arrendamiento of 305

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La PUB desde su emisi6n tiene una vigencia de treinta (30:) dias continuos para set" cancel ada, una vez realizada la cancelaci6n respectiva, tiene una vigencia de sesenta (60) dias no prorroqables para prasentar el docurnento. Agotados dichos lapsos la PUB es nula y debere emltlrseiuna nueva PUB para realizar el tramtte , debiendo cancelar nuevag{ente el monto correspondiente. Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia Servicio Autonomo de Registros y Notarias Notaria Publica Octava Municipio Baruta qo.VW'CJ"vr(aN ••.••.., n a lUH.a:"1 •. 0$ '{ ~O"'t\.llIA$ ':::';:::;::':':~': DUPLICADO •.' • ._. ._. . i Numero Planilla: i ~7_9=~.~016900 .J Nro.: _ Tomo: __ F.Otorgamiento: _1_1_ Tipo de Acto: Monto Bs. AUTENTICACION 261,00 ~Q 163-0618 CSS NSUAYM4DVX5TO TRASLADO lN~~ 2863 FEe 21-09-2012 HRM 14:56 M 261.00 MRC 0.00 MRT I-T_R_A_N_S_P_O_R_T_E ---I II .uw::.lJ.f'RECAUDACION SAREN EJ03959 Nombre y Apellido Solicitante RAQUEL OROPEZA PLANILLA UNICA BANCARIA I 1111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111 C.I.IRIF/Pasaporte Solicitante V-6027439 261.00 Numero Control: 488-0000-0000 Forma de Pago Monto Bs. Nombr7~ y Apellid3j Depositante ~ f{4~/t€ii! Monto Efectivo N" Cheque/Aprobacion Cheque Gerencia del mismo Banco C.I.IRIF/Pasaporte Depositante ..' 6--:300 cY30 I------------------------il Punto de Venia .icitante ~ RGhut- Pago por Internet Monto en Letras DOSCIENTOS SESENTA Y UNO BANCOS RECAUDADORES MONTOTOTAL 0003 - Banco Industrial de Venezuela 0007 - Banco Bicentenario 0102 - Banco de Venezuela 0163 - Banco del Tesoro 0108 - Banco Provincial

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305

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Page 1: Arrendamiento of 305

La PUB desde su emisi6n tiene una vigencia de treinta (30:) dias continuospara set" cancel ada, una vez realizada la cancelaci6n respectiva, tiene unavigencia de sesenta (60) dias no prorroqables para prasentar el docurnento.Agotados dichos lapsos la PUB es nula y debere emltlrseiuna nueva PUBpara realizar el tramtte , debiendo cancelar nuevag{ente el montocorrespondiente.

Republica Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular para Relaciones Interiores y JusticiaServicio Autonomo de Registros y Notarias

Notaria Publica Octava Municipio Baruta

qo.VW'CJ"vr(aN ••.••..,n a lUH.a:"1 •. 0$'{ ~O"'t\.llIA$

':::';:::;::':':~':

DUPLICADO

•. ' • ._. • ._. . i Numero Planilla: i ~7_9=~.~016900 .J

Nro.: _ Tomo: __ F.Otorgamiento: _1_1_

Tipo de Acto: Monto Bs.

AUTENTICACION 261,00~Q 163-0618 CSS NSUAYM4DVX5TO

TRASLADO lN~~ 2863 FEe 21-09-2012 HRM 14:56M 261.00 MRC 0.00 MRT

I-T_R_A_N_S_P_O_R_T_E ---III.uw::.lJ.f'RECAUDACION SAREN EJ03959

Nombre y Apellido Solicitante

RAQUEL OROPEZA

PLANILLA UNICA BANCARIA I

1111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111

C.I.IRIF/Pasaporte Solicitante

V-6027439

261.00

Numero Control: 488-0000-0000

Forma de Pago Monto Bs.Nombr7~ y Apellid3j Depositante

~ f{4~/t€ii!Monto Efectivo

N" Cheque/Aprobacion

Cheque Gerenciadel mismo Banco

C.I.IRIF/Pasaporte Depositante..'6--:300· cY30

I------------------------il Punto de Venia.icitante

~ RGhut- Pago por Internet

Monto en Letras

DOSCIENTOS SESENTA Y UNO

BANCOS RECAUDADORES

MONTOTOTAL

0003 - Banco Industrial de Venezuela

0007 - Banco Bicentenario

0102 - Banco de Venezuela

0163 - Banco del Tesoro

0108 - Banco Provincial

Page 2: Arrendamiento of 305

DECLARACION JURADA DE ORIGEN Y DESTINO LiCITO D,~.,~~""DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ART_ 17 DE LA RESOLUCION N° 150 PUBLICADA N G~E .

DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA W 39.697 DEL 16 DE JUNIO DE 2011, DE 'iALA PREVENCION, CONTROL Y FISCALIZACION DE LAS OPERAC/ONES DE LEGITIMACIO ~; PIT '.FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO.APLICABLES EN LAS OFICINAS REGISTRALES Y NO ' '~ ~~ ,

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. ""iM(;!l~Q~'

.-:-

Yo, de nacionalidad Ve-flE'h lC}.nc....----~=-,

mayor de edad, estado civil , titular de la cedula de identidad y/o

pasaporte N° V~'S"3oc8J>? de profesi6n/ocupaci6n ~ ~ \~ru habil y

domiciliado en \ )>1- 0; V-cnr-t:-O.(l &\r-e'S

en representaci6n de: ---I'------'----7-I-)-'-~_':...:.A-~~--L---''2..'''--?..------,.;-_('_~ _f\- _-A:,,,u" dedicada a ,,~~ \v~o.n ~ ~,~c..r +hCd'-",

'CE:I? r >:

R/C'i';~:«~~DECLARO BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes,•.•,- 1J \.~~'~'~lyalores 0 titulos del acto 0 negocio juridico a objeto de

If~~ j; ~ ~ 0 --f\({:::,:' Q...I)l) n 0...b .

proceden de actividades de legitimo caracter mercantil, 10 cual puede ser

corroborado por los organismos competentes y no tienen relaci6n alguna con

dinero, capitales, bienes, haberes, valores 0 titulos que se consideren producto de

las actividades 0 acciones ilicitas contempladas en la Ley Orqanica Contra la

Delincuencia Organizada y la Ley Orqanica de Drogas.

En ~c.JY)./? a los D3 dias del mes de oc;-~0~ de L':)t1 C-------- -----

DATOS DEL D -COD.OFI~ ..\~A~.~~~~FECHA:,~~~~~~_ANO:_----'=:::...-.:..-L- __MATRICULA: _ASIENTO:,_---.---rl_TOMO: \ \1NUMERO: )\.{

Page 3: Arrendamiento of 305

ntre, RAQUEL ELENA OROPEZA DE RODRIG EZ, venezolana, mayor de e d de este

~omicilio y titular de la Cedula de Identidad No. V-6.027.4~ denominada en 10 adelante y a los

solos efectos de este contrato LA ARRENDADORA, por una parte, y por la otra la empresa

ASSIAH 22, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripcion Judicial de

Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el No. 74, TO~46 A, en fecha 29 de J~o~04,

denominada en 10 adelante y a los solos efectos 'de este contrato LA ARREL/~~~"representada en este acto por su Director LUIS ENRIQUE RAMIREZ INSAUSTI, vene ano,

'~s~" . matr de edad, de este domicilio, titular de la Cedula de Identidad Nro.V-5.300.8 0, se ha

~~./r~ '- 'orjvenido en celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO contenido en las

,~~ .~.entes clausulas:, ~ G" ~

.' j;.§ MERA: OBJETO: LA ARRENDADORA da en arrendamiento a LA ARRENDATARIAA..".r'!' .f

.,; ~ , uh inmueble constituido por un local para oficina distinguido con el No. 305, situado en el NivelJ. 'f:'-5'~.J

"~~~<:! ,..-;;/ 866,60, pi so tercero, de la Primera Etapa del Centro Ciudad Comercial Tamanaco, Av. La

Estancia, Urb. Chuao, ubicado en Jurisdiccion del Municipio Chacao, propiedad de LA

ARRENDADORA tal como se evidencia de Documento debidamente registrado por ante el

Registro Publico del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha 12 de Agosto de 2011, bajo

el No. 2010.10511, asiento registral 6 del inmueble matriculado con el No. 240.13.18.1.4786 y

correspondiente al Libro de Folio Real del afio 2010.

SEGUNDA: DESTINO: Queda expresamente convenido que el inmueble arrendado sera

destinado para el funcionarniento de una empresa de computacion, cualquier otro uso debera ser

~ autorizado expresamente por LA ARRENDADORA. A este fin, LA ARRENDATARIA debera

'1' obtener a su nombre, la correspondiente Conformidad de Uso, el permiso del Cuerpo de

Bomberos, la Patente de JUAN LEON DIAZ Industria y Comercio, y cualquier otro tipo de

permiso que requieran las autoridades competentes para el buen funcionamiento de la empresa a

ser desarrollada en la oficina arrendada.

TERCERA: DURACION: El plazo de duracion de este contrato sera de un (1) afio contado a

partir del 15 de Septiembre de 2012 hasta el 15 de Septiembre de 2013. Este contrato podra ser

prorrogado por periodos de un (1) afio siempre que las partes de mutuo acuerdo expresen por

escrito su voluntad de prorrogarlo con por 10 menos sesenta (60) dias de anticipacion a su

fecha de vencimiento.

Page 4: Arrendamiento of 305

~/' \ ,j <;iu(JER p(

,,/' .: _,,/~', ",-P,IO!,?&

CUARTA: CANON: El canon de arrendamiento mensual ha sido convenido en la~tf~;.41 (L ,

VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00) y LA ARRENDATARIA se compromete -

pagarlo puntualmente directamente a LA ARRENDADORA 0 a la persona y en la dir~~~l?~:'~uCf'

este designe, por mensualidades anticipadas dentro de los cinco (5) dias siguientes a i~Jaruta(\~vencimiento. La falta de pago de una (1) mensualidad de arrendamiento es causa suficiente para

que LA ARRENDADORA solicite la resoluci6n del presente Contrato y exigir la inmediata

desocupaci6n del inmueble arrendado totalmente desocupado de bienes y personas en las mismas

buenas condiciones en que le fue entregado al inicio del Contrato de Arrendamiento, sin erjuicio

de exigir igualmente la indemnizaci6n de los dafios y perjuicios que se hubieren ocasion~d,o ~I ",'eR1(

pago del canon 0 canones de arrendamiento vencidos y no pagados, y los que confmUaren :-.Qr - ~venciendose hasta la definitiva entrega del inmueble arrendado. r .:::: .,<~ •

QUINT A: CO SERV ACION Y USO: LA ARRENDAT ARIA declara recibir el inmueble'l;. "

arrendado en buen estado de aseo, conservaci6n y uso y en el mismo estado se obliga a ""

devolverlo a LA ARRENDADORA al vencimiento del presente Contrato.

SEXTA: DANOS Y PER.JUICIOS: Queda expresamente entendido que LA

ARRENDADORA no respondera por perdidas 0 dafios y perjuicios materiales 0 morales que le

sean causados a LA ARRENDATARIA por terceros 0 por Organismos del Estado, siendo su

responsabilidad limitada a los actos y omisiones de LA ARRENDADORA, sus funciones y

dependientes.

SEPTIMA: ORDENANZAS: LA ARRENDATARIA declara expresamente que conoce y

acepta y se compromete a cumplir en todos sus terminos las Ordenanzas Municipales sobr~

inmuebles destinadas a oficinas y locales comerciales, por 10 que asume entera responsabilidad . \i-.:c,1,; ,"-

de realizar los tramites correspondientes para la obtenci6n de los perrnisos necesarios para su <"", .1')1

funcionamiento. Asimismo se compromete a cumplir con los terminos del documento .de : qg•condominio del Centro Ciudad Comercial Tamanaco.

OCTA VA: CESION 0 SUB-ARRENDAMIENTO:.

Se conviene formalmente en que el

presente Contrato, es estrictamente intuitu personae, por 10 que el inmueble arrendado no podra

ser cedido 0 traspasado, ni sub-arrendado total 0 parcialmente, sin el previo consentimiento por

escrito de LA ARRENDADORA.

NOVENA: Queda entendido que en caso de terminaci6n anticipada del presente contrato, por

causas imputables a LA ARRENDATARIA, queda obligada a pagar las mensualidades de

Page 5: Arrendamiento of 305

para el vencimiento del contrato de haber continuado, 0 hasta ~l

ARRENDADORA alquilare nuevamente el inmueble en condiciones similares a las del presente

contrato, si esto Ultimo ocurriere antes del vencimiento en cuestion.

DECIMA: INCUMPLIMIENTO: La falta de cumplimiento por parte de LA

ARRENDATARIA de una cualquiera de las obligaciones contenidas en este Contrato 0 de

cualquier contrato celebrado entre las mismas partes en relacion con prestaciones relativas al

mismo inmueble arrendado, dara derecho a LA ARRENDADORA a exigir sin necesidad de

aviso previo, la desocupacion inmediata del inmueble, sin perjuicio de las demas acciones 0

-.. r~,'-»-<j reclamaciones a que hubiere lugar.l, ·i~.Ay.~ ,

, r ~ "DECIMA PRIMERA: Se acuerda entre las partes que en caso de prorroga de este contrato el

s canon de arrendamiento sufrira un incremento calculado en base al Indice de Precios al~

e; ~".GI~cP:~Consumidor para el Area Metropolitana de Caracas y determinado por el Banco Central de• '(..s\?;

~.~ Venezuela.

DECIMA SEGUNDA: CLAuSULA PENAL: Si al vencimiento del presente contrato y no

acordada prorroga alguna entre las partes, LA ARRENDAT ARIA se negare a devolver el

inmueble, debera pagar a LA ARRENDADORA, ademas de los canones de arrendamiento, a

titulo de Clausula Penalla suma de CIENTO CUARENTA BOLIVARES (Bs. 140,00) por

cada dia que transcurra despues del vencimiento del contrato hasta la fecha de desocupacion

defmitiva del inmueble, asi como tambien los gastos de cobranza a que hubiere lugar, con

exclusion de pago por canon de arrendamiento.

DECIMA TERCERA: GASTOS DE HONORARIOS: Seran por la exclusiva cuenta de LA, '~

,: ~NDATARIA todos 10s gastos, tanto judiciales como extrajudiciales, asi como los-"-6/

. honorarios de abogados razonables a que hubiere lugar, en todos aquellos casos en que por,j"fI rT'

;; i,ncumplimiento por parte de LA ARRENDATARIA de las obligaciones a su cargo?> cY

-o\. - eo templadas en este contrato y en especial las relativas al atraso 0 falta absoluta de pagos, se,,3_~ produjere la eventualidad de incurrir en tales emoluciones.

DECIMA CUARTA: NOTIFICACIONES: LA ARRENDADORA y LA

ARRENDAT ARIA convienen expresamente que toda notificacion que se dirijan podra ser

practicada validamente por uno cualquiera de los siguientes medios: a) telegrama 0 fax con

acuse de recibo, 0 carta donde conste el respectivo acuse de recibo. b) las direcciones a los

Page 6: Arrendamiento of 305

{:~f~~:octift)'Jf ~<V-

- ...J C/,;,g t

>,1.1- 51 U tefectos de practicar las notificaciones son las siguientes: Para LA ARRENDADORA: C~ ;h't~ :Ciudad Comercial Tamanaco, Primera Etapa, Pi so 5, Oficina 504, Av. La Estancia, Ch ,-10~)

Caracas, Venezuela Para LA ARRENDAT ARIA: En la direcci6n del local objeto de es ~k:-tO',

contrato.

DECIMA QUINTA: JURISDICCION: Para todos los efectos y consecuencias derivadas del

presente contrato, las partes fijan como domicilio especial, con exclusi6n de cualquier otro, ala

ciudad de Caracas, ala jurisdiccion de cuyo arbitraje declaran someterse. :' ~//' .,,~p..0

Caracas, a la fecha de su autenticaci6n. -l >,"~~/ . J "'-~ ~

-,-IX i;!

I ..::

Page 7: Arrendamiento of 305

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUElA.

abogado bajo el N°144.830, fue presentado Re1ra su Autenticaci6n y

devoluci6n seoun Planilla N° 143140, de fech 24/09/2012. Presente sus

Otorgantes dijeron Ilamarse: RAQUEl ElENA 0 OPEZA DE RODRIGUEZ Y LUIS

_ ENRIQUE RAMIREZ INSAUSTI, mayores de edad, domiciliados en Caracas, deI~"""':'· .•

~p7, nacionalidad venezolana, de estado civil ASADA Y SOLTER£i; titular de lasi;.' Ce~~las de Idenlidad Nos. V-6.027.439, y V-5.300.83~speClivamenle

~.;.: Leidoles y confrontado el original con sus fotocopias y firmadas estes y el

• -/ J/nginal en presencia del Notario, los Otorgantes expusieron: "SU CONTENIDO

..:a-;~~~IERTO Y NUESTRAS LAS FIRMAS QUE APARECEN AL PIE DEL INSTRUMENTO.". ..--::::.

EI Notario, en tal virtud, 10 declara Autenticado en presencia de Los Testigos:

BLANCA VETENCOURT Y YUSMARY HERNANDEZ, venezolanos, mayores de

edad, de este domicilio, portadores de las Cedulos de Identidad Nos. V-

14.799.835 Y V-16.263.051, respectivamente, quedando anotado bajo el N°

34, Tomo 118, de los Libros de Autenticaciones lIevados en esto Notaria. EI

Notario Publico que suscribe hace constar que tuvo a su vista: Documento

Constitutivo Estatutario de 10 Sociecioc Mercantil "ASSIAH 22, C.A II inscrita

por ante el Registro Mercantil V de 10 Circucscnocior. Judicial del Distrito

Capital y Estado Miranda en fecha 29/07/2004, bajo el N° 74, tomo 946-A 5e

Ie dio estricto cumplimiento a 10 establecido en el Artrculo 79, Numeral 2°, de

10 Ley de Registro Publico y del Notariado.

-, LA NOTARIO PUBLICO,

...

LOS OTORGANTES

~~