un determinado hecho o derecho autorizado por un fedatario pblico (notario), que da fe sobre laCapacidad jurdicade los otorgantes, el contenido del mismo y la fecha en que se realiz. La escritura pblica es un instrumento notarial que contiene una o ms declaraciones de las personas intervinientes en un acto o contrato, emitidas ante notario con el lleno de los requisitos legales propios y especficos de cada acto, para su incorporacin al protocolo.38.REGISTROS PUBLICOS Registro pblicoes una institucin establecida con fines de darpublicidad formala determinados hechos, circunstancias o derechos, que funciona bajo regulacin y control de laAdministracin pblicanacional, provincial, local o institucional, que prestan as un servicio en pro de la transparencia jurdica.

Los registros pblicos se ponen en prctica para sustituir, aunque sea formalmante, a otros medios depublicidad materialde hechos y derechos.

El Registro Pblico, o las oficinas de registro, son los lugares que puede utilizar el ciudadano para presentar lassolicitudes, escritos y comunicaciones que van dirigidos a las Administraciones Pblicas. Asimismo, es el lugar que utiliza la Administracin para registrar los documentos que remite al ciudadano, a entidades privadas o a la propia Administracin.39. PERSONA NATURAL Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a ttulo personal.Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a ttulo personal todas obligaciones de la empresa.Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estn a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.

Son personas naturales todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condiciny que tiene responsabilidad ilimitada, es decir responde por sus actos por la via civil y/o con indemnizaciones segn el caso que se d.

Se define como persona a cualquier individuo de la especie humana, cualquiera que sea su edad, condicin o sexo. Una persona natural puede ejercer actos de comercio siempre que haya cumplido su mayora de edad y no tenga impedimento para realizar esta actividad.40. PERSONA JURIDICA Persona Jurdica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de sta.Al constituir una empresa como Persona Jurdica, es la empresa (y no el dueo) quien asume todas las obligaciones de sta.

Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, estn garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio).Persona jurdica es la que esta constituida por papeles, es decir escritura pblica o formato de constitucin, tiene responsabilidad limitada, es decir responde por obligaciones solamente por la va monetaria con indemnizaciones.Se llama persona jurdica a un ente de creacion legal, ficticio, capaz de contraer obligaciones y ejercer derechos y de ser representada judicial y extrajudicialmente.

Persona jurdica(opersona moral) es un sujeto de derechos y obligaciones que existe, pero no comoindividuo, sino como institucin y que es creada por una o ms personas fsicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin nimo de lucro.En otras palabras, una persona jurdica es todo ente con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y que no sea una persona fsica. As, junto a laspersonas fsicasexisten tambin las personas jurdicas, que son entidades a las que elDerechoatribuye y reconoce unapersonalidad jurdicapropia y, en consecuencia, capacidad para actuar como sujetos de derecho, esto es, capacidad para adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraerobligacionesy ejercitar acciones judiciales.

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Profesora: Angelica Marin SandovalPgina 2