arrendamiento ecuador

70
CAPÍTULO XXV DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Upload: michellesuka

Post on 15-Apr-2017

243 views

Category:

Law


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Arrendamiento Ecuador

CAPÍTULO XXV DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Page 2: Arrendamiento Ecuador

DEFINICIÓN DE ARRENDAMIENTO

CONTRATO EN EL QUE LAS DOS PARTES SE OBLIGAN

LA UNA A CONCEDER E GOCE DE UNA

COSA, EJECUTASR UNA OBRA O PRESTAR UN

SERVICIO

La otra a pagar por este goce, obra o servicio un

precio determinado

ARRENDADOR

ARRENDATARIO

Salvo lo que disponen leyes del

trabajo y otras especiales

Page 3: Arrendamiento Ecuador

PARÁGRAFO 1

DEL ARRENDAMIENTO DE COSAS

Page 4: Arrendamiento Ecuador

OBJETOS SUSCEPTIBLES DE ARRENDAMIENTO

COSAS CORPORALES

COSAS INCORPORAL

ES

LAS QUE PUEDAN USARSE SIN

CONSUMIRSE

EXCEPTO LAS QUE LA LEY PROHIBE Y

DERECHOS EXTRICTAMENTE

PERSONALES

Aun la cosa ajena y el arrendataria de

buena será saneado en caso de evicción

Page 5: Arrendamiento Ecuador

PRECIO Y RENTADINERO

CANTIDAD O CUOTA

FRUTOS NATURALES DE LA

COSA

LLAMESE RENTA

CUANDO SE PAGA

PERÓDICAMENTE

Page 6: Arrendamiento Ecuador

DETERMINACIÓN DEL PRECIODEL MISMO MODO QUE EN LA

COMPRA VENTA

Page 7: Arrendamiento Ecuador

ELEMENTOS SUBJETIVOS EN EL ARRENDAMIENTO

ARRENDADOR

ARREND

ATARIO

Page 8: Arrendamiento Ecuador

ENTREGA DE LA COSA ARRENDADA

De cualquier forma de tradición

reconocidos por la LEY

Page 9: Arrendamiento Ecuador

FORMALIDADES CONVENCIONALESY ARRAS

Pueden las partes arrepentir

se

Si hubiere arras se hara seun el

contrato de compra venta

Si no se firma

escritura no es

PERFECTO

Page 10: Arrendamiento Ecuador

ARRENDAMIENTO DE UNA MISMA COSA A DOS PERSONAS

Si se ha entregado la cosa

a los dos, la entrega posterior

no valdrá

Si a ninguno la entrega posterior

prevalecerá

Si se arrendo separadamente una cosa a dos

personas el arrendatario al que entrego la

cosa será preferido

Page 11: Arrendamiento Ecuador

ARRENDAMIENTOS SUJETOS A PARTICULARIDADES

Ley de contratación publica y otras leyes

A las disposiciones del presente titulo

BIENES

NACIONAL

ES MUNICIPALES Y

PUBLICOS

Los que no estuvieren

Page 12: Arrendamiento Ecuador

PARÁGRAFO 2

DE LAS OBLIGACIONES DEL

ARRENDADOR

Page 13: Arrendamiento Ecuador
Page 14: Arrendamiento Ecuador

IMPOSIBILIDAD DE ENTREGAR LA COSA ARRENDADA

Si el arrendador por hecho o culpa suya no entregare la cosa debe INDEMNIZAR

Aun cuando este BUENA FE haya creído poder arrendar así la cosa.

EXCEPTO que el año sea fortuito o fuerza mayor

Page 15: Arrendamiento Ecuador

MORA EN LA ENTREGA DE LA COSA ARRENDADA

Si no entrega por culpa suya entrara en mora y deberá indemnizar.

Si el retardo se disminuyere notablemente para el arrendador la utilidad del contrato este podrá desistir siendo indemnizado

Excepto fuerza mayor o caso fortuito

Page 16: Arrendamiento Ecuador

OBLIGACION DE MANTENER LA COSA EN BUEN ESTADO. REPARACIONES

Hacer las reparaciones necesarias excepto las locativas.

Si provienen de fuerza mayor caso fortuito o mala calidad de la cosa arrendada

Salvo estipulaciones de los contratantes.

Page 17: Arrendamiento Ecuador

OBLIGACIÓN DE LIBRAR AL ARRENDATARIO DE TODA TURBACIÓN

No podrá sin permiso del arrendatario mudar la forma o hacer obras sin su permiso

A menos que puedan llevarse sin mayores inconvenientes

Si las reparaciones privan de parte de la cosa debe disminuir el precio y si privan de manera que no pueda gozar de la cosa puede dar por terminado el arrendamiento siendo indemnizado

Page 18: Arrendamiento Ecuador

TURBACION PROVINIENTE DEL ARRENDADOR O SUS DEPENDIENTES

Si fuere turbado por el arrendador o sus dependientes tendrá derecho a indemnización de perjuicios

Page 19: Arrendamiento Ecuador

Turbación proveniente de terceros por vía de hecho o derecho

Es turbado por

terceros.

No pretendan derecho, el arrendador podrá solicitar

la reparación del daño.

Terceros justifican algún derecho.

El arrendador

Podrá exigir indemnización

Exigirá la reducción del precio de la renta o arriendo

Justifica que se priva del derecho de una gran parte de la cosa arrendada que exige el arrendamiento

Page 20: Arrendamiento Ecuador

Acción de terceros. Denuncia de la turbación.

Dirigida al arrendadorEl arrendatario solo tiene la

obligación de notificar al arrendador

Si no notifica el arrendatario, tendrá que pagar todos los

perjuicios causados.

Page 21: Arrendamiento Ecuador

Vicios de la cosa arrendada

Mal estado de la cosa.Ya sea con conocimiento

o no del arrendador.Exista algún vicio luego

del contrato, sin culpa del arrendatario.

Terminación del arrendamiento.

Rebaja de la renta.

Page 22: Arrendamiento Ecuador

Vicios con causa anterior y vicio conocido por el arrendatario

Tendrá derecho el arrendatario.

Se indemnizara el daño emergente.

Incluirá la indemnización del

lucro cesante.

Page 23: Arrendamiento Ecuador

Vicio conocido por el arrendatario y renuncia al saneamiento.

El Arrendatario ♦ No tiene derecho a la

indemnización. ♦ Si contrató a sabiendas

del vicio. ♦ No obligo al saneamiento.

♦ Renuncia expresamente al Saneamiento.

Page 24: Arrendamiento Ecuador

Reparaciones necesarias no locativas

El arrendador:

Pagar al arrendatario el

costo de las reparaciones.

No trato de reponer

oportunamente

Tendrá que abonar al arrendatario.

El arrendatario

♣ No hubiere tenido la culpa. ♣ Notificado al arrendador a tiempo

Page 25: Arrendamiento Ecuador

Mejoras útiles hechas por el arrendatario

ArrendadorNo se obliga al pago de las

mejoras que no se ha consentido.

Si el está dispuesto podrá abonar lo que valdrían los materiales por separado.

ArrendatarioPodrá separar y

llevarse los materiales.

Page 26: Arrendamiento Ecuador

Derecho de retención en favor del arrendatario

No se podrá privar o expulsar al arrendatario de la cosa arrendada.

Sin que pague el arrendador.

No se extiende la regla en caso de extinción

involuntaria.

Es decir el derecho de arrendador sobre

la cosa.

Page 27: Arrendamiento Ecuador

PARAGRAFO TERCERO

DE LAS OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO EN

ARRENDAMIENTO DE LAS COSAS

Page 28: Arrendamiento Ecuador

Obligación del uso de la cosa según el contrato

Según los términos o el espíritu del

contrato.

Si el arrendatario contraviene está

regla.

◘ Reclamación al arrendador. ◘ Terminación del arriendo. ◘ Indemnización del perjuicio. ◘ Solo tendrá que indemnizar dejando subsistir el arriendo

No podrá hacerlo servir para otros

acuerdos o convenios a los se ha si destinado.

Page 29: Arrendamiento Ecuador

Obligación de ConservaciónArrendatario

Conserva el cuidado de la cosa.

No conserva:Responderá por los perjuicios.

Arrendador

Dará fin al arrendamiento en caso de grave y culpable

deterioro.

Page 30: Arrendamiento Ecuador

Reparaciones locativasSon

obligaciones del

arrendatario.

Se entiende como las

reparaciones que

mantienen el inmueble.

Ejemplos de reparaciones

Locativas: ♠ Instalaciones

de agua. ♠ Sanitarias. ♠ Eléctricas. ♠ Telefónicas

♠ Gas.

Page 31: Arrendamiento Ecuador

Extensión de la responsabilidad del

arrendatarioEl arrendatario se hará responsable de

♣ Su familia. ♣ Huéspedes.

♣ Dependientes.

Page 32: Arrendamiento Ecuador

Obligación de pagar el precio de renta. Derecho de Retención.

El pago de la renta es obligación del arrendatario.

La retención es la facultad que la ley otorga al arrendador para asegurarse

el pago y las indemnizaciones.

Page 33: Arrendamiento Ecuador

Justiprecio por Perito

• Si no se acordase el precio o renta entre las partes.• No produjesen prueba legal

Los peritos son:• Establecerán el justiprecio.•Los costos de está operación se dividirán entre el arrendador y el arrendatario por igual.

Page 34: Arrendamiento Ecuador

Momento del pagoSe hace en:

• Los periodos estipulados.• Conforme la costumbre del país

Si faltan • Predios Ur meses • Predios Ru Años

• Mueble o semoviente: ◘Cierto número de años,

meses o días. ◘ Se cancelara

inmediatamente luego de expirar el año, mes o días.

• Pago por una sola cantidad termino del arrendamiento

Page 35: Arrendamiento Ecuador

INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIO A CARGO DEL

ARRENDATARIO

Cuando por culpa del arrendatario se pone término al arrendamiento,

estará el arrendatario obligado a la indemnización de perjuicios

Hubiera podido hacer cesar el

arriendo, o en que el arriendo hubiera

terminado sin desahucio.

Podrá, con todo, eximirse de este

pago, proponiendo, bajo su

responsabilidad, persona idónea que le sustituya por el tiempo que falte,

Y especialmente al pago de la renta por el

tiempo que falte hasta el día en

que, desahuciando,

Y prestando al efecto fianza u otra

seguridad suficiente

Page 36: Arrendamiento Ecuador

FACULTAD DE CEDER O

SUBARRENDAR

• El arrendatario no tiene la facultad de ceder o subarrendar (al menos que se le haya concedido)

• Pero no podrá el cesionario o subarrendatario usar o gozar de la cosa en otros términos que los estipulados con EL ARRENDATARIO DIRECTO.

OBLIGACIÓN DE RESTITUIR

• El arrendatario restituirá la cosa al fin del arrendamiento

• En el estado en que le fue entregada. Deterioro por Uso y goce

• En cuanto a los daños y pérdidas sobrevenidos durante su goce, deberá probar que no sobrevinieron por su culpa, ni por culpa de sus huéspedes; y a falta de esta prueba, será responsable

RESTITUCIÓN DE LA COSA RAÍZ

• Se verificará desocupándola enteramente, poniéndola a disposición del arrendado, y entregándole las llaves

Page 37: Arrendamiento Ecuador

MORA DE

RESTITUIR LA COSA

ARRENDADA

•Será necesario requerimiento del arrendador, aún cuando haya precedido desahucio;•Y si requerido no la sustituyere, será condenado al pleno resarcimiento de los perjuicios de la mora, y a lo demás que contra él competa, como injusto detentador.

Page 38: Arrendamiento Ecuador

Parágrafo 4º.

DE LA EXPIRACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE

COSAS

Page 39: Arrendamiento Ecuador

MODOSEl arrendamiento de cosas expira de los mismos modos que los otros

contratos, y especialmente: 1. Por la destrucción total de la cosa arrendada

2. por la expiración del tiempo estipulado para la duración del

arriendo

3. Por la extinción del derecho del arrendador, según las reglas que más adelante se expresará

4. Por cesión judicial, en los casos que la ley ha previsto.

Page 40: Arrendamiento Ecuador

Si no se ha fijado tiempo para la duración del

arriendo, o si el tiempo no es determinado por el servicio especial a que se

destina la cosa arrendada, o por

costumbre, ninguna de las dos partes podrá

hacerlo cesar sino por desahucio, esto es,

noticiándoselo anticipadamente a la

otra parte.

La anticipación se ajustará al

período o medida de tiempo que

regula los pagos.

El desahucio empezará a correr al mismo tiempo que el próximo

período.

Lo dispuesto en este art. No se extiende al arrendamiento de inmuebles ,

de los parágrafos 5º.

6º. De este título

DESAHUCIO

Page 41: Arrendamiento Ecuador

Art.1818 Efectos. Elección

de acciones

Por pacto

comisorio

No priva al vendedor de elección de acciones:

-Resolución de la venta.-Exigir el

precio

Page 42: Arrendamiento Ecuador

IRREVOCABILIDAD DEL DESAHUCIO •El que ha dado noticia para la cesación del arriendo, no podrá después revocarla, sin el consentimiento de la otra parte

PLAZO FORZOSO Y VOLUNTARIO PARA CESAR EL ARRIENDO

•Si se ha fijado tiempo forzoso para una de las partes y voluntario para la otra, se observará lo estipulado; •Y la otra parte que puede hacer cesar el arriendo a su voluntad, estará, sin embargo, sujeta a dar la noticia anticipada.

ARRIENDO A TIMEPO FIJO •Si en el contrato se ha fijado tiempo para la duración del arriendo, o si la duración es determinada por el servicio especial a que se destino la cosa arrendada, o por la costumbre, NO SERÁ NECESARIO DESAHUCIO.

Page 43: Arrendamiento Ecuador

RESTITUCIÓN ANTICIPADA

Cuando el arrendamiento debe cesar en virtud del desahucio de cualquiera de las partes, o por haberse fijado su duración en el

contrato,

El arrendatario estará obligado a pagar la renta de todos los días que falten para que cese, aunque voluntariamente restituya la cosa antes

del última día

Page 44: Arrendamiento Ecuador

TÁCITA RECONDUCCIÓN Terminado el arriendo por desahucio o de cualquier otro modo, no se entenderá, en caso alguno, que la aparente aquiescencia del arrendador a la retención de la cosa por el arrendatario, es

una renovación del contrato.

Si llegado el día de la restitución no se renueva expresamente el contrato, tendrá derecho el arrendador para

exigirla cuando quiera

O si ambas partes hubieren manifestado, por

cualquier otro hecho igualmente inequívoco,

Su intención de perseverar en el

arriendo, se entenderá renovado el contrato

bajo las mismas condiciones que antes;

Con todo, si la cosa fuere raíz y el arrendatario, con

el beneplácito del arrendador, hubiere pagado la renta de cualquier espacio de

tiempo subsiguiente a la terminación,

Page 45: Arrendamiento Ecuador

RENOVACIÓN EXPRESA DEL ARRENDAMIENTO •Renovado el arriendo, las fianzas y las prendas o hipotecas constituidas por terceros no se extenderán a las obligaciones resultantes de su renovación

EXPIRACIÓN DEL ARRENDAMIENTO POR CAUSA AJENA AL ARRENDADOR

• Extinguiéndose el derecho del arrendador sobre la cosa arrendada, por una causa independiente de su voluntad, expirará el arrendamiento aún antes de cumplirse el tiempo que para su duración se hubiere estipulado.

CALIDADES DEL ARRENDADOR QUE HACEN INCIERTO LA

DURACIÓN DE SU DERECHO •Cuando el arrendador ha contratado en una calidad particular que hace incierta la duración de su derecho, como la de usufructuario, o la de propietario fiduciario, •Y en todos los casos en que su derecho esté sujeto a una condición resolutoria, no habrá lugar a indemnización de perjuicios por la cesación del arriendo en virtud de la resolución del derecho.

Page 46: Arrendamiento Ecuador

EXPROPIAC

IÓN DE LA COSA ARRENDAD

A

Por causa de utilidad publica

1.- El tiempo preciso

para utilizar

las labores

principiadas y

coger los frutos

pendientes.

Se deberá al arrendat

ario indemniz

ar de perjuicios

por el Estado o

la corporaci

ón expropia

dora.

Page 47: Arrendamiento Ecuador

EXTINCION DEL

DERECHO DEL

ARRENDADOR POR CAUSAS

PROPIAS.

Como cuando

vende la cosa

arrendada de que es

dueño;

O pierde la propiedad

por no haber

pagado el precio de

venta, estará

obligado a indemnizar

al arrendatari

oRESPETO AL ARRIENDO .

1.- A quien se transfiere el derecho de

arrendador por un titulo lucrativo;

2.- A quien se transfiere el derecho del

arrendador, a titulo oneroso

(Escritura Publica)

3.- Los Acreedores

hipotecarios, si el arrendamiento se

ha hecho por Escritura Publica

(A.I.H)

INDEMNIZACION DE

PERJUICIOS.

Entre los perjuicios que el

arrendatario sufra por la extinción

de derecho de su autor;

Se contarán los que el

subarrendatario sufriere por su

parte.

El arrendatario directo reclamará la indemnización,

o cederá su acción al

subarrendatario

Page 48: Arrendamiento Ecuador

PACTO DE NO ENAJENAR LA COSA ARRENDADA.

Aunque tenga la clausula de nulidad de la enajenación, no dará derecho al arrendatario, sino que permanecer en el arriendo, hasta su terminación natural.

EMBARGO DE LA COSA ARRENDADA. SUBROGACIÓN DE ACREEDORES.

Si por el acreedor o acreedores del arrendador se trabare ejecución y embargo en la cosa arrendada, subsistirá el arriendo, y se sustituirán el acreedor o acreedores en los derechos y obligaciones del arrendador.

Page 49: Arrendamiento Ecuador

CESACIÓN DEL ARRIENDO POR REPARACIONES

NECESARIAS

Podrá el arrendador hacer cesar el arrendamiento en

todo o parte

Cuando la cosa arrendada necesita de reparaciones.

Page 50: Arrendamiento Ecuador

INSOLVENCIA DEL ARRENDATARIO. SUBROGACIÓN

DE ACREEDORES.

La insolvencia declarada del arrendatario no pone

necesariamente fin al arriendo.

El acreedor o acreedores podrán sustituirse al arrendatario; no

siendo así quedara concluido el arrendamiento.

Page 51: Arrendamiento Ecuador

REPARACIONES

LOCATIVAS EN EL

INQUILINATO.

Está obligado el inquilinato o arrendatario.

REGLAS PARTICUL

ARES RELATIVA

S AL ARRENDAMIENTO

DE CASAS, ALMACENES U OTROS

EDIFICIOS. A mantener

el edificio en el

estado en que lo recibió;

O de fuerza mayor o aso fortuito, o de

la mala calidad del

edificio.

Page 52: Arrendamiento Ecuador

OBLIGACIÓN DE CONSERVACIÓN.

1.- A conservar la integridad interior de la cosa arrendada.

2.- A reponer, en las ventanas, puertas y tabiques, los cristales quebrados.

3.- A mantener en estado de servicio las puertas, ventanas cerraduras.

Page 53: Arrendamiento Ecuador

OBLIGACION DE MANTENER LOS

INTERIORES ASEADOS.

El inquilino está obligado a mantener las paredes, pavimentos y demás partes interiores

del edificio medianamente aseadas;

Y aún para hacer cesar inmediatamente el arriendo, el casos

graves.

Dara derecho al arrendador para

indemnización de perjuicios

A mantener limpios los pozos, acequias y cañerías;

La negligencia grave en el cumplimiento de cualquiera de estas

obligaciones,

Page 54: Arrendamiento Ecuador

OBLIGACIONES RELATIVAS AL USO. SUBARRIENDO.

El arrendador tendrá derecho para expeler al inquilino que empleare la casa o edificio en un objeto ilícito;

Subarriende a personas de notoria mala conducta, las que podrán ser

igualmente expedidas.

Page 55: Arrendamiento Ecuador

Arriendo de

almacén o tienda ,per

dida de mercaderí

as

El que da en arriendo un almacén o

tienda, no es responsable de la pérdida

de las mercaderías

que allí se introduzcan

Sino en cuanto la pérdida

hubiere sido por su culpa.

Será especialment

e responsable

del mal estado del

edificio, salvo que haya sido

manifiesto, o conocido del arrendatario

Page 56: Arrendamiento Ecuador

El desahucio, en los casos en que tenga lugar, deberá darse con anticipación

De un período entero de los designados por la convención o la ley para el pago de la renta.

PERIODO DEL DESAHUCIO

Page 57: Arrendamiento Ecuador

Mora del Inquilino

Reconvenciones La mora de

un período entero en el

pago de pensiones de arrendamiento de locales no comprendidos en el perímetro

urbanoDará derecho al arrendador,

después de dos

reconvenciones, entre las

cuales medien a lo menos cuatro días,

Para hacer cesar

inmediatamente el

arriendo, si no se presta seguridad suficiente

De que se verificará el pago dentro de un plazo razonable,

que no bajará de treinta días.

Page 58: Arrendamiento Ecuador

Aplicación de la Ley de Inquilinato

Las disposiciones de este parágrafo se entenderán sin perjuicio de lo establecido, en la Ley de

Inquilinato

En lo referente al arrendamiento de locales comprendidos dentro del perímetro urbano a que

se contrae la misma.

Page 59: Arrendamiento Ecuador

Parágrafo 6o. 

REGLAS PARTICULARES RELATIVAS AL

ARRENDAMIENTO DE PREDIOS RÚSTICOS

Page 60: Arrendamiento Ecuador

Obligación de entregar el predio rustico

El arrendador está obligado a entregar el predio rústico en los

términos estipulados.

Si la cabida fuere diferente de la

estipulada

Habrá lugar al aumento o disminución del precio o renta,

O a la rescisión del contrato, según lo dispuesto en el Título De la compraventa

Page 61: Arrendamiento Ecuador

Obligación de gozar del fundo como buen padre de Familia

Page 62: Arrendamiento Ecuador

Conservación de Arboles y Bosques

El colono está particularmente obligado a la conservación de los

mismos

No habiendo estipulación, se

limitará el colono

A usar del bosque en los objetos que conciernan al cultivo y beneficio del

mismo fundo

limitando el goce de ellos a los términos estipulados

pero no podrá cortarlo para la venta de madera, leña o carbón.

Page 63: Arrendamiento Ecuador

Facultad de

Sembrar o Plantar

La facultad que tenga el colono

para sembrar o plantar

no incluye la de derribar los árboles

para aprovecharse del lugar

ocupado por ellos

salvo que así se haya

expresado en el

contrato.

Page 64: Arrendamiento Ecuador

Obligación de cuidar de que no se usurpen

el terreno

El colono cuidará de que no se

usurpe ninguna parte del terreno

arrendado

Y será responsable de su omisión en avisar

al arrendador

Page 65: Arrendamiento Ecuador

Deterioro o destrucción de la cosecha

El colono no tendrá derecho para pedir rebaja del precio o renta

Alegando casos fortuitos extraordinarios que han deteriorado o destruido la cosecha.

Page 66: Arrendamiento Ecuador

Arriendo de un predio

con ganado

Siempre que se arriende un predio

con ganados y

no hubiere acerca de

ellos estipulación especial contraria

pertenecerán al

arrendatario todas las utilidades de dichos

ganados, y los ganados mismos, con

la obligación de dejar en el predio, al

fin del arriendo

igual número de cabezas de las mismas edades y calidades.

Si al fin del arriendo no hubiere en el predio

suficientes animales de las edades y

calidades dichas para efectuar la restitución, pagará la diferencia en dinero, según el valor que entonces tuvieren.

El arrendador no estará obligado a

recibir animales que no estén

aquerenciados al predio.

Page 67: Arrendamiento Ecuador

Duración del

Arriendo, anticipo

del desahucio

No habiendo tiempo fijo

para la duración del

arriendo

deberá darse el desahucio

con anticipación de un año, para hacerlo

cesar.El año se

entenderá del modo

siguiente:

El día del año en que principió la entrega del

fundo al colono, se mirará como

el día inicial de todos los años

sucesivos;

El año de anticipación se contará desde

este día inicial, aunque el

desahucio se haya dado

algún tiempo antes

Las partes podrán acordar otra regla, si lo

juzgaren conveniente.

Page 68: Arrendamiento Ecuador

Tiempo del Pago

Si nada se ha estipulado sobre

el tiempo del pago

se observará la costumbre del

lugar.

Page 69: Arrendamiento Ecuador

Ámbito de aplicación

de esta norma

Las disposiciones de este parágrafo

se aplicarán a los contratos de:

Arrendamiento de predios

rústicos, en las relaciones jurídicas

Y en los casos expresamente autorizados por

las leyes agrarias.

Page 70: Arrendamiento Ecuador