asamblea general de acsda santiago, chile – 4 de abril de 2014

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ANNA numbers the world Association of National Numbering Agencies scrl 1 Asamblea General de ACSDA Santiago, Chile – 4 de Abril de 2014 ANNA & Legal Entity Identifier (LEI) Martin Paladino Director de Marketing de ANNA

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Asamblea General de ACSDA Santiago, Chile – 4 de Abril de 2014 ANNA & Legal Entity Identifier (LEI) Martin Paladino Director de Marketing de ANNA. 1. Agenda. ANNA y sus miembros El rol de ANNA en los estándares internacionales Identificación de las entidades legales La solución LEI - PowerPoint PPT Presentation

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Association of National Numbering Agencies scrl

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Asamblea General de ACSDASantiago, Chile – 4 de Abril de 2014

ANNA & Legal Entity Identifier (LEI)Martin PaladinoDirector de Marketing de ANNA

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Agenda

• ANNA y sus miembros• El rol de ANNA en los estándares internacionales• Identificación de las entidades legales• La solución LEI• ANNA y el Proyecto LEI

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Acerca de ANNA

El estándar ISIN fue desarrollado en la decáda de 1970

ANNA se formó a partir del grupo de Expertos en ISIN (ISIN Experts Group)

ANNA fue fundada en 1992 por 22 Agencias Nacionales de Numeración (NNAs)

ANNA <-> ISO: relación interactiva

Más de 20 años de crecimiento constante en su membresía

Creación del ANNA Service Bureau (ASB) como base de datos única para todas las NNAs

Autoridad de Registro (RA) para los estándares ISIN & CFI

Posibles funciones como RA en nuevos estándares

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Membresía de ANNAMembresía de ANNAMembresía de ANNA

Cantidad de miembros (al 31/12/2013):

84 miembros plenos (ANNA Full members)

31 miembros asociados (ANNA Partners)

Presencia y cobertura en más de 120 países

Bolsas de Comercio 25

Proveedores de Información 3

Depositarias Centrales/ICSDs 48

Reguladores 4

Bancos Centrales 4

Total 84

Apertura según tipo de Organización

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ANNA – Misión

ANNA (la “Asociación de Agencias Nacionales de

Numeración”) está fuertemente comprometida a promover,

implementar, mantener y hacer disponibles estándares para

valores negociables e instrumentos financieros, de manera

uniforme y adecuada, para beneficio de los mercados

domésticos y la industria global.

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Como autoridad de registro para ISO 6166 (ISIN) e ISO 10962 (CFI),

ANNA fue autorizada por ISO para llevar adelante sus funciones en

relación a ambos estándares.

Esto evidencia la estrecha colaboración que existe entre ISO como

nuestro organismo de control, el Subcomité 4 - SC4 (responsable de los

estándares relacionados con los instrumentos financieros) y ANNA, como

la entidad que tiene a su cargo la implementación de los estándares.

ANNA – Su competencia en la estandardización

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• Problemas de larga data con análisis y de riesgo y exposición

- la identificación inequívoca, incluyendo las compañías vinculadas,

es crítica para el análisis y la gestión del riesgo, cumplimientos normativos

y de reporte, prevención de lavado de dinero, etc.• No existe identificador único, similar al ISIN, para entidades legales

- uso de identificadores propios (por ej. Códigos BIC, impositivos, etc.)

- la identificación basada en el domicilio de la entidad lleva a error • Varios intentos previos para crear un método estandardizado para

identificar entidades legales

- International Business Entity Identifier - IBEI (ISO 16372 – 2004)

* ámbito demasiado amplio

- Issuer & Guarantor Identifier – IGI (ISO 16372 – 2010)

* en suspenso a la espera de resultado de la solución LEI (GLEIS)

LEI - Legal Entity Identifier - Antecedentes

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Desafíos

• Trabajo aislado de los Reguladores – Imposibilidad de cruzamiento de datos y de realizar análisis en un

contexto global

• Tiempos y costos de implementación– Como se deben soportar los costos?

– La adopción global de un estándar internacional puede llevar años

• Ambito y cobertura– Demasiadas compañías en todo el mundo

– Algunas empresas no desean transparencia en sus datos

• Calidad de la información y responsabilidades– Como se puede asegurar la calidad y adecuación de los datos?

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Impulsando el Proyecto LEI

• Office of Financial Research (OFR, Departamento del Tesoro de EEUU) emitió una declaración estableciendo los requerimientos para un identificador global y universal de entidades legales a los fines de reporte (vencimiento 31 enero 2011).

• G20 (Cumbre de Cannes, Nov. 2011) “Apoyamos la creación de un identificador de entidades legales global (LEI) que identifique unívocamente las partes de transacciones financieras. Delegamos en la Oficina de Estabilidad Financiera (FSB) la coordinación del trabajo de los reguladores a los fines de preparar y emitir recomendaciones para un adecuado marco funcional y normativo que contemple el interés público.”

• Financial Stability Board (FSB) responsabilidad en la coordinación del proceso para la implementación de un Sistema Global LEI (GLEIS)

• International Standards Organisation (ISO) desarrollo de un estándar internacional - ISO 17442 Legal Entity Identifier; publicado en Junio de 2012 y seleccionado como el formato para el Sistema Global LEI

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Impulsando el Proyecto LEI (cont.)

• Reguladores ordenan el uso de LEIs para el reporte de contrapartes de transacciones de derivados:

– Commodities and Futures Trade Commission (CFTC) impuso una regulación requiriendo a las partes involucradas en operaciones con compañías de EEUU que provean un identificador legall a part de Abril de 2013

– European Securities Markets Authorities (ESMA) introdujo la Regulación de Infraestructura de Mercados Europeos (EMIR) requiriendo un LEI para reportes, con implementación proyectada en 2014.

• El Comité Supervisor de Reguladores - Regulatory Oversight Committee (ROC):

– Comité de autoridades de todo el mundo– Establecido tras recomendaciones del Financial Stability Board (FSB)– Avalado por el Grupo de los 20 (G20)– Implementación del Sistema Global LEI oficial (GLEIS)– Autorización de los Operadores Locales (Local Operation Units – Pre-LOUs)– Establecimiento de la Unidad Central de Operaciones (Central Operating

Unit - COU)

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LEI – Ámbito y cobertura

• todos los intermediarios financieros;

• bancos y compañías financieras;

• todas las entidades emisoras de acciones, deuda, u otro tipo de valores negociables;

• todas las entidades que cotizan en una bolsa de comercio;

• todas las entidades que negocian acciones o deuda, vehículos de inversión incluyendo fondos comunes, fondos de pensión y vehículos de inversión alternativos como acuerdos colectivos de inversión (fondos de cobertura, fondos de alto riesgo, etc);

• todas las entidades bajo la supervisión de un regulador financiero y ss grupo empresario;

• Contrapartes de transacciones financieras

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Estructura del LEI

Código de 20 caracteres - asignado de acuerdo a ISO 17442:2012

XXXX XX XXXXXXXXXXXX XX

4 caract código LOU

4 caract código LOU

2 caract. reservados

2 caract. reservados

12 caract. Identificación de la entidad

12 caract. Identificación de la entidad

2 caract. dígito

verificador

2 caract. dígito

verificador

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LEI Set de Datos Mínimos

La siguiente lista de datos mínimos son considerados como el set mínimo de información que debería estar disponible al lanzamiento del LEI de acuerdo a lo especificado en el estándar ISO 17442:2012:

1.Nombre oficial de la entidad legal; 2.Domicilio de la casa matriz de la entidad; 3.Lugar de constitución; 4.Fecha de la primera asignación del LEI; 5.Fecha de la última actualización del LEI; 6.Fecha de vencimiento, si resulta aplicable; 7.Para entidades con fecha de vencimiento, razón de expiración, y en caso de corresponder, el LEI de la entidad absorbente; 8.El registro público donde se encuentra inscripta la formación de la 9.entidad; 10.El número de inscripción de la entidad en el registro público, en caso de corresponder.

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Pre-LOU - Principios

• Los Principios establecidos por el FSB y el ROC (Regulatory Oversight Committee) deben ser observados por los Pre-LOUs* (27July 2013)

– Cumplimiento del estándar ISO 17442:2012 – Auto registración– Unicidad y exclusividad– Portabilidad– Supervivencia del Pre-LEI relevante– Datos de referencia compatibles– Información histórica– Calidad de la información– Acceso libre a la propiedad intelectual– Flexibilidad– Federación – Estandardización

* Documento: Principles to be observed by Pre-LOUs that wish to integrate into the Interim Global LEI System (GLEIS) dated 27 July 2013

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Recupero de Gastos

• El financiamiento del Sistema Global LEI se basa en el principio de recupero de gastos (cost recovery)

– Las entidades que se registren deben abonar al LOU una tasa por asignacion del LEI

– Las LOUs deben contribuir a los costos para el establecimiento y mantenimiento de la Unidad de Operacion Central (COU)

• Factores a considerar para el recupero de gastos – Proceso de validación

– Revalidación durante el año (por ejemplo a causa de un evento corporativo)

– Infraestructura tecnológica para la registración y publicación (hardware, software, operación)

– Soporte telefónico y por correo electrónico

– Desarrollo del portal, adaptado a los requerimientos regulatorios

– Provisión de inversiones para mejoras en los sistemas

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Proceso de esponsoreo y aval de Pre-LOUs

1. El Regulador Local debe ser un miembro pleno del ROC– Estatus de observador en el ROC no es suficiente

2. Revisión de requisitos y obligaciones

– Los Principios pueden ser cumplidos

– Consideración de alcance y cobertura de la asignación

3. Si los Principios pueden ser cumplidos, contactar al regulador local para ser esponsoreados– La demostración de cumplimiento de los Principios puede ser requerida

4. El Regulador debe contactar al secretario del ROC y solicitar la asignación de un código Pre-LOU– El Regulador Local actuará como espónsor

– El código del Pre-LOU será publicado en el sitio web del ROC

5. El Pre-LOU comienza con la asignación de pre-LEIs

6. Para que esos pre-LEIs sean globalmente aceptados el Pre-LOU debe obtener el aval del ROC– Demostración de cumplimiento a los Principios

– El proceso lleva aproximadamente 30 días

www.leiroc.org

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• Al 12/03/2014 22 Pre-LOUs fueron esponsoreadas, y recibieron un prefijo por parte del ROC. 9 of ellas son NNAs:

– WM Datenservice (Alemania)– Irish Stock Exchange (Irlanda)– Palestine Securities Exchange (Palestina)– Takasbank (Turquía)– National Settlement Depository (Rusia)– London Stock Exchange (Reino Unido)– Krajowy Depozyt Papierów Wartościowych S.A. (Polonia)– Centralni Depozitar Cennych Papiru (República Checa)– Centralny Depozitar Cennych Papierov (Eslovaquia)

• Hasta el momento 14 pre-LOUs están operativas, 7 de las cuales son NNAs (resaltadas en negrita en el listado anterior).

- todas las NNAs que son Pre-LOUs han sido avaladas por el ROC y por lo tanto sus pre-LEIs son globalmente aceptados.

• ANNA ha establecido un grupo de trabajo (WG5) para aquéllas NNAs que están considerando o tienen intenciones de ser pre-LOU

- todas las NNAs que son Pre-LOUs son parte del WG5

NNAs con status de Pre-LOU

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Requisitos de Validación de los Pre-LOUs

• Auto Registración– El solicitante debe estar autorizado para requerir un LEI en nombre de la

entidad

• Elegibilidad de la entidad– Asegurar que el tipo de entidad y la forma legal resulte elegible para

asignación de un LEI

• Evitar duplicación – Chequear que no exista un LEI ya asignado (local y bases de datos de

otras pre-LOU

• Validación de datos de registro– Chequear registro público (denominación, tipo legal, dirección)– Chequeos específicos para fondos de inversión y entidades públicas

Solo tras la validación de estas etapas se puede asignar un pre-LEI

• El mismo proceso aplica para la asignación inicial y renovaciones

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Consistencia de la Información

¿Cómo asegurar que la información recibida del solicitante es compatible con sus sistemas respecto al formato utilizado, las convenciones empleadas, o los datos específicos requeridos?

• Campos obligatorios disponibles en formularios online – Asegurar que registros de datos mínimos sean completados

• Listas de selección desplegables– Uso consistente de datos conforme a formato utilizado– Minimizar errores de imputación

• Uso de estándares ISO cuando sea posible – Campos de país – Formato de fecha

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Validación del solicitante

¿Cómo asegurar que la información ha sido recibida de una persona que está autorizada a actuar en nombre del solicitante?

• proceso de registración de usuarios: requiere completar campos obligatorios confirmando nombre del usuario, nombre de la compañía, domicilio, cargo, dirección de mail y número de teléfono

– Validación de la función de la persona contra el registro público– Validación del firmante contra la lista de apoderados de la empresa.– Cruzar el perfil de la persona con los detalles de la compañía– Completar formulario de autorización de la persona

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Validación de la Información

¿Cómo asegurar que la información recibida del solicitante es precisa?

• Validación y control cruzado contra fuentes públicas oficiales y documentacion legal

– Registros públicos

– Documentación legal (por ej. prospectos, escrituras publicas, contratos de fideicomiso, acuerdos, etc.)

– Memorias, balances, reportes anuales

– Registros del regulador

– Información de Bolsas y Mercados de valores

– Publicaciones

– Información de las Agencias de Numeración

– Proveedores de información

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