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Conclusiones foro 9
DECLARACIÓN DE LAS PARTES
1. ¿Por qué se dice que técnicamente no es lo mismo interrogatorio que
posiciones?
2. ¿Cuál es la diferencia entre confesión y hecho admitido?
3. Diferencia entre declaración de parte, declaración jurada y confesión sin
posiciones. CITA LEGAL.
4. Leer el caso 3 en CASOS Y PREGUNTAS (BIBLIOTECA) e indicar: a.
¿cuál es el objeto de la confesión? b. ¿Puede proponerse reconocimiento
de documentos y declaración de las partes al mismo tiempo. CITA
LEGAL? c. Articule dos posiciones que deberá absolver cada parte
incluyendo las que tiendan al reconocimiento del contenido y firma de
uno de los recibos que se detallan en el caso.
PREGUNTAS DEL FORO
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La actividad procesal por medio de la cual una parte, bajo juramento, contesta
las posiciones formuladas por el contrario sobe hechos personales y cuyo
reconocimiento es desfavorable a sus intereses, ya que confesar es declarar la
verdad sobre un hecho que nos es propio y en cuya demostración está
interesado el adversario por ser favorable a sus pretensiones.
CONCEPTO
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PRESUPUESTOS SUBJETIVOS
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• POR MENORES: Su
representantes legales.
• MAYORES DE 16: él y su
representante.
• MANDATARIO: Con cláusula
especial, sobre hechos realizados
por él no por el mandante.
• Representante que elija pero que
haya intervenido en los hechos.
• Se cita bajo apercibimiento de
tenerla por confesa.
PERSONAS FÍSICAS PERSONAS COLECTIVAS
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CONDICIÓN DE PARTE AUNQUE
NO SE HAYA APERSONADO
INTERROGATORIO Y POSICIONES
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Según el diccionario de Ciencias Jurídicas y Sociales:
Situación procesal que para el actor y el demandado determinan las acciones y
excepciones formuladas.
POSICIONES
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«Técnicamente el nombre de posiciones no debe identificarse con el de
interrogatorio, porque el articulante mismo no interroga, sino que afirma
existir un hecho cuya veracidad reclama del confesante».
«Posiciones son, por tanto, los hechos que el sujeto activo de la confesión
pone para que el absolvente manifiesta si los acepta o no como verdaderos».
Nájera Farfán.
Si una parte alega hechos constitutivos y la otra hechos extintivos o
circunstancias impeditivas, cada una ha asumido en el juicio una «posición» y la
carga de demostrar los hechos alegados; para tal efecto, mediante la
DECLARACIÓN DE PARTE, se pretende que el contrario confiese tales
hechos. Es decir, declare o reconozca la verdad de los hechos afirmados por el
proponente de la prueba.
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•Por eso se denominan POSICIONES Y NO PREGUNTAS NI
INTERREGOTORIO.
•En la prueba anticipada se denominan preguntas y no posiciones porque aún
no hay hechos controvertidos que determinen su respectiva situación procesal
el juicio.
•Para llevar a cabo la prueba anticipada es requisito que se acompañe «el
interrogatorio» no el pliego de posiciones. Art. 96 cpcym
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• COMPARECER:
A) Si está fuera, se comisiona al juez.
B) ENFERMO: el juez se traslada al lugar, se justifica con dos horas de
anticipación
C) ENFERMEDAD REPENTINA: Se justifica antes de la declaratoria de
confeso.
• JURAR
• CONTESTAR. Si se niega y persiste en su negativa se le declara confeso.
• RESPONDER CATEGÓRICAMENTE
• DECIR LA VERDAD
CARGAS DEL ABSOLVENTE
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REQUISITOS OBJETIVOS
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• POSICIONES:
A) Versar sobre hechos personales CONTROVERTIDOS.
B) No sobre aspectos jurídicos.
C) Claras y precisas
D) Sentido afirmativo: proposiciones de hecho.
D) Pliego presentado en plica.
• HECHOS PERSONALES: se refiere a que hayan sido realizados por el
absolvente.
• CONOCIMIENTO DE UN HECHO: no fue realizado por el absolvente
pero adquirió conocimiento del mismo.
PLIEGO DE POSICIONES
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FACULTAD DEL JUEZ
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Se limitan a pedir explicaciones con el objeto de esclarecer los hechos y
circunstancias motivo de la declaración.
No están facultados para formular preguntas que deban responderse
afirmativa o negativamente porque equivaldría a fijar hechos que solo a las
partes corresponde confesar. (Nájera Farfán)
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CONFESIÓN Y HECHO ADMITIDO
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•Existen hechos sobre los cuales cada
parte ha asumido una «posición»,
hechos controvertidos, de los cuales
se persigue que el contrario declare o
reconozca su veracidad. Y esto se
logra mediante la confesión.
•Es el hecho que las partes NO
IMPUGNAN.
•La doctrina llama admisión a la
circunstancia de no impugnar las
proposiciones del adversario.
Couture.
CONFESIÓN HECHO ADMITIDO
DIFERENCIAS
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En un juicio sumario de desocupación y cobro de rentas atrasadas, el demandante alega que la renta es de Q500 mensuales y que se le adeuda el
pago de 10 meses.
El demandado interpone excepción de pago parcial porque alega que pagó 8 meses, sin impugnar el valor de la renta.
Admite el hecho de que el valor de la renta es de Q.500. El juicio versará sobre si pagó los 8 meses y lo que hace falta que pague.
Si el demandado reconoce, después de haber impugnado, que debe diez meses habrá confesado el hecho alegado por el demandante.
Si el demandante reconoce, después de la impugnación, que se le adeudan solo 2 meses, habrá confesado el hecho alegado por el demandado.
En los últimos casos, se está ante un hecho controvertido que es confesado y no ante un hecho admitido.
POR EJEMPLO
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En un juicio oral de fijación de pensión alimenticia, el alimentista alega que el demandado puede pagar Q1,000 mensuales de pensión alimenticia pues gana
Q.6,000 mensuales.
El demandado excepciona porque solo puede pagar Q.500 mensuales pues tiene gastos altos, sin impugnar el monto de sus ingresos. El juicio versará
sobre el monto de los gastos y monto de las necesidades del alimentista, no sobre el monto de los ingresos del demandado.
El hecho admitido es el monto de los ingresos del demandado.
Si el demandado reconoce menores gastos y un monto mayor de las necesidades del alimentista, habrá confesado.
El derecho a alimentos por ser DERECHO no se prueba ni es objeto del juicio, en este caso. Lo sería si el alimentista fuere mayor de edad declarado en
estado de interdicción.
EJEMPLO
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ARTICULANTE: «Arrazola dice que la voz articular equivale también a
“expresar las partes, en sus escritos, razones diversas y medios diferentes de
defensa. Así, se dice que tal parte tiene, o no, que articular tal o cual razón en
su defensa, o en apoyo de su intención”. Diccionario de Ciencias Jurídicas y
Sociales.
La parte que propone la prueba es quien articula las posiciones, quien expresa
los hechos que somete a la consideración de la otra parte para que los
reconozca.
ABSOLVENTE: «Absolver: Dar por libre de algún cargo u obligación. Dar
por libre en juicio civil o criminal al demandado o al encausado»
Se denomina absolvente a la parte que cada vez que responde una posición
queda absuelto del hecho sobre el cual declara.
TERMINOLOGÍA PROCESAL:
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DIFERENCIAS: DECLARACIÓN
JURADA, DECLARACIÓN DE PARTE Y
CONFESIÓN SIN POSICIONES
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DECLARACIÓN
JURADA
DECLARACIÓN DE
PARTE
CONFESIÓN SIN
POSICIONES
FINALIDAD Preparar el juicio. Art. 98 cpcymObtener la confesiónRatificar la confesión ya producida en
la demanda, contestación u otra
actuación. Art. 141 cpcym
REQUISITOS
Indicar en términos generales
asunto sobre que versará la
confesión, y acompañar
interrogatorio en plica. Art. 98
cpcym
Proponerla en demanda o
contestación, al diligenciarla
acompañar pliego de posiciones
en plica
Proponerla en demanda o
constestación, solicitar la
ratificación
DILIGENCIAMIENTOPrevio al juicio, como
prueba anticipada.
Dentro del juicio, en cualquier
estado en 1a Inst. y hasta el día
anterior a la vista, en 2a Inst. Art.
130 cpcym
Dentro del juicio, período
de prueba.
SUJETOSLas partes del futuro
juicioLas partes Las partes
OBJETOHechos del asunto indicado
en la solicitud. Art. 98
cpcym
Hechos controvertidos Hechos controvertidos
REQUISITOS PARA
VALORACIÓN
Si se produce la confesión
en forma legal y se instaura
el juicio, es hasta en este
juicio en que se valora.
Si se produce la confesión en
forma legal con todas las
garantías, sobre hechos
personales controvertidos y en
perjuicio del confesante.
Si se produce la confesión en la
demanda o en otro estado del juicio,
si fue citado a ratificar o se tuvo por
consumada la ratificación. Art. 141
cpcym
SISTEMA DE
VALORACIÓN
PRUEBA LEGAL O
TASADA
PRUEBA LEGAL O
TASADAPRUEBA LEGAL O TASADA
DIFERENCIAS2 1 / 9 / 2 0 1 5
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Si bien el epígrafe del artículo 98 del Código Procesal Civil y Mercantil dice
posiciones, del contenido del mismo se establece que realmente lo que debe
solicitarse es declaración jurada y no posiciones. Dicha norma reza:
«Para preparar el juicio, pueden las partes pedirse recíprocamente declaración
jurada sobre hechos personales conducentes, lo mismo que reconocimiento de
documentos privados».
No dice, no establece:
POSICIONES NI
DECLARACIÓN DE
PARTE
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Leer el caso 3 en CASOS Y PREGUNTAS (BIBLIOTECA) e indicar:
a.¿cuál es el objeto de la confesión?
b.¿Puede proponerse reconocimiento de documentos y declaración de las
partes al mismo tiempo. CITA LEGAL?
c.Articule dos posiciones que deberá absolver cada parte incluyendo las que
tiendan al reconocimiento del contenido y firma de uno de los recibos que se
detallan en el caso.
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Si los hechos controvertidos versan sobre la existencia de un negocio jurídico,
del cumplimiento de sus requisitos esenciales y por consiguiente la legitimidad
de los recibos, este será el objeto de la prueba; lograr por parte del
demandante la confesión del demandado de que nunca se perfeccionó o
formó un contrato de compraventa, que por esa razón hay ausencia de
requisitos esenciales de la compraventa y que los recibos fueron alterados por
el demandado, si fuera el caso.
Por parte del demandado, lograr la confesión del demandante de que se formó
un contrato de compraventa y por tanto recibió los pagos indicados en los
recibos, pues es su firma la que los calza.
OBJETO DE LA PRUEBA
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Tanto el artículo 98 como el 185 segundo párrafo del Código Procesal Civil y
Mercantil permiten que tanto en la declaración jurada como la declaración de
las partes y el reconocimiento de documentos se puedan pedir al mismo
tiempo. Y tiene lógica, ya que si se pretende que la contraparte reconozca los
hechos que el documento contiene, que pueden ser a la vez los hechos de su
posición procesal, se pueda hacer juntamente con la declaración de las partes.
DECLARACIÓN DE LAS PARTES Y
RECONOCIMIENTO DE
DOCUMENTOS
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Demandado: ¿ Diga el absolvente (si reconoce) que la firma que contiene (puesta
en) el recibo número cinco es suya?
¿Diga el Absolvente si celebró un contrato de arrendamiento con Hilda Peraza Arias?
Está bien formulada pero no se logra el objetivo de probar que solo ese contrato se celebró por lo que debería decir: …el único
contrato que celebró fue …
¿Diga el Absolvente si es cierto que el concepto de pago que realizo fue por Arrendamiento? Tampoco se logra el
objetivo, debió decir: el único concepto por el realizó el pago fue por …
¿Diga la absolvente si la cantidad que consta en el recibo número siete fue la que
recibió?
¿Diga la absolvente si le extendió el recibo numero treinta y dos a Orfilio Nufio
García?
¿Diga la absolvente si es cierto que los recibos que se le ponen a la vista fueron
firmados por usted? Aunque es preferible que se haga una por cada documento.
¿Diga la absolvente si los recibos que se le ponen a la vista amparan abonos por renta
y venta del inmueble de su propiedad? idem
DEMANDADO DEMANDANTE
POSICIONES QUE DEBERÁN
ABSOLVER LAS PARTES (TOMADAS DE
LAS RESPUESTAS DEL FORO)
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Diga el absolvente si usted firmó los recibos objeto de la presente prueba anticipada identificados como. No se
debiera indicar lo enfatizado en rojo, basta con decir los recibos identificados como…
Diga el insolvente si usted reconoce como propia la firma que calza los recibos
identificados como —— (favor poner a la vista del insolvente los recibos objeto de la
presente prueba). Recuérdese que esta posición se dirige solo si se ha solicitado la
declaración de las partes o jurada con reconocimiento de documentos.
¿Diga la Absolvente SI la firma que contiene el recibo número ocho es suya?
¿Diga la Absolvente si efectivamente es su firma la que aparece en el recibo número
cuatro de fecha once de marzo del año dos mil once por la suma de cuarenta mil
setecientos quetzales?
Diga la Absolvente si el recibo número cuatro de fecha once de marzo del año dos
mil quince, por la suma de cuarenta mil setecientos quetzales, fue redactado en concepto de pago por compra de bien inmueble qué bien por parte del señor
Nufio?
DEMANDADO DEMANDANTE
POSICIONES QUE DEBERÁN
ABSOLVER LAS PARTES (TOMADAS DE
LAS RESPUESTAS DEL FORO)
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¿Diga el absolvente si es cierto que suscribió un contrato de arrendamiento con la señora Hilda Peraza Arias por el inmueble que hoy
habita?
Diga el absolvente si es cierto que la renta convenida el único concepto por la cual se le
extendían recibos, fue por setecientos quetzales mensuales?.
¿DIGA USTED SI ES CIERTO QUE CELEBRó CONTRATO DE
aRRENDAMIENTO CON LA SEÑORA HILDA PERAZA ARIAS? no se logra el
objetivo de probar que solo ese contrato se celebró por lo que debería decir: …el único
contrato que celebró fue …
¿Diga si es verdad que es su firma la que se encuentra puesta (en lugar de impresa porque no se usó impresora) en el recibo que se le pone a la vista en este momento por la cantidad de
Q 10, 700.00?
2.- ¿Diga si es verdad que ud vendió el inmueble que identifica el recibo
que en este momento se le pone a la vista a…?
DEMANDADO DEMANDANTE
POSICIONES QUE DEBERÁN
ABSOLVER LAS PARTES (TOMADAS
DE LAS RESPUESTAS DEL FORO)
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¿Diga el absolvente si REDACTÓ el recibo numero ocho en su contenido y cantidad?
¿Diga el absolvente si el recibo número ocho FUE ALTERADO en su contenido?
¿Diga el Absolvente si usted redactó de puño y letra el recibo número cuatro de fecha once de marzo del
año dos mil once?
¿Diga si es verdad que reconoce como suya la letra en el recibo que se le pone a la vista en este
momento donde se lee la cantidad de diez mil?Si se pidió el reconociiento de documentos.
Diga si es verdad que de su puño y letra ud escribió la palabra venta, sustituyéndola por arrendamiento en el recibo que en este momento se le pone a la
vista? Si se pidió el reconocimiento de documentos.
¿Diga si reconoce (como suya o de
otra persona) la firma puesta en el
recibo por la cantidad de cuarenta
mil setecientos?
¿Diga si el recibo por la cantidad de
cuarenta mil setecientos, lo extendió
quién por renta y venta?
DEMANDADO DEMANDANTE
POSICIONES QUE DEBERÁN
ABSOLVER LAS PARTES (TOMADAS
DE LAS RESPUESTAS DEL FORO)
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¿Diga si el único contrato que usted celebró con la señora Hilda Peraza Arias, fue por renta de bien inmueble? Para que reúna el requisito de claridad
debería identificarse el inmueble.
¿Diga el absolvente si la firma que aparece en los recibos fue puesta por su persona? Para que reúna el
requisito de claridad debería identificarse cada recibo, una posición por cada recibo.
¿Diga el absolvente si los recibos fueron alterados por su persona? Para que reúna el requisito de claridad debería identificarse cada recibo, una
posición por cada recibo.
¿ Diga si es cierto que usted altero los recibos? IDEM
¿ Diga si es cierto que la firma signada en los recibos es de su persona?IDEM
Diga, el absolvente, si es cierto que usted vendió su casa situada en tal lugar…… al señor Olfilio Nufio Garcia por la cantidad de ciento setenta mil quetzales.
Diga la absolvente si es cierto que es su firma la que se encuentra plasmada en el recibo por cantidad de cuarenta mil setecientos quetzales a favor del señor Orfilio Nufio García?.
DEMANDADO DEMANDANTE
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¿Diga si el recibo por la cantidad cuarenta mil setecientos, fue modificado en la cantidad? Debería decir ALTERADO porque no es lo mismo que modificado y es el verbo que tipifica el posible delito de falsedad.
2) ¿Diga si al recibo por la cantidad cuarenta mil setecientos, le fue agregada la palabra “y venta” después que la señora HILDA PERAZA ARIAS firmara?
¿Vendió usted el bien inmueble
objeto de litis al señor Orfilio Nufio
García? No es requisito esencial que
inicie como Diga si es cierto.
¿La venta del bien inmueble objeto
de la litis se verificó en la suma de
Q.170,000.00? No es requisito
esencial que inicie como Diga si es
cierto.
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Celebró usted oportunamente contrato de arrendamiento del bien inmueble objeto de litis con la señora Hilda Peraza? Con esta posición no se logra el objetivo, de establecer que el único contrato celebrado entre las partes era de arrendamiento. Se comparto la forma de redacción, en ningún lado del régimen de la prueba se exige que inicie como Diga si es cierto...
Alteró usted el concepto de “renta” por “venta” en los recibos firmados por la señora Hilda Peraza?
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¿Diga la absolvente si es cierto que el recibo número cuatro es de compraventa y no de
arrendamiento? Contiene dos hechos, debería decir: …es únicamente por arrendamiento.
¿DIGA USTED SI SE USó RECIBOS COMO COMPROBANTES DE PAGO? No es hecho controvertido el uso de los recibos
como comprobantes de pago.
¿Diga el Absolvente si usted consignó en el recibo firmado por la señora Hilda Peraza
Arias el contenido de venta por el de renta? Ambigüa. Debería decir si usted alteró el
concepto del recibo por venta… o …si usted alteró consignándole venta…
¿Diga la absolvente si el recibo número treinta y dos esta correcto en su contenido? Ambigüa, correcto en
qué.
¿DIGA USTED SI CONOCE AL SEÑOR ORFILIO NUFIO GARCIA? No es hecho
controvertido el conocer o no al demandado. Si celebró un contrato de arrendamiento con él es
porque lo conoce.
¿Diga la Absolvente si es cierto que el concepto del recibo numero ocho es POR compraventa?
Ambigüa, compraventa de qué.
Diga el absolvente si es cierto que el contrato firmado con la señora Hilda Peraza Arias, fue de arrendamiento? Ambigüa, arrendamiento de qué.
DESCALIFICADAS
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Diga si en los recibos con valor de Q700 cada uno es cierto que usted pagó renta?Demasiado ambigüa.
Diga, si es cierto, que usted reconoce en su contenido y firma el documento privado con firma legalizada que se le exhibe y que esta firmado por usted y la señora Hilda Peraza Arias con fecha once de febrero del dos mil trece, el cual contiene contrato de arrendamiento de la casa situada en tal lugar… por el plazo de un año y renta mensual de setecientos quetzales. Contiene más de un hecho.
Diga la absolvente, ¿ si firmó siete recibos por las cantidades de cuarenta mil, treinta mil, treinta mil, veinte mil, veinte mil, veinte mil y diez mil quetzales respectivamente a favor de Orfirio Nufio Garcia? Se refiere a más de un hecho. Debe hacerse una posición por cada recibo.
Diga la absolvente, ¿si los recibos que firmò, fue debido al dinero que recibió por la compraventa que le hizo al señor Orfirio Nufio Garcìa de una casa ubicada en xxx lugar? Le falta claridad, pues no indica a qué recibos se refiere.
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Diga el absolvente si es cierto que la señora Hilda Peraza Arias, es la propietaria de la casa ubicada en xxxxxxxxxx?. no es hecho controvertido la propiedad, no se discute la propiedad sino la ausencia de requisitos esenciales en el negocio jurídico.
Diga e absolvente si es cierto que la señora Hilda Peraza Arias, firmo con usted contrato de arrendamiento de la casa ubicada en xxxxxx? No es hecho controvertido “la firma conjunta" en el contrato de arrendamiento sino que fue el único contrato CELEBRADO no FIRMADO.
Diga el absolvente, ¿a cuanto asciende la renta que usted pactó de la casa ubicada en xxx lugar, con la señora Hilda Peraza Arias? Le falta precisión, las posiciones deben estar formuladas de tal manera que el absolvente se limite a responder afirmativa o negativamente: SÍ O NO.
Diga el absolvente ¿Qué documentos le eran entregados por la señora Hilda Peraza Arias, como garantía del pago de la renta? Le falta precisión, las posiciones deben estar formuladas de tal manera que el absolvente se limite a responder afirmativa o negativamente: SÍ O NO.
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Diga usted si redacto REDACTÓ los recibos con los cuales se pretende probar la venta del inmueble objeto de la presente diligencia? Le falta precisión, qué recibos. Diga usted si es cierto que pidió dos meses de espera para ponerse al día con los pagos pendientes? No es hecho controvertido. Diga usted si es cierto que el inmueble objeto de la presente diligencia es de su propiedad? No es hecho controvertido establecer la propiedad.
Diga usted si es cierto que la firma que calzan los siete recibos que se ponen a la vista es suya? Se refiere a más de un hecho. Debe hacerse una posición por cada recibo.
Diga, si es cierto, que usted reconoce en su contenido y firma el recibo que se le exhibe y el cual es firmado por usted en tal lugar… con fecha tal.. y que contiene una abono por la cantidad de CUARENTA MIL QUETZALES por compra de la casa situada en tal lugar, que le hizo el señor Olfilio Nufio Garcia. Contiene más de un hecho.
Diga la absolvente si es cierto que usted le vendió la casa al señor Orfilio Nufio García? Falta precisión, qué casa.
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Diga el absolvente, si es cierto, que a usted la señora Hilda Peraza Arias, no le ha dado en venta ninguna casa de habitación?.
Se comparte esta forma de redactarla pues es la posición del articulante: NO LE VENDIÓ NUNCA, pero no se acepta en tribunales aunque bien puede ser respondida sí es cierto que no me vendió. O no es cierto, por que sí me vendió. Sin embargo, le falta precisión por no indicar a qué casa se refiere.
1. Diga la absolvente, si es cierto, que usted vendió una casa de habitación al señor Orfilio Nufio García, por la cantidad de Q170,000.00? Le falta precisión a qué casa se refiere.
2. Diga la absolvente, si es cierto que el recibo número uno que se le pone a la vista por la cantidad de Q40,000.00 de fecha xxx lo extendió usted a favor del señor Orfilio Nufio García correspondiente al primer abono de la venta de una casa de habitación? Le falta precisión y contiene más de un hecho.
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